estatuto interno de convivencia escolar 2015

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1 __________________________________________________________________________________________ COLEGIO PARTICULAR SAN FRANCISCO DE ASÍS SALAMANCA R E G L A M E N T O D E C O N V I V E N C I A E S C O L A R 2022 __________________________________________________________________________________________

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COLEGIO PARTICULAR

SAN FRANCISCO DE ASÍS SALAMANCA

R E G L A M E N T O D E

C O N V I V E N C I A E S C O L A R

2022

__________________________________________________________________________________________

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Reglamento Interno de Convivencia Escolar 2022

El Colegio Particular San Francisco de Asís de Salamanca, constituye una Comunidad Educativa integrada por: Equipo Directivo, Docentes, Estudiantes, Padres y Apoderados, Profesionales de la Educación y Asistentes de la Educación. El presente protocolo pretende establecer un marco consensuado que permita la buena marcha de esta Unidad Educativa, cuya estructura, organización y funcionamiento se sustenta en la normativa general impartida por el Ministerio de Educación y la Congregación sostenedora del Establecimiento, en un clima de sana convivencia escolar basado en el respeto a la complejidad de la naturaleza humana, en las Leyes orgánicas, Decretos y del Proyecto Educativo Institucional.

I.- PRESENTACIÓN E INTRODUCCIÓN

El conocimiento y análisis del Proyecto Educativo de las Hermanas Franciscanas de Gante, coincidente con una educación que se orienta al crecimiento de la Persona, ha dado origen a la elaboración de un Protocolo de Convivencia Escolar, según normativa vigente de acuerdo a la Ley de Educación N° 20.370, artículo 46° letra f, artículo 9°, artículo 10° letra b y artículo 15°, ya que sus objetivos específicos buscan una educación centrada en los auténticos valores cristianos y de espiritualidad franciscana. La convivencia Social Escolar, como ámbito explícito del proceso educativo, propicia y motiva que el contexto del colegio se transforme en un escenario eficaz al desarrollo de los aprendizajes de calidad de todos los estudiantes del establecimiento. La formación de los alumnos, respecto a entrenarlos, capacitarlos e instarles competencias de orden superior, cuya valoración ética requiere no sólo del currículum, la didáctica y metodología, sino también que éstos, dialoguen armónicamente con las formas habituales y cotidianas en que los y las estudiantes habrán de vivenciar en forma lúcida y autónoma, sus propias valoraciones personales y sociales. Dadas las características de nuestro colegio, que tiene una orientación claramente enmarcada en valores cristianos, este Protocolo, en sus diversos apartados, debe expresarse en términos que invitan al desarrollo y mantenimiento de actitudes y comportamientos positivos; así mismo, ha de constituir un instrumento de reflexión permanente, a la luz de la práctica lo que permitirá evaluarlo y consecuentemente, optimizar su aplicación y los ulteriores de ella. Asumiremos el compromiso de este Protocolo de Convivencia en lo cotidiano de la vida de nuestro colegio, de tal forma que oriente los comportamientos en el ejercicio del diálogo, la paz, la no violencia y el entendimiento democrático y participativo entre estudiantes, docentes, asistentes de la educación, padres y apoderados que permita el ejercicio de prácticas de prevención y resolución no violenta de conflictos para propiciar una ciudadanía más equitativa y pacífica. Del mismo modo, las relaciones entre el establecimiento y otros organismos de la comunidad se basarán en el respeto por la legítima independencia y diversidad, procurando un clima de entendimiento y cooperación recíproca. Con aquellos organismos o entes dependientes, las relaciones se sostendrán de acuerdo a la normativa vigente, siguiendo los conductos legales pertinentes.

II.- FUNDAMENTOS DEL PROTOCOLO. Consideramos que en nuestro colegio, que es de Iglesia y para la Iglesia, los siguientes aspectos son fundamentales:

Que sea evangelizador y un lugar de encuentro personal y comunitario con Jesús. Que sea capaz de humanizar y personalizar, siendo centro de comunión y participación entre todos los

estamentos de la Comunidad educativa. Que eduque para el servicio de una proyección de construir la Fraternidad Universal. Que esté organizado y planificado desde la opción preferencial por los pobres.

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Que sea un lugar donde se conozcan, motiven y vivencien los valores de la espiritualidad franciscana (fraternidad, minoridad, entre otras).

Por lo tanto, para hacer posible lo indicado, cada integrante de la comunidad educativa debe: Asumir su pertenencia y ubicación en la Iglesia. Anunciar explícitamente a Jesús, salvador del hombre. Ser capaz de reconocer y promover los valores culturales propios de cada grupo, desde los cuales debe

hacerse la evangelización. En consecuencia, nuestros estudiantes deben ser: sujetos de su propia educación, felices en el ámbito de la tarea escolar, agentes de evangelización en su medio.

Apropiarse y manifestar compromiso en la concreción de los Sellos Identitarios de la Institución, siendo estos:

1.-Carisma Católico Franciscano: Se manifestará en los miembros de la comunidad educativa a través de la actuación del Evangelio y sus enseñanzas, participando en las actividades de Pastoral, de la Iglesia y del Colegio, en acciones solidarias, demostrando actitudes de servicio, minoridad, obediencia, desapego, y en la oración diaria asumiéndola como medio de comunicación y encuentro personal con Dios.

2.-Excelencia Académica: se logrará cuando cada uno de los miembros de la comunidad educativa se

asuma responsable de sí mismo de acuerdo a sus capacidades y competencias, es emprendedor y proactivo, reflexiona, critica y crea realidades, actúa en forma autónoma y responsable en sus decisiones y comparte la visión y misión de creación de una cultura de altas expectativas.

3.- Educación para el desarrollo sostenible: orientarnos como una institución que promueve el progreso

holístico y consciente de nuestros estudiantes, a través del desarrollo de habilidades sociales y culturales; de competencias genéricas sean estas el pensamiento, el trabajo en equipo y la responsabilidad social, como formas de resguardar en sus decisiones presentes, individuales y colectivas, un mundo mejor para las generaciones futuras.

4.-Formación integral: se logra manifestando actitudes de superación del individualismo y egoísmo. Actúa como sensibilizador social, demostrando la adquisición de norma de trato social; participa en la construcción de una sociedad democrática y pluralista; respeta la diversidad de opiniones, manifestaciones y resuelve los conflictos a través del dialogo. Asumiendo una actitud de promoción de justicia y paz.

III.- OBJETIVOS 1.- Dar a conocer a la Comunidad Educativa los lineamientos generales de la Institución, su Misión Educativa y Evangelizadora, así como también, los principios éticos y valóricos que la sustentan y orientan, tales como: respeto, tolerancia, solidaridad, verdad, entre otros.

2.- Establecer un instrumento de carácter institucional, cuyas directrices de identidad sean: participación, representación de los intereses y requerimientos de todos los actores educativos, conocimiento y adhesión de los consensos establecidos y normados.

3.- Constituirse como un instrumento facilitador y regulador de la convivencia social escolar, que permita la formación integral de los y las estudiantes.

4.-Establecer criterios y procedimientos técnicos – pedagógicos para la resolución de situaciones de conflictos producto del incumplimiento de los acuerdos estipulados en el presente reglamento.

IV.- CRITERIOS ORIENTADORES PARA UNA BUENA CONVIVENCIA SOCIAL ESCOLAR.

1.- La convivencia social escolar es un medio educativo y tiene como finalidad reforzar y apoyar la aparición y evolución de comportamientos positivos y hábitos favorables, para crear un clima de sana convivencia, de apertura y de aceptación mutua. Estos comportamientos y hábitos pueden estructurarse en torno a algunos valores fundamentales, tales como: obediencia, veracidad, laboriosidad, tolerancia, fraternidad, sencillez, responsabilidad y justicia.

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2.- La convivencia social escolar es una de las variables fundamentales que inciden en el aprendizaje y, por ende, en el crecimiento personal y grupal.

3.- La Sana Convivencia Escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la Comunidad Educativa, que se fundamenta en la disciplina, respeto, empatía y se orienta al Bien Común, en el cual encuentra su sentido y fuerza de compromiso. Así consideramos como indisciplina, personal o grupal, dentro o fuera del colegio todo aquello que daña al respeto mutuo entre las personas y que atenta contra una buena convivencia social escolar.

4.- La buena convivencia social escolar es responsabilidad de toda la Comunidad Educativa: Sostenedor(a), Padres de Familia, Apoderados, Estudiantes, Directivos, Docentes, Profesionales de la Educación, Asistentes de la Educación (administrativos, auxiliares).

5.- La buena convivencia social escolar consiste en promover en la Comunidad Educativa, la empatía y la capacidad de proyectar las consecuencias de los actos personales en el entorno del establecimiento y en la comunidad.

6.- Derechos y deberes de la Comunidad Educativa. 6.1- Todos los integrantes de la Comunidad Educativa deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia.

6.2.- Los miembros de la Comunidad Educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflictos o maltratos entre cualquiera de los integrantes de ésta y en el esclarecimiento de los hechos denunciados. 7.- Consejo Escolar. 7.1. Existirá un Consejo Escolar, que estará integrado al menos por un representante de cada uno de los siguientes estamentos:

a) Equipo Directivo (director) b) Orientador (a) c) Coordinador de Convivencia Escolar d) Profesores e) Estudiantes f) Padres y Apoderados g) Profesionales de la Educación h) Asistentes de la Educación

7.1.1. Este Consejo Escolar se constituirá con fecha límite el 30 de marzo de cada año académico y sus miembros serán designados según votación. Los integrantes de este Consejo se reunirán como mínimo 4 veces en el año.

7.2. El Comité tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:

Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano.

Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la Sana Convivencia Escolar.

Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de Convivencia Escolar.

Requerir a profesor tutor, orientador/a, Dirección, profesores o a quien corresponda según conducto regular, informes, reportes o antecedentes relativos a la Convivencia Escolar.

Determinar, según protocolo, qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia y aquellas

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que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso.

Proponer medidas remediales frente a situaciones de conflicto.

8.- Encargado de Convivencia Escolar.

Existirá un encargado de Convivencia Escolar (orientador/a) distribuido en los diversos locales anexo Santa Clara (pre-básica hasta 7mos. Básicos) y en local central (desde 8vos. a 4tos. Medios), quienes deberán investigar en los casos correspondientes e informar sobre cualquier asunto relativo a la convivencia y ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes según reglamento de convivencia escolar. El o los encargados del Comité, actuarán de forma preventiva, formativa y propositiva, sin tener mayores facultades que la Dirección del Establecimiento.

9.- Prohibición de conductas contrarias a la Sana Convivencia Escolar.

Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente o vulnere la Sana Convivencia Escolar. La autoridad competente investigará, de conformidad a la normativa interna del establecimiento, las conductas consideradas como maltrato escolar, las que deberán ser debidamente explicitadas y, de ser pertinente, corregidas mediante un sistema gradual de sanciones, acorde a la etapa evolutiva en que se encuentre el estudiante. Todo lo anterior se regirá de acuerdo al protocolo de actuación 2018. 10.- Definición de maltrato escolar. 10.1. Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física, emocional, social o psicológica, realizada en forma verbal (oral-escrito) o no verbal (muecas, sonidos que incitan a la burla) o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la Comunidad Educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda:

• Producir temor evidente de menoscabo en su integridad física o psíquica, en su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales.

• Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.

• Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

10.2. Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:

• Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un (a) estudiante u otro miembro de la Comunidad Educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, entre otros).

• Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un (a) estudiante o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través del uso de las Tics por medio de los chats, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico, sexting, grooming (ciber-acoso), o por medio de las redes sociales y aplicaciones.

• Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos imágenes sin consentimiento de los involucrados o cualquier conducta de maltrato escolar.

• Realizar acoso o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito.

11.- Atribuciones del Encargado(a) de Convivencia. 11.1. Se podrá aplicar a quien incurra en conductas contrarias a la Sana Convivencia Escolar, y especialmente en los casos de maltrato, alguna o algunas de las siguientes medidas disciplinarias:

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a) Diálogo personal pedagógico y correctivo con todos los involucrados. b) Diálogo grupal reflexivo. c) Amonestación verbal. d) Amonestación por escrito. e) Citación y conversación con el apoderado y/o estudiante. f) Derivación psicosocial a redes internas o externas, según sea el caso o la necesidad. (orientación

personal o grupal; talleres de formación valórica o de control de las conductas contrarias a la Sana Convivencia Escolar).

g) Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas alcohólicas, drogas y otras sustancias ilícitas y adictivas y otros. h) Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional, tales como apoyo escolar a otros estudiantes; de mutuo acuerdo con el o los apoderados.

11.2. Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación vigente.

11.3. Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un (a) estudiante, en casos graves se podrán disponer de medidas como la designación de un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso de éste al establecimiento.

12.- Criterios de aplicación. 12.1. Toda medida debe tener un carácter claramente preventivo y formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable. 12.2. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la medida, los siguientes criterios:

a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas. b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado.

c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:

La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores. El carácter vejatorio o humillante del maltrato. Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro. Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa. Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento física, verbal o psicológicamente. Desprestigiar públicamente a cualquier funcionario del establecimiento a través de algún medio

de comunicación. d) Resguardar con carácter confidencial la información entregada por los alumnos al Comité de

Convivencia.

e) La conducta anterior del responsable;

f) El abuso de poder, ya sea físico, moral, de autoridad u otro;

g) La discapacidad o indefensión del afectado.

13.- Obligación de denuncia de delitos. El Director, inspectores, profesores o cualquier miembro de la Comunidad Educativa deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, violencia intrafamiliar, violencia por género, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar, previa información a Dirección, ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, la Fiscalía del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal.

