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Presentación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para empresas PYMES
Dentro del constante proceso de mejora de los servicios preventivos ofrecidos a nuestras empresas adherentes, la Asociación Chilena de Seguridad ha desarrollado un nuevo Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo enfocado principalmente a las micro, pequeñas y medianas empresas, el cual les permita por una parte satisfacer las necesidades emergentes producto de la aplicación de la Ley Nº 20.123, que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios, como asimismo brindar un apoyo a todas aquellas empresas que deseen implementar un sistema básico de gestión de la prevención.
Para la aplicación e implementación de este Sistema de Gestión se ha desarrollado el siguiente Plan de Prevención de Riesgos, el cual permitirá integrar la Prevención de Riesgos Laborales al sistema general de gestión de la empresa. Este plan establece la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas y los procedimientos relacionados con una adecuada implementación de la Prevención de Riesgos al interior de la empresa.
Es por todo esto que la Asociación Chilena de Seguridad ha diseñado y estructurado el presente Plan para que el empresario pueda, de forma fácil y sencilla, cumplir con sus obligaciones en materia de seguridad y salud de sus trabajadores, las cuales emanan de la Ley 16.744 y otros cuerpos legales relacionados, además de contribuir al aseguramiento del proceso productivo y de los factores que lo componen. No se trata de entregar un instrumento complejo y de difícil aplicación, si no que, mediante la participación de empresario y trabajadores, la organización pueda alcanzar un nivel de prevención de riesgos que garantice la seguridad y salud de todos sus miembros.
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Sistema de Seguridad y Salud en el trabajo, una vía para la mejora, a la protección de la
vida y salud de los trabajadores.
· Contribuir a la protección de la vida y salud de los trabajadores.
· Evidenciar el cumplimiento de exigencias legales.
· Facil i tar el al ineamiento preventivo de la empresa contratista o subcontratista con la empresa principal.
· Asegurar la disponibil idad de información y/o registros que puede solicitar la empresa principal.
Se entenderá por Régimen de Subcontratación, aquél realizado en virtud de un contrato de trabajo por un trabajador para un empleador, denominado contratista o subcontratista, cuando éste, en razón de un acuerdo contractual, se encarga de ejecutar obras o servicios, por su cuenta y riesgo y con trabajadores bajo su dependencia, para una tercera persona natural o jurídica dueña de la obra, empresa o faena, denominada la empresa principal, en la que se desarrollan los servicios o ejecutan las obras contratadas. Se excluyen de esta definición las obras o los servicios que se ejecutan o prestan de manera discontinua o esporádica.
Por otro lado, se entenderá por Empresa de Servicios Transitorios (E.S.T.) a toda persona jurídica, inscrita en el registro respectivo, que tenga por objeto social exclusivo poner a disposición de terceros denominados para estos efectos empresas usuarias, trabajadores para cumplir en estas últimas, tareas de carácter transitorio u ocasional, como asimismo la selección, capacitación y formación de trabajadores, así como otras actividades afines en el ámbito de los recursos humanos.
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Para efectos de la ley Nº 20.123 se llamará Empresa Principal a la persona natural o jurídica dueña de la obra, empresa o faena para la cual se desarrollan los servicios o ejecutan las obras contratadas o subcontratadas bajo el régimen de subcontratación. Asimismo, se llamará Empresa Usuaria a toda persona natural o jurídica que contrata con una empresa de servicios transitorios, la puesta a disposición de trabajadores para realizar labores o tareas transitorias u ocasionales. Sin perjuicio de las obligaciones de la empresa principal, usuaria, contratista, subcontratista y de servicios transitorios respecto de sus propios trabajadores, esta Ley impone nuevas exigencias en cuanto a la responsabilidad en materias de seguridad y salud en el trabajo.
Así, la empresa principal deberá adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de todos los trabajadores contratados o subcontratados que laboren en su obra, empresa o faena. Asimismo, será responsabilidad directa de la empresa usuaria el cumplimiento de las normas referidas a la higiene y seguridad en el trabajo, incluidas las disposiciones legales y reglamentarias relativas al Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la ley Nº 16.744.
Junto con estas exigencias, este cuerpo legal establece para todas aquellas empresas que cuenten con 25 trabajadores o menos, lo siguiente:
Artículo 5º: Tratándose de empresas de veinticinco trabajadores o menos, la Dirección del Trabajo podrá autorizar, a solicitud del afectado, y sólo por una vez en el año, la sustitución de la multa impuesta por infracción a normas de higiene y seguridad, por la incorporación en un programa de asistencia al cumplimiento, en el que se acredite la corrección de la o las infracciones que dieron origen a la sanción y la puesta en marcha de un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo. Dicho programa deberá implementarse con la asistencia técnica del Organismo Administrador de la Ley Nº 16.744, al que se encuentre afiliada o adherida la empresa infractora y deberá ser presentado para su aprobación por la Dirección del Trabajo, debiendo mantenerse permanentemente a su disposición en los lugares de trabajo."
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A su vez, el artículo 7º de esta Ley incorpora a la Ley 16.744 el artículo 66º bis y modifica el artículo 76º:
Artículo 66 bis: Los empleadores que contraten o subcontraten con otros la realización de una obra, faena o servicios propios de su giro, deberán vigilar el cumplimiento por parte de dichos contratistas o subcontratistas de la normativa relativa a higiene y seguridad, debiendo para ello implementar un sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo para todos los trabajadores involucrados, cualquiera que sea su dependencia, cuando en su conjunto agrupen a más de 50 trabajadores.
Artículo 76: Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos precedentes, en caso de accidentes del trabajo fatales y graves, el empleador deberá informar inmediatamente a la Inspección del Trabajo y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud que corresponda, acerca de la ocurrencia de cualquiera de estos hechos.
En estos mismos casos el empleador deberá suspender de forma inmediata las faenas afectadas y, de ser necesario, permitir a los trabajadores la evacuación del lugar de trabajo. La reanudación de faenas sólo podrá efectuarse cuando, previa fiscalización del organismo fiscalizador, se verifique que se han subsanado las deficiencias constatadas.
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[NOMBRE EMPRESA]
INDICE
INTRODUCCION
Propósito del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo 6
Alcance del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo 6
Datos de la empresa
Responsabilidades para la Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo 6
TÍTULO I
Política de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo 11
TÍTULO II
Diagnóstico de Peligros y Riesgos 14
Diagnóstico Legal 15
Plan de Acción de Seguridad y Salud en el Trabajo 16
Procedimiento de Investigación de Accidentes 18
Plan de Emergencia 18
TÍTULO III
Verificación del Desempeño de la Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo 20
Acciones en Pro de Mejoras / Acciones Correctivas 20
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1.1 PROPÓSITO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
El propósito de este plan consiste en describir los elementos que constituyen el
Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa (nombre
empresa) y a su vez entregar elementos de apoyo que faciliten su
implementación y aplicación.
