estatuto del cefts - 2015

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Estatuto Centro de Estudiantes de la Facultad de Trabajo Social Sancionado en Asamblea Estudiantil Octubre de 2015

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Estatuto Del Centro de Estudiantes de la Facultad de Trabajo Social - UNER, Paraná - 2015

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Estatuto

Centro de Estudiantesde la Facultad de Trabajo Social

Sancionado en Asamblea EstudiantilOctubre de 2015

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Estatuto del Centro de Estudiantes de la Facultad de Trabajo Social

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Octubre de 2015

TITULO I: PRINCIPIOS, BASES Y PROPÓSITOS

Art. 1: El Centro de Estudiantes de la Facultad de Trabajo Social (CEFTS) es ungremio que nuclea a todxs las y los estudiantes de esta Facultad y como tal sepropone:- Representar, Defender y Proteger los Derechos e Intereses Colectivos eIndividuales de todxs lxs estudiantes.

Art. 2: Construir y mantener redes sociales e institucionales con sectores públicos yprivados con la previa evaluación de la Comisión Directiva.

Art. 3: Contribuir a la Formación Académica desde una perspectiva crítica ycompleja hacia nuestra formación Profesional, promoviendo la libertad de Cátedray teniendo siempre como horizonte de sentido la inclusión social y la conquista dederechos humanos. Para esto se propone: -Profundizar los mecanismos democráticos en la elección de los representantesestudiantiles en el Co-gobierno (Consejo Directivo – Consejo Superior), recurriendoa mecanismos de consulta entre todo el estudiantado, como forma válida de poderarticular las necesidades de éste.

Art. 4: Continuar defendiendo a la Universidad y a sus principios inclaudicables deAUTONOMÍA, GRATUIDAD, COGOBIERNO, que posibilite el ingreso y permanencia detoda aquella persona que desee estudiar, sin ningún tipo de discriminaciónreligiosa, política, social, económica o identidades.

Art. 5: Desarrollar la Extensión Universitaria mediante:- Promoción y Difusión de todas las carreras de nuestra Casa de Estudios a través deactividades académicas de todo tipo.- Fomentar la participación y Organización Estudiantil en Encuentros Locales,Provinciales, Regionales, Nacionales y Latinoamericanos.- Potenciar y Fomentar la relación de lxs estudiantes con los Colegios deProfesionales a fines.- Promover la articulación social con sindicatos, gremios, organizaciones barriales,organización de la sociedad civil, etc. A fin de enriquecer el intercambio deconocimientos de un lado y del otro, de manera de que la Universidad articule conla sociedad en un plano de igualdad.- Generar espacios de debate con los y las estudiantes sobre la importancia de laarticulación social, como un complemento académico de la primordial importanciapara nuestra formación y desarrollo profesional. Buscando ser estudiantes yprofesionales comprometidos con la realidad social y al servicio del pueblo.

Art. 6: Impulsar el debate entorno a la Formación Profesional y el Plan de estudioscon los demás claustros.

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Art. 7: Impulsar la creación y defensa de espacios de debate acerca de la FunciónSocial de la Universidad como espacios de Construcción de Conocimientos,priorizando y rescatando las raíces propias del conocimiento Latinoamericano y laparticipación, debate, análisis y reflexión.

Art. 8: El Centro mantendrá los principios de crítica, resolución y organización,sosteniendo sus principios de Autonomía, Democracia y Soberanía

Art. 9: Continuar defendiendo y promoviendo el espacio de las Jornadas AcadémicasEstudiantiles como un lugar válido para realizar diagnósticos y Propuestas comoEstudiantes Universitarios de la Facultad de Trabajo Social, incorporando en esteespacio a otros claustros.

Art. 10: El Centro de Estudiantes se reconocerá, como integrante de los distintosórganos de representación estudiantil provinciales, regionales, nacionales ylatinoamericanos, previo debate en Asamblea.

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TITULO II: DE LXS INTEGRANTES

Art. 11: Se considera como integrantes a quienes sean estudiantes regulares de laFacultad de Trabajo Social.

Art. 12: Los deberes de lxs integrantes:A) Cumplir y hacer cumplir este Estatuto y las resoluciones de Asambleas y de

la Comisión Directiva.B) Asistir con puntualidad a las Asambleas Ordinarias y demás actos de carácter

oficial del Centro.C) Desempeñar las funciones y comisiones que le fueran encomendadas por los

órganos del Centro de Estudiante.D) Concurrir a las sesiones de Comisión Directiva cuando fueran citados por

ésta.

Art. 13: Los derechos de lxs integrantes:A) Asistir a todas las sesiones de Comisión Directiva y comisiones con las

limitaciones que aquella fije reglamentariamente, pudiendo presentar a suconsideración ideas y proyectos relacionados con las actividades y marchadel Centro de estudiantes.

B) Concurrir a las actividades promocionadas y organizadas por el Centro.C) Tener voz y voto en las Asambleas.D) Gozar de todos los demás derechos que acuerdan los estatutos u otras

disposiciones debidamente autorizadas.

Art. 14: Si un/a integrante hubiera incurrido en una infracción deliberada ovoluntaria de estos estatutos o de las reglamentaciones expresas, o desvirtuandolos propósitos perseguidos por el Centro, cometiendo actos que a juicio de laComisión Directiva compromete el honor de sus integrantes, se elevará a laAsamblea y está fundada en su carácter soberano resolverá que tipo de sanciónmerece.

Art. 15: Todx integrante sancionadx o expulsadx será inscriptx en el libro de actas, acargo de la Secretaría General, explicitando fecha y causa de la sanción.

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TITULO III: DEL GOBIERNO DEL CENTRO

Art. 16: El Centro de Estudiantes de la Facultad de Trabajo Social será conducido poruna Asamblea General de sus integrantes, administrado y coordinado por unaComisión Directiva.

Capítulo I: De las Asambleas

Art. 17: La Asamblea constituye la autoridad máxima del Centro. Se encontraráintegrada por lxs comprendidxs en el artículo 11 con voz y voto.

