diapositivas derecho procesal constitucional

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Derecho Procesal Constitucional Mauricio Matos Zegarra [email protected]

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diapositivas del doctor mauricio matos , catedratico de la universidad catolica santa maria de arequipa

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Derecho Procesal ConstitucionalMauricio Matos [email protected]

Derecho Procesal Constitucional

Derecho Constitucional

Procesal

Jurisdicción constitucional

Principios constitucionales regulatorios del proceso

Naturaleza Jurídica

Derecho Procesal Constitucional

Elementos y Finalidad

Elementos del Derecho Procesal Constitucional

(García Belaúnde)

1) La noción de jurisdicción.

2) Los procesos constitucionales.

3) Órganos constitucionales

Finalidad1) Asegurar la eficacia de la jerarquía

constitucional

2) Plena vigencia de los derechos fundamentales. (Revisemos el Art. II del TP del Código Procesal Constitucional)

Derecho Procesal Constitucional

Clasificación de Procesos Constitucionales

De la Libertad

a) Proceso de hábeas corpus.

b) Proceso de amparo.

c) Proceso de hábeas data.

d) Proceso de cumplimiento.

Orgánicos

a) Proceso de inconstitucionalidad.

b) Proceso de acción popular.

c) Proceso de conflicto de competencias

Derecho Procesal Constitucional

El control constitucional – Antecedentes históricos

Habeas Corpus Amendment Act

(1679)

Caso Marbury vs. Madison (1803)

Caso Thomas Bonham (1610)

Derecho Procesal Constitucional

El poder del gobierno no se puede legitimar a si mismo

El control del poder está en la raíz de la democracia – constitucional contemporánea

Antecedentes históricos del “judicial review”

La justicia constitucional

a) Controla el poder. b) Hace respetar los derechos

fundamentales.c) Cautela los derechos de las minorías

Experiencia Anglosajona

a) Charter of Liberties (1100)b) Charta Magna (1215)c) Provisions of Oxford (1258)d) Confirmatic Carterum (1297)e) Petition of Rights (1628)f) Agreement of the people (1653)g) Instrument of Government (1653)h) Bill of Rights (1658)

Antecedentes en la revisión judicial de los actos arbitrarios del gobierno

Derecho Procesal Constitucional

Control de Constitucionalidad

STC 0014-2003-AI/TC (Caso Borea Odría y 5000 ciudadanos c/. Constitución de 1993)STC 0014-2002-AI/TC (Caso Colegio de Abogados del Cusco c/. Congreso)STC 0053-2004-PI/TC (Caso Defensoría del Pueblo c/. Municipalidad de Miraflores.STC 0050-2004-PI/TC (Caso Colegio de Abogados del Cusco c/. Congreso)STC 0005-2003-PI/TC (Caso 64 congresista c/. Ley 26285)STC 0007-2001-PI/TC (Caso Defensoría del Pueblo c/. CDSJL)

Derecho Procesal Constitucional

Control de Constitucionalidad

Control Difuso (Art. 138 C y Art. VI CPConst)

Control Concentrado (Art. 201 – 202 C.)

Función de valoración

Función pacificadoraFinalidadFinalidad

Función ordenadoraControl represivoControl represivo

Función integradora

Derecho Procesal Constitucional

Proceso de Inconstitucionalidad

Finalidad Defensa de la supremacía de la Constitución. (Art. 75 CPConst)

Procede contra las normas que tienen rango de ley: (Art. 77Procedencia

A) Normas constitucionales.B) Leyes que, dentro del marco

constitucional, se hayan dictado para determinar la competencia o las atribuciones de los órganos del Estado o el ejercicio de los derechos fundamentales de la persona.

Interpretación

Derecho Procesal Constitucional

Proceso de Inconstitucionalidad

Legitimación Procesal Activa

1) Presidente de la República con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros. La representación la asume un Ministro quién a su vez puede delegarla en un Procurador.

2) Fiscal de la Nación y Defensor del Pueblo de manera directa.

3) Los Congresistas mediante apoderado (25%)

4) 5000 ciudadanos representados por abogado confiriendo representación en éste.

5) Presidentes de Región, con acuerdo del Concejo o Alcaldes Provinciales con acuerdo de su Concejo.

6) Colegios Profesionales con acuerdo de su Junta Directiva, confiriendo representación a su Decano y patrocinio de abogado.

Derecho Procesal Constitucional

1) Congreso o a la Comisión Permanente, en caso de que el Congreso no se encuentre en funciones, si se trata de Leyes y Reglamento del Congreso.

2) Poder Ejecutivo, si la norma impugnada es un Decreto Legislativo o Decreto de Urgencia.

3) Congreso, o a la Comisión Permanente y al Poder Ejecutivo, si se trata de Tratados Internacionales.

4) A los órganos correspondientes si la norma impugnada es de carácter regional o municipal.

Proceso de Inconstitucionalidad

Legitimación Procesal Pasiva

Derecho Procesal Constitucional

Proceso de Inconstitucionalidad

Plazo Prescriptorio

06 años a partir de su publicación o 06 meses tratándose de tratados.

La Constitución prevalece sobre toda norma legal; la ley, sobre las normas de inferior jerarquía, y así  sucesivamente. La publicidad es esencial para la vigencia de  toda norma del Estado. (Art. 51. C.)

Tomar en cuenta que…

Revisemos el comportamiento del TC en

la STC 0017-2008-PI/TC

La demanda fuera de plazo será declarada LIMINARMENTE IMPROCEDENTE.

Revisemos Art. 07 del R. Normativo del TC (095-2004)

Derecho Procesal Constitucional

Proceso de Inconstitucionalidad

1) La identidad de los órganos o personas que interponen la demanda y su domicilio legal y procesal.

2) La indicación de la norma que se impugna en forma precisa.3) Los fundamentos en que se sustenta la pretensión.4) La relación numerada de los documentos que se acompañan.5) La designación del apoderado si lo hubiere.6) Copia simple de la norma objeto de la demanda, precisándose el día,

mes y año de su publicación.

