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El presente trabajo se lo dedico a insigne Profesor Primitivo Yzaguirre, por su magna labor académica quien

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Page 1: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

El presente trabajo se lo dedico a insigne Profesor Primitivo Yzaguirre, por su magna labor académica quien con sus continuas y elaboradas enseñanzas nos ilumina el camino del aprender.

Page 2: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

Presentación

El objeto de estas líneas es hacer un sencillo desarrollo acerca del

Ordenamiento Constitucional Español, comenzando por lo que fue su historia

esto debido a su gran importancia en el ámbito jurídico, por cuanto la

Constitución es la norma jurídica fundamental de todas naciones y en ella se

reflejan los más grandes aspiraciones hacia la defensa, protección y garantía

de los Derechos Humanos y Derechos Fundamentales.

Para a partir de ello realizar unos sucintos comentarios a la vigente

constitución española en el cual abordaremos temas que son muy

relevantes como son el desarrollo acerca de los derechos fundamentales,

forma de gobierno; además de su contraste con el ordenamiento

Constitucional del Perú, con el fin de ampliar un poco el panorama de estudio

del cual en esta oportunidad me convoca.

Para poder al final dejar algunas conclusiones precisas acerca de lo que

abordamos en el presente trabajo.

Page 3: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

INDICE

CAPITULO I: HISTORIA CONSTITUCIONAL ESPAÑOLA

1. ESTATUTO DE 1808

2. LA CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ DE 1812

3. EL ESTATUTO REAL DE 1834

4. CONSTITUCIÓN DE 1837

5. CONSTITUCIÓN DE 1845

6. CONSTITUCIÓN DE 1869

7. CONSTITUCIÓN DE 1876

8. CONSTITUCIÓN DE 1931

9. CONSTITUCIÓN DE 1978

10. PROYECTO DE CONSTITUCIÓN EUROPEA DE 2004

CAPITULO II: BREVE ANALISIS DE LA CONSTITUCIÓN DE ESPAÑOLA DE

1978 Y SU CONTRASTE CON LA CONSTITUCION PERUANA DE 1993

1. TITULO PRELIMINAR

2. TITULO I

3. TITULO II

4. TITULO III

5. TITULO IV

6. TITULO V

7. TITULO VI

8. TITULO VII

9. TITULO VIII

10.TITULO IX

11.TITULO X

CAPITULO III:

CONCLUSIONES

Page 4: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

CAPITULO I: HISTORIA CONSTITUCIONAL ESPAÑOLA

1. ESTATUTO DE 1808

A lo largo de la segunda mitad del siglo XVIII, fue surgiendo en el país

europeo una inquietud constitucional, teniendo como promotores a

personalidades como Francisco Martínez Marina o Gaspar Melchor de

Jovellanos. Después de la aventura constituyente norteamericana y el éxito

de la Revolución Francesa, se plantea en España la necesidad de alcanzar

una forma constitucional, a través de un proceso que, siguiendo el modelo

inglés, consiguiera evitar el estallido revolucionario. Sin duda, las ediciones

de los recientes textos constitucionales servirían como modelo e inspiración

para la elaboración de este Estatuto Real.

Esta inquietud constitucional se encontraba muy presente en el momento de

la abdicación de Fernando VII, en mayo de 1808. Aunque algunos políticos

importantes, como Juan Antonio Meléndez Valdés confían en Napoleón para

el establecimiento de una Constitución en España, otros, más numerosos,

como Martínez Marina o Jovellanos, optan por el enfrentamiento con el

Imperio Francés, y la creación de un modelo constitucional propio.1

El emperador trata de realizar su obra constitucional buscando la legitimidad

en una “Asamblea de notables” convocados en Bayona, Francia, a los que

impone la Constitución de la Monarquía, promulgada por José Bonaparte el 8

de julio de 1808, como “Ley Fundamental de nuestros Estados y como base

del pacto que une a nuestros pueblos con Nos y a Nos con nuestros

pueblos”.

El carácter otorgado a dicho texto, evitaba la se normal desarrollo de la

soberanía española, eso quedo queda patente desde su dación. El texto

evitaba también cualquier referencia al principio de separación de poderes y

cualquier tipo de declaración de derechos. Además, el modelo bicameralista

1 Aurora, MIGUEL ALONSO Fuentes para la historia del Constitucionalismo Español. Ed. UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID. Madrid Febrero de 2005, 1era edición. Pág. 12.

Page 5: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

establecido por el texto presenta un poder legislativo subordinado al Rey y

prácticamente privado de funciones.

Este texto, sufrió el rechazo de muchos, hasta el punto de satirizarse entre la

población a través de canciones y versos, y nunca llegó a tener vigencia real

en España, por el estado de guerra en que se vivía. Aun así, es de justicia

reconocer su papel de antecedente histórico.

2. LA CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ DE 1812

La Constitución de 1812, tradicionalmente es conocida en España como “la

Pepa”, por ser aprobada el 19 de marzo de 1812, día de San José, fue el

verdadero arranque de la historia de la Constitución en el país europeo. Es

más, muchos autores ven en ella el origen del liberalismo español, y es

indudable que su influencia se extendió por toda Europa y América Latina.

El primer avance de esta Constitución de 1812 es el reconocimiento de la

soberanía nacional, que ya se había adoptado en el Decreto del 24 de

septiembre de 1810, previo a esta norma constitucional. Las discusiones se

mantienen durante más de dos años, y buena muestra de ello son las

distintas publicaciones de la época que reflejan este clima de enfrentamiento

entre dos posturas.

El reconocimiento de la soberanía nacional, que nace del sentimiento de

orfandad ante la traición monárquica que ha dejado el reino en manos de

Napoleón, podría hacernos pensar en un acuerdo generalizado, pero nada

más lejos de la realidad. Dentro de las Cortes, presididas por Muñoz Torrero,

encontramos posiciones enfrentadas en puntos esenciales, y contemplamos

posturas como la de Jovellanos, que no admitía la idea de unas cortes

soberanas y constituyentes presentando a éstas como la aplicación de las

antiguas leyes del Reino. 2

La referida Constitución reconoce el principio de la división de poderes: el

Rey compartía el poder con sus Ministros; el poder legislativo se

encomendaba a las Cortes, órgano de soberanía nacional, con el Rey, al que

corresponde la sanción que puede denegar durante dos legislaturas

2 Aurora, MIGUEL ALONSO, Fuentes para la historia del Constitucionalismo Español. Ed. UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID. Madrid Febrero de 2005, 1era edición. Pág. 16.

Page 6: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

seguidas; y los órganos judiciales quedaban encargados de resolver los

asuntos relativos a conflictos judiciales.

La Constitución opta por el principio representativo, siendo los Diputados a

Cortes, representantes de toda la Nación, elegidos por sufragio general,

restringido (se excluye a quienes no gozaban de autonomía social o cultural:

la mujer, el sirviente doméstico y la mujer). Y estableciendo un curioso

principio ético: “nadie podrá votarse a sí mismo”.

La principal carencia del texto es una explícita Declaración de derechos

ciudadanos, que se incluía en el proyecto inicial pero que fue finalmente

rechazada, y sustituida por un objetivo constitucional genérico “conservar y

proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás

derechos legítimos” para lograr “la felicidad de la Nación” y el “bienestar de

los individuos”. 3

El texto constitucional, se convierte velozmente en un símbolo que traspasa

las fronteras españolas, sustentada por estudios como los de Alcalá Galiano,

Martínez Marina o el mismo Argüelles, recibe la contestación interna a través

del “Manifiesto de los Persas” en 1814 y es anulado el 4 de mayo del mismo

año, desencadenando una cruel persecución contra los diputados

doceañistas. De 1814 a 1820 se observa en ese entonces como se publican

textos destinados a realzar la figura del Rey y justificar el absolutismo.

Sólo en 1820, tras el levantamiento de Riego en Cabezas de San Juan, el

texto constitucional recobro su vigencia, liderado por el propio Rey:

“marchemos francamente, y yo el primero por la senda constitucional”.

Estamos ante un periodo prolijo en publicaciones, muchas de ellas

destinadas a proporcionar las bases de un Estado de derecho y un sistema

político constitucional y parlamentario. Nuevas ediciones de constituciones

como la francesa y continuas reediciones de la Constitución de Cádiz, nos

confirman en la intención de perpetuar el sistema. Por desgracia, esta

voluntad durará hasta 1823, en la que tras la invasión de los Cien mil hijos de

San Luis, el Rey abominará públicamente de la “democrática Constitución de

Cádiz”.

3 Aurora, MIGUEL ALONSO Fuentes para la historia del Constitucionalismo Español. Ed. UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID. Madrid Febrero de 2005, 1era edición. Pág. 17.

Page 7: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

3. ESTATUTO REAL DE 1834

Acontecida la muerte de Fernando VII, durante la regencia de María Cristina

y bajo la Presidencia de Martínez de la Rosa, se trata de establecer un

sistema seudo-constitucional a través del Estatuto Real de 1834. 4

El Estatuto, que nace como respuesta conservadora de la Monarquía a la

progresista constitución de 1812, perfila en cincuenta artículos un régimen

seudo-parlamentario formado por dos Cámaras: el Estamento de Próceres,

elegidos por el Rey entre la aristocracia y el Estamento de Procuradores,

elegido por sufragio censitario, establecido en función de criterios

económicos. Estás cámaras, eran carácter consultivo, se presentaron como

colaboradoras del Rey, en su labor de crear leyes. La ausencia de elementos

como la separación de poderes y el reconocimiento de derechos ciudadanos

privan al texto de carácter constitucional, y suponen el fracaso del Estatuto,

con la restauración de la Constitución de 1812, tras el motín de los Sargentos

de La Granja en agosto de 1836.

Durante este periodo se vuelve continuamente a las referencias a la

Constitución de 1812, que se presenta como el modelo liberal, de ahí las

continuas reediciones de este texto constitucional. No en vano se

restablecerá la vigencia de esta constitución, aunque sea de manera formal y

meramente simbólica, como forma de legitimar el proceso político que se

inicia en 1836 y que abrió un nuevo proceso constituyente que culminará con

la Constitución de 1837.

4. CONSTITUCIÓN DE 1837

Después el motín de los sargentos en La Granja, que hizo retornar el

régimen constitucional de Cádiz, el gobierno convoca elecciones a Cortes

Constituyentes, que, presididas por Argüelles, asumirán el encargo de

redactar una nueva constitución, presentada como reforma de la de 1812.

4 Aurora, MIGUEL ALONSO Fuentes para la historia del Constitucionalismo Español. Ed. UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID. Madrid Febrero de 2005, 1era edición. Pág. 27.