Art. 18: Las Asambleas serán soberanas y sus resoluciones deberán ser cumplidasde inmediato.

Art. 19: Las Asambleas Ordinarias serán de carácter semestral:A) 1° Asamblea Ordinaria Semestral: tendrá lugar antes del receso invernal, de

carácter informativo. Se considerará la marcha social, política, gremial yeconómica del Centro.

B) 2° Asamblea Ordinaria Semestral: Tendrán lugar dentro de los 30 días definalizado el ejercicio administrativo. La Asamblea será convocada por laComisión Directiva. Se considerará la memoria, balance e inventario delperiodo anterior, lo que serán dados a conocer previamente. Así también seelegirá una Junta Electoral compuesta por tres integrantes de asamblea ysuplentes, a lo que se le agregará un representante por agrupación que seráel/ la apoderadx o quien designe la agrupación (presentado a elección convoz pero sin voto).

Art. 20: Las Asambleas Extraordinarias se celebrarán cuando así los resuelva laComisión Directiva, siempre y cuando, sea votado y resuelta por mayoría, porpetición escrita, con indicación de sus fines. Deberá ser convocada por la ComisiónDirectiva para la fecha y hora fijada en la solicitud.

Art. 21: En las Asambleas serán tratados los temas consignados en elcorrespondiente orden del día y aquellos temas de interés general propuestos porunx o más integrantes de la Asamblea y aprobado por la misma acerca de sutratamiento.

Art. 22: La citación para Asambleas Ordinarias se hará con cinco días deanticipación mientras que para las Extraordinarias el lapso será de dos días, salvocasos especiales que por sus características deban ser tratados en forma inmediata,por medio de comunicados, murales y otros que arbitre la C.D. debiendo indicarseclaramente el orden del día a considerar en cada caso.

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Art. 23: El quórum legal de las Asambleas será de la mitad más uno de lxsintegrantes, se declarará abierta la sesión media hora después de lo fijado, en casoque haya un treinta por ciento de lxs integrantes presentes.De no alcanzarse este porcentaje, la C.D. arbitrará las medidas que estimenecesarias.

Art. 24: En Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto podrán removerselxs integrantes de la C.D. con la mitad más uno de los votos de lxs integrantespresentes en dicha Asamblea convocada a este efecto y resolver la renuncia de lamisma forma.

Art. 25: Las resoluciones de la Asamblea serán tomadas por simple mayoría de losvotos presentes, salvo los temas que los estatutos especifiquen otra proposición.Para las reconsideraciones se requerirá una mayoría de dos tercios de votospresentes. En caso de paridad el o la presidente o presidenta de la Asamblea con suvoto decidirá la votación (quien presida la Asamblea sólo vota en caso de paridad).

Art. 26: La Asamblea decidirá los mecanismos de votación.

Art. 27: Las Asambleas Ordinarias serán presididas por el o la Presidente oPresidenta del Centro, y en su ausencia o delegación por el o la Secretarix General oalgún otrx integrante de la Comisión Directiva.

Art. 28: La Asamblea decidirá sobre la participación con voz de lxs representantesde los Centros, Federaciones Estudiantiles, Obreras, Organizaciones Sociales,Políticas, Gremiales y del Magisterio, o invitadxs especiales por la misma.

Capítulo II: De la Comisión Directiva

Art. 29: El Centro de Estudiantes de la Facultad de Trabajo Social será dirigido y/oadministrado por la Comisión Directiva compuesta por:1. Presidencia; 2. Secretaría General; 3. Secretaría del Cuerpo de Delegadxs; 4.Secretaría de Finanzas; 5. Secretaría de Prensa; 6. Secretaría de ExtensiónUniversitaria; 7. Secretaría de Cultura; 8. Secretaría de Bienestar Estudiantil; 9.Secretaría de Derechos Humanos; 10. Secretaría de Asuntos Pedagógicos; 11.Secretaría de Géneros y Diversidad.

Art. 30: Todos los integrantes de C.D. deberán ser estudiantes de la Facultad deTrabajo Social, durarán en sus funciones un año, pudiendo ser reelegidxs enfunciones sucesivas.

Art. 31: La C.D. deberá reunirse una vez por semana como mínimo en sesiónordinaria y cada vez que sea citada extraordinariamente por el o la Presidentx o apedido del 40% (cuarenta por ciento). Durante los meses de Diciembre y Febrero, se

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realizará una reunión mensual como mínimo, pudiendo la C.D. determinar periodosde receso de la misma coincidente con los recesos académicos.

Art. 32: La Comisión Directiva sesionará con un mínimo de la mitad más unx de susintegrantes.

Art. 33: Todx integrante de la Comisión Directiva que sin previo aviso dejara deasistir a tres reuniones consecutivas o a cinco alternadas quedará de hechoseparada de ella. Las inasistencias se considerarán como faltas y será reemplazadopor unx de lxs integrantes de la lista de la agrupación a cargo de esa Secretaría.

Art. 34: La C.D. es solidariamente responsable de sus actos y sólo una constanciaexpresa en el Libro de Actas puede desligar a sus integrantes de esa responsabilidadcomún. Las resoluciones de C.D. podrán ser cuestionadas por el Cuerpo deDelegadxs, agrupaciones existentes o lxs estudiantes. Sus resoluciones podrán serjuzgadas por una Asamblea convocada al efecto, y son validas mientras ésta no lasrevoque.

Art. 35: Las resoluciones emanadas de la Comisión Directiva deberán constar en elLibro de Actas correspondientes y firmadas por el/la Secretarix General, la/elPresidentx y secretarixs presentes.

Art. 36: Si por cualquier causa la C.D. quedara sin alguno de sus integrantes, ésteserá reemplazadx por unx de lxs integrantes de la lista votada de esa agrupación dela gestión en curso. En caso que el o la integrante faltante fuera el/la Presidentx sepromoverá al Secretarix General y el nuevo integrante ocupará éste cargo. En elcaso de que una Agrupación que integre la C.D. presente formalmente su disolucióno renuncia, se procederá a la convocatoria de Asamblea Extraordinaria pararesolver la situación planteada. De ninguna manera se podrá cambiar más de cincointegrantes de la Comisión Directiva en total.