Requisitos de la demanda

Derecho Procesal Constitucional

Derecho Procesal ConstitucionalProceso de Inconstitucionalidad

Improcedencia Liminar

Demanda interpuesta fuera de plazo

El TC ha desestimado una materia similar

sobre el fondo

El TC es incompetente

Decisión motivada e inimpugnable

Derecho Procesal ConstitucionalProceso de Inconstitucionalidad

Trámite y Sentencia

DemandaAdmisión a

trámite10d. Contestaci

ón30d.

VC

10d.

Sentencia

30d.

1) Impulso de oficio por parte del TC.

2) NO existe el abandono.

3) NO procede el otorgamiento de Medidas Cautelares.

1) Para decidir sobre la ADMISIBILIDAD o PARA DICTAR SENTENCIA FUNDADA se requieren 05 votos conformes. (Art. 10 . R.Normativo del TC y Art. 05 LOTC)

Notificación se realiza a través de la página web del TC

Se publican en el Diario Oficial dentro de 03 d. De recepcionadas

Derecho Procesal ConstitucionalProceso de Inconstitucionalidad

Tipos de Sentencias

Sentencias de especie

Sentencias de principio

Sentencias Estimativas (STC 0020-2005-AI-

Caso Hoja de la Coca)

Sentencias de simple anulación (efectos ex nunc)Sentencias interpretativas propiamente dichas (STC 042-2004-AI (Caso del impuesto a espectáculos taurinos)

Sentencias interpretativas – manipulativas (normativas)a)Ablativas – eliminan «expresiones impertinentes»b)Reconstructivas - reposición

Derecho Procesal ConstitucionalProceso de Inconstitucionalidad

Sentencias Estimativas

Sentencias Interpretativas Sentencias Interpretativas - manipulativas- manipulativas

a) Sentencias reductoras. (STC 014-96-I)

b) Sentencias aditivas. (omisión legislativa)

c) Sentencias sustitutivas (STC 0050-2004-PI/TC)

d) Sentencias exhortativas (vacatio setentiae)

e) Sentencias estipulativas (STC 0008-2005-PI/TC – obiter dictum)

a)a) Principio de conservación Principio de conservación de la ley.de la ley.

b)b) Principio de interpretación Principio de interpretación desde la C.desde la C.

Derecho Procesal ConstitucionalProceso de Inconstitucionalidad

Sentencias estimativas

a) Forma o Fondo

b) Total o Parcial

c) Directa o Indirecta (bloque de constitucionalidad)

Derecho Procesal Constitucional

Proceso de Inconstitucionalidad

Sentencias Desestimativas

a) Rechazo simple

b) Por sentido interpretativo (interpretación strictu sensu)

Efectos de las SentenciasEx - nuncEx - nunc Erga omnesErga omnes

Fuerza de Ley

Cosa Juzgada

Fuerza vinculante

Supremacía de la interpretación Supremacía de la interpretación constitucionalconstitucional

Derecho Procesal ConstitucionalProceso de Acción Popular

Artículo 133.- Hay acción popular ante el

Poder Judicial contra los reglamentos y

contra las resoluciones y decretos

gubernativos de carácter general

que infrinjan la Constitución o las

leyes, sin perjuicio de la responsabilidad

política de los Ministros. La ley

establecerá el procedimiento judicial

correspondiente.

Constitución de 1933

Artículo 295.- (…) Hay acción popular ante el Poder Judicial, por infracción de la Constitución o la ley, contra los reglamentos y normas administrativas y contra las resoluciones y decretos de carácter general que expiden el Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y locales y demás personas de derecho público.

Constitución de 1979

Derecho Procesal ConstitucionalProceso de Acción Popular

Constitución de 1993

Artículo 200. 5 C.

a) Infracción de la Constitución y de la Ley.b) Reglamentos, normas administrativas y

resoluciones y decretos de carácter general, cualquiera sea la autoridad de la que emanen

Derecho Procesal ConstitucionalProceso de Acción Popular

Trámite y procedimiento

Artículo 200. 5 C.

a) Infracción de la Constitución y de la Ley.b) Reglamentos, normas administrativas y

resoluciones y decretos de carácter general, cualquiera sea la autoridad de la que emanen

Trámite y procedimiento

Legitimidad para obrar activa

Cualquier persona

Legitimidad para obrar pasiva

Tomar en cuenta el Art. 07 del CPConst.

Competencia por razón de materia cSala correspondiente por razón de materia

Competencia territorial c

a) Sala del lugar a donde pertenece el órgano emisor (regional o local)

b) Sala de Lima para el resto de casos

Derecho Procesal ConstitucionalProceso de Acción Popular

Trámite y procedimiento

Prescripción

05 años contados a partir del día siguiente de la publicación de la norma administrativa general

1) Designación de la Sala.2) Identificación del demandante.3) Identificación del órgano emisor.4) Petitorio.5) Copia simple de la norma con precisión

del día, mes y año de su publicación.6) Fundamentos de la pretensión.7) Firma del demandante y su abogado

Demanda

Derecho Procesal ConstitucionalProceso de Acción Popular

Trámite y procedimiento – 1era Instancia

Demanda Auto Admisorio

Inadmisibilidad

Improcedencia

Auto de Vista

Contestación

10d5d

Publicación de la R. En el Diario Oficial o en el de asuntos judiciales

VC

10d

Sentencia

Informe Oral

10d

Derecho Procesal ConstitucionalProceso de Acción Popular

SentenciaApelación

de Sentencia

Traslado al demandado y

VC

05d.5dSentencia de

vista

10d

Publicación en diarios

10d

Trámite y procedimiento – 2da Instancia

Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema

consulta

Procede la solicitud de medidas cautelares cuando se cuente con sentencia estimatoria en primera instancia

Derecho Procesal ConstitucionalProceso de Acción Popular

Poderes del Estado, los órganos constitucionales, los gobiernos regionales o municipales

1) Al Poder Ejecutivo con uno o más gobiernos regionales o municipales;

2) A dos o más gobiernos regionales, municipales o de ellos entre sí; o

3) A los poderes del Estado entre sí o con cualquiera de los demás órganos constitucionales, o a éstos entre sí.

