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Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 15:00 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2014, Año de las letras argentinas" 4450 01/08/2014

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Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 15:00 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar

Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2014, Año de las letras argentinas"

4450

01/08/2014

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Sumario

Poder Legislativo

Ley

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Ley N° 5011Se desafecta polígono de su respectivo distrito de zonificación........................................................................... Pág. 13

Ley N° 5020Se declara Personalidad Destacada de la Cultura a Karina K.............................................................................. Pág. 14

Ley N° 5021Se declara Personalidad Destacada en el ámbito de la Cultura a Arturo Puig..................................................... Pág. 15

Ley N° 5022Se declara Personalidad Destacada en el ámbito de Cultura a Carlos Mellino.................................................... Pág. 15

Poder Ejecutivo

Decreto

Área Jefe de Gobierno

Decreto N° 311Se acepta la renuncia presentada por Cecilia Patricia Lucca como Directora General de                                                Asuntos Interjurisdiccionales................................................................................................................................. Pág. 17

Decreto N° 312Se desestima el recurso jerárquico interpuesto por la empresa Ursan S.R.L. contra la                                                    Resolución N° 5434-MEGC/10............................................................................................................................. Pág. 18

Decreto N° 313Se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución Nº 744/CDNNYA/13................................. Pág. 19

Resolución

Jefatura de Gabinete de Ministros

Resolución N° 650-MJGGC/14Se designa a funcionarios y agentes para participar del Programa de Observadores......................................... Pág. 21

Resolución N° 659-MJGGC/14Se prorroga el Renglón 2 adjudicado a la firma Siemens It Solutions and Services S.A.                                                  correspondiente a la Licitación Pública Nº 1692/09.............................................................................................. Pág. 22

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Resolución N° 340-SSTRANS/14Se autoriza al Club de Corredores a efectuar cortes de tránsito.......................................................................... Pág. 24

Resolución N° 341-SSTRANS/14Se autoriza al Club de Corredores a efectuar cortes de tránsito.......................................................................... Pág. 25

Resolución N° 342-SSTRANS/14Se autoriza a Sporsfacilities a efectuar cortes de tránsito.................................................................................... Pág. 27

Ministerio de Justicia y Seguridad

Resolución N° 560-MJYSGC/14Se aprueba compensación de créditos................................................................................................................. Pág. 29

Resolución N° 561-MJYSGC/14Se aprueba compensación de créditos................................................................................................................. Pág. 29

Resolución N° 562-MJYSGC/14Se encomienda la firma del despacho diario de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana al                                         Subsecretario de Emergencias............................................................................................................................. Pág. 30

Resolución N° 563-MJYSGC/14Se designa a Sebastián Delfor Martínez Marti como Técnico Administrativo de la Unidad de                                          Auditoría Interna.................................................................................................................................................... Pág. 31

Resolución N° 564-MJYSGC/14Se aprueba compensación de créditos................................................................................................................. Pág. 32

Resolución N° 123-SSAPM/14Se aprueba compensación de créditos................................................................................................................. Pág. 32

Ministerio de Desarrollo Urbano

Resolución N° 2109-SBASE/14Se fija el importe de la tarifa técnica del Servicio Subte....................................................................................... Pág. 34

Resolución N° 330-SECPLAN/14Se autoriza al registro de documentación para la finca sita en Superí 4874........................................................ Pág. 35

Resolución N° 331-SECPLAN/14Se autoriza al registro de documentación para la finca sita en Santo Tomé 5078............................................... Pág. 36

Resolución N° 334-SECPLAN/14Se autoriza al registro de documentación para la finca sita en Nogoyá 5603...................................................... Pág. 37

Resolución N° 335-SECPLAN/14Se autoriza al registro de documentación para la finca sita en Tronador 260/62................................................. Pág. 38

Resolución N° 336-SECPLAN/14Se autoriza al registro de documentación para la finca sita en Remedios de Escalada de San                                        Martín 3387........................................................................................................................................................... Pág. 39

Resolución N° 337-SECPLAN/14Se autoriza al registro de documentación para la finca sita en Echeverría 3475/79............................................ Pág. 41

Resolución N° 338-SECPLAN/14Se autoriza al registro de documentación para la finca sita en Roma 697........................................................... Pág. 42

Ministerio de Cultura

Resolución N° 395-EATC/14Se establece el suplemento remunerativo de carácter selectivo y transitorio a la agente                                                 Verónica Camara.................................................................................................................................................. Pág. 44

Resolución N° 402-EATC/14Se establece el suplemento remunerativo de carácter selectivo y transitorio al agente Liborio                                        Ovando Gómez..................................................................................................................................................... Pág. 45

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Resolución N° 1282-MAYEPGC/14Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública Nº 8503-0490-LPU14......................................................... Pág. 47

Ministerio de Modernización

Resolución N° 518-MMGC/14Se designa a Mariano Javier Carmona como Subgerente Operativo de Estadísticas, Análisis y                                      Planeamiento........................................................................................................................................................ Pág. 49

Resolución N° 519-MMGC/14Se designa a Tomás María Aylagas como Subgerente Operativo de Planificación Financiera                                         Estratégica............................................................................................................................................................ Pág. 50

Resolución N° 521-MMGC/14Se ratifica la Resolución Nº 678/MSGC/14........................................................................................................... Pág. 51

Resolución N° 522-MMGC/14Se ratifica la Resolución Nº 666/MSGC/14........................................................................................................... Pág. 52

Resolución N° 523-MMGC/14Se ratifica la Resolución Nº 496/MSGC/14........................................................................................................... Pág. 53

Resolución N° 524-MMGC/14Se ratifica la Resolución Nº 497/MSGC/14........................................................................................................... Pág. 53

Resolución N° 531-MMGC/14Se acepta la renuncia presentada por María Virginia Calatayud como Gerente Operativa de                                          Proyección y Fomento Industrial........................................................................................................................... Pág. 54

Resolución N° 969-SSGRH/14Se acepta la renuncia presentada por Natalia Graciela Caba.............................................................................. Pág. 55

Secretaría General

Resolución N° 186-SECG/14Se aprueba la modificación de partidas................................................................................................................ Pág. 56

Secretaría Legal y Técnica

Resolución N° 376-SECLYT/14Se designa a Ivo Herl y a Celeste Clarisa Cardarelli Peña como personal de planta de gabinete....................... Pág. 57

Secretaría de Medios (AJG)

Resolución N° 137-SECM/14Se aprueba la modificación de partida.................................................................................................................. Pág. 58

Agencia Gubernamental de Control

Resolución N° 454-AGC/14Se rescinde el contrato de locación de servicios suscripto con Marcos Horacio de las Carreras........................ Pág. 59

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Agencia de Protección Ambiental

Resolución N° 364-APRA/14Se autoriza viaje.................................................................................................................................................... Pág. 60

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Resolución N° 756-CDNNYA/14Se otorga a la agente Clara María Taboada licencia extraordinaria sin goce de haberes................................... Pág. 62

Resolución N° 757-CDNNYA/14Se inscribe a la Asociación Collegium Musicum de Buenos Aires bajo el Legajo N° 609 del                                            Registro y Seguimiento de Organizaciones No Gubernamentales....................................................................... Pág. 63

Resolución N° 758-CDNNYA/14Se inscribe a la Asociación Civil y Ciudadana Ateneo de los Vecinos bajo el Legajo N° 730 del                                      Registro y Seguimiento de Organizaciones No Gubernamentales....................................................................... Pág. 64

Resolución N° 769-CDNNYA/14Se aprueba la asignación de dos becas de capacitación para el seminario de posgrado Las                                          Prácticas Sociales del Cuidado. Políticas Públicas y Vida Cotidiana................................................................... Pág. 65

Resolución N° 771-CDNNYA/14Se otorga a la agente Lorena del Luján Tomatis licencia extraordinaria sin goce de haberes............................. Pág. 67

Resolución N° 772-CDNNYA/14Se designa a Rosario Sporleder como Jefa de Departamento del Departamento de Medidas de                                    Protección de Derechos........................................................................................................................................ Pág. 68

Resolución N° 774-CDNNYA/14Se aprueba la Contratación Directa para la Locación Administrativa del inmueble sito en Av.                                         Jujuy 1026/1028.................................................................................................................................................... Pág. 69

Agencia de Sistemas de Información

Resolución N° 156-ASINF/14Se aprueba la modificación de partidas presupuestarias..................................................................................... Pág. 71

Ministerio de Modernización

Resolución N° 638-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 103/HGAPP/14............................................................................. Pág. 73

Resolución N° 640-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 189/HGACA/13............................................................................. Pág. 73

Resolución N° 648-MMGC/14Se rectifica la Disposición N° 1243/HGARM/13.................................................................................................... Pág. 74

Resolución N° 655-MMGC/14Se rectifica la Disposición N° 242/HGADS/13...................................................................................................... Pág. 75

Ministerio de Modernización - Ministerio de Salud

Resolución N° 625-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 439/HGATA/13............................................................................. Pág. 77

Resolución N° 626-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 84/HBR/14.................................................................................... Pág. 77

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Resolución N° 627-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 21/HGATA/14............................................................................... Pág. 78

Resolución N° 628-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 2/HMOMC/14................................................................................ Pág. 79

Resolución N° 629-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 115/HIFJM/14............................................................................... Pág. 80

Resolución N° 630-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 124/IZLP/13.................................................................................. Pág. 81

Resolución N° 631-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 35/HSL/14..................................................................................... Pág. 81

Resolución N° 632-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 380/HGAPP/13............................................................................. Pág. 82

Resolución N° 633-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 29/HMIRS/14................................................................................ Pág. 83

Resolución N° 634-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 248/HGAJAF/14............................................................................ Pág. 84

Resolución N° 635-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 81/HGACA/14............................................................................... Pág. 85

Resolución N° 636-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 1216/HGARM/13.......................................................................... Pág. 86

Resolución N° 637-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 62/HGAPP/14............................................................................... Pág. 86

Resolución N° 639-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 14/HEPTA/14................................................................................ Pág. 87

Resolución N° 641-MMGC/14Se designan profesionales en el Hospital General de Agudos Dr. Carlos G. Durand.......................................... Pág. 88

Resolución N° 642-MMGC/14Se designa a Norberto Rubén Della Santa como Jefe Departamento Contralor y Regulación                                         Sanitaria................................................................................................................................................................ Pág. 89

Resolución N° 643-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 375/HGAPP/13............................................................................. Pág. 90

Resolución N° 644-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 102/HGARM/14............................................................................ Pág. 91

Resolución N° 645-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 8/HOI/14....................................................................................... Pág. 92

Resolución N° 646-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 207/HGARM/14............................................................................ Pág. 93

Resolución N° 649-MMGC/14Se designa a Roberto Carlos Cervio como Jefe Departamento Cirugía del Hospital General de                                     Agudos Dr. Carlos G. Durand............................................................................................................................... Pág. 93

Resolución N° 650-MMGC/14Se rectifica la Disposición N° 339/HGAP/13......................................................................................................... Pág. 94

Resolución N° 651-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 58/HGADS/14............................................................................... Pág. 95

Resolución N° 652-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 37/HGAPP/14............................................................................... Pág. 96

Resolución N° 653-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 111/HGAIP/14............................................................................... Pág. 97

Resolución N° 654-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 51/HIFJM/14................................................................................. Pág. 98

Resolución N° 656-MMGC/14Se rectifica la Disposición N° 1241/HGARM/13.................................................................................................... Pág. 99

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Resolución N° 657-MMGC/14Se rectifica la Disposición Nº 319/HGAP/13....................................................................................................... Pág. 100

Resolución N° 658-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 8/HMIRS/14................................................................................ Pág. 101

Resolución N° 659-MMGC/14Se rectifica la Disposición N° 262/HGAPP/13..................................................................................................... Pág. 102

Resolución N° 660-MMGC/14Se rectifica la Disposición N° 507/HBR/13.......................................................................................................... Pág. 103

Resolución N° 661-MMGC/14Se rectifica la Disposición N° 238/HGADS/13.................................................................................................... Pág. 104

Resolución N° 662-MMGC/14Se acepta la renuncia presentada por Gabriela Alejandra Rombola.................................................................. Pág. 105

Resolución N° 663-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 365/HGAPP/13........................................................................... Pág. 106

Resolución N° 664-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 129/HGAZ/14.............................................................................. Pág. 107

Resolución N° 665-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 728/HBR/13................................................................................ Pág. 107

Resolución N° 666-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 138/HBR/14................................................................................ Pág. 108

Resolución N° 667-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 6/HGAVS/14............................................................................... Pág. 109

Resolución N° 668-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 385/HGNPE/13........................................................................... Pág. 110

Resolución N° 669-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 443/HGATA/13........................................................................... Pág. 111

Disposición

Ministerio de Hacienda

Disposición N° 515-DGCYC/14Se aprueba y adjudica la Licitación Pública Nº 6-DGCyC/14............................................................................. Pág. 113

Ministerio de Justicia y Seguridad

Disposición N° 26-SGISSP/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 115

Disposición N° 27-SGISSP/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 116

Disposición N° 78-DGTALMJYS/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 117

Disposición N° 99-DGAI/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 118

Ministerio de Salud

Disposición N° 91-DGADC/14Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública Nº 401-0543-LPU14......................................................... Pág. 120

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Ministerio de Educación

Disposición N° 49-DGPYCG/14Se aprueba y adjudica la Licitación Pública Nº 550-0348-LPU14...................................................................... Pág. 122

Disposición N° 762-DGAR/14Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública Nº 550-0600-LPU14......................................................... Pág. 123

Agencia de Sistemas de Información

Disposición N° 7-DGGOBE/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 125

Disposición N° 284-DGTALINF/14Se aprueba y adjudica la Contratación Menor Nº 6475-SIGAF/14..................................................................... Pág. 126

Disposición N° 285-DGTALINF/14Se aprueba y adjudica la Contratación Menor Nº 6190-SIGAF/14..................................................................... Pág. 128

Disposición N° 286-DGTALINF/14Se aprueba y adjudica la Contratación Menor Nº 6240-SIGAF/14..................................................................... Pág. 130

Ministerio de Salud

Disposición N° 139-HGNPE/14Se aprueba y adjudica la Contratación Menor Nº 2727/14................................................................................. Pág. 132

Disposición N° 200-HGNPE/14Se aprueba y adjudica la Contratación Menor Nº 4471/14................................................................................. Pág. 133

Disposición N° 223-HGNPE/14Se aprueba y adjudica la Contratación Menor Nº 5668/14................................................................................. Pág. 134

Disposición N° 246-HGNPE/14Se aprueba y adjudica la Contratación Menor Nº 6049/14................................................................................. Pág. 135

Disposición N° 250-HGNPE/14Se aprueba y adjudica la Contratación Menor Nº 5303/14................................................................................. Pág. 136

Disposición N° 252-HGNPE/14Se aprueba y adjudica la Contratación Menor Nº 6432/14................................................................................. Pág. 137

Disposición N° 253-HGNPE/14Se aprueba y adjudica la Contratación Menor Nº 6437/14................................................................................. Pág. 138

Agencia Gubernamental de Control

Disposición N° 84-DGFYC/14Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con                                       nombre fantasía Rabbit....................................................................................................................................... Pág. 139

Disposición N° 85-DGFYC/14Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con                                       nombre de fantasía Pizza Banana...................................................................................................................... Pág. 140

Disposición N° 86-DGFYC/14Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con                                       nombre de fantasía Glam.................................................................................................................................... Pág. 141

Disposición N° 87-DGFYC/14Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con                                       nombre de fantasía El Picaflor............................................................................................................................ Pág. 143

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Organos de Control

Disposición

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Disposición N° 20-DGTALPG/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 145

Disposición N° 22-DGTALPG/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 146

Poder Judicial

Resolución

Consejo de la Magistratura

Resolución N° 204-OAYF/14Se aprueba el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor N° 18/14.............................................. Pág. 148

Disposición

Unidad Operativa de Adquisiciones de la Fiscalía General de la CABA

Disposición N° 33-UOA/14Se autoriza la disminución de la Licitación Pública Nº 15/10.............................................................................. Pág. 151

Comunicados y Avisos

Ministerio de Modernización

Comunicados N° 67-DGPLC/14.......................................................................................................................... Pág. 153Comunicados N° 68-DGPLC/14.......................................................................................................................... Pág. 153Comunicados N° 69-DGPLC/14.......................................................................................................................... Pág. 154Comunicados N° 70-DGPLC/14.......................................................................................................................... Pág. 154

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Licitaciones

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Expediente - Llamado N° 1416412-DGCYC/14................................................................................................. Pág. 155

Jefatura de Gabinete de Ministros

Licitación - Adjudicación N° 928-SSTRANS/14................................................................................................. Pág. 156

Ministerio de Salud

Licitación - Llamado N° 17-HGAT/14................................................................................................................. Pág. 157Licitación - Llamado N° 48-HGAT/14................................................................................................................. Pág. 157Licitación - Llamado N° 626-HGAIP/14.............................................................................................................. Pág. 158Expediente - Preadjudicación N° 5282703-HGACA/14..................................................................................... Pág. 159Contratación Directa - Preadjudicación N° 6188-HBU/14.................................................................................. Pág. 160Contratación Directa - Prórroga N° 2818-DGADC/13........................................................................................ Pág. 161

Ministerio de Educación

Expediente - Llamado N° 7644853-DGAR/14.................................................................................................... Pág. 163

Ministerio de Desarrollo Urbano

Licitación - Llamado N° 1001-DGTALMDU/14................................................................................................... Pág. 164Expediente - Llamado N° 2217069-DGTALMDU/14.......................................................................................... Pág. 165

Ministerio de Desarrollo Económico

Contratación Directa - Preadjudicación N° 5531-DGTALMDE/14..................................................................... Pág. 166

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Licitación - Llamado N° 490-MAYEPGC/14....................................................................................................... Pág. 167

Secretaría Legal y Técnica

Licitación - Preadjudicación N° 1301-DGTAD/14............................................................................................... Pág. 168

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Licitación - Llamado N° 255-AGIP/14................................................................................................................ Pág. 169Licitación - Preadjudicación N° 509-AGIP/14..................................................................................................... Pág. 169

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Licitación - Llamado N° 10-IVC/14..................................................................................................................... Pág. 171

Banco Ciudad De Buenos Aires

Carpeta - Llamado N° 21409-BCOCIUDAD/14.................................................................................................. Pág. 172Carpeta - Llamado N° 21466-BCOCIUDAD/14.................................................................................................. Pág. 172Carpeta - Preadjudicación N° 21266-BCOCIUDAD/14...................................................................................... Pág. 173Carpeta - Fracaso N° 21430-BCOCIUDAD/14.................................................................................................. Pág. 173

Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana

Licitación - Circular sin consulta N° 616-SECGCYAC/14.................................................................................. Pág. 175

Edictos Particulares

Transferencias N° 288-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 176Transferencias N° 289-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 176Transferencias N° 290-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 176Transferencias N° 291-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 177Transferencias N° 292-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 177Transferencias N° 293-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 177Transferencias N° 294-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 178Transferencias N° 295-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 178

Edictos Oficiales

Ministerio de Desarrollo Económico

Expediente N° 8268373-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 179Expediente N° 8279319-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 179Expediente N° 8309190-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 180Expediente N° 8608190-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 181Expediente N° 8620629-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 182Expediente N° 8732044-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 182Expediente N° 8784017-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 183Expediente N° 8786157-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 184Expediente N° 8786556-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 185Expediente N° 8786886-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 185Expediente N° 8787195-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 186Expediente N° 8787584-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 187Expediente N° 8788222-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 188Expediente N° 8904795-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 188

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Expediente N° 8905146-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 189Expediente N° 8907188-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 190

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Notificación N° 12447-IVC/12............................................................................................................................. Pág. 191Notificación N° 1817-IVC/14............................................................................................................................... Pág. 191Notificación N° 2043-IVC/14............................................................................................................................... Pág. 192Notificación N° 3610-IVC/14............................................................................................................................... Pág. 192Notificación N° 3611-IVC/14............................................................................................................................... Pág. 192Notificación N° 421-IVC/14................................................................................................................................. Pág. 193Notificación N° 424-IVC/14................................................................................................................................. Pág. 196Intimaciones N° 3609-IVC/14.............................................................................................................................. Pág. 197

Juzgado Provincial

Citación N° 8988810-JCC7/14............................................................................................................................ Pág. 198

MINISTERIO PUBLICO FISCAL

Citación N° 9188773-UFC/14.............................................................................................................................. Pág. 199

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Poder Legislativo Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

LEY N.º 5011

Buenos Aires, 19 de junio de 2014

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Desaféctase de los respectivos distritos de zonificación, otorgados por normas especiales aprobadas por la Ley 1006 (BOCBA N° 1622 del 03/02/2003), el polígono delimitado por las calles Pichincha, 15 de noviembre de 1889, Pasco y Av. Caseros, correspondiente a la Circunscripción 2, Sección 24, Manzana 89, Parcela 000. Art. 2°.- Aféctase el polígono mencionado en el artículo 1° al Distrito E4 N° (a designar) “Archivo General de la Nación -- Ex Cárcel de Caseros“ del Código de Planeamiento Urbano. Art. 3°.- Incorpórase al punto 5 “Enumeración“ del Páragrafo 5.4.3.4 “Distrito E4 – Equipamiento Especial“, el numeral (a designar) “Archivo General de la Nación -- Ex Cárcel de Caseros“. Art. 4°.- Incorpórase al punto 6 “Normas Especiales“ del Parágrafo 5.4.3.4, el punto 6. (N° a designar) “E4 N° (a designar) - Archivo General de la Nación -- Ex Cárcel de Caseros“, del Código de Planeamiento Urbano, cuyo texto obra como Anexo I y, a todos sus efectos, forma parte de la presente Ley. Art. 5°.- Incorpórase el Plano 5.4.3.4 “E4 N° (a designar) - Archivo General de la Nación -- Ex Cárcel de Caseros“ al Atlas del Código de Planeamiento Urbano, el que obra como Anexo II y, a todos sus efectos, forma parte de la presente. Art. 6°.- Catalógase con nivel de protección Cautelar, en los términos del Artículo 10.3 “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano, el edificio ubicado en la calle Pasco 2113, asentado en la Manzana 89, de la Sección 24, Circunscripción 2. La presente catalogación sólo alcanza al edificio donde funcionara la ex Cárcel de Caseros, ubicado en el sector delimitado por las calles Pasco, Av. Caseros, Pichincha y la prolongación virtual de la calle Rondeau. Art. 7°.- Incorpórase el edificio catalogado por el artículo 6° al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 8°.- La Dirección General de Registro de Obras y Catastro, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano, asentará la catalogación establecida por el artículo 6° en la documentación catastral correspondiente. Art. 9°.- La Ficha de Catalogación N° 024-089-000 forma parte de la presente ley como Anexo III. Art. 10.- Dispónese la apertura de la calle Rondeau entre Pichincha y Pasco. La construcción de las calzadas y aceras, y toda cesión de las superficies de las mismas, deberán tener trámite administrativo iniciado al momento del primer registro de planos. Art. 11.- Acéptase la cesión de la porción de tierra propiedad del Estado Nacional Argentino que resulte necesaria para la construcción de la calzada y aceras de la arteria mencionada en el artículo 9°, y aféctasela al dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 12.- Modificase las Planchetas N° 18 y 24 del Plano de Zonificación del Código de

Planeamiento Urbano, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1° y 2° de la presente.

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Art. 13.- Deróganse los artículos 4°, 5°, 6° de la Ley 1006 (BOCBA N° 1622 del 03/02/2003). Art. 14.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo que realice las gestiones necesarias ante el Poder Ejecutivo Nacional, a los fines de implementar las addendas y/o modificaciones que, en virtud de la presente Ley, resulten necesarias al Convenio 45/02, aprobado por la Ley 1002. Art. 15.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

ANEXO

Buenos Aires, 31 de julio de 2014 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.011 (E.E. Nº 8.182.757-MGEYA-DGALE-14), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 19 de junio de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día 21 de julio de 2014. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Clusellas

LEY N.° 5020

Buenos Aires, 3 de julio de 2014

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Declárase Personalidad Destacada de la Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la cantante, actriz y bailarina Karina K. Art. 2°.- Comuníquese, etc. Vidal - Pérez DECRETO N.° 307

Buenos Aires, 25 de julio de 2014 En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgase la Ley N° 5.020 (E.E. 8690751-MGEYA-DGALE-2014), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 3 de julio de 2014. El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. MACRI - Lombardi - Rodríguez Larreta

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LEY N.° 5021

Buenos Aires, 3 de julio de 2014

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Declárase personalidad destacada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de la cultura al Sr. Arturo Puig. Art. 2°.- Comuníquese, etc. Vidal - Pérez DECRETO N.° 308/14

Buenos Aires, 25 de julio de 2014 En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgase la Ley N° 5021 (E.E. 8691198-MGEYA-DGALE-2014), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 3 de julio de 2014. El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. MACRI - Lombardi - Rodríguez Larreta

LEY N.° 5022

Buenos Aires, 3 de julio de 2014

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Declárase Personalidad Destacada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de Cultura, al músico y compositor argentino Carlos Mellino. Art. 2°.- Comuníquese, etc. Vidal - Pérez DECRETO N.° 309/14

Buenos Aires, 25 de julio de 2014 En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgase la Ley N° 5.022 (E.E. 8691467-MGEYA-DGALE-2014), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 3 de julio de 2014. El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

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Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. MACRI - Lombardi - Rodríguez Larreta

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Poder Ejecutivo Decreto

DECRETO N.° 311/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 4013, el Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, el E. E. N° 6.846.920/14 (SSAPOL), y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Gobierno; Que según surge de los presentes actuados la Licenciada Cecilia Patricia Lucca, D.N.I. 24.378.143, CUIL. 23-24378143-4, presentó a partir del 24 de junio de 2014, su renuncia al cargo de Directora General de la Dirección General Asuntos Interjurisdiccionales, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Políticos, del Ministerio de Gobierno; Que la Subsecretaría de Asuntos Políticos ha tomado intervención de su competencia; Que a tal efecto, resulta conveniente aceptar la renuncia presentada y agradecer los servicios prestados durante el tiempo de su gestión, a la funcionaria dimitente; Que por lo expuesto, se procede a dictar la norma legal pertinente. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1°.- Acéptase a partir del 24 de junio de 2014, la renuncia presentada por la Licenciada Cecilia Patricia Lucca, D.N.I. 24.378.143, CUIL. 23-24378143-4, como Directora General de la Dirección General Asuntos Interjurisdiccionales, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Políticos del Ministerio de Gobierno, deja partida 2801.2200.M.06. Artículo 2°.- Agradécese a la funcionaria dimitente los servicios prestados durante el tiempo de su gestión. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. MACRI - Monzó - Rodríguez Larreta

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DECRETO N.° 312/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: El Decreto N° 1510/97, las Resoluciones Nros. 5434/MEGC/10 y N° 2865/MEGC/11, el Registro N° 1474182/DGAR/10, la Carpeta N° 1114910/MEGC/10, y CONSIDERANDO: Que haciendo uso de las herramientas previstas por el Decreto N° 556/10 y su similar modificatorio N° 752/10, por Resolución N° 5434/MEGC/10 se aprobó el gasto correspondiente para la Adquisición y Servicio de recarga de matafuegos en favor de las firmas MARIN SERVICE S.A., FUEGOTECNIC S.R.L., MATAFUEGOS DONNY S.R.L. y MELISAM S.A.; Que la firma URSAN S.R.L. presentó Recurso de Reconsideración con Jerárquico en subsidio contra el acto administrativo precedentemente citado, aduciendo que éste debía considerarse nulo por los vicios que lo afectaban; Que en su debida intervención, la Procuración General se expidió por intermedio del Dictamen N° PG 82171 recomendando la desestimación del recurso de reconsideración articulado por la firma URSAN S.R.L; Que en virtud de lo expuesto precedentemente, y por intermedio de la Resolución N° 2865/MEGC/11, se desestimó el Recurso de Reconsideración interpuesto por la referida empresa contra la Resolución N° 5434/MEGC/10; Que la quejosa se notificó debidamente de esta última Resolución, el 31 de enero de 2012; Que pese a encontrarse debidamente notificada, la referida empresa, no ha mejorado ni ampliado los términos de su presentación recursiva conforme lo previsto en artículo 107 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Que en virtud de ello, atento el análisis efectuado por las áreas competentes y merituada la medida adoptada a través del dictado de la Resolución N° 2865/MEGC/11, que encontró sustento en el Informe Técnico de la Dirección General de Planeamiento de Control de Gestión del Ministerio de Educación, cabe concluir que la Resolución atacada se ajusta a derecho por encontrarse debidamente fundamentada, no asistiendo razón alguna a la quejosa que lleve modificar el criterio expuesto, motivo por el cual deberá desestimarse su presentación recursiva mediante el dictado del pertinente acto administrativo; Que la Procuración General ha tomado la debida intervención en los términos de la Ley N° 1218. Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1°.- Desestímese el recurso jerárquico interpuesto por la empresa URSAN

S.R.L. contra la Resolución N° 5434/MEGC/10. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Educación y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

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Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese fehacientemente al interesado dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de la cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 119 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Servicios a Escuelas del Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. MACRI - Bullrich - Rodríguez Larreta

DECRETO N.° 313/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 1.417 y el Expediente Electrónico N° 2.378.992-MGEYA-CDNNYA-13, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se sustancia el recurso de alzada interpuesto por la Sra. Rita Noemí Balceda, D.N.I N° 14.548.470, contra los términos de la Resolución Nº 744/CDNNYA/13 de fecha 19 de septiembre de 2013, por la cual se desestima el recurso jerárquico interpuesto contra la Disposición Nº 191/DGGPP/13, de fecha 17 de abril de 2013; Que por la mencionada Disposición se procedió a dar de baja el Legajo Nº 263/08, correspondiente a la postulante Rita Noemí Balceda, en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGA), por no haber ésta cumplido con su obligación de mantener actualizada su decisión de ser guardadora con fines adoptivos; Que dicha medida se dictó de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley 1.417 que establece que las inscripciones en el registro tendrán una vigencia de dos (2) años, contados desde la notificación de su aceptación al solicitante y que cumplido dicho plazo, los postulantes registrados deberán ratificar en forma expresa su voluntad de permanecer inscriptos, caso contrario, vencido el plazo originario de dos (2) años operará la caducidad automática de la inscripción; Que asimismo, el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes tomó conocimiento de que la Sra. Balceda omitió notificar la guarda de hecho de una niña, otorgada por el Juzgado de Familia N° 1, de la 2° Circunscripción Judicial de la Ciudad de Oberá, Provincia de Misiones, circunstancia que no fue anoticiada al RUAGA; Que con posterioridad, la nombrada interpuso recurso de reconsideración contra la Disposición Nº 191/DGGPP/13, el cual fue desestimado por Disposición Nº 378/DGGPP/13 de fecha 4 de julio de 2013, siendo notificada de los términos de la misma el 16 de julio de 2013; Que, ante el rechazo de la reconsideración incoada, la Sra. Balceda interpuso recurso jerárquico; Que dicha presentación fue considerada por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires como una ampliación de los fundamentos esgrimidos en el recurso de reconsideración; Que mediante la Resolución Nº 744/CDNNYA/13, el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes desestimó el recurso jerárquico interpuesto y confirmó la baja del Legajo Nº 263/08 del RUAGA; Que a raíz del dictado de la citada Resolución, la interesada interpone recurso de alzada;

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Que en los fundamentos del recurso y con respecto a la falta de ratificación en el plazo legal, la quejosa sostiene que el acto dictado es de un excesivo ritualismo formal, al anteponer, en su opinión, un requisito de estricto carácter reglamentario a los derechos del niño;

Que al respecto, cabe destacar que la norma especial que rige el procedimiento registral es la Ley Nº 1.417, que en su artículo 7º establece la caducidad "automática" en el caso de no ratificar la inscripción en el plazo de dos (2) años, circunstancia que le fue fehacientemente notificada a la postulante en oportunidad de firmar la Constancia de Admisión al RUAGA en fecha 13 de marzo de 2009, y la correspondiente Constancia de Ratificación en fecha 17 de febrero de 2011; Que la exigencia de la ratificación no es un requisito meramente formal del procedimiento, sino que por el contrario se vincula con uno de los aspectos esenciales ponderados durante las distintas etapas de la evaluación, que es la manifestación de la voluntad de los aspirantes de continuar con el proyecto adoptivo; Que asimismo, respecto a las obligaciones mencionadas, las mismas fueron puestas en conocimiento de la Sra. Balceda al momento de su inscripción y reiteradas en el momento de efectuarse las respectivas ratificaciones; Que en las respectivas constancias de admisión y ratificación al RUAGA, se cita el texto del artículo 7° de la Ley N° 1.417, indicándose que: "En caso de producirse un embarazo o guarda pre-adoptiva, otorgada por esta u otra jurisdicción, los postulantes deberán comunicarlo por escrito a este Registro"; Que de la compulsa del trámite se desprende que ha sido ejercido efectivamente el derecho de la recurrente al debido proceso adjetivo y a una decisión fundada; Que no habiéndose verificado arbitrariedad o desviación de poder, encontrándose el acto recurrido así como también el procedimiento sustanciado debidamente fundado en los hechos y derecho aplicable, , y no existiendo elementos de juicio que logren conmover la decisión adoptada, corresponde rechazar el recurso de alzada incoado; Que en virtud de lo precedentemente expuesto corresponde dictar la norma legal pertinente; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en virtud de la Ley Nº 1.218. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA Artículo 1º.- Desestímase el Recurso de alzada interpuesto por la Sra. Rita Noemí Balceda, D.N.I N° 14.548.470, contra los términos de la Resolución Nº 744/CDNNYA/13. Artículo 2º.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase al Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para su conocimiento, notificación a la recurrente en los términos de los artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimientos Administrativos, haciéndole saber que la vía administrativa se ha agotado con el dictado de la Resolución N° 744/CDNNYA/13. Cumplido, archívese. MACRI - Rodríguez Larreta

Página Nº 20Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Resolución Jefatura de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN N.° 650/MJGGC/14

Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: El Decreto N° 477/11, la Resolución Nº 1.415-MHGC/13 y el Expediente Nº 8.794.421-MGEYA- UPEJOL/14, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la designación de los Sres. Francisco José Irarrazaval, DNI Nº 22.059.961, Titular de la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud 2018; Guillermo Javier Dietrich, DNI Nº 20.618.038, en su carácter de Subsecretario de Transporte; Santiago Julián Mancini, DNI Nº 32.613.592, Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de la UPE Juegos Olímpicos de la Juventud 2018; María Cecilia Skou, DNI Nº 32.258.499, Titular de la Unidad de Organización Deportiva de la UPE Juegos Olímpicos de la Juventud 2018 y a los agentes Federico Miguel Mc Cormick, DNI Nº 24.646.213; Mariana Pando Amil, DNI Nº 24.872.897; Roy Scally, DNI Nº 31.879.725; Martín Ramiro Torrado, DNI Nº 24.308.511 y Erik Zulcovsky, DNI Nº 34.496.982, todos ellos pertenecientes a la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud 2018, con el motivo de participar del "Programa de Observadores", desarrollado por el Comité Olímpico Internacional como parte del programa de transmisión de conocimiento entre los distintos Comités Organizadores de los eventos olímpicos, a desarrollarse en Nanjing, República Popular China, desde el 6 hasta el 31 de agosto del corriente año; Que la misión tiene por objeto participar activamente en la organización del Juego, trabajando a la par con empleados del Comité Olímpico Internacional, el Comité Organizador local, los distintos Comités Olímpicos Nacionales, etc. Asimismo los encargados de planificar el evento que tendrá lugar en Buenos Aires podrán adquirir experiencia sobre la logística a desempeñarse en cada una de las diferentes áreas funcionales relacionadas con la organización de los juegos, permitiendo ello una planificación más eficiente que facilite la detección de riesgos y oportunidades en la organización del evento en cuestión; Que por lo antes mencionado, resulta de especial interés para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la participación en el mencionado evento; Que en este orden de ideas corresponde designar a las personas mencionadas en el primer considerando, a realizar la citada misión oficial, disponiendo la entrega de fondos pertinentes para solventar los gastos inherentes a viáticos, en un todo de acuerdo a los términos de la normativa vigente en la materia; Que se ha efectuado la correspondiente afectación presupuestaria. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 8º del Decreto 477/11,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE

Artículo 1º.- Desígnase a los Sres. Francisco José Irarrazaval, DNI Nº 22.059.961, Titular de la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud 2018;

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Guillermo Javier Dietrich, DNI Nº 20.618.038, en su carácter de Subsecretario de Transporte; Santiago Julián Mancini, DNI Nº 32.613.592, Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de la UPE Juegos Olímpicos de la Juventud 2018; María Cecilia Skou, DNI Nº 32.258.499, Titular de la Unidad de Organización Deportiva de la UPE Juegos Olímpicos de la Juventud 2018 y a los agentes Federico Miguel Mc Cormick, DNI Nº 24.646.213; Mariana Pando Amil, DNI Nº 24.872.897; Roy Scally, DNI Nº 31.879.725; Martín Ramiro Torrado, DNI Nº 24.308.511 y Erik Zulcovsky, DNI Nº 34.496.982, todos ellos pertenecientes a la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud 2018, para participar del "Programa de Observadores", desarrollado por el Comité Olímpico Internacional como parte del programa de transmisión de conocimiento entre los distintos Comités Organizadores de los eventos olímpicos, a desarrollarse en Nanjing, República Popular China, desde el 6 hasta el 31 de agosto del corriente año. Artículo 2º.- Entréguese a favor de los funcionarios designados en el artículo 1°, la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON OCHENTA CENTAVOS ($ 262.537,80.-) en concepto de viáticos, importe que deberá ser rendido en un cien por ciento (100%) de su inversión, según el siguiente detalle: Irarrazabal, Francisco José, Gastos en Viáticos al 100%: 136 x 18 días= 2.448 x 11,031= $ 27.003,89 Dietrich, Guillermo Javier, Gastos en Viáticos al 100%: 136 x 7 días= 952 x 11,031= $ 10.501,51 Mancini, Santiago Julián, Gastos en Viáticos al 100%: 136 x 22 días= 2.992 x 11,031= $ 33.004,75 Skou, María Cecilia, Gastos en Viáticos al 100%: 136 x 28 días= 3.808 x 11,031= $ 42.006.05 Mc Cornick, Federico Miguel, Gastos en Viáticos al 100%: 136 x 24 días= 3.264 x 11,031= $ 36.005,18 Pando Amil, Mariana, Gastos en Viáticos al 100%: 136 x 22 días= 2.992 x 11,031= $ 33.004,75 Scally Roy, Gastos en Viáticos al 100%: 136 x 15 días= 2.040 x 11,031= $ 22.503,24 Torrado, Martín Ramiro, Gastos en Viáticos al 100%: 136 x 11 días= 1.496 x 11,031= $ 16.502,38 Zulcovsky, Erik, Gastos en Viáticos al 100%: 136 x 28 días= 3.808 x 11,031= $ 42.006,05 TOTAL: $ 262.537,80.- Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON OCHENTA CENTAVOS ($ 262.537,80.-) en una orden de pago, monto que deberá ser depositado en la Cuenta Corriente Nº 3402/9, Sucursal Nº 17, del Banco Ciudad de Buenos Aires, perteneciente a la Unidad de Proyectos Especiales "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018". Artículo 4º.- Son responsables de la administración y rendición de los fondos detallados en el artículo 2º de la presente, los Sres. Francisco José Irarrazaval, DNI Nº 22.059.961, Guillermo Javier Dietrich, DNI Nº 20.618.038, Santiago Julián Mancini, DNI Nº 32.613.592, María Cecilia Skou, DNI Nº 32.258.499, Federico Miguel Mc Cormick, DNI Nº 24.646.213, Mariana Pando Amil, DNI Nº 24.872.897, Roy Scally, DNI Nº 31.879.725, Martín Ramiro Torrado, DNI Nº 24.308.511 y Erik Zulcovsky, DNI Nº 34.496.982. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Unidad de Proyectos Especiales "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018", a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Rodríguez Larreta RESOLUCIÓN N.º 659/MJGGC/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO:

