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CONTRATO REGULATORIO PARA REGULAR LA ACTIVIDAD DE LA DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN COLOMBIA JORGE HENRIQUE CEREZO RESTREPO LUIS FERNANDO SERNA BEDOYA HÉCTOR ALBERTO RUIZ DUQUE Trabajo de grado presentado como requisito parcial para optar al título de Especialistas en Organización Industrial y Regulación Económica Asesor: GUSTAVO LÓPEZ ÁLVAREZ UNIVERSIDAD EAFIT ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA MEDELLÍN 2008

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CONTRATO REGULATORIO PARA REGULAR LA ACTIVIDAD DE LA DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA

ELÉCTRICA EN COLOMBIA

JORGE HENRIQUE CEREZO RESTREPO

LUIS FERNANDO SERNA BEDOYA

HÉCTOR ALBERTO RUIZ DUQUE

Trabajo de grado presentado como requisito parcial para optar al título de Especialistas en Organización Industrial y Regulación Económica

Asesor: GUSTAVO LÓPEZ ÁLVAREZ

UNIVERSIDAD EAFIT

ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA

MEDELLÍN

2008

Page 2: Contrato Regulatorio - vf.pdf

1

Contenido

Resumen ...................................................................................................................................... 4

1 Justificación .................................................................................................................................. 7

2 Descripción de la metodología de remuneración de la actividad de distribución. ..................... 9

3 Problemas identificados con cada revisión tarifaria ..................................................................13

4 Análisis de impactos ...................................................................................................................17

4.1 Activos ................................................................................................................................17

4.1.1 Valor reconocido ........................................................................................................17

4.1.2 Vida útil ......................................................................................................................19

4.1.3 Cantidad y conformación de unidades constructivas (UC) ........................................19

4.2 Gastos de Administración, Operación y Mantenimiento (AOM) .......................................23

4.3 Pérdidas .............................................................................................................................27

4.4 Tasa de retorno reconocida (WACC) ..................................................................................30

4.5 Calidad del servicio ............................................................................................................34

4.6 Cargos por uso de la red ....................................................................................................36

4.7 Ingresos ..............................................................................................................................37

5 El Contrato Regulatorio ..............................................................................................................39

5.1 Qué es el contrato regulatorio ...........................................................................................39

5.2 Ventajas del contrato regulatorio ......................................................................................42

5.3 Tipos de contrato regulatorio ............................................................................................44

5.3.1 Tasa de beneficio .......................................................................................................46

5.3.2 Regulación por Incentivos ..........................................................................................47

Page 3: Contrato Regulatorio - vf.pdf

2

5.4 Condiciones para el mecanismo regulatorio .....................................................................52

5.4.1 Restricción de información ........................................................................................52

5.4.2 Restricción de costos de transacción .........................................................................53

5.4.3 Restricción de administración y política ....................................................................53

6 Contabilidad Regulatoria ...........................................................................................................54

7 Experiencias internacionales .....................................................................................................55

7.1 España ................................................................................................................................56

7.2 Finlandia .............................................................................................................................58

7.3 Holanda ..............................................................................................................................59

7.4 Inglaterra ............................................................................................................................60

7.5 Suecia .................................................................................................................................61

7.6 Perú ....................................................................................................................................62

7.7 Brasil ...................................................................................................................................64

8 Propuesta de Contrato Regulatorio ...........................................................................................67

8.1 Valoración de la Base de Activos Regulatoria ....................................................................71

8.2 Valor de la inversión por expansión ...................................................................................72

8.3 Costos de Depreciación ......................................................................................................73

8.4 Costos de administración, operación y mantenimiento (AOM) ........................................74

8.5 Costo de Capital (WACC) ...................................................................................................76

8.6 Calidad ................................................................................................................................76

8.7 Pérdidas .............................................................................................................................81

8.8 Ingreso Requerido ..............................................................................................................81

9 Conclusiones ..............................................................................................................................82

10 Bibliografía .............................................................................................................................84

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3

Gráficas

Gráfica No 1: Variación valor de activos empresa área Antioquia ..................................... 17

Gráfica No 2: Variación valor de activos típicos ................................................................. 18

Gráfica No 3: Cantidad de UC por periodo......................................................................... 20

Gráfica No 4: Valor de AOM reconocido Nivel 1 empresa tamaño mediano ..................... 24

Gráfica No 5: Variación AOM reconocido empresa área Antioquia ................................... 26

Gráfica No 6: Gastos de AOM Reales Vs Reconocidos ..................................................... 27

Gráfica No 7: Pérdidas reconocidas por nivel de tensión empresa área Antioquia ........... 30

Gráfica No 8: Tasas de Retorno Reconocidas ................................................................... 32

Gráfica No 9: Variación de los cargos por uso de los principales OR del país ................. 37

Gráfica No 10: Ingreso anual principales OR del país ....................................................... 38

Gráfica No 11: Demanda creciente-Costos decrecientes .................................................. 49

Gráfica No 12: Empresa con calidad mejor que la meta regulada ..................................... 78

Gráfica No 13: Empresa con calidad variable (mejor o peor que la meta regulada) ......... 79

Gráfica No 14: Empresa con calidad inferior que la meta regulada ................................... 80

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4

Tablas

Tabla No 1: Porcentaje de AOM reconocido nivel 1 segundo periodo regulatorio ............. 24

Tabla No 2: Niveles de pérdidas reconocidas por nivel de tensión y por periodo .............. 28

Tabla No 3: Valores máximos admisibles DES y FES por grupo de calidad ..................... 35

Page 6: Contrato Regulatorio - vf.pdf

5

Glosario

ASOCODIS: Asociación Colombiana de Distribuidores de Energía Eléctrica

CNO: Consejo Nacional de Operación

CREG: Comisión de Regulación de Energía y Gas

FI: Factor de Instalación

OR: Operador de Red

SDL: Sistema de Distribución Local

SSPD: Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

STR: Sistema de Transmisión Regional

SUI: Sistema Único de Información

UC: Unidad Constructiva

Page 7: Contrato Regulatorio - vf.pdf

6

Resumen

La regulación de los sistemas de distribución de energía eléctrica en Colombia

tiene altos costos de transacción entre el regulador y los Operadores de Red

(regateo y búsqueda), porque el regulador se ha centrado mucho más en precisar

los detalles técnicos que en enfatizar en los aspectos económicos que permitan

obtener unas tarifas más eficientes en la prestación del servicio.

Las revisiones de cargos que se han presentado han traído consigo inestabilidad

en las señales regulatorias que aplican a esta actividad, generando incertidumbre

para los distribuidores y para los usuarios.

Este documento propone un contrato regulatorio que minimice los costos de

transacción, brinde señales de largo plazo y de los incentivos necesarios para

llevar las tarifas a la eficiencia sin detrimento de la calidad del servicio.

Este trabajo comienza describiendo la regulación actual de la distribución y luego

se presentan los principales problemas encontrados en los diferentes periodos

regulatorios. Después se presenta el marco teórico de los principales tipos de

contratos o mecanismos regulatorios y a continuación se pasa a describir las

ventajas y el uso de estos mecanismos en el mundo. Por último se propone un

contrato regulatorio para la distribución en Colombia.

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7

CONTRATO REGULATORIO PARA REGULAR LA ACTIVIDAD DE LA DISTRIBUCIÓN

DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN COLOMBIA

1 Justificación

La regulación de los sistemas de distribución de energía en Colombia tiene altos

costos de transacción entre el regulador1 y los Operadores de Red (regateo y

búsqueda), porque el regulador se ha centrado mucho más en precisar los detalles

técnicos que en enfatizar en los aspectos económicos que permitan obtener unas

tarifas más eficientes en la prestación del servicio. Se puede verificar que cuando

se cambia el periodo regulatorio cada cinco años, el regulador modifica

sustancialmente las condiciones que regulan la actividad, por ejemplo: valor de los

activos, definición de unidades constructivas, costos de Administración, Operación

y Mantenimiento, tasa de remuneración, tipo de remuneración; lo cual repercute

en variaciones importantes de los cargos lo que finalmente afecta tanto a los

operadores como a los usuarios.

Consideramos importante entonces, establecer un contrato regulatorio que

minimice los costos de transacción, brinde señales de largo plazo a los operadores

y contenga los incentivos necesarios para llevar las tarifas a la eficiencia. Todo lo

1 La entidad reguladora en Colombia es la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), en la cual el Presidente de la República delega su potestad regulatoria. En adelante, la CREG o la Comisión.

Page 9: Contrato Regulatorio - vf.pdf

8

anterior conduce a maximizar el excedente social, que es el problema principal de

todo regulador.

Page 10: Contrato Regulatorio - vf.pdf

9

2 Descripción de la metodología de remuneración de la actividad de distribución.

La metodología vigente para remunerar la actividad de distribución de energía

eléctrica en Colombia está definida en la Resolución CREG 082 del 17 de

diciembre de 20022. Mediante esta resolución se establecieron los principios

generales y la metodología para determinar los cargos por uso de los Sistemas de

Transmisión Regional (STR) y Distribución Local (SDL). Esta metodología

sustituyó a la que estuvo vigente en el periodo 1998-2002, definida en la

resolución CREG 099 de1997.

Desde el punto de vista regulatorio, un Sistema de Transmisión Regional (STR) )

es un sistema de transporte de energía eléctrica compuesto por los activos de

conexión de los Operadores de Red al Sistema de Transmisión Nacional (sistema

que opera a tensiones iguales o mayores a 220 kV), las líneas, equipos y

subestaciones que operan a tensiones mayores a 57.5 kV y menores a 220 kV,

mientras que en un Sistema de Distribución Local (SDL) las líneas y

subestaciones, con sus equipos asociados, operan a tensiones inferiores a 57.5

kV y están dedicados a la prestación del servicio en un mercado de

comercialización.

Las características principales de la metodología actual son las siguientes:

2 Esta metodología se aplica hasta finalizar el segundo periodo regulatorio (2003-2008). Para el siguiente periodo regulatorio (2009-2013) la metodología que aplicará fue definida en la Resolución CREG 097 de 2008.

Page 11: Contrato Regulatorio - vf.pdf

10

Para los Sistemas de Transmisión Regional (STR): La metodología de

remuneración es por Ingreso Regulado3 (Revenue Cap), con base en el cálculo

del costo anual equivalente de los activos eléctricos valorados según su costo de

reposición a nuevo, costo anual de los activos no eléctricos, y los gastos anuales

de administración operación y mantenimiento AOM. Los activos que se incluyen

en este cálculo son los de conexión al STN y los del Nivel de Tensión 4 (mayor a

57.5kV y menor a 220 kV). El cálculo del Costo Anual se hace valorando los

activos eléctricos que fueron declarados por los Operadores de Red (OR) con

base en el listado de Unidades Constructivas aprobados en la Resolución CREG

082 de 2002, el cual contiene los costos y la vida útil reconocida, y aplicando una

tasa de descuento del 14.06%; el costo anual de los activos no eléctricos se

calcula como el 4.1% de la anualidad de los activos eléctricos. Los gastos anuales

de AOM se reconocen a través de un porcentaje del costo de reposición de los

activos eléctricos: 2% para activos que se encuentran en zonas sin contaminación

y 2,5% para activos que se encuentran en zonas con contaminación salina. La

suma de los anteriores componentes constituye el ingreso anual del STR.

El cargo anual ($/kWh) de cada STR es calculado como la relación entre el

Ingreso Anual del STR y la suma de la demanda total de los usuarios conectados

3 Metodología de Ingreso Regulado (Revenue Cap): Metodología de remuneración mediante la cual la Comisión establece, para cada Operador de Red, los ingresos que requiere para remunerar los activos de uso del Nivel de Tensión 4 y los activos de conexión al STN, y que sirven para calcular los cargos de los STR.

Page 12: Contrato Regulatorio - vf.pdf

11

a los sistemas de los OR pertenecientes a dicho STR, en el año anterior al de

cálculo.

Para los Sistema de Distribución Local (SDL): La metodología de remuneración es

de Precio Máximo4 (Price Cap), según la cual se aprueban, para cada OR, los

cargos máximos por unidad de energía transportada en los Niveles de Tensión 3,

2 y 1 de su sistema. El costo anual de la inversión para los niveles de tensión 3 y

2 es la suma de las anualidades de activos eléctricos y no eléctricos, asimilando

los activos eléctricos a Unidades Constructivas, las cuales se valoran con costos

de reposición a nuevo, una vida útil reconocida y una tasa de descuento del

16.06%. El costo anual de los activos no eléctricos corresponde al 4,1% del costo

anual de los activos eléctricos. Los gastos de AOM anuales se reconocen como un

porcentaje del costo de reposición de los activos eléctricos: 2% y 4% para activos

de Nivel de Tensión 3 y 2, respectivamente, y 2,5% y 4,5% respectivamente,

cuando los activos se encuentran en zonas afectadas por contaminación salina.

Se reconocen además, niveles de pérdidas eficientes que se aplican para calcular

los cargos máximos por nivel de tensión para cada OR y para cada uno de los

años del período tarifario.

Para el Nivel de Tensión 1 (menor a 1000 voltios, uso básicamente residencial),

se determina un cargo máximo por concepto de inversión y un cargo máximo por

4 Metodología de Precio Máximo (Price Cap): Metodología de remuneración mediante la cual la Comisión aprueba, para cada Operador de Red, los cargos máximos por unidad de energía transportada en los niveles 1, 2 y 3 de su sistema.