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14.- Reclamos.

14.1. Todo reclamo por conductas contrarias a la Sana Convivencia Escolar podrá ser presentado en forma verbal o escrita al encargado de Convivencia respectivo, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se de inicio al debido proceso de investigación.

14.2. Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción disciplinaria en contra del acusado, basado únicamente en el mérito del reclamo.

15.- Protocolo de actuación.

15.1. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.

15.2 De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento de acuerdo al protocolo de actuación correspondiente, según lo establecido para los casos de acoso escolar y abuso sexual, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente.

15.3. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado/a y de todos los involucrados/das, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas.

16.- Deber de protección.

16.1. Si el afectado fuere un (a) estudiante, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo el proceso. Si es necesario, se otorgará apoyo psicológico.

16.2. Si el afectado fuere un profesor/a o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad.

17.- Notificación a los apoderados. Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá quedar constancia de ella en el libro de clases.

18.- Investigación.

18.1. El encargado de Convivencia Escolar deberá llevar adelante la investigación de los reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento.

18.2. Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotados la investigación, el encargado deberá presentar un informe ante el Consejo Escolar, para que este sugiera una medida, si procediere, a la Dirección del establecimiento.“ 19.- Citación a entrevista. 19.1. Una vez recibidos los antecedentes por el Consejo Escolar, la Dirección o quien la represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o los estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el tipo de tópicos que convenga tratar en presencia de los alumnos o sólo entre adultos. En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las

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condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia a través del nombre y firma de las partes involucradas en dichas circunstancias. Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos los antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un profesional en la materia, quien podrá aconsejar o pronunciarse al respecto.

20.- Resolución.

La Dirección de establecimiento deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes y, en su caso, al Consejo Escolar

21.- Medidas de reparación.

En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, cambio de curso u otras que la Dirección del establecimiento determine.

22.- Recursos.

Todas las partes tendrán la posibilidad de apelar de forma escrita contra la resolución adoptada por la Dirección, dentro de un plazo razonable de tres días hábiles, como máximo, cuya respuesta será entregada en un tiempo no mayor a los tres días hábiles.

23.- Mediación.

El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de Convivencia Escolar. Este sistema incluirá la intervención de los y las estudiantes, docentes, orientadores, otros miembros de la Comunidad Educativa. En conflictos menores los docentes tutores podrán y deberán mediar con sus estudiantes. Si el conflicto es mayor informara al Coordinador de Convivencia.

24.- Publicidad.

El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la Convivencia Escolar a través de todos los medios disponibles, para que la Comunidad Educativa, esté permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos.V.- COMPROMISOS, DEBERES, DERECHOS Y NORMAS.

Debemos consignar que con la finalidad de lograr una adhesión más profunda, eficaz, personal y comprometida con lo estipulado en el presente Protocolo de Convivencia Social Escolar, los deberes, derechos y normas son expresados en primera persona.

COMPROMISOS DEL O LA ESTUDIANTE

“Como miembro integrante de la Comunidad Educativa Colegio “San Francisco de Asís”, conozco y entiendo que quiero ser mejor persona y debo aprender a convivir en armonía con los demás, porque me valoro y me acepto como soy, porque quiero a mi familia y colegio debo asumir que en la vida tengo derechos, pero también deberes y reconozco que éstos me ayudarán a fortalecer hábitos, actitudes, buenas costumbres, principios éticos y cristianos, valores y capacidades de orden superior que me servirán y acompañarán por el resto de mi vida . Por lo tanto, me comprometo a cumplir con las siguientes normas establecidas hacia mi persona, por mis pares, por mis padres y todos los integrantes de mi Comunidad Educativa que me ayudarán a fortalecer mi Proyecto de

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Vida. V. A.- DEBERES DE LOS ESTUDIANTES: 1.- Asumir mi rol de estudiante respetando mis deberes dentro y fuera del colegio, contribuyendo con mi grupo curso a formar una comunidad basada en el respeto mutuo, sana convivencia con mis compañeros/as, directivos, profesores y demás personas que trabajan en el Establecimiento.

2.- Ser un elemento integrador, proactivo, empático, tolerante, participativo y creativo.

3.- Respetar y asumir los principios cristianos y franciscanos del colegio. (Servicio, humildad, corrección fraternal, amor al prójimo, respetando a todos los integrantes de la comunidad escolar)

4.- Responder positivamente en los encuentros de formación religiosa, impartidos como medio para formarme como persona, alcanzando actitudes cristianas al servicio de los demás.

5.- Asistir a clases en forma diaria y oportuna según el horario de clases establecido para mi curso y nivel, con los útiles necesarios y marcados para la actividad escolar diaria y tareas resueltas dadas por el docente.

- En los cursos del nivel pre-básico el horario de clases será de 08:00 hrs. a 15:15 hrs., de Lunes a Jueves y el Viernes de 08:00 a 13:00 Hrs.

- En los cursos de 1º a 8º de E. Básica la jornada de trabajo será de 08:00 a 15:15 Hrs. de Lunes a Jueves y el día Viernes de 08:00 a 13:00 hrs.

- De 1º a 4º Año de E. Media de 08:00 a 16:00 hrs. Lunes y Martes y de 08:00 Hrs. a 15:15 Hrs. de Miércoles a Viernes.

- Los cursos funcionarán incorporados a la J.E.C.D., debiendo cumplir la E. Parvularia y E. Básica un total de 38 hrs. semanales y el Ciclo de E. Media 42 horas semanales.

6.- Permanecer en el establecimiento desde el inicio hasta el término de la jornada de trabajo, no abandonándolo sin la debida autorización de los/as Jefes/as de Local o Dirección.

7.- Permanecer durante el período de clases en la sala o lugar en que esta se desarrolla, de lo contrario se dejará constancia en el libro de clases.

8.- Asistir a todas las actividades escolares y extraordinarias con uniforme a menos que haya autorización expresa de la Dirección para usar otra vestimenta en ocasiones eventuales.

9.-Mantener un rendimiento escolar acorde a las expectativas del establecimiento. 10.- El uniforme oficial acordado por el establecimiento es: • Camisa blanca, blusa blanca o polera pique gris, corbata azul con insignia del colegio incorporada, suéter gris con insignia incorporada, polerón institucional o polerón generacional (4° medio) con insignia, falda azul marino a la cintura con cuatro tablas encontradas, el largo será a cinco centímetros sobre la rodilla o pantalón azul marino recto usado a la cintura, pantalón gris recto usado a la cintura, medias grises (en combinación a la falda) y calzado escolar negro. Para las clases de Educación Física o actividad deportiva el uniforme institucional lo componen el buzo institucional; polera azul, pantalón y chaqueta gris.

* NO CORRESPONDE AL UNIFORME EL USO DE POLERONES, CHAQUETAS, PARKAS CON CUALQUIER TIPO DE ESTAMPADOS Y/O DISEÑOS, JEANS, GORROS, ZAPATOS O CUALQUIER INDUMENTARIAS DISTINTAS A LAS

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DISPOSICIONES INSTITUCIONALES.

*Con respecto al punto anterior, sólo los estudiantes de cuarto medio estarán autorizados a utilizar el polerón generacional (confeccionado acorde a los colores institucionales y previamente aprobado por la dirección), sobre la polera, camisa o blusa (con corbata) del establecimiento. Es obligación asistir los días lunes con el uniforme oficial.

El uniforme oficial deberé usarlo en todo acto o representación dentro o fuera del colegio como son: Actos académicos y de aniversarios, licenciatura, desfiles, actos litúrgicos, entre otros. Es fundamental que cada prenda de vestir del uniforme consigne el nombre y apellido del estudiante de manera interna. Podré utilizar durante el año la polera institucional de color gris, de forma opcional, a excepción del día lunes. Si el/la estudiante se presenta con una prenda diferente a la requerida, se le aconsejará no volver a usarla, si se vuelve a incurrir en la falta, se citará al apoderado/a para su conocimiento cada vez que sea necesario. 11.- Presentarse con: el uniforme correspondiente para las actividades físicas, de ciencias y de talleres; útiles y materiales que son de uso cotidiano o hayan sido pedidos por el profesor para una determinada asignatura o actividad.

h) NO SE ACEPTARÁN MODIFICACIONES DE FORMA EN LOS PANTALONES Y POLERAS DE LOS ALUMNOS/AS (CORTES Y AJUSTES EN GENERAL) LAS ZAPATILLAS DEBEN SER DEPORTIVAS, QUEDAN FUERA DE ESTA CLASIFICACIÓN LAS CONOCIDAS COMO CHAPULINAS Y DE VESTIR (POR SEGURIDAD Y PREVENCION DE ACCIDENTES).

i) Ciencias: • Las y los estudiantes con delantal blanco a partir de 3ro. Básico.

j) Con respecto al Jeans day: Se entiende por jeans day: el uso de jeans, pantalón de tela o buzo, polera y polerón de color. No se permitirá el uso de tacos, mini falda, escotes, calzas, transparencias, entre otros.

- Tiene un carácter voluntario. - El centro de alumnos lo realizará el último viernes de cada mes. - Pastoral segundo miércoles de cada mes. - En el caso de los estudiantes que tengan educación física y talleres deportivos deberán presentarse con

tenida deportiva (buzo de color o calza deportiva). - Jean day extraordinario para campañas solidarias o de refuerzos positivos. Este se comunicará en forma

oportuna y por medios formales (comunicación del director con acuerdo del Equipo Directivo) 12.- Cuidar el aseo personal y presentación diariamente.

• Cabello limpio, sin tintura de colores llamativos ni decoloraciones, tomado, peinado y ordenado sin dreadlocks o cualquier tipo de rapado; uñas cortas, limpias y sin esmalte; rostro limpio, descubierto, sin maquillaje ni accesorios de colores que no correspondan a los de mi uniforme, no usaré alhajas (piercing), joyas u objetos de valor. Asimismo, debo venir rasurado.

13.- Presentar oportunamente los justificativos de inasistencias y atrasos en mi agenda escolar. Si son reiterados (tres semestrales) debo venir con mi apoderado cada vez que me atrase y adjuntar la certificación médica si corresponde. (Hasta 48 horas hábiles presentarla a su inspector).

Los inspectores de sus respectivos cursos serán responsables de comunicarse con los apoderados sea por atrasos, como por el uniforme de los estudiantes.

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14.-TENER Y PORTAR DIARIAMENTE MI AGENDA DE COMUNICACIONES, QUE SIRVE DE NEXO PERMANENTE ENTRE EL COLEGIO Y MI HOGAR.

15.- Cumplir con el compromiso de realizar y mantener el aseo de mi sala (semaneros) y de todas las dependencias del colegio, cuidando patios y áreas verdes, responsabilizándome por el mobiliario y materiales varios, asumiendo su reposición en caso de deterioros y sanción en caso de no cumplimiento. 16.-Rendir al máximo de mis capacidades participando responsable y activamente en el logro de mis aprendizajes ya sea en todas las asignaturas y en aquellas actividades complementarias como academias, talleres y actos académicos. 17.- Asistir oportunamente a todas las situaciones evaluativas y otras fijadas con anticipación o comprometidas personalmente con mis profesores. (Ver reglamento de evaluación artículo 12, inciso B). 18.- No permanecer en las salas de clases durante los recreos, a menos que haya sido autorizado por algún inspector o docente para hacerlo. 19.- Evitar todo juego brusco y violento o actos de bullying (maltrato verbal, físico, psicológico y social) que atente contra mi seguridad y la de los demás integrantes de la Comunidad Educativa. 20.- Mantener siempre una actitud de máximo respeto por nuestros símbolos patrios, especialmente en la interpretación del Himno Nacional, en los actos cívicos internos y fuera del establecimiento.

21.- Mantener una actitud de respeto hacia mi persona, a mis compañeros, profesores y personal del colegio, NO HACIENDO DEMOSTRACIONES AMOROSAS EFUSIVAS COMO BESOS, CARICIAS Y ABRAZOS ENTRE PAREJAS EN EL ESTABLECIMIENTO, ACTIVIDADES EXTRA PROGRAMÁTICAS O MIENTRAS VISTA UNIFORME ESCOLAR.

22.-Expresarme siempre con un vocabulario y modales adecuados, eliminando el lenguaje coprolálico (groserías) y actitudes que no correspondan, dentro y fuera del establecimiento.

23.- Devolver oportunamente y en las condiciones apropiadas los libros, materiales e implementos facilitados por el colegio para las actividades escolares y otras.

24.- Escuchar con atención cuando una persona habla, sin interrumpir y esperando mi turno para expresarme correctamente.

25.-Considerar el saludo, dar las gracias, pedir permiso y pedir disculpas como un acto de mi diario vivir.

26.- Participar activamente en el desarrollo de las clases escuchando, opinando y creando un ambiente de disciplina y armonía.

27.- Mantener una actitud de lealtad y honradez frente al trabajo escolar no incurriendo en actitudes como: copiar en las pruebas, plagiar trabajos de autoría, cambiar notas (en pruebas y libros de clases), intentar engañar al profesor con alteraciones de fecha en la entrega de trabajos o deberes, alterar la corrección de las pruebas realizadas, revisadas y calificadas, alterar las comunicaciones entre colegio y apoderado entre otros.

28. Mantener una actitud de respeto y participación en actos litúrgicos internos y externos del establecimiento; oración, retiros, jornadas, eucaristías, entre otras.