Este Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de (nombre
empresa) ha sido elaborado para cumplir con las especificaciones mínimas
establecidas por la autoridad, con tal de permitir el desarrollo de las actividades
necesarias para la protección de la seguridad y la salud de todos los trabajadores.
1.2 ALCANCE DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
El presente Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, es aplicable a
todas las áreas, puestos de trabajo y actividades de (nombre empresa).
1.3 DATOS DE LA EMPRESA
Razón Social:
Giro:
Domicilio Legal:
Rut:
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1.4 RESPONSABILIDADES PARA LA GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Ante la necesidad de contar con una persona específica dedicada a la
implantación del presente sistema de gestión, resulta necesario nombrar a un
representante de la gerencia que se ocupe de la puesta en marcha y del
adecuado funcionamiento del sistema. Por esto, la Gerencia General ha
nombrado como su representante al(a la) Señor(a):
[NOMBRE REPRESENTANTE EMPRESA]
Adicionalmente, resulta necesario establecer las responsabilidades de cada estamento
de la organización en cuanto a su participación e involucramiento en este sistema de
gestión. Por esto, se han definido las siguientes responsabilidades:
Gerencia General:
Aprobar el Plan de Prevención, la Política de Gestión de Seguridad y Salud en el
Trabajo y el Plan de Acción.
Asignar los recursos necesarios para el funcionamiento del Sistema de Gestión de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
Revisar el desempeño del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo,
autorizar acciones correctivas, y otras que se estimen pertinentes, en pro de la
mejora de la gestión.
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Representante de la Gerencia:
Velar por el correcto funcionamiento del Sistema de Gestión de Seguridad y
Salud en el Trabajo.
Mantener informado al Gerente General sobre su desarrollo y cumplimiento.
Planificar y programar anualmente las actividades del Sistema de Gestión de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
Coordinar con el Experto en Prevención de Riesgos ACHS los apoyos para
la ejecución del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Obtener recursos para apoyar el funcionamiento del Sistema de Gestión de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
Realizar todas las coordinaciones internas necesarias para el correcto
funcionamiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Identificar y verificar los cumplimientos legales aplicables.
Supervisión:
Otorgar todas las facilidades para la realización de las actividades
establecidas en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud para su área.
Aplicar, hacer aplicar y controlar todas las medidas de seguridad en el
trabajo.
Participar en las actividades preventivas que le sean solicitadas por el
Representante de la Gerencia.
Investigar los accidentes ocurridos en la empresa.
Aplicar las medidas correctivas derivadas de la investigación.
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Trabajadores:
Cumplir y hacer cumplir las medidas de seguridad establecidas en la
empresa.
Participar en las actividades de capacitación sobre seguridad y salud en el
trabajo.
Utilizar y cuidar los elementos de protección personal.
Utilizar permanentemente los dispositivos de seguridad (protecciones de
máquina y otros).
Informar a su jefe directo o representante de la gerencia, acerca de los
peligros presentes en sus actividades y los accidentes ocurridos.
Respetar las señalizaciones de seguridad y mantener el orden y la
limpieza.
Motivar al resto de los trabajadores para el mejoramiento continuo del
comportamiento seguro al interior de la empresa.
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POLÍTICA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
En [NOMBRE EMPRESA] la prevención de los accidentes y
enfermedades profesionales es inherente a las actividades productivas, al
cuidado de nuestro personal, y constituye una de las responsabilidades
principales del nivel ejecutivo, supervisión y trabajadores. Es por esto que
establecemos la siguiente Política de Prevención de Riesgos donde nos
comprometemos a:
La mejora continua de las condiciones y medio ambiente de trabajo y de la
seguridad y salud en el trabajo mediante la revisión del cumplimiento de
los planes y programas por parte de la Gerencia, para disponer de las
acciones en pro de la mejora y corrección, con el propósito de cumplir esta
política.
Desarrollar la gestión de Prevención de Riesgos, en forma sistemática,
programada y permanente, asignando responsabilidades, actividades y
metas preventivas alcanzables.
Cumplir las disposiciones legales y normativas sobre seguridad y salud en
el trabajo y aplicar todas las técnicas preventivas necesarias, para la
protección de todos los trabajadores.
Investigar todos los accidentes y/o enfermedades laborales ocurridos en la
empresa con tal detectar aquellas oportunidades de mejora en nuestros
procesos.
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Promover la participación y capacitación de nuestros trabajadores y línea
de mando, como un medio para su efectivo involucramiento en la
prevención de accidentes y enfermedades laborales.
Por su parte, la Gerencia General de [NOMBRE EMPRESA] se
compromete a entregar los recursos necesarios para implementar esta política
asegurar su comprensión, aplicación y pleno cumplimiento.
________________________________
Gerente General
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2.1 DIAGNÓSTICO DE PELIGROS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS
El diagnóstico de peligros y la consecuente evaluación de los riesgos representa
la base del Sistema de Gestión de la empresa. El diagnóstico, independiente de
su complejidad, debe permitir a la empresa identificar los peligros relevantes de
las operaciones asociados a sus procesos productivos, servicios, tecnología y
organización, en particular cuando éstos son críticos.
La identificación de los peligros en [NOMBRE EMPRESA] se
realizará mediante el empleo de los registros de Identificación de Peligros y
Evaluación de Riesgos que se encuentran en el Anexo Nº 1.3.
El representante de la gerencia procede a marcar en la lista de Identificación de
Peligros el casillero “Aplica Sí o No” si es que el ítem a evaluar se encuentra
presente en la empresa, luego y según las especificaciones contenidas en las
tablas de probabilidad, consecuencias y nivel de riesgo, procede a evaluar el
riesgo asociado a cada peligro presente en la empresa.
Una vez realizada la evaluación, el representante de la gerencia marca en la
columna correspondiente al cuadro “Medida de Control” la actividad a desarrollar
para cada nivel de riesgo (Ver Anexo Nº 1.3). Adicionalmente, todas aquellas
medidas de control correspondientes a los niveles de riesgo Intolerables,
Importantes y Moderados, deberán ser incluidas como actividades en el
formulario de Plan de Acción (Anexo Nº 3).
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Tanto la identificación de peligros, como la evaluación de riesgos, deberá ser
revisada por el representante de la gerencia, como mínimo una vez al año.
2.2 DIAGNÓSTICO LEGAL
El diagnóstico legal consiste en la identificación y la verificación del cumplimiento
de las disposiciones legales en [NOMBRE EMPRESA] , y es realizada por el
representante de la gerencia, mediante el empleo de las listas de chequeo legal
disponibles, cuyas disposiciones aplican a la actividad y características de las
operaciones de la empresa.
De identificarse incumplimientos, las acciones para la regularización de éstos,
deberán ser incluidas como actividades en el formulario de Plan de Acción
(Anexo Nº 3).
