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CONSIDERACIONES SOBRE LA DEMOCRACIA La Democracia es el gobierno por el pueblo, es la forma de organización social y política que mejor garantiza el respeto, el ejercicio y promoción de los derechos humanos (Nogueira, 1993). Los valores en que se funda la Democracia son la dignidad de la persona (que es el igual reconocimiento y valoración integral de todos los seres humanos por el solo hecho de ser persona); la libertad (que es inherente al ser humano y que, por lo tanto, en ningún caso se le puede arrebatar o quitar en forma arbitraria) y la igualdad (que significa que todas las personas nacen iguales en dignidad y derechos). Etimológicamente, la palabra democracia proviene de las raíces griegas “demos” (pueblo) y “cratos” (gobierno, poder) y significa gobierno del pueblo. Pericles (495-429 a.C.), en su oración fúnebre en homenaje de los muertos en la primera campaña del Peloponeso, definía a la democracia ateniense expresando que “Nuestro régimen político es la democracia, y se llama así por los derechos que reconoce a todos los ciudadanos. Todos somos iguales ante la ley... Todos exponemos libremente nuestras opiniones sobre los asuntos públicos... Todos los ciudadanos, incluso los que se dedican a los trabajos manuales, toman parte en la vida pública; y si hay alguno que se desinteresa de ella, se le considera como hombre inútil e indigno de toda consideración”. De las palabras de Pericles se desprenden las características de la democracia ateniense: La democracia directa, es aquella en la que el pueblo, sin mandatarios ni representantes, por sí mismo, se da sus leyes. La democracia indirecta o representativa, es aquella en la que el pueblo no gobierna ni delibera sino por medio de sus representantes. La democracia semidirecta, es aquella que posibilita la participación directa del pueblo en el proceso de formulación de las decisiones del poder en el Estado. Combina la idea de democracia directa con democracia representativa. Estas formas semidirectas se materializan en las siguientes instituciones:

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CONSIDERACIONES SOBRE LA DEMOCRACIA

La Democracia es el gobierno por el pueblo, es la forma de organización social y política que mejor garantiza el respeto, el ejercicio y promoción de los derechos humanos (Nogueira, 1993).

Los valores en que se funda la Democracia son la dignidad de la persona (que es el igual reconocimiento y valoración integral de todos los seres humanos por el solo hecho de ser persona); la libertad (que es inherente al ser humano y que, por lo tanto, en ningún caso se le puede arrebatar o quitar en forma arbitraria) y la igualdad (que significa que todas las personas nacen iguales en dignidad y derechos).

Etimológicamente, la palabra democracia proviene de las raíces griegas “demos” (pueblo) y “cratos” (gobierno, poder) y significa gobierno del pueblo.

Pericles (495-429 a.C.), en su oración fúnebre en homenaje de los muertos en la primera campaña del Peloponeso, definía a la democracia ateniense expresando que “Nuestro régimen político es la democracia, y se llama así por los derechos que reconoce a todos los ciudadanos. Todos somos iguales ante la ley... Todos exponemos libremente nuestras opiniones sobre los asuntos públicos... Todos los ciudadanos, incluso los que se dedican a los trabajos manuales, toman parte en la vida pública; y si hay alguno que se desinteresa de ella, se le considera como hombre inútil e indigno de toda consideración”.

De las palabras de Pericles se desprenden las características de la democracia ateniense:

La democracia directa, es aquella en la que el pueblo, sin mandatarios ni representantes, por sí mismo, se da sus leyes.

La democracia indirecta o representativa, es aquella en la que el pueblo no gobierna ni delibera sino por medio de sus representantes.

La democracia semidirecta, es aquella que posibilita la participación directa del pueblo en el proceso de formulación de las decisiones del poder en el Estado. Combina la idea de democracia directa con democracia representativa. Estas formas semidirectas se materializan en las siguientes instituciones:

a) Referéndum: es el derecho de la ciudadanía a intervenir directamente en la formulación y sanción de las leyes o en alguna de las etapas del proceso de su formulación y sanción, tanto en el orden constitucional y legislativo, como en el administrativo.

b) Iniciativa popular: es el derecho de una parte del cuerpo electoral a presentar un proyecto de ley para su necesario tratamiento por las asambleas legislativas o bien, a exigir la consulta popular sobre cuestiones legislativas determinadas.

c) Plebiscito: es el derecho reconocido a la ciudadanía para intervenir en la ratificación o aprobación de un acto esencialmente político, de naturaleza constitucional o gubernamental. Es una facultad excepcional y extraordinaria, en conexión con problemas de hecho de naturaleza puramente política.

d) Revocación popular: es el derecho de una parte del cuerpo electoral a peticionar la destitución o separación de aquellos funcionarios electivos que no han cumplido su mandato

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o que, por mal desempeño de sus funciones, han dejado de merecer la confianza depositada en ellos por el electorado.

Cuando se hace referencia a régimen político o sistema político, se trata fundamentalmente de los aspectos filosóficos o ideológicos que inspiran, en un momento determinado, la organización de los poderes públicos dentro del Estado.

Es posible distinguir claramente dos formas distintas de regímenes políticos: el régimen de la democracia liberal y los regímenes autocráticos.

