oj...de enero de 2017, el contratista consignó haber recupclonado el oficio n' 072-2017• min...

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..... ,,\ A OJ.l ~ "' A,~ <!J, -11: ~...... ,.,,..v- Q <R,f so{ución Jefatura{ NéJ 2 6 - 2 Q 17 -MlNEDU/VM GI -PRONI ED-UGEO Lima, 3O Et€. 2017 Vlstos, et Informe Nº 078-2017-MINEDUNMGl~ PRONIED,OAJ, el Memorandum W S49- 2017 -MINEDUNMGI-PRONIEO-UGl=O, el lnform W 031 -2017MINeOUNMGl•PRONIED-UGEO•El:O-HCO. la Carta N 4 010 T 2011-CSVM/JSJFAEZ- PRONIED y la Carta N 11 09-2017 CT-A; CONSIDERANDO: Que, al 17 de octubre de 2014, Programa Nacional da lnfrae5tr\Jctura Educativa - PRONIEO, en adelante la Entidad, y al CONSORCIO SUPERVISOR VILLA MARIA conformado por MENDOZA & TAPIA S.A.C., JULIAN J!;SUS MENDOZA FLORES y CESAR FERNANDO TAPIA JULCA, en adelante el Supervisor- , 8U§Ctibieron el Contrato N' 012 -2014-MINEDUNMGI-PRONI ED, d tlvado del Concurso Público N" 0017 -2014- MINEOU/UE 108, para la contratación dol servicio de consultoría de obril: "Supervisión d0 ff f :i~ Obra '. Adecuación, Mejoramiento, Sustitución de la Infraestructura E ducaUva y EQulpamiento ¡Jf;• •r;: .fi "W,. de la lnslltuc10n Educativa Juan Guerrero Quimp0r - VIiia Maria del Triunfo - Llrna", por el f J"'ib monto de S/ 1 756 751,89 (Un M llórt Seteciento s Cincuenta y Sel5 Mil Setecientos Cincuenta \ .i. y Uno con 89/100 Soles), y un plazo de ejecución contractual de CUPtrocientos dlBZ {410) dlas ~.... _. ,.t -.: calendario, de los cuales trescientos ochenta (380) dios com1sponden a la supervisión de la IJJ ejecución de la obra, y treinta (30) dfas corra$ponden al proceso de recepción de obra , pre- llquldaeiOn y entrega da documentos para la Llquldetci6n Final del Contrato de 1~ Obra; Que, con fecha 26 de diciembre de 201 4. la Entidad, y el CONSORCIO TRIUNFO conrorm~do por EMPRESA CONSTRUCTORA ARC SR.l , y ROVER ALCISA PERÚ, en adelante el Contratista, suscrtblero11 el Contrato N° 066-2014- MINEOUNMGI-PRONIEO derivado oo la Llcltaolón Públlca N• 002-2014-MINEDU/UE 108, para le contratacl6n de la ejecución do obra : ' 'Adecuación, Mojoramlento, Swstitucl6n de la wrl,('jl.-., Infraestructura Educativa y Equipamiento d la Institución Educativa Juan Guerrero Quimpor '°) Villa Maria del Triunfo - Lima•, por el monlo de S/ 34 686 021 ,42 (Trelnl.8 y Cuatro Mil ji lgclentos Ochenta y Seis Mil Veintiuno con 42/100 Soles) , y un plazo de ejecución de E' esclentos ochenta (380} as calendario para la ejecuci6n de la Obra; Qu0, a través del Oficio N 9 389-2015-MINEDUNMGI-P~ONIED~ UGEO recibido por el Contratista el 06 de febrero da 2015, la 11tidad le comunicó que, al haberso cumplido las condiciones establecidas en ol articulo 184 del Reglamonto de la Ley de Contrataciones del Esta lo, 01 Inicio del plazo de ejecuclón de obre quedó fijado el 03 de febrero de 2015; Que, mediante Oficio 383-2015-MINEDUNMOl- j;IRONI ED-UGEO recibido por ol Supervisor el 08 de febrero de 2015, la Entidad le comun có que el pl azo de Inicio de sus servicios quedó fifado el 03 do febrero de 2015: Que, mediante Oficio N' 400B~ 2016--MINEDUNMGI- PRONI ED• UGEO 1 rec1b1d0 por et Contra ti sle el D6 de d1clombru de 2016, la Entidad la remitió el Expediente Técnico de la Prestación Adicional de Obra 09 !!Obre el sistema d utlllzacl611 de modia tensión, para revisión y conformidad;

