ordenanza nº 1034/2017...ordenanza nº 1035/2017 objeto: autorizar al departamento ejecutivo...

14

Upload: others

Post on 29-Sep-2020

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: ORDENANZA Nº 1034/2017...ORDENANZA Nº 1035/2017 OBJETO: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenio de Cooperación y Colaboración a los fines de preservar y
Page 2: ORDENANZA Nº 1034/2017...ORDENANZA Nº 1035/2017 OBJETO: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenio de Cooperación y Colaboración a los fines de preservar y
Page 3: ORDENANZA Nº 1034/2017...ORDENANZA Nº 1035/2017 OBJETO: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenio de Cooperación y Colaboración a los fines de preservar y

Página 1 de 2

ORDENANZA Nº 1034/2017

OBJETO: Aprobar la toma de préstamo del FONDO DE DESARROLLO URBANO para la financiación de las obras de cordón cuneta autorizadas por este Concejo Deliberante en las Ordenanzas Nº 1017/2017; Nº 1025/2017; Nº 1026/2017; Nº 1027/2017; Nº 1028/2017; Nº 1029/2017; Nº 1030/2017; Nº 1031/2017; Nº 1032/2017.- VISTO: El convenio marco firmado por la Provincia de Córdoba y los municipios “FONDO DE DESARROLLO URBANO” y las Ordenanzas Nº 1017/2017; Nº 1025/2017; Nº 1026/2017; Nº 1027/2017; Nº 1028/2017; Nº 1029/2017; Nº 1030/2017; Nº 1031/2017; Nº 1032/2017.- Y CONSIDERANDO: Que el FONDO DE DESARROLLO URBANO prevé un préstamo de pesos cuatro millones ($4.000.000) para este tipo de obras durante el año 2017.- Que dicho préstamo debe ser reintegrado solo el setenta y cinco por ciento (75%) del total, en este caso en treinta (30) cuotas de pesos cien mil ($100.000).- Que dicho valor de la cuota será deducido mensualmente de la coparticipación.- Por todo ello

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE UNQUILLO

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Se aprueba el Proyecto de Obra de Cordón Cuneta obrantes en la Ordenanzas Nº 1017/2017; Nº 1025/2017; Nº 1026/2017; Nº 1027/2017; Nº 1028/2017; Nº 1029/2017; Nº 1030/2017; Nº 1031/2017; Nº 1032/2017, con un plazo de ciento veinte (120) días de ejecución, según el visto y considerando de esta Ordenanza.-

Page 4: ORDENANZA Nº 1034/2017...ORDENANZA Nº 1035/2017 OBJETO: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenio de Cooperación y Colaboración a los fines de preservar y

Página 2 de 2

ARTÍCULO 2º: Se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione y tome del FONDO DE DESARROLLO URBANO, un préstamo de hasta pesos cuatro millones ($ 4.000.000) con destino a la ejecución del proyecto que se aprueba por el Artículo 1º.- ARTÍCULO 3º: Se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en pago del crédito, ceda al FONDO DE DESARROLLO URBANO, de la coparticipación que mensualmente corresponda al Municipio en los impuestos provinciales, hasta la suma de pesos cien mil ($ 100.000) mensuales durante el término máximo de treinta (30) meses.- ARTÍCULO 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá notificar formalmente a la Provincia de la cesión de la coparticipación, anoticiándola de que, en mérito a tal cesión, deberá mensualmente pagarse la suma cedida al Acuerdo Federal.- ARTÍCULO 5º: Se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal para que garantice la existencia y cobrabilidad del crédito tomado con los recursos del Municipio provenientes de otras fuentes que no sean la coparticipación en los impuestos provinciales.- ARTÍCULO 6º. El Departamento Ejecutivo Municipal informará al Concejo Deliberante y al MINNISTERIO DE GOBIERNO DE CÓRDOBA, SECRETARÍA DE ASUNTOS MUNICIPALES E INSTITUCIONALES FONDO DE DESARROLLO URBANO, antes del día diez (10) de cada mes, el estado de ejecución del proyecto aprobado en el Artículo 1º y al mismo tiempo y ante los mismos organismos rendirá cuenta documentada de la utilización de los fondo tomados.- ARTÍCULO 7º: Comuníquese, dese al Registro Municipal, publíquese y archívese.-

CARMEN VILMA VERGA FRANCISCO CARLOS GABUTTI SECRETARIA CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE

PROMULGADA POR D.E.M. DECRETO Nº 146/2017 – FECHA 4/10/2017 Dada en la Sala de Sesiones de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Unquillo en la Sesión Ordinaria del día 03 de octubre de Dos Mil Diecisiete, constando en Acta Nº 435/2017.-

Page 5: ORDENANZA Nº 1034/2017...ORDENANZA Nº 1035/2017 OBJETO: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenio de Cooperación y Colaboración a los fines de preservar y