Página Nº 22Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Las Leyes N° 4.013 y N° 2.095, su Decreto Reglamentario N° 95/14, los Decretos Nros 1.139/09 y 54/14, la Resolución Conjunta N° 1.852-MJySGC-MHGC/09, y el Expediente Electrónico N° 7.181.158/MGEYA/SSTRANS/2014, y

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CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramita la prórroga del Renglón N° 2 perteneciente a la Licitación Pública Nº 1.692/2009 que tuvo por objeto la contratación del "Servicio de Provisión de Equipamiento y Servicios Anexos para la Captación Gráfica, Registro Gráfico y Procesamiento Automático de Presunción de Infracciones de Tránsito Operativos en el Ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Servicios de Adecuación de Datos e Imágenes Procedentes de Equipos de Control de Infracciones de Tránsito On Line y Off Line Operativos en el Ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que por medio del Decreto Nº 1.139/09 de fecha 28 de diciembre de 2009 se aprobó la Licitación Pública Nº 1.692/2009, efectuada al amparo de lo establecido en la Ley Nº 2.095, y se adjudicó a la firma SIEMENS IT SOLUTIONS AND SERVICES S. A. (hoy denominada ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES S. A) el Renglón N° 2 por la suma de pesos trece millones cuatrocientos noventa y ocho mil novecientos cuarenta y cuatro ($ 13.498.944,00) correspondiente al objeto de la presente Licitación, emitiéndose a favor de la misma la Orden de Compra Nº 12.768/12; Que la presente contratación es de cumplimiento sucesivo y teniendo en cuenta la importancia que reviste para el interés público, debido a que es una herramienta con la que cuenta la Administración a efectos de disminuir las infracciones de tránsito y contribuir notablemente con la reducción de accidentes, es menester hacer uso de la facultad de prórroga otorgada por el artículo 6º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado por Resolución Conjunta Nº 1.852-MJySGC-MHGC-2009 y lo establecido en el punto III del artículo 117 de la Ley Nº 2.095; Que mediante Decreto N° 54/14, el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires delega en el señor Jefe de Gabinete de Ministros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la facultad de prorrogar y dictar, en el marco de la misma, todos los actos administrativos que fueren necesarios para la ejecución del contrato "Servicio de Provisión de Equipamiento y Servicios Anexos para la Captación Gráfica, Registro Gráfico y Procesamiento Automático de Presunción de Infracciones de Tránsito Operativos en el Ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Servicios de Adecuación de Datos e Imágenes Procedentes de Equipos de Control de Infracciones de Tránsito On Line y Off Line Operativos en el Ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" o recisión del contrato suscripto, en caso de corresponder, aprobado y adjudicado por Decreto N° 1.139/09; Que por tal motivo, y en virtud de las facultades expresamente otorgadas por el artículo 6º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado por Resolución Conjunta Nº 1.852-MJySGC-MHGC-09 y lo establecido en el punto III del artículo 117

de la Ley Nº 2.095, resulta oportuno proceder a la prórroga del servicio adjudicado mediante el citado Decreto Nº 1.139/09; Que se ha procedido a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación que demande la presente contratación; Que, en consecuencia y atento a lo actuado, se procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se autorice la prórroga contractual solicitada; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le corresponde de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 1.218. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 54/14,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE

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Artículo 1°.- Prorrógase por el plazo de veinticuatro (24) meses, a partir del 1 de enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2015 inclusive, el Renglón N° 2, adjudicado a la firma SIEMENS IT SOLUTIONS AND SERVICES S. A. (hoy denominada ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES S. A), correspondiente a la Licitación Pública Nº

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1.692/2009 que tuvo por objeto la contratación del "Servicio de Provisión de Equipamiento y Servicios Anexos para la Captación Gráfica, Registro Gráfico y Procesamiento Automático de Presunción de Infracciones de Tránsito Operativos en el Ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Servicios de Adecuación de Datos e Imágenes Procedentes de Equipos de Control de Infracciones de Tránsito On Line y Off Line Operativos en el Ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires". Artículo 2°.- El gasto que demande lo dispuesto en la presente Resolución se imputará a las partidas presupuestarias de los ejercicios correspondientes, subordinado al crédito que para ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos. Artículo 3°.- Autorízase a la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Jefatura de Gabinete de Ministros a emitir la correspondiente Orden de Compra. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, por el término de un (1) día, y en el Portal de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a la empresa adjudicataria en los términos dispuestos en los artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Jefatura de Gabinete de Ministros para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Rodríguez Larreta

RESOLUCIÓN N.º 340/SSTRANS/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: EL DECRETO Nº 660-GCABA-2011 Y EL EXPEDIENTE Nº 8629555/SSDEP/2014, Y CONSIDERANDO: Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Expediente mencionado, el Club de Corredores, a través de la Subsecretaria de Deportes solicita permiso para la afectación parcial de diversas arterias de la Ciudad, el día domingo 24 de agosto de 2014, con motivo de la realización de una prueba atlética denominada "Banco Ciudad Women´s Race"; Que la Dirección General de Tránsito ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto al corte solicitado; dejando a consideración de la Subsecretaria de Transporte para el dictado del acto administrativo respectivo; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277;

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EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar al Club de Corredores, con concurrencia de la Policía, a efectuar los cortes de tránsito que a continuación se detallan: Corte Total, de Juana Manso entre Manuela Sáenz y Marta Lynch, sin afectar bocacalles extremas; Cortes parciales, momentáneos y sucesivos afectando dos carriles partiendo de Juana Manso y Manuela Sáenz por esta, Av. de los Italianos, Azucena Villaflor, Av. Dr. T. Achaval Rodríguez, Av. Int. Hernán M. Giralt, Cecilia Grierson, Juana Manso hasta el punto de partida, y cortes totales, momentáneos y sucesivos de las transversales al momento de paso de los participantes, el día domingo 24 de agosto de 2014 de 04:30 a 11.00 horas, con motivo de la realización de una prueba atlética denominada "Banco Ciudad Women´s Race"; Artículo 2º.- El transito que pretenda circular por las arterias afectadas deberá desviarse por las transversales inmediatas anteriores a los cortes y retomar por las calles paralelas más próximas que tengan el mismo sentido de circulación. Artículo 3º.- En las calles afectadas parcialmente se deberán colocar vallas rígidas de protección que separen el público asistente del tránsito vehicular. Artículo 4º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente,

concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 5º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 6º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 4º y 5º de la presente, la misma carecerá de validez. Artículo 7º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes. Artículo 8º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito quien comunicará al solicitante, a la Policía, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y el Transporte, de Limpieza, de Transporte y de Ordenamiento del Espacio Público. Dietrich

RESOLUCIÓN N.º 341/SSTRANS/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: EL DECRETO Nº 660-GCABA-2011 Y EL EXPEDIENTE Nº 8629488/SSDEP/2014, Y

Página Nº 25Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Expediente mencionado, el Club de Corredores, a través de la Subsecretaria de Deportes solicita permiso para la afectación parcial de diversas arterias de la Ciudad, el día domingo 31 de agosto de 2014, con motivo de la realización de una prueba atlética denominada "Maratón Dale Vida"; Que la Dirección General de Tránsito ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto al corte solicitado; dejando a consideración de la Subsecretaria de Transporte para el dictado del acto administrativo respectivo; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277;

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar al Club de Corredores, con concurrencia de la Policía, a efectuar los cortes de tránsito que a continuación se detallan: Corte Total, Av. de los Italianos entre Azucena Villaflor y Macacha Güemes, sin afectar bocacalles extremas; Cortes parciales, momentáneos y sucesivos afectando dos carriles partiendo de Macacha Güemes y Av. de los Italianos por esta, Cecilia Grierson, Av. Int. M. Hernan Giralt, Av. Dr. T. Achaval Rodríguez, Av. España, Benjamín Lavaisse, Samuel Lafone Quevedo, Av. España, Av. Dr. T Achaval Rodríguez, Azucena Villaflor, Av. de los Italianos, hasta el punto de partida, y cortes totales, momentáneos y sucesivos de las transversales al momento de paso de los participantes, el día domingo 31 de agosto de 2014 de 04:30 a 10.30 horas, con motivo de la realización de una prueba atlética denominada "Maratón Dale Vida"; Artículo 2º.- El transito que pretenda circular por las arterias afectadas deberá desviarse por las transversales inmediatas anteriores a los cortes y retomar por las calles paralelas más próximas que tengan el mismo sentido de circulación. Artículo 3º.- En las calles afectadas parcialmente se deberán colocar vallas rígidas de protección que separen el público asistente del tránsito vehicular.

Artículo 4º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 5º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 6º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 4º y 5º de la presente, la misma carecerá de validez. Artículo 7º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes.

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CONSIDERANDO:

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Artículo 8º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito quien comunicará al solicitante, a la Policía, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y el Transporte, de Limpieza, de Transporte y de Ordenamiento del Espacio Público. Dietrich

RESOLUCIÓN N.º 342/SSTRANS/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: EL DECRETO Nº 660-GCABA-2011 Y EL EXPEDIENTE Nº 8745991/SSDEP/2014, Y CONSIDERANDO: Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Expediente mencionado, el Club de Corredores, a través de la Subsecretaría de Deportes, solicita permiso para la afectación de diversas arterias de la Ciudad, el día domingo 03 de agosto de 2014, con motivo de la realización de una prueba atlética denominada "LET´S RACE BUENOS AIRES NEW BALANCE"; Que la Dirección General de Tránsito ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto al corte solicitado; dejando a consideración de la Subsecretaria de Transporte para el dictado del acto administrativo respectivo; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277;

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar a Sporsfacilities, con presencia policial, a efectuar los cortes de tránsito que a continuación se detallan: Corte total, Av. Figueroa Alcorta entre Av. Dorrego y Av. Sarmiento. Cortes parciales, momentáneos y sucesivos afectando dos carriles, partiendo desde Av. Belisario Roldan y Av. Figueroa Alcorta por esta, Av. Udaondo, Intendente. Cantilo, calle complejo parque de los niños (sin nombre oficial), La cachila, Pico, Av. del Libertador, Av. Udaondo, Av. Figueroa Alcorta, Av. Valentín Alsina, Av. Ernesto Tornquist, Andrés Bello, Av. de los Ombúes, Av. Figueroa Alcorta, Av. Dorrego hasta Av. Cnel. Marcelino E. Freyre retomando Av. Dorrego, Av. Figueroa Alcorta hasta el punto de partida y cortes totales, momentáneos y sucesivos de las transversales al momento de paso de los participantes, el día domingo de 03 agosto de 2014 de 06.00 a 11.00, con motivo de la realización de realización de de una prueba atlética denominada LET´S RACE BUENOS AIRES NEW BALANCE". Artículo 2º.- El transito que pretenda circular por las arterias afectadas deberá desviarse por las transversales inmediatas anteriores a los cortes y retomar por las calles paralelas más próximas que tengan el mismo sentido de circulación. Artículo 3º.- En las calles afectadas parcialmente se deberán colocar vallas rígidas de

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protección que separen el público asistente del tránsito vehicular. Artículo 4º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 5º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 6º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 4º y 5º de la presente, la misma carecerá de validez. Artículo 7º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes. Artículo 8º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito quien comunicará al solicitante, a la Policía, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y el Transporte, de Limpieza, de Transporte y de Ordenamiento del Espacio Público. Dietrich

Página Nº 28Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN N.º 560/MJYSGC/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 8.673.207/14, y CONSIDERANDO: Que resulta necesario incrementar diversas partidas de los Programas 1, 26, 53 y 32, a fin de afrontar los gastos que demandan las rendiciones de movilidad y de caja chica común, Que en consecuencia, procede arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 2/14 por el que se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires-Ejercicio Fiscal 2014. Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el Capítulo IX, Artículo 36º, Apartado II del Decreto Nº 2/14,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase la compensación de créditos por un monto total de pesos ciento cuarenta y seis mil setecientos treinta ($146.730.-), de acuerdo con el IF N° 9149251-MJYSGC-2014 de modificaciones presupuestarias, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina de la Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Montenegro

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 561/MJYSGC/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 8.799.089/14, y CONSIDERANDO: Que resulta necesario incrementar el crédito de diversas partidas del programa 32, a fin de afrontar gastos de caja chica especial y la crecion de la partida 3.3.5 del programa 52, para servicio de limpieza; Que en consecuencia, procede arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 2/14 por el que se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires-Ejercicio Fiscal 2014.

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Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el Capítulo IX, Artículo 36º, Apartado II del Decreto Nº 2/14,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase la compensación de créditos por un monto total de pesos ciento sesenta y seis mil ($166.000.-), de acuerdo con el IF N° 9149346-MJYSGC-14 de modificaciones presupuestarias, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina de la Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Montenegro

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 562/MJYSGC/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Resolución Nº 558/MJYSGC/14, y CONSIDERANDO: Que el Señor Subsecretario de Seguridad Ciudadana, Dr. Horacio José García, deberá ausentarse de la Ciudad de Buenos Aires, desde 29 de julio hasta el día 8 de agosto de 2014 inclusive en virtud del viaje autorizado por Resolución Nº 558/MJYSGC/14; Que conforme lo expuesto precedentemente y a efectos de mantener el normal funcionamiento de las actividades administrativas de la mencionada repartición, resulta conveniente encomendar la firma del despacho diario de actuaciones a un funcionario de idéntico rango y jerarquía; Que por tal motivo corresponde asignar dicha tarea al Señor Subsecretario de Emergencias de éste Ministerio de Justicia y Seguridad, Dr. Néstor Alejandro Nicolás. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE:

Artículo 1.- Encomiéndese la firma del despacho diario de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana al señor Subsecretario de Emergencias, Dr. Néstor Alejandro Nicolás, desde el día 29 de julio hasta el día 8 de agosto de 2014 inclusive Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a las Subsecretarías de Seguridad Ciudadana y de Emergencias. Cumplido archívese. Montenegro

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RESOLUCIÓN N.º 563/MJYSGC/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: El E.E. N° 3010598/2014 (DGPLC), y CONSIDERANDO: Que mediante el artículo 1 de la Resolución N° 194/MMGC/2014, se convocó a un proceso de selección entre los inscriptos en el Registro de Aspirantes de Empleo Público de la Comisión para la Plena Participación de la Personas con Discapacidad (COPIDIS), para cubrir un (1) puesto de trabajo para el cargo de Auditor de la Unidad de Auditoría Interna, del Ministerio de Justicia y Seguridad, conforme lo dispuesto en el Anexo "I" de la citada norma; Que por otra parte, en su artículo 4, se designan a los integrantes titulares y suplentes, del Comité de Selección; Que además, se fijó el plazo de presentación de las Fichas de Inscripción para dicho proceso de selección, debiendo los aspirantes presentar las mismas ante el COPIDIS; Que en consecuencia, mediante Acta 3, del precitado Comité de Selección, se aprobó la nómina de postulantes aceptados, toda vez que los mismos cumplen con los requisitos exigidos; Que la Dirección General de Planeamiento de Carreras, manifiesta que conforme el orden de mérito definitivo y las entrevistas efectuadas por los responsables de dichas áreas han solicitado incorporar a sus dotaciones al personal seleccionado; Que por lo expuesto, se propicia la designación, con carácter titular, del señor Sebastián Delfor Martínez Marti, D.N.I. 22.080.878, CUIL. 20-22080878-6, en la repartición en cuestión, conforme lo prescripto por la Ley Nº 471; Que es dable destacar, que la misma se efectúa de acuerdo con lo establecido en el Escalafón General para el Personal de Planta Permanente de la Administración Pública de dicho Gobierno, aprobado por Decreto Nº 986/2004 y las pautas de encasillamiento fijadas por Decreto Nº 583/2005; Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, les asegura a las personas discapacitadas y/o con necesidades especiales, una equiparación de oportunidades para el acceso al empleo, pero en modo alguno una dispensa para el cumplimiento de los requisitos de ingreso; Que a tal fin, resulta necesario realizar el acto administrativo pertinente, conforme lo prescripto por el artículo 2, de la Ley 1502, y lo prescripto por la precitada Constitución. Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Desígnase con carácter titular, al señor Sebastián Delfor Martínez Marti, D.N.I. 22.080.878, CUIL. 20-22080878-6, como Técnico Administrativo, de la Unidad de Auditoría Interna, del Ministerio de Justicia y Seguridad, partida

2601.0030.A.A.01.0001.347, de acuerdo con lo establecido por Ley Nº 471 y lo prescripto en el Escalafón General para el Personal de Planta Permanente de la Administración Pública, aprobado por Decreto Nº 986/2004, y las pautas de encasillamiento fijadas por Decreto Nº 583/2005, conforme lo prescripto por el artículo 2, de la Ley N° 1502 y la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Página Nº 31Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de Planeamiento de Carreras, de Proyectos de Ciudad Inteligente, al Instituto Superior de la Carrera, a la Subsecretaría de Proyectos de Modernización, a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS), a la Sindicatura General y a la Procuración General de la Ciudad y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Montenegro

RESOLUCIÓN N.º 564/MJYSGC/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 8.939.574/14, y CONSIDERANDO: Que resulta necesario incrementar el crédito de diversas partidas y programas a fin de hacer frente a gastos efectuados por la Subsecretaría de Justicia y la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana; Que en consecuencia, procede arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 2/14 por el que se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires-Ejercicio Fiscal 2014. Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el Capítulo IX, Artículo 36º, Apartado II del Decreto Nº 2/14,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase la compensación de créditos por un monto total de pesos doscientos ochenta y ocho mil trescientos setenta y seis ($ 288.376.-), de acuerdo con el IF N° 9156103-MJYSGC-14 de modificaciones presupuestarias, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Justicia, a la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana y a la Dirección General Oficina de la Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Montenegro

ANEXO

RESOLUCIÓN N.° 123/SSAPM/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: El Decreto N° 2/2014, el Expediente Electrónico N° 8716720/14 y

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CONSIDERANDO: Que mediante el Expediente Electrónico Nº 8716720/14 la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana gestiona una modificación presupuestaria por un monto de pesos doscientos veintisiete mil trescientos sesenta y ocho ($ 227.368.-) a fin de realizar la imputación presupuestaria referente a la refacción del Depósito sito en Av. Perón 2883/2899 de esta ciudad; Que resulta procedente arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 2/2014 por el cual se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - Ejercicio Fiscal 2014. Por ello en uso de las facultades conferidas por el Anexo I Capitulo IX Punto III del Decreto Nº 2/2014,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DE LA POLICIA METROPOLITANA

RESUELVE Artículo 1.- Apruébase la compensación de créditos correspondiente al Programa 58 por un monto total de pesos doscientos veintisiete mil trescientos sesenta y ocho ($ 227.368.-) de acuerdo con el formulario de modificaciones presupuestarias, que como Anexo IF Nº 9172768-SSAPM14, forma parte integrante del presente acto administrativo. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio, y a la Dirección General Oficina de la Gestión Pública y Presupuesto. Greco

ANEXO

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Ministerio de Desarrollo Urbano

RESOLUCIÓN Nº 2109/SBASE/14

Buenos Aires, 31 de julio de 2014 VISTO la Ley Nº 4.472 que dispone la regulación y reestructuración del servicio público del Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (SUBTE) asumiendo la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la titularidad estatal del SUBTE, y la determinación de la tarifa técnica del mismo, y CONSIDERANDO: Que a partir del 1° de enero de 2013 entró en vigencia la Ley N° 4.472 por la cual la Ciudad Autónoma de Buenos Aires asumió el SERVICIO SUBTE; Que en sus artículos 4º, 5º y concordantes la referida Ley, se designó a Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE) como Autoridad de Aplicación del mencionado servicio público, estableciendo que tendrá a su cargo la administración del sistema de infraestructura del SUBTE, su mantenimiento y la gestión de los sistemas de control de la operación del servicio; Que la Legislatura de Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró en emergencia por un periodo de cuatro (4) años la prestación del Servicio Público del SUBTE, facultándose al Poder Ejecutivo para prorrogarla por el término de un (1) año y (Conf. artículo 6° de la Ley N° 4472, modificado por la Ley Nº 4790); Que el artículo 38, inciso 16 y concordantes de la Ley 4472 ha facultado a SBASE durante el período de emergencia a establecer las condiciones de la prestación del servicio y adoptar las medidas que sean necesarias, en procura de lograr la continuidad y la seguridad de la prestación del servicio en el menor plazo posible y a fijar las tarifas y los cuadros tarifarios, conforme la normativa vigente; Que, por otra parte, según lo establecido por el artículo 13, inciso 9º de la Ley Nº 4472, la Autoridad de Aplicación debe fijar la tarifa técnica conforme a lo dispuesto en el artículo 28 y siguientes del citado cuerpo normativo; Que el artículo 28 dispone que la tarifa técnica: (i) es aquella que refleja los costos de la explotación del SERVICIO SUBTE, y (ii) que será establecida por la Autoridad de Aplicación (Subterráneos de Buenos Aires S.E.) otorgándole la ley competencia específica a tal fin; Que, al respecto, debe señalarse que la tarifa técnica surge de la división entre el costo de explotación anual vigente y la cantidad de pasajeros pagos del año calendario anterior; Que se entiende como costo de explotación a los gastos corrientes necesarios para sostener el SERVICIO SUBTE en condiciones de seguridad, regularidad y calidad establecidas por la Autoridad de Aplicación, además de la depreciación de los bienes de uso involucrados para dicho fin; Que estos gastos corrientes se corresponden con lo detallado en el Anexo de la presente resolución (mano de obra, gastos de mantenimiento de material rodante e instalaciones, energía eléctrica, seguros, operación, facturación, administración, seguridad, depreciación de material rodante, infraestructura e impuestos); Que debe remarcarse que los gastos de seguridad, ciertos gastos de mantenimiento y depreciación de material rodante no son ejecutados por el operador del servicio; Que la tarifa técnica se diferencia de la tarifa de operación de pesos ocho ($ 8.00), la cual representa los ítems exclusivamente ejecutados por la operadora del servicio (mano de obra, parte de mantenimiento de material rodante e instalaciones, de energía eléctrica, de seguros, de operación, de facturación, de administración y determinados impuestos);

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Que vale aclarar que la tarifa al usuario es la que abonan efectivamente los pasajeros (Conf. artículo 28 de la ley 4472); Que conforme a lo expuesto, es facultad de SBASE en su calidad de Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 4472 fijar el importe de la tarifa técnica del servicio subte; POR ELLO

EL DIRECTORIO DE SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO

RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Fijar el importe de la tarifa técnica del SERVICIO SUBTE en la suma de pesos diez con veintiséis centavos ($10,26), conforme los costos de explotación del servicio subte reflejados en el Anexo que forma integrante de la presente Resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ente Público Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires para que tome conocimiento. Cumplido, archívese. Piccardo - Seefeld - De la Fuente - Sainz

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 330/SECPLAN/14

Buenos Aires, 23 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 2846066/2012 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Superí Nº 4874, y CONSIDERANDO: Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Multifamiliar; Que se trata de una ampliación conformada por un total de 18,35m2 los cuales fueron llevados a cabo en forma no reglamentaria (1º Piso: Dormitorio) según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas Nº 36) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas Nº 50 a 58), con destino Vivienda Multifamiliar; Que obra a fojas 22 a 23 la Memoria e Informe Técnico con carácter de Declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización; Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 14; Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", del Código de la Edificación y el Art. 5.4.1.2 "Distrito R1bI, Disposiciones Particulares, inciso a) FOT Máximo" del Código de Planeamiento Urbano; Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607), Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General nº 24.887;

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Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 59 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la Declaración Jurada del profesional interviniente (fs. 22 a 23), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. F) del art. 2.4.3.3. "Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de la Edificación, asistiéndole al propietario las previsiones contempladas en el Artículo 6.3.1.2. "Obras ejecutadas en Contravención" inciso d) del Código de la Edificación. Por ello en uso de las atribuciones conferidas por el inciso e) del precitado Artículo 6.3.1.2 y en virtud de la Resolución Nº 5-MDU-2012,

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTO RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro a

proceder al registro de la documentación presentada a fojas Nº 50 a 58, ampliación conformada por un total de 18,35m2, para la finca sita en la calle Superí Nº 4874, Nomenclatura Catastral: circ 16 secc. 43 manz. 54 Parc. 10A cuyo destino es "Vivienda Multifamiliar", frente a los términos del Artículo 6.3.1.2 "Obras en contravención" del Código de la Edificación, con la constancia que la regularización de las obras antirreglamentarias se ajusta a las prescripciones del inciso d) de la citada norma. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro. Cumplido Archívese. Lostri

RESOLUCIÓN N.º 331/SECPLAN/14

Buenos Aires, 23 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 3006750/2012 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Santo Tomé Nº 5078, y CONSIDERANDO: Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Multifamiliar; Que se trata de una ampliación conformada por un total de 106,95m2 de los cuales 92,45m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PB: WC, Quincho, Dormitorio, Baño, Paso y Escritorio; PA: Aleros, Sector Dormitorio, Baño, Vestidor y Dormitorio), en tanto que 14,50m2 en forma no reglamentaria (PB: Escalera; PA: Sector Dormitorio), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas Nº 9) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas Nº 39 a 45), con destino Vivienda Multifamiliar; Que obra a fojas 13 a 14 la Memoria e Informe Técnico con carácter de Declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización; Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 10; Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", y el Art. 4.6.3.4 "Escaleras Principales, sus características", ambos del Código de la Edificación y el Art. 4.2.3 "Línea de Frente Interno" del Código de Planeamiento Urbano;

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Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607), Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General nº 24.887; Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 46 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la Declaración Jurada del profesional interviniente (fs. 13 a 14), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. F) del art. 2.4.3.3. "Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de la Edificación, asistiéndole al propietario las previsiones contempladas en el Artículo 6.3.1.2. "Obras ejecutadas en Contravención" inciso d) del Código de la Edificación. Por ello en uso de las atribuciones conferidas por el inciso e) del precitado Artículo 6.3.1.2 y en virtud de la Resolución Nº 5-MDU-2012,

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTO RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro a proceder al registro de la documentación presentada a fojas Nº 39 a 45, ampliación conformada por un total de 106,95m2, de los cuales 92,45m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria, en tanto que 14,50m2 en forma antirreglamentaria, para la finca sita en la calle Santo Tomé Nº 5078, Nomenclatura Catastral: circ 15 secc. 87 manz. 31B Parc. 18 cuyo destino es "Vivienda Multifamiliar", frente a los términos del Artículo 6.3.1.2 "Obras en contravención" del Código de la Edificación, con la constancia que la regularización de las obras antirreglamentarias se ajusta a las prescripciones del inciso d) de la citada norma. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro. Cumplido Archívese. Lostri

RESOLUCIÓN Nº 334/SECPLAN/14

Buenos Aires, 23 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 87714/1997 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Nogoyá Nº 5603 esquina Víctor Hugo, y CONSIDERANDO: Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Unifamiliar; Que se trata de una ampliación conformada por un total de 103,05m2 de los cuales 58,10m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PB: Dormitorio; PA: SUM y Dormitorio), en tanto que 44,95m2 en forma no reglamentaria (PB: Estar Comedor, Dormitorio, Paso, Baño y Toilette; PA: Escalera, Baño y Dormitorio), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas 8) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas 99 y 101 a 106); con destino "Vivienda Unifamiliar"; Que obra a fojas 72/73 la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

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Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la Ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 71; Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", el Art. 4.6.3.1 "Areas y Lados Mínimos de Locales de Primera y Tercera clase", el Art. 4.6.4.2 "Iluminación y Ventilación de Locales de primera clase" y el Art. 4.7.1.9 "Ancho Mínimo de Circulación Interna en Vivienda Permanente", todos del Código de la Edificación; Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607), Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General nº 24.887. Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 112 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs. 72/73), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. F) del art. 2.4.3.3. "Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de la Edificación, asistiéndole al propietario las previsiones contempladas en el Artículo 6.3.1.2. "Obras ejecutadas en Contravención" inciso d) del Código de la Edificación; Por ello en uso de las atribuciones conferidas por el inciso e) del precitado Artículo 6.3.1.2 y en virtud de la Resolución Nº 5-MDU-2012, EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTO

RESUELVE Artículo 1º.- Autorizase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro a proceder al registro de la documentación presentada a fojas 99 y 101 a 106, ampliación conformada por un total de 103,05m2, de los cuales 58,10m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria, en tanto que 44,95m2 en forma no reglamentaria, para la finca sita en la calle Nogoyá Nº 5603 esquina Víctor Hugo, Nomenclatura Catastral: circ 15 secc. 93 manz. 138A Parc. 1, cuyo destino es "Vivienda Unifamiliar", frente a los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, con la constancia que la regularización de las obras antirreglamentarias se ajusta a las prescripciones del inciso d) de la citada norma. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Cumplido Archívese. Lostri

RESOLUCIÓN N.º 335/SECPLAN/14

Buenos Aires, 23 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 164145/2010 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Tronador Nº 260/62 (UF Nº 1), y CONSIDERANDO: Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Multifamiliar;

Página Nº 38Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que se trata de una modificación bajo parte cubierta no reglamentaria (PB: Estar Comedor, Lavadero, Cocina y Sector Garage) y una ampliación conformada por un total de 91,07m2 de los cuales 41,51m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PA: Baños, Vestidor y Dormitorio), en tanto que 49,56m2 en forma no reglamentaria (PB: Escalera; PA: Paso y Dormitorios) según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas Nº 10) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas Nº 30 y 32 a 35), con destino Vivienda Multifamiliar; Que obra a fojas 18 a 19 la Memoria e Informe Técnico con carácter de Declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización; Que la finca en cuestión se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedad horizontal, con su autorización correspondiente según consta a fojas 42 a 43; Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", el Art. 4.6.3.4 "Escaleras Principales, sus características", el Art. 4.6.4.2 "Iluminación y ventilación de locales de primera clase" y el Art. 4.7.1.9 "Ancho Mínimo de Circulación Interna en Vivienda Permanente", todos del Código de la Edificación; Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607), Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General nº 24.887; Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 46 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la Declaración Jurada del profesional interviniente (fs. 18 a 19), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. F) del art. 2.4.3.3. "Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de la Edificación, asistiéndole al propietario las previsiones contempladas en el Artículo 6.3.1.2. "Obras ejecutadas en Contravención" inciso d) del Código de la Edificación. Por ello en uso de las atribuciones conferidas por el inciso e) del precitado Artículo 6.3.1.2 y en virtud de la Resolución Nº 5-MDU-2012, EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTO

RESUELVE Artículo 1º.- Autorizase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro a proceder al registro de la documentación presentada a fojas Nº 30 y 32 a 35, ampliación conformada por un total de 91,07m2, para la finca sita en la calle Tronador Nº 260/62 (UF Nº 1), Nomenclatura Catastral: circ 15 secc. 61 manz. 22 Parc. 22 cuyo destino es "Vivienda Multifamiliar", frente a los términos del Artículo 6.3.1.2 "Obras en contravención" del Código de la Edificación, con la constancia que la regularización de las obras antirreglamentarias se ajusta a las prescripciones del inciso d) de la citada norma. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro. Cumplido Archívese. Lostri

RESOLUCIÓN N.º 336/SECPLAN/14

Buenos Aires, 23 de julio de 2014 VISTO:

Página Nº 39Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

El Expediente Nº 721235/2011 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Remedios de Escalada de San Martín Nº 3387, y

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CONSIDERANDO: Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Comercio Mayorista de Artículos de Ferretería, Pintura, Repuestos de Materiales Eléctricos, Papeles con Depósito; Que se trata de una ampliación conformada por un total de 32,07m2 de los cuales 12,11m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PB: Acceso y Depósito) en tanto que 19,96m2 en forma no reglamentaria (PB: Depósito, Sector Oficina, Depósito Complementario, Baño y Office), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas Nº 29) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas Nº 106 a 114), con destino Comercio Mayorista de Artículos de Ferretería, Pintura, Repuestos de Materiales Eléctricos, Papeles con Depósito; Que obra a fojas 16 a 17 la Memoria e Informe Técnico con carácter de Declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización; Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 11; Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", y el Art. 4.6.4.0 "Iluminación y Ventilación de locales de primera clase", ambos del Código de la Edificación; Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607), Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General nº 24.887; Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 115 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la Declaración Jurada del profesional interviniente (fs. 16 a 17), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. F) del art. 2.4.3.3. "Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de la Edificación, asistiéndole al propietario las previsiones contempladas en el Artículo 6.3.1.2. "Obras ejecutadas en Contravención" inciso d) del Código de la Edificación. Por ello en uso de las atribuciones conferidas por el inciso e) del precitado Artículo 6.3.1.2 y en virtud de la Resolución Nº 5-MDU-2012,

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTO RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro a proceder al registro de la documentación presentada a fojas Nº 106 a 114, ampliación conformada por un total de 32,07m2, para la finca sita en la calle Remedios de Escalada de San Martín Nº 3387, Nomenclatura Catastral: circ 15 secc. 79 manz. 119A Parc. 18 cuyo destino es "Comercio Mayorista de Artículos de Ferretería, Pintura, Repuestos de Materiales Eléctricos, Papeles con Depósito", frente a los términos del Artículo 6.3.1.2 "Obras en contravención" del Código de la Edificación, con la constancia que la regularización de las obras antirreglamentarias se ajusta a las prescripciones del inciso d) de la citada norma. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro. Cumplido Archívese. Lostri

Página Nº 40Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.º 337/SECPLAN/14

Buenos Aires, 23 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 1442915/2010 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Echeverría Nº 3475/79, y CONSIDERANDO: Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Unifamiliar; Que se trata de una ampliación conformada por un total de 71,95m2 de los cuales 41,75m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PB: Galería y Sector Comedor), en tanto que 30,20m2 en forma no reglamentaria (PB: Lavadero, Cuarto de Planchado y Comedor Diario) según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas Nº 10) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas 36 a 42); con destino "Vivienda Unifamiliar"; Que obra a fojas 14/16 la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización; Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la Ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 11; Que la Dirección General de Interpretación Urbanística, mediante Dictamen Nº 4147-DGIUR-11 entiende que las obras realizadas se integran con el edificio existente, a la vez que no alteran su integración con el entorno inmediato, por lo que no produciría un impacto negativo; Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", y el Art. 4.6.4.3 "Iluminación y Ventilación de Locales de segunda clase y escaleras principales", ambos del Código de la Edificación; Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607), Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General nº 24.887. Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 51 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs. 14/16), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. F) del art. 2.4.3.3. "Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de la Edificación, asistiéndole al propietario las previsiones contempladas en el Artículo 6.3.1.2. "Obras ejecutadas en Contravención" inciso d) del Código de la Edificación; Por ello en uso de las atribuciones conferidas por el inciso e) del precitado Artículo

6.3.1.2 y en virtud de la Resolución Nº 5-MDU-2012,

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTO RESUELVE

Página Nº 41Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Artículo 1º.- Autorizase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro a proceder al registro de la documentación presentada a fojas 36 a 42, ampliación

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conformada por un total de 71,95m2, para la finca sita en la calle Echeverría Nº 3475/79, Nomenclatura Catastral: circ 16 secc. 39 manz. 24 Parc. 16H, cuyo destino es "Vivienda Unifamiliar", frente a los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, con la constancia que la regularización de las obras antirreglamentarias se ajusta a las prescripciones del inciso d) de la citada norma. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Cumplido Archívese. Lostri

RESOLUCIÓN Nº 338/SECPLAN/14

Buenos Aires, 23 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 936713/2010 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Roma Nº 697 esquina Lascano Nº 6196, y CONSIDERANDO: Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Unifamiliar; Que se trata de una ampliación conformada por un total de 165,13m2 de los cuales 135,74m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PB: Sector Garage, Paso, Dormitorio, Vestidor y Baño; PA: Dormitorio, Paso, Baño y Depósito), en tanto que 29,39m2 en forma no reglamentaria (PB: Estar Comedor y Galería), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas 9) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas 27 a 32 y 50 a 52); con destino "Vivienda Unifamiliar"; Que obra a fojas 13/14 la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización; Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la Ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 10; Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", el Art. 4.6.3.1 "Areas y Lados Mínimos de Locales de Primera y Tercera clase", y el Art. 4.6.4.2 "Iluminación y Ventilación de Locales de primera clase", todos del Código de la Edificación; Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607), Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General nº 24.887. Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 55 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs. 13/14), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. F) del art. 2.4.3.3. "Aplicación de suspensión en el uso de la firma para tramitaciones ante la Municipalidad" del Código de la Edificación, asistiéndole al propietario las previsiones contempladas en el Artículo 6.3.1.2. "Obras ejecutadas en Contravención" inciso d) del Código de la Edificación;

Página Nº 42Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Por ello en uso de las atribuciones conferidas por el inciso e) del precitado Artículo 6.3.1.2 y en virtud de la Resolución Nº 5-MDU-2012,

EL SECRETARIO DE PLANEAMIENTO RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro a proceder al registro de la documentación presentada a fojas 27 a 32 y 50 a 52, ampliación conformada por un total de 165,13m2, de los cuales 135,74m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria, en tanto que 29,39m2 en forma no reglamentaria, para la finca sita en la calle Roma Nº 697 esquina Lascano Nº 6196, Nomenclatura Catastral: circ 15 secc. 93 manz. 104 Parc. 9, cuyo destino es "Vivienda Unifamiliar", frente a los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, con la constancia que la regularización de las obras antirreglamentarias se ajusta a las prescripciones del inciso d) de la citada norma. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Cumplido Archívese. Lostri

Página Nº 43Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN N.º 395/EATC/14

Buenos Aires, 8 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2.855, el Decreto N° 1.342/08, la Resolución N° 2.322/MHGC/06 y el Exp. Nº 7.132.661-DGEEATC-2014, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nº 2.855, se creó el Ente Autárquico Teatro Colón, en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la organización y competencias determinadas en dicha ley; Que mediante el Decreto N° 1.342/08, se aprobó el reglamento de la Ley N° 2.855; Que el artículo 14 inciso h) de la Ley citada, dispone como función del Director General del Ente Autárquico Teatro Colón, la elaboración de un régimen especial de escalafón, promoción, capacitación y carrera administrativa, mientras que su inciso i), le otorga la función de establecer y administrar la dotación de personal; Que en este contexto, corresponde observar, que en virtud de las actas paritarias números 03/06 y 26/06, se convinieron mejoras salariales al personal de cuerpos escenotécnicos del entonces Teatro Colón, dictándose, mediante la facultades conferidas por el art. 80 de la Ley 471, la Resolución Nº 2322-GCBA-MHGC-2006; Que la resolución citada en el considerando anterior, establece "...con efecto retroactivo al 1° de noviembre de 2006, un suplemento remunerativo de carácter selectivo y transitorio a favor del personal escenotécnico del Teatro Colón que cumpla tareas en funciones de conducción por períodos superiores a cuarenta (40) días. Dicho suplemento será equivalente a la diferencia entre la categoría que detenta el agente y la asignada a la función jerárquica que efectivamente desempeña. En el caso de cese en el ejercicio de la función enunciada, el agente conservará el nivel retributivo total de su categoría de origen" (conf.art.2); Que en estas condiciones, cabe señalar, que la Dirección General Escenotécnica, considera conveniente el reordenamiento del personal que cumple funciones escenotécnicas, a fin de lograr una mayor eficiencia, eficacia y productividad laboral, en marco de las competencias que le han sido asignadas, para lo cual, el personal seleccionado, cumplirá funciones de mayor jerarquía; Que por Resolución Nº 230-EATC-2014 se dejó sin efecto la designación del agente FEIJOO DANIEL JUSTO, Ficha Nº 280.712 en el cargo de Jefe Escenotécnico de Producción Escenotécnica en el cual fuera designado por concurso mediante Resolución Nº 663-EATC-2013; Que en consecuencia se propicia la cobertura interina como Jefe Escenotécnico de Producción Escenotécnica a la agente CAMARA VERONICA, Ficha Nº 406.274, quien actualmente se desempeña como Supervisora Escenoténica en al mismo Sector, correspondiendo otorgar el suplemento remunerativo de carácter selectivo y transitorio establecido en el artículo 2° de la Resolución N° 2.322/MHGC/06. Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2.855, EL DIRECTOR GENERAL Y ARTISTICO

DEL ENTE AUTARQUICO TEATRO COLÓN RESUELVE

Página Nº 44Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Artículo 1°.- Establécese a partir del 15 de marzo 2014 el suplemento remunerativo de carácter selectivo y transitorio previsto en el artículo 2° de la Resolución N°

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2.322/MHGC/06 a la agente CAMARA VERONICA, Ficha Nº 406.274, D.N.I. Nº 20.568.218, en razón de su cobertura como Jefe Escenotécnico del Sector Producción Escenotécnica. Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Escenotécnica del Ente Autárquico Teatro Colón, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y posteriormente remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Recursos Humanos del Ente Autárquico Teatro Colón. Cumplido, archívese. García Caffi

RESOLUCIÓN N.º 402/EATC/14

Buenos Aires, 8 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2.855, el Decreto N° 1.342/08, la Resolución N° 2.322/MHGC/06 y el Expediente Eléctronico Nº 7.428.658-DGEEATC-2014, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nº 2.855, se creó el Ente Autárquico Teatro Colón, en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la organización y competencias determinadas en dicha ley; Que mediante el Decreto N° 1.342/08, se aprobó el reglamento de la Ley N° 2.855; Que el artículo 14 inciso h) de la Ley citada, dispone como función del Director General del Ente Autárquico Teatro Colón, la elaboración de un régimen especial de escalafón, promoción, capacitación y carrera administrativa, mientras que su inciso i), le otorga la función de establecer y administrar la dotación de personal; Que en este contexto, corresponde observar, que en virtud de las actas paritarias números 03/06 y 26/06, se convinieron mejoras salariales al personal de cuerpos escenotécnicos del entonces Teatro Colón, dictándose, mediante la facultades conferidas por el art. 80 de la Ley 471, la Resolución Nº 2322-GCBA-MHGC-2006; Que la resolución citada en el considerando anterior, establece "...con efecto retroactivo al 1° de noviembre de 2006, un suplemento remunerativo de carácter selectivo y transitorio a favor del personal escenotécnico del Teatro Colón que cumpla tareas en funciones de conducción por períodos superiores a cuarenta (40) días. Dicho suplemento será equivalente a la diferencia entre la categoría que detenta el agente y la asignada a la función jerárquica que efectivamente desempeña. En el caso de cese en el ejercicio de la función enunciada, el agente conservará el nivel retributivo total de su categoría de origen" (conf.art.2); Que en estas condiciones, cabe señalar, que la Dirección General Escenotécnica, considera conveniente el reordenamiento del personal que cumple funciones escenotécnicas, a fin de lograr una mayor eficiencia, eficacia y productividad laboral, en marco de las competencias que le han sido asignadas, para lo cual, el personal seleccionado, cumplirá funciones de mayor jerarquía; Que el Sector Zapatería Teatral posee dos cargos de Supervisor Escenotécnico, determinados por Resolución Nº 515-EATC-2013, de los cuales uno se encuentra vacante, en consecuencia, la Dirección General Escenotécnica propicia la cobertura interina como Supervisor Escenoténico al agente OVANDO GOMEZ, LIBORIO, Ficha Nº 430.520, quien actualmente se desempeña como Escenotécnico Especializado, correspondiendo otorgar el suplemento remunerativo de carácter selectivo y transitorio establecido en el artículo 2° de la Resolución N° 2.322/MHGC/06.