Page 8: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

Se suscita un cambio radical en la concepción constitucional. Que se

observa tanto en el plano formal, con una considerable reducción del

articulado, como en el material, por la inspiración pragmático-jurídica del

texto. Se observa una fuerte influencia de las constituciones del Continente

Europeo, lo que justifico en España la edición de textos de teoría

constitucional que recogían los nuevos aires jurídico-constitucionales.

La Constitución, aceptada y promulgada por la Monarquía, reconoce en su

preámbulo la soberanía nacional, la separación de poderes y el

reconocimiento de ciertos derechos y libertades, como la libertad de prensa

“sin previa censura, con sujeción a las leyes”. Con relación a esta libertad se

producirá la consagración constitucional del jurado, que juzgará los delitos

relacionados con la libertad de imprenta, y cuya labor deberá extenderse a

enjuiciar “toda clase de delitos”.

El referido texto introduce algunas novedades como el modelo bicameral

formado por “dos cuerpos colegisladores, iguales en facultades”, ambos

electivos, el Congreso y el Senado. En cuanto al papel de la Monarquía opta

por el reconocimiento del derecho de veto, el poder de disolución de las

Cortes y la delimitación de sus facultades, entre las que se incluye la libre

designación de los ministros que, mediante la institución del refrendo, se

harán responsables de sus actos.

Se opta, finalmente, por el modelo de constitución flexible, sin establecer un

procedimiento de reforma por lo que ésta se llevaría a cabo a través del

procedimiento legislativo ordinario, como efectivamente sucedió en el año

1845, tras una larga crisis que comenzó con la abdicación de María Cristina y

la designación del General Espartero como regente.

5. CONSTITUCIÓN DE 1845

Después del pronunciamiento del general Narváez, se construye una nueva

Constitución que, e introduce cambios sustanciales de tinte claramente

conservador.

El texto, se caracteriza por su escaso espíritu parlamentario, con claro

ascendente monárquico, sustituye la soberanía nacional por una soberanía

compartida entre el Rey y las Cortes, se restringe el derecho de sufragio,

Page 9: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

suprimiendo toda referencia a la provincia como circunscripción electoral y se

recortan los derechos y libertades (en especial la libertad de imprenta).

Quizás el cambio más importante es la vuelta atrás en el modelo de Senado

que deberá ser nombrado por el Rey, entre los notables eclesiásticos,

militares de alta graduación, políticos, magistrados superiores y nobles con

grandeza de España, con el requisito suplementario de la fortuna económica.

Este texto constitucional, que suponía un claro retroceso de los principios

revolucionarios, provocará diversas reacciones constitucionalistas, que se

traducirán en un texto de carácter conservador, el proyecto de Bravo Murillo

de 1852, que venía a reforzar el poder ejecutivo, y terminará con la caída de

su promotor y la vuelta del General Espartero. Poco después se producirá la

convocatoria de las Cortes constituyentes de 1854, que aprobarán la

Constitución del año 1856, que nunca se promulgará, por lo que será

conocida como la “Constitución non nata”. 5

El texto, de inspiración liberal, supone un auténtico cambio en la concepción

del constitucionalismo español, ya que consagra la soberanía nacional, de la

que recibe su legitimidad, e incluye en el cuerpo constitucional leyes como la

electoral, las que regulan las instituciones, la de régimen local, la de

imprenta, en la que no se admitirá censura previa, y la de la Milicia Nacional.

El texto nunca entrará en vigor y las Cortes constituyentes serán disueltas

por el Gobierno de O´Donnell, que tratará de incluir alguno de los aspectos

de esta constitución por medio de una reforma, realizada a través de un Acta

Adicional, que permaneció en vigor menos de un mes.

Un año después el gobierno de Narváez va a reafirmar el espíritu del 45 con

la reforma del año 1857, una reforma inspirada en el proyecto de Bravo

Murillo del año 1852 y que cristalizará en la “Ley de reforma adicional a la

Constitución de 1845” que refuerza los privilegios aristocráticos, en especial

en el acceso al Senado, y perpetuará la vigencia del texto hasta la

Revolución de septiembre de 1868.

5 Aurora, MIGUEL ALONSO Fuentes para la historia del Constitucionalismo Español. Ed. UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID. Madrid Febrero de 2005, 1era edición. Pág. 36.

Page 10: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

6. CONSTITUCIÓN DE 1869

Después de la abdicación de Isabel II, y al estar sumida España en un

periodo revolucionario que implico un cambio de dinastía, y otorgo al pueblo

la soberanía nacional de forma definitiva, aparece la Constitución de 1869.

Siguiendo el esquema del texto de 1837, las nuevas Cortes constituyentes

elegidas por sufragio universal, del que sólo se excluye el voto femenino,

optan por un nuevo modelo constitucional, de carácter marcadamente liberal.

Tras reconocer la soberanía nacional, restringiendo los poderes del Rey, el

texto establece un régimen efectivo de libertades públicas, incluyendo un

amplio catálogo de derechos y libertades (libertad de expresión, reunión y

asociación, libertad religiosa, libertad de enseñanza, etc.) y que atiende

incluso a los extranjeros residentes en España. Se establece además el

sufragio universal masculino y la separación de poderes, regulando el papel

de la Monarquía, que conserva sus facultades pero entendidas éstas como

conferidas por la Constitución, y la responsabilidad política del Gobierno ante

las Cortes, que seguirán el modelo representativo y bicameral. En lo

referente a la justicia se reintroduce la figura del jurado y se establece el

ingreso mediante oposición en la carrera judicial y el principio de

inamovilidad de los jueces y magistrados.

La Monarquía parlamentaria que nace de esta Constitución carecía de Rey.

Tras la caída de la Monarquía, la República se presentaba como la única vía

posible para resolver el problema de las regiones, que estaba presente en

España desde hace un tiempo sin solución. Pero cuando se reúne la

Asamblea constituyente en julio de 1873, ya Valencia, Murcia, Cartagena,

Córdoba, Jerez, Sevilla, Granada y Alcoy habían proclamado su voluntad de

ser soberanas. Dentro de la Asamblea conviven dos formas distintas de

entender el federalismo, los radicales, que propugnan un federalismo

vertebrado de abajo a arriba; mientras que otros, abogaban por una

organización federal llevada a cabo desde el poder.

Vigente aún la Constitución de 1869 en aquellos puntos que no se refieren a

la Monarquía, la Asamblea elabora un Proyecto de Constitución que, si bien

respetaba el texto de 1869 en sus aspectos básicos, instauraba un modelo

Page 11: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

nuevo territorial al definir a España como República democrática Federal,

integrada por diecisiete Estados con poderes propios. Un pequeño tiempo

logró sobrevivir el gobierno de la República a la crisis desatada por el

hundimiento de la institución monárquica, y la disolución de las Cortes,

dando lugar en 1874 a sucesivos gobiernos provisionales, que

desembocarán en la restauración de la dinastía histórica en la persona de

Alfonso XII, a finales de ese mismo año.

7. CONSTITUCIÓN DE 1876

A raíz de la restauración de la monarquía comienza una nueva etapa de la

historia de España. El primer paso consiste en la elaboración de una

Constitución conservadora, se plantea que la Asamblea Constituyente, sea

elegida por sufragio universal.

El nuevo texto devuelve la soberanía al rey con las Cortes, restringiendo una

vez más la lista de derechos fundamentales y su garantía, y volviendo al

sufragio censitario, hasta la reforma de la ley electoral en 1890 que volvería

al sufragio universal, aprobado en 1870. El Senado vuelve a ser una cámara

mixta formada por la aristocracia, miembros de designación real y miembros

elegidos entre las clases superiores de la sociedad, renunciando a un posible

carácter de representación territorial. Aunque se reconoce la figura del

Presidente del Consejo de Ministros, y se suprime el control de las Cortes

sobre el poder ejecutivo, el Rey mantiene un papel vital en las decisiones del

ejecutivo, designando a los ministros y conservando el derecho de veto y el

de disolución de las Cortes.

La Constitución se suspenderá entre 1923 y 1930, y eso origino la

elaboración en 1929 de un proyecto de Constitución que trata de dar solución

a la crisis de la Monarquía y al problema regional. Se trata de un proyecto

que recoge bastantes aspectos de su antecedente, el texto de 1876,

incluyendo artículos propios del constitucionalismo social, como la restricción

a las jornadas agotadoras o los salarios usurarios, propio de la época. El

fracaso de este proyecto, que no supo dar respuestas a los problemas

planteados, arrastró con ella a la Monarquía y agravó el conflicto entre las

Page 12: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

distintas regiones históricas, dando paso a la proclamación de la II

República.

8. CONSTITUCIÓN DE 1931

En 1931 el sistema político, construido sobre la base de la Constitución de

1876 se presenta anacrónico e insuficiente para dar respuesta a los

problemas de la época. La abdicación de Alfonso XIII pone fin a la vigencia

de la Constitución más longeva de la historia del constitucionalismo español.

Tras la proclamación de la II República el 14 de abril de 1931, se elabora la

Constitución de 1931, que va a romper con la tradición constitucional

española, introduciendo una serie de figuras constitucionalmente originales,

que serán imitadas en Europa y tendrán una importancia esencial en la

vigente Constitución española. Nace así la Constitución de la II República

Española, que tendrá en Alcalá Zamora su primer presidente. 6

El primer punto clave es la definición del Estado como “estado integral”, que

se basa en el reconocimiento de la autonomía político-administrativa de

aquellas regiones que la soliciten, que podrán dotarse de un Estatuto o “Ley

básica” en el marco de la propia constitución (algo que solo realizó con

normalidad Cataluña), reservando el control último de semejante adecuación

a las Cortes generales. Además la constitución realiza una delimitación de

las atribuciones del Estado y de las regiones.

En segundo lugar hay que destacar la forma política que adopta España,

“una República democrática de trabajadores de toda clase” en la que “los

poderes de todos sus órganos emanan del pueblo”, devolviendo la soberanía

nacional que había quitado al pueblo la Constitución de 1876, estableciendo

el sufragio universal, y consagrando constitucionalmente el derecho de la

mujer a votar y a ser votada.

Se consagra la separación de poderes. El poder ejecutivo es compartido por

el Presidente de la República, elegido de forma indirecta por diputados y

compromisarios elegidos a tal efecto por sufragio universal, y el Presidente

del Consejo, nombrado por el Presidente de la República. El poder

6 Aurora, MIGUEL ALONSO Fuentes para la historia del Constitucionalismo Español. Ed. UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID. Madrid Febrero de 2005, 1era edición. Pág. 57.

