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CÁMARA DE DERIVADOS CCLV
COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN
DE INSTRUMENTOS DERIVADOS
CLAUDIA SOTELO V.
SUBGERENTE DESARROLLO Y NEGOCIOS
FILIAL BOLSA DE COMERCIO DE SANTIAGO
AGENDA
1. CCLV, Contraparte Central S.A.
2. Modelo Operativo
3. Principales Cambios Norma CCLV
• Requisitos Agentes
• Figura Comitente
• Nueva sección
• Fondo de Garantía de Derivados
1. CCLV CONTRAPARTE CENTRAL
CCLV Contraparte Central S.A. es una
sociedad constituida como contraparte
central que administra servicios de
compensación y liquidación de
instrumentos financieros: Sistemas de
Contraparte Central y de Sistemas de
Cámara de Compensación.
Filial de la Bolsa de Comercio de
Santiago (97,12% propiedad de la BCS).
1. CCLV CONTRAPARTE CENTRAL
Comienza sus operaciones en
septiembre de 2010.
Diariamente, registra un promedio de
22.135 operaciones por un monto
aproximado de MM$ 689.660.
Actúa como Contraparte Central para
los mercados de Renta Variable y
Derivados, y como Cámara de
Compensación para los mercados de
renta fija, intermediación financiera y
operaciones simultáneas.
SISTEMA DE CONTRAPARTE CENTRAL
Compensación y liquidación
de Renta Variable
Compensación y liquidación
de Instrumentos Derivados
• Futuros: - Futuros IPSA - Futuros CLP/USD - Futuros de tasa
• Opciones: - Opciones sobre acciones
• Forwards
1. CCLV CONTRAPARTE CENTRAL
AGENDA
1. CCLV, Contraparte Central S.A.
2. Modelo Operativo
3. Principales Cambios Norma CCLV
• Requisitos Agentes
• Figura Comitente
• Nueva sección
• Fondo de Garantía de Derivados
Índice
Agente comprador
Agente vendedor
Transferencia
Custodia
Transferencias de efectivo
Garantías
Banco Liquidador
Entrega y recibo de efectivo
Entero y retiro de garantías
Sistema de Contraparte Central
Mercado OTC
Negociación
2. CCLV: MODELO OPERATIVO CÁMARA DE DERIVADOS
Liquidación
Diaria
Vencimiento
Compensación
Saldos
I. Abiertos Gestión de Riesgos
Gestión de Límites
Gestión de Garantías
AGENDA
1. CCLV, Contraparte Central S.A.
2. Modelo Operativo
3. Principales Cambios Norma CCLV
• Requisitos Agentes
• Figura Comitente
• Nueva sección
• Fondo de Garantía de Derivados
Índice
Agente Liquidador Indirecto:
▫ Corredores de Bolsas de Valores
▫ Agentes de Valores
▫ Bancos
▫ Corredoras de Bolsas de Productos
▫ Inversionistas institucionales
▫ Otras instituciones que autorice la SVS
Agente Liquidador:
▫ Corredores de Bolsas de Valores
▫ Agentes de Valores
▫ Bancos
▫ Corredoras de Bolsas de Productos
▫ Otras instituciones que autorice la SVS
3. PRINCIPALES CAMBIOS NORMA CCLV
Requisitos para constituirse como Agente
Índice 3. PRINCIPALES CAMBIOS NORMA CCLV
Requisito patrimonial Agentes Liquidadores
Requisito de patrimonio mínimo corresponde a la suma de los montos señalados, dependiendo del
sistema en que opere y si lo hace con prestación de servicios de liquidación a Agentes Liquidadores
Indirectos.
Sistema de Contraparte Central Sistema de Cámara de Compensación
Renta Variable Instrumentos Derivados
Sin prestación de servicios de liquidación a ALI
20.000 UF 40.000 UF 20.000 UF
Con prestación de servicios de liquidación a ALI
40.000 UF 80.000 UF 40.000 UF
Índice
Requisitos Generales
• Depositante en el DCV.
• 2 cuentas corrientes bancarias.
Recursos humanos
• Cursar programa de capacitación CCLV.
• Al menos dos personas capacitadas.
Riesgo operacional
• Cumplir con check list, certificado por auditores externos.
Requisitos tecnológicos y continuidad operacional
• Cumplir con check list, certificado por auditores externos.
El resto de los requisitos se mantienen
REQUISITOS AGENTES LIQUIDADORES
3. PRINCIPALES CAMBIOS NORMA CCLV
Índice
Requisitos Generales
• Depositante en el DCV.
• 2 cuentas corrientes bancarias.
• Convenio suscrito con al menos un Agente Liquidador.
Recursos humanos
• Cursar programa de capacitación CCLV.
• Al menos dos personas capacitadas.
Riesgo operacional
• Cumplir con check list, certificado por auditores externos.
Los requisitos de los Agentes Liquidadores Indirectos no tienen
cambios.
REQUISITOS AGENTES LIQUIDADORES INDIRECTOS
3. PRINCIPALES CAMBIOS NORMA CCLV
Índice 3. PRINCIPALES CAMBIOS NORMA CCLV
Nuevo Contrato de Adhesión
• Un Agente Liquidador o Agente Liquidador indirecto que desee
participar de la compensación y liquidación de instrumentos
derivados, deberá firmar un Contrato de Adhesión específico para
esta cámara.
• Contrato adjunto en los anexos II y VI de las Normas de
Funcionamiento de la CCLV.
Índice 3. PRINCIPALES CAMBIOS NORMA CCLV
Incorporación figura comitente
• Persona natural o jurídica (cliente final) que celebre contratos de instrumentos
derivados a través de un Agente Liquidador o Agente Liquidador Indirecto.
• Agente por el cual opere es el responsable de la liquidación de las órdenes de
compensación asignadas al comitente.
• Debe firmar un contrato tipo de condiciones generales con el Agente, que
deberá ser remitido a la CCLV para la habilitación del comitente en el sistema.
• Podrán enterar garantías y asignarlas al comitente, las que cubrirán sólo las
exigencias de garantías de las órdenes de compensación de éstos.
• Información en los sistemas CCLV segregada a nivel de Agente y comitente, sin
perjuicio de que la relación de CCLV es exclusivamente con el Agente.
Índice 3. PRINCIPALES CAMBIOS NORMA CCLV
Nueva sección que norma la compensación y liquidación de
instrumentos derivados
• En la Sección C: Sistema de Contraparte Central, se detalla el ciclo
operativo de cada orden de compensación, considerando su ingreso,
registro, aceptación, cálculo de saldos e intereses abiertos netos, ciclo de
liquidación y resguardos financieros contemplados.
Nuevo Fondo de Garantías de Derivados
• Se incorpora la constitución de un fondo de garantía con aportes de
Agentes Liquidadores para la compensación y liquidación de instrumentos
derivados.
• Fondo de uso exclusivo para la cámara de derivados.
CÁMARA DE DERIVADOS CCLV
SUBGERENCIA DE OPERACIONES
CRISTIÁN LAMA FONT
SUBGERENTE DE OPERACIONES Y TESORERÍA
AGENDA
1. Descripción general de la cámara de derivados
2. Ingreso de órdenes de compensación
3. Registro y asignación de órdenes
4. Compensación de intereses abiertos y saldos
5. Aceptación de órdenes
6. Anulación y modificación de órdenes
7. Cierre diario y generación de saldos a liquidar
8. Proceso de liquidación
9. Sanciones y multas
1. Descripción General de la Cámara de Derivados Condición de Liquidación y Sistemas
a) Condición de Liquidación
b) Sistema de Información
• Para la administración, seguimiento y control del Mercado de Derivados, CCLV ha desarrollado un menú exclusivo dentro del árbol SEBRA, que proveerá a los Agentes y Comitentes de información actualizada y detallada de sus posiciones, garantías y resultados obtenidos de la operación en estos mercados.
