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DIÓCESIS DE TILARÁN- LIBERIA CENTRO EDUCATIVO SAN DANIEL COMBONI TILARÁN, GUACASTE. Teléfono 2695-6466 / FAX 2695-6466 NORMATIVA INTERNA Curso Lectivo 2019 Rige desde Febrero hasta Diciembre COMUNIDAD EDUCATIVA 2019

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DIÓCESIS DE TILARÁN- LIBERIA

CENTRO EDUCATIVO SAN DANIEL COMBONI

TILARÁN, GUACASTE.

Teléfono 2695-6466 / FAX 2695-6466

NORMATIVA INTERNA

Curso Lectivo 2019

Rige desde Febrero hasta Diciembre

COMUNIDAD EDUCATIVA

2019

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Centro Educativo San Daniel Comboni

Curso Lectivo 2018

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Tabla de contenido

DISPOSICIONES GENERALES .................................................................................................................. 5

I. NORMATIVA INTERNA DEL CENTRO EDUCATIVO SAN DANIEL COMBONI .............................................. 6

INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................................. 6

CAPÍTULO I ..................................................................................................................................................... 7

DE LOS PRINCIPIOS Y OBJETIVOS DEL SISTEMA EDUCATIVO ..................................................... 7

Artículo 1.- PRINCIPIOS DEL SISTEMA EDUCATIVO APLICADO AL CENTRO EDUCATIVO. . 7

HUMANISTA ................................................................................................................................................ 7

RACIONAL ................................................................................................................................................... 7

CRISTIANA ................................................................................................................................................... 7

CAPÍTULO 2 .................................................................................................................................................... 8

DE LOS ESTUDIANTES ............................................................................................................................ 8

Artículo 2: REQUISITOS DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA DE LOS ALUMNOS .......................... 8

1. Alumnos de primer ingreso: ............................................................................................................... 8

2. Alumnos activos: ................................................................................................................................. 8

3. Compromisos adquiridos al momento de la matrícula: ................................................................. 9

Artículo 3: EN CUANTO AL USO DEL UNIFORME Y LA PRESENTACIÓN PERSONAL, LOS

ESTUDIANTES DEBERÁN CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES DISPOSICIONES: ....................... 9

Artículo 4: DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES ............................. 11

1. Formación religiosa ........................................................................................................................... 11

2. Aspecto Académico .......................................................................................................................... 12

3- Asistencia y puntualidad .................................................................................................................. 13

5- Comportamiento ................................................................................................................................ 14

5- Uso del “Planificador Institucional” ................................................................................................. 16

Artículo 5: DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. ............................................................... 16

Artículo 6: DE LOS DEBERES DE LA MADRE, PADRE O ENCARGADO. .................................... 17

Aspecto económico ............................................................................................................................... 17

II. REGLAMENTO DE LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES ....................................................................... 20

CAPITULO 3 .................................................................................................................................................. 20

Artículo 7: DISPOSICIONES DE EVALUACIÓN. ................................................................................. 20

Artículo 8: DE LOS COMPONENTES DE LA CALIFICACIÓN. ......................................................... 22

Artículo 9: DE LA DEFINICIÓN DE TRABAJO COTIDIANO. ............................................................. 22

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Artículo 10: RESPECTO A LAS ASIGNACIONES ACADEMICAS. .................................................. 23

Artículo 11: RESPECTO A LAS PRUEBAS CORTAS ........................................................................ 24

Artículo 12. EN RELACIÓN A LA ASISTENCIA .................................................................................. 24

Artículo 13: REPECTO DE LOS MODELOS DE EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS. ............ 25

Artículo 14: RESPECTO DE LOS MODELOS DE EVALUACIÓN Y VALOR PORCENTUAL DE

CADA UNO DE LOS COMPONENTES DE LA CALIFICACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. ......... 26

Se promulgan las siguientes disposiciones adicionales: ..................................................................... 26

Artículo 15: RESPECTO A LAS PRUEBAS. ......................................................................................... 35

Artículo 16. DEL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE ACCIONES CORRECTIVAS.37

Artículo 17: RESPECTO AL PROMEDIO ANUAL MÍNIMO PARA LA APROBACIÓN DE CADA

ASIGNATURA: ........................................................................................................................................... 39

Artículo 18: CON RESPECTO A LAS CONDICIONES DE APROBACIÓN DEL AÑO ESCOLAR

...................................................................................................................................................................... 39

Artículo 19: RESPECTO DE LAS CONDICIONES QUE IMPLICAN LA REPROBACIÓN DEL

ESTUDIANTE. ........................................................................................................................................... 40

Artículo 20: DE LOS OBJETIVOS Y CONTENIDOS DE LAS PRUEBAS DE AMPLIACIÓN. ...... 40

Artículo 21: RESPECTO DE LAS CONDICIONES PARA APROBAR EN LAS

CONVOCATORIAS DE APLAZADOS ................................................................................................... 40

Artículo 22: RESPECTO DE LA ENTREGA DE LOS RESULTADOS DE LOS EXÁMENES DE

LAS CONVOCATORIAS DE APLAZADOS: ......................................................................................... 41

Artículo 23: EVALUACIÓN DE LA CONDUCTA. DE LA VALORACIÓN DE LAS FALTAS EN LA

NOTA DE CONDUCTA. ........................................................................................................................... 41

Artículo 24: DE LAS FALTAS MUY LEVES. ......................................................................................... 42

Artículo 25: DE LAS FALTAS LEVES. ................................................................................................... 43

Artículo 26: DE LAS FALTAS GRAVES. ............................................................................................... 44

Artículo 27: DE LAS FALTAS MUY GRAVES. ..................................................................................... 45

Se consideran los siguientes incumplimientos a sus deberes: .......................................................... 45

Artículo 28: DE LAS FALTAS GRAVÍSIMAS. ....................................................................................... 46

Artículo 29: DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS ............................................................................... 48

Artículo 30: DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS POR COMISIÓN DE FALTAS GRAVES ....... 48

Artículo 31: DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS POR LA COMISIÓN DE FALTAS MUY

GRAVES ..................................................................................................................................................... 48

Artículo 32: DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS POR LA COMISIÓN DE FALTAS

GRAVÍSIMAS ............................................................................................................................................. 49

Artículo 33: DEL DEBIDO PROCESO. .................................................................................................. 49

Artículo 34: DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS .................................. 51

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Artículo 35: RESPECTO DE LA NOTA DE CONDUCTA MÍNIMA PARA LA PROMOCIÓN. ....... 51

Artículo 36: RESPECTO DE LA CONDICIÓN DEL ESTUDIANTE, APLAZADO EN CONDUCTA: 51

Artículo 37: RESPECTO DE LOS REQUISITOS DE APROBACIÓN PARA UNA O UN

ESTUDIANTE APLAZADA O APLAZADO EN CONDUCTA: ............................................................. 51

Artículo 38: SE PROMULGAN LAS SIGUIENTES DISPOSICIONES ADICIONALES: ............... 51

CAPÍTULO 4 .................................................................................................................................................. 52

DE LA PARTICIPACION DE OTROS ÓRGANOS EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN .............. 52

DE LOS APRENDIZAJES ........................................................................................................................... 52

Artículo 39: DE LOS DEBERES DEL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN EN MATERIA DE

EVALUACIÓN: ........................................................................................................................................... 52

Artículo 40: DE LOS DEBERES DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES. ... 52

Artículo 41.- DE LA INTEGRACIÓN DEL COMITÈ DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES

EN LA INSTITUCION ................................................................................................................................ 53

Artículo 42.- DE LOS REQUISITOS PARA SER MIEMBRO DEL COMITÈ DE EVALUACIÓN DE

LOS APRENDIZAJES............................................................................................................................... 54

Artículo 43.- DE LA OBLIGACIÓN Y LA RENUMERACION ADICIONAL POR DESEMPEÑAR

CARGOS EN EL COMITÈ DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES. ...................................... 54

CAPÍTULO 5 .................................................................................................................................................. 54

DEL PERSONAL DOCENTE .................................................................................................................. 54

Artículo 44: EN EL CONTEXTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE MEDIACIÓN PEDAGÓGICA

QUE OFRECE EL CENTRO EDUCATIVO SAN DANIEL COMBONI, SE TOMAN LOS

SIGUIENTES PRECEPTOS BÁSICOS PARA EL DOCENTE: ........................................................ 54

Artículo 45.- PRESENTACIÓN PERSONAL DEL DOCENTE Y OTROS PROFESIONALES. ..... 58

Artículo 46.- ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD DEL DOCENTE Y OTROS PROFESIONALES. .. 59

Artículo 47.- CONTRATO DE TRABAJO Y SALARIOS PARA DOCENTES ................................... 60

Artículo 48.- EVALUACIÓN DEL DOCENTE ........................................................................................ 60

Artículo 49: EL PERSONAL ADMINISTRATIVO TIENE LOS SIGUIENTES DEBERES: ............. 61

CAPITULO 6 .................................................................................................................................................. 61

DISPOSICIONES FINALES ........................................................................................................................ 61

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DISPOSICIONES GENERALES

La presente normativa tiene por objeto establecer la regulación necesaria del proceso educativo de

la Educación General Básica y Educación Diversificada, para el Centro Educativo San Daniel

Comboni de Tilarán.

El puntual cumplimiento del documento, en su totalidad, es de carácter obligatorio para todos los

miembros de la Comunidad Educativa.

Para la confección de esta Normativa Interna se tomó en cuenta los principios fundamentales

establecidos en La Constitución Política de Costa Rica, La Ley Fundamental de Educación y el

Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes del Ministerio de Educación Pública, así como las

necesidades propias de la institución.

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I. NORMATIVA INTERNA DEL CENTRO EDUCATIVO SAN DANIEL COMBONI

REFERENTE A LA VIDA DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

INTRODUCCIÓN

El Centro Educativo San Daniel Comboni de Tilarán, es una entidad educativa privada católica, cuya

oferta abarca I, II, III y IV Ciclo de Educación.

El proceso educativo de todo niño y joven del Centro Educativo San Daniel Comboni de Tilarán, se

realiza en una Comunidad Educativa que ha asumido los valores de la espiritualidad de la juventud

de la Escuela Católica y se propone la educación integral de la persona, realizando una síntesis

entre fe, cultura, vida y ambiente.

Hacemos nuestro, como espiritualidad y como método, el estilo educativo de la Escuela Católica

según el Código de Derecho Canónico, Canon 803, 804: 1 y 808: 1, los que optan por una praxis

pedagógica, fundada en la razón, el amor y la religión, respetuosa de la autoridad del Obispo, que

procura crear un clima de familia, donde se conjugue la alegría y la responsabilidad, la disciplina y

la libertad, que lleve a los jóvenes, con la ayuda de la Comunidad Educativa a ser protagonistas de

su propia formación. Se valora a la familia como elemento solidario para la educación integral de

sus hijas e hijos. Esto será posible en la medida que los alumnos, apoyados por sus padres y

educadores hagan suyos los valores y actitudes que corresponden a la finalidad del sistema

educativo de la institución. Reflejando la idea de Monseñor Víctor Manuel Sanabria Martínez, que

al citar a los Papas Pío XI y Pío XII afirma: “El matrimonio fue instituido por Dios para dejar herederos

no tanto de vuestros bienes, cuanto de vuestra fe, religión y virtudes”; pues Dios constituyó a los

padres como los responsables primarios de la educación de sus hijos.

El Proyecto Educativo Institucional del Centro Educativo San Daniel Comboni, asume el marco

filosófico del Nuevo Milenio, establecido por el señor Obispo Diocesano de Tilarán y enriquecido

con los elementos acerca de la visión cristiana de las personas menores de edad.

Con el propósito de regular situaciones muy propias del Centro Educativo San Daniel Comboni –

Tilarán, con base en las consideraciones anteriores se promulga la presente la siguiente Normativa

Interna.

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CAPÍTULO I

DE LOS PRINCIPIOS Y OBJETIVOS DEL SISTEMA EDUCATIVO

Artículo 1.- PRINCIPIOS DEL SISTEMA EDUCATIVO APLICADO AL CENTRO EDUCATIVO.

El proceso educativo con enfoque integral se rige por los siguientes principios:

HUMANISTA

El Centro Educativo San Daniel Comboni de Tilarán opta por la plena realización de la persona

menor de edad, reconociéndola como sujeto con dignidad, llamada y llamado a procurar su

perfección mediante la asunción de valores cristianos.

La Escuela Católica en su proceso, recurre a las fuerzas espirituales de los jóvenes, a su capacidad

innata de trascendencia, por lo que intenta construir en la vida, a través de la vivencia de su fe, una

nación fundamentada en la reciprocidad, la solidaridad y en el respeto a la “otra” y el “otro”, porque

se tiene una justa relación consigo mismo, con las y los demás y con Dios.

RACIONAL

El Centro Educativo San Daniel Comboni de Tilarán, reconoce que la persona menor de edad es

creada a imagen y semejanza de Dios; dotada de capacidad racional, que le permite entrar en

interacción con cuanto la y lo rodea, imprimiéndole su sello de humanidad y originalidad. El elemento

razón, propio de la Escuela Católica, privilegia la persuasión antes que la imposición, el aviso

previsor antes que el castigo, la presencia educativa a tiempo antes que la sanción por falta. El

“amor” conforme se le expone en los Evangelios, da la clave de lo que es la base de toda relación

pedagógica; amarnos los unos a los otros, como Dios nos ama y desear a otros lo que deseamos

para nosotras y nosotros mismos.

CRISTIANA

El Centro Educativo San Daniel Comboni de Tilarán, fundamenta además su educación en la visión

cristiana del mundo, la historia de la y el joven, que se abre a una relación filial con Dios Padre y

con María nuestra Madre, que se concretiza en una relación fraterna de reciprocidad con las

hermanas y hermanos. Una educación liberadora, que colabore con los jóvenes, en la superación

de toda forma de discriminación y promueva la asimilación crítica del saber y la cultura. Una

educación abierta a los valores cristianos.