Página Nº 45Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2.855,

EL DIRECTOR GENERAL Y ARTISTICO DEL ENTE AUTARQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE Artículo 1°.- Establécese a partir del 01 de agosto de 2014 el suplemento remunerativo de carácter selectivo y transitorio previsto en el artículo 2° de la Resolución N° 2.322/MHGC/06 al agente OVANDO GOMEZ, LIBORIO, Ficha Nº 430.520, D.N.I. Nº 18.861.954, en razón de su cobertura como Supervisor Escenotécnico del Sector Zapatería Teatral. Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Escenotécnica del Ente Autárquico Teatro Colón, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y posteriormente remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Recursos Humanos del Ente Autárquico Teatro Colón. Cumplido, archívese. García Caffi

Página Nº 46Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

RESOLUCIÓN N.° 1282/MAYEPGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 2.095, su modificatoria la Ley N° 4.764, sus Decretos Reglamentarios N° 95/14 y N° 1145/09, el Expediente Electrónico Nº 7376926-DGTALMAEP/14, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente Electrónico citado en el Visto, tramita la Licitación Pública para la "Adquisición de Contenedores de Residuos Sólidos Urbanos Reciclables de 2.5 metros cúbicos de capacidad vinculados al servicio de recolección de residuos sólidos urbanos domiciliarios reciclables" con destino a este Ministerio; Que, por Disposición Nº 396-DGCYC/14 la Dirección General Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, en su carácter de Órgano Rector, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales de acuerdo con lo establecido por el artículo 85° de la Ley Nº 2.095; Que, la Dirección General de Reciclado dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana de este Ministerio, en su carácter de organismo técnico confeccionó el Pliego de Especificaciones Técnicas, mientras que la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares; Que el presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS CIENTO SEIS MILLONES DOS MIL SEISCIENTOS ($ 106.002.600,00.-); Que, en el particular, los Pliegos de Bases y Condiciones que rigen la presente Licitación serán obtenidos previo pago de una suma total de PESOS CIEN MIL ($ 100.000,00), ello en un todo de acuerdo al Informe N° IF-2014-7380640-DGTALMAEP de la Subgerencia Operativa de Bienes y Servicios dependiente de la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N° 1.218, conforme surge de su Dictamen Jurídico N° 8578973-PG/14; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 95/14,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que como Anexos I (PLIEG N° 9285621-MAYEPGC/2014) y II (IF N° 9285502-MAYEPGC/2014) forman parte de la presente, para la "Adquisición de Contenedores de Residuos Sólidos Urbanos Reciclables de 2.5 metros cúbicos de capacidad vinculados al servicio de recolección de residuos sólidos urbanos domiciliarios reciclables" con destino a este Ministerio.

Artículo 2°.-.Llámese a Licitación Pública Nº 8503-0490-LPU14, cuya apertura se llevará a cabo el día 15 de Agosto de 2014 a las 12:00 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 31º y 32° primer párrafo, de la Ley Nº 2.095, su modificatoria la Ley N° 4764 y su Decreto Reglamentario N° 95/14, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS CIENTO SEIS MILLONES DOS MIL SEISCIENTOS ($ 106.002.600).

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Artículo 3º.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de tres (3) días, con nueve (9) días de antelación, y en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 4º.- Desígnese como integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas a las Srtas. Lucía Laura Fernández Villar (D.N.I. 35.087.969), Rocío Gonzalez Canda (D.N.I. 35.323.493) y Denise Jennifer Huerta (D.N.I. 34.374.692), que intervendrá sólo y especialmente en el presente proceso licitatorio. Artículo 5º.- Establécese que los pliegos aprobados en el artículo 1° de la presente Resolución tendrán un valor de PESOS CIEN MIL ($100.000,00.-). Artículo 6°.- Emítanse las respectivas invitaciones y comunicaciones previstas en el Artículo 93° de la Ley N° 2.095, su modificatoria la Ley N° 4764 y su Decreto Reglamentario. Artículo 7°.- Las erogaciones a que dé lugar la presente contratación serán imputadas a las partidas presupuestarias del ejercicio correspondiente. Artículo 8º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Portal Web: www.buenosairescompras.gob.ar. Exhíbase copia de la presente Resolución en la Cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de este Ministerio. Comuníquese a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Reciclado. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de este Ministerio, en prosecución del trámite. Cenzón

ANEXO

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Ministerio de Modernización

RESOLUCIÓN N.° 518/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 4013, los Decretos Nros. 684/2009, 335/2011, 571/2011, 660/2011 y sus modificatorios y el E.E. Nº 7095782/2014 (DGLIM), y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 684/2009, se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que sería de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente por Decreto Nº 335/2011, se modifica el artículo 3, del Decreto Nº 684/2009, el cual especifica que los cargos Gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que oportunamente por el artículo 4 del Decreto Nº 571/2011, se autorizó al Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que por la Ley N° 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 660/2011 y modificatorios, fue aprobada la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo los cargos para los niveles de Gerentes y Subgerentes, entre otros, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que por Decreto N° 172/2014, se modificó parcialmente la estructura organizativa del precitado Ministerio, creándose entre otras, la Gerencia Operativa de Higiene en la Vía Pública y las Subgerencias Operativas de Higienización del Espacio Público y la de Estadísticas, Análisis y Planeamiento en el ámbito de la Dirección General Limpieza, dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana, a los fines de atender las necesidades específicas del área, Que como consecuencia de lo expresado, el citado Ministerio propicia a partir del 1 de julio de 2014, la designación en el cargo Subgerencial citado en último término, del señor Mariano Javier Carmona, D.N.I 31.344.017, CUIL 20-31344017-7, en forma transitoria, hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad del personal propuesto para la cobertura del cargo transitorio, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley Nº 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las situaciones de revista y realizado el alta que fuera necesaria para incorporar al mismo; Por ello, EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE

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Artículo 1.- Desígnase, con carácter transitorio, a partir del 1 de julio de 2014, al señor Mariano Javier Carmona, D.N.I 31.344.017, CUIL 20-31344017-7, como Subgerente

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Operativo, de la Subgerencia Operativa de Estadísticas, Análisis y Planeamiento, dependiente de la Gerencia Operativa de Higiene en la Vía Pública, de la Dirección General Limpieza, de la Subsecretaría de Higiene Urbana, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, partida 3537.0063. W.09. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Limpieza, a la Subsecretaría de Higiene Urbana, al Ministerio de Ambiente y Espacio Público y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra

RESOLUCIÓN N.° 519/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 4013, los Decretos Nros. 684/2009, 335/2011, 571/2011, 660/2011 y sus modificatorios y el E.E. Nº 5966957/2014 (DGTALMAEP), y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 684/2009, se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que sería de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente por Decreto Nº 335/2011, se modifica el artículo 3, del Decreto Nº 684/2009, el cual especifica que los cargos Gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que oportunamente por el artículo 4 del Decreto Nº 571/2011, se autorizó al Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que por la Ley N° 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 660/2011 y modificatorios, fue aprobada la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo los cargos para los niveles de Gerentes y Subgerentes, entre otros, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que por Decreto N° 172/2014, se modificó parcialmente la estructura organizativa del precitado Ministerio, creándose la Dirección General Planificación y Presupuesto, dependiente de la Subsecretaría de Administración, instancia que tendrá entre sus responsabilidades primarias la de asistencia en el análisis, elaboración, registración y control de la ejecución del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del mencionado Ministerio y todos los Organismos Fuera de Nivel que se encuentran bajo su órbitra, Que por lo expuesto, resultó conveniente transferir las Gerencias Operativas Oficina de Gestión Sectorial y Redeterminación de Precios, como así también la Subgerencia Operativa Presupuesto, dependientes de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal a la órbita de la Dirección General Planificación y Presupuesto, creándose asimismo la Gerencia Operativa Contable y la Subgerencia Operativa Planificación Financiera Estratégica;

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Que como consecuencia de lo expresado, el citado Ministerio propicia a partir del 16 de mayo de 2014, la designación en el cargo citado en último término, del Contador Tomás María Aylagas, D.N.I 29.240.128, CUIL 20-29240128-1, en forma transitoria, hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad del personal propuesto para la cobertura del cargo transitorio, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley Nº 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las situaciones de revista y realizado el alta que fuera necesaria para incorporar al mismo; Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Desígnase a partir del 16 de mayo de 2014, con carácter transitorio, al Contador Tomás María Aylagas, D.N.I 29.240.128, CUIL 20-29240128-1, como Subgerente Operativo, de la Subgerencia Operativa Planificación Financiera Estratégica, dependiente de la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial (OGESE), de la Dirección General Planificación y Presupuesto, de la Subsecretaría de Administración, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, partida 3501.0072. W.09. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Planificación y Presupuesto, a la Subsecretaría de Administración, al Ministerio de Ambiente y Espacio Público y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra

RESOLUCIÓN N.° 521/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: El E.E. Nº 4450285/2013, (HGACD), y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 678/MSGC/2014, fue designada con carácter de suplente, la Dra. María Soledad Fernández Zalazar, D.N.I. 28.168.188, CUIL. 27-28168188-0, como Especialista en la Guardia Médica (Pediatría), para los días miércoles, en el Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", del Ministerio de Salud; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, efectuó un análisis exhaustivo de la Resolución en cuestión, detectando que el precitado Ministerio no dio cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Nº 1821/2006; Que como consecuencia de lo expresado, es dable destacar que resulta conveniente ratificar los términos de la precitada Resolución, conforme lo prescripto por la Ley 4013 y el Decreto 660/2011 y sus modificatorios, y la Resolución Nº 190/MMGC/2012; Que por lo expuesto y a efectos de regularizar la situación planteada, procede dictar la norma legal respectiva; Por ello,

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Artículo 1.- Ratifícanse los términos de la Resolución Nº 678/MSGC/2014, con relación a la designación dispuesta por la misma en carácter de suplente, en favor de la Dra. María Soledad Fernández Zalazar, D.N.I. 28.168.188, CUIL. 27-28168188-0, como Especialista en la Guardia Médica (Pediatría), para los días miércoles, en el Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", del Ministerio de Salud, partida 4022.0606.Z.25.954. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, al Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra RESOLUCIÓN N.° 522/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: El E.E. Nº 6332367/2013, (DGAyDRH), y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 666/MSGC/2014, fue designada con carácter de suplente, la Dra. Anabela Ivana Corral, D.N.I. 29.155.246, CUIL. 27-29155246-9, como Especialista en la Guardia Médica (Oftalmología), para los días viernes, en el Hospital Oftalmológico "Santa Lucía", del Ministerio de Salud; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, efectuó un análisis exhaustivo de la Resolución en cuestión, detectando que el precitado Ministerio no dio cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Nº 1821/2006; Que como consecuencia de lo expresado, es dable destacar que resulta conveniente ratificar los términos de la precitada Resolución, conforme lo prescripto por la Ley 4013 y el Decreto 660/2011 y sus modificatorios, y la Resolución Nº 190/MMGC/2012; Que por lo expuesto y a efectos de regularizar la situación planteada, procede dictar la norma legal respectiva. Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Ratifícanse los términos de la Resolución Nº 666/MSGC/2014, con relación a la designación dispuesta por la misma en carácter de suplente, en favor de la Dra. Anabela Ivana Corral, D.N.I. 29.155.246, CUIL. 27-29155246-9, como Especialista en la Guardia Médica (Oftalmología), para los días viernes, en el Hospital Oftalmológico "Santa Lucía", del Ministerio de Salud, partida 4026.0016.Z.25.954. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, al Hospital Oftalmológico "Santa Lucía", y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra

Página Nº 52Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

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RESOLUCIÓN N.° 523/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: El E.E. Nº 6049414/2013, (DGAyDRH), y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 496/MSGC/2014, fue designada con carácter de suplente, la Dra. Silvina Mazaira, D.N.I. 21.485.946, CUIL. 27-21485946-2, como Especialista en la Guardia Médica (Psiquiatría), para los días miércoles, en el Hospital de Emergencias Psiquiátricas "Torcuato de Alvear", del Ministerio de Salud; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, efectuó un análisis exhaustivo de la Resolución en cuestión, detectando que el precitado Ministerio no dio cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Nº 1821/2006; Que como consecuencia de lo expresado, es dable destacar que resulta conveniente ratificar los términos de la precitada Resolución, conforme lo prescripto por la Ley 4013 y el Decreto 660/2011 y sus modificatorios y la Resolución Nº 190/MMGC/2012; Que por lo expuesto y a efectos de regularizar la situación planteada, procede dictar la norma legal respectiva; Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Ratifícanse los términos de la Resolución Nº 496/MSGC/2014, con relación a la designación dispuesta por la misma en carácter de suplente, en favor de la Dra. Silvina Mazaira, D.N.I. 21.485.946, CUIL. 27-21485946-2, como Especialista en la Guardia Médica (Psiquiatría), para los días miércoles, en el Hospital de Emergencias Psiquiátricas "Torcuato de Alvear", del Ministerio de Salud, partida 4023.0016.Z.25.954. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, al Hospital de Emergencias Psiquiátricas "Torcuato de Alvear", y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra

RESOLUCIÓN N.° 524/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: El E.E. Nº 6051423/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 497/MSGC/2014, fue designada con carácter de suplente, la Dra. Melina Daniela Estala, D.N.I. 26.473.702, CUIL. 27-26473702-3, como Especialista en la Guardia Médica (Psiquiatría), para los días Miércoles, en el Hospital de Emergencias Psiquiátricas "Torcuato de Alvear", del Ministerio de Salud;

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Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, efectuó un análisis exhaustivo de la Resolución en cuestión, detectando que el precitado Ministerio no dio cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Nº 1821/2006; Que como consecuencia de lo expresado, es dable destacar que resulta conveniente ratificar los términos de la precitada Resolución, conforme lo prescripto por la Ley 4013 y el Decreto 660/2011 y sus modificatorios, y la Resolución Nº 190/MMGC/2012; Que por lo expuesto y a efectos de regularizar la situación planteada, procede dictar la norma legal respectiva; Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Ratifícanse los términos de la Resolución Nº 497/MSGC/2014, con relación a la designación dispuesta por la misma en carácter de suplente, en favor de la Dra. Melina Daniela Estala, D.N.I. 26.473.702, CUIL. 27-26473702-3, como Especialista en la Guardia Médica (Psiquiatría), para los días Miércoles, en el Hospital de Emergencias Psiquiátricas "Torcuato de Alvear", del Ministerio de Salud, partida 4023.0016.Z.25.954. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, al Hospital de Emergencias Psiquiátricas "Torcuato de Alvear", y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra

RESOLUCIÓN N.° 531/MMGC/14

Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: El E.E. Nº 7063033/2014 (SSECRE), y CONSIDERANDO: Que la señora María Virginia Calatayud, D.N.I. 24.498.356, CUIL. 27-24498356-7, presentó a partir del 1 de febrero de 2014 su renuncia, como Gerente Operativa, de la Gerencia Operativa Proyección y Fomento Industrial, dependiente de la Dirección General de Empleo, de la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio, del Ministerio de Desarrollo Económico; Que como consecuencia de lo expresado, la precitada Dirección General, eleva la renuncia a que nos hemos referido; Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Acéptase a partir del 1 de febrero de 2014, la renuncia presentada por la señora María Virginia Calatayud, D.N.I. 24.498.356, CUIL. 27-24498356-7, como Gerente Operativa, de la Gerencia Operativa Proyección y Fomento Industrial, dependiente de la Dirección General de Empleo, de la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio, del Ministerio de Desarrollo Económico, deja partida 6562.0020.W.08.

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Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Empleo, a la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio, al Ministerio Desarrollo Económico y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra

RESOLUCIÓN N.° 969/SSGRH/14

Buenos Aires, 17 de julio de 2014 VISTO: El E.E. Nº 4776185/2014 (HGACD), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Dra. Natalia Graciela Caba, D.N.I. 28.907.143, CUIL. 27- 28907143-7, legajo personal 451.637, presentó a partir del 1 de abril de 2014, su renuncia como Jefa de Residentes, en la especialidad "Bioquímica Clínica-Área Inmunología", del Sistema de Residencias del "Equipo de Salud", del Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", del Ministerio de Salud; Que como consecuencia de lo expresado, el citado nosocomio, eleva la renuncia a que nos hemos referido. Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Que es del caso destacar, que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización ha dictaminado con fecha 11 de enero de 2012, recaído en el Informe 79098/DGTALMOD/2012, que "... la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos tiene facultades para suscribir aquellos actos que versen sobre modificaciones de revista de los RRHH del GCBA, así como también las sanciones por cesantía en los supuestos que permite el Anexo del Decreto Nº 184/GCBA/2010". Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley Nº 4013 y el Decreto N° 660/2011, y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Acéptase a partir del 1 de abril de 2014, la renuncia presentada por la Dra. Natalia Graciela Caba, D.N.I. 28.907.143, CUIL. 27-28907143-7, legajo personal 451.637, como Jefa de Residentes, en la especialidad "Bioquímica Clínica-Área Inmunología", del Sistema de Residencias del "Equipo de Salud", del Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", del Ministerio de Salud, deja partida 4022.0600.R.48.305, cuya contratación fuera dispuesta por Resolución Nº 511/MSGCyMHGC/2013. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

Página Nº 55Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Secretaría General

RESOLUCIÓN N.º 186/SECG/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: el Decreto Nº 2/14, y el expediente electrónico 9144923-14-DGTAD, y CONSIDERANDO: Que, la Secretaría General requiere la modificación de las partidas 2.1.1, del Programa 2, Actividad 1- Conducción-, y 2.2.2 del Programa 2, actividad 2 -Administración y Servicios Generales-; a los fines de atender los gastos necesarios para garantizar su normal funcionamiento, mediante la reasignación de crédito disponible en otras partidas presupuestarias del mencionado programa; Que, en consecuencia procede arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2014, aprobadas mediante Decreto Nº 2/14, B.O. 4311/14; Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la modificación de las partidas 2.1.1, del Programa 2, Actividad 1-Conducción-, y 2.2.2 del Programa 2, actividad 2 -Administración y Servicios Generales-; obrante en el Anexo Nº IF-2014-09179742-SECG que no modifica metas físicas y que a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Peña

ANEXO

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Secretaría Legal y Técnica

RESOLUCIÓN N.° 376/SECLYT/14

Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: el Decreto N° 660/11, sus normas modificatorias y complementarias, el Decreto N° 63/14, la Resolución N° 159/SECLYT/14, el Expediente Electrónico Nº 8689930 /MGEYA/DGTAD/2014, y CONSIDERANDO: Que, por Decreto Nº 660/11, sus normas modificatorias y complementarias, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, instituyéndose, entre otras medidas, nuevas condiciones acerca del Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de Gobierno, a partir del 10 de diciembre de 2011; Que, por Decreto N° 63/14 se modificó parcialmente la estructura organizativa de la Secretaría Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creando bajo su órbita a la Dirección General Gestión Documental; Que, por el expediente del visto tramita el cese y nuevas designaciones de personal de planta de gabinete dentro del ámbito de la Secretaría Legal y Técnica, así como también, la documental pertinente al personal en cuestión, conforme los términos de la Resolución Nº 698/MHGC/2008 y sus modificatorias, no encontrándose inconvenientes para proceder al cese y las designaciones propuestas; Por ello, conforme las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO RESUELVE

Artículo 1.-Césase, a partir del 1 de julio de 2014, al señor Ivo Herl, CUIL N° 20-34931742-8, como personal de la planta de gabinete de la Secretaría Legal y Técnica, cuya designación fuera dispuesta por la Resolución N° 159/SECLYT/2014. Artículo 2.-Desígnase, a partir del 1 de julio de 2014, al señor Ivo Herl, CUIL N° 20-34931742-8, como personal de la planta de gabinete de la Dirección General Gestión Documental de la Secretaría Legal y Técnica, con una retribución mensual equivalente a TRES MIL (3000) Unidades Retributivas. Artículo 3.- Desígnase, a partir del 1 de julio de 2014, a la señora Celeste Clarisa Cardarelli Peña, CUIL N° 27-32244230-6, como personal de la planta de gabinete de la Secretaría Legal y Técnica, con una retribución mensual equivalente a DOS MIL SEISCIENTAS TREINTA (2630) Unidades Retributivas, reteniendo sin percepción de haberes la partida 2039.0200.A.A.01.0001.347, de la Dirección General Gestión Documental de la Secretaría Legal y Técnica. Artículo 4.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y para su conocimiento, notificación y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica y a la Dirección General de

Administración y Liquidación de Haberes de la citada Subsecretaría. Cumplido, archívese. Clusellas

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Secretaría de Medios (AJG)

RESOLUCIÓN N.º 137/SECM/14

Buenos Aires, 15 de mayo de 2014 VISTO: el Decreto Nº 2/14, y el Expediente Electrónico N° 5.152.352/MGEYA/SCCA/14, y; CONSIDERANDO: Que, la D. G. Señal de Cable Ciudad Abierta requiere la modificación de la partida 3.4.7 en el Programa 52, Actividad 3; a los fines de atender los gastos correspondientes a las contrataciones artísticas necesarias para garantizar su normal funcionamiento, mediante la reasignación de crédito disponible en otras partidas presupuestarias del Programa 52; Que, en consecuencia procede arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2014, aprobadas mediante Decreto Nº 2/14, B.O. 4311/14; Por ello,

EL SECRETARIO DE MEDIOS

RESUELVE Artículo 1º.- Apruébase la modificación de la partida 3.4.7 en el programa 52, Actividad 3; obrante en el Anexo Nº IF. 5615344-SECM-14 que no modifica metas físicas y que a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. De Godoy

ANEXO

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Agencia Gubernamental de Control

RESOLUCIÓN N.º 454/AGC/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: LA LEY Nº 2624, LA RESOLUCION, Nº 37/AGC/14, EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 09060042/MGEYA/AGC/14, Y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo previsto en su Ley de creación Ley N° 2.624, la Agencia Gubernamental de Control (AGC), es una entidad autárquica con competencias de contralor, fiscalización, y regulación en materia de poder de policía en comunión con lo dispuesto por el artículo 104, inciso 11 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dentro de las competencias asignadas al Director Ejecutivo por el artículo 7° de la misma, se encuentra la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico- funcional para los niveles inferiores a los aprobados por esa normativa, organizativos, operativos y de administración de los recursos humanos; Que por la Resolución Nº 37/AGC/14, se autorizó la contratación del Sr. Marcos Horacio de las Carreras (CUIT 20-30774470-9), bajo la modalidad de locación de servicios, para prestar servicios en la Gerencia Operativa de Coordinación de Enlace de Faltas Especiales, dependiente de la Jefatura de Gabinete de esta AGC; Que mediante la Nota Nº 09058446/AGC/14 incorporada al Expediente Nº 09060042/MGEYA/AGC/14 la Subgerencia Operativa de Administración de Personal, dependiente de la Gerencia Operativa de Recursos Humanos, de la Unidad de Coordinación Administrativa, solicitó la rescisión respecto del contrato suscripto entre la AGC y el Sr. Marcos Horacio de las Carreras a partir del 30 de junio de 2014; Que de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula 5º de los mencionados contratos, los mismos pueden ser rescindidos por la AGC en cualquier momento y sin expresión de causa; Que por lo expuesto, corresponde rescindir el contrato de locación de servicios suscripto entre esta AGC y el Sr. de las Carreras, a partir del 30 de junio de 2014; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Que por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 7° inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMETNAL DE CONTROL

RESUELVE Artículo 1.- Rescíndase a partir del 30 de junio de 2014, el contrato de locación de servicios suscripto entre la AGC y el Sr. Marcos Horacio de las Carreras (CUIT 20-30774470-9). Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, al Ministerio de Hacienda, a la Jefatura de Gabinete, y pase a la Gerencia Operativa Administrativa y Financiera, y a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos, dependientes de la Unidad de Coordinación Administrativa, debiendo esta última notificar al interesado. Cumplido, archívese. Padilla p/p

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Agencia de Protección Ambiental

RESOLUCIÓN N.° 364/APRA/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: El Decreto Nº 477/11, la Resolución Nº 1415/MHGC/13 y el Expediente Nº 8990876/2014 -MGEYA-DGTALAPRA, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nº 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que conforme lo previsto en el Artículo 3º de la mencionada Ley Nº 2628, dentro de las funciones y facultades de la Agencia de Protección Ambiental, se encuentra la de representar a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante agencias, organismos y/u organismos internacionales en general, vinculados a la problemática ambiental, como así también ante las autoridades gubernamentales de la Nación, provincias, municipios y estados extranjeros; Que por la actuación citada en el Visto, tramita la autorización del viaje y la solicitud de entrega de fondos a favor de Luz Ledesma Clavell, Subgerente de Puntos Verdes y RSU de la Coordinación General de Gestión Ambiental, y a la Srta. Johanna Schvindlerman, quien es la encargada de llevar dentro de la agencia los temas referentes al COFEMA; con motivo de su participación en el I Congreso Internacional IV Congreso Nacional sobre Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos organizado por la Asamblea Ordinaria de residuo Sólidos Urbanos del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) a desarrollarse en la ciudad de San Juan, provincia de San Juan, los días 6 al 8 de agosto de 2014; Que cabe destacar que la Srta. Ledesma participará como tallerista del panel "Herramientas para el armado de programas de comunicación y capacitación de voluntarios y promotores ambientales", es que el Coordinador General de la UCGCA solicitó en su Nota NO-2014-08881319-APRA el viaje del 5 al 9 de agosto, Que por otra parte se pone de manifiesto que la Srta. Schvindlerman acompañará al Sr. Presidente de la Agencia Sr. Juan Carlos Villalonga entre los días 5 al 9 de agosto debido a la disponibilidad de transporte mediante el cual se trasladará a la Ciudad de San Juan, y a efectos de realizar jornadas preparatorias; Que la participación en estos eventos cobra gran importancia, ya que los mismos resultan una oportunidad única y distintiva, que no solo favorece el crecimiento de las relaciones internacionales del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sino que, además, posibilita la captación de nueva ideas y campañas ambientalistas formuladas por otros países, que pueden ser desarrolladas y trasladadas a nuestra Ciudad, en un futuro cercano, permitiéndonos mejorar nuestro ambiente; Que por tratarse de una misión oficial se les asignará a todos el monto previsto en el Decreto N° 477/11; Que se ha efectuado la correspondiente afectación presupuestaria; Que en consecuencia no existen fondos pendientes de rendición; Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica Administrativa y Legal.

Por ello; y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 8 del Decreto Nº 477/11,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

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Artículo 1.- Autorízase a la Srtas. Luz Ledesma Clavell, CUIL 27-30135257-9, DNI Nº 30.135.257, y Johanna Schvindlerman CUIL Nº 27-30401665-0, DNI Nº 30.401.665,

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con motivo de su participación en el I Congreso Internacional IV Congreso Nacional sobre Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, organizado por la Asamblea Ordinaria de residuo Sólidos Urbanos del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA); a desarrollarse en la ciudad de San Juan, provincia de San Juan, que se llevará a cabo entre los días 6 y 8 de agosto de 2014; Artículo 2.- Entréguese a favor de las agentes citadas en el artículo anterior la suma de por la suma total de PESOS TRES MIL NOVECIENTOS VEINTE ($ 3920) en concepto de viáticos, para solventar los gastos del viaje que realizarán; Artículo 3.- Los fondos recibidos en concepto de viáticos por la presente norma deberán ser rendidos de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 del Decreto 477/11. Artículo 4- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir la suma total de PESOS TRES MIL NOVECIENTOS VEINTE ($ 3920) en concepto de viáticos, en una orden de pago, monto que deberá ser depositado en la Cuenta Corriente Nº 491/0, perteneciente a la Agencia de Protección Ambiental, Sucursal Nº 39 del Banco Ciudad de Buenos Aires, (Beneficiario Nº 78666). Artículo 5.- Son responsables de la administración y rendición de los fondos asignados en los precedentes artículos 2 ° y 3º, las agentes Ledesma Clavell, CUIL 27-30135257-9, DNI Nº 30.135.257, y Schvindlerman CUIL Nº 27-30401665-0, DNI Nº 30.401.665. Artículo 6.- Regístrese; publíquese, comuníquese a la Agencia de Protección Ambiental, a la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales, y remítase a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos.- Villalonga

Página Nº 61Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes

RESOLUCIÓN N.° 756/CDNNYA/14

Buenos Aires, 16 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 114, la Ley Nº 471, el Decreto N° 1.550/2.008, la Resolución Nº 626/CDNNyA/2.013, el Expediente Electrónico N° 08.364.204/MGEYA-CDNNYA/2.014, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que por el Decreto Nº 1.550/2.008, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires delegó en los Ministros la facultad de autorizar en forma excepcional la ausencia sin goce de haberes a los agentes comprendidos en la Ley Nº 471, estableciendo que el período por el cual se autoriza la ausencia no podrá exceder un (1) año, renovable por un período similar; Que mediante Resolución Nº 626/CDNNyA/2.013 se autorizó la comisión de servicios de la agente Clara María Taboada, C.U.I.L. N° 27-28.229.772-3, F.C. N° 468.970, dependiente de la Dirección Operativa de Articulación Institucional Área Presidencia de este Organismo, para que cumpla funciones como Supervisora de Hogares propios en la Gerencia Operativa Atención Integral a Niños, Niñas y Adolescentes en Situación de Vulnerabilidad Social de la Dirección General de Niñez y Adolescencia, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, por el término de un (1) año, venciendo dicha comisión el próximo 13 de agosto de 2.014; Que por el Expediente Electrónico N° 08.364.204/MGEyA-CDNNyA/2.014, la agente mencionada solicita mediante nota RE Nº 08.364.073/CDNNyA/2.014, licencia extraordinaria sin goce de haberes a partir del 1º de septiembre de 2.014 y por el término de un (1) año; Que motiva tal solicitud, la necesidad de la agente de trasladarse a la ciudad de Madrid, Reino de España, con la finalidad de acompañar a su esposo, quien fue transferido a dicha ciudad por razones laborales; Que mediante IF Nº 08.376.937/CDNNyA/2.014, la Directora Operativa de Articulación Institucional Área Presidencia de este Consejo prestó su conformidad con el otorgamiento de la licencia solicitada, informando que la misma no altera el normal desarrollo de las tareas del sector; Que la Dirección General Legal Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 114 y los Decretos Nros. 1.550/2.008 y 122/2.014,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

RESUELVE

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Artículo 1.- Otorgase a la agente Clara María Taboada, C.U.I.L. N° 27-28.229.772-3, F.C. N° 468.970, licencia extraordinaria sin goce de haberes, a partir del 1º de

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septiembre del año en curso y por el término de un (1) año, reservando la partida presupuestaria 2015 0000 PA. 01 del Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial y para su conocimiento, notificación a la interesada y comunicación a la Subsecretaria Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, remítase a la Dirección Operativa de Recursos Humanos de la Dirección General Legal técnica y Administrativa de este Consejo. Cumplido archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 757/CDNNYA/14

Buenos Aires, 16 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 114, la Resolución N° 436/CDNNyA/2.011, el Expediente Electrónico N° 08.371.436/MGEyA- CDNNyA/2.014, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que el artículo 74 de la Ley N° 114 creó en el ámbito del Consejo, el Registro y Seguimiento de Organizaciones No Gubernamentales (Registro de ONG´s), que tiene como objeto la inscripción de organizaciones que trabajan sobre temáticas y cuestiones vinculadas, directa o indirectamente, a los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que el artículo 75 de la misma ley establece la obligatoriedad de la inscripción en el mencionado Registro para todas las organizaciones de la sociedad civil y, en general, para las personas de existencia ideal que hayan obtenido su personería jurídica, como condición insoslayable para la celebración de convenios de cualquier naturaleza y alcance con instituciones oficiales; Que por Resolución N° 436/CDNNyA/2.011 se dictó el marco reglamentario de inscripción de las organizaciones y de funcionamiento del mencionado Registro; Que la Asociación "Collegium Musicum de Buenos Aires", con domicilio legal sito en la calle República Dominicana Nº 3.492, de esta Ciudad, es un centro de educación musical no formal que, entre otros, que tiene como objeto brindar a todo niño, niña y/o adolescente la oportunidad de realizar una actividad musical colectiva que le permita desarrollar en forma gratificante su capacidad creativa, impulsando asimismo iniciativas en pos de brindar apoyo a aquellas familias con bajos recursos a través del otorgamiento de becas a niños que asisten a escuelas en zonas de alta vulnerabilidad social; Que la Asociación mencionada, la cual funciona bajo el Legajo N° 609, ha sido relevada por el Equipo Técnico del área del Registro de ONG´s; Que conforme se desprende del IF Nº 08.488.675/CDNNyA/2.014, la titular de la Dirección de Registro y Seguimiento de ONG´s informó que la Asociación acompañó la totalidad de la documentación requerida en el punto 1.1 del artículo 77 de la Ley N° 114 y que del análisis de los objetivos institucionales surge la pertinencia de la inscripción definitiva en el Registro;

Página Nº 63Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que la Dirección General Legal Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 56, inciso c) de la Ley Nº 114 y el Decreto N° 221/2.014,

LA VICEPRESIDENTA DEL CONSEJO

DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES RESUELVE

Artículo 1.- Inscríbase a la Asociación "Collegium Musicum de Buenos Aires", con domicilio legal sito en la calle República Dominicana Nº 3.492, de esta Ciudad, bajo el Legajo N° 609 del Registro y Seguimiento de Organizaciones No Gubernamentales, dependiente de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Artículo 2.- Establézcase que la Asociación deberá dar cumplimiento con los requerimientos previstos en la Ley N° 114, la Resolución N° 436/CDNNyA/2.011, puntos 2.2, 2.3.1 y 3.2, a los efectos de mantener vigente su situación registral. Artículo 3.- Solicítese a la entidad la entrega de las copias de los convenios suscriptos con organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en la sede del Registro de ONG´s de este Consejo, conforme lo establecido en el punto 1.5 de la Resolución Nº 436/CDNNyA/2.011. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial. Pase para su conocimiento, notificar a la entidad requirente y demás efectos, a la Dirección de Registro y Seguimiento de ONG´s. Cumplido, archívese. Canido