4) Los poderes o entidades estatales en conflicto actuarán en el proceso a través de sus titulares. Tratándose de entidades de composición colegiada, la decisión requerirá contar con la aprobación del respectivo pleno.

conflicto

Derecho Procesal ConstitucionalProceso Competencial

Derecho Procesal ConstitucionalProceso competencial

Art. 110 CPConst. Si el conflicto versare sobre una competencia o atribución expresada en una norma con rango de ley, el TC declara que la vía adecuada es el PI

Presupuestos (STC 013-2003-

CC)

a) Sujetos involucrados cuenten con legitimidad para accionar.

b) Materia del conflicto tenga dimensión constitucional, en la medida que se traten de competencias o atribuciones derivadas de la C. o LO.

Derecho Procesal ConstitucionalProceso competencial

Competencia y acto estatal constitucional

Competencia personal

Competencia material

Competencia temporal

Competencia territorial

Competencia procesal

Derecho Procesal ConstitucionalProceso competencial

Notas condicionantes de la competencia del acto estatal

indelegabilidad

Taxatividad reglada o

discrecional

Razonabilidad

Proporcionalidad

Derecho Procesal ConstitucionalProceso competencial

El test de competencia

Órganos constitucionales

a) Competencias exclusivas : delegadas o excluyentes.

b) Competencias compartidas

c) Competencias delegadas

Derecho Procesal ConstitucionalProceso competencial

El principio de unidad : El Estado unitario y descentralizado regional

Principio de cooperación y

lealtad regional

Principio de taxatividad y cláusula

de residualidad

Principio de control y tutela

Derecho Procesal ConstitucionalProceso CompetencialAspectos procesales

Aplicamos en lo posible

reglas del PI

Se puede solicitar MC

de suspensión

Efecto de las sentencias

Derecho Procesal ConstitucionalProcesos constitucionales de la libertad

Finalidad Protección de los derechos fundamentales

Reponiendo las cosas al estado anterior a la violación o amenaza

Disponiendo el cumplimiento de un mandato legal o de un acto administrativo

Dato: C. 1993: La protección de derechos se realizaba a través del Hábeas Corpus (Art. 69)//C. 1979: La protección se realiza a través del HC y de la AA (Art. 295)

Derecho Procesal ConstitucionalProcesos constitucionales de la libertad

Procedencia

Respecto a cualquier persona, funcionario o autoridad (p.e. STC 1124-2001-AA/TC (Caso FETRATEL) – eficacia horizontal

a) Violaciónb) Amenaza de violaciónc) Acción d) Omisión (p.e. STC 5427-2009-PC/TC (Caso AIDESEP)

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia respecto a normas legales

Amparo c/. Normas LegalesAmparo c/. Normas Legales Art. 200.2 C.Art. 200.2 C.

Se invoque la amenaza o violación de actos que tienen sustento la aplicación de una norma incompatible con la C.

Art. 3 Art. 3 CPCo.CPCo.

No se puede interpone un PCA contra de una norma legal en

abstracto

PCA y control difusoSTC 1124-2001-AA

a) El objeto de impugnación sea un acto que constituya la aplicación de una norma considerada inconstitucional (Art. 3 – L23506 (d)

b) Norma a inaplicarse tenga incidencia directa con la resolución del caso,

c) Norma a inaplicarse sea abiertamente incompatible con la C.

Normas Normas autoaplicativasautoaplicativas

Normas Normas heteroaplicativasheteroaplicativas

Aplicabilidad incondicionada e

inmediata

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia respecto a normas legales

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia respecto a normas legales

Expediente N.º 0830-2000-AA/TC Y resoluciones recaídas en los Expedientes N.os 02308-2004-AA/TC, 05719-2005-PA/TC y 00935-2008-PA/TC,

Revisemos también…

NO PROCEDE EL AMPARO cuando se pretenda impugnar, en abstracto, la validez constitucional de las normas con rango de ley.

Tanto la CIDH como el TC han entendido que, tras el término “actos”, debe comprenderse a la ley y a toda norma con rango de ley. (Art. 25.1. CADH)

Derecho Procesal Constitucional

Procedencia respecto a normas legales

Amparo contra leyesAmparo contra actos

sustentados en la aplicación de una ley

Norma operativa, autoaplicativa o de eficacia inmediata.

a) Amenaza de violación, esta habrá de ser cierta y de inminente realización.

b) lesionen el contenido constitucionalmente protegido de un derecho fundamental.

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a resoluciones judiciales y arbitrales

Artículo 6.- No proceden las acciones de garantía:

2) Contra resolución judicial emanada de un procedimiento regular;(*)

(*) Inciso modificado por el Artículo 1 de la Ley Nº 27053, publicada el 19-01-1999,:

"2) Contra resolución judicial o "2) Contra resolución judicial o arbitralarbitral emanadas de proceso regularemanadas de proceso regular."."

L.23506 – Ley de Hábeas Corpus y

Amparo08/12/82

Código Procesal Constitucional (01/12/2004)

Artículo 4.- El amparo procede respecto de resoluciones judiciales firmes dictadas con manifiesto agravio a la tutela procesal efectiva, que comprende el acceso a la justicia y el debido proceso

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a resoluciones judiciales

Amparo c/. Resoluciones Amparo c/. Resoluciones JudicialesJudiciales

Art. 200.2 C.Art. 200.2 C.

Resoluciones judiciales firmes dictadas con manifiesto agravio a la tutela procesal efectiva que comprende el acceso a la justicia y el debido proceso.

Art. 4 Art. 4 CPCo.CPCo.

Self Restraint

Judicial Activism

Posibilidad de revisión vicios in iudicando o vicios in procedendo

STC 189-1999-AA/TC (Caso Pesquera Rodga)

a) El proceso constitucional puede ser utilizado para revisar decisiones arbitrales.

b) Su utilización sólo es viable si:• Se vulnere un derecho procesal con rango constitucional.• Tutela de derechos constitucionales sustantivos cuando son

consecuencia de una vulneración paralela de derechos constitucionales de naturaleza procesal.