El régimen de la democracia liberal: se caracteriza por la existencia de un conjunto de atributos que definen su inspiración y que resultan fundamentales en el ordenamiento político-institucional en gran parte del mundo contemporáneo, especialmente en las democracias occidentales, por saber:

a) Gobierno de la mayoría con respeto a los derechos de las minorías, siendo la regla de decisión democrática el que “la mayoría manda”. Sin embargo, las decisiones de la mayoría están obligadas a respetar los derechos de las minorías.

b) Principio de la soberanía popular, o autodeterminación del pueblo, que significa el reconocimiento efectivo de que el pueblo, es decir, el conjunto de los ciudadanos electores, tiene la capacidad y el poder para elegir a sus gobernantes.

c) Ejercicio de las libertades públicas y los derechos individuales, los cuales deben estar consagrados formalmente en la normativa constitucional. Sin embargo, este ejercicio no es ilimitado, sino que está sujeto a las limitaciones y regulaciones que el ordenamiento legal dispongan, en aras del bien común, del orden público y de los derechos de los demás ciudadanos.

d) Pluralismo ideológico y político, surgen de la esencia del régimen democrático liberal el que existan diversas opciones o alternativas ideológicas y que ellas se puedan expresar libremente.

e) Distribución del poder en órganos diferentes, que significa que la estructura del Estado esté basada sobre el principio de la separación de funciones entre las ramas del poder público (ejecutivo, legislativo y judicial), de tal manera que cada una pueda actuar soberanamente dentro de su órbita de competencia y no está sujeta a las manipulaciones, presiones o interferencias de las otras.

f) Vigencia efectiva de un Estado de Derecho, que significa que en la vida jurídica se respete el principio de la jerarquía de las normas o principio de legalidad, conforme al cual, una disposición de menor jerarquía no puede ir en contra de otra de mayor jerarquía, encontrándose en la cúspide del ordenamiento jurídico-político la Constitución Política.

Los regímenes autocráticos: son los que surgen o actúan al margen de la voluntad popular o prescindiendo de un ordenamiento jurídico que limite el poder de los gobernantes en forma efectiva.

Este tipo de regímenes pueden clasificarse en totalitarios y autoritarios.

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a) Los regímenes totalitarios: que se identifican por la presencia de tres rasgos característicos: la concentración del poder en el Estado, el partido único y la ideología totalizante.

Los regímenes totalitarios se fundamentan en la existencia del partido único, que domina todo el sistema político, social, económico y cultural de la nación, y que representa el único canal de participación ciudadana, el cual, además, está orientado por una ideología totalizante que controla y regula todos los aspectos de la vida de las personas.

Forman parte del sistema totalitario los Estados socialistas históricos inspirados en el marxismo-leninismo; el Estado nacional-socialista de Alemania y el Estado fascista italiano.

b) Los regímenes autoritarios: corresponden a una forma de Estado autocrático que rechaza los principios y las soluciones organizativas del Estado de derecho democrático.

Mediante la aplicación de toda clase de medidas represivas, buscan restringir o abolir totalmente el ejercicio de las libertades públicas, desconociendo las garantías individuales.

Para continuar con la conceptualización de la democracia haré referencia a cuatro autores que se encargan de conceptualizarla:

Para G. Sartori (1987), la “democracia” es una abreviación que significa Liberal-democracia. Sartori distingue tres aspectos:

1. La democracia como principio de legitimidad.

2. La democracia como sistema político.

3. La democracia como ideal.

1. La democracia como principio de legitimidad postula que el poder deriva del “demos”, el pueblo, y se basa en el consenso verificado, no presunto, de los ciudadanos.

2. La democracia como sistema político tiene relación con la titularidad del poder y el ejercicio del poder.

Señala Sartori, que el hecho de que se añadan algunas instituciones de democracia directa, como el referéndum o plebiscito, no obsta para que nuestras democracias sean indirectas, gobernadas por representantes. El poder se transmite por medio de mecanismos representativos.

Samuel P. Huntington (1989) considera que al término de la Segunda Guerra Mundial, el apoyo universal a la democracia se consolidó.

Sin embargo esto tuvo lugar al precio de un desacuerdo, también universal, en cuanto a su significado. Todos definían a la democracia según sus propios intereses. De esta manera proliferaron las democracias con apellido: democracia directa, democracia representativa, democracia liberal o burguesa, democracia proletaria, socialdemocracia, democracia totalitaria, etc. Todo esto creó problemas importantes para los pensadores. En los años 50 y 60, los politólogos hicieron esfuerzos notables para reducir la confusión terminológica y conceptual.

Fue así como cristalizaron tres enfoques acerca de la definición de democracia:

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1. De acuerdo con las fuentes de autoridad.

2. De acuerdo con los fines o propósitos del gobierno.

3. De acuerdo con los medios o instituciones.

La formulación moderna más importante la hizo Joseph Schumpeter en 1942, señalando que: “El método democrático es aquel mecanismo institucional cuyo fin es llegar a decisiones políticas, en las cuales, los individuos adquieren la facultad de decidir mediante una lucha competitiva por el voto del pueblo”.

Las dimensiones claves por las que se pueden comparar con la democracia son tres:

1. La forma en que se eligen los líderes a través de elecciones competitivas u otros medios.

2. El alcance y la naturaleza de la participación de la ciudadanía en el gobierno.

3. El alcance y la naturaleza del control de la sociedad, en especial, el control de la economía por parte del gobierno.

La democracia es competitiva, mientras que los sistemas autoritarios y totalitarios son no competitivos; los sistemas democráticos y totalitarios son participativos, el primero con participación autónoma y el segundo con participación movilizada, en tanto que los sistemas autoritarios son no participativos. Los sistemas totalitarios ejercen un control amplio o total sobre la sociedad y la economía, mientras que los sistemas democráticos y autoritarios ejercen solamente un control limitado o moderado.

