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OBJETO: SELECCIONAR AL CONTRATISTA QUE REALICE LA INTERVENTORÍA INTEGRAL DEL
CONTRATO QUE RESULTE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA No. 6 DE 2017, QUE TIENE POR OBJETO
SELECCIONAR AL OFERENTE QUE POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS REALICE ELMANTENIMIENTO Y LAS REPARACIONES LOCATIVAS DE LAS OFICINAS 10 A, B, C y D UBICADAS EN
EL DÉCIMO PISO DEL EDIFICIO BANCO POPULAR LOCALIZADO EN LA CARRERA 44 No. 38-11 DEBARRANQUILLA (ATLÁNTICO)
Octubre 2017
ContenidoFUNCIONES DE LA INTERVENTORIA 21. ACTIVIDADES GENERALES DE LA INTERVENTORIA 2
1.1. Pliego de Condiciones y contrato 2
1.2. Riesgos 21.3. Programación de obra y diagrama de ruta crítica para la ejecución de la obra 2
1.4. Presupuesto y cantidades de obra 2
1.5. Informes 3
1.6. Incumplimientos 3
1.7. Denunciar ¡Error! Marcador no definido.
1.8. Reuniones y actas 3
1.9. Relaciones 4
1.10. Administrar bienes 4
1.11. Sistema de control de compras 4
1.12. Sistema de información 4
1.13. Preliminares 4
2. ACTIVIDADES TÉCNICAS 6
2.1. Revisión y análisis de especificaciones y planos 6
2.2. Preliminares 7
2.3. Equipo de trabajo 7
2.4. Ejecución obra 7
2.5. Reclamaciones 7
2.6. Consultas ¡Error! Marcador no definido.
2.7. Comités 8
2.8. Documentos 8
2.9. Mediciones y revisiones de cantidades de obra 8
2.10. Revisiones finales 8
2.11. Entrega de obra al contratante 8
3. ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS, FINANCIERAS Y CONTABLES 8
3.1. Revisión del contrato de obra 8
3.2. Revisión de pólizas 9
3.3. Expediente del contrato 9
3.4. Definición, flujo de documentos y correspondencia 9
3.5. Supervisión del recurso humano 10
3.6. Gestión financiera 10
3.7. Precios y adiciones 10
3.8. Plazo, prórrogas y suspensiones 11
3.9. Seguimiento a proveedores 11
3.10. Revisión y aprobación de acta final de obra 11
3.11. Liquidación 11
3.12. Sub-contratación 12
4. ACTIVIDADES JURÍDICAS 12
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ANEXO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y/O PLAN DE CARGA INTERVENTORÍA
FUNCIONES DE LA INTERVENTORÍA
La interventoría será integral y se hará de manera presencial a través del personal asignado por el contratistaexterno escogido. En esta, se debe ofrecer además de la aplicación de todos los recursos y sistemas utilizadospara la ejecución del contrato, la implementación de un plan de calidad con el que se pueda realizar un efectivoseguimiento de las actividades contratadas.
La interventon'a comprenderá, además de la gestión técnica, el control administrativo, financiero, contable yjurídicodel contrato de obra, por lo cual, deberá apoyar, asistir y asesorar a La Entidad, en todos los asuntos que se
susciten durante la ejecución de las obras, suministrando oportuna información sobre los mismos, preparando los
documentos que al respecto se requieran y rindiendo los conceptos y evaluaciones que sobre la materia se lesoliciten. Esta gestión se debe llevar a cabo en las fases de ejecución del contrato de obra: PRELIMINARES E
INICIACIÓN DEL CONTRATO; DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE LA OBRA Y RECIBO ENTREGA DE LA OBRA.
Además de las funciones generales, administrativas, técnicas, financieras y de carácter operativo que se indicanen el Manual de Contratación de la entidad, el cual se debe consultar por parte del interventor en la página web de
la Procuraduría link https://www.procuraduria.qov.co/portal/media/file/contratacion/manual de contratacion.pdf,conforme a la Guía que presenta Colombia Compra Eficiente para el ejercicio de las funciones de supervisión e
interventoría de los contratos suscritos por las Entidades Estatales1, el interventor debe cumplir con las siguientesactividades generales y seguimientos:
1. ACTIVIDADES GENERALES DE LA INTERVENTORÍA
La interventoría deberá suministrar oportuna información, preparar los documentos que se requieran y rendir los
conceptos y evaluaciones que le sean solicitados siguiendo los lineamientos descritos a continuación:
1.1. Pliego de Condiciones y contrato
Deberá conocer por completo y de forma detallada el Pliego de Condiciones de la Licitación Pública No. 6
de 2017, sus adendas y aclaraciones, de la propuesta presentada por el proponente adjudicatario de la
misma y de cualquier otro documento que haga parte del contrato que se suscriba así como conocer y
entender los términos y condiciones del contrato. Identificar las necesidades de cambio o ajuste y revisar
el curso de acción de las partes. Revisar si la ejecución del contrato cumple con los términos del mismo y
las necesidades de la Entidad y actuar en consecuencia de acuerdo con lo establecido en el contrato.
1.2. Riesgos
Advertir oportunamente los Riesgos que puedan afectar la eficacia del contrato y tomar las medidas
necesarias para mitigarlos.
1.3. Programación de obra y diagrama de ruta crítica para la ejecución de la obra
La interventoría debe realizar seguimiento a la programación de trabajo con el fin de verificar si las
actividades se están ejecutando en los tiempos establecidos inicialmente. Para lo anterior, deberá tener
en cuenta el cronograma de obra, presentado por el contratista al que se le adjudique la nombrada
Licitación Pública. Se debe presentar la programación en sistema Project y/o similar, incluyendo el
suministro de bienes para desarrollar la totalidad de las actividades del proyecto. Ast mismo, debe
presentar programa de trabajo e inversiones en donde indicará por capítulos día a día y por semanas, el
compromiso de avance sobre las actividades físicas y financieras del proyecto. Este cronograma y
programa de trabajo debe ser actualizado, según los períodos de seguimiento establecidos en el numeral
1.5 Informes del presente documento. Esto con el fin de contar con información confiable y verídica sobre
los avances de la obra. Como consecuencia de lo anterior, se deben establecer los incumplimientos y
recomendar las sanciones y correctivos que a ellos corresponden.
1.4. Presupuesto y cantidades de obra
Conjuntamente con el control del programa de ejecución de obra se llevará un control de inversión.