Art. 37: En el caso de que faltasen seis o más integrantes de la Comisión Directiva seconvocará en el término de cinco días a Asamblea Extraordinaria que se expedirásobre la situación.

Art. 38: Los Deberes y Atribuciones de la Comisión Directiva son:A) Cumplir y hacer cumplir fielmente estos Estatutos y resoluciones de las

Asambleas efectuando todo lo necesario para la realización de los fines delCentro y de la buena marcha del mismo, dictando las medidas y/oreglamentos tendientes a ese fin.

B) Convocar al Centro a Asambleas Ordinarias y Extraordinarias.C) Crear, Organizar y Reglamentar dentro del espíritu y letra de estos Estatutos

las comisiones que sean necesarias para la buena marcha de la entidad,quedando las mismas ad-referéndum de la Comisión Directiva.

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D) Proponer a una Asamblea convocada al efecto el juzgamiento de lxsintegrantes que les tuvieran en el Art. 14.

E) Considerar las decisiones y ordenar gastos de las Comisiones.F) Convocar a Elecciones de Renovación de autoridades de Centro y la Asamblea

Ordinaria Anual, preparando una memoria y balance, dando cuenta de lamarcha del Centro, de sus gestiones y trabajos, movimientos de integrantes,balance anual, inventario. Se deberá dar a conocer la memoria y balance alxs integrantes cada quince días antes de la realización de la Asamblea.

G) Actuar ante tercerxs en representación del Centro en toda oportunidad queasí lo requiera, establecer y mantener relaciones con instituciones a fines.

H) Organizar y llevar a cabo todo acto cultural y científico, exposiciones, cursos,visitas y excursiones cuando los juzgue conveniente.

I) Proponer a lxs integrantes las reformas que crea conveniente introducir aestos Estatutos con la exposición de motivos y evaluar y actualizar en tantosea conveniente cada tres años.

J) Interpretar estos Estatutos y resolver los puntos no previstos en los mismosen la primera Asamblea Ordinaria y/o Extraordinaria o en una convocada atal efecto.

K) Administrar los bienes sociales no gravando los recursos del Centro concontratos y erogaciones que pongan en peligro sus finanzas. Adquirir bienesmuebles e inmuebles, estos últimos, previa autorización de una AsambleaExtraordinaria.

L) Aprobar los reglamentos internos y controlar el funcionamiento de lasComisiones.

M) Conceder la sede a la institución para reuniones y conferencias afines alcarácter del Centro.

N) Citar a lxs integrantes cuando lo crea más conveniente.O) Fomentar la Extensión Universitaria.P) Diseñar, debatir y aprobar en C.D. un Presupuesto Anual del CEFTS, que

contemple:- Un Fondo de Viajes, que será puesto a disposición a cualquier estudiante o

grupo de estudiantes que haga explíto el requerimiento del uso del mismoen Reunión Ordinaria de la C.D., previa aprobación de la misma, siempreque el dinero se utilice a fin de permitir la participación de lxs mismxs encongresos, foros, encuentros, que cuenten con certificación de loscolegios, federaciones o asociaciones que nucleen a lxs profesionales dedichas carreras.

- Un Fondo de Becas de Fotocopias, a fin de permitir el acceso gratuito acopias en la Fotocopiadora Autogestionada a lxs estudiantes de nuestracasa de estudios, previa presentación en tiempo y forma y aprobación unformulario requerido por la C.D. para la obtención de dicha beca.

- Un Fondo Común de Secretarías, que representará un monto no menor al20% del Presupuesto Anual, y que será asignado en forma equitativa a

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cada Secretaría, exceptuando Presidencia y Secretaría de Finanzas, para eldesarrollo de sus actividades en pleno uso de su autonomía.

- Un Fondo de Presupuesto Participativo, que tendrá como fin fomentar laparticipación de lxs estudiantes en el uso de los recursos del CEFTS parael bienestar de la comunidad educativa, mediante la presentación deproyectos que serán elegidos mediante una elección por el conjunto de lxsestudiantes de esta Casa de Estudios, en base a un cronograma aprobadopor la C.D. trabajando en conjunto Secretaría de Delegadxs y Secretaría dePrensa en la difusión de esta herramienta.

Art. 39: La C.D. no podrá resolver ningún asunto de las comisiones sin tenerdespacho sobre el tema por la misma, debiéndose fijar plazos a la Comisión para laelevación de un informe, pasado dicho plazo y no producido el despacho la ComisiónDirectiva podrá adoptar por si sola las medidas que considere convenientes.

Capítulo III: De lxs integrantes de la Comisión Directiva

Art. 40: La Presidencia representa legalmente al Centro de Estudiantes en todossus actos. Sus Deberes y Atribuciones son:

A) Presidir las Asambleas, sesiones de C.D. y actos organizados por el Centro deEstudiantes de la Facultad de Trabajo Social.

B) En sesiones de C.D. decidirá con su voto en caso de paridad.C) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, las resoluciones de C.D. y de

Asambleas.D) Refrendar con su firma las resoluciones, actas y correspondencias o

documentos del Centro.E) Visar todos los documentos de Sec. de Finanzas que signifiquen erogación de

fondos.F) Convocar a lxs integrantes a Asamblea Extraordinaria, siempre que la

importancia de los asuntos a tratar así lo requieran o en el caso del Art. 14.G) Dar aviso a C.D. toda vez que deba ausentarse por un periodo mayor de

quince días.H) Adoptar las medidas urgentes que estime conveniente dentro de la letra y

espíritu de estos Estatutos, con cargo de dar cuenta de los mismos a la C.D. ensu primera reunión.

I) Presentar al término del periodo una memoria y balance describiendo lasactividades desarrolladas por la Comisión Directiva y las Comisiones.