Sistema de Contraparte Central
Cámara Mercado Condición de Liquidación
DE Instrumentos Derivados de Futuros Pagadera Mañana
1. Descripción General de la Cámara de Derivados Condición de Liquidación y Sistemas
La carpeta se encontrará en la siguiente ruta del árbol SEBRA:
Consultas/CCLV/Derivados
AGENDA
1. Descripción general de la cámara de derivados
2. Ingreso de órdenes de compensación
3. Registro y asignación de órdenes
4. Compensación de intereses abiertos y saldos
5. Aceptación de órdenes
6. Anulación y modificación de órdenes
7. Cierre diario y generación de saldos a liquidar
8. Proceso de liquidación
9. Sanciones y multas
Las bolsas de valores enviarán información continua de las
órdenes de compensación.
Los Agentes Liquidadores/Agentes Liquidadores Indirectos
están habilitados en el sistema de la CCLV para ingresar
órdenes de compensación.
El ingreso y registro de órdenes de compensación estará
sujeto a límites.
2. Ingreso de órdenes de compensación Comunicación e ingreso de las órdenes de compensación
AGENDA
1. Descripción general de la cámara de derivados
2. Ingreso de órdenes de compensación
3. Registro y asignación de órdenes
4. Compensación de intereses abiertos y saldos
5. Aceptación de órdenes
6. Anulación y modificación de órdenes
7. Cierre diario y generación de saldos a liquidar
8. Proceso de liquidación
9. Sanciones y multas
3. Registro y asignación de órdenes Asignaciones Manuales y Automáticas
La CCLV registrará en sus sistemas de forma automática todas las órdenes
de compensación ingresadas que provengan de bolsas de valores a
nombre de cada Agente Liquidador/Agente Liquidador Indirecto.
• Cuenta Propia
• Comitentes
Para la asignación de las órdenes de compensación a un comitente, el
Agente Liquidador/Agente Liquidador Indirecto deberá haber presentado
el respectivo en la CCLV al menos el día hábil anterior.
Para Operadores Directos que operen en el mercado de Derivados, y que
al menos con un día de antelación a su operación tengan registrado el
respectivo contrato de Comitente con su Agente en la CCLV, los sistemas
asignarán automáticamente sus operaciones a su Rut.
3. Registro y asignación de órdenes Proceso de asignación
ASIGNACIONES MANUALES
Al hacer doble click sobre la línea de la operación se despliega la ventana de asignación por RUT y se asigna de forma manual al comitente correspondiente y/o cuenta propia.
3. Registro y asignación de órdenes Registro de órdenes asignadas y no asignadas
Esta consulta se utiliza para visualizar todas las operaciones que no han sido asignadas de forma manual. Al final del día de operación las órdenes no asignadas, son asignadas automáticamente a la cuenta propia del Agente correspondiente.
AGENDA
1. Descripción general de la cámara de derivados
2. Ingreso de órdenes de compensación
3. Registro y asignación de órdenes
4. Compensación de intereses abiertos y saldos
5. Aceptación de órdenes
6. Anulación y modificación de órdenes
7. Cierre diario y generación de saldos a liquidar
8. Proceso de liquidación
9. Sanciones y multas
4. Compensación de intereses abiertos y saldos
Visualización en los sistemas de información de la CCLV
El sistema de información realizará en línea con el registro, el
cálculo de netos de las órdenes de compensación de
instrumentos derivados originadas en operaciones bursátiles.
El cálculo del interés abierto neto por cuenta propia y por
comitente corresponde al procedimiento mediante el cual se
netean las órdenes de compensación de compra y de venta
registradas en los sistemas de la CCLV.
Por instrumento y serie
4. Compensación de intereses abiertos y saldos
Visualización en los sistemas de información de la CCLV
El cálculo del saldo neto para el Agente Liquidador y Agente Liquidador Indirecto, corresponde a la suma de los saldos netos (resultados)de cuenta propia y de cada uno de sus comitentes.
El cálculo de saldo neto de un comitente y de cuenta propia es el procedimiento mediante el cual se obtienen los derechos y obligaciones en efectivo.
Pérdidas o ganancias producto de la compra y venta de
instrumentos derivados El cálculo y valorización de los intereses abiertos. Las ganancias o pérdidas generadas por vencimientos o
liquidación anticipada.
4. Compensación de intereses abiertos y saldos
Cuenta Derivados (Compensación en línea)
DFUC): Detalle de asignaciones de los Agentes con sus comitentes que incorpora:
•Mark-To-Market de intereses abiertos netos y actualización de precios de referencia en línea. •Compensación en línea con el registro en cuentas. •Compensación de intereses abiertos de cuenta propia y de comitentes. • Procesamiento de vencimientos de contratos.
4. Compensación de intereses abiertos y saldos
Resumen de Cuentas (actualización cada una hora)
(DFUR) : Resumen de cuentas, permite visualizar saldos generados en cuentas de registro de cada Agente, considerando cuenta propia y cuentas de sus comitentes
4. Compensación de intereses abiertos y saldos
Consulta de Saldos Netos Derivados
Los saldos a liquidar son el resultado del cálculo de la suma de los saldos netos acreedores y deudores de todos los comitentes y la cuenta propia de cada Agente.
Liquidación al día siguiente de calculados los saldos netos (T+1), en el mismo horario que la cámara PM (12:00 hrs).
4. Compensación de intereses abiertos y saldos
Reporte de Liquidación Financiera
El Reporte de Liquidación Financiera muestra los Saldos Netos Financieros a Liquidar a nivel de Agente y Comitente en detalle.
AGENDA
1. Descripción general de la cámara de derivados
2. Ingreso de órdenes de compensación
3. Registro y asignación de órdenes
4. Compensación de intereses abiertos y saldos
5. Aceptación de órdenes
6. Anulación y modificación de órdenes
7. Cierre diario y generación de saldos a liquidar
8. Proceso de liquidación
9. Sanciones y multas
5. Aceptación de órdenes de Compensación en Derivados
Proceso mediante el cual las órdenes de compensación de instrumentos derivados adquieren el estado de firmes e irrevocables.
A partir del momento de aceptación, la CCLV se constituye irrevocablemente en acreedora y deudora de los derechos y obligaciones derivadas de las órdenes aceptadas.
La aceptación será en línea con el registro de dichas órdenes en el sistema de la CCLV.
AGENDA
1. Descripción general de la cámara de derivados
2. Ingreso de órdenes de compensación
3. Registro y asignación de órdenes
4. Compensación de intereses abiertos y saldos
5. Aceptación de órdenes
6. Anulación y modificación de órdenes
7. Cierre diario y generación de saldos a liquidar
8. Proceso de liquidación
9. Sanciones y multas
6. Anulación y modificación de órdenes
La resciliación o modificación de órdenes de compensación de instrumentos derivados, se realizará excepcionalmente durante el día de ingresada la orden.
CCLV establecerá una hora límite para efectuar anulaciones/modificaciones la cual será informada a través de Comunicación Interna.
En ningún caso estará permitida la anulación/modificación o cambios en las asignaciones de Rut en días posteriores a la fecha en que se registró la operación.
AGENDA
1. Descripción general de la cámara de derivados
2. Ingreso de órdenes de compensación
3. Registro y asignación de órdenes
4. Compensación de intereses abiertos y saldos
5. Aceptación de órdenes
6. Anulación y modificación de órdenes
7. Cierre diario y generación de saldos a liquidar
8. Proceso de liquidación
9. Sanciones y multas
7. Cierre diario y generación de saldos netos
Finalizados los procesos de aceptación y asignación de operaciones, la CCLV proporcionará a través de sus sistemas de información los saldos netos a liquidar al día hábil siguiente (T+1).