Para Schumpeter la democracia se define de la siguiente manera: “el método democrático es el instrumento institucional para llegar a decisiones políticas, en virtud del cual, cada individuo logra el poder de decidir mediante una competencia que tiene por objeto el voto popular”. En efecto, esta definición pone su acento, en primer lugar, en el carácter central de la competencia, en segundo lugar, en los elementos esenciales que deben existir en un régimen democrático: la existencia de una oposición, la existencia de minorías y el papel clave del voto popular.

Otro presupuesto señala la función de la democracia como un régimen que no sólo tiene la facultad de crear un gobierno, sino que también de disolverlo y fiscalizarlo mediante la decisión del electorado de reelegir a sus representantes, lo cual implica que la voluntad mayoritaria no es la voluntad del pueblo en su totalidad, sino de la mayoría proporcional, de acuerdo con los procedimientos institucionalizados establecidos.

Para Schumpeter “la democracia moderna nació al mismo tiempo que el capitalismo y en conexión causal con él”, y ello, básicamente por dos razones planteadas por el autor: la primera, en relación con la teoría de la competencia por el caudillaje, en el que la burguesía procedió al proceso de transformación política, siendo el método democrático el instrumento utilizado para esa construcción.

Para Robrert A. Dahl (1989), el gobierno democrático se caracteriza fundamentalmente por su continua aptitud para responder a las preferencias de sus ciudadanos, sin establecer diferencias políticas entre ellos. Para que esto tenga lugar es necesario que todos los ciudadanos tengan igual oportunidad para:

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1. Formular sus preferencias.

2. Manifestar públicamente dichas preferencias entre sus partidarios y ante el gobierno, individual y colectivamente.

3. Recibir por parte del gobierno igualdad de trato: es decir, éste no debe hacer discriminación alguna por causa del contenido o el origen de tales preferencias.

Estas tres condiciones básicas deben ir acompañadas por ocho garantías:

• Libertad de asociación.

• Libertad de expresión.

• Libertad de voto.

• Elegibilidad para el servicio público.

• Derecho de los líderes políticos a competir en busca de apoyo.

• Derecho de los líderes políticos a luchar por los votos.

• Diversidad de las fuentes de información.

• Elecciones libres e imparciales.

• Instituciones que garanticen que la política del gobierno dependa de los votos y demás formas de expresar las preferencias.

La participación del pueblo en el poder político es, sin duda alguna, uno de los principales valores de la democracia. Sin embargo, es menester aclarar que ésta puede ser directa o indirecta. La primera se identifica con la democracia antigua; y, la segunda con la democracia moderna. La antigua se caracteriza por la participación del pueblo directamente mientras que la moderna se distingue por la participación del pueblo no directa sino indirectamente, por medio de sus representantes. Por lo anterior comúnmente se les denomina democracia directa y representativa, respectivamente.( Bobbio, 1989b).

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DEMOCRACIA

La democracia, es el aquel sistema de gobierno, en el cual la soberanía del poder reside y está sustentada, en pueblo. Es éste, por medio de elecciones directas o indirectas, quien elige las principales autoridades del país. Asimismo, es el pueblo, quien puede cambiar o ratificar a estas mismas autoridades, en las siguientes elecciones populares. Por este motivo los griegos hablaban de la democracia, como el gobierno del pueblo; de hecho este es su significado literal.

Es así, como se puede conformar una democracia directa, donde el pueblo es quien toma todas las decisiones ejecutivas y legislativas, o la democracia representativa, donde le pueblo

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por medio de votación popular escoge las autoridades que representarán a la ciudadanía, en la toma de decisiones.

Hoy en día, la gran mayoría de los sistemas democráticos, funcionan por medio de la representación; podemos imaginar lo complicado que sería de otra manera, con la población actual de los países.

Dentro de la democracia, quienes tienen el beneplácito, para ostentar los cargos públicos, son los integrantes de los poderes políticos. Es así, como los partidos políticos, son quienes potencian y fortalecen a la democracia. Por medio de su actuar y la alimentación de participantes, quienes escogerán por medio de las distintas elecciones, los cargos de los poderes ejecutivos y legislativos, en la mayoría de las naciones democráticas. Aun cuando, en algunas de ellas, la ciudadanía, también puede escoger a ciertos integrantes del poder judicial.

Es así, como la separación de los poderes del Estado, es uno de los pilares fundamentales de toda democracia. Cada uno de ellos es independiente y existe un control constante de uno sobre el otro. Aquello redunda en un control sobre el actuar de los mismos y evitar casos de corrupción o ilegalidades de los mismos; lamentablemente, en algunos casos estos poderes se coluden y la corrupción se hace generalizada, como aún vemos en algunos países, sobre todo en aquellos que se encuentran en vías de desarrollo.

Con respecto a la historia de la democracia, esta se remonta a la antigua Grecia. Ya que para el año 1500, antes de Cristo, nace este sistema de gobierno, por medio de la creación de la Asamblea del Pueblo, dentro de las polis o ciudades helénicas.

Esto se da, gracias al reducido tamaño de las polis, con lo cual, la población al mismo tiempo era pequeña. Es así, como todos los ciudadanos hombres libres, podían participar de la Asamblea. De aquella manera, cada uno de ellos, de manera alternada, podía ocupar uno de los puestos burocráticos de esta asamblea. Por lo mismo, que este sistema de gobierno, no era representativo, sino que se actuaba, por medio de democracia directa. Frente a cada una de las decisiones, la mayoría votante, era la que decidía sobre las distintas materias.