J) Convocar a la Comisión Directiva a reuniones ordinarias y/o extraordinariaspresentando un temario.

K) Pasar a lxs respectivxs integrantes o comisiones los asuntos que debaninformar o entender.

L) Convocar a las comisiones y subcomisiones para su constitución.

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M) Deberá responder ante el Cuerpo de Delegados toda vez que éste lo requierapara informar sobre los actos de resoluciones de Comisión Directiva o comoPresidentx.

Art. 41: La Secretaría General será la ejecutora inmediata de las resoluciones deComisión Directiva, siendo sus Deberes y Atribuciones:

A) Redactar y atender la correspondencia y documentos del Centrosuscribiéndose con el/la Presidentx, conjuntamente.

B) Hacer públicas las resoluciones de la C.D. y de las Asambleas.C) Organizar y responsabilizarse de la administración del Centro y los trabajos

de Secretaria llevando los libros y archivos que crea necesarios o aquellosque le indique la C.D. para la mejor marcha del Centro.

D) Citar a reuniones de C.D. como así también a las Asambleas.E) Colaborará con el/la Presidentx y en todas las gestiones del Centro y lo

reemplazará cuando estuviese ausente. En caso de acefalía desempeñará lapresidencia hasta la terminación del periodo.

F) Tendrá voz y voto en reuniones de C.D.G) Redactar las actas de las reuniones de C.D. y Asambleas, firmándolas

conjuntamente con el/la Presidentx y dos integrantes de la Asamblea.H) Guardar en su poder el libro del cual es personalmente responsable.I) Recibir y custodiar el archivo del Centro.J) En su ausencia a reuniones de C.D. o Asambleas será el o la Secretarix de

Delegadxs quien deberá reemplazarlx.

Art. 42: La Secretaría de Finanzas será responsable directo del manejo de losFondos Sociales, siendo sus Deberes y Atribuciones:

A) Percibir la suma o ingresos que por diferentes conceptos recaude el Centro deEstudiantes. Firmando en nombre de ésta lxs integrantes de C.D.

B) Llevar los libros de contabilidad que registren las entradas y salidas ytenerlos siempre a disposición de la C.D. o el o la Presidentx.

C) Efectuar el pago de gastos autorizado por la C.D. o el o la Presidentx.D) Elevar mensualmente a la C.D. un balance detallado para su aprobación, de

las cajas de fotocopiadora y de finanzas, dándole la mayor publicidad.E) Confeccionar el balance anual y el inventario de los bienes del CEFTS que

deberá contar con la aprobación de la Asamblea Ordinaria Anual.F) Trabajo en conjunto con las otras secretarías del CEFTS en el sostenimiento

de la AUTOGESTIÓN de la Fotocopiadora, buscando garantizar tanto elbienestar de lxs compañerxs estudiantes que trabajan en ella, como el menorprecio posible de las fotocopias y fomentar en la medida de las posibilidadesla creación de becas de fotocopias.

G) Tendrá voz y voto en las reuniones de C.D.

Art. 43: La Secretaría del Cuerpo de Delegadxs presidirá y coordinará el Cuerpode Delegadxs, y sus Deberes y Atribuciones son:

A) Registrar, respetar y publicitar los mandatos de delegadxs de curso.

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B) Encargarse de las sesiones del Cuerpo de Delegadxs.C) Confeccionar y elevar el temario para las sesiones del Cuerpo de delegadxs.D) Informar a la C.D. las resoluciones y propuestas del Cuerpo de Delegadxs.E) Cumplir y hacer cumplir fielmente las disposiciones del Titulo III, CapituloIV

(referente al Cuerpo de Delegadxs).F) Tendrá voz y voto en las reuniones de C.D.

Capítulo IV: Cuerpo de Delegadxs

Art. 44: El Cuerpo de Delegadxs quedará constituido por todxs lxs delegadxs de losaños y carreras. Su función será la de vincular a la o el estudiante con la ComisiónDirectiva del Centro de Estudiantes.

Art. 45: El carácter del Cuerpo de Delegadxs será resolutivo previa consulta con laComisión Directiva. El mandato de lxs delegadxs será tomado en cuenta porvotación nominal en los años y por simple mayoría de votos, contemplándosetambién la legitimidad del mismo en el caso de que lxs delegadxs sean electxs porconsenso o unanimidad. Se deberá elegir un/una subdelegadx en caso que el/ladelegadx electx no pueda participar de los espacios correspondientes.

Art. 46: Las decisiones del Cuerpo serán por simple mayoría de votos y en caso deparidad el/la secretarix del Cuerpo decidirá con su voto (el/la secretarix no votasalvo en caso de paridad). Estas decisiones serán consideradas posteriormente porComisión Directiva del Centro.

Art. 47: Estará presidido por el/la secretarix del Cuerpo de Delegadxs, en cadareunión se elegirá un/a Secretarix de Actas del mismo cuerpo.

Art. 48: En un plazo no mayor de quince días posterior al comienzo de las clases serealizarán las elecciones que elegirán un/a Delegadx Titular y un/a Subdelegadx, encaso de que el curso conste de más de 50 estudiantes se duplicará esa cantidad, enéste caso sólo unx de lxs integrantes tendrá voz y voto y el otro sólo voz. La formade elección será por mayoría simple de votos y con la fiscalización del/la Secretarixdel Cuerpo de Delegadxs.

Art. 49: Una vez electos lxs delegadxs y subdelegadxs se encargarán de labrar unActa de la elección con la firma de los delegadxs electxs, que será elevada a la C.D.Éste requisito será imprescindible para lograr el reconocimiento de lxs delegadxspor el Centro.

Art. 50: Tendrán voz y voto todxs lxs delegadxs Titulares, y Subdelegadxs enejercicio de Titulares salvo lo previsto en el Art. 39º.

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Art. 51: El Cuerpo funcionará ordinariamente dos veces al mes, extraordinariamentecada vez que lo considere necesario.