Los itemes a evaluar se seleccionarán de las listas de chequeo disponibles en el
Anexo Nº 2 según corresponda. Si algún ítem o lista de chequeo no se encuentra
disponible en este anexo, el representante de la gerencia deberá solicitarlo al
Experto en Prevención de Riesgos ACHS asignado a su empresa.
Tanto la identificación como la verificación del cumplimiento legal, es realizada por el
representante de la gerencia, como mínimo una vez al año. Durante la verificación, el
representante de la gerencia consultará al Experto de Prevención de Riesgos ACHS,
acerca de nuevas disposiciones legales que pudieran ser aplicables a la empresa.
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2.3 PLAN DE ACCIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Anualmente el representante de la gerencia, elabora el Plan de Acción, incluyendo
actividades para cada ítem especificado en el formulario contenido en el anexo
Nº3, Plan de Acción.
a) En el ítem “Actividades de Control de Riesgos”, se incluirán todas las
actividades orientadas al control de riesgos Críticos, Importantes y Moderados.
b) En el ítem “Capacitaciones”, se incluirán todas las charlas y cursos (internos o
externos), que se realizarán para dar cumplimiento a la obligación de dar a
conocer a los trabajadores los riesgos a los cuales están expuestos al realizar
sus actividades, los procedimientos seguros de trabajo existentes, y las
capacitaciones específicas para la operación segura de equipos u otras
instrucciones relativas a la seguridad y salud en el trabajo.
c) El ítem “Investigación de Accidentes”, se incluirán las investigaciones de
accidentes graves y fatales además de aquellos que según la Gerencia, el
Representante de la Gerencia o el experto ACHS asignado a la empresa, sean
pertinentes investigar.
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d) En el ítem “Inspecciones”, se incluirán todas las inspecciones realizadas a las
instalaciones de la empresa, para detectar nuevos peligros y verificar la
aplicación de controles sobre los riesgos. Estas inspecciones se realizarán como
mínimo en forma semestral. El formulario para registrar inspecciones se
encuentra en Anexo Nº 4.
e) En el ítem “Regularización y Cumplimiento Legal”, se incluirán todas aquellas
disposiciones legales incumplidas detectadas en el Diagnóstico Legal.
El Plan de Acción, es aprobado por la Gerencia General de la empresa, y debe estar
permanentemente disponible en la empresa o sucursal.
Debe mantenerse un registro escrito del personal que asiste a capacitaciones. Si
eventualmente la capacitación es realizada por empresas externas, se deberán
mantener fotocopias de los certificados o informes emitidos por la o las entidades que
realizaron la capacitación, en una carpeta debidamente identificada.
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2.4 PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES
[NOMBRE EMPRESA], ha elaborado un procedimiento para
la investigación de accidentes, el que se incluye en el Anexo Nº 5. El procedimiento
especifica las responsabilidades y acciones a desarrollar para la investigación de los
accidentes, como así también el formulario para registrar la información.
2.5 PLAN DE EMERGENCIA
[NOMBRE EMPRESA], ha elaborado un plan de
emergencia (ver Anexo Nº 6) basado en las posibles emergencias que puede
enfrentar la empresa. El plan de emergencia especifica las acciones mínimas a
adoptar para la protección de las personas.
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TITULO III
VERIFICACIÓN DEL DESEMPEÑO DE LA GESTIÓN DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
ACCIONES EN PRO DE MEJORAS / ACCIONES
CORRECTIVAS
20
[NOMBRE EMPRESA]
TÍTULO III
3.1 VERIFICACIÓN DEL DESEMPEÑO DE LA GESTIÓN DE SEGURIDAD
Y SALUD
La verificación del desempeño en seguridad y salud en el trabajo, es realizada
trimestralmente, por el representante de la gerencia, mediante el empleo de la
lista de verificación incluida en la lista contenida en el Anexo Nº 7.1 (columna “%
de cumplimiento”), mas la utilización de los antecedentes incluidos en los
formularios de inspecciones que se elaboran semestralmente.
3.2 ACCIONES CORRECTIVAS O ACCIONES EN PRO DE MEJORAS DEL
DESEMPEÑO
Las nuevas acciones correctivas orientadas a mejorar el desempeño en
seguridad y salud en el trabajo, las cuales no se encuentren contenidas en el
listado del Anexo 7.1, deberán ser incluidas en dicha la lista.
Las acciones correctivas son elaboradas por el representante de la gerencia,
inmediatamente después de la verificación del desempeño, y deben ser
aprobadas por la Gerencia General apenas estas hayan sido emitidas.
El grado de cumplimiento de las acciones correctivas emitidas a raíz de la
verificación del desempeño, también debe ser revisado en forma trimestral.
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De acuerdo a establecido en la Ley Nº 20.123 sobre “Trabajo en Régimen de
Subcontratación y funcionamiento de las Empresas de Servicios Transitorios”, en
el Anexo 7.3 se adjunta el registro de prescripción de medidas correctivas, que
evidenciará las correcciones a infracciones o deficiencias constatadas por la
Inspección del Trabajo respectiva.
Asimismo, ante el caso que la empresa deba presentar un certificado de
cumplimiento de las medidas correctivas, la Asociación Chilena de Seguridad
emitirá un "Certificado de Cumplimiento" como el que adjunta en el Anexo 7.2.
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[NOMBRE EMPRESA]
ANEXOS
ANEXO 1: Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos
ANEXO 2: Diagnóstico Legal
ANEXO 3: Plan de Acción
ANEXO 4: Inspección de Prevención de Riesgos
ANEXO 5: Procedimiento de Investigación de Accidentes
ANEXO 6: Plan de Emergencia
ANEXO 7: Verificación del Desempeño de la Gestión en Seguridad y
Salud en el Trabajo.
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ANEXO 1
¿Por qué identificar peligros y evaluar los riesgos?
¿Qué entendemos por peligro y riesgo?
Formulario de identificación de peligros y evaluación de riesgos
[NOMBRE EMPRESA]
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ANEXO 1
1.1 ¿Por qué identificar peligros y evaluar los riesgos?
A partir de la identificación de los peligros y de la evaluación de los riesgos, se
promueve la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Por
esto, la adecuada detección de peligros y priorización de los riesgos permitirá
contar con un instrumento que facilite una eficaz planificación preventiva que
soporte la mejora continua de los niveles de seguridad en la empresa.
El presente manual provee una metodología de identificación de peligros y
evaluación de riesgos simple, a partir de la cual se puede implementar un sistema
de gestión que conducirá a resolver potenciales problemas que pudieran
ocasionar accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, y por otro lado
dar cumplimiento a aquellas exigencias legales aplicables en los lugares de
trabajo de su empresa. La estimación o cálculo de la magnitud o nivel de los
riesgos servirá de base para una actuación eficaz.