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La presente normativa, quiere ser un medio que propicie y fortalezca el ser y el quehacer de los

alumnos del Centro Educativo San Daniel Comboni, como lo recomienda la Iglesia Católica:

“Buenos cristianos y honrados ciudadanos”, capaces de asumir sus propias responsabilidades en

la sociedad y en la Iglesia del Nuevo Milenio.

CAPÍTULO 2

DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 2: REQUISITOS DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA DE LOS ALUMNOS

1. Alumnos de primer ingreso:

a. Realizar el proceso de matrícula.

b. El trámite de matrícula deberá ser realizada por el encargado o representante legal.

c. Para formalizar la matrícula deberá presentar los siguientes documentos:

Recibo de pre-matrícula y recibo de matrícula.

Constancia de nacimiento extendida por el Registro Civil (original).

Fotocopia de la cédula de identidad de menores.

Fotocopia de informe de notas del año anterior.

Fotocopia del título de sexto grado (alumnos de sétimo)

Una fotografía reciente tamaño pasaporte.

Fotocopia de las cédulas de identidad de padres o encargados.

Fotocopia de la póliza estudiantil del INS.

Recibo por cancelación del planificador.

d. Los alumnos extranjeros y/o nacionales que residieron fuera del país, deben presentar

documentos autenticados por el Consejo Superior de Educación y determinación del

MEP del nivel educativo por cursar.

2. Alumnos activos:

La matrícula del alumno regular de la institución, deberá ser realizada por el encargado o

representante legal.

Deberá presentar los siguientes documentos:

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Tarjeta de calificaciones del año anterior.

Título de conclusión de Educación General Básica (para estudiantes de décimo nivel)

Recibo de Pre matrícula y recibo de matrícula.

Contrato de servicios educativos.

Póliza de seguro estudiantil vigente.

Recibo por cancelación del planificador.

1 Foto tamaño pasaporte reciente.

Estar al día con las obligaciones económicas (mensualidades, cuotas, libros y otros)

3. Compromisos adquiridos al momento de la matrícula:

a. Con la firma del Contrato de Servicios Educativos los estudiantes, sus padres o

encargados, dejan constancia por escrito de la aceptación de la Normativa Interna del

Centro Educativo y de las disposiciones que tome la Dirección, para las acciones de

Pastoral Educativa a lo largo de todo el curso lectivo.

b. Los estudiantes, sus padres o encargados, asumen al Centro Educativo San Daniel

Comboni como Centro Educativo Católico, con características y exigencias propias de la

misión Diocesana.

Artículo 3: EN CUANTO AL USO DEL UNIFORME Y LA PRESENTACIÓN PERSONAL, LOS

ESTUDIANTES DEBERÁN CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES DISPOSICIONES:

1- Presentarse a clase con el uniforme completo, limpio y ordenado, de acuerdo con las

disposiciones emanadas por la Dirección Administrativa.

2- Utilizar la camisa o blusa por dentro de la falda o pantalón.

A- El uniforme para varones: Camiseta blanca manga corta con raya gris en la manga y

cuello, escudo a la izquierda de la camisa en el pecho, pantalón gris con un ancho de

ruedo igual al ancho de la rodilla en corte recto (ver imagen), faja color negro, zapato de

cuero tipo escolar de cordón o mocasín o tenis color negro en su totalidad; otro tipo de

zapato requerirá una autorización especial; medias color gris (no calcetas). En caso

necesario se permitirá el uso de abrigo.

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B-

C- El uniforme para mujeres: Camiseta blanca manga corta con raya gris en la manga y

cuello, escudo a la izquierda de la camisa en el pecho, enagua gris tapando la rodilla,

con paletones desde la cintura sobrecosidos hasta la cadera, pueden usar pantalones

corte recto con la medida de la rodilla igual en el ruedo (ver imagen). Zapatos de cuero

negro tipo escolar de cordón o mocasín negro o tenis color negro en su totalidad, otro

tipo de zapato requerirá una autorización especial; medias blancas (no calcetas). En

caso necesario se permitirá el uso de abrigo.

D-

E- Para Educación Física, emplear tenis, medias blancas, pantaloneta azul y camiseta de

educación física correspondiente al uniforme oficial de la institución.

F- Para agricultura, emplear jeans (no rotos), la camiseta de Educación Física y zapatos

aptos.

G- Justificar por escrito a la hora de ingreso, en la Dirección y a los profesores toda situación

extraordinaria en relación con el uniforme y debidamente firmada por los padres o

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encargados. En el caso de Educación Física, también presentar responsablemente dicha

justificación al docente respectivo.

H- Ser ordenado en su presentación personal, responsable en el uso del uniforme usar

únicamente como accesorio un reloj o rosario. No se permiten uñas pintadas, maquillaje,

uso de cortes de cabello o peinados extravagantes “dreads” (trencitas), tintes (en colores

fantasía) como “rayos”, mechones o “puntas”. No se permite el uso de collares, anillos,

piercing ni pulseras de cualquier tipo. Las mujeres pueden utilizar aretes siempre y

cuando no sean más grandes que el lóbulo de la oreja (no se permiten argollas de ningún

tamaño).Para los varones el corte de cabello debe ser corto a la altura de la parte inferior

de la oreja. ( ver imagen)

I- Cuando el alumno se presente en la institución con ropa particular, deberá hacerlo con

el decoro propio de la ocasión, está prohibido el ingreso, con pantalones cortos,

sandalias de playa, camisetas o blusas sin mangas, blusas escotadas, minisetas, blusas

transparentes , de hombro o espalda descubierta, minifalda, falda o vestido corto (debe

ser holgada y tapando la rodilla). El estudiante que falte al cumplimiento de esta

disposición no podrá ingresar a la institución hasta corregir la falta.

Artículo 4: DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES

1. Formación religiosa

a. Participar en forma activa, alegre, serena y respetuosa en los sacramentos de la

Reconciliación y Sagrada Eucaristía.

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b. Iluminar, desarrollar y fortalecer su fe católica en el aprovechamiento de la clase de

Educación Religiosa como parte del currículum de estudios, dándole toda la importancia

y el valor que merece.

c. Iniciar y concluir la jornada de estudio y de trabajo con una oración en común, expresión

de sentido eclesial y ser puntual, con una actitud de escucha y respeto.

d. Participar en las jornadas de reflexión, espiritualidad y otras actividades de formación

religiosa programadas por la institución.

e. Cultivar la devoción a María Santísima y San Daniel Comboni, como nota distintiva de

su pertenencia a una familia religiosa, imitándoles en sus virtudes, en su actitud de

servicio y solidaridad con los hermanos.

f. Ingresar a la Capilla con una actitud de respeto, silencio y oración, signo de

reconocimiento a Dios Amigo presente en ella.

g. En el caso de estudiantes que no profesen la religión católica, estos deberán respetar de

hecho y de palabra nuestra filosofía y práctica religiosa, asistiendo y cumpliendo con

todos los deberes de la clase de educación religiosa y demás actividades afines.

h. El rechazo manifiesto y reiterado a los valores educativos cristianos y actividades

religiosas, es contrario a la finalidad del Sistema Educativo. Ello será indicio seguro de

haberse equivocado en la selección del Centro Educativo, se hará preciso y urgente una

rectificación o traslado.

2. Aspecto Académico

Como sujeto activo de su propia formación, el alumno deberá:

a. Atender con compromiso, responsabilidad, seriedad y esfuerzo su proceso de aprendizaje.

b. Los alumnos acatarán las disposiciones del Comité de Evaluación fundamentadas en la

Normativa Interna de la Institución, concernientes a la administración de pruebas, eximidos

y evaluación académica en general.

c. Justificar toda ausencia o llegada tardía con una nota escrita en el planificador por los padres

de familia o encargados, dirigida al docente pertinente y a la secretaría en un plazo de tres

días hábiles siguientes a su regreso al Centro Educativo. Transcurrido ese plazo será

considerada como ausencia injustificada y el alumno perderá todo derecho.

d. Realizar sus trabajos a tiempo.

e. En caso de ausencia o llegada tardía a exámenes escritos, orales o de ejecución, trabajos

extra clase, o proyectos se aceptará únicamente el dictamen médico extendido por la

C.C.S.S, el INSo o el Centro Hospitalización Privada. En casos muy especiales, se justificará

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con comprobante médico a criterio de la Dirección Académica o en defecto al Director

Administrativo. El encargado debe presentar el comprobante al Director (a) Académico (a) y

ésta pasará autorización al docente respectivo.

Se entiende por justificación válida:

• Enfermedad o accidente.

• Enfermedad grave de sus padres o hermanos.

• Muerte de algún familiar, hasta segundo grado de consanguinidad.

En caso de cita médica en el sector privado u otra justificación válida (dictamen) queda a criterio de

la Dirección Académica su justificación.

Ante actividades extra curriculares (paseos, reuniones u otros) no se reprogramarán exámenes ni

otros instrumentos de evaluación tales como: trabajos extra clase, proyectos, observaciones de

trabajo cotidiano u otros, salvo que la actividad sea catalogada de importancia, cultural, religiosa,

familiar o formativa, a criterio de la dirección académica.

f. El período de exámenes se establece de acuerdo con el Calendario Escolar de la Institución,

salvo que por situaciones de fuerza mayor la institución deba variar fecha.

g. Cumplir sus deberes escolares con esmero y responsabilidad, asimismo entregar los

trabajos puntualmente de acuerdo con lo que al respecto establezca el profesor (a) de la

asignatura y la Normativa Interna.

h. Dar importancia a todas las asignaturas establecidas en el horario escolar y procurar a través

de ellas una formación integral y no solo intelectual (calificaciones) como valor único y

exclusivo.

i. Favorecer un ambiente de estudio, silencio, respeto y amistad dentro de la clase y entre los

demás grupos del Centro Educativo.

j. Portar la cédula de identidad de menores.

k. Participar en la organización de la Comunidad Estudiantil del Centro Educativo, asumiendo

los derechos y deberes que para esto le confiere la Normativa Interna.

l. Entregar a su padre, madre o encargado (a), las circulares, avisos y comunicaciones que se

envíen y traerlos firmados, así como el planificador.

3- Asistencia y puntualidad

En cuanto a la asistencia es deber de los alumnos:

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a. Asistir regularmente a clases y a todas las actividades curriculares y extracurriculares (actos

cívicos, convivios, deportivas, religiosas y otras) programadas por la Institución durante el

año escolar.

b. Cumplir estricta y puntualmente con el calendario, los horarios y las instrucciones que rigen

para el desarrollo de las actividades institucionales.

c. Salir de clase únicamente con la autorización del profesor (a).

d. Salir de la Institución únicamente con la autorización escrita y firmada por el padre, madre

de familia o encargado legal, la cual debe ser firmada por la Dirección Administrativa o

funcionario autorizado por esta Dirección.

En cuanto a la puntualidad es deber de la alumna o alumno:

a. Ser puntual en el ingreso al Centro Educativo (6:50 a.m. antes del toque de entrada de 7:00

a.m.)

b. Ingresar con puntualidad al cambio de clase y al toque del timbre al finalizar los recreos.

c. Será considerada como ausencia injustificada, la llegada tardía al aula o al Centro Educativo

de la alumna o alumno que ingrese habiendo transcurrido diez minutos o más después de

las 7:00 am o del cambio de clase y de cada recreo.

5- Comportamiento

El derecho y el deber de ser alumno (a) del Centro Educativo San Daniel Comboni, supone un

comportamiento correcto, adecuado a situaciones, lugares y momentos concretos ya sea dentro o

fuera de la Institución. Con su comportamiento positivo y dedicación al estudio, el estudiante estará

en la mejor disposición de desarrollar las cualidades y dones que Dios le ha dado para prepararse

a cumplir dignamente su misión en la sociedad.

Es deber de todo alumno:

a. Conocer y asumir el Proyecto Educativo del Centro Educativo San Daniel Comboni y

comprometerse en ser protagonista de su propia formación, junto con los demás miembros

de la Comunidad Educativa.

b. Mostrar una conducta y comportamiento que lo dignifiquen como persona y que enaltezcan

el buen nombre tanto de la institución educativa a la que pertenece, como de la comunidad

en general.

c. Contribuir, con su conducta y su participación responsable, en la creación, el mantenimiento

y el fortalecimiento de un ambiente adecuado para el aprendizaje.

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d. Demostrar respeto al profesor, personal administrativo o invitados saludando y guardando

silencio para el inicio de la clase o bien para escuchar la información que brinden en ese

momento.

e. Practicar con esmero las normas de consideración y respeto en sus relaciones con sus

compañeros, profesores, personal, autoridades de la institución y, en general, con todas las

personas.

f. Respetar la integridad física, emocional y moral de sus compañeros, sus profesores y, en

general, de todos los funcionarios de la institución y la comunidad.

g. Colaborar con su atención y su trabajo a la labor del profesor (a), a la disciplina de la clase

y al aprovechamiento del grupo de compañeras (os).

h. Cuidar responsablemente el mobiliario, equipo y las instalaciones asignado en cada

situación: clase, recreo, oración, otros.

i. Respetar los bienes de sus profesores(as), compañeros(as) y de los funcionarios de la

institución.

j. Mantener limpio el patio, los corredores y las aulas, depositando la basura en los recipientes

respectivos.

k. Manifestar una actitud adecuada en el momento de la ingesta de alimentos, esperando en

orden el turno correspondiente y demostrando un trato respetuoso hacia las compañeras(os)

y personas que le atienden.

l. Expresarse con un vocabulario adecuado y respetuoso que revele una buena educación

recibida en el hogar y en la Institución.

m. Demostrar respeto y amor a la Patria participando activamente en los actos cívicos y desfiles

dentro y fuera de la institución, con el uniforme correspondiente.

n. Manifestar una actitud de silencio, compostura, participación, escucha y atención en todos

los momentos en que se reúna la comunidad estudiantil.

o. El niño o joven se hará responsable del daño que ocasionara en el edificio, muebles o

materiales escolares, por el uso indebido de los mismos, pagando los daños, restituyendo

el objeto dañado y/o colaborar con su trabajo.

p. Para ausentarse de la institución, el niño o joven deberá portar la solicitud firmada por el

Padre de familia en el planificador, y solicitar la debida autorización a la Dirección.

q. Respetar la directriz que prohíbe traer a la institución teléfono celular, videos juegos,

reproductor de audio digital, así como otros aparatos tecnológicos ajenos al proceso de

aprendizaje, que distraen la atención del estudiante o de los compañeros (as) sin l

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autorización de la dirección. De no acatar la esta directriz n este caso se abrirá un proceso

disciplinario.

r. Solo se permitirá el uso del teléfono a petición del docente debidamente planificado en su

clase, deberá justificar mediante un permiso del docente y autorizado por la administración.

s. Mostrar respeto a los compañeros (as) evitando las escenas amorosas, obscenas o

inmorales tanto dentro como fuera de la institución ( en actividades extracurriculares )

5- Uso del “Planificador Institucional”

a. Portar diariamente el Planificador de la institución correspondiente al año en curso,

debidamente identificado.

b. Uso adecuado y responsable del Planificador Institucional, cumpliendo con la entrega de las

comunicaciones a los padres de familia o encargados, lo cual se verifica con la firma de los

mismos.

c. Debe contener todas las justificaciones de las ausencias, llegadas tardías o en caso de retiro

del Centro Educativo, firmadas por la madre, padre de familia o encargado, así como por el

o la Docente de Grado, el o la Asistente de Dirección y las (os) respectivos docentes de las

materias impartidas el día de la ausencia.

d. El planificador será de uso obligatorio para los siguientes efectos:

• Convocar a cita a los padres de familia o encargados para que se presenten a la institución.