RESOLUCIÓN N.° 758/CDNNYA/14

Buenos Aires, 16 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 114, la Resolución N° 436/CDNNyA/2011, el Expediente electrónico Nº 8371054/MGEyA- CDNNyA/2014, CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que el artículo 74 de la Ley N° 114 creó en el ámbito del Consejo, el Registro de Organizaciones No Gubernamentales (Registro de ONGs), que tiene como objeto la inscripción de organizaciones que trabajan sobre temáticas y cuestiones vinculadas, directa o indirectamente, con los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que el artículo 75 de la misma ley establece la obligatoriedad de la inscripción en el mencionado Registro para todas las organizaciones de la sociedad civil y, en general, para las personas de existencia ideal que hayan obtenido su personería jurídica, como condición para la celebración de convenios de cualquier naturaleza y alcance con instituciones oficiales; Que por Resolución N° 436/CDNNyA/2011 se dictó el marco reglamentario de inscripción de las organizaciones y de funcionamiento del Registro de ONGs;

Página Nº 64Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que la Asociación Civil y Ciudadana "Ateneo de los Vecinos", con domicilio legal sito en la calle Gascón Nº 1448, primer piso, departamento "D", de esta Ciudad, tiene como objeto implementar acciones que permitan el abordaje integral de la construcción y el fortalecimiento de una ciudadanía activa, en especial para niños, niñas y adolescentes, con el fin de garantizar su inclusión social; Que la mencionada Asociación, la cual funciona bajo el Legajo N° 730, ha sido relevada por el Equipo Técnico del área del Registro de ONGs; Que la titular de la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs informó que la Asociación en cuestión acompañó la totalidad de la documentación requerida en el punto 1.1 del artículo 77 de la Ley N° 114 y que del análisis de los objetivos institucionales surge la pertinencia de la inscripción definitiva en el Registro; Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 56, inc. c) de la Ley Nº 114, y el Decreto N° 221/14,

LA VICEPRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE Artículo 1.- Inscríbase a la Asociación Civil y Ciudadana "Ateneo de los Vecinos" con domicilio legal sito en la calle Gascón Nº 1448, primer piso, departamento "D“, de esta Ciudad, bajo el Legajo N° 730 del Registro y Seguimiento de Organizaciones No Gubernamentales, dependiente de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Artículo 2.- Establézcase que la Asociación Civil deberá dar cumplimiento con los requerimientos previstos en la Ley N° 114 y la Resolución N° 436/CDNNyA/2011, puntos 2.2, 2.3.1 y 3.2, a los efectos de mantener vigente su situación registral. Artículo 3.- Solicítese a la Asociación Civil la entrega de las copias de los convenios suscriptos con organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en la sede del Registro de ONGs de este Consejo, conforme lo establecido en el punto 1.5 de la Resolución Nº 436/CDNNyA/2011. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial. Pase para su conocimiento, notificar a la entidad requirente y demás efectos, a la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs. Cumplido, archívese. Canido

RESOLUCIÓN N.° 769/CDNNYA/14

Buenos Aires, 21 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 114, el Expediente electrónico N° 8504622/ MGEyA/ CDNNyA/14, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera;

Página Nº 65Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que por el Expediente electrónico N° 8504622/ MGEyA/ CDNNyA/14, la Directora General de Programas Descentralizados solicitó, mediante Nota Nº NO-2014-08311056-DGPDES, que se propicie la participación institucional de este Consejo en el Seminario de postgrado “Las Prácticas Sociales del Cuidado. Políticas Públicas y Vida Cotidiana“, el que será dictado por la Universidad Nacional de Tres de Febrero y se desarrollará los días 6, 7, 8, 11 y 12 de agosto del 2.014, de 10 a 13 horas en el Centro Cultural Borges; Que la Directora General de Programas Descentralizados agrega en la nota mencionada que se requiere la asignación de dos (2) becas completas para la realización del presente seminario, para las agentes Adriana Calcedo, D.N.I. Nº 13.724.241, y Luciana Pandullo, D.N.I. Nº 30.332.994, con un costo de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 450) por persona, y un monto total de PESOS NOVECIENTOS ($ 900); Que dicho seminario tiene una dimensión social que resulta de interés para este Consejo de acuerdo a sus funciones específicas en materia de protección de derechos de niñas, niños y adolescentes, especialmente para contrarrestar las situaciones de violencia intrafamiliar; Que a pesar de tratarse de un tema de incipiente aparición en la agenda pública, algunas áreas de este organismo, como la Dirección General de Programas Descentralizados y la Dirección General de Gestión en Políticas Públicas, se encuentran trabajando sobre la temática desde el año 2.013, instando a las Defensorías Zonales a encarar un trabajo territorial que promueva en las redes comunitarias buenas prácticas para el cuidado de niñas, niños y adolescentes; Que el Director General de la Dirección Legal, Técnica y Administrativa otorgó su aval a la solicitud realizada mediante Nota Nº NO-2014-08435088-DGLTACDN; Que la Subdirección Operativa de Gestión Financiero Contable tomó intervención e informó mediante el informe Nº IF-2014-08790333-DGLTACDN, que el gasto será imputado al presupuesto del año en curso; Que la Dirección General Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas la Ley 114, y el Decreto N° 122/14, LA PRESIDENTA DEL CONSEJO

DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES RESUELVE

Artículo 1.- Apruébese la asignación de dos (2) becas de capacitación para el seminario de posgrado "Las Prácticas Sociales del Cuidado. Políticas Públicas y Vida Cotidiana" que será dictado por la Universidad Nacional de Tres de Febrero los días 6, 7, 8, 11 y 12 de agosto del 2.014, de 10 a 13 horas, en el Centro Cultural Borges, para las agentes Adriana Calcedo, D.N.I. Nº 13.724.241, y Luciana Pandullo, D.N.I. Nº 30.332.994, por un monto total de PESOS NOVECIENTOS ($900), equivalente a PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 450) por cada agente para la participación del seminario. Artículo 2.- Entregase un cheque a la orden de cada uno de los beneficiarios por la asignación aprobada por el artículo anterior. Articulo 3.- Dejase establecido que las agentes beneficiarias de las becas citadas en el artículo 1.-, deberán presentar constancia de inscripción en el seminario dentro de los diez (10) días de percibido el monto asignado y en el mismo plazo la constancia de finalización del curso, al término del mismo. Articulo 4.- Imputase a la partida presupuestaria del año en curso las erogaciones aprobadas en el artículo 1.-. Articulo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección Operativa de Gestión Administrativa dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa y remítase a la Subdirección Operativa financiero Contable para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Tagliaferri

Página Nº 66Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.° 771/CDNNYA/14

Buenos Aires, 22 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 114, la Ley Nº 471, el Decreto N° 1.550/2.008, el Expediente Electrónico N° 08.659.335/MGEyA-DGPDES/2.014, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que por el Decreto Nº 1.550/2.008, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires delegó en los Ministros la facultad de autorizar en forma excepcional la ausencia sin goce de haberes a los agentes comprendidos en la Ley Nº 471, estableciendo que el período por el cual se autoriza la ausencia no podrá exceder un (1) año, renovable por un período similar; Que por el Expediente N° 08.659.335/MGEyA-DGPDES/2.014, la Licenciada Lorena del Luján Tomatis, D.N.I. Nº 27.421.570, C.U.I.L. N° 23-27.421.570-4, F.C. N° 436.586, quien se desempeña en la Defensoría Zonal Comuna 9, dependiente de la Dirección General de Programas Descentralizados de este Organismo, solicita mediante nota que obra como IF Nº 08.662.747/DGPDES/2.014, licencia extraordinaria sin goce de haberes a partir del 24 de julio de 2.014 y por el término de un (1) año, Que motiva tal solicitud, la necesidad de la agente de completar la Especialización en Psicología Vincular de Familias con Niños y Adolescentes que se encuentra cursando en el Instituto Académico del Hospital Italiano y de realizar las correspondientes prácticas, lo que favorecerá su desarrollo profesional en este Consejo; Que mediante PV Nº 08.663.767/DGPDES/2.014, el titular de la Dirección General de Programas Descentralizados de este Consejo prestó su conformidad con el otorgamiento de la licencia solicitada, informando que la misma no altera el normal desarrollo de las tareas del sector; Que la Dirección General Legal Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 114 y los Decretos Nros. 1.550/2.008 y 122/2.014,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

RESUELVE Artículo 1.- Otorgase a la agente Lorena del Luján Tomatis, D.N.I. Nº 27.421.570, C.U.I.L. N° 23- 27.421.570-4, F.C. N° 436.586, licencia extraordinaria sin goce de haberes a partir del 24 de julio del año en curso y por el término de un (1) año,

reservando la partida presupuestaria 2015 0000 PA. 01 del Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial y para su conocimiento, notificación a la interesada y comunicación a la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, remítase a la Dirección Operativa de Recursos Humanos de la Dirección General Legal Técnica y Administrativa de este Consejo. Cumplido, archívese. Tagliaferri

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RESOLUCIÓN N.° 772/CDNNYA/14

Buenos Aires, 22 de julio de 2014 VISTO: La Ley local N° 114, la Resolución N° 1078/CDNNyA/12, la Resolución N° 162/CDNNyA/14, el Expediente electrónico N° 8886648/MGEYA-DGLTACDN/14, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley local N° 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada normativa, el Consejo goza de autonomía técnica, administrativa y autarquía financiera; Que mediante el artículo 2° de la Resolución N° 1078/CDNNyA/12 se creó el Departamento de Medidas de Protección de Derechos dependiente de la Dirección Operativa Jurídica de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de la Presidencia de este Consejo; Que por el artículo 3° de la Resolución indicada se designó a la agente Dra. Agustina Paz Frisia, FC N° 442958, CUIL N° 27-28166138-3, como Jefa del Departamento mencionado; Que por Resolución N° 162/CDNNyA/14 se designó, a partir del 17 de febrero de 2014, a la agente Dra. Agustina Paz Frisia, como Directora Operativa de la Dirección Operativa Jurídica Administrativa de la Dirección General de Programas Descentralizados dependiente de la Vicepresidencia de este Consejo; Que atento a que se encuentra vacante la Jefatura del Departamento de Medidas de Protección de Derechos, y debido a la importancia de las funciones del mismo, resulta imprescindible la designación del titular a cargo; Que la Dirección Operativa Jurídica dependiente de la Dirección General Legal Técnica y Administrativa ha propuesto a la agente Dra. Rosario Sporleder, FC N° 474669, CUIL N° 27-34390327-3, quien cumple con los requisitos de idoneidad para el desempeño del cargo; Que el Director General de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha dado su aval para la designación de la agente mencionada, mediante Nota N° 08880421-DGLTACDN-2014; Que por las consideraciones vertidas precedentemente, resulta necesario designar a la Dra. Rosario Sporleder como Jefa de Departamento del Departamento de Medidas de Protección de Derechos dependiente de la Dirección Operativa Jurídica de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de la Presidencia de este Consejo, a partir del 1° de julio del corriente año; Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley local N° 114 y el Decreto Nº 122/14, LA PRESIDENTA DEL CONSEJO

DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES RESUELVE

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Artículo 1.- Desígnese, a partir del 1° de julio de 2014, a la Dra. Rosario Sporleder, FC N° 474669, CUIL N° 27-34390327-3, como Jefa de Departamento del Departamento

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de Medidas de Protección de Derechos, con dependencia directa de la Dirección Operativa Jurídica de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de la Presidencia del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Asígnese el Suplemento por Conducción Nivel Departamento establecido por el Decreto N° 861/93. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y para su conocimiento, notificación de la interesada y comunicación a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa y a la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, remítase a la Dirección Operativa de Recursos Humanos de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de este Consejo. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 774/CDNNYA/14

Buenos Aires, 22 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 114, la Ley Nº 2.095, su modificatoria la Ley Nº 4.764, el Decreto Nº 95/14, el Expediente Electrónico Nº 6.955.563/MGEYA-DGLTACDN/14, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que la Dirección General Legal Técnica y Administrativa, mediante Nota Nº 04492951/DGLTACDN/2014, solicitó a la Dirección General de Administración de Bienes del Ministerio de de Desarrollo Económico la disponibilidad de un inmueble perteneciente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de una superficie ideal de sesenta (60) metros cuadrados, a fin de reubicar las oficinas de la Defensoría Zonal Comuna 5, dependiente de este Consejo; Que la Dirección General de Administración de Bienes citada informa que, luego de haber realizado una exhaustiva búsqueda en el Registro Único de Bienes Inmuebles (RUBI), no existen en la actualidad inmuebles disponibles pertenecientes al patrimonio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que posean las características necesarias para los fines solicitados, según NO Nº 04574956/DGAB/2014; Que por el Expediente Electrónico Nº 6.955.563/MGEYA-DGLTACDN/14 tramita la contratación directa de la locación administrativa del inmueble sito en la Av. Jujuy N° 1026/1028, Unidad Funcional N° 2, ubicada en la Planta Baja, Primer Piso y Segundo Piso, de esta Ciudad, por el término de treinta y seis (36) meses, a partir del 01 de junio de 2014 hasta el 31 de mayo de 2017, para el funcionamiento de la Defensoría Zonal Comuna 5 de este Consejo; Que la Gerencia de Pignoraticio y Ventas del Banco Ciudad de Buenos Aires efectuó la tasación respectiva, según Informe Nº 7453086/DGLTACDN/14, y estableció el canon locativo mensual del inmueble; Que atento a la disconformidad manifestada por el propietario del inmueble, Sr. Mamoud El Sayer, en relación a la referida tasación, según Informe N° 7292097/DGLTACDN/14, la Subdirección Operativa de Bienes y Servicios de este Consejo, solicitó una revisión de la misma;

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Que conforme se desprende del Informe N° 7455432/DGLTACDN/2014, la Gerencia de Pignoraticio y Ventas del Banco Ciudad de Buenos Aires estableció un nuevo canon locativo mensual del inmueble; Que de las tratativas llevadas a cabo por la Subdirección Operativa de Bienes y Servicios con el Sr. Mamoud El Sayer, dieron como resultado que se fije el valor del canon locativo mensual, para el primer año de la locación administrativa, en la suma mensual de PESOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS ($ 10.800,00.-), reajustable en los

períodos siguientes, conforme surge de la conformidad prestada por el locador según Informe Nº 7292236/DGLTACDN/14; Que, en función de lo establecido en el Artículo 28, inciso 12) apartado e) del Decreto N° 95/14, el precio pactado se encuentra dentro de los parámetros normales del mercado inmobiliario y atento las impostergables necesidades del servicio que brinda este Consejo de Derechos, las preferentes características del bien que garantizan su normal y continua prestación, resulta favorable el canon locativo propuesto por su propietario; Que las consideraciones expuestas avalan la contratación directa del referido inmueble por el término de tres (3) años y por la suma mensual acordada con el propietario; Que se ha efectuado la correspondiente imputación preventiva del gasto; Que en consecuencia deviene procedente el dictado del acto administrativo por medio del cual se apruebe dicho procedimiento; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en el marco de las atribuciones conferidas por el articulo 28 inciso 12) apartado i), del Decreto N° 95/14. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 114, y el Decreto Nº 122/14,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

RESUELVE Artículo 1.- Apruébase la Contratación Directa para la Locación Administrativa del inmueble sito en la Av. Jujuy N° 1026/1028, Unidad Funcional N° 2, ubicada en la Planta Baja, Primer Piso y Segundo Piso, del inmueble sito en Av. Jujuy N° 1026/1028 de esta Ciudad, para el funcionamiento de la Defensoría Zonal Comuna 5, por el término de treinta y seis (36) meses, desde el 01 de junio de 2014 al 31 de mayo de 2017, por una suma mensual de PESOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS ($ 10.800,00.-) por el primer año de vigencia, de acuerdo a las cláusulas del contrato de locación a celebrar con el Sr. Mamoud El Sayer, que como Anexo IF Nº 08941672/DGLTACDN/2014, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Abónese la suma total de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS UNO CON 42/00 CENTAVOS ($2.301,42.-), al Banco Ciudad de Buenos Aires, en concepto de arancel por tasación efectuado de acuerdo a lo establecido artículo 28, inciso 12) apartado e) del Decreto N° 95/14. Artículo 3- El gasto que demande la suscripción del presente contrato de locación administrativa será imputado en las correspondientes partidas presupuestarias de los ejercicios 2014/2017. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial, para su comunicación a la Dirección General de Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, y demás efectos, remítase a la Subdirección Operativa de Bienes y Servicios de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Cumplido, archívese. Tagliaferri

ANEXO

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Agencia de Sistemas de Información

RESOLUCIÓN N.º 156/ASINF/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 70/98, la Ley N° 2.689/08, la Ley Nº 4.809/13 el Decreto N° 2/GCABA/2.014, Expediente Electrónico N° 08613489-MGEYA-ASINF-2.014, y CONSIDERANDO: Que a través del expediente indicado en el visto tramita la compensación presupuestaria detallada en el Requerimiento Nº 6806/SIGAF/2.014 cuya finalidad es contar con crédito suficiente en la partida 2.3.3. Programa 7 para imputar los gastos generados en la compra de Libreria Staples; Que es función del suscripto "Administrar los recursos económicos asignados a la Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la normas legales vigentes" (art. 10, inc. b, Ley Nº 2.689); Que por otro lado, la Ley Nº 70/98 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2º párrafo que "Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires"; Que por medio de la Ley Nº 4.809/13 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.014; Que así por Decreto Nº 2/GCABA/14, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.014", estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que el Requerimiento Nº 6806/SIGAF/2.014 se encuentran en estado "Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que en consecuencia proceda arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de buenos aires para el Ejercicio Fiscal 2.014, aprobadas mediante Decreto N° 2/GCABA/2.014; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar las modificaciones en las partidas presupuestarias que se propicia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2.689/08 y el Decreto Nº 2/GCABA/14,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

RESUELVE Artículo 1º.- Apruébase la modificación en las partidas presupuestarias pertenecientes a la Agencia de Sistemas de Información según el Anexo, registrado en SADE como IF-2014-08793031-ASINF el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Página Nº 71Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Artículo 2º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Martínez

ANEXO

Página Nº 72Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Modernización

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 638/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E N° 5964702/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 103/HGAPP/2014, designó con carácter interino a la Dra. Juana Virginia Gómez, D.N.I. 25.796.181, CUIL. 27-25796181-3, legajo personal 458.054, como Médica de Planta Asistente (Pediatría), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Especialista en la Guardia Médica Asistente (Pediatría), titular, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 103/HGAPP/2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 640/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO:

Página Nº 73Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 3953291/2013 (DGAYDRH), y

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CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Cosme Argerich", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 189/HGACA/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso a la señora Nilda Selomit Amado Veramendi, D.N.I. 18.899.396, CUIL. 27-18899396-1, como Licenciada en Enfermería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 189/HGACA/2013. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 648/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. Nº 3504754/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";

Página Nº 74Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 1243/HGARM/2013, designó con carácter interino a la Dra. María Elena Carou, D.N.I. 28.916.275, CUIL. 27-28916275-0, como Especialista en la Guardia Médica Asistente (Pediatría), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que como resultado del análisis realizado en la mencionada norma, se han detectado anomalías; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, rectificando parcialmente dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 10/DGAYDRH/2014. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Rectifícanse parcialmente los términos de la Disposición N° 1243/HGARM/2013, dejándose establecido que la designación dispuesta por la misma lo es en favor de la Dra. María Elena Carou, D.N.I. 28.916.275, CUIL. 27-28916275-0, legajo personal 425.193. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos

Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 655/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. Nº 3497126/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";

Página Nº 75Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 242/HGADS/2013, designó con carácter interino a la Dra. Erica Adaniya, D.N.I. 23.515.068, CUIL. 27-23515068-4, como Profesional de Guardia Farmacéutica Hospital Adjunto, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Farmacéutica de Planta de Hospital Adjunto, titular, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que como resultado del análisis realizado en la mencionada norma, se han detectado anomalías; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, rectificando parcialmente dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 10/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Rectifícanse parcialmente los términos de la Disposición N° 242/HGADS/2013, dejándose establecido que la designación dispuesta por la misma lo es en favor de la Dra. Erica Adaniya, D.N.I. 23.515.068, CUIL. 27-23515068-4, legajo personal 408.925. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia

Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

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Ministerio de Modernización - Ministerio de

Salud

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 625/MMGC/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 208/2008, la Resolución N° 5/MSGCYMMGC/2013, y el E.E. N° 3653451/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Alvarez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 439/HGATA/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso a diversas personas, como Enfermeras, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de las personas propuestas para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCYMMGC/2013

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-.Convalídanse en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 439/HGATA/2013. Artículo 2.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 626/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. Nº 3514407/2013 (DGAYDRH), y

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Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital "Bernardino Rivadavia", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 84/HBR/2014, designó con carácter interino a la Dra. María Laura Cassar, D.N.I. 22.788.557, CUIL. 27-22788557-8, como Médica de Planta Asistente (Neurología Infantil), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 84/HBR/2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 627/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 571390/2014 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 21/HGATA/2014, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora María Soledad Soler, D.N.I. 33.018.894, CUIL. 23-33018894-4, como Auxiliar de Hotelería, Hospitales y Afines, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005;

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CONSIDERANDO:

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Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 21/HGATA/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 628/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. Nº 7128543/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Oncología "María Curie", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 2/HMOMC/2014, modificada por Disposición N° 152/HMOMC/2014, designó con carácter interino a la Dra. Emilia Gloria Eskenazi, D.N.I. 11.077.929, CUIL. 27-11077929-4, legajo personal 244.641, como Jefa Sección Guardia Día Martes, con 40 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Profesional de Guardia Consultor Principal, titular; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

Página Nº 79Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION

RESUELVEN Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 2/HMOMC/2014, modificada por Disposición N° 152/HMOMC/2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 629/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. N° 3648380/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Infecciosas "Dr. Francisco Javier Muñiz", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 115/HIFJM/2014, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso a la señora Laura Ester Miño, D.N.I. 22.099.624, CUIL. 27-22099624-2, como Auxiliar de Enfermería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 115/HIFJM/2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

Página Nº 80Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 630/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 3558575/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Instituto de Zoonosis "Luís Pasteur", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 124/IZLP/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, al señor Marcelo Daniel Guillen, D.N.I. 14.568.758, CUIL. 20-14568758-7, como Conductor de Automotores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 124/IZLP/2013 Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 631/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 6212581/2013 (DGAYDRH), y

Página Nº 81Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital Oftalmológico "Santa Lucía", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 35/HSL/2014, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, al señor Junior Paolo Villagra Jaen, D.N.I. 18.844.702, CUIL. 20- 18844702-4, como Enfermero, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 35/HSL/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 632/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E.N° 3408149/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";

Página Nº 82Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CONSIDERANDO:

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Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero" del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 380/HGAPP/2013, modificada por Disposiciones Nros. 390/HGAPP/2013 y 95/HGAPP/2014, designó con carácter interino a la Licenciada Analia Coppola, D.N.I. 26.588.851, CUIL. 27-26588851-3, como Profesional de Guardia Kinesióloga, Asistente, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y Resolución N° 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, cesando como Profesional de Guarida Kinesióloga suplente, del Hospital "Bernardino Rivadavia"; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 380/HGAPP/2013, modificada por Disposiciones Nros. 390/HGAPP/2013 y 95/HGAPP/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 633/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E. E. N° 5876620/2013 (DGAYDRH) y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital Materno Infantil "Ramón Sarda", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 29/HMIRS/2014, designó con carácter interino a la Licenciada Laura Carolina Morana, D.N.I. 29.246.770, CUIL. 27-29246770-8, legajo personal 422.858, como Nutricionista Asistente de Planta para desempeñarse en Banco de Leche Humana dependiente de la División Alimentación, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias;

Página Nº 83Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 29/HMIRS/2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 634/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E.N° 5091849/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 248/HGAJAF/2014, designó con carácter interino a la Licenciada Mara Verónica González, D.N.I. 28.706.805, CUIL. 27-28706805-6, legajo personal 465.333, como Trabajadora Social de Planta Asistente Adjunto, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y Resolución N° 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, cesando como Residente, del citado Hospital. Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

Página Nº 84Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 248/HGAJAF/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 635/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 3721290/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Cosme Argerich", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 81/HGACA/2014, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso al señor Diego Fernando González Barreto, D.N.I. 95.149.134, CUIL. 23-95149134-9, como Auxiliar de Hotelería, Hospitales y Afines, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 81/HGACA/2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

Página Nº 85Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 636/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. N° 3662865/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 1216/HGARM/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso al señor Ubaldo Daniel Moya, D.N.I. 29.285.205, CUIL. 20-29285205-4, como Técnico en Laboratorio de Análisis Clínicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 1216/HGARM/2013. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 637/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E.N° 4892148/2013 (DGAYDRH), y

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Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 62/HGAPP/2014, modificada por Disposición N° 132/HGAPP/2014, designó con carácter interino al Dr. Osvaldo Guillermo Coggiola, D.N.I. 13.480.470, CUIL. 20-13480470- 0, legajo personal 321.641, como Jefe Departamento Servicios Centrales Diagnóstico y Tratamiento, con 40 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y Resolución N° 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes su cargo de Jefe División Laboratorio, titular, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 62/HGAPP/2014, modificada por Disposición N° 132/HGAPP/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 639/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E N° 3954877 /2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";

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CONSIDERANDO:

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Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Emergencias Psiquiatricas "Torcuato de Alvear", mediante Disposición N° 14/HEPTA/2014, designó con carácter interino a la Dra. María Virginia Chiappe, D.N.I. 30.034.890, CUIL. 23-30034890-4, legajo personal 422.330, como Médica de Planta Asistente (Psiquiatra), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 11/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 14/HEPTA/2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 641/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: El E.E. N° 3965369/2013, (DGAyDRH), CONSIDERANDO: Que por el artículo 1 de la Resolución N° 946/MSGC/2012, se llamó a Concurso Público y Abierto para el ingreso a la Carrera de Profesionales a Médicos de Ejecución y Médicos Suplentes de Guardia para desempeñarse en diversas áreas en el Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand"; Que es de hacer notar que lo antedicho, se efectuó en el marco de lo dispuesto en el artículo 10, punto 10.1.3 de la Ordenanza N° 41455 y modificatorias, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que según surge de los presentes actuados resultaron seleccionados 2 profesionales para los cargos de Médicos de Planta Asistente (Terapia Intensiva Infantil), y Médico de Planta Hospital Adjunto (Terapia Intensiva Infantil), titulares, con 40 horas semanales; Que la Dirección General Sistema de Atención Médica de Emergencia, del Ministerio de Salud, presta su respectiva conformidad. Que a efectos de proceder a la cobertura de los mencionados cargos, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido.

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Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 10/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme las facultades conferidas mediante la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.-Desígnase con carácter titular a diferentes profesionales, en distintos cargos, con 40 horas semanales, en el Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", del Ministerio de Salud, tal como se indica en el Anexo "I" ( INF 4016055/DGALP/2014), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y forma que en cada caso se menciona, conforme lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias. Artículo 2.-. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, encuentra imputación en el Inciso 1 "Gastos en Personal". Artículo 3.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, y al Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

ANEXO

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 642/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: El E. E. N° 6938142/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 260/2012 fue modificada la Estructura Orgánica Funcional, del Ministerio de Salud, incluyendo el cargo de Jefe Departamento Contralor y Regulación Sanitaria, de la Dirección Regulación y Fiscalización, de la Dirección General Legal y Técnica; Que es de hacer notar, que el cargo a que se hizo mención se encuentra vacante; Que en consecuencia la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos del citado Ministerio, solicita se cubra de inmediato, teniendo en cuenta las necesidades imperiosas del Sector; Que por lo expuesto, se propicia designar con carácter interino en el precitado cargo al Dr. Norberto Rubén Della Santa, D.N.I. 08.321.928, CUIL. 23-08321928-9, legajo personal 245.557; Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias; Que la presente cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA). Que es dable destacar, que las Direcciones Generales de Planeamiento y Control de Gestión y de Capital Humano, del Ministerio de Modernización, han tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia;

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Por ello, conforme las facultades conferidas mediantes la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Desígnase con carácter interino al Dr. Norberto Rubén Della Santa, D.N.I. 08.321.928, CUIL. 23-08321928-9, legajo personal 245.557, como Jefe Departamento Contralor y Regulación Sanitaria, con 40 horas semanales, de la Dirección Regulación y Fiscalización, de la Dirección General Legal y Técnica, del Ministerio de Salud, partida 4001.0430.MS.16.004 (P.62), de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Médico de Planta Consultor Principal 2 (Anestesiología), titular, con 36 horas semanales, partida 4021.0122.MS.16.024, de la Gerencia Operativa Gestión Administrativa, Económica y Financiera, del Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del citado Ministerio. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 643/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E.N° 3748815/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 375/HGAPP/2013, designó con carácter interino a la Licenciada Laura Areas, D.N.I. 29.747.231, CUIL. 27-29747231-9, como Profesional de Guardia Kinesióloga Asistente, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y Resolución N° 375/SSySHyF/2006, y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

Página Nº 90Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 375/HGAPP/2013. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 644/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. Nº 3516555/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 102/HGARM/2014, designó con carácter interino a la señora Andrea Beatriz Gianninoto, D.N.I. 27.592.462, CUIL. 27-27592462-3, como Trabajadora Social Asistente Adjunto de Planta, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 10/DGAYDRH/2014. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 102/HGARM/2014.

Página Nº 91Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 645/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E N° 6017492/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Odontología Infantil "Don Benito Quinquela Martín", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 8/HOI/2014, designó con carácter interino al agente Marcos González Pagliere, D.N.I. 30.401.583, CUIL. 20-30401583-8, legajo personal 435.461, como Odontólogo de Planta Asistente, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 8/HOI/2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

Página Nº 92Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 646/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 171731/2014 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 207/HGARM/2014, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Yanett Teresa Lino Meneses, D.N.I. 94.193.953, CUIL. 27-94193953-3, Auxiliar de Enfermería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 207/HGARM/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 649/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: El E.E. N° 5087003/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 1190/ANSES/2011 el Dr. Rodolfo José Rijana, D.N.I. 04.520.931, CUIL. 20- 04520931-9, legajo personal 203.691, Jefe Departamento Cirugía, reemplazante, con 40 horas semanales, del Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", se acogió a la jubilación ordinaria, a partir del 1 de enero de 2012;

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Que en consecuencia el establecimiento asistencial que nos ocupa, solicita se cubra de inmediato el mencionado cargo, teniendo en cuenta las necesidades imperiosas del Sector; Que por lo expuesto, se propicia designar en idénticas condiciones, al Dr. Roberto Carlos Cervio, D.N.I. 07.377.565, CUIL. 20-07377565-6, legajo personal 238.221; Que a tal efecto es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10, punto 10.1 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987, y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias; Que por otra parte, la misma cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA); Que es de hacer notar, que la Dirección General de Planeamiento y Control de Gestión, del Ministerio de Modernización, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia. Por ello, conforme las facultades conferidas mediante la Ley Nº 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Desígnase con carácter de reemplazante al Dr. Roberto Carlos Cervio, D.N.I. 07.377.565, CUIL. 20-07377565-6, legajo personal 238.221, como Jefe Departamento Cirugía, con 40 horas semanales, según lo dispuesto en el artículo 10, punto 10.1 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987, y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias. Partida 4022.0600.MS.16.004 (P.62), del Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", dependiente del Ministerio de Salud, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Jefe División Cirugía General, titular, con 40 horas semanales, partida 4022.0600.MS.16.011 (P.63), del citado Hospital. Titular del cargo el Dr. Carlos Dario Rosales, D.N.I. 04.427.998, CUIL. 20-04427998-4, legajo personal 171.270. Artículo 2.-El Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", dependiente del Ministerio de Salud, deberá comunicar a la Gerencia Operativa Administración del Régimen de Salud, de la Dirección General de Administración y Liquidación de

Haberes, la baja de la designación reemplazante conforme el artículo 1, cuando se reintegre el titular del mismo. Artículo 3.-Publíquese y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 650/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E. E. N° 3475075/2013 (DGAYDRH), y

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Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 339/HGAP/2013, designó con carácter interino a la Dra. Jorgelina Bosio, D.N.I. 25.263.091, CUIL. 27-25263091-6, como Profesional de Guardia Médica Asistente, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, cesando como Profesional de Guardia Médica, suplente, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que como resultado del análisis realizado en la mencionada norma, se han detectado anomalías; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, rectificando parcialmente dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 10/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Rectifícanse parcialmente los términos de la Disposición N° 339/HGAP/2013, dejándose establecido que la designación dispuesta por la misma lo es en favor de la Dra. Jorgelina Bosio, D.N.I. 25.263.091, CUIL. 27-25263091-6, legajo personal 443.419. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos

Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 651/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E.N° 6040898/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";

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CONSIDERANDO:

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Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 58/HGADS/2014, designó con carácter interino a la Dra. Karina Vanessa Ramírez Echarry, D.N.I. 18.805.236, CUIL. 27-18805236-9, legajo personal 422.907, como Médica de Planta Hospital Adjunto (Cirugía General), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y Resolución N° 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Profesional de Guardia Hospital Adjunto, titular, con 30 horas semanales, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 58/HGADS/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 652/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E. E. N° 5957850/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 37/HGAPP/2014, designó con carácter interino al agente Carlos Nicolás Ramallo, D.N.I. 30.057.965, CUIL. 20-30057965-6, como Bioquímico de Planta Asistente Adjunto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005;

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Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 11/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 37/HGAPP/2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 653/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E.N° 6017999/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 111/HGAIP/2014, designó con carácter interino al Dr. Amadeo Sánchez Andia, D.N.I. 28.413.118, CUIL. 20-28413118-6, legajo personal 419.344, como Médico de Planta Asistente (Cirugía General) con Orientación en Cirugía Toráxica, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y Resolución N° 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, cesando como Profesional de Guardia, suplente, en el citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo;

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Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición N° 11/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 111/HGAIP/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 654/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. Nº 3441819/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Infecciosas "Dr. Francisco Javier Muñiz", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 51/HIFJM/2014, designó con carácter interino a la Dra. Elisa Rosaura Alvarinhas, D.N.I. 22.430.044, CUIL. 27-22430044-7, legajo personal 403.661, como Médica de Planta Hospital (Gastroenterología), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, reteniendo sin percepción de abres el cargo de Especialista en la Guardia Médica de Hospital (Gastroenterología), titular, del Hospital de Gastroenterología "Dr. Carlos Bonorino Udaondo", del citado Ministerio; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 10/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

Página Nº 98Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 51/HIFJM/2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 656/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E. E. N° 5372314/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 1241/HGARM/2013, designó con carácter interino a la Dra. Gabriela Kunzi, D.N.I. 12.717.616, CUIL. 27-12717616-2, como Jefa Unidad Internación (Dependiente de la División Ginecología), con 40 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Médica de Planta Consultor Principal 1, titular, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que como resultado del análisis realizado en la mencionada norma, se han detectado anomalías; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, rectificando parcialmente dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 11/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Página Nº 99Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Artículo 1.- Rectifícanse parcialmente los términos de la Disposición N°

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1241/HGARM/2013, dejándose establecido que la designación dispuesta por la misma lo es en favor de la Dra. Gabriela Kunzi, D.N.I. 12.717.616, CUIL. 27-12717616-2, legajo personal 290.360. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia

Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 657/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2155, el Decreto reglamentario Nº 308/2008, la Resolución Nº 5/MSGCYMMGC/2013 y el E. E. Nº 3415851/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", dependiente del Ministerio de Salud, mediante Disposición Nº 319/HGAP/2013, designó con carácter interino, a la Dra. Natalia Romina Svartz, D.N.I. 28.694.678, CUIL. 27-28694678-5, como Especialista en la Guardia Médica Asistente (Pediatría), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley Nº 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que como resultado del análisis realizado en la mencionada norma, se han detectado anomalías; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, rectificando parcialmente dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 10/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCYMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Rectifícanse parcialmente los términos de la Disposición Nº 319/HGAP/2013, dejándose establecido que la designación dispuesta lo es en favor de la Dra. Natalia Romina Svartz, D.N.I. 28.694.678, CUIL. 27-28694678-5, legajo personal 415.038.

Página Nº 100Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos

Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 658/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2155, el Decreto reglamentario Nº 308/2008, la Resolución Nº 5/MSGCYMMGC/2013 y el E. E. Nº 4815326/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital Materno Infantil "Ramón Sarda", dependiente del Ministerio de Salud, mediante Disposición Nº 8/HMIRS/2014, designó interinamente con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso a la señora Lidia Romina Rodríguez, D.N.I. 31.150.485, CUIL. 27-31150485-7, como Enfermera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Nº 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley Nº 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCYMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 8/HMIRS/2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

Página Nº 101Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 659/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. Nº 6432951/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 262/HGAPP/2013, designó con carácter interino a la Licenciada Gabriela Luisa Boutet, D.N.I. 31.424.612, CUIL. 27-31424612-3, como Nutricionista de Planta Asistente, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que como resultado del análisis realizado en la mencionada norma, se han detectado anomalías; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, rectificando parcialmente dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 11/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Rectifícanse parcialmente los términos de la Disposición N° 262/HGAPP/2013, dejándose establecido que la designación dispuesta por la misma lo es en favor de la Licenciada Gabriela Luisa Boutet, D.N.I. 31.424.612, CUIL. 27-31424612-3, legajo personal 442.409. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos.

Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

Página Nº 102Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 660/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E. E. N° 5299500/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital "Bernardino Rivadavia", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 507/HBR/2013, designó con carácter interino al Dr. José Alberto Marzol, D.N.I. 27.669.064, CUIL. 20-27669064-8, como Médico de Planta Asistente (Cirugía General), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, cesando como Profesional Guardia Médico, suplente, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que como resultado del análisis realizado en la mencionada norma, se han detectado anomalías; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, rectificando parcialmente dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición N° 10/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Rectifícanse parcialmente los términos de la Disposición N° 507/HBR/2013, dejándose establecido que la designación dispuesta por la misma lo es en favor del Dr. José Alberto Marzol, D.N.I. 27.669.064, CUIL. 20-27669064-8, legajo personal 430.980. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos

Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

Página Nº 103Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 661/MMGC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E. E. N° 3389980/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 238/HGADS/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso a diversas personas, como Especialistas en la Guardia Médica Asistente (Pediatría), de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y Resolución N° 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, cesando como Especialistas de Guardia Médica Suplentes (Pediatría); Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de las personas propuestas para las coberturas en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que como resultado del análisis realizado en la mencionada norma, se han detectado anomalías; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, rectificando parcialmente dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición N° 10/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Rectifícanse parcialmente los términos de la Disposición N° 238/HGADS/2013, dejándose establecido que las designaciones dispuestas por la misma lo son en favor de los agentes mencionados en el Anexo "I" que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y forma que en cada caso se menciona. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia

Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

ANEXO

Página Nº 104Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 662/MMGC/14

Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: El E.E Nº 4565143/2013, (HGADS) y, CONSIDERANDO: Que por el artículo 3, del Decreto Nº 456/1996, se creó el sistema de atención periférica, denominado Médico de Cabecera incorporando a los profesionales médicos que pertenecen a la Carrera Profesional de la Salud, para realizar tareas complementarias de asistencia a pacientes derivados por los establecimientos asistenciales en cuestión, en el Área Programática de los mismos; Que según surge de los presentes actuados, la Dra. Gabriela Alejandra Rombola, D.N.I. 22.147.467, CUIL. 27-22147467-3, legajo personal 387.579, presentó su renuncia a partir del 26 de junio de 2013, como Médica de Cabecera en la especialidad "Tocoginecología", del "Plan de Cobertura Porteña de Salud", en el Centro Médico Barrial N° 20, del Área Programática del Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", del Ministerio de Salud; Que por otra parte la Dirección General Región Sanitaria II, del citado Ministerio, solicita se le asigne la función de Médica de Cabecera en la especialidad "Tocoginecología", del "Plan Cobertura Porteña de Salud", en el Centro Barrial Nº 20, sito en la calle Araujo N° 1246, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Dra. Soledad Rapaport, D.N.I. 23.472.937, CUIL. 27-23472937-9, legajo personal 412.108, Médica de Planta de Hospital Adjunto, con 30 horas semanales, del mencionado Hospital, del Ministerio que nos ocupa; Que a tal efecto es necesario dictar un acto administrativo conforme lo dispuesto en los Decretos Nros. 456/1996 y 2132/2000, la Resolución Nº 399/SS/1996, la Disposición Nº 001/DGPyGD/1999 y lo determinado por la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias. Que en consecuencia, corresponde el dictado de la norma legal pertinente. Por ello, conforme las facultades conferidas mediante la ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Acéptase a partir del 26 de junio de 2013, la renuncia presentada por la Dra. Gabriela Alejandra Rombola, D.N.I. 22.147.467, CUIL. 27-22147467-3, legajo personal 387.579, como Médica de Cabecera en la especialidad "Tocoginecología", del "Plan de Cobertura Porteña de Salud", en el Centro Médico Barrial N° 20, del Área Programática del Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", del Ministerio de Salud, debiendo continuar revistando como Médica de Planta de Hospital Principal (Tocoginecología), titular, con 30 horas semanales, partida 4022.1100.MS.21.024, del citado Hospital. Artículo 2.- Asígnase la función de "Médica de Cabecera" en la especialidad

"Tocoginecología", del "Plan de Cobertura Porteña de Salud", en el Centro Barrial Nº 20, sito en la calle Araujo 1246, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Dra. Soledad Rapaport, D.N.I. 23.472.937, CUIL. 27-23472937-9, legajo personal 412.108, Médica de Planta de Hospital Adjunto, con 30 horas semanales, del Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", del Ministerio de Salud, partida 4022.1100.MS.23.024, conforme lo dispuesto en los Decretos Nros. 456/1996 y 2132/2000, la Resolución Nº 399/SS/1996, la Disposición Nº 001/DGPyGD/1999 y lo determinado por la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias.

Página Nº 105Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Artículo 3.- Déjase establecido que la asignación de función dispuesta en el artículo 2 de la presente Resolución, lo es mientras dure su desempeño, con una carga horaria semanal de 40 horas, distribuidas en 24 horas en el cargo de base señalado y 16 horas semanales en la función de Médica de Cabecera. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 663/MMGC/14

Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. N° 6417424/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 365/HGAPP/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso a la señora Carmen Rosana Vargas, D.N.I. 24.483.644, CUIL. 27-24483644-0, como Enfermera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 365/HGAPP/2013. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

Página Nº 106Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 664/MMGC/14

Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 4784867/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Abel Zubizarreta" del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 129/HGAZ/2014, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, al señor Pedro Manuel Nuñez Palacios, D.N.I. 19.007.774, CUIL. 20-19007774-9, como Licenciado en Enfermería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 129/HGAZ/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 665/MMGC/14

Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E N° 3415242/2013 (DGAYDRH), y

Página Nº 107Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital Bernardino Rivadavia, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 728/HBR/2013, modificada por Disposición Nº 121/HBR/2014, designó con carácter interino a la Dra. Antonella Yanina Tersigni, D.N.I. 27.310.122, CUIL. 27-27310122-0, como Especialista en la Guardia Médica Asistente (Tocoginecología), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, cesando como Especialista en la Guardia Médica Suplente, en el citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 728/HBR/2013, modificada por Disposición Nº 121/HBR/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 666/MMGC/14

Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 212695/2014 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";

Página Nº 108Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CONSIDERANDO:

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Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital "Bernardino Rivadavia" del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 138/HBR/2014, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Laura Beatriz Mac Dougall, D.N.I. 18.029.166, CUIL. 27-18029166-6, como Técnica en Radiología, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 138/HBR/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 667/MMGC/14

Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E.N° 5962018/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Dalmacio Vélez Sarsfield"", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 6/HGAVS/HGAIP/2014, designó con carácter interino al Dr. Pablo Tomás Bracalenti, D.N.I. 28.419.920, CUIL. 20-28419920-1, legajo personal 454.821, como Profesional de Guardia Médico, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y Resolución N° 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, cesando como Profesional de Guardia Médico, suplente, en el citado Hospital;

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Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición N° 11/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 6/HGAVS/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 668/MMGC/14

Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. N° 7129263/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 385/HGNPE/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso al señor Daniel Arnaldo Chambi, D.N.I. 31.610.893, CUIL. 20-31610893-9, como Enfermero, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

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LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 385/HGNPE/2013. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 669/MMGC/14

Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 3475882/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 443/HGATA/2013, designó con carácter interino al Dr. Rodrigo Nicolás Pérez, D.N.I. 28.170.712, CUIL. 20-28170712-5, como Especialista en la Guardia Médico (Traumatología), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, cesando como Profesional de Guardia Médico, suplente, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 10/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 443/HGATA/2013.

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Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

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Disposición Ministerio de Hacienda

DISPOSICIÓN N.° 515/DGCYC/14

Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 4.722, su modificatoria Ley N° 4.870, la Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764, el Decreto Nº 95/14, la Resolución N° 1.983-MHGC-11, su modificatoria Resolución N° 1.055/MHGC/13 y el Expediente Electrónico Nº 7.620.977/MGEYA-DGCYC/14, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la venta de Bienes en Desuso en calidad de rezago conforme el Artículo 32 de la Ley Nº 4.722 y su modificatoria Ley N° 4.870; Que la Ley Nº 4.722 y su modificatoria Ley N° 4.870, establecen las normas básicas que deben observarse para los procesos de gestión de los bienes en desuso del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución N° 1.983-MHGC/11, su modificatoria Resolución N° 1.055/MHGC/13 se aprueban los procedimientos y circuitos de baja de los bienes muebles registrables en desuso; Que por Disposición Nº 455-DGCYC/14 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, se dispuso el llamado a Licitación Pública Nº 06-DGCyC/14 para el día 16 de julio de 2.014 a las 11,00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764 y Decreto Nº 95/14, y se designó a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas; Que tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas Nº 7/14 se recibió una única oferta correspondiente a la firma CHATEX S.A.; Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios; Que la Comisión Evaluadora de Ofertas se expide mediante Dictamen de fecha 17 de Julio de 2.014, por el cual, luego de verificado que la empresa oferente cumple con todos los requisitos establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones de la licitación que nos ocupa, y resultando conveniente a los intereses del GCABA la cotización oportunamente efectuada de acuerdo al monto estimado para la contratación del servicio de marras, aconsejó adjudicar la Venta de Bienes en Desuso en calidad de Rezago a favor de la firma CHATEX S.A. (Renglón N° 1) conforme los términos de los Artículos 108 y 109 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764 y Decreto Nº 95/14; Que el acta emitida en consecuencia fue notificada fehacientemente a la empresa oferente, publicada en el Boletín Oficial y en la Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 108 y 109 de la Ley 2.095 su modificatoria Ley N° 4.764 y Decreto Nº 95/14; Que vencido el plazo para formular impugnaciones no fue recibida ninguna presentación en tal sentido; Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se aprueba y adjudica el presente procedimiento. Por ello y en uso de las facultades que le son propias, EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE:

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Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nº 06-DGCyC/14 realizada por esta Dirección General de Compras y Contrataciones al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley Nº 2.095 su modificatoria Ley N° 4.764 y Decreto Nº 95/14.

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Artículo 2º.- Adjudicase a la firma CHATEX S.A. la licitación de referencia para la Venta de Bienes en Desuso en calidad de rezago conforme el Artículo 32 de la Ley Nº 4.722 y su modificatoria Ley N° 4.870 (Renglón N° 1) por la suma de Pesos Dieciocho Mil Cuatrocientos Doce ($ 18.412,00.-) a ser abonados al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos. Artículo 3º.- Emítase la respectiva Orden de Venta ajustada al proyecto obrante en el actuado. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente a la empresa oferente, de acuerdo con los términos establecidos en los Artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Butera

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Ministerio de Justicia y Seguridad

DISPOSICIÓN N.° 26/SGISSP/14

Buenos Aires, 23 de julio de 2014 VISTO: El Decreto Nº 556/10 y su modificatorio Nº 752/10, la Nota Nº 8819108/SGISSP/14, el Expediente Electrónico Nº 8853351/MGEYA/SGISSP/14, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto tramita el reconocimiento de gasto originado en el servicio de reparación en las instalaciones del Instituto Superior de Seguridad Pública, consistente en la provisión y colocación de escalera de perfilería de hierro para acceso a techo de SUM; servicio de reemplazo de cañería pluvial con boca de acceso para desagote de canaletas del SUM; servicio de demolición, retiro de ventanas, reparaciones de albañilería para cambio de ventanas de mayor tamaño; servicio de provisión y colocación de ventanales de aluminio con vidrio y mosquitero; servicio de trabajos de albañilería, limpieza final, terminación y pintura, toda vez que resultó imperioso e inaplazable contar con los servicios detallados; Que la necesidad y urgencia de la realización de dichos servicios de reparación en las instalaciones de este Instituto ha quedado expuesta en los fundamentos vertidos por el Sr. Director de Logística y Mantenimiento mediante Nota Nº 8819108/SGISSP/14; Que la aprobación del gasto que se propicia, corresponde a la contratación de servicios cuya provisión no admitió interrupción o dilación alguna, circunstancia que impidió su contratación mediante los procedimientos establecidos en la Ley Nº 2095; Que atento a ello, se requirieron tres presupuestos de distintas empresas, extremo que satisface la exigencia establecida por el inciso b) del Artículo 2 del Decreto Nº 556/10, de las cotizaciones presentadas, la efectuada por la firma Constructora Siard S.A. resultó ser las más conveniente para los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la empresa contratada se encuentra debidamente inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP), exigencia que da cumplimiento a lo dispuesto en el inciso c) del Artículo 2 del Decreto Nº 556/10 en concordancia con el Artículo 22 de la Ley Nº 2095; Que asimismo luce agregado en el Expediente Electrónico citado en el Visto la correspondiente Solicitud de Gastos Nº 42577; Que encontrándose reunidos los requisitos previstos por el Artículo 2 del Decreto Nº 556/10, corresponde dictar el pertinente Acto Administrativo, de conformidad con la facultad establecida por el Artículo 1 de la mencionada norma; Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA SECRETARIA GENERAL DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

DISPONE

Artículo 1.- Aprobar el gasto originado en el servicio de provisión y colocación de escalera de perfilería de hierro para acceso a techo de SUM; servicio de reemplazo de

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cañería pluvial con boca de acceso para desagote de canaletas del SUM; servicio de demolición, retiro de ventanas, reparaciones de albañilería para cambio de ventanas de mayor tamaño; servicio de provisión y colocación de ventanales de aluminio con vidrio y mosquitero; servicio de trabajos de albañilería, limpieza final, terminación y pintura, por parte de la firma Constructora Siard S.A (CUIT 30-71087559-2) por la suma de pesos doscientos tres mil setecientos cuarenta y uno con 72/100 ($ 203.741,72), de conformidad con lo establecido por el Artículo 1 del Decreto Nº 556/10. Artículo 2.- La presente erogación será afectada a la Partida Presupuestaria correspondiente al Ejercicio en vigor. Artículo 3.- Emitir la correspondiente Orden de Compra. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lechuga

DISPOSICIÓN N.° 27/SGISSP/14

Buenos Aires, 23 de julio de 2014 VISTO: El Decreto Nº 556/10 y su modificatorio Nº 752/10, la Nota Nº 8817723/SGISSP/14, el Expediente Electrónico Nº 8852873/MGEYA/SGISSP/14, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto tramita el reconocimiento de gasto originado en el servicio de provisión, confección y colocación de 56 cortinas sistema Roller en Black Out, trabajo de reparación en 45 cortinas, sistema de su propiedad y cambio de cadena de las mismas y trabajo de ajuste a punto y prueba de 72 cortinas para dormitorios y aulas de cadetes del Instituto Superior de Seguridad Pública; toda vez que resultó imperioso e inaplazable contar con los servicios detallados; Que la necesidad y urgencia de la realización de dichos servicios en las instalaciones de este Instituto ha quedado expuesta en los fundamentos vertidos por el Sr. Director de Logística y Mantenimiento mediante Nota Nº 8817723/SGISSP/14; Que la aprobación del gasto que se propicia, corresponde a contratación de servicios cuya provisión no admitió interrupción o dilación alguna, circunstancia que impidió su contratación mediante los procedimientos establecidos en la Ley Nº 2095; Que atento a ello se requirieron tres presupuestos de distintas empresas, extremo que satisface la exigencia establecida por el inciso b) del Artículo 2 del Decreto Nº 556/10, y de las cotizaciones realizadas, la efectuada por la firma BELLIZI JORGE LEONARDO resultó ser las más conveniente para los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la empresa contratada se encuentra debidamente inscriptas en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP), exigencia que da cumplimiento a lo dispuesto en el inciso c) del Artículo 2 del Decreto Nº 556/10 en concordancia con el Artículo 22 de la Ley Nº 2095; Que asimismo luce agregado en el Expediente Electrónico citado en el Visto la correspondiente Solicitud de Gastos Nº 42575; Que encontrándose reunidos los requisitos previstos por el Artículo 2 del Decreto Nº 556/10, corresponde dictar el presente Acto Administrativo, de conformidad con la facultad establecida por el Artículo 1 de la mencionada norma; Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

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LA SECRETARIA GENERAL DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

DISPONE Artículo 1.- Aprobar el gasto originado en el servicio de provisión, confección, colocación y reparación de cortinas en los dormitorios de cadetes y aulas del Instituto Superior de Seguridad Pública, por parte de la firma BELLIZI JORGE LEONARDO (CUIT 20-18232686-1) por la suma de pesos ciento setenta y siete mil cuatrocientos

treinta y tres con 00/100 ($ 177.433,00), de conformidad con lo establecido por el Artículo 1 del Decreto Nº 556/10. Artículo 2.- La presente erogación será afectada a la Partida Presupuestaria correspondiente al Ejercicio en vigor. Artículo 3.- Emitir la correspondiente Orden de Compra. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lechuga

DISPOSICIÓN N.º 78/DGTALMJYS/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: El Decreto N° 556/10, modificado por el Decreto Nº 752/10, el Expediente Electrónico Nº 8784432/MGEYA/DGTALMJYS/14, y CONSIDERANDO: Que por la referida actuación tramita la aprobación del gasto originado por la prestación del Servicio Mantenimiento Integral del Sistema de Climatización para el edificio sede del Ministerio de Justicia y Seguridad, sito en Av. Regimiento de los Patricios N° 1142 correspondiente al mes de Julio de 2014 efectuado por la firma "Alfredo Sampedro"; Que mediante Disposición N° 61-DGTALMJYS-11 se aprobó la Licitación Pública N° 739/13, para el Servicio que se trata y se adjudicó a favor de la firma "Alfredo Sampedro" para prestar el servicio por un plazo de 24 meses, prorrogándose dicha prestación mediante Disposición Nº 69-DGTALMJYS-13 hasta el 30 de junio de 2014; Que en consecuencia, se emitieron las Órdenes de Compra Nº 29811/11 y Nº 33826/2013; Que por Nota N° 8751165-DGTALMJYS-2014, se solicitó el trámite de pago toda vez que con fecha 30 de junio venció el plazo de prestación del Servicio de Mantenimiento en cuestión; Que, asimismo, por Expediente Electrónico Nº 8618991/MGEYA/DGTALMJYS/2014, se encuentra en trámite un nuevo proceso de Licitación Pública para la contratación del Servicio de Mantenimiento del Sistema de Climatización de marras; Que de acuerdo a lo expuesto resulta procedente la aprobación del gasto de conformidad a lo dispuesto en el Decreto N° 556/10, modificado por Decreto 752/10, que en sus artículos Nros. 1 al 6, faculta a aprobar los gastos de imprescindible necesidad; Que se encuentra agregada la Solicitud de Gastos Nº 45169/14 correspondiente al ejercicio en vigor; Que tal como exige el inciso a) del artículo Nº 2 del Decreto Nº 556/10, la contratación en cuestión reviste carácter de imprescindible y urgente, a fin de dar cumplimiento a las normativas vigentes en la materia;

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Que el servicio ha sido prestado por la firma "Alfredo Sampedro" por la suma total de pesos cincuenta y tres mil ochocientos treinta y tres con 33/100 ($ 53.833,33.-), correspondiente al mes de julio del año 2014; Que en cumplimiento de lo estipulado en el inciso c) del artículo Nº 2 del Decreto N° 556/10, se agregan las constancias extraídas del Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores; Que corresponde dictar el acto administrativo que apruebe dicho gasto, imputando la erogación en cuestión a la partida del presupuesto del ejercicio 2014. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 556/10, modificado por el Decreto Nº 752/10, LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DISPONE

Artículo 1.- Apruébase el gasto originado por la prestación del Servicio Mantenimiento Integral del Sistema de Climatización para el edificio sede del Ministerio de Justicia y Seguridad, sito en Av. Regimiento de los Patricios N° 1142, correspondiente al mes de Julio de 2014, a favor de la firma "Alfredo Sampedro." por la suma total de pesos cincuenta y tres mil ochocientos treinta y tres con 33/100 ($ 53.833,33.-), correspondiente al mes de julio del año 2014. Artículo 2.- Dicho gasto será imputado al Programa 1, Actividad 1, Inciso 3, Ppr. 3, Ppa. 3, por la suma total de pesos cincuenta y tres mil ochocientos treinta y tres 33/100 ($ 53.833,33.-), correspondiente al mes de julio del año 2014; Artículo 3.- Emítase la correspondiente Orden de Compra. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a la firma "Alfredo Sampedro", comuníquese para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda, y pase a la Gerencia Operativa OGESE del Ministerio de Justicia y Seguridad para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. Paredes

DISPOSICIÓN N.° 99/DGAI/14

Buenos Aires, 24 de julio de 2014 VISTO: El Decreto Nº 556/10, su modificatorio Decreto Nº 752/10, el E.E. Nº 8283961- MGEYA - DGAI -2014 y CONSIDERANDO: Que por la referida actuación se tramita la convalidación del gasto por el servicio alquiler de la central Telefónica, prestado en la Dirección General de Administración de Infracciones, dependiente de la Subsecretaría de Justicia, del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Carlos Pellegrini 211 1º piso, correspondiente al período julio-septiembre de 2014, a cargo de la Empresa UNIFY COMMUNICATIONS S.A., por un importe total de pesos: trece mil quinientos con 00/100, ($13.500,00); Que mientras se consolide la prestación del servicio que se tramita por la provisión de una Central Telefónica con tecnología IP, cuya gestión se formaliza por Expediente N° 2455927/2012, se hace necesaria la continuidad del servicio que actualmente se encuentra vigente. Que el Decreto Nº 752/10 en su art. 6º, faculta a aprobar los gastos relacionados con la prestación de Bienes y Servicios de carácter imprescindible necesidad cuando la operación sea de tracto sucesivo.

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Que la firma UNIFY COMMUNICATIONS S.A.., se encuentra debidamente inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, extremo que satisface la exigencia establecida por el inciso c) del art. 2° del Decreto N° 556/10 en concordancia con el art. 22 de la ley 2095. Que la actuación en cuestión cumple los requisitos exigidos por el Artículo 7º del Decreto mencionado anteriormente. Que se encuentra agregada en autos la Solicitud de Gastos N° 44785/2014, correspondiente al ejercicio en vigor. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 752/10.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DE INFRACCIONES

DISPONE: Art.1º Apruébase el gasto correspondiente al servicio de alquiler de la Central Telefónica de la Dirección General de Administración de Infracciones dependiente de la Subsecretaria de Justicia, del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Carlos Pellegrini 211 1º piso, correspondiente al periodo julio-septiembre de 2014, que brinda la firma UNIFY COMUNICATIONS S.A., por un importe total de pesos trece mil quinientos ($ 13.500,00). Art.2º Dicho gasto será imputado al Programa 23, Actividad 1, Inciso 3, Ppal 2, Ppar. 2, del presupuesto vigente.

Art.3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección de Contaduría y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para la prosecución del trámite correspondiente. Cumplido, archívese. Pirolo

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN N.º 91/DGADC/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2095, modificada por la Ley Nº 4764, los Decretos Reglamentarios Nº 95-GCBA/14 y Nº 1145-GCABA/09, y el Expediente Electrónico Nº 8.350.961/MGEYA-DGADC/2014, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública Nº 401-0543-LPU14, al amparo de lo establecido en el artículo 31, primera parte del artículo 32 y concordantes de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764, el Decreto Reglamentario Nº 95-GCBA/14 que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario Nº 1145-GCABA/09, para la "Adquisición de equipamiento médico con destino a diversos efectores dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que obran registradas las Solicitudes de Gastos debidamente valorizadas y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva, por el monto estimado de la licitación que asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA ($ 1.498.230.-) con cargo en las partidas correspondientes; Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ha sido aprobado por Disposición N° 396- DGCYC/14 por el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo N° 18, Inciso j) y Artículo N° 83 de la Ley N° 2095; Que por Disposición Nº 52-DGCG/10, se estableció como sede del Centro de Recepción de Documentación de Pagos, correspondiente a la Representación de la Dirección General de Contaduría ante el Ministerio de Salud, la oficina sita en la calle Carlos Pellegrini Nº 313, planta baja, de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud, remitió al organismo licitante la solicitud y especificaciones técnicas correspondientes al objeto de la contratación; Que se encuentran incorporados los pliegos que han de regir la contratación que se propicia; Que, a los efectos de la evaluación técnica de las ofertas a través del BAC, se ha incorporado como evaluadores en dicho Sistema, a tres (3) representantes de la Dirección General Recursos Físicos en Salud, en su carácter de área con competencia específica en la materia objeto de la contratación que nos ocupa, a tenor de lo dispuesto por Decreto N° 260-GCBA/12, limitándose a dichos aspectos su intervención en el Dictamen de Evaluación de Ofertas; Que ha tomado intervención la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 260-GCBA/12. Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 1145-GCABA/09,

LA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE

DISPONE

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Articulo 1º.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, que como Anexos, registrados en el Módulo Generador de

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Documentos Electrónicos Oficiales bajo Nros. PLIEG-2014-09135221-DGADC y PLIEG-2014-09050718-DGRFISS, forman parte integrante de la presente Disposición, y el Pliego registrado en el Portal de Compras www.buenosairescompras.gob.ar, para la contratación de la "Adquisición de equipamiento médico con destino a diversos efectores dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", por un monto estimado de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA ($ 1.498.230.-). Artículo 2º.- Llámase a Licitación Pública Nº 401-0543-LPU14, al amparo de lo establecido en el artículo 31, primera parte del artículo 32 y concordantes de la Ley Nº 2095, modificada por la Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95-GCBA/14 que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario Nº 1145-GCABA/09, en base a la documentación licitatoria aprobada por el Artículo 1º de la presente, y fíjase fecha de apertura de ofertas para el día 11 de Agosto de 2014 a las 11:00 horas. Artículo 3º.- Establécese que los Pliegos Único de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas carecen de valor comercial. Artículo 4º.- Establécese que la Dirección General Recursos Físicos en Salud tendrá a su cargo el asesoramiento técnico de las ofertas y de la contratación. Artículo 5º.- La erogación que demande la presente gestión cuenta con imputación presupuestaria en las partidas correspondientes. Artículo 6º.- Remítanse invitaciones y cúrsense las comunicaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764 y los Decretos Reglamentarios Nº 95- GCABA/14 y Nº 1145-GCABA/09, y publíquese por el plazo de un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el portaly en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en los artículos 97 y 98 de la citada normativa. Artículo 7º.- Publíquese, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones y comuníquese a la Dirección General Recursos Físicos en Salud y a los efectores destinatarios. Filippo

ANEXO

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Ministerio de Educación

DISPOSICIÓN N.º 49/DGPYCG/14

Buenos Aires, 23 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2.095 modificada por la Ley Nº 4764, el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, el Decreto Nº 1145/GCABA/09, la Resolución Nº 1.160/MHGC/2011, la Resolución Conjunta Nº 14/MHGC/MJGGC/SECLYT/11, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico Nº 4873110/MGEYA-SSGEYAR/14, y CONSIDERANDO: Que por el actuado mencionado en el Visto tramita la adquisición de extintores, cobertores plásticos y servicio de recarga, a fin de dar cumplimiento a la programación 2014, solicitada por la Gerencia Operativa de Mitigación de Riesgos dependiente de la Dirección General de Administración General; Que por Disposición Nº 119/DGCYC/11 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Cláusulas Generales para procesos de compras y contrataciones mediante BAC; Que, mediante Disposición N° 510/DGAR/2014, de fecha 21 de mayo de 2014, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se dispuso el llamado a Licitación Pública Nº 550-0348-LPU14 para el 28 de mayo de 2014 a las 14:00 horas, al amparo de lo establecido en el Articulo 31, concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley N° 2.095 modificada por la Ley 4764 y la Resolución Nº 14/MHGC-MJGGC-SECLYT/11; Que el sistema Buenos Aires Compras generó el día 28 de mayo de 2014 a las 14:00 horas el Acta de Apertura, la cual informa la recepción de las ofertas correspondientes a la firma: MATAFUEGOS DONNY SRL y FUEGOTECNIC SRL; Que la Gerencia Operativa de Mitigación de Riesgo realizo el correspondiente asesoramiento técnico; Que mediante Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 18 de junio de 2014, obrante en sistema Buenos Aires Compras, se propicia la adjudicación según asesoramiento técnico realizado por la Gerencia Operativa de Mitigación de Riesgos, mediante IF-2014-07145290- DGAR, de los renglones Nros. 1, 2 Y 3 por oferta más conveniente, a la firma "MATAFUEGOS DONNY SRL" por un importe de pesos dos millones trescientos noventa y dos mil setecientos ochenta ($ 2.392.780); Que el citado Dictamen ha sido debidamente publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad y, automáticamente, en el portal Buenos Aires Compras y notificado al pre adjudicatario y al resto de los oferentes; Que encontrándose vencido el tiempo legal sin que el presente trámite haya recibido impugnación alguna, corresponde dictar el Acto Administrativo adjudicando la adquisición que nos ocupa; Que la firma mencionada se encuentra debidamente inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que, mediante Resolución Nº 2885/MEGC/14, el Sr. Ministro de Educación ha encomendado la firma de los Actos Administrativos y despacho de la Dirección General de Administración de Recursos a la titular de la Dirección General de Planeamiento y Control de Gestión, Sra. María Molina Iturrioz, D.N.I. 30.978.117. Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095, su modificatoria y su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14,

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EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Aprobar la Licitación Pública Nº 550-0348-LPU14, al amparo de lo establecido en el Artículo 31, concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley N° 2.095 modificada por la Ley Nº 4764 y la Resolución Nº 14/MHGC-MJGGC-SECLYT/11, para la adquisición de extintores, cobertores plásticos y servicio de recarga, a fin de dar cumplimiento a la programación 2014, solicitada por la Gerencia Operativa de Mitigación de Riesgos dependiente de la Dirección General de Administración General, y adjudicar los renglones Nros. 1, 2 y 3 por oferta más conveniente a la firma MATAFUEGOS DONNY SRL (CUIT Nº 30-62702896-9), por un importe de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA ($ 2.392.780). Artículo 2.- El gasto que demanda la presente fue imputado a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 3.- Emítase la respectiva Orden de Compras a favor de la firma MATAFUEGOS DONNY SRL (CUIT Nº 30-62702896-9). Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y remítase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones la que notificará a través del portal www.buenosairescompras.gob.ar a todas las firmas intervinientes conforme a las previsiones establecidas en los artículos 60 y 61 del DNU Nº 1510/97 aprobado por Resolución Nº 41/LCABA/98 y publicará en la página Web del GCABA. Por encomienda de firma. Resolución Nº 2885/MEGC/14. Iturrioz

DISPOSICIÓN N.º 762/DGAR/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2.095 modificada por la Ley Nº 4764, el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, el Decreto Nº 1145/GCABA/09, la Resolución Nº 1.160/MHGC/2011, la Resolución Conjunta Nº 14/MHGC/MJGGC/SECLYT/11, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico Nº 3973111/MGEYA-DGTEDU/14, y CONSIDERANDO: Que por el actuado mencionado en el Visto tramita la contratación de Servicios Profesionales para el mantenimiento correctivo y evolutivo del Sistema de Clasificación Docente, para el Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitada por la Dirección General de Tecnología Educativa; Que la presente Licitación Pública puede encuadrarse dentro de los términos del Artículo 31, concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley N° 2.095 modificada por la Ley Nº 4764; Que, por intermedio del Decreto Nº 1145/GCABA/09, se aprobó la reglamentación del artículo 83 de la Ley Nº 2095, implementándose el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno, denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Que, por intermedio de la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, se estableció que a partir del 1 de Agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC);

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Que por Disposición Nº 396/DGCYC/14 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones mediante BAC; Que la Gerencia de Compras y Contrataciones elaboró los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares para el llamado a Licitación Pública; Que la Dirección General de Tecnología Educativa elaboró los Pliegos de Especificaciones Técnicas; Que se efectuaron las imputaciones presupuestarias en las partidas respectivas. Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095, su modificatoria y el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2014-08947189-DGAR) y de Especificaciones Técnicas (IF-2014-6373772-DGTEDU) que regirán en la presente licitación.

Artículo 2.- Llamar a Licitación Pública Nº 550-0600-LPU14 para el día 07 de agosto de 2014 a las 12:00hs al amparo de lo establecido en el Articulo 31, concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley N° 2.095 modificada por la Ley Nº 4764 y la Resolución Nº 14/MHGC-MJGGC-SECLYT/11, por intermedio del Sistema de compras electrónicas BAC, para la contratación de Servicios Profesionales para el mantenimiento correctivo y evolutivo del Sistema de Clasificación Docente, para el Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitada por Dirección General de Tecnología Educativa, por un monto estimado de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL ($ 3.969.000). Artículo 3.- El gasto que demande la presente fue imputado en las partidas respectivas. Artículo 4.- Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en los Artículos 97 y 98 y concordantes de la Ley N° 2.095 modificada por la Ley 4764 y publíquese por un día el llamado en el Boletín oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página Web, www.buenosairescompra.gov.ar Artículo 5.- Pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Riobó

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Agencia de Sistemas de Información

DISPOSICIÓN N.º 7/DGGOBE/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: El Decreto Nº 67/GCABA/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, la Resolución Conjunta N° 10/MHGC/MJGGC/SECLYT/2013, la Disposición N° 181/DGCG/10, Disposición N° 9/DGCG/10, la Disposición Nº 183/DGCG/13, el Expediente Electrónico N° 00529911-MGEYA-ASINF-2014, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto Nº 67/GCABA/10 se aprobó el "Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 16 del Anexo I del Decreto Nº 67/GCABA/10 corresponde al titular de la Unidad de Organización receptora de los fondos aprobar los gastos mediante acto administrativo, siendo responsable de la oportunidad, mérito y conveniencia de dichas erogaciones; Que por intermedio de la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la reglamentación de citado Decreto; Que mediante Disposición N° 9/DGCG/10 se estableció el procedimiento para la asignación en concepto de Caja Chica, Caja Chica Especial y Fondos; Que asimismo mediante Disposición N° 183/DGCG/13 se modifico los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, X y XI de la Disposición N° 9-DGCG-10; Que en este sentido, el punto 1 del Anexo III de la Disposición Nº 183/DGCG/13, reglamentaria del Decreto 67/GCABA/10, establece que en dichos actos administrativos se deberán aprobar como anexo las planillas 2 y 3 del Anexo V de la misma; Que también, el artículo 1º de la Disposición Nº 181/DGCG/10 establece que "Las rendiciones de Fondos regulados por el Decreto 67/GCABA/10 que efectúen las reparticiones del Ministerio de Hacienda y los Organismos Descentralizados que le dependan y que gestionen por el SIGAF, deberán acompañar a partir del 1° de octubre de 2010 a las mismas, las constancias del registro en el Módulo de Bienes del SIGAF del alta patrimonial de los bienes adquiridos con los fondos que se rinden"; Que por Resolución conjunta Nº 10/MHGC/MJGGC/SECLYT/2013 se estableció el procedimiento de Solicitud, Rendición y Reposición de Caja Chica Común el cual deberá tramitar por Expediente Electrónico, conforme lo establecido en el Decreto Nº 196/11, utilizando el Módulo "EE" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos - SADE; Que bajo Orden N° 82 luce el Anexo Firma Conjunta N° 09075643-DGGOBE-2.014 mediante el cual el suscripto y el Sr. Julián Rodríguez Orihuela, Gerente Operativo Creatividad y Usabilidad suscribieron el Resumen de Comprobantes por Imputación correspondientes a la Caja Chica Común N° 3 de esta Dirección General Gobierno Electrónico de la Agencia de Sistemas de Información; Que asimismo, bajo Orden N° 84 obra el Anexo Firma Conjunta N° 09075665-DGGOBE-2.014 mediante el cual el suscripto y el Sr. Julián Rodríguez Orihuela, Gerente Operativo Creatividad y Usabilidad suscribieron el Resumen de

Comprobantes por Fecha correspondientes a la Caja Chica Común N° 3 de esta Dirección General Gobierno Electrónico de la Agencia de Sistemas de Información; Que bajo Orden N° 83 obran los Comprobantes correspondientes a la Caja Chica Común N° 3/2014 de la Dirección General de Gobierno Electrónico de la Agencia de Sistemas de Información registrado en SADE como IF-2014-09075596-DGGOBE; Que, todos los gastos se realizaron dentro de las actividades inherentes a esta Agencia de Sistemas de Información;

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Que parte de los bienes adquiridos con los fondos que se rinden en la presente resultan inventariables; Que de acuerdo con la normativa vigente, corresponde el archivo de la rendición en la Contaduría General (sin intervención del Departamento Responsables); Que por ello resulta necesario aprobar los gastos efectuados en la Caja Chica Común Nº 3/2014 de esta Dirección General de Gobierno Electrónico de la Agencia de Sistemas de Información por un importe de pesos catorce mil seiscientos ochenta y cinco con 41/100 ($ 14.685,41.-), y las planillas anexas en función de lo establecido en el punto 1 del Anexo III de la Disposición Nº 183/DGCG/13. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 16 del Decreto Nº 67/GCABA/10 y el punto Nº 1 de la Disposición Nº 183/DGCG/13,

EL DIRECTOR GENERAL GOBIERNO ELECTRONICO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE Artículo 1°.- Apruébanse los gastos efectuados oportunamente por la Caja Chica Común Nº 3 de la Dirección General Gobierno Electrónico de la Agencia de Sistemas de Información por un importe de pesos catorce mil seiscientos ochenta y cinco con 41/100 ($ 14.685,41.-), y las planillas anexas a dicha rendición de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 67-10, la Resolución N° 51/MHGC/10 y la Disposición Nº 183/DGCG/13 registradas en SADE bajo Anexo Firma Conjunta Nº IF-09075643- DGGOBE-2.014 y el Anexo Firma Conjunta Nº IF-09075665-DGGOBE-2.014. Artículo 2°.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Dirección General Contaduría del Ministerio de Hacienda para la prosecución de su trámite. Abadie

DISPOSICIÓN N.º 284/DGTALINF/14

Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095/06, su modificatoria Ley Nº 4.764/13, el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, la Resolución Nro. 16/ASINF/10, la Disposición Nº 263/DGTALINF/2.014, Expediente Electrónico Nº 8460216-MGEYA-ASINF-2.014, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramita la "Provisión de 160 cintas IBM 3592 Extender Data TypeJB de 1600 GB con etiquetas para código de barras con inicio de secuencia en B00120 a B00280", para la Dirección General de Infraestructura de Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través de la Nota N° 06349317-DGIASINF-2.014 obrante bajo el número de Orden 3, el Director General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información, solicitó que se proceda a gestionar la contratación mencionada ut-supra; Que en este sentido informó que el presupuesto estimado para la presente contratación es de PESOS QUINIENTOS TRES MIL 00/100 ($ 503.000,00.-);

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Que por Disposición Nº 263/DGTALINF/14 (Orden Nº 8) se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y se llamó a Contratación Menor Nº 6475/SIGAF/2.014, bajo el amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2.095/06, su modificatorio Ley Nº 4.764/13 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, para el día 22 de julio las 12:00 horas cursándose las correspondientes invitaciones a las empresas: DRUIDICS, SONDA DE ARGENTINA S.A Y JAROS S.R.L (Orden Nº 12); Que bajo Orden Nº 16 luce el Acta de Apertura Nº 39/2014 del cual surge la oferta presentada por la firma: SONDA ARGENTINA S.A (Orden Nº 14); Que en este sentido por Informe Nº 08921137-ASINF-2014 obrante bajo Orden Nº 17 la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales realizó el análisis de los aspectos formales de la oferta presentada e informó que la misma no contienen causales de rechazo; Que al respecto bajo Orden Nº 21 obra el Examen Preliminar de los Aspectos Formales, registrado en SADE como IF-2014-09060356-ASINF; Que bajo Orden Nº 25 luce Informe Técnico registrado en SADE como IF-2014-09116829-DGIASINF mediante el cual el Director General de Infraestructura de esta Agencia de Sistemas de Información, informó que la oferta presentada por la firma SONDA ARGENTINA S.A., cumple técnicamente; Que en virtud de ello, mediante Informe 09239754-ASINF-2014 obrante bajo Orden Nº 31, el Gerente Operativo de Compras y Contrataciones de esta Agencia de Sistemas de Información informó que resulta adjudicable la oferta de la firma SONDA ARGENTINA S.A. por ser económica y técnicamente más conveniente para la administración; Que en virtud de ello la erogación total del presente gasto asciende a la suma total de pesos cuatrocientos noventa y nueve mil doscientos con 00/100 ($ 499.200.00);