Esta metodología se ha organizado a partir de cuestionarios de chequeo como
guías de autoaplicación, que ayudarán al implementador del sistema a identificar
debilidades en materias de prevención de riesgos y a establecer medidas que las
corregirán. Es importante considerar que un sistema debe ser dinámico y no
estático, por lo que debe estar inmerso en un proceso de mejora continua.
Asimismo, resulta importante señalar que siempre el implementador podrá contar
con la asesoría de la ACHS en todas las materias relacionadas con la
implementación de este manual.
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1.2 ¿Qué entendemos por peligro y riesgo?
Es fundamental identificar el peligro y evaluar los riesgos para planificar una
actuación preventiva eficaz, pero se debe establecer una base conceptual sobre
la que se trabajará, por este motivo a continuación se definen los términos peligro
y riesgo:
PELIGRO: Fuente, situación o acto con potencial de producir un daño, en
términos de lesiones a seres humanos, enfermedad, o combinación de éstos. Los
peligros comprenden los eventos de seguridad, exposiciones de higiene
ocupacional (agentes de riesgo de higiene industrial y ergonomía) y psicosocial.
RIESGO: Combinación entre la Probabilidad y Severidad de la ocurrencia de un
determinado evento peligroso.
Cálculo del Nivel de Riesgo.
Para calcular el Nivel de Riesgo (NR) se procederá de acuerdo a las tablas que
encontrará en el anexo 1.3.
EJEMPLO:
Al responder la pregunta 1 de la tabla 1.3, se extrae el valor de probabilidad (P)
contenida en la tabla 1.3.1, que, supongamos, puede ser Baja.
Luego, al responder la misma pregunta se extrae el valor la severidad (S) que se
encuentra en la tabla 1.3.2, la cual para este caso, supongamos, puede ser
Levemente Dañino.
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Finalmente el Nivel de Riesgo (NR) será el resultado de multiplicar la Probabilidad
por la Consecuencia. En este caso NR = P x S = Baja x Levemente Dañino
Una vez obtenido el Nivel de Riesgo se va a la Tabla 1.3.4 y se determina cual es
la medida correctora a considerar para este NR. En este caso, el NR = Baja x
Levemente Dañino = Riesgo Trivial, esto implica que la medida de control será
“No se requiere control o medida específica. Se sugiere reevaluar el riesgo en un
período máximo de 6 meses”.
Ahora inicie la actividad considerando el registro de Identificación de peligro
entregado en el informe ACHS folio: XXXXXXXXXXXXX.
Incluir Incluir peligros según aplicación PYME
1.3 Formulario de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos
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PELIGRO APLICA (Si/No)
P S NR MEDIDA DE CONTROL
P: Probabilidad S: severidad NR: Nivel de RiesgoPara llenar la columna P consultar la tabla 1.3.1Para llenar la columna S consultar la tabla 1.3.2Para llenar la columna NR consultar la Tabla 1.3.3Para llenar la columna Medida de Control consultar la Tabla 1.3.4
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PELIGRO / RIESGOAPLICA (Si/No)
P S NR MEDIDA DE CONTROL
P: Probabilidad S: severidad NR: Nivel de RiesgoPara llenar la columna P consultar la tabla 1.3.1Para llenar la columna S consultar la tabla 1.3.2Para llenar la columna NR consultar la Tabla 1.3.3Para llenar la columna Medida de Control consultar la Tabla 1.3.4
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Tabla 1.3.1P = Probabilidad
Alta El peligro se presenta la mayor parte de las ocasiones. El peligro se presenta frecuentemente durante un año.
Media El peligro se presenta a veces.
Baja Es altamente improbable que el peligro se presente.
Tabla 1.3.2S = Severidad
Levemente Dañino
Lesión o enfermedad leve, sin pérdida de tiempo.
Daño, pérdida de calidad, producción inferior a un valor mínimo que fije la empresa.
Dañino
Lesión o enfermedad con pérdida de tiempo y no incapacitante.
Daño, pérdida de calidad y/o producción y/o tiempo entre dos valores a definir por la empresa.
Extremadamente Dañino
Lesión o enfermedad incapacitante o muerte.
Daño, pérdida de calidad y/o producción y/o tiempo superior al monto mayor anterior.
Tabla 1.3.3
NR = Nivel de Riesgo
Severidad
Probabilidad
Levemente Dañino DañinoExtremadamente
Dañino
Baja Riesgo Trivial Riesgo Tolerable Riesgo Importante
Media Riesgo Tolerable Riesgo Moderado Riesgo Importante
Alta Riesgo Moderado Riesgo Importante Riesgo Crítico
NIVEL DE RIESGO (NR)
MEDIDAS DE CONTROL
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Crítico
No debe comenzar ni continuar el trabajo hasta que no se elimine o
reduzca el riesgo. Si no es posible eliminar o reducir el riesgo, debe
prohibirse la realización de la actividad.
Importante
El riesgo debe ser controlado hasta que exista la posibilidad de reducirlo o
eliminarlo. Los controles deberán orientarse a aislar el riesgo, mantener
comprobaciones o monitoreo periódico. El período de control debe ser en
un período máximo de 30 días.
Moderado
El riesgo debe ser controlado hasta que exista la posibilidad de reducirlo o
eliminarlo. Los controles deberán orientarse a aislar el riesgo, mantener
comprobaciones o monitoreo periódico. El período de control debe ser en
un período máximo de 60 días.
Tolerable
El riesgo debe ser controlado hasta que exista la posibilidad de reducirlo o
eliminarlo. Los controles deberán orientarse a aislar el riesgo, mantener
comprobaciones o monitoreo periódico. El período de control debe ser en
un período máximo de 6 meses.
Trivial No se requiere control o medida específica. Se sugiere reevaluar el riesgo
en un período máximo de 6 meses.
Tabla 1.3.4
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ANEXO 2
Diagnóstico Legal Ley Nº 16.744
Diagnóstico Legal Decreto Supremo Nº 594
Diagnóstico Legal Decreto Supremo Nº 76
[NOMBRE EMPRESA]
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2.1 Diagnóstico Legal Ley Nº 16.744
Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Nº ITEM Si No No Aplica
Observa-ciones
1¿Existe en la empresa un encargado claramente designado a cargo de la prevención de riesgos?
2¿La empresa cuenta con un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (u Orden, Higiene y Seguridad) vigente? ¿Dicho Reglamento está vigente?
3¿Se ha entregado una copia del Reglamento Interno a cada trabajador?
4¿Existe un registro escrito donde conste la recepción del Reglamento Interno por parte de cada trabajador?
5
¿La empresa ha informado a cada uno de sus trabajadores sobre los riesgos a los cuales están expuestos, las medidas preventivas adoptadas y los métodos de trabajo correcto?
6¿Existe un registro escrito donde conste que se ha informado a cada trabajador sobre los riesgos a los cuales está expuesto?
