deducción hh
TRANSCRIPT
![Page 1: Deducción hh](https://reader035.vdocuments.net/reader035/viewer/2022071921/55cf9ab5550346d033a2ffe2/html5/thumbnails/1.jpg)
2.00 PORCENTAJES DEDUCIDOS2.01 SALARIO DOMINICAL
Feriados Salario Horas Horas Días trabajados Incidencia del dominicalDominical no trabajadas trabajadas en la semana sobre los días trabajados
(A) (B) (C) = 48 - (B) (D) = (C) / 8 (A) / (D) *100
1o Enero 1 8 40 5.00 20.00 Jueves y Viernes Santo 1 16 32 4.00 25.00 1o de Mayo (Sábado) 1 5.5 42.5 5.31 18.82 29 de Junio 1 8 40 5.00 20.00 28 y 29 de Julio 1 16 32 4.00 25.00 30 de Agosto 1 8 40 5.00 20.00 8 de Octubre 1 8 40 5.00 20.00 25 de Octubre 1 8 40 5.00 20.00 1o de Noviembre 1 8 40 5.00 20.00 8 de Diciembre 1 8 40 5.00 20.00 25 de Diciembre (Sábado) 1 5.5 42.5 5.31 18.82 227.65
Por semana corriente 1 48 6.00 16.67 Por 41 semanas corrientes 41 683.33
Total 910.98 Total de Semanas 52Incidencia por semana 17.52
2.02 VACACIONES RECORD (30 DIAS)La Ley N° 13682 reglamentada mediante el D.S. N° 17 (24.10.61), indica que a partir de 25.08.61, los obreros tendránderecho a gozar de treinta días de vacacionesEl D.Legislativo N°713, señala que el derecho a vacaciones será previo cumplimiento de 260 días de labor efectiva, si la jornada fuera de seis (6) días a la semana.
Días laborados en el año 260Incidencia = (30 / 260) * 100 11.54
2.03 GRATIFICACIONES POR FIESTAS PATRIAS Y NAVIDADLa Resolución Directoral N° 155-94-DPSC del 21.07.94 señala que, el trabajador de Construcción Civil percibirá 40 jornales básicos como Gratificación por Fiestas Patrias y 40 jornales por Navidad y Año Nuevo.
Jornales de gratificación por F.Patrias y Navidad 80Incidencia = (80 / 360) * 100 22.22
2.04 JORNALES POR DIAS FERIADOS NO LABORABLES
Feriado no laborable horas trabajadas días1° de Enero 8.00 1.00 Jueves Santo 8 1.00 Viernes Santo 8 1.00 1° de Mayo (sabado) 5.5 0.69 29 de Junio 8 1.00 28 de Julio 8 1.00 29 de Julio 8 1.00 30 de Agosto 8 1.00 25 de Octubre 8 1.00 8 de Octubre 8 1.00 1° de Noviembre 8 1.00 8 de Diciembre 8 1.00 25 de Diciembre (sabado) 5.5 0.69
12.38 1° de Mayo (jornal adicional) 1.00
13.38
La incidencia de los días feriados no laborables será:Días del año 365.00 Días feriados - 12.38 Domingos - 52.00 Días laborables 300.63
![Page 2: Deducción hh](https://reader035.vdocuments.net/reader035/viewer/2022071921/55cf9ab5550346d033a2ffe2/html5/thumbnails/2.jpg)
Incidencia = (11.38/302.63)*100 4.45
2.05 ASIGNACION ESCOLARSe percibe 30 jornales básicos anuales por cada hijo menor de 18 años, que cirse estudios de Educación Inicial o Educación Básica. Estimando tres hijos por trabajador, en promedio.