Página 1 de 2

ORDENANZA Nº 1035/2017

OBJETO: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenio de Cooperación y Colaboración a los fines de preservar y difundir la vida y obra de Guido Buffo y su legado, con la fundación Guido Buffo: Ciencia, Educación y Arte.- VISTO: Las facultades contenidas por la Ley Orgánica Municipal Nº 8.102 y demás leyes y disposiciones normativas vigentes.- Y CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo Municipal está convencido de la necesidad de preservar y difundir el patrimonio cultural de la ciudad.- Que es conveniente trabajar mancomunadamente con aquellas instituciones o grupos de personas que ofrecen su colaboración desinteresada para preservar y difundir ese patrimonio, en éste caso vida, obra y legado de Guido Buffo.- Que el presente convenio no cambia el objeto ni cede la posesión tal oportunamente convenido con la Provincia de Córdoba.- Que es pertinente la firma del convenio, que enmarca aquella actividad conjunta.- Por todo ello

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE UNQUILLO

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA ARTÍCULO 1º: Se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal representado por el Sr. Intendente Jorge R. Fabrissin D.N.I Nº 7.881.312, a firmar el convenio de Cooperación y Colaboración, que tiene por objeto preservar y difundir la vida y obra de Guido Buffo y su legado (que acompaña a ésta como Anexo I, de tres (3) fojas útile), con la Fundación Guido Buffo: Ciencia, Educación y Arte (personería jurídica identificada por Resolución 290 “A”/2016 y Decreto de fecha 20/9/2016) representada

por su presidente Sr. Rodolfo Enrique Leone D.N.I. 7.999.796.-

Page 6: ORDENANZA Nº 1034/2017...ORDENANZA Nº 1035/2017 OBJETO: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenio de Cooperación y Colaboración a los fines de preservar y

Página 2 de 2

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, publíquese y archívese.-

CARMEN VILMA VERGA FRANCISCO CARLOS GABUTTI SECRETARIA CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE

PROMULGADA POR EL D.E.M. DECRETO Nº 148/2017 – FECHA 11/10/2017.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Unquillo, en la Sesión Ordinaria del día 10 de octubre de Dos Mil Diecisiete, constando en Acta Nº 436/2017.-

Page 7: ORDENANZA Nº 1034/2017...ORDENANZA Nº 1035/2017 OBJETO: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenio de Cooperación y Colaboración a los fines de preservar y

Página 1 de 2

ORDENANZA Nº 1036/2017

OBJETO: Ratificar CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN RECÍPROCA entre municipalidades de UNQUILLO Y JESÚS MARÍA (26.09.2017).- VISTO: El acuerdo arribado entre la Municipalidad de la ciudad de Unquillo y Jesús María en el marco del Artículo 190º de la Constitución de la Provincia de Córdoba y el Artículo 183º de la Ley Orgánica Municipal Nº 8.102.- Y CONSIDERANDO: Que el citado convenio dice: Artículo 8º: “Este convenio…de su

ratificación por los respectivos Concejos Deliberantes…- Que el objetivo primordial a tener en cuenta es la visión en común de ambas ciudades respecto a los desafíos que la gestión pública moderna plantea.- Que priorizar la solidaridad, la cooperación y la complementación de esfuerzos demanda contar con ámbitos permanentes de cooperación y divulgación e intercambio de experiencias.- Por todo ello

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE UNQUILLO

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Se ratifica el CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN RECÍPROCA entre las municipalidades de UNQUILLO Y JESÚS MARÍA (26.09.2017) cuya copia se adjunta a la presente como Anexo I de tres (3) fojas útiles.-

Page 8: ORDENANZA Nº 1034/2017...ORDENANZA Nº 1035/2017 OBJETO: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenio de Cooperación y Colaboración a los fines de preservar y

Página 2 de 2

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, publíquese en el boletín oficial, dese al registro municipal y archívese.- CARMEN VILMA VERGA FRANCISCO CARLOS GABUTTI SECRETARIA CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE PROMULGADA POR EL D.E.M. DECRETO Nº 152/2017 - FECHA 19/10/2017

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Unquillo, en la Sesión Ordinaria del día 17 de octubre de Dos Mil Diecisiete, constando en Acta Nº 437/2017.-

Page 9: ORDENANZA Nº 1034/2017...ORDENANZA Nº 1035/2017 OBJETO: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenio de Cooperación y Colaboración a los fines de preservar y

Página 1 de 3

ORDENANZA Nº 1037/2017

OBJETO: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a concesionar los “Servicios del Bar y Confitería del Polideportivo General San Martín”,

sector Pileta Olímpica, mediante Concurso de Oferentes, según lo previsto por la Ordenanza Nº 812/2013, por las temporadas estivales 2017/2018 y 2018/2019, esta última a opción del Departamento Ejecutivo Municipal.- VISTO: El comienzo de la temporada estival 2017/2018 y teniendo en cuenta que el Departamento Ejecutivo Municipal de la ciudad de Unquillo estima necesario concesionar el Bar y Confitería del Polideportivo Municipal General San Martín, para dar comienzo a la temporada el 10 de noviembre de 2017, con todos los servicios previstos en el mencionado predio y que en caso de que el Departamento Ejecutivo Municipal lo evalúe como oportuno, ser autorizado para prorrogar