Art. 52: El Cuerpo podrá a efectos de agilizar su funcionamiento dar normasinternas que no se contrapongan con éste Estatuto quedando ad referéndum de laComisión Directiva.

Art. 53: Podrán ser Delegados todos lxs estudiantes de la Facultad excepto lxsintegrantes de Comisión Directiva del Centro de Estudiantes.

Art. 54: Cualquiera de lxs Delegadxs o todxs podrán ser removidxs de sus cargos encualquier momento, por el mismo curso que lo eligió. En este caso se deberápresentar un documento que especifique las razones fundadas para tal remoción, elmismo deberá incluir la firma de un 70% (setenta por ciento) de lxs estudiantesregulares para la remoción del mismo.

Art. 55: Serán funciones de lxs Delegadxs:A) Informar al Curso de los distintos problemas que los afecten, llevando a la

Comisión Directiva las inquietudes del Curso.B) Informar al curso de las medidas y resoluciones de C.D. la del Centro y

cuando el Curso y la C.D. así lo requiera.C) Concurrir a las reuniones del Cuerpo avisando con anticipación si no puede

hacerlo, para facilitar la presencia de lxs subdelegadxs, llevando mandatoexpreso del Curso cuando así lo requiera.

D) Será función principal del Cuerpo de Delegadxs actuar como regulador de lasdecisiones adoptadas por la Comisión Directiva, las cuales podrán serinterpeladas en Asambleas convocadas por Cuerpo de Delegadxs.

E) Podrán asistir a las reuniones de Comisión Directiva sin formar parte delquórum de la misma.

Art. 56: El/la delegadx no podrá influir sobre las decisiones del Curso, informandoverazmente. En el caso de que el/la o lxs Delegadxs no informaran verídicamente oque no cumpliesen el mando del Curso podrán ser removidxs por el mismo según elArt. 54.

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Capítulo V: de las demás Secretarías de la Comisión Directiva

Art. 57: La Secretaría de Bienestar Estudiantil será encargada de las demandasmediatas e inmediatas que todx estudiante tiene, tanto al iniciar su carrera como altransitar por los diferentes años de la misma.En sentido amplio trabaja en:

A) Difusión y acompañamiento en el proceso de tramitar todas las becas ydiferentes recursos económicos, con contraprestación de servicios o sin ella,de origen universitario, local, provincial y nacional.

B) Fomento de las distintas disciplinas deportivas, masculinas y femeninas. Paraesto se participara en todas las reuniones y espacios generados desde lafacultad y la universidad, buscando garantizar que puedan practicarse losdistintos deportes en lugares aptos para ello, accesibles y sin ningún tipo decosto.

C) Participación en la Comisión del Comedor Universitario. Defender de un platode calidad y a bajo precio. Proponer diferentes alternativas estudiantiles paragarantizar esto, surgidas tanto desde la Secretaria como de la Comisión delCentro de Estudiantes y al estudiantado en general.

D) Trabajo en conjunto con las otras secretarias del CEFTS en el sostenimientode la AUTOGESTIÓN de fotocopiadora, buscando garantizar tanto el bienestarde lxs compañerxs estudiantes que trabajan en ella, como el menor precioposible de las fotocopias y fomentar en la medida de las posibilidades realesde la misma la creación de becas de fotocopias.

E) Trabajo en conjunto con otras secretarias (Secretaria de Cultura, Secretariade Derechos Humanos, y las que se relacionen) para garantizar distintoseventos artísticos, culturales y vínculos a la memoria, verdad y justicia en elmarco de la universidad pública. Difusión y participación en todas lasiniciativas surgidas de otros Centros de Estudiantes, gremios, agrupaciones ydemás vinculadas con las discusiones políticas, económicas y sociales queinterpelan a la universidad y su rol, buscando profundizar su compromiso ycarácter popular.

F) Trabajo en conjunto a su vez, con Secretarias de Asuntos Pedagógicos yCuerpo de Delegadxs para garantizar la representación de posturas de lxsestudiantes en las discusiones vinculadas a la reforma de los planes deestudio de todas las carreras.

Art. 58: La Secretaría de Cultura tendrá como fin vincular estratégicamente ladiversidad cultural Nacional y Latinoamericana, generando actividades que a su vezmotiven al estudiantado a conocer más sobre las mismas, como ya se mencionóanteriormente no solo en todo el territorio nacional sino también latinoamericano,construyendo desde este ámbito discusiones que tengan que ver con nuestrahistoria, para poder entender mejor nuestras realidades, que sin lugar a dudastienen que ver con nuestra cultural social.Para ello tendría que:

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A) Generar el debate de la diversidad cultural, fomentando la realización deactividades de diversas índoles que pretendan brindar o analizarconocimiento sobre una temática en particular.

B) Acompañar a estudiantes que deseen llevar a cabo actividades de esta índole.C) Por medio de la Secretaria de Prensa, informar sobre actividades culturales

que se lleven a cabo tanto dentro del ámbito facultativo como a nivelmunicipal, provincial, nacional y latinoamericano.

D) Servir de puente entre los organismos culturales, de la región y el Centro deEstudiantes. Cuando se hace referencia en este caso a organismos, debenentenderse públicos y/o privados. Acercar al estudiantado a las diversaspropuestas que haya a su alcance y que motiven a la participación.

E) Será el responsable de inventariar, organizar y administrar los bienes de labiblioteca del CEFTS, garantizando el acceso irrestricto de lxs estudiantes alos mismos.

Art. 59: La Secretaría de Derechos Humanos velará por la defensa y promociónde actividades vinculadas a estos derechos, en un sentido amplio:

A) Generar vínculos participativos con diferentes organismos de DerechosHumanos a nivel local, provincial, nacional y Latinoamericano.

B) Promover el desarrollo de políticas de inclusión social.C) Respaldar las políticas de derechos humanos asumiendo como horizonte de

sentido las banderas de verdad, memoria y justicia entendidas comodemandas centrales de diversos sectores sociales.