Page 13: Contrato Regulatorio - vf.pdf

12

concepto de gastos de Administración, Operación y Mantenimiento para redes

aéreas, y otro para redes subterráneas. Los cargos máximos eficientes se definen

a partir de redes típicas aéreas y de redes subterráneas, definidas a partir de

datos reales de una muestra de todos los circuitos de este nivel de tensión de los

OR, los cuales se valoran con costos de reposición considerando una vida útil de

20 años y un diseño de red óptima.

Los cargos así establecidos tienen una vigencia de cinco años; el actual período

regulatorio venció el 31 de diciembre de 2007, y como el regulador no ha

aprobado nuevos cargos, los actuales continuarán rigiendo hasta que la Comisión

apruebe unos nuevos.

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13

3 Problemas identificados con cada revisión tarifaria

Desde que se dio la transformación del sector eléctrico en Colombia, a raíz de la

expedición de la Leyes 142 ( Ley de Servicios Públicos) y 143 de 1994 ( Ley

Eléctrica), sobre las cuales se apoyan las resoluciones que regulan la actividad de

Distribución de Energía, se han presentado dos revisiones tarifarias que han traído

consigo, inestabilidad en las señales regulatorias que han aplicado a esta

actividad, generando incertidumbre para los inversionistas que la desarrollan y

para los usuarios.

Algunos de los problemas identificados son los siguientes:

• Valor de los activos: La metodología de valor de reposición a nuevo (VRN)

adoptada por la Comisión, es especialmente inestable debido a que valora los

activos con su valor de reemplazo a precios de mercado para cada período

regulatorio. Lo anterior conlleva a obtener un VRN que puede estar por encima

del costo de la empresa, generando rentas para la empresa, o por debajo,

generando pérdidas.

Esta fluctuación también se puede ver acentuada por factores tales como las

variaciones en los precios internacionales de los insumos, en el tipo de cambio

y de otras variables que afectan en la práctica una parte pequeña de los costos

de la empresa y no la totalidad como asume la metodología. Su uso lleva

Page 15: Contrato Regulatorio - vf.pdf

14

entonces a pérdidas de eficiencia asignativa y a grandes costos regulatorios en

cada revisión regulatoria.

Dado lo anterior, es deseable tener una metodología de actualización del valor

de los activos que sea previsible para períodos de largo plazo o al menos

relacionada con la vida útil de los activos.

• Definición de unidades constructivas: variabilidad en el número de unidades

constructivas y en su conformación en cada revisión tarifaria, ocasionando

costos innecesarios en su definición por el tiempo que exige tanto de las

empresas como del regulador, sin que estos cambios aporten en la obtención

de unos costos más eficientes.

• Los costos de administración, operación y mantenimiento reconocidos no son

suficientes para remunerar los costos en los que se incurre para desarrollar la

actividad, y adicionalmente, son significativamente inferiores a los reconocidos

en países como Perú y Chile. Así lo muestra un estudio reciente realizado por

el consultor Eduardo Afanador5 en 2007 para ASOCODIS6, que incluyó en su

estudio la mayor parte de las empresas distribuidoras del país.

• Tasa de remuneración: se actualiza para cada período regulatorio, lo que

quiere decir que la inversión hecha en el pasado se actualiza con las

condiciones de cada período que pueden ser mejores o peores para la

5 Afanador, Eduardo I y Konsultorías Ltda. “Remuneración de gastos de Administración, Operación y Mantenimiento en la Distribución de Electricidad”. Septiembre de 2007.

6 Asociación Colombiana de Distribuidores de Energía Eléctrica.

Page 16: Contrato Regulatorio - vf.pdf

15

empresa, lo que se traduce en un reconocimiento de la inversión diferente a las

condiciones eficientes de la misma.

• Tipo de remuneración: se ha presentado redefinición de este aspecto para el

nivel de tensión 4 y el regulador ha tratado de hacerlo en los niveles 2 y 3.

• Acotamiento de cargos lo cual ocasiona que no se remunere completamente la

infraestructura de la empresas.

Problemas en general de la regulación:

• No existe una contabilidad regulatoria que facilite obtener una información

confiable y permita avanzar hacia un esquema por incentivos.

• La regulación colombiana sobre regula o introduce medidas cuyos impactos no

se miden. Es así como muchas de las medidas introducidas en Colombia no

tienen ningún análisis costo/beneficio que las justifique. Tal es el caso de la

regulación de la calidad y la medida que se pensó introducir para el próximo

periodo regulatorio (2009-2013), que implicaba altas inversiones para los

agentes y mayores cargos para los usuarios sin que se perciban mejoras de

estos parámetros para el usuario.

• Inestabilidad Regulatoria por el cambio de las reglas de juego en cada revisión

tarifaria que generan incertidumbre para los agentes distribuidores, al no tener

certeza sobre las condiciones regulatorias que rigen sus negocios, igual

incertidumbre la tiene el usuario por las implicaciones de esta inestabilidad en

la tarifa.

Page 17: Contrato Regulatorio - vf.pdf

16

• Las medidas que se toman no se miran integralmente de tal forma que se

maximice el bienestar social y se garantice la viabilidad de las empresas que

desarrollan estas actividades.

• En general, las variaciones que se han dado en la remuneración, como las

ocurridas en los períodos tarifarios colombianos, no pueden ser asumidas por

una empresa que quiera invertir en esta actividad, y más aún, garantizar la

prestación del servicio con unos estándares de calidad que no se podrían

cumplir.

• La actividad del regulador no es evaluada periódicamente por una entidad

académica como sucede en otros países, donde existen centros

especializados independientes que realizan esta actividad.

Page 18: Contrato Regulatorio - vf.pdf

17

4 Análisis de impactos

A continuación mostramos los principales parámetros de los cargos regulados que

han presentado variaciones importantes durante los diferentes períodos

regulatorios transcurridos desde 1998 hasta la fecha.

4.1 Activos

4.1.1 Valor reconocido

La metodología de valor de reposición a nuevo (VRN) adoptada por el Regulador,

es especialmente inestable debido a que valora los activos con su valor de

reemplazo a precios de mercado para cada período regulatorio. Lo anterior

conlleva a obtener un VRN que puede estar por encima del costo de la empresa,

generando rentas para la empresa, o por debajo, generando pérdidas. En la

gráfica No 1 se muestra este impacto para el caso de la empresa que presta el

servicio en el área de Antioquia.

Gráfica No 1: Variación valor de activos empresa área Antioquia

Fuente: Resolución CREG 094 de 2008 y datos empresas EEPPM, EADE y Yarumal

Valor activos Antioquia $ millones dic 2007

2,536,023

3,488,855 3,325,000

1er periodo 2do periodo 3er periodo

Page 19: Contrato Regulatorio - vf.pdf

18

Para ver la variación en el valor de los activos se toman, como ejemplo, dos

activos típicos: Subestación convencional sencilla de nivel 4 y Línea urbana

circuito sencillo de nivel 4. En la gráfica No 2 se puede ver que hay variaciones

drásticas hacia abajo en el caso de la subestación de nivel 4 y un descenso y

posterior aumento en la línea urbana de nivel 4.

Gráfica No 2: Variación valor de activos típicos

Fuente: Resoluciones CREG 155/97, 082/02 y 094/08.

Esta fluctuación también se puede ver acentuada por factores tales como las

variaciones en los precios internacionales de los insumos, en el tipo de cambio y

así como de otras variables que sólo deberían afectar, en la práctica, una parte

pequeña de los costos de la empresa, como lo son los activos construidos dentro

del periodo regulatorio (Según criterio de la Resolución CREG 094 2008, la

Comisión estima que las inversiones anuales de los distribuidores en promedio

son del 1%), y no afectar a la totalidad de los activos (base de activos existentes),

Page 20: Contrato Regulatorio - vf.pdf

19

como asume la metodología. Su uso lleva entonces a pérdidas de eficiencia

asignativa y a grandes costos regulatorios en cada revisión regulatoria. Además es

conocido que la industria de la distribución es un negocio maduro en que el nivel

de inversiones es bajo en comparación con un negocio en crecimiento.

4.1.2 Vida útil

Como a partir del valor de los activos se obtiene una anualidad para efectos de su

remuneración, es necesario definir para los activos una vida útil y una tasa de

descuento. Entre el primer y segundo periodo regulatorio no hubo prácticamente

variaciones en la vida útil de los activos, pero si la hubo entre el segundo y tercer

periodo. El cambio que se dio fue muy pronunciado porque para activos como

subestaciones que tenían una vida útil de 25 años se pasó a 30 o 40años,

incidiendo con esto en el ingreso a obtener por el distribuidor. Si bien una

subestación en determinadas condiciones puede durar 30 o 40años, esta sería la

excepción y no el promedio para este tipo de activos.

4.1.3 Cantidad y conformación de unidades constructivas (UC)

Las UC son una clasificación funcional de los activos del distribuidor, por ejemplo:

redes, subestaciones, transformadores etc. Estas unidades sirven para encontrar

el valor de los activos de un distribuidor, porque normalmente se pueden obtener

cotizaciones o valores de compra para cada una de las UC definidas (valor de 1km

de red, valor de un transformador etc.). Como las UC son una clasificación que

Page 21: Contrato Regulatorio - vf.pdf

20

tiene algo de subjetividad, porque alguien puede considerar que 1km de red en

cable calibre 1/0 y 2/0 es la misma unidad constructiva y le asigna un valor

promedio de los dos conductores y otro podría pensar que deben ser UC

diferentes, esto ha dado lugar a una gran variabilidad en el número de unidades

constructivas y en su conformación en cada revisión tarifaria, ocasionando costos

innecesarios en su definición por el tiempo que exige tanto de las empresas como

del regulador, sin que estos cambios aporten en la obtención de unos costos más

eficientes. El la gráfica No 3 se puede apreciar esta variabilidad.

Gráfica No 3: Cantidad de UC por periodo

Fuente: Resoluciones CREG 155/97, 082/02 y 094/08

El valor de la UC se compone del valor del equipo (por ejemplo un transformador)

o de sus elementos (por ejemplo cables, aisladores etc.), y del factor de

instalación, FI. Este último incluye los costos necesarios para llevar los equipos

desde el puerto o almacén hasta el sitio de instalación, incluyendo el diseño, obras

523

282

411

1er periodo 2do periodo 3er periodo

Page 22: Contrato Regulatorio - vf.pdf

21

civiles, montaje, interventoría, etc., para poner en funcionamiento los equipos. El

FI varía en cada periodo, incluyendo algunas veces los costos financieros y en

otras no. El valor de referencia para los equipos o elementos ha sido el FOB (Free

on Board) o DDP (Delivery Duty Paid), en dólares o en pesos; la fecha de

actualización de este valor tampoco ha sido uniforme en todos los períodos

regulatorios.

Para el periodo 2003-2008 se publicó la Resolución CREG 73 de 2002 en la cual

se propuso reconocer entre un 9 y un 10% de gastos financieros dentro del FI,

pero en la resolución definitiva (la 082) no hubo tal reconocimiento. Para el tercer

periodo aunque se incluyeron los gastos financieros, su valor fue inferior a la mitad

de lo reconocido en el primer periodo.

También hubo un cambio entre el segundo y el tercer periodo regulatorio para

algunos de los componentes del FI (por ejemplo repuestos, gestión ambiental y

servidumbres), que fueron reconocidos para todas las UC en el periodo 1 y 2, pero

no en el periodo 3.

Otros cambios que se han dado son los relacionados con la remuneración de la

UC Centro de Control que ha sufrido importantísimos cambios en su conformación

y en su valor. En el primer periodo, por ejemplo, se consideró que el OR que

tuviera un centro de control podía cumplir con la calidad exigida por el regulador y

además le representaba rebajar el personal encargado de las labores de

operación del sistema de distribución, reconociendo por lo tanto el 50% de su

Page 23: Contrato Regulatorio - vf.pdf

22

valor. En el segundo periodo el regulador cambió drásticamente la conformación y

el número de UC introduciendo 10 UC para remunerar los diferentes tipos de

centros de control. Del segundo al tercer periodo continuó remunerando los

centros de control pero pasó a 32 UC.

En resumen, el valor, la conformación y los conceptos sobre los diferentes tipos de

unidades constructivas cambian en cada periodo regulatorio lo que hace que se

tengan costos altos de transacción para obtener finalmente el valor a remunerar

por los activos en cada periodo regulatorio. En el primer periodo el valor de cada

unidad constructiva lo determinó la CREG con aportes individuales de cada

empresa lo cual generó muchos reclamos contra el regulador por diferencias entre

los valores remunerados y los valores de las empresas. En el segundo periodo el

regulador encargó el estudio de los costos y de la conformación de las UC, al

Consejo Nacional de Operación C.N.O, a través del Subcomité de Distribución, el

cual tomó cerca de dos años y fue desarrollado por representantes de las

empresas; para el tercer periodo el regulador contrató con una firma de ingeniería

el estudio de UC cuyos resultados fueron muy cuestionados por las empresas

pues no reflejaban los costos reales de éstas, fue así como entre la fecha en que

se presentó el estudio y las discusiones que se dieron con las empresas de

distribución, pasó más de un año, al final del cual el regulador, por la cantidad y

peso de las observaciones de los distribuidores, decidió contratar otro consultor

para revisar y/o validar los resultados del primer estudio.

Page 24: Contrato Regulatorio - vf.pdf

23

Dado lo anterior, es deseable tener una metodología clara y estable que permita

la actualización del valor de los activos y de la conformación de las Unidades

Constructivas, que genere confianza en el inversionista (que sea previsible y

estable en el largo plazo, en periodos compatibles con la vida útil de los activos).

