contrato de merchandising

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REFERENCIA PROGRAMA DE CONTRATACIÓN SEGURA: EMP_045 MODELO DE CONTRATO MERCHANDISING CONTRATO MERCHANDISING En................., a........... de................ de 20.. REUNIDOS De una parte, Don............................................................. .........., mayor de edad, vecino de .......................... con domicilio en la calle/Av/Pza.................................. y DNI.......... en nombre y representación de la entidad mercantil.................................., actuando en calidad de................................., con domicilio social en ......................... , calle/AV/Pza...................................... y CIF ........................., constituida el.......de...............de......... en escritura autorizada por el Notario de................... Don.........................con el nº......./........de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de ........................ en el Tomo ..............., Folio, hoja nº........................ Representación que ostenta en virtud de escritura de ........................... otorgada el.........de....................de........., ante el Notario de....................... bajo el ............. de los de su protocolo. [En adelante denominado "licenciante" (merchandiser)] Deja designado a efectos de comunicaciones el e.mail……………………………….y teléfono……………… De otra parte, Don............................................................. .........., mayor de edad, vecino de .......................... con domicilio en la calle/Av/Pza.................................. y DNI.........., en nombre y representación de la entidad Contrato revisado por PROGRAMA DE CONTRATACIÓN SEGURA para cualquier cuestión o duda puede ponerse en contacto con ACCIÓN LEGAL ASESORÍA JURÍDICA en el teléfono 902 10 39 97 o en el e-mail informació[email protected]

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modelo de contrato de merchandising

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Page 1: Contrato de Merchandising

REFERENCIA PROGRAMA DE CONTRATACIÓN SEGURA: EMP_045MODELO DE CONTRATO MERCHANDISING

CONTRATO MERCHANDISING

En................., a........... de................ de 20..

REUNIDOS

De una parte, Don......................................................................., mayor de edad, vecino de .......................... con domicilio en la calle/Av/Pza............................nº ...... y DNI.......... en nombre y representación de la entidad mercantil.................................., actuando en calidad de................................., con domicilio social en ......................... , calle/AV/Pza................................nº...... y CIF ........................., constituida el.......de...............de......... en escritura autorizada por el Notario de................... Don.........................con el nº......./........de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de ........................ en el Tomo ..............., Folio, hoja nº........................

Representación que ostenta en virtud de escritura de ........................... otorgada el.........de....................de........., ante el Notario de....................... bajo el ............. de los de su protocolo. [En adelante denominado "licenciante" (merchandiser)]

Deja designado a efectos de comunicaciones el e.mail……………………………….y teléfono………………

De otra parte, Don......................................................................., mayor de edad, vecino de .......................... con domicilio en la calle/Av/Pza............................nº ...... y DNI.........., en nombre y representación de la entidad mercantil.................................., actuando en calidad de ................................., con domicilio social en ......................... , calle/AV/Pza................................nº...... y CIF ........................., constituida el.......de...............de......... en escritura autorizada por el Notario de................... Don .........................con el nº......./........de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de ........................ en el Tomo ..............., Folio, hoja nº........................

Representación que ostenta en virtud de escritura de ........................... otorgada el.........de....................de........., ante el Notario de....................... bajo el ............. de los de su protocolo. [En adelante denominado "licenciatario"].

Deja designado a efectos de comunicaciones el e.mail……………………………….y teléfono………………

Reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente contrato de merchandising

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MANIFIESTAN

I.- Que el licenciante es titular de la marca renombrada española ., la cual está registrada a nombre del licenciante con el número …………………….. perteneciente a la(s) clase(s) . de acuerdo con la clasificación internacional de marcas, tal como consta en el anexo . del presente contrato [anexo en el que se adjuntará el certificado de inscripción del registro de marca].