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a laudos arbitrales

STC 6167-2005-PHC/TC (Caso Cantuarias Salaverry)

a) El arbitraje forma parte del orden público constitucional.b) Plena vigencia del principio kompetenz – kompetenzc) El control judicial de las decisiones arbitrales es siempre a posteriori.d) El control constitucional se encuentra supeditado al agotamiento de

vías previas. (STC 1567-2006-PA/TC – Caso Compañía de Exploraciones Algamarca)

e) El control constitucional puede invocarse ante la violación de la tutela procesal efectiva o apartamiento de precedentes vinculantes

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a laudos arbitrales

STC 4972-2006-PA/TC (Caso Corporación Meier S.A.C. Y Persolar S.A.C.)

a) El control constitucional de las decisiones arbitrales sólo procede para proteger la tutela procesal efectiva.

b) Jurisdicción arbitral ha sido impuesta de manera compulsiva o arbitraria.

c) Las materias sobre las que versa tienen carácter indisponible.

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a laudos arbitrales

STC 04195-2006-AA/TC (Caso PROIME Contratistas Generales)

Fundamento 4:a)Amparo improcedente cuando se cuestionen actuaciones previas al laudo.b)Es necesario agotar la vía previa (anulación o apelación de acuerdo a la ALGA)c)No es posible cuestionar la interpretación de normas legales.d)La valoración y calificación de los hechos es competencia exclusiva de los árbitros.e)Quién alegue una violación constitucional debe probarla

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a laudos arbitrales

Consideración previa La demanda fue declarada liminarmente improcedente en primera y segunda instancia.

Temas abordados por el TCAlcances de la jurisdicción arbitral (Art. 139.1) C.

Modelo de control constitucional sobre la jurisdicción arbitral (carácter residual del amparo)

Supuestos de procedencia del amparo arbitral

Control difuso en la jurisdicción arbitral

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a laudos arbitrales – STC 0142-2011-

PA/TC

El recurso de anulación (D.leg. 1071) o el recurso de anulación o apelación (L. 26752) son vías procedimentales igualmente satisfactorias.No procede el amparo en los casos del inc. b) del Art. 63 (D.Leg. 1071)No procede el amparo para cuestionar la falta de convenio arbitralNo procede el amparo para cuestionar el carácter indisponible de las materias sometidas a arbitraje.

La interposición del amparo no suspende ni interrumpe los plazos para cuestionar en vía judicial el laudo arbitral

Contra lo resuelto por el PJ sólo procede el amparo c/. Resoluciones judiciales.

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a laudos arbitrales – STC 0142-2011-

PA/TC

Violación directa y frontal a los precedentes vinculantes del TC

En laudo se ha ejercido control difuso respecto a una norma declarada constitucional por el TC o el PJ.

Amparo es interpuesto por un 3ero que no forma parte del convenio arbitral y se sustente en la afectación de derechos constitucionales a consecuencia del laudo.

Requiere el agotamiento de la vía Requiere el agotamiento de la vía previaprevia

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a laudos arbitrales – STC 0142-2011-

PA/TC

Declarar la nulidad del laudo o parte de él, ordenándose la emisión de uno nuevo que reemplace al anterior o a la parte anulada, bajo los criterios y parámetros señalados en la sentencia.

El Juez o TC no pueden resolver el fondo de la controversia sometida a arbitraje.

Control Difuso en materia arbitral

Se rige por el Art. VI del TP del CPCo.

De la norma depende la validez

del laudo

No es posible conservar la

constitucionalidad

Existe perjuicio para las partes

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a laudos arbitrales – STC 0142-2011-

PA/TC

Amparo c/. Amparo

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a resoluciones judiciales

STC 200-2002-AA/TC

STC 04853-2004-PA/TC

STC 03908-2007-AA/TC

Requisitos de procedencia en la evolución jurisprudencial

STC 04650-2007-PA/TC

Amparo c/. Amparo

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a resoluciones judiciales

STC 200-2002-AA/TC

sólo ha de proceder contra sentencias constitucionales definitivas, siempre que aquellas no tengan carácter favorable a la parte actora, ya que de lo contrario se contravendría el principio de la inmutabilidad de la cosa juzgada

Principio de seguridad jurídica, Principio de inmutabilidad de las decisiones judicialesPrincipio de oportunidad y eficacia de la protección de los derechos. Posibilidad de recurrir a Tribunales Internacionales

Amparo c/. Amparo – STC 04853-2004-AA

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a resoluciones judiciales

El PCA es una “excepción dentro de la excepción”

Analicemos también la STC 03360-2011-AA/TC

Amparo c/. Amparo

Amparo c/. AmparoAmparo c/. Amparo

a) Vulneración constitucional evidente o manifiesta.

b) Habilitación sólo opera por una sola oportunidad.

c) Resulta pertinente tanto contra resoluciones estimatorias como desestimatorias.

d) Procede en defensa de la doctrina y jurisprudencia vinculante del TC,

e) Se habilita para terceros.f) No procede en contra de

decisiones del TC

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a resoluciones judiciales

Procede incluso cuando el proceso se torna inconstitucional en cualquiera de sus otras fases o etapas, como la de impugnación de sentencia (Cfr. RTC Nº 02205-2010-PA/TC, Fundamento 6; RTC Nº 04531-2009-PA/TC, Fundamento 4, entre otras); o la de ejecución de sentencia (Cfr. STC Nº 04063-2007-PA/TC, Fundamento 3; STC Nº 01797-2010-PA/TC, Fundamento 3; RTC Nº 03122-2010-PA/TC, Fundamento 4; RTC Nº 02668-2010-PA/TC, Fundamento 4, entre otras).