Los intereses abiertos producto de saldos anteriores más las compras y/o ventas efectuadas durante el día conformarán los saldos actuales al término de cada jornada.
El cálculo de pérdidas y ganancias, producto de comparar el precio al cual se encuentran valorizados los intereses abiertos contra el precio de cierre diario, se mantendrá hasta la fecha de vencimiento de cada instrumento/serie.
El día del vencimiento (penúltimo día hábil bursátil de cada mes) se calcularán las pérdidas y/o ganancias comparando el precio al cual se encuentran valorizados los intereses abiertos con el precio del activo subyacente
7. Cierre diario y generación de saldos netos Ciclo Operativo Mercado de Derivados
AGENDA
1. Descripción general de la cámara de derivados
2. Ingreso de órdenes de compensación
3. Registro y asignación de órdenes
4. Compensación de intereses abiertos y saldos
5. Aceptación de órdenes
6. Anulación y modificación de órdenes
7. Cierre diario y generación de saldos a liquidar
8. Proceso de liquidación
9. Sanciones y multas
8. Proceso de liquidación Horarios Reglamentarios
Cámara DERIVADOS Horario Máximo de Cobertura
Proceso de cobertura Hasta las 12:00 hrs.
Proceso de complemento Entre las 12:00 hrs. y las 13:00 hrs.
Proceso de verificación Entre las 13:00 hrs. y las 13:15 hrs.
Proceso extraordinario A partir de las 13:15 horas
8. Proceso de liquidación Ejemplo de liquidación Cámara de Derivados
Día Precio
Contrato
Precio Mercado
Futuro
Resultado Unitario del Vendedor
Resultado Unitario del Comprador
2 4.261,12 4.263,18 -2,06 2,06
3 4.263,18 4.242,36 20,82 -20,82
4 4.242,36 4.259,37 -17,01 17,01
5 4.259,37 4.263,27 -3,90 3,90
Tamaño del
Contrato
Cantidad de
Contratos
Valorización Diaria del Contrato
10.000 10 426.112.000
10.000 10 426.318.000
10.000 10 424.236.000
10.000 10 425.937.000
Resultado del
Vendedor
Resultado del Comprador
- 206.000 206.000
2.082.000 - 2.082.000
- 1.701.000 1.701.000
- 390.000 390.000
Día Precio
Contrato
Precio Mercado
SPOT
Resultado Unitario del Vendedor
Resultado Unitario del Comprador
V 4.278,55 4.275,13 3,42 - 3,42
Tamaño del
Contrato
Cantidad de
Contratos
Valorización Final del
Contrato
10.000 10 427.855.000
Resultado del
Vendedor
Resultado del Comprador
342.000 - 342.000
Resultado del Contrato
Día Precio
Contrato
Precio Mercado
Futuro
Resultado Unitario del Vendedor
Resultado unitario del Comprador
1 4.255,93 4.261,12 -5,19 5,19
Tamaño del
Contrato
Cantidad de
Contratos
Monto de la
Operación
10.000 10 425.593.000
Resultado del
Vendedor
Resultado del Comprador
- 519.000 519.000
- 392.000 392.000
8. Proceso de liquidación Proceso de Cobertura
Los Agentes con saldo neto deudor deberán instruir a la respectiva empresa bancaria la transferencia desde sus cuentas corrientes a la cuenta corriente de efectivo que la CCLV mantiene en el Banco Central de Chile.
Los fondos deberán ser abonados y se encontrarse disponibles en dicha cuenta a más tardar a las 12:00 hrs.
La transferencia de efectivo para la Cámara de derivados debe ser independiente de las otras Cámaras.
Con el objeto de ajustarse a los horarios señalados, los Agentes deberán agotar todas las instancias posibles para el cumplimiento de sus obligaciones.
Cada vez que un Agente no entere la totalidad del efectivo correspondiente a su saldo neto deudor durante el proceso de cobertura, la CCLV informará inmediatamente dicho incumplimiento a la Superintendencia de Valores y Seguros y a las bolsas de valores.
8. Proceso de liquidación Proceso de Complemento
Si finalizado el proceso de cobertura algún Agente Liquidador/Agente Liquidador Indirecto presenta saldos netos no cubiertos, deberá informar a la CCLV la naturaleza de éste incumplimiento señalando el origen y el comitente involucrado, si corresponde.
El horario en el que se iniciará y finalizará el proceso de complemento no podrá tener una duración menor a 60 minutos.
Al respecto, las gestiones que realizará la CCLV son :
•En caso de incumplimiento imputable a un comitente y que CCLV verifique que el saldo neto no cubierto por el Agente corresponda sólo al saldo neto incumplido de dicho comitente, se utilizarán de manera inmediata las garantías en exceso del comitente incumplidor y luego las garantías en exceso del Agente
•En caso de incumplimiento imputable al Agente, se utilizarán de manera inmediata las garantías en exceso del Agente incumplidor.
8. Proceso de liquidación Proceso de Complemento
La utilización de los excesos de garantías según lo expuesto previamente, se realizará considerando el efectivo enterado o realizando operaciones de venta con compromiso de retrocompra con los instrumentos correspondientes.
De persistir saldos incumplidos, la CCLV instruirá a la respectiva empresa bancaria la transferencia de fondos correspondiente al pago desde sus cuentas corrientes bancarias mantenidas en instituciones financieras.
Finalizado el proceso de complemento, los Agentes que no enteren el efectivo, deberán enterarlos en la CCLV en el más breve plazo durante el día de liquidación para que ésta proceda a devolver los préstamos y/o se reembolse de los recursos financieros aportados.
8. Proceso de liquidación Proceso de Complemento
La CCLV estará facultada para realizar el cierre de los intereses abiertos
mantenidos por cuenta propia del Agente incumplidor y realizar el cierre de los intereses abiertos del comitente al cual haya sido imputado el incumplimiento, cuando corresponda.
Como medida adicional, la CCLV podrá transferir desde el Agente los intereses abiertos y las garantías enteradas en la CCLV a nombre de los comitentes no involucrados en el incumplimiento a otros Agentes o, realizar el cierre de los intereses abiertos de cada uno de los comitentes cuando dicha transferencia no pudiese ser llevada a cabo.
Los costos incurridos en la utilización de recursos y líneas de crédito por parte de la CCLV serán de cargo del Agente Liquidador/Agente Liquidador Indirecto incumplidor.
8. Proceso de liquidación Proceso de Verificación
Al término del proceso de complemento y previo al inicio del proceso de liquidación, descrito en el siguiente punto, la CCLV procederá a verificar los saldos cuyo efectivo se encuentre disponible en la cuenta corriente de efectivo de la CCLV.
Los saldos acreedores que resulten afectados por aquellos saldos deudores cuyo efectivo no esté disponible en la cuenta corriente de la CCLV en el BCCH, pasarán al proceso extraordinario de liquidación descrito en las Normas.
El procedimiento para seleccionar los saldos acreedores que resulten afectados por el incumplimiento será realizado utilizando el criterio de afectar a la menor cantidad de contrapartes.
8. Proceso de liquidación Liquidación de Saldos
Transferencia de fondos, a través de instrucciones de pago impartidas al Sistema LBTR, desde la cuenta corriente de efectivo de la CCLV en el Banco Central de Chile a los participantes con saldo neto acreedor.
Por medio de la comprobación de la ejecución del proceso anterior en el sistema administrado por el Banco Central, se dará por finalizado el proceso de liquidación.