4.2 Gastos de Administración, Operación y Mantenimiento (AOM)

En el tema de los gastos de AOM no se ha contado con una metodología para

determinar el valor eficiente. Simplemente se aplica una fórmula para determinar

el valor de AOM como un porcentaje del valor de los activos, sin que se conozca

cómo fue hallado dicho porcentaje. Para el segundo periodo se dio un cambio

importante en la forma de cálculo del AOM para el nivel de tensión 1, al definirse

su valor en una cantidad fija en $/kWh por cada transformador de distribución. Si

este valor lo llevamos a la base de porcentaje sobre activos, que fue el método

utilizado en el primer periodo, se pasa de un reconocimiento del 4% en el primer

periodo al 2.34% para red aérea rural y al 0.33% para red aérea urbana, en el

segundo periodo, como se muestra en la tabla No 1. Este valor es similar al

obtenido también en el estudio de Eduardo Afanador (2007) ya mencionado.

Page 25: Contrato Regulatorio - vf.pdf

24

Tabla No 1: Porcentaje de AOM reconocido nivel 1 segundo periodo regulatorio

Red Rural Red Urbana

Cargo Inversión $/kWh 38,88 15,66

Cargo AOM $/kWh 5,38 0,31

Valor Activos eq $/kWh 229,78 99,55

% (Cargo AOM/Valor activos) 2,34% 0,33%

Fuente: Estudio gastos AOM. Eduardo Afanador. ASOCODIS 2007

Si tomamos como referencia una empresa mediana en Colombia, que llamaremos

Emcol, con un valor de activos del nivel 1 de $400,000 millones, el valor de AOM

anual reconocido en el segundo periodo sería muy inferior al del primer periodo

como se aprecia en la gráfica No 4:

Gráfica No 4: Valor de AOM reconocido Nivel 1 empresa tamaño mediano

Fuente: Estudio gastos AOM Eduardo Afanador ASOCODIS 2007

16.000 16.000

9.360

1.320

Rural aérea Urbana aérea

AOM Nivel 1 ($ millones)AOM 1 periodo AOM 2 periodo

Page 26: Contrato Regulatorio - vf.pdf

25

Para el tercer periodo se introducen cambios importantes en el cálculo del AOM,

estos son: se hace un promedio entre los gastos reales –en cuentas especificadas

por el regulador- y los reconocidos por el regulador a los distribuidores en el

periodo 2003-2008, éste valor se divide entre el valor total de los activos y con

esto se halla el porcentaje de AOM de cada empresa, estableciendo un límite

máximo del 4% y un mínimo del 1% sobre el valor de los activos7. Para este tercer

periodo se resalta una mejoría en la metodología pues el regulador publica cuales

son las cuentas del Plan Único que se tienen presentes al momento de calcular el

AOM. Para el nivel 1, los AOM de Emcol podrían estar entre $4,000 y $16,000

millones dependiendo de sus gastos en el periodo 2003-2008 (asumiendo que el

valor de los activos permanece igual).

Como se mostró anteriormente, el valor de los activos también ha variado en el

tiempo y por estar el AOM atado a ellos mediante un porcentaje, sufre

consecuentemente cambios en cada periodo regulatorio. Es de resaltar que el

porcentaje del 4% del primer periodo, no equivale al mismo 4% del tercer periodo

pues las bases son diferentes por la variación en el valor de los activos. Los

cambios en el AOM reconocido para la empresa que presta el servicio en

Antioquia se muestra en la gráfica No 5.

7 Límites fijados en la propuesta regulatoria contenida en la Resolución CREG 094 de 2008.

Page 27: Contrato Regulatorio - vf.pdf

26

Gráfica No 5: Variación AOM reconocido empresa área Antioquia

AOM Antioquia $millones dic 2007

79,159 82,131

104,246

1er periodo 2do periodo 3er periodo

Fuente: Resolución CREG 094 de 2008, información EEPPM y Cálculos propios

La conclusión sobre los costos de Administración, Operación y Mantenimiento

reconocidos en el periodo anterior, es que no son suficientes para remunerar los

costos en los que se incurre para desarrollar la actividad8, y adicionalmente, son

significativamente inferiores a los reconocidos en países como Perú y Chile9. Así

lo muestra el estudio de AOM realizado por Eduardo Afanador10 para ASOCODIS.

8 Los AOM reconocidos representaron en el año 2005 el 62% de los AOM causados, excluyendo los pasivos pensiónales y el 75% al excluir las demás cuentas como impuestos y contribuciones. Teniendo en cuenta que la comparación frente al AOM sin pensiones, impuestos, contribuciones y otras, arroja un déficit del 25%, y que necesariamente los AOM reconocidos deben incluir esas otras cuentas, podría estarse ante una situación de déficit entre un 30 y 35% del AOM causado (entre $230.000 y $270.000 millones).

9 Para el caso del nivel de tensión 2, mientras que en Colombia se reconoce el 4% sobre el VNR, en Chile, para un sector de alta densidad urbano, el AOM reconocido equivale al 7.8% del VNR y en Perú, al 4.5% para ambos niveles. Para el caso del nivel de tensión 1, mientras que en Colombia el AOM que se reconoce equivale para las redes aéreas urbanas al 0.33% del VNR implícito en los cargos que remuneran la inversión, en Chile, en el sector urbano de alta densidad, el AOM reconocido equivale al 4.5% y en Perú al 4.5% para ambos niveles

10 Afanador, Eduardo I y Konsultorías Ltda, Op. Cit., 2007.

Page 28: Contrato Regulatorio - vf.pdf

27

Con base en información de este estudio, en la gráfica No 6 se muestra que con

excepción de Cetsa (Empresa de Tuluá) y EADE, a ningún otro distribuidor le es

suficiente el valor reconocido para cubrir sus gastos.

Gráfica No 6: Gastos de AOM Reales Vs Reconocidos

0 20 40 60 80 100 120 140

CETSA

PEREIRA

EMSA

EDEQ

CEDENAR

HUILA

CEDELCA

EEC

CENS

ENERTOLIMA

EADE

CHEC

EMCALI

EPSA

EBSA

ELECTROCOSTA

ESSA

ELECTRICARIBE

EEPPM

CODENSA

AOM Gastado vs Reconocido $ millones 2005

Reconocido

Gasto

Fuente: Estudio gastos AOM Eduardo Afanador ASOCODIS 2007

4.3 Pérdidas

En el esquema de remuneración de la distribución no se ha tenido una fórmula o

metodología estándar para el cálculo de las pérdidas de energía reconocidas en

cada periodo regulatorio, cambiando criterios y valores a reconocer.

Page 29: Contrato Regulatorio - vf.pdf

28

Adicionalmente, no se ha definido la responsabilidad por las pérdidas entre el

distribuidor y el comercializador.

El valor de pérdidas reconocidas se tiene en cuenta para obtener los kWh

eficientes que se usan en el denominador de la expresión utilizada para calcular el

cargo de distribución ($/kWh) que reconoce el regulador (ver numeral 4.6). Un

resumen de los valores reconocidos se muestra en la tabla No 2.

Tabla No 2: Niveles de pérdidas reconocidas por nivel de tensión y por periodo

4 3 2 1 Referencia Consideraciones

Período 1 2% 2% 5% 6% Entrada al Sistema de Distribución Igual para todos los distribuidores

Período 2 1% 1% 3% 6% Entrada a cada nivel de tensiónLos niveles 1 y 2 difiere por operador por la composición urbano-rural

Período 3 1% 2% 1% 6% Entrada a cada nivel de tensión

Nivel 4 igual para todos, los otros niveles reconocen pérdidas técnicas por operador

niveles de tensión

Fuente: Resoluciones CREG 099/97, 82/02 y 097/08

Período 1 (1998-2003): Aunque el esquema regulatorio empezó en 1994, en este

período fue cuando se definieron explícitamente todas las reglas relacionadas con

las pérdidas reconocidas. Se destaca que los porcentajes reconocidos en este

periodo se refieren a la energía disponible del sistema (energía de entrada al

sistema de Distribución)

Período 2 (2003-2008): En este periodo se cambió la referencia del porcentaje

siendo ésta la energía de entrada a cada nivel. Lo anterior afectó

Page 30: Contrato Regulatorio - vf.pdf

29

considerablemente la cantidad de energía perdida reconocida a los distribuidores.

También se incluyó por primera vez para los niveles 1 y 2, la ponderación de las

pérdidas de acuerdo con la composición urbano-rural de cada distribuidor. Para

los niveles 3 y 4 se reconocieron las mismas pérdidas para todos los

distribuidores.

Período 3 (2009-2013): Por primera vez se reconocen para cada distribuidor y

para los niveles 1, 2 y 3, las pérdidas técnicas. Adicionalmente, para el nivel 1, al

distribuidor se le reconocerán parte de las pérdidas no técnicas. En general, se le

reconocerá a cada distribuidor el costo de su plan de recuperación de energía

perdida. El valor reconocido para el nivel de tensión 4 será el real, y corresponderá

al del sistema de transmisión regional al cual pertenezca el sistema del

distribuidor. En la gráfica No 7 se indican las pérdidas reconocidas por nivel de

tensión y para cada uno de los periodos señalados para la empresa que opera en

Antioquia.

Page 31: Contrato Regulatorio - vf.pdf

30

Gráfica No 7: Pérdidas reconocidas por nivel de tensión empresa área Antioquia

GWh reconocidos

100 100134

401

83

22

84

259

74 61 65

268

Nivel 4 Nivel 3 Nivel 2 Nivel 1

período 1 período 2 período 3

Fuente: Datos EEPPM y cálculos propios

4.4 Tasa de retorno reconocida (WACC)

La tasa de retorno definida por el Regulador para remunerar los activos en el

primer periodo regulatorio (1998-2002), fue del nueve por ciento (9%) anual real,

antes de impuestos. Con respecto a este valor, se desconoce la metodología y

soportes que utilizó el regulador para su estimación.

Para los periodos siguientes (2003-2008 y 2009-2013), el regulador estableció una

metodología para determinar la tasa de retorno a partir de la estimación del Costo

Page 32: Contrato Regulatorio - vf.pdf

31

Promedio Ponderado de Capital (WACC, por las iniciales en inglés de Weighted

Average Cost of Capital).

Con base en esta metodología, el Costo Promedio Ponderado de Capital después

de impuestos se calcula como:

( ) eeddid rwrwWACC +−= τ1*..

Donde:

er : Costo del equity

dr : Costo deuda antes de impuestos

τ : Tasa de impuestos corporativa

dw =D/D+E: Participación deuda

ew =E/D+E: Participación equity

Para el cálculo del Costo del Equity ( er ) se utilizó el modelo CAPM (Capital Asset

Pricing Model). La expresión para su cálculo es la siguiente:

( ) pfmlfe rrrrr +−+= β

fr : Tasa libre de riesgo

fm rr −: Prima del mercado

Page 33: Contrato Regulatorio - vf.pdf

32

pr : Prima por riesgo país

lβ : Beta Apalancado

Las tasas definidas para estos periodos se muestran en la gráfica No 8:

Gráfica No 8: Tasas de Retorno Reconocidas

WACC Real antes de Impuestos

9% 9%

16.06%

14.06%13.9%13.0%

Niveles 1, 2 y 3 (Price Cap) Nivel 4 (Revenue Cap)

período 1 período 2 período 3

Fuente: Resoluciones CREG 099/97, 013/02 y 093/08

Desde el punto de vista conceptual los agentes han estado de acuerdo con el uso

de esta metodología11 pues es universalmente reconocida y se considera que es

la apropiada para determinar la tasa de descuento desde el punto de vista

financiero. De igual forma, al permitir estimar un costo de capital óptimo, 11 Ver estudios: “Asesoría en el Cálculo y Soporte de la Tasa de Remuneración para el Negocio de la Transmisión de la Energía Eléctrica en Colombia”, elaborado por Julio Villarreal para Andesco, “Metodología y Estimación del Costo Promedio Ponderado de Capital (WACC), para Empresas de Distribución de Energía Eléctrica” elaborado por la Universidad de los Andes para Asocodis.

Page 34: Contrato Regulatorio - vf.pdf

33

conceptualmente es la más apropiada para una regulación por incentivos, pues

mide el costo de capital según las fuentes de financiación óptimas y los riesgos

sistemáticos de cada negocio. Adicionalmente, al usar el WACC óptimo se están

dando las señales necesarias para que las empresas prestadoras del servicio

busquen la eficiencia sin premiar o castigar a una empresa en particular.

No obstante lo anterior, para el tercer periodo regulatorio (2009-2013) el regulador

hizo algunos ajustes en la metodología, relacionados con el cálculo de algunos de

los parámetros del WACC. Algunos de ellos fueron:

En el cálculo de la tasa libre de riesgo utilizó el promedio de los últimos 60 meses

de los bonos de Estados Unidos a 20 años, en lugar del promedio de los últimos

24 meses, lo cual representa una mejora pues con esto se minimiza el riesgo de

capturar efectos de corto plazo; igual sucedió con el cálculo de la prima por riesgo

país en el cual se usó el promedio mensual de los últimos 60 meses del índice

EMBI+ Colombia, en lugar de 24 meses. Para la estimación del Beta se

consideraron las diferencias asociadas con el riesgo sistemático por distintos

ambientes regulatorios (ajuste de 0.22 para la red remunerada bajo el esquema de

Price Cap y 0.11 para la remunerada bajo el esquema Revenue Cap). En este

punto se da una mejora sustancial pues considera las diferencias entre estos dos

esquemas, tomando como referencia empresas del sector eléctrico, a diferencia

del periodo anterior que tomo un referente del sector telecomunicaciones.

Page 35: Contrato Regulatorio - vf.pdf

34

A pesar de lo anterior, se presenta una disminución en la tasa entre los periodos

dos y tres, cambio justificado principalmente por la disminución en el riesgo país.

