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  • 8/18/2019 Codigo de Edificacion Municipal 9387

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    ORDENANZA N° 9387/95

    CÓDIGO DE EDIFICACIÓN

    Sancionada : 21-11-95!o"#$%ada : 11-12-95D&c!&'o N° : 23(8-A-95#)$icada : 15-12-95*o$&'+n ,#nicia$ N° : 198. %ina N° : .-97D&c!&'o R&%$a"&n'a!io 0.3-D-9.

    ER ORDENANZAS N° 8(57 8(.( 8133 8208 825.DECRE4O-ORDENANZA .73 / .2

    ,ODIFICADA OR ORDENANZAS N 9812 9810 9970 1(281 -

    1(350 1(053 -

    INDICE OR 4E,AS: &!"i6o d& Ediicacin  Doc#"&n'acin C&!'iicado6 Fina$ d& O)!a  a!a$iacin ; c$a#6#!a d& O)!a6 R&$&DAD DE CÓRDO*ASANCIONA CON F>ERZA DE ORDENANZA

    CA@4>=O RI,ERO

     1 NOR,AS GENERA=ES

    11 DISOSICIONES GENERA=ES

    1.1.1. Alcances y ámbito de vigencia de las normas

    La presente Ordenanza, tiene por objeto regular la construcción deedificios nuevos, ampliación, refacción, reconstrucción, transformación,demolición y/o reforma de los eistentes, registro de las edificaciones,mantenimiento de los predios y edificios dentro del ámbito del !jido "unicipalde la #iudad de #órdoba, las $ue se aplicarán por igual a los edificios p%blicos y

     privados.

    Lo precedente debe considerarse como enunciativo y no debeinterpretarse como limitación de la aplicación de esta Ordenanza a cual$uier otro aspecto previsto en la misma.

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina - 1

    http://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23permisohttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23documentohttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23findeobrahttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23obraparadahttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23relevamientohttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23demolici%C3%B3nhttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23inspecci%C3%B3nhttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23penalidadeshttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23Registroshttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23lineashttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23cercaveredahttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23normashttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23egresohttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23norconstructivashttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23Seguridadhttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23Seguridadhttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23documentohttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23findeobrahttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23obraparadahttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23relevamientohttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23demolici%C3%B3nhttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23inspecci%C3%B3nhttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23penalidadeshttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23Registroshttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23lineashttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23cercaveredahttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23normashttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23egresohttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23norconstructivashttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23Seguridadhttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23Seguridadhttp://var/www/apps/conversion/tmp/scratch_6/HYPERLINK%23permiso

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    1.1.. dioma nacional y sistema m0trico decimal

    odos los documentos $ue se relacionan con la presente Ordenanzaserán escritos en idioma nacional, salvo los tecnicismos sin e$uivalente en

    nuestro idioma. #uando se acompa2en antecedentes o comprobantes de carácter indispensable redactados en idioma etranjero, se acompa2arán con la respectivatraducción en idioma nacional.

    !sta obligación no comprende a las publicaciones o manuscritos presentados at3tulo informativo.

    12 ORGANIS,O DE A=ICACIÓN

    4erá Organismo de Aplicación de la presente Ordenanza la 5irecciónde #ontrol de Obras +rivadas y 6so del 4uelo.

    1..1. #omisión de normas urban3sticas

    1..1.1. #reación y constitución

    #r0ase la #omisión de ormas 6rban3sticas cuya constitución estaráfijada por el 5ecreto reglamentario de la presente.

    La #omisión de ormas 6rban3sticas podrá realizar todas las

    consultas $ue considere necesarias, tanto a instituciones etra 7 municipalescomo a particulares, si por el caso a resolver as3 lo necesitare.

    1..1.. 8unciones de la #omisión de ormas 6rban3sticas

    !s función de la #omisión de ormas 6rban3sticas asesorar, cada vez$ue le sea re$uerido por el 5epartamento !jecutivo "unicipal o por losOrganismos de Aplicación, sobre los temas relacionados con la aplicación einterpretación de la presente Ordenanza y de las normas urban3sticas contenidasen las Ordenanzas 9 (:*) / (*, 9 (:;: / (*, 9 (1'' / (*, 9 (CIDA OR =A ORDENANZA 1(281A!' 1B - ROCEDI,IEN4O AD,INIS4RA4IO ARA =AA>4ORIZACIÓN DE =A CONS4R>CCIÓN DE O*RAS

    13 ROCEDI,IEN4O AD,INIS4RA4IO ARA =AA>4ORIZACIÓN DE =A CONS4R>CCIÓN DE O*RAS

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -

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    131 D& $a6 &'aa6

    !l propietario y profesional/es intervinientes en la construcción deobras, deberán cumplir las siguientes etapas=

    1 7 Obtención del +ermiso de !dificación.

    7 +resentación del Aviso de Avance de Obra.

    ' 7 Obtención del #ertificado 8inal de Obra.

    132 &!"i6o d& Ediicacin

    1321 4!a)ao6 #& !&#i&!&n &!"i6o d& Ediicacin

    4e deberá solicitar permiso de !dificación para=

    7 #onstruir edificios nuevos o efectuar mejoras.7 Ampliar, refaccionar, reconstruir, transformar o reformar lo ya

    constru3do cuando ello impli$ue modificaciones a planos aprobados o aconstrucciones eistentes.

    1322 R&#i6i'o6 a!a o)'&n&! &$ &!"i6o d& Ediicacin

    +ara poder dar comienzo a las obras, el propietario y profesionalinterviniente, deberán solicitar el +ermiso de !dificación, cumpliendo lossiguientes pasos=

    a> +ago de sellados y de la contribución $ue incide sobre laconstrucción de obras, si correspondiere.

     b> +ermiso de !dificación.

    !l propietario de la obra o su representante deberá presentar, por "esade !ntradas de la 5irección de Obras +rivadas y 6so del 4uelo, el plano del

     proyecto de la obra por cuya construcción se solicita autorización, junto con losdemás elementos documentales eigidos para la obtención de dic?o permiso,

     bajo la forma de declaración jurada de cumplir con todas las normas deedificación vigentes y asumiendo la responsabilidad por cual$uier incumplimineto de ellas.

    !l plano a presentar para obtener +ermiso de #onstrucción constará delos siguientes elementos=

    1. +lanta @eneral planta baja>.

    . +lantas restantes pisos altos, entrepisos y subsuelos>.

    '. +lanta de tec?os.

    cortes por lo menos uno de los cuales, $ue corte por la

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    L3nea "unicipal>.

    *. 8ac?adas.

    ;. +lanilla de aberturas áreas de iluminación y ventilación>.

    ). +lanilla de superficies de locales y unidades ?abitables.(. 5eclaración de ?aber cumplimentado con las normas antis3smicas

    de la Ley - ;1'( o de la $ue la modifi$ue o sustituya.

    &. oda otra documentación gráfica $ue la 5irección de Obras+rivadas y 6so del 4uelo considere necesaria para su interpretación.

    !scala a presentar 1=1::.

    La presentación de documentación en otra escala a la referida, sujeto aconsideración de la 5irección de Obras +rivadas y 6so del 4uelo.

    La forma, contenido y demás condiciones de los planos y de sucarátula serán fijados por v3a reglamentaria.

    1323 Doc#"&n'acin

    La documentación gráfica y escrita eigida a los fines de la obtencióndel permiso de edificación, modificación del proyecto originario y/o relativa alcertificado final de obra, como as3 tambi0n a$uella re$uerida para cual$uier otraautorización, certificación o tramitación establecida en el presente #ap3tulo,deberá llevar la firma de profesional responsable debidamente matriculado y?abilitado, a cuyos efectos está deberá ser refrendada por el #olegio +rofesionalrespectivo, seg%n las leyes $ue reglamentan su ejercicio.

    La Autoridad de Aplicación deberá eigir la acreditación fe?aciente dela ?abilitación profesional al momento de la iniciación de los trámitescorrespondientes.

    1320 Ca!'&$ d& O)!a

    Los profesionales intervinientes en la obra, proyectista, conductor odirector t0cnico, tienen independientemente la obligación de e?ibir con vista ala v3a p%blica en forma conjunta o separada el cartel de obra. 5ic?o cartelcontendrá los datos de dic?os profesionales, el n%mero de epediente por el $uese tramita la autorización de la edificación y los demás datos $ue se eijan por v3a reglamentaria.

    1325 O)!a6 a &&c#'a! o! &'aa6

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    La solicitud de obra a ejecutar por etapas deberá ir acompa2ada de ladocumentación prevista en el art3culo 1.'... +ara la etapa de la obra a ejecutar inicialmente, el plano general en la escala conveniente con el programa total adesarrollar, debiendo completarse la documentación en oportunidad de dar comienzo a las etapas subsiguientes.

    +ara cada etapa se procederá como si cada una fuera obra nueva, en loreferente a permiso de edificación.

    132. ,odiicacin d& $ano6 d& !o;&c'o6 &n E&c#cin

    4i durante la ejecución de las obras, se produjeran modificaciones delo establecido en el permiso de edificación, el propietario y el profesionalresponsable deberán gestionar un nuevo permiso de edificación de +royecto enejecución, cumplimentando nuevamente todo lo establecido en el punto 1.'...y li$uidar la correspondiente al3cuota diferencial de la contribución $ue incidesobre la construcción de obras, establecida en la normativa municipal impositivavigente, si correspondiere.

    133 R&

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    reglamentaria, a fin de $ue se le otorgue un certificado de avance de obra.

    137 In6&ccin

    +resentado el plano a los fines del Art3culo anterior, la 5irección deObras +rivadas efectuará la inspección $ue corresponda, epidi0ndose en un

     plazo $ue se fijará por v3a reglamentaria, vencido el cual podrán continuarse lostrabajos de obra.

    138 C&!'iicado6 Fina$ d& O)!a

    6na vez finalizadas las obras, en las condiciones previstas, el profesinal/es inteviniente/s y el propietario, solicitarán los #ertificados de Obrascorrespondientes, presentando el permiso de edificación y una declaración

     jurada suscrita por todos los responsables, dejando constancia $ue lasconstrucciones ejecutadas se encuentran confome al permiso de edificación

    otorgado, a las normas vigentes y $ue el estado de obra es el $ue se detalla en lamemoria descriptiva adjunta.

    !l certificado de Obra será re$uisito indispensable para dar por conclu3do el procedimiento de autorización de constucción de obras, y para laaprobación de los planos de propiedad ?orizontal, cuando correspondiera.