Que conforme obra bajo Orden Nº 15, la firma SONDA ARGENTINA S.A., se encuentra debidamente inscripta en el Registro Único y Permanente de Proveedores; Que asimismo obra la Solicitud de Gastos Nº 43913/SIGAF/2.014 (Orden Nº 5) en la cual se imputaron los fondos en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) a los efectos de hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al Ejercicio 2014; Que en este sentido bajo Orden Nº 28, obra el correspondiente Registro de Compromiso Definitivo Nro. 359038/2.014; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información ha tomado la debida intervención; Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la Contratación Menor Nº 6475/SIGAF/2.014 y adjudique a la firma SONDA ARGENTINA S.A. el Renglón N° 1 por un importe de total de pesos cuatrocientos noventa y nueve mil doscientos con 00/100 ($ 499.200.00-), para la "Provisión de 160 cintas IBM 3592 Extender Data TypeJB de 1600 GB con etiquetas para código de barras con inicio de secuencia en B00120 a B00280", para la Dirección General de Infraestructura de Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Menor Nº 6475/SIGAF/2.014, realizada al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2.095/06, su modificatorio Ley Nº 4.764/13 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 para la "Provisión de 160 cintas IBM 3592 Extender Data TypeJB de 1600 GB con etiquetas para código de barras con inicio de secuencia en B00120 a B00280", para la Dirección General de Infraestructura de Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Artículo 2°.- Adjudícase el Renglón Nº 1 por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS 00/100 ($ 499.200.00.-), a la firma SONDA ARGENTINA S.A. Artículo 3°.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a las partidas correspondientes al presupuesto del Ejercicio 2.014. Artículo 4º.- Autorizase a emitir la Orden de Compra correspondiente. Artículo 5º.- Publíquese en la página WEB del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 6º.- Notifíquese fehacientemente a las empresas oferentes de conformidad con los artículos 60 y 61 del Decreto 1510/GCABA/1997. Artículo 7º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase en prosecución de su trámite a la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de la Agencia de Sistemas de Información. Cumplido, archívese. Dacharry

DISPOSICIÓN N.º 285/DGTALINF/14

Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095/06, su modificatoria Ley Nº 4.764/13, el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, la Resolución Nro. 16/ASINF/10, la Disposición Nº 244/DGTALINF/2.014, Expediente Electrónico Nº 08141351-MGEYA-ASINF-2.014, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramita la "Adquisición de Led Smart T.V. para monitorear el VM/Z Linux Enterprise (Omegamon)", para la Dirección General de Infraestructura de Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través de la Nota N° 07396533-DGIASINF-2.014 obrante bajo el número de Orden 3, el Director General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información, solicitó que se proceda a gestionar la contratación mencionada ut-supra; Que en este sentido informó que el presupuesto estimado para la presente contratación es de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 00/100 ($ 11.488,00.-); Que por Disposición Nº 244/DGTALINF/14 (Orden Nº 8) se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y se llamó a Contratación Menor Nº 6190/SIGAF/2.014, bajo el amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2.095/06, su modificatorio Ley Nº 4.764/13 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, para el día 14 de julio de 2014 a las 11:00 hs. cursándose las correspondientes invitaciones a las empresas: MOGHAMES JUAN MANUEL, ICAP S.A., COMPAÑÍA DIGITAL MEDIA S.R.L., AVANTECNO S.A. y SOLUCIONES CIDICOM (Orden Nº 12); Que bajo Orden Nº 18 luce el Acta de Apertura Nº 35/2014 del cual surgen las ofertas presentadas por las firmas: ICAP S.A., COMPAÑÍA DIGITAL MEDIA S.R.L.y MOGHAMES JUAN MANUEL (Orden Nº 14, 15 y 16); Que en este sentido por Informe Nº 08610691-ASINF-2014 obrante bajo Orden Nº 19 la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales realizó el análisis de los aspectos formales de las ofertas presentadas e informó que las mismas no contienen causales de rechazo; Que al respecto bajo Orden Nº 21 obra el Examen Preliminar de los Aspectos Formales, registrado en SADE como IF-2014-08696802-ASINF;

Página Nº 128Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que bajo Orden Nº 24, luce Informe Técnico registrado en SADE como IF-2014-08939381-DGIASINF mediante el cual el Director General de Infraestructura de esta Agencia de Sistemas de Información, informó que la oferta presentada por la firmas ICAP S.A., cumple técnicamente; la oferta presentada por la firma COMPAÑÍA DIGITAL MEDIA S.R.L., cumple técnicamente y la oferta presentada por la firma MOGHAMES JUAN MANUEL, no cumple técnicamente (el equipo no posee Wi Fi incorporado, utiliza un dispositivo externo Dongle USB Wi Fi); Que en virtud de ello, mediante Informe Nº 09242733-ASINF-2014, el Gerente Operativo de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de esta Agencia de

Sistemas de Información informó que resulta adjudicable la oferta de la firma ICAP S.A por ser económica y técnicamente más conveniente para la administración. (IF-2014-08939381-DGIASINF); Que asimismo manifestó que la erogación total del presente gasto asciende a la suma total de pesos dieciocho mil quinientos sesenta y ocho con 66/100 ($ 18.568,66); Que conforme obra bajo Orden Nº 17, la firma ICAP S.A., se encuentra debidamente inscripta en el Registro Único y Permanente de Proveedores; Que asimismo obra la Solicitud de Gastos Nº 42.952/SIGAF/2.014 (Orden Nº 5) en la cual se imputaron los fondos en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) a los efectos de hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al Ejercicio 2014; Que en este sentido bajo Orden Nº 27, obra el correspondiente Registro de Compromiso Definitivo Nro. 358.324/2.014; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información ha tomado la debida intervención; Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la Contratación Menor Nº 6190/SIGAF/2.014 y adjudique a las firmas ICAP S.A. el Renglón N° 1 por un importe de total de pesos dieciocho mil quinientos sesenta y ocho con 66/100 ($ 18.568,66-), para la "Adquisición de Led Smart T.V. para monitorear el VM/Z Linux Enterprise (Omegamon)", para la Dirección General de Infraestructura de Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Menor Nº 6190/SIGAF/2.014, realizada al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2.095/06, su modificatorio Ley Nº 4.764/13 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 para la "Adquisición de Led Smart T.V. para monitorear el VM/Z Linux Enterprise (Omegamon)", para la Dirección General de Infraestructura de Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2°.- Adjudícase el Renglón Nº 1 por la suma total de PESOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO con 66/100 ($ 18.568,66.-), a la firma ICAP S.A. Artículo 3°.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a las partidas correspondientes al presupuesto del Ejercicio 2.014. Artículo 4º.- Autorizase a emitir la Orden de Compra correspondiente. Artículo 5º.- Publíquese en la página WEB del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 6º.- Notifíquese fehacientemente a las empresas oferentes de conformidad con los artículos 60 y 61 del Decreto 1510/GCABA/1997. Artículo 7º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase en prosecución de su trámite a la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de la Agencia de Sistemas de Información. Cumplido, archívese. Dacharry

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DISPOSICIÓN N.º 286/DGTALINF/14

Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095/06, su modificatoria Ley Nº 4.764/13, el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, la Resolución Nro. 16/ASINF/10, la Disposición Nº 245/DGTALINF/2.014, Expediente Electrónico Nº 8108235 -MGEYA-ASINF-2.014, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramita la "Provisión de un Servicio de Mantenimiento y Soporte para la Plataforma de Correo Electrónico (ALERCE/YATAY) del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por el término de 12 (doce) meses"; Que a través de la Nota N° 03771251-DGIASINF-2.014 obrante bajo el número de Orden 2, el Director General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información, solicitó que se proceda a gestionar la contratación mencionada ut-supra; Que en este sentido informó que el presupuesto estimado para la presente contratación es de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ 368.000,00); Que por Disposición Nº 245/DGTALINF/14 (Orden Nº 8) se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y se llamó a Contratación Menor Nº 6240/SIGAF/2.014, bajo el amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2.095/06, su modificatorio Ley Nº 4.764/13 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, para el día 6 de julio de 2014 a las 11:00 hs. cursándose las correspondientes invitaciones a las empresas: PERT CONSULTORES SRL y LAINCO SOFTWARE S.A (Orden Nº 12); Que bajo Orden Nº 15 luce el Acta de Apertura Nº 36/2014 del cual surgen las ofertas presentadas por las firmas: PERT CONSULTORES SRL y LAINCO SOFTWARE S.A (Orden Nº 13 y 14); Que en este sentido por Informe Nº 08694954-ASINF-2014 obrante bajo Orden Nº 18 la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales realizó el análisis de los aspectos formales de las ofertas presentadas e informó que las mismas no contienen causales de rechazo; Que al respecto bajo Orden Nº 21 obra el Examen Preliminar de los Aspectos Formales, registrado en SADE como IF-2014-08737524-ASINF; Que bajo Orden Nº 25, luce Informe Técnico registrado en SADE como IF-2014-08939412-DGIASINF mediante el cual el Director General de Infraestructura de esta Agencia de Sistemas de Información, informó que las ofertas presentadas por las firmas PERT CONSULTORES SRL y LAINCO SOFTWARE S.A, cumplen técnicamente con lo especificado en el Pliego; Que en virtud de ello, mediante Informe Nº 09239868-ASINF-2014 obrante bajo Orden Nº 39, la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Agencia de Sistemas de Información informó que de las cotizaciones presentadas resulta adjudicable la oferta de la firma PERT CONSULTORES SRL por ser económica y técnicamente más conveniente para la administración; Que asimismo manifestó que la erogación total del presente gasto asciende a la suma

total de pesos trescientos ochenta y seis mil cuatrocientos con 00/100 ($ 386.400,00); Que conforme obra bajo Orden Nº 16, la firma PERT CONSULTORES SRL, se encuentra debidamente inscripta en el Registro Único y Permanente de Proveedores; Que asimismo obra la Solicitud de Gastos Nº 43043/SIGAF/2.014 (Orden Nº 5) en la cual se imputaron los fondos en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) a los efectos de hacer frente a la erogación en cuestión con cargo a los Ejercicios 2014 y 2015;

Página Nº 130Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que en este sentido bajo Orden Nº 28, obra el correspondiente Registro de Compromiso Definitivo Nro. 355389/2.014; Que la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuestaria ha tomado la debida intervención; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información ha tomado la debida intervención; Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la Contratación Menor Nº 6240/SIGAF/2.014 y adjudique a la firma PERT CONSULTORES SRL. el Renglón N° 1, para la "Provisión de un Servicio de Mantenimiento y Soporte para la Plataforma de Correo Electrónico (ALERCE/YATAY) del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por el término de 12 (doce) meses". Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Menor Nº 6240/SIGAF/2.014, realizada al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2.095/06, su modificatorio Ley Nº 4.764/13 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 para la "Provisión de un Servicio de Mantenimiento y Soporte para la Plataforma de Correo Electrónico (ALERCE/YATAY) del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por el término de 12 (doce) meses". Artículo 2°.- Adjudícase el Renglón Nº 1 por la suma total de pesos trescientos ochenta y seis mil cuatrocientos con 00/100 ($ 386.400,00), a la firma PERT CONSULTORES SRL. Artículo 3°.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a las partidas correspondientes al presupuesto de los Ejercicios 2014 y 2015. Artículo 4º.- Autorizase a emitir la Orden de Compra correspondiente. Artículo 5º.- Publíquese en la página WEB del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 6º.- Notifíquese fehacientemente a las empresas oferentes de conformidad con los artículos 60 y 61 del Decreto 1510/GCABA/1997. Artículo 7º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase en prosecución de su trámite a la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de la Agencia de Sistemas de Información. Cumplido, archívese. Dacharry

Página Nº 131Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 139/HGNPE/14

Buenos Aires, 14 de mayo de 2014

VISTO: el Expediente Electrónico Nº 3684257/HGNPE/2014 , la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), Ley 4764 Decreto Reglamentario N° 95/14 y ; CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de TRADUSTOR DE PRESIÓN INVASIVA para el servicio de CIRUGIA CARDIOVASCULAR. Que obra la Solicitud de Gasto Nº 23478/SIGAF/2014 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2014; Que, mediante Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas se dispuso el llamado a Contratación Menor Nº 2727/2014 para el día 21 de abril de 2014 a las 10:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 23/2014 se recibieron 2 ofertas de las siguientes firmas: UNIC S.R.L. Y DCD PRODUCTS S.R.L.. Que se cumplimentó el cuadro comparativo de precios y por el que se preadjudicó a favor de las siguientes firmas: DCD PRODUCTS S.R.L. (Renglón: 1); siendo "Oferta más conveniente" ; en un todo de acuerdo al asesoramiento técnico oportunamente brindado; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto N° 95/14, reglamentario del Artículo 13 de la Ley Nº 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), modificada por Ley 4764, y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto 392/10;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO

DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Artículo 1°.- Apruébase la Contratación Menor Nº 2727/2014 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 y adjudícase la adquisición de TRADUSTOR DE PRESIÓN INVASIVA para el servicio de CIRUGIA CARDIOVASCULAR; a la siguiente empresa: DCD PRODUCTS S.R.L. (Renglón: 1) por un importe total de pesos, veintiseis mil ochocientos cuarenta ($ 26.840,00), ascendiendo la suma total de la Contratación Menor a un monto total de pesos: veintiseis mil ochocientos cuarenta ($ 26.840,00); , según el siguiente detalle: Renglón 1: cant 11 u- unitario $ 2440,00 - total $ 26.840.00 DCD S.R.L. Artículo 2º.-Dicho gasto se imputara a la correspondiente partida del presupuesto en vigor. Artículo 3º.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la División Compras Contrataciones de este establecimiento, por el termino de un (1) día. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

a las empresas oferentes. Artículo 5º - Autorízase a emitir la respectiva Orden de Compra cuyo Proyecto obra en los presentes actuados. Artículo 6º- Remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Garrote

Página Nº 132Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 200/HGNPE/14

Buenos Aires, 19 de junio de 2014 VISTO: el Expediente Electrónico Nro. 5344392/HGNPE/2014 , la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), Ley 4764, Decreto Reglamentario Nº 95/2014 y; CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de Nutrición Parenteral, para el servicio de NEONATOLOGIA; Que obra la Solicitud de Gasto Nº 32515/SIGAF/2014 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2014; Que, mediante Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas se dispuso el llamado a Contratación Menor Nº 4471/2014 para el día 29 de Mayo de 2014 a las 11:30 HS., al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 69/2014 se recibieron ofertas de las siguientes firmas: FRESENIUS KABI S.A. Que se cumplimentó el cuadro comparativo de precios y por el que se preadjudicó a favor de la siguiente firma: FRESENIUS KABI S.A. (Renglón 1) Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto N° 95/14, reglamentario del Artículo 13 de la Ley Nº 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), modificada por Ley 4764, y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto 392/10;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO

DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Artículo 1°.- Apruébase la Contratación Menor Nº 4471/2014 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 y adjudícase la adquisición de NUTRICION PARENTERAL para el servicio de NEONATOLOGIA; a las siguiente empresa: FRESENIUS KABI S.A.(Renglón:1) por un importe total de pesos: ($ 10.626) DIEZ MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS, ascendiendo la suma total de la Contratación Menor a un monto total de pesos: ($ 10.626) DIEZ MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS; según el siguiente detalle: Renglón 1: CANT. 15 U.- unitario $ 708,40- total $ 10.626,00; FRESENIUS KABI S.A. Artículo 2º.-Dicho gasto se imputara a la correspondiente partida del presupuesto en vigor. Artículo 3º.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la División Compras Contrataciones de este establecimiento, por el termino de un (1) día. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a las empresas oferentes. Artículo 5º - Autorízase a emitir la respectiva Orden de Compra cuyo Proyecto obra en

los presentes actuados. Artículo 6º- Remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Garrote

Página Nº 133Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 223/HGNPE/14

Buenos Aires, 4 de julio de 2014 VISTO: el Expediente Electrónico Nro. 7232715/HGNPE/2014, la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), Ley 4764, Decreto Reglamentario Nº 95/2014 y; CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de Determinaciones, para el servicio de Laboratorio Central; Que obra la Solicitud de Gastos Nº 39531/SIGAF/2014 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2014; Que, mediante Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas se dispuso el llamado a Contratación Menor Nº 5668/2014 para el día 27 de junio del 2014 a las 10:30 HS., al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 113/2014 se recibió 1 oferta de la siguiente firma: SIPLA SA. Que se cumplimentó el cuadro comparativo de precios y por el que se preadjudicó a favor de la siguiente firma: SIPLA S.A. (Renglón: 1); siendo" Única Oferta" ; en un todo de acuerdo al asesoramiento técnico oportunamente brindado; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto N° 95/14, reglamentario del Artículo 13 de la Ley Nº 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), modificada por Ley 4764, y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto 392/10;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO

DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Artículo 1°.- Apruébese la Contratación Menor Nº 5668/2014 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 y adjudicarse la adquisición de determinaciones para el servicio de Laboratorio Central; a la siguiente empresa: SIPLA S.A.(Renglón: 1, 2 Y 3) por un importe total de pesos: sesenta mil quinientos treinta y cinco ($60. 535,00); ascendiendo la suma total de la Contratación Menor a un monto total de pesos: sesenta mil quinientos treinta y cinco ($60.535,00); según el siguiente detalle: Renglón 1: CANT. 1500 Unid.- precio unit. $11.95 - total $ 17.925,00 SIPLA S.A. Renglón 2: CANT. 1300 Unid.- precio unit. $5,95 - total $ 7.735,00 SIPLA S.A. Renglón 3: CANT. 2500 Unid.- precio unit. $13.95 - total $ 34.875,00 SIPLA S.A. Artículo 2º.-Dicho gasto se imputara a la correspondiente partida del presupuesto en vigor. Artículo 3º.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la División Compras Contrataciones de este establecimiento, por el termino de un (1) día.

Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a las empresas oferentes. Artículo 5º - Autorizase a emitir la respectiva Orden de Compra cuyo Proyecto obra en los presentes actuados. Artículo 6º- Remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Garrote

Página Nº 134Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 246/HGNPE/14

Buenos Aires, 16 de julio de 2014 VISTO: el Expediente Electrónico Nº 7292756/HGNPE/2014 , la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), Ley 4764, Decreto Reglamentario Nº 95/2014 y; CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de vávula para hidrocefalia , con destino al Servicio de Neurocirugía ; Que obra la Solicitud de Gasto Nº 39731/SIGAF/2014 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2014; Que, mediante Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas se dispuso el llamado a Contratación Menor Nº 6049/2014 para el día 04 de julio a las 11:00 hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 119/2014 se recibieron 3 ofertas de las firmas : Corpomédica S.A; MTG Group SRL; Promedón S:A. ; Que se cumplimentó el cuadro comparativo de precios y por el que se preadjudicó a favor de la siguiente firma: Corpomédica SA (Renglón 1 ); Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto N° 95/14, reglamentario del Artículo 13 de la Ley Nº 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), modificada por ley 4764, y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto 392/10;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO

DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Artículo 1°.- Apruébase la Contratación Menor Nº 6049/2014 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 y adjudícase la adquisición de vávula para hidrocefalia , de Neurocirugía ;a la firma: Corpomédica (Renglón 1 ); por un importe total de pesos: veintitres mil noventa y cinco ($ 23095,00), ascendiendo el total de la contratación a un importe total de pesos: veintitrés mil noventa y cinco ($ 23.095,00), según el siguiente detalle: Renglón 1: cant 1 u - unitario $ 23095.00 - total $ 23095.00 Corpomédica S:A Artículo 2º.-Dicho gasto se imputara a la correspondiente partida del presupuesto en vigor. Artículo 3º.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la División Compras Contrataciones de este establecimiento, por el termino de un (1) día. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a las empresas oferentes. Artículo 5º - Autorízase a emitir la respectiva Orden de Compra cuyo Proyecto obra en los presentes actuados. Artículo 6º- Remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y

Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Garrote

Página Nº 135Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 250/HGNPE/14

Buenos Aires, 17 de julio de 2014 VISTO: el Expediente Electrónico Nro. 6396506/HGNPE/2014, la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), Ley 4764, Decreto Reglamentario Nº 95/2014 y; CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de Reactivos, para el servicio de Laboratorio Central - Microbiología; Que obra la Solicitud de Gastos Nº 36003/SIGAF/2014 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2014; Que, mediante Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas se dispuso el llamado a Contratación Menor Nº 5303/2014 para el día 24 de junio de 2014 a las 10:00 HS., al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 143/2014 se recibió 1 oferta de la siguiente firma : Becton Dickinson Argentina SRL Que se cumplimentó el cuadro comparativo de precios y por el que se preadjudicó a favor de la siguientes firma: Becton Dickinson Argentina SRL (Renglones: 1,2 y 3); Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto N° 95/14, reglamentario del Artículo 13 de la Ley Nº 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), modificada por Ley 4764, y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto 392/10;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO

DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Artículo 1°.- Apruébese la Contratación Menor Nº 5303/2014 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 y adjudicase la adquisición de reactivos, para el servicio de Laboratorio Central - Microbiología; a la siguiente empresa: Becton Dickinson Argentina SRL (Renglones: 1,2 y 3); por un importe total de pesos: setenta mil cuatrocientos noventa y tres con 00/100 ($ 70.493,00), ascendiendo la suma total de la Contratación Menor a un monto total de pesos: setenta mil cuatrocientos noventa y tres con 00/100 ($ 70.493,00); según el siguiente detalle: Renglón 1: Cant. 4 U.- unitario $ 8.787,00 - total $ 35.148,00 Becton Dickinson Argentina SRL Renglón 2: Cant. 5 U.- unitario $ 5.753,00 - total $ 28.765,00 Becton Dickinson Argentina SRL Renglón 3: Cant. 2 U.- unitario $ 3.290,00 - total $ 6.580,00 Becton Dickinson Argentina SRL Artículo 2º.- Reduzcanse cantidades en los siguientes renglones: Renglón 1, de 5 eq.

a 4 eq., y Renglón 2, de 6 eq. a 5 eq., por ajuste presupuestario. Artículo 3º.-Dicho gasto se imputara a la correspondiente partida del presupuesto en vigor. Artículo 4º.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la División Compras Contrataciones de este establecimiento, por el termino de un (1) día. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a las empresas oferentes. Artículo 6º - Autorizase a emitir las respectivas Ordenes de Compra cuyos Proyectos obran en los presentes actuados.

Página Nº 136Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Artículo 7º- Remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Garrote

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 252/HGNPE/14

Buenos Aires, 17 de julio de 2014 VISTO: el Expediente Electrónico Nro. 7974576/HGNPE/2014 , la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), Ley 4764, Reglamentario Decreto Nº 95/2014 y; CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la adquisición de Peladora de papas, para el servicio de Alimentación; Que obra la Solicitud de Gastos Nº 42153/SIGAF/2014 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2014; Que, mediante Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas se dispuso el llamado a Contratación Menor Nº 6432/2014 para el día 16 de Julio de 2014 a las 09:30 HS., al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 139/2014 se recibieron ofertas de las siguientes firmas: Josiam S.R.L. Que se cumplimentó el cuadro comparativo de precios y por el que se preadjudicó a favor de la siguiente firma: Josiam S.R.L. (Renglón 1). Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto N° 95/14, reglamentario del Artículo 13 de la Ley Nº 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), modificada por ley 4764, y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto 392/10;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO

DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Artículo 1°.- Apruébase la Contratación Menor Nº 6432/2014 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 y adjudícase la adquisición de Peladora de papas para el servicio de Alimentación; a la siguiente empresa: Josiam S.R.L. (Renglón:1) por un importe total de pesos: ($ 18.783,00) Dieciocho mil setecientos ochenta y tres con 00/100; ascendiendo la suma total de la Contratación Menor a un monto total de pesos: ($ 18.783,00) Dieciocho mil setecientos ochenta y tres con 00/100; según el siguiente detalle: Renglón 1: CANT. 1 U- unitario $ 18.783,00- total $ 18.783,00; Josiam S.R.L. Artículo 2º.-Dicho gasto se imputará a la correspondiente partida del presupuesto en vigor. Artículo 3º.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la División Compras Contrataciones de este establecimiento, por el termino de un (1) día. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a las empresas oferentes. Artículo 5º - Autorízase a emitir la respectiva Orden de Compra cuyo Proyecto obra en

los presentes actuados. Artículo 6º- Remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y Contrataciones de este establecimiento. Fakih - Garrote

Página Nº 137Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 253/HGNPE/14

Buenos Aires, 17 de julio de 2014 VISTO: el Expediente Electrónico Nro 7974753 /HGNPE/2014 , la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2.006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/14 y ; CONSIDERANDO: Que mediante el presente actuado tramita la Adquisición de Alimentación Parenteral para el Servicio de Neonatologia; Que obra la Solicitud de Gastos Nº 42154/SIGAF/2014 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2014; Que, mediante Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas se dispuso el llamado a Contratación Menor Nº 6347/2014 para el día 16 de Julio de 2014 a las 10:30 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 142/2014 se recibio 1 oferta de la siguiente firma : FRESENIUS KABI S.A. Que se cumplimentó el Cuadro Comparativo de Precios y por el que se preadjudicó a favor de la siguiente firma FRESENIUS KABI S.A ( renglón 1), " Única Oferta"; en un todo de acuerdo al asesoramiento técnico oportunamente brindado; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto N° 95/14, reglamentario del Artículo 13 de la Ley Nº 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), modificada por Ley 4764 y lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto 392/10;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO

DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN

Artículo 1°.- Apruébase la Contratación Menor Nº 6437/2014 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2.095 y adjudícase la Adquisición de nutrición parenteral para el Servicio de Neonatologia a la siguiente empresa: FRESENIUS KABI S.A ( renglones 1) por un monto de pesos: Veintiún mil doscientos cincuenta y dos ($ 21252) ascendiendo la suma total de la Contratación Menor a un monto total de pesos: Veintiún mil doscientos cincuenta y dos ($ 21252) según el siguiente detalle: Renglón 1:cant 30 Bolsas- Pr. unit $ 708.40 - total $ 21252 FRESENIUS KABI S.A. Artículo 2º.-Dicho gasto se imputara a la correspondiente Partida del Presupuesto en vigor. Artículo 3º.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la División Compras Contrataciones de este establecimiento, por el termino de un (1) día. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a las empresas oferentes.

Artículo 5º - Autorízase a emitir la respectiva Orden de Compra cuyo Proyecto obra en los presentes actuados. Artículo 6º- Remítase en prosecución de su tramite a la División Compras y Contrataciones de esteestablecimiento Fakih - Garrote

Página Nº 138Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Agencia Gubernamental de Control

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 84/DGFYC/14

Buenos Aires, 8 de julio de 2014 VISTO el Expediente Nº 540934/12, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCABA-05 (B.O.C.B.A. Nº 2126) ratificado por Resolución Nº 103-LCABA/2006 (B.O.C.B.A. Nº 2463) y Nº 2-GCBA-05 (B.O.C.B.A.Nº 2136) ratificado por Resolución Nº 104-LCABA/06 (B.O.C.B.A. Nº 2463), la Resolución N° 02-SSCC/2005 (B.O.C.B.A. Nº 2136), Resolución Nº 11-SSCC/2005 (B.O.C.B.A 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (B.O.C.B.A 2209), la Resolución Nº 68-SSE-SSCC/2006 (B.O.C.B.A. Nº 2521), la Resolución Nº 12-SSCC-2006 (B.O.C.B.A Nº 2370), y la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/07 y; CONSIDERANDO: Que, el Sr. Parrella Claudio en carácter de vice presidente de Guison S.A., solicitó la renovación de la inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01- GCBA/05, para el local ubicado en la Avenida Scalabrini Ortiz N° 1648/50 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desarrolla actividad con nombre de fantasía RABBIT, conforme constancia obrante a fs. 263; Que el mencionado local posee habilitación por expediente Nº 698667/11 en el carácter de Local de Baile Clase "C", de fecha 05 de marzo de 2012, con una capacidad máxima para funcionar de setecientas ochenta y cuatro (784) personas, Que, mediante Disposición Nº 096-DGHP-DGFYC-DGFYCO/2012 obrante a fs. 180 se procedió a inscribir al local antes referido, en el Registro Público de Lugares Bailables otorgándosele el Nº 134/12; Que, por Disposición N° 121-DGHP-DGFYC-DGFYCO/13 de fecha 05 de julio de 2013 se renovó la inscripción del local en cuestión; Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo establecido por la Resolución N° 66/AGC/13. Que, por Resolución N° 404/AGC/14 de fecha 07 de julio de 2014, la Dirección Ejecutiva de la Agencia Gubernamental de Control, encomendó la firma del despacho de la Dirección General de Fiscalización y Control al Director General Legal y Técnico Sr. Roberto Enrique Padilla (CUIL N° 23-16821984-9) durante el período comprendido entre el 7 de julio de 2014 hasta el día 11 de julio de 2014, ambos inclusive. . Que, la Gerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, y del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables; Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01- GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07;

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL LEGAL Y TECNICO EN USO DE LA FIRMA

ENCOMENDADA DE LA DIRECCION GENREAL DE FISCALIZACION Y CONTROL, Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

DISPONEN:

Página Nº 139Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Artículo 1° Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de

setecientas ochenta y cuatro (784) personas.

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Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005, del local que posee inscripción bajo Nº 134/2012 que opera con nombre fantasía "RABBIT" perteneciente a la firma GUISON S.A., sito en la Av. Scalabrini Ortiz 1648/50 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por expediente Nº 698667/11 en el carácter de Local Bailable Clase "C", y que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de setecientas ochenta y cuatro (784) personas. Artículo 2º: Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Artículo 3º Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a GUISON S.A. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en el Boletín Oficial y en la página Web del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Iannella - Alonso - Padilla p/p

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 85/DGFYC/14

Buenos Aires, 15 de julio de 2014 VISTO el expediente Nº 736.109/11, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13 -SSCC/06 ( BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12-SSCC-2006, la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/2007 y; CONSIDERANDO: Que, Fabián Lopreato en carácter de presidente del local con nombre fantasía PIZZA BANANA, solicitó la renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, para el local ubicado en AV. RAFAEL OBLIGADO 6201 P.B y E.P. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme constancia obrante a fs. 461; Que, el mencionado local posee habilitación otorgada por expediente Nº 22602/2011 para el rubro Local de Baile Clase "C", con una capacidad máxima autorizada para funcionar de UN MIL CIENTO CUARENTA Y TRES (1143) personas conforme constancia obrante a fs. 28; y, se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 125/2011 por Disposición Conjunta Nº 68/2011, de fecha 20 de mayo de 2011, obrante a fs.142; Que, por Disposición Conjunta N° 73/12, de fecha 23 de mayo de 2012, y Disposición Conjunta N° 92/13 de fecha 24 de mayo de 2013 el local renovó la inscripción por el término de un (1) año; Que, ante la omisión de la presentación del certificado de libre deuda de infracciones, se renovó la inscripción ante este Registro por el término de 30 días hábiles (conforme DISFC-2014-75-DGFYC), a los efectos de no menoscabar el derecho a desarrollar la actividad comercial por parte del titular, Que, en fecha 04 de julio de 2014 el titular del local presentó el correspondiente certificado de libre deuda por lo que corresponde regularizar el plazo de inscripción.

Página Nº 140Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo establecido por la Resolución N° 66/AGC/13. Que, la Gerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, y del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables; Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07; EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,

EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

DISPONEN: Art. 1º: Renuévese a partir del día de la fecha y hasta el 29 de mayo de 2015 la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 125/2011 que opera con nombre de fantasía "PIZZA BANANA", otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 068/2011, a nombre de PECBEN S.A., correspondiente al establecimiento ubicado en la calle AV. RAFAEL OBLIGADO 6201 P.B y E.P, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por Expediente Nº 22602/2011, concedida para el rubro local de baile clase "C" y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de UN MIL CIENTO CUARENTA Y TRES (1143). Art. 2º Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Art.3º: Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a PECBEN S.A. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en la Web y el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Iannella - Alonso - Chapar

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 86/DGFYC/14

Buenos Aires, 17 de julio de 2014 VISTO el expediente Nº 10.634/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/05 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/05 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/05 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13-SSCC/06 (BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/06 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12-SSCC/06, la Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/2007 y;

Página Nº 141Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que, el Sr. Rubén Marcelo BIONDO en su carácter de titular del local bailable con nombre fantasía GLAM, ubicado en la calle J. A. Cabrera Nº 3046 PB, EP y Sótano, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitó la renovación de la inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, conforme constancia obrante a fs. 1439; Que, dicho local se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 023/05 por Disposición Conjunta Nº 026/05 de fecha 11 de marzo de 2005 y posee certificado de transferencia por expediente Nº 64846/05 concedida para el rubro restaurante, cantina, casa de lunch, café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y, local de baile clase "C" como actividad complementaria. Que, por Disposición Conjunta Nº 060/07 de fecha 10 de mayo de 2007, se otorgó al local una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientas ochenta y nueve (489) personas; Que, mediante Disposiciones Conjuntas Nº 070/06, Nº 060/07, Nº 051/08, Nº 057/09, N° 66/10, N° 80/11, N° 85/12 y N° 107/13 de fechas 05 de mayo de 2006, 10 de mayo de 2007, 15 de mayo de 2008, 15 de mayo de 2009, 13 de mayo de 2010, 17 de junio de 2011, 15 de junio de 2012 y 13 junio de 2013 respectivamente, el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de un año en cada una de ellas; Que, atento la discrepancia existente entre el informe de inspección obrante a fs. 1490/93 y los espacios habilitados según certificado de transferencia de habilitación agregado a fs. 1393 resultó necesario solicitar la realización de una nueva inspección por parte de la Dirección General de Fiscalización y Control a fin de clarificar la situación real de los espacios utilizados en el inmueble. Que por lo manifestado anteriormente se otorgó una inscripción provisoria hasta tanto se realizare la inspección por parte de DGFyC. Que, mediante informe de inspección realizado por la Dirección General de Fiscalización y Control de fecha 26/06/2014 inserto a Fs. 1511, que en su parte pertinente dice "... que los niveles habilitados son Planta Baja, entre piso y sótano. Dichos niveles coinciden con los mencionados en el plano de habilitación Reg. 159581/DGHP/2006 que a su vez refleja la realidad en el local...." Se entiende entonces que lo manifestado en dicho informe clarifica la situación planteada en el

considerando precedente, por lo que corresponde regularizar el plazo de renovación de la inscripción en el R.P.L.B. Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo establecido por la Resolución N° 66/AGC/13. Que, la Gerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, y del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables; Por ello y, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01- GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07;

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Y EL DIRECTOR DE FISCALIZACION Y CONTROL DISPONEN:

Página Nº 142Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CONSIDERANDO:

Art. 1º Renuévese a partir del día de la fecha y hasta el 19 de junio del año 2015 la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 023/05

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que opera con nombre de fantasía "GLAM", otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 026/05 correspondiente al establecimiento ubicado en la calle J. A. Cabrera Nº 3046 PB, EP y Sótano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee transferencia de habilitación por expediente Nº 64.846/2005 a favor de RUBÉN MARCELO BIONDO para los rubros de restaurante, cantina, casa de lunch, café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y, local de baile clase "C" actividad complementaria y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientas ochenta y nueve (489) personas por los motivos expuestos en los considerandos. Art. 2º Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Art.3º Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento al Sr. Rubén M. BIONDO. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en la web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Iannella - Alonso - Chapar

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 87/DGFYC/14

Buenos Aires, 18 de julio de 2014 VISTO el expediente Nº 10.580/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/05 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/05 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/05 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13-SSCC/06 (BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/06 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12-SSCC/06, la Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/2007 y; CONSIDERANDO: Que, la Sra. ENRIQUETA SÁNCHEZ BOBARÍN en su carácter de titular del local bailable que opera con nombre de fantasía EL PICAFLOR, ubicado en la Av. Corrientes Nº 3530 (PI, SS y ES) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitó la renovación de la inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, conforme constancia obrante a fs. 1448; Que, dicho local posee habilitación por expediente Nº 3.315/2007 concedida para el rubro local de baile clase "C" y, se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 052/05 por Disposición Conjunta Nº 056/05 de fecha 04 de mayo de 2005; Que, por Disposición Conjunta Nº 084/07 de fecha 10 de agosto de 2007, se otorgó al local una capacidad máxima para funcionar de seiscientas sesenta y dos (662) personas; Que, mediante Disposiciones Conjuntas Nº 095/06, Nº 078/07, Nº 071/08, N° 078/09, N° 94/10, N° 87/11, N°98/12 y N° 123/13 el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de un (1) año en cada una de ellas; Que la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo establecido por la Resolución N° 66/AGC/13.