Con respecto a la cultura romana, esta poseía un sistema democrático, pero de índole representativo. Al menos en los cargos del ejecutivo. Ya que el poder legislativo, estaba constituido, por los Senadores, quienes no eran electos. Asimismo, muchos de los cargos públicos, eran escogidos a través de una elección directa. Quienes votaban en un principio, eran los ciudadanos con derechos; de manera posterior, pudo votar el vulgo.

En la Edad Media, el concepto de democracia, prácticamente desapareció. Casi todos los gobiernos eran aristocráticos, conformados por monarquías. Una de las pocas excepciones, lo conformaron los cantones suizos, en el siglo XIII.

Para 1688, en Inglaterra, triunfa la democracia, por medio de del principio de libertad de discusión, la cual era ejercida principalmente por el Parlamento. Así, se constituía definitivamente, una monarquía parlamentaria.

Así, para el siglo XVIII, muchos filósofos europeos, consideraban a la democracia, como la posibilidad del pueblo, de escoger el gobierno imperante. La revolución norteamericana en 1776 y la revolución francesa en 1789, conllevó la expansión definitiva, de las ideas

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libertarias y el establecimiento, de la cultura democrática, en todo occidente. Situaciones que marcaron profundamente, los destinos políticos de varias naciones en el siglo XIX.

Es así, como en la actualidad, la democracia representativa, es el sistema más utilizado en el mundo, para dirigir los designios de las naciones. Es por tanto, que la democracia se considera, como el sistema de gobierno menos perjudicial, para el manejo de los asuntos de Estado, frente a los otros sistemas que han existido o se han diseñado.

Una frase que ha marcado profundamente la concepción que se tiene de la democracia, es la que mencionó Abraham Lincoln, durante la Guerra Civil de los Estados Unidos, la cual decía que los gobiernos son del pueblo, por el pueblo y para el pueblo.

Dentro de toda democracia que se afane de serlo, debe de existir una carta magna o Constitución. La cual será la ley madre, por la cual todas las leyes de la nación, se deberán normar y subordinar.

Dentro de toda Constitución, se establecerán las normas por las cuales se elegirán a las autoridades del país, y cómo estas deben de actuar, frente a sus cargos. Asimismo sus atribuciones y limitaciones constitucionales, estarán escritas de manera explícita.

Por otra parte, y aspecto fundamental de toda democracia, en la Constitución se deberán de plasmar, todos los derechos primordiales y obligaciones de todo ciudadano de la nación. Principio básico, de toda democracia representativa.

DEMOCRACIA

Desde el punto de vista fundamentalista, la democracia es considerada hoy día como la forma más perfecta de gobierno, aquella que habría alcanzado la humanidad como una suerte de «destino manifiesto» en su camino al «Fin de la Historia». De tal suerte que no ser considerado demócrata o pertenecer a una sociedad no democrática es tanto como haber perdido la condición de hombre por vivir en una sociedad «degenerada», que sólo adoptando la forma democrática podría regenerarse. Sin embargo, la problemática de la democracia dista mucho de resolverse con una concepción tan simple y es necesario plantear a fondo el origen y desarrollo del término democracia, así como su lugar respecto a otras formas de gobierno históricamente dadas.

1. La democracia frente a otras formas de gobierno

A Aristóteles debemos la primera clasificación de las formas de gobierno, en función del número de gobernantes. Así, la monarquía se caracteriza por el gobierno de uno, la aristocracia por el gobierno de pocos, y la república por el gobierno de la mayoría (en otras ocasiones «todos»); por el contrario, degeneraciones suyas son: de la monarquía, la tiranía; de la aristocracia, la tiranía; y de la república, la democracia (en otras ocasiones habla de demagogia), algo que no suele ser mencionado por los tratadistas políticos actuales:

«De los gobiernos unipersonales solemos llamar monarquía al que vela por el bien común; al gobierno de pocos, pero de más de uno, aristocracia (bien porque gobiernan los mejores

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(áristoi) o bien porque lo hacen atendiendo a lo mejor (áriston) para la ciudad y para los que forman su comunidad); y cuando la mayoría gobierna mirando por el bien común, recibe el nombre común a todos los regímenes políticos: república (politeía) [...].

Desviaciones de los citados son: la tiranía, de la monarquía, la oligarquía, de la aristocracia y la democracia, de la república. La tiranía, en efecto, es una monarquía orientada al interés del monarca, la oligarquía, al de los ricos y la democracia, al interés de los pobres. Pero ninguna de ellas presta atención a lo que conviene a la comunidad» (Aristóteles, Política, 1279a-1279b).

Como señala Gustavo Bueno, la propia clasificación de Aristóteles, por su ambigüedad, «difícilmente podría interpretarse como una clasificación empírica: ¿cuántos son «todos»? ¿cuántos son «algunos»? ¿y acaso existe siquiera «uno» al margen del grupo del que forma parte?». Es necesario interpretar «la clasificación ternaria como derivada de la aplicación de un criterio lógico y, más concretamente, de la lógica de clases, tal como fue tratada por Aristóteles, al exponer su doctrina del silogismo, en sus Primeros analíticos» (Gustavo Bueno, «La democracia como ideología», Ábaco, 2ª:12-13, 1997, p. 16). «Todos», «algunos», «uno», son cuantificadores, pero el primero de ellos expresa una conexión que no admite excepciones, al contrario de «algunos». Ante esta ambigüedad, Gustavo Bueno reformula la distinción aristotélica hablando de Monarquías (monarquías o tiranías), Paurarquías (aristocracias y oligarquías) y Poliarquías (democráticas o demagógicas). (Gustavo Bueno, Panfleto contra la democracia realmente existente, La Esfera de los Libros, Madrid 2004, pág. 145).