• Informar a los padres de familia o encargados sobre actitudes, acciones y en general,

conductas meritorias del estudiante.

• Informar a los padres de familia o encargados sobre conductas indebidas del estudiante.

• Cualquier otro asunto que los docentes o las autoridades institucionales estimen

convenientes.

Artículo 5: DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.

Se consideran derechos de los estudiantes los siguientes:

1. Recibir de los docentes, funcionarios y compañeros un trato basado en el respeto a su

integridad física, emocional y moral así como a su intimidad y a sus bienes.

2. Conocer la Normativa Interna vigente de la institución.

3. Ser sujeto partícipe del proceso de evaluación.

4. Recibir de los docentes una educación integrada con una evaluación programada y

congruente con la práctica de aula.

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5. Plantear por escrito en forma personal o con la intervención de sus padres o encargados y

conforme con las regulaciones vigentes, las objeciones que estime pertinentes respecto al

proceso de enseñanza y aprendizaje, en primera instancia ante el docente vinculado

directamente con el estudiante en un plazo no mayor a tres días hábiles.

6. Ser informado por parte del docente al inicio del curso o al inicio de cada período de los

criterios de calificación, los valores porcentuales de los componentes de la evaluación y los

procedimientos que se seguirán en materia de evaluación de los aprendizajes.

7. Recibir por escrito, los objetivos y contenidos que serán medidos en las pruebas, con siete

días naturales antes de su aplicación, sin que esto sea obstáculo para continuar con el

desarrollo normal del programa del curso correspondiente.

8. Que se le aplique las adecuaciones curriculares que en materia de evaluación requieran y

estar consignadas en el expediente acumulativo del proceso educativo del alumno con

necesidades educativas especiales.

9. En caso de que, las autoridades del Centro Educativo conozcan o sospechen que una alumna

está en estado de embarazo, sin que ella muestre aún signos externos o se percaten de ello

por manifestación oral o escrita de la alumna, sus padres o encargados; o se informen por

presentación de dictamen médico debidamente comprobado, La Dirección con la máxima

discreción y prudencia lo comunicará a su padre, madre, encargada o encargado; al Patronato

Nacional de la Infancia y a las autoridades judiciales correspondientes, para lo que en el

máximo derecho de protección a la infancia y adolescencia proceda.

En caso de lo expuesto, la estudiante tendrá derecho a ser ayudada para que continúe sus estudios

mediante adecuaciones horarias y curriculares de acceso, previa presentación de un dictamen

médico o cuando sea evidente su estado. (La práctica antes descrita, es saludable para proteger

los derechos de la niña o el niño por nacer y los de su madre).

Artículo 6: DE LOS DEBERES DE LA MADRE, PADRE O ENCARGADO.

Se entienden los siguientes:

Aspecto económico

a. Los alumnos deberán estar al día con las mensualidades de las cuotas del grupo (para

copias y material didáctico) establecida a inicio del curso lectivo al momento de realizar las

pruebas parciales, entrega de calificaciones y retiro de documentos de la Institución.

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b. Los padres de familia o encargados se comprometen a cancelar puntualmente las

mensuales establecidas por pre matrícula, matrícula y colegiatura. Esta debe ser cancelada

los primeros cinco días hábiles de cada mes. Cancelar posterior a esta fecha implica un

cobro de un 10% sobre lo adeudado.

c. El retraso injustificado de mensualidades, será motivo de suspensión indefinida del servicio

educativo, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Servicios Educativos firmado

por los padres.

d. El Centro Educativo San Daniel Comboni de Tilarán, no hará entrega del Certificado de

Conclusión de Estudios a los alumnos que al concluir el período lectivo NO hayan cancelado

la totalidad del servicio educativo prestado por la Institución, según el contrato firmado por

ambas partes. De igual forma procederá con aquellos estudiantes que se retiren en

cualquier período del año.

e. Está prohibido el “comercio” de cualquier tipo, dentro de las instalaciones y las áreas de

ingreso al Centro Educativo, excepto aquellas actividades debidamente autorizadas por la

Dirección Administrativa a efectos de beneficio institucional.

Al firmar el contrato educativo de nuestra Institución, la madre, padre de familia o encargado se

comprometen libremente a:

1. Acompañar a su hija o hijo al acto de matrícula y presentar los documentos completos

oficialmente establecidos.

2. Firmar el contrato en el acto de la matrícula.

3. Conocer la normativa vigente de la institución, disponible en los siguientes medios:

Facebook, WhatsApp, correo electrónico, impreso.

4. Aceptar la presente Normativa Institucional y comprometerse a ayudar a su hija o hijo a

cumplirlo.

5. Enviar a su hija o hijo puntualmente al Centro Educativo, con el uniforme completo, útiles

escolares y todo lo concerniente a una sana alimentación de los estudiantes (desayuno,

meriendas, almuerzo), de acuerdo con las disposiciones de la Dirección.

6. Asistir puntualmente a las citas o convocatorias que les formulen los docentes o las

autoridades del centro educativo.

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7. Colaborar activamente en las actividades que buscan el beneficio del Centro Educativo,

bingos, festivales deportivos, premios, domingo familiar y otras actividades programadas por

la Dirección Administrativa y la Asociación de Padres de Familia y Egresados de la

institución.

8. Participar en forma activa y responsable cuando se le solicite su colaboración dentro de:

Asociación de padres de familia, directiva central de padres de familia, y otros compromisos

afines.

9. Vigilar por el cabal cumplimiento de los deberes escolares del estudiante, en especial por

aquellos que deban ejecutarse en el hogar.

10. Cumplir con las indicaciones que expresamente le formulen los docentes y administrativos,

en aras de un mejor y mayor desarrollo de las potencialidades del estudiante o para superar

las deficiencias y limitaciones que se destaquen.

11. Formular, en primera instancia ante el docente, directamente vinculado con el estudiante,

las objeciones que estipule pertinentes a las calificaciones otorgadas a sus hijos.

12. Firmar debidamente los instrumentos de medición ya calificados.

13. Justificar ante el docente o la autoridad que el Director disponga, las ausencias o llegadas

tardías de los hijos a la institución, cuando esto corresponda y exista motivo real para ello.

Esta justificación deberá presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la

reincorporación del estudiante, luego de la ausencia o impuntualidad. Es responsabilidad del

padre, madre o encargado asegurarse por los medios necesarios que el estudiante se

actualice en los contenidos desarrollados durante su ausencia a lecciones, así como la

obtención de objetivos y contenidos para las pruebas de ser requerido.

14. Revisar diariamente el planificador y firmar los respectivos comunicados remitidos al hogar.

(Reportes del desempeño, boletas de reporte del estudiante, entre otros)

15. Utilizar para los fines pertinentes el Planificador.

16. Establecer una comunicación permanente con la Institución aprovechando los medios

ofrecidos a su disposición: circulares, reuniones, planificador, entrevistas personales,

instancias que funcionan en el Centro Educativo (Consejo Diocesano de Educación Católica,

Directiva de Asociación de Padres de Familia, directiva de grupo, otros), de tal manera que

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la falta de atención a 3 comunicados dará pie a que el Centro Educativo de aviso al PANI si

la omisión constituye algún indicio de negligencia o descuido que afecte al menor de edad.

17. Presentarse a la institución de forma decorosa, ya que al ingreso a la misma se prohíbe los

shorts, escotes pronunciados, mini faldas, otros.

18. Dejar el material, almuerzo o medicamento que sus hijos e hijas necesitan en la Dirección,

para que ahí se hagan cargo de la entrega, esto para no interrumpir el proceso de

aprendizaje de los estudiantes.

19. Cancelar puntualmente las cuotas mensuales establecidas por pre-matrícula, matrícula y

mensualidad. Esta última debe ser cancelada en los primeros cinco días calendario de cada

mes, según lo estipulado por la Dirección. Cancelar posterior a esa fecha implica un cobro

de un 10% sobre lo adeudado.

20. La reiterada trasgresión tácita o expresa de la presente Normativa Interna por parte de los

padres o encargados del estudiante, podrá ser empleada como evidencia por la Dirección

para negarse a renovar el Contrato de Servicios Educativos al año siguiente, o en caso

gravísimo de ruptura inmediata del mismo.

21. Promover los valores en sus hijos para contribuir con el sentido de pertenencia y sana

convivencia en la institución.

22. Cualquier otro deber propio de su condición de madre, padre de familia o encargado/a.

23. Para retirar a su hijo (a) de la institución debe presentarse en la oficina de la secretaría para

firmar el libro de permiso de salida. En caso de no ser el representante legal debe

presentarse una autorización firmada y adjuntar fotocopia del documento de identidad.

II. REGLAMENTO DE LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES

CAPITULO 3

Artículo 7: DISPOSICIONES DE EVALUACIÓN.

1. El Centro Educativo San Daniel Comboni no se acoge a lo indicado en la Circular Nº38155-

MEP; referente a la Evaluación de los Aprendizajes en I Ciclo de la Educación General Básica.

La evaluación de I Ciclo es numérica e integral.

2. No se permitirá la condición de adelantamiento de asignaturas, sí el estudiante reprueba una o

más asignaturas deberá repetir el nivel reprobado.

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3. No se aplicará la Estrategia de Promoción, por tanto el estudiante que luego de presentar en la

II Convocatoria de Ampliación su condición es reprobado y deberá repetir el nivel.

4. El centro educativo asume el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:

aprendizaje, enseñanza, evaluación (MCER, o CEFR en inglés) como referencia para

el proceso del aprendizaje del idioma inglés. El MCER sirve para medir el nivel de

comprensión, expresión oral y escrita en una determinada lengua. Nuestro perfil de

salida será B2 cumpliendo todo el proceso educativo desde primer grado hasta

undécimo (Inglés Intermedio Avanzado) según el estándar europeo señala.

Se impartirán 10 lecciones semanales de inglés Integrado, para I-II-III-IV ciclos y

DIVERSIFICADA. En el caso de décimo y undécimo año, habrá 3 lecciones por semana

que se dedicarán a la preparación PARA LAS PRUEBAS FARO DEL MEP.

5. Se imparten las tres ciencias: Biología, Física y Química a partir de III Ciclo, calificándose como

asignaturas individuales.

6. En la asignatura de español se aplicarán pruebas de redacción en II. Se integra a la

programación de las pruebas regulares.

7. Se aplicará la forma de ponderación para obtener la nota promedio anual de cada asignatura

tanto en la Educación General Básica como en la Educación Diversificad de la siguiente

manera: los primeros dos trimestres 30% y el tercer trimestre 40%.

8. Sólo se reprogramará una prueba si se determina por parte del Comité de Evaluación y la

Directora Académica que está técnicamente mal elaborada o si existe evidencia de fraude (la

prueba fue conocida antes de aplicada).

9. Tendrá derecho a eximirse de realizar la última prueba del III Período, aquel estudiante que

hubiese obtenido un promedio igual o superior a noventa en el primer y segundo período

respectivamente y que, además, hubiese obtenido calificaciones de noventa como mínimo,

en cada uno de los componentes de la evaluación durante el III período. Lo anterior aplica

en todas aquellas asignaturas impartidas en tres períodos y en las que se apliquen como

mínimo dos pruebas. La condición de eximido debe ser informada ocho días naturales antes

de la aplicación de la prueba. Además, en la prueba en que se exime, se le asigna la máxima

calificación (100).

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10. El Programa de la Unidad Técnica de Afectividad y Sexualidad Integral será impartida por la

Unidad de Bienestar Estudiantil, integrando las Guías de Amor y Sexualidad de la Iglesia

Católica, mediante evaluación formativa.

Artículo 8: DE LOS COMPONENTES DE LA CALIFICACIÓN.

La nota de los estudiantes en cada asignatura y para cada período, excepto en el caso de la

conducta, se obtendrá sumando la calificación de los siguientes componentes:

1. Trabajo cotidiano

2. Asignaciones Académicas (Tareas, trabajo extra clase y/o proyecto)

3. Pruebas

4. Pruebas cortas (optativo, con un valor máximo de 10% o 15%)

5. Asistencia

Artículo 9: DE LA DEFINICIÓN DE TRABAJO COTIDIANO.

1. Se entiende por trabajo cotidiano todas las actividades educativas que realiza el alumno

con la guía del docente. Este trabajo se observa en forma continua, durante el desarrollo

de las lecciones, como parte del proceso de aprendizaje y no como un producto. Para su

calificación se debe utilizar la información recopilada con las escalas de calificación y otros

instrumentos técnicamente elaborados.

2. Para calificar el trabajo cotidiano se utilizarán al menos tres criterios globales y tres criterios

objetivos.

a. Como criterios globales se pueden considerar:

• Aporta los materiales requeridos para el desarrollo del trabajo diario (libro, cuaderno,

calculadora, entre otros)

• Su comportamiento facilita el desarrollo de la lección.