    La autoridad de Aplicación deberá epedirse, en un plazo máimo de$uince 1*> d3as de ?aberse presentado la solicitud en forma y las condicionesre$ueridas por las normas vigentes, el $ue podrá prorrogarse por %nica vez, por 

    igual t0rmino. 5ic?a prórroga será dispuesta por resolución de la Autoridad deAplicación y notificada a los interesados.

    La Autoridad de Aplicación, en función de los grados de terminación ofinalización de las construcciones, epedirá los certificados de obra $ue sedetallan a continuación=

    a> #ertificado 8inal de Obra= +resentada en forma de la solicitud, laAutoridad de Aplicación, etenderá #ertificado 8inal de Obra, cuando lostrabajos est0n completamente terminados.

     b> #ertificado 8inal de Obra #on +lazo= +resentada en forma lasolicitud, la Autoridad de Aplicación, previa inspección de obra, etenderá#ertificado 8inal de Obra con +lazo, cuando los trabajos est0n completamenteconcluidos, aun$ue faltaren sólo detalles para su terminación $ue no afecten lascondiciones m3nimas de ?abitabilidad y/o funcionalidad del edificio, de acuerdoa los planos aprobados, a las disposiciones de esta Ordenanza y otras normas envigencia. La 5irección de Obras +rivadas y 6so del 4uelo otorgará el plazo determinación en relación a las caracter3sticas de los detalles faltantes.

    c> #ertificado de Obra concluida parcialmente= +resentada en forma lasolicitud, y en caso de $ue parte de la obra est0 finalizada y constituya unidad

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    funcional, la Autoridad de Aplicación, etenderá el #ertificado de Obraconcluida parcialmente.

    139 a!a$iacin ; c$a#6#!a d& O)!a6

    La Autoridad de Aplicación paralizará toda obra $ue se realice sin

    tener concedido el +ermiso o $ue teni0ndolo, no se ejecute de acuerdo a lasOrdenanzas y disposiciones en vigor y a las reglas del arte. 4ólo cuando seregularice la situación administrativa o constructiva, la Autoridad de Aplicación,dejará sin efecto la suspensión.

    !n caso de no acatarse la orden de paralización, la Autoridad deAplicación podrá disponer la #lausura de la obra. 4i se violare la clausuradispuesta, sin perjuicio de las sanciones $ue resulten aplicables, la Autoridad deAplicación dará inicio a las acciones $ue resulten pertinentes, solicitando en sucaso al 5epartamento !jecutivo la demolición de la obra.

    131( O)!a6 !&a$iada6 6in a#'o!iacin ,#nicia$R&$&

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    resolución, a$uellas obras en $ue la infracción cometida no sea de lascontempladas en el apartado anterior.

    c> La aprobación o registro de los planos no libera a los responsablesde las penalidades $ue pudieran corresponderles por violación de estaOrdenanza o normas complementarias. La Autoridad de Aplicación, cuando a su

     juicio sea posible o necesario, deberá eigir el cumplimiento total o parcial delas disposiciones sobre edificación aplicables al caso.

    1311 O'!a6 A#'o!iacion&6

    13111 4!a)ao6 #& !&#i&!&n A d3as?ábiles de iniciadas, mediante nota suscrita por el profesional ?abilitado, $uiendeberá declarar $ue los mismos se realizan bajo su eclusiva responsabilidad$ue no tiene otro motivo $ue la reparación de los da2os.

    1312 In&ac'i'#d d& $o6 doc#"&n'o6 &i%ido6

    4i en cual$uier etapa de la tramitación se detectara $ue losdocumentos están incompletos, presentan ineactitudes, e$u3vocos o

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina - (

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    incorreciones en la li$uidación o pago de sellados o derec?os en el caso $uecorrespondiera, se suspenderá la autorización $ue ?ubiese sido concedida. LaAutoridad de Aplicación deberá notificar este ?ec?o a los responsables, eintimarlos para $ue se completen o subsanen, sin perjuicio de las sanciones $ue

     pudieran corresponder, si las ineactitudes detectadas ocultaran o modificaran

    algunos datos esenciales para el otorgamiento de la autorización. 5ic?asuspensión, sólo será levantada una vez $ue se ?ayan cumplimentado todas laseigencias de la presente Ordenanza y demás normas en vigencia.

    1313 O)$i%acin d& con6&!

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    15 INSECCIONES

    151Si%niicado d& $a6 In6&ccion&6

    La inspección municipal tiene por finalidad verificar el cumplimientode las disposiciones vigentes y de ninguna manera significa avalar la calidad de

    los trabajos.La calidad de los trabajos ejecutados es responsabilidad %nica y

    eclusiva del profesional o profesionales intervinientes.

    La 5irección #ontrol de Obras +rivadas y 6so del 4uelo podrá paraa$uellos casos en $ue por la 3ndole de las actividades a desarrollar sea necesario

     preservar la seguridad p%blica, eigir la presentación de documentación probatoria del estado de lo edificado y de la calidad de los trabajos.

    152 D& $a6 con6'ancia6 d& $a6 In6&ccion&6

    Dealizada una inspección en una obra, el inspector dejará constanciade la misma, como as3 tambi0n de las anormalidades verificadas.

    153 O)$i%acin d& &!"i'i! $a6 In6&ccion&6

    odo propietario está obligado a permitir el libre acceso a su propiedad a los fines de $ue los inspectores puedan verificar el cumplimiento delas disposiciones de esta Ordenanza.

    $50 Ei6'&ncia d& Doc#"&n'acin &n o)!a

    !n la obra deberá mantenerse permanentemente en buen estado y adisposición del inspector o autoridad municipal competente la totalidad de ladocumentación aprobada. gualmente en toda obra deberá mantenerse, en lugar visible y en buen estado de conservación, el cartel indicando nombre y funciónde los profesionales intervinientes.

    155 O)$i%acin d&$ !oi&'a!io d& con6&!CIDA OR =A ORDENANZA 1(281A!' 3B ENA=IDADES

    4in perjuicio de las medidas previstas en el punto 1.'.1:.. inc c>, se

    establecen las siguientes penalidades=1.1 D& $a D&"o$icin

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -1:

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    !l 5epartamento !jecutivo "unicipal podrá ordenar, la demolición detoda obra $ue ?aya sido realizada en contravención a la normativa vigente,otorgando un plazo para ello, de todo lo cual notoficará a los responsables.

    1.2 D& $a6 "#$'a6

    La Autoridad de Aplicación elevará a la Autoridad #ompetente 7ribunal Administrativo de 8altas 7 las actas de infracción $ue ?ubiera realizado, para la aplicación de las multas $ue pudieran corresponder, seg%n lo establecidoen el #ódigo de 8altas. La resolución adoptada por el ribunal "unicipal de8altas, deberá ser notificda a su vez, a la Autoridad de Aplicación.

    1.3 O'!a6 &na$idad&6 ,odiicada o! O!d N 1(350B

    Ademas de las multas previstas la Autoridad de Aplicación, en caso deconstatarse las infracciones, podrá=

    a> mponer apercibimientos al propietario, profesional o constructor.

     b> +romover sancion 0tica ante el #olegio +rofesional.

    1.31 A$icacin d& "#$'a6

    Las multas serán fijadas conforme a la escala establecida en el #ódigode 8altas "unicipal vigente, para los distintos tipos de faltas all3 determinados.

    1.32 !o"ocin d& 6ancin 'ica

    !n caso de $ue el o los profesional/es municipal/es vigente/s, para losdistintos tipos de faltas all3 determinadas ocultando información o falseandodatos con el fin de obtener la autorización o permiso correspondiente, y sin

     perjuicio de las sanciones $ue pudieran corresponder la "unicipalidad enviaráde oficio los antecedentes del caso al #olegio o !ntidad +rofesional $uecorrespondiere, a susefectos.77777777777777777777777777777777777777777777777777777777777777777777777777777777777777777

    17 ,ODIFICACIÓN IN4ROD>CIDA OR =A ORDENANZA 1(281

    A!' 0B REGIS4ROS171 D& O)!a6 R&%i6'!ada6

    La Autoridad de Aplicación deberá llevar un registro actualizado delas Obras Degistradas, conforme lo dispuesto en el +unto 1.'.1:.. inc a> de la

     presente, el $ue estará abierto a la consulta de los interesados.

    172 D& O)!a6 A!o)ada6 o! R&6o$#cin

    La Autoridad de Aplicación deberá elevar un registro actualizado de

    las Obras Aprobadas por Desolución, conforme a lo dispuesto en el punto1.'.1:.. inc. b> de la presente, el $ues estará abierto a la consulta de losinteresados.

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -11

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    Las visaciones previas aprobadas con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza, caducarán automáticamente a los noventa &:> d3as corridosdesde su entrada en vigencia, si en el plazo establecido no se solicitara el

     permiso de edificación del proyecto de obra en cuestión.

    !n caso $ue la documentación presentada para solicitar la aprobaciónse encuentre incompleta o ?aya sido observada, los responsables tendrán un

     plazo máimo de sesenta ;:> d3as de notificados para completarla o subsanarla.Fencido dic?o plazo se dispondrá la baja del epedienteiniciado.77777777777777777777777777777777

    18 ,ODIFICACIÓN IN4ROD>CIDA OR =A ORDENANZA 9812A!' 5B DISOSICIONES 4RANSI4ORIAS

    181 i6acion&6 !&d3as corridos desde su entrada en vigencia, si en el plazo establecido no sesolicitara la aprobación de planos definitivos del proyecto de obra en cuestión.

    !n caso $ue la documentación presentada para solicitar laaprobación, se encuentre incompleta o ?aya sido observada, los responsables,tendrán un plazo máimo de noventa &:> d3as de notificados, para completarlao subsanarla. Fencido dic?o plazo, se dispondrá la baja del !pediente iniciado.