Page 13: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

legislativo, auténticamente soberano, es el encargado del control del

gobierno, adopta un modelo unicameral y retoma la institución de la

Diputación permanente. Y el poder judicial, de corte clásico, recupera el

papel del jurado en la administración de justicia. También en el campo de los

derechos fundamentales la nueva constitución resulta novedosa al recoger,

siguiendo las formulaciones de constituciones recientemente aprobadas, los

denominados derechos sociales, que hacen referencia a temas como los

derechos de los trabajadores, la igualdad de sexos en el matrimonio, la

igualdad entre los hijos, legítimos o no, o la subordinación de la propiedad

privada al interés nacional. Por lo general, los derechos fundamentales salen

reforzados tanto en número como en el sistema de garantías, a través de

especiales tutelas jurisdiccionales de las libertades y garantías y

especialmente del recurso de amparo frente al Tribunal de Garantías

Constitucionales. Este Tribunal se presenta como pieza clave del

ordenamiento constitucional encargado de defender la Constitución.

9. CONSTITUCIÓN DE 1978

Después de la muerte del General Franco y el entierro del régimen totalitario

por él establecido a cargo de la Ley para la Reforma Política, 1976, se

aprueba en diciembre del año 1978 la actual Constitución Española.

El nuevo texto, inspirado en la Constitución de 1931, adopta el modelo de la

Monarquía Parlamentaria, desposeyendo a ésta de cualquier tipo de

prerrogativas y reconociendo que la soberanía nacional reside en las Cortes

Generales que siguen el modelo bicameral, Congreso y Senado, elegidos por

sufragio universal en el que éste último se presenta como cámara de

representación territorial. Se opta además por un modelo de

descentralización territorial, el régimen de las Autonomías, que pretende

resolver para siempre el problema regional, pero que hoy en día sigue siendo

un asunto sin resolver.

España, en los inicios del siglo XXI, ha encontrado por fin una estabilidad

constitucional, con uno de los textos más completos y progresistas entre las

constituciones vigentes. Se puede afirmar, sin poder analizar aquí sus

Page 14: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

características principales, que por primera vez en historia, esta Constitución

Española, lejos de ser de las tradicionales hojas de papel mojado que

acabaron siendo la mayor parte de sus predecesores, ha creado el marco

para la consolidación de la democracia, posibilitando la alternancia en el

poder de partidos opuestos, característica propia de los regímenes políticos

más desarrollados. 7

10. PROYECTO DE CONSTITUCIÓN EUROPEA DE 2004

La Constitución Europea de 2004, es el final y el principio del proceso de

integración Europea. El final de un proyecto económico, social, cultural,

jurídico, que se convierte en político a través de la aprobación del texto

constitucional, y el principio de un proceso, que sin duda será largo y

costoso, que tiene como objetivo la formación de la Europa de los 25, fruto

de la adhesión de sus países.

CAPITULO II: CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978 Y SU

CONTRASTE CON LA CONTITUCION PERUANA DE 1993

CARACTERÍSTICAS COMUNES CON OTRAS CONSTITUCIONES:

-Documento escrito (salvo excepciones como la inglesa).

-Se sitúa en la cúspide del ordenamiento jurídico.

7 Aurora, MIGUEL ALONSO Fuentes para la historia del Constitucionalismo Español. Ed. UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID. Madrid Febrero de 2005, 1era edición. Pág. 63.

Page 15: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

-Contiene los sistemas para su reforma, ya que ninguna otra puede

modificarla.

-Dos grandes partes: Una dogmática, que establece los derechos y deberes

de los ciudadanos y otra orgánica, que se refiere a los poderes e

instituciones del Estado, ya su organización.

CARACTERÍSTICAS GENERALES

-CONSENSUADA: al conseguir un acuerdo entre los partidos políticos.-Se

desarrolla bajo el principio de consolidar un ESTADO DE DERECHO.

-REFRENDADA, ratificada por el pueblo español mediante referéndum.-

MONÁRQUICA, ya que establece como forma política la

Monarquía Parlamentaria.

-AUTONOMISTA, reconoce el derecho a la autonomía de las diferentes

nacionalidades y regiones, bajo el principio de solidaridad.

-LIBERAL Y SOCIAL, reconociendo la libertad de empresa en el marco de

una economía de mercado, derecho a la propiedad privada y a la herencia,

que deben cumplir una función social.

Existen tres poderes:

-Poder legislativo: Congreso de los Diputados y Senado

-Poder ejecutivo: Gobierno.

-Poder Judicial: Justicia, Jueces y Magistrados.

El articulado de la Constitución Española está dividido en 10 títulos más el

título preliminar:

-Título I. De los Derechos y deberes fundamentales.

-Título II. De la Corona.

-Título III. De las Cortes Generales.

-Título IV. Del gobierno y la Administración.

-Título V. De las relaciones entre Gobierno y la Administración.

-Título VI. Del poder Judicial.

Page 16: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

-Título VII. Economía y Hacienda.

-Título VIII. De la organización territorial del Estado.

-Título IX. Del Tribunal Constitucional.

-Título X. De la reforma constitucional.

1. TITULO PRELIMINAR:

España se constituye en un Estado social y democrático de derecho, donde

sus valores superiores son: Libertad, Justicia, Igualdad y Pluralismo Político

(partidos políticos).

La soberanía reside en el pueblo español y de este emanan los poderes del

estado en cuanto a su forma política el estado español es una monarquía

parlamentaria.

El castellano es la legua oficial de España y las demás lenguas también son

consideradas oficiales en las respectivas comunidades autónomas, su capital

es Villa de Madrid.

2. TITULO I:

Tiene como base para los derechos fundamentales la dignidad de la persona

(Art. 1), se ampara y fundamenta en la Declaración Universal de los

Derechos Humanos y Acuerdos Internacionales los cuales han sido

ratificados por España.

Los Derechos fundamentales y libertades, son similares a los reconocidos en

nuestra actual Carta Magna, debido a que al igual que Perú, España también

suscribió el Pacto de Costa, La Declaración universal de los Derechos

Humanos y demás tratados internacionales que garantizan, protegen y

defienden los derechos fundamentales.

En cuanto a los Derechos y Deberes en la Constitución Española, tiene

algunas similitudes en comparación con nuestra Constitución del año 1993.

Por ejemplo:

- Deber los ciudadanos al sostenimiento del gasto público a través del sistema

de tributación.

Page 17: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

- Deber y derecho de los ciudadanos a trabajar, referido el primero en cuanto

el trabajo dignifica al hombre, y en cuanto a lo segundo el trabajo de ser

debidamente remunerado y bajo ningún tipo de discriminación.

A diferencia de Perú, la política de estado de seguridad social de España

busca garantizar la asistencia y prestación social suficiente para situaciones

de necesidad especialmente en caso de desempleo para sus ciudadanos.

En Perú tenemos el sistema de las ONP y AFPs.

Otra similitud del ordenamiento constitucional Español con nuestra Carta

Maga de 1993, son los principios rectores de la política social y económica,

pero en el País europeo se le denomina Poderes Públicos, a lo que aquí se

le conoce como Administración Pública.

3. TITULO II:

LA CORONA.

FUNCIONES CONSTITUCIONALES DEL REYES

Es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera

el funcionamiento

regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado Esp

añol en las relaciones internacionales. Su título es el de Rey de España. El

Rey no participa en el ejercicio de la acción de gobierno, ajeno al debate

entre la distinta formación política y neutral respecto del contenido de los

diferentes programas de gobierno.

FUNCIONES DEL REY

Se pueden agrupar en:

-Funciones simbólicas y representativas.

-Funciones efectivas en relación con otros poderes estatales:

•Facultades regias que afecten al Legislativo.

•Facultades regias que afecten al Ejecutivo.

•Facultades regias que afecten al Judicial.

- Mando supremo de las Fuerzas Armadas.

Page 18: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.

Sus actos estarán siempre refrendados (Art. 56.3), por el presidente del

Gobierno, por los ministros competentes y en determinados casos, por el

Presidente del Congreso, que serán los responsables de dichos actos (Art.

64), careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo en el nombramiento de

los miembros civiles y militares de su casa, que lo hace libremente.

CORRESPONDE AL REY (Art. 62)

A. Sancionar y promulgar las leyes

B. Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los

términos previstos en la Constitución.

C. Convocar a Referéndum en los casos previstos en la Constitución.

D. Proponer al candidato a Presidente del Gobierno y en su caso, nombrarlo,

así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la

Constitución.

E. Nombrar y separar a los miembros del Gobierno a propuesta de su

presidente.

F. Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir

los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo

a las leyes.

G. Ser informado de los asuntos de estado y presidir, a éstos efectos, las

sesiones del Consejo de ministros, cuando lo estime oportuno, a Petición del

Presidente del Gobierno.

H. Asumir el mando supremo de las Fuerzas Armadas.

I. Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar

indultos generales.

J. Desempeñar el alto patronazgo de las Reales Academias. Además el Rey:

a. Acredita a los embajadores y representantes diplomáticos. 

b. Expresa el consentimiento del Estado a los tratados internacionales.

c. Firma las declaraciones de guerra y paz, previa autorización de las Cortes

Generales.

d. Nombra a los miembros del Consejo General del Poder Judicial.

Page 19: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

e. Nombra al Fiscal General del Estado.

f. Nombra a los miembros del Tribunal Constitucional.

g. Nombra al Presidente del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional.

SUCESIÓN

La Corona de España es hereditaria en los sucesores de su Majestad Don

Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica (Art.57.1). 

Se sigue un orden regular de primogenitura y representación, que supone:

-Que se prefiere a la línea anterior a las posteriores, es decir se prefieren los

hijos y nietos a los hermanos y sobrinos.

-Se prefiere el grado más próximo al más remoto: los hijos antes que

los nietos.-Se prefiere al varón a la mujer.

-En el mismo sexo la persona de más edad a la de menos. En ésta línea el

heredero sería el hijo varón de más edad del monarca reinante. El príncipe

heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que

origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias. (Art. 57.2)

Extinguidas todas las líneas, las Cortes Generales proveerán la sucesión en

la Corona en la forma quemas convenga a los intereses de España.

(Art.57.3)

Los que contrajeran matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de

las Cortes Generales, quedarán excluidos en la sucesión a la Corona por sí y

sus descendientes. (Art. 57.4)

Las abdicaciones y renuncias y de cualquier duda de hecho o de derecho se

resolverán por una Ley Orgánica (Art. 57.5)

LA REGENCIA

Es la institución interina que sustituye al Rey en sus funciones

constitucionales durante la minoría de edad, la incapacidad temporal o la

ausencia de su legítimo titular. Podrá ejercer la regencia, a saber:

1. Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su

defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la corona,

Page 20: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer

inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de

edad del Rey.