Art. 60: La Secretaría de Prensa, tendrá por función:A) Generar vínculos entre la comisión directiva de la facultad, el Centro de

Estudiantes y el estudiantado en general.B) Difusión y promoción de todas las actividades y noticias políticas, sociales,

culturales que hacen al movimiento estudiantil y su relación con otrosactores en el ámbito local, regional, nacional y latinoamericano.

C) Dar a conocer los derechos y espacios académicos, tanto locales comoprovinciales y nacionales con los que cuentan lxs estudiantes (becas,proyectos de investigación y extensión, comedor, autogestión defotocopiadora, deportes, jornadas culturales, actividades sociales, congresos,etc).

D) Crear y fortalecer canales de comunicación con la facultad y con otrasunidades académicas, gremios, sindicatos, otros centros de estudiantes yorganizaciones sociales por medio de todos los canales disponibles.

E) Concurrir a medios de comunicación para dar a conocer las actividadesacadémicas y del CEFTS.

F) Garantizar la accesibilidad del material difundido y publicitado por la sec dePrensa para todxs.

Art. 61: Es función de la Secretaría de Asuntos Pedagógicos asistir al CEFTS ydemás organismos de la Facultad en la elaboración de las estrategias pedagógicas y

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en la ejecución de los planes, programas y demás acciones operativas que deaquellas se deriven, respecto del proceso enseñanza-aprendizaje.Las actividades y tareas comprendidas en dicha función son:

A) Acompañar al estudiante en las cuestiones relativas al proceso enseñanza-aprendizaje, cursado, planificaciones y planes de estudio de las carreras de laFacultad.

B) Asistir las necesidades del estudiantado, atender sus demandas e interveniren los procedimientos propios (equivalencias, títulos y similares), derivandocuando corresponda.

C) Coordinar con los Departamentos de grado la actividad docente paraasegurar el cumplimiento del plan de estudio y de las demás normas querigen la actividad académica y supervisar el funcionamiento de los mismos.

D) Interactuar y coordinar con la Secretaría de Asuntos Pedagógicos de laFacultad en todas las actividades académicas y los programas derivados einformar sobre su desarrollo.

E) Recibir, analizar y evaluar informes del desempeño de docentes y estudiantesy aconsejar medidas si correspondiere, velando por el cumplimiento de lasdisposiciones que rigen la actividad y en salvaguarda de la excelenciaacadémica.

F) Supervisar el material de estudio de Biblioteca, Fotocopiadora del Gabinetede Informática y Biblioteca del CEFTS, así como de las áreas de apoyoscreados o a crearse para el desarrollo de la actividad académica.

G) Impulsar e intervenir en actividades de capacitación pedagógica de lacomunidad académica.

H) Coordinar las relaciones académicas con otras organizaciones educativas enlo referido a cuestiones pedagógicas.

I) Participar en toda otra actividad de asistencia, bienestar y desarrolloestudiantil no mencionada anteriormente en salvaguarda de la excelenciaacadémica y de los derechos y obligaciones de lxs estudiantes.

J) Trabajar en conjunto con auxiliares de segunda y tutores para construirestrategias en conjunto para generar espacios de debate y formación.

K) Garantizar la accesibilidad al material de estudio, dando respuesta a lasdiversas necesidades y demandas del estudiantado.

Art. 62: la Secretaría de Extensión debe garantizar la democratización de losconocimientos y saberes de la Universidad al conjunto del pueblo y del pueblo alinterior de la Universidad. Lejos de responder a una visión mercantilista deUniversidad, tiene la responsabilidad de generar todas las oportunidades posiblespara garantizar el acceso al derecho de la educación e investigación universitaria atoda la sociedad. Debe promover acciones solidarias con la comunidad a la quepertenece fomentando la integración y participación de esta mediante el trabajo enconjunto, difusión y promoción de todo conocimiento que se genere dentro y fuerade la Facultad.Las actividades y tareas comprendidas en dicha función son:

A) Generar lazos de interacción con los diferentes espacios de la comunidadsocial para realizar actividades de extensión.

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B) Instrumentar programas y acciones en forma conjunta y coordinada con laSecretaría de Extensión Universitaria de la Facultad de Trabajo Social.

C) Interactuar y coordinar con las Secretarías de la Facultad las actividadespropias y los proyectos de extensión y asistencia comunitaria y demásacciones derivadas e informar sobre su desarrollo.

D) Considerar, evaluar y elevar propuestas de cursos de actualización extracurriculares y de los diseños curriculares pertinentes.

E) Organizar e implementar conferencias, jornadas, simposios, congresos,exposiciones y demás actos culturales desde el CEFTS.

F) Instrumentar y promocionar la realización de convenios con institucionespúblicas y privadas para realizar actividades de extensión.

Art. 63: la Secretaría de Géneros y Diversidad tendrá como fines abordar dichatemática, generando ámbitos de acciones y medidas de sensibilización dirigidas a laerradicación de patrones culturales que sostienen prácticas de discriminación yviolencia, fomentando la igualdad de género.Por lo tanto las tareas a desarrollar por parte de esta Secretaría serán:

A) Realizar acciones para la promoción de los derechos de los diferentes génerose identidades sexuales, promoviendo una vida equitativa y sin violencia nosólo dentro de los ámbitos académicos sino también, trabajando en conjuntocon la Secretaría de Extensión para construir redes con actores de la sociedadcivil.

B) Fomentar la importancia de la discusión pública en relación con los asuntosde géneros.

C) Generar respuestas activas a lxs integrantes de la comunidad académica quese vean violentadxs en los distintos espacios de su vida cotidiana.

D) Abordar la problemática desde una perspectiva crítica, garantizando debatesactuales y en consonancia con la coyuntura.

E) Generar vínculos activos con organizaciones sociales y organismosgubernamentales que trabajen dentro de la temática de género y diversidad.

F) Servir de puente entre el estudiantado y los organismos gubernamentales yno gubernamentales que se ocupan de las situaciones de violencia ydiscriminación de géneros.