    182 !o;&c'o6 A!o)ado6

    Los proyectos con planos definitivos, aprobados dentro del t0rmino fijadoen el punto anterior o antes de la vigencia de la presente, contarán con un plazode doce 1> meses desde tal aprobación o dic?a entrada en vigencia, para dar comienzo a la respectiva obra. 4e considerará obra comenzada, la $ue ?ayamaterializado como m3nimo el *:G de los trabajos completos de cimentación,de lo cual se dejará constancia por medio de una declaración jurada suscrita por el profesional interviniente y el propietario. Asimismo, se fija como plazo

    máimo de finalización de obra el de diez 1:> a2os. Fencidos dic?os plazos sincumplimentarse lo dispuesto, se deberá iniciar nuevamente los trámites deaprobación de planos, de conformidad a lo dispuesto por la presente Ordenanza.Ordenanza &(1 Art. *9>

    CAI4>=O SEG>NDO

    2 NOR,AS O=>,4RICAS H =@NEAS

    21 =@NEAS

    211 =+n&a d& Ediicacin &n

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    !n calles con veredas menores a ,*: dos con cincuenta> metrosestabl0zcase la obligatoriedad para todos a$uellos edificios a construirse, deretirar su L3nea de !dificación a un m3nimo de ,*: dos con cincuenta> metrosa partir del cordón de la vereda, destinándose el espacio comprendido entre laL3nea "unicipal y la L3nea de !dificación para el ensanc?e de la vereda

    +ara la correcta aplicación de lo dispuesto en el presente Art3culo, entodos los casos en $ue el cordón de la vereda no est0 perfectamente definido omaterializado, a pedido del recurrente la 5irección de Obras Fiales, previoinforme de la 5irección de +laneamiento 6rbano, otorgará un H#ertificado decordón de veredaH.

    !n todas a$uellas v3as peatonales $ue no cuenten con cordón devereda, ubicadas en el sector correspondiente al Irea #entral, el retiroobligatorio de la L3nea de !dificación será de 1,:: un> metro, a contar de la

    actual L3nea "unicipal.!ste espacio de uso p%blico y restricción de la propiedad, debe ser 

    respetado solamente en planta baja desde el nivel de la vereda ?asta .): doscon setenta> metros de altura, por debajo de este nivel y por arriba de esta altura,el propietario podrá recuperar el terreno ?asta la L3nea "unicipal, pudiendosobresalir de esta L3nea con los elementos permitidos por esta Ordenanza en.'..

    !l valor del retiro consignado es el m3nimo, salvo en los casos particulares determinados por normas espec3ficas y a$uellos $ue est0nencuadrados por la Ordenanza 9 (.

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -1'

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    212 Con6'!#ccion&6 o! d&)ao d&$ ni del jard3n.

    @ráfico .1.'.1.>..l.'.. La aplicación del retiro de frente no podrá reducir la superficie

    disponible para edificación, a menos de 1':,:: m. ciento treinta metroscuadrados> a tomar más del *G veinticinco por ciento> de la superficie delterreno.

    La forma de distribuir esta reducción, se ajustará a las siguientescondiciones para lotes en es$uina= se respetará el retiro reglamentario ?asta ',::tres> metros de los ejes medianeros, la superficie restante ?asta llegar al *G

    veinticinco por ciento> del lote, se distribuirá en el resto de la zona destinada aretiro de frente no pudiendo ser menor de 1,*: uno con cincuenta> metros ladimensión de espacio verde medida en sentido perpendicular a la L3nea"unicipal, sobre esta ona no se admitirá saliente mayores a :,': cero comatreinta> metros de anc?o. @ráfico .1.'..>.

    .1.'.'. !l retiro reglamentario ?asta ',:: tres> metros del ejemedianero, será obligatorio aun$ue $ueden menos de 1':,:: m ciento treintametros cuadrados> de superficie disponible o se tome más del *G veinticinco

     por ciento> de la superficie del lote.

    .1.'.

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    evitar la falsa escuadra> no pudiendo ser su dimensión menor de 1,*: m unocon cincuenta metros> medido en sentido perpendicular a la L3nea "unicipal ydebiendo respetarse siempre el retiro reglamentario sobre los ejes medianeros.@ráfico .1.'..

    .1.'.*. !n los lotes en es$uina sobre una calle de la Ded Fial+rincipal definida por normas vigentes, se eigirá el retiro reglamentario sobretodo el frente del lote pudiendo compensarse sobre la otra calle, a efectos de nosuperar el *G veinticinco por ciento> de la superficie total del lote.

    !n casos de es$uinas sobre dos calles de la Ded Fial +rincipal podrácompensarse sobre una de ellas a juicio de la 5irección #ontrol de Obras+rivadas y 6so del 4uelo, de acuerdo a la importancia de las mismas y de lascaracter3sticas de la edificación en la zona.

    .1.'.;. !n el caso espec3fico del trazado aprobado por 5ecreto7

    Ordenanza &&&: el Detiro m3nimo será de ' tres> metros. Jarrio "ar$u0s de4obremonte>.

    .1.'.). !n el caso espec3fico del Jarrio La 8rance, las parcelascomprendidas entre las arterias Jv. Los @ranaderos al sur, calle #oncepción delJermejo al oeste, v3as del 8errocarril @ral. Jelgrano al norte y Av. "onse2or +ablo #abrera al este no será obligatorio el retiro de l3neas de edificaciónestablecido por la Ordenanza

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    solo punto de apoyo siempre $ue @ráfico .1.=

    a> 4u sección est0 contenida en un cilindro vertical de :,(: cero comaoc?enta> metros de diámetro máimo ?asta ,: dos coma veinte> metros sobreel suelo.

     b> 4u ubicación est0 contenida por el triángulo formado por la prolongación de las Hl3neas de edificaciónH y la Hl3nea de oc?avaH.

    c> La distancia entre el c3rculo $ue contiene a la columna y la fac?adasea por lo menos de ,:: dos> metros.

    d> La fac?ada sea desplazada paralelamente ampliando la oc?ava, unvalor igual al diámetro del c3rculo circunscrito a la columna.

     o se permitirá sobre elevaciones, escalones ni salientes de ninguna3ndole en las oc?avas, debiendo coincidir la cota de la vereda de oc?ava con la

    cota de las veredas de las calles concurrentes. !sta obligación se mantiene a%nen los casos en $ue se permite un punto de apoyo.

    7 !n caso de la intersección entre calle ve?icular y pasaje peatonal, noes obligatoria la realización de oc?ava. !n el caso de las calles peatonalescomprendidas en el Irea #entral, se deberá respetar la obligación dematerializar la oc?ava.

    22 CERCAS H EREDAS

    221 No!"a6 G&n&!a$&6

    7 !n toda propiedad bald3a o edificada con frente a la v3a p%blica, esobligatoria la construcción y conservación de cerramiento de frente, si no?ubiera fac?ada, y la vereda, de acuerdo a lo especificado en la presenteOrdenanza.

    7 !n caso de demolición de edificios y durante la ejecución de obrasen construcción, será obligatorio preservar un área destinada al tránsito de

     peatones, durante la ejecución de trabajos de construcción o demolición de obrasseg%n se especifica en el #ap3tulo Hormas de 4eguridadH.

    222 C&!ca6

    2221 C&!!a"i&n'o6 a$ F!&n'&

    a> Los cerramientos al frente en lotes bald3os, se regirán por lasdisposiciones de la Ordenanza 9 (11; / (* y demás normas espec3ficas en lamisma.

     b> #uando se trate de un lote en es$uina se deberá ejecutar la oc?avaconforme a disposiciones del punto .1. oda edificación en un terreno $ue tenga retiro obligatorio deberá

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    materializar la L3nea "unicipal con cambio de material del solado o con unacerca de una altura máima de :,): cero coma setenta> metros sobre el nivel devereda. +or sobre esta altura sólo se podrán colocar cerramientos transparentes,tales como verjas, alambres tejidos, etc. de manera de dar continuidad a losllamados espacios verdes.

    4erán admitidos como elementos de fijación de los anteriores, pilaresde mamposter3a con un anc?o máimo de :,;: cero sesenta> metros en elsentido de la L3nea "unicipal y una altura máima de ,:: dos metros sobre elnivel de vereda, siempre $ue no abar$uen en su totalidad más de un tercio 1 /'> de la superficie total a cerrar por sobre :,): cero coma setenta> metros denivel de vereda. Muedan epresamente pro?ibidos, por encima de los :,): cerocoma setenta> metros de altura la ejecución de cerramientos continuos conmateriales opacos, tales como mamposter3a, c?apas, madera, etc. @ráfico...1.>.

    2222 C&!!a"i&n'o6 a$ !&n'& &n '&!!&no6 6o)!& &$& metros desde el nivel devereda, el $ue actuará como muro de contención @ráfico .... a y b>.

    !n caso $ue el terreno est0 sobre elevado con respecto a nivel de lavereda en más de ,:: dos> metros, se ejecutará el muro antes mencionado?asta una altura máima de .:: dos> metros, $ue sólo podrá superarse teniendoen cuenta las caracter3sticas particulares de la topograf3a, de modo de no afectar las posibilidades edilicias del predio. @ráfico .... c>.

    2223 a!&d&6 di metros medidos sobre el nivel del solado o territorionatural, más alto, accesible y adyacente a la pared divisoria.

    2220 a!&d&6 di

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    2232 Co'a6 d& ni.

    2230 &ndi&n'&Las veredas tendrán una pendiente de 1,*G uno coma cinco por 

    ciento> en sentido normal al cordón de la misma.

    2235 ,an'&ni"i&n'o

    La vereda deberá mantenerse en perfectas condiciones detransitabilidad, libre de malezas y obstrucciones. 4i estuviera a deteriorada a

     juicio de los organismos municipales competentes, se ?ará eigible su inmediatareparación.

    223. A!)o$ado

    4e regirá por las disposiciones de la Ordenanza 9 )::: / ;& y5ecreto Deglamentario de la misma, siendo el control competencia de la5irección #ontrol de Obras +rivadas y 6so del 4uelo y 5irección de !spaciosFerdes.

    23 S>ERFICIE EDIFICA*=E

    .'.1. +lanos L3mites

    Los planos l3mites permitidos para la edificación serán los $ueresulten de aplicar las disposiciones de 8actor de Ocupación del 4uelo 8.O.4.> y8actor de Ocupación otal 8.O..>, alturas, retiros y/o perfiles para cada caso,seg%n lo establecen las normas de ocupación del suelo en vigencia Ordenanza

     9 (:*) / (* y (*; / (;>.

    232 A$'#!a d& Facada6

    Las fac?adas estarán contenidas por los planos l3mites permitidos por normas en vigencia. !stos planos deberán ser respetados y no sobrepasados,

     pero no serán obligatoriamente seguidos, salvo cuando dic?as normas as3 loimpusieren, $uedando el proyectista en libertad para ampliar retiros, producir 

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -1(

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    entrantes, etc.

    Las alturas máimas y m3nimas totales y parciales> en fac?adas, setomarán a partir del punto medio del frente del lote, medido sobre la L3nea"unicipal, siempre $ue el terreno sobre esta l3nea tenga una pendiente igual omenor del 1:G diez por ciento>. #uando esta pendiente sea mayor las alturas defac?adas podrán compensarse siempre $ue se respeten las alturas máimasestablecidas, en los ejes medianeros.