7¿Existe un registro escrito donde figuren los accidentes ocurridos en la empresa?
8¿Existen registros con estadísticas de accidentes, siniestralidad y enfermedades profesionales?
9 ¿Se han identificado y evaluado los riesgos?
10¿Existen registros escritos donde conste la identificación y evaluación de los riesgos?
11 ¿Se realizan inducciones a trabajadores nuevos?
12¿Los trabajadores reciben capacitación para realizar su trabajo de forma correcta y segura? ¿Se cuenta con un programa de capacitación?
13¿Existe un Plan de Acción con objetivos, metas, plazos y responsables claramente establecidos?
14En caso de contestar afirmativamente la pregunta anterior, ¿se ha hecho un control al cumplimiento del programa de prevención (auditoria)?
34
Nº ITEM Si No No Aplica
Observa-ciones
15
¿La empresa proporciona Elementos de Protección Personal (EPP) certificados a sus trabajadores en forma gratuita? ¿existe un registro escrito donde conste su entrega a los trabajadores?
16¿Se investigan todos los accidentes de trabajo ocurridos?
17 ¿La empresa cuenta con un plan de emergencia?
18¿La empresa cuenta con Comité Paritario? (aplicable a empresas con mas de 25 trabajadores propios)
19¿El Comité Paritario funciona regularmente? ¿existen registros escritos de dichas reuniones?
20
¿La empresa cuenta con un Departamento de Prevención de Riesgos dirigido por un Experto en Prevención de Riesgos (aplicable a empresas con mas de 100 trabajadores propios)?
21
¿La empresa cuenta con formularios de DIAT o clave ACHS activa que le permitan informar adecuadamente a la ACHS sobre la ocurrencia de algún accidente de trabajo o trayecto?
22¿La empresa cuenta con algún procedimiento interno para la emisión y control administrativo de las DIAT?
23¿Están incluidos en las planillas de pagos de cotización a la ACHS todos los trabajadores de la empresa?
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2.2 Diagnóstico Legal Decreto Supremo Nº 594
Reglamento sobre Condiciones Sanitarias Mínimas en los Lugares de Trabajo
I. Saneamiento Básico
Nº ITEM Si No No aplica
Observa-ciones
1¿Los pavimentos y/o revestimientos de pisos son sólidos y no resbaladizos?
2Si se utilizan productos corrosivos o tóxicos, ¿En el piso existen recubrimientos que sean resistentes a estos productos?
3Las paredes interiores, cielos y otras estructuras, ¿Se mantienen en buen estado de higiene y conservación?
4Los pisos de los lugares de trabajo y pasillos de tránsito, ¿Se mantienen despejados, permitiendo un fácil acceso y desplazamiento?
5Los pasillos y espacios entre maquinarias y/o equipos, ¿Son lo suficientemente amplios permitiendo el movimiento seguro del personal?
6Si el trabajo se realiza a la intemperie ¿los trabajadores cuentan con elementos de protección que los protejan de las inclemencias climáticas?
7¿Los lugares de trabajo se encuentran en buenas condiciones de orden y limpieza?
II. Provisión agua potable
8
¿Se dispone de agua potable?
¿En la cantidad mínima de 100 litros por persona y por día?
36
Nº ITEM Si No No aplica
Observa-ciones
9
Si la faena o campamento es de carácter transitorio, y no es posible proveer 100 litros de agua por trabajador ¿la empresa cuenta con la respectiva autorización sanitaria que permite entregar al menos 30 litros de agua por persona?
III. Servicios higiénicos
10
¿La cantidad de artefactos es adecuada para el número de trabajadores que laboran por turno?
TrabajadoresNº
ExcusadosNº
LavatoriosNº
Duchas
1 a 10 1 1 1
11 a 20 2 2 2
21 a 30 2 2 3
31 a 40 3 3 4
41 a 50 3 3 5
IV. Guardarropías y comedores
11Si la actividad requiere el cambio de ropa, ¿Existe un recinto destinado a vestuario, independiente por sexo?
12¿Tiene casilleros en igual cantidad al número de sus trabajadores?
13Si se manipulan sustancias peligrosas ¿los trabajadores tienen doble casillero?
14¿La empresa cuenta con un comedor el cual además se encuentra separado de las áreas de trabajo?
15Si se realiza colación en el lugar de trabajo, ¿El comedor cuenta con lavaplatos, cocina y mesas con sillas de material lavable?
37
V. Ventilación
Nº ITEM Si No No aplica
Observa-ciones
16
¿El lugar de trabajo cuenta con ventilación natural o mecánica o de extracción, dependiendo de los riesgos y de la exposición a agentes químicos, físicos o biológicos?
VI. Condiciones de seguridad
17Las instalaciones eléctricas y de gas, ¿Cumplen con las Normas establecidas por la autoridad competente (S.E.C.)?
18Si se usan grúas horquillas, ¿el operador cuenta con licencia de conducir clase D?
19El almacenamiento de materias primas, materiales y productos terminados ¿se realiza en forma ordenada y de acuerdo al riesgo de cada producto?
VII. Prevención y Protección contra incendio
21Cuenta con extintores con un potencial de extinción mínimo según lo establecido en el Decreto Supremo Nº 594? (revisar tabla 1.3.5).
22
¿Los extintores se encuentran ubicados en sitios de fácil acceso, señalizados, colgados, certificados, en condiciones de máximo funcionamiento y con su mantención al día?
23¿Han sido capacitados todos los trabajadores sobre el uso de los equipos de extinción? ¿Existe un registro escrito de esta actividad?
38
TABLA 1.3.5Decreto Supremo Nº 594, Artículo 46
Potencial de extinción mínimo por superficie de cubrimiento y distancia de traslado
Nº ITEM Si NoNo
AplicaObserva-
ciones
24¿Se ha realizado la evaluación de riesgo de higiene industrial según el(los) agente(s) al(a los) cual(es) se encuentra expuesto el trabajador?
25
Si los resultados de la(s) evaluación(es) se encuentra(n) en la proximidad o sobre los límites permitidos, ¿se ha tomado alguna acción para evitar el daño a la salud del trabajador?
26
¿Los trabajadores que se encuentran expuestos a algún agente físico o químico, sobre los niveles máximos establecidos en el Decreto Supremo Nº 594 se encuentran en un programa de vigilancia médica?
Presencia de Agentes Químicos, Físicos y Biológicos en los lugares de trabajo, marcar con una “x” según corresponda.
Agentes Químicos Agentes Físicos Agentes BiológicosPolvos Ruido VirusHumos Iluminación BacteriasSolventes Calor/frío HongosOtros, especificar: Otros, especificar: Otros, especificar:
TABLA 1.3.6
Superficie de cubrimiento máxima por extintor (m2)
Potencial de extinción mínimo
Distancia máxima de traslado del extintor
(m)150 4 A 9225 6 A 11375 10 A 13420 20 A 15
39
Nota: 1. Se recomienda consultar al experto ACHS asignado a su empresa respecto la evaluación de riesgo de los distintos agentes y el procedimiento a seguir.