En general, con el uso de la metodología WACC tanto en el periodo actual (2003-

2008), como en el siguiente (2009-2013), se garantiza estabilidad en la forma de

cálculo del Costo de Capital para remunerar la actividad de distribución.

Adicionalmente, los ajustes introducidos en algunos parámetros, básicamente los

relacionados con las longitudes de las series de tiempo, evitan cambios bruscos

en los ingresos y en los cargos al usuario final. Sólo se ve necesario, ajustar

algunos parámetros como lo son el nivel de apalancamiento y el costo de la deuda

de tal manera que se refleje la situación real de las empresas en estos conceptos.

4.5 Calidad del servicio

La calidad del servicio en los periodos 1 y 2 se midió a partir del establecimiento

de metas tanto de duración de la discontinuidad del servicio (DES) como de la

frecuencia (FES)12. El incumplimiento de los valores máximos permitidos da lugar

a compensaciones al usuario afectado en función de las horas en que se

sobrepasaba el indicador correspondiente y del costo del primer escalón de

racionamiento de energía.

Los Valores Máximos admisibles para los indicadores DESc y FESc para los años

uno, dos y tres del periodo de transición se muestran en la tabla No 3,

diferenciados por Grupo de Calidad: 12 Resoluciones CREG 070 /98, 089 /99, 096/00, 084/02, 113/03 y 103 /04

Page 36: Contrato Regulatorio - vf.pdf

35

Tabla No 3: Valores máximos admisibles DES y FES por grupo de calidad

Grupo de calidad13 2000 2001 2003

DES(horas) FES DES(horas) FES DES(horas) FES

1 30 60 19 38 11 26

2 60 100 29 58 19 44

3 96 150 39 68 29 51

4 168 200 61 84 39 58

Fuente: Resoluciones CREG 089/99 y 096/00.

Los valores máximos definidos para el año 2003, permanecieron hasta el final del

periodo regulatorio 2003-2008.

El regulador, después de evaluar los pagos de compensaciones por

incumplimiento de los indicadores de calidad por parte de los OR, en los últimos

años, considera que éstos no han sido suficientemente representativos para los

usuarios ni para las empresas y por tanto, no han sido un incentivo para la mejora

de la calidad del servicio. Lo anterior motivó al regulador a cambiar la metodología

13 Grupos de Calidad: GRUPO 1, circuitos ubicados en cabeceras municipales con una población superior o igual a 100.000 habitantes según último dato certificado por el DANE. GRUPO 2, circuitos ubicados en cabeceras municipales con una población menor a 100.000 habitantes y superior o igual a 50.000 habitantes según último dato certificado por el DANE. GRUPO 3, circuitos ubicados en cabeceras municipales con una población inferior a 50.000 habitantes según último dato certificado por el DANE. GRUPO 4, circuitos ubicados en suelo que no corresponde al área urbana del respectivo municipio o distrito.

Page 37: Contrato Regulatorio - vf.pdf

36

vigente hasta la fecha, desconociendo los resultados de mejoras en la calidad del

servicio que se han logrado desde la implementación del esquema.

Fue así como para el próximo periodo regulatorio (2009-2013), la metodología

sobre calidad del servicio cambió drásticamente14.

Inicialmente la propuesta del Regulador contempló la instalación de medidores de

calidad por transformador complementados con comunicaciones para su control

por parte del operador del sistema con el objeto de garantizar una mejor medida

de la calidad al usuario final. Esta propuesta implicaba inversiones para los

Operadores de Red del orden de cuatro billones de pesos sin que ésto fuera a

representar mejoras considerables en la calidad. Finalmente esta opción fue

descartada por el regulador dejando opcional la tele medición de la calidad en los

equipos de corte y maniobra de los alimentadores, pero si obligatoria en las

cabeceras de circuitos, con lo cual el impacto en el usuario ya no es tan alto como

en la propuesta inicial.

4.6 Cargos por uso de la red

Estos son los valores que el regulador aprueba a cada distribuidor para que cobre

por cada kWh transportado a quienes usan las redes de distribución y que

finalmente remuneran la actividad.

Los valores dados en $/KWh son el resultado de aplicar la siguiente expresión:

14 Resolución CREG 097 de 2008

Page 38: Contrato Regulatorio - vf.pdf

37

eficientesKWhanualAOMActivoAnualidad

_)_()_( +

En la gráfica No 9 se muestran las variaciones de los cargos por uso aprobados

por el regulador para cada uno de los distribuidores de las principales ciudades del

país. Estos cargos reflejan el efecto de las variaciones de cada uno de los

parámetros en los períodos regulatorios analizados.

Gráfica No 9: Variación de los cargos por uso de los principales OR del país

50

60

70

80

90

100

110

120

130

1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007

$/K

Wh

dic-

2007

Medellin Cali Costa Atlantica Costa Caribe Bogota

Período 1 Período 2 Período 3

Fuente: Información SUI y cálculos propios

4.7 Ingresos

En la gráfica No 10 se muestra el ingreso anual de algunos distribuidores,

calculado como el producto entre el cargo aprobado para cada distribuidor y su

Page 39: Contrato Regulatorio - vf.pdf

38

energía base (año 2006) dejándola igual para todos los periodos, (circular CREG

24-2008), para visualizar la variación en sus ingresos por efecto de la regulación

definida.

Gráfica No 10: Ingreso anual principales OR del país

(Datos en miles de millones de pesos)

200

400

600

800

1,000

1,200

1,400

1,600

1,800

epm codensa costa caribe Cali

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

Fuente: Información página web de la CREG y cálculos propios

Page 40: Contrato Regulatorio - vf.pdf

39

5 El Contrato Regulatorio

5.1 Qué es el contrato regulatorio

Un contrato regulatorio no es un texto firmado por las partes involucradas con gran

cantidad de cláusulas que prevén ex ante todas las posibles situaciones que se

presentan en el día a día de la distribución de electricidad. Un contrato regulatorio

debe contener claramente los temas principales que definen la remuneración del

negocio y no sólo para el presente inmediato sino para el futuro, con esto se

quiere reducir los costos de transacción, fomentar la inversión, buscar la eficiencia

de las empresas y dar estabilidad de las señales regulatorias. En este sentido,

coincidimos con lo que dice el autor Vasconcelos:

…considero que esclarecer el concepto de contrato regulatorio –que no

es un contrato en términos legales sino que implica básicamente una

serie de reglas claras y transparentes que establecen la relación entre el

regulador y el regulado (las compañías reguladas)- y aportarle un

enfoque más consistente y sistemático es muy útil y representa, sin lugar

a dudas, un área en la que deberían implementarse mejoras15. 15 Vasconcelos, Jorge . “La independencia regulatoria: ¿es factible?”. World Forum on Energy Regulation Roma. En:

Revista Petrotecnia, 2004. pp.51.

Page 41: Contrato Regulatorio - vf.pdf

40

Adicionalmente, reforzando las condiciones de estabilidad que se deben brindar

con un contrato regulatorio dice Tenenbaum “Los elementos clave son los

siguientes: contiene un sistema de fijación de tarifas que rige por varios años, bien

especificado” 16.

El contrato regulatorio no sólo debe ser un conjunto de normas sino que debe

propender por impulsar a las empresas reguladas a buscar la eficiencia, como lo

describe Lasheras “…la implantación de normas que fomentan en la empresa

regulada la consecución de los objetivos buscados, garantizando un cierto margen

de maniobra discrecional a las decisiones de las empresas”17.

En esta misma dirección y por su parte, varios autores en un documento de

trabajo del Banco Mundial18, se refieren a la Regulación por Contrato como una

alternativa de independencia regulatoria, que consiste en la pre-especificación de

los acuerdos sobre las fórmulas que determinan los precios que las compañías de

distribución podrán cobrar a los usuarios, en esos acuerdos se especifican los

métodos de actualización de las variables y la forma como se determinan los

16 Tenenbaum, Bernard . “Regulación por contrato:¿una alternativa en lugar de la independencia regulatoria?”. World Forum

on Energy Regulation Roma. En: Revista Petrotecnia, 2004. p.52.

17 Lasheras, Miguel A . La Regulación Económica de los Servicios Públicos. Barcelona: Ariel Economía, 1999. p.79.

18 Bakovic, Tonci; Tenenbaum, Bernard and Wolf, Fiona. “Regulation by Contract. A new way to privatize electricity

Distribution?. En: World Bank working paper N° 14, September 2003. p.2, 15, 16.

Page 42: Contrato Regulatorio - vf.pdf

41

costos. Este tipo de regulación debe conseguir dos objetivos: (1) Proteger al

consumidor de los precios del monopolio y de una calidad baja del servicio, (2)

Atraer inversionistas para proveer el servicio a precios favorables. Los acuerdos

son entre el Gobierno y las Compañías que prestan el servicio, y requieren que se

administren por una entidad del gobierno (regulador).

Por otro lado, como lo describen Sidak and Spulber:

El propósito del contrato regulatorio es proporcionar la recuperación de

los Costos Económicos, es decir, los costos completos de una actividad,

incluyendo los gastos directos, el costo del dinero en el tiempo gastado

en inversiones de capital y otros costos de oportunidad”, “La expectativa

de la empresa de servicios es recuperar los costos aplicados así como

los nuevos gastos que la empresa hace para satisfacer las obligaciones

regulatorias… 19.

En resumen, un contrato no es un texto lleno de clausulas de difícil interpretación

sino más bien unos mecanismos que permitan tener certeza del objetivo a

conseguir por parte del regulador y con incentivos que permitan a las empresas

19 Sidak, J. Gregory and Spulber, Daniel F. Deregulatory Takings and The Regulatory Contract: The Competitive

Transformation of Network Industries in The United States. New York: Cambrigde University Press, 1998. p.104.

Page 43: Contrato Regulatorio - vf.pdf

42

que tengan un buen desempeño, una remuneración adecuada y a los clientes,

una tarifa adecuada con cobertura y calidad.

5.2 Ventajas del contrato regulatorio

Tener un contrato regulatorio con reglas claras, estabilidad e incentivos es más

ventajoso que estar cambiando las reglas en cada revisión tarifaria, porque los

distribuidores podrán tener beneficios cuando mejoran su gestión y dado que la

distribución es un negocio intensivo en capital, el inversionista conoce de

antemano que en cada revisión tarifaria no se pondrá en riesgo la remuneración

de éste capital.

En Lasheras se expone la desventaja de no contar con el contrato regulatorio así:

…las empresas reguladas pueden tener dudas acerca de cuál será el

nivel de precios regulados que apruebe el regulador en el futuro. Si no

resulta creíble, por parte de las empresas, que el regulador vaya a

mantener el nivel de precios suficientes para recuperar los capitales

invertidos en los activos fijos durante un período largo de tiempo (por

ejemplo, el que dura la vida útil de los activos), las empresas invertirán

por debajo de la cantidad que resulta socialmente óptima”…”para invertir,

Page 44: Contrato Regulatorio - vf.pdf

43

las empresas tienen que esperar que el regulador vaya a hacer máxima

su función objetivo a lo largo del tiempo, pero no periodo a periodo20.

Lo anterior es todavía más válido en negocios de altas inversiones en capital

como son las distribuidoras de energía eléctrica.

De igual forma lo plantean Laffont y Tirole21 cuando dicen que las inversiones en

ausencia de un contrato regulatorio presentan dos problemas, por un lado se

convierte en una negociación ineficiente por el proceso de regateo y por otro lado,

se logra una inversión inferior a la socialmente óptima, porque hay una gran

incertidumbre en el valor a reconocer a las inversiones realizadas.

Según Joskow22, un contrato de regulación por incentivos es un avance en la

forma de remunerar la actividad de distribución y por ejemplo, en Inglaterra,

además de reducir costos operativos, ha tenido la ventaja de servir para

racionalizar inversiones y mejorar la calidad.

También como lo resalta el estudio de Ditella y Dyck (2002), (citado por Tooraj,

Jamasb y Michael Pollit, 2007, p 21), sobre empresas de distribución chilenas 20 Lasheras, Op. Cit., p.127

21 Laffont, J. Jacques and Tirole, Jean . A Theory of Incentives in Procurement and Regulation. MIT 1999. p.99

22 Joskow, Paul L . “Incentive regulation in theory and practice: electricity distribution and transmission networks”. Center

Energy and Environmental Policy Research, September 2006. p.68

Page 45: Contrato Regulatorio - vf.pdf

44

concluyen que en éste país se solicita tanta información a los distribuidores que

ésto en lugar de aclarar confunde al regulador, por lo que un contrato simple pero

bien diseñado provee información más útil a menor costo para todas las partes.

Tener un contrato regulatorio hace menos probable la captura del regulador, lo

que si puede suceder cuando no hay contrato o bases claras facilitando que el

regulador se mueve más fácilmente de su objetivo.

Otra de las ventajas del contrato es la eliminación de la discrecionalidad que tiene

el regulador para la aprobación de las reglas en cada período regulatorio, dado

que éstas quedan definidas en el contrato para períodos de largo plazo.

Según el Banco Mundial, una de las principales medidas para que inversionistas

lleguen con sus dineros a un país, es el contrato regulatorio, que complementada

con comisiones del Gobierno que administren dicho contrato, permiten generar

estabilidad en las reglas de sectores que son intensivos en capital.