Después del análisis detallado del pliego de condiciones, el contrato y sus respectivos anexos, se
verificarán con el contratista y en el sitio de los trabajos, las cantidades reales de obra ejecutadas, para
registrar posteriormente las variaciones entre el proyecto inicial y lo real y finalmente ejecutado en la obra.
1 Mlps://www.colombiacompra.qov.co/sites/cce public/files/cce documents/quia supervisión interventoria r.pdf - consulta del 10 de octubre de 2017 a las 5:52p.m.
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En consecuencia el Interventor deberá revisar cuidadosamente el presupuesto de la obra, las
especificaciones técnicas de construcción y los detalles suministrados por la PROCURADURÍA, así como
aquellos que el contratista en cumplimiento de la ejecución del contrato se encuentre en obligación de
elaborar.
1.5. Informes
a. Bitácora del contrato: En el lugar donde se ejecute el contrato objeto de interventoría, existirá un
libro de control y órdenes de interventon'a o bitácora de obra, en el cual quedará constancia de todo
lo pertinente a la marcha de los trabajos. Este libro será suscrito por el contratista de obra o sus
representantes y por el interventor del contrato, y su residente.
b. Informes de avance: La interventoría debe contar con documentos escritos que hagan las veces de
memorias, en los que se evidencia el porcentaje de obra programada y porcentaje de obra ejecutada,
porcentaje de posible atraso, causas y soluciones. Estas memorias deben tener concordancia con lo
registrado en la Bitácora del contrato y deben presentarse a la supervisión de la Entidad
semanalmente a nivel de informe, en comité previamente programado y coordinado por la
interventoría, sujeto a disponibilidad de la supervisión del contrato y a ser realizado en las
instalaciones de la entidad en la ciudad de Bogotá. Este informe será el comprobante para verificar
el cumplimiento de la ejecución del contrato de interventoría. El informe debe explicar cada
componente de obra desglosado en sus respectivas actividades e incluir cantidades, y
especificaciones. A su vez, cada actividad debe contener un registro fotográfico, un registro en
planos, y un registro de las mediciones realizadas que evidencie el porcentaje de ejecución del
contrato de obra objeto de vigilancia y control, su antes y después. El avance de cada actividad debe
coincidir con la programación de la obra y sus actualizaciones. De igual forma estos informes deberán
presentar en forma detallada el control de presupuesto, control de calidad de mano de obra, control
de calidad de materiales e insumos, control de calidad de actividades ejecutadas, recomendaciones
de obra, manejo ambiental, seguridad industrial, aprobación de áreas disponibles para trabajar, y
toda la información que se requiera para el correcto avance del proyecto, de tal manera que
identifique oportunamente alteraciones al programa en tiempo y ejecución, costos de obra y
suministros.
Si se presentan situaciones dentro de la ejecución de la obra que impliquen cambios en las
actividades realizadas, sus cantidades, sus especificaciones o cualquier otro estos se deben estar
debidamente soportados yjustificados en las memorias, planos, registro fotográfico y en los informes
que la Interventoría del contrato entrega a la Entidad.
c. Informe mensual: A forma de resumen de los informes semanales, la interventoría debe presentar
un informe mensual de cada uno de los componentes de obra, su actividades con su respectivo
porcentaje d ejecución, situaciones presentadas y sus soluciones y acuerdos.
d. Informe Final: La interventoría levantará y entregará a la PROCURADURÍA el informe final de obra
que contenga entre otros los siguientes documentos: Memorias descriptivas, reseña fotográfica con
el antes el durante y el después de la ejecución de las obras, presupuesto real, cuadro de relación
de obras ejecutadas con sus respectivas especificaciones y recomendaciones técnicas, planos de
obra ejecutada, pólizas actualizadas, entre otros y que debe estar basado y ser coherente con lo
registrado tanto en la Bitácora, como en los informes semanales.
e. Formatos: Es necesario que la ¡nterventoría coordine con el contratista de obra y con la supervisión
del contrato de interventoría los formatos necesarios para llevar a cabo las actas de inicio, parciales
o avances de obra, final de obra, de terminación, de recibo a satisfacción y liquidación del contrato,
así como los informes a presentar.
1.6. Incumplimientos y denuncias
■ Informar a la Entidad Estatal de posibles incumplimientos del proveedor o contratista, elaborar y
presentar los soportes correspondientes.
■ Informar y denunciar a las autoridades competentes cualquier acto u omisión que afecte la moralidad
pública con los soportes correspondientes.
1.7. Reuniones y actas
Solicitar los informes necesarios y convocar a las reuniones requeridas para cumplir con su función.
Suscribir las actas generadas durante la ejecución del contrato para documentar las reuniones, acuerdos
y controversias entre las partes, así como las actas parciales de avance, actas parciales de recibo y actas
de recibo final
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1.8. Relaciones
Manejar la relación con el proveedor o contratista y administrar e intentar solucionar las controversias entrelas partes.
1.9. Administrar bienes
Organizar y administrar el recibo de bienes, obras o servicios, su cantidad, calidad, especificaciones ydemás atributos establecidos en los documentos del Proceso.
1.10. Sistema de control de compras
Revisar que la planeación de compras de los materiales e insumos que se requieren para la ejecuciónde la obra esté acorde con la programación de obra.
1.11. Sistema de información
El archivo de correspondencia procesado durante el desarrollo del contrato de obra en ejecución, será
centralizado en las oficinas de la interventoría y dado a conocer a la Procuraduría en forma inmediata para loque se tendrá en cuenta:
a. Recibo de correspondencia del contratista
La correspondencia será recibida y radicada en las oficinas de la interventoría y/o enviadas al correoelectrónico del interventor. Las comunicaciones que no cumplan con este procedimiento se darán por no
recibidas. Esta correspondencia se registrará en un formato diseñado por el interventor externo.
De acuerdo con la naturaleza de la comunicación recibida, el residente de interventoría después deevaluarla y analizarla, procederá a dar respuesta por escrito y por vía telefónica cuando lo amerite, en
ausencia de este, lo hará cualquiera de los asesores de la interventoría.
b. Emisión y remisión de correspondencia al contratista
La correspondencia de la interventoría al contratista será dirigida con la firma del Representante Legal, y
en ausencia de aquel por el residente de Interventoría. Esta correspondencia se registrará en un formato
igualmente diseñado por el interventor.