En la práctica, esa ambigüedad condujo a Aristóteles a reconocer que las formas de gobierno existentes son una mezcla no homogénea de las tres posibilidades lógicas; en contacto la forma política con su materia correspondiente, se producen las degeneraciones, la corrupción propia del mundo de la physis. Asimismo, en la clasificación Aristóteles deja muy claro que las formas correctas de gobierno lo son siempre en torno al bien común, y degeneran cuando sólo salvaguardan los intereses de una parte de la sociedad política. Por eso Aristóteles afirma que un régimen, pese a corromperse y degenerar, puede seguir manteniéndose en el tiempo. Así, Aristóteles señalará como núcleo de la teoría política (al menos cuando se refiere a la aristocracia) en la eutaxia o capacidad de durar en el tiempo un régimen político (el concepto de eutaxia se generaliza a todo tipo de sociedades políticas en la obra Primer ensayo sobre las categorías de las ciencias políticas, de Gustavo Bueno). Por ejemplo, la democracia y la oligarquía, en tanto que regímenes degenerados, se salvan el primero por el asentimiento del número de su población y el segundo mediante el buen orden: «En general, las democracias encuentran su salvación en lo numeroso de su población. El derecho del número reemplaza entonces al derecho del mérito. La oligarquía, por el contrario, no puede vivir y prosperar sino mediante el buen orden» (Aristóteles, Política, 1320b-1321a).

En resumen, las formas de gobierno no significan nada sin una materia sobre la que aplicarse. En virtud de ello, los regímenes políticos pueden mezclarse entre sí. En las Leyes Platón señala que los regímenes surgen de la mezcla de monarquía, democracia e incluso en ocasiones aristocracia: «Hay como dos madres de los sistemas políticos, de cuyo entrelazamiento con razón podría decirse que surge el resto. Es correcto llamar a la una monarquía y a la otra democracia. De una es la expresión más alta la raza de los persas, de la

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otra, nosotros. Casi todas las formas restantes, como dije, son variaciones de éstas» (Leyes, 693e). Incluso el régimen de Esparta, a juicio de Platón, es una mezcla de las tres variedades: «incluso creo que se asemeja a la tiranía [...] y sin embargo, a veces, me parece que tiene la apariencia de ser la que actúa de una manera más democrática de todas las ciudades. Además, el no decir que es una aristocracia está totalmente fuera de lugar. También hay en ella una monarquía de por vida de la que afirman todos los hombres y nosotros mismos que es la más antigua de todas. Yo, preguntado ahora tan de improviso, en realidad, tal como dije, no puedo distinguir y decir qué orden político es de todos éstos» (Leyes, 712 d-e).

2. La democracia y la tiranía de la mayoría

Pericles, considerado por historiadores y políticos como el paradigma de hombre democrático y auténtico adalid de la denominada «democracia ateniense» del siglo V a. C., define la democracia en su famoso discurso fúnebre de la siguiente manera:

«Tenemos un régimen político que no emula las leyes de otros pueblos, y más que imitadores de los demás, somos un modelo a seguir. Su nombre, debido a que el gobierno no depende de unos pocos sino de la mayoría, es democracia. En lo que concierne a los asuntos privados, la igualdad, conforme a nuestras leyes, alcanza a todo el mundo, mientras que en la elección de los cargos públicos no anteponemos las razones de clase al mérito personal, conforme al prestigio de que goza cada ciudadano en su actividad; y tampoco nadie, en razón de su pobreza, encuentra obstáculos debido a la oscuridad de su condición social si está en condiciones de prestar un servicio a la ciudad» (Tucídides, Historia de la Guerra del Peloponeso, Libro II, 37, 1-2).

Pero, como ya vieron Platón y Aristóteles, existe un doble sofisma en las palabras de Pericles: ni la mayoría representa a la voluntad general, ni necesariamente sus decisiones son las más juiciosas (de hecho, ambos consideran la democracia una degeneración de la república). Además, como señala Gustavo Bueno, «estos dos sofismas se agravan cuando se tiene en cuenta que los conceptos de minorías y de mayorías estaban definidos únicamente en el ámbito de la capa conjuntiva de la sociedad política, es decir, esa mayoría de la que habla Pericles está compuesta por los ciudadanos que efectivamente intervienen en el control de las capas conjuntiva y cortical, pero deja de lado a la inmensa mayoría de los integrantes de la sociedad ateniense, a saber, los esclavos y los metecos (sin contar con las mujeres, los jóvenes, &c.), respecto a los cuales la mayoría «pletórica» no llegaba al 10 por ciento de la población total» (Gustavo Bueno, Panfleto contra la democracia realmente existente. La Esfera de los Libros, Madrid 2004, pág. 142.)

El sofisma de Pericles fue reproducido en tiempos más modernos por Rousseau y su metafísica teoría de la voluntad general como formulación del interés común, de tal modo que si el gobierno, como expresión de la voluntad de la mayoría, no coincide con la voluntad general, han de suprimirse a quienes tienen difieren: «Frecuentemente surge una gran diferencia entre la voluntad de todos y la voluntad general: ésta sólo atiende al interés común, aquélla al interés privado, siendo en resumen una suma de las voluntades particulares; pero suprimid de esas mismas voluntades las más y las menos que se destruyen entre sí, y quedará la voluntad general como suma de las diferencias» (Jean Jacques Rousseau, El Contrato Social [1762], Libro II, Capítulo III).