• Sigue las instrucciones orales o escritas establecidas por el docente al realizar los trabajos

individuales o grupales.

• Presenta el trabajo solicitado en forma completa, en el tiempo establecido con la revisión

correspondiente y en orden, aseo, sin borrones ni tachones.

b. Como criterios objetivos, el docente deberá incluir al menos tres observaciones que midan

el nivel de logro del estudiante con base en los objetivos específicos.

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En la asignatura de español, en I y II ciclo, deben considerarse actividades de dictados, redacciones

y de caligrafía, deben considerarse actividades de lectura diaria asignadas del periódico o revistas.

3. Para la asignatura de inglés:

Se entiende por trabajo cotidiano todas las actividades educativas que realiza el

educando con la guía del docente. Como parte del proceso de aprendizaje Para su

calificación se debe utilizar instrumentos técnicamente elaborados y debe incluir los

siguientes criterios globales:

Participa en clase utilizando el idioma inglés.

Termina los trabajos en el tiempo establecido.

Permite el adecuado desarrollo de las actividades en clase.

Aporta los materiales necesarios para la realización de la clase.

Muestra dominio de los objetivos en estudio

Como criterios objetivos, el docente deberá incluir al menos tres observaciones que midan el

nivel de logro del estudiante con base en los objetivos específicos.

Artículo 10: RESPECTO A LAS ASIGNACIONES ACADEMICAS.

1. Para I, II, III Ciclo y la Educación Diversificada estos trabajos pueden ser tareas cortas,

proyectos o investigaciones que realizará el estudiante en forma individual o grupal, tanto

dentro como fuera del horario lectivo, según el nivel que curse y las habilidades personales

del estudiante.

2. Se solicitará al menos un trabajo por periodo con un porcentaje total según corresponda el

nivel que cursa y las asignaturas en las que es un componente a evaluar.

3. El desarrollo del trabajo puede ser individual o colectivo, adecuado al nivel de dificultad de

acuerdo al grado en que se encuentre matriculado el aprendiz, Determina la fecha que se

deben llevar a cabo y su respectivo cronograma indica tiempo de inicio y fin del mismo

(especificar en cronograma).

4. Para la evaluación tanto del proceso como del producto, se debe utilizar instrumentos

técnicamente elaborados, de acuerdo con el nivel de funcionamiento y la asignatura

correspondiente.

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a. Permite medir objetivos psicomotores, contenidos procedimentales o competencias

de diferentes niveles cognoscitivos y psicomotores.

b. Describe con claridad la actividad que debe llevar a cabo el estudiante, en la que se

evidencia el nivel de logro que se espera.

5. El trabajo no debe asignarse en periodo de vacaciones, ni períodos de pruebas

Artículo 11: RESPECTO A LAS PRUEBAS CORTAS

1. Se realizarán de manera opcional pruebas cortas con carácter sumativo para evaluar

contenidos.

2. Del porcentaje de pruebas que corresponde a la asignatura se podrá evaluar máximo 10%

repartido en pruebas corta, dicho porcentaje se tomará de las Pruebas. En el caso de inglés

para secundaria ya está determinado el valor porcentual en el rubro de evaluación trimestral.

3. Se le entregan los objetivos por escrito con al menos un día de antelación, con una duración

como máximo de 40 minutos tomando en cuenta el puntaje de acuerdo con el valor

porcentual. Sólo se podrá programar pruebas cortas fuera del período de pruebas

establecido.

Artículo 12. EN RELACIÓN A LA ASISTENCIA

1. De la Definición de la Asistencia y Puntualidad. La asistencia se define como la presencia del

estudiante en las lecciones y en todas aquellas otras actividades escolares a las que fuere

convocado. Las ausencias y las llegadas tardías podrán ser justificadas o injustificadas. Se entiende

por ausencia justificada aquella provocada por una razón de fuerza mayor ajena a la voluntad del

estudiante, que le impide presentarse a la institución o al lugar previamente definido por el docente

para cumplir con sus obligaciones habituales como estudiante.

Tales razones son:

a) Enfermedad, accidente u otra causa de fuerza mayor.

b) Enfermedad grave de cualquiera de sus padres o hermanos.

c) Muerte de algún familiar hasta el segundo grado de consanguinidad y hasta por una semana.

d) Cualquier otro motivo justificable a juicio del docente o, en caso de ausencia de éste, del

orientador respectivo.

2. De los criterios para la asignación del porcentaje correspondiente a la asistencia y puntualidad.

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La asignación del porcentaje que le corresponde a cada estudiante por concepto de asistencia y de

puntualidad, deberá ser consignada por el docente de cada asignatura. Para definir esta asignación,

el docente tomará como referencia el número total de lecciones impartidas en la respectiva

asignatura durante el correspondiente período, y el porcentaje de ausencias o de llegadas tardías

injustificadas del estudiante en ese mismo período, según la siguiente tabla:

Porcentaje de ausencias injustificadas del total

de las lecciones impartidas en el periodo

Asignación

%

0% ausencias 5

Del 1% al 12% 4

Del 13% al 25% 3

Del 26% al 38% 2

Del 39% al 50% 1

Del 51% o más 0

Las llegadas tardías injustificadas menores de diez minutos se computarán para estos efectos como

media ausencia injustificada. Las llegadas tardías injustificadas mayores de diez minutos se

considerarán para estos efectos como una ausencia injustificada. +

Artículo 13: REPECTO DE LOS MODELOS DE EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS.

Se debe seguir la guía de elaboración de proyectos y rubricas del centro educativo.

1. Se define como actividad relacionada con el proceso de enseñanza y aprendizaje donde el

estudiante demostrará sus habilidades, competencias y conocimientos adquiridos de carácter

constructivista.

2. El desarrollo del proyecto puede ser individual o colectivo, adecuado al nivel de dificultad de

acuerdo al ciclo o grado en que se encuentre matriculado el aprendiente. Se deben desarrollar

por etapas bajo la supervisión continua del docente.

a. Determina las etapas que se deben llevar a cabo y su respectivo cronograma.

3. Para la evaluación tanto del proceso como del producto, se debe utilizar instrumentos

técnicamente elaborados, de acuerdo con el nivel de funcionamiento y la asignatura

correspondiente.

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a. Permite medir objetivos psicomotores, contenidos procedimentales o

competencias de diferentes niveles cognoscitivos y psicomotores.

b. Describe con claridad la actividad que debe llevar a cabo el estudiante, en la que

se evidencia el nivel de logro que se espera.

4. El proyecto en su desarrollo y exposición no debe asignarse en periodo de vacaciones, ni

períodos de pruebas.

5. El docente deberá dar la asesoría específica, apoyo y seguimiento para una elaboración

correcta y aprendizaje adecuado y efectivo.

6. Para el Nivel de Undécimo grado, durante el III periodo no se evaluaran proyectos, en su lugar

se desarrollaran trabajos, excepto las materias complementarias que sí deberán desarrollarlos.

Artículo 14: RESPECTO DE LOS MODELOS DE EVALUACIÓN Y VALOR

PORCENTUAL DE CADA UNO DE LOS COMPONENTES DE LA CALIFICACIÓN

DE LOS ESTUDIANTES.

Se promulgan las siguientes disposiciones adicionales:

En la evaluación de los aprendizajes, el puntaje total se hará de acuerdo con lo señalado a

continuación.

La calificación de los aprendizajes del estudiante en cada asignatura, excepto conducta,

será el resultado de la suma de los siguientes valores porcentuales, estos rubros deben ser

comunicados a los padres de familia o encargados de los estudiantes durante la primer semana de

inicio en cada trimestre, también los instrumentos de evaluación que serán utilizados para el trabajo

cotidiano con su respectiva instrumentalización.

Primaria (I y II ciclo)

1. En el I Ciclo de la Educación General Básica. Primer Grado, las valoraciones serán de

carácter formativo, para generar que los estudiantes puedan adquirir diversas destrezas,

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habilidades, conocimientos y diversas competencias cognoscitivas de este proceso de

enseñanza aprendizaje necesarias según el plan de trabajo anual del Nivel. Para ello cada

asignatura, elaborara sus correspondientes instrumentos técnicos de valoración con el fin

de aumentar su conocimiento y habilidad en una disciplina o en un área del contenido

interdisciplinario. Por lo que las actividades de aprendizaje durante este primer año

del primer ciclo de la educación primaria es óptimo para lograr actividades relacionadas

con el proceso de enseñanza y aprendizaje donde el estudiante demostrará sus habilidades,

competencias y conocimientos adquiridos de carácter constructivista.

En Relación a los instrumentos de evaluación formativa, estos deben ser instrumentos de

mediación que permiten “clarificar lo que se espera del trabajo del alumno, de

valorar su ejecución y de facilitar la proporción de retroalimentación (Andrade, 2005;

Mertler, 2001) y para su construcción deberá respetar los lineamientos de la guia de

elaboración de rubricas de este centro educativo.

Los Rangos de valoración:

Necesita Mejorar.

Bueno.

Muy Bueno.

Excelente.

Cada uno de estos aspectos deberá ser bien descrito para que el estudiante y los

padres de família o encargados puedan valorar de manera clara, precisa y objetiva.

Componentes de la evaluación para I ciclo (PRIMERO) CRITERIOS

Trabajo Cotidiano 50

Asignaciones Académicas 45

Asistencia 5

TOTAL 100%

2. En el Segundo y Tercer grado del I Ciclo de la Educación General Básica, el valor porcentual

es el siguiente, en las asignaturas de

a. Matemática

b. Estudios Sociales,

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c. Ciencias

d. Español

Componentes de la evaluación para I ciclo (Segundo-Tercero) CRITERIOS 2º 3 º

Trabajo Cotidiano 50

Prueba (1) 20

Asignaciones Académicas 25

Asistencia 5

TOTAL 100%

3. En el II Ciclo de la Educación General Básica en las asignaturas de:

a. Matemática,

b. Estudios Sociales,

c. Ciencias

d. Español

Componentes de la evaluación para II ciclo (CUARTO-QUINTO-SEXTO) CRITERIOS 4º 5º 6º

Trabajo Cotidiano 40

Pruebas (Mínimo 2) 40

Asignaciones Académicas 15

Asistencia 5

TOTAL 100%

Complementarias:

1. En el I y II Ciclo de la Educación General Básica en las asignaturas de:

A. Educación Religiosa

B. Educación Musical

C. Educación Física

D. Informática

E. Educación Agrícola

F. Artes Plásticas

Componentes de la evaluación para I ciclo (PRIMERO-SEGUNDO-TERCERO) CRITERIOS 1º 2º 3º

Trabajo Cotidiano 50

Proyectos 45

Asistencia 5

TOTAL 100%

Secundaria (III CICLO Y DIVESIFICADA)

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En el III Ciclo (SÉTIMO-OCTAVO-NOVENO) de la Educación General Básica, para las asignaturas

de:

A. Matemática

B. Estudios Sociales

C. Química

D. Biología

E. Física

F. Español

SÉTIMO-OCTAVO-NOVENO

CRITERIO PORCETANJES

Trabajo cotidiano 40 %

Asignaciones Académicas 10 %

Pruebas (dos) 45 %

Asistencia 5 %

TOTAL 100%

G. Educación Ciudadana:

SÉTIMO-OCTAVO-NOVENO

CRITERIO PORCETANJES

Trabajo cotidiano 15 %

Asignaciones Académicas 10 %

Prueba 35 %

Proyecto 35%

Asistencia 5 %

TOTAL 100%

1. En la Educación Diversificada, para las asignaturas de:

A. Matemática

B. Estudios Sociales

C. Química

D. Biología

E. Física

F. Español

Décimo – Undécimo

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CRITERIO PORCETANJES

Trabajo cotidiano 35 %

Asignaciones Académicas 10 %

Pruebas (dos) 50 %

Asistencia 5 %

TOTAL 100%

G. Educación Ciudadana

Décimo – Undécimo

CRITERIO PORCETANJES

Trabajo cotidiano 15 %

Asignaciones Académicas 10 %

Prueba 35 %

Proyecto 35%

Asistencia 5 %

TOTAL 100%

COMPLEMENTARIAS

En el III Ciclo (SÉTIMO-OCTAVO-NOVENO) de la Educación General Básica, para las asignaturas

de:

Educación Religiosa

Técnicas de Investigación

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Educación Ambiental

Educación Agrícola

Educación Física

Educación Musical

Artes Plásticas

Francés

CRITERIO PORCENTAJES

Trabajo cotidiano 50%

Proyectos 45%

Asistencia 5%

TOTAL 100%

En la Educación Diversificada (DECIMO Y ÚNDECIMO), para las asignaturas de:

Educación Religiosa

Técnicas de investigación

Educación Ambiental

Educación Agrícola

Educación Física

Educación Musical

Artes Plásticas

Psicología

Filosofía

CRITERIO PORCENTAJES

Trabajo cotidiano 50%

Proyectos 45%

Asistencia 5%

TOTAL 100%

INGLÉS

Para la asignatura de inglés se promulgan las siguientes disposiciones:

Primaria

Componentes de la evaluación para I ciclo (Primero-Segundo-Tercero) CRITERIOS 1º 2º 3 º

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1º Prueba Integrada 15 15

1º Prueba Oral 10 10

2º Prueba Integrada 15 15

2º Prueba Oral 10 10

Trabajo Cotidiano 35 35

Tareas 10 10

Asistencia 5 5

TOTAL 100% 100%

Componentes de la evaluación para II ciclo (CUARTO-QUINTO-SEXTO) CRITERIOS 4º 5º 6º

1º Prueba Integrada 15

1º Prueba Oral 10

2º Prueba Integrada 20

2º Prueba Oral 10

Trabajo Cotidiano 30

Tarea 10

Asistencia 5

TOTAL 100%

Secundaria

Componentes de la evaluación para III ciclo (SETIMO-OCTAVO-NOVENO) CRITERIOS 7º 8º 9º

1º Prueba Integrada 25

1º Prueba Oral 10

2º Prueba Integrada 25

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2º Prueba Oral 10

Trabajo Cotidiano 20

Quiz 5

Asistencia 5

TOTAL 100%

Componentes de la evaluación para DIVERSIFICADA (DECIMO ) CRITERIOS 10º

1º Prueba Integrada 25

1º Prueba Oral 10

2º Prueba Integrada 30

2º Prueba Oral 10

Trabajo Cotidiano 15

Quiz 5

Asistencia 5

TOTAL 100%

Componentes de la evaluación para DIVERSIFICADA (ÚNDECIMO ) CRITERIOS 11º

1º Prueba Integrada 25

1º Prueba Oral 10

2º Prueba Integrada 30

2º Prueba Oral 10

Trabajo Cotidiano 15

Quiz 5

Asistencia 5

TOTAL 100%

Descripción de la Evaluación de inglés:

La Prueba integrada:

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La distribución de las fechas para la aplicación de las pruebas por periodo estará a cargo

del comité de evaluación de la institución y debe seguir los parámetros que este comité

designe.