De manera adicional, podrá ser enviada esta correspondencia por E-mail o vía fax o por cualquier otro
medio.
c. Generalidades
Toda la documentación que se genere en el desarrollo de la interventoría será archivada en forma ordenada
y cada carta y documento que se emita tendrá un número de referencia para facilitar el control y respuesta
de la misma.
Una copia de los originales de la correspondencia del interventor irá al representante de la
PROCURADURÍA.
Toda instrucción o información relacionada con la obra que se haga vía telefónica o verbalmente en
reuniones deberá ser confirmada por escrito.
d. Documentación
Las actas de las reuniones entre el interventor, la PROCURADURÍA o su representante y el contratista de
obra serán elaboradas por el interventor, salvo que la Entidad especifique otra cosa y se identificarán como
Actas de Reunión o de Comité de Obra y se enumerarán de manera consecutiva, de acuerdo al tipo de
reunión.
1.12. Preliminares
El proponente al que se le adjudique el contrato, entregará al interventor seleccionado por la Procuraduría,
para su aprobación, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de firma del contrato y como
requisito previo para la iniciación de las obras del objeto contractual, los siguientes documentos, los cuales
serán aprobados por el interventor y el supervisor dentro de ese mismo plazo: a) Análisis e precios unitarios
b) Cronograma de trabajo c)Horario de los trabajos y normas de salud ocupacional d) Disposición de residuos
y materiales sobrantes, planes de movilidad y manejo ambiental e) Acreditación del personal ofrecido e) Plan
de manejo y correcta inversión del anticipo f) solicitado en el numeral 3 IMPACTO SOCIAL, ECONÓMICO Y
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AMBIENTAL DEL PROYECTO, 3.7 SOCIAL
a. Análisis de precios unitarios
Los análisis de precios unitarios para cada uno de los ítems que componen las diferentes especialidades del
proyecto obra civil; oficina abierta e instalaciones eléctricas no reguladas, sistema de aire acondicionado,
cableado estructurado, redes eléctricas reguladas, equipos activos y ups
b. Cronograma de trabajo
Se debe presentar la programación en sistema Project y/o similar, incluyendo el suministro de bienes para
desarrollar la totalidad de las actividades del proyecto.
Así mismo, debe presentar programa de trabajo e inversiones en donde indicará por capítulos día a día y por
semanas, el compromiso de avance sobre las actividades físicas y financieras del proyecto.
Este cronograma y programa de trabajo debe ser actualizado, según los períodos de seguimiento que se
acuerden conjuntamente entre Contratista y la Interventoría al iniciar la obra. Esto con el fin de contar con
información confiable y verídica sobre los avances de la obra.
Este cronograma debe ser acorde a lo solicitado en el numeral 3.1 del capítulo 3 IMPACTO SOCIAL,
ECONÓMICO Y AMBIENTAL DEL PROYECTO.
c. Horario de los trabajos y normas de salud ocupacional
Los proponentes tendrán en cuenta que las áreas a intervenir están desocupadas por lo tanto deberán
considerar los horarios, traslados y cerramientos que correspondan para llevar a cabo las obras generando el
menor impacto posible. Así mismo, con la debida antelación deberá presentar ante la Interventoría los listados
de personal que ingresarán al inmueble, así como los materiales y equipos que utilizará en desarrollo de los
trabajos.
Para lo anterior tendrá en cuenta las siguientes recomendaciones:
El contratista contará con un programa de salud ocupacional, adaptado a las características de una empresa
de construcción. De conformidad con lo establecido en la Resolución 1016 de 1989, expedida por los Ministerios
del Trabajo y Seguridad Social y de Salud y el Decreto 1072 de 2015 por medio del cual se expide el Decreto
Único Reglamentario para el Sector Trabajo capítulo 4 Titulo 6 implementación del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). De acuerdo con lo establecido en la resolución 1111 de 2017 este
programa debe estar coordinado por un profesional o tecnólogo con licencia para prestar servicios en Salud
Ocupacional.
Una vez legalizado el contrato, para la ejecución de las actividades, el contratista para poder dar inicio a las
mismas entregará para la aprobación de la Interventoría, los siguientes documentos: cronograma del programa
de salud ocupacional, en el que se establezca la fecha de realización de las siguientes actividades:
i. Inspecciones planeadas en la ejecución de las obras y en especial de la implementación de nuevos
procesos (demolición, excavación, instalación de redes, etc.). Las inspecciones incluirán la supervisión de
condiciones de seguridad, la conservación de los elementos de prevención y atención de emergencias
(señalización, áreas de circulación, ubicación de extintores, etc.) y el comportamiento seguro.
¡i. Evacuación: Si para algún proceso de intervención del inmueble se alteraran rutas de evacuación, áreas
de circulación, señalización de extintores, se comunicará a todos los servidores y particulares que se
encuentren en el lugar de los trabajos, capacitándolos respectos de los cambios efectuados.
iii. Señalización: El contratista señalizará debidamente el lugar de la intervención, previniendo de las
actividades a ejecutar en cada espacio y de los cuidados que se deben tener respecto a las mismas.
Las áreas de trabajo deben estar aisladas, tanto a nivel del piso como en su altura para impedir el acceso y para
proteger contra caída de materiales.
iv. Emergencias: el contratista conformará su propia brigada de emergencia y verificará su participación
dentro del plan de emergencia de la dependencia. Así mismo, contará con un listado actualizado de las
EPS y ARP de los trabajadores a su cargo y un responsable capacitado en la aplicación de primeros
auxilios, quien deberá contar con el botiquín correspondiente.
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v. Capacitación: el contratista contará con un profesional o tecnólogo con licencia para prestar servicios ensalud ocupacional el cual efectué la capacitación de los trabajadores a su cargo en lo pertinente a laseguridad industrial y manejo de riesgos, que lidere las inspecciones planeadas.
vi. Seguridad: El personal del contratista utilizará durante la ejecución de los trabajos las herramientas,equipos e implementos de seguridad requeridos de acuerdo con las normas técnicas. No se podráningresar bebidas alcohólicas ni armas a las instalaciones de la Entidad. Igualmente se encuentra prohibidofumar. Todo el personal, tanto operativo, técnico y profesional debe contar con certificado para trabajoseguro en alturas.