29.-Mantener sala limpia y ordenada, durante las horas de clases y al término de ellas. Mantener materiales en buen estado, ya sea útiles de aseo (palas, escobillón, etc.), e insumos pedagógicos (plumón, borrador, corchetera y otros)

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30.-Mantener las reglas de convivencia, respeto y protocolo basico en las horas de colación. Tales como: saludar, esperar su turno, mantener su espacio limpio, respetar a la encargada y las reglas establecidas en el espacio destinado para la alimentación.

31.- Asumir su responsabilidad al traer al colegio objetos de valor como; joyas, dinero, equipos tecnológicos, celulares y otros. Los cuales son de su exclusiva responsabilidad en su cuidado.

32.- Respetar y cumplir con los protocolos existentes, por ejemplo, el de higiene y seguridad.

V.B.- DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

Como estudiantes del Colegio “San Francisco de Asís”, me asisten los siguientes derechos a:

1.- Conocer los objetivos de aprendizaje en cada asignatura que estudiaré durante el año escolar y la propuesta curricular que me ofrece el colegio y que asegura una educación de calidad. 2.- Recibir una formación integral que asegure el pleno desarrollo de mi persona. 3.- Solicitar y recibir una buena información de parte de todo el personal del establecimiento. 4.- Realizar peticiones, sugerencias y reclamos ya sea en forma personal o como grupo, siguiendo el conducto regular: profesores de asignatura, profesor jefe, Coordinación y Dirección. 5.- Recibir clases motivadoras, dinámicas y creativas, en un ambiente armónico (sala limpia).

6.- Recibir y participar libremente en programas recreativos, culturales, sociales, deportivos y otros tantos eventos que desarrollen mi personalidad, representando con orgullo y responsabilidad a mi colegio.

7.- Recibir orientación religiosa, educacional, vocacional y valórica plena en igualdad de oportunidades, de acuerdo a mi nivel de desarrollo personal.

8.- Recibir un trato digno y respetuoso de todos los miembros de la comunidad escolar, sin mediar discriminación de ningún tipo.

9.- Usar material didáctico, laboratorio de ciencias y de informática, textos de estudios y/o consulta existente en el CRA del colegio.

10.- Recibir atención de primeros auxilios y obtener el beneficio del Seguro de Accidente Escolar garantizado por el Estado.

10.1- El apoderado será responsable del traslado del accidentado al Servicio de Salud más próximo (artículo 16 /Deberes de los padres).

10.2- En caso de accidente de extrema gravedad el establecimiento tomará la iniciativa previo aviso al apoderado.

11.- Conocer y ser evaluado de acuerdo al Reglamento Interno de Evaluación de mi colegio.

12.- Conocer los resultados de las evaluaciones antes de ser registradas en los libros de clases y participar del Proceso de Evaluación, que incluye Autoevaluación y Co-evaluación de mi propio proceso educativo.

13.- Disfrutar de un medio ambiente sano y positivo con recreos de 15 minutos en los siguientes horarios: de 9:30 a 9:45 hrs., de 11:15 a 11:30 hrs. y un horario de colación de 45 minutos de 13:00 a 13:45 hrs.

14.- Ser tratado/a con dignidad y respeto por todos los integrantes del colegio.

15.- Recibir al inicio del año escolar el horario de clases confeccionado con un criterio pedagógico.

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16.- Usar una polera gris manga corta o larga con la insignia del colegio incorporada.

17.- Usar en otoño e invierno (las damas) un pantalón con corte recto, azul marino o negro en reemplazo de la falda, este pantalón no debe ser jeans ni calzas.

18.- Usar durante los días de lluvia un vestuario adecuado para la ocasión (paraguas, botas, gorros, parkas y bufandas de colores sobrios en la medida de lo posible).

19.- Postular a los diferentes cargos de la Directiva del Curso, Centro de Alumnos, Pastoral, Consejo Escolar y Comité de Sana Convivencia Escolar del Colegio. 20.- Hacer uso de Licencia Médica cuando proceda. 21.- Postular a las diferentes Becas y Beneficios otorgados por el Mineduc (Beca Presidente de la República, Indígena, JUNAEB, entre otras). 22.- Postular a la Educación Superior.

23.- Que las estudiantes en estado de gravidez no pierdan su condición de alumnas regulares y así poder finalizar sus estudios en las condiciones de situación especial que el colegio les reconoce.

24.- Los estudiantes que presentan un cambio conductual positivo, tienen derecho a ser reconocidos en forma verbal y/o escrita por parte del Encargado de Convivencia.

25.- Portar y usar artefactos electrónicos (mp3, mp4, notebook, netbook, ipad y tablet) con fines pedagógicos.

26.- Recibir un trato respetuoso de los docentes en la sala de clases, procurando un clima armónico que permita una orientación con afecto y dignidad evitando absolutamente el maltrato físico y psicológico.

27.- Participar de programas de integración escolar previa autorización del apoderado y evaluación del profesional correspondiente al área, según disponibilidad de cupos.

28.- A la calendarización especial de evaluaciones pendientes para alumnos que representen a la institución en actividades extracurriculares autorizadas por Dirección. VI.- PROCEDIMIENTOS A UTILIZAR CON ANTERIODIDAD PARA RESOLVER CONFLICTOS INDIVIDUALES O COLECTIVOS QUE SE PRESENTEN ENTRE MIEMBROS DEL COLEGIO. Los estudiantes que presenten dificultades disciplinarias deberán comprometerse con las acciones indicadas a continuación: 1.- El estudiante debe Conversar y dialogar con la o las personas afectadas por mi conducta y/o falta. 2.- Al no haber cambios conductuales, de actitud, el estudiante debe dialogar con el (la) profesor(a) jefe para buscar un entendimiento, lo cual quedará registrado en su hoja de vida. 3.- Si persiste su situación conflictiva, se le informará al apoderado a través del conducto regular, quién se presentará en el colegio para conocer las dificultades y firmar la hoja de vida y en conjunto con el (la) profesor(a) jefe y coordinadores buscar las estrategias que permitan superar la falta. 4.- Si después del procedimiento anterior, no hay cambios favorables será derivado con el informe correspondiente al Encargado de Convivencia quien procederá según protocolo establecido y/o atención psicológica si procede. 5.- Si efectuado el proceso anterior, no se ha podido lograr un cambio de comportamiento favorable será suspendido de uno a tres días, tiempo que debe utilizar para la reflexión junto a su familia con la finalidad de corregir su proceder. 6.- En caso de que el (a) estudiante continúe con su mal comportamiento (severo) .Una vez revisado los

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antecedentes y seguido el debido proceso donde se han hecho parte Profesor(a) Jefe, Orientador, Encargado de Convivencia, Psicóloga y Dirección se podrá aplicar la condicionalidad de matrícula la cual tendrá la duración de un semestre, evaluándose las situaciones de cada estudiante en julio y diciembre a fin de mantener la medida o levantarla. VII.- TIPOLOGÍA DE LAS FALTAS. 1.- Se entenderán por Faltas Graves las siguientes acciones: 1.1.-Ocasionar destrozos intencionales en los bienes de propiedad del Establecimiento o particular, tales como: libros, cuadernos, diarios murales, mesas, sillas, proyectores, pizarrón, televisor, dvd, vidrios, sanitarios, material tecnológico, didáctico, musicales y deportivos, entre otros. El o los autores de los destrozos (sea intencional o no intencional) son responsables del pago del valor o la reposición de éstos, dentro de las siguientes 48 hrs. 1.2.- Profanación de imágenes o símbolos religiosos.

1.3.- El engaño y deshonestidad en el trabajo escolar.

1.4.- Salir del colegio sin autorización durante la jornada de clases.

1.5.- No cumplir con responsabilidad los compromisos contraídos y que significan representar al colegio.

1.6.- Usar lenguaje inapropiado y gestos incorrectos con mis compañeros y/o cualquier miembro de la comunidad educativa.

1.7.- Negarme a participar en los talleres que el colegio ofrece y que forman parte del plan de estudios.

1.8.- Llegar atrasado/a en forma reiterada al colegio y sala de clases.

1.9.-Presentarme en una actitud absolutamente de falta de interés irrumpiendo en la clase y afectando mi aprendizaje y proceso educativo.

1.10.- No regresar al establecimiento después del tiempo determinado para la colación.

1.11.- Faltar el respeto a nuestros emblemas nacionales.

1.12.- Incumplir en forma reiterada con las exigencias de presentación personal expuestas anteriormente.

1.13.- Permanecer en periodos de recreos o recesos para colación dentro de las salas de clases.

1.14.- No regresar a la sala de clases entre cambios de hora o actividades extraescolares.

1.15.- Usar dispositivos tecnológicos en sala de clases cuando el docente no lo autorice.

2.- Se entenderán por Faltas Gravísimas las siguientes acciones:

2.1.- La reiteración de cualquiera de las faltas anteriores será considerado como falta gravísima. 2.2.- Graficar, reproducir (en artefactos electrónicos) y publicar en internet escenas o frases que atenten contra la integridad física y/o psicológica, la moral y buenas costumbres. 2.3.- Portar, intercambiar, traspasar o consumir durante actividades programáticas o extra programáticas al interior o fuera del colegio, cualquier tipo de sustancias que atenten contra la salud e integridad física y moral de los

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estudiantes (pornografía, tabaco, licor u otros estimulantes o utensilios para el uso o consumo de dichas sustancias). 2.4.- Sustraer, adulterar, alterar, utilizar el nombre de la institución para beneficio propio y falsificar documentos del Establecimiento tales como: Libros de clases, certificados, pruebas, agendas, entre otros.

2.5.- Portar o traer armas de fuego u objetos corto punzantes (cuchillos, corta cartones, cadena, linchacos), que puedan provocar daño a los integrantes de la comunidad escolar.

2.6.- Agredir de hecho o de palabra a algún miembro de la Comunidad Escolar o terceros dentro y/o fuera del Establecimiento (talleres, jornadas, salidas a terreno u otros).

2.7.-Apropiación indebida de especies.

2.8.-La indisciplina de cualquier naturaleza que se produzca al inicio, durante o al término de un Acto Cívico Patriótico en el Establecimiento o fuera de él, durante el desarrollo de la clase y en los actos u oficios religiosos y al término del año escolar.

2.9.- La indisciplina que se produzca en actividades de colegio como: aniversario del colegio, celebraciones de cumpleaños, despedidas de cursos y término de periodo escolar de cuartos medios.

2.10.- La indisciplina que se produzca en actividades propiciadas por el colegio o en las cuales el (la) estudiante se encuentre representando al establecimiento.

2.11.- No asistir a lo menos una vez al año a los actos y desfiles públicos (27 de abril, 21 de mayo, 18 de septiembre, aniversario de la comuna) en representación del Colegio sin una Justificación Médica debidamente acreditada. Sólo los estudiantes que viven en el sector rural no están obligados a asistir.

2.12.- Presentar una actitud irreverente respecto a los oficios religiosos y símbolos patrios.

2.13.- Destrozo, burla manifiesta, manipulación o rayado que signifiquen una irreverencia hacia algún símbolo religioso o patrio.

2.14 Para el o los estudiantes de cuartos medios que cometan actos que atenten contra la dignidad e integridad física de algún miembro de la comunidad educativa o que dañen, destrocen implementos dependencias del establecimiento la sanción puede implicar el quedar privado de participar en la ceremonia

2.15. Ingresar bajo los efectos de alcohol, drogas y otros. Además, de portarlos.

2.16 Frente al uso indebido del celular se deberá actuar de la siguiente forma:

a) Al ser sorprendidos por primera vez se le retirara el celular y se le entregara al termino de clase, con las recomendaciones pertinente dejando registro en su hoja de vida.

b) Al reiterarse la situación se entregará en atención de apoderados dejando constancia en el libro de clases cada vez que se repita la situación.

c) Al repetirse el hecho por mas de tres veces se aplicará la medida de suspensión por un día, dejando constancia en su hoja de vida del libro de clases. VIII.- PROTOCOLO A SEGUIR FRENTE A LAS FALTAS.

Las medidas contempladas en el presente protocolo de convivencia serán proporcionales a la edad de desarrollo del niño/a o joven. Debiendo el Equipo de Orientación apoyar al máximo a los/as estudiantes y familias que

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presenten problemas conductuales.

a) Amonestación verbal; la aplica cualquier miembro del Equipo Directivo, personal docente, profesional de la educación, asistente de la educación, personal administrativo y auxiliar del colegio.

b) Amonestación escrita; en los documentos del Establecimiento, la aplica cualquier miembro del Equipo Directivo, personal docente o profesional de la educación.

c) Citación al apoderado; la aplica cualquier miembro del Equipo Directivo, docente, o profesor jefe, éste último deberá dar cuenta de esta medida a Orientación.

d) Derivación: a Pastoral-Orientación, Psicóloga, asistente social o red de apoyo externa según proceda.

e) Suspensión de clases de 1 a 3 días; la aplica el/la Encargado/a de local de acuerdo a la gravedad de la falta. Cuando la situación lo amerite el o los estudiantes que sean suspendidos, deben presentarse al establecimiento a rendir las evaluaciones en horarios acordados con uniforme.

f) Cancelación individual o grupal de la ceremonia de licenciatura: se aplica frente a faltas gravísimas en consulta con el Consejo de Profesores y Dirección.

g) La condicionalidad de Matrícula; la propone el Consejo de Profesores y la ratifica el Consejo Escolar, después de haber seguido los protocolos de entrevistas con profesor jefe, orientación, psicóloga y encargada de convivencia.

h) Sugerencia de cambio de establecimiento; lo decide la autoridad pertinente del Establecimiento en carácter resolutivo después de haber seguido los protocolos, teniendo presente que esta medida en ningún caso deberá ser motivada por bajo rendimiento y/o por no contar con recursos económicos suficientes.

