carta notarial

4
CARTA NOTARIAL Lima, 07 de Enero del 2014 SEÑORES. ERMES CRUZADO PEREZ GISELA GLORIA ESPINOZA TOLENTINO Av. 2 de Octubre Mza A Lte 1 Asoc. Proprietário El Olivar Distrito de los Olivos De mi consideración Ref . Pongo fin a la continuación del contrato De arrendamiento. El presente documento tiene por objeto poner en vuestro conocimiento lo siguiente: Que, con fecha 30 de Enero del 2013 venció el contrato celebrado con su persona. No habiendo suscrito hasta la fecha un nuevo contrato de renovación, se entiende según el artículo 1700º del Código Civil que existe una continuación del arrendamiento, bajo las mismas condiciones estipuladas en el contrato vencido. Asimismo en el mismo artículo 1700º del Código Civil se estipula que dicha continuación del arrendamiento concluye cuando el propietario solicita su devolución, lo cual se puede realizar en cualquier momento. POR TANTO:

Upload: john-charles

Post on 21-Dec-2015

12 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Carta Notarial

TRANSCRIPT

Page 1: Carta Notarial

CARTA NOTARIAL

Lima, 07 de Enero del 2014

SEÑORES.ERMES CRUZADO PEREZGISELA GLORIA ESPINOZA TOLENTINOAv. 2 de Octubre Mza A Lte 1 Asoc. Proprietário El OlivarDistrito de los Olivos

De mi consideración Ref. Pongo fin a la continuación del contrato De arrendamiento.

El presente documento tiene por objeto poner en vuestro conocimiento lo siguiente: Que, con fecha 30 de Enero del 2013 venció el contrato celebrado con su persona. No habiendo suscrito hasta la fecha un nuevo contrato de renovación, se entiende según el artículo 1700º del Código Civil que existe una continuación del arrendamiento, bajo las mismas condiciones estipuladas en el contrato vencido.

Asimismo en el mismo artículo 1700º del Código Civil se estipula que dicha continuación del arrendamiento concluye cuando el propietario solicita su devolución, lo cual se puede realizar en cualquier momento.

POR TANTO:

En aplicación del artículo 1700º del Código Civil y afines, y por convenir a mis intereses, mediante la presente carta notarial pongo fin en forma definitiva a la continuación del contrato de arrendamiento, por lo cual la emplazo formalmente que en el plazo perentorio de 48 horas me haga entrega el inmueble totalmente desocupado, caso contrario haré valer mis derechos conforme a las norma legales vigentes, haciendo hincapié que todos los gastos que se origine, serán de cuenta de su persona hasta que se verifique la entrega del bien, toda vez que al vencimiento del plazo otorgado por el recurrente usted tendrá la calidad de ocupante precario, y es posible de ser desalojada con el uso de la fuerza pública.

Atentamente,

GERONIMO ESPINOZA OSORNO DNI. 07172318

Avenida 2 de Octubre Mza A Lte 1 Asoc. Proprietário El Olivar

Page 2: Carta Notarial

CARTA NOTARIAL

Lima, 07 de Enero del 2014

SEÑORES.GISELA GLORIA ESPINOZA TOLENTINOAv. 2 de Octubre Mza A Lte 1 Asoc. Proprietário El OlivarDistrito de los Olivos

De mi consideración Ref. Pongo fin a la continuación del contrato De arrendamiento.

El presente documento tiene por objeto poner en vuestro conocimiento lo siguiente: Que, con fecha 30 de Enero del 2013 venció el contrato celebrado con su persona. No habiendo suscrito hasta la fecha un nuevo contrato de renovación, se entiende según el artículo 1700º del Código Civil que existe una continuación del arrendamiento, bajo las mismas condiciones estipuladas en el contrato vencido.

Asimismo en el mismo artículo 1700º del Código Civil se estipula que dicha continuación del arrendamiento concluye cuando el propietario solicita su devolución, lo cual se puede realizar en cualquier momento.

POR TANTO:

En aplicación del artículo 1700º del Código Civil y afines, y por convenir a mis intereses, mediante la presente carta notarial pongo fin en forma definitiva a la continuación del contrato de arrendamiento, por lo cual la emplazo formalmente que en el plazo perentorio de 48 horas me haga entrega el inmueble totalmente desocupado, caso contrario haré valer mis derechos conforme a las norma legales vigentes, haciendo hincapié que todos los gastos que se origine, serán de cuenta de su persona hasta que se verifique la entrega del bien, toda vez que al vencimiento del plazo otorgado por el recurrente usted tendrá la calidad de ocupante precario, y es posible de ser desalojada con el uso de la fuerza pública.

Atentamente,

GERONIMO ESPINOZA OSORNO DNI. 07172318

Avenida 2 de Octubre Mza A Lte 1 Asoc. Proprietário El Olivar