2. Si la empresa emplea sustancias químicas, se recomienda consultar al experto ACHS asignado a su empresa respecto a las disposiciones legales aplicables.
40
2.3 Diagnóstico Legal Decreto Supremo Nº 76
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
Nº ITEM Si No No Aplica
Observa-ciones
1
¿Existe una Política de Prevención de Riesgos, la cual ha sido informada a todos los trabajadores? ¿Esta política se encuentra publicada en alguna parte de la empresa?
2El Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el trabajo (SST) ¿cuenta con una organización, planificación claramente definida?
3
¿ La empresa cuenta con un sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo (SST)?, ¿Se evalúa periódicamente el cumplimiento del sistema de gestión?
4
¿ La empresa cuenta con los mecanismos para la adopción de medidas preventivas y correctivas en función de los resultados obtenidos en la evaluación definida previamente, de manera de introducir las mejoras que requiera en Sistemas de Gestión de la SST?
5
¿La información vinculada al Sistema de Gestión de la SST está respaldada por escrito, y los documentos se mantienen, en papel o formato electrónico, a disposición de las entidades fiscalizadoras?
6
¿Si usted es contratista o subcontratista, la empresa principal (mandante) le proporciona un ejemplar del Reglamento Especial para contratista o subcontratista previo al inicio de sus labores en la faena, obra o servicios?
7
¿Si usted es una empresa principal (mandante), ha confeccionado y proporcionado un ejemplar del Reglamento Especial para Contratistas y Subcontratistas? ¿Existe un registro escrito donde conste la recepción de dicho documento por parte de la(s) empresa(s) contratista(s) / subcontratista(s)?
41
Nº ITEM Si No No Aplica
Observa-ciones
8
¿Como contratista o subcontratista informa a la empresa principal (mandante) cualquier condición que implique riego para la seguridad y salud de los trabajadores o la ocurrencia de cualquier accidente del trabajo o el diagnóstico de cualquier enfermedad profesional?
9
Si usted es una empresa principal (mandante), y existen en total más de 25 trabajadores, cualquiera que sea su dependencia, ¿está constituido el Comité Paritario de Faena?
10
Si usted es una empresa principal (mandante), y existen en total más de 100 trabajadores (considerando los propios más trabajadores de empresas contratistas/subcontratistas y/o de servicios transitorios), ¿existe un Depto. de Prevención de Riesgos de Faena?
42
Actividad Responsable %Cumpl.
Investigación de Accidentes: Supervisor
Elaborado por (Nombre, cargo, firma): Fecha:
Plazo/Fecha/Peridicidad
Regularización y Cumplimiento Legal:
Aprobado por (Nombre, cargo, firma):
Cada vez que ocurra
Inspecciones a áreas de trabajo:
45
ANEXO 4
Inspección de Prevención de Riesgos
[NOMBRE EMPRESA]
ANEXO 4
INSPECCIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
46
N° Situación Detectada Lugar Responsable
1
2
3
4
5
7
8
9
10
Formulario de Inspección de Prevención de Riesgos
Empresa:
N° Inspección: Encargado(s) de la Inspección (nombre y firma): Fecha:
Acción Tomada
ANEXO 5
Procedimiento de Investigación de Accidentes
Formulario Investigación de Accidentes
[NOMBRE EMPRESA]
48
ANEXO 5
PROCEDIMIENTO INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES
1. PROPÓSITO
Identificar las causas de los accidentes y determinar medidas de control.
2. ALCANCE
Este procedimiento se aplica en todos los accidentes colectivos o individuales
que tengan consecuencias fatales o graves, tales como fracturas,
quemaduras, lesiones múltiples, amputaciones, etc. Asimismo, también es
aplicable a aquellos accidentes o incidentes que a juicio de la Gerencia o su
representante ameriten ser investigados.
3. RESPONSABILIDADES
Supervisor
Investigar los accidentes ocurridos en la empresa
Aplicar las medidas correctivas derivadas de la investigación
Representante de la gerencia
Gestionar recursos para la aplicación de medidas correctivas
Gerente General
Otorgar recursos para la corrección de las causas de accidentes.
49
Trabajadores
Denunciar a la jefatura directa todo accidente apenas este haya ocurrido.
Aplicar las medidas correctivas para evitar la repetición del accidente.
4. PROCEDIMIENTO
4.1. El supervisor debe dar inicio a la investigación del accidente, procurando
cumplir los siguientes pasos:
- Visitar el lugar de ocurrencia y obtener evidencias físicas que le sean de
utilidad para respaldar la investigación.
- Entrevistar a testigos.
- Confrontar las entrevistas y las evidencias físicas encontradas.
- Entrevistar al lesionado en caso de ser posible.
- Describir por escrito, lo mas exactamente posible, como ocurrió el
accidente.
4.2. Identificar y analizar las causas que contribuyeron a la generación del
accidente. Para esto debería recurrir al apoyo del Experto Asesor ACHS y/o
al representante de la gerencia.
4.3. Establecer medidas de control.
4.4. Elaborar el Informe de Investigación, que incluye las medidas de control. El
Informe de Investigación de Accidentes es elaborado en el Formulario para
la Investigación de Accidentes, que incluye en Anexo N° 5.1.
ANEXO N° 5.1
50
(Incluir nuevo formato)
Formulario para la Investigación de Accidentes
ANTECEDENTES DEL ACCIDENTE
Lugar del accidente: Fecha del accidente: Hora del accidente: Jefe Directo del Accidentado:
ANTECEDENTES DEL ACCIDENTADO (accidente)
Nombre del accidentado: RUT Edad: Antigüedad:
Puesto de trabajo: Tarea que realizaba:
Parte del cuerpo lesionada: Clasificación: (marque con una X)
Leve Grave Muy grave Mortal
AGENTE CAUSANTE: (describirlo)
Condiciones materiales: Ambiente o lugar de trabajo:
Condiciones personales: Organización del trabajo:
DESCRIPCIÓN
Describir detalladamente el suceso e incluir un croquis para el caso de accidentes de tránsito:
INVESTIGACIÓN
¿Qué actos, fallos y/o condiciones contribuyeron más directamente en la ocurrencia del suceso?
¿Cuáles son las causas básicas o fundamentales para la existencia de estos actos o condiciones?
MEDIDAS CORRECTIVAS
Fecha de implantación:
Responsable:
Firma:
Nombre del que realiza investigación: Fecha de la investigación:
IMPORTANTE: Cuando envíe a un trabajador accidentado a alguna sede de la ACHS recuerde enviar la DIAT (declaración individual de accidente del trabajo)
Nota: Una vez finalizado este informe debe enviar una copia al Experto en Prevención ACHS asignado a su empresa.