    !n caso de lotes con frentes a dos calles con diferentes niveles cadauna de las alturas establecidas se podrán mantener ?asta la mitad de la

     profundidad del lote.

    +ara situaciones no contempladas resolverán en cada caso la5irección #ontrol de Obras +rivadas y 6so del 4uelo en consulta con la#omisión de ormas 6rban3sticas.

    233 4!a'a"i&n'o d& Facada

    odas las fac?adas o paramentos eteriores de un edificio pertenecenal bien est0tico de la #iudad.

    Las partes eteriores de los edificios corresponderán en sus conceptosy lineamientos a los principios fundamentales de la est0tica ar$uitectónicateniendo en cuenta su emplazamiento y el carácter del lugar.

    Las fac?adas internas, de fondo, de frente interno y laterales y las

    medianeras destinadas a $uedar a la vista, se consideran como pertenecientes alconjunto ar$uitectónico y como tal deberá ser tratadas siguiendo lascaracter3sticas del conjunto del edificio, al igual $ue los tan$ues, c?imeneas,conductos y demás construcciones auiliares no ?abitables, ya est0n sobre eledificio o aislados, $ue, si son visibles desde la v3a p%blica o del espacio centrode manzana, se tratarán en armon3a con el conjunto.

    230 Sa$i&n'&6 d& acada6

    .'. metros de altura medidosdesde el nivel municipal no se permitirá ninguna clase de saliente fuera de laL3nea de !dificación en vereda.

    ampoco se permitirán vitrinas salientes, ?ojas de celos3as, puertas oventanas $ue abran para afuera de la l3nea mencionada. Los umbrales yantepec?os no podrán sobresalir en más :,: cero coma cero dos> metros fuerade la L3nea "unicipal

     .'. metros de altura

    medidos desde el nivel municipal se permitirán detalles ar$uitectónicos fuera dela L3nea "unicipal en forma de pantallas verticales y ?orizontales, pilastras o

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -1&

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     b> 6n alero en piso alto podrá tener una saliente máima de 1,*: unocon cincuenta> metros pudiendo llegar de eje a eje medianero. @ráfico .'. del plomo del paramento.

     4i se trata de edificios afectados por la Ordenanza 9 (

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    !n las fac?adas de los edificios se podrán colocar toldos $ue avancenfuera de la L3nea "unicipal, siempre $ue se cumplan las disposiciones $ue seestablezcan por v3a reglamentaria.

    .'.). #ómputo de 4uperficie !dificable A los efectos de laaplicación del 8actor de Ocupación otal 8.O..> se considerará comosuperficie edificable la totalidad de los espacios cubiertos cual$uiera fuere sudestino en la construcción de $ue se trate.

    CA@4>=O 4ERCERO

    3 NOR,AS F>NCIONA=ES H DE KA*I4A*I=IDAD

    '.1. 5e los !dificios

    '.1.1. #lasificación de los edificios. odo edificio nuevo, eistenteo parte de los mismos, ampliación, refacción o modificación parcial o total, a losefectos de la aplicación de esta Ordenanza, se clasificará total o parcialmente enuno o varios de los siguientes tipos=

    1> !dificios residenciales.> !dificios para reunión bajo tec?o.'> !dificios para reunión al aire libre. !dificios para oficinas.

    *> !dificios comerciales.;> !dificios industriales.)> !dificios para depósitos.(> !dificios para usos peligrosos&> !dificios especiales.

    !ste listado y sus enunciados es a t3tulo de ejemplificación ycual$uier otra caso $ue surja se asimilará al mismo. 4erá atribución de la5irección #ontrol de Obras +rivadas y 6so del 4uelo determinar elencuadramiento de un edificio o parte del mismo cuando aparezcan dudas

    respecto de su destino en base a dictamen de la #omisión de ormas6rban3sticas. Los cambios de destino de un edificio o parte del mismo, seránautorizados siempre $ue el nuevo destino previsto re%na las condiciones de?abitabilidad para 0l eigidas seg%n los t0rminos de la presente Ordenanza.

    '.1.1.1 !dificios residenciales #omprende este grupo todo edificiodestinado a = Fivienda permanente= en este grupo se incluye la viviendafamiliar en sus diferentes tipos. Fivienda transitoria= comprende ?oteles,?oster3as, moteles, apart7?otel, complejo tur3stico, ?ostales, albergues,residenciales, etc. Fivienda no familiar= comprende este grupo los edificiosdestinados a la asistencia y albergue de la ni2ez, el menor, la ancianidad, etc., alretiro de comunidades religiosas, como tambi0n el tratamiento correccional,

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -

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     penal u otros. ncluye= conventos, ?ogares y asilos en sus distintos tipos,institutos correccionales, cárceles, penitenciar3as y presidios, etc.

    '.1.1.. !dificios para reunión bajo tec?o. 4e clasificará dentro deeste tipo, todo edificio o parte del mismo, destinado a la reunión de personas confines c3vicos, pol3ticos, educacionales, religiosos, sociales, deportivos,recreativos u otros fines similaresK incluye= auditorios, bibliotecas, cines,casinos, estadios, gimnasios, iglesias, museos, natatorios, salas de convenciones,salas de conferencias, salas de eposiciones, salas de juegos, salón de fiestas.,salón de actos, teatros, restaurantes, etc. 4ólo se clasificará en este grupoa$uellos locales o instalaciones cuyo destino principal sea la reunión bajo tec?o.A$uellos $ue por su dimensión o uso sea subsidiario, complementario y /oaccesorio de otra actividad serán clasificado en el grupo $ue corresponda seg%nla actividad principal.

    '.1.1.'. !dificios o instalaciones para reunión al aire libre. 4eclasificará dentro de este grupo, los edificios o instalaciones destinados a lareunión de personas al aire libre, con fines c3vicos, pol3ticos, educacionales,religiosos, sociales, deportivos, recreativos u otros similaresK incluye=autódromos, anfiteatros, campos o canc?as de deportes, cines, estadios,eposiciones, ferias, natatorios, pista de patinaje, par$ue de diversiones,velódromos, etc. 4ólo se clasificará en este grupo a$uellos locales oinstalaciones cuyo destino principal sea la reunión al aire libre, en tanto a$uellos$ue por su dimensión o uso sea subsidiario o complementario y/o accesorio deotra actividad, serán clasificados en el grupo $ue corresponda seg%n la actividad

     principal.

    '.1.1. La producción de bienes, transformación f3sica o $u3mica> o refinamientode sustancias orgánicas o inorgánicas> y la obtención de materia prima decarácter mineral. b> !l montaje, ensamblaje de componentes o partes y el

    fraccionamiento en los casos en $ue 0ste modifi$ue las caracter3sticascualitativas del material>.

    '.1.1.). !dificios para 5epósito. 4e clasificará dentro de este grupo a

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -'

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    todo edificio o parte del mismo destinado al almacenamiento de= materias primas, productos terminados o parte de los mismos o rezagos ecepto losestablecidos como peligrosos.

    '.1.1.(. !dificios para usos peligrosos. 4e clasificará dentro de estegrupo a todo edificio o parte del mismo destinado a la manufactura, depósitoy/o uso de materiales $ue por su tipo, tecnolog3a, procesos y/o escalas omagnitudes producen situaciones de riesgo o inseguridad inminente sobre elentorno por eplosiones, combustibilidad, inflamabilidad o toicidad, incluyeentre otros= planta de gas, depósito de combustibles, de eplosivos, de

     plaguicidas, etc.

    '.1.1.&. !dificios !speciales. 4e clasificarán como edificiosespeciales a$uellos $ue por sus caracter3sticas de programas de actividades, por sus modalidades de funcionamiento, magnitud u otras re$uieren

    reglamentaciones particulares $ue regulen sus condiciones de ?abitabilidad.!stán incluidos en este tipo los $ue a continuación se mencionan y todo otro $ueen el futuro fuera necesario reglamentar especialmente, perteneciente o no a lostipos ya clasificados.

    !dificios para coc?eras.

      !dificios para pasajes y galer3as comerciales.

    !dificios de seguridad= polic3a, bomberos, etc.

    !dificios educacionales. !dificios para la sanidad. !stos !dificios podrán ser reglamentados

     por normas ampliatorias y /o complementarias $ue contemplen otras nocontenidas en esta Ordenanza, teniendo en cuenta su singularidad y

     particularidad, $ue surjan de su organización espacial, t0cnica, volum0trica y/ofuncional, tomando en cuenta los re$uerimientos $ue la actividad demande.

    312 Caacidad d& $o6 Ediicio6

    La capacidad de un edificio se determinará dividiendo la superficie

    construida por la relación de superficie por persona $ue corresponda seg%n losdiferentes tipos de edificios. A los fines del cálculo de la capacidad se tomará encuenta la sumatoria de las superficies de los distintos pisos de un edificio,limitadas por sus respectivos per3metros y ecluyendo=

    a> La parte de muros medianeros asentados sobre predios vecinos. b> Las circulaciones ?orizontales y verticales, de uso com%n, eigidas comomedios de egreso en los distintos pisos. c> Los locales t0cnicos de lasinstalaciones del edificio y de los depósitos familiares, ubicados en distintos

    niveles del de las viviendas en casos de viviendas colectivas>

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    d> Jalcones y terrazas, cubiertas o no, privadas de cada unidad deuso.

      e> Los garajes, guardacoc?es, estacionamiento cubiertoindividuales o colectivos>, y sus accesos y circulaciones. !n el cálculo de lassuperficies indicadas en los puntos, a, b, c, d y e, se tomará la mitad del anc?o delos muros $ue separen estas superficies del resto de las actividades propias deledificio. !l n%mero de ocupantes de un edificio $ue contenga locales de distintarelación de superficie por persona, se determinará en forma acumulativa,aplicando el valor correspondienteK a cada uno de ellos.

    '.1..1. Delaciones de superficie Las diferentes relaciones desuperficie para el cálculo de la capacidad de los edificios seg%n sus tipos seránlas $ue se detallan en los puntos '.1..1.1. a '.1..1.;.7 !n caso de actividadesno especificadas, el n%mero de ocupantes será declarado por el propietario seg%n

    memoria t0cnica y sujeto a evaluación por el Organismo de aplicación.'.1..1.1. !dificios residenciales m/persona

    Fivienda permanente 1

    Fivienda no familiar 1:

    Fivienda transitoria (

    +ara las viviendas permanentes se considera como ocupación la

    relación eistente cama7dormitorio 1 local dormitorio de una cama nosuperpuesta, e$uivale a una persona >.!n caso de vivienda transitoria la relacióndeberá incrementarse seg%n se establezca para cada categor3a delestablecimiento.