El detalle del saldo liquidado se informará a través de los sistemas de información de la CCLV.
Sin perjuicio de los horarios establecidos a través de Comunicación Interna de acuerdo a lo señalado en este punto, la CCLV podrá proceder a la liquidación anticipada de los saldos pendientes de liquidar, bajo la condición de que se verifique el cumplimiento de todos los Agentes en el pago de sus saldos netos deudores.
8. Proceso de liquidación Proceso extraordinario de liquidación
El procedimiento extraordinario de liquidación tiene por objetivo gestionar y resolver los saldos que resulten afectados por incumplimientos, de acuerdo a lo establecido en estas Normas.
El periodo extraordinario para liquidar dichos incumplimientos no podrá extenderse más allá de las 12:00 horas del día hábil siguiente de la liquidación.
Ante el evento de utilización de las garantías de los Agentes en el procedimiento de liquidación extraordinaria, el orden de enajenación de las garantías será el siguiente:
Garantías del comitente incumplidor, en caso que haya sido identificado el incumplimiento e imputado a éste. Garantías propias del Agente incumplidor enteradas para la compensación y liquidación de instrumentos derivados . Garantías enteradas en exceso del Agente respectivo en los otros sistemas de compensación y liquidación de la CCLV. Fondo de garantía de instrumentos derivados.
8. Proceso de liquidación Proceso extraordinario de liquidación
Si el Agente Liquidador/Agente Liquidador Indirecto incumplidor entrega dicho efectivo faltante a la CCLV antes de las 12:00 horas del día hábil siguiente al día de la liquidación, la CCLV instruirá de inmediato las correspondientes ITF con cargo a su cuenta corriente de efectivo, contemplando como beneficiario de las mismas a los Agentes afectados..
En todo caso, el Agente incumplidor deberá hacerse cargo del pago correspondiente al costo de utilización de recursos propios de la CCLV o de terceros.
Sin perjuicio de lo anterior, si al final del día de liquidación, el Agente Liquidador/Agente Liquidador Indirecto no ha cumplido con sus saldos en efectivo frente a la CCLV, ésta el mismo día solicitará a las bolsas de valores la suspensión en los sistemas de negociación,, situación que será informada a la Superintendencia de Valores y Seguros y al Comité Disciplinario.
AGENDA
1. Descripción general de la cámara de derivados
2. Ingreso de órdenes de compensación
3. Registro y asignación de órdenes
4. Compensación de intereses abiertos y saldos
5. Aceptación de órdenes
6. Anulación y modificación de órdenes
7. Cierre diario y generación de saldos a liquidar
8. Proceso de liquidación
9. Sanciones y multas
9. Sanciones y multas Incumplimiento a las Normas de Funcionamiento
La sección “G” de las Normas de Funcionamiento establece las medidas
disciplinarias consistentes en multas o sanciones para los AL/ALI las cuales serán
impuestas por el Gerente General o por el Directorio conforme al tipo de
infracción en la que se haya incurrido.
El AL/ALI que se encuentre atrasado en los pagos por servicios a la CCLV, por conceptos correspondientes a dos meses calendario.
El AL/ALI que no entregue en plazo y forma la información que esté obligado a entregar, le solicite la CCLV o los Comités, de acuerdo a lo establecido en las Normas.
El AL/ALI provea los valores y/o efectivo durante el proceso de complemento de saldos y posiciones no cubiertos, de acuerdo a lo establecido en las Secciones C y D de las Normas.
El AL/ALI incumpla los requerimientos de garantías, en los horarios establecidos en las Normas.
9. Sanciones y multas Infracciones tipo B
El Agente Liquidador/Agente Liquidador Indirecto no provea los valores y/o efectivo durante el proceso de complemento de acuerdo a lo establecido en las Secciones C y D de las Normas.
Posterior al inicio del último proceso de aceptación, se rescilie o modifique órdenes de compensación aceptadas a nombre del Agente Liquidador/Agente Liquidador Indirecto en los sistemas de compensación y liquidación administrados por la CCLV.
El Agente Liquidador/Agente Liquidador Indirecto incumpla los requerimientos de garantías en los horarios establecidos en las Normas y cause con ello el cierre de intereses abiertos instruido por la CCLV.
El Agente Liquidador/Agente Liquidador Indirecto que se encuentre sometido a una investigación por el Comité Disciplinario falte a su obligación de cooperar y aportar la información y elementos que dicho Comité le requiera oportunamente.
El Agente Liquidador/Agente Liquidador Indirecto cometa infracciones tipo A, distintas al primer punto, en forma reiterada. Para lo anterior se entenderá por reiteración la ocurrencia de dicho evento dos o más veces en un mes calendario.
9. Sanciones y multas Infracciones tipo C
AL/ALI que incumpla con la provisión oportuna de efectivo para la compensación y liquidación de instrumentos derivados y de valores y efectivo para la compensación y liquidación de otros instrumentos financieros, en los horarios establecidos en las Normas para la liquidación de las órdenes aceptadas en la CCLV y genere a su vez un saldo y/o posición incumplida, que afecte a cinco o más Agentes o represente un 20% o más del valor de las posiciones netas totales o saldos netos totales a liquidar en el respectivo proceso de compensación y liquidación.
AL/ALI que se atrase en el cumplimiento de los requerimientos de garantías exigidas, de acuerdo a los horarios establecidos en las Normas, por un monto superior a UF 20.000.-
AL/ALI que habiendo recibido un requerimiento de garantía para el fondo de garantías, no realice su aporte en el plazo establecido por la CCLV.
AL/ALI que es suspendido por las SVS, Bancos e Instituciones Financieras o de Pensiones, según corresponda, o por alguna de las bolsas de valores o de productos de que es miembro, si corresponde.
9. Sanciones y multas Infracciones tipo D
AL/ALI cayere en insolvencia, celebrare convenios judiciales o extrajudiciales con sus acreedores, o fuere declarado en quiebra.
AL/ALI dejare de cumplir los requisitos para actuar como tal, en conformidad a lo establecido en la Sección B de las Normas.
Cualquier otra causal, que a criterio del Comité Disciplinario sea considerado como un incumplimiento a las Normas o que pueda afectar el normal funcionamiento de los sistemas de compensación y liquidación operados por la CCLV.
9. Sanciones y multas Aplicación de medidas disciplinarias
Infracciones Tipo A: Notificación por escrito.
Infracciones Tipo B: Notificación por escrito y multa conforme al siguiente cuadro:
Tipo de infracción Multa a aplicar
El AL/ALI no provea los valores y/o efectivo durante el proceso de complemento de acuerdo a lo establecido en las secciones C y D de las Normas de Funcionamiento
DERIVADOS RV PM PH
Entrega de saldo o posiciones
incumplidas en días posteriores al día de liquidación
Máximo de UF 100
Máximo de UF 100 Máximo de UF 100
Máximo de UF 100
Entrega de saldos o posiciones
incumplidas luego del horario de
complemento y en el día de
liquidación
0,5% del valor del saldo o posiciones
incumplidas, con un máximo de
UF 50
0,5% del valor del saldo o posiciones
incumplidas, con un máximo de UF 50
0,05% del valor del saldo o posiciones
incumplidas, con un máximo de UF 50
0,05% del valor del saldo o posiciones
incumplidas, con un máximo de UF 50
El AL/ALI recilie o modifique órdenes de compensación aceptadas en los sistemas de compensación y liquidación administrados por la CCLV posterior al ultimo proceso de aceptación.
UF 5 por orden de compensación o grupo de órdenes asociado a un mismo evento e instrumento, por cada contraparte afectada.