Para los estudiantes de primer grado, al inicio del proceso académico no se incluirán ejercicios de lectura y escritura. El o la docente encargado valorará el momento oportuno en que se encuentren preparados los dicentes para iniciar la evaluación de lecto-escritura (notificando previamente al padre de familia o encargado). Para los estudiantes de primer grado el puntaje de la primera y segunda prueba integrada correspondiente al primer periodo será de 40 puntos.

La Prueba Oral: Esta prueba consiste en permitir a los estudiantes poner en práctica sus destrezas orales a través de diferentes estrategias pedagógicas al desarrollar temas referentes a las unidades en estudio (se utilizará una rúbrica que se adapte a la actividad ejecutada). NO es una prueba de lectura. En todos los ciclos la evaluación para la prueba oral en cada uno de los periodos del curso lectivo se realizará de acuerdo al temario en estudio. Será una actividad propuesta por el docente, la cual se planea, ejecuta y evalúa en horas lectivas. Las actividades mencionadas entre muchas podrán ser: entrevistas, diálogos espontáneos, escucha de diferentes temas y narraciones de los mismos, mesas redondas, cualquier otra actividad oral, que le permita al estudiante aplicar conocimientos adquiridos en esta área. Cada prueba oral debe ser calificada por los docentes de inglés con las rúbricas adecuadas para tal actividad y entregarlo 8 días hábiles después de su aplicación, las rubricas a utilizar deben cumplir con todos los parámetros técnicos de construcción que señale el comité de evaluación antes de su aplicación.

Trabajo Cotidiano: Se evalúa según lo descrito en artículo 9 del capítulo 3 de este reglamento

interno vigente.

Asistencia: Se evalúa de acuerdo a los lineamientos establecidos por el reglamento interno

vigente de la institución. (Ver artículo 12 del capítulo 3)

Preparación para pruebas del FARO en 10º y 11º. Para 10º año se utilizan tres lecciones por semana para desarrollar el temario del MEP, por lo que deberá estar planeado en el temario anual y mensual a la dirección académica. En la elaboración de la prueba integrada la parte de lectura, 5 puntos deberán ser usados para evaluar temas relacionados a FARO que este en desarrollo.

DISTRIBUCION DE LOS PUNTOS EN LA PRUEBA INTEGRADA DE INGLES

Escucha Lectura Gramática total I CICLO 10 10 20 40 II CICLO 15 15 20 50 III CICLO 15 15 25 55 DIVERSIFICADA 15 30 15 60

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La última prueba de inglés del II período y las dos pruebas integradas del III período en la destreza de lectura serán de acuerdo al temario para FARO del MEP en 10º año. En undécimo año en el I, II, y III período, 3 lecciones semanales para desarrollar el temario del MEP para FARO. En la prueba integrada, la destreza de lectura, se aplicará desde el primer periodo hasta el tercero, de acuerdo a los contenidos hasta la fecha vistos en clase para preparación de la prueba de FARO. QUICES:

Para secundaria se desarrollaran quices 5% para propiciar evaluaciones cortas que vayan

midiendo el progreso del idioma.

Prueba de aplazados en inglés:

La prueba de aplazados se constituye únicamente dos destrezas a evaluar (lectura – escritura),

con un puntaje mínimo de 50 puntos, tanto para la primera como para la segunda convocatoria.

En el caso de undécimo grado será de 70 puntos con todo el temario de bachillerato del Ministerio

de Educación Pública.

Artículo 15: RESPECTO A LAS PRUEBAS.

1. Se promulgan las siguientes disposiciones generales:

Se definen los siguientes términos, para mayor comprensión.

Día hábil: Día laborable (de lunes a viernes)

Día natural: Todos los 365 días.

a. Las pruebas pueden ser escritas, orales o de ejecución, son un instrumento de medición

cuyo propósito demuestra la adquisición de un aprendizaje cognoscitivo o motor, el dominio

de una destreza o el desarrollo progresivo de una habilidad.

b. La administración del Centro Educativo establecerá la calendarización de las pruebas

durante el curso lectivo. La Dirección Académica será el ente responsable de la

calendarización en cada periodo, así como de la administración institucional de las pruebas

en las fechas estipuladas en el Calendario Institucional.

c. Se deberá comunicar a los estudiantes y padres de familia la calendarización de pruebas

con un plazo no inferior a los siete días naturales.

d. En la prueba se evaluarán los contenidos y objetivos desarrollados en clase, hasta siete días

naturales previos a la fecha de su aplicación.

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e. El estudiante debe conservar durante el curso lectivo todos los instrumentos de evaluación.

f. El tiempo programado para que los estudiantes realicen la prueba es de ochenta minutos

máximo, a quienes se les aplica adecuación curricular y que así lo requieran se les brinda

cuarenta o sesenta minutos más. En las pruebas de aplazados el tiempo será de ciento

veinte minutos.

g. El estudiante no debe salir del aula antes de cumplido el tiempo estipulado para la resolución

de la prueba. El profesor recogerá la prueba a cada estudiante hasta que hayan concluido

la totalidad de estudiantes.

2. Procedimiento de las pruebas aplicables a los estudiantes con Necesidades Educativas

Especiales:

a. Las pruebas que se aplican a los estudiantes con adecuación curricular serán supervisadas

por algún miembro del Comité de Apoyo Educativo.

b. El docente responsable de la prueba evacuará las dudas a los estudiantes por un máximo

de 5 minutos en cada aula. En el caso de pruebas con adecuación curricular, las dudas

serán evacuadas durante el tiempo de examen. Al tiempo establecido para la prueba se

adicionarán cuarenta o sesenta minutos en caso de que el ritmo de respuesta del estudiante

así lo requiera.

c. Se podrán realizar dos pruebas en el mismo día, siempre que sea una asignatura académica

y la otra complementaria, o que el grado de dificultad así lo permita, a criterio de la Dirección

Académica.

d. En el caso de los alumnos con adecuaciones curriculares significativas, solo realizarán una

prueba por día.

3. En relación con el fraude o alteración del orden durante la aplicación de los exámenes:

a. Es obligación y responsabilidad de los docentes, mantener el orden y la disciplina de los

estudiantes antes y durante la aplicación de un examen. El estudiante que altere el orden

será tratado según indica la presente normativa.

b. Antes de iniciar un examen el docente de cuido debe tomar todas las medidas necesarias

para evitar situaciones de fraude o intento de tal. (Ordenar las mesas en filas espaciadas

unas de otro acorde al aula, solicitar a los estudiantes recoger, ubicar bolsos, cuaderno o

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libros, loncheras y otras pertenencias en un espacio determinado del aula, si es necesario

encender bombillos).

c. Cuando existe evidencia de una situación de fraude o intento del mismo, el docente de cuido

debe aplicar el siguiente procedimiento:

• Comunicar verbalmente al estudiante que ha incurrido en la falta, se le permite terminarla,

se decomisa el medio con que copia, y posterior a la finalización de la prueba se realiza el

acta respectiva.

• En caso de tratarse de una situación en la que no medie la prueba física o escrita, el docente

de cuido deberá precisar por escrito de manera objetiva y justificada sólidamente, en qué

consistió la falta.

• El docente de cuido en el término de tres días hábiles, siguientes a la comisión de la falta,

informará y entregará el acta respectiva al docente guía o al Orientador de la falta cometida,

para que se inicie el debido proceso. El profesor guía dentro de los ocho días hábiles

siguientes revisará el caso propuesto y se pronunciará, notificando por escrito a la madre,

padre de familia o encargados la resolución tomada, quienes pueden interponer los recursos

de revocatoria o apelación.

• En caso de que las pruebas aportadas por el docente de cuido demuestren fehacientemente

que un estudiante fue sorprendido, cometiendo fraude o intento del mismo en la resolución

de la prueba o en la realización de trabajos en beneficio suyo o de otros estudiantes, la

sanción será la pérdida del porcentaje correspondiente a la misma; implicará la calificación

mínima de la escala (1 punto) en la prueba o trabajo escolar y perderá el derecho a la

reposición de la misma o la aplicación del rebajo de puntos correspondientes a la falta

cometida y la acción correctiva.

Artículo 16. DEL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE ACCIONES CORRECTIVAS.

En todos los niveles, ramas y modalidades del sistema educativo formal, la aplicación de las

acciones correctivas señaladas en esta normativa por la comisión de faltas graves, muy graves y

gravísimas, serán establecidas, con respecto a las garantías propias del Debido Proceso, en la

siguiente forma:

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1- Un funcionario docente, técnico-docente, administrativo-docente, administrativo o miembro de

la directiva de nivel, notificará al profesor guía o al maestro a cargo la falta cometida por el

estudiante. En caso de ausencia del docente guía o maestro a cargo, la Dirección asignará a

n funcionario que lleve el debido proceso.

2- El profesor guía o maestro a cargo, según el caso, en conjunto con el orientador (si lo hubiere),

realizará la respectiva investigación, analizará, verificará si existen o no elementos para la

apertura del procedimiento e identificará la supuesta falta cometida y definirá las posibles

acciones correctivas, en un plazo no mayor de diez días hábiles.

3- En un plazo no mayor de tres días hábiles después de definidas las posibles acciones

correctivas a las que se refiere el inciso anterior, el profesor guía o maestro a cargo, según sea

el caso, comunicará por escrito al padre de familia o encargado, las faltas que se le imputan al

alumno y las posibles acciones correctivas y le informará, además, de su derecho de acceder

al expediente administrativo correspondiente y de la posibilidad de contar con asesoría

profesional de un abogado para ejercer la defensa del estudiante.

4- El estudiante, su padre de familia o encargado dispondrá de un término de tres días hábiles,

contados a partir de la comunicación que se señala en el inciso anterior, para ejercer su

derecho de presentar los argumentos de defensa que estime necesarios, realizar el descargo,

alegar lo pertinente y ofrecer las pruebas que juzgue oportunas.

5- Si en el término previsto en el inciso anterior, no se presentan pruebas de descargo, el profesor

guía o maestro, a cargo, o funcionario designado por la dirección procederá a establecer la

medida correctiva que corresponda.

6- Si hubiere descargo dentro del período señalado y éste, a juicio del profesor guía o maestro

encargado, estuviera fundamentado suficientemente, entonces procederá a desestimar o

modificar la medida correctiva.

7- La resolución final deberá ser notificada al padre de familia o encargado y copia de la misma

será enviada al expediente personal del estudiante. Se debe garantizar el derecho del

estudiante a obtener una resolución dentro de un plazo de ocho días hábiles contados a partir

del día en que vence el término para presentar el descargo.

8- Durante todo el proceso se debe respetar el derecho del estudiante a ser tratado como

inocente.

9- El estudiante tiene el derecho de recurrir la resolución final del caso, según lo dispuesto en el

Artículo 33 del presente reglamento.

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Artículo 17: RESPECTO AL PROMEDIO ANUAL MÍNIMO PARA LA APROBACIÓN DE CADA

ASIGNATURA:

1. El estudiante de I Ciclo y II Ciclo de la Educación General Básica que alcancen un promedio

anual igual o superior a setenta (70), tendrá condición de aprobado en la respectiva

asignatura. Quien no alcance el promedio anual señalado obtendrá la condición de aplazado.

2. El estudiante de III Ciclo de la Educación General Básica que alcancen un promedio anual

igual o superior a setenta (70), tendrá condición de aprobado en la respectiva asignatura. El

estudiante de Educación Diversificada que alcanzare, un promedio anual igual o superior a

setenta y cinco (75), tendrá la condición de aprobado en la respectiva asignatura. Quien no

alcance el promedio anual señalado obtendrá la condición de aplazado.

3. Para obtener la nota promedio anual de una asignatura, tanto de la Educación General

Básica como en la Educación Diversificada, se tomarán las notas correspondientes a los tres

periodos del año, en que se ponderarán de la siguiente forma: 30% del primer periodo, 30%

del segundo periodo y 40% la del tercer periodo.

Artículo 18: CON RESPECTO A LAS CONDICIONES DE APROBACIÓN DEL AÑO ESCOLAR

1. El estudiante de primaria o de secundaria que apruebe todas las asignaturas, tendrá derecho

a matricularse en el año escolar inmediato superior respectivo, o bien tendrá derecho a

ostentar la condición de egresado del respectivo nivel, según corresponda.

2. Los estudiantes de décimo nivel de la Educación Diversificada deberán cumplir con las 30

horas de Servicio Comunal Estudiantil, de acuerdo al reglamento que lo rige, con los

siguientes objetivos:

a. Fortalecer los valores cívicos del estudiante.

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b. Desarrollar los sentimientos de solidaridad y comprensión humana.

c. Establecer sentimientos de compromiso y desarrollar actitudes de cooperación para

con la comunidad.

d. Proyectar la institución en su entorno social y económico.

2.1. Es requisito para optar por el Título de Bachiller en Enseñanza Media, concluir el Servicio

Comunal Estudiantil.

2.2. Para estudiantes de nuevo ingreso y que hayan concluido el SCE, deberán traer certificación,

al matricular.

Artículo 19: RESPECTO DE LAS CONDICIONES QUE IMPLICAN LA REPROBACIÓN DEL

ESTUDIANTE.

1. El estudiante de primaria y de secundaria que fuere aplazado en más de 4 asignaturas,

tendrá la condición de reprobado, debiendo repetir el respectivo año escolar, no se permite

el adelantamiento de asignaturas. Para estos efectos, la conducta no se considera como una

asignatura sino una disciplina.