En la certificación registral que se adjunta de fecha no constan inscritos derechos de licencia o de usufructo, ni otros derechos a favor de terceros sobre la mencionada marca, encontrándose la misma libre de gravámenes y habiéndose satisfecho hasta la fecha todas las tasas legalmente establecidas. El licenciante declara no haber concedido derecho alguno de licencia o usufructo, ni haber constituido hipoteca mobiliaria sobre la marca ., así como no tener conocimiento de la existencia de terceros que puedan hacer valer un mejor derecho sobre dicha marca.

II.- Que el licenciatario es fabricante del producto/servicio .. descrito en el anexo . del presente contrato. Dicho producto no es igual ni similar a aquél (aquéllos) para el (los) que está registrada la marca del licenciante, tal como puede comprobarse en el mencionado anexo . del presente contrato.

III.- Que interesando al licenciatario la adquisición del derecho de uso comercial de la marca del licenciante para distinguir su producto y comercializarlo con dicha marca, las partes convienen en celebrar el presente contrato de merchandising, el cual se regirá por las siguientes

ESTIPULACIONES

PRIMERA.- Objeto del contrato. Autorización del derecho de uso de la marca

1. El licenciante, titular de la marca renombrada ……., autoriza el uso de la misma al licenciatario, para que éste pueda usarla o explotarla en la comercialización de su producto (o servicio), siendo éste distinto a aquéllos para los que está registrada la marca, durante el tiempo y en el espacio determinados en este contrato, todo ello de acuerdo a las condiciones y términos convenidos contractualmente.

2. El licenciante se reserva el derecho de usar la marca para todos los productos para los que está registrada.

SEGUNDA.- Forma de uso

1. La marca podrá ser usada por el licenciatario en la parte externa del producto comercializado y/o en sus impresos, empaques, publicaciones publicitarias, etc.

2. En cualquier caso, la marca tendrá que ser reproducida según las medidas, colores y formas especificadas en el Manual de Normas de Uso de la Marca suministrado al licenciatario y en la forma prevista en el anexo . del presente contrato.

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TERCERA.-. Ámbito territorial

La licencia otorgada mediante el presente contrato producirá efectos en todo el territorio de . (Comunidad Autónoma, País, etc.)

CUARTA.- Cláusula de no exclusividad

Esta licencia es de carácter no exclusivo, pudiendo el licenciante otorgar otras licencias a otra u otras personas físicas o jurídicas, incluyéndose terceros que fabriquen los mismos productos que el licenciatario. A su vez, el otorgamiento de esta licencia no excluye el uso y explotación de la marca por el licenciante para la identificación de todos los productos y servicios incluidos dentro del ámbito de protección de la marca.

QUINTA.- Cesión de la licencia y sub-licencias

1. En consideración a la importancia que para el presente contrato reviste la persona del licenciatario, la cesión de su posición o la cesión de cualquier derecho adquirido por el mismo en virtud del presente contrato, ya sea de forma directa o indirecta, a título gratuito u oneroso, requerirá previo consentimiento del licenciante. En la solicitud de autorización para la cesión de su posición, el licenciatario deberá informar adecuadamente al licenciante de la persona a la que pretende ceder el derecho de uso y explotación de la marca objeto del presente contrato, sin que el licenciante se encuentre obligado a admitir dicha cesión en caso de no estimarlo oportuno.

2. El licenciante podrá transmitir su posición sin necesidad de consentimiento del licenciatario, pero deberá notificarle dicha cesión en el menor periodo de tiempo posible.

3. El licenciatario carece de facultades para conceder sublicencias en relación con la marca objeto del presente contrato, salvo con autorización por escrito del licenciante.

4. En el supuesto en que el licenciatario contravenga alguna de estas obligaciones se considerará que ha incurrido en incumplimiento contractual, permitiendo al licenciante la denuncia del contrato para su resolución.

SEXTA.- Garantía de los resultados de la comercialización del producto.

1. El licenciante garantiza al licenciatario los resultados de la comercialización del producto con su marca de acuerdo a lo dispuesto en esta estipulación.