G) Participar y generar espacios de producción del conocimiento desde estasperspectivas.

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TITULO IV: DE LAS SECRETARÍAS (en tantofuncionamiento)

Art. 64: Para su funcionamiento, organización y estructura deberá tener en cuentalos siguientes puntos:

A) Funcionarán en el seno de la C.D. las Secretarías que se encuentren expresasen el Artículo 29, Capitulo II del Presente Estatuto.

B) Su funcionamiento estará regido por un reglamento interno que serápropuesto por el o la Secretarix respectivx y aprobado por la C.D. dentro delos quince días de la formación de la Secretaría, debiendo éste nocontradecirse con el presente Estatuto.

C) Al comienzo de cada cuatrimestre se evaluarán las actividades desarrolladaspor las Secretarías, teniendo en cuenta el monto que haya sido asignado porla C.D. para cada una de ellas.

D) Cada agrupación designará un/a titular y un/a suplente para cada Secretaría.Éstxs deberán haber integrado la lista que la agrupación presentó en lasúltimas elecciones.

E) El o la Secretarix respectivx podrá designar ad-referéndum de C.D. laformación de subsecretarías a su cargo. Dicha subsecretaría deberá estarintegrada por un estudiante de la Facultad de Trabajo Social, teniendo este/aSubsecretarix voz y no voto.

F) Lxs Secretarixs tendrán voz y voto en las reuniones de C.D.

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TITULO V: DE LAS AGRUPACIONES

Art. 65: Lxs estudiantes de la Facultad podrán organizar agrupaciones, las quedeben cumplir los siguientes requisitos:

A) Presentar ante la Comisión Directiva o Junta Electoral una nota de puesta enconocimiento de la existencia de la agrupación, conjuntamente con el actade fundación de la misma a posteriori, dentro de un periodo de quince díaselevarán la Declaración de principios.

B) Cuando alguna de las agrupaciones se presente a elecciones deberápresentar ante Comisión Directiva y Junta Electoral la plataforma electoral ylista de candidatxs dentro de los quince días antes del acto eleccionario.

Art. 66: las plataformas electorales presentadas deberán coincidir en el espíritu yletra del presente Estatuto, en caso contrario podrían ser objetadas por ComisiónDirectiva y/o Junta Electoral la que deberá expedirse dentro de las 24 horassiguientes.

Art. 67: A efectos del artículo 65, si el reconocimiento fuera denegado por laComisión Directiva y/o Junta Electoral, la agrupación afectada tendrá derecho asolicitar la realización de una Asamblea, dentro de las 72 horas antes del actoelectoral, la cual decidirá en última instancia.

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TITULO VI: DE LAS ELECCIONES

Art. 68: El Acto Electoral se efectuará de acuerdo a lo establecido por el calendariofijado por la Comisión Directiva, el que no deberá exceder los doce (12) meses delmandato de la misma. Procurará adecuarse a lo establecido por este estatuto y lasnormativas de los órganos gremiales a los que el CEFTS adhiera en virtud delArtículo 10, pudiendo votar todxs lxs estudiantes de la Facultad de Trabajo Social.

Art. 69: En la última Asamblea Ordinaria Bimestral se elegirá a la Junta Electoralsegún lo especifique cada caso en el Art. 19 inciso b), lxs integrantes elegidos nodeberán pertenecer a la C.D. saliente, ni efectuar ningún tipo de proselitismo, ni sercandidato en las elecciones por alguna de las agrupaciones que se presenten a lamisma. A partir de dicho momento se considerará abierta la campaña electoral. LaJunta Electoral declarará cerrada la campaña 24 hs. antes del acto eleccionario.

Art. 69 bis: Durante el período en que se encuentra en funciones la Junta Electoral,la C.D. y las Secretarías integrantes podrán mantener sus funciones y realizaractividades con el consentimiento de la C.D, exceptuando el período de vedaelectoral.

Art. 70: Las agrupaciones nombrarán delegados en número de dos para formar unaComisión que se encargue de la elaboración de un Reglamento Electoral que regirála acción de la Junta Electoral, conjuntamente con ésta. La aprobación de estereglamento será por aceptación tácita de las agrupaciones, en caso de existirdiscrepancias que no se puedan allanar se tomará una decisión mediante AsambleaExtraordinaria.

Art. 71: Los Deberes y Atribuciones de la Junta Electoral son:A) Difundir el Acto Electoral con 20 días de anticipación.B) Fiscalizar, confeccionar y difundir los padrones electorales que deberán ser

exhibidos una semana antes del acto electoral.C) Cumplir y hacer cumplir fielmente el reglamento electoral elaborado según

lo especifica el Art. 70.D) Decidir todas las situaciones referentes a las elecciones que se produzcan

antes, durante o después del Acto Electoral, en los casos que no contemple elreglamento Electoral, según lo especifica el Artículo 70.

E) Constituir las mesas receptoras de votos las que serán presididas por un/aintegrante de la Junta Electoral. Cada mesa estará constituida por un/aPresidente y un/a fiscal por agrupación, sólo tendrán voz lxs fiscalesacreditadxs ante la misma, debiéndose labrar el acta correspondiente.

F) Presidir el escrutinio final del acto eleccionario, el cual será público, y labrarel acta del mismo

G) Citar a la reunión de distribución de cargos de la nueva C.D.

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H) Labrar el acta y presidir la toma de posesión de los cargos, haciendo entregaal/la nuevx Presidentx del informe y demás documentación de la Junta.

Art. 72: Cualquier vacante que se produzca en la Junta Electoral será cubierta porlxs suplentes según lo especificado en el Art. 19 inciso b).

Art. 73: La Junta Electoral es el único juez en la elección, sus fallos y actuacionesson inapelables, salvo en el caso en que la Asamblea General anule dichos fallos oactuaciones por transgresión a estos Estatutos, la Asamblea no podrá retirar sufallo.

