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Luis Torrealba Presilla** * Acto solemne celebrado en Caracas el 22 de mayo de 2012 en el Paraninfo del Palacio de las Academias. PALABRAS EN EL ACTO HOMENAJE A LA MEMORIA DEL PROFESOR LUIS TORREALBA NARVÁEZ*

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Luis Torrealba Presilla**

* Acto solemne celebrado en Caracas el 22 de mayo de 2012 en el Paraninfo del Palacio de las Academias.

PALABRAS EN EL ACtO hOmENAjEA LA mEmORIA DEL PROfESOR

LUIS tORREALBA NARváEz*

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BOLETÍN DE LA ACADEMIA DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES N° 151 – ENERO-DICIEMBRE 2012Páginas: 15-23 ISSN: 0798-1457

SeñorasySeñores:

– I –

Ante todo, y en nombre de la familia Torrealba, deseo expresar nuestro profundo agradecimiento a la Academia de Ciencias Políticas y Sociales por enaltecer y honrar con este homenaje la memoria de mi padre “Luis Torrealba Narváez.”

Especialmente queremos agradecer al Dr. Alfredo Morles Hernández, estimado y consecuente amigo, quien tuvo la iniciativa e hizo la propuesta de homenaje en el seno de esta honorable Corporación, la cual fue acogida con beneplácito por todos los académicos.

Recibí noticias que en la Sesión en la cual se aprobó el homenaje, hubo palabras de elogio hacia Luis Torrealba, por parte de los académi-cos presentes, entre otros, del Dr. Enrique Lagrange –Presidente de la Corporación–, de los Dres. Román José Duque Corredor y Luis Henrique Farías Mata –sin duda dos de los principales cultores del derecho público en Venezuela–, además intervino el Dr, René De Sola; quien recordó con especialafectoque,entrelosaños1947a1949,siendotitulardelJuzgado de Primera Instancia en lo Civil del Distrito Federal,sedesempeñabancomoescribientes del mismo los entonces bachilleres Luis Torrealba Narváez y Alfredo Morles Hernández.

Asimismo agradecemos al apreciado Dr. Allan R. Brewer-Carías, miembro también de esta Academia, por su oportuna y generosa idea de homenajear a quien es considerado como el Padre de los Estudios de Derecho Municipal en Venezuela, publicando, a través de la Editorial Jurídica Venezolana, su primigenia y laureada obra, su Tesis Doctoral pre-sentada en 1951, denominada “Consideraciones acerca de la Jurisdicción

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Contencioso-Administrativa, su Procedimiento, y algunas relaciones de éste con el de la Jurisdicción Judicial Civil”, publicación ésta con la cual se inicia, junto con otras obras, la Colección Clásicos Jurídicos de la Editorial JurídicaVenezolana;asícomodichatesisdioinició,enelaño1951,juntocon otras tesis de grado, a las publicaciones en los Anales de la Facultad de Derecho de la Universidad Central de Venezuela.

Cabe destacar que para aquél entonces, la tesis doctoral de Torrealba Narváez fue considerada como un trabajo realmente original, pues se trataba de la primera vez que en nuestro país alguien abordaba el tema relativo a la jurisdicción contencioso-administrativa. El jurado examinador de la misma, estuvo constituido por los profesores Eloy Lares Martínez, Cesar Tinoco Ritcher y Elbano Provenzali Heredia, todos destacados profesores de derecho público de la Facultad, el cual acordó el máximo reconocimiento para la misma, visto el informe que previamente habían presentado los pro-fesores Antonio Moles Caubet y Juan de Stefano, del entonces Seminario de Derecho Público, quienes opinaron que la tesis era “una apreciable contribución a la literatura jurídica venezolana”.

– II –

Quisiera rememorar en este solemne acto, con la venia de la Academia y de la audiencia, lo que mi padre debió haber vivido hace más de seis décadas,específicamenteeldía10 de febrero de 1951, precisamente desde este mismo majestuoso e histórico lugar, que en otrora era el Paraninfo de la Universidad Central de Venezuela. Aquí, mi padre pronunció un discurso con motivo del acto en el que recibió el título de Doctor en Ciencias Políticas ySociales,enelcualseñalólosiguiente–ymepermitocitartextualmenteun extracto del mismo–:

“…Da la impresión de que el Paraninfo de la Universidad, a cuya fun-ción dieron vitalidad ejemplares hombres de pensamiento y de acción como el Sabio Vargas y el Ilustre Cajigal, debiera ser asidero para pre-gonar reformas y formular objeciones. Aquí, sencillamente, entendemos nosotros, se cumple una formalidad que enorgullece Pero la tarea de enmendar la debe cumplir el universitario desde su diaria posición de estudiante, y luego como profesional, en una actitud vigilante, opuesta a la frecuente indiferencia con que se mira a la Universidad tan pronto

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se abandonan sus aulas. Conforme a lo que dicta la conciencia, estoy perfectamente convencido de que este acto, y su consecuencia de ponerme en camino del ejercicio del Derecho, no me desvinculará del afecto a que deben permanecer fieles los universitarios interesados en el progreso institucional de nuestro país…”. (Fin de la cita)

Indiscutiblemente, mi padre fue un ejemplar hombre de pensamiento y de acción, un profesional íntegro, un teórico y un práctico, siempre se mantuvo vigilante del Alma Mater y nunca se desvinculó de ella, por más de30añosejercióactivaydevotamente ladocencia,comoprofesordederecho administrativo.

– III –

Aún cuando desde muy joven salió de su venerada Margarita hacia la Capital de la República, sin embargo, nunca se desligó de ella, de su terruño, comoél la llamaba.A lapardeejercer los cargospúblicosdeSíndico Procurador Municipal del Distrito Federal (sin duda, el primer Síndico de la democracia), desde 1958 hasta 1964; de Concejal del mismo Distrito Federal entre 1964 y 1974; de Presidente (desde su fundación) de la Asociación Venezolana de Cooperación Intermunicipal (AVECI), entre losaños1967a1974yVicepresidentedelaOrganizaciónIberoamericanade Cooperación Intermunicipal (OICI) entre 1968 a 1969; y ser desde el año1959ProfesordeDerechoAdministrativoenlaFacultaddeCienciasPolíticasyJurídicasdelaUCV;pormuchotiemposedesempeñócomoPresidente de la Casa Nueva Esparta, especie de club social conformado pormargariteños notables que residían en la capital, entre otros,LuisBeltrán Prieto Figueroa, Jóvito Villalba, Guillermo Salazar Meneses y Rafael “Fucho” Tovar, quienes se reunían periódicamente a disertar sobre aspectos relacionados con el acontecer y la problemática insular, con el único interés de proponer soluciones a los mismos. Igualmente, en dicho grupo se propugnaba para que se le diera justo reconocimiento nacional a losvaloresmargariteños.

Enelaño1966, estando Luis Torrealba encargado de la Presidencia del Concejo Municipal del Distrito Federal, fue Orador de Orden y pronunció unmemorablediscursoenelConcejoMunicipaldelDistritoMariño,con

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motivodelos75añosdesucreación,enelcualresaltóelderechohistóricode las vinculaciones entre Margarita y el Distrito Federal, realizando una evocación de la Ley Orgánica del Régimen Gubernativo del Distrito Federal del 11 de mayo de 1904 promulgada por el entonces Presidente Provisio-nal de la República, General Cipriano Castro. En dicha Ley se establecía que dicho Distrito estaba conformado por los Departamentos Libertador, Vargas, Guaicaipuro y Sucre, y la Isla de Margarita. En esa Ley, por tanto, se estatuyó que el territorio del referido Distrito Federal se consideraba políticamente dividido en dos secciones: la Occidental, correspondiente a loscitadosDepartamentosdetierrafirme,teniendocomocapitalaCara-cas, y la Oriental, correspondiente a la Isla de Margarita, teniendo como capital a La Asunción. El 21 de agosto de 1909, sin embargo, el General Juan Vicente Gómez promulgó un Decreto en el cual se volvía al régimen original del Distrito Federal dividido en solo dos Departamentos, Libertador y Vargas, derogando la estructuración concebida en la mente de Castro. Por cierto, como interesante anécdota, en una declaración dada a la prensa sobre este particular, y en un tono jocoso, Luis Torrealba decía “ah caray, entonces según la ley de Castro, resulta que Jóvito nació en la capital de la República.”