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  • ..... , ,\ A OJ.l ~ "' A,~

    ~ ~......,.,,..v- Q

  • Que, por Re,oluclon Jefatura! N♦ 202-201S.MINEOU-VMGI& PRONIEQ.UGEO de feche 12 de cilciombre de 2016, la Entidad declaró procedente la solicitud de Arnpllaclón de Plazo N' 09 por treinta v 5léle (37) dlas calendario presentada por el Contratista, postergando la racha de término de ejecución de la obra del 03 de diciembre de 2016 ¡¡I 09 de enerc de 2017. asimismo, aprobó de oficio la Ampliación de Plazo W 06 por treinta y siete (37) dlas calendario al Supervisor, prorrogando le fec;;ha d término de ros servicios de supervisión del 02 de en~ro de 2017 al 08 de febrér() da 2017;

    Que, a través de la Carta N° 66-2018-CT-A recibida por la Entidad el 13 de diciembre do 2016, el Contratista remite el aco do l::xpodlente Técnico de la prcstaolón Adicional de Obra N" 09 con observaolories:

    Que, mediante Oficio N" 4268-2016-MIN DUNMGl•PRONlf=D-UGEO recibido por el Conlratlsto el 29 de dlcíE1rr1bro de 2016, llil Entidad n vlrtYd del Informa N' 267-2016-MINEDUNMGI-PRONIED-UGEO&EEO..JLOM, emitido por el Equipo de Estudios

    -..,,...,_ y Proyectos, remlti6 el Expediente Técnico del Adicional de Obra N° 09, sob1e el sistema ~ ~, d ulillzaclón de media tensión, para revlslón y confomildad:

    ?;f j '"' Que, eon Carta N" 01-2017-CT·A recibIéfa por la EnUdad el 03 de ~ /j enero de 2017, el Caritfi!Usta remitió el Expadlente Técnico del Adlclonal d Obra N° 09

    "',,ffi (t. sef'talando su conformld1:1d;

    Qua, mediante Ollclo NI> 090-2017-MINEDUNMGI-PRONIEO-UG O 11Jclbldo por el Supervisor el 09 de enero da 2017, la nlldad romlti6 el Expediente Tócnlco del Adiclónal de Obra N° 09 pera su revisión y pronunciamiento, sobre Is pr0C

  • {[(Jso{ución Jefatura{ NQ 2 6 - 2 Q 1 ]-MlNEDU/VMGI-PRONIED-UGEO

    Lima, J O ENf. ?017

    Contrntlsto y conflgurAndose una ceiusal abierta. por tanto ol plazo sollcltado es el neoe9eirlo a fin que la Entidad apruobe el acotado edlclonal;

    Que, .i travós dQ la Carta N° 010-2017..CSVM/JSIFAEZ-PRONIED reclbda por le Entklad el 16 de- enero do 20171 el SupervisOI', emitió su pronunciamiento ocerca de la soncltud de Ampliación de Plozo Parola! N" 11 , por treinta (JO) dlas calendario preset1tada por el Contratista, por la causal est3bleelda gn tll numel'al 1 '1Atrasos y/o parallzaclones por causas no atribuibles al contratista" del artr culo 200° d@I Reqlamento dé la Ley de Contrntaclonas del Estado, cono[lJYéndo QUe ésta resultfl proced9ntQ, toda Vá? que, I¡¡¡ parcilizaclOn de la obr-a, dispuesta por la Entidad h.le mot ivada en tanto sa apruobo la prestación Adicional de Obra Nª 09, éste hacho rasulta ajeno a la voluntad del Contratima, por lo que, al vencer el plazo contractual vlgontA y considerando un plazo prudencial para el dosarrollo téonico y édminlstretivo de la prestaolón adicional de obra, resulta coherente extender 01 plazo por treinta (30) días calendario;

    Quo, modlante Carta N° 009-2017-CSVM-/JS/FAEZ-PRONIED recibida por la Entidad el 23 de enero de 2017, el Supervisor se pronunció favorablemente sobre la procedencia de la ejoouc:lón de la prestación d~I Adicional de Obra N° 09 sobra el sistema de utlll~clón en media tensl6n, asl como el Ded1,1ctlvo Vinculante N" 06;