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De alguna manera, el doble sofisma de Pericles implica que la democracia siempre se encuentra formando parte de algún régimen mixto, por ejemplo con la oligarquía: «Y así el uso de la suerte para la designación de los magistrados es una institución democrática. El principio de la elección, por el contrario, es oligárquico; así como el no exigir renta para el desempeño de las magistraturas es democrático, y el exigirlo es oligárquico. La aristocracia y la república aceptarán estas dos disposiciones, tomando de la oligarquía la elección y de la democracia la suspensión del censo. He aquí cómo pueden combinarse la oligarquía y la democracia» (Aristóteles, Política, 1294b). Pero, según Aristóteles, la «mezcla perfecta» de oligarquía y democracia era «la constitución de Lacedemonia» (Aristóteles, Política, 1294b). Que era curiosamente la misma composición de la democracia ateniense, una mezcla de gobierno popular y representativo. Solón dividió en cuatro partes el censo de Atenas, pudiendo cada una de las cuatro elegir jueces para el Consejo de los Quinientos (Boule), pero sólo tres de las cuatro, formadas por ciudadanos acomodados, podían elegir a los magistrados. La democracia pura, vista por los clásicos, nunca ha existido como tal sino mezclada con todo tipo de gobiernos aristocráticos y monárquicos.

3. Democracia y gobierno representativo

Era muy habitual considerar que hasta finales del siglo XVIII la forma democrática de gobierno sólo se mantenía en lugares muy concretos, como las Provincias Unidas de Holanda y en Suiza; así lo afirma Voltaire en la entrada «Democracia» de su Diccionario filosófico [1764]. El propio Rousseau se inspira en el gobierno popular de los Cantones Suizos para formular su famoso Contrato Social, pues los requisitos que exige para la existencia de una democracia son «un Estado muy pequeño, en donde se pueda reunir el pueblo y en donde cada ciudadano pueda, sin dificultad, conocer a los demás. [...] una gran sencillez de costumbres [...], gran igualdad en los rangos y en las fortunas, sin lo cual la igualdad de derechos y de autoridad no podría prevalecer mucho tiempo; y, por último, poco o ningún lujo, [...]» (El Contrato Social [1762], Libro III, Capítulo IV). Ninguno de los tratadistas políticos clásicos se atrevería a formular la democracia como «gobierno ideal» de las monarquías europeas, mucho más complejas y pobladas que los pequeños estados donde aún se mantenía un gobierno popular.

Sin embargo, en 1776 tiene lugar la revolución norteamericana que funda los Estados Unidos de América y en 1789 la Revolución Francesa que pone fin al Antiguo Régimen, trasladándose la soberanía del monarca a la Nación Política, cuya forma de gobierno será ahora republicana, entendida precisamente como mezcla de un gobierno popular, de elección directa, con un gobierno representativo donde los dirigentes son elegidos por un censo. Como dirá Montesquieu, inspirado en Aristóteles: «La elección por sorteo es propia de la democracia; la designación por elección corresponde a la aristocracia» (Montesquieu, Del Espíritu de las Leyes [1748], Libro II, Capítulo II.). Tocqueville señala eso mismo acerca de Estados Unidos, cuya constitución estaba muy influida por Montesquieu:

«En América, el pueblo nombra al que hace la ley y al que la ejecuta; y él mismo forma el jurado que castiga las infracciones a la ley. No sólo las instituciones son democráticas en su principio, sino también en su desarrollo; así, el pueblo nombra directamente a sus representantes y los elige, por lo general cada año con el fin de mantenerlos completamente bajo su dependencia. Es, pues, realmente el pueblo quien dirige, y aunque la forma de gobierno sea representativa, es evidente que las opiniones, los prejuicios, los intereses e

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incluso las pasiones del pueblo no pueden encontrar obstáculos duraderos que les impidan hacerse oír y obrar en la dirección cotidiana de la sociedad. [...] En los Estados Unidos, como en todos aquellos países donde reina el pueblo, es la mayoría la que gobierna en nombre de éste» (Alexis de Tocqueville, La democracia en América [1835], Volumen 1, Segunda Parte, Capítulo I).

Uno de los founding fathers norteamericanos, James Madison, dejó escrita en 1787 en El Federalista la distinción entre una democracia pura, formada por un número reducido de ciudadanos en asamblea, y una república o gobierno representativo (lo que Montesquieu define como aristocracia). En torno a esta distinción, podemos afirmar que las democracias actuales en las que vivimos son en realidad una aristocracia por el principio representativo en el que se basan.

4. La democracia y la igualdad

Con el final de la Segunda Guerra Mundial, las sociedades políticas resultantes del triunfo de los aliados sobre el eje Berlín-Roma-Tokio se polarizaron unas en torno a Estados Unidos y otras en torno a la Unión Soviética, conformando así dos bloques enfrentados durante la denominada Guerra Fría: las sociedades capitalistas frente a las del socialismo realmente existente. Y, curiosamente, ambas reclamaban para sí el adjetivo de sociedades democráticas: unas serían las «democracias homologadas», del Estado del Bienestar, y las otras las «democracias populares» del Socialismo real. Si leemos lo que nos señala el Diccionario de filosofía de Rosenthal y Iudin, que ofrece la perspectiva del materialismo dialéctico, no encontramos esenciales diferencias entre una y otra clase de democracias, pues ambas son pluripartidistas y reconocen derechos políticos:

«Son rasgos característicos de la democracia popular la existencia de un sistema de varios partidos (excepto en algunos países de Europa); aparte de los partidos comunistas, hay otros partidos democráticos que mantienen posiciones socialistas y reconocen el papel dirigente de la clase obrera; la existencia de un tipo de frente popular que une a los partidos políticos y a las organizaciones de masas. Las otras particularidades del período en que se forma la democracia popular estriban en la ausencia de limitaciones a los derechos políticos, en la mayor duración del plazo para acabar con el viejo aparato estatal, &c.» («Democracia popular» en Diccionario de filosofía. Ediciones Pueblos Unidos, Montevideo 1965, pág. 111.)