Enelaño1967, en su condición de edil, Luis Torrealba propuso al Concejo Municipal del Distrito Federal denominar a una importante avenida deCaracascomo“FranciscoFajardo”,elnombredelprócermargariteñonacido en Porlamar, considerado como el precursor indiscutible de la fun-dación de Caracas ya que desde Margarita vino a esta región en misión expedicionaria, y promovió el establecimiento poblacional antes de que lo hiciera Diego de Lozada. Fajardo es símbolo del mestizaje venezolano, y representa, no solo el carácter nacional, sino el espíritu indomable del pueblomargariteño.Torrealba,enaquellaocasión,continuóargumentandoque hasta entonces, en la capital no se había tomado iniciativa alguna que rindiera permanentemente honor a la memoria de Francisco Fajardo, y –agregaba– “no debemos olvidar que han habido vínculos muy estrechos entre Caracas y la Isla de Margarita, ya que en época no muy lejana Mar-garita formaba parte del Distrito Federal.”

El Concejo Municipal, vista y analizada la propuesta presentada por Luis Torrealba la acogió y con ocasión de la conmemoración, el 27 de agosto de 1967, del Cuatricentenario de Caracas, dictó el correspondiente Acuerdo mediante el cual se asignó el nombre de “Francisco Fajardo” a la Autopista

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más importante de la Capital –única arteria vial que conecta el Oeste con el Este de la ciudad– e igualmente, ordenó –y se hizo posteriormente– levantar una estatua que recordará a los venezolanos su gesta ejemplar.

Cuatroañosdespués,en1971, desde su isla natal le reconocieron a mi padre sus méritos y en una Sesión Solemne celebrada el 26 de marzo de 1971, en el Ayuntamiento Porlamarense, fue declarado “Hijo Ilustre” del DistritoMariñodelEstadoNuevaEsparta,alladodesutíoyentrañableamigo, el Pintor y Escultor Francisco Narváez, y de otro insigne neoespar-tano,elmúsicoInocenteCarreño.

– IV –

Luis Torrealba Narváez, como Síndico Procurador Municipal desde 1958 hasta 1964, y como Concejal desde 1964 hasta 1974, trabajó fervorosa y tenazmente por Caracas, por su autonomía municipal. Como Síndico, libró importantes juicios a favor de la ciudad y en contra de poderosos de la época.

Debo recordar el conocido “Caso del Banco de Venezuela”, referido a un recurso de nulidad por inconstitucionalidad que se había intentado ante la Corte Federal el 17 de febrero de 1960, contra el artículo 20 de la Ley Aprobatoria del Contrato celebrado entre la Nación y el Banco de Venezuela, en virtud del cual se equiparaba al Banco (sus sucursales y agencias)conlasoficinasdelaTesoreríaNacional,eximiéndolodelpagode impuestos municipales; recurso ese que fuera declarado con lugar por la Corte Suprema de Justicia, en Sala Plena, mediante sentencia dictada el 15 de marzo de 1962. Al respecto me permito transcribir un extracto de la elocuente Nota Inicial preparada por mi padre, en el libro denominado El ConcejoMunicipalDefiendelaAutonomíaFiscaldelMunicipio(editadoen 1962 por la Imprenta Municipal), cito:

“…El triunfo del Poder Judicial, en cuanto a la afirmación amplia del control jurisdiccional de los actos del Poder Público, especialmente del Poder Legislativo, se hermana con el principio de la Autonomía Municipal, pues se consagra jurisprudencialmente el derecho de las Municipalidades respecto a la libre gestión de las materias de su com-petencia en el campo impositivo, al ser anulado un privilegio o status superior antijurídico y chocante no sólo para las colectividades locales,

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con graves problemas económicos para la prestación de sus servicios públicos, sino inclusive para las demás empresas bancarias del país que estaban colocadas en situación de desigualdad frente al Banco de Venezuela, persona jurídica privada que gozó de ese privilegio durante más de medio siglo.Nos correspondió haber pronunciado los primeros informes que se han presentado en Venezuela frente a quince Magistrados, que es el mayor número de Jueces que ha integrado un Tribunal en el país, de confor-midad a la reforma constitucional del 23 de enero de 1961, y nos colmó de satisfacción que a nuestra representada le fuera declarado con lugar el recurso de inconstitucionalidad en referencia, cuanto más si esa fue la primera sentencia dictada en tal sentido por la Corte Suprema de Justicia, en Pleno, al año aproximadamente de su instalación.Satisface que tales hechos cumplidos y circunstancias queden para siem-pre grabados en la historia de los más interesantes litigios desarrollados en Venezuela así como en los corazones de todos los municipalistas…” (Fin de la cita)