2. Con el objeto de determinar el nivel de resultados a obtener, el licenciatario adjunta en el Anexo ... del presente contrato su balance de situación de los últimos cinco años y la cuenta de explotación. Vistos los mismos el licenciante garantiza los beneficios de acuerdo con el siguiente baremo: el primer año no se garantizan beneficios debido a los gastos de inversión en la comercialización del producto; el segundo año se garantiza un aumento del . (15) por ciento sobre el promedio de beneficios de los cinco años a que se ha hecho referencia; el tercer año se garantiza un aumento del . (25) por ciento del anterior promedio de beneficios a que se ha hecho referencia.

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3. De no cumplirse los porcentajes a que se hace mención en el apartado anterior, el licenciante se obliga a indemnizar al licenciatario de la diferencia existente, hasta completarlos en su totalidad.

4. El licenciatario se compromete a llevar a cabo la óptima comercialización del producto, usando para ello sus redes de distribución y la clientela que tiene en la actualidad y que pueda conseguir durante la vigencia de este contrato. Igualmente, el licenciatario se compromete a efectuar un adecuado lanzamiento publicitario del producto comercializado con la marca del licenciante, que permita incentivar las ventas del mismo. En dicho lanzamiento publicitario el licenciatario deberá invertir al menos …….. euros. En caso de mala fe o negligencia grave por parte del licenciatario en la obtención de beneficios, el licenciante se verá exonerado de su obligación de pagar la indemnización a que se hace referencia en el apartado anterior.

SÉPTIMA.- Inscripción de la licencia

1. Cada una de las partes del presente contrato puede solicitar la inscripción del derecho de licencia en el Registro de Marcas conforme a lo previsto por el artículo 46.2 Ley 17/2001 , de 7 de diciembre, de Marcas (en adelante LM).

2. Los gastos derivados de la inscripción serán de cuenta del licenciatario. El licenciante se obliga a prestar al licenciatario toda la colaboración que sea necesaria para conseguir la inscripción del mencionado derecho en el Registro de Marcas.

OCTAVA.- Precio. Importe y condiciones de pago

1. Precio

El licenciatario se obliga a pagar al licenciante la cantidad de . euros, cantidad que deberá satisfacerse de la siguiente manera:

a) Un pago inicial de . euros, exigible transcurridos . días naturales a contar desde el día de la firma del presente contrato.

b) El pago de la cantidad restante hasta completar el total del precio pactado será satisfecho en . (número de pagos) pagos de . euros cada uno. Estos pagos deberán realizarse con una periodicidad mensual y serán exigibles a partir del primer día de cada mes. En caso de retraso en los pagos mensuales más allá del décimo día del mes, se aplicarán intereses de .por ciento sobre la cantidad debida. El primer pago mensual deberá hacerse efectivo el día primero del mes de . de 200.

2. Forma de pago. El abono del precio se efectuará por medio de transferencia bancaria a la cuenta número . abierta en . (entidad bancaria, dirección) ................................ ........................., a nombre del licenciante. Los gastos de transferencia y todos los trámites administrativos inherentes a la misma serán a cargo del licenciatario.

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NOVENA.- Mantenimiento y defensa de los derechos de propiedad industrial

1. El licenciante se obliga a mantener en vigor la marca objeto del contrato a través del pago de las correspondientes tasas a la Oficina Española de Patentes y Marcas.

2. El licenciante garantiza al licenciatario la titularidad de la marca, responsabilizándose de que cualquier procedimiento relacionado con la existencia de dicha titularidad no afectará al licenciatario. Si finalmente se declarara que el licenciante carecía de la titularidad sobre la marca o de las facultades necesarias para realizar el presente contrato de licencia, responderá frente al licenciatario, debiendo abonarle una indemnización que se calculará en función de la inversión realizada por el licenciatario para la utilización de la marca. En caso de que la inversión realizada resulte desproporcionada, se acudirá a un experto independiente para que determine la cantidad de inversión adecuada para el uso de la marca.