La diferencia se encuentra no en criterios formales (derechos políticos, sistema de varios partidos) sino en la economía capitalista de mercado, lo que conduce a la ideología de la democracia como selección de elites dentro de la sociedad capitalista, formulada por Schumpeter en 1942: «método democrático es aquel sistema institucional, para llegar a las decisiones políticas, en el que los individuos adquieren el poder de decidir por medio de una lucha de competencia por el voto del pueblo» (Joseph Schumpeter, Capitalismo, socialismo y democracia [1942]. Aguilar, Madrid 1968, pág. 343).

Sin embargo, como bien se comprobaría en poco tiempo, la democracia genera desigualdad, tanto en salarios como en posición social, pues el mercado requiere distintos productos a distintos precios (de lo contrario sería lo mismo una democracia capitalista que una democracia «popular», socialista), lo que implica que el Estado ha de intervenir para acabar con los efectos perjudiciales del mercado capitalista y así recuperar el «estado de

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equilibrio», que dirían Lord Keynes o un John Rawls que en su Teoría de la Justicia (1971) postuló un supuesto «velo de ignorancia» muy similar al contrato social roussoniano.

DEMOCRACIA PARTICIPATIVA Y DIRECTA, CLASIFICACIÓN Y PRINCIPIOS; PROCESO LEGISLATIVO.

Lucha por la democraciaCuando la gente me pregunta sobre el tema de la democracia representativa y la democracia directa electrónica, yo me trato de poner en la piel de un rey absolutista al que le propusiesen una democracia parlamentaria que diese voz y voto a la burguesía liberal. Supongo que como rey pensaría: “Qué sabrán esos zafios burgueses sobre los asuntos de estado”. En un caso fue necesario el despertar económico de los liberales, ahora puede ser el despertar de las nuevas tecnologías de la información y la democratización de la información subyacente.

Algo de esta analogía es exportable al tema de la democracia representativa, participativa y directa.

Después de esta pequeña reflexión, me he querido dedicar a hacer mi propia clasificación de los sistemas de democracia.

CONCEPTOS

Como estipula la RAE la democracia es la: “Doctrina política favorable a la intervención del pueblo en el gobierno”.

Así que en base a esta definición, y siendo más bien puristas, podemos establecer que los apellidos deben hacer mención a:

La forma en que se ejerce esa intervención: Representativa, participativa y directa.

Los medios de los que se surte: Tradicional o electrónicaI.

MODELOS

Navegando por internet podemos encontrar varias propuestas de democracia que difieren tan solo en el grado y forma de representatividad, participación o de intervención directa del pueblo en los asuntos de estado. La democracia representativa sería en este caso el estado de partida, que, con un avance paulatino en la participación ciudadana, nos llevaría al otro extremo, la democracia directa. El segundo apellido se omite y se sobreentenderá siempre como: electrónica.

Democracia Representativa:

La intervención directa del pueblo en los procesos de decisión se restringe al voto cada cuatro años o la presentación de iniciativas legislativas populares. Los elementos formadores de la opinión pública son los grandes medios de comunicación que la monopolizan con su criterio selectivo. El pueblo se expresa a través del derecho de manifestación, asociación o en los medios, en las formas regladas que dichos derechos se pueden hacer efectivos. La participación es sin carácter vinculante.

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Democracia Participativa:

La intervención directa del pueblo en los procesos de decisión va más allá del voto cada cuatro años o la iniciativa popular tradicional. Los grandes medios de comunicación se ven desplazados en la predominancia de la formación de la opinión pública, ahora las redes (blogs, redes sociales) favorecen las iniciativas privadas de las más variadas índoles, que se encauzan merced a un sistema informático ad hoc. El pueblo se expresa a través del derecho de manifestación, asociación, en los medios tradicionales y gracias a los nuevos medios de comunicación democratizada de las redes, que aportan una transparencia creciente al sistema. La expresión de la opinión pública adquiere carácter vinculante en las nuevas formas regladas por el estado.

Democracia Directa:

El pueblo mismo lleva en sus manos el peso de toda la acción de gobierno. La opinión pública se forma merced a una la pluralidad de medios, caracterizada por procesos de comunicación con un mayor carácter “par a par” (p2p) en donde existen multitud de líderes de opinión especializados por áreas. El pueblo se expresa con carácter vinculante merced a los nuevos sistemas de información.

Para caracterizarlos más en detalle estudiaré las propuestas desde la perspectiva del poder legislativo, la génesis de las leyes; uno de los orígenes de la reproducción social. Lo simplificaré tomando el caso más general del procedimiento legislativo comúniii.

Para aquellos que no deseen leer la bibliografía, detrás de este enlace: Resumen del Procedimiento Legislativo, se ofrece un resumen y un esquema del procedimiento en el congreso de los diputados, aunque los ejemplos ofrecidos a continuación podrían bastar para el lector. La otra opción es leer la Constitución Título III, Los Reglamentos de las cámaras españolas Título V o el Estudio de Piedad García-Escudero Márquez.

En la representativa:

Se siguen las fases según la legislación: Resumen del Procedimiento Legislativo.

La intervención ciudadana se limita a la posibilidad de presentar una iniciativa legislativa.