Tengo la convicción de que el núcleo de su obra se circunscribe básica-mente al período comprendido entre 1958 a 1974, que en buena parte se en-cuentra recogido en 5 Tomos publicados entre 1965 y 1970 por la Imprenta Municipal de Caracas, en Homenaje al Cuatricentenario de la Fundación de Caracas (1567/1967) y al Sesquicentenario de la Batalla de Carabobo, titu-lados: “Juicios en Defensa de la Autonomía Municipal”, “Dictámenes de la Sindicatura Municipal” y “Compilación Legislativa Municipal del Distrito Federal”. Posteriormente siguió –por largo tiempo– dictando conferencias, escribiendo y ahondando sobre diversos tópicos del derecho municipal1, así

1 “Aspectos Jurídicos del Urbanismo en Venezuela –Estudio Critico y Anteproyecto de Ley de Urbanis-mo–” (Fondo Editorial Común, 1970); “Compilación Legislativa del Distrito Sucre del Estado Miranda (2 Tomos, Editorial Arte, 1980); “Estudios de Derecho Municipal Venezolano” (Imprenta Municipal de Caracas, 1996); Monografías en Libros-Homenaje, decretados por el Concejo de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela a saber: En el Libro Estudios sobre la Constitución en Homenaje a Rafael Caldera, “Fundamentos e Importancia del Estudio Jurídico y de la Reforma del Régimen Municipal en Venezuela (1979); en el Libro Homenaje a Antonio Moles Caubet, “Régimen Jurídico de la Vivienda” (1981); en el Libro Homenaje a Eloy Lares Martínez, “Los Servicios Públicos y en Especial los de Carácter Municipal en Venezuela”; y en el Libro Homenaje a Jesús Leopoldo Sánchez, “Moderna Evolución Constitucional y Legal de los Concejos Municipales y Aparición de los Alcaldes” (2003); Los Ingresos Municipales (Enfoque Jurídico Administrativo), Informe para la Comisión de Estudio y Reforma Fiscal, Caracas, 1982; Conferencia publicada en el Boletín No. 89 de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales (1983) sobre “Reforma Municipal en Venezuela”; Régimen Municipal de Venezuela: Dependencia y Autonomía entre Municipios y Nación

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como defendiendo a innumerables Municipios de todo el país, en juicios decontenidofiscalyprincipalmente,enaccionesmerodeclarativasydereivindicación de terrenos de origen ejidal. También se hizo muy célebre rescatando terrenos ejidos por toda la geografía nacional, pues siempre sostuvo el criterio del carácter imprescriptible de los mismos.

Enelaño1973, en Sesión Solemne del Cabildo del Distrito Federal, en conmemoración del 406 Aniversario de la Ciudad de Caracas, le otorgaron, junto con el Dr. Rafael Caldera (entonces Presidente de la República), el Arquitecto Carlos Raúl Villanueva y el Pintor Manuel Cabré, la Orden “Diego de Lozada”, en su Primera Clase.

– V –

Luis Torrealba Narváez estuvo absolutamente consustanciado y com-prometido con la historia y problemática de su país, de su Caracas, de su Margarita natal, generando en todo momento una simbiosis entre la ciudad y la isla. Se entregó en cuerpo y alma a su auténtica y verdadera vocación, la del abogado municipalista.

Fue un consecuente y pertinaz estudioso, no solo de temas jurídicos, sino también de la historia; disfrutaba llegando a los orígenes, a las raíces. Se nutrió por un buen tiempo de la biblioteca de Arturo Úslar Pietri, la cual estuvo resguardada en el taller de su tío Francisco Narváez, quien logró rescatarlaantesqueconfiscaranysaquearánlacasadeÚslar,unavezquese produjo el golpe de estado al Presidente Isaías Medina Angarita el 18 de octubre de 1945. Tomás Polanco Alcántara, en su trabajo de incorporación a la Academia Venezolana de la Lengua titulado “Arturo Úslar Pietri-Biografía Literaria”, relata: “Mi amigo, el doctor Luis Torrealba Narváez, sobrino del artista, me narró haber visto esa Biblioteca en el taller de su