3. El licenciatario se compromete por su parte a no iniciar, directa o indirectamente, acciones relativas a la titularidad o a la validez de la marca licenciada durante el periodo de vigencia del contrato y, en caso de hacerlo, constituirá una causa de rescisión del presente contrato.

4. Durante todo el periodo de tiempo en el que permanezca en vigor la presente licencia, el licenciante se obliga a garantizar al licenciatario el uso pacífico de la marca licenciada. En cumplimiento de esta obligación se compromete a realizar todas las actuaciones necesarias para preservar y mantener la vigencia de la marca. En especial se obliga a realizar en su momento los pagos de las tasas correspondientes, proceder a su renovación, así como a ejercitar las acciones correspondientes en los supuestos en los que sea violado el derecho de marca objeto del presente contrato.

5. Con la finalidad de garantizar la efectividad de esta obligación ambas partes se obligan a comunicarse mutuamente, en el menor periodo de tiempo posible y de modo fehaciente, el conocimiento de actos que puedan comportar una violación del derecho de la marca licenciada.

6. Únicamente el licenciante tendrá el derecho y la obligación de ejercitar las acciones oportunas por violación del derecho de marca, sin necesidad de preaviso, conocimiento ni consentimiento por parte del licenciatario, asumiendo los gastos ocasionados por el procedimiento y beneficiándose de las ventajas obtenidas; si bien el licenciatario podrá adherirse al ejercicio de las acciones correspondientes, en cuyo caso se distribuirán a partes iguales entre licenciante y licenciatario tanto los gastos de procedimiento, como los beneficios eventualmente obtenidos.

7. De conformidad con la legislación aplicable, en el supuesto en que el licenciante no ejercitara la acción oportuna en caso de violación del derecho de marca, el licenciatario podrá requerir notarialmente al licenciante para que entable la acción correspondiente. Si el titular se negara o no la ejercitara en el plazo de tres meses podrá ejercitarla el licenciatario en su propio nombre (art. 124 de la LP aplicable a las marcas por remisión de la disposición adicional primera de la LM).

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DÉCIMA.- Mantenimiento del contrato.

Las partes acuerdan que en el supuesto en que alguna de las disposiciones del presente contrato sea declarada ineficaz, sea esta ineficacia originaria o sobrevenida, el resto del contrato será válido. La estipulación que sea declarada ineficaz será sustituida por otra que las partes decidan de mutuo acuerdo

UNDÉCIMA.- Duración.

El presente contrato tendrá una duración de .. años, finalizados los cuales y previo acuerdo de las partes, se podrá prorrogar por otros . años, en cuyo supuesto se actualizará y será objeto de otro convenio los pagos que deba efectuar el licenciatario.

DUODÉCIMA.- Resolución.

1. Este contrato se resolverá de pleno derecho por incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones pactadas. Si se tratara de un incumplimiento subsanable, éste podrá ser subsanado en el plazo de . (número) días. Dicho incumplimiento deberá notificarse a la otra parte desde el momento en que se tenga conocimiento del mismo, mediante cualquier medio que deje constancia expresa en el domicilio indicado al inicio de este contrato, haciendo mención expresa de la obligación que ha sido incumplida. Una vez transcurrido el plazo indicado en esta estipulación sin que la parte incumplidora haya subsanado su incumplimiento y notificado a la otra parte tal subsanación, el contrato se entenderá resuelto.

2. Si el incumplimiento contractual consistiera en un retraso de más de . días en el pago por parte del licenciatario, se aplicará un interés del . por ciento sobre las cantidades debidas. Si transcurridos . días no se hubiera producido el pago, el licenciante tendrá derecho a percibir una indemnización de . euros como compensación.

3. El licenciante podrá solicitar la resolución del contrato cuando hayan transcurrido .... (meses/días) sin que el licenciatario haya iniciado el uso o explotación de la marca. Con el fin de determinar si se ha producido el uso de la marca objeto del contrato de licencia a estos efectos, se tendrá en consideración el concepto de uso establecido en el art. 39 de la LM .