El AL/ALI indirecto cometa infracciones tipo A de las definidas en el literal iii) y iv) en forma reiterada en un mes calendario
UF 5 para 2do y 3er atraso UF 10 para 4to y 5to atraso UF 20 para 6to y siguientes atrasos
9. Sanciones y multas Aplicación de medidas disciplinarias
Infracciones Tipo C: El comité Disciplinario podrá proponer al Directorio la aplicación de multas hasta UF 1.000
Infracciones Tipo D: El comité Disciplinario podrá proponer al Directorio la aplicación de multas hasta UF 1.500 y la cancelación de la autorización como AL/ALI.
Para cualquiera de los tipos de infracciones señaladas en
las Normas de Funcionamiento los Agentes deberán cubrir
las multas dentro de tres días hábiles siguientes de su
notificación
CÁMARA DE DERIVADOS
SUBGERENCIA DE RIESGO
HANS MANDUJANO
INGENIERO DE RIESGO SENIOR
AGENDA
2.1 Nueva estructura de resguardos financieros para el
Sistema de Contraparte Central 2.2 Exigencia de garantías Cámara de Derivados
2.2.1 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Pestaña DE
2.2.2 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Fondo SCC-DE y Fondo SCC-RV
2.2.3 Requerimientos de garantías por órdenes no asignadas
2.3 Administración de Límites
2.3.1 Límite de Riesgo Intradiario
2.3.2 Estructura consulta Límite de Concentración
2.3.2.1 Nivel Agente
2.3.2.2 Nivel Comitente
2.4 Instrumentos depositables en garantía
2.4.1 Nuevos Instrumentos
2.4.2 Diversificación
2.5 Cambios en ingreso y retiro de garantías - Mantención de papeletas
2.6 Consulta detallada de garantías
2.7 Requisitos Operativos
2.7.1 Requisito de Patrimonio
2.7.2 Capital Operacional
2.7.3 Requisito de Liquidez
ESTRUCTURA SISTEMAS CCLV
CCLV
Sistema de Compensación y Liquidación
Cámara PH Cámara PM Cámara SM
Sistema de Contraparte
Central
Cámara Renta Variable
Cámara de Derivados
ESTRUCTURA SISTEMAS CCLV
¿Cómo se administra el Riesgo Financiero en la CCLV?
Requisitos Mínimos
Garantías Corrientes
Límites de Aceptación
Fondo de Garantía Derivados
Fondo de Reserva
Patrimonio
ESTRUCTURA SISTEMAS CCLV
¿Cómo se administra el Riesgo Financiero en la CCLV?
Fondo de Reserva
Fondo de Garantía Sistema de Compensación
y Liquidación
Garantías Exigidas Cámara PH
Garantías Exigidas Cámara PM
Garantías Exigidas Cámara SM
Patrimonio CCLV
Fondo de Reserva
Fondo de Garantía Sistema de Contraparte
Central Derivados
Garantías Exigidas Cámara de Derivados
Fondo de Garantía Sistema de Contraparte Central
Renta Variable
Garantías Exigidas Cámara Renta
Variable
Contraparte Central Compensación y liquidación
AGENDA
2.1 Nueva estructura de resguardos financieros para el Sistema de Contraparte Central
2.2 Exigencia de garantías Cámara de Derivados
2.2.1 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Pestaña DE 2.2.2 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Fondo SCC-DE y Fondo SCC-RV
2.2.3 Requerimientos de garantías por órdenes no asignadas
2.3 Administración de Límites
2.3.1 Límite de Riesgo Intradiario
2.3.2 Estructura consulta Límite de Concentración
2.3.2.1 Nivel Agente
2.3.2.2 Nivel Comitente
2.4 Instrumentos depositables en garantía
2.4.1 Nuevos Instrumentos
2.4.2 Diversificación
2.5 Cambios en ingreso y retiro de garantías - Mantención de papeletas
2.6 Consulta detallada de garantías
2.7 Requisitos Operativos
2.7.1 Requisito de Patrimonio
2.7.2 Capital Operacional
2.7.3 Requisito de Liquidez
ESTRUCTURA NUEVO RESUMEN DE GARANTÍAS – PESTAÑA DE
La consulta Resumen de Garantías (GRES) se encuentra siguiendo la ruta:
CCLV Garantías Consultas Resumen de Garantías CCLV
La importancia de esta consulta radica en que contiene la principal información que necesita el Agente para gestionar su riesgo con la CCLV.
N° de cuenta asignada para realizar
depósitos de garantías a la cámara
de Derivados
ESTRUCTURA NUEVO RESUMEN DE GARANTÍAS – PESTAÑA DE
La nueva pestaña DE (Cuenta N°62) mostrará el Resumen de Garantías para el mercado de Derivados.
Los campos antiguos y nuevos que contiene esta pestaña en particular son los siguientes:
Se actualizará cada vez que cambien las
G.Corrientes N.A.
Se actualizará de manera continua, al
apretar “IR”
Su actualización es mensual
Se actualizará cada 1 Hora.
ESTRUCTURA NUEVO RESUMEN DE GARANTÍAS – PESTAÑA DE
Garantías Mínimas: Corresponde al nivel mínimo de garantías que deberá mantener el agente.
Garantías Adicionales: Corresponde a la exigencia adicional de garantías por volatilidades de mercado o por exceso de concentración.
G. Corrientes NA: Corresponden a las garantías exigidas por operaciones no asignadas.
Margin Call CO: Corresponde a la sumatoria de déficit de garantías de todos sus comitentes.
Garantías Exigidas = Máx[G.Corrientes;G.Mínimas] + G.Adicionales + G. Corrientes NA + Margin Call CO
ESTRUCTURA NUEVO RESUMEN DE GARANTÍAS – PESTAÑA DE
Garantías Enteradas: Corresponde a la valorización de las garantías enteradas por el Agente. El campo G.Ent.Div, indica la valorización según los límites de diversificación.
Margin Call = Garantías Enteradas – Garantías Exigidas
Margin Call Diversificado = Garantías Enteradas Diversificadas – Garantías Exigidas
Div. DER y Div.CO: La primera indica si el Agente cumple los criterios de diversificación. La segunda muestra si todos sus comitentes cumplen los criterios de diversificación.
ESTRUCTURA NUEVO RESUMEN DE GARANTÍAS – PESTAÑA DE
• Siempre que las garantías exigidas superen a las garantías enteradas por el agente, el campo G.Ex vs G.Ent.DE se pondrá rojo, ya que la proporción superará el 100%.
• Si del cálculo intradiario de garantías resulta un número mayor a la garantía enterada diversificada en 30%, la CCLV SIEMPRE realizará un llamado a margen por el diferencial.
• El Agente tendrá como plazo máximo dos procesos de cálculo de garantías para cubrir su déficit.
• CCLV podrá hacer un llamado de margen en cualquier momento del día por porcentajes o cantidades menores a los mencionados siempre que lo estime conveniente.
Margin Call sobre 130%
Aparecerá en rojo cada vez que haya déficit de
garantías
ESTRUCTURA NUEVO RESUMEN DE GARANTÍAS – PESTAÑA DE
G. Adicionales LC ($): Corresponden a las garantías exigidas por exceder el límite de concentración de una o más series, a nivel Agente.
Representa la garantía adicional exigida para
distintos agentes.
ESTRUCTURA NUEVO RESUMEN DE GARANTÍAS – PESTAÑA DE
Para cada Agente se visualizará una pestaña de detalle, la cual entregará información sobre todos los comitentes del agente.
Para ingresar se debe hacer doble click en cualquier campo del Agente en el Resumen de Garantías.