    A'fti,f ••. Que, con Informe N° 031-2017-MINEDUNMGl~PRONIED-UGEO· it~◄~~ EEO-HCD de fecha 25 da enero de 2017, que cuenta con la conformidad del Coordinador del :q ~· Equipo de éJecuclOn de Obras, el Coordinador Maororeglonal concluyó que la sollcltud de 1 U . fj; Ampllaclón de ~lazo Parcial N" 11 por treinta (30) días calendario presentada por el ~ ",tt)f I Contratista, por la causal establoold¡,i an el numeral 1. "Atrasos y/o parallzaclon0s por causas

    ~~'Lr¡¡il11

    • no atrlbUlbles al contratista" d~I artlculo 200° del Reglamento de la Ley de Contrataelonos 1fal Estado, resulta procedente parelalment por volntlacho (28) dleis celendario, eonslderilndo que; 1) el 09 de enero de 2017 venció el plazo dg la 0Jocuel6n contractual. fecha en la oual la Er,Udad comunicó al Contratista la pamllzación de lo obra Qtl tanto se apruebe la premaoi6n Adiciona! de Obra W 091 dícha paralización afectó dlrectamento toda~ las partidas Incluyendo las partidas gua formen parte de la ruta critica del calondarlo do obl'8 vigente; y, 11) ReGpect0 del meneionado Adlclonal de Obra, que motivó la pareliz.aclón dB la misma, la Entidad tlane

    MI. ·,n_.,._ como plazo flnal para emitir su pronunciamiento hasta el 06 da febrero de 2017, dado que el .. "" upervisor emltíó la conformidad si ecotado adiciona! el 23 do enero de 2017. mediante Carts

    ti .. 009-2017~CSVM-/JS/FA!;Z-PRONIE0, postergando el plazo del término del 09 da enero ~.} e 2017 al 06 d0 febrero de 2017: por otro ledo, recomendó aprobar de oficio la Ampllacl6n ~ -~ ---~ efe Plazo N" 07 del oontrnlo del Sorvlclo de Supervisión por el mlsrno plazo que so otorga al

    - Contratista, toda vez que ol m1meionado contrato s1;1 encuentra directamente Vinculado al de ejecución de la Obra, postergando QI lórmlno dal pla:r.a contractual de dicho servicio del 08 do f ebrel'o de 2017 al OB de rna~o de 2017;

    Que, con Memorándum N" 649~2017sMINEPUNMGI-PRONIED• UGEO recibido por la Oficina de Ai¡esorla Jurldlea al 26 do 0naro de 2017, el Jefe (e) de la Unidad Gerencia! de Estudios y Obras dio conformidad o lo Informado por el Equipo de Ejecución de Ob.ras, y sollcltó la emisión del ínforme legai acerca da la solicitud del

  • Contratista, asf como le elaboración de la resolución y el oficio de not1ficecf On correspondíente;

    Qué, a través del Informe N" 078-2017-MINEDUNMGI-.PRONlED-OAJ de 1echs SO da enero de 2017, la Oficina de Asesoria Jurldica, luQgo de la revlsl6n y anéllsls del expediente y lenlondo en cuenta la oplni0n de la. Unidad Gerenclal do Estudios y Obras, rocomcnd6 quo, la solloitud de Ampliocl611 de. Plazo Parcial W 11 presentada por el Contratista por la causal eatablElt:lda en el r,urnoral 1. ~Atrasos ylo paralizaciones por carn,ie5 no atribuibles al Contretista·• del 11rtículo 200' del Reglam0nto de la Ley de Contl'8taclones del Estado, debe ser declarada procedente parcialmente por Vei11lioch0 (26) ellas calendario, debido 1;1 que la obra fue paralizada por dlsposlc!On de la En11dad a través d I OOclo N• 072-2017-MINEDUNMGI-PRONIED~UGEO el 09 de enero de 2017, en tanto so apruebo la prestación Adiciona! da Obrn N" 09, ouyo pronunclemlento por parte cfo la Entidad vonce el 06 de febrero de 2017: en tal sentido, la mencionad~ parallzaclón afectó la ruta critica del cronograma de ejecución de obra por lo que resulta n1:1éQsarlo mantene,r vigente el plazo contractual para dicho fin, cumplléndo:se da esta manora el procedimiento dispuesto en el artlculo 41• de la Ley da Contrataclon9q dol Estado y los arUculos ~00° y 201• de su Reglamento: eslmlsmo1 recomcnd6 aprobar de oñclo la Ampliación de Plazo Nº 07 del serviGIO de Supervl~lón por ol mismo par1odo de tiempo, cuya eJecucl0n debe ser supervisada de modo par-rnanantG y directo, por tanto, al ampliar el pla,:o el contrato de la Obra cort1:,1spondo amellar también el contrato de supervisión, de conformidad con lo eGtableeido en los artlculos 193" y 202° del acotado Reglamento:

    ,, (1 ¡¡,-. /j,)-" '~ Que, el numeral 41 .6 del art1cu10 41° ac la Ley de Contratacioriee: del . • 'flf. " "'¡~ Estad01 aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y modificada por la Ley N° 29873.

    J. Á establece: "El contratista pUl!!d& sollcltar la emplloción del plaio paotado por atra~os y/o ' ., i~ parallzaclones ajenas a su volur,tad. debidamente 00mprobado~ y c¡ue modlflqufm el

    • mrN' cronograma contractual":

    Que, el artículo 193° del Reglernento de la Ley de Contrntac1ones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N9 184-2008-EF y modificatorias establece: "Le Entidad controlará los trabajos efectuados por el contratista a través del inspector o supervisor, según c.orresponda, quien será el responsable de velar dlrecta y permanentemente por la correcta ejacuolón da la obra y del cumplimiento del contrato";

    01.le, el artleulo 200" del citado Reglamento establece: •·o~ ...,. ~"" ... "' conformidad con el anrculo 41 ' de la Ley, el contratism podrá 5oneitar la 1:imPllaclOn de plazo . · ¡1 pacltido por cualqt,1ié1'8 da tas slgulentss causalos ajenas e la voluntad dal contraUsta ..

    slernpre gue modlflquan le ruta ormca dol programa de ejecuciáñ de obra vigente al momMto ti!IIWi ~ de la solicitud d0 ampllaclón: 1 Atrasos y/o paralizaciories por causas 110 atrlbulbles al

    -~-~ contrallsts ( .. )";

    Que, el primer párrafo del articulo 201° del R.eglamonio de la Ley do Conlrataciomis del Estado establece que; "Para qú8 proceda una arnplfación de plazo de conformidad con lo establecido ~n al articula precedente, desde el Inicio y durante le ocurroncla de la c-ausal, el contratista, por lnte1rr1t:,id10 de su rBSld(mlo, deberé am;itar en el cuaderno de obra las clrcu11!ilaficias Que a su criterio amorltfm ampllacl0n de plazo. Denlro de los quince (15) dles siguientes de concluido cil hocho Invocado, et contretlsta o au representante le91¡1I golioiteré, cuantlflcará y susl0ntar~ su solicllud de arnplleción de p1$zO ante el inspector o super'Vlsor, según corresponda, siempre que la demora afecte la ruta crlüca del programa de ejecución d0 obra vigente y el plazo adicional resulte necesario para la culmlnación de 11:1 obra. En caso que et hecho invocado pudiera superar el plazo vlgontc da ejecución contractuat, la solicitud se efeetuar-á antes del vencimiento del mlst1'lo.";

  • ervicio de supervisión, por el mismo plazo otorgado al ~ · · ontrntlsta, en virtud a los artículos 193" y 202Q del Reglamento de la Ley de Conlrataciones del

    . ,.1/lfW _,.'1'. Estado;

    Que, mediante Decreto Supromo NQ 004-2014-MINEDU, se creo el Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIE:D, el cual dependa del Vlean,lnlaterlo de Gestión lnstltuclonal del Ministerio de Edu~clón y asume la Ut'lldad Ejecutora 108 del pliegQ 01 O Mírllsterio de Educación; ·

    Que, mediante R1;1:!;olud6n Mlrnijterfol Nº 034-2016-MINEDU, de fecha 13 de enero de 2016, se aprobó GI Manual de OpeMcione.s del PRONIEP, a través del C1Jal se regLlló la organización da dicho Programa su estructun;¡ íunc1onpl, la&- éreffs que los