    '.1..1.. O!d 9970B !dificios para reunión bajo tec?o m / persona

    L !stadios y salones para mega espectáculos

    :,

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      m / persona Anfiteatros, cines, estadios 1 nstalaciones para eposiciones, ferias ' nstalaciones para actividades deportivas y/o recreativas *

    '.1..1.

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    P !studio y/o escritorioP 4ala de estar P 4ala de juegosP 4ala de lecturaP 4ala de m%sica

     b> Locales del @rupo =

    4e incluyen dentro de este grupo todos los locales complementariosy/o auiliares de locales del @rupo , $ue a continuación se detallan, y todo otrolocal $ue por sus caracter3sticas sea asimilable a los mismos=

    P Ja2oP #ocinaP #orredor P 5espensaP 5epósito familiar P !scaleraP @uardacoc?esP NallP LavaderoP +alier P oiletteP @uardarropaP #ubrecoc?e

    c> Locales del @rupo =

    4e incluyen dentro de este grupo todos los locales ?abitables, enedificios no residenciales, destinados para el trabajo, la recreación, elintercambio comercial, etc., y/o $ue impli$uen usos p%blicos o masivos, $ue acontinuación se detallan, y todo otro local $ue por sus caracter3sticas seaasimilable a los mismos=

    P Arc?ivoP Qic?enetteP Antecocina en edificios no residenciales y en edificios residenciales devivienda transitoria o no familiar.P AuditorioP AulasP JibliotecaP #ocinas en edificios no residenciales y en edificios residenciales de viviendatransitoria o no familiar.

    P #omercioP #onsultorioP !stadios cubiertos

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -)

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    P 8oyer P @imnasioP glesia y/o capillaP LaboratorioP Laboratorio fotográfico

    P Locales en galer3as comercialesP Local de porter3aP "orgueP atatorio cubiertoP urseryP OficinaP 4ala de cirug3aP 4ala de convencionesP 4ala de eposición

    P 4ala de grabaciónP 4ala de internaciónP 4ala de juegosP 4ala de partosP 4ala de proyección y/o espectáculosP 4ala de rayos RP 4ala de terapia intensivaP 4ala de teatroP 4alón de actosP 4ala de baile

    P 4e entiende por Sic?enette a los efectos de la presente Ordenanza, elmueble modular m3nimo $ue permita el preparado de comidas y lavado devajilla. 5ebe estar abierto totalmente a un local $ue ventile a un patio de 1T#ategor3a.

    d> Locales del @rupo F=

    4e incluyen dentro de este grupo todos los locales complementariosy/o auiliares de locales del @rupo , $ue a continuación se detallan, y todo

    otro local $ue por sus caracter3sticas sea asimilable a los mismos=P #orredor P 5epósitoP !scaleraP @arage y/o guardacoc?esP NallP LavaderoP OfficeP +alier P 4ala de espera anea a oficina o consultorioP 4ala de má$uinas

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -(

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    P 4anitarios colectivosP Festuarios colectivosP Decepción de residuos

    '... 5imensiones m3nimas de locales. Los locales deberáncumplir con las dimensiones m3nimas necesarias para el desarrollo de lasactividades a las $ue est0n destinados, incluyendo el mobiliario y e$uipamientocorrespondiente, las $ue se fijarán por v3a reglamentaria y las alturas m3nimasestablecidas por la presente Ordenanza. #uando por dimensiones o formas de unlocal, 0ste ofrezca dudas sobre su capacidad para el cumplimiento de lo anterior,la 5irección #ontrol de Obras +rivadas y 6so del 4uelo podrá eigir la

     presentación de planos con el mobiliario y e$uipamiento correspondiente, previoa decidir sobre su encuadramiento.

    '..'. Alturas m3nimas de los locales

    4erán las alturas $ue epresa la Habla de @rupos de locales seg%ndestinoH, establecidas por la presente Ordenanza. ing%n local podrá tener unaaltura menor a 1/1: de su largo mayor. !n edificios industriales podrá variar estarelación en función de los re$uerimientos t0cnicos de $ue se trate. !n tal caso larelación m3nima altura / lado mayor será aprobado por 5irección #ontrol deObras +rivadas y 6so del 4uelo en función de memoria t0cnica a presentar por el recurrente.

    '.. metros libres. @ráfico '..

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    a> !l entrepiso y la parte $ue este cubre no podrán teneruna altura libre inferior a .: dos con veinte> metros. @ráfico '..;

     b> La superficie de la planta del entrepiso no cubrirá másde la mitad de la superficie del local.

    c> 4e obtendrá una completa continuidad espacial entrelos ambientes, no pudiendo cerrarse los locales parcial ni totalmente.

    d> !n caso de tec?o inclinado la altura m3nima del localen el borde del entrepiso será la suma de la altura de la parte cubierta por elentrepiso más el espesor del mismo, más ,:: dos> metros libres.

    327 A$'#!a "+ni"a co"#'a)$&

    La altura m3nima computable de cual$uier local no será en ning%ncaso inferior a ,: dos con veinte> metros.

    328 I$#"inacin ; .

    3281 C&!!a"i&n'o6 d& $o6

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    un local, cual$uiera fuera la altura de la ubicación del vano con respecto al pisodel local.

     b> luminación cenital

    La $ue se obtiene por vanos abiertos en el tec?o de un

    local o en paramentos inclinados ?asta un ángulo no superior a ;:9 sesentagrados> con respecto al piso del local. @ráfico '..(.'.1.>.

    4e incluirán en esta categor3a los tipos deaventanamiento conocidos como H4N!5H o H5iente de 4ierraH, y tambi0n loscasos de lucernarios, ventanas tipo Hbo?ardillaH o HmansardaH en paramentosverticales ubicados en tec?os inclinados, siempre $ue el alf0izar de la ventanasupere los ,:: dos> metros con respecto al nivel del local. @ráfico '..(.'.1.>.

     32832 Fo!"a6 d& i$#"inacin

    La iluminación podrá efectuarse directamente deleterior o a trav0s de parte cubierta.

    32833 Di6o6icion&6 %&n&!a$&6 d& i$#"inacin

    a> !n los locales destinados a oficinas, salas decosturas, aulas, salas de dibujo y en todos a$uellos $ue por su destino ye$uipamiento sea necesario un plano de trabajo de altura similar a la de losmencionados, a los efectos del cálculo de la superficie del vano de iluminaciónse considerará sólo a$uella superficie 4> de 0ste $ue se ubi$ue por encima de

    los :,(: cero coma oc?enta> metros con respecto del piso del local. b> Las condiciones de iluminación lateral

    resultantes de las presentes disposiciones podrán disminuirse en un ':G treinta por ciento> cuando la iluminación lateral sea complementada por iluminacióncenital de acuerdo con lo establecido en '..(.'.1.b>.

    c> #ual$uiera fuera el tipo de iluminaciónadoptado o eigido, cuando las distancias desde el borde del vano o de la partecubierta ?asta el punto más alejado del local supere los *,:: cinco> metros los

    valores m3nimos eigidos serán multiplicados por el coeficiente 1,. @ráfico'..(.'.'. c>.

    d> !n caso de locales irregulares con $uiebres, enforma de L, etc.> a los fines del cálculo de la superficie se considerará la sumade las superficies de las distintas áreas del mismo. @ráfico '..(.'.'. d>.

    5ic?os locales serán considerados como uno solo,a los efectos de cumplimentar las condiciones de iluminación %nicamentecuando la l3nea recta $ue, partiendo del punto 1 y pasando tangencialmente al

     punto divida al ap0ndice del local en partes de modo tal $ue la superficie $ue$ueda incluida en el Hcono de sombraH no supere el *:G del total de dic?oap0ndice.

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -'1

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    e> !n los locales con entrepiso, para obtener elvalor de H4H se sumará la superficie del local más la del entrepiso.

    f> !n los locales ubicados en un pasaje comercial,este %ltimo se considerará como v3a p%blica, debiendo cumplir con lascondiciones eigidas para locales de comercio, pero además tendrá unaventilación auiliar obligatoria de acuerdo al punto '..(..

    g> !n los casos no contemplados en estaOrdenanza la 5irección de #ontrol de Obras +rivadas y 6so del 4uelo coninforme de la #omisión de ormas 6rban3sticas resolverá los sistemas aadoptar.

    32830 5imensionamiento de los vanos de iluminación Lasvariables a considerar en el dimensionamiento de los vanos de iluminación son

    las siguientes=

    U 4uperficie m3nima del vano para la iluminación4 U 4uperficie del piso del local41 U 4uperficie de la parte cubierta a trav0s de la cual ilumina un local

    32835 I$#"inacin di!&c'a d&$ &'&!io!

    a> Locales con iluminación directa del eterior a

    trav0s de vanos con alf0izar ubicados a una altura de ?asta ,:: dos> metros conrespecto al piso del local, deberán cumplir con la condición= 

    U 4 / 1:

     b> Locales con iluminación directa del eterior atrav0s de vanos con alf0izar ubicados entre una altura de ?asta ,:: dos> metrosy ?asta ',:: tres> metros con respecto al piso del local, deberán cumplir con lacondición=

    U 4 1,: / 1:

    c> Locales con iluminación directa del eterior a trav0sde vanos con alf0izar ubicados a una altura mayor a ',:: tres> metros conrespecto al piso del local, deberán cumplir con la condición=

    U 4 R 1,

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    3283. I$#"inacin a '!a / 1:

    5ic?a condición deberá ajustarse de la mismamanera $ue se establece en el punto '..(.'. apartados a, b, c, d, e y g, y el

     punto '..(.'.*. para las distintas alturas de ubicación del alf0izar.

    !n el caso de $ue la parte cubierta tenga en el tec?oun área trasl%cida, la misma se descontará de 41 a los fines del cálculo deiluminación solamente.

    a> 4in cerramiento lateral

    !n caso de $ue la parte cubierta no posea cierreslaterales, a los fines de la determinación de 41 se considerará una superficie deanc?o de 1,*: uno con cincuenta> metros a cada lado del eje del vano y de una

     profundidad igual a la de la parte cubierta frente al vano. @ráfico '..(.'.;. a>.

      b> #on cerramientos laterales

    4e considerará la superficie 4 V 41 @ráfico'..(.'.;. b>.