Los proponentes dentro de su propuesta se comprometerán a adoptar todas las medidas que garanticen elbienestar y la seguridad de sus trabajadores.
d. Disposición de residuos y materiales sobrantes, planes de movilidad y manejo ambiental
Para el retiro de escombros se exigirá que el Contratista presente al Interventor una certificación de que laescombrera a donde se llevarán estos residuos sobrantes y basuras de la obra está debidamente autorizadapor la autoridad competente.
Igualmente para el movimiento de los escombros de la obra y el suministro de los materiales constructivos, elcontratista deberá elaborar y presentar a consideración de la Interventoría un Plan de Movilidad que regule eltránsito vehicular.
Así mismo el Contratista deberá presentar e implementar un plan de manejo ambiental para controlar y/o mitigaraquellos aspectos generados por la ejecución de las diferentes actividades de la obra, relacionados con ruidosde alta frecuencia, malos olores, partículas de polvo y todos aquellos que en determinado momento puedan
afectar la tranquilidad y la salubridad del sector, teniendo en cuenta la normatividad vigente a nivel nacional ydistrital sobre la materia. Dichos planes deberán ser previamente aprobados por la supervisión.
e. Acreditación del personal ofrecido
Para la aprobación de la Interventoría, previo a la suscripción del acta de inicio, el proponente al que se leadjudique el contrato debe acreditar el personal técnico mínimo exigido en el presente estudio.
f. Plan de manejo y correcta inversión del anticipo
El contratista debe indicar la forma en que se invertirá el anticipo, presentando para el efecto el plan de manejoy correcta inversión del mismo.
2. ACTIVIDADES TÉCNICAS
2.1. Revisión y análisis de especificaciones y planos
El interventor deberá hacer una revisión cuidadosa de todos los documentos suministrados por la
PROCURADURÍA, que sirven para adelantar el contrato de obra, así como de aquellos que el contratista en
cumplimiento de la ejecución del contrato se encuentre en obligación de hacerlo. Esta labor tiene por objeto lograr
el conocimiento detallado de todos las actividades a llevar a cabo, planos de obra, así como de todas las
especificaciones técnicas del proyecto, lo cual, es benéfico para la reducción de tiempos de ejecución de obras
contempladas, lo cual se debe coordinar conjuntamente con el contratista de obra y los funcionarios de la Entidad
designados para la supervisión de la interventoría.
Verificar los cerramientos y el trámite de los permisos correspondientes por parte del contratista para su personal
de obra, antes del inicio de las mismas.
Deberá ejecutar todas las actividades necesarias para garantizar todo lo ofertado por el contratista de obra en su
oferta. Después del estudio detallado del proyecto, del cronograma de trabajo y especificaciones, el interventor
procederá a informar al contratista las observaciones encontradas.
Verificará el estricto cumplimiento de los diseños, especificaciones y procedimientos constructivos recomendados
en los proyectos arquitectónicos y de instalaciones técnicas, así como el cumplimiento de las normas técnicas
aplicables y las diligencias que ejecute el contratista ante las entidades de cada municipio con el fin de lograr la
correcta instalación de los servicios hidráulicos, eléctricos y cualquier otro contemplado en el contrato de ejecuciónde obra.
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El interventor debe estudiar las solicitudes y requerimientos técnicos del contratista y dar recomendaciones a la
Entidad Estatal sobre el particular. De igual forma rechazar los trabajos que se ejecuten en forma indebida o
ineficiente, ordenando su correspondiente corrección
Tomando como base los pliegos de condiciones y el contrato de obra, cuando sean requeridas en el transcurso de
la obra modificaciones a las especificaciones o cambios en las mismas, el interventor hará los estudios del caso
para solicitar las autorizaciones respectivas a la PROCURADURÍA de las variaciones pertinentes, acompañando
las justificaciones correspondientes y coordinando los detalles que resulten de dichos cambios, dejando constancia
por escrito de las variaciones aprobadas y de las modificaciones en costo que estas impliquen (Balance de Obra).
Sin embargo ninguna de estas modificaciones podrá ejecutarse hasta tanto no se tenga aprobación y/o autorización
expresa o suscrita por parte de la ordenadora del gasto de la Entidad.
Para la aprobación por parte de la PROCURADURÍA, se prepararán y revisarán los cuadros comparativos para
cambios de especificaciones y/u obras no previstas y, en caso tal de que alguna actividad no cumpla con lo
requerido, ordenara la reconstrucción y/o eliminación de obras defectuosas sin que esto genere sobrecostos para
la Entidad y con cargo al contratista de obra cuando asi lo amerite.
2.2. Preliminares
Antes del inicio de las actividades de obra, el interventor debe verificar la ubicación de los campamentos y
de los sitios de almacenamiento de materiales de obra y en general todas las actividades preliminares de
la construcción.
2.3. Equipo de trabajo
Revisar que las personas que conforman el equipo del contratista cumpla las condiciones ofrecidas de
acuerdo con lo previsto en el contrato y exigir su reemplazo en condiciones equivalentes cuando fuere
necesario.
2.4. Ejecución obra
A medida que avance la ejecución de la obra el interventor debe verificar que los materiales y mano de
obra con los que se realizan las diferentes actividades sean de primera calidad, estén conformes con las
normas y especificaciones establecidas en los planos, cantidades de obra y pliegos de condiciones de la
Licitación 6 de 2017, que hayan servido de base para la adjudicación del contrato de obra, así como
verificar la correcta instalación, configuración y puesta en funcionamiento de los componentes o repuestos
de redes eléctricas reguladas y no reguladas y/o cableado estructurado
Para cumplir con lo anterior se deben ordenar todos los análisis y pruebas de laboratorio que sean
requeridos para establecer exactamente la buena calidad de los materiales e insumos a emplear y con
base en los resultados de los mismos, proceder a su aprobación si son satisfactorios y llenan todos los
requisitos exigidos. Para ensayos o pruebas de materiales o insumos, se deberán usar las metodologías
o protocolos estipulados en sus códigos respectivos. Copias de los resultados de todas y cada una de
estas pruebas o ensayos serán remitidos al supervisor del contrato, discriminando la ubicación, el orden y
la fecha en los cuales se ejecutaron.
De igual forma debe verificar que el contratista de obra cuente en la obra con el equipo y la maquinaria
necesarios, los cuales cual deberán estar en perfectas condiciones de servicio, exigiéndolos si faltaren o
si se hallaren en mal estado que sean reparados o cambiados en el menor tiempo posible para permitir
una correcta ejecución de la obra
Si los resultados de las actividades ejecutadas no son satisfactorios, el interventor debe ordenar la
remoción y el remplazo de obra mal ejecutada o no aprobada, fijando para el efecto un plazo determinado
mediante comunicación escrita.