2. Si el Rey se inhabilitare para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad

fuere reconocida por las Cortes Generales, entrará a ejercer inmediatamente

la regencia el príncipe heredero de la corona, si fuere mayor de edad. Si no

lo fuere, se procederá de la manera prevista en el apartado anterior, hasta

que el príncipe heredero alcance la mayoría de edad.

3. Si no hubiere ninguna persona a la que corresponda la Regencia, ésta

será nombrada por las Cortes Generales y se compondrá de una, tres o

cinco personas. Para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de

edad (Art. 59.4) y la misma se ejercerá por mandato constitucional y siempre

en nombre del Rey (Art. 59.5)

LA REINA

La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones

constitucionales, salvo en lo dispuesto para la Regencia. (Art. 58)

EL TUTOR DEL REY

Será tutor del Rey menor de edad la persona que en su testamento hubiese

nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de

nacimiento; si no la hubiese nombrado, será tutor el padre o la

madre, mientras permanezcan viudos. En su defecto, lo nombrarán

las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos de Regente y

de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey (Art. 60) El

ejercicio de la tutela es también incompatible con el de todo cargo o

representación política.

JURAMENTO DE FIDELIDAD A LA CONSTITUCIÓN POR EL REY Y EL

PRÍNCIPE HEREDERO. (Art. 61)

El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de

desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución

y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades

Page 21: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

Autónomas. El príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad y el

Regente o Regentes al hacerse cargo de sus funciones, prestarán el mismo

juramento, así como el de fidelidad al Rey.

EL SOSTENIMIENTO DE LA CASA DEL REY.

El Rey recibe de los presupuestos del Estado una cantidad global para el

sostenimiento de su familia y de la Casa, y distribuye libremente la misma

(Art. 65).

A diferencia de España, el Perú no cuenta con una Tradición Monárquica,

pero a algunas de sus funciones se asemejan con las del Presidente de la

Republica en Perú como por Ejemplo:

- Asumir el mando supremo de las Fuerzas Armadas.

- Ambos pueden conceder ciertos tipos de condecoraciones a nombre de la

nación.

4. TITULO III

LAS CORTES GENERALES. (Art. 66-96)

- Capítulo I: De las cámaras. (Art.66-80)

- Capítulo II: De la elaboración de las leyes (Art.81-92)

- Capítulo III: De los tratados internacionales (Art.93-96)

Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por

dos cámaras (Art. 66.1): El Congreso de los Diputados y el Senado.

La estructura Española es bicameral, al congreso se le llama Cámara baja y

al Senado Cámara baja; esto no supone una preeminencia jerárquica sino

que entre otras razones éste sistema bicameral representa:

1º. El equilibrio institucional, puesto que al Senado corresponde una segunda

lectura y aprobación de los proyectos de ley.

Page 22: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

2º La complementariedad de representación. El Congreso de los Diputados

es la representación popular directa, mientras que el Senado es la

representación territorial del Estado.

Las Cortes Generales: (Art.66.2)

- Ejercen la potestad legislativa.

- Aprueban los Presupuestos del Estado.

- Controlan la acción del Gobierno.

- Tienen otras competencias que les reconoce la constitución (toman

juramento al Rey, autorizan previamente la declaración de guerra, aprueban

la reforma de la constitución, etc).

La duración del mandato representativo de los parlamentarios, senadores y

diputados, es de cuatro años, salvo que se disuelvan antes las cámaras.

COMPOSICIÓN, ATRIBUCIONES Y FUNCIONAMIENTO DE LAS

CÁMARAS.

EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.

Actualmente compuesto por 350 diputados, pero la constitución permite

hasta 400. Estos diputados son elegidos:

- Por sufragio universal (votan todos los mayores de edad), libre, igual,

directo y secreto, en las 52 circunscripciones electorales en que está dividida

España (las 50 provincias más Ceuta y Melilla). A cada provincia le

corresponde un mínimo de 2 diputados, excepto Ceuta y Melilla que eligen

uno; el resto de los escaños se asigna a cada provincia en función de su

población; en el momento de las elecciones.

La elección se realiza en cada circunscripción por representación

proporcional, es decir, los escaños son repartidos proporcionalmente al

número de votos que obtiene cada partido en las elecciones, y son electores

todos los españoles en pleno uso de sus derechos políticos.

Page 23: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

Atribuciones o facultades del Congreso:

- Otorgar la investidura al candidato a Presidente del Gobierno.

- Exigir al gobierno la responsabilidad solidaria de su gestión pública.

- Votar la llamada cuestión de confianza cuando se la plantee el Presidente

del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros. Esta cuestión

puede versar sobre el programa presidencial o sobre una declaración de

política general.

- Plantear al Gobierno una moción de censura.

- Autorizar el estado de excepción y declarar el estado de sitio a propuesta

del gobierno.

- Autorizar la celebración de un referéndum a propuesta del Gobierno.

EL SENADO

Cámara de representación territorial del Estado (provincias y Comunidades

Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla) y se compone de:

- Cuatro senadores elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y

secreto, por los electores de cada provincia (Ceuta y melilla sólo les

corresponde dos y las provincias insulares Canarias once y Baleares cinco).

- Los senadores se eligen por sistema mayoritario, es decir, son elegidos

los candidatos que obtienen más votos.

- Habrá senadores designados por las Comunidades Autónomas, a

través de sus Asambleas legislativas o sus órganos colegiados máximos, a

razón de uno por cada Comunidad, más otro por cada millón de habitantes

del territorio autónomo.

Prácticamente se le atribuye las mismas funciones legislativas que al

Congreso de los Diputados. A través de la segunda lectura, reconsidera los

textos aprobados en el Congreso de los Diputados. Sus funciones de control

político son inferiores a las que tienen el Congreso, también puede interpelar

Page 24: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

al Gobierno, dirigir preguntas a sus miembros y nombrar comisiones de

encuesta y de investigación.

NORMAS GENERALES COMUNES A ÁMBAS CÁMARAS

No se puede ser Senador y Diputado al mismo tiempo, ni Diputado y

miembro de una Asamblea de Comunidad Autónoma. (Art. 67)

La propia Constitución establece las causas de ilegibilidad y de

incompatibilidad de los parlamentarios con determinados cargos

administrativos, políticos, militares, etc. (Art. 70)

Los Diputados y Senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten

en el ejercicio de su cargo y gozan de inmunidad parlamentaria; no pueden

ser detenidos, salvo en flagrante delito, ni inculpados, ni juzgados sin previa

autorización de su cámara, y en caso de que ésta lo conceda, el Tribunal

competente es la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo (Art. 71).

Las Cámaras se autorreglamentan, es decir, establecen su propio

reglamento de funcionamiento interno, aprueban sus presupuestos (incluidas

las asignaciones de los parlamentarios) y eligen sus propias mesas

(compuestas por el presidente, los vicepresidentes y los secretarios) (Art. 72)

Las Cámaras celebran dos períodos de sesiones ordinarias al año, de

Septiembre a Diciembre, y de Febrero a Junio, aunque pueden celebrar

sesiones extraordinarias. (Art. 73.1)

Las dos Cámaras funcionan en pleno y por comisiones y tienen la facultad de

nombrar comisiones especiales de investigación sobre temas de interés

público. Los ciudadanos están obligados a comparecer ante estas

comisiones cuando sean llamados a declarar y también tienen el derecho a

dirigir peticiones individuales o colectivas por escrito a las Cortes. (Art. 75-

Art.77)

Los Diputados y Senadores del mismo partido o partidos afines forman los

Grupos parlamentarios, que designan a los parlamentarios que deben

Page 25: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

intervenir en las comisiones y los plenos, para de éste modo agilizar los

debates legislativos.

Durante los períodos en que no hay sesiones, o en las que el Parlamento

está disuelto y mientras se celebran nuevas elecciones, funciona una

Diputación Permanente en cada Cámara, que asume determinadas

facultades de ésta y vela por sus poderes (Art. 78). Está compuesta cada

una por al menos 21 miembros, con representación proporcional de los

Grupos Parlamentarios.

Las sesiones de ambas cámaras están abiertas al público, puede haber

sesiones secretas. Para adoptar acuerdos válidos debe haber quórum,

deben estar presentes la mayoría de sus miembros (Congreso que tiene 350

al menos 176).

LA FUNCIÓN LEGISLATIVA: ELABORACIÓN DE LAS LEYES.

La Constitución no habla de “función legislativa”, sino de “potestad

legislativa”, que es ejercida por las Cortes Generales (Art. 66.2) y lo hacen

fundamentalmente mediante la elaboración de Leyes. (Art. 81 a 92)

La iniciativa legislativa o la posibilidad de proponer leyes corresponden

indistintamente:

- Al gobierno (proyectos de leyes)

- Al Congreso (proposiciones de leyes)

- Al senado (proposiciones de leyes)

Las asambleas de las C.C.A.A. pueden:

1. Solicitar al gobierno que envíe un proyecto de ley a las Cortes,

2. Enviar a la mesa del congreso una proposición de ley.

Los ciudadanos pueden presentar a las Cortes Generales proposiciones de

ley sobre ciertos temas, mediante la instancia popular, recogiendo firmas en

número superior al medio millón.

Page 26: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

LEYES Y PROPOSICIONES CON FUERZA DE LEY (Art. 81)

Las leyes orgánicas exigen para su aprobación, modificación y derogación

mayoría absoluta del Congreso (176 diputados) y son las relativas al

desarrollo de los derechos fundamentales y libertades públicas, las que

aprueban los Estatutos de Autonomía, el régimen electoral general y las

demás materias previstas en la Constitución.

Las leyes ordinarias, por lo tanto, regularán las restantes materias y

requerirán para su aprobación la mayoría simple de las Cámaras. Las leyes

sean orgánicas u ordinarias, se comienzan a elaborar mediante los

denominados proyectos o proposiciones de ley. Se llama proyecto de ley al

enviado por el gobierno a las Cortes, y proposición de ley cuando la iniciativa

ha sido llevada a cabo por una de las cámaras, por una asamblea de

Comunidad Autónoma o por iniciativa popular.

Los proyectos de ley se debaten y aprueban primero en el Congreso y luego

en el Senado. Las proposiciones se discuten y votan en primer lugar en la

cámara, para pasar posteriormente a la aprobación de la otra.

Una vez que la ley ha sido aprobada por las dos cámaras, el Rey la

sancionará y promulgará, ordenando su publicación en el BOE (Art. 91).

Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a

referéndum consultivo de los ciudadanos (Art. 92).

Las Cortes pueden delegar la potestad legislativa al Gobierno para que

legisle sobre determinadas materias, mediante una Ley que fije los límites de

dicha delegación (Art. 82); el producto normativo resultante de ésta

delegación se denomina Decreto Legislativo, y tiene fuerza de ley. En caso

de urgente necesidad, el Gobierno puede legislar por Decretos-Leyes que

luego serán sometidos al Congreso para que los convalide o derogue. (Art.

86).

En relación con la Constitución Peruana esta solo cuenta con el Congreso

que comprende al Poder Legislativo, en cambio en la Constitución Española

Page 27: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

comprende el Poder Legislativo en dos cámaras : cámara de diputados y

cámara de senadores.

5. TITULO IV

EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN

EL GOBIERNO (Art. 97)

Dirige:

- La política interior y exterior.

- La administración civil y militar y la defensa del Estado.

Ejerce:

- La función ejecutiva.

- La potestad reglamentaria.

Se compone de:

- Presidente del Gobierno.

- Vicepresidentes del gobierno, en su caso.

- Los ministros.

Los miembros del gobierno se reúnen a su vez, en Consejo de Ministros y en

comisiones delegadas del Gobierno (del primero forman parte todos los

miembros del gobierno del art. 98 y de las segundas los miembros del

Gobierno más los secretarios de estado que por real decreto se

establezcan). A través del Consejo de Ministros el gobierno ejerce sus

decisiones políticas y administrativas más importantes. Es responsable

políticamente de su gestión ante las Cortes y la responsabilidad criminal de

los ministros será exigible ante la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal

Supremo. El Rey nombra a los Ministros a propuesta del Presidente del

Gobierno (Art. 100). Los secretarios de estado podrán asistir para informar a

los Consejos de Ministros y a las Comisiones Delegadas del Gobierno

(siempre que no forman parte de las mismas) cuando son convocadas.

Page 28: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

Al Consejo de Ministros le corresponde:

- Aprobar los proyectos de ley y su remisión al Congreso o, en su caso, al

Senado.

- Aprobar el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado.

- Aprobar los Reales Decretos-Leyes y Reales Decretos legislativos.

- Acordar la negociación y firma de los Tratados internacionales y

remitirlos, en su caso, a las Cortes Generales.

- Declarar los estados de alarma y excepción y proponer al Congreso la

Declaración del estado de sitio.

- Adoptar las medidas que exija la situación económica, previa ley

autorizante.

- Aprobar los reglamentos para desarrollo y ejecución de las leyes y

demás disposiciones reglamentarias que procedan.

- Crear, modificar y suprimir los órganos directivos de los Departamentos

ministeriales.

- Adoptar programas, planes y directrices vinculantes para la

administración General del Estado, y ejercer cuantas otras atribuciones le

confieren la constitución, las leyes y cualquier otra disposición.

El presidente del Gobierno, es nombrado por el Rey, previa propuesta al

Congreso de un candidato y su posterior elección por mayoría.

Las funciones principales del Presidente del Gobierno son:

- Representar al Gobierno de la Nación y especialmente en sus

relaciones con el Jefe del Estado y las Cortes.

- Convocar, presidir y fijar el orden del día de las reuniones del Consejo

de Ministros y dirigir sus deliberaciones, cuando no lo presida el Jefe del

Estado.

- Establecer el programa político del Gobierno, y determinar las

directrices de política interior y exterior, y velar por su cumplimiento.

- Proponer al Rey, previa deliberación del Consejo de Ministros, la

disolución del Congreso, del Senado, o de las Cortes, así como platear al

Page 29: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

Congreso, previa deliberación del Consejo de Ministros, la cuestión de

confianza.

- Crear, modificar y suprimir, por Real Decreto, los Departamentos

Ministeriales y las Secretarías de Estado, así como aprobar la estructura

orgánica de la Presidencia del Gobierno. Proponer al Rey el nombramiento y

separación de los Vicepresidentes y Ministros, y resolver los conflictos de

atribuciones que surjan entre los Ministerios.

- Refrendar, en su caso, los actos del Rey, y someterle, para su sanción,

las leyes y demás normas con rango del ley.

- Proponer al Rey la convocatoria de referéndum consultivo, previa

autorización del Congreso, e interponer recursos de inconstitucionalidad.

- Dirigir la política de defensa y ejercer respecto de las Fuerzas Armadas

las funciones previstas en la legislación reguladora de la defensa nacional y

de la organización militar.

Los Ministros, que son miembros del Gobierno, se encuentran al mismo

tiempo al frente de cada una de las ramas en que se divide la Administración

General del Estado, con funciones de especialización e integración de la

gran variedad de órganos a que lleva el principio de la división del trabajo.

Enlazan directamente al Gobierno con la Administración General del Estado.

Nombrados por el Rey a propuesta del Presidente del Gobierno, debiendo

ser españoles mayores de edad y prestar, en el acto de toma de posesión, el

juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones de su cargo, con

lealtad al Rey, acatamiento de la Constitución como Norma Fundamental del

Estado, respeto a los derechos de las personas y estricta observación de las

leyes, así como guardar secreto de las deliberaciones del Consejo de

Ministros.

Los Ministros pueden ser titulares de un Departamento, esto es, tener una

cartera específica, o bien ser Ministro sin cartera, es decir, sin estar al frente

de ningún Departamento o rama de la Administración.

Los Ministros tienen la consideración de altos cargos y les corresponde:

Page 30: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

- Desarrollar la acción del Gobierno en el ámbito de su Departamento.

- Ejercer la potestad reglamentaria en las materias propias de su

Departamento.

- Ejercer cuantas competencias le atribuyan las leyes.

- Refrendar, en su caso, los actos del Rey.

- Establecer los planes de actuación de la organización situada bajo su

responsabilidad.

- Tienen capacidad de decisión sobre definición, ejecución, control y

evaluación de políticas sectoriales de su competencia (Funciones de carácter

indelegable).

- Manejo de medios (Funciones que pueden desconcentrarse o delegarse

en otros órganos superiores o directivos).

En la actualidad los ministerios son 15, Asuntos Exteriores; Justicia; Defensa;

Economía; Hacienda; Interior; Fomento; Educación, Cultura y Deporte;

Trabajo y Asuntos Sociales; Agricultura, pesca y alimentación; de a

Presidencia; Administraciones Públicas; Sanidad y Consumo; Medio

Ambiente; Ciencia y Tecnología.

La organización interna de los Ministerios, es la siguiente:

- En los Ministerios pueden existir Secretarías de Estado, y excepcionalmente

Secretarías Generales, para la gestión de un sector de la actividad

administrativa.

- Los Ministerios contarán en todo caso con una Subsecretaría, y dependiendo

de ella una Secretaría General Técnica.

- Las Direcciones Generales son los órganos de gestión de una o varias áreas

funcionalmente homogéneas.

- Las Direcciones Generales se organizan en Subdirecciones Generales.

LA ADMINISTRACIÓN

Page 31: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

(Art.103) Administración pública, como figura separada del Gobierno: “sirve

con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios

de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación

con sometimiento a la Ley y el Derecho”. La Administración pública puede

definirse como el conjunto de órganos que se encargan de realizar la función

pública administrativa del Estado.

Tanto el Gobierno como la Administración General del Estado disponen de

un supremo órgano consultivo, que es el Consejo de Estado (Art. 107).

Al Consejo de Estado en el ejercicio de la función consultiva velará por la

observancia de la Constitución y del resto del Ordenamiento jurídico. La

consulta al Consejo será preceptiva (u obligatoria), cuando en esta Ley o en

otras así se establezca, y facultativa (o voluntaria), de los demás casos. Los

dictámenes del Consejo no serán vinculantes, salvo que la Ley disponga lo

contrario.

El Consejo de Estado actúa en Pleno o en Comisión Permanente.

Integran el Pleno:

El Presidente del Consejo de Estado.

Los Consejeros permanentes.

Los Consejeros natos.

Los Consejeros electos.

El Secretario General.

Componen la Comisión Permanente:

El Presidente.

Los Consejeros permanentes.

El Secretario General.

En contraste de ambos cuerpos constitucionales, en el Español se observa

que el rey es poseedor de algunas funciones, que en el caso de Perú le

corresponden al presidente de la República, por ejemplo: en lo que refiere a

Page 32: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

la designación de ministros el encargado de esa función en España es el Rey

a solicitud del Presidente de Gobierno, en cambio dicha función en Perú, es

realizada por el Presidente, otra diferencia que va de la mano con la anterior

es que en España los ministros pueden serlo sin tener una cartera a la cual

pertenecer, en cambio en Perú solo se designan Ministros con cartera

(Ministro de Economía, Ministro de Agricultura, etc.)

6. TITULO V

RELACIONES ENTRE EL GOBIERNO Y LAS CORTES GENERALES

(Art.108- Art. 106)

Conviene tener presente las facultades y poderes del Parlamento ya

enumeradas, que podrían resumirse en:

- El poder de delimitación estableciendo el marco en el que debe actuar

el Gobierno mediante la aprobación de las leyes y presupuestos.

- El poder de control del Gobierno, mediante interpelaciones, preguntas,

comisiones de investigación y la moción de censura que, regulada en el Art.

113 puede conducir a la dimisión del propio Gobierno. La moción de censura

deberá de ser propuesta por la décima parte de los diputados, al menos e

incluir un candidato a la presidencia del Gobierno. No podrá ser votada hasta

que trascurran cinco días de su presentación y en los dos primeros días

podrán presentarse mociones alternativas. Deberá ser adoptada por la

mayoría absoluta del Congreso.

- El poder de reivindicación y de oposición, haciendo que el parlamento

sea centro de debate permanente entre el Gobierno y los ciudadanos, entre

la oposición y la mayoría.

El Gobierno puede plantear a través de su Presidente, y previa deliberación

del Consejo de Ministros, una cuestión de confianza al Congreso que se

entenderá otorgada con la mayoría simple de los Diputados, a tenor de lo

dispuesto en el Art. 115 puede disolver el Congreso, el Senado o las Cortes

Generales con estas particularidades:

Page 33: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

1. El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, y

bajo su exclusiva responsabilidad, podrá proponer la disolución del

Congreso, del Senado o de las Cortes Generales, que será decretada por el

Rey. El decreto de disolución fijará la fecha de las elecciones.

2. La propuesta de disolución no podrá presentarse cuando esté en trámite

una moción de censura.