(tres Volúmenes) presentado en el Seminario Latinoamericano de Municipio y Nación, celebrado en Morelia, México, impreso en Taller de AVECI, Caracas, 1984. Finalmente, publico múltiples mono-grafías en las revistas especializadas, tales como en la Revista de Derecho Público, en el Archivo del Instituto de Derecho Público de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UCV y en la Revista VenezolanadeDerechoMunicipal,entrelascualessedestacan:“LaPlanificaciónUrbanaLocalysusPrincipales Problemas Jurídicos Actuales en Venezuela”; “Las Elecciones Uninominales en los Próximos Concejos Municipales” y “Comentarios Críticos sobre la Ordenanza de la Ordenación Urbana del Área MetropolitanadeCaracasysuZonadeInfluencia”

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Tío. El tenía autorización para usar los libros, leerlos y examinarlos pero no le era posible llevar ninguno fuera del Local”.

Luis Torrealba fue un intelectual, un jurista de talla, un hombre con firmesconvicciones,unpionero,creativoyconstructordeideas;fueundocente comprometido con su Universidad, a la cual le consagró más de tresdécadas.Definitivamente,secomplacíamuchodandoclases.

Fue un tesonero creyente en las bondades de la descentralización y de la autonomía municipal bien entendida y bien utilizada, a favor del bienestar del colectivo, de los ciudadanos de a pie. Pregonó hasta el cansancio que no se podía concebir una Patria Grande sin el aporte de las Patrias Chicas, sinimportareltamañoeimportanciadelasmismas.

Coincido plenamente con lo expresado por la profesora Hildegard Rondón de Sansó, en su artículo publicado en el semanario Quinto Día (del 2 al 9 de marzo 2012), titulado “El Precursor del Derecho Municipal en Ve-nezuela”,cuandoafirmó:“LuisTorrealbaposeeméritosparaserreconocidocomounafiguradelahistoriajurídicadenuestropaísyasídeberíadecla-rarse…”, e igualmente comparto lo aseverado por el Dr. Allan R. Brewer-Carias,respectoaqueLuisTorrealba“…consubonhomíanosenseñóatodos quienes lo conocimos, sobre las grandes obras que se pueden hacer sin aspavientos, con dedicación, perseverancia, y desprendimiento.”

En fecha 16 de febrero de 2012, el Consejo de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UCV, APRUEBA la propuesta presentada por el Profesor Alfredo Arismendi –Director del Instituto de Derecho Público– de que: “...se acuerde la publicación de un libro homenaje al “Dr. Luis To-rrealba Narváez”, destacado municipalista y profesor insigne de Derecho Administrativo…”.

La última obra publicada de Luis Torrealba, en 1996, Estudios de Dere-cho Municipal Venezolano. Autonomía, Dependencia y anhelada Eficiencia Municipal la dedicó, entre otros, “A la Patria Grande que es Venezuela y a las Patrias Chicas que son todos sus Municipios”.

– VI –

Sus grandes amores fueron: “Su Patria”, “Su Universidad”, “Sus Hijos” y“SuEsposayCompañera”pormásde45años,“Celina”.“ElGordo”,sobrenombreconelquecariñosamentelellamabanensuentornofamiliar

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ysuinseparable“Celina”disfrutarondelabuenavidapormuchosaños,seacompañaronycuidaronelunoalotrodurantecasimediosiglo,estuvieronsiempre juntos –unidos y apoyándose en las buenas y en las malas–. En consecuenciaestemagníficoyemotivohomenajeaLuisTorrealbaloestambién para mi madre “Celina”, su sempiterna Musa.

Amado Padre, siempre te recordaremos por tu generosidad, por tu ho-nestidad, por tu eterno rostro alegre, por tu optimismo hasta en los momentos de mayor adversidad, por tu valentía, por tu perseverancia; te recordaremos por lo que esencialmente fuiste; te tendremos siempre presente como un insigne e incansable trabajador, como un hombre íntegro. Seguirás siendo nuestro ejemplo a seguir, nuestra guía, nuestra referencia, nuestra fuente de inspiración, para seguir adelante, para seguir luchando por una Patria mejor, por un futuro promisorio para nuestros hijos, para nuestros nietos, para nuestras venideras generaciones.

SeñoresAcadémicos:Muchas gracias por haberme concedido el privilegio de dirigirme a

tan distinguida audiencia, desde este paradigmático y excelso sitial, bajo la mirada observadora del Santo de Aquino que preside esta tribuna, en este acto en homenaje a la memoria de mi padre.

¡Señores!Muchasgracias.