Artículo 20: DE LOS OBJETIVOS Y CONTENIDOS DE LAS PRUEBAS DE AMPLIACIÓN.

Los objetivos y contenidos de la prueba de ampliación serán seleccionados y definidos por el

respectivo docente entre aquellos establecidos en el programa de estudio vigente y tratados durante

el curso lectivo. El docente deberá comunicar por escrito estos objetivos y contenidos con al menos

siete días naturales de antelación a la aplicación de la prueba, a los estudiantes aplazados.

Artículo 21: RESPECTO DE LAS CONDICIONES PARA APROBAR EN LAS CONVOCATORIAS

DE APLAZADOS

1. Se tendrá por aprobado al estudiante de I Ciclo, II Ciclo y III Ciclo de la Educación General

Básica, que obtenga en la prueba de la o las asignaturas aplazadas, al menos la calificación

mínima de setenta (70). Los estudiantes que no alcanzaren la calificación mínima señalada

anteriormente en cada una de las asignaturas, así como aquellos, que no asistan a las

convocatorias sin causa justificada, se tendrán por reprobados.

2. Se tendrá por aprobado al estudiante de Educación Diversificada que en la prueba de la o

las asignaturas aplazadas, al menos haya obtenido la calificación mínima de setenta y cinco

(75). Los estudiantes que no alcanzaren la calificación mínima señalada anteriormente, así

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como aquellos que no asistan a las convocatorias sin causa justificada, se tendrán por

reprobados.

3. A los estudiantes que aprueben en las convocatorias de aplazados, según lo dispuesto en

el párrafo anterior, se les consignará en el acta correspondiente y en el “informe escolar” una

calificación de setenta (70), o de setenta y cinco (75) según corresponda a I Ciclo, II Ciclo y

III Ciclo de la Educación General Básica o a la Educación Diversificada.

4. Para I, II, III ciclo y décimo año, la primera convocatoria se realizará entre la última semana

de noviembre y la primera semana de diciembre. La segunda convocatoria se realizará entre

la tercera y cuarta semana de enero. Para undécimo año la primera convocatoria se realizará

entre la primera y segunda semana de octubre. La segunda convocatoria se realizará en la

primera semana de diciembre.

Artículo 22: RESPECTO DE LA ENTREGA DE LOS RESULTADOS DE LOS EXÁMENES DE LAS

CONVOCATORIAS DE APLAZADOS:

1. Después de finalizado el período de pruebas establecido por la Dirección, los educadores y

responsables de las mismas, deberán entregar a la Dirección del Centro Educativo las

pruebas respectivas debidamente calificadas y con el señalamiento de los errores cometidos

por el estudiante.

2. Los estudiantes, su madre, padre de familia o encargados tienen derecho, cuando así lo

soliciten, a revisar la prueba calificada en presencia del director (a) o del docente que este

designe. Igualmente tendrán derecho a tomar nota de las preguntas, respuestas y de existir

los medios en la Institución, podrán obtener fotocopia del documento.

Artículo 23: EVALUACIÓN DE LA CONDUCTA. DE LA VALORACIÓN DE LAS FALTAS EN LA

NOTA DE CONDUCTA.

La conducta como ejercicio del respeto mutuo, tolerancia entre los miembros del grupo escolar,

respeto a las normas y reglamentos, es materia de aprendizaje tanto como cualquier otra disciplina

y, en consecuencia, debe ser evaluada y calificada dentro de la totalidad del proceso educativo.

1. De las normas de conducta

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Se entiende por norma de conducta, la clarificación de los límites que regulen al conjunto de

relaciones interpersonales y el ejercicio responsable de los derechos y responsabilidades del

educando en la comunidad educativa, así como el cumplimiento de las normas y los reglamentos

institucionales y los deberes inherentes a su condición de estudiante.

2. De la calificación de la conducta

La calificación de la conducta de los estudiantes en todos los niveles, ramas y modalidades del

sistema educativo formal, será sumativa, utilizará la escala numérica de 1 a 100, será

responsabilidad del docente guía, un representante de la dirección y otro docente del grupo.

Las faltas en que incurran los estudiantes del Centro Educativo San Daniel Comboni, tendrán

consecuencias en el proceso de definición de la nota de conducta en cada período, de la siguiente

forma:

a- Cada falta muy leve implicará un rebajo de 1 a 5 puntos del total

b- Cada falta leve implicará un rebajo de 6 a 10 puntos del total

c- Cada falta grave implicará un rebajo de 11 a 19 puntos al total

d- Cada falta muy grave implicará un rebajo de 20 a 32 puntos del total

e- Cada falta gravísima implicará un rebajo de 33 a 45 puntos del total

Artículo 24: DE LAS FALTAS MUY LEVES.

Se consideran los siguientes incumplimientos a sus deberes:

1. Uso indebido del uniforme dentro y fuera de la Institución (Artículo 2 de la presente

Normativa), en acato del debido decoro estudiantil establecido por la Institución.

2. Uso de accesorios no autorizados: cadenas, pulseras, anillos, fajas decoradas. Del mismo

modo no está permitido el uso de: “piercings”, solo se permite el uso de un único arete que

no sobresalga el lóbulo de la oreja, tampoco los de tipo argolla, tatuajes en cualquier parte

del cuerpo, uñas pintadas, lazos, collares, abrigos de colores (solo se permite el color blanco

o gris), gorras, pañuelos u otros accesorios que no correspondan al uniforme.

3. Asistir a actividades curriculares, cívicas y extracurriculares convocadas tanto dentro como

fuera de la Institución, portando el uniforme incompleto, con uñas pintadas o maquillaje.

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4. Uso de corte de cabello, peinado y tinte en el cabello (fuera de toda norma como “rayos”,

mechones, “puntas”, “dreads” y otros).

5. Ingresar a la Institución con blusas escotadas, minisetas, tops, short, blusas de tirantes,

prendas transparentes, pantalones muy ajustados o rotos y minifaldas en las mujeres. En

hombres se prohíbe el ingreso en pantalonetas o shorts, sandalias y pantalones ajustados o

rotos y camisetas de tirantes. Se ingresará a la institución únicamente con prendas que

expresen su decoro como estudiantes. Esto es exigible también para actividades

extracurriculares debidamente convocadas por la Institución.

Artículo 25: DE LAS FALTAS LEVES.

Se consideran los siguientes incumplimientos a sus deberes:

1. Fugarse de las actividades curriculares y extracurriculares convocadas por la Institución.

2. Salir del aula sin autorización del docente o de las instalaciones de la institución sin

autorización previa de la dirección.

3. Ejecutar o emplear gestos o vocabulario vulgar, morboso o irrespetuoso dentro y fuera de la

Institución.

4. Comer confites, ingerir alimentos o refrescos, mascar chicle, dentro del aula. Excepto las

autorizadas para la hora de almuerzo o en actividades programadas por la institución y con

la debida autorización.

5. Realizar cualquier tipo de “comercio” dentro de la institución, o sus lugares de ingreso, sin

importar la procedencia. Excepto aquellos autorizados por la institución.

6. Uso inadecuado del Planificador o no portarlo.

7. No informar a sus padres o encargados sobre la existencia de comunicaciones remitidas al

hogar. (Todo mensaje debe estar firmado por el padre, madre o encargado)

8. Acto irrespetuoso en actividades programadas por la institución tanto dentro como fuera de

ella.

9. Interrupciones incorrectas al proceso de aprendizaje en el aula.

10. Ausencia injustificada a actividades debidamente convocadas por la institución.

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11. Irrespetar el trabajo propio y de los otros (tareas, extra-clases, proyectos, presentaciones

orales)

12. Mal uso de los desechos y conductas inadecuadas contrarios al cuidado y ornato de las

diferentes áreas dentro y fuera de la institución.

13. No cumplimiento de los deberes de los estudiantes, establecidos en esta normativa.

14. Contumacia en las faltas muy leves (dos actas disciplinarias o boletas) en el mismo periodo.

Artículo 26: DE LAS FALTAS GRAVES.

Se consideran los siguientes incumplimientos a sus deberes:

1. Toda acción o intento de acción fraudulenta relativa a las distintas pruebas programadas por

el Comité de Evaluación, así como pruebas cortas no programadas, trabajos escritos. Es

fraude portar “forros”, escribir información en los pupitres, paredes y pizarras, utensilios

escolares varios, manos, brazos, piernas, o cualquier otro objeto o lugar que pretenda el dolo

en la elaboración, ejecución, desarrollo o resolución de una prueba. Así mismo, califica como

tal el intento de ver documentos, fichas, resúmenes o cualquier otro material mientras esté

realizando la prueba. El dejarse copiar, transmitir información de cualquier forma, inferir

respuestas, hacer señas y cualquier otra modalidad que indique anomalías y ponga en duda

la transparencia, honradez, honestidad y veracidad en la ejecución de una prueba, clasifican

como fraude.

2. El plagio o copia textual comprobada de internet u otros documentos procedentes de

diferentes fuentes, así como trabajos de uno o varios alumnos (as), en cuanto a los trabajos

es considerado fraude.

3. Acciones u actos que pongan en riesgo la integridad física y psicológica de otras personas.

4. Frases, acciones y actitudes graves de indisciplina contra el director (a), los docentes, los

alumnos, demás personal del centro educativo, padres y otros miembros de la comunidad.

5. Intento o daño contra el ornato, equipo, mobiliario, infraestructura de la institución o vehículos

particulares, del personal docente o usado para el transporte de estudiantes.

6. Sustracción de bienes institucionales o personales.

7. Sustraer, reproducir, distribuir o divulgar instrumentos de evaluación antes de su aplicación.

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8. La utilización de las paredes, mesas, sillas, documentos oficiales, otros bienes y objetos de

la institución y demás miembros de la comunidad educativa, para colocar letreros, dibujos o

gráficos no autorizados.

9. Fumar o ingerir bebidas alcohólicas en las siguientes situaciones: I) dentro de la institución,

II) fuera de la institución en horario lectivo, III) fuera de la institución si portare el uniforme, y

IV) en actividades extracurriculares convocadas por la institución.

10. Ingresar a la institución en condiciones de evidente ingesta de bebidas alcohólicas o bajo el

efecto de otra droga ilícita.

11. Comportamiento inadecuado en actividades programadas tanto dentro como fuera de la

institución.

12. Portación de artículos no autorizados durante el horario lectivo, tales como: teléfono celular,

cámaras fotográficas, video juegos, IPod, computadoras, así como otros aparatos

tecnológicos ajenos al proceso de aprendizaje.

13. La contumacia en las faltas leves (dos actas disciplinarias o boletas). En el mismo periodo.

Artículo 27: DE LAS FALTAS MUY GRAVES.

Se consideran los siguientes incumplimientos a sus deberes:

1. El intento o la destrucción deliberada de bienes pertenecientes a la institución educativa, al

personal o los demás miembros de la comunidad educativa, ya sea que esta acción se

realice en forma individual o grupal.

2. La escenificación pública de conductas contrarias a lo estipulado en la Normativa Interna de

la institución, la moral pública o las buenas costumbres.

3. Impedir que otros miembros de la comunidad educativa participen en el normal desarrollo de

las actividades regulares de la institución, así como incitar a otros a que actúen con idénticos

propósitos.

4. Consumir, distribuir o portar drogas ilícitas o lícitas dentro de la institución, en actividades

convocadas oficialmente o en cualquier otra de las circunstancias descritas en este

reglamento.

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5. Incitación a los compañeros a que participen en acciones contrarias a lo estipulado en el

presente Reglamento Interno. Además de que éstas perjudiquen la salud física y emocional,

seguridad individual o colectiva.

6. Portar armas o explosivos, así como otros objetos potencialmente peligrosos para las

personas, salvo aquellos expresamente autorizados por la institución con fines didácticos.

7. Cualquier tipo de acción discriminatoria por razones de raza, credo, género, discapacidad o

cualquier otra contraria a la dignidad humana.

8. La contumacia en las faltas graves (dos boletas disciplinarias) en el mismo periodo.

Artículo 28: DE LAS FALTAS GRAVÍSIMAS.

Se consideran los siguientes incumplimientos a sus deberes:

1. Agresividad continúa de hecho y palabra, contra cualquier persona que conforme la comunidad

educativa.

2. Mostrar inadaptación e impermeabilidad al Sistema Educativo de la institución:

a. Rechazo abierto o explícito de las actividades docentes.

b. Rechazo de actos cívicos, litúrgicos católicos o ecuménicos.

c. Irrespeto a los momentos formativos.

d. Los diversos momentos de espiritualidad realizados durante el año lectivo dentro y

fuera de la Capilla.

e. Rebeldía, inconformidad y descontento con los valores propios del Sistema

Educativo de la Institución.

3. Manifestar una continua actitud de crítica malsana, rechazo o burla de las intervenciones

educativas y correcciones realizadas por dirección, las y los profesores, personal

administrativo y de servicio.

4. Manejo de conductas o frases irreverentes ante lo sagrado: la Eucaristía, la Capilla,

Imágenes, cuadros y fotografías de Santos, etc.

5. Manifestar conductas antisociales.

6. Manifestar comportamientos deshonestos o relaciones inmorales dentro y fuera de la

Institución

a. Se entiende por comportamiento deshonesto lo siguiente:

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• Robo, hurto y apropiación ilícita de bienes

• Fraude

• Falsificación y alteración de documentos

• Ocultar información, cosas u objetos que puedan dañar la salud o la integridad física y moral

de cualquier miembro de la Comunidad Educativa.

• Portación pública u oculta de armas de fuego o punzo cortantes.

• El uso inadecuado de objetos que atente contra la integridad del otro.

• Mentira y tergiversación de la información ante cualquier miembro de la Comunidad

Educativa

• Agresión de palabra o de hecho contra cualquier miembro de la Comunidad Educativa dentro

de la Institución. Asimismo, contra miembros de la Comunidad Educativa o terceros, fuera

de la Institución portando o no el uniforme o cualquier distintivo oficial de la institución.

b. Se entiende por relaciones inmorales lo siguiente:

• Alguna forma de noviazgo y relaciones particulares extra profesionales con una o un profesor

• Prostitución

• Depósito, portación, distribución, venta y/o consumo de cualquier tipo de droga lícita o ilícita.