2.5. Consultas y Reclamaciones
■ Resolver consultas sobre la interpretación de planos arquitectónicos o de localización o de
diagrama de labores, estado actual de la edificación y especificaciones técnicas contenidas en el
Pliego de Condiciones de la licitación para la contratación de la obra a intervenir.
■ El interventor debe atender las reclamaciones, sugerencias y demás solicitudes elevadas por el
contratista de obra, resolviendo aquellas que sean de su competencia y dando traslado a las que
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t
no lo sean, adjuntando su concepto al respecto.
2.6. Comités
■ Coordinar y programar los comités técnicos de obra y/o administrativos periódicamente (y deauerdo a la presentación de lo informes semanales y mensuales) y citar a estos al contratista deobra y al(os) supervisor(es) del contrato de interventoría.
■ Elaborar y registrar en estricto orden cronológico las actas de comité de obra, donde se consignenlos criterios, razones y/o conveniencia para las decisiones tomadas
2.7. Documentos
Elaborar, con base en los cortes mensuales de obra, las Actas de Recibo Parcial de Obra, las cualessuscribirá conjuntamente con el contratista de obra. El valor de estas actas no podrá ser inferior al
porcentaje estipulado en contrato y las copias de estas actas deberán ser remitidas a la supervisión del
contrato. Apoyar técnica y económicamente a la entidad en la proyección de los actos administrativos quedeban expedirse en ejecución del contrato.
2.8. Mediciones y revisiones de cantidades de obra
Conjuntamente entre el residente de la obra y el residente de interventoría, se efectuarán las medicionesy las recepciones parciales de obra que servirán de base para las Actas de Recibo Parcial y Final de Obra.De éstas se llevará una relación basada en el seguimiento de los formatos que deben llenarse para elefecto.
2.9. Revisiones finales
A la terminación de cada uno de las actividades, se debe efectuar una inspección a la obra, que servirá
para elaborar las actas parciales y el Acta de Recibo Final de entrega de la Obra. Constatar, una vez
recibida la comunicación del contratista de obra sobre la fecha de entrega final de la obra, el estado de la
misma y ordenar el arreglo o reconstrucción de toda la obra o montaje que encuentre deficiente o
defectuoso. Si llegare a existir duda sobre resistencia de algún elemento a instalar, podrá ordenar la
correspondiente prueba, la cual estará a cargo del contratista. Copia de la comunicación citada deberá
remitirla al supervisor del contrato de Interventoría, así como de las pruebas realizadas si tuviere lugar,
junto con los respectivos resultados.
Igualmente para la finalización de la obra se debe exigir al contratista los planos de la obra ejecutada,
memorias y/o manuales de operación, que incluyan las descripciones reales de las características técnicas
y físicas de los bienes y acabados finalmente instalados en la obra.
Elaborar y firmar conjuntamente con el contratista de obra y el supervisor del contrato de interventoría, el
Acta de Recibo Final de Obra. En esta Acta se hará constar el estado en que se recibe la obra contratada,
el valor final del contrato incluyendo los reajustes o revisiones de precios y los datos que exija el Estatuto
contractual vigente.
2.10. Entrega de obra al contratante
Una vez que hayan ejecutado las reparaciones y ajustes resultantes de las observaciones del interventor
a la obra, éste efectuará el Recibo Final de las obras al contratista, recibiendo las llaves de las oficinas y
dejando las constancias que sean necesarias en actas, si fuere necesario. El inmueble o la sede respectiva,
junto con todos los bienes instalados, quedará a cargo del interventor del contrato, hasta tanto se haga la
entrega formal al representante de la PROCURADURÍA, la cual debe ser acordada con anticipación.
Se debe entregar a la PROCURADURÍA la obra y el informe final con los documentos y actas estipuladas en elcontrato.
3. ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS, FINANCIERAS Y CONTABLES
3.1. Revisión del contrato de obra
El interventor debe efectuar una revisión de los documentos del contrato de modo que sea conocido a fondo
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por el personal vinculado y responsable de su ejecución, de acuerdo con las condiciones exigidas en el pliego
de condiciones.
De igual forma debe estudiar y tramitar las solicitudes presentadas en el curso de la ejecución del contrato a
la mayor brevedad posible, evitando que se configure el silencio administrativo positivo previsto por el artículo
25 numeral 16 de la Ley 80 de 1993 y de las sanciones que ello conlleva.
3.2. Revisión de pólizas
Ei interventor debe mantener un control y seguimiento estricto a la vigencia de las pólizas, en concordancia
con lo establecido en el contrato de obra y debe revisar e informará a la PROCURADURÍA oportunamente
sobre las condiciones y vencimiento de las pólizas en relación con la obra.
La interventoría revisará y solicitará al contratista la actualización de las pólizas que el contrato exija, mantener
vigentes los amparos, conforme a los términos del mismo y el valor final de la obra. De igual forma y cuando
se considere necesario, debe elaborar la documentación y el soporte necesario frente a la necesidad de hacer
efectivas las garantías del contrato.
De la misma manera el Interventor deberá actualizar las pólizas de su contrato y mantener vigente los amparos,
conforme a los términos del mismo.
3.3. Expediente del contrato
Revisar que el expediente electrónico o físico del contrato esté completo, sea actualizado constantemente y
cumpla con la normativa aplicable. El interventor deberá verificar que en la carpeta del contrato que reposa en
la entidad, se encuentren como mínimo los siguientes documentos, siempre y cuando apliquen:
a) Contrato debidamente legalizado, con todos sus antecedentes.
b) Cronograma de actividades.
c) Garantías del contrato.
d) Acta de aprobación de las garantías contractuales.
e) Acta de inicio.
f) Actas de suspensión y reiniciación, cuando sea del caso.
g) Comunicaciones a la compañía aseguradora o al garante, sobre el inicio del contrato, o la suspensión o
reinicio del mismo.
h) Documentos soporte de prórroga, adición o modificación del contrato.
i) Documentos soporte de la autorización de trabajos o actividades adicionales.
j) Informes de supervisión y/o interventoría.
k) Informes de ejecución del contratista de acuerdo con la periodicidad pactada en el contrato.