    ,: ,I componen y le, runolone~u: :n:::~~cl6n Minlotel1al Nº 691-2016-MINEDU, d• f•cha 30 ~ ~ ~ de diciembre de 2016, se encargó lss func ones del Director EJe0utivo d0l Flrograma Nadot1al · · · da Infraestructura Educativa- i)RóNIEO;

    Que, mediante Resolución Directora! Ejecutiva Nº 001-2017-MINEDUNMGl•PRONIED, de fech'3 02 de enero de 2017, se delegó facultades al Jefe de la Unidad Gerencial d0 Estudios. Obras, entre ellas la aprobación de las ampliacio11es del plazo en obras;

    Que, de acuerdo con lo op r'!ado \fil el lnfonne Nl'I 07S..2017-MINEDUNMGlePRONIED-OAJ, el Memorándum N• 549-2017-MINEDUNMGI-PRONIE.D, UGEO, el lnfomle N6 031-2017~MINEDUNMGI-PRONIED•UGEO-EEO5 HCD, la Carta Nº 010-2017-CSVM/JS/FAEZ~PRONIED.

    De conformidad c.on lo establecido en el Decreto Leglslatlvo Nº 10i7, Lay d~ Contrataciones del Estado, rnodllicada por Ley N" 29873, slJ Reglamento, sprobado por Docr0to Supremo Nº 184-2006-~F y mOdlficaciones, el Decreto Supremo N" 004-2014-MINEDU, Dconi to Supramo N• 001-2015-MINEOU, Resoluclón Ministerial W 691-2016·

  • MINEDU, la Resoluclón Mlnlslorlal Nº 034-2016-MINEDU y la ResoluciOn Director-al EjecuUva N~ 001-2017-MINEDUNGMl•PRONIED:

    se RESUELVE:

    ARTICULO 1.- Declarar PROC~ENTE parc;;lalmenle la solicitud de AmpllaclOn de Plazo Parcial N• 1 i por veintiocho {28) dlas calendario, presentada por el CONSORCIO rRlUNFO conformado por EMPRESA CONSTRUCTORA ARC S.R L y ROVER ALCISA PERÚ, encargado do la ejecuelón de la obra: "Adecuación, Mejoramiento, Sustlw0I6n de la Infraestructura Educativa y Equipamiento de la Institución Educativa Ju~n Guorrol'o QulmpDr - VIiia Mfilrla del Triunfo - Lima• en virtud del Contrato N• 068~2014-MINEDUNMGI• PRONIEO, derivado de le Licitación Públic~ N~ 002-2014-MIN~OU/UE 108, postergando la fecha de término del plazo contractual del 09 da on!:'lro da 2017 al 06 de febrero de 2017, por los fundarneritoa e>e:puestQ 811 la parto COl'lslcreratlv.;i do la presente ResoluclOn.

    AR:rfC,UL0.,2.- APROBAR de oficie ll! Arnpltacl0n de Plazo Nº 07. por veintiocho (28} días calendario. a favor del CONSORCIO SUPERVISOR VILLA MARÍA conrormado por MENDOZA & TAPIA S.A.C., JUL[AN JESUS MENDOZA FLORES y CESAR FE~NANDO TAPIA JULCA, enct:!rg~do del Servicio d8 Consultarla de Obra: "Suporvlsión do Obra: Adecuación, Mejoramiento, Sv11titucl6n de le lnfreegtructura Educativa y Equipamiento de la Institución Educativa Juan Guarrero Oulmper - VIiia María del Triunfo • Lima", en virtud del Contrato N" 012-2014-MINEDUNMGl~PRONIEO, derivado del Concurso Públlc0 N'° 0017• 2014-MINEOUIUE 108. postergando el plaio c::ontract~ml de la SupervisiOn del 08 de febfe(O de 2017 si 08 de marzo do 2017. por los fundamentos expuestos eh la perte conslderatlva de la presente Resoluclón.

    ABJjcULo 3.-: Notifíquese la presente ResoIucl6n al CONSORCIO TRIUNFO conformado por EMPRESA CONSTRUCTORA ARC S.R.L. y ROV R ALCISA PERÚ y al CONSORCIO 6UPl=RVISOR VILLA MARIA conformado por MENDOZA & TAPIA S.A C., JULIAN JESUS MENDOZA FLORES y CESAR FERNANDO TAPIA JULCA, conforme a Ley.

    REG(STRESE Y COMUNÍQUESE