Las medidas contempladas en el presente protocolo de Convivencia serán proporcionales a la edad de desarrollo de los (las) estudiantes. Debiendo el equipo de orientación apoyar al máximo a los (las) estudiantes que presentan problemas conductuales.

1.- Para los estudiantes del nivel Pre básico y 1º Ciclo de E. Básica, podrán aplicarse las siguientes medidas: Amonestación verbal, amonestación escrita y citación al apoderado. En caso de faltas gravísimas y en consulta al Concejo de Profesores, Dirección y Concejo Escolar, se aplicará la suspensión, condicionalidad de matrícula y sugerencia de cambio de establecimiento para el año escolar siguiente. En estos casos se deberá tener evidencias del debido proceso que ha tenido el (la) estudiante que presenta problemas conductuales y se les asistirá con todos los recursos humanos al alcance del Colegio (Orientación, Psicóloga, asistente social), con el objetivo de superar las dificultades, si esto no es posible podrán aplicarse todas las medidas estipuladas, siguiendo un debido proceso. 2.- Para los estudiantes de los niveles de 2º ciclo de E. Básica y E. Media podrán aplicarse las siguientes medidas: Amonestación verbal, amonestación escrita y citación al apoderado. En caso de faltas gravísimas y en consulta al Concejo de Profesores, Dirección y Concejo Escolar, se aplicará la suspensión, condicionalidad de matrícula y sugerencia de cambio de establecimiento para el año escolar siguiente, a estos estudiantes que presenten problemas conductuales se les asistirá con todos los recursos humanos al alcance del Colegio (Orientación, Psicóloga, asistente social), con el objetivo de superar las dificultades, si esto no es posible podrán aplicarse todas las medidas estipuladas, siguiendo un debido proceso. IX.-RECONOCIMIENTOS DE LOGROS. Como sujeto principal del Proceso Educativo, la calidad del trabajo académico que desarrollo, mis cualidades y actitudes positivas ante mis compañeros/as y demás integrantes de la comunidad escolar, la buena asistencia y puntualidad en la hora de entrada a clases, mi excelente presentación personal, ser mediador de conflictos entre mis pares, la representación positiva de mi colegio en las diferentes instancias que me asignan, me permiten ser destacado y merecedor de los siguientes estímulos:

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a) Ser reconocido por mi buen comportamiento, reflejándolo en mi informe de personalidad. b) Integrar el Cuadro de Honor de mi curso y colegio por mi rendimiento y cualidades de alumno integral. c) Felicitaciones públicas en actos mensuales o saludo matinal por representar a mi colegio en certámenes

culturales, artísticos, religiosos o deportivos. d) Registrar por escrito en mi hoja de vida mi aporte positivo a la sana convivencia en mi curso y colegio. e) A ser elegido abanderado, porta-estandarte o escolta del Colegio en desfiles, actos públicos o ceremonias

institucionales por mis valores y actitudes personales. f) A ser reconocido en la Licenciatura de 4º Medio como la Mejor Promoción, Mejor Trayectoria Académica Premio

al Esfuerzo, Premio “San Francisco” o Premio “Santa Clara”. g) A ser reconocido por mis cualidades, habilidades y rendimiento en cada asignatura, en cada ocasión que

lo amerite. X.- COMPROMISOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y/O APODERADOS Porque amamos a nuestros hijos/as y como co-educadores, nos sentimos los primeros responsables de su formación, les brindamos un ambiente positivo de respeto, solidaridad, lealtad, cordialidad, amor, y buen ejemplo. Compromiso: Como padre y/o apoderado me comprometo con el colegio “San Francisco de Asís” a aceptar la Educación que imparte, según el Espíritu del Evangelio y las enseñanzas de la Iglesia Católica. Acepto y declaro conocer el Reglamento Interno del Colegio, sus normas disciplinarias y de Convivencia Escolar y su Reglamento Interno de Evaluación, comprometiéndome, especialmente a velar por la asistencia, presentación personal, puntualidad, indumentaria de Educación Física, materiales de asignaturas Técnicas y a cumplir con el deber de asistir a las reuniones de Padres y Apoderados, asistir a la hora semanal de atención de apoderados con el Profesor Jefe y docentes de asignaturas, que programe la Dirección y el Centro General de Padres. Además acepto que las clases de Religión (Orientación Cristiana Católica) son obligatorias para todos los alumnos, no obstante los (las) estudiantes que pertenezcan a un Credo religioso distinto al del establecimiento podrán solicitar al exención de la asignatura a través de una carta dirigida al Director del establecimiento firmada por su apoderado(a) y cuyo envío no exceda al 30 de marzo del año en curso. X. A.-DEBERES DE LOS PADRES.

Como Padre y/o Apoderado del Colegio “San Francisco de Asís” he elegido voluntariamente ingresar a mi hijo/a a esta Comunidad Educativa y me comprometo a:

1.- Conocer y respetar el PEI del establecimiento.

2.-Tener un trato deferente y afable con cada uno de los integrantes de la comunidad educativa, como una forma de respetar las normas establecidas para un buen clima escolar del establecimiento.

3.-Respetar y seguir los conductos regulares establecidos por la institución.

4.-Apoyar activamente la labor educativa y formativa propuesta por el colegio en su Proyecto Educativo Institucional.

5.- Presentar a tiempo y en la forma correspondiente sugerencias, informes o reclamos, respetando el conducto regular (profesor de asignatura, profesor jefe, coordinador y director), y las formas de convivencia del Colegio.

6.-No interferir en las decisiones pedagógicas del consejo profesores y Dirección

7.-Revisar diariamente la agenda de comunicaciones de mi pupilo/a y sus tareas escolares y hacer cumplir horario de estudio y calendario de lectura domiciliaria

8.-Hacerme responsable de los documentos que entrega el colegio, ya sea en la limpieza como en la devolución oportuna (Autorizaciones, Cuestionarios, Agenda, entre otros)

9.-Participar activamente en el proceso cívico a través del Centro General de Padres y/o Apoderados y Directiva del Sub centro.

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10.-Participar y asumir responsablemente los cargos en los que fuese elegido o designado en mi curso.

11- Cumplir con los compromisos económicos acordados por el Centro General de Padres y/o Apoderados y sub centro.

12.- Autorizar a mi hijo/a para que represente a su colegio en forma responsable en actos o actividades programadas.

13.-Asumir con orgullo la imagen y buen nombre del colegio, sintiéndome parte de la comunidad educativa, por lo tanto, lo respaldaré dentro y fuera de éste.

14.- Iniciar a mis hijos en la fe cristiana para ayudar al crecimiento y maduración de ellos en la fe. (Propiciar el ecumenismo, tolerancia religiosa)

15.-Conocer oportunamente la situación académica y disciplinaria de mi pupilo/a, asistiendo regularmente a la atención de apoderados, según horario dispuesto por el establecimiento (mínimo dos veces al mes dejando registro debidamente firmado). 16.- Asistir a las citaciones, entrevistas y reuniones programadas por el profesor jefe, otro profesional del establecimiento o el Centro General de Padres y/o Apoderados. El no cumplimiento reiterado de esta norma (por tercera vez), dará motivo para ser citado por Dirección para justificar mi inasistencia. 17.- Asistir y participar responsablemente en el proceso eleccionario de la Directiva del Centro General de Padres y/o Apoderados, cada 2 años. 18.- Ser responsable de la seguridad y el medio de traslado y retiro de mi pupilo/a desde y hacia el colegio (transporte escolar, bicicletas y vehículos particulares), respetando los horarios establecidos por la institución.

19.- Trasladar a mi pupilo/a al centro asistencial al ser informado de un accidente escolar. Exceptuando los casos de gravedad los cuales serán derivados inmediatamente al centro de salud más cercano.

20.- Retirar en forma oportuna a mi pupilo/a al término de la jornada escolar MÁXIMO UNA HORA de espera dentro de la cual se llamará a los apoderados respectivos. De no obtener respuesta se aplicará el siguiente procedimiento:

a) Llamar al apoderado suplente.

b) Concurrir con el (la) estudiante a la subcomisaria, dejando constancia y solicitando aplicación de ubicación de familiares directos. 21.-Hacerme responsable de las prendas de vestir de mi pupilo/a, marcándolas, retirándolas y devolviéndolas al día siguiente de ser llevadas por equivocación. 22.-El apoderado, que no cumpla con sus deberes en forma regular y oportuna, estará sujeto a la sugerencia de cambio de rol. 23.- Ser respetuoso con mis pares, estudiantes y todos los miembros de la comunidad educativa dentro y fuera del establecimiento ya sea en forma verbal y escrita o por redes sociales. X. B.-DERECHOS DE LOS PADRES.

Porque entendemos el proceso Educativo y Formativo de los educandos como una misión compartida entre el Colegio y la Familia, reconocemos en nuestros Padres y Apoderados un pilar fundamental para obtener mayores logros de aprendizajes y una educación de mayor calidad. Además, para propiciar un mejor escenario de participación y compromiso, les reconocemos los siguientes derechos:

1.-Conocer los instrumentos Institucionales como: P.E.I., Protocolo de Convivencia Escolar Interna, Reglamento Interno de Evaluación, Manual de Seguridad Escolar y Estatuto Centro General de Padres y Apoderados, que se encuentran publicados en la página web www. comunidadescolar.cl

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2.-Conocer las normativas y metodologías de los planes de estudio de cada asignatura para un mejor apoyo en el hogar.

3.-Participar en Proyectos, Programas y acciones que realice el colegio para aportar ideas y cooperar en la mejoría de la gestión educativa e institucional.

4.-Conocer las diferentes etapas del proceso educativo de su pupilo/a especialmente en lo referente a su comportamiento y rendimiento académico.

5.-Participar en actividades de talleres de aprendizajes y charlas de Orientación, Escuela para Padres, Asambleas de Padres y Apoderados, entre otras.

6.-Ser atendido y escuchado con respeto acerca de cualquier situación relacionada con el diario vivir del colegio, en el horario dispuesto por el establecimiento.

7.-Recibir los beneficios y asistencialidad que el colegio perciba por parte del Estado, Sostenedor o Centro General de Padres.

8.-Conocer y proveer lista de materiales básicos para el año escolar siguiente durante periodo de matrícula. XI.-COMPROMISO, DEBERES Y DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS DEL COLEGIO.

Personal Directivo y Docente: Expresan su compromiso en la propuesta curricular y en el perfil del docente estipulado en el Proyecto Educativo Institucional del Colegio Particular San Francisco de Asís, deberes y derechos establecidos en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad vigente, en el Código de Ética Profesional del Colegio de Profesores de Chile A.G., en el Ideario Institucional de la Congregación Sostenedora del Establecimiento, y Estatuto Docente vigente. Personal Asistente de la Educación: Expresan su compromiso de colaborar y ser partícipes en el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional y respetar el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad vigente, sus deberes y derechos y el Estatuto de los Asistentes de la Educación. R.D.: Los Documentos y Reglamentos enunciados estarán al alcance de cualquier miembro de la Comunidad Educativa que los requiera en la biblioteca de cada local.

XII.- EVALUACIÓN DEL PROTOCOLO DE CONVIVENCIA SOCIAL ESCOLAR

Por tratarse de un instrumento regulador de la convivencia social de los diferentes actores del Sistema escolar implica un contexto dinámico e interactivo que debe estar en permanente revisión y evaluación. Por tal motivo, establecemos como instancias para estas permanentes evaluaciones aquellas existentes en nuestra estructura organizacional, como son:

• Reuniones del Equipo Directivo. • Consejo de Profesores: Administrativos, Técnicos Pedagógicos y de Orientación pastoral.

• Asambleas de presidentes y delegados de Sub centros de Padres y Apoderados.

• Asambleas de estudiantes.

• Asamblea General de Padres y Apoderados.

• Consejo Escolar. • Comité de Sana Convivencia Escolar. • Departamentos por asignaturas. • Coordinación docente.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASOS DE MALTRATO Y/O VIOLENCIA ESCOLAR

1. TIPOS DE VIOLENCIA EN EL ÁMBITO ESCOLAR. Violencia psicológica: Incluye insultos, amenazas, burlas, rumores mal intencionados, aislamiento,

discriminación en base a la orientación sexual, creencia religiosa, origen étnico, entre otros. También considera las agresiones psicológicas de carácter permanente que constituyen el acoso escolar o bullying.

Violencia física: Es toda agresión física, que provoca daño o malestar, por ejemplo, patadas, empujones, cachetadas, manotazos, mordidas, arañazos, entre otros. o que pueden ser realizadas con el cuerpo o con algún objeto. Considera desde las agresiones físicas ocasionales hasta las agresiones sistemáticas que constituyen el acoso escolar o bullying.

Violencia sexual: Son agresiones que vulneran los límites corporales de una persona, sea hombre o mujer, con una intención sexualizada. Incluye tocaciones, insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual, violación, intento de violación, entre otras.

Violencia de género: Son agresiones provocadas por los estereotipos de género, que afectan a las mujeres y hombres. Esta manifestación de violencia contribuye a mantener el desequilibrio entre hombres y mujeres. Incluye comentarios descalificatorios, agresiones físicas o psicológicas, fundadas en la presunta superioridad de uno de los sexos por sobre el otro.