I) Acta de entrega y recibo final.
m) Acta de liquidación.
n) Actas parciales con sus anexos
o) Demás documentos relacionados con la ejecución del contrato que se consideren importantes a juicio del
supervisor y/o interventor.
NOTA: Sobre las actas de recibo de contratos de obra y en cumplimiento del mandato legal o contractual, se
deben calcular los efectos presentados en el valor de las obras ejecutadas por causa de las variaciones de los
costos de los insumos de la construcción dentro de los procesos inflacionarios de la economía. Normalmente
se calculan con base en fórmulas o procesos matemáticos estipulados contractualmente con miras a
restablecer el equilibrio o ecuación contractual.
3.4. Definición, flujo de documentos y correspondencia
•Preparar y entregar los informes previstos y los que soliciten los organismos de control.
• Revisar que la Entidad Estatal cumpla con los principios de publicidad de los Procesos de Contratación y de los
Documentos del Proceso.
• Suministrar mensualmente informes de todos los accidentes de trabajo.
• Consignar en la respectiva acta todos los convenios, acuerdos y pactos que sean necesarios y convenientes para
el normal desarrollo de lo contratado y en defensa de los intereses de la Entidad representada en el Grupo de
Inmuebles y/o funcionario que el Ordenador del Gasto designe.
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3.5. Supervisión del recurso humano
• El interventor debe cumplir las disposiciones legales sobre contratación del personal colombiano y extranjero y
pagar por su cuenta, de todos los salarios y prestaciones sociales de Ley. El contratista interventor cametizará atodo su personal de la interventoría presente en obra.
• De igual forma debe verificar el cumplimiento de las obligaciones del contratista en materia de seguridad social,salud ocupacional, planes de contingencia, normas ambientales, y cualquier otra norma aplicable de acuerdo conla naturaleza del contrato. El interventor verificará que el personal cuente con la debida documentación actualizadaque certifique su incorporación al Sistema de Aportes a la Seguridad Social.
• Tomar las precauciones necesarias para la seguridad del personal a su cargo o servicio y de los transeúntes, deacuerdo con las reglamentaciones vigentes en el país.
• Verificar y controlar la vinculación del personal propuesto para la ejecución de toda la obra, de acuerdo con la
calidad requerida y solicitar los cambios que fuesen necesarios o su incremento para el normal desarrollo de loscontratos.
• Conceptuar sobre los cambios en el personal ofrecido, verificando que los remplazos propuestos igualen osuperen las condiciones académicas y profesionales pactadas.
• El contratista interventor verificará que se realicen a tiempo los pagos de nómina tanto del personal del contratistaque ejecuta la obra como del personal propio del equipo de trabajo de interventoría.
• El interventor deberá promover, impulsar y atender la participación ciudadana, recibiendo la información
suministrada a través de este medio y trasmitiéndola a la supervisión del contrato para un mejor desarrollo de losproyectos.
3.6. Gestión financiera
• Hacer seguimiento de la gestión financiera del contrato por parte de la Entidad, incluyendo el registro
presupuestal, la planeación de los pagos previstos y la disponibilidad de caja.
• Documentar los pagos y ajustes que se hagan al contrato y controlar el balance presupuestal del contrato para
efecto de pagos y de liquidación del mismo.
• Verificar la entrega de los anticipos pactados al contratista, y la adecuada amortización del mismo, en los términosde la ley y del contrato.
• Una vez adjudicado el proceso, es requisito para el desembolso del valor del anticipo que el contratista de obra
certifique la constitución de la fiducia, teniendo en cuenta que la Entidad solamente hará este desembolso a nombre
de dicha Fiducia, lo cual, deberá ser supervisado por el interventor. Será causal de incumplimiento de su respectivo
contrato, que el contratista de obra no celebre el encargo fiduciario.
• El interventor del contrato deberá tramitar la cuenta final de pago de la obra, ante las dependencias competentes
(Grupo de Almacén e inventarios y Grupo de Cuentas), elaborando y suscribiendo las certificaciones, actas de
recibo final y comunicaciones que sean necesarias ante el Grupo de Almacén e Inventarios de la Entidad, así como
toda la documentación que se requiera para iniciar los trámites correspondientes. También es deber del interventor
velar por el pronto trámite de la cuenta y estar pendiente de cada uno de los pasos y revisiones que se hagan en
cada una de las dependencias respectivas. El interventor deberá solicitar al contratista todos los documentos que
sean necesarios, como facturas, actas, certificaciones de pago de aportes parafiscales y seguridad social, copia
de la tarjeta profesional del contador que certifique los pagos de los aportes, copia del RUT, copia del registro
presupuestal, pólizas aprobadas por el ordenador del gasto actualizando vigencias con base en el acta de recibo
final, copia del contrato, y los demás que se requieran para poder radicar la cuenta.
Para ingresar las obras, muebles y equipos, ante el Grupo de Almacén e Inventarios, una vez suscrita el acta de
recibo a satisfacción, el interventor deberá elaborar y suscribir una comunicación anexando toda la documentación
mencionada, especificando las áreas y dependencias donde fueron realizadas las obras e instalados los equipos.
3.7. Precios y adiciones
•Suscribir, en el evento de requerirse obras complementarias o adicionales, en forma conjunta con el contratista
de obra y de forma previa a que se eleve la solicitud respectiva ante el ordenador del gasto, las Actas de Precios
no pactados, para los ítems cuyos valores no aparezcan en el presupuesto inicial, respaldadas por los respectivos
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análisis de precios unitarios, justificación técnica, presupuestal y jurídica, para remitirlos como parte integral de los
estudios que presente para la aprobación del ordenador del gasto, por intermedio de la supervisión del contrato
con la anticipación suficiente y contemplando si hubiere lugar a ello , el plazo adicional que pueda ser requerido.