3. No procederá nueva disolución antes de que trascurra un año desde la

anterior, salvo lo dispuesto en el art. 99, apartado 5 que dice así: “Si

transcurrido el plazo de dos meses a partir de la primera votación de

investidura ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el

Rey disolverá ambas Cámaras y convocarán nuevas elecciones con el

refrendo del Presidente del Congreso”.

LOS ESTADOS DE ALARMA, EXCEPCIÓN Y SITIO

En situaciones excepcionales, algunos derechos y libertades pueden ser

suspendidos temporalmente. (Art. 116.1) “Una ley orgánica regulará los

estados de alarma, excepción y sitio, y las competencias y limitaciones

correspondientes”. De los 3 supuestos excepcionales que alude la

Constitución, sólo el de excepción y sitio permiten la suspensión de algunos

derechos constitucionales, a saber:

1. La duración máxima de la prisión preventiva.

2. El Secreto de las comunicaciones.

3. La inviolabilidad del domicilio.

4. La libertad de residencia y libre traslado dentro del territorio nacional.

5. La libertad de imprenta y prensa.

6. La prohibición de secuestro previo de publicaciones.

7. El derecho de reunión.

8. El derecho de huelga o conflicto colectivo de trabajo.

Page 34: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

La suspensión de los derechos y libertades debe ser realizada con los

requisitos y controles que de acuerdo con su excepcionalidad fija la

Constitución.

La declaración de los estados de alarma, de excepción y de sitio no

modificará el principio de responsabilidad del Gobierno y de sus agentes.

Reconocidos en la Constitución y en las leyes.

No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados

algunos de estos estados, quedando automáticamente las cámaras

convocadas si no estuvieren en período de sesiones. Su funcionamiento, así

como el de los demás poderes constitucionales del Estado, no podrá

interrumpirse durante la vigencia de estos estados.

Disuelto el Congreso o expirado su mandato, si se produjere alguna de las

situaciones que dan lugar a cualquiera de dichos estados, las competencias

del Congreso serán asumidas por su Diputación Permanente.

EL ESTADO DE ALARMA

Será declarado por el Gobierno mediante Decreto acordado en Consejo de

Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de

los Diputados, reunido inmediatamente al efecto, y sin cuya autorización no

podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial

a que se extienda los efectos de la declaración.

Se podrá declarar el Estado de Alarma:

1 . Catástrofes, calamidades o desgracias públicas tales como terremotos,

inundaciones, incendios urbanos y forestales, o accidentes de gran

magnitud.

2 . Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación

graves.

3 . Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, y no se

garantice el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos.

4 . Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.

Page 35: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

EL ESTADO DE EXCEPCIÓN

Será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de

Ministros, previa autorización del Congreso de los Diputados. La autorización

y proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente los

efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración, que

no podrá exceder de 30 días, prorrogables por otro plazo igual, con los

mismos requisitos.

Procederá la declaración del estado de excepción cuando el libre ejercicio de

los derechos y libertades, el normal funcionamiento de las instituciones

democráticas, el de los servicios públicos esenciales para la comunidad, o

cualquier otro aspecto del orden público, resulten tan gravemente afectados

que el ejercicio de las potestades ordinarias fuera insuficiente para

restablecerlos y mantenerlos.

EL ESTADO DE SITIO

Será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a

propuesta exclusiva del Gobierno. El Congreso determinará su ámbito

territorial, duración y condiciones. Procederá la declaración del Estado de

Sitio cuando se produzca o amenace producirse una insurrección o acto de

fuerza contra la soberanía o independencia de España, su integridad

territorial o el ordenamiento Constitucional, y no pueda resolverse por otros

medios. El Gobierno que dirige la política interior y exterior, la Administración

civil y militar y la Defensa del Estado (97), asume todas las facultades

extraordinarias previstas y designa Autoridad Militar y bajo su dirección

deberá ejecutar las medidas que procedan. Es también llamado Estado de

Guerra.

En un contraste entre ambas constituciones se observa que ambas son

similares en cuanto al tratamiento acerca de la interpelación de ministros, y

las declaraciones de los Estados de Sitio, Alarma y Excepción.

Page 36: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

7. TITULO VI

EL PODER JUDICIAL

Integrado por Jueces y Magistrados, administra la justicia, que emana del

pueblo, en nombre del Rey.

Principios Básicos de la Justicia:

- Principio de la Unidad jurisdiccional (una misma justicia y los mismos

tribunales para todos) es la base de la organización y funcionamiento de los

Tribunales, salvo la jurisdicción militar en el ámbito estrictamente castrense.

- Se prohíben los tribunales de excepción. (Art. 117).

- Las decisiones y sentencias de jueces y tribunales están obligadas a

cumplirse y todos deben colaborar cuando sean requeridos en los procesos y

en la ejecución de lo resuelto en ellos. (Art. 118)

- La justicia será gratuita para los que no tengan recursos económicos.

(Art.119)

- Los errores judiciales o el anormal funcionamiento de la Justicia que

causen daños darán derecho a indemnización a los perjudicados. (Art. 121)

Los Jueces y Magistrados son:

- Independientes.

- Inamovibles.

- Responsables.

- Sometidos al imperio de la ley.

EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Es el órgano de Gobierno de los Jueces y Magistrados. Estará integrado por

el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por 20 miembros

nombrados por el Rey por un período de 5 años. De éstos, 12 entre Jueces y

Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que

Page 37: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

establezca la L.O.; 4 a propuesta del Congreso; 4 a propuesta del Senado,

elegidos en ambos casos por mayoría de 3/5 de sus miembros, entre

abogados, y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con mas

de 15 años de ejercicio en su profesión (Art. 122.3).

EL TRIBUNAL SUPREMO

Tiene jurisdicción sobre todo el territorio español, es el órgano jurisdiccional

superior en todos los órdenes, salvo en lo referente al Tribunal Constitucional

(Art. 123)

El presidente del Tribunal supremo es nombrado por el Rey, a propuesta del

Consejo General del poder judicial (Art. 123.2)

EL MINISTERIO FISCAL

Es un órgano auxiliar del Poder Judicial, pero no forma parte de él, tiene

como misiones:

1 Promover la defensa de la legalidad.

2 Promover la defensa de los derechos ciudadanos y del interés público.

3 Velar por la independencia de los Tribunales y hacer que éstos

satisfagan el interés general (Art.124)

El Fiscal General del Estado es nombrado por el Rey, a propuesta del

Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial (Art. 124.4)

El Poder Judicial, al igual que todos los poderes públicos, está obligado a

respetar los derechos y libertades reconocidos en la Constitución a los

ciudadanos. (Art. 53)

EL JURADO

Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la

Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y

con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine.

Page 38: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

LA POLICÍA JUDICIAL

Depende de los Jueces, de los Tribunales y el Ministerio Fiscal, tiene como

funciones:

La investigación del delito

El descubrimiento y aseguramiento del delincuente. (Art. 126)

A diferencia de España, en el Perú no se cuenta con un sistema de jurados,

en cuanto a las demás características se comparten algunas con las de su

par Peruano, por ejemplo: En el Perú el Poder Judicial también está

conformado por Jueces y Magistrados

8. TITULO VII

ECONOMIA Y HACIENDA

En el caso de Perú hace referencia a una Economía Social de

Mercado, en cambio en España se rige por otro precepto del cual

no abordaremos en más profundidad, por no ser motivo del

trabajo que me convoca en esta oportunidad

9. TITULO VIII

LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

Page 39: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

El art. 137 expresa que “el Estado se organiza territorialmente en Municipios,

en Provincias y en las CCAA que se constituyan. Todas éstas entidades

gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.”.

La Constitución garantiza la autonomía administrativa de los Municipios.

Estos gozarán de personalidad jurídica plena. Su gobierno y administración

corresponde a sus respectivos Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes y

los Concejales. Los Concejales serán elegidos por los vecinos del Municipio

mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, en la forma

establecida por la Ley. Los Alcaldes serán elegidos por los Concejales o por

los vecinos.

El Ayuntamiento es el órgano de gobierno y administración del Municipio, con

carácter de Corporación de Derecho Público. Son órganos necesarios del

Ayuntamiento:

El Alcalde

Los Tenientes de Alcalde

El Pleno

La Comisión de Gobierno, y órganos de consulta y control, en los

Municipios con población de derecho superior a los 5000 habitantes y, en los

de menos, cuando así lo disponga su Reglamento orgánico o así lo acuerde

el Pleno de su Ayuntamiento.

EL ALCALDE

Es el Presidente de la Corporación y ostenta, en todo caso, como más

importantes las siguientes atribuciones:

a. Dirigir el gobierno y la administración municipales.

b. Representar al Ayuntamiento.

c. Convocar y presidir las sesiones del Pleno, de la Comisión de

Gobierno y de cualesquiera otros órganos municipales y decidir los empates

con voto de calidad.

d. Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales.

Page 40: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

e. Dictar bandos.

f.Desempeñar la jefatura superior del personal y, en concreto, de la Policía

Municipal.

g. Nombrar a los Tenientes de Alcalde, como órganos de suplencia y

auxilio.

La elección del Alcalde, que según el art. 138 de la Constitución se llevará a

cabo por los concejales o por los vecinos, sigue las siguientes reglas:

- Pueden ser candidatos todos los Concejales que encabecen sus

correspondientes listas.

- Si alguno de ellos obtiene la mayoría absoluta de los votos de los

Concejales es proclamado electo.

- Si ninguno de ellos obtiene dicha mayoría es proclamado Alcalde el

Concejal que encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos

populares en el correspondiente Municipio. En caso de empate se resolverá

por sorteo.

- Antes de comenzar el ejercicio de sus funciones, el Alcalde deberá jurar

o prometer el cargo ante el Ayuntamiento en pleno.

EL PLENO

Integrado por todos los Concejales, es presidido por el Alcalde y tiene las

atribuciones reguladas por la Ley. Puede reunirse en régimen de sesiones

ordinarias de periodicidad preestablecida y extraordinaria, que pueden ser,

además, urgentes.

El Pleno celebrará sesión ordinaria como mínimo cada tres meses y

extraordinaria, cuando así lo decida el Presidente o lo solicite la cuarta parte,

al menos, del número legal de los miembros de la Corporación. En este

último supuesto el Presidente vendrá obligado a convocarla en los cuatro

días siguientes al de la solicitud.

Page 41: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

La convocatoria del Pleno (ordinario y extraordinario) habrá de efectuarse, al

menos, con dos días de anticipación salvo en supuestos de urgencia

debidamente motivada.