Art. 74: El/la Elector/a deberá ser estudiante regular de la Facultad de TrabajoSocial y su identidad deberá ser comprobada antes de la emisión del voto,presentando su Documento Nacional de Identidad. En el caso de lxs estudiantes deprimer año, estxs deberán estar cursando, al menos una de las materias del añomencionado al momento del Acto Eleccionario.

Art. 75: La votación será secreta e individual.

Art. 76: Para ser candidato a miembro de la C.D. del Centro de Estudiantes serequiere:

A) Ser estudiante regular de la Facultad de Trabajo Social.B) No podrán integrar lista:

- Quienes sean candidatxs al Consejo Directivo de la Facultad. - Quienes sean miembros del Consejo Directivo de la Facultad.- Quienes desempeñan empleos administrativos o son docentes dependientes de la Facultad y/o Universidad.

Art. 77: La Junta Electoral oficializará las listas de candidatos y sus respectivasboletas de voto cuando:

A) Pertenezcan a agrupaciones que hayan cumplido con los Artículos 65 y 66.B) Sean remitidas a la Junta Electoral con cinco días de antelación al Acto

Eleccionario.C) El número de candidatos sea igual al fijado por este Estatuto.

Art. 78: Las boletas para votar deberán ser de tamaño uniforme respondiendo anormas que determinará la Junta Electoral y la Comisión enunciada en el Art. 69.

Art. 79: Al abrir y clausurar las mesas receptoras de votos, se labrarán las actascorrespondientes que firmarán lxs integrantes de las mismas y fiscales de mesapresentes, quienes también han de refrendar los sobres de votos.

Art. 80: Al término del Acto Electoral el Presidente de mesa hará entrega a la JuntaElectoral de las Urnas, padrones y actas. Dentro de las 48 horas de finalizado el actoelectoral o el siguiente día hábil, si este resultare feriado se efectuará la toma de

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posesión de los cargos por parte de los integrantes elegidxs para la ComisiónDirectiva.

Art. 81: El Acto Eleccionario no podrá interrumpirse por ningún motivo so pena denulidad. En caso de interrupción u otras irregularidades, que puedan afectar lavalidez del proceso eleccionario, la Junta Electoral convocará y presidirá unaAsamblea que se expedirá al respecto.

Art. 82: El escrutinio se efectuará inmediatamente después de finalizado el ActoElectoral en presencia de los fiscales y en sesión pública.

Art. 83: La primera reunión de C.D. será la de distribución de cargos, la Presidencia,la Secretaría General y la Secretaría de Finanzas corresponderán a la agrupaciónque obtenga la mayoría de los votos. Luego se distribuirán las Secretarias restantesde acuerdo a los Art. 84 y 85.

Art. 84: En las elecciones rige el Sistema Proporcional y la Junta Electoralprocederá de la siguiente manera:

A) El total de votos, menos anulados y en blancos se dividirá por el número deSecretarías que conforman la C.D. (11) y el resultado obtenido será el CocienteElectoral.

B) El total de los votos validos por cada lista se dividirá por el Cociente Electoraly las cifras enteras obtenidas indicarán el número de lxs integrantes electxscorrespondientes a cada una de las listas. En el caso de que el entero de laagrupación ganadora sea menor a 3, se efectuará el Artículo 84, Inciso E) y setendrá en cuenta el resto de la misma.

C) En el caso de que sean dos listas y cuando el número de electxs por cocientesno alcance al total de integrantes a elegir, se adjudicará un/a candidatx a lamayoría. En caso de empate se convocará a una nueva elección en el términode siete días.

D) En caso de empate por el primer lugar, y a los fines de determinar que fuerzapolítica se adjudicará al menos lo estipulado por el Artículo 83, se convocaráa una nueva elección al término de siete días entre las fuerzas igualadas porel primer lugar.

E) En el caso de que sean tres o más listas y cuando el número de electxs porcocientes no alcance al total de integrantes a elegir, se adjudicará un/acandidatx por lista comenzando por el mayor resto. Si hubiera dos o másrestos iguales se los ordenará en relación directa con el total de votosobtenidos por las respectivas listas, y si estos hubieren logrado igual númerode votos válidos el ordenamiento resultará de un sorteo que a tal fin deberápracticar la Junta Electoral.

F) La lista cuyo número de votos no alcance al cociente electoral no tendrárepresentación.

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Art. 85: Se procederá a la elección de las Secretarías acorde con el número decargos obtenidos por las agrupaciones que se hayan presentado a elecciones. Elorden de elección será: primero la mayoría, segundo la primera minoría, tercero lasegunda minoría y así sucesivamente.

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TITULO VII: DE LOS FONDOS SOCIALES

Art. 86: Los recursos y fondos sociales, estarán constituidos por donacionesvoluntarias de lxs estudiantes, las sumas recaudadas en concepto de ventas deapuntes, libros y demás publicaciones, por donaciones, títulos adquiridos, legados olos que le sean donados o cedidos en propiedad al igual que los bienes muebles einmuebles o el producto de la realización de festivales u otras formas de aumentarlos ingresos que no estén reunidos con los propósitos del Centro.

Art. 87: El centro podrá efectuar donaciones a instituciones cuya acción los hagaacreedor al reconocimiento público, previa aprobación de una AsambleaExtraordinaria.

Art. 88: La C.D. administrará todos los bienes del Centro de Estudiantes, estandoautorizada a realizar préstamos a otras entidades estudiantiles o gremiales, previaaprobación de Asamblea Extraordinaria convocada al efecto.

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TITULO VIII: DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 89: Las reformas totales o parciales al presente Estatuto deberán ser realizadaspor una Asamblea General convocada al efecto y dándose a conocer conjuntamentecon la Convocatoria las reformas propuestas, las que podrán ser aprobadas porsimple mayoría.

Romero, Malena

Presidenta del Centro de Estudiantesde la Facutad de Trabajo Social

(Período 2014-2015)

Medina, Natalí

Secretaria General del Centro de Estudiantesde la Facutad de Trabajo Social

(Período 2014-2015)

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