En la participativa:

1 Admisión a trámite:

Los representantes políticos y/o líderes de opinióniv y/o ciudadanía en general, presentarían las iniciativas legislativas para su admisión a trámite. Según el originador se establecería un refrendo previo para su admisión a trámite (en este punto aconsejo encarecidamente leer la nota al pie sobre líderes de opinión).

Una vez admitida, el sistema informático procedería a su publicación (primera publicación) siendo enviada al sistema informático que realice la gestión de la iniciativa, plenamente automatizada y/o con la intervención de una comisión.

2 Toma en consideración por el Pleno:

Los representantes políticos y/o líderes de opinión y/o la ciudadanía en general debaten y/o votanv la toma en consideración. Para dicho debate se podrían establecer herramientas de

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debate asíncrono, por ejemplo vía web o una aplicación informática, que presenten y desmenucen las diferentes opciones a estudio.

Este paso no sería necesario en caso de que se hubiera requerido un refrendo previo.

3 Plazo de presentación de enmiendas:

Los representantes políticos y/o líderes de opinión y/o la ciudadanía en general, presentarían las enmiendas para su estudio. Según el originador se podría establecer un refrendo para su admisión a trámite.

4 Debate de totalidad de los proyectos de ley en el Pleno:

Los representantes políticos y/o líderes de opinión y/o la ciudadanía en general, debaten y/o votan la oportunidad de la devolución o el reinicio del procedimiento con un texto alternativo.

5 Informe de la ponencia:

La comisión, compuesta por un número a determinar de representantes políticos y/o líderes de opinión y/o ciudadanos en general, nombraría a varios ponentes para elaborar informes desde varias perspectivas para la aceptación o rechazo de las enmiendas; se podría designar a cualquier representante político y/o líder de opinión y/o ciudadano en general (segunda publicación en el sistema informático). Habría que aclarar con qué procedimiento se determinaría la composición de la comisión.

6 Debate en la Comisión:

La comisión debate artículo a artículo sobre la base del informe de la Ponencia y de las enmiendas presentadas, debate del que resulta la aprobación de un dictamen que se eleva al Pleno (tercer texto publicado en el sistema, con las enmiendas aceptadas incorporadas).

En el plazo de cuarenta y ocho horas, los grupos parlamentarios y/o líderes de opinión podrían presentar la relación de votos particulares y enmiendas no aceptadas por la Comisión que pretenden defender ante el Pleno de la Cámara.

7 Deliberación en el Pleno:

Los representantes políticos y/o líderes de opinión y/o ciudadanos en general debaten y/o votan los votos particulares presentados y el dictamen de la Comisión.

Aquí la presidencia de la cámara puede ordenar las votaciones de artículo en artículo o agrupándolo como lo aconsejen las circunstancias.

En la Democracia Directa Pura:

Bastaría con eliminar del modelo de democracia participativa cualquier alusión a los representantes políticos.

Los líderes de opinión y la ciudadanía en sí llevarían todo el peso del proceso.

La herramienta informática debería de ser extremadamente robusta y compleja.

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Claves y mitos de la democracia participativa o directa electrónica:

La democracia participativa/directa electrónica es una utopía de izquierdas: Falso, dependería de la manera en que se articulara.

La democracia participativa/directa electrónica es una utopía golpista: Falso. Implementada paulatinamente pretende ampliar la transparencia y el control sobre el gobierno y los asuntos públicos. El gobierno ha establecido un pequeño gran hermano sobre la ciudadanía, la ciudadanía tiene derecho a ejercer el mismo control sobre la clase política. La participación se puede reglar y acotar a casos específicos, dejando amplias prerrogativas a los que ostentan el peso de la iniciativa: los políticos.

La acción legislativa, la democracia en general, se basa en el debate y la contraposición de argumentos; la instauración de una democracia directa electrónica debería ir de la mano de un sistema más democratizado de debate que involucrase a los intervinientes del proceso legislativo y que ofreciera la discusión desde los puntos de vista/intereses existentes (es decir no basta con oír lo que dicen en la televisión para votar una enmienda…).

El procedimiento legislativo puede ser plenamente automatizado (si es que no lo está ya) en base al diagrama de flujo que ofrece el esquema de Piedad Garcia-Escudero Márquez (Ver Resumen del Procedimiento Legislativo). Una vez digitalizado, se puede ofrecer la visión del procedimiento a la ciudadanía. En una etapa posterior se puede habilitar la participación de la ciudadanía ya sea con carácter vinculante o como meros participantes del debate.

Es necesaria una herramienta de debate en red que pudiera ser asíncrona, de la que me propongo hacer un estudio posterior. No obstante, algo se puede intuir ya con las redes sociales al uso…

Deberían abstenerse de votar todos aquellos que desearan transformar esto en una elección de un concursante de Eurovisión.

Conclusión Global

Las formas en que la participación directa de la ciudadanía se puede ejercer ―participación que hará migrar nuestra democracia representativa a una democracia participativa con un grado mayor o menor de democracia directa―, no son acordes a las posibilidades de los medios actuales y deber regularse al igual que en el pasado se regularon los derechos de manifestación o asociación, sobre todo si se desea que dicha participación tenga un carácter más allá del meramente consultivo.

Vamos a ser poco ambiciosos:

¿Imaginan un sistema que les permita leer las proposiciones de ley, que les permita presentar enmiendas, que haga llegar a los políticos las opiniones realmente más valoradas por la ciudadanía?

Si lo que se debate es el futuro de todos, parece sano poder tener algún grado de participación… el proceso legislativo puede ser digitalizado y ofrecido al conjunto de la sociedad.

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