El Pleno se constituye válidamente con la asistencia de un tercio del número

legal de sus miembros que nunca será inferior a tres. Este quórum deberá

mantenerse durante toda la sesión. En todo caso, se requiere la asistencia

del Presidente y del Secretario de la Corporación o de quienes legalmente le

sustituyan.

Los acuerdos de las corporaciones se adoptan, como regla general, por

mayoría simple de los miembros presentes. Existe mayoría simple cuando

los votos afirmativos son más que los negativos. Los asuntos de mayor

trascendencia jurídica y económica expresamente previstos requieren el voto

favorable de las dos terceras partes del número de hecho y, en todo caso, de

la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación.

LA COMISIÓN DE GOBIERNO

Es un órgano de carácter necesario en aquellos Municipios de más de 5.000

habitantes y en los de menos, cuando así lo acuerde el Pleno de su

Ayuntamiento. La integral el Alcalde y un número de Concejales no superior

al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente

por aquél, dando cuenta al Pleno.

ELEMENTOS DEL MUNICIPIO

- El Territorio

- La Población

- Y la Organización.

1.- EL TERRITORIO

Page 42: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

El término municipal es el territorio en que el Ayuntamiento ejerce sus

competencias. La creación o supresión de municipios, así como la

alteración de términos municipales se regulará por la legislación de las

Comunidades Autónomas sobre régimen local. Requerirán en todo caso

audiencia de los municipios interesados y dictamen del Consejo de

Estado o del órgano consultivo superior de los Consejos de Gobierno de

las Comunidades Autónomas, si existiere. Simultáneamente a la petición

de este dictamen se dará conocimiento a la Administración del Estado.

2.- LA POBLACIÓN

El padrón municipal es el registro administrativo donde constan los

residentes y transeúntes de un municipio. Sus datos constituyen prueba

de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Las

certificaciones que de dichos datos se expidan tendrán carácter de

documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos.

Los datos del padrón municipal se cederán a otras Administraciones

públicas que la soliciten sin consentimiento previo del afectado

solamente cuando les sean necesarios para el ejercicio de sus

respectivas competencias, y exclusivamente para asuntos en los que la

residencia o el domicilio sean datos relevantes. También pueden servir

para elaborar estadísticas oficiales sometidas al secreto estadístico, en

los términos previstos en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función

Estadística Pública.

Fuera de estos supuestos, los datos del padrón son confidenciales y el

acceso a los mismos se regirá por lo dispuesto en la Ley orgánica

5/1992, de 29 de octubre, de regulación del Tratamiento Automatizado

de los Datos de carácter Personal y en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Page 43: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

3.- OBLIGACIÓN DE INSCRIBIRSE

Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el

padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en

varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante

más tiempo al año.

Los menores de edad no emancipados y los mayores incapacitados

tendrán la misma vecindad que los padres que tengan su guarda o

custodia o, en su defecto, de sus representantes legales, salvo

autorización por escrito de éstos para residir en otro municipio. En todo

caso, respecto a los mayores incapacitados se estará a lo dispuesto en

la legislación civil.

La inscripción en el padrón municipal de personas que residiendo en el

municipio carezcan de domicilio en el mismo sólo se podrá llevar a cabo

después de haber puesto el hecho en conocimiento de los servicios

sociales competentes en el ámbito geográfico donde esa persona resida.

VECINOS DEL MUNICIPIO

Los residentes de un municipio se clasifican en vecinos y domiciliados. Son

vecinos del municipio las personas que residiendo habitualmente en el

mismo, se encuentran inscritos como tales en el padrón municipal. Los que

circunstancialmente estén viviendo en un municipio que no sea el de su

residencia habitual, se podrán inscribir como transeúntes. Son domiciliados

los españoles menores de edad y los extranjeros residentes habitualmente

en el municipio, que figuran como tales inscritos en el padrón.

La adquisición de la condición de vecino se produce desde el mismo

momento de su inscripción en el padrón. Sólo se puede ser vecino de un

municipio y el conjunto de vecinos constituye la población del municipio.

La condición de vecino confiere los siguientes derechos y deberes:

Page 44: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

-Ser elector y elegible en los términos establecidos en la legislación electoral.

-Participar en la gestión municipal de acuerdo con lo dispuesto en las leyes.

-Utilizar los servicios públicos municipales en forma acorde con su naturaleza

y acceder a los aprovechamientos comunales conforme a las normas

aplicables.

-Contribuir mediante las prestaciones económicas y personales legalmente

previstas a la realización de las competencias municipales.

-Ser informado, previa autorización razonada, y dirigir solicitudes a la

Administración municipal en relación con los expedientes y la documentación

municipal, de acuerdo con lo previsto en el artículo 105 de la Constitución.

-Pedir consulta popular en los términos previstos en la Ley.

-Solicitar la prestación y, en su caso, el establecimiento del correspondiente

servicio público, así como exigirlos en el supuesto de constituir una

competencia municipal propia de carácter obligatorio.

-Aquellos otros derechos y libertades establecidos en las Leyes.

VARIACIONES EN EL PADRÓN

Todos los vecinos deben comunicar a su Ayuntamiento las variaciones que

experimenten sus circunstancias personales en la medida en que impliquen

una modificación de los datos que deben figurar en el padrón municipal con

carácter obligatorio. Cuando la variación afecte a menores de edad o

incapacitados esta obligación corresponde a sus padres o tutores. La

formación, mantenimiento, revisión y custodia del Padrón municipal

corresponde al Ayuntamiento, de acuerdo con lo que establezca la

legislación del Estado.

La gestión del Padrón municipal se llevará por los Ayuntamientos con medios

informáticos, que con las informaciones recibidas de las demás

Administraciones públicas, con las variaciones comunicadas por los vecinos,

y con los resultados de los trabajos realizados por los propios

Ayuntamientos, actualizarán los datos del padrón municipal.

Page 45: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

Siempre que se produzcan actualizaciones, el Ayuntamiento deberá poner en

conocimiento de cada vecino afectado los datos que figuran en su inscripción

padronal, para su información y para que pueda comunicar a dicho

Ayuntamiento las rectificaciones o variaciones que procedan.

Las notificaciones a los vecinos del contenido de sus datos padronales se

efectuará por el Ayuntamiento de manera que todo vecino tenga la

oportunidad de conocer la información que le concierna al menos una vez

cada cinco años.

Cuando una persona cambie de residencia deberá solicitar por escrito su alta

en el padrón del municipio de destino, el cual, en los diez primeros días del

mes siguiente, la remitirá al municipio de procedencia, donde se dará de

baja en el padrón al vecino trasladado sin más trámite. En el caso de que la

persona no estuviera empadronada con anterioridad o desconociera el

municipio de su anterior inscripción padronal, lo hará constar así.

INSCRIPCIONES DE OFICIO

Los Ayuntamientos declararán de oficio la inscripción en su padrón como

vecinos a las personas que vivan habitualmente en su término municipal y no

figuren inscritos en el mismo.

Para decretar este tipo de alta será necesaria la instrucción de un expediente

en el que se dé audiencia al interesado. Si el interesado acepta

expresamente el alta de oficio, su declaración escrita implicará la baja

automática en el padrón en el que hubiera estado inscrito hasta entonces. En

caso contrario, el alta de oficio, sólo podrá llevarse a cabo con el informe

favorable del Consejo de Empadronamiento.

DEL PADRÓN DE ESPAÑOLES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

El padrón de españoles residentes en el extranjero, cuya formación se

realizará por la Administración General del Estado, en colaboración con los

Ayuntamientos y Administraciones de las Comunidades Autónomas, es el

Page 46: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

registro administrativo donde constan las personas que, gozando de la

nacionalidad española, viven habitualmente fuera de España, sea o no ésta

su única nacionalidad.

El padrón de españoles residentes en el extranjero se constituirá con los

datos existentes en el Registro de Matrícula de cada Oficina Consular de

Carrera o Sección Consular de las misiones diplomáticas.

A efectos se adaptará el contenido de los Registros de Matrícula a fin de que

incluyan los datos relacionados en el artículo 94 del presente Reglamento.

Los españoles residentes en el extranjero inscritos en este padrón se

considerarán vecinos del municipio español que figura en los datos de su

inscripción únicamente a efectos del ejercicio de sufragio, no constituyendo,

en ningún caso, población del municipio.

La determinación del municipio de inscripción en España a efectos

electorales se realizará de acuerdo con los criterios contenidos en la

normativa vigente para la actualización mensual del censo electoral.

Los españoles residentes en el extranjero deberán comunicar a la Oficina o

Sección Consular correspondiente las modificaciones que experimenten sus

circunstancias personales en la medida en que impliquen una variación en

los datos que deben figurar en el padrón con carácter obligatorio.

Cuando la variación afecte a menores de edad o incapacitados, esta

obligación corresponde a sus representantes legales.

Todo español residente en el extranjero que traslade su residencia a territorio

español deberá solicitar el alta en el padrón municipal del municipio donde

vaya a fijar su residencia.

EXTRANJEROS DOMICILIADOS EN ESPAÑA.

Los extranjeros domiciliados que sean mayores de edad tienen los derechos

y deberes propios de los vecinos, salvo los de carácter político. No obstante,

Page 47: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

tendrán derecho de sufragio activo y pasivo en los términos que prevea la

legislación electoral general aplicable a las elecciones locales.

La inscripción de los extranjeros en el padrón municipal no constituirá prueba

de su residencia legal en España ni les atribuirá ningún derecho que no les

confiera la legislación vigente, especialmente en materia de derechos y

libertades de los extranjeros en España.

En Contraste entre ambos cuerpos constitucionales en el caso de España se

organiza territorialmente en Municipios, Provincias y comunidades

autónomas, en cambio en el caso de Perú: El territorio de la República está

integrado por regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas

circunscripciones se constituye y organiza el gobierno a nivel nacional,

regional y local, en los términos que establece la Constitución.

10. TITULO IX

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

La Constitución se sitúa en la cúspide del Ordenamiento Jurídico, ostentando

el mayor rango en la jerarquía normativa, por lo que precisa un Órgano que

vele por el control de la constitucionalidad. Se compone de 12 miembros

nombrados por el Rey; de ellos 4 a propuesta del Congreso por mayoría de

tres quintos de sus miembros; 4 a propuesta del Senado, con idéntica

mayoría; 2 a propuesta del Gobierno, y 2 a propuesta del Consejo General

del Poder Judicial. Deberán ser nombrados entre Magistrados y Fiscales,

Profesores de Universidad, Funcionarios Públicos y Abogados, todos ellos

juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio

profesional. Los miembros del Tribunal Constitucional serán designados por

un período de nueve años y se renovarán por terceras partes cada tres. La

condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible: con todo

mandato representativo; con los cargos políticos y administrativos; con el

desempeño de funciones directivas en un partido político o en un sindica y

con el empleo al servicio de los mismos; con el ejercicio de las carreras

Page 48: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

judicial y fiscal y con cualquier actividad profesional o mercantil. Los

miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias

de los miembros del poder judicial.