5.3 Tipos de contrato regulatorio

Para el cumplimiento del objetivo del regulador se debe buscar la maximización

del excedente social representado en el excedente del consumidor y en el

beneficio de las empresas, teniendo en cuenta los costos de producción como

también la calidad con que se debe proveer el servicio. Como lo expresa Lasheras

“…las instituciones de regulación para aprobar las tarifas de servicios públicos

deben buscar, además de la maximización del excedente de los consumidores, la

Page 46: Contrato Regulatorio - vf.pdf

45

cobertura de los costes de las empresas, según la información que éstas aportan

(por ejemplo, según la información contable), y mantener incentivos a una gestión

eficiente” 23.

La obtención de un precio eficiente es compleja por cuanto no se dispone de toda

la información para verificar el excedente social de manera concreta, pero los

impactos y variaciones mostrados en el numeral 4 y las prácticas de los

reguladores en todo el mundo, muestran que ante la dificultad de obtener precios

eficientes hay que implantar contratos o mecanismos que ayuden a la obtención

del objetivo regulatorio. Al respecto, de manera explicita lo comenta Lasheras

acerca de no tener los precios óptimos “..mecanismos de regulación que consisten

en poner restricciones a los precios e ingresos de las empresas reguladas según

sean los costes observados, y no en establecer directamente unos niveles y

estructuras de tarifas óptimas”24.

En el entendido que un contrato es una serie de mecanismos explícitos mediante

los cuales se define la remuneración del distribuidor, hay varias formas que se han

empleado en el mundo y arrancan por la regulación según la tasa de beneficios,

pasando por el popular “retail price index” RPI-X, introducido por primera vez por

el profesor Littlechild en 1983, hasta llegar a la regulación por incentivos, las

cuales ampliamos a continuación.

23 Lasheras, Op. Cit., p.79

24 IBID, p. 79

Page 47: Contrato Regulatorio - vf.pdf

46

5.3.1 Tasa de beneficio

La regulación por tasa de beneficio o de retorno (rate of return en inglés), surge en

Estados Unidos en los años cincuentas cuando los tribunales de dicho país

establecían que las tarifas deberían permitir la recuperación de los costos

variables y los de inversión en los que razonable o prudentemente las empresas

incurrieran. El espíritu de este tipo de regulación es el de encontrar el promedio

del costo del servicio en que los precios elegidos se determinan igualando los

ingresos con los costos totales según lo expresan Laffont y Tirole25. Este

mecanismo de regulación sirvió para regular los servicios públicos de electricidad,

gas y telecomunicaciones hasta los años ochentas. La metodología consistía en

aprobar la tarifa cada año o cuando las empresas veían que no estaban cubriendo

sus costos o también cuando las ligas de usuarios estimaban que las tarifas eran

muy altas. El regulador auditaba los costos y podía no considerar ciertos costos

que consideraba irracionales.

La regulación por tasa de beneficios tiene pocos incentivos a la eficiencia. Un

efecto nocivo es que las empresas tienden a sobreinvertir en activos por encima

del óptimo, efecto conocido como Averch-Johnson, quienes fueron los primeros en

escribir al respecto. En la literatura hay pocas evidencias de la importancia de este

efecto, algunos autores como Spann (1974), Courville (1974) refieren estudios del

sector eléctrico en que muestran que sí se presenta este efecto y en cambio otros

25 Laffont, J. Jacques and Tirole, Jean , Op. Cit., p.14

Page 48: Contrato Regulatorio - vf.pdf

47

como Nelson y Wohar (1983), Boyes (1976), plantean que no encuentran

evidencias concluyentes. Sin embargo por la falta de incentivos, fue que en

Estados Unidos a mediados de los años ochenta se dejó de regular por este tipo

de mecanismo.

5.3.2 Regulación por Incentivos

Según Laffont y Tirole 26, la regulación por incentivos tuvo una gran popularidad

desde los años ochentas pero conceptualmente es vieja. En Estados Unidos citan

los autores que en el año 1925 la empresa Potomac Electric Power Company tuvo

que rebajar sus precios para evitar el exceso de beneficios, también plantean que

los contratos de incentivos usan reajustes automáticos de algunas variables y no

necesariamente la única variable debe ser el costo sino también la calidad del

servicio y otras prestaciones al cliente.

5.3.2.1 IPC-X

La primera herramienta de incentivos comenzó en Inglaterra con la propuesta del

RPI-X o en español, índice de precios al consumidor IPC menos una productividad

X (IPC-X), hecha por el profesor Littlechild en 1983. Esta clase de regulación se ha

usado desde 1984 por todo el mundo en empresas de telecomunicaciones, gas,

electricidad y aeropuertos.

26 Laffont, J. Jacques and Tirole, Jean , Op. Cit., p.16

Page 49: Contrato Regulatorio - vf.pdf

48

En este mecanismo el regulador aprueba un nivel inicial de ingresos que permite a

las empresas recuperar razonablemente sus costos (como en la tasa de retorno),

el precio medio será la división entre estos ingresos iniciales y la demanda que

atiende, luego se tendrá una regla de evolución automática que va cambiando el

precio para el periodo siguiente con la indexación de los precios al consumidor

menos un nivel de eficiencia o productividad X.

Hay variaciones de la fórmula básica, agregándole otros factores como un Y de

calidad, que es un parámetro que puede ser negativo o positivo dependiendo del

cumplimiento o no de la calidad exigida por el regulador. También hay variantes

que permiten a la empresa quedarse con el 50% del valor del X y entregar el 50%

al consumidor, este tipo de mecanismo se ha llamado “participación de beneficios”

el cual se presenta más adelante.

Este esquema tiene la ventaja de dar los incentivos para que las empresas bajen

sus costos y no permite que haya traslado de los costos a los precios como en el

de “tasa de retorno”. En Lasheras se expone claramente lo anterior: “Puesto que

el nivel de tarifas de un año depende de una regla de evolución de los ingresos

medios que es independiente de los costes, la empresas procurará que sus costes

reales sean los mínimos posibles, para hacer máximo el beneficio”27.

En presencia de una demanda en aumento como es el caso normal en

compañías de distribución de electricidad y costos medios decrecientes por ser un

27 Lasheras, Op. Cit., p.94

Page 50: Contrato Regulatorio - vf.pdf

49

monopolio natural, cualquier movimiento hacia la derecha, en la gráfica siguiente,

provocaría una reducción de los costos medios que aumentan el beneficio de la

empresa, por esto es conveniente un esquema de IPC-X que haga una reducción

del precio medio y de los posibles beneficios extraordinarios de las empresas de

distribución. De la gráfica No 11, si la demanda pasa de d1 a d2 y los costos

medios son decrecientes el precio del servicio debe bajar, de lo contrario el

distribuidor percibe beneficios extraordinarios.

Gráfica No 11: Demanda creciente-Costos decrecientes

$

cantidadq1 q2

d1

Costo medio

d2

p1

p2

Fuente: Lasheras, 1999, p 95

El IPC-X no esta exento de desventajas o críticas tales como:

Es difícil determinar el punto de arranque y si no considera un factor de calidad se

pueden bajar los costos y deteriorar la calidad. En Inglaterra en 1997, el gobierno

puso un impuesto por una única vez para tratar de reducir los grandes beneficios

Page 51: Contrato Regulatorio - vf.pdf

50

de las empresas que fueron reguladas con IPC-X, pero como dice Lasheras, a

pesar de todo el mecanismo del IPC-X con revisiones periódicas, sigue siendo uno

de los mecanismos regulatorios más usados para remunerar a las empresas de

servicios públicos.

5.3.2.2 Participación en Beneficios

Esta regulación consiste en dividir los beneficios obtenidos por la empresa para

reducir las tarifas (beneficio al consumidor) o aumentar la tarifa en caso contrario

(beneficio para la empresa).

Las ventajas de esta regulación son: evitar los beneficios excesivos como en el

caso del IPC-X cuando la base de partida esta defectuosa y la empresa obtiene

beneficios indebidos. Se comparten los riesgos de aumentos o disminuciones

entre empresa y consumidores. Puede ser más estable la señal al consumidor

porque los cambios hacia arriba o hacia abajo en la tarifa son menores (porque los

comparten empresa y consumidor).

Como desventajas tenemos: necesita revisión periódica de las bases y de los

porcentajes de repartición, según algunos autores es más creíble el IPC-X que el

de participación de beneficios para periodos regulatorios largos y además, la

probabilidad de revisión de los porcentajes de participación y demás cambios son

más probables cuanto mayor es el periodo.

Page 52: Contrato Regulatorio - vf.pdf

51

5.3.2.3 Competencia referencial

La competencia referencial o en inglés yardstick competition, busca comparar

empresas que tengan un ambiente de actuación similar y decidir cuál es el nivel

óptimo que se pueda alcanzar. Según Lasheras “ La competencia referencial se

apoya en la teoría que describe la mejor forma de hacer contratos cuando el

comportamiento observado de varios agentes es perfectamente comparable entre

si pero es imposible observar el esfuerzo realizado por cada uno de ellos”28.

La ventaja de la competencia referencial es que se trabaja con datos reales de las

empresas y no parte de supuestos de ingresos, costos, etc. La remuneración se

puede establecer según sea el costo medio observado en un conjunto de

empresas comparables. Cada empresa buscará estar por debajo de la media del

conjunto de empresas para tener una ganancia extra, por lo que este esquema es

compatible con los incentivos a la eficiencia asignativa. En Suramérica se ha

hecho una variación a este tipo de regulación pues la remuneración no se obtiene

como un promedio de un conjunto de empresas sino que se crea una empresa

virtual eficiente por región típica (urbana, rural etc.), a la cual se debe parecer

cada empresa regulada.

La mayor desventaja es no contar con empresas comparables que actúen en

ambientes similares o que sean muy pocas, complicando la obtención de un valor

medio apropiado.

28 Lasheras, Op. Cit., p.103

Page 53: Contrato Regulatorio - vf.pdf

52

5.4 Condiciones para el mecanismo regulatorio

Como puede observarse, existen diferentes formas de regular y todas ellas con

sus ventajas y desventajas. Para decidir que mecanismo utilizar es recomendable

chequear que éste cumpla las tres restricciones planteadas por Laffont y Tirole29

las cuales son: restricciones de información, de transacción y de política.

5.4.1 Restricción de información

La restricción de información limita la eficiencia y control del regulador sobre la

empresa regulada y es de dos tipos: riesgo moral y selección adversa.

5.4.1.1 Riesgo Moral

Se da cuando el regulador no puede observar el comportamiento de las variables

endógenas, las empresas actúan afectando su costo o la calidad del producto,

esta actuación se llama comúnmente esfuerzo y cubre no sólo el esfuerzo de los

trabajadores de la empresa sino el esfuerzo en comprar materiales y equipos a

bajo costo, privilegios laborales en detrimento de la eficiencia, etc.

5.4.1.2 Selección adversa

Cuando las empresas tienen mejor información que el regulador en variables

exógenas, lo cual les permite a las empresas extractar una renta de su interacción

con el regulador. Las empresas saben más que el regulador en los temas 29 Laffont, J. Jacques and Tirole, Jean , Op. Cit., p.1 a 5

Page 54: Contrato Regulatorio - vf.pdf

53

específicos del negocio, por ejemplo, en distribución de electricidad, las empresas

saben cuánto cuesta hacer un kilómetro de red porque es su trabajo diario, pero el

regulador no lo sabe.

La presencia del riesgo moral y de la selección adversa hacen necesario que se

monitoree o audite a las empresas y que se tengan unas reglas claras respecto a

la información que las empresas deben estar reportando al regulador.

5.4.2 Restricción de costos de transacción

Los contratos son costosos y nunca completos, hay que considerar contingencias

y ésto requiere de mucho tiempo y estudio; para el caso de Estados Unidos citan

Laffont y Tirole30 que el contrato debe ser monitoreado por las Cortes, lo cual

implica costos de transacción.

Para industrias de alta renovación tecnológica, tener normas a futuro hace que los

contratos sean complejos lo que no es problema para la industria de la distribución

por lo que los cambios tecnológicos no son tan comunes.

5.4.3 Restricción de administración y política

El alcance del regulador es limitado y debe seguir las políticas del Gobierno y del

mismo Congreso, porque su función es plasmar en resoluciones o normas estas

políticas o leyes, más no puede oponerse.

30 Laffont, J. Jacques and Tirole, Jean , Op. Cit., p.3

Page 55: Contrato Regulatorio - vf.pdf

54

6 Contabilidad Regulatoria

El objetivo principal de la contabilidad regulatoria es proporcionar información

financiera sobre las empresas reguladas para su uso por el regulador, la industria,

inversionistas, consumidores y otras partes interesadas. Con ella se mejora la

información disponible dentro de la industria lo cual permite una mejor evaluación

de la gestión de las empresas y contribuye en la transparencia del proceso

regulatorio.

La contabilidad regulatoria suele ser más detallada que las cuentas de la

contabilidad general en lo que respecta a las actividades reguladas. El nivel de

detalle necesario depende del alcance y la finalidad que el proceso de recopilación

de datos tiene por objeto.

En la fijación de tarifas, el regulador necesita información para determinar los

requisitos de los ingresos de la empresa regulada para cubrir sus costos, la cual

puede ser obtenida de la contabilidad regulatoria. Con este propósito se requiere

presentar la información financiera en un formato tal que permite distinguir los

costos, ingresos, activos y pasivos de las actividades de las empresas reguladas y

diferenciarlos de las actividades no reguladas.

Page 56: Contrato Regulatorio - vf.pdf

55

7 Experiencias internacionales

La experiencia internacional sobre contratos nos muestra que los contratos

regulatorios son una serie de disposiciones legales que se respetan y que dan

estabilidad a los distribuidores para que éstas realicen sus inversiones con la

seguridad de que van hacer remuneradas correctamente.