Violencia a través de medios tecnológicos: Implica el uso de la tecnología para realizar agresiones o amenazas a través de correos electrónicos, chat, blogs. Facebook, WhatsApp, mensajes de texto, sitios Web o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico, que puede constituirse en ciberbullying; generando un profundo daño en la víctima dado que son acosos de carácter masivo.

Una vez que el establecimiento tiene conocimiento de una posible situación grave de acoso, bien a través de los propios estudiantes, una observación directa, o por otros denunciantes, es preciso adoptar una serie de medidas que podemos agrupar en tres fases: recogida de información, análisis y adopción de medidas y seguimiento periódico.

1º etapa: Recogida de información

Se trata de una fase en la que el principal objetivo es recabar los datos necesarios para dilucidar si los hechos denunciados constituyen o no una situación de acoso escolar.

1. Cualquier persona que detecte una situación de acoso escolar debe acudir a Orientación, Inspectoría General o Dirección, de acuerdo lo estime pertinente para realizar la denuncia. (se dejará en acta)

2. Inspectoría General y Orientación serán los equipos encargados de comunicarse con todos los sujetos implicados, de recabar la información necesaria y comunicarla a los estamentos correspondientes para tomar las medidas pertinentes.

3. Inspectoría General citará al alumno(a) acosado(a) a una entrevista individual, en un clima de confianza, respeto y confidencialidad.

4. Inspectoría General citará a los componentes del Comité de Ayuda y Mediación que corresponda al nivel del alumno acosado a una entrevista. (Orientadora del ciclo y profesor(es) jefe(s) de los alumnos involucrados) con el objetivo de explicar la situación y recabar antecedentes.

5. Inspectoría General citará al acosador a una entrevista individual, en un clima de confianza, respeto y confidencialidad.

6. Inspectoría General citará a los demás alumnos implicados en entrevista individual, si los hubiere. 7. Inspectoría General citará, en entrevista individual, a las familias del acosador y acosado por separado. 8. Inspectoría General convocará al Comité de Convivencia y a los Profesores de curso, si fuese necesario,

con el objetivo de obtener mayor información.

2ª etapa: Análisis y adopción de medidas. 1. Una vez recabada toda la información sobre los hechos acontecidos, se reunirá el Comité de Convivencia Escolar

(Miembros del equipo Directivo, Representante del Centro de Padres, del Centro de Alumnos y el Profesor jefe) para decidir si los hechos realmente son constitutivos de acoso y, en su caso, se tomarán las medidas necesarias para proteger al estudiante afectado(a). Entre las medidas que se adopten, están aquellas tendientes a la protección de la víctima, medidas correctoras y disciplinarias para el agresor, estas últimas de acuerdo al Protocolo de Convivencia Escolar del establecimiento, el que impone sanciones en el Artículo VII, las cuales van desde una amonestación verbal hasta la Cancelación de Matrícula, dependiendo de la gravedad de la falta.

2. Medidas de protección al alumno afectado:

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a) Cambio de curso b) Supervisión, posterior al problema, de la conducta del estudiante acosado y acosador por parte del

Profesor jefe, Inspectoría y Orientación. c) Derivación psicológica. d) Solicitud de colaboración de la familia de la víctima y del agresor, manteniéndoles en todo momento

informados de la situación. f) Talleres grupales de desarrollo personal y colectivo.

3. Medidas correctoras del agresor:

a) Aplicación del Reglamento de Convivencia Escolar, según lo expresado en el Artículo VII b) Petición de disculpas a la víctima. c) Realización de una labor de toma de conciencia de lo ocurrido y sus consecuencias, a cargo de Orientación

e Inspectoría General con apoyo de Psicóloga del Colegio. d) Derivación psicológica. e) Talleres grupales de desarrollo personal y colectivo. f) Si el agresor es adulto o mayor de edad denuncia por parte de la Dirección del establecimiento a los

tribunales competentes. V. SEGUIMIENTO

Una vez adoptadas todas las medidas previstas en la fase anterior, el Comité de Sana Convivencia, hará un seguimiento de la situación, de forma que la misma no vuelva a producirse. Igualmente observará la evolución del afectado.

CARACTERIZACIÓN DEL MALTRATO FISICO Y PSICOLÒGICO ENTRE PARES SE PUEDE RESUMIR EN: a) Se causa daño a un individuo que está en situación de indefensión, sumisión o inferioridad. Existe un agresor que es fuerte y una víctima que es débil Se basa en una relación de asimetría de poder. b) El daño puede ser de diversa índole: Agresiones físicas: directas (peleas, golpes, palizas, empujones, entre otras) o indirectas (pequeños hurtos, destrozo de pertenencias, provocaciones, entre otras) Agresiones verbales: directas (insultos a la víctima y/o su familia, ofensas hacia la persona o su familia) o indirectas (hablar mal de alguien, sembrar rumores y mentiras). Agresión psicológica por medio de intimidaciones, chantaje y amenazas para provocar miedo, obtener algún objeto o dinero, u obligar a la víctima a hacer cosas que no quiere hacer. Aislamiento y exclusión social: no dejar participar a la víctima, aislarle del grupo ignorando su presencia, o no contando con él o ella para actividades del grupo. Acoso racial, xenofobia o homofobia o por presencia de discapacidad dirigido a colectivos de personas diferentes y que por tanto no responden a la norma homogénea (inmigrantes o minorías étnicas, alumnos diferentes...); usar motes racistas o frases estereotipadas despectivas. Acoso sexual: Supone un atentado dirigido a la dignidad y libertad sexual de las personas. alusiones o agresiones verbales obscenas, toques o agresiones físicas. Intimidación por medios tecnológicos: intimidaciones a través de e-mail, chats, mensajes en teléfono móvil, etc. c) El daño se ejerce de forma repetida en el tiempo, durante un periodo largo y de forma recurrente. d) El agresor o agresores muestran intencionalidad de hacer daño, aunque a menudo lo justifican con "es una broma" o todos lo hacemos.

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PROCEDIMIENTO DE ACTUACION FRENTE A UNA AGRESIÓN DE UN ESTUDIANTE A UN FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO Una agresión no solo se produce por niveles jerárquicos, también se puede presentar por parte de un estudiante hacia un funcionario del Establecimiento. Manual, es necesario especificar procedimientos a realizar en caso de que algún miembro de la Comunidad Educativa se vea afectado por agresiones ejecutadas por estudiantes. PROCEDIMIENTOS: 1- El funcionario del Establecimiento deberá dirigirse al Orientador/a y/o Coordinador(a) de Convivencia Escolar a informar sobre la situación ocurrida. Se registrarán los hechos y se identificará al estudiante que ha cometido la falta. 2- Orientador/a y/o Coordinador/a de Convivencia Escolar de manera inmediata informará a la director/a de la situación ocurrida. 3- Se citará al estudiante que ha cometido la falta para registrar los hechos y de manera inmediata se citará a su apoderado. 4- Una vez obtenido los relatos de ambas partes y efectuada la investigación, Coordinador/a de Convivencia Escolar realizará una entrevista con el funcionario de la Escuela y estudiante involucrado con su respectivo apoderado para clarificar la situación, según el caso. 5- El funcionario afectado recibirá acompañamiento por parte del Equipo Directivo en el caso de que lo requiera. 6- Una vez terminada la investigación (plazo máximo de 5 días hábiles), en la resolución que se adopte se deberán especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como también, se especificarán las sanciones al estudiante, adoptadas por el Establecimiento, según Reglamento de Convivencia Escolar. 7- Esta falta es considerada como gravísima, por ende, de comprobarse, la sanción la cual puede contemplar, después de un trabajo de investigación, según el caso, cierre del año escolar, un plan remedial de apoyo personalizado para el estudiante en jornada contraria o aplicar una cancelación de matrícula al término del año escolar. 8-Si el hecho, es constitutivo de delito, se derivará el caso inmediatamente a las entidades respectivas y el director/a junto con el Dpto. de Convivencia Escolar y Comité para la buena Convivencia determinará si amerita una expulsión inmediata. De acuerdo a lo establecido en la Ley de Inclusión, esta medida es considerada como extrema, excepcional y última, legítima sólo cuando la situación afecte gravemente la Convivencia Escolar. Se entenderá por Mal Trato Escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la Comunidad Escolar, independiente del lugar en que se cometa, siempre que pueda: Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales. Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo. Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico. PROCEDIMIENTO DE MALTRATO FISICO/PSICOLÓGICO DE ADULTO A ESTUDIANTE. Decir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier estudiante, miembro de la Comunidad Educativa. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un Alumno, Alumna o miembro de la Comunidad Educativa. Agredir verbal o psicológicamente a cualquier estudiante miembro de la Escuela. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un Alumno, Alumna u otro miembro de la Comunidad Educativa (por ejemplo, utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, entre otras). Discriminar a un estudiante de la Comunidad Educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

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Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un Alumno, Alumna, integrante de la Escuela a través de: chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios Webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico. Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar. Realizar acosos o ataques de connotación sexual, a cualquier alumna o alumno, aun cuando no sean constitutivos de delitos. EN FUNCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD COMPARTIDA QUE COMPETE A TODOS LOS ADULTOS POR LA PROTECCIÓN DE LA INFANCIA Y LA JUVENTUD. a) Son responsables penalmente los jóvenes mayores de 14 años y menores de 18 años, quienes se rigen por la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente. Los menores de 14 años están exentos de responsabilidad penal, por lo que no pueden ser denunciados por la comisión de un delito. En estos casos, los tribunales competentes para conocer la situación son los Tribunales de Familia, los que pueden aplicar medidas de protección si es necesario Respecto al maltrato se establece la denuncia bajo lo dispuesto en los artículos 175, letra e) y 176 del Código Procesal Penal, PROCEDIMIENTO ANTE CASOS DE CIBERBULLYING

GLOSARIO TEMÁTICO

CIBERBULLYING: El uso de los medios telemáticos (Internet, telefonía móvil y videojuegos online principalmente) para ejercer el acoso psicológico entre iguales. No se trata aquí el acoso o abuso de índole estrictamente sexual ni los casos en los que personas adultas intervienen.

AGRESOR: Quien realiza la agresión.

REFORZADOR DEL AGRESOR: Quien estimula la agresión.

DEFENSOR DE LA VICTIMA: Quien ayuda o intenta ayudar a la víctima a salir de la victimización.

VICTIMA: Quien padece el acoso.

HOSTIGAMIENTO: Cuando se envían imágenes o videos denigrantes sobre una persona.

EXCLUSIÓN: Cuando se usan entornos públicos para acosar repetidamente o enviar comentarios despectivos o rumores difamatorio con el fin de provocar una respuesta expansiva, cuando se niega el acceso a foros, chats o plataformas sociales de todo el grupo a la víctima.

MANIPULACIÓN: Cuando se utiliza la información encontrada en las plataformas, como por ejemplo las redes sociales, para difundirla de modo no adecuado entre los miembros de las comunidades, cuando se accede con la clave de otra persona y se realizan acciones que pueden perjudicarle su nombre, etc.

Los objetivos tienen como premisa entregar un marco de acción igualitario para todos los miembros de las distintas comunidades escolares pertenecientes a nuestra comuna.

Objetivo General:

Aportar una guía de actuación para los colegios pertenecientes a COMEDUC– (ante situaciones de ciberbullying aportar pautas y procedimientos para la prevención.

Objetivos Específicos

- Promover entre los estudiantes relaciones interpersonales positivas.

- Sensibilizar a la comunidad escolar respecto a la existencia del fenómeno de ciberbullying al interior del establecimiento educacional.

- Comprometer a los docentes, padres/madres/apoderados.

- Definir normas claras frente a acciones de ciberbullying

- Intervenir situaciones de ciberbullying detectadas al interior del establecimiento educacional.

- Realizar acciones a nivel individual y grupal, destinadas a abordar y revertir situaciones detectadas.

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Para abordar esta línea de acción, las estrategias pueden enmarcarse en las actividades contempladas en el Plan Formativo del establecimiento educacional. Los responsables de generar estas estrategias de intervención son los profesionales integrantes del Equipo de Convivencia escolar y el cuerpo docente.

Se abordarán los casos de ciberbullying aplicando un Protocolo de Acción.

CONSIDERACIONES RELEVANTES SOBRE EL CIBERBULLYING

El ciberbullying por propia definición se lleva a cabo por medio de las TIC, lo que implica que puede ser ejercido, padecido y presenciado desde cualquier lugar y en cualquier momento. Es una invasión del espacio personal de la víctima, incluido el hogar. Es un problema que impregna todos los ámbitos de la vida y de la convivencia.

El anonimato, al igual que ocurre en las situaciones de bullying, es un factor que agrava los efectos del acoso, pero en el ciberbullying es más notorio por las facilidades que ofrecen las nuevas tecnologías. Tanto agresores como víctimas y resto de las personas implicadas pueden desconocer quién o quiénes son sus agresores.

Contar con claves que faciliten la detección de situaciones de ciberbullying es uno de los pilares fundamentales de la intervención frente a este tipo de problemas que se caracterizan, entre otras cosas, por agravarse de forma significativa mientras se prolongan en el tiempo. Por lo tanto, detectar lo antes posible el problema significará abordarlo en la fase más incipiente y por ende, con menores consecuencias para los implicados.

DETECCION DE CIBERBULLYING:

Comportamiento e indicadores de posible implicación directa en Ciberbullying

Existen determinadas prácticas de riesgo y algunos indicios que pueden llevarnos a sospechar que hay una implicación, como víctima o agresor, en un caso de ciberbullying, entre ellos:

• Pasar muchas horas conectado a internet y con el móvil

• No tener supervisión parental sobre el uso de internet

• No comentar lo que hace o le sucede en internet

• Tener al menos una cuenta en una red social

• Tener computador en la habitación

• Molestarse cuando es interrumpido cuando está conectado a internet o utilizando el teléfono celular

• Tener la necesidad de estar siempre disponible en el teléfono móvil, incluso mientras se duerme.