    32837 I$#"inacin C&ni'a$

    a> Las variables a considerar en el dimensionamientode los vanos de iluminación cenital, serán además de las enumeradas en'..(.'.'. las siguientes=

    ce= superficie m3nima de iluminación cenital4p = superficie proyectadaa = lado del vano de iluminación

     b = lado del vano de iluminaciónap y bp= proyección de a y b sobre el plano ?orizontal= ángulo del tec?o o

     paramento con respecto al plano ?orizontal.

    La iluminación cenital deberá cumplir con la condición.

    ce U 4p U ap bp> U 4/ / / 1:

    !l cálculo de 4p se efectuará seg%n resulta del gráfico '..(.'.).

      b> !n el caso de lumbreras, lucernarios o elementos de

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -''

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    aventanamientos asimilables, siempre $ue se ubi$uen por encima de ,:: dos>metros con respecto al piso del local deberá cumplir con la condición=

      U4pdonde es la superficie de vano de iluminación. +ara el cálculo de 4p se

    considerará $ue el vano estuviese ubicado con respecto al piso en un plano deigual inclinación $ue el del tec?o. @ráfico '..(.'.1.>.

    c> !n el caso de locales destinados a actividadesindustriales deberán cumplir con las condiciones $ue establecen las leyes enmateria de ?igiene y seguridad en el trabajo y acompa2arse de la memoriat0cnica correspondiente.

    d> !n todos los casos de iluminación $ue se produzcaa trav0s de vanos ubicados en un plano $ue forma un ángulo mayor a ;:9sesenta grados> con respecto al piso del local, deberán asimilarse al caso deiluminación lateral punto '.'.(.'.*. c> cumpliendo la condición=

    U 4 1,, incluyendo la $ue se efect%a bajo parte cubierta, cual$uierasea la altura de ubicación del vano respecto al piso del local.

    #ual$uier local se podrá ventilar por diferencia o $uiebresen el tec?o, siempre $ue se respeten las superficies m3nimas de ventilación

    establecidas en la presente Ordenanza.

    32803 C$c#$o d&$ ano d& &n'i$acin

    328031 &n'i$acin di!&c'a:

      F U 1 / de

    !n la cual es la resultante del cálculo de iluminación a los cuales seasimile el caso de ventilación de $ue se trate. +unto '..(.'.*.>.

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -'

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    +ara este cálculo no será de aplicación lo establecido en el apartado a>del punto '..(.'.'. de iluminación cálculo de para locales con planos detrabajo> sino $ue se considerará la totalidad de la superficie de vanos abribles,cual$uiera sea la altura de ubicación de los mismos respecto al piso del local y

     plano de trabajo.

    328032 o! cond#c'o6

    A> #onductos individuales por Local

    !l conducto estará ubicado de manera $ue su posición en planta asegure una efectiva renovación del aire del local.

    endrá una sección transversal m3nima de toda sualtura, e$uivalente a l / .

    !n el caso de $ue la superficie del local eigiera unasección $ue supere los :,: m cero coma veinte metros cuadrados>, seagregarán tubos distribuidos, cada uno en su zona de influencia.

    Los conductos serán realizados con superficiesinteriores lisas. !l conducto será vertical. +odrá ejecutarse sólo un tramo?orizontal siempre $ue su longitud sea menor a 1 / < un cuarto> de la altura del

    conducto. Los tramos inclinados tendrán una pendiente m3nima 1=1.La abertura $ue ponga en comunicación el local con

    el conducto será regulable y de área no inferior al conducto.

    Los remates de los conductos en azoteas no distaránmenos de ,:: dos> metros del piso de 0sta en lugares accesibles, y :,*:metros en lugares no accesibles y de la cara superior del tan$ue cuando elconducto est0 adosado al mismo. Los conductos distarán como m3nimo a unadistancia de 1,*: uno con cincuenta> metros de la l3nea medianera más próima.

    !n todos los casos llevarán dispositivos estáticos detiraje, salvo los especificados en Habla de @rupo de Locales seg%n 5estinoH'.'.> en $ue el conducto deberá llevar dispositivos mecánicos de tiraje @ráfico'..(.

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     b> 4erá de superficie lisa y en su interior no seubicará ning%n tipo de ca2er3as sin embutir, de las distintas instalaciones deledificio.

    c> La sección deberá cumplir con las siguientesdimensiones m3nimas= para columna simple un local por piso> :,

     para columnas dobles dos locales por piso> :,** :,* mts. cerocoma cincuenta y cinco por cero con veinticinco metros>.

    d> Los conductos individuales deberán introducirseen el conducto com%n con un recorrido vertical m3nimo de 1,:: un> metro.

    e> !l conducto será vertical y no podrá tener

    tramos ?orizontales o inclinados.f> !l remate estará a no menos de ,:: dos>

    metros del piso de la azotea y a no menos de , metrosde cual$uier paramento o vano de local ?abitable.

    g> !n todos los casos llevará dispositivos estáticosde tiraje @ráfico '..(. La eistencia de un sistema de ventilación mecánica,no releva del cumplimiento de las prescripciones sobre patios, aberturas deventilación y conductos eigidos salvo a$uellos en los $ue se indicaepresamente $ue podrán ventilar sólo por medios mecánicos.

     b> !l sistema de ventilación mecánica cumplirá lassiguientes normas=

    P!l e$uipo asegurará una entrada m3nima de aire de':,:: m' treinta metros c%bicos> por ?ora y por persona, o el e$uivalente de 1:diez> renovaciones de aire por ?ora. o obstante, esta condición general podrávariarse de acuerdo con el destino del local, su capacidad y n%mero deocupantes.

    P!n caso de ser el %nico sistema de ventilación, sedispondrá de dos e$uipos, actuando siempre uno de ellos como relevo

    automático y un generador de energ3a para emergencia.

    PLos locales con ventilación mecánica cuyos e$uipos

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -';

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    epulsen aire a la v3a p%blica, a galer3as comerciales a cielo abierto o pasajes acielo abierto, no podrán ubicar dic?os e$uipos a una altura inferior a los ,::dos> metros, debiendo prever además sistemas de evacuación de l3$uidos $ueno afecten al p%blico y a las condiciones t0cnicas de los materiales deedificación pinturas, metales, maderas, etc.>.

    P!n el caso de locales $ue den a galer3as comercialescubiertas los e$uipos de ventilación mecánica no podrán epulsar el aireacondicionado sobre el espacio de dic?as galer3as.

    329 a'io6 d& i$#"inacin ; +atios de primera categor3a

     b> +atios de segunda categor3a

    32911 a'io6 d& !i"&!a ca'&%o!+a

    5eberán ser de dimensiones tales $ue permitan cumplir con losre$uisitos siguientes=

    a> nscribir dentro de su superficie un c3rculo de diámetro5 U 1/' NK siendo N la distancia desde el piso del local a ventilar ?asta elrespectivo nivel del paramento más alto $ue lo conforme perteneciente al prediodel edificio @ráfico '..&.1.1. a>.

    !n caso de paramentos enfrentados de diferentes alturas, ladimensión m3nima de patio se determinará considerando el promedio de alturade los distintos paramentos, siendo de aplicación lo dispuesto anteriormente. o

    obstante lo anterior para el caso de los niveles del paramento del edificio másalto $ue se desarrollen por encima de los de menor altura, siempre deberáverificarse la relación 5 U 1/' N @ráfico '..&.1.1. a >.

     b> +oder medir el mismo valor 5 en el eje de cada aberturade local a ventilar a patio de esta categor3a, cual$uiera sea la forma del patio@ráfico '..&.1.1. b>

    c>o dar a 5 un valor inferior a ',:: tres> metros.

    d> #uando el valor de 5 supere los 1*,:: $uince> metros, podrámantenerse constante.

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -')

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    32912 a'io6 d& 6&%#nda ca'&%o!+a

    Los patios de segunda categor3a deberán ser dedimensiones tales $ue permitan inscribir un c3rculo de ',:: tres> metros dediámetro y deberán posibilitar medir esta dimensión frente al eje de cual$uier

    abertura.'..&.. 5isminución del valor 5 en patios de primera categor3a

    !l valor 5 podrá ser disminuido en los siguientes casos=

    a> 4i el patio tuviere uno de sus lados abiertos totalmente ala v3a p%blica o a otro patio de una superficie dos veces mayor o a un centro demanzana @ráfico '..&..>

     b> #uando entre dos paramentos enfrentados noeistieran vanos de iluminación y/o ventilación de locales ?abitables. !n estecaso, dic?a disminución sólo será permitida en la distancia $ue separa los

     paramentos enfrentados sin vanos de iluminación y / o ventilación de locales?abitables @ráfico '..&.. b >!n ambos casos el nuevo valor 5 llegará ?asta < /* del valor calculado, pero nunca serán inferior a ',:: tres > metros.

    c> Los patios $ue est0n limitados por paramentos curvosy $ue ad$uieran una conformación el3ptica o similar, serán admitidos con la

    condición de $ue los vanos de iluminación y/o ventilación se ubi$uen dentro delos arcos menores delimitados por la intersección de dic?os paramentos curvoscon las diagonales del rectángulo donde se inscriben dic?os patios. @ráfico'..&.. c>.

    d> Las etensiones de patios con ventanas deventilación de locales, podrán tener valoresinferiores a 5 siempre $ue su profundidad p nosupere el l / del frente f. @ráfico '..&.. d >.

    3293 Fo!"a d& "&di! $o6 a'io6a>Las medidas de los patios se tomarán en la proyección?orizontal del edificio, ecluyendo salientes como aleros, cornisas, voladizos y/o

     balcones, sólo cuando 0stos se ubi$uen a una altura igual o menor a *,::cinco> metros, medida sobre el nivel de la cota del patio @ráfico '..&.'. a> ysuperen la dimensión de :.': cero coma treinta> metros de salientes conrespecto a los paramentos $ue limitan el patio.

     b> #uando en un patio se ubi$ue una escalera, podrá

    incorporarse a la superficie del mismo la proyección ?orizontal de la escalera?asta una altura de ,: dos con veinte> metros sobre el solado del mismo@ráfico '..&.'. b >.

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -'(

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    c> 4e permitirán asimismo pe$ue2as superficies salientesaisladas menores a :,': cero coma treinta> metros cuya suma total no ecedade :,;: cero coma sesenta> metros cuadrados @ráfico '..&.'.c>.

    d> #uando el muro más alto corresponde a sobreelevaciones

    cuyo anc?o total no eceda del ': G treinta por ciento> de la longitud del murode $ue se trata, sólo se computará el *: G cincuenta por ciento> de la alturacorrespondiente a la sobreelevación @ráfico '..&.'. d>.