51
ANEXO 6
PLAN DE EMERGENCIA
Los siguientes documentos son una guía para elaborar el plan de emergencia de
la empresa, el cual deberá considerar los peligros identificados.
Primero, encontrará unas tablas donde se deberán indicar los medios de
protección con los que cuenta la empresa. En este punto resulta importante
incluir aquellos elementos que existan en la empresa, independientemente de su
estado. Asimismo, encontrará una tabla donde debe quedar establecida la
organización de los medios humanos disponibles, indicando los nombres de
aquellas personas encargadas de tomar las acciones necesarias en caso de
presentarse una emergencia.
En segundo término, encontrará las pautas de acción a seguir frente a diferentes
emergencias, las cuales deberá implementar según las potenciales emergencias
que se pudieran ocurrir en su empresa.
En tercer término, encontrará recomendaciones relativas a la implementación y
puesta en marcha del plan.
MEDIOS DE PROTECCIÓN
SectorTipo de
Extintor (PQS, CO2,..)
Potencial de
ExtinciónUbicación Estado
53
SectorTipo de sistema
de alarma disponible
Dispositivo de accionamiento
(pulsador, sensor,...)Ubicación Estado
SectorTipo de Señalización
(extintor, vía de evacuación, etc.)
Ubicación Estado
Ocupación de las instalaciones
Turno Número de personas Jefe de Emergencias
Organización de medios humanos
Denominación Función
Jefe de emergencias
Asumirá la dirección y coordinación de los equipos de intervención.
Designación
Titular:
Suplente:
Equipo de evacuación
Sus componentes realizarán acciones encaminadas a asegurar una evacuación total y ordenada de su sector una vez generada la correspondiente señal o aviso para abandonar el sector.
Designación
Titular:
Suplente:
54
IMPLEMENTACIÓN Y PUESTA EN MARCHA
RESPONSABILIDAD Y ORGANIZACIÓN
Será responsabilidad de la Gerencia de la empresa la implementación y puesta
en marcha del Plan de Emergencias según los criterios establecidos en el
presente documento.
ACCIONES MÍNIMAS DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS
1. Asegúrese de mantener el sistema eléctrico en buen estado. Si tiene
dudas, solicite una acuciosa revisión por parte de personal técnico calificado y
autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), y
realice las modificaciones necesarias.
2. No sobrecargue el sistema eléctrico mediante el uso de enchufes de varias
entradas. Limite el uso de alargadores. No deben mantenerse cables
dispuestos directamente sobre el piso.
3. Cualquier intervención, reparación, ampliación o modificación del sistema
eléctrico debe ser realizada por personal técnico calificado y autorizado por la
Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
56
4. El uso de cocinillas, estufas portátiles y artefactos similares debe ser
autorizado solamente en sectores libres de materiales combustibles en su
entorno y alejado de rutas de evacuación.
5. Conozca y señalice la ubicación de tableros eléctricos y válvulas de corte
de suministro de gas. No mantenga cilindros de reserva con gases a presión
en el interior de sus dependencias.
6. Implemente un buen programa de orden y aseo, asegurándose de eliminar
prontamente materiales de desecho que pueden constituir un riesgo de inicio
de un fuego. Si acumula basura y desechos en el exterior, cuide que el sector
no esté expuesto a un fuego externo y que su ubicación no signifique un riesgo
para la edificación.
7. Limite las cantidades de materiales inflamables en el interior de sus
dependencias. Tenga solo el mínimo imprescindible y en envases metálicos
provistos de tapa. Mantenga estos envases con rótulos que indiquen
claramente su contenido.
8. Defina un lugar exterior seguro para fumadores. Establezca prohibiciones
para esta práctica en zonas con acumulación de materiales combustibles.
57
9. Controle y supervise todo trabajo de mantención, reparación o similar que
se realice en su empresa, teniendo especial cuidado con aquellos que
involucren el uso de fuentes de calor, como soldadoras, sopletes y equipos de
corte de metales, así como los que requieren productos inflamables como
solventes, diluyentes, adhesivos o similares. Haga respetar las instrucciones y
condiciones de aplicación de los respectivos fabricantes.
INSPECCIÓN DE EXTINTORES
Según lo establecido en el Decreto Supremo Nº 594, los extintores deben estar
ubicados en sitios de fácil acceso y clara identificación, libres de cualquier
obstáculo, y estarán en condiciones de funcionamiento máximo. Se colocarán a
una altura máxima de 1,30 metros, medidos desde el suelo hasta la base del
extintor y estarán debidamente señalizados.
Los extintores que precisen estar situados a la intemperie deberán colocarse en
un nicho o gabinete que permita su retiro expedito, y podrá tener una puerta de
vidrio simple, fácil de romper en caso de emergencia.
58
Los extintores deberán ser sometidos a revisión, control y mantención preventiva
según normas chilenas oficiales, realizada por el fabricante o servicio técnico, de
acuerdo con lo indicado en el decreto N° 369 de 1996, del Ministerio de
Economía, Fomento y Reconstrucción, por lo menos una vez al año, haciendo
constar esta circunstancia en la etiqueta correspondiente, a fin de verificar sus
condiciones de funcionamiento. Será responsabilidad del empleador tomar las
medidas necesarias para evitar que los lugares de trabajo queden desprovistos
de extintores cuando se deba proceder a dicha mantención.
El propósito de la inspección es dar una seguridad razonable que el extintor
funcionará en forma efectiva y segura. Esto se hace observando que se
encuentre en el lugar designado, que no haya sido operado o alterado y que no
exista daño físico obvio o condición que impida su operación.
Los extintores se deben inspeccionar al momento de su instalación y
posteriormente a intervalos aproximados de 30 días; cuando las circunstancias lo
requieran, las inspecciones deben ser más frecuentes.
A lo menos una vez al mes, se deben registrar la fecha de inspección y las
iniciales de la persona que llevó a cabo la inspección; este registro se debe llevar
en una tarjeta colgante y/o etiqueta adherida a cada extintor.
59
La inspección periódica de los extintores debe incluir, a lo menos, la verificación
de los siguientes ítemes:
a) que el extintor esté en el lugar designado;
b) que el acceso o la visibilidad al extintor no estén obstruidos;
c) que las instrucciones de uso sean legibles;
d) que los sellos de seguridad indicadores de uso no fallen o estén rotos;
e) que la masa del extintor cargado corresponda a la informada en los
rótulos;
f) que no se observe evidencia de daño físico, corrosión, escape u
obstrucción de la manguera;
g) que la lectura del manómetro esté entre los límites de operación;
h) que los rótulos del servicio técnico estén vigentes;
i) en el caso de los extintores rodantes, se debe verificar además, la
condición de la manguera, boquilla, ruedas, llantas y vehículo.