• Participar cada vez menos en actividades que supongan la no disponibilidad de internet o de teléfono móvil.

COMPORTAMIENTOS EN UNA POSIBLE VICTIMA:

Comportamientos y actitudes de riesgo para convertirse en víctima de ciberbullying son:

• Dar la contraseña de correo electrónico o red social

• Ser o haber sido víctima de bullying en el colegio

• Haber intentado reunirse con personas a las que había conocido por internet

• Haber intercambiado fotos o videos personales con otras personas que ha conocido por internet.

• Aceptar como amigos en internet a personas que no conoce

• Manifestar cambios de humor repentino

• Mostrar tristeza o desgano para realizar las actividades cotidianas.

• Tener tendencia al aislamiento.

• Poseer baja autoestima o muestras de inseguridad.

COMPORTAMIENTO E INDICADORES EN UN POSIBLE AGRESOR:

• Haberse hecho pasar por otra persona en el teléfono móvil o internet

• No poseer normas de uso de internet.

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• Mostrar fotos o videos que considera graciosos, aunque sean humillantes o desagradables para el protagonista del video.

• Haber intimidado o acosado a alguno de sus compañeros en el colegio.

• Justificar situaciones de ciberbullying protagonizada por otros.

• Justificar la violencia, especialmente la indirecta.

• Faltar el respeto a la autoridad, los docentes o a los padres o apoderados.

• Evidenciar una actitud negativa hacia actividades cooperativas en las que se potencie la colaboración y el reconocimiento de las cualidades de cada uno.

PROCEDIMIENTO ANTE UNA SOSPECHA DE CIBERBULLYING:

1.- Uno de los grandes debates en torno a la actuación de los colegios respecto del ciberbullying está en considerarlo un problema escolar o no. A este respecto, los centros educativos deben aceptar que, independientemente de que los hechos ocurran fuera del ámbito escolar, como instituciones que tienen la obligación de promover el desarrollo de sus alumnos, deben actuar siempre y cuando tengan la sospecha o el conocimiento de que uno de los alumnos o alumnas del colegio puedan estar padeciendo una situación de ciberbullying.

Consecuentemente, cualquier miembro de la comunidad escolar (profesores, alumnos, familia, personal no docente) que tenga sospechas o que tenga conocimiento expreso de una situación de ciberbullying tiene la obligación de comunicarlo al equipo directivo del colegio.

2.- Una vez que se haya verificado la posible situación de ciberbullying, el colegio deberá trabajar de forma inmediata y simultánea en tres líneas de actuación: Valoración, comunicación y acciones de protección.

3.- Con la información recibida de sospecha de ciberbullying, el equipo de convivencia debe establecer un proceso de recogida y triangulación de información que sirva de fundamento para las acciones futuras si fueran necesarias.

Las personas involucradas en este proceso deben ser las personas supuestamente implicadas y sus familias, el director, el equipo docente el orientador y el equipo de convivencia del colegio.

En todo momento se debe respetar la privacidad del alumno, evitando el alarmismo e intentando mantener la confidencialidad del asunto.

4.- Con respecto al alumno agredido:

• Entrevista con el alumno afectado

• Entrevista con sus padres o apoderados

• Entrevista con posibles alumnos conocedores de la situación

• El colegio ofrecerá a la familia a través de expertos ya sea internos o externos, acerca de pautas relacionadas con las actitudes que el alumno afectado debe adoptar para afrontar en forma adecuada el problema

5.- Con respecto al alumno agresor:

• Petición de disculpas en forma oral y/o escrita

• Amonestación por parte de dirección

• Vigilancia específica por parte del equipo docente

• Puesta en marcha de programas de modificación de conducta, desarrollo personal, etc.

• Firma de un compromiso del agresor comprometiéndose a participar en actividades que apunten a mejorar su conducta.

• Puesta en conocimiento a los padres o apoderados del alumno sobre su conducta.

• Suspensión.

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Protocolo de acción ante casos de acoso y abuso de connotación sexual

1. Marco normativo

Ley N°20.536, sobre violencia escolar vigente desde 2011.

Ley N°21.160, declara imprescriptibles los delitos sexuales cometidos contra menores de edad vigencia

desde 2019.

Ley N°19.617, delitos sexuales

Ley N°20.066, establece ley de violencia intrafamiliar

Ley N° 21.057, regula entrevistas grabadas en video y, otras medidas de resguardo a menores de edad,

víctimas de delitos sexuales

Convención de derechos del niño, art 19 párrafo 1, sobre la protección ante los malos tratos

Comité del derecho del niño, 2006 OG 13, sobre el derecho del niño a no ser objeto de violencia

Código penal. Art 361, 362, 363, 366, 366-quarter y 365 bis, sobre la violación y el estupro

Código procesal. Art 175, 176, 177, 178 y 179, sobre obligación de denunciar y la autodenuncia

2. Marco conceptual Acoso escolar: Toda acción constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o

dentro del establecimiento educacional por estudiantes, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medio tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición (Art 16 B. de la Ley 20.536 sobre violencia escolar, 2011).

Abuso sexual: “Cualquier forma de contacto físico con o sin acceso carnal, con contacto y sin contacto físico realizado sin violencia o intimidación y sin consentimiento. Puede incluir: penetración vaginal, oral y anal, […], caricias o proposiciones verbales explícitas” (Abuso Sexual Infantil: Manual para profesiones, pp. 15, 2001).

Estupro: Como se señala en el art. 363 del código penal, se entiende como estupro cuando un adulto accediere carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal, a una persona menor de edad, pero mayor de catorce años, incurriendo en un aprovechamiento de alguna anomalía o perturbación mental, en un abuso de alguna relación de dependencia, del grave desamparo y engaños en contra de la víctima por su inexperiencia o ignorancia sexual (Art. 363, código penal 1874 (2022)).

Maltrato físico: “Cualquier acción no accidental por parte de cuidadores, madres o padres, que provoquen daño físico o enfermedad en el niño/a o adolescente, o signifique un grave riesgo de padecerlo” (Maltrato, acoso, abuso sexual, estupro en establecimientos educacionales, pp.10, MINEDUC, 2017).

Maltrato emocional o psicológico: “Se trata del hostigamiento verbal habitual por medio de insultos, críticas, descréditos, ridiculizaciones, así como la indiferencia y el rechazo explícito o implícito hacia el niño/a o adolescente” (Maltrato, acoso, abuso sexual, estupro en establecimientos educacionales, pp.10, MINEDUC, 2017).

Evidencias: Es una certeza de alguna situación o relato, que puede ser comprobado por medio de fotos, videos, textos, testigos, etc.

Sospechas: Son indicios de alguna situación, que sin bien no tienen el grado de certeza de las evidencias, permiten considerar una posible situación indebida y, por ende, se debería comenzar a recopilar antecedentes, mas no investigar, al respecto de ello.

Víctima: Persona que directa o indirectamente a sufrido cualquier tipo de maltrato o el menoscabo de sus derechos.

Victimario: Persona que directamente causa cualquier tipo de maltrato o menoscabo de los derechos de otra.

Testigo: Persona que presencio una situación en donde se da cualquier tipo de maltrato o menoscabo de los derechos de otra.

Cómplice: Persona que participa y coopera directa o indirectamente de una situación en donde se da cualquier tipo de maltrato o menoscabo de los derechos de otra. Al ser testigo y no evitar daños a terceros, también se le considerara como cómplice.

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Omisión: Ser testigo de una situación en donde una persona causa cualquier tipo de maltrato o menoscabo de los derechos de otra y no denunciarlo, aun cuando es consciente de lo indebido de esta situación.

Instituciones pertinentes: Policía de Investigaciones, Carabineros de Chile, Fiscalía y Juzgado de letra y familias.

3. Procedimiento según contextos 3.1. Contexto A; entre estudiantes

1. La primera persona que tenga evidencias o sospechas de un acoso y/o abuso de connotación sexual deberá informar a las profesionales de la dupla psicosocial de convivencia escolar o a dirección durante la jornada de trabajo.

2. En caso de que la sospecha sea infundada por rumores, comentarios anónimos u otros, ya sean de manera verbal, no verbal o escrita por redes sociales, las profesionales de la dupla psicosocial o dirección comenzara un proceso para recopilar antecedentes y entregarlos a las instituciones pertinentes.

3. Una vez que las profesionales de la dupla psicosocial o dirección toman conocimiento del caso, en menos de 24 horas proceden a poner en conocimiento al adulto responsable del estudiante para realizar la denuncia respectiva, en caso de que el adulto se niegue a ello o se considere que por razones mayores es preferible que no sea el quien realice esta denuncia, las profesionales de la dupla psicosocial o dirección la realizara en las instituciones pertinentes; Policía de Investigaciones de Chile, Carabineros de Chile, Juzgado de Letra y Familias y/o Fiscalía más cercana.

4. Una vez realizada la denuncia, se considera la cancelación de la matricula del estudiante que incurrió en un acoso y/o abuso de connotación sexual. Para ello, las profesionales de la dupla psicosocial o dirección, en conjunto con los estamentos pertinentes, comienza un debido proceso para recopilar sus antecedentes, detallando las diferentes intervenciones que se han realizado durante su estadía en el establecimiento. Además, se tendrá en consideración el peligro que podría significar el estudiante implicado para los miembros de la comunidad educativa.

5. Se establecen estrategias de comunicación (talleres en cursos, informativos, capacitaciones, encuestas, etc.) para promover la confianza en los miembros de la comunidad educativa que sean víctimas o testigos de este tipo de casos y así se sientan seguros para compartir sus relatos.

6. En paralelo a todo lo anterior, la encargada de UTP y la dupla psicosocial establecen medidas pedagógicas y de contención emocional que sean necesarias para contribuir en el bienestar del/la estudiante afectado/a y su familia.

7. Con el objetivo de informar respecto de situaciones de acoso y abuso de connotación sexual y prevenir que vuelvan a ocurrir, se informa la situación con el consejo escolar y se llevan a cabo jornadas preventivas de dialogo y reflexión para sensibilizar a todos los estamentos de la comunidad educativa.

8. Luego de estar entre 1 a 2 meses con medidas pedagógicas, el/la estudiante afectado/a comienza progresivamente a realizar sus actividades escolares y se mantiene un seguimiento para asegurar su bienestar socioemocional durante al menos 1 año. Luego de ello, se evaluará si el estudiante debe, o no, seguir bajo esta estrategia de seguimiento.

9. Para hacer efectivo este procedimiento, es obligación de todos los estamentos de la comunidad educativa, especialmente de docentes, apoderados y estudiantes, realizar esfuerzos e involucrarse en la prevención, protección y reparación relacionadas a los casos de acoso y abuso de connotación sexual.

3.2. Contexto B; adulto sobre un estudiante de la comunidad educativa 1. La primera persona que tenga evidencias o sospechas de un acoso y/o abuso de connotación

sexual deberá informar a las profesionales de la dupla psicosocial de convivencia escolar o a dirección durante la jornada de trabajo.

2. En caso de que la sospecha sea infundada por rumores, comentarios anónimos u otros, ya sean de manera verbal, no verbal o escrita por redes sociales, las profesionales de la dupla psicosocial o dirección comenzara un proceso para recopilar antecedentes y entregarlos a las instituciones pertinentes.

3. Una vez que las profesionales de la dupla psicosocial o dirección toman conocimiento del caso, en menos de 24 horas, proceden a poner en conocimiento al adulto responsable del estudiante para realizar la denuncia respectiva, en caso de que el adulto se niegue a ello o se considere que por razones mayores es preferible que no sea el quien realice esta denuncia, las profesionales de la dupla psicosocial o dirección realizará la realizara en las instituciones pertinentes; Policía de

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Investigaciones de Chile, Carabineros de Chile, Juzgado de Letra y Familias y/o Fiscalía más cercana.

4. Se establecen estrategias de comunicación (talleres en cursos, informativos, capacitaciones, encuestas, etc.) para promover la confianza en los miembros de la comunidad educativa que sean víctimas o testigos de este tipo de casos y así se sientan seguros para compartir sus relatos.

5. En paralelo a todo lo anterior, la encargada de UTP y la dupla psicosocial establecen medidas pedagógicas y de contención emocional que sean necesarias para contribuir en el bienestar del/la estudiante afectado/a y su familia.

6. Con el objetivo de informar respecto de situaciones de acoso y abuso de connotación sexual y prevenir que vuelvan a ocurrir, se informa la situación con el consejo escolar y se llevan a cabo jornadas preventivas de dialogo y reflexión para sensibilizar a todos los estamentos de la comunidad educativa.

7. Luego de estar entre 1 a 2 meses con medidas pedagógicas, el/la estudiante afectado/a comienza progresivamente a realizar sus actividades escolares y se mantiene un seguimiento para asegurar su bienestar socioemocional durante al menos 1 año. Luego de ello, se evaluará si el estudiante debe, o no, seguir bajo esta estrategia de seguimiento.

8. Para hacer efectivo este procedimiento, es obligación de todos los estamentos de la comunidad educativa, especialmente de docentes, apoderados y estudiantes, realizar esfuerzos e involucrarse en la prevención, protección y reparación relacionadas a casos de acoso y abuso de connotación sexual.