En general, se encuentra que la remuneración del distribuidor depende de su base

de activos corregida por factores como el índice de precios, de la calidad (que

puede ser positivo cuando se cumple con los estándares definidos por el

regulador), de pérdidas y de productividad siendo el objetivo de este último factor

el compartir las ganancias de eficiencia de las compañías con el cliente.

doductividaPérdidasCalidadmuneraciónmuneración anterior PrReRe −++=

OPEXónDepreciaciWACCActivosmuneraciónanterior ++= *Re

La remuneración del activo es el componente principal de la remuneración por ser

la actividad de distribución intensiva en activos, con períodos de recuperación de

la inversión bastante largos que generalmente se asocian con la vida útil de los

activos. A continuación presentamos las experiencias internacionales al respecto:

Page 57: Contrato Regulatorio - vf.pdf

56

La experiencia internacional para la remuneración de la actividad de distribución

está basada principalmente en dos tipos de regulación; “Price cap RPI-X” (precio

techo o tope) y “yardstick competition” conocido en Latinoamérica como “empresa

modelo”. El primer sistema es usado principalmente en Europa y el segundo en

Suramérica.

7.1 España

Toman una empresa de referencia y consideran periodos regulatorios de cuatro

años; el modelo minimiza los costos de inversión, operación y mantenimiento y las

pérdidas técnicas manteniendo los requisitos de calidad de suministro. La

comisión de energía propone un nivel de referencia aplicando la siguiente fórmula

de retribución:

OcdComCiRi basebasebase ++=

Ri base =nivel de remuneración empresa i

Ci base = retribución de la inversión, incluye una amortización lineal del inmovilizado

correspondiente a sus instalaciones de distribución y un término de retribución del

activo neto de cada distribuidor correspondiente a las instalaciones de distribución.

Dicho término se determinará con base en una tasa de retribución calculada según

el costo de capital medio ponderado representativo de la actividad de distribución

Page 58: Contrato Regulatorio - vf.pdf

57

Com = costos de operación y mantenimiento; según la tipología y características

de cada distribuidor, el Com se determina según el inventario auditado y estará

afectado por un factor que introduzca competencia referencial.

Ocd = retribución de otros conceptos como gestión comercial, contratación y

gestión de clientes relacionados con los costo de acceso.

Retribución anual de la actividad de distribución

)1(* aRibaseRo +=

pqyRoR +++=1

Donde:

Ri base valor de referencia del regulador.

Ro nivel de retribución de referenciamiento actualizado al año en que se realizan

los cálculos.

q= incentivo o penalización por la calidad del suministro.

p= incentivo o penalización por las pérdidas.

a = índice de actualización del año n que se calcula como

)(*8.0)(*2.0 YIpriXIpc −+−

Ipc = índice precios al consumidor.

Ipri =variación de precios industriales.

Page 59: Contrato Regulatorio - vf.pdf

58

X e Y factor de eficiencia que tomará X=80 puntos básicos y Y=40 puntos básicos

para el periodo 2009-2012.

Y= variación de la retribución reconocida a la empresa i, incluye aumentos de

costos de inversión y de om (operación y mantenimiento) imputables al incremento

de la demanda.

7.2 Finlandia

La remuneración de los activos es muy similar al caso español, es decir, tienen

una base de activos del período anterior a la cual le respetan su valor durante la

vida útil, le suman las nuevas inversiones y restan la depreciación. Este tipo de

remuneración se conoce como de activo neto.

El valor de los activos se encuentra como el valor presente neto del flujo de

ingresos y gastos, se actualiza teniendo en cuenta la depreciación y la inversión.

La tasa de retorno se fija usando el modelo WACC la cual se actualiza

anualmente. Los costos se encuentran usando la metodología del análisis

envolvente de datos más conocido como DEA por sus siglas en inglés (Data

Envelopment Analisys); para los años 2008 a 2011 también se tiene incentivos

para mejoras en la seguridad de suministro. Al final del periodo regulatorio el

regulador (Energy Market Authority) confirmará las ganancias de cada distribuidor

Page 60: Contrato Regulatorio - vf.pdf

59

y si obtuvo mas de un valor razonable, debe devolver a los clientes mediante unos

cargos más bajos en el próximo periodo regulatorio31.

7.3 Holanda

El ingreso de las empresas distribuidoras en Holanda se define con la siguiente

ecuación:

En donde el ingreso del período regulatorio actual t, depende del ingreso del

periodo anterior t-1, multiplicado por el cambio de índices de precios al

consumidor, el factor X que recoge los aumentos en la productividad de la

empresa y el factor q de calidad que ajusta la tarifa de acuerdo con la calidad

entregada al cliente.

El factor de productividad X está basado en el promedio del cambio anual de

productividad de todas las distribuidoras en un periodo específico y su resultado

se alcanzará por medio de una transición o factor de ajuste como lo llaman en

Holanda. Se les otorga un periodo de 6 años para alcanzar el nivel de eficiencia.

El ingreso por activos se hace con el capital neto ajustado, así:

31 Energy Market Autorithy . Annual Report 2007.Finland

Page 61: Contrato Regulatorio - vf.pdf

60

Donde:

Activos= suma de activos de la base instalados antes de iniciar el periodo

regulatorio y las inversiones realizadas durante el periodo regulatorio.

Wacc= tasa de descuento que determina la rentabilidad de los activos.

Es importante resaltar que la base de activos (activos instalados antes del periodo

regulatorio) se mantiene y sólo se miran las nuevas inversiones, lo que resulta en

menores costos de transacción y en una metodología simple.

Para la remuneración del costo de capital se aplica la metodología del CAPM y se

aplica una transición de 6 años para llegar al costo de capital definido.

Los costos operativos se determinan por la metodología de eficiencia DEA cuyos

insumos se obtienen de una contabilidad regulatoria.

La calidad q se determina para cada empresa y si se ofrece una calidad superior

al resto de distribuidores, puede incrementar su tarifa (incentivos). La medición de

la calidad se hace dividiendo el número total de horas de interrupción entre el

número total de clientes y este resultado se compara con la meta establecida.

7.4 Inglaterra

Las distribuidoras de Inglaterra tienen un área de concesión y se les regula

mediante un IPC-X, que arranca con un precio inicial po que se va indexando, se

Page 62: Contrato Regulatorio - vf.pdf

61

suma o resta un valor de X que puede ser positivo, negativo o cero el cual se

aplica por un periodo de cinco años.

El po se define basado en la eficiencia en costos de cada empresa, la base de

capital (ajustado por la depreciación e inflación desde la anterior revisión de

precios), las inversiones futuras para cumplir con los niveles de calidad y los

costos estimados de deuda y patrimonio, impuestos y otras variables.

El ingreso de la distribuidora para el periodo de 5 años, es la suma de los costos

operativos y de capital calculados para cada año. Los valores de po y X se

calculan de tal forma que el valor presente de los ingresos durante los 5 años sea

igual al valor presente de los costos de operación y capital. La elección de po y X

es materia de juzgamiento del regulador, OFGEM. En un inicio se pretendía que a

las empresas reguladas se les debería dar algún tiempo para lograr reducciones

de costos operativos hasta el nivel de eficiencia comparativa, comenzando con un

valor alto de po y un valor de X que lleve los costos operativos a la eficiencia en el

periodo. Este factor X recoge los impactos de los costos operativos y los costos

de capital existentes e inversiones futuras.

7.5 Suecia

Se usa una regulación por referencia y específicamente su modelo lo llaman

Network Performance Assessment Model NPAM que es una herramienta de

comparación que pretende incentivar a los distribuidores. Suecia se desreguló en

1996, después de tener problemas con las comparaciones con empresas modelo,

Page 63: Contrato Regulatorio - vf.pdf

62

se presentaron casos en las Cortes y apelaciones volviéndose un proceso

costoso, se decidieron por hacer el NPAM que, metodológicamente, es una

aproximación de ingeniería para resolver un problema económico, el modelo se

compara contra la empresa real. Incorpora los costos operativos y de capital y

calidad el servicio y ex post, cada año, verifican el desempeño de las empresas.

Por el grado de madurez de los suecos, usan para calcular el valor de activos el

“electricity building rationalisation”, catálogo de precios que los mismos

distribuidores le pasan al regulador con lo que se reducen sustancialmente los

costos de transacción.

7.6 Perú

Según la Ley de Concesiones Eléctricas (LCE) N° 25844 de 1992 y sus

modificaciones, las tarifas máximas a los usuarios regulados comprenden a) Los

Precios a Nivel Generación; b) Los peajes unitarios de los sistemas de transmisión

correspondientes; y, c) El Valor Agregado de Distribución VAD. Este último valor

remunera la infraestructura de distribución necesaria para transportar la energía

hasta el usuario final.

Con base en la LCE, el cálculo del VAD se basa en una empresa modelo eficaz y

considera los siguientes componentes: costos asociados al usuario,

independientes de su demanda de potencia y energía; pérdidas estándares de

distribución en potencia y energía; y costos estándares de inversión,

Page 64: Contrato Regulatorio - vf.pdf

63

mantenimiento y operación asociados a la distribución, por unidad de potencia

suministrada.

El valor VAD se calcula para cada sector de distribución típico establecido, los

cuales son determinados considerando la densidad de la población de cada

sector. Los componentes del VAD se calculan para cada uno de estos sectores,

mediante estudios de costos los cuales consideraran criterios de eficiencia de las

inversiones y la gestión de un concesionario operando en el país.

El costo de inversión se calcula como la anualidad del Valor Nuevo de Reemplazo

del Sistema Económicamente Adaptado, considerando su vida útil y la Tasa de

Actualización establecida en el Ley de Concesiones (12%). El Valor Nuevo de

Reemplazo representa el costo de renovar las obras y bienes físicos destinados a

prestar el mismo servicio con la tecnología y precios vigentes.

La Comisión de Tarifas Eléctricas también calcula la Tasa Interna de Retorno

(TIR) para conjuntos de concesionarios considerando un período de análisis de 30

años y evaluando: a) Los ingresos que habrían percibido si se hubiesen aplicado

los Precios Básicos a la totalidad de los suministros en el ejercicio inmediato

anterior; b) Los costos de operación y mantenimiento exclusivamente del sistema

de distribución, para el ejercicio inmediato anterior, incluyendo las pérdidas; y c) El

Valor Nuevo de Reemplazo de las instalaciones de cada empresa, con un valor

residual igual a cero.

Page 65: Contrato Regulatorio - vf.pdf

64

Con esta información se hace un chequeo de rentabilidad del conjunto de

concesionarios. Si las tasas calculadas, no difieren en más de cuatro puntos

porcentuales de la tasa de actualización señalada en la ley (12%), los VAD, que

les dan origen, serán definitivos. En caso contrario, estos valores deberán ser

ajustados proporcionalmente, de modo que se alcance el límite más próximo

superior o inferior.

7.7 Brasil

Las tarifas mediante las cuales se remuneran a las concesionarias de electricidad

incluyen, entre otros aspectos, el Ingreso Requerido y el Factor X (Resolución

ANEEL32 No 234 del 31 de octubre de 2006).

El Factor X es el porcentaje a ser sustraído del indicador de variación de la

inflación (IVI), en los reajustes tarifarios anuales entre revisiones periódicas, con

miras a compartir con los consumidores las ganancias de productividad estimadas

para el periodo.

Para la determinación de la componente del Ingreso Requerido correspondiente a

costos operacionales eficientes y la remuneración de las inversiones prudentes se

sigue el siguiente procedimiento:

Costos operacionales eficientes: corresponde al Modelo de Empresa de

Referencia y es basada en el desarrollo de procesos y actividades que deben ser

32 Agencia Nacional de Energía Eléctrica

Page 66: Contrato Regulatorio - vf.pdf

65

realizados por una distribuidora de energía eléctrica para garantizar que el servicio

será prestado con un nivel mínimo de calidad y valor a precios de mercado.

Costo de capital: El costo de capital se obtiene utilizando la metodología WACC,

ponderado el costo de capital propio con el de terceros asumiendo una estructura

de capital óptima basada en datos empíricos de empresas de energía eléctrica de

Brasil y de otros países como Argentina, Chile, Australia y Gran Bretaña, que

utilizan un régimen regulatorio de precios máximos. Para definir la tasa de

remuneración del capital propio, ANEEL utiliza el método del Capital Assets

Pricing Model (CAPM).

Valoración Base de Activos: Para la valoración de los activos fijos en servicio

(como maquinaria y equipo y edificios) ANEEL utiliza la metodología de costo de

reposición, considerando el valor a nuevo del activo, o de otro que cumpla la

misma función, como base para determinar su valor de mercado en uso. Para

terrenos utiliza el método comparativo de mercado que permite establecer su valor

comparando con datos de mercado de otros de características similares. Para

activos como intangibles, servicios permanentes, vehículos, muebles y enseres, se

admite la valoración por el método expedito, a partir de la actualización de los

valores históricos contables, los cuales serán verificados físicamente a partir de

muestras aleatorias.

El valor de mercado en uso se calcula a partir del valor a nuevo de reposición

deduciendo los porcentajes de depreciación, respetando los porcentajes de

Page 67: Contrato Regulatorio - vf.pdf

66

depreciación acumulada registrados en la contabilidad para cada activo a partir de

su entrada en operación. Para la determinación de este valor sólo debe ser

utilizado el método depreciación de línea recta.

Page 68: Contrato Regulatorio - vf.pdf

67

8 Propuesta de Contrato Regulatorio

La propuesta de contrato regulatorio debe cumplir con los criterios de eficiencia

económica, neutralidad, solidaridad, redistribución, suficiencia financiera,

simplicidad y transparencia establecidos en la Ley 142 de 1994 “Ley de Servicios

Públicos Domiciliarios”, y con los principios de eficiencia, calidad, continuidad,

adaptabilidad, neutralidad, solidaridad y equidad definidos en la Ley 143 de 1994

“Ley Eléctrica”.