N° jornales por hijo 30N° hijos promedio 3Incidencia = ( (3 hijos x 30 jornales) / 360 ) * 1 25.00
![Page 3: Deducción hh](https://reader035.vdocuments.net/reader035/viewer/2022071921/55cf9ab5550346d033a2ffe2/html5/thumbnails/3.jpg)
La Ley N° 13682 reglamentada mediante el D.S. N° 17 (24.10.61), indica que a partir de 25.08.61, los obreros tendrán
![Page 4: Deducción hh](https://reader035.vdocuments.net/reader035/viewer/2022071921/55cf9ab5550346d033a2ffe2/html5/thumbnails/4.jpg)
2.00 PORCENTAJES DEDUCIDOS2.01 SALARIO DOMINICAL
Feriados Salario Horas Horas Días trabajados Incidencia del dominicalDominical no trabajadas trabajadas en la semana sobre los días trabajados
(A) (B) (C) = 48 - (B) (D) = (C) / 8 (A) / (D) *100
1o Enero (Sábado) 1 5.5 42.5 5.31 18.82 Jueves y Viernes Santo 1 16 32 4.00 25.00 1o de Mayo (Domingo)29 de Junio 1 8 40 5.00 20.00 28 y 29 de Julio 1 16 32 4.00 25.00 30 de Agosto 1 8 40 5.00 20.00 8 de Octubre (Sábado) 1 5.5 42.5 5.31 18.82 25 de Octubre 1 8 40 5.00 20.00 1o de Noviembre 1 8 40 5.00 20.00 8 de Diciembre 1 8 40 5.00 20.00 25 de Diciembre (Domingo) 187.65
Por semana corriente 1 48 6.00 16.67 Por 43 semanas corrientes 43 716.67
Total 904.31 Total de Semanas 52Incidencia por semana 17.39
2.02 VACACIONES RECORD (30 DIAS)La Ley N° 13682 reglamentada mediante el D.S. N° 17 (24.10.61), indica que a partir de 25.08.61, los obreros tendránderecho a gozar de treinta días de vacacionesEl D.Legislativo N°713, señala que el derecho a vacaciones será previo cumplimiento de 260 días de labor efectiva, si la jornada fuera de seis (6) días a la semana.
Días laborados en el año 260Incidencia = (30 / 260) * 100 11.54
2.03 GRATIFICACIONES POR FIESTAS PATRIAS Y NAVIDADLa Resolución Directoral N° 155-94-DPSC del 21.07.94 señala que, el trabajador de Construcción Civil percibirá 40 jornales básicos como Gratificación por Fiestas Patrias y 40 jornales por Navidad y Año Nuevo.
Jornales de gratificación por F.Patrias y Navidad 80Incidencia = (80 / 360) * 100 22.22
2.04 JORNALES POR DIAS FERIADOS NO LABORABLES
Feriado no laborable horas trabajadas días1° de Enero (sábado) 5.50 0.69 Jueves Santo 8 1.00 Viernes Santo 8 1.00 1° de Mayo (domingo)29 de Junio 8 1.00 28 de Julio 8 1.00 29 de Julio 8 1.00 30 de Agosto 8 1.00 25 de Octubre 8 1.00 8 de Octubre (sábado) 5.5 0.69 1° de Noviembre 8 1.00 8 de Diciembre 8 1.00 25 de Diciembre (domingo)
10.38 1° de Mayo (jornal adicional) 1.00
11.38
La incidencia de los días feriados no laborables será:Días del año 365.00 Días feriados - 10.38 Domingos - 52.00 Días laborables 302.63
Incidencia = (11.38/302.63)*100 3.76
2.05 ASIGNACION ESCOLARSe percibe 30 jornales básicos anuales por cada hijo menor de 18 años, que cirse estudios de Educación Inicial o Educación Básica. Estimando tres hijos por trabajador, en promedio.