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Que, la Gerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge del informe pertinente, y, del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables; Por ello y, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07;

EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

Y, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN

Art. 1º Renuévese a partir del día 20 de julio de 2014 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 052/05 y opera con nombre de fantasía EL PICAFLOR, otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 056/05 correspondiente al establecimiento ubicado en Av. Corrientes Nº 3530 (PI, SS y ES) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación mediante expediente Nº 3.315/2007 a nombre de la Sra. ENRIQUETA SÁNCHEZ BOBARÍN para el rubro local de baile clase "C" y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de seiscientas sesenta y dos (662) personas. Art. 2º Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Art.3º Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a la Sra. ENRIQUETA SÁNCHEZ BOBARÍN. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en la web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Iannella - Alonso - Chapar

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Organos de Control Disposición Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

DISPOSICIÓN N.º 20/DGTALPG/14

Buenos Aires, 23 de julio de 2014 VISTO: Los Decretos Nº 42/GCABA/2002, Nº 556/GCABA/2010 y Nº 752/GCABA/2010, las Resoluciones Nº 832/PG/2003 y Nº 180/PG/2006 y el EE 4839083/DGATYRF/2014; CONSIDERANDO: Que el Artículo 6º del Decreto Nº 42/GCABA/2002 establece que la administración podrá reintegrar aquellos gastos útiles realizados por los mandatarios para identificar al demandado o su domicilio, realizar intimaciones en extraña jurisdicción y ejecutar sentencias; Que el Decreto Nº 556/GCABA/2010 y su modificatorio Decreto N° 752/GCABA/2010, faculta a funcionarios para autorizar pagos, entregas y transferencias de fondos, reintegros y devoluciones de impuestos, derechos, multas y tasas y para liquidar haberes, como así también establece un mecanismo para hacer frente a aquellos gastos de imprescindible necesidad tendientes a asegurar la prestación de servicios esenciales que, por la celeridad con que deben llevarse a cabo, no pudieran ser gestionados desde su inicio a través de los procedimientos vigentes en materia de compras y contrataciones del Estado o mediante el régimen de cajas chicas; Que por Resolución Nº 832/PG/2003, modificada por Resolución Nº 180/PG/2006 se reglamenta el pago del reintegro de gastos que prevé el Decreto Nº 42/GCABA/2002; Que de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 1º y 2º de dicha norma los/las mandatarios/as: Dra. Arias, Tomasa; Dr. Diez, Carlos Alberto; Dr. Damonte, Ricardo; Dra. Tustanoski, Beatriz Noemí; Dr. Laudizio, Pablo Gustavo; Dr. Borda, Patricio Martin Adrián, Dr. Ruiz, Daniel Osvaldo; Dr. Pérez Taboada, Manuel Antonio; Dra. Otero, Lidia Nélida; Dra. Vuotto de Bianchi, Beatriz R.; Dr. Blejer, Federico; Dr. Tapia, Carlos Daniel; Dra. Spada, Susana Alicia; Dra. Layun, Edith Marcela; Dr. Leyes, Lazaro Miguel; Dra. Sandianes, Analía; Dra. Aspres, Silvina; Dr. Razetti, Martín Bartolomé; Dr. Díaz Vega, Francisco José; Dra. Vigo, Marcela Rosa; Dra. Valera, Cecilia Laura; Dra. Giusti, Sandra Patricia; Dr. García Quiroga, Santiago, presentaron las solicitudes de reintegro de gastos, encontrándose agregados los respectivos comprobantes en el expediente de referencia; Que, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Nº 42/GCABA/2002, la Dirección General de Asuntos Tributarios y Recursos Fiscales, mediante PV-2014-5069540-DGATYRF, ha verificado que los conceptos cuyo reintegro se solicitan, se encuentran comprendidos entre los gastos indicados en dicho articulado; Que la Dirección OGESE y Compras de esta Dirección General Técnica Administrativa y Legal, a través de PV-2014-8869280-DGTALPG, manifiesta que ha realizado los controles necesarios para determinar la procedencia del pago; Que obra afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2014 para la atención de la erogación en cuestión; Que corresponde aprobar el reintegro de los gastos realizados y habilitar los canales administrativos para hacer efectivo el pago; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 556/GCABA/2010 y su

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modificatorio Decreto N° 752/GCABA/2010,

LA DIRECTORA GENERAL TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA PROCURACIÓN GENERAL

DISPONE Artículo 1º.- Aprúebase el reintegro de gastos correspondientes al mes de Abril del año 2014 por la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA CON NOVENTA Y UN CENTAVOS ($ 52.170,91) a favor de los/las señores/as mandatarios/as que se indican en el Anexo (IF-2014-8950696- DGTALPG) que forma parte de la presente Disposición, de acuerdo con lo establecido por el Decreto Nº 42/GCABA/2002. Artículo 2º.- La presente erogación encontrará respaldo crediticio en la correspondiente partida del presupuesto del año 2014. Artículo 3º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Asuntos Tributarios y Recursos Fiscales de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Dirección General de Contaduría a sus efectos. Cumplido, archívese. Rodríguez

ANEXO

DISPOSICIÓN N.º 22/DGTALPG/14

Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: El Decreto Nº 67/GCABA/2010, las Resoluciones Nº 51/MHGC/2010, Nº 396/MHGC/2014, Nº 127/PG/2014, Nº 280/PG/2014, la Disposición Nº 9/DGCG/2010 y su modificatoria Nº 183/DGCG/2013, el EE Nº 2831233/PG/2014, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto tramita la rendición de la segunda entrega parcial de la Caja Chica Especial otorgada en el marco del Decreto Nº 67/GCABA/2010, por Resolución N° 127/PG/2014 destinada a cubrir los gastos de índole judicial (sellados, fotocopias, honorarios peritos, cédulas, aranceles, oficios varios, etc.) producto del desenvolvimiento exclusivo de las acciones del Área de Herencias Vacantes y Juicios Conexos dependientes de este Organismo; Que por Disposición Nº 9/DGCG/2010 y su modificatoria Nº 183/DGCG/2013, se aprobaron los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica, Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, estableciendo en su Anexo III el procedimiento para la rendición de dichos fondos; Que dicha norma dispone que el titular de la repartición receptora de los fondos deberá aprobar los gastos mediante Acto Administrativo siendo responsable de la oportunidad, mérito y conveniencia de dichas erogaciones, y que la revisión por parte de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal o equivalente de cada Jurisdicción o Entidad, alcanza a las formalidades de los comprobantes, retenciones impositivas, cálculos aritméticos, imputación presupuestaria, topes por comprobante, en caso de corresponder, y verificación de la aprobación del gasto por la autoridad máxima de la Repartición que rinde los fondos, y con ese alcance aprueba o desaprueba las mismas;

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Que por Resolución Nº 280/PG/2014 el Señor Procurador General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó las erogaciones correspondientes a la segunda entrega parcial de los fondos otorgados mediante Resolución Nº 127/PG/2014 en concepto de Caja Chica Especial para Gastos de Herencias Vacantes y Juicios Conexos y las planillas que como Anexo I y II integran dicho Acto Administrativo, por la suma total de pesos sesenta mil uno con setenta y siete centavos ($ 60.001,77), obrando en el EE Nº 2831233/PG/2014 los comprobantes respaldatorios; Que se ha efectuado la correspondiente registración presupuestaria de conformidad con lo dispuesto por el punto 3 del Anexo III de la Disposición Nº 183/DGCG/2013 modificatoria de la Disposición Nº 9/DGCG/2010; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Disposición N° 9/DGCG/2010 y su modificatoria Nº 183/DGCG/2013,

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA PROCURACIÓN GENERAL

DISPONE

Artículo 1.- Apruébase la rendición de gastos correspondientes a la segunda entrega parcial de la Caja Chica Especial para Gastos de Herencias Vacantes y Juicios Conexos otorgada a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco del Decreto Nº 67/GCABA/2010, por Resolución Nº 127/PG/2014, por un monto total de pesos sesenta mil uno con setenta y siete centavos ($ 60.001,77). Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Rodríguez

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Poder Judicial Resolución Consejo de la Magistratura

RESOLUCIÓN N.º 204/OAYF/14

Buenos Aires, 25 de junio de 2014 VISTO: El Expediente DCC N° 146/14-0 caratulado “D.C.C. s/ Adquisición de Notebooks”; y CONSIDERANDO: Que por Resolución OAyF N° 179/2014 se autorizó el llamado a la Contratación Menor Nº 18/2014 que tiene por objeto la adquisición de cien (100.-) notebooks para cubrir los distintos requerimientos de las dependencias de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, características, y demás condiciones descriptas en los Pliegos de Bases y Condiciones que como Anexo I integran esa Resolución, con un presupuesto oficial de quinientos mil pesos ($ 500.000,00) IVA incluido (fs. 82/89). Que la Dirección de Compras y Contrataciones puso en conocimiento del dictado de la Resolución OAyF N° 179/2014 a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna (fs. 91) y se dio cumplimiento a la publicación de la presente convocatoria en la página web del Poder Judicial (fs. 93). Que se remitieron comunicaciones electrónicas a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 94), a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (fs. 96) y a diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 98/107). Que conforme se desprende del Acta de Ofertas Recibidas que luce a fojas 108, se realizó el acto de apertura de ofertas correspondiente. Allí se hizo constar la recepción de tres (3.-) ofertas en la Dirección de Compras y Contrataciones, remitidas por las empresas Anyx S.R.L. -incorporada a fojas 111/165- por la suma total de cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos pesos ($ 499.900,00) IVA incluido, Gama Informática S.R.L. -glosada a fojas 168/234- por el monto total de quinientos catorce mil pesos ($ 514.000,00) IVA incluido y Coradir S.A. -obrante a fojas 237/327 - por un valor total de setecientos setenta y cinco mil seiscientos pesos ($ 775.600,00) IVA incluido. Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones agregó las consultas relativas al estado registral de los oferentes que fueron efectuadas al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs. 328/330). Asimismo, efectuó las consultas al Registro de Deudores Alimentarios en virtud de no hallarse adjuntadas a las ofertas de las firmas Anyx S.R.L. y Gama Informática S.R.L. (fs. 331/335). Que por otra parte, debido a la omisión de cierta documentación en las propuestas de los tres (3.-) oferentes, la Dirección de Compras y Contrataciones se comunicó con las firmas a fin de requerírselas. Dichas comunicaciones lucen incorporadas a fojas 337/342. Que a fojas 348/354 y 356 se encuentran agregadas las respuestas de las oferentes a la oportuna intimación de la Dirección de Compras y Contrataciones. Que luego, la Dirección de Compras y Contrataciones elaboró el Cuadro Comparativo de Precios, con su respectivo Anexo, correspondiente a las tres (3.-) ofertas presentadas (fs. 357/358). De allí se desprende que las firmas Anyx S.R.L. y Coradir S.A. han presentado toda la documentación atinente a la contratación de marras,

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mientras que la empresa Gama Informática S.R.L. no presentó la Declaración jurada de aptitud para contratar ni el Certificado Fiscal para Contratar emitido por Administración Federal de Ingresos Públicos vigente, requisitos sine qua non para la admisibilidad de las propuestas, conforme lo establecido en los Puntos 15 y 16 del Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación Menor N° 18/2014. Que requerida que fuera al efecto, mediante Dictamen Nº 5749/2014 (fs. 363/364) tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos que, luego de realizar una breve reseña de lo actuado, expuso que “la presente Contratación Menor se regirá por las disposiciones de la ley 2095 y su modificatoria ley N° 4764, reglamentada por el Anexo I de la Res. CM N° 1/2014”. Luego citó el artículo 38° de la aludida reglamentación y concluyó lo siguiente: “…es opinión de esta Dirección General que no existe obstáculo desde el punto de vista jurídico para que se continúe con la tramitación de las presentes actuaciones”. Que luego, esta Administración General puso en consulta a la Dirección de Informática y Tecnología respecto de las ofertas presentadas en estos actuados. En respuesta, esa dependencia en tanto área técnica informó que las ofertas de las firmas Anyx S.R.L. y Gama Informática S.R.L. no cumplían con lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación de marras pues en ambos casos han ofertado notebooks que cuentan con 2GB de memoria RAM y disco rígido de 320 GB. Respecto de la oferta presentada por Coradir S.A., la Dirección de Informática concluyó que la misma cumple con los requerimientos técnicos de esta contratación (v. fs. 345 y fs. 370). Que puesto a resolver, en primer punto y de acuerdo a lo actuado por la Dirección de Compras y Contrataciones y a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, corresponderá aprobar el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor N° 18/2014 que tiene por objeto la adquisición de cien (100.-) notebooks para cubrir los distintos requerimientos de las dependencias de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, características, y demás condiciones descriptas en los Pliegos de Bases y Condiciones que como Anexo I integra la Resolución OAyF N° 179/2014. Que por otra parte, analizadas las tres (3.-) ofertas presentadas y de conformidad con lo manifestado por la Dirección de Compras y Contrataciones (fs. 357/358) y el área técnica competente al momento de expedirse sobre las ofertas presentadas (v. fs. 345 y 370), resulta que la oferta presentada por la firma Gama Informática S.R.L. es inadmisible por no haber presentado la Declaración jurada de aptitud para contratar ni el Certificado Fiscal para Contratar emitido por AFIP, requisitos sine qua non para la admisibilidad de las propuestas, conforme lo establecido en los Puntos 15 y 16 del Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación Menor N° 18/2014. A su vez, y conforme lo anteriormente señalado, la misma ha sido declarada técnicamente inadmisible. Por su parte, la oferta de Anyx S.R.L. no se adecúa a las especificaciones técnicas requeridas en los Pliego de Bases y Condiciones de la Contratación Menor N° 18/2014 por lo que no resulta admisible. Por último, la oferta de Coradir S.A. supera el Presupuesto Oficial en más de un cincuenta y cinco por ciento (55%) por lo que resulta económicamente inconveniente. En consecuencia, corresponderá declarar fracasada la Contratación Menor N° 18/2014. Que por último, se instruirá a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá darse intervención a las áreas requirentes a efectos de que informen si persisten las necesidades oportunamente señaladas así como sus características y en caso de que así sea impulse un nuevo procedimiento para proceder a su adquisición. Por lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 31, sus modificatorias, y por la Resolución de Presidencia N° 391/13;

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EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1º: Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Contratación Menor N° 18/2014 que tiene por objeto la adquisición de cien (100.-) notebooks para cubrir los distintos requerimientos de las dependencias de este Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma, características, y demás condiciones descriptas en los Pliegos de Bases y Condiciones que como Anexo I integra la Resolución OAyF N° 179/2014. Artículo 2º: Declárense inadmisibles las ofertas presentadas por Anyx SRL y por Gama Informática SRL e inconveniente la propuesta presentada por Coradir SA y en consecuencia fracasada la Contratación Menor N° 18/2014. Ello, por los argumentos vertidos en los considerandos de la presente resolución. Artículo 3º: Instrúyase a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de que por su intermedio se realicen las publicaciones y notificaciones de este acto conforme lo establecido en la Ley 2095, su modificatoria la Ley 4764, su reglamentaria Resolución CM N° 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto 1.510/97-. Asimismo, deberá darse intervención a las áreas requirentes a efectos de que informen si persisten las necesidades oportunamente señaladas así como sus características y en caso de que así sea impulse un nuevo procedimiento para proceder a su adquisición. Artículo 4: Regístrese y publíquese como se ordenara. Comuníquese a la Presidencia de la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial, a la Dirección de Informática y Tecnología y a la Dirección de Programación y Administración Contable. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos. Rabinovich

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Disposición Unidad Operativa de Adquisiciones de la

Fiscalía General de la CABA

DISPOSICIÓN N.º 33/UOA/14

Buenos Aires, 31 de julio de 2014 VISTO: Las Leyes Nº 1903, Nº 3318, Nº 4809, la Ley Nº 2095, la Resolución FG N° 90/14, la Disposición UOA N° 44/10 y la Actuación Interna Nº 14449/10 del registro de la Fiscalía General; Y CONSIDERANDO: Que por la actuación mencionada en el Visto de la presente, tramitó la adquisición de señalética para dependencias del Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A. Que en tal sentido, mediante Disposición UOA N° 44/10 se aprobó el procedimiento efectuado en la Licitación Pública Nº 15/10, tendiente a lograr la adquisición citada, adjudicándose a la firma GUSTAVO ALEJANDRO FILELLA (EFE-EME – CUIT N° 20-20225525-7) los renglones N° 1 “Señalética para la Oficina de Asistencia a la Victima y al Testigo (OFAVyT) – Beruti – Belgrano – Núñez”; N° 2 “Señalética para la oficina del MPF ubicada en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal”, N° 3 “Señalética para las dependencias del MPF sitas en el edificio de Combate de los Pozos 155”, N° 4 “Señalética para la Unidad de Orientación y Denuncia (UOD) sita en la Villa 19 – Barrio Inta” y N° 5 “Señalética para la Unidad de Orientación y Denuncias (UOD) CHACARITA sita en la Av. Forest 321/323”, por la suma total de pesos cuarenta y tres mil cuarenta ($43.040,00) IVA incluido. Que conforme surge de lo actuado, la contratación fue perfeccionada con la notificación a la firma adjudicataria de la Orden de Compra Nº 44/10, glosada a fs. 531. Que por su parte, obran agregados los partes de recepción provisoria (fs. 548 –Renglones Nº 2, 4 y 5- y fs. 561 –Renglón Nº 3-) y de recepción definitiva (fs. 554 –Renglones Nº 2, 4 y 5- y fs. 571 –Renglón Nº 3-) de los trabajos adjudicados en el marco de la licitación mencionada. Que conforme surge del informe obrante a fs. 561/563, el área requirente (Secretaría General de Acceso a Justicia y Derechos Humanos) indicó que “…quedan tareas pendientes de realizar para completar el total de las obras adjudicadas. Dichos trabajos aun no ejecutados son: a) 2 paneles para OFAVyT a instalar respectivamente en las UOD de Av. Cabildo y Beruti, en los que se debe lograr una tonalidad cromática igual a la correspondiente a los paneles ya existentes en cada una de dichas oficinas”. Que en atención al tiempo transcurrido, conforme constancias de fs. 584 y 591 se solicitó al área requirente informe respecto del estado de los trabajos pendientes de realización. Así las cosas, a fs. 592 se expidió el Señor Secretario de la Oficina de Asistencia a la Victima y Testigo, informando que “… la fecha de autorización de la licitación pública N° 15/10 es del 18 de octubre de 2010, y que lo manifestado en el Renglón N° 1 de la misma no se ha llevado a cabo…”. Que asimismo, informó que “… el cumplimiento de la realización de los trabajos allí requeridos no se ha reiterado por esta dependencia, ya que en el segundo trimestre del año 2011, las Unidades de Orientación y Denuncias (UOD) y las dependencias de la Oficina de Asistencia a la Victima y al Testigo (OFAVYT) mencionadas en dicho renglón, ya no prestan servicios conjuntamente, por lo que resulta innecesaria la señalética mencionada…”.

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Que de acuerdo a lo señalado precedentemente, y sin perjuicio de la oportunidad en que se informara a esta Unidad la decisión adoptada con relación a los bienes pendientes de entrega, de conformidad con lo prescrito por el inciso I del artículo 117 de la Ley Nº 2095, corresponde disminuir el total adjudicado en la Licitación Pública Nº 15/10 (Orden de Compra N° 44/10), en la porción correspondiente al Renglón Nº 1 por la suma total de pesos tres mil seiscientos ($3.600,00) IVA incluido. Que la disminución referida representa un ocho con treinta y seis por ciento (8,36%) del monto total oportunamente adjudicado a favor de la citada firma, encontrándose dentro del límite establecido por la normativa. Que a fs. 597/598 ha tomado intervención el Departamento de Asuntos Jurídicos, mediante la emisión del Dictamen DAJ Nº 395/14, no habiendo efectuado observaciones de orden jurídico al progreso de la presente medida. Que la presente se dicta de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nº 1903, los artículos 13, 117 y concordantes de la Ley Nº 2095; la Resolución CCAMP Nº 11/10 y la Resolución FG Nº 90/14. Por ello;

LA TITULAR DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la disminución de la Licitación Pública Nº 15/10, oportunamente adjudicada a la firma GUSTAVO ALEJANDRO FILELLA - EFE-EME (CUIT N° 20-20225525-7) correspondiente al Renglón N° 1 “Señalética para la Oficina de Asistencia a la Victima y al Testigo (OFAVyT) – Beruti – Belgrano – Núñez”, por la suma total de pesos tres mil seiscientos ($3.600,00) IVA incluido. ARTÍCULO 2º.- Poner en conocimiento del Departamento de Presupuesto y Contabilidad la baja del compromiso preventivo por el monto resultante de la disminución decidida. ARTÍCULO 3º.- Regístrese; notifíquese a la firma GUSTAVO ALEJANDRO FILELLA - EFE-EME, a la Secretaría General de Acceso a la Justicia, a la Oficina de Asistencia a la Victima y al Testigo, al Departamento de Presupuesto y Contabilidad; publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones y en la página de Internet del Ministerio Público Fiscal. Cumplido, archívese. Broilo

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Comunicados y Avisos Ministerio de Modernización

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicado N° 67/DGPLC/14 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 219/MMGC/14 para cubrir el cargo Gerencia Operativa Adolescentes, dependiente de la Dirección General Niñez y Adolescencia de la Subsecretaria de Promoción Social del Ministerio de Desarrollo Social el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre; Documento de Identidad Stanley , Cecilia; D.N.I. 27.729.020 Lucero, Silvia; D.N.I. 17.601.591 Delgado Ferreiro, Noelia; D.N.I. 26.803.58

Julia Domeniconi Directora General

CA 312 Inicia: 31-7-2014 Vence: 1-8-2014

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicado N° 68/DGPLC/14 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 220/MMGC/14 para cubrir el cargo Gerencia Operativa Servicios Generales, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre; Documento de Identidad Almeida, Lucrecia Maria Cecilia; D.N.I. 27.811.969 Pafundi, Miguel Angel; D.N.I 4.558.561 Pontoni, Maria Cecilia; D.N.I. 24.577.714

Julia Domeniconi Directora General

CA 313 Inicia: 31-7-2014 Vence: 1-8-2014

Página Nº 153Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicado N° 69/DGPLC/14 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 221/MMGC/14 para cubrir el cargo Gerencia Operativa Gestión de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre; Documento de Identidad Acevedo, Laura Susana; D.N.I. 16.641.958 Przybylski, Gustavo; D.N.I. 22.708.127 Saiz, Martín Ariel; D.N.I. 31.533.412

Julia Domeniconi Directora General

CA 314 Inicia: 31-7-2014 Vence: 1-8-2014

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicado N° 70/DGPLC/14 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 270/MMGC/14 para cubrir el cargo Gerencia Operativa Hogares de Residencia Permanente, dependiente de la Dirección General Promoción y Servicios de la Subsecretaría Tercera Edad del Ministerio de Desarrollo Social, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre; Documento de Identidad Quattrone, Adriana María; D.N.I. 12.425.669 Drusetich, José; D.N.I. 13.385.408

Julia Domeniconi Directora General

CA 315 Inicia: 31-7-2014 Vence: 1-8-2014

Página Nº 154Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Licitaciones Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Adquisición de elementos de pintura - Expediente N° 1.416.412/SA/14 Llámese a Licitación Pública Nº 11/14, cuya apertura se realizará día 14/8/14, a las 14hs., para la adquisición de elementos de pintura. Elementos: Pinceles, Pinturas, Rodillos, Selladores y adhesivos. Autorizante: Resolución N° 605/SA/14. Unidad Operativa Adquiriente: Dirección General de Compras y Contrataciones. Unidad Operativa Requirente: Dirección General de Servicios Operativos. Valor del pliego: $ 200,00 (pesos doscientos). Publicidad y difusión: Puede consultarse el Pliego en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad y en la página web de la LCABA, de acuerdo a lo normado en el artículo 97 de la Ley N° 2095 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y tomar vista directa en la Dirección General de Compras y Contrataciones, sita en H. Yrigoyen 642, primer piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires de 10 a 18 horas. Adquisición (10 a 15 hs.) y consultas de pliegos (10 a 18 hs.): Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dirección General de Compras y Contrataciones, sita H. Yrigoyen 642, primer piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lugar de apertura: Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dirección General de Compras y Contrataciones, sita H. Yrigoyen 642, primer piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 8/8/14, a las 14 hs.

Marcelo del Sol Director General

OL 2399 Inicia: 31-7-2014 Vence: 1°-8-2014

Página Nº 155Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Jefatura de Gabinete de Ministros

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD SALUDABLE Adjudicación - Expediente N° 3.330.973/14 Licitación Pública N° 928/14. Objeto: Servicio de organización de bicicleteadas y caminatones. Autorizante: Resolución N° 346/SSTRANS/14. Repartición destinataria: Dirección General de Movilidad Saludable. Firmas adjudicadas: Donadio Daniela (CUIT-27-23780075) Monto adjudicado: pesos setecientos veinte dos mil quinientos cuarenta y cuatro con 56/100 ($722.544,56).

Guillermo Dietrich Subsecretario

OL 2436 Inicia: 1°-8-2014 Vence: 4-8-2014

Página Nº 156Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. ENRIQUE TORNÚ” Adquisición de insumos de laboratorio- Expediente Nº 7.111.926/14 Licitación Privada Nº 17/14. Adquisición: insumos de laboratorio. Proceso de compra: 438-0017-LPR 14. Nombre del contratante: Hospital General de Agudos “Dr. Enrique Tornú”. Autorizante: Disposición N° 225/HGAT/14. Lugar donde pueden retirarse o consultar los pliegos: Sistema BAC. Valor del pliego: sin cargo. Lugar de presentación de las ofertas: Sistema BAC. Lugar de presentación de soporte en papel: División Compras y Contrataciones, Av. Combatientes de Malvinas 3002, 1º piso, hasta las 10 horas del día de la apertura. Lugar, día y hora del acta de apertura: Sistema BAC fecha 6/8/14 a las 11 horas.

Luis Castañiza Director

OL 2419 Inicia: 1°-8-2014 Vence: 1°-8-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. ENRIQUE TORNÚ” Adquisición de insumos de Laboratorio - Expediente Nº 7.250.851/14 Llámese a Licitación Privada N° 48/2014 cuya apertura se realizara el día 4/8/14 a las 11 horas, para la adquisición de insumos de laboratorio, para Laboratorio. Proceso de compra 438-0048-LPR14. Autorizante: Disposición N° 224/HGAT/14. Nombre del contratante: Hospital Gral. de Agudos “Dr. Enrique Tornú”. Adquisicion y consultas de pliegos: División Compras y Contrataciones, Av. Combatientes de Malvinas 3002, 1º piso. Valor del pliego: sin cargo. Lugar de apertura: Sistema BAC fecha 4/8/14 a las 11 horas.

Luis Castañiza Director

OL 2388 Inicia: 31-7-2014 Vence: 4-8-2014

Página Nº 157Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. IGNACIO PIROVANO” Adquisición de reactivos para laboratorio - Expediente Electrónico N° 9.114.025/14 Llámese a Licitación Pública BAC N° 427-0626-LPU14. Fecha de apertura: 11/8/14 a las 10 hs. Adquisición: reactivos para Laboratorio. Autorizante: Disposición N° 339/HGAIP/14. Retiro o adquisición de pliegos: a través del Sistema Buenos Aires Compras (www.buenosairescompras.gob.ar). Valor del pliego: sin valor económico. Consultas de pliegos: de lunes a viernes de 8 a 12.30 horas, hasta un día antes de la apertura -sin excepción- en Monroe 3555, 1° piso, Depto. de Economía y Finanzas. Lugar de apertura: a través del sistema electrónico Buenos Aires Compras.

José A. Cuba Director

OL 2427 Inicia: 1°-8-2014 Vence: 4-8-2014

Página Nº 158Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. COSME ARGERICH” Preadjudicación - Expediente N° 5.282.703/14 Licitación Pública N° 412-0312-LPU14. Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 312. Acta de Preadjudicación N° 312, de fecha 31 de julio de 2014. Clase: etapa única. Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: provisión de insumos para laboratorio (Ciclosporina monoclonal, etc.). Firmas preadjudicadas: Tecnolab S.A. Renglón: 1 - 2500 unidades - precio unitario: $ 198,89 - total renglón: $ 497.225,00. Renglón: 2 - 700 unidades - precio unitario: $ 115,00 - total renglón: $ 80.500,00. Renglón: 3 - 200 unidades - precio unitario: $ 105,78 - total renglón: $ 21.156,00. Renglón: 4 - 200 unidades - precio unitario: $ 103,67 - total renglón: $ 20.734,00. Renglón: 5 - 200 unidades - precio unitario: $ 90,80 - total renglón: $ 18.160,00. Total preadjudicado: pesos seiscientos treinta y siete mil setecientos setenta y cinco ($ 637.775,00). Renglones desiertos: - Fundamento de la preadjudicación: Dra. Marta Ferraris - Lic. Lilia Vazquez - Dr. Shigeru Kozima Vencimiento validez de oferta: 11/8/14. Lugar de exhibición del acta: Hospital General de Agudos “Dr. Cosme Argerich”, División Compras y Contrataciones, Av. Almirante Brown 240, planta baja, por 1 día a partir del 1°/8/14.

Néstor Hernández Director

Leonardo Rodríguez Mormandi

Gerente Operativo OL 2433 Inicia: 1°-8-2014 Vence: 1°-8-2014

Página Nº 159Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGIA “DR. CARLOS BONORINO UDAONDO” Preadjudicación - Expediente Nº 8.322.551/MGEYA-HBU/14 Contratación Directa-Compra Menor N° 6188/SIGAF/14 Ley N° 2095, art. 38 y su modif. Ley N° 4764. Repartición destinataria: Hospital De Gastroenterología “Dr. Carlos Bonorino Udaondo”, Av. Caseros 2061 C.A.B.A. Lugar de exhibición del acta: División Suministros-Compras y Contrataciones, 2° piso Pabellón “A” de 9 a 13 horas Dictamen de Preadjudicación N° 1226/14 de fecha 21/7/14. Clase: Etapa única. Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: Adquisición: Insumos para Laboratorio Firmas preadjudicadas: Bernardo Lew e Hijos S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 3 equipos - precio unitario: $ 1.522,90 - precio total: $ 4.568,70. Renglón: 6 - cantidad: 600 unidades - precio unitario: $ 51,30 - precio total: $ 30.780,00. Biodiagnóstico S.A. Renglón: 2 - cantidad: 5 unidades - precio unitario: $ 178,21 - precio total: $ 891,05. Renglón: 3 - cantidad: 1000 unidades - precio unitario: $ 46,15 - precio total: $ 46.150,00. Renglón: 4 - cantidad: 2 equipos - precio unitario: $ 741,22 - precio total: $ 1.482,44. Renglón: 5 - cantidad: 2 equipos - precio unitario: $ 741,22 - precio total: $ 1.482,44. Renglón: 7 - cantidad: 40 - unidades - precio unitario: $ 163,15 - precio total: $ 6.526,00. Renglón: 8 - cantidad: 2 unidades - precio unitario: $ 672,60 - precio total: $ 1.345,20.- Renglón: 11 - cantidad: 8 unidades - precio unitario: $ 2.194,44 - precio total: $ 17.555,52. Renglón: 13 - cantidad: 200 unidad precio unitario: $ 329,70 - precio total: $65.940,00. Medisistem S.R.L. Renglón: 14 - cantidad: 100 unidades - precio unitario: $ 10,80 - precio total: $ 1.080,00. Total preadjudicado: pesos ciento setenta y siete mil ochocientos uno con treinta y cinco centavos ($ 177.801,35). Fundamento de la preadjudicación: Se preadjudica según asesoramiento técnico del Jefe de Unidad Laboratorio - Según arts. 108 “oferta más conveniente” y 109 “única oferta” de la Ley Nº 2.095 y su similar modif. N° 4764. Renglones desiertos: 9 y 12. Renglón 10) Ofertas N° 4 Cromoion S.R.L. y N° 8 Biodiagnostico S.A., se desestiman de acuerdo a los precios de referencia de compras y contrataciones (RIBS). Vencimiento validez de oferta: 1er. Vencimiento 28/8/14, renovables automáticamente por un periodo similar de 30 días, Tels.: 4306-7797 (int 244) fax: 4306-3013 [email protected]

Eduardo Sosa Director

Jorge Oviedo

Gerente Operativo OL 2421 Inicia: 1°-8-2014 Vence: 1°-8-2014

Página Nº 160Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE Prórroga - Expediente N° 2.660.758/12 Contratación Directa Nº 2818/SIGAF/13. Orden de Compra N° 38.585/SIGAF/13. Expediente N° 2.660.758/12. Disposición N° 89/DGADC/2014 de fecha 25 de julio de 2014. Clase: Etapa única Rubro comercial: Salud Objeto de la contratación: “Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de equipos marca Dräger de distintos hospitales dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Firma adjudicataria: Dräger Medical Argentina S.A. (CUIT N° 30-70966220-8, Av. de Mayo 651, piso 3º, Depto. 14, C.A.B.A.). Renglón: 1 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 7.607,25 - precio total por renglón: $ 45.643,50. Renglón: 2 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 11.769,45 - precio total por renglón: $ 70.616,70. Renglón: 3 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 16.477,23 - precio total por renglón: $ 98.863,38. Renglón: 18 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 2.204,79 - precio total por renglón: $ 13.228,74. Renglón: 19 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 8.031,98 - precio total por renglón: $ 48.191,88. Renglón: 20 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 4.819,19 - precio total por renglón: $ 28.915,14. Renglón: 21 - cantidad: 226 meses - precio unitario: $ 1.747,73 - precio total por renglón: $ 20.972,76. Renglones: 23, 24, 26, 27, 30 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 3.495,45 - precio total por renglón: $ 104.863,50. Renglón: 25, 28, 83 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 5.243,18 - precio total por renglón: $ 94.377,24. Renglón: 29 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 26.215,88 - precio total por renglón: $ 157.295,28. Renglón: 31 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 6.990,90 - precio total por renglón: $ 41.945,40. Renglón: 32 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 5.243,19 - precio total por renglón: $ 31.459,14. Renglón: 33, 45 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 1.225,98 - precio total por renglón: $ 14.711,76. Renglón: 34 - cantidad: 6 meses 6 - precio unitario: $ 129,90 - precio total por renglón: $ 36.779.40.

Renglón: 35, 36 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 4.903,92 - precio total por renglón: $ 58.847,04. Renglones: 37, 40, 41, 44 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 2.451,96 - precio total por renglón: $ 58.847,04. Renglón: 38 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 8.581,86 - precio total por renglón: $ 51.491,16. Renglón: 39 - cantidad: 4 equipos, 6 meses - precio unitario: $ 4.903.92 - precio total por renglón: $ 29.423.52. Renglón: 42, 43 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 3.677,94 - precio total por renglón: $ 44.135,28.

Página Nº 161Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Renglón: 46 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 821,94 - precio total por renglón: $ 4.931,64. Renglón: 48 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 1.542,98 - precio total por renglón: $ 9.257,88. Renglón: 49 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 2.146,31 - precio total por renglón: $ 12.877,86. Renglón: 50 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 653,10 - precio total por renglón: $ 3.918,60. Renglones: 51, 84 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 1.306,20 - precio total por renglón: $ 15.674,40 Renglones: 52, 59, 63 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 6.610,94 - precio total por renglón: $ 118.996,92 Renglones: 53, 55, 56, 57, 60, 62 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 4.407,29 - precio total por renglón: $ 158.662,44. Renglones: 54, 61, 64, 65 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 2.203,65 - precio total por renglón: $ 52.887,60. Renglones: 58, 66 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 11.018,23 - precio total por renglón: $ 132.218,76. Renglón: 67 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 181,13 - precio total por renglón: $ 1.086,78. Renglón: 68 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 1.449,00 - precio total por renglón: $ 8.694,00. Renglón: 69 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 2.289,26 - precio total por renglón: $ 13.735,56. Renglones: 70, 71, 72, 73, 74, 75, 77 - cantidad: 6 Meses - precio unitario: $ 2.266,06 - precio total por renglón: $ 95.174,52. Renglón: 76 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 6.798,17 - precio total por renglón: $ 40.789,02. Renglón: 78 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 4.532,12 - precio total por renglón: $ 27.192,72. Renglón: 79 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 22.345,26 - precio total por renglón: $ 134.071,56 Renglón: 80 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 383,25 - precio total por renglón: $ 2.299,50. Renglón: 81 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 415,80 - precio total por renglón: $ 2.494,80. Renglón: 82 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 3.212,79 - precio total por renglón: $ 19.276,74.

Renglón: 85 - cantidad: 6 meses - precio unitario: $ 6.990,92 - precio total por renglón: $ 41.945,52. Total: $ 1.946.794. Monto total prórroga: pesos un millón novecientos cuarenta y seis mil setecientos noventa y cuatro con sesenta y ocho centavos ($ 1.946.794,68).

Emilse Filippo Directora General Administrativa Contable

OL 2429 Inicia: 1°-8-2014 Vence: 1°-8-2014

Página Nº 162Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de rehabilitación y refacción - Expediente Nº 7.644.853/14 Programa Plan de Obras - Financiamiento del Ministerio de Educación de la Nación. Licitación Pública Nº 20/14 Objeto del llamado: Trabajos de rehabilitación y refacción en el edificio de la Escuela Técnica Nº 14, D.E. Nº 5, sita en Santa Magdalena 433 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: Disposición Nº 716/DGAR/14. Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: gratuito. Presupuesto oficial: $ 3.561.819,21 (pesos tres millones quinientos sesenta y un mil ochocientos diecinueve con veintiún centavos). Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones sito en Paseo Colón 255, 2º piso frente. Fecha/hora de apertura: 26 de agosto de 2014 a las 12 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 11 de agosto de 2014 a las 11 hs. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones sito en Paseo Colón 255, 2º piso frente. Plazo de ejecución de las obras: 210 días corridos, computados a partir de la fecha del acta de inicio.

Gonzalo L. Riobó Director General

OL 2270 Inicia: 25-7-2014 Vence: 7-8-2014

Página Nº 163Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Desarrollo Urbano

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra “Núcleo de inclusión y desarrollo de oportunidades (NIDO)” - Expediente N° 6.532.305/14 Llámese a Licitación Pública Nº 1001/14, Obra “Núcleo de inclusión y desarrollo de oportunidades (NIDO)”. Valor del pliego: gratuito. Consulta y descarga de pliegos: en el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev. php Presentación de ofertas y fecha de apertura: hasta las 13 hs., del día 13 de agosto de 2014 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fernando Codino Director General

OL 2150 Inicia: 15-7-2014 Vence: 5-8-2014

Página Nº 164Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Construcción y explotación de estacionamiento subterránea, Área Facultad de Derecho, Nuevo Parque y Centro de Exposiciones y Convenciones - Expediente N° 2.217.069/14 Llámese a Licitación Pública Obra “Construcción y Explotación de una Playa de Estacionamiento Subterránea de carácter disuasorio ubicada en la denominada “Área Facultad de Derecho - Nuevo Parque y Centro de Exposiciones y Convenciones”. Autorizante: Resolución N° 241/MDUGC/14. Valor del pliego: gratuito. Consulta y descarga de pliegos: en el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev.php Presentación de ofertas y fecha de apertura: Hasta las 13 hs del día 28 de agosto de 2014 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fernando Codino Director General

OL 2425 Inicia: 31-7-2014 Vence: 27-8-2014

Página Nº 165Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Desarrollo Económico

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Preadjudicación - Expediente Nº 4.500.156/14 Contratación Directa Nº 5531/14. Etapa Única. Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1289/14. Fecha de apertura: 18/7/14 a las 16 horas. Rubro: Servicios (Contratación de un “Servicio de Reparaciones Varias en Polideportivo Patricios”). Repartición solicitante: Dirección General de Infraestructura y Administración. Ofertas presentadas: una (1). De acuerdo a lo manifestado en el Acta de Apertura Nº 1.437/14, fueron analizadas las ofertas de las firmas: Infraestructura Básica Aplicada S.A. Obra 7157 - Reparaciones varias en Polideportivo Patricios. Firma preadjudicada: Infraestructura Básica Aplicada S.A. - precio total: $ 329.923,00. Observaciones: Fue consultada la unidad solicitante y efectuado el informe técnico correspondiente. Imputación: El gasto que demande la presente contratación deberá imputarse a la partida presupuestaria del ejercicio en vigencia.

Juan M. Barrailh Ortíz Director General

OL 2430 Inicia: 1°-8-2014 Vence: 1°-8-2014

Página Nº 166Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO Adquisición de contenedores de residuos sólidos - Expediente Electrónico N° 7.376.926/DGTALMAEP/14 Llámase, en un todo de acuerdo a la Resolución N° 1282/MAYEPGC/14, a Licitación Pública N° 8503-0490-LPU14 para el día 15 de agosto de 2014, a las 12 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley Nº 2.095, su modificatoria la Ley N° 4.764 y sus Decretos Reglamentarios Nros. 95/GCABA/14 y 1145/GCABA/09, para la tramitación de la “Adquisición de Contenedores de Residuos Sólidos Urbanos Reciclables de 2.5 metros cúbicos de capacidad vinculados al servicio de recolección de residuos sólidos urbanos domiciliarios reciclables” con destino al Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Consulta y adquisición de pliego: los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en www.buenosairescompras.gob.ar. Los oferentes deberán concurrir ante la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones sita en Avda. Roque Sáenz Peña 570, piso 5º - CABA en el horario de 10 a 15 horas a retirar el formulario de Venta de Pliego para su posterior timbrado que acredita el pago realizado ante la Dirección General de Tesorería. Valor del pliego: $ 100.000,00 (pesos cien mil). Lugar de presentación de las ofertas y apertura: La presentación de cada oferta se hará a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellas en soporte electrónico.