Dado que la propuesta hace referencia es a la componente de distribución de la

formula tarifaria, hay criterios o principios que aplican es a toda la tarifa como lo

son: neutralidad, solidaridad, redistribución y equidad. Por lo anterior se hace

énfasis sólo en los que realmente tienen que ver con la propuesta.

Tanto el criterio de eficiencia económica como el principio de eficiencia obligan a

la correcta asignación y utilización de los recursos de tal forma que se garantice la

prestación del servicio al menor costo económico y se repartan los aumentos de

productividad entre las empresas y los usuarios. El presente trabajo se apoya en

lo anterior y es lo que se haría con el contrato regulatorio, llevar los cargos del

distribuidor a un nivel eficiente y con calidad.

En virtud del principio de calidad, el servicio prestado debe cumplir los requisitos

técnicos que se establezcan para él; explícitamente este principio está

Page 69: Contrato Regulatorio - vf.pdf

68

desarrollado en la propuesta. La simplicidad y transparencia a su vez se recogen

como elementos indispensables en la propuesta en la formulación simple para

estimar los ingresos del distribuidor y en la transparencia a través de la

Contabilidad Regulatoria e información pública a través del SUI33, lo cual redunda

en reducción de costos de transacción.

Adicional a los fundamentos legales, la propuesta de contrato regulatorio a aplicar

en la regulación de la distribución de energía eléctrica en Colombia, está

fundamentada en los conceptos teóricos presentados en los numerales 5.2 y

5.3, los cuales muestran que ante la dificultad de poder obtener directamente el

precio eficiente para la actividad de distribución, pues no se dispone de toda la

información para verificar el excedente social, lo mejor es contar con una

regulación por incentivos en la cual se establezcan unas condiciones claras y

estables en el tiempo para los inversionista en lugar de estar cambiando en cada

periodo regulatorio las condiciones de remuneración con lo cual se evita incurrir en

unos altos costos de transacción. Las experiencias internacionales presentadas

nos muestran que una regulación por incentivos se puede aplicar

satisfactoriamente en un contrato regulatorio.

Si se revisa el esquema implementado en Colombia, éste inició con un esquema

como el de IPC-X34, el cual fue implementado por el Regulador sin conocer los

valores reales de las variables involucradas tales como precios de activos, tasa de 33 Sistema Único de Información de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

34 El cual no necesariamente coincide con este esquema pues el precio máximo inició en el costo medio histórico

Page 70: Contrato Regulatorio - vf.pdf

69

descuento y AOM, y sin ser éstos los valores eficientes a los que se podría

aspirar; tampoco se dieron incentivos para hacer que los distribuidores revelaran

sus costos. Al respecto los autores coinciden en que es mejor partir de un valor

que reconozca así sea el costo del servicio y comenzar a bajar con incentivos, que

iniciar en un valor bajo que pueda comprometer la viabilidad de la empresa.

Para poder implementar el esquema de incentivos propuesto, es necesario

primero contar con una contabilidad regulatoria que sirva para eliminar el grado de

asimetría en la información. También es necesario el uso de otras herramientas

para conocer otros datos que serían necesarios como lo son la energía

transportada, la calidad entregada y otras variables técnicas, que se encuentran

en el sistema único de información SUI de la SSPD35.

En general, la contabilidad regulatoria debe contener información sobre los

principales parámetros de la remuneración de la actividad de distribución, tales

como: valor de los activos, valor de los costos de administración, operación y

mantenimiento, definición de la calidad del servicio y pérdidas reconocidas.

Igualmente se debe definir el costo de capital a aplicar sobre los activos.

Para hallar el valor de los activos se propone utilizar el método conocido como el

activo ajustado neto, de uso en Inglaterra, Holanda y otros países, en el cual el

valor del activo es la suma del valor del activo base (activo aprobado en el periodo

35 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

Page 71: Contrato Regulatorio - vf.pdf

70

regulatorio anterior), más las nuevas inversiones y menos la depreciación de los

activos (base e inversiones nuevas).

ónDepreciaciInversiónActivoActivo baset −+=

Como lo mencionamos en el numeral 3, uno de los problemas que se han

identificado en la regulación colombiana, que conduce a altos costos de

transacción, es que cada 5 años se cambia el valor completo del activo base, lo

cual por el lado del distribuidor, lo desincentiva a invertir por el temor a que en el

próximo periodo se le hunda parte de su inversión y por el lado del usuario, en el

caso de aumentar el valor de toda la base de activos, a pagar más por usar los

mismos activos sin que el distribuidor haya realizado ninguna inversión adicional.

Con la propuesta se eliminarían estas falencias y se evitarían estos costos de

transacción.

En general, la propuesta para hallar el valor de los activos busca que al

distribuidor se le reconozca sólo lo invertido eficientemente y que pueda recuperar

su inversión en la vida útil del activo revisando solamente las nuevas inversiones.

Con la metodología actual el regulador y los agentes invierten bastante tiempo

discutiendo valores y composiciones de unidades constructivas que ni siquiera se

han construido en los últimos años, mientras que con la propuesta sólo se

evaluarían los activos realmente construidos.

Page 72: Contrato Regulatorio - vf.pdf

71

8.1 Valoración de la Base de Activos Regulatoria

La valoración de la base regulatoria de activos se convierte, en el punto más

importante en la determinación de los ingresos de los distribuidores, porque

representan cerca del 85% de la remuneración de la actividad de distribución.

Los enfoques tradicionales de valoración como lo son costo histórico, costo de

reposición o de reemplazo, valor económico y VRN presentan problemas para

valorar el activo base (inversión base) por lo siguiente: los dos primeros enfoques

requieren información contable detallada de las empresas por activo lo cual haría

difícil su implementación; el valor económico al basarse en el flujo de caja futuro

puede presentar problemas de circularidad pues los ingresos futuros también

dependen del valor de los activos; el VNR al obtener el valor de los activos al

precio de comprar un activo hoy que realice la misma función, conduce a que no

se reconozcan plenamente las inversiones efectuadas y a cambios bruscos en la

valoración en cada revisión tarifaria.

Como se lo señala ERRA36, para la obtención de la valoración base, el regulador y

el regulado deben ponerse de acuerdo, estableciendo el inventario y el valor base

a usar. En tal sentido y dadas las dificultades que presentan los métodos

señalados anteriormente, proponemos como valoración de la base de activos

36 ERRA-Energy Regulators Regional Association. “Efficiency factor’s determination (X factor)”. ERRA Tariff and Pricing

Committee, 2006. p.47.

Page 73: Contrato Regulatorio - vf.pdf

72

regulatoria lo aprobado por la CREG a cada Distribuidor en el actual periodo

regulatorio en aplicación de la metodología de remuneración establecida en la

Resolución CREG 082 de 2002, lo cual se soportó en el resultado de un estudio

profundo de casi dos años, elaborado por el Comité Nacional de Operación C.N.O

(Subcomité de Distribución con la participación de las empresas distribuidoras)

sobre unidades constructivas típicas y valores eficientes, el cual fue aceptado por

el regulador y por los distribuidores que participaron en su elaboración. La

valoración base de cada empresa se determina con los costos unitarios aprobados

en la resolución CREG 082 de 2002, actualizándolos con el IPP hasta la fecha de

inicio del siguiente periodo regulatorio (2009), incorporando las inversiones que se

hayan efectuado entre el 2002 a diciembre 2008.

8.2 Valor de la inversión por expansión

Como lo hemos indicado, la inversión base sería valorada de acuerdo con los

costos unitarios aprobados en la Resolución 082 de 2002, quedando sólo por

definir cómo se valorarían las nuevas inversiones ejecutadas en cada periodo

regulatorio; la discusión se centraría entonces en las nuevas inversiones y no

sobre toda la base de activos reduciéndose el problema en magnitud. La

valoración de estas inversiones se puede obtener a partir del plan de inversiones

presentado por cada empresa, el cual debe contener las metas físicas y de

presupuesto para cubrir la demanda durante el periodo regulatorio, y de la

Page 74: Contrato Regulatorio - vf.pdf

73

contabilidad regulatoria de la cual se obtendrían los valores realmente invertidos

por cada empresa en la construcción de los activos.

En todo caso se debe buscar un mecanismo de verificación que garantice que las

inversiones ejecutadas sean a costos eficientes, el cual podría ser que se

demuestre que se utilizó un proceso de adjudicación transparente y de libre

concurrencia; adicionalmente se debe verificar que las inversiones si hayan sido

efectuadas. Para asegurar que los valores sean eficientes se tienen varias

referencias, por un lado los valores de la Resolución 082 de 2002, comprobantes

del valor de las inversiones (facturas) y cada año el regulador solicita a las

empresas de distribución y fabricantes de equipos y materiales un listado de

valores de compra y de venta respectivamente. Con los valores anteriores el

regulador calcula un valor promedio. Si el valor de las inversiones esta por encima

del promedio, entre el regulador y el distribuidor nombran un perito que determine

en ese caso especial el valor a reconocerle al distribuidor. Se reduce la presión de

los distribuidores porque ya no se cambia toda su base de activos sino solamente

las inversiones en el periodo.

8.3 Costos de Depreciación

El método de depreciación más utilizado es el de línea recta mediante el cual se

calcula la reducción de los ingresos brutos del valor de los activos para obtener el

valor de los activos depreciados, teniendo en cuanta la vida útil de los activos en

relación con su vida económica esperada.

Page 75: Contrato Regulatorio - vf.pdf

74

Para obtener la vida económica esperada se propone que sea la vida económica

promedio de todos los activos de la distribuidora, con este valor se obtiene la

depreciación anual y la depreciación acumulada de la Base de Activos.

Dado que la valoración base aprobada según la Resolución CREG 082 de 2002,

inició su aplicación en al año 2002, se propone que la vida económica que se

obtenga para esta base de activos inicie en el año 2002, la cual debe ser

depreciada hasta el inicio del siguiente periodo regulatorio (2009) para efectos de

obtener el valor actual de esa inversión base. A esta inversión base actualizada se

le adicionarían las inversiones del periodo 2003-2008 y se le restarían las

depreciaciones acumuladas correspondientes.

8.4 Costos de administración, operación y mantenimiento (AOM)

Para efectos de aprobar los valores a reconocer por gastos de administración,

operación y mantenimiento, la propuesta es que se usen las técnicas de

Benchmarking, como DEA y Fronteras Estocásticas, que permitan distinguir las

empresas que están operando de manera más eficiente que otros, y definir el nivel

de costo permitido para cada empresa regulada. Estas técnicas son de más fácil

aplicación con empresas de distribución debido a la existencia de un número

mayor de elementos de comparación, tanto a nivel nacional como internacional,

pero como se requiere tener una información homologada y confiable la cual sería

obtenida a partir de la contabilidad regulatoria, la propuesta debe implementarse

en este caso dos etapas:

Page 76: Contrato Regulatorio - vf.pdf

75

Primera Etapa: Se definen las cuentas de administración, operación y

mantenimiento del Plan Único de Cuentas de la Superintendencia de Servicios

Públicos Domiciliarios SSPD, directamente relacionadas con la prestación de la

actividad de distribución, y con el valor de estas cuentas para el año 2007, se

determina el valor a reconocer al distribuidor para el primer año (valor remunerado

AOM primer año = valor real gastado), para el segundo año se emplea el menú de

contratos como lo propone EAFIT37, en el cual se incentiva a las empresas que

bajen sus costos por debajo de lo reconocido entregándole la mitad de su

reducción de costos y la otra mitad se le pasa al cliente. Si el distribuidor no logra

rebajar sus costos no obtiene ninguna ganancia.

Si el distribuidor no logra rebajar sus costos se le reduce el AOM en el porcentaje

que resulte del promedio de las reducciones del resto de los distribuidores. Este

mecanismo se aplicaría sólo para el periodo 2009-2013.

Segunda Etapa: Para esta etapa ya se contaría con información confiable,

consignada en la contabilidad regulatoria, y que proviene de la etapa 1, y con ella

se debe hacer una frontera de costos con la metodología de fronteras

estocásticas, y por el método de máxima verosimilitud se encuentra cuáles son

las variables que tienen relevancia estadística para determinar los costos

eficientes; con estas variables se calcula mediante la metodología del DEA la

eficiencia de cada distribuidor (calcular con ambas metodologías permite tener 37 Universidad EAFIT. ”Desarrollo de metodologías para la remuneración de los costos eficientes de AOM en empresas de distribución y transmisión de energía eléctrica”. Estudio elaborado por EAFIT en el marco del convenio Colciencias- CREG (Circular CREG 022 de 2008), 2008. p29 a 40

Page 77: Contrato Regulatorio - vf.pdf

76

resultados más robustos). Este valor eficiente puede estar muy por debajo del

valor que se le remuneró en el pasado periodo al distribuidor, entonces se hará

una transición en el valor reconocido para que se llegue al tercer año del periodo

regulatorio al valor eficiente. Habrá otras empresas que queden con el valor de

eficiencia igual a su valor gastado (ó sea que eran 100% eficientes, están en la

frontera), en este caso y para incentivar a los distribuidores a rebajar sus costos

por debajo de la frontera –movimiento de la frontera eficiente- se propone como

incentivo darle la mitad de la reducción de costos. En esta etapa es imprescindible

incluir como variable la calidad ya que ésta depende de las inversiones pero

también del AOM en que se incurra y si no se tiene en cuenta esta variable las

empresas desmejoran su calidad con tal de salir eficientes en costos.