El presidente del Tribunal Constitucional será nombrado entre sus miembros

por el Rey, a propuesta del mismo Tribunal en pleno y por un período de tres

años. El T.C., conoce de los siguientes casos:

a) Del recurso de inconstitucionalidad

b) De las cuestiones de inconstitucionalidad

c) Del recurso de amparo constitucional

d) De los conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades

Autónomas y de los de éstas entre sí.

e) De los conflictos entre órganos constitucionales del Estado.

f) De la impugnación de disposiciones de las Comunidades Autónomas

g) De la declaración de constitucionalidad de los Tratados

Internacionales.

EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD.

Procede la interposición del recurso de inconstitucionalidad cuando se

entiende que una disposición con rango de ley vulnera algún precepto

constitucional. No todo el mundo, puede interponer este recurso, sino que

sólo están legitimados para hacerlo:

- El Presidente del Gobierno.

- El Defensor del Pueblo.

- Cincuenta Diputados.

- Cincuenta Senadores.

El recurso de inconstitucionalidad se ha de formular dentro del plazo de tres

meses a partir de la publicación de la Ley, mediante demanda presentada

ante el Tribunal constitucional.

LA CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD

Page 49: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

La cuestión de inconstitucionalidad la pueden presentar, de oficio o a

instancia de parte, los Jueces o Tribunales cuando consideren que una

norma con rango de ley aplicable al caso que están juzgando y de cuya

validez depende el fallo, puede ser contraria a la Constitución.

Las sentencias que recaigan en cualquiera de los procedimientos de

inconstitucionalidad anteriores, tienen el valor de cosa juzgada, vinculando a

todos los poderes públicos y produciendo efectos generales desde la fecha

de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Si la sentencia declarase la

inconstitucionalidad de una disposición, declarará igualmente la nulidad de

los preceptos impugnados, así como de sus conexos.

EL RECURSO DE AMPARO

Frente a cualquier vulneración por los poderes políticos de los derechos y

libertades reconocidos en los arts 14 a 29 de la Constitución, así como a la

objeción de conciencia, se podrá interponer por los interesados, recurso de

amparo constitucional, si bien, para ello, es preciso agotar previamente la vía

judicial procedente. Asimismo, procede la interposición de recurso de

amparo constitucional cuando la violación de los derechos o libertades

proviene de un propio órgano judicial, siempre que:

- Se hayan agotado todos los recursos en la vía judicial.

- La violación del derecho no resulte imputable al órgano judicial.

- Se haya invocado formalmente en el proceso el derecho constitucional

vulnerado.

La sentencia que se dicte en el recurso de amparo puede otorgar el amparo

o denegarlo. En el primer caso, contendrá alguno de los pronunciamientos

siguientes:

a) Declaración de nulidad de la decisión.

b) Reconocimiento del derecho o libertad pública.

c) Restablecimiento del recurrente en la integridad de su derecho o libertad.

Page 50: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

LOS CONFLICTOS CONSTITUCIONALES

El Tribunal Constitucional entenderá los conflictos que se susciten sobre

competencias entre:

- El Estado y una o más Comunidades Autónomas.

- Dos o más Comunidades Autónomas entre sí.

- El Gobierno con el Congreso de los Diputados, el Senado o el Consejo

General del Poder Judicial, o cualesquiera de estos órganos entre sí.

Los conflictos pueden ser de dos tipos:

1. Positivos: Cuando el Gobierno o una Comunidad Autónoma entiende que

otra disposición o resolución de una Comunidad Autónoma no respeta el

orden de competencia establecido en al Constitución.

2. Negativos: Se pueden interponer por los interesados cuando, ante una

solicitud concreta, tanto la Administración del Estado como la

correspondiente Comunidad Autónoma se declaren incompetentes.

A diferencia de Perú, en la Constitución Española el Tribunal Constitucional

se compone por 12 miembros nombrados por el Rey a propuesta del senado

y el congreso por un tiempo de nueve años y se renuevan por terceras partes

cada tres años, en cambio en la constitución Peruana se establece, que el

Tribunal Constitucional se debe componer por 7 miembros y su elección le

corresponde al Congreso de la República, con el voto favorable de los dos

tercios del número legal de sus miembros por un lapso de 5 años.

11. TITULO X

LA REFORMA CONSTITUCIONAL

Puesto que la Constitución se sitúa en la cúspide del ordenamiento y ninguna

disposición puede mediatizarla, el propio texto ha de contener las previsiones

en orden a su reforma y eso es lo que hace nuestra Constitución en su

TítuloX .La iniciativa de reforma constitucional corresponde al Gobierno, al

Page 51: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

Congreso y al Senado de acuerdo con la Constitución y los Reglamentos de

las Cámaras.

Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una

mayoría de 3/5 de las cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se

intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición

paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado

por el Congreso y el Senado.

De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado

anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la

mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios,

podrá aprobar la reforma. Aprobada la reforma por la Cortes Generales será

sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de

los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los

miembros de cualquiera de las Cámaras. Cuando así se propusiere la

revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título Preliminar,

al Capítulo II, Sección I del Título I o al Título II, se procederá a la aprobación

del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución

inmediata de las Cortes. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión

y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser

aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras. Aprobada la

reforma por las Cortes Generales será sometida a referéndum para su

ratificación. No podrá iniciarse la reforma constitucional en tiempo de guerra

o de vigencia de alguno de los estados de alarma, excepción y sitio.

Hasta la fecha sólo se han producido dos reformas del texto constitucional:

una directa, al añadir el artículo 13.2 el término “y pasivo”, al derecho

reconocido a los extranjeros del sufragio activo en las elecciones

municipales; y otra, indirecta, al suprimir la posibilidad de que las leyes

penales militares prevean la pena de muerte para tiempo de guerra, según el

artículo 15.

EL DEFENSOR DEL PUEBLO

Page 52: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

Es un órgano o institución incorporado por primera vez a la vida pública

española por la Constitución de 1978. En el artículo 54 del Título I (De los

derechos y deberes fundamentales), se dice:

“Una ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto

Comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa

de los derechos comprendidos en este Título, a cuyo efecto podrá supervisar

la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales”.

El Defensor del Pueblo (que puede ser cualquier español mayor de edad que

se encuentre en el pleno disfrute de sus derechos civiles y políticos), será

elegido por las Cortes Generales, por mayoría de las 3/5 partes de los

miembros del Congreso y ratificado por igual mayoría del Senado, y su

mandato tendrá un período de cinco años. Goza de inviolabilidad y ejerce

sus funciones con independencia, ya que es un comisionado del Parlamento

y no del Gobierno, y por tanto es un delegado del poder legislativo, con poder

para proponer propuestas, aunque sin capacidad de resolución.

El Defensor está legitimado para interponer los recursos de

inconstitucionalidad y de amparo de acuerdo con lo dispuesto en la

Constitución y en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y proteger de

este modo al ciudadano frente a las violaciones de sus derechos y libertades

reconocidas en la Constitución. También le corresponde examinar las

irregularidades administrativas, proponiendo las soluciones pertinentes.

Las quejas podrán dirigirse al Defensor del Pueblo por toda persona natural o

jurídica (española o extranjera), en escrito razonado con indicación de su

nombre, apellidos y domicilio, y firmada por el interesado. Todas las

actuaciones del Defensor del Pueblo son gratuitas.

En lo concerniente a la Reforma de la Constitución en ambas Constituciones

tanto la Española, como la Peruana, se plantea que para realizar ese

objetivo, debe haber un voto favorable absoluto de las cámaras o cámara

que componen su poder legislativo, correspondientemente.

Page 53: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

CAPITULO III

CONCLUSIONES:

1. España, en los inicios del siglo XXI, ha encontrado por fin una estabilidad

constitucional, con uno de los textos más completos y progresistas entre las

constituciones vigentes. Se puede afirmar, que la Constitución Española de

Page 54: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

1978, lejos de ser de las tradicionales hojas de papel mojado que acabaron

siendo la mayor parte de sus predecesores, ha creado el marco para la

consolidación de la democracia, posibilitando la alternancia en el poder de

partidos opuestos, característica propia de los regímenes políticos más

desarrollados.

2. España se constituye en un Estado social y democrático de derecho,

donde sus valores superiores son: Libertad, Justicia, Igualdad y Pluralismo

Político (partidos políticos). La soberanía reside en el pueblo español y de

este emanan los poderes del estado en cuanto a su forma política el estado

español es una monarquía parlamentaria.

3. A diferencia de España, el Perú no cuenta con una Tradición Monárquica,

pero a algunas de sus funciones se asemejan con las del Presidente de la

Republica en Perú como por Ejemplo: 1) Asumir el mando supremo de las

Fuerzas Armadas. 2) Ambos pueden conceder ciertos tipos de

condecoraciones a nombre de la nación.

4. En Contraste entre ambos cuerpos constitucionales en el caso de España

se organiza territorialmente en Municipios, Provincias y comunidades

autónomas, en cambio en el caso de Perú: El territorio de la República está

integrado por regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas

circunscripciones se constituye y organiza el gobierno a nivel nacional,

regional y local, en los términos que establece la Constitución.

BILIOGRAFIA:

Fuentes libros:

R. Pérez Bustamante, E. Álvarez Conde , La Constitución Europea:

texto integral de la Convención Europea; estudio introductorio,

comentarios y fuentes, Valencia: Tirant lo Blanch, 2004

Page 55: Monografia Acerca Del Ordenamiento Constitucional Español

Labastida Horacio, Las Constituciones Españolas, Editorial Fondo de

Cultura Económica, México ,1ra Edición 1994

Francisco Fernández Segado, Estudios Jurídico Constitucionales,

Editorial Instituto de Investigaciones Jurídicas, México, 1ra Edición

2003

Antonio Colomer Viadel, Estudios Constitucionales, Editorial Instituto

de Investigaciones Jurídicas, México, 1ra Edición 1994

Aurora, Miguel Alonso, Fuentes para la historia del

Constitucionalismo Español. Editorial UNIVERSIDAD

COMPLUTENSE DE MADRID, Madrid , 1era edición 2005

Fuentes páginas web:

Constitución del año 1856, conocida como la “Constitución non nata”.

FUENTE (http://www.fuenterrebollo.com/1856/menu.html)

Constitución Española de 1978 y su Reglamento