    3290 Acc&6o a $o6 a'io6

    Los patios serán accesibles para su limpieza mediante puertas.

    3295 D& $o6 a'io6 "anco"#nado6

    Los patios colindantes $ue individualmente tengan medidasinsuficientes, podrán ser mancomunados y formarán de esta forma un solo patiocon las dimensiones y caracter3sticas eigidas por la presente Ordenanza. La

     pared $ue los divide no podrá ser una altura mayor de ,:: dos> metros. Ladimensión m3nima de cada uno de los patios, será 1,*: uno con cincuenta>metros @ráfico '..&.*.>. Lo anterior sólo será aplicable para el caso $ue adic?os patios ventilen locales $ue seg%n lo previsto por esta Ordenanza puedan?acerlo a patios de segunda categor3a. +ara el caso de locales $ue debanobligatoriamente ventilar a patios de primera categor3a se podrá mancomunar 

     patios, siempre $ue la dimensión m3nima de los lados menores sea de ,:: dos>metros y los otros lados 7uno de los cuales es la pared divisoria de ambos patios7tenga una dimensión m3nima de ',:: tres> metros.@ráfico '..&.*.>.

    +ara $ue se consideren como tales a los patiosmancomunados, será necesario $ue se establezca el derec?o real de servidumbremediante escritura p%blica e inscripción en el Degistro de la +ropiedad, paracada uno de los predios afectados, aun$ue sean de un mismo due2o.

    329. !oi)icin d& !&d#ci! $o6 a'io6

     o se podrán dividir fincas, si como resultado de ello seafectan las dimensiones de los patios, salvo $ue se establezca servidumbre real.

    3297 !oi)icin d& c#)!i! a'io6

    Los patios no podrán ser cubiertos con ning%n material,salvo cuando resultaren innecesarios seg%n las prescripciones vigentes o cuandose trate de toldos, por $uien tenga el uso real del patio.

    33 4A*=A DE GR>OS DE =OCA=ES SEGMN DES4INO

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -'&

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    La abla consignada a continuación indica las condicionesde iluminación, ventilación y de patios eigidos para cada local. Las condicionesconsignadas en la abla a trav0s del signo HoH son alternativas, pudiendooptarse, para cumplir lo eigido, por cual$uiera de las mismas.

    Deferencia de la Habla de @rupos de Locales seg%n 5estinoE  o= #ondición eigida de luminación, Fentilación y +atios.  D= #ondición Hno re$ueridaH no siendo eigible su provisión.  O= #ondición Hno permitidaH  oP = Fentilación por conductos con dispositivos mecánicos detiraje, de instalación obligatoria.

    +!5!!

    #OD+ODAD D!4 +LALLA4

    30 DO4ACIÓN SANI4ARIA

    '.

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    La dotación sanitaria m3nima en cada unidad de vivienda serála siguiente=

      P un inodoro, un lavabo, una duc?a o ba2era y un desagBe de piso.

    !n la cocina o espacio de cocina= una pileta de cocina.

    30212 i personas=

    7 1 un> inodoro cada 1: diez> o fracción superior a *cinco> personas.

    7 1 una> duc?a por cada fracción superior a 1* $uince> personas.

    P "ás de personas

    7 1 un> mingitorio cada : veinte> o fracción superior a *cinco> personas.

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -

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    7 1 un> lavabo cada 1: diez> o fracción superior a *cinco> personas.

    c> +ara el personal=

    +ara el personal $ue trabaja en el establecimiento regirá

    lo dispuesto en el punto '. +ara el personal $ue trabaja en el establecimientoregirá lo dispuesto en el punto '. metros.

    30221 Ani'&a'!o6 a#di'o!io6 cin&6 '&a'!o6 ; 6i"i$a!&6

    La dotación sanitaria m3nima eigida para el p%blico será, cada *:

    cincuenta> personas o fracción mayor de 1: diez> personas, la siguiente=

    +!D4OA4 AD!8A#O4 WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW 

      inodoros mingitorios lavabos WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW Nombres 1 1 1

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW "ujeres 1 WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW 

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -

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    5espu0s de los primeros 1:: cien> usuarios estas cantidades seaumentarán una vez por cada 1:: cien> usuarios subsiguientes o fracción mayor de *: cincuenta>.

    '. personas o fracción mayor a 1: diez> personas, la siguiente=

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW 

    +!D4OA4 AD!8A#O4 WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW 

      inodoros mingitorios lavabos WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW Nombres 1 1 1

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW "ujeres 1

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW 

    5espu0s de los primeros 1*: ciento cincuenta> usuariosestas cantidades se aumentarán una vez por cada 1:: cien> usuariossubsiguientes o fracción mayor de : veinte>.

    '. personas, corresponderán dos> duc?as,cada fracción superior a 1* $uince> personas.

    '.

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     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW 

    Nombres mingitorios= ' por cada 1.::: localidades ?asta :.:::,aumentándose en dos> por cada 1.:::cuando se ecede esta cantidad

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW nodoros= 1/' un tercio> del n%mero de mingitorio

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW 

    lavabos= 1/; un seto> del n%mero de mingitorios WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW 

    "ujeres inodoros= 1/' un tercio> del n%mero de inodoros para

    ?ombres WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW 

    lavabos= 1 uno> cada ' tres> inodoros WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW 

     b> La dotación sanitaria para e$uipos, árbitros y jueces=

    5eberá eistir un local sanitario para cada e$uipo y uno para árbitros y jueces, cuyos artefactos guardarán las siguientes proporciones m3nimas=

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW 

    +!D4OA4 A D ! 8 A # O 4 WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW 

      inodoros mingitorios lavabos duc?as

     para jugadores ' ' ' (cada 1* personas

     p/ árbitros y jueces 1 1 1 1

    '.

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    "as de : personas se aumentará=

    7 1 uno> inodoro por seo cada : veinte> personas o fracción de :veinte>.

    7 1 uno> mingitorio cada 1: diez> personas o fracción de 1: diez>.

    7 1 uno> lavabo cada 1: diez> personas o fracción de 1: diez>.

    30232 Oicina6 d& #6o ;/o Acc&6o J)$ico O!d 1(053B

    La dotación m3nima para el personal $ue trabaja será el fijado en el punto '.

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     b> Los locales para servicios sanitarios serán independientes de loslocales de trabajo o permanencia y se comunicarán con 0stos mediantecompartimentos o pasos cuyas puertas impidan la visión del interior de losservicios. 5ic?os compartimentos o pasos no re$uieren ventilación niiluminación natural, aun$ue sean convertidos en tocadores mediante la

    instalación de lavabos, %nicos artefactos sanitarios autorizados en ellos.c> 4e deberá contar con locales destinados a vestuarios, integrados

    funcionalmente a los servicios sanitarios y e$uipados con armarios para losoperarios del establecimiento, conforme a lo prescrito en Art3culos *:9 y *19 dela Ley acional 9 1&*(), de 4eguridad e Nigiene en el rabajo, 5ecretoDeglamentario 9 '*1 / )&.

    d> !n los establecimientos cuyo funcionamiento ?ace necesaria la permanencia de los operarios en ?orario de almuerzo en el lugar de trabajo se

     preverá un local destinado a comedor o en su defecto de un espacio paracocinar.

    e> !l n%mero de personas $ue trabajan o permanecen, se calcularáseg%n las capacidades de edificios fijado en punto '.1.. de la presenteOrdenanza, debiendo contar con una dotación sanitaria m3nima seg%n lasiguiente proporción=

    +!D4OA4 AD!8A#O4

    O5ODO4 "@ODO4 LAFAJO41 a * 1 1; a 1: 1 por seo 111 a : 1 por seo 1

    P "as de : veinte> personas, se aumentará=

    71 un> inodoro por seo cada : veinte> personas o fracción de : veinte>.

    71 un> mingitorio cada 1: diez> personas o fracción de 1: diez>.

    71 un > lavabo cada 1: diez> personas o fracción de 1: diez>.

    71 una> duc?a por seo cada fracción de : veinte> personas o fracción de: veinte>.

    3.4.2.5. Do'acin 6ani'a!ia "+ni"a &n Ediicio6 Ed#caciona$&6 O!d 1(053B

    a> !n los edificios educacionales se colocará 1 uno> inodoro y 1uno> lavabo por aula, pudiendo sustituirse el )*G setenta y cinco porciento> de inodoros por mingitorios en los locales sanitarios destinados

    solamente a ?ombres. b> !n los edificios educacionales, cuando a juicio del órgano de

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    aplicación de la presente ordenanza se presuponga una asistencia y/o permanencia reducida de personas ej.= Academias de !nse2anza, nstitutos+rivados etc.> el n%mero de alumnos $ue asisten podrá ser declarado por eladministrado en el correspondiente plano de obra, debiendo contar con unadotación sanitaria m3nima seg%n la siguiente proporción=

    +!D4OA4 AD!8A#O4

    O5ODO4 LAFAJO4

    1 a 1: 1 1

    11 a *

    ; a *: ' '

    *1 a )* < <

    ); a 1:: * *

    1:1 a 1* ; ;

    1; a 1*: ) )

    1*1 a 1)* ( (

    4e agregará 1 uno> inodoro y 1 uno> lavabo por cada *:cincuenta> alumnos o fracción a partir de 1)* ciento setenta y cinco>alumnos.777777777777777777777777777777777777777777

    '.

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     o se permitirán ba2os de uso p%blico, cuyo acceso debeefectuarse a trav0s de ambientes familiares o dependencias destinadas a otrosusos dentro del establecimiento.

    Los ba2os para cada seo deberán identificarse en formaclara mediante carteles indicadores.

    '.

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    Las molestias $ue alegue un propietario de un edificio,como provenientes de una finca lindera, sólo serán objeto de atención, paraaplicar la presente OrdenanzaK para restablecer la seguridad e ?igiene deledificio, y en los casos $ue menciona la Ley, como de atribución municipal.

    '.*.1. odo propietario o usuario, seg%n corresponda, estáobligado a mantener en buen estado de funcionamiento las instalacioneseigidas para etinción de incendio seg%n punto *. d3as, bajo pena de clausura.

    '.*.. 4ubdivisión de locales'.*..1. #ondición para subdividir locales

    6n local no podrá ser subdividido en una o más partesaisladas por medio de tabi$ues, muebles, mamposter3a u otros dispositivos fijos,si cada una de las partes no cumple por completo las prescripciones de estaOrdenanza como si fuera independiente.