8.5 Costo de Capital (WACC)

La metodología adoptada por el regulador para determinar la tasa de retorno a

partir de la estimación del Costo Promedio Ponderado de Capital (WACC, por las

iniciales en inglés de Weighted Average Cost of Capital), es la apropiada en la

cual el costo del Equity es obtenido mediante la metodología del CAPM (Capital

Asset Pricing Model) metodología que es de amplia aceptación a nivel mundial.

8.6 Calidad

Es bien reconocido por diferentes autores que si se deja solamente como incentivo

la reducción de costos, las empresas reducirán sus costos para obtener el

incentivo pero desmejorando su calidad, por esto es necesario considerar un

Page 78: Contrato Regulatorio - vf.pdf

77

esquema de compensación e incentivos para que las empresas reduzcan costos

pero sin desmejorar la calidad del servicio.

La propuesta es tener una meta de calidad por empresa y quien exceda la calidad

tendrá un incentivo y quien la incumpla compensará a los clientes. Para

determinar la meta se toman los registros de duración de suspensiones (en horas)

de los cinco años anteriores y con ellos se encuentra cuál es el mejor (menos

horas de suspensión) y peor (más horas de suspensión) indicador de calidad.

Estos valores se comparan con la meta del regulador, pudiéndose presentar 3

situaciones como las que se indican a continuación:

Caso A:

La empresa tipo A tiene muy buena calidad puesto que su mejor y peor indicador

están por debajo (menos horas de suspensión) que la meta del regulador.

Entonces mientras se conserven dentro de la franja muerta ni se incentivan ni

compensan. Sólo cuando se tenga un tiempo de suspensión, para el ejemplo,

mayor a 6 horas, el distribuidor compensará a sus clientes por la mala calidad del

servicio. El cálculo de la compensación se hace restando las horas de suspensión

de las horas permitidas y multiplicando este resultado por la energía dejada de

suministrar en ese intervalo y por el valor de la energía de racionamiento:

]/[$arg*]/[*)( kWhntoracionamieoctkWhEnergíaCREGpermitidasthorasóndesuspensithoras −

La justificación de no dar un incentivo a esta empresa es porque en su cargo de

distribución ya se tienen reconocidos los activos y los AOM reales que le permiten

Page 79: Contrato Regulatorio - vf.pdf

78

contar con esa calidad y además, porque carece de sentido económico que se le

pague más por una calidad superior a la regulada ya que esta calidad es obtenida

con base en la disposición a pagar de los clientes a tener cierto nivel de calidad (el

cliente no tiene disposición a pagar por una calidad excepcional). En la gráfica No

12 se representa esta situación.

Gráfica No 12: Empresa con calidad mejor que la meta regulada

Caso B:

La empresa tipo B tiene una calidad a veces mejor y a veces peor que la regulada.

Entonces mientras su calidad se conserve dentro de la franja muerta ni se

incentivan ni compensan como en el caso anterior. Si la calidad es peor a la

regulada, se castiga pues se supone que esta empresa ya tiene las inversiones y

CREGpeormejorIncentivo

2 4 6

Compensación

Banda muertaValor a compensar

8

Page 80: Contrato Regulatorio - vf.pdf

79

ha mostrado que es capaz de estar por debajo de la meta establecida por el

regulador. En la gráfica No13 se representa esta situación.

Gráfica No 13: Empresa con calidad variable (mejor o peor que la meta regulada)

Caso C:

La empresa tipo C tiene una calidad más mala que la regulada. En este caso la

empresa compensará a los usuarios de la forma como se explico anteriormente,

mientras su calidad se encuentre en la banda muerta o por encima de ella, es

decir por encima de 7 horas. Sólo cuando se tenga un tiempo de suspensión

inferior al tiempo mínimo de la franja, es decir, menor a 7 horas, se le dará un

incentivo para que la empresa siga mejorando hasta llegar a la meta regulatoria.

La justificación de darle el incentivo o castigarlo con la compensación, es que hay

todavía un grupo de empresas que no han invertido en calidad por falta de fondos,

CREG peormejorIncentivo

84 6

Compensación

Banda muertaValor a compensar

Page 81: Contrato Regulatorio - vf.pdf

80

capacidad técnica y/o administrativa y por eso se tratan diferente a los casos A y

B. En este caso el cliente estará dispuesto a pagar un poco más para recibir un

servicio con la calidad que exige el regulador, y de no permitirse estas señales

(incentivo o compensación), no se logrará mejorar la calidad del servicio para este

tipo de empresas. En la gráfica No14 se representa esta situación.

Gráfica No 14: Empresa con calidad inferior que la meta regulada

Como lo anotamos en el numeral 8.4 (Costos AOM), en la segunda etapa de la

determinación de los costos AOM eficientes, se deben tener en cuenta los pagos

por mala calidad o el número de horas de suspensión como variable en los

modelos de eficiencia, para no incurrir en el error de considerar eficiente sólo al

distribuidor que tiene bajos costos AOM pero con una mala calidad.

CREG

horas

peormejorIncentivo

7 86

Compensación

Bandamuerta

Valor delincentivo 6.5

Page 82: Contrato Regulatorio - vf.pdf

81

8.7 Pérdidas

Proponemos que las pérdidas reconocidas a los distribuidores sean las pérdidas

técnicas que correspondan a los niveles de tensión 1, 2, 3 y 4, calculadas por

sistema de distribución y que resultan de la información reportada por estos

agentes al SUI. En todo caso el regulador comparará los valores que resultan de

los reportes de información con los resultados de modelos técnicos para

simulación de redes, con los que disponga para definir el valor a reconocer. Para

el nivel de tensión 1 se reconocerá un porcentaje de pérdidas no técnicas, estas

últimas se obtienen de una simulación financiera por empresa, en donde se

muestre que la inversión adicional que se haga para disminuir por debajo de este

porcentaje ya no se recupera, lo que quiere decir que esfuerzos adicionales del

distribuidor ya no generan beneficios; en este punto el regulador revisa las

simulaciones del distribuidor y determina la validez de la meta propuesta por él.

En ningún caso se deben reconocer planes de pérdidas a los distribuidores dado

que el incentivo es que al recuperar energía perdida, el distribuidor obtiene

mayores ingresos que le permiten recuperar las inversiones realizadas.

8.8 Ingreso Requerido

Finalmente el ingreso de las distribuidoras estaría determinado a partir de los

gastos de capital (CAPEX) y de operación (OPEX), así:

CalidadPérdidasOPEXónDepreciaciWACCgulatoriaActivosdeBasePermitidoIngreso ±±++= *Re

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82

9 Conclusiones

• La regulación de los sistemas de distribución de energía en Colombia tiene

altos costos de transacción entre el regulador y los Operadores de Red

(regateo y búsqueda), porque el regulador se ha centrado mucho más en

precisar los detalles técnicos que en enfatizar en los aspectos económicos que

permitan obtener unas tarifas más eficientes en la prestación del servicio.

• Las revisiones de cargos que se han presentado (tres revisiones tarifarias) han

traído consigo inestabilidad en las señales regulatorias que aplican a esta

actividad, generando incertidumbre para los inversionistas y para los usuarios.

• Los impactos que se han mostrado en cuanto a cantidad de unidades

constructivas, valor de ingresos, AOM, cambios bruscos de cargos de

distribución, cambios de criterios de pérdidas y calidad, demuestran que hacen

falta mecanismos como el contrato regulatorio que den estabilidad, que faciliten

medir las consecuencias de los cambios implantados y que permita más

fácilmente revisar las decisiones del regulador.

• Establecer un contrato regulatorio permitiría minimizar los costos de

transacción, brindar señales de largo plazo a los operadores y contener los

incentivos necesarios para llevar las tarifas a la eficiencia, permitiendo una

Page 84: Contrato Regulatorio - vf.pdf

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remuneración adecuada para los inversionista y una tarifa para los clientes

que garantice cobertura y calidad.

• Las experiencias internacionales presentadas muestran que una regulación por

incentivos se puede aplicar satisfactoriamente en un contrato regulatorio, para

lo cual sería necesario primero contar con una contabilidad regulatoria que

sirva para eliminar el grado de asimetría en la información.

• El contrato regulatorio propuesto en este trabajo, basado en una regulación por

incentivos, garantiza una remuneración adecuada de las inversiones

efectuadas para la prestación del servicio asegurando cobertura y calidad,

induce a la eficiencia en las tarifas y además, cumple con los criterios y

principios de la ley colombiana como los de simplicidad, transparencia y

eficiencia.

Page 85: Contrato Regulatorio - vf.pdf

84

10 Bibliografía

Afanador, Eduardo y Konsultorías Ltda. (2007). “Remuneración de gastos

de Administración, Operación y Mantenimiento en la Distribución de

Electricidad”. Estudio para la Asociación Colombiana de Distribuidores de

Energía Eléctrica – ASOCODIS.

Bakovic, Tonci; Tenenbaum, Bernard and Wolf, Fiona (September 2003).

“Regulation by Contract. A new way to privatize electricity Distribution?. En:

World Bank working paper N° 14.

Circular 022-2008. http://www.creg.gov.co/

ERRA-Energy Regulators Regional Association- (2006). “Efficiency factor’s

determination (X factor)”. ERRA Tariff and Pricing Committee.

Energy Market Autorithy (2007). Annual Report 2007.Finland.

Jamasb, Tooraj and Pollit, Michael (2007). “Reference Model and incentive

regulation of electricity distribution networks: an evaluation of Sweden’s

Network Performance Assessment Model NPAM”. University of Cambrigde.

Joskow, Paul L (September 2006). “Incentive regulation in theory and

practice: electricity distribution and transmission networks”. Center Energy

and Environmental Policy Research.

Page 86: Contrato Regulatorio - vf.pdf

85

Joskow, Paul L (2005). Regulation of natural monopolies. Center Energy

and Environmental Policy Research.

Lasheras, Miguel A (1999). La Regulación Económica de los Servicios

Públicos. Barcelona: Ariel Economía. 402 p.

Laffont, J. Jacques and Tirole (1986). “Using Cost Observation to Regulate

Firms”. The Journal of Political Economy, Vol. 94, No. 3, Part 1. (Jun.,

1986), pp. 614-641.

Laffont, J. Jacques and Tirole, Jean (1999). A Theory of Incentives in

Procurement and Regulation. MIT 1999. 705 p.

Ley 142 -1994: Ley de Servicios Públicos Domiciliarios.

http://www.creg.gov.co/

Ley 143 – 1994: Ley Eléctrica. http://www.creg.gov.co/

Ley de Concesiones Eléctricas (LCE) N° 25844 de 1992.

http://www.minem.gob.pe/

Littlechild S. (1983). “Regulation of British Telecommunication profiability:

Report to secretary of state”. February 1983. London.

Ministerio de Industria, Turismo y Comercio de España (2008). “REAL

DECRETO 222/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el régimen

retributivo de la actividad de distribución de energía eléctrica España”.

Page 87: Contrato Regulatorio - vf.pdf

86

Ministry of Trade and Industry of Finland “Electricity Market Act”.

Netherlands Competition Authority Method Decision 102106-89.

http://www.dte.nl/ (Agosto 2008).

Red Eléctrica de España (Marzo 2008). “New Remuneration for Electricity

Transmissión”.

Resolución CREG 004-1994. http://www.creg.gov.co/

Resolución CREG 133-1996. http://www.creg.gov.co/

Resolución CREG 086-1997. http://www.creg.gov.co/

Resolución CREG 070-1998. http://www.creg.gov.co/

Resolución CREG 089 -1999. http://www.creg.gov.co/

Resolución CREG 096-2000. http://www.creg.gov.co/

Resolución CREG 082-2002. http://www.creg.gov.co/

Resolución CREG 084-2002. http://www.creg.gov.co/

Resolución CREG 113-2003. http://www.creg.gov.co/

Resolución CREG 103-2004. http://www.creg.gov.co/

Resolución CREG 036-2008. http://www.creg.gov.co/

Resolución CREG 094-2008. http://www.creg.gov.co/

Page 88: Contrato Regulatorio - vf.pdf

87

Resolución CREG 097-2008. http://www.creg.gov.co/

Resolución ANEEL No 234 del 31 de octubre de 2006.

http://www.aneel.gov.br/

Sidak, J. Gregory and Spulber, Daniel F (1998). Deregulatory Takings and

The Regulatory Contract: The Competitive Transformation of Network

Industries in The United States. New York: Cambrigde University Press.

631p.

Tenenbaum, Bernard (2004). “Regulación por contrato:¿una alternativa en

lugar de la independencia regulatoria?”. World Forum on Energy Regulation

Roma. En: Revista Petrotecnia. Pp.52-53.

Universidad de los Andes (2007). “Metodología y Estimación del Costo

Promedio Ponderado de Capital (WACC), para Empresas de Distribución

de Energía Eléctrica”. Estudio elaborado para Asocodis.

Universidad EAFIT (2008). ”Desarrollo de metodologías para la

remuneración de los costos eficientes de AOM en empresas de distribución

y transmisión de energía eléctrica”. Estudio elaborado por EAFIT en el

marco del convenio Colciencias- CREG (Circular CREG 022 de 2008).

Vasconcelos, Jorge (2004). “La independencia regulatoria: ¿es factible?”.

World Forum on Energy Regulation Roma. En: Revista Petrotecnia. pp.51-

52.

Page 89: Contrato Regulatorio - vf.pdf

88

Villarreal, Julio (2007). “Asesoría en el Cálculo y Soporte de la Tasa de

Remuneración para el Negocio de la Transmisión de la Energía Eléctrica en

Colombia”. Estudio elaborado para Andesco.