3.3. Contexto C; funcionarios de la comunidad educativa sobre estudiantes 1. La primera persona que tenga evidencias o sospechas de un acoso y/o abuso de connotación

sexual deberá informar a las profesionales de la dupla psicosocial de convivencia escolar o a dirección durante la jornada de trabajo.

2. Una vez que las profesionales de la dupla psicosocial o dirección toman conocimiento del caso, en menos de 24 horas, proceden a poner en conocimiento al adulto responsable del estudiante para realizar la denuncia respectiva, en caso de que el adulto se niegue a ello o se considere que por razones mayores es preferible que no sea el quien realice esta denuncia, las profesionales de la dupla psicosocial o dirección realizará la realizara en las instituciones pertinentes; Policía de Investigaciones de Chile, Carabineros de Chile, Juzgado de Letra y Familias y/o Fiscalía más cercana.

3. En caso de que la sospecha se infundada por rumores, comentarios anónimos u otros, ya sean de manera verbal, no verbal o escrita por redes sociales, las profesionales de la dupla psicosocial o dirección comenzara un proceso para recopilar antecedentes y entregarlos a las instituciones pertinentes.

4. Una vez realizada la denuncia, dirección aparta de sus funciones al funcionario implicado en el caso hasta que culmine la investigación que llevaran a cabo las instituciones pertinentes.

5. Se establecen estrategias de comunicación (talleres en cursos, informativos, capacitaciones, encuestas, etc.) para promover la confianza en los miembros de la comunidad educativa que sean víctimas o testigos de este tipo de casos y así se sientan seguros para compartir sus relatos.

6. En paralelo a todo lo anterior, la encargada de UTP y la dupla psicosocial establecen medidas pedagógicas y de contención emocional que sean necesarias para contribuir en el bienestar del/la estudiante afectado/a y su familia.

7. Con el objetivo de informar respecto de situaciones de acoso y abuso de connotación sexual y prevenir que vuelvan a ocurrir, se informa la situación con el consejo escolar y se llevan a cabo jornadas preventivas de dialogo y reflexión para sensibilizar a todos los estamentos de la comunidad educativa.

8. Luego de estar entre 1 a 2 meses con medidas pedagógicas, el/la estudiante afectado/a comienza progresivamente a realizar sus actividades escolares y se mantiene un seguimiento para asegurar su bienestar socioemocional durante al menos 1 año. Luego de ello, se evaluará si el estudiante debe, o no, seguir bajo esta estrategia de seguimiento.

9. Para hacer efectivo este procedimiento, es obligación de todos los estamentos de la comunidad educativa, especialmente de docentes, apoderados y estudiantes, realizar esfuerzos e involucrarse en la prevención, protección y reparación relacionadas a casos de acoso y abuso de connotación sexual.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA ABORDAR EL CONSUMO DE DROGAS, ALCOHOL Y TABACO

1) Lo permitido y no permitido A.- Sobre las drogas ilegales: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de cualquier tipo de sustancia considerada como droga en la Ley de la República 19.366, dentro del Colegio y, fuera de él, en aquellas actividades que sean organizadas o auspiciadas por éste.

B.- Sobre los psicofármacos: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de psicofármacos dentro del Colegio ni fuera de él, ni en aquellas actividades que sean organizadas o auspiciadas por éste, exceptuando a las personas que, por tratamiento médico controlado (con receta), tengan que ingerir alguna sustancia de este tipo en el Colegio para su salud. Esta situación se debe informar en Coordinación de Convivencia.

C.- Sobre el alcohol: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de alcohol dentro del Colegio, así como también el ingreso a éste en estado de intemperancia o bajo la influencia del alcohol. Tampoco está permitida la venta, consumo o posesión de alcohol fuera del establecimiento, en aquellas actividades que sean organizadas o auspiciadas por éste.

D.- Sobre el tabaco: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de tabaco en el Colegio, bajo ninguna condición y en ninguna actividad que sean organizadas o auspiciadas por éste, según lo establecido por la Ley N°19.419.

2) De las medidas

A.- Sobre las drogas ilegales: marihuana u otras.

En caso de venta o distribución: La venta o distribución de drogas dentro del Colegio amerita la expulsión del estudiante.

En caso de consumo: En el caso de que se detecte a un estudiante consumiendo droga o en posesión de ella se informará a los padres. Luego, se le apoyará en conversación con el Profesor jefe, Coordinador de Convivencia y Psicólogo, quienes determinarán los pasos más adecuados a seguir.

Ante una reincidencia, se citará al apoderado a la Dirección con el Coordinador de Convivencia, Psicólogo y el Profesor jefe quienes, en un trabajo en conjunto con la familia, analizarán las causas y motivaciones del consumo y lo derivarán a diagnóstico de un profesional externo quien determinará el tratamiento necesario. Tanto la atención profesional como su seguimiento y tratamiento deberán ser informados por el apoderado al Coordinador de Convivencia.

En caso de no requerir atención externa ni de un tratamiento, el psicólogo se hará cargo del seguimiento por medio de entrevistas personales, por un período de dos meses, al cabo de los cuales se reevaluará su conducta, aplicando las sanciones estipuladas en el Reglamento de Convivencia.

Si se requiere un tratamiento y hay oposición a realizarlo por parte del apoderado, la matrícula del estudiante quedará automáticamente caducada.

Si durante el tratamiento hay una reincidencia, el Equipo Directivo, en conjunto con el profesor jefe y psicólogo tomarán las medidas y/o sanciones que estimen conveniente.

B.- Sobre los psicofármacos

En caso de venta o distribución: La venta o distribución de psicofármacos dentro del Colegio amerita la expulsión del estudiante y la denuncia penal correspondiente.

En caso de consumo: En el caso de que se detecte a un estudiante consumiendo psicofármacos o bajo su influencia, sin prescripción médica, se informará a los padres. Luego, se le apoyará en conversación con el

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profesor jefe y el psicólogo, quienes determinarán los pasos más adecuados a seguir. Si durante este proceso el o la estudiante no evoluciona positivamente, se exigirá al apoderado tratamiento con especialista. Estas acciones quedarán registradas en la Hoja de Vida del estudiante, resguardando adecuadamente, su privacidad.

Tanto la atención profesional como su seguimiento y tratamiento son de responsabilidad absoluta del apoderado, quien deberá mantener informado del proceso al Coordinador de Convivencia.

Si hay oposición a realizar el tratamiento por parte del apoderado, la matrícula del estudiante quedará automáticamente caducada.

Si durante el tratamiento hay una reincidencia, el Equipo Directivo, en conjunto con el profesor jefe y orientador (a) tomarán las medidas y/o sanciones que estimen conveniente.

C.- Sobre el alcohol

Venta o distribución de alcohol: La venta de alcohol dentro del Colegio, amerita la expulsión del estudiante.

Consumo de alcohol: En el caso de que se detecte a un estudiante consumiendo alcohol en el colegio o en sus alrededores, portándolo o bajo su influencia, se informará a los padres. Luego, se le apoyará en conversación con el Profesor jefe, el Coordinador de Convivencia y el psicólogo, quienes determinarán los pasos más adecuados a seguir. Estas acciones quedarán registradas en la Hoja de Vida del estudiante, resguardando adecuadamente, su privacidad.

D.- Sobre el tabaco

Este Protocolo de Convivencia establece como falta de carácter Gravísima (Artículo 7 Nº 2.2), el hecho de detectar a un estudiante fumando, portando, distribuyendo o vendiendo tabaco, dentro del Colegio. Conforme al artículo 10 de la Ley N° 19.419 la sanción para esta falta es la “Condicionalidad de matrícula por un semestre”, evaluándose al término de este período dicha condición. En el caso de no existir reincidencia, se levantará la condicionalidad. En caso contrario, se caducará la matrícula para el año siguiente. Todo este procedimiento será informado por el Coordinador de Convivencia al apoderado, en entrevista personal.

Todas las situaciones descritas anteriormente son de confidencialidad de las personas y/o autoridades que analizarán los casos, y las personas involucradas velarán porque se cumpla con esta disposición, a menos que la seguridad del estudiante amerite quebrantar este acuerdo de confidencialidad.

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PROTOCOLO ACCIDENTES ESCOLARES 2021 COLEGIO SAN FRANCISCO DE ASIS SALAMANCA

INTRODUCCIÓN: La Ley 16.744 Art. 3º, dispone que estarán protegidos todos los estudiantes de establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios, o en la realización de su práctica profesional. Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño. Dentro de esta categoría se considera también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales. En caso de accidente escolar todos los/as estudiantes están afectos al Seguro Escolar desde el instante en que se matriculen en nuestro colegio. • El colegio, contará con un protocolo, previamente establecido y ampliamente conocido por toda la comunidad escolar, señalando como proceder frente a situaciones de accidentes escolares.

• Se mantendrá un registro actualizado de los padres y apoderados del establecimiento (cárdex) y la forma de establecer rápido contacto con ellos, a través de sus teléfonos.

• Si un/a estudiante requiere ser trasladado de urgencia, el colegio deberá hacerlo, aunque aún no haya sido posible localizar a los padres.

• La enfermera o inspectoría de nuestro establecimiento, deberá completar el formulario de “Accidente Escolar” de modo que la atención médica o dental, quede cubierta por el Seguro Escolar. Todo procedimiento debe ser registrado en la declaración individual de accidente Escolar.

¿A quién protege el Seguro Escolar?

A todos los alumnos regulares de establecimientos reconocidos por el Estado pertenecientes a la Educación Parvularia, Básica, Media, Científico Humanista o Técnico Profesional, de Institutos Profesionales, de Centros de Formación Técnica y Universitaria.

¿Desde cuándo los alumnos están afectos a los Beneficios del Seguro?

Desde el instante en que se matriculen en alguno de los establecimientos señalados anteriormente.

¿De qué los protege?

De los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios, sea en el trayecto directo, de ida o regreso, entre su casa y el establecimiento educacional, o en el Establecimiento mismo.

¿Cuáles son los beneficios médicos gratuitos del Seguro Escolar?

Atención médica, quirúrgica y dental; hospitalización si fuese necesario, a juicio del facultativo tratante; medicamentos y productos farmacéuticos; prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación; rehabilitación física y reeducación profesional; y los gastos de traslado con ambulancia del sector público y cualquier otro necesario para el otorgamiento de estas prestaciones. Si el caso sucede que la ambulancia demora en presentarse y el accidente amerita por su gravedad un traslado inmediato el colegio presta este servicio con un radio taxi el cual se acompaña de un adulto que acompaña al alumno accidentado.

DEFINICIONES DE TAREAS DE LA TÉCNICO DE PRIMEROS AUXILIOS.

Acoger con cariño al menor, brindándole seguridad y tranquilidad por lo que le afecta.

Brindarle aguas de hierbas si es dolor de estómago.

Limpieza de heridas con suero fisiológico o inmovilizaciones.

Colocar compresas frías.

Tomar la temperatura y signos vitales.

En síntesis, es dar atención primaria y de baja complejidad.

En la estación de primeros auxilios del colegio el paramédico evalúa si la lesión es leve, Moderada o grave y según ello procederá

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ACCIDENTE LEVE son aquellos que sólo requieren atención primaria de heridas superficiales o golpes suaves, tales como erosiones, corte superficial de la piel, caídas al correr o golpes al chocar con algún objeto o persona, contusiones de efectos transitorios.

PROCEDIMIENTO:

Los estudiantes serán llevados a la enfermería del establecimiento, ya sea por los docentes, educadoras, asistentes, auxiliares o inspectoras de patio a cargo.

El personal encargado para ello (enfermería), proporcionará los primeros auxilios o curaciones pertinentes.

Se comunicará a la enfermería e inspectoría, quienes revisarán el grado de la lesión y determinará si es necesario solicitar la presencia del apoderado o si el (la) estudiante continúa las actividades normales de clases. También determinará si es necesario comunicarse con los padres.

Registrar las características del accidente y antecedentes en el libro correspondiente para tener la estadística de accidentes escolares.

Se entregará por precaución la papeleta de Accidente Escolar al alumno(a) para ser llevada vía agenda institucional al apoderado(a).

1. ACCIDENTE MODERADO: Se considerará esguinces, caídas o golpes con dolor persistente, heridas sangrantes, chichones, es decir, que requiera tratamiento médico en el servicio de urgencia más cercano.

PROCEDIMIENTO:

El docente que se encuentre a cargo deberá coordinar el traslado del estudiante a un lugar apropiado para su revisión, por parte de enfermería del establecimiento.

Al ser informado enfermería o inspectoría, se apersona en el lugar y define las medidas pertinentes del traslado del estudiante a la enfermería.

El personal encargado revisará al estudiante y le aplicarán los primeros auxilios.

Inspectoría informará al Equipo Directivo del hecho para tomar las medidas necesarias de acuerdo al protocolo

Enfermería o Inspectoría se encargarán de llamar a los padres para comunicar los detalles del accidente y solicitar su presencia para proceder de acuerdo al protocolo.

En caso de que los padres no pudieran acercarse al colegio, se les comunicará que será el colegio quien traslade al estudiante a un centro de asistencia. La enfermera o Inspectoría trasladarán al alumno/a, mientras llegan los padres o apoderados al centro de salud.

Se solicita la papeleta de Accidente Escolar debidamente llenada con los datos del accidente y se entrega a la persona responsable que acompaña al accidentado. Esta ficha debe ser firmada por la Coordinadora o Inspectora General.