Valor que visualizará el Agente en la columna
“Margin Call CO”
Si hay un sólo comitente que no
cumpla, el resultado para el agente será
“NO” Comitentes que tienen relación con el Agente
Garantías Exigidas Comitente = G.Corrientes + G.Adicionales LC CO
ESTRUCTURA NUEVO RESUMEN DE GARANTÍAS – PESTAÑA DE
Margin call Comitentes
Valor que visualizará el Agente en la columna
“Margin Call CO”
AGENDA
2.1 Nueva estructura de resguardos financieros para el Sistema de Contraparte Central
2.2 Exigencia de garantías Cámara de Derivados
2.2.1 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Pestaña DE
2.2.2 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Fondo
SCC-DE y Fondo SCC-RV 2.2.3 Requerimientos de garantías por órdenes no asignadas
2.3 Administración de Límites
2.3.1 Límite de Riesgo Intradiario
2.3.2 Estructura consulta Límite de Concentración
2.3.2.1 Nivel Agente
2.3.2.2 Nivel Comitente
2.4 Instrumentos depositables en garantía
2.4.1 Nuevos Instrumentos
2.4.2 Diversificación
2.5 Cambios en ingreso y retiro de garantías - Mantención de papeletas
2.6 Consulta detallada de garantías
2.7 Requisitos Operativos
2.7.1 Requisito de Patrimonio
2.7.2 Capital Operacional
2.7.3 Requisito de Liquidez
• Las cámaras RV y DE pertenecen al Sistema SCC, sin embargo cada una tendrá su propio Fondo de Garantía.
• Todos los agentes aportan al fondo, en función del riesgo que representaron sus operaciones para la CCLV durante el último mes. Los Agentes Liquidadores Indirectos no enteran garantías.
• Los Agentes visualizan el fondo en la consulta Resumen de Garantías de la siguiente manera:
• Hasta las 9:30 horas del día siguiente es el plazo máximo para ingresar garantías en caso de déficit el primer día hábil del mes.
ESTRUCTURA NUEVO RESUMEN DE GARANTÍAS – FONDO SCC-DE
Valorización total de las garantías enteradas
por el agente
Valorización de las garantías enteradas
bajo criterios de diversificación
Diferencia entre garantías enteradas y
exigidas
Exigencia mensual del agente para el Fondo
de garantía
AGENDA
2.1 Nueva estructura de resguardos financieros para el Sistema de Contraparte Central
2.2 Exigencia de garantías Cámara de Derivados
2.2.1 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Pestaña DE
2.2.2 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Fondo SCC-DE y Fondo SCC-RV
2.2.3 Requerimientos de garantías por órdenes no
asignadas 2.3 Administración de Límites
2.3.1 Límite de Riesgo Intradiario
2.3.2 Estructura consulta Límite de Concentración
2.3.2.1 Nivel Agente
2.3.2.2 Nivel Comitente
2.4 Instrumentos depositables en garantía
2.4.1 Nuevos Instrumentos
2.4.2 Diversificación
2.5 Cambios en ingreso y retiro de garantías - Mantención de papeletas
2.6 Consulta detallada de garantías
2.7 Requisitos Operativos
2.7.1 Requisito de Patrimonio
2.7.2 Capital Operacional
2.7.3 Requisito de Liquidez
Cada vez que se haga una operación, debe realizarse un proceso de asignación de los intereses abiertos posteriormente, con el objetivo de determinar quién realmente la realizó: El propio agente o alguno de sus comitentes.
Las operaciones que no se asignen pasarán por un proceso aparte, el cual se visualizará en la consulta G. Corrientes Oper. No Asignadas.
Si al finalizar el día aun quedan ordenes pendientes de asignación, éstas serán asignadas a la cuenta propia del Agente.
GARANTÍAS POR ÓRDENES NO ASIGNADAS
Los contratos abiertos se podrán asignar al Agente, a
algún(os) comitente(s) o
ambos.
La consulta G.Corrientes Oper. No Asignadas (DGNA) indicará cuál es la exigencia de garantías de la CCLV producto de intereses abiertos que no hayan sido asignados o que no hayan sido evaluados por el sistema de riesgo todavía.
Se actualizará en línea, al igual que en el Resumen de Garantías, y se calculará de la siguiente manera:
GARANTÍAS POR ÓRDENES NO ASIGNADAS
G. Corrientes NA: Interés Abierto Máx serie+ Lote Padrón serie+ Precio Teórico serie + Haircut % serie
El cálculo se realizará por
serie
Este valor se visualizará en la
columna G.Corrientes N.A. del Resumen de
Garantías del Agente
Otro cuadro se abre al hacer click sobre el botón Detalle, para poder ver el desglose de operaciones.
El detalle de la consulta G.Corrientes Oper. No Asignadas muestra, por folio, cuáles han sido los contratos de compra o venta a futuro que se han realizado a nombre del Agente.
GARANTÍAS POR ÓRDENES NO ASIGNADAS
Folio de la operación
AGENDA
2.1 Nueva estructura de resguardos financieros para el Sistema de Contraparte Central
2.2 Exigencia de garantías Cámara de Derivados
2.2.1 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Pestaña DE
2.2.2 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Fondo SCC-DE y Fondo SCC-RV
2.2.3 Requerimientos de garantías por órdenes no asignadas
2.3 Administración de Límites
2.3.1 Límite de Riesgo Intradiario 2.3.2 Estructura consulta Límite de Concentración
2.3.2.1 Nivel Agente
2.3.2.2 Nivel Comitente
2.4 Instrumentos depositables en garantía
2.4.1 Nuevos Instrumentos
2.4.2 Diversificación
2.5 Cambios en ingreso y retiro de garantías - Mantención de papeletas
2.6 Consulta detallada de garantías
2.7 Requisitos Operativos
2.7.1 Requisito de Patrimonio
2.7.2 Capital Operacional
2.7.3 Requisito de Liquidez
El Límite de Riesgo intradiario es el máximo valor respecto al 40% de las garantías enteradas y 30.000 UF.
Bloqueo
Si del cálculo intradario de garantías, existe un margin call mayor al Límite de Riesgo Intradiario, la CCLV realizará un llamado de margen por este diferencial y bloqueará la apertura de nuevas posiciones:
Sin perjuicio de lo anterior, la CCLV podrá bloquear la apertura de nuevas posiciones de un agente por porcentajes o cantidades menores a los mencionados siempre que lo estime conveniente.
LÍMITE DE RIESGO INTRADIARIO
LRICBloqueo AgenteAgente M
AGENDA
2.1 Nueva estructura de resguardos financieros para el Sistema de Contraparte Central
2.2 Exigencia de garantías Cámara de Derivados
2.2.1 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Pestaña DE
2.2.2 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Fondo SCC-DE y Fondo SCC-RV
2.2.3 Requerimientos de garantías por órdenes no asignadas
2.3 Administración de Límites
2.3.1 Límite de Riesgo Intradiario
2.3.2 Estructura consulta Límite de Concentración
2.3.2.1 Nivel Agente 2.3.2.2 Nivel Comitente
2.4 Instrumentos depositables en garantía
2.4.1 Nuevos Instrumentos
2.4.2 Diversificación
2.5 Cambios en ingreso y retiro de garantías - Mantención de papeletas
2.6 Consulta detallada de garantías
2.7 Requisitos Operativos
2.7.1 Requisito de Patrimonio
2.7.2 Capital Operacional
2.7.3 Requisito de Liquidez
La Consulta Límite de Concentración (DELC) establece límites a la cantidad de intereses abiertos que pueden mantener los Agentes y comitentes, para una determinada serie.
Limite Interés Abiertoserie j = Máx[ p(t) * Q(t) ; L(t) ]
Siendo,
– p: Porcentaje definido por la CCLV para una determinada serie.