Para las adiciones en valor debe darse estricto cumplimiento a lo regulado por el parágrafo del artículo 40 de la
Ley 80 de 1993, esto es, los contratos no podrán adicionarse en más del cincuenta por ciento (50%) de su valor
inicial, expresado éste en salarios mínimos legales mensuales, salvo en el evento previsto por el inciso primero del
articulo 85 de la Ley 1474 de 2011, que señala que al prorrogarse el plazo del contrato objeto de vigilancia, el
contrato de interventoría podrá ajustarse sin que resulte aplicable la limitación prevista por la citada norma. Para
efectos de determinar si se observa o no el tope máximo legal de la adición, bastará con traducir el valor del
contrato inicial a salarios mínimos legales mensuales vigentes para la fecha en que se celebró el contrato, pues
este último es el criterio adoptado por el artículo 24 de la Ley 80 de 1993. Vale decir entonces, que la adición no
se hará en términos del valor del contrato, sino de los salarios mínimos a que ascendía este; significa ello que el
tope máximo de la adición, no está dado por el valor del contrato, sino por su conversión a salarios mínimos legales
mensuales vigentes para la época en que se efectúa la adición, siendo esa la razón por la cual, en ocasiones la
adición puede superar el 50% del valor contable del contrato inicial.
• Recibido el contrato adicional o la orden escrita del Ordenador del Gasto, el interventor podrá ordenar la ejecución
de las obras que hayan sido contratadas adicionalmente. Para estas obras se deberá seguir exactamente el mismo
procedimiento descrito para las obras inicialmente contratadas, es decir se hará el control de calidad de los
materiales, mano de obra y de los elementos que se vayan a utilizar en su construcción y serán medidas y recibidas,
previa elaboración de los diarios de medidas y cortes mensuales, en Actas de Recibo. Estas Actas de Recibo de
obras contratadas adicionalmente, serán enumeradas en forma independiente a las actas de Recibo Parcial de
obra del Contrato Inicial o Principal, llevando además un orden consecutivo para cada uno de los tipos descritos
de obras (mayor cantidad de obra, obra complementaria o adicional). Copia de todos los formatos de Diario de
Medidas, Cortes Mensuales de Obra, Actas de Recibo, Pruebas y Ensayos de Laboratorio, etc., deberán ser
remitidas al supervisor del contrato.
3.8. Plazo, prórrogas y suspensiones
• Estudiar, en caso de solicitud de prórroga del plazo del contrato, la posibilidad de concesión de la misma, con o
sin aplicación de la sanción establecida, y remitir el estudio respectivo con concepto de la interventoría para la
revisión del supervisor, con una anticipación mínima de diez (10) días calendario antes del vencimiento del plazo
inicialmente establecido. Esta prórroga se entenderá efectuada una vez el ordenador del gasto suscribas la minuta
correspondiente.
• Suscribir, en caso de ser necesario, por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, el acta de Suspensión
Temporal del contrato, que deberá ser avalada con el visto bueno del supervisor del contrato de interventoría.
• Suscribir, una vez superadas las condiciones que generaron la suspensión del contrato, el Acta de Reiniciación
respectiva, conjuntamente con el contratista de obra y el supervisor del contrato de interventoría, dejando
constancia del tiempo total de suspensión temporal y del vencimiento final del contrato.
• Verificar que el contratista modifique la garantía única constituida para amparar el contrato en caso de suspensión,
suscripción de prórrogas, adiciones o modificaciones al mismo, así como la modificación del amparo de estabilidad
de obra a la fecha de recibo a satisfacción de la misma.
• Velar porque una vez terminado el plazo del contrato, no se continúe con la ejecución de la obra.
3.9. Seguimiento a proveedores
Se deberá efectuar visitas periódicas a los proveedores y subcontratistas de la obra, con el ánimo de verificar la
atención y cumplimiento de las obligaciones contraídas, para evitar atrasos o cambios de especificaciones. Este
mecanismo de control contribuye además a evitar dificultades en los suministros.
3.10. Revisión y aprobación de acta final de obra
Se revisará y aprobará el Acta Final de Obra, en la cual se presentará el balance final de la misma, dejando
constancia de aspectos que lo ameriten.
3.11. Liquidación
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• Elaborar, una vez sea recibida la obra, un Acta de Preliquidación Final del Contrato, basada en un cuadro general
de liquidación de obra en donde aparezcan todas las cantidades de obra recibidas y remitirlos a la supervisión del
contrato de interventoría. En esta acta se deberán discriminar todos los valores del contrato, por actas incluyendolas de reajustes o revisiones de precios.
• Elaborar, con base en el acta de preliquidación aprobada y aceptada, el acta de liquidación del contrato, suscritapor el contratista, el Interventor y el ordenador del gasto.
•Liquidar el contrato de obra pública dentro del tiempo establecido en el contrato y elaborar durante la marcha delcontrato, el cuadro de liquidación de obra, discriminando los ítems y las cantidades de obra recibidas en cada una
de las actas del contrato. Copias de estos formatos deberán ser remitidas por la Interventoría al supervisor delcontrato, una vez se suscriba el Acta de Recibo Final de Obra.
• Coordinar las instancias necesarias para adelantar los trámites para la liquidación del contrato y entregar losdocumentos soporte que le correspondan para efectuarla.
• Informar al almacén, para su correspondiente incorporación en el inventario, marcación y aseguramiento si es elcaso.
3.12. Sub-contratación
El residente de interventoría designado para el proyecto, es responsable del control de los subcontratistas, cuyosservicios utiliza el contratista para el desarrollo de la obra.
El contratista o sus representantes en la obra, si así los delega el primero son responsables de seleccionar a lossubcontratistas y de mantener la lista de subcontratistas aprobados.
Una vez evaluados y seleccionados los sub-contratistas por el respectivo contratista se establecerá una lista desub-contratistas aprobados.
El archivo del sub-contratista aprobado debe contener mínimo su nombre, identificación, dirección y teléfono
El residente de interventoría hace la solicitud para que subcontrate los servicios de un subcontratista ocasional,en caso de que sea necesario.
La persona autorizada para ordenar los servicios de un sub-contratista ocasional es responsable de la obtención
de los datos necesarios para justificar su selección. Tal información comprende: experiencia, capacidad jurídica,
recursos (humanos y/o materiales) disponibles para el servicio subcontratado, en caso de que se requiera.
El residente de interventoría ejercerá el control sobre los sub-contratistas, con el fin de observar el nivel de
desempeño durante la prestación del servicio.
4. ACTIVIDADES JURÍDICAS
El seguimiento jurídico del contrato busca la conformidad de la ejecución del contrato con el texto del contrato y la
normativa aplicable.
• El interventor debe informar oportunamente al ordenador del gasto, los atrasos que puedan dar origen a la
aplicación de sanciones, según lo establecido en el contrato y solicitar, cuando haya lugar, la aplicación de multas,
sanciones y declaratorias de incumplimiento a los contratistas, dando estricto cumplimiento al procedimiento
establecido por el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, con el apoyo del abogado, para llevar a cabo la audiencia.