4. La cancelación del registro de la marca objeto del presente contrato constituye una causa de extinción del mismo, por imposibilidad de realización de la prestación del licenciante.

5. Será causa de resolución del presente contrato de licencia la declaración de concurso de cualquiera de las partes.

DÉCIMO TERCERA.- Efectos de la resolución

1. La resolución del presente contrato de licencia comportará la obligación de cesación inmediata, por parte del licenciatario, de realizar cualquier clase de actividad que comporte la utilización del signo objeto del presente contrato de licencia.

2. El licenciatario estará obligado a restituir al licenciante todo el material y la documentación que tenga en su poder en relación con la marca objeto del presente contrato de licencia, salvo que el licenciante le comunique instrucciones precisas sobre el destino de los mismos.

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3. En el supuesto en que el licenciatario conserve productos en stock distinguidos con la marca licenciada, o haya aceptado pedidos en relación con esos productos, el licenciatario tendrá la posibilidad de autorizar al licenciante para que finalice el cumplimiento de los pedidos aceptados y/o proceda a la liquidación del stock, de conformidad con las condiciones precisas que establezca el licenciante.

4. El licenciatario será responsable de toda actividad que comporte un uso o explotación de la marca objeto del presente contrato, con posterioridad a la resolución del mismo. También será responsable de un aprovechamiento indebido de su condición de ex licenciatario, considerándose tal actuación aprovechamiento indebido de reputación ajena.

DÉCIMO CUARTA.- Las relaciones entre los contratantes derivadas de la licencia de marca se regularán por lo establecido en este contrato, siendo el único suscrito por las partes. Cualquier modificación de lo establecido en el presente contrato requiere forma escrita.

DÉCIMO QUINTA.- Gastos e impuestos.

Todos los gastos de elevación a público y, en su caso, impuestos indirectos derivados del otorgamiento del mismo serán soportados por .(ambas partes igualmente/por el licenciante/por el licenciatario).

DÉCIMO SEXTA.- Naturaleza del contrato

El presente contrato tiene carácter mercantil, rigiéndose, en lo no establecido por las partes, por lo dispuesto en las leyes mercantiles aplicables -Ley de Marcas -, el Código de Comercio , usos mercantiles, y en defecto, por lo dispuesto en el Código Civil .

DÉCIMO SÉPTIMA.- Ley aplicable y jurisdicción competente.

La partes con expresa renuncia al fuero que les pudiera corresponder, para toda controversia derivada de este contrato o que guarde relación con él –incluida cualquier cuestión relativa a su existencia, validez o terminación- será resuelta mediante arbitraje DE DERECHO, administrado por la CORTE ARBITRAL DE ARBITRALIA, de conformidad con el procedimiento abreviado que aparece en la web www.arbitralia.org, que las partes conoce, y su Reglamento de Arbitraje vigente a la fecha de presentación de la solicitud de arbitraje.

El Tribunal Arbitral que se designe a tal efecto estará compuesto por un único árbitro experto y el idioma del arbitraje será el castellano.

DÉCIMO OCTAVA.- Notificaciones

Para la práctica de cualesquiera notificaciones en relación con el presente contrato ambas partes designan expresamente como domicilio el que figura en el presente contrato, así como el teléfono, fax y e.mail indicados debiendo comunicarse, de forma fehaciente, el cambio de cualquiera de ellos. La designación anterior a efectos de comunicación es esencial para el cumplimiento del presente contrato, dicha falta de comunicación implicará que se considerarán válidas las notificaciones efectuadas en dichos domicilios.

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Y en prueba de su conformidad, firman el presente documento y sus anexos en el lugar y fecha señalados ut supra.

Por el licenciante Por el licenciatario

Don/Doña . (nombre y apellidos) Don/Doña . (nombre y apellidos)

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