– Q: Cantidad total de intereses abiertos en el mercado.
– L: Cantidad límite de contratos abiertos para una determinada serie.
Se ingresa a través de la ruta:
CCLV Garantías
Consultas Límite de Concentración
ESTRUCTURA LÍMITE DE CONCENTRACIÓN – NIVEL AGENTE
La pestaña Agente informa acerca de la cantidad de contratos abiertos por el agente, y si éstos exceden los límites definidos por serie.
Se exigirán garantías adicionales por exceder el límite para alguna serie.
ESTRUCTURA LÍMITE DE CONCENTRACIÓN – NIVEL AGENTE
Límite I. Abierto: Límite definido por la CCLV para cada serie en particular. Puede ser una cantidad fija de contratos o una proporción del total de contratos abiertos en el mercado.
G.Adicionales LC: e(Exceso [%]) * N° Contratos a cerrarserie j * Lote Padronserie j* P. Teóricoserie j* Haircutserie j
Interés Abierto: Cantidad de contratos de compra o venta vigentes de una serie en particular.
Se visualiza en el Resumen de
Garantías
AGENDA
2.1 Nueva estructura de resguardos financieros para el Sistema de Contraparte Central
2.2 Exigencia de garantías Cámara de Derivados
2.2.1 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Pestaña DE
2.2.2 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Fondo SCC-DE y Fondo SCC-RV
2.2.3 Requerimientos de garantías por órdenes no asignadas
2.3 Administración de Límites
2.3.1 Límite de Riesgo Intradiario
2.3.2 Estructura consulta Límite de Concentración
2.3.2.1 Nivel Agente
2.3.2.2 Nivel Comitente 2.4 Instrumentos depositables en garantía
2.4.1 Nuevos Instrumentos
2.4.2 Diversificación
2.5 Cambios en ingreso y retiro de garantías - Mantención de papeletas
2.6 Consulta detallada de garantías
2.7 Requisitos Operativos
2.7.1 Requisito de Patrimonio
2.7.2 Capital Operacional
2.7.3 Requisito de Liquidez
Para cada Agente, la pestaña Comitente muestra la cantidad de intereses abiertos de sus comitentes a través de él.
La cantidad de contratos a cerrar por parte de un comitente, será proporcional a la cantidad de intereses abiertos a través de cada agente.
ESTRUCTURA LÍMITE DE CONCENTRACIÓN – NIVEL COMITENTE
N° contratos a cerrar a través Agentej N° total contratos a cerrar *(N° contratos abiertos a través Agentej / N° total de contratos abiertos)
Cantidad relativa a este
Agente
AGENDA
2.1 Nueva estructura de resguardos financieros para el Sistema de Contraparte Central
2.2 Exigencia de garantías Cámara de Derivados
2.2.1 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Pestaña DE
2.2.2 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Fondo SCC-DE y Fondo SCC-RV
2.2.3 Requerimientos de garantías por órdenes no asignadas
2.3 Administración de Límites
2.3.1 Límite de Riesgo Intradiario
2.3.2 Estructura consulta Límite de Concentración
2.3.2.1 Nivel Agente
2.3.2.2 Nivel Comitente
2.4 Instrumentos depositables en garantía
2.4.1 Nuevos Instrumentos
2.4.2 Diversificación 2.5 Cambios en ingreso y retiro de garantías - Mantención de papeletas
2.6 Consulta detallada de garantías
2.7 Requisitos Operativos
2.7.1 Requisito de Patrimonio
2.7.2 Capital Operacional
2.7.3 Requisito de Liquidez
Nuevos Instrumentos
Se aceptarán garantías en:
– Dólares de los Estados Unidos de América.
– Bonos y Notas del Tesoro de los Estados Unidos de América depositables en el DTC (Depositary Trust Company).
Diversificación
INSTRUMENTOS DEPOSITABLES EN GARANTÍAS
Instrumento Diversificación Observaciones
Monedas (Pesos, dólar) 30%-100%
IRF – IIF Tesorería – BCCh 30%-100%
IRF Extranjeros 30%-100%
IRF AA+ 0%-20% Instrumento de un mismo emisor no pueden superar 4%
Acciones c/ presencia Bursátil
0%-20% Instrumentos de un mismo emisor no pueden superar el 4%
IIF N-1 0%-70% Instrumentos de un mismo emisor no pueden superar el 20%
Para la cámara Derivados el Agente podrá visualizar en la consulta Diversificación CCLV, su portafolio de garantías enteradas diversificadas y las de sus comitentes.
CONSULTA DE DIVERSIFACIÓN
Mín/Máx Teórico: Valor mínimo a depositar por el agente y máximo a considerar por parte de la CCLV.
Garantía Diversificada: Valor considerado por la CCLV en base a los criterios de diversificación, respecto a las garantías enteradas del agente.
Garantía Exigida Agente (DE): Máx[ G.Corrientes : G.Mínimas] + G. Adicionales + G.Corrientes NA+ G.Adicionales LC+ Margin Call CO.
Garantía Exigida Comitente (DE): G.Corrientes + G. Adicionales LC CO.
CONSULTA DE DIVERSIFACIÓN
Diversificador Cámara DE ( Agente- Comitente)
Diversificador Fondo SCC-DE (Agente)
CONSULTA DE DIVERSIFACIÓN
Código del Agente
RUT Cuenta Propia, RUT comitente
IND (individual) por cámara
Fondo (AFP)
Código del Agente
FON (individual) por cámara
Garantías Enteradas VS Garantías Enteradas Diversificadas
- Detalle de Garantías
- Resumen de Garantías
CONSULTA DE DIVERSIFACIÓN
Garantías Enteradas
Diversificador: (Ejemplo)
CONSULTA DE DIVERSIFACIÓN
Categoría I: Monedas (Pesos y dólar); IRF - IIF Tesgral - BCCh; IRF Extranjeros
CONSULTA DE DIVERSIFACIÓN
INSTUMENTOS DEPOSITADOS Enterado
912810DP0 $ 58.450.215
CASHCLP $ 20.000.000
Total $ 78.450.215
Se toma el 100% de lo enterado. Y
cumple con el 30% para la
diversificación
Categoría II: IRF AA+ ; Acciones con Presencia Bursátil
CONSULTA DE DIVERSIFACIÓN
INSTURMENTOS DEPOSITADOS
Enterado Enterado
Diversificado
BBVAH50105 $ 821.295 $ 821.295
CHI3470205 $ 9.706.759 $ 3.189.540
AGUAS-A $ 17.092.485 $ 3.189.540
Total $ 7.200.376
Si lo enterado > 4% de lo exigido, e toma $3.189.540.
Se toma los $7.200.376 , ya que lo enterado diversificado total es menor que el 20% de
lo exigido.
Si lo enterado < 4% de lo exigido, se toma lo enterado.
Categoría III: IIF N-1 (emisor <> depositante)
CONSULTA DE DIVERSIFACIÓN
Se toma los $9.145.196 , ya que lo
enterado es menor que el 20% de lo
exigido.