    '.*... "amparas de subdivisión en locales de negocios y de trabajo

    !n un local de negocio y de trabajo se permite colocar mamparas desubdivisión, siempre $ue las alturas de 0stas no rebasen de ,:: dos> metros,medidos sobre el solado.

    #OD+ODAD 6!F! @DI8#O4 ;7)1>

    CA@4>=O C>AR4O

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    de uso independiente y todo ámbito cubierto o no $ue impli$ue un uso p%blico omasivo, tendrá $ue cumplir con las condiciones m3nimas fijadas por la presenteOrdenanza, para sus distintos medios de egreso de modo tal $ue asegure unarápida evacuación de sus ocupantes.

    !n los lugares de afluencia masiva de p%blico la"unicipalidad $ueda facultada a pedir disposiciones de seguridad nocontempladas en el presente #ap3tulo.

    4eg%n sea el destino del edificio deberá asimismo dar cumplimiento a las eigencias respectivas de la Ley 9 1&.*() 4eguridad eNigiene en el rabajo, 5ecreto Deglamentario 9 '*1 / )& y al Deglamento0cnico de +rotección contra ncendios de la 5irección de Jomberos de la+olic3a de #órdoba.

    La l3nea natural de libre trayectoria deberá realizarse atrav0s de pasos comunes y no estará entorpecida por elementos o actividades$ue obstruyan la fácil evacuación.

     b> Las salidas en general estarán en lo posible alejadas unas

    de otras y las $ue sirvan a todo un piso, se situarán de manera $ue favorezcan lamás rápida evacuación.

    c> odos los medios de egreso tendrán $ue cumplir condimensiones m3nimas de anc?o libre eigido por la presente Ordenanza, paraasegurar una rápida evacuación de los distintos locales $ue desembocan en 0l.

    d> !n caso de superponerse un medio eigido de egreso conla entrada y/o salida de ve?3culos, se acumularán los anc?os eigidos.

    !n los accesos vesiculares ?abrá a su vez un espacio decirculación peatonal diferenciado del ve?icular, ya sea por desnivel de paso,

     baranda, etc., con un anc?o m3nimo de :,;: cero sesenta> metros.

    e> La ubicación de los medios de egreso generales y p%blicoseigidos será identificados mediante se2ales de dirección $ue permita ubicarlosfácilmente.

    f> #uando un edificio o parte de 0l cambie de destino ocapacidad deberá cumplir con los re$uisitos fijados en cuanto a medios deegreso para el nuevo uso y capacidad.

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    #uando un edificio o parte de 0l incluya usos diferentes, losmedios de egreso serán independientes para cada uso salvo $ue, a juicio de la5irección #ontrol de Obras +rivadas y 6so del 4uelo no ?ubiereincompatibilidad en su unificación.

    La vivienda destinada a portero o encargado deberáconsiderarse como una unidad más a los fines de ser servida por los medios deegreso del edificio.

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    residenciales, de oficinas, administrativas y mercantiles.!l diámetro m3nimo de toda puerta giratoria será de 1,;* uno

    coma sesenta y cinco> metros. @ráfico +ara edificios con capacidad de ?asta *:: $uinientas> personas el anc?o total libre no será menor $ue

    R U A

     b> +ara edificio con capacidad de *:1 $uinientas una> a .*:1dos mil $uinientas una> personas= el anc?o total libre no será menor $ue

    *.*:: 7 AR U 7777777777777777777> A  *.:::

    c> +ara edificios con capacidad de .*:1 dos mil $uinientasuna> personas o más= el anc?o total libre no será menor $ue

    R U :.; . A

    !n donde R U medida del anc?o de salida en cent3metros

    A U n%mero total de personas

    d> Los valores para anc?os de puertas de salida obtenidos porestas fórmulas se aplicarán en edificios de reunión bajo tec?o y edificios dereunión al aire libre, con un valor m3nimo de

    R U [,*: metros

    +ara obtener el anc?o de puertas de salida en todos los demás

    tipos de edificios, se dividirá el valor obtenido por 1. o sea

    RR U 77777777777777 con un valor m3nimo de :,(: metros

    1,

    será la luz libre de paso, teniendo en cuenta $ue se debe

    descontar el espesor de marcos y de las mismas ?ojas una vez abiertas. Las ?ojasde puertas de salidas de un anc?o inferior a :,;: cero coma sesenta> metros nose considerarán en el cómputo.

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -*

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    #uando un corredor o pasillo tenga por misiónconectar la v3a p%blica con dos o más unidades de vivienda u oficinas, podrá ser cerrado con puerta a la calle. !n este caso su anc?o será determinado por eln%mero de personas a evacuar calculado seg%n se establece en punto #uando sobre un corredor o pasillo se ubi$uenescalones o rampas $ue ?agan variar su nivel, 0stas no podrán reducir el anc?odel pasillo.

    f> #uando sobre un corredor o pasillo se abran puertas para accesos a negocios $ue tengan su egreso ?acia el mismo o se ubi$uenvidrieras o vitrinas, se regirá por lo $ue se establece para @aler3as #omerciales.

    g> odo edificio de los incluidos en puntos '.1.1..,'.1.1.' y '.1.1.&. 0stos %ltimos si correspondiere> deberá contar frente a su bocao bocas de acceso y egreso de un espacio de dominio privado, como recintos

    cubiertos o descubiertos y $ue estará en relación directa con la v3a p%blica. Ladimensión y conformación de este espacio $uedará sujeto a lo $ue determine encada caso la 5irección #ontrol de Obras +rivadas y 6so del 4uelo en consulta

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -*'

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    con los organismos pertinentes, y seg%n se establezca por v3a reglamentaria.

    metros> !dificios para reunión bajo tec?o= L U

    metros'> !dificios para reunión al aire libre= L U

    metros !dificios para oficinas= L U metros*> !dificios comerciales= L U metros;> !dificios industriales= L U metros)> !dificios para depósitos= L U metros(> !dificios para usos peligrosos L U : veinte> metros&> !dificios especiales= estarán en función de lo $ue fijen

    las normas espec3ficas.

    038 Ci!c#$acion&6 metro.

    4erán ejecutadas con materiales incombustibles.Las medidas de los escalones responderán a lasiguiente fórmula=

    #ódigo de !dificación Ord. &'()/&* +agina -*

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    c?V? U :.;: a :.;* m.donde c? U contra ?uella> no será mayor $ue :,: m.  ? U ?uella> no será menor de :,* m.

    Los tramos de escaleras sin descanso no podrán salvarmás de ',:: tres> metros de altura.Los descansos de las escaleras serán de dimensión tal

    $ue permitan inscribir un c3rculo de radio no menor al anc?o del tramo. @ráfico pisos altos, cual$uiera fuera el uso o destino de losmismos, salvo $ue la escalera en sus laterales est0 totalmente abierta al eterior.

    Las puertas de las cajas de escaleras deberán abrir en elsentido de la salida y tendrán un anc?o m3nimo no inferior a 1,:: un> metro.7777

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    1, metros se colocarán barandas o pasamanos en amboscostados y cuando su anc?o supere los :(: dos coma oc?enta> metros secolocarán barandas o pasamanos intermedios, separados y a no menos de 1, metros. @ráfico , su solado antideslizante y de material incombustible.

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    corredores o palieres, en todos los niveles de sus paradas en los pisos altos ysubsuelos, deberán tener comunicación directa con las escaleras eigidas desalida de uso p%blico y en planta baja con el medio eigido de salida a la v3a

     p%blica.

    038911 Do'acin

    La capacidad de transporte será medida por el n%merode pasajeros $ue pueda ser trasladado en un determinado per3odo de tiempo, $uegarantice la correcta evacuación.

    038912 Sa$a d& "#ina6

    4i la sala de má$uinas de los ascensores es contigua a unavivienda o a oficinas, debe asegurarse en la misma una presión ac%stica $ue nosupere lo establecido en la Ordenanza 9 (1;) / (;.

    03892 E6ca$&!a "&cnica

    !n los casos en $ue se re$uiera más de una escalera comomedio eigido de salida, una escalera mecánica se puede computar como tal,siempre $ue=

    a> #umpla las condiciones de situación eigidas a lasescaleras fijas de salida.

     b> enga un anc?o no menor $ue :,(: cero coma oc?enta>metros medidos en los escalones.

    c> "arc?e en el sentido de la salida o sea reversible.

    d> Los materiales $ue entren en la construcción seanincombustibles.

    d> Las llaves comandos deben estar a la vista para su rápida

    utilización en caso de siniestros u otros.

    039 !&

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    odo local o conjunto de locales $ue constituya una unidad deuso en planta baja con comunicación directa a la v3a p%blica, $ue tengan unaocupación mayor de ':: trescientas> personas, y alg%n punto del local distemás de metros de la salida, tendrá por lo menos dos medios deegreso, siendo uno de ellos salida de emergencia.

    +ara el segundo medio de egreso puede usarse la salida generalo p%blica $ue sirve a pisos altos, siempre $ue el acceso a esta salida se ?aga por el vest3bulo principal del edificio.

     b> Locales interiores en pisos bajos, altos, entrepisos, sótanos osemisótanos.

    odo local $ue tengan una capacidad mayor de ::doscientas> personas, contará por la menos con dos puertas lo más alejadas unade otra, $ue conduzcan a una salida general eigida.

    La distancia máima desde cual$uier local a una puerta,

    abertura eigida sobre un vest3bulo o corredor general o p%blico $ue conduzca ala v3a p%blica, será de metros medidos a trav0s de la l3nea delibre trayectoria.

    c> +uertas de emergencia. Las puertas de emergencia $uecomuni$uen con un medio de escape deberán abrir ?acia afuera en sentido de lacirculación.

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    el pasaje den vidrieras de locales comerciales. @ráfico metros adicional cuando sobre

    el pasaje den puertas de accesos a locales comerciales o lugares de atención al p%blico a trav0s de aberturas en las vidrieras. @ráfico +ara casos de otras actividades localizadas en las galer3ascomerciales salas de espectáculos, lugares de reunión, etc.> $ue eijan un anc?ode salida m3nimo, el anc?o deberá responder a lo establecido en punto !n todos los casos, el anc?o m3nimo del pasaje será el$ue resulte del m3nimo re$uerido para las actividades en ella localizadas, cuandoeste %ltimo valor resulte superior $ue el m3nimo eigido para el pasaje.

    .

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    t0cnica necesaria


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