N° jornales por hijo 30N° hijos promedio 3Incidencia = ( (3 hijos x 30 jornales) / 360 ) * 25.00
![Page 5: Deducción hh](https://reader035.vdocuments.net/reader035/viewer/2022071921/55cf9ab5550346d033a2ffe2/html5/thumbnails/5.jpg)
La Ley N° 13682 reglamentada mediante el D.S. N° 17 (24.10.61), indica que a partir de 25.08.61, los obreros tendrán
![Page 6: Deducción hh](https://reader035.vdocuments.net/reader035/viewer/2022071921/55cf9ab5550346d033a2ffe2/html5/thumbnails/6.jpg)
2.00 PORCENTAJES DEDUCIDOS2.01 SALARIO DOMINICAL
Feriados Salario Horas Horas Días trabajados Incidencia del dominicalDominical no trabajadas trabajadas en la semana sobre los días trabajados
(A) (B) (C) = 48 - (B) (D) = (C) / 8 (A) / (D) *100
200529 de Junio 1 40 5.00 20.00 28 y 29 de Julio 1 32 4.00 25.00 30 de Agosto 1 40 5.00 20.00 8 de Octubre (Sábado) 1 42.5 5.31 18.82 25 de Octubre 1 40 5.00 20.00 1o de Noviembre 1 40 5.00 20.00 8 de Diciembre 1 40 5.00 20.00 25 de Diciembre (Domingo)20061o Enero (Domingo)Jueves y Viernes Santo 1 32 4.00 25.00 1o de Mayo 1 40 5.00 20.00
188.82 Por semana corriente 1 48 6.00 16.67 Por 43 semanas corrientes 43 716.67
Total 905.49 Total de Semanas 52Incidencia por semana 17.41
2.02 VACACIONES RECORD (30 DIAS)La Ley N° 13682 reglamentada mediante el D.S. N° 17 (24.10.61), indica que a partir de 25.08.61, los obreros tendránderecho a gozar de treinta días de vacacionesEl D.Legislativo N°713, señala que el derecho a vacaciones será previo cumplimiento de 260 días de labor efectiva, si la jornada fuera de seis (6) días a la semana.
Días laborados en el año 260Incidencia = (30 / 260) * 100 11.54
2.03 GRATIFICACIONES POR FIESTAS PATRIAS Y NAVIDADLa Resolución Directoral N° 155-94-DPSC del 21.07.94 señala que, el trabajador de Construcción Civil percibirá 40 jornales básicos como Gratificación por Fiestas Patrias y 40 jornales por Navidad y Año Nuevo.
Jornales de gratificación por F.Patrias y Navidad 80Incidencia = (80 / 360) * 100 22.22
2.04 JORNALES POR DIAS FERIADOS NO LABORABLES
Feriado no laborable horas trabajadas días200529 de Junio 8 1.00 28 y 29 de Julio 16 2.00 30 de Agosto 8 1.00 8 de Octubre (Sábado) 5.5 0.69 25 de Octubre 8 1.00 1o de Noviembre 8 1.00 8 de Diciembre 8 1.00 25 de Diciembre (Domingo)20061o Enero (Domingo)Jueves y Viernes Santo 16 2.00 1o de Mayo 8 1.00
10.69 1° de Mayo (jornal adicional) 1.00
11.69
La incidencia de los días feriados no laborables será:Días del año 365.00 Días feriados - 10.69 Domingos - 52.00 Días laborables 302.31
Incidencia = (11.38/302.63)*100 3.87
2.05 ASIGNACION ESCOLARSe percibe 30 jornales básicos anuales por cada hijo menor de 18 años, que curse estudios de Educación Inicial o Educación Básica. Estimando tres hijos por trabajador, en promedio.
N° jornales por hijo 30
![Page 7: Deducción hh](https://reader035.vdocuments.net/reader035/viewer/2022071921/55cf9ab5550346d033a2ffe2/html5/thumbnails/7.jpg)
N° hijos promedio 3Incidencia = ( (3 hijos x 30 jornales) / 360 ) * 25.00
![Page 8: Deducción hh](https://reader035.vdocuments.net/reader035/viewer/2022071921/55cf9ab5550346d033a2ffe2/html5/thumbnails/8.jpg)
La Ley N° 13682 reglamentada mediante el D.S. N° 17 (24.10.61), indica que a partir de 25.08.61, los obreros tendrán