Caso de tenerse que consumir una droga lícita lo será siempre con recomendación médica,

con previa información a la Dirección de la Institución.

• Apoyar, colaborar, contribuir a que cualquier miembro de la Comunidad Educativa atente

contra su vida o la de terceros.

• Realizar publicaciones en redes sociales que atenten contra la dignidad de la persona.

• Comportamiento obsceno e indecoroso en las actividades en donde se vea afectado el buen

nombre de la Institución, sean estas curriculares o extracurriculares (bailes, festivales

deportivos, conciertos, campamentos, convivios, actos cívicos, etc.).

• Depósito, portación, distribución y venta de revistas pornográficas, imágenes, CD, contrarios

a la moral, mensajes de texto, publicación en redes sociales, etc.

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Artículo 29: DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS

a. De la naturaleza de las acciones correctivas

• Para efectos de la aplicación de la presente normativa, las acciones correctivas en todos los

niveles, ramas y modalidades del sistema educativo, tendrán en lo esencial, propósitos

educativos formativos. Y serán acordes a la falta cometida.

b. De las garantías de comunicación en la aplicación de acciones correctivas

• La decisión de aplicar acciones correctivas deberá efectuarse dando garantías claras de

comunicación al padre, madre o encargado y de defensa al estudiante.

Artículo 30: DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS POR COMISIÓN DE FALTAS GRAVES

Los estudiantes que asumieren actitudes o conductas tipificadas como faltas graves serán objeto

de cualquiera de las siguientes acciones correctivas, según la magnitud de la falta. Además de las

contempladas en el artículo 23 de la Normativa Interna de la institución.

1. Reparación y/o reposición del material que hubiera dañado

2. Reparación del irrespeto o la ofensa verbal o moral a las personas, grupos, internos o

externos a la institución, mediante la oportuna retractación pública y las disculpas o

satisfacciones que correspondan.

3. Pérdida temporal de la autorización para representar a la institución en cualesquiera

delegaciones oficiales de ésta.

4. Pérdida temporal de credenciales en el Gobierno Estudiantil, la Asamblea de

Representantes, la Directiva de sección y cualquier otro comité institucional

5. Inasistencia al Centro Educativo hasta por un período máximo de quince días naturales.

6. Realización de acciones de carácter formativo y educativo de interés comunal o institucional

que sean verificables, guardando proporcionalidad y pertinencia en relación con la falta

cometida.

Artículo 31: DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS POR LA COMISIÓN DE FALTAS MUY GRAVES

Los estudiantes que asumieren actitudes tipificadas como faltas muy graves, serán objeto de

cualquiera de las siguientes acciones correctivas, según la magnitud de la falta.

1. Inasistencia al Centro Educativo hasta por 20 días naturales en cada período

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2. Obligación de reparar, de manera verificable, el daño material, moral o personal, causado a

personas, grupos o institución.

3. Realización de acciones de carácter formativo y educativo de interés comunal o institucional

que sean verificables, guardando proporcionalidad y pertinencia en relación con la falta

cometida

Artículo 32: DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS POR LA COMISIÓN DE FALTAS GRAVÍSIMAS

Los estudiantes que asumieren actitudes o conductas tipificadas como faltas gravísimas, serán

objeto de alguna de las siguientes acciones correctivas, según la magnitud de la falta.

1. Inasistencia al Centro Educativo por un periodo de 30 días naturales.

2. Obligación de reparar, de manera verificable, el daño material, moral o personal, causado a

personas, grupos o institución.

3. Realización de acciones de carácter formativo y educativo de interés comunal o institucional

que sean verificables, guardando proporcionalidad y pertinencia en relación con la falta

cometida

4. Retiro inmediato y perdida de cupo, por contumacia en las faltas anteriores y que por lo tanto

afectan el comportamiento y filosofía del colegio, una vez agotado el recurso de la conducta

regular y del debido proceso.

Artículo 33: DEL DEBIDO PROCESO.

Se llevará el debido proceso de las acciones correctivas de la siguiente manera ante faltas graves,

muy graves y gravísimas

1. Funcionario observa la falta.

2. Funcionario notifica al profesor guía.

2.1 Profesor guía comunica al orientador (a)

2.2 Profesor guía y orientador realizan la investigación en 10 días hábiles.

3. Se levanta acta en la que se describe la falta cometida.

4. Ambos analizan si amerita la apertura del expediente disciplinario.

5. Informan al padre o encargado, citándole a reunión junto con el estudiante involucrado.

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5.1 Levantar acta de lo declarado por el estudiante donde firmarán todos los presentes.

. 5.2 En esta reunión debe estar el padre de familia, el estudiante, el orientador, y el

profesor guía.

6. Si amerita, se continúa con la investigación y se entrevistan a otros estudiantes en presencia

de sus responsables.

7.- El orientador y profesor guía definen las acciones correctivas estipuladas en los artículos

anteriores en un plazo no mayor a 3 días hábiles.

8.- El profesor guía comunica al encargado las faltas y las posibles acciones correctivas.

Asimismo, el derecho de acceder al expediente disciplinario y la posibilidad de contar con la

asesoría de un profesional.

9.- El encargado y el estudiante disponen de tres días hábiles para presentar los argumentos de

defensa.

10.- Si transcurren los tres días correspondientes, y no se presentan pruebas de descargo:

El profesor guía y el orientador ratifica las acciones correctivas, en un plazo no mayor a

cinco días contados a partir del día de vencimiento del término para presentar el

descargo.

11.- Si se presentan pruebas de descargo.

11.-1 A juicio del guía y el orientador, se determina si está o no está debidamente

fundamentada. Siendo que procede a través del profesor guía, a evacuar las pruebas

de descargo.

11.2 Una vez evacuada la prueba, se procede a desestimar, modificar o ratificar la acción

correctiva. Si se desestima la causa se envía al archivo expediente del estudiante.

11.3. Si se modifica o ratifica la acción correctiva el guía y el orientador emite y notifica la

resolución final que la dictará el Director académico o Administrativo.

12.- RECURSOS.

Una vez notificada la resolución final, el padre o encargado tendrá derecho a utilizar los

recursos de ley amparada a la Constitución Política, según se detalla:

12.1 El padre de familia tendrá 3 días para presentar el Recurso de Apelación ante la Dirección.

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13. La resolución emitida por la Dirección agota la vía administrativa.

Artículo 34: DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS

En caso de incumplimiento de la acción correctiva impuesta, el estudiante obtendrá la condición de

aplazado, independientemente de la calificación obtenida en el periodo o promedio anual. En ese

caso se deberá incluir una observación en el Reporte de Calificaciones indicando la situación del

estudiante. Además es causal de solicitud de traslado del o la estudiante de la institución educativa.

Artículo 35: RESPECTO DE LA NOTA DE CONDUCTA MÍNIMA PARA LA PROMOCIÓN.

La nota de conducta mínima para la promoción de los estudiantes será de ochenta (80) en I Ciclo,

II Ciclo, III Ciclo y Educación Diversificada.

Artículo 36: RESPECTO DE LA CONDICIÓN DEL ESTUDIANTE, APLAZADO EN CONDUCTA:

El estudiante que en el promedio anual obtuviere una calificación de conducta inferior al mínimo

establecido en el artículo anterior, tendrá en consecuencia, la condición de aplazado en conducta.

Tendrá que realizar una acción correctiva establecida por el Comité de Convivencia Institucional.

Artículo 37: RESPECTO DE LOS REQUISITOS DE APROBACIÓN PARA UNA O UN

ESTUDIANTE APLAZADA O APLAZADO EN CONDUCTA:

Si una o un estudiante estuviese aplazada o aplazado en conducta, podrá aprobar en conducta sólo

si realiza un programa de acciones de interés institucional o comunal, de carácter educativo definido

y supervisado por el Comité de Convivencia y Comité de Evaluación; y su promoción final estará

sujeta a un cabal y verificable cumplimiento de este programa.

Artículo 38: SE PROMULGAN LAS SIGUIENTES DISPOSICIONES ADICIONALES:

La interrupción del proceso educativo como acción correctiva:

1. Durante el período de ejecución de la interrupción del proceso educativo, los exámenes

serán reprogramados por el Comité de Evaluación y por el docente de la asignatura

correspondiente.

2. Las ausencias durante el período de interrupción del proceso de aprendizaje, no serán

tomadas en cuenta en el rubro de asistencia de cada una de las asignaturas.

3. Se le asignará al estudiante, módulos de estudio o cualquier otra modalidad de trabajo para

realizar en la casa, durante el período de interrupción del proceso educativo.

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4. La o el estudiante será remitido al Comité de Convivencia, para su seguimiento y atención

en lo relativo a la modificación de la conducta presentada.

CAPÍTULO 4

DE LA PARTICIPACION DE OTROS ÓRGANOS EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN

DE LOS APRENDIZAJES

Artículo 39: DE LOS DEBERES DEL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN EN MATERIA DE

EVALUACIÓN:

En materia de evaluación, al Departamento de Orientación del Centro Educativo le corresponden

las siguientes funciones y atribuciones:

1. Participar conjuntamente con la o el docente guía, docentes de asignaturas y Comité de

Evaluación en el asesoramiento a los padres, madres de familia y estudiantes con respecto

a las responsabilidades que les corresponden a ambos, en relación con sus obligaciones y

deberes escolares, como medida preventiva para el logro del cumplimiento de las

disposiciones internas de la Institución.

2. Coadyuvar con el Comité de Evaluación, el Director y el Docente respectivo para lograr el

cabal cumplimiento de los deberes y funciones que corresponden a éstos, en el proceso de

evaluación del aprendizaje.

3. Coordinar con la Directora o Director y Docentes para que, en la evaluación del aprendizaje,

se sigan las disposiciones que dicte el Comité de Apoyo Educativo; conjuntamente con el

Departamento de Evaluación, en materia de adecuaciones curriculares, para estudiantes

con necesidades educativas especiales.

4. Participar conjuntamente con el Profesor Guía, maestra o maestro a cargo y con el

funcionario docente denunciante, en el análisis y verificación de la falta denunciada.

Artículo 40: DE LOS DEBERES DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES.

En materia de evaluación de los aprendizajes y de la conducta, al Comité de Evaluación de los

Aprendizajes le corresponden las siguientes funciones y atribuciones:

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1. Dar seguimiento al cumplimiento de los lineamientos técnicos y administrativos vigentes

en la evaluación de los aprendizajes y de la conducta de los estudiantes.

2. Brindar el asesoramiento requerido al personal, en materia de evaluación de los

aprendizajes y de la conducta.

3. Capacitar a los docentes en los principios de la evaluación educativa y de la medición,

especialmente en lo referente a elaboración y la validación de pruebas y de otros

instrumentos de medición.

4. Proponer medidas correctivas para un mayor logro de los objetivos, con base en los

resultados de las pruebas de diagnóstico y las de rendimiento académico aplicadas en la

institución.

5. Dar seguimiento a la aplicación de las estrategias evaluativas recomendadas para los

estudiantes con necesidades educativas especiales.

6. Asesorar al director de la institución en la resolución de las objeciones que, en materia de

evaluación formulen los estudiantes, padres de familia o encargados.

7. Mantener en archivo una muestra por nivel, de copias de pruebas u otros instrumentos de

medición utilizados por los docentes en la valoración de los diferentes componentes de

los aprendizajes, con el propósito de analizarlos técnicamente y establecer acciones de

seguimiento y asesoramiento al personal docente de la institución.

8. Mantener al día y en la institución el libro de actas con los asuntos tratados y acuerdos

tomados en cada sesión de trabajo.

9. Revisar y autorizar previa aplicación, las pruebas elaboradas por los docentes en las

diferentes asignaturas con el propósito de dar un acompañamiento a la labor docente.

10. Otras inherentes a sus responsabilidades o aquellas que se le señalan en este

Reglamento y la Dirección Académica.

Artículo 41.- DE LA INTEGRACIÓN DEL COMITÈ DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES

EN LA INSTITUCION

El Comité de Evaluación de los Aprendizajes, estará integrado por el Director Académico quien lo

preside, el Orientador y tres miembros del personal docente, con participación tanto de docentes

que imparten asignaturas básicas como de docentes que imparten asignaturas complementarias.

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Artículo 42.- DE LOS REQUISITOS PARA SER MIEMBRO DEL COMITÈ DE EVALUACIÓN DE

LOS APRENDIZAJES.

Para ser miembro del Comité de Evaluación de los Aprendizajes se requiere:

1. Poseer un título universitario que lo acredite como docente en su especialidad.

2. Estar nombrado por todo el año lectivo en la institución.

3. Poseer experiencia docente de al menos 3 años.

4. Tener interés y actitud de colaboración con la institución.

Artículo 43.- DE LA OBLIGACIÓN Y LA RENUMERACION ADICIONAL POR DESEMPEÑAR

CARGOS EN EL COMITÈ DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES.

El desempeño del cargo de miembro del Comité de Evaluación de los Aprendizajes es vinculante

con las funciones del educador y debe realizarse fuera de su horario regular como docente. El

representante de I y II Ciclo será remunerado adicionalmente con un 15% de su salario base, según

su respectivo grupo profesional

En representante de III Ciclo y Educación Diversificada, a excepción del Director y del Orientador,

cada miembro será remunerado con el equivalente en lecciones de su grupo profesional y sesionará

semanalmente el tiempo equivalente a tres lecciones.

CAPÍTULO 5

DEL PERSONAL DOCENTE

Artículo 44: EN EL CONTEXTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE MEDIACIÓN PEDAGÓGICA

QUE OFRECE EL CENTRO EDUCATIVO SAN DANIEL COMBONI, SE TOMAN LOS

SIGUIENTES PRECEPTOS BÁSICOS PARA EL DOCENTE:

1. Diagnostica y Contextualiza: Tiene en cuenta todos los aspectos de la realidad, los relaciona

y pondera para elaborar un diagnóstico que le permita comprender la situación de las

personas. Sigue la Pedagogía del “Maestro”: Se acerca con delicadeza y respeto para

escuchar la realidad existencial de las personas, dándole importancia a las causas de su

estado de ánimo y a sus inquietudes. Ofrece una iluminación acerca del proceso que implica

una respuesta esperanzadora, de quien al sintonizar y comprender al otro a partir de sus

propias experiencias, lo anima a discernir el sentido de vida que había perdido.