Registrar las características del accidente y antecedentes en el libro correspondiente para tener la

estadística de accidentes escolares. Una vez en el servicio de urgencia, al momento de llegar el apoderado del menor se le debe explicar lo

ocurrido, informar de las acciones que ya se realizaron en el centro asistencial, solicitar los teléfonos de la persona que se hará cargo, entregar la papeleta de accidente escolar y explicar que no se pueden efectuar cobros y entregar teléfonos del establecimiento.

Al momento de regresar al Colegio la persona que estuvo a cargo de llevar al niño o niña, debe informar a la Coordinadora de Local, de los procedimientos aplicados en el centro asistencial.

El personal encargado estará a cargo de realizar el seguimiento de la salud y evolución del niño o niña.

ACCIDENTE GRAVE: son aquellos que requieren atención inmediata de asistencia médica, como caídas de altura, golpes fuertes en la cabeza u otra parte del cuerpo, heridas sangrantes por cortes profundos,

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quebraduras de extremidades, pérdida del conocimiento, quemaduras, atragantamientos por comida u objetos.

PROCEDIMIENTO:

Se entregan los primeros auxilios. La primera persona que atiende al accidentado, solicita la presencia de la enfermera o de algún Directivo o Inspector, que se encuentre más cercano en ese momento.

El personal a cargo enfermera, informará inmediatamente al director o Coordinadora sobre la situación del accidente escolar.

En caso de ser necesario el traslado inmediato al centro asistencial más cercano, lo realizará enfermería en vehículo particular.

Prestar mientras tanto las primeras atenciones al accidentado solicitando la ayuda de otras personas del colegio cuando lo necesite.

Informar al apoderado del accidente y de que se ha realizado su traslado al Servicio de urgencia.

Se solicita en la papeleta de Accidente Escolar debidamente llenada con los datos del accidente y se entrega a la persona responsable que acompaña al accidentado. Esta ficha debe ser firmada por el director, Inspectora General o Quién corresponda.

Una vez en el servicio de urgencia, al momento de llegar el apoderado del menor se le debe explicar lo ocurrido, informar de las acciones que ya se realizaron en el centro asistencial, solicitar los teléfonos de la persona que se hará cargo, entregar la ficha de accidente escolar y explicar que no se pueden efectuar cobros y entregar teléfonos del establecimiento.

Al momento de regresar al Colegio la enfermera que estuvo a cargo de llevar al niño o niña, debe informar al director, o Inspectora General o Coordinadora de los procedimientos aplicados en el centro asistencial.

El personal encargado estará a cargo de realizar el seguimiento de la salud y evolución del niño o niña.

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PROTOCOLO DE RETENCIÓN Y APOYO DE ALUMNAS EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES ESTUDIANTES

El embarazo y la maternidad no pueden constituir impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos educacionales los que deberán otorgar facilidades para cada caso. Dichas facilidades, así como el derecho a ingresar y a permanecer en la educación básica y media, están reglamentadas en el Decreto Nº 79 de marzo del 2004 que regula el estatuto de las alumnas en situación de embarazo y maternidad.

A. Deberes de la estudiante en condición de embarazo o maternidad:

1.- Debe informar su condición a su Profesor(a) jefe, Orientador(a), Dirección, presentando un certificado médico que acredite su condición. 2.- Debe comprometerse a cumplir con sus deberes escolares. 3. Presentar los certificados médicos de controles mensuales de su embarazo o de los controles médicos del bebé. 4. Justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé como de la madre, con los respectivos certificados médicos. 5. Informar la fecha del parto para programar las actividades académicas.

B. Deberes del colegio con las estudiantes en condiciones de maternidad o embarazadas:

1.- En el caso de existir embarazo adolescente se procederá según la normativa vigente y siempre en consulta con los padres o tutores y en común acuerdo, se buscarán las garantías de salud, cuidado y continuidad de estudios, otorgando todas las facilidades para el caso. 2.- Dar todas las facilidades académicas para ingresar y permanecer en el colegio. 3.- Mantener a la estudiante a en la misma jornada y curso, salvo que ella exprese lo contrario, lo que debe ser avalado por un profesional competente. 4. Respetar su condición por parte de las autoridades y personal del colegio. 5. Respetar el derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y a retomar sus estudios después del parto. La decisión de dejar de asistir los últimos meses del embarazo o postergar la vuelta clases después del parto depende exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la joven y el bebé. 6. Otorgar las facilidades necesarias para que asistan a sus controles médicos prenatales y post natales, así como a los que requiera su bebé. 7. Permitirles adecuar el uniforme a sus condiciones de embarazo o lactancia. 8. Permitirles para hacer uso del seguro escolar. 9. Facilitar su participación en las organizaciones estudiantiles, actividades extra programáticas realizadas al interior o exterior del colegio, así como en las ceremonias donde participen sus compañeros de colegio. Excepto si hay contraindicaciones específicas del médico. 10. Permitirles para asistir a la clase de Educación Física en forma regular, pudiendo ser evaluada de forma diferenciada, en los casos que por razones de salud así proceda. 11. Evaluarlas según los procedimientos de evaluación establecidos por el colegio, sin perjuicio que los docentes directivos les otorguen facilidades académicas y un calendario flexible que resguarde su derecho a la educación. 12. Poder brindarles apoyo pedagógico especial mediante un sistema de tutorías realizadas por los docentes y en los que podrán cooperar sus compañeros de clases. 13. Otorgarles todas las facilidades para compatibilizar su condición de estudiantes y de madres durante el período de lactancia. 14. Permisos y salidas: Las alumnas presentará su carnet de salud o certificado médico cuando necesite salir a control médico en horario de colegio. Si el padre del bebé es estudiante del establecimiento escolar, también a él se le dará las facilidades necesarias para cumplir con su rol paterno.

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Comunicación al colegio

1. La estudiante comunica su condición de maternidad o de embarazo a su Profesora(a) jefe o al Orientador(a) de su colegio. 2. El Profesor(a) jefe comunica esta situación a las autoridades directivas técnicas y al Encargado de Convivencia.

Citación al apoderado y conversación

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1. El Profesor(a) jefe y/o el Encargado(a) de Convivencia cita al apoderado de la estudiante en condición de maternidad o embarazada a través de la agenda escolar. 2. El Profesor (a) jefe registra aspectos importantes de la situación de la estudiante embarazada tales como estado de salud, meses de embarazo, fecha posible del parto y solicita certificado médico. De la misma manera para la estudiante en condiciones de maternidad: edad y estado de salud del bebé, controles médicos, entre otros. 3. Los acuerdos y compromisos se archivan en la Carpeta de Antecedentes de la estudiante por parte del Profesor(a) jefe y/o el Encargado(a) de Convivencia.

Determinación de un plan académico para la estudiante

1. El Encargado(a) de Convivencia y Profesor(a) jefe analizan la información recogida y valoran la situación. 2. Elaboración de una programación del trabajo escolar, así como de los procesos evaluativos para la alumna embarazada que le permita asistir de manera normal al colegio y cumplir, hasta que el médico tratante determine, con las actividades: clases de las distintas asignaturas, participación de las actividades extraprogramáticas y /o Centro de Alumnos, por parte del Encargado(a) de Convivencia y Profesor (a) jefe. 3. Elaboración y entrega de una programación de trabajo escolar, así como de los procesos evaluativos para la estudiante en condición de maternidad a las autoridades directivas técnicas, Consejo de Profesores y Consejo Escolar por parte del Encargado(a) de Convivencia, Profesor(a) jefe y/o Inspectoría General.

Criterios de Evaluación:

Las alumnas embarazadas podrán ingresar a clases y rendir normalmente sus actividades académicas

y evaluaciones, sin embargo, si presentan controles médicos o problemas de salud pre y post parto, que interfieran su asistencia a clases; tendrán todas las condiciones necesarias para completar y desarrollar actividades de clases o rendir pruebas y certámenes en horarios alternativos.

Criterio para la promoción. Las alumnas embarazadas serán promovidas si completan sus dos semestres o si fuera necesario, por

problemas de salud durante el embarazo, parto y postparto, se dará término anticipado de año escolar rendido, siempre y cuando cumplan con la normativa de aprobación por rendimiento estipulada en el Reglamento de Evaluación para todos los alumnos.

Para las estudiantes embarazadas, no se considerará el 85% de asistencia a clases durante el año escolar, esto debe ser por situaciones derivadas por el embarazo como, por ejemplo: Pre natal, Parto, post natal, control de niño sano, lactancia.

El establecimiento contará con un docente responsable de realizar tutorías, se privilegiará que esta labor la cumpla el/la profesor/a jefe de la alumna. El cual llegará de mutuo acuerdo con la estudiante sobre el día y la hora de atención, además el profesor jefe estará apoyado por C. Académico, C. Convivencia Escolar, y Orientadora según corresponda según las problemáticas que la o las estudiantes embarazadas.

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Protocolo de actuación frente a la detección de situaciones de vulneración de derechos a estudiantes

1. Introducción El presente protocolo entrega un marco de acción general para que cualquier integrante de la comunidad

educativa pueda actuar, correcta y responsablemente, en caso de tener conocimiento o indicios claros de situaciones que vulneren los derechos de los y las estudiantes.

En el documento encontraran, conceptos generales que describen los diferentes tipos de vulneraciones de derechos que podrían ocurrir a un o una estudiante, un detalle con las normativas legales que sustentan este y todos los protocolos internos de convivencia escolar, un breve procedimiento que describe los pasos a seguir en caso de tener conocimiento o indicios claros de alguna situación de vulneración de derechos y, por último, el listado de los protocolos internos de convivencia escolar que operan en el establecimiento.

2. Conceptos generales Acoso escolar: Toda acción constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o

dentro del establecimiento educacional por estudiantes, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medio tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición (Art 16 B. de la Ley 20.536 sobre violencia escolar, 2011).

Maltrato físico: “Cualquier acción no accidental por parte de cuidadores, madres o padres, que provoquen daño físico o enfermedad en el niño/a o adolescente, o signifique un grave riesgo de padecerlo” (Maltrato, acoso, abuso sexual, estupro en establecimientos educacionales, pp.10, MINEDUC, 2017).

Maltrato emocional o psicológico: “Se trata del hostigamiento verbal habitual por medio de insultos, críticas, descréditos, ridiculizaciones, así como la indiferencia y el rechazo explícito o implícito hacia el niño/a o adolescente (Maltrato, acoso, abuso sexual, estupro en establecimientos educacionales, pp.10, MINEDUC, 2017).

Abandono o negligencia parental: Se refiere a situaciones en que los padres, madres o cuidadores (as), estando en condiciones de hacerlo, no dan el cuidado y protección tanto física como psicológica que los niños y niñas necesitan para su desarrollo. El abandono y la negligencia se manifiesta, por ejemplo, a través de la mala nutrición, apatía o fatiga constante del menor, inasistencias reiteradas a clases, etc.

Abuso sexual: “Cualquier forma de contacto físico con o sin acceso carnal, con contacto y sin contacto físico realizado sin violencia o intimidación y sin consentimiento. Puede incluir: penetración vaginal, oral y anal, […], caricias o proposiciones verbales explícitas” (Abuso Sexual Infantil: Manual para profesiones, pp. 15, 2001).

Bullying y ciberbullying: Ejercer presencialmente y/o a través de medios tecnológicos (redes sociales, juegos, etc.) el acoso físico y/o psicológico entre iguales. No se trata aquí el acoso o abuso de índole estrictamente sexual ni los casos en los que personas adultas intervienen.

Discriminación y marginación: Tener un trato de superioridad con sus pares, apartándolos de grupos por diferencias sociales, raciales, de opiniones, orientación sexual u otros que pueden vulnerar derechos de otros por ejercer maltrato de cualquier tipo.

3. Marco legal Ley 20.536, sobre violencia escolar. Ley 20.609, contra la discriminación. Ley 20.845, inclusión escolar. Ley 21.120, identidad de género Ley 21.128, aula segura Ley 21.430, sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia Ley 19.284 de integración social de personas con discapacidad. Ley 20.000, drogas y estupefacientes, art. 12, 50 y 51 Ley 21.430, garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia Ley N°19.617, delitos sexuales Ley N°20.066, establece ley de violencia intrafamiliar Convención de derechos del niño, art 19 párrafo 1, sobre la protección ante los malos tratos Comité del derecho del niño, 2006 OG 13, sobre el derecho del niño a no ser objeto de violencia Código procesal. Art 175, 176, 177, 178 y 179, sobre obligación de denunciar y la autodenuncia Política Nacional de Convivencia Escolar

4. Procedimiento ante la detección de situaciones de vulneración de derechos a estudiantes

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1. El primer integrante de la comunidad educativa que tenga conocimiento o indicios claros de alguna situación de vulneración de derechos, tiene la obligación de informar a la dupla de psicosocial de convivencia escolar y/o a dirección durante la jornada laboral. Resguardando siempre la confidencialidad de la situación y protección del o la estudiante afectado (a).

2. Una vez que la dupla psicosocial de convivencia escolar y/o dirección toman conocimiento de la situación, activan el protocolo interno de convivencia escolar que corresponda.

5. Protocolos internos de convivencia escolar 1. Protocolo de actuación en casos de maltrato y/o violencia escolar. 2. Protocolo de actuación en casos de abuso y/o abuso de connotación sexual. 3. Protocolo de actuación para abordar el consumo de drogas, alcohol y/o tabaco. 4. Protocolo de actuación frente a accidentes escolares. 5. Protocolo de retención y apoyo a alumnas embarazas, padres y madres estudiantes. 6. Protocolo de actuación frente al abandono y/o negligencia parental. 7. Protocolo de actuación para el reconocimiento de estudiantes trans.