En todo caso la interventoría debe elaborar un informe, estableciendo y justificando su concepto.
• Enviar a la respectiva compañía aseguradora copia de los requerimientos hechos al contratista para el
cumplimiento de las obligaciones contenidas en el contrato así como informar a la compañía aseguradora o garante
cualquier modificación que sufra el contrato y varíe las condiciones del riesgo: notificar por escrito al asegurador
los hechos o circunstancias no previsibles que sobrevengan con posterioridad a la celebración del contrato y que,
conforme al criterio consignado en el inciso primero del artículo 1058, del Código de Comercio signifiquen
agravación del riesgo o variación de su identidad local. (Artículo 1060 CCio).
• El interventor deberá hacer entrega de toda la documentación correspondiente del contrato a la Oficina Jurídica
para su correspondiente archivo en la carpeta original del mismo.
• Actividades denominadas de alto riesgo, la afiliación y el pago correrá por cuenta del contratante, así lo dispuso
la Ley 1562 de 2012, "Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en
materia de Salud Ocupacional".
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• Una vez ocurrido un siniestro, el interventor, según sea el caso, informará de inmediato o a más tardar al día hábil
siguiente de la ocurrencia, al ordenador del gasto, para que inicie las acciones correspondientes, contando para
ello con la asesoría de quien cumple con el rol jurídico en su grupo de profesionales
• Vigilar el cumplimiento por parte del contratista de las disposiciones legales de carácter laboral y exigir que se
apliquen las normas de seguridad industrial y salud ocupacional que sean de obligatorio cumplimiento, cuando por
el objeto del contrato haya lugar a ello.
•Cumplir estrictamente todas las obligaciones establecidas en la Ley 100 de 1993, sus decretos reglamentarios y
la Ley 789 de 2002. También deberá suministrar al supervisor por parte de la PROCURADURÍA la información que
éste requiera al respecto.
5. RESPONSABILIDADES DE LA INTERVENTORÍA
Adicional a la normativa aplicable, existen responsabilidades a nivel civil, fiscal, penal y disciplinario2.
A. Responsabilidad civil
Las personas son responsables de reparar el daño que han causado a otro. Esta responsabilidad trae consigo la
obligación de pagar una indemnización de perjuicios a quien ha sufrido el daño.
Los supervisores e interventores deben responder a través de la acción de repetición o el llamamiento en garantía3
cuando con ocasión de sus actos u omisiones hayan causado daño4.
El interventor o supervisor que no informe oportunamente a la Entidad Estatal del posible incumplimiento parcial o
total de obligaciones a cargo del contratista que vigila, puede ser considerado solidariamente responsable de los
perjuicios que se ocasionen con el incumplimiento 5.
Para que exista responsabilidad civil y pueda ejercerse cualquiera de las acciones antes mencionadas, es
necesario que la actuación del interventor haya sido dolosa o gravemente culposa.
B. Responsabilidad fiscal
La responsabilidad fiscal es imputable a los servidores públicos y a los particulares, cuando en el ejercicio de la
gestión fiscal causan de forma dolosa o culposa un daño al patrimonio del Estado6
La responsabilidad fiscal busca proteger los recursos públicos y garantizar la reparación de los daños causados
por el gasto público irregular7. Los administradores de recursos públicos son responsables fiscalmente y responden
con su patrimonio.
Los interventores pueden ser responsables fiscales cuando el incumplimiento de sus funciones de control y
vigilancia ocasiona un detrimento patrimonial para la Entidad Estatal.
La responsabilidad fiscal de los interventores se presume cuando: (i) hayan sido condenados penalmente o
sancionados disciplinariamente por los mismos hechos a título de dolo y (ii) omitan el cumplimiento de las
obligaciones propias de los contratos de interventoría o de las funciones de supervisión, de manera que no se
establezca la correcta ejecución del objeto contractual o el cumplimiento de las condiciones de calidad y
oportunidad ofrecidas por los contratistas.
C. Responsabilidad penal
La responsabilidad penal es aquella derivada de actuaciones que transgreden, sin justificación legítima, los bienes
jurídicos tutelados por el ordenamiento penal8.
En el caso particular de los interventores la responsabilidad penal se configura cuando cualquiera de ellos incurre
en alguna de las conductas tipificadas como delitos contra la administración pública, es decir, peculado, concusión,
cohecho, celebración indebida de contratos, tráfico de influencias, enriquecimiento ilícito y prevaricato9.
2 https://www.coiombiacompra.qov.co/sites/cce public/files/cce documents/guia supervisión interventora r.pdf -consulta del 11 de octubre de 2017 a las 10:54a.m.
3 Artículo 2 de la Ley 678 de 2001
4 Numeral 2 del artículo 26 de la Ley 80 de 1993.
5 Parágrafo 3 del artículo 84 de la Ley 1474 de 2011.
6Artículo 1 de la Ley 610 de 2000.
7 Sentencia C-619/02 M.P Jaime Córdoba Triviño y Rodrigo Escobar Gil8 Sentencia T-440/1992. Corte Constitucional
9 Artículos 397 a 415 del Código Penal.
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Dentro del proceso que se adelante por responsabilidad penal en las condiciones descritas, también puede hacerseexigible la responsabilidad civil o patrimonial.
D. Responsabilidad disciplinaria
La responsabilidad disciplinaria se configura cuando un servidor público o particular que ejerce funciones
públicas incurre en alguna de las faltas estipuladas en el Código Disciplinario Único, que implique el incumplimiento
de sus deberes funcionales, la extralimitación en el ejercicio de derechos y funciones, prohibiciones, o la violación
del régimen de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos y conflicto de intereses, sin estar amparado poruna causal de exclusión de responsabilidad10.
Para el caso específico de los interventores, la responsabilidad disciplinaria se configura cuando:(i) no se exigen
la calidad de los bienes y servicios contratados acordada en el contrato vigilado o exigida por las normas técnicas
obligatorias; (ii) se certifica como recibida a satisfacción una obra que no ha sido ejecutada a cabalidad; y (iii) se
omite el deber de informar a la Entidad Estatal contratante los hechos o circunstancias que puedan constituir actos
de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del
contrato, o cuando se presente un posible incumplimiento.
10 Artículo 23 de la Ley 734 de 2002.
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