Edgardo D. Cenzón Ministro

OL 2416 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1°-8-2014

Página Nº 167Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Secretaría Legal y Técnica

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Preadjudicación - Expediente N° 8.290.040/MGEYA/14 Licitación Pública Nº 1033/SIGAF/14 con Orden de Compra Abierta. Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 1301/SIGAF/14. Objeto de la contratación: “Servicio de Alquiler de Dos (2) Helicópteros para Viajes Protocolares e Institucionales del Jefe de Gobierno y de Funcionarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Fundamentos: La Comisión de Evaluación de Ofertas aconseja preadjudicar a favor de la firma: Beech Flyng S.A., los Renglones 1 y 2 por la suma total de pesos cinco millones doscientos sesenta y dos mil ($ 5.262.000), por resultar la "única oferta" al amparo de lo establecido en el artículo 109 de la Ley N° 2095 modificado por el artículo 44 de la Ley N° 4764. La presente licitación pública con Orden de Compra Abierta asciende a la suma total de pesos cinco millones doscientos sesenta y dos mil ($ 5.262.000).- Fundamento de la preadjudicación: Diego M. Coria - Miriam E. Gonzalez -Gustavo G. Vidiri. Vencimiento validez de la oferta: 21/8/14. Lugar de exhibición del Dictamen de Evaluación de Ofertas: Cartelera Oficial -Unidad Operativa de Adquisiciones, Dirección General Técnica y Administrativa –Secretaría Legal y Técnica, Av. de Mayo 525, piso 4º, Oficinas 432/433/434, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Sebastián Aristegui Director General

OL 2434 Inicia: 1°-8-2014 Vence: 1°-8-2014

Página Nº 168Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Servicio técnico con la gestión de mantenimiento edilicio integral de los edificios de AGIP - Expediente N° 4.673.567/14 Llámese a Licitación Pública Nº 8618-0255-LPU14, cuya apertura se realizará el día 12/8/14, a las 12 hs., para la contratación del servicio técnico con la gestión del mantenimiento integral de los edificios de AGIP, mediante el sistema Buenos Aires Compras (BAC). Autorización: Resolución N°534/AGIP/14. Repartición destinataria: AGIP. Consultas de pliegos: en el sitio web de Buenos Aires Compras:www.buenosairescompras.gob.ar

Gerardo Chiossi Director de la Dirección Administración

OL 2435 Inicia: 1°-8-2014 Vence: 4-8-2014

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Preadjudicación - Expediente N° 7.186.512/14 Licitación Pública N° 8618-0509-LPU14 (BAC). Clase: etapa única. Objeto de la contratación: Adquisición de elementos higiénicos. Firma preadjudicada: Servicios para la Higiene S.A. Renglón: 1 - shampoo para manos Característica/s PH neutro. Desinfectante. Marca New Clean - precio x 500 unid: $ 34.31 - precio total $ 17.155. Total preadjudicado: pesos diecisiete mil ciento cincuenta y cinco ($ 17.155). Firma preadjudicada: Euqui S.A. Renglón: 2 - papel higiénico medida de 300 m de largo x 10 cm de ancho hoja simple variedad para dispensadores. Marca Elite. Precio x unid: $ 14.90.- X 12.000 unid., Precio total $ 178.800. Renglón: 3 - toalla de papel Medida 22 cm x 24 cm +/- 1,5 cm Característica/s Intercalada, color beige, de buena absorción y no ásperas al tacto Variedad Para dispensador. Marca Elice. Precio x unid: $109.80.- X 1.500 unid, Precio total $ 164.700. Total preadjudicado: pesos trescientos cuarenta y tres mil quinientos ($ 343.500).

Página Nº 169Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Fundamento de la preadjudicación: En virtud del análisis de la documentación recibida y del informe técnico emitido por el área solicitante en base a las muestras presentadas, se recomienda preadjudicar a la firma Servicios para la Higiene S.A., en el renglón 1 por resultar la oferta más conveniente para el G.C.B.A, y cumplir con lo solicitado según informe técnico, como lo establece el artículo 108 de la Ley N° 2.095, por un total de pesos diecisiete mil cinto cincuenta y cinco ($ 17.155); y preadjudicar a la firma Euqui S.A., en los renglones 2 y 3 por resultar la oferta más conveniente para el G.C.B.A, y cumplir con lo solicitado según informe técnico, como lo establece el artículo 108 de la Ley N° 2.095, por un total de pesos trescientos cuarenta y tres mil quinientos ($ 343.500); Las ofertas de las firmas Productos Texcel S.A., Vertel Argentina S.R.L. y Lancas S.R.L. fueron desestimadas por no cumplir con el Art 14 del PCP. Adicionalmente las ofertas de Productos Texcel S.A. y Valot S.A. al momento de la apertura se encontraban alcanzadas por los términos del art. 96 h) de la Ley 2095. Suscriben Sr. Walter Oscar Licciardello, Lic. Federico Sánchez y Cdra. Carla Ruffa, designados mediante Resolución N° 955/AGIP/11 como miembros de la Comisión Evaluadora de Ofertas. Lugar de exhibición del acta: Portal de Buenos Aires Compras, durante 3 días a partir del 1°/8/14.

Gerardo Chiossi Director de la Dirección Administración

OL 2440 Inicia: 1°-8-2014 Vence: 1°-8-2014

Página Nº 170Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Ejecución de Infraestructura del Barrio Rivera Iguazú - Expediente Electrónico N° 5.495.135- IVC/14 Se llama a Licitación Pública N° 10/14 para la ejecución de la infraestructura del Barrio Rivera Iguazú localizado en la calle Iguazú 1835 de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha de apertura: 23 de septiembre a las 14 hs. Lugar: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 211 6° piso – Gerencia General. Presupuesto de la obra: $ 17.035.001,99. Plazo de obra: 8 meses. El Pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en la Subgerencia Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 211, 6º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los oferentes deberán presentar junto con su oferta el certificado de retiro gratuito del pliego.

Iván Kerr Gerente General

CV 16 Inicia: 1°-8-2014 Vence: 22-8-2014

Página Nº 171Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Banco Ciudad De Buenos Aires

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Provisión, instalación y reparación de cortinas - Carpeta de Compra N° 21.409 Llámese a licitación pública (Carpeta de Compra N° 21.409) con referencia a los “Trabajos de provisión, instalación y reparación de cortinas tipo roller fijas con cabezal para abrojos y venecianas en dependencias varias del Banco Ciudad de Buenos Aires, por un período de 12 meses”, con fecha de apertura el día 20/8/14 a las 11 horas. Valor del pliego: $ 0,00 (pesos: sin cargo). Adquisición y consultas de pliego: Página web del Banco Ciudad de Buenos Aires, www.bancociudad.com.ar / licitaciones. Fecha tope de consultas: 14/8/14.

Leandro D. Biondo Jefe de Equipo

Equipo Remodelaciones y Adecuaciones Edilicias BC 191 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1°-8-2014

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Trabajos de provisión e instalación de bicicleteros – Carpeta de Compra N° 21.466 Llámese a Licitación Pública (Carpeta de Compra N° 21.466) con referencia a los “Trabajos de provisión e instalación de bicicleteros, en dependencias Varias del Banco Ciudad de Buenos Aires”, con fecha de apertura el día 15/8/14 a las 11 horas. Valor del pliego: $ 0,00 (pesos sin cargo) Consulta de pliegos: página web del Banco Ciudad de Buenos Aires, www.bancociudad.com.ar/licitaciones. Fecha tope para consultas: 11/8/14.

Leandro D. Biondo Jefe de Equipo

Equipo de Remodelaciones y Adecuaciones Edilicias BC 194 Inicia: 1°-8-2014 Vence: 5-8-2014

Página Nº 172Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Preadjudicación – Carpeta de Compra N° 21.266 Se comunica a los señores oferentes la preadjudicación de la licitación pública –(Carpeta de Compras N° 21.266) que tramita los “Trabajos de provisión e instalación de sistemas de detección, alarma y extinción de incendio en Sucursales Varias del Banco Ciudad de Buenos Aires” a favor de la firma Electrotecnia GW S.A., sita en Vuelta de Obligado 735 (1706) Haedo, Buenos Aires; por la suma total de $ 2.511.359,47 más I.V.A (son pesos: dos millones quinientos once mil trescientos cincuenta y nueve con 47/100 más IVA) correspondiente al Renglón 1 al 9 y su respectivo Servicio de Mantenimiento conforme el siguiente detalle: Provisión e instalación de sistemas de detección, alarma y extinción de incendio: Renglón 1: $ 328.609,07 más I.V.A. Renglón 2: $ 340.670,55 más I.V.A. Renglón 3: $ 261.884,90 más I.V.A. Renglón 4: $ 219.082,11 más I.V.A. Renglón 5: $ 180.958,82 más I.V.A. Renglón 6: $ 301.969,14 más I.V.A. Renglón 7: $ 171.734,49 más I.V.A. Renglón 8: $ 64.256,49 más I.V.A. Renglón 9: $ 153.241,90 más I.V.A. Total: $ 2.022.407,47 + I.V.A. Servicio de Mantenimiento por 24 meses: $ 488.952 + I.V.A. Consultas: Gerencia de Compras, sita en Sarmiento 611, 7° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10 a 15 horas.

Leandro D. Biondo Jefe de Equipo

Equipo de Remodelaciones y Adecuaciones Edilicias BC 193 Inicia: 1°-8-2014 Vence: 1°-8-2014

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Postergación - Carpeta de Compra N° 21.430 Se comunica a los señores oferentes que la fecha de apertura de la licitación pública correspondiente a la Carpeta de Compra N° 21.430, que tramita los “Trabajos para la remodelación parcial de la nueva Sucursal, sita en la calle Buenos Aires 45; en la Provincia de Córdoba” se posterga para el día 14/8/14 a las 11 horas. Consultas de pliegos: Página web del Banco Ciudad de Buenos Aires, www.bancociudad.com.ar/licitaciones. Fecha tope de consultas: 8/8/14.

Página Nº 173Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Leandro D. Biondo Jefe de Equipo

Equipo de Remodelaciones y Adecuaciones Edilicias BC 192 Inicia: 1°-8-2014 Vence: 1°-8-2014

Página Nº 174Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Secretaría de Gestión Comunal y Atención

Ciudadana

SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Circular sin consulta - Expediente N° 8.107.266/14 Circular N° 2 sin Consulta. Licitación Pública N° 2204-0616-LPU14. Expediente N° 8.107.266/14. Objeto: “Acondicionamiento Hospital Odontológico Dr. José Dueñas”. Se hace saber que debido a un error en el sistema Buenos Aires Compras (BAC) al emitir la Circular con referencia a las consultas realizadas por la empresa SES S.A., se procede mediante Disposición N° 155/DGTALCIU/14, a posponer las fechas apertura, consultas y recepción de documentación física, de la Licitación Pública N° 2204-0616-LPU14 “Acondicionamiento Hospital Odontológico Dr. José Dueñas”. Asimismo, las nuevas fechas son: Consultas: 1° de agosto de 2014 de 10 a 18 hs. Recepción de documentación física: En la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, sita en Av. de Mayo 591, piso 1°, C.A.B.A. el día 6 de agosto hasta las 12 hs. Fecha de apertura: 6 de agosto de 2014 a las 12 hs.

Andrés M. Bousquet Director General

OL 2437 Inicia: 1°-8-2014 Vence: 1°-8-2014

Página Nº 175Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Edictos Particulares

Transferencia de Habilitación Sattam Mohamed Al Kaddour con domicilio en Callao 1323 P 8º A CABA comunica la transferencia de su habilitación municipal aprobada por Expte Nº 5407878/13 según Disposición Nº 10012/DGHP/13 con fecha 18/11/2013 para el local sito en Av. Callao 1016 P12 UF 021 de la Ciudad de Buenos Aires con una superficie de 102.48 m2 para desarrollar el rubro agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria, a nombre de Arab Tour S.R.L. con domicilio en Av. Callao 1323 P 8º A CABA

Solicitante: Arab Tour S.R.L.

EP 288 Inicia: 29-7-2014 Vence: 4-8-2014

Transferencia de Habilitación Escribana Romina Lagadari, matricula profesional 4821-Roque Saenz Peña 1219, 5º CABA. Avisa que: a) por escritura 875 del 7-10-13, María Emma Farinella DNI 10.762.058, y Juan Carlos Farinella DNI 12.080.914 transfirieron a Cyberpibes S.R.L. una habilitación para funcionar en el carácter de guarderia infantil, jardin maternal (700010), por EXP. Nº 97258/92, según Disposición Nº 46067/DGHP/1993, con fecha 10/03/93, para el local sito en la calle Av. San Juan 3788, PB, U.F. 0, con una superficie de 339 m2. Observaciones: Piso 1º. Azotea. Capacidad 34 niños por turno y 8 cunas.

Solicitante: Juan Carlos Farinella

EP 289 Inicia: 29-7-2014 Vence: 4-8-2014

Transferencia de Habilitación Escribana Romina Lagadari, matricula profesional 4821-Roque Saenz Peña 1219, 5º CABA. Avisa que: por escritura 543 del 15-7-2014 Juana Eva Veron, DNI 16.338.654 transfirió a Cyberpibes S.R.L. una habilitación para funcionar en el carácter de escuela infantil (700520), por EXP. Nº 55160/08, según Disposición Nº 8122/DGHP/2009, con fecha 21/09/09, para el local sito en la calle Tucuman 2083 PB U.F. 0, con una superficie de 414.73 m2. Observaciones: Otra Puerta: 2085. entrepiso, planta alta y azotea. Capacidad 35 niños con jornada completa y 14 cunas. Se transfiere la presente en idénticos términos de la habilitación anterior otorgada por EXP. Nº 79145/00.

Solicitante: Juana Eva Veron

EP 290 Inicia: 29-7-2014 Vence: 4-8-2014

Página Nº 176Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Transferencia de Habilitación Adrian Horacio Belisle transfiere a Cantobel S.R.L., con domicilio en Av. Pueyrredon 121, piso 1º, de la Ciudad de Buenos Aires, la habilitación del local sito en Av. Pueyrredon 121 U.F. 0, Planta Baja, que funciona como “hotel sin servicio de comida” (700110), habilitado por EXP. Nº 1245/2001, según Decreto Nº 2516/1998, con fecha 30/04/02, Observaciones: planta baja. Habilitación anterior por Exp. Nº 95799/93.Reclamos de Ley en Av. Pueyrredon 121, piso 1º, CABA.

Solicitante: Cantobel S.R.L.

EP 291 Inicia: 29-7-2014 Vence: 4-8-2014

Transferencia de Habilitación Héctor Adrover (DNI 4.282.113) con domicilio en Av. Lastra 3852 piso 1º B CABA avisa que transfiere la habilitación municipal del local sito en Tinogasta 4395 y Sanabria 3101 PB que funciona como: “500074 elab. de helados con venta directa al público, 602010 casa de lunch, 602020 café bar, 602030 despacho de bebidas, wisquería, cervecería” por Disposición 43420/DGHP/1993 Expte. Nº 83232/92 sup. 98,36 m2, a Hector Adrover S.R.L. representada por su gerente Héctor Adrover (DNI 4.282.113) con domicilio en Sanabria 3101 CABA. Reclamos de Ley y domicilio de partes en Tinogasta 4395 CABA.

Solicitante: Hector Adrover S.R.L.

EP 292 Inicia: 31-7-2014 Vence: 6-8-2014

Transferencia de Habilitación El Dr. Juan Ignacio de la Colina, T° 65 F° 987 C.P.A.C.F., con oficinas en Av. Paseo Colon 746, 1° Piso CABA avisa que: Shopping Alto Palermo S.A., transfiere habilitación municipal del local sito en Av. Santa Fe N° 3251/53, Av. Coronel Diaz N° 1944/62/98/2026/40/50/60/70/98, Beruti N° 3328, Arenales N° 3315/19/20/23/24/30/40/50/60/66/70/90 PB, 1° SS, 2° SS y 3° SS, Pisos 1° al 4°, que funciona como: “Restaurante - Com. Min Centro de compras - Garaje - Cinematógrafo” Expediente N° 103566/MGEYA/1990 en fecha 01/11/1990 mediante Disposición N° 1355/1990, superficie 64383.00mts.2 a Alto Palermo S.A. (APSA). Reclamos de Ley y domicilio de partes en Av. Paseo Colon 746 piso 1º C.A.B.A.

Solicitante: Alto Palermo S.A.

EP 293 Inicia: 31-7-2014 Vence: 6-8-2014

Página Nº 177Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Transferencia de Habilitación Ignaciobins S.A. CUIT Nº 30-70743927-1 transfiere a Confecciones Seman S.A. CUIT 30-70947415-0 la habilitación del local ubicado en la calle Capitán Gral. Ramón Freire 939 P.B. que funciona como “confeccion de camisas, confecc. de prendas de vestir (exc. de piel, cuero, camisas e impermeables), confeccion de impermeables y pilotos, confec. de ropa exterior para hombre o niño confeccionada en sastrerias”, habilitado por Decreto 2516/98, en fecha 09/08/2001, mediante Expediente Nº 50123/2001, con una superficie de 93,86 m2. Reclamos de Ley Capitán Gral. Ramón Freire 939.

Solicitante: Confecciones Seman S.A.

EP 294 Inicia: 31-7-2014 Vence: 6-8-2014

Transferencia de Habilitación Ignaciobins S.A. CUIT Nº 30-70743927-1 transfiere a Confecciones Seman S.A. CUIT 30-70947415-0 la habilitación del local ubicado en la calle Capitán Gral. Ramón Freire 941 P.B. que funciona como “comercio minorista de ropa. confeccion, lenceria, blanco, mantel. text. en gral. y pieles”, habilitado por Decreto 2516/98, en fecha 07/08/2001, mediante Expediente Nº 50129/2001, con una superficie de 138.00 m2. Reclamos de Ley Capitán Gral. Ramón Freire 939.

Solicitante: Confecciones Seman S.A.

EP 295 Inicia: 31-7-2014 Vence: 6-8-2014

Página Nº 178Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Edictos Oficiales Ministerio de Desarrollo Económico

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8268373/14 Notifícase a la Sra. Luciana Alarcón Novas que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 933 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8279319/14 Notifícase a la Sra. Sabrina Guidi que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar:

Página Nº 179Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 934 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8309190/14 Notifícase al Sr. Gabriel Fernando Contreras que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751

Página Nº 180Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 935 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8608190/14 Notifícase a la Sra. Andrea Susana Trigueiro que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 936 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

Página Nº 181Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8620629/14 Notifícase al Sr. Daniel Sebastián Ortega que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 937 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8732044/14 Notifícase a la Sra. Jorgelina Zappa que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal.

Página Nº 182Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 949 Inicia: 31-7-2014 Vence: 4-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8784017/14 Notifícase a la Sra. Analia Celeste Burgos que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700

Página Nº 183Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 938 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8786157/14 Notifícase a la Sra. Gisela Gomez que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 950 Inicia: 31-7-2014 Vence: 4-8-2014

Página Nº 184Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8786556/14 Notifícase a la Sra. Paula Zarate que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 939 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8786886/14 Notifícase al Sr. Alejandro Perluzzo que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal.

Página Nº 185Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 951 Inicia: 31-7-2014 Vence: 4-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8787195/14 Notifícase a la Sra. Luciana Sicardi que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700

Página Nº 186Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 952 Inicia: 31-7-2014 Vence: 4-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8787584/14 Notifícase a la Sra. Eliana Monzon que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 940 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

Página Nº 187Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8788222/14 Notifícase a la Sra. Cinthia Vivona que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 953 Inicia: 31-7-2014 Vence: 4-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8904795/14 Notifícase a la Sra. Yamila Buralli que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal.

Página Nº 188Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 941 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8905146/14 Notifícase al Sr. Federico Gimenez que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700

Página Nº 189Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 942 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8907188/14 Notifícase al Sr. Gonzalo Godoy que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 943 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

Página Nº 190Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS Notificación - DISFC 434/IVC/14 El Instituto de vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la Sra. TELLO, Noemí (LC Nº 0.195.018/) y/8º eventuales herederos de la misma - en virtud de lo dispuesto en el art. 3.431 y concs del C. Civil, respecto las obligaciones que recaen sobre estos últimos; que por DISFC-2014-434-IVC de fecha 29 de Julio de 2014, se ha procedido a rescindir el Boleto de Compraventa que suscribiera en fecha 30/8092 con la ex CMV - actual IVC - respecto el Block Nº 3, Piso 7º, Dto “A“ del CU Lafuente de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires (UC Nº 72.170), por haber transgredido dicha adjudicataria y/o sus eventuales herederos, las cláusulas CUARTA - pago de cuotas de amortización - OCTAVA - prohibición de cesión, transferencia del Boleto, como así de gravar, enajenar, dar en uso, usufructo, comodato o locación el inmueble de referencia sin autorización previa, expresa y escrita del Organismo; y obligación del adjudicatario de ocupar personalmente dicha vivienda con su grupo familiar declarado - y DECIMO PRIMERA - pago de tasas y contribuciones que graven el inmueble como asimismo las tareas de conservación y servicios con más el pago de expensas comunes y extraordinarias; en los términos de lo estipulado en las cláusulas SEXTA in fine, DÉCIMA y DECIMO SEGUNDA del citado instrumento, según lo actuado en la Nota Nº 12447/IVC/12. Asimismo, se hace saber a los mismo, que la referida Disposición es susceptible de impugnación por vía de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en subsidio que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación respectiva prevista en el art. 62 del Decreto Nº 1510/CABA/97, de conformidad a lo establecido en los arts. 103, 107 y subsiguientes y concs. de la misma norma, quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrán a su exclusivo criterio interponer Recurso de Alzada conforme lo dispuesto en el art. 113 del mencionado Decreto. La presente notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días computados desde el día siguiente al de la última publicación (art. 62 del Decreto citado).

Federico Lagorio Gerente

EO: 954 Inicia: 1-8-2014 Vence: 5-8-2014

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación - Nota Nº 1817/IVC/14 La Gerencia de Recursos Humanos del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica al Sr. Cavanagh Pedro Lucio (DNI Nº 30.099.526), que mediante DISFC-2014-287-IVC de fecha 12/06/14, se dejó sin efecto sus designaciones bajo la figura de Locación de Servicios aprobadas por Disposición N° 17/GG/14 y DISFC-2014-8-IVC, a partir del 01/01/2014. Queda Ud. notificado.

Página Nº 191Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Nadina De Carlos

Gerencia de Recursos Humanos EO 947 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación - Nota Nº 2043/IVC/14 La Gerencia de Recursos Humanos del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica al Sr. Cipolla Ruben Alberto (DNI Nº 13.058.050), que mediante DISFC-2014-280-IVC de fecha 10/06/14, se rescindió su contrato de Locación de Servicios, a partir del 01/05/2014. Queda Ud. notificado.

Nadina De Carlos Gerencia de Recursos Humanos

EO 948 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Nota Nº 3610/IVC/14 El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber al Sr. Anibal Rosario Etcheverria (CI 7.960.248) que deberá acercarse ante la Subgerencia de Regularización Dominial, Departamento Regularización Dominial, sita en la calle Carlos Pellegrini 291, Piso 6º de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el perentorio e improrrogable plazo de 10 (diez) días recibida la presente comunicación a los fines de proseguir con el trámite de regularización dominial de la unidad de cuenta Nº 45.405, bajo apercibimiento de proceder a la rescisión del bien y posteriormente a la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización Dominial.

Juan M. Lanusse

Gerencia Regularización Dominial y Notarial EO 945 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Nota Nº 3611/IVC/14

Página Nº 192Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber al Sr. Mario Marcos Arce (DNI Nº 11.499.169) que deberá acercarse ante la Subgerencia de Regularización Dominial, Departamento Regularización Dominial, sita en la calle Carlos Pellegrini 291, Piso 6º de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el perentorio e improrrogable plazo de 10 (diez) días recibida la presente comunicación a los fines de proseguir con el trámite de regularización dominial de la unidad de cuenta Nº 45.225, bajo apercibimiento de proceder a la rescisión del bien y posteriormente a la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización Dominial.

Juan M. Lanusse

Gerencia Regularización Dominial y Notarial EO 946 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación- DISFC. 421/IVC/14 El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires notifica a las personas identificadas en el Anexo, que mediante DISFC 2014-421-IVC, recaída en la Nota Nº 2696/IVC/14, su Gerente General ha dispuesto: " CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuación, y por aplicación del Plan Marco de Regularización Financiera y Dominial aprobado por Acta Nº 1872/D/05, se da cuenta de la actual situación fáctico-jurídica de distintas Unidades de Cuenta de titularidad dominial del Organismo. Que las presentes actuaciones se encuentran enmarcadas por lo dispuesto por la Ley N° 3902, por la cual se crea la " Operatoria de regularización dominial de los bienes inmuebles correspondientes a conjuntos urbanos abarcados en la órbita del Instituto de Vivienda de la Ciudad, la Comisión Municipal de la Vivienda u organismo o dependencia anterior y la Corporación Buenos Aires Sur S.E., que estén pendientes de escrituración a la fecha de la promulgación de la Ley y cuya ocupación actual no sea ostentada por los adjudicatarios oficialmente registrados" ( Art. 1°). Que el IVC, autoridad de aplicación de la norma de conformidad a su Art. 2°, con carácter previo al otorgamiento de las correspondientes escrituras de dominio, debe regularizar los aspectos técnico administrativos de los inmuebles para posteriormente proceder a su adjudicación y/o venta cuando se comprueben las situaciones de ocupación que describe el Art. 4°. Que del estudio realizado por la Gerencia Regularización Dominial y Notarial, a través del Dpto. Programa de Regularización de Barrios, como consecuencia de las Verificaciones Ocupacionales practicadas en las mismas, se ha constatado que las unidades involucradas en los presentes, se encuentran habitadas por personas y/o grupos familiares distintos de sus adjudicatarios originarios o del último de los cesionarios en transferencia aprobada por el Organismo. Que dicho Departamento deja constancia a fs. 1/3, que: " Procedió a la lectura de cada uno de los legajos; surgiendo de los mismos el fallecimiento del, o de los titulares originales, así como la ausencia de presentaciones formales por parte de los herederos a fin de regularizar dominialmente la unidad.

Página Nº 193Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que los actuales ocupantes lo hacen de manera precaria pero de buena fe, no existiendo denuncias presentadas ante este Organismo, acciones posesorias, acciones judiciales por usurpación, etc., iniciadas por parte de los adjudicatarios originarios y/o cesionarios autorizados, etc. Que en otros supuestos, los actuales ocupantes dan cuenta de su calidad de cesionarios, no habiéndose aún dictado el acto administrativo de aprobación o rechazo de la respectiva transferencia, siendo la documentación presentada al efecto, insuficiente. Que por Ley Nº 1251 se estableció que el Instituto de Vivienda es el órgano de aplicación de las políticas de vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con los principios generales que la misma establece, entre los cuales, cabe mencionar los de: "... Contribuir al acceso a la vivienda digna de todos los habitantes de la Ciudad ..., imposibilitados por razones económicas y sociales de acceder a la misma por cualquiera de los medios regidos por el sector privado y que requieran de la participación del sector público para lograrlo ..."; "... Garantizar la regularización dominial de los inmuebles a favor de los destinatarios de las diferentes operatorias"; "Contribuir al fortalecimiento del Sistema Federal de Vivienda ..." y "... Fortalecer las estrategias tendientes a la optimización de la administración de la cartera crediticia, con el objetivo de generar los recursos necesarios para el mejor cumplimiento de las tareas del IVC" (conf. Art. 3º). Que el Instituto de Vivienda de la C.A.B.A. (IVC) es el continuador jurídico de la Comisión Municipal de la Vivienda (CMV) creada por Ley Nº 17.174. Que las adjudicaciones de las unidades de vivienda objeto de la presente, se realizaron en el marco de las atribuciones propias emergentes de la mencionada Ley, así como también de la Ley FONAVI Nº 21.581, tendientes al logro común y trascendente de la promoción de la vivienda de interés social destinada a sectores de bajos ingresos residentes en la Ciudad de Buenos Aires y en los Partidos de la Provincia de Buenos Aires que integran el Gran Buenos Aires. Que para la consecución de dicha finalidad de interés público y atento la problemática socio-económica involucrada, el Organismo, en su carácter de titular dominial de las unidades de vivienda, previó la estipulación de una cláusula contractual, por lo general la 7°, en los respectivos boletos de compra-venta u otros instrumentos (actas de tenencia precaria, dación en comodato, etc.), por la cual los adjudicatarios asumen - de modo personal e intransferible - la obligación de habitar la unidad que le fuera adjudicada, personalmente con su grupo familiar declarado, bajo apercibimiento de tenerse por rescindido dicho instrumento, de pleno derecho, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna por parte del Organismo. Que se encuentra palmariamente acreditada la falta de interés de los adjudicatarios de dichas viviendas y/o de sus eventuales herederos y en proceder a la regularización jurídica y financiera a su favor, siendo revelador, al respecto, la falta de ocupación personal y efectiva de las mismas, que como así también su desinterés en la regularización de dichas unidades a su favor mediante el otorgamiento de la pertinente escritura traslativa de dominio con garantía hipotecaria constituida a favor del Organismo, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 3128 y concs. del Código Civil y normas que rigen la materia. Que ello genera un grave perjuicio al Organismo, no habiendo podido aún proceder a la escrituración de las viviendas no obstante el tiempo transcurrido desde su respectiva adjudicación o suscripción de los instrumentos respectivos. Que, asimismo, debe considerarse la constante urgencia habitacional en la que se encuentran inmersos los habitantes de los distintos Barrios. Que la Gerencia de Regularización Dominial y Notarial informa a fs. 1/3 que: " de acuerdo a la situación de hecho expuesta en los párrafos anteriores y de acuerdo a lo establecido por la Ley 3902 y su Decreto Reglamentario N° 512/GCBA/2012, se ha intimado a todas aquellas personas que se crean con derechos sobre los inmuebles detallados en el Anexo I a que los hagan valer en el plazo de 30 días corridos de acuerdo a lo establecido en la mencionada normativa.

Página Nº 194Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que, en virtud de ello, y habiéndose corroborado el incumplimiento contractual precitado mediante las respectivas declaraciones juradas de ocupación de las cuales surge que el actual ocupante no es el adjudicatario originario o último cesionario del Boleto de Compraventa aprobado por el Organismo, corresponde proceder a la rescisión del instrumento respectivo, por trasgresión - por parte del titular y/o de sus eventuales herederos - de lo dispuesto en la cláusula contractual referida. Que se deja constancia que de conformidad a lo informado a fs. 14, el Anexo que como IF-2014-08632482-IVC integra la presente. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos emite dictamen, a fs. 7/11 en el sentido indicado. Que en uso de las atribuciones conferidas por Acta Nº 2672/D/2014

EL GERENTE GENERAL DISPONE:

1°- Rescíndanse los Boletos de Compraventa oportunamente suscriptos, Actas de Entrega de Tenencia Precaria y/o Comodatos correspondientes a las Unidades de Vivienda de titularidad dominial del Organismo, que se detallan en el Anexo I, que como, IF-2014-08632482, forma parte integrante de la presente, por haber incumplido los respectivos adjudicatarios o último cesionario del Boleto de Compraventa aprobado por el Organismo, y/o eventuales herederos la obligación de ocupar personalmente la Unidad conjuntamente con su grupo familiar declarado. 2º- Notifíquese a los interesados y/o a sus eventuales herederos por Edictos, a tenor de los proyectos obrantes a fs. 10, a publicarse durante tres (3) días seguidos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo contenido se considerará notificado a los cinco (5) días computados desde el día siguiente al de la última publicación, conforme lo dispuesto en los Arts. 62 y 63 del Decreto Nº 1510/GCBA/97, haciéndoles saber que lo resuelto es susceptible de impugnación por vía de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en subsidio, los que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos, respectivamente, contados desde la pertinente notificación (conf. Arts. 103; 107 y ss. y concs. del Decreto Nº 1510/GCBA/97), quedando así agotada la vía administrativa, sin perjuicio de que podrán, a su exclusivo criterio, interponer Recurso de Alzada conforme lo dispuesto por el Art. 113 del mencionado Decreto, contra el acto administrativo definitivo emanado del Directorio, en su carácter de órgano superior de este Instituto, u optar por la vía judicial pertinente 3º- Encomendar a la Gerencia Operativa Coordinación General Administrativa la notificación por Edictos conforme lo dispuesto por el artículo precedente. 4º- Refrendan la presente los Gerentes de Coordinación General Técnica, Administrativa y Legal, y de Coordinación General Gestión Social de la Vivienda. 5°- Comuníquese a las Gerencias de Coordinación General Técnica, Administrativa y Legal, de Coordinación General de Acceso a la Vivienda, de Coordinación General Gestión Social de la vivienda, de Coordinación General Obras y Servicios, de Regularización Dominial y Notarial, de Asuntos Jurídicos y de Administración y Finanzas y a las Gerencias Operativas Administración de Cartera y Atención a la Demanda, y pase a la Gerencia Operativa Coordinación General Administrativa, para la notificación por Edictos a publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo indicado en el Art. 3º. Cumplido, a la Gerencia de Regularización Dominial y Notarial a fin de evaluar la situación fáctico-jurídica de los actuales ocupantes de las unidades involucradas, en los términos de lo dispuesto en la Ley 3902, Acta 2304/D/07 y Punto 23 del Acta N° 2366/D/08.

Juan M. Lanusse Gerencia Regularización Dominial y Notarial

ANEXO

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EO 931 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación- DISFC. 424/IVC/14 El Instituto de vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires notifica a la Empresa INDALTEC SA que mediante DISFC-2014-424-IVC, recaída en la Nota Nº 6232/CMV/2003 Alc. 122, su Gerente General ha dispuesto: CONSIDERANDO: Que por DISFC-2014-239-IVC se aplicó a la Empresa INDALTEC SA Contratista de la Obra "Programa de Villas - Centro Social y Cultural La Tortuga Manuelita" - Ex Villa 6 -un deductivo de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 03/100 Ç ($ 135.464,03), por falta de presentación de documentación. Que a fs. 62 la Gerencia de Administración y Finanzas informa que en la misma se incurrió en un error involuntario, consignándose erróneamente como Número de Licitación Pública 06/03, siendo el correcto: 08/03. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos toma intervención a fs. 63. Que por lo expuesto, corresponde proceder a rectificar el error material mencionado.-Que en uso de las atribuciones conferidas por Acta Nº 2672/D/14.

EL GERENTE GENERAL DISPONE:

1º.- Rectificar el error material deslizado en el Art. 1º de la DISFC-2014-239-IVC, en la parte pertinente donde dice "...Lic. Pub. 06/03"....debe decir "...Lic. Pub 08/03...". 2º.- Notifíquese por Edictos.-3º-Refrenda la presente el Gerente de Coordinación General Técnica Administrativa y Legal y de Coordinación General Obras y Servicios.-3º.- Comuníquese a las Gerencias de Coordinación General Técnica Administrativa y Legal, Coordinación General Obras y Servicios, de Coordinación General Acceso a la Vivienda, de Logística, de Administración y Finanzas, y de Asuntos Jurídicos, y pase a la Gerencia Operativa de Coordinación General Administrativa para su notificación por Edictos, haciéndole saber que lo resuelto es susceptible de impugnación por vía de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en subsidio, los que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente al de la notificación respectiva (Conf. Arts. 103, 107 y ss del DNU N1 1510/GCBA/97) quedando agotada así la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo criterio, interponer Recurso de Alzada conforme lo dispuesto por el Art. 113 de la norma legal citada u optar por la vía judicial pertinente. Fecho, gírese a la Gerencia Administración y Finanzas.

Iván Kerr Gerencia General

EO 932

Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

Página Nº 196Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Nota Nº 3609/IVC/14 El Instituto de la Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos intima, a que en el plazo de 30 (treinta) días corridos, todos aquellos que se crean con derechos sobre el inmueble sito en Block 1, Piso 19 Dpto. B, del Barrio Savio III, identificado administrativamente como unidad de cuenta 67-115, los hagan valer de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 512/GCBA/2012. Vencido el plazo establecido en el párrafo anterior y no habiéndose recibido presentación formal se procederá a otorgar sin más trámite la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización dominial.

Juan M. Lanusse

Gerencia Regularización Dominial y Notarial EO 944 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014

Página Nº 197Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Juzgado Provincial

PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N° 7 Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 8988810/MGEYA/2014) Carátula “CORONEL HIPÓLITO C/ MARPEGAN MARIO Y/O QUIEN RESULTE PROPIETARIO S/ USUCAPIÓN EXPTE N° 9118/05” La Dra. Lidia Márquez, juez titular a cargo del del Juzgado Civil y Comercial N° 7 de la ciudad de Resistencia, Chaco, sito en Avda. Laprida N° 33, Torre 2, 2° piso, en autos caratulados: Coronel Hipólito C/ Marpegan Mario Y/O Quien Resulte Propietario S/ Usucapión Expte N° 9118/05, cita por edictos a Mario Marpegan, MI N° 2.535.237, que se publicarán por dos (2) días en el Boletín Oficial y un diario de la C.A.B.A, para que en el término de quince (15) días de su última publicación comparezca a tomar intervención en la presente causa, bajo apercibimiento de designar al Defensor Oficial de Ausentes para que lo represente en el juicio.

Lidia Marquez Juez

OJ 200 Inicia: 28-7-2014 Vence: 1-8-2014

Página Nº 198Nº4450 - 01/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO PUBLICO FISCAL

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL OESTE - UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 9188773/MGEYA/2014) Carátula “JIMENEZ, JOSÉ AGUSTÍN - ART: 149 BIS 1° PARRAFO” El Dr. Martín López Zavaleta, Titular del Equipo Fiscal “E”, de la Unidad Fiscal Oeste, con asiento en Av. Paseo Colón 1333, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (5299-4400 Int. 4451/52), en el marco del Legajo MPF 26752 caratulado “JIMENEZ, JOSÉ AGUSTIN - Art: 149 bis 1° párrafo” cita y emplaza a José Agustín Jiménez, DNI 94.237.900 a fin de que comparezca a la sede de ese Equipo Fiscal dentro del tercer día hábil de notificado, en el horario de 9 a 15 horas, a efectos de recibirle declaración conforme el art. 161 CPPCABA, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada de requerir su declaración de rebeldía y su posterior captura. Se deja constancia que el delito que motiva el proceso se encuentra previsto en el art. 149 bis 1° párrafo del Código Penal. Publíquese por cinco (5) días. Se le hace saber que vencido el plazo del edicto sin que se hubiera presentado, se lo tendrá por notificado.

Cynthia Benitez Secretaria

OJ 203 Inicia: 30-7-2014 Vence: 5-8-2014

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