En caso de detectar alguna anomalía, el extintor deberá ser enviado al proveedor
del equipo para que el problema detectado sea subsanado.
Cumpla con las fechas de revisión y mantención establecidas por el proveedor.
En ningún momento la empresa deberá quedar desprovista de extintores. En
consecuencia, al momento de enviar los equipos a revisión o mantención se
deberá solicitar al proveedor la entrega de extintores en reemplazo mientras dure
el servicio.
60
CONDICIONES PREVIAS PARA UNA EVACUACIÓN
1. Todos los pasillos, puertas, rampas y escaleras que conduzcan hacia una
salida al exterior deben encontrarse expeditos, sin obstáculos y correctamente
señalizados con indicaciones de la dirección de evacuación, escaleras y
salidas.
2. Debe asegurarse que el ancho libre de los pasillos no sea inferior a 1,10 m.
Las puertas deben tener un ancho nominal mínimo de 0,85 m. y una altura de
2 m.
3. Si el horario normal de funcionamiento o las condiciones de las dependencias
requiere de contar con iluminación artificial, debe disponerse de lámparas a
batería (de emergencia) que permitan visualizar como mínimo los recorridos
de evacuación por pasillos y escaleras, así como el acceso a las salidas.
4. Debe existir un medio masivo de aviso de emergencia que asegure su
recepción por parte de todos los ocupantes de la empresa. Para ello pueden
utilizarse medios manuales (campana, silbato, etc.) o que funcionen con
energía eléctrica (campanilla, bocina, etc.). Si existen sectores donde las
labores involucren un elevado nivel de ruido y los trabajadores deban utilizar
protectores auditivos, la señal de aviso debe ser además luminosa, para lo
cual debieran utilizarse luces estroboscópicas.
61
5. La señal o aviso de evacuación debe ser conocida por todos, de manera que
al generarse no existan demoras para el inicio de la evacuación. La
responsabilidad de dar este aviso debe estar claramente definida y no verse
demorada por la necesidad de pedir autorizaciones previas.
6. Considere la instalación de un sistema automático de detección y alarma de
incendios. Este sistema le permitirá tener un pronto aviso de la ocurrencia de
un fuego y disponer de un mayor tiempo para su control y evacuación del
lugar.
7. Se debe definir un lugar seguro fuera de la edificación a la cual deben dirigirse
los ocupantes al verse obligados a evacuar sus instalaciones. Este lugar
puede ser en el terreno de la misma empresa, pero en un sector cercano a
una salida a la vía pública, o bien directamente en la calle o vía pública.
62
REQUISITOS DE INFORMACIÓN Y CAPACITACIÓN
Según lo establecido en el Decreto Supremo Nº 594, todo el personal deberá ser
capacitado en el uso de los extintores. Se recomienda solicitar esta capacitación
al proveedor de los equipos contra incendio y dejar un registro escrito sobre la
realización de esta actividad.
Se recomienda que toda persona encargada del botiquín sea capacitada sobre
Primeros Auxilios.
Además, todo el personal de la empresa deberá estar informado sobre los
siguientes temas:
Posibles emergencias que se pueden presentar en la empresa y los
consiguientes riesgos asociados a ellas.
Las precauciones a adoptar para evitar las causas que puedan originar una
emergencia.
La forma en que deben informar al Jefe de Emergencia cuando detecten una
emergencia.
Información sobre lo que se debe hacer y no hacer en caso de emergencia.
Zonas de seguridad designadas para la evacuación de la empresa.
Mantener siempre visible los teléfonos de emergencia en al menos 2 sectores de
la empresa.
63
IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN Y SIMULACROS
1. Prepare instructivos simples para el personal, en base a lo indicado en los
puntos anteriores, los que pueden ser complementados con carteles con las
instrucciones básicas para actuar en caso de incendio.
2. Las reuniones para tratar este tema resultan de gran utilidad. Pueden
realizarse una por semestre para verificar que los procedimientos son
conocidos y entendidos por todos, así como para evaluar posibles mejoras o
modificaciones. El personal nuevo debe ser instruido en estos procedimientos.
3. Consulte periódicamente a los trabajadores sobre los procedimientos en
caso de emergencia con el objeto de que éstos se vayan familiarizando con
las distintas acciones a tomar.
Al menos una vez por año debe realizarse un simulacro de evacuación que no
debe tomar mas allá de 10 a 15 minutos. Los resultados de este simulacro deben
ser evaluados e informados. Si se detecta alguna situación no prevista debe ser
analizada y corregida. Recuerde que el objetivo principal de esta actividad es
desarrollarla en el menor tiempo posible sin que ocurran lesionados durante la
evacuación.
64
ANEXO 7
Verificación del Desempeño de la Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo
Certificado de cumplimiento Prescripción de medidas correctivas
66
[NOMBRE EMPRESA]
ANEXO 7.1
LISTA DE VERIFICACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Y EMISIÓN DE ACCIONES CORRECTIVAS
Item% de
cumplimientoAcciones
correctivasFecha de
CumplimientoFirma
Gerente
Se ha nombrado al Representante de la Gerencia. Se han comunicado las responsabilidades establecidas en el sistema al Representante de la Gerencia, Gerente, Jefaturas y Trabajadores.El personal de la empresa sabe acerca de los compromisos incluidos en la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Se han identificado los peligros y evaluado los riesgos. Se han programado acciones para el control de los riesgos intolerables o importantes.
Se han identificado los requisitos legales aplicables.
Se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales.
En el caso de incumplimientos legales, se ha programado acciones para regularizar los incumplimientos.
El Representante de la Gerencia ha elaborado el Plan de Acción.
Se han cumplido las actividades del Plan de Acción. Los trabajadores y jefaturas conocen las medidas para actuar en caso de emergencia.
67
Item% de
cumplimientoAcciones
correctivasFecha de
CumplimientoFirma
Gerente
Se ha realizado la investigación de todos los accidentes graves y fatales.
Se ha capacitado a los trabajadores sobre los peligros.
Los trabajadores tienen conocimiento sobre peligros. Se ha capacitado a los trabajadores sobre procedimientos o normas de seguridad. Se ha revisado el cumplimiento de medidas correctivas derivadas de investigación de accidentes.
Se ha revisado el cumplimiento de medidas correctivas derivadas de verificaciones anteriores del sistema.
Se ha dado cumplimiento a medidas correctivas emitidas por la autoridad.
Se ha dado cumplimiento a medidas correctivas emitidas por la ACHS.
Se ha dado cumplimiento a medidas correctivas derivadas de inspecciones.Se ha dado cumplimiento a medidas correctivas derivadas de situaciones de emergencia.
Otra verificación:
Nota 1:Se generan Medidas Correctivas cuando el cumplimiento es inferior a lo esperado a la fecha de verificación.
Nota 2:Las verificaciones se deben realizar trimestralmente por el representante de gerencia.
68