2. Evidencia la pedagogía vocacional: El docente se presenta como misionero e invita a

descubrir la vocación específica de cada educando. La pedagogía de Jesús, en este sentido,

colabora en el discernimiento y elaboración del proyecto de vida de las personas en el que

se explicita la voluntad del Padre en el llamado y envío de cada persona.

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3. Asume la pedagogía del amor y ejerce con humildad y paciencia: El docente camina al ritmo

del educando y con respetuosa paciencia, se adapta a los procesos personales sin presionar

ni manipular, con sencillez y humildad, le ayuda a descubrir la verdad que lo hace libre.

4. Estimula la pedagogía de la pregunta: El docente utiliza la pedagogía del cuestionamiento

más que la de la respuesta. Interpela, provoca, estimula y desafía, con preguntas de sentido

para que los aprendientes crezcan en su “ser” y descubran su proyecto de vida.

5. Promueve la pedagogía de Jesús que educa para la libertad: El docente brinda al educando

una exigente y radical propuesta en total libertad y claridad, pero invitándolo con

transparencia y verdad, a un reto que si bien es difícil, planifica y conduce a la verdadera

felicidad. Este proceso pedagógico es educador en su misma ejecución, ya que cultiva y

educa el ejercicio de la libertad responsable, que se expresa en el compromiso.

6. Suscita una pedagogía centrada en la persona: La pedagogía del maestro tiene que ver

directamente con la persona en su ser, sin mediaciones, que se da en un encuentro personal

con los discípulos, para que ellos sean actores y protagonistas de su propio proceso

formativo, siguiendo el testimonio de congruencia de vida de su maestro.

7. Articula la pedagogía al encuentro con la comunidad: La pedagogía del docente motiva en

el aprendiente, el gozo de descubrir los talentos y carismas personales para desarrollarlos

a través de la formación y ponerlos al servicio de la comunidad, especialmente de los más

necesitados, como discípulos misioneros.

8. Al elegir nuestra Institución, los docentes, personal administrativo y otros profesionales, se

comprometen libremente a:

a. Aceptar y respetar la religión católica.

b. Inspirar su actividad educativa, en una visión cristiana del ser humano, capaz de

apoyar la verdad, la justicia y la libertad auténtica, manteniendo apertura de mente y

una habitual actitud de servicio.

c. Mostrar honradez y lealtad expresando su capacidad para recibir y hacer crítica

constructiva y de autoformación permanentes.

d. Respetar y asumir la organización, los horarios y las disposiciones de orden,

puntualidad, disciplina y formación, establecidas por el Centro Educativo.

9. Participar en las actividades cívicas, religiosas, sociales, deportivas, ambientales y

artísticas que el Centro Educativo organice y les convoque:

a. Fiesta de San Daniel Comboni

b. Fiesta de la Comunidad Educativa

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c. Retiro espiritual de docentes, personal administrativo y otros profesionales

d. Consejo de Profesores

e. Cursos de formación

f. Entrega de notas

g. Actividades de clausura del año escolar

h. Bingo y otras actividades culturales

i. Festival deportivo o actividades similares

j. Convivencias

k. Actos cívicos de efemérides.

10. Pasar lista, firmar la hoja de asistencia y hacer oración y meditación diaria, esto se realizará

diariamente en todos los grupos en los que se imparta lecciones.

11. Participar en actividades cívicas y religiosas con el alumnado, por ser momentos formativos

de particular importancia en la espiritualidad y civismo del Centro Educativo y en su

crecimiento como educadora o educador cristiano.

12. Participar activamente en las actividades formativas y de planificación y evaluación periódica

del Proyecto Educativo.

13. Solicitar autorización a la Dirección para traer a la Institución, personas, materiales o realizar

actividades extracurriculares.

14. Abstenerse de utilizar el tiempo de sus horas lectivas o de descanso dentro de la institución

para actividades económicas, políticas y otras que no tengan relación con la educación.

15. Presentar con el decoro y de forma puntualmente los documentos solicitados por la

Dirección.

16. Abstenerse de realizar o recibir llamadas y mensajes mediante el teléfono celular, en las

aulas, durante las lecciones o cuido de exámenes.

17. Velar por cumplimiento de la Normativa Interna de la institución por parte de los estudiantes.

18. Comunicar a sus estudiantes, en las primeras sesiones de trabajos, el respectivo curso

lectivo, los procedimientos, criterios y técnicas que se seguirán en materia de evaluación de

los aprendizajes.

19. Entregar a los estudiantes, por escrito y en forma detallada, los objetivos y contenidos que

serán medidos en las pruebas, con la antelación que defina el Centro Educativo (siete días

naturales).

20. Confeccionar de acuerdo con los lineamientos técnicamente sustentados, las pruebas y

otros instrumentos de medición que aplicarán al grupo o grupos que tiene a cargo.

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21. Aplicar las adecuaciones curriculares que en materia de Evaluación requieran los

estudiantes con necesidades educativas especiales. Asimismo, informar por escrito al padre,

madre de familia o encargado (a) al inicio del curso lectivo, las estrategias que utilizará en

cada asignatura de acuerdo con la adecuación curricular aplicada.

22. Revisar, calificar y entregar las pruebas y trabajos que realicen los estudiantes, en los

próximos siete días naturales de su aplicación.

23. Definir las calificaciones de los estudiantes, con criterio profesional y ético.

24. Discutir con los estudiantes las respuestas a las preguntas de las pruebas, en el acto de

entrega de resultados de éstas.

25. Informar a los estudiantes acerca de los objetivos de los trabajos y criterios de calificación

de éstos.

26. Discutir con los estudiantes los resultados de los trabajos.

27. Conocer y resolver las objeciones que le formulen los estudiantes, los padres, madres de

familia o encargado, con respecto a sus calificaciones.

28. Participar en la calificación de la conducta de los estudiantes, de conformidad con lo indicado

en este Reglamento.

29. Informar, cuando le sea solicitado por la Dirección, Orientadora, profesor guía o padres de

familia o encargado, los detalles del progreso del estudiante en relación con los diferentes

aspectos que constituyen la calificación.

30. Informar y explicar oportunamente a los encargados del estudiante el desglose de los

promedios de cada período y el promedio anual. El docente se asegurará que el estudiante

lo anote en su planificador.

31. Registrar la puntualidad y asistencia diaria y acumulativa de los estudiantes.

32. Justificar las llegadas tardías y ausencias de los estudiantes que presenten el respectivo

documento de justificación, firmado previamente por la Dirección Académica o

Administrativa. Así como reprogramar todo trabajo o prueba en caso de ser necesario.

33. Elaborar las pruebas de convocatoria de aplazados entregarlas a la Dirección del Centro

Educativo con los respectivos “solucionarios”, en la semana previa a la finalización del curso

lectivo.

34. Administrar y calificar las pruebas de aplazados, de los estudiantes a su cargo.

35. Ofrecer con su testimonio las mejores lecciones a los estudiantes, manteniendo actitudes de

entrega personal y fraterna solidaridad, con todos los miembros de la comunidad educativa,

y principalmente con sus compañeros de trabajo.

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36. Abrirse progresivamente al estilo de educar promovido por el Centro Educativo San Daniel

Comboni, que utiliza la filosofía humanista.

37. Colaborar en la construcción de un ambiente de familia, evitando actitudes de rigidez,

maltrato, burla, venganza abierta o solapada, desatención, desvalorización o descalificación

de las alumnas o alumnos u otras personas, agresión verbal, física, psicológica o moral,

evitar comentarios negativos sobre asuntos de la institución en redes sociales.

38. Estar profesionalmente bien preparado, o acreditado por el título de su especialidad, así

como de su preparación en las asignaturas pedagógicas.

39. Aceptar ser contratado por el período lectivo del presente año, los cuales podrán ser

renovados de manera sucesiva.

40. Asumir responsablemente el proyecto educativo y la presente Normativa Interna de la

Institución poniendo empeño por asimilar su espíritu, enriqueciéndolo con su experiencia y

reflexión.

41. Los docentes que laboran en el Centro Educativo y que tienen alguna otra profesión como:

psicopedagogía, psicología, pedagogía, administración educativa, trabajo social entre otras,

podrán realizar los diagnósticos, evaluaciones psicopedagógicas, test a los alumnos que

forman parte de la Institución, con la debida autorización por escrito de la Dirección con copia

al Departamento de Unidad de Bienestar Estudiantil y al padre de familia o encargado.

42. Realizar su labor en forma coordinada y en constante comunicación con la Dirección y

demás profesionales que laboren en el Centro Educativo.

43. Entregar al Comité de evaluación en el tiempo que lo solicite, la prueba antes de su

aplicación para la debida revisión y aprobación.

44. Otras, inherentes a su cargo, que expresamente le encomiende el Director (a) o le señale

esta Normativa.

Artículo 45.- PRESENTACIÓN PERSONAL DEL DOCENTE Y OTROS PROFESIONALES.

Los colaboradores del centro educativo San Daniel Comboni deben cumplir con lo siguiente:

1. Presentarse al Centro Educativo en traje casual o semiformal (no se permite el uso de

pantalón o enagua de mezclilla, excepto cuando sea autorizado)

2. Evitar el exceso de alhajas, maquillaje, vestuarios no acordes con su dignidad de educador,

con el fin de invitar a los jóvenes a la sencillez, modestia y elegancia.

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3. Ser culto en su vocabulario y en el trato, procurando solucionar sus discrepancias en forma

directa con las personas interesadas, mediante el diálogo amable y razonable.

Artículo 46.- ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD DEL DOCENTE Y OTROS PROFESIONALES.

En relación con aspectos de puntualidad, deben:

1. Asistir regularmente a sus lecciones y a todas las actividades convocadas.

2. Presentarse a la institución 10 minutos antes de la hora de entrada.

3. Solicitar autorización para salir de la Institución durante el período laboral en caso de

necesidad justificada, excepto en caso de emergencia, lo que justificará dentro de los dos

días siguientes.

4. Avisar con al menos dos días de anticipación, si se va a ausentar, comprometiéndose a

enviar sustituto o material de trabajo para los alumnos, siempre y cuando el motivo de la

ausencia sea justificable.

5. En tiempo y forma, de manera ordenada, presentar la papelería que se le solicite en la

Administración, Secretaría, Comité de Evaluación, Comité de Apoyo o Dirección. Asimismo

hacer entrega a estas dependencias, padres de familia o encargados que lo requieran, el

desglose completo de la o las notas de los estudiantes, tal como se deben presentar en el

Registro. La Secretaría será la encargada de entregar a los padres de familia o encargados

la información solicitada.

6. Presentar en la última semana de febrero del curso lectivo respectivo, sus planes específicos

o dosificaciones, planes por departamento, diagnóstico y plan de reforzamiento respectivo.

En las visitas de la Dirección Académica a las aulas presentar todos los planes

correspondientes e instrumentos de evaluación. Toda esta documentación pueden enviarla

vía digital

7. Entregar al Comité de Evaluación una copia los exámenes parciales con su respectiva tabla

de especificaciones, 3 días antes de su aplicación y en el plazo de 10 días hábiles posterior

a su aplicación el resultado de los mismos.

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8. Participar puntualmente en el Consejo de Profesores o Comité de Evaluación cuando fuere

convocado.

9. Los docentes y el Comité de Apoyo Educativo trabajarán en conjunto con la finalidad de

ayudar a los estudiantes con dificultades familiares, emocionales, de aprendizaje y otros. El

docente sugerirá en su carácter de profesional las adecuaciones pertinentes y asumirá con

responsabilidad el seguimiento del estudiante.

Artículo 47.- CONTRATO DE TRABAJO Y SALARIOS PARA DOCENTES

1. Una vez aceptadas las condiciones expresadas en esta normativa, los docentes del Centro

Educativo San Daniel Comboni, firmarán un contrato laboral anual por servicios docentes, en

el que se establecen aspectos básicos aceptados por ambas partes, entre otros:

a. Jornada laboral.

b. Salario por devengar, de conformidad al título académico.

c. Compromiso de cumplimiento de todos los reglamentos de la Institución y otras normas

aplicables según la ley.

d. Seguridad social.

e. Derechos y deberes del docente.

f. Prohibiciones.

g. Vacaciones.

h. Reuniones de trabajo.

i. Duración del contrato.

2. El Centro Educativo por su parte asumirá el pago de los salarios y otras garantías laborales de

conformidad con la ley.

Artículo 48.- EVALUACIÓN DEL DOCENTE

1. El educador será evaluada(o) periódicamente por la Dirección Académica, en su labor cotidiana

e intervenciones educativas, mediante visitas al aula, revisión de planes, asimismo

considerando el desempeño y responsabilidad en las actividades confiadas.

2. Al finalizar el año lectivo se hará una evaluación escrita de cada docente por parte de la

Dirección, que considerará las responsabilidades asignadas y el cumplimiento de reglamentos

y otras disposiciones. Para tal efecto se utilizará un instrumento de evaluación acorde a los

criterios que la administración determine.

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Artículo 49: EL PERSONAL ADMINISTRATIVO TIENE LOS SIGUIENTES DEBERES:

1. Para el personal administrativo, administrativo docente y técnico docente, regirán las mismas

normas que para los docentes.

2. Firmarán un contrato de trabajo el periodo lectivo emprendido, especificando inicio y

finalización del mismo, características del servicio que prestará al Centro Educativo,

condiciones y número de hora laborables por día o por semana. Siendo que el personal

técnico docente y administrativo labora con jornadas de 48 horas semanales según el Código

de Trabajo.

3. Los superiores inmediatos del personal administrativo en la Dirección Administrativa el

Consejo Diocesano de Educación Católica o quien los represente.

CAPITULO 6

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 50- Esta Normativa rige a partir del primer día lectivo del mes de febrero del 2019, y deroga

cualquier disposición disciplinaria anterior.