Amparo a favor del precedente vinculante – STC 04853-2004-AA/TC

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a resoluciones judiciales

Procedencia extraordinaria del RAC en contra de una sentencia ESTIMATORIA, en caso exista apartamiento de un precedente vinculante

Interpretación del Art. 18 CPC

Contra la resolución de segundo grado que declara infundada o improcedente la demanda,

Presupuestos para un precedente vinculante (STC 0024-2003-AI)

a. Existencia de interpretaciones contradictorias.

b. Interpretaciones erróneas del bloque de const.

c. Necesidad de llenar un vacío legislativo.d. Corroboración de normas que puedan

ser interpretadas de manera diversa.e. Necesidad de cambiar de un precedente

vinculante

Amparo a favor del precedente vinculante STC 03908-2007-AA/TC

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a resoluciones judiciales

Se deja sin efecto el precedente vinculante establecido por la STC 04853-2004-AA/TCLa vía idónea para cuestionar una sentencia estimatoria que se aparte de un precedente es el proceso de AMPARO c/. AMPARO

Los RAC’s resueltos tienen la calidad de cosa juzgada, pero los autos que concedieron los RAC’s deben ser revocados.

Cómputo del plazo Cómputo del plazo prescriptorioprescriptorio

Art. 5 inc. 10 CPCo.

a) 60 días hábiles.b) Cuando la resolución

queda firme y concluye 30 días hábiles después de la notificación de la R. que ordena el cumplimiento de lo decidido.

STC 5296-2007-PA/TCSTC 3164-2009-PA/TCSTC 2122-2008-PA/TCSTC 3833-2010-PA/TCSTC 3604-2010-PA/TCSTC 2596-2010-PA/TC

Amparo c/. Amparo (PLAZO – STC 00252-2009-PA/TC)

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a resoluciones judiciales

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia respecto a resoluciones judiciales

STC 2304-2012-AA/TC Amparo contra acción popular

STC 0073-2012-AA/TC Amparo contra habeas DATA

STC 3389-2012-AA/TC Amparo contra habeas CORPUS

Resulta pertinente tanto contra resoluciones judiciales desestimatonas como contra las estimatorias, sin perjuicio del RAC especial habilitado específicamente contra sentencias estimatorias recaídas en procesos constitucionales relacionados con el delito de tráfico ilícito de drogas y/o lavado de activos, en los que se haya producido vulneración del orden constitucional y en particular del artículo 8° de la Constitución (Cfr. sentencias emitidas en los Exp. N° 02663-2009- PHC/TC, fundamento 9 y N° 02748-2010-PHC/TC, fundamento 15);

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia de los procesos constitucionales de garantía

Hechos o el petitorio deben estar referidos al contenido constitucionalmente protegido del derecho invocado (Revisemos la STC 01417-2005-PA/TC – Caso ANICAMA HERNÁNDEZ)Existan vías procedimentales igualmente satisfactorias, salvo HÁBEAS CORPUS (Revisemos la STC 0261-2003-AA/TC – Caso CAPECO)

Se haya recurrido a otra vía en forma previa

No se hayan agotado las vías previas – (Revisemos Art. 46 CPConst.)

A la presentación de la demanda la vulneración o amenaza cesó o devino en irreparable.Exista cosa juzgada en otro proceso constitucional o litispendencia.

Se cuestionen resoluciones definitivas del CNM, siempre que haya debida motivación (STC 0485-2012—PA/TC)

Haya vencido el plazo para interponer la demanda, con excepción del HÁBEAS CORPUSY qué sucede con las decisiones emanadas del JNE? ( Revisemos la STC 0007-2007-PI/TC y STC 5854-2005-PA/TC – LIZANA PUELLES)

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia de Procesos Constitucionales de Garantía

STC 1417-2005-PA/TC (Caso Anicama Hernández )STC 0206-2005-PA/TC (Caso Baylón Flores)STC 0168-2005-PA/TC (Caso Villanueva Valverde)STC 2302-2003-AA./TC (Caso Inversiones Dreams)STC 2802-2005-PA/TC (Caso Benavides García)

Derecho Procesal ConstitucionalInstituciones Procesales a tomar en cuenta

Cosa JuzgadaRepresentación procesal del Estado y responsabilidad del

agresorAusencia de Etapa Probatoria

Excepciones y defensas previasMedios probatorios extemporáneos

Recursos impugnatorios

Derecho Procesal ConstitucionalProceso Cautelar Constitucional (Art. 15 CPConst.)

“Art. 31º.- A solicitud de parte y en cualquier momento, el Juez podrá disponer la suspensión del acto que dio lugar al reclamo, cuando por los fundamentos expuestos por el actor los considere procedentes.” (L.23506)

http://peru21.pe/noticia/698409/piden-detener-accion-algunos-jueces

Derecho Procesal ConstitucionalProceso Cautelar Constitucional (Art. 15 CPConst.)

Finalidad Suspender el acto violatorio en el procesos de amparo, habeas data y de cumplimiento

Apariencia del derecho

Peligro en la demora

Adecuación y razonabilidad

del pedido cautelar

Derecho Procesal ConstitucionalProceso Cautelar Constitucional (Art. 15 CPConst.)

Regla general Se dictan sin conocimiento de la contraparte y la apelación se concede sin efecto suspensivo

Excepción 1 Si se declara la inaplicación de una norma autoaplicativa la apelación es con efecto suspensivo

Excepción 2 Si se pretende dejar sin efectos actos administrativos locales o regionales:

1)Se corre traslado a la contraparte.2)Intervención del Ministerio Público.3)Trámite en cuaderno separado

Revisemos la STC 0023-2005-PI/TC (Caso Defensoría del Pueblo)

Derecho Procesal ConstitucionalProceso Cautelar Constitucional (Art. 15 CPConst.)

STC 0023-2005-PI/TC La tutela cautelar forma parte del contenido implícito del debido proceso

a)      Subprincipio de idoneidad o de adecuación: Dicho procedimiento especial resulta adecuado para conseguir un fin legítimo, la protección de la autonomía local y regional  b)      Subprincipio de necesidad: También lo es que constituye una legítima regulación en el derecho fundamental al libre acceso a la jurisdicción. c)      Subprincipio de proporcionalidad stricto sensu: Se trata de una opción legislativa adecuada para evitar la interposición de medidas cautelares que dificultan la labor de los gobiernos locales y regionales.

PL 4535/2010-PEPL 4535/2010-PEL. 29639L. 29639

Casos de Abuso

a) Importación de autos usados (TACNA)

b) Permisos de pesca (SECHURA)

c) Paralización del proyecto Majes – Siguas ( ESPINAR)

d) Terminal Norte del Puerto del Callao - DP World (LIMA)

Intentos de limitar la figura

http://www.justiciaviva.org.pe/notihome/notihome01.php?noti=456%3E

La medida cautelar se extingue de pleno derecho cuando la resolución que concluye el proceso ha adquirido la autoridad de cosa juzgada.

Derecho Procesal ConstitucionalProceso Cautelar Constitucional (Art. 15 CPConst.)

La sentencia que cause ejecutoria en los procesos constitucionales se actúa conforme a sus propios términos por el juez de la demanda (Tomar en cuenta también el Art. IV de la LOPJ)

Ejecución de sentencias constitucionales

Ejecución de sentencias que han sido impugnadas

La sentencia que ordena la realización de una prestación de dar, hacer o no hacer es de actuación inmediata.

Analicemos la STC 0607-2009-PA/TC (Caso Jhon Lojas)

Derecho Procesal ConstitucionalActuación inmediata de sentencias – (22-CPConst)

Derecho Procesal ConstitucionalActuación inmediata de sentencias – (22-CPConst) – Las

razones del TC…El TC considera que ante una sentencia de primera instancia estimatoria, el juez debe proceder de oficio a su ejecución inmediata

Se protege adecuadamente el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva del demandante, por dos órdenes de razones:

1)porque la sentencia de primer grado es ante todo una decisión obligatoria;2)porque esa decisión merece una ejecución acorde con el carácter perentorio y urgente que caracteriza al amparo.El efecto suspensivo de los recursos no forma parte del contenido constitucionalmente protegido del derecho a la pluralidad de instancias.

a) Sistema de valoración mixto con un margen de discrecionalidad.

b) El Juez competente es el que dictó la sentencia de 1era.

a) Se otorga a pedido de parte o de oficio.

a) Está legitimado el beneficiario o su representante.

b) Ejecución total o parcial

a) Respecto a sentencias apeladas por apelarse.

a) Mandato preciso

Características y requisitos

Derecho Procesal ConstitucionalActuación inmediata de sentencias – (22-CPConst)

Presupuestos Procesales

No irreversibilidad.

Proporcionalidad.

Contracautela

La resolución que ordena la actuación inmediata, así como aquella que la deniega, serán inimpugnables.

Qué diferencias existen entre la actuación inmediata de sentencia y el proceso cautelar?

Derecho Procesal ConstitucionalActuación inmediata de sentencias – (22-CPConst)

Derecho Procesal ConstitucionalProcedencia durante los regímenes de excepción

1) Si la demanda se refiere a derechos constitucionales que no han sido suspendidos;

2) Si tratándose de derechos suspendidos, las razones que sustentan el acto restrictivo del derecho no tienen relación directa con las causas o motivos que justificaron la declaración del régimen de excepción; o,

3) Si tratándose de derechos suspendidos, el acto restrictivo del derecho resulta manifiestamente innecesario o injustificado atendiendo a la conducta del agraviado o a la situación de hecho evaluada sumariamente por el juez.

Razonabilidad Proporcionalidad

Procedencia

a) Se afecta un derecho fundamental (implícito o no) distintos a la libertad así como el derecho de acceso a la información pública.

b) El hecho lesivo se produce en función de un acto comisivo u omisivo de cualquier persona, funcionario, autoridad.

c) No existan vías específicas igualmente satisfactoria para la defensa del derecho afectado (Proceso Subsidiario)

Competenciaa) Juez Civil o Mixto (1era y 2da

instancia)

b) TC (RAC)

Derecho Procesal ConstitucionalProceso constitucional de amparo

Legitimación para obrar activa

Persona afectada

Cualquier persona – Intereses difusos

Defensoría del Pueblo

Posibilidad de comparecer con representante

Procuración Oficiosa Superada la imposibilidad el afectado debe ratificar la demanda y la actividad procesal.

Derecho Procesal ConstitucionalProceso constitucional de amparo

Requisitos de la demanda – Artículo 42 CPConst.

1) Designación del juez ante quien se interpone la demanda.2) Identificación del demandante.3) Identificación del demandado4) La relación numerada de los hechos que hayan o estén produciendo la

agresión constitucional.5) Los derechos que se consideren violados o amenazados.6) El petitorio.7) La firma del demandante y del abogado.

Es procedente la acumulación subjetiva de

oficio

Posibilidad de solicitar intervención litisconsorcial

Es procedente la acumulación de procesos

ininmpugnables

Derecho Procesal ConstitucionalProceso constitucional de amparo

Plazo de interposición de la demanda

60 días hábiles

De producida la afectación, siempre que el afectado:a)Tuviese conocimiento.b)Se hubiese hallado en posibilidad de interponer la demanda.

Tomar en cuenta:

a)Actos que constituyen violación continuada.b)La amenaza no da inicio al cómputo del plazo.c)Tratándose de una omisión, el plazo no se computa mientras subsista.d)El plazo se empieza a computar una vez que se agote la vía previa, si procede.Revisar plazo en el caso de PCA c/. Resolución judicial.

Derecho Procesal ConstitucionalProceso constitucional de amparo

Excepciones al agotamiento de la vía previa

a) Una resolución que no es la última en la vía administrativa es ejecutada antes de vencerse el plazo para que quede consentida.

b) Por el agotamiento de la vía previa la violación puede convertirse en irreparable – URGENCIA.

c) La vía previa no se encuentra regulada.d) No se resuelva la vía previa en los plazos fijados para su

resolución.

Derecho Procesal ConstitucionalProceso constitucional de amparo

Derecho Procesal ConstitucionalProceso Constitucional de Amparo

Trámite

Competencia (PCA, PHD,

PC)

a) Juez Civil o Mixto.b) Juez del lugar donde se afectó el derecho, o donde tiene su domicilio el afectado.

NO SE ADMITE LA PRÓRROGA DE COMPETENCIA TERRITORIAL BAJO SANCIÓN DE NULIDAD DE TODO LO ACTUADO.

No procede la RECONVENCIÓN

No procede el ABANDONO

Derecho Procesal ConstitucionalProceso Constitucional de Amparo

Trámite

DDA Contestación

5d.

Traslado

2d.

Sentencia (Art. 55)

5d.

Auto de Saneamiento

1) Excepciones.

2) Defensas previas.

3) Pedidos de nulidad del auto admisorio.

Estado puede ser condenado al pago de COSTOS

Apelación de

sentencia

3d.

EA

3d.

SV

VC

5d.

RAC10d

Derecho Procesal ConstitucionalProceso Constitucional de Amparo

Ejecución de Sentencia (Art. 59 CPConst.)

Plazo

02 días.04 días.04 meses

Posibilidad de ordenar la apertura de PAD en contra del funcionario responsable y de su superior.

Derecho Procesal ConstitucionalProceso Constitucional de Amparo

Represión de actos homogéneos (Art. 60 CPConst)

STC 5287-2008-PA/TC (Caso Lovón – Ruiz Caro

a) Evitar el desarrollo de nuevos procesos.

b) Garantizar la obligatoriedad de las sentencias.

Elementos

subjetivos

objetivos

a) Persona afectada.

b) Fuente u origen del acto lesivo

Homogeneidad del acto lesivo

Novedad legislativa de la C. 93

Writ of mandamus del derecho anglosajón

L. 26301L. 26301

Código Procesal Constitucional

a)a) Constitucionalidad de los actos Constitucionalidad de los actos legislativoslegislativos

b)b) Legalidad de los actos Legalidad de los actos administrativos.administrativos.

Derecho Procesal ConstitucionalProceso Constitucional de Cumplimiento

Dar cumplimiento a una norma legal o ejecutar un acto administrativo firmePronunciarse expresamente cuando las normas legales ordenan emitir una resolución administrativa o dictar un reglamento

Derecho Procesal ConstitucionalProceso Constitucional de Cumplimiento

Legitimidad para obrar activa

Normas o reglamentos con rango de ley

Cualquier persona

Intereses difusos o colectivos

Cualquier persona o la Defensoría del Pueblo

Acto administrativo El interesado directo

Legitimidad para obrar pasiva

Funcionario o autoridad

Derecho Procesal ConstitucionalProceso Constitucional de Cumplimiento

Requisito especial de procedencia

Haber reclamado por documento de fecha cierta (10 d. Hábiles)

Revisemos la STC 0168-2005-PC/TC (Caso Villanueva Valverde)

Tomar en cuenta Art. 26 LPCA – D.S. 013-2008-JUS

2. El cumplimiento por la administración de una determinada actuación a la que se encuentre obligada por mandato de la ley o en virtud de acto administrativo firme

Derecho Procesal ConstitucionalProceso Constitucional de Cumplimiento

Improcedencia

a) Contra resoluciones dictadas por el PJ, TC y JNE.b) Contra el Congreso para que se apruebe una

ley.c) Para la protección de derechos que pueden ser

garantizados a través del PCA, PHD, PCH.d) Para impugnar la validez de un acto

administrativo.e) Cuando se pide el ejercicio de facultades

discrecionales.f) En los supuestos en que proceda el P.

Competencial.g) Cuando no se cumple con el requisito especial

de procedencia.h) Si la demanda se interpone fuera de plazo (60

días contados desde la recepción de la notificación notarial)

Derecho Procesal Constitucional

Novedad de la C. 1993

a) Manifestación de la tutela del derecho a la intimidad .

b) Defender el derecho al acceso a la información pública.

a) Derecho a solicitar información de las personas naturales y jurídicas a cualquier entidad pública, con excepción de informaciones relativas a la intimidad, seguridad nacional.

b) Derecho de las PN y PJ a que los servicios informáticos o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar.

c) Derecho al honor y la buena reputación, a la intimidad personal y familiar, así como a la voz e imagen propias.

d) Derecho de rectificación de forma gratuita, inmediata y proporcional en los medios de comunicación. (der. Mediante L.26470)

Derecho Procesal ConstitucionalProceso Constitucional de Hábeas Data

Casos iniciales a) Pedido del abogado Paz de la Barra para que un programa político del Canal 4 rectificase la información vertida.

b) Negativa de los diarios El Comercio, La República y Expreso de publicar una carta, en calidad de réplica del abogado Sanguinetti ( «permanente agente obstaculizador de la obra municipal»)

Procesos se desestiman…..

a)El juez penal no era el juez competente.b)No existía una ley de desarrollo de la garantía.

Derecho Procesal ConstitucionalDerecho Procesal ConstitucionalProceso Constitucional de Hábeas Data

Naturaleza Jurídica Garantía constitucional que protege el derecho a la «autodeterminación informativa»

a)Derecho al acceso a la información pública.b)Derecho a la libertad informática.

FuncionesFunciones

a) Acceder a la información.b) Actualizar o incorporar la

información.c) Rectificar la información.d) Excluir la información.

Derecho Procesal ConstitucionalDerecho Procesal ConstitucionalProceso Constitucional de Hábeas Data

Tipos de HD

Derecho Procesal ConstitucionalProceso Constitucional de Hábeas Data

Revisemos y analicemos la STC 06164-2007-HD/TC (Caso Colmenares Jiménez)

HD Puro

HD Impuro

Manipulación de datos personalísimos contenidos en bancos de datos

Recabar información pública negada por la administración. (HD de acceso a Información Pública)

Derecho Procesal ConstitucionalDerecho Procesal ConstitucionalProceso Constitucional de Hábeas Data

DS 043-2003-PCM (TUO de L. 27806)

DS 072-2003-PCM

a. Toda información que posea el Estado se presume pública. SALVO EXCEPCIONES – SEGURIDAD NACIONAL Y DEFENSA.

b. El Estado adopta medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública.

c. El Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad.

Cualquier persona está legitimada a solicitar la información pública

Las entidades privadas que prestan un servicio público están obligadas a informar sobre las características de los servicios públicos que presta, sus tarifas y sobre las funciones administrativas que ejerce.

Derecho Procesal ConstitucionalDerecho Procesal ConstitucionalProceso Constitucional de Hábeas Data

HD Puro

HD Cognición

HD Manipulador

a) Informativo – qué se guarda.b) Inquisitivo – quién lo guarda.c) Teleológico – para qué lo guarda.d) De ubicación – dónde lo guarda

a) Aditivo.b) Correctivo.c) Supresorio.d) Confidencial.e) Desvinculador.f) Cifrador.g) Cautelar.h) Garantista.i) Interpretativo.j) Indemnizatorio (No aplicable a

nuestro ordenamiento constitucional)

Derecho Procesal ConstitucionalDerecho Procesal ConstitucionalProceso Constitucional de Hábeas Data

Requisito de procedencia

Requerir con documento de fecha cierta con una antelación de 10 días hábiles si se trata de exigir información a la administración pública o 02 días en los casos de protección al derecho a la intimidad personal y familiar.

Salvo daño irreparable

Existe la Posibilidad de

MC?

a) De oficio o a pedido de parteb) En cualquier etapa del proceso y

antes de la sentencia.

a) Remisión de la información del demandante.

b) Solicitar informes sobre el soporte de datos.

03 d.

Derecho Procesal ConstitucionalDerecho Procesal ConstitucionalProceso Constitucional de Hábeas Data

Acumulación Objetiva originaria y accesoria.

Defensa cautiva facultativa

Libertad individual o derechos conexos –Art. 200.1

Objeto de Protección

Hecho u omisión que viole o amenace

Autoridad, funcionario o persona a) Libertad y seguridad

personal.b) Integridad Personal.c) Libertad de Tránsitod) Derecho a la vida.e) Derecho de residencia.f) Libertad de comunicación.g) Inviolabilidad de domicilioh) Debido proceso

Creada mediante R.

Leg. 21/10/1897

Derecho Procesal ConstitucionalDerecho Procesal ConstitucionalProceso Constitucional de Hábeas Corpus

Derecho Procesal ConstitucionalProceso de Hábeas Corpus

RequisitosRequisitos

a)a) Se demande la afectación de un Se demande la afectación de un derecho fundamental (Art. 25 derecho fundamental (Art. 25 CPConst. )CPConst. )

b)b) El acto lesivo se produce por acción u El acto lesivo se produce por acción u omisión de cualquier persona, omisión de cualquier persona, funcionario o autoridad.funcionario o autoridad.

c)c) Siempre que por esta vía se trata de Siempre que por esta vía se trata de evitar un daño irreparable (urgencia)evitar un daño irreparable (urgencia)

Derecho Procesal ConstitucionalProceso de Hábeas Corpus

CaracterísticasCaracterísticas

a)a) Interpretación acorde al principio Interpretación acorde al principio in in dubio pro libertatis.dubio pro libertatis.

b)b) Puede ser postulado dentro de un Puede ser postulado dentro de un proceso judicial irregular, tanto por proceso judicial irregular, tanto por vicios formales como sustantivos.vicios formales como sustantivos.

c)c) Se expresa en la presunción de Se expresa en la presunción de inocenciainocencia

d)d) No hay etapa probatoria pero el juez No hay etapa probatoria pero el juez puede promover la actividad puede promover la actividad probatoria que estime por probatoria que estime por conveniente.conveniente.

e)e) No reemplaza a otros medios de No reemplaza a otros medios de defensa judicial ordinaria.defensa judicial ordinaria.

f)f) Es de carácter residual.Es de carácter residual.g)g) La validez de la orden judicial de La validez de la orden judicial de

libertada en mérito a un hábeas libertada en mérito a un hábeas corpus, tiene una vigencia temporal corpus, tiene una vigencia temporal transitoria.transitoria.

Derecho Procesal ConstitucionalTipos de Hábeas Corpus – STC 2663-2003-HC/TC (Caso

Aponte Chuquihuanca)

HC reparadorPrivación arbitraria o ilegal de la libertad física, por orden policial, mandato judicial civil o militar.

HC restringidoContinua y pertinaz limitación de la libertad personal.

HC correctivoActos lesivos a la integridad personal – física, sicológica o moral

HC preventivoAmenaza cierta y concreta de la libertad personal, libertad de tránsito o la integridad personal.

Derecho Procesal ConstitucionalTipos de Hábeas Corpus – STC 2663-2003-HC/TC (Caso

Aponte Chuquihuanca)

HC traslativoMora en el proceso judicial u otras graves violaciones al debido proceso y a la tutela procesal efectiva.

HC innovativo

A pesar de haber cesado o haberse convertido en irreparable la violación a la libertad individual.

HC instructivo

Persona detenida – desaparecida que es imposible de ubicar.

Derecho Procesal ConstitucionalHábeas Corpus en Estados de Excepción

Artículo Artículo 23 23

CPConstCPConstLos procesos constitucionales no se suspenden en estados de excepción

Principio de razonabilidad y

proporcionalidad

a) Si la demanda se refiere a derechos constitucionales no suspendidos.

a) Si tratándose de derechos suspendidos, las razones que sustentan el acto lesivo no tienen relación directa con las causas o motivos que justificaron la declaración del régimen de excepción.

a) Si tratándose de derechos suspendidos, el acto restrictivo resulta manifiestamente innecesario o injustificado.

Derecho Procesal ConstitucionalHábeas Corpus c/. Resoluciones Judiciales

Hábeas Corpus y debido proceso

Derecho de Información Derecho de defensa

Derecho a un proceso público Derecho a la libertad probatoria

Derecho a declarar libremente Derecho a la certeza judicial

Derecho a la cosa juzgada

Derecho Procesal ConstitucionalHábeas Corpus - Aspectos Procesales

No proceden excepciones ni

defensas previas

Dda. Puede ser interpuesta por

cualquier persona sin rep.

Dda. Puede ser verbal o escrita,

en forma directa o no

Juez Penal competente

No cabe recusación, ni excusas, ni abstenciones

No interviene el MP

Se pueden presentar

documentos en cualquier etapa

Actuaciones son improrrogables

Actuaciones son improrrogables

Plazo de apelación 2d.