INSTURMENTOS DEPOSITADOS
Enterado
Enterado Diversificado
NBBV280912 $ 9.145.196 $ 9.145.196
Total $ 9.145.196
AGENDA
2.1 Nueva estructura de resguardos financieros para el Sistema de Contraparte Central
2.2 Exigencia de garantías Cámara de Derivados
2.2.1 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Pestaña DE
2.2.2 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Fondo SCC-DE y Fondo SCC-RV
2.2.3 Requerimientos de garantías por órdenes no asignadas
2.3 Administración de Límites
2.3.1 Límite de Riesgo Intradiario
2.3.2 Estructura consulta Límite de Concentración
2.3.2.1 Nivel Agente
2.3.2.2 Nivel Comitente
2.4 Instrumentos depositables en garantía
2.4.1 Nuevos Instrumentos
2.4.2 Diversificación
2.5 Cambios en ingreso y retiro de garantías - Mantención
de papeletas 2.6 Consulta detallada de garantías
2.7 Requisitos Operativos
2.7.1 Requisito de Patrimonio
2.7.2 Capital Operacional
2.7.3 Requisito de Liquidez
Retiros y Depósitos de garantías:
Cuenta 62: Para los Agente y comitentes.
Cuenta 63: Sólo Agentes.
INGRESO DE GARANTÍA – MANTENCIÓN DE PAPELETAS CCLV
Nemotécnico instrumento
Tipo de instrumento
Rut Agente, Rut Comitente, sólo
para la cuenta 62
Para cada cámara existe una cuenta
asociada
Número de Cuenta Denominación Cámaras Consideradas
52 Fondo Garantía SCC-RV Renta Variable
53 Garantía Individual RV Renta Variable
55 Garantía Individual PH Pagadero Hoy
57 Garantía Individual PM Pagadero Mañana
62
Garantía Individual DE Derivados
63 Fondo Garantía SCC-DE Derivados
68 Garantía Individual SM Simultáneas
67 Cuenta de cobertura Todas las cámaras
71 Fondo Garantía SCL Multicámaras
INGRESO DE GARANTÍA – MANTENCIÓN DE PAPELETAS CCLV
AGENDA
2.1 Nueva estructura de resguardos financieros para el Sistema de Contraparte Central
2.2 Exigencia de garantías Cámara de Derivados
2.2.1 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Pestaña DE
2.2.2 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Fondo SCC-DE y Fondo SCC-RV
2.2.3 Requerimientos de garantías por órdenes no asignadas
2.3 Administración de Límites
2.3.1 Límite de Riesgo Intradiario
2.3.2 Estructura consulta Límite de Concentración
2.3.2.1 Nivel Agente
2.3.2.2 Nivel Comitente
2.4 Instrumentos depositables en garantía
2.4.1 Nuevos Instrumentos
2.4.2 Diversificación
2.5 Cambios en ingreso y retiro de garantías - Mantención de papeletas
2.6 Consulta detallada de garantías 2.7 Requisitos Operativos
2.7.1 Requisito de Patrimonio
2.7.2 Capital Operacional
2.7.3 Requisito de Liquidez
Los Agentes pueden visualizar la cartera de garantías que poseen en las respectivas cámaras y para la cámara de derivados las de sus comitentes.
CONSULTA DETALLADA DE GARANTÍA CCLV
Seleccionar el sistema requerido
Seleccionar la cámara a consultar
Tipo de cuenta asociada a una
cámara de la CCLV
Código del Agente
Rut de los comitentes para la cámara Derivados
CONSULTA DETALLADA DE GARANTÍA CCLV
Cuenta Asociada a la cámara Derivados
Cuenta Asociada al Fondo de Garantías
SCC-DE
AGENDA
2.1 Nueva estructura de resguardos financieros para el Sistema de Contraparte Central
2.2 Exigencia de garantías Cámara de Derivados
2.2.1 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Pestaña DE
2.2.2 Estructura nuevo Resumen de Garantías – Fondo SCC-DE y Fondo SCC-RV
2.2.3 Requerimientos de garantías por órdenes no asignadas
2.3 Administración de Límites
2.3.1 Límite de Riesgo Intradiario
2.3.2 Estructura consulta Límite de Concentración
2.3.2.1 Nivel Agente
2.3.2.2 Nivel Comitente
2.4 Instrumentos depositables en garantía
2.4.1 Nuevos Instrumentos
2.4.2 Diversificación
2.5 Cambios en ingreso y retiro de garantías - Mantención de papeletas
2.6 Consulta detallada de garantías
2.7 Requisitos Operativos
2.7.1 Requisito de Patrimonio
2.7.2 Capital Operacional
2.7.3 Requisito de Liquidez
REQUISITOS OPERATIVOS
Para constituirse como Agentes Liquidadores se deberá cumplir con un patrimonio cuyo mínimo se determina dependiendo del o los sistemas en el cual opere, el tipo de instrumento y la prestación de servicios de liquidación a terceros, según la tabla siguiente:
En la medida que las entidades deseen compensar y liquidar a través de la CCLV instrumentos de acuerdo a lo detallado en el cuadro anterior, otorgando prestación de servicios de liquidación a Agentes Liquidadores Indirectos o no, el patrimonio corresponderá a la suma de los patrimonios requeridos para cada caso.
REQUISITO DE PATRIMONIO
REQUISITOS DE PATRIMONIO
Sistema de Contraparte Central Sistema de Cámara de Compensación
Renta Variable Instrumentos Derivados
Sin prestación de servicios de liquidación a Agentes Liquidadores Indirectos
20.000 UF (0.85 mill USD) 40.000 UF (1.7 mill USD) 20.000 UF (0.85 mill USD)
Con prestación de servicios de liquidación a Agentes Liquidadores Indirectos
40.000 UF (1.7 mill USD)
80.000 UF (3.4 mill USD) 40.000 UF (1.7 mill USD)
Los Agentes Liquidadores deberán mantener un capital operacional exigido mínimo que corresponderá al mayor valor entre el requisito de patrimonio y el capital operacional compuesto de lo siguiente:
Capital operacional SCC: Corresponde al valor en riesgo de las posiciones netas de renta variable con condición de liquidación contado normal y de los intereses abiertos de instrumentos derivados, más las pérdidas o ganancias con condición de liquidación pagadero mañana del Agente Liquidador, simulados con un nivel de confianza del 99%, ajustados por un factor que permitiría cubrir las potenciales variaciones de precios de períodos en que el mercado no tenga actividad suficiente para poder liquidar una posición o cerrar intereses abiertos, el cual se calcula con la siguiente fórmula:
El capital operacional exigido corresponderá al promedio del capital operacional diario de los últimos 180 días.
CAPITAL OPERACIONAL
Capital Operacional = Capital operacional SCC + Capital operacional SCL
7*10/3*VaR RV(99%)+7*10/2* VaR DER(99%)
Los Agentes Liquidadores deberán cumplir todos los días de operación, requisitos de liquidez en pesos que se establecerán en función de sus saldos deudores del día y de sus saldos deudores promedio producto de las órdenes aceptadas en los sistemas de la CCLV, en los últimos 180 días.
El requisito de liquidez corresponderá al menor valor entre el saldo deudor del día, y el promedio más una desviación estándar de los saldos netos deudores del Agente Liquidador de los últimos 180 días calculado al último día hábil de la semana anterior.
El Agente Liquidador deberá disponer de recursos líquidos por un monto igual o mayor a la suma de los requisitos de liquidez antes señalados.
REQUISITO DE LIQUIDEZ
]x ;Netodeudor Mín[Saldo Liquidez de RequisitoNeto SDDiario
Los recursos líquidos disponibles se calcularán como la suma de:
• Transferencia en la Cuenta Corriente de Efectivo de la CCLV en el Banco Central de Chile.
• Los montos en pesos disponibles en al menos dos líneas de crédito bancarias.
• El monto en exceso de garantías enteradas sobre las garantías exigidas, en instrumentos líquidos que mantenga el Agente Liquidador en la CCLV, entendiendo como instrumentos líquidos el efectivo y los instrumentos emitidos por el Banco Central de Chile y la Tesorería General de la República.
REQUISITO DE LIQUIDEZ
FILIAL BOLSA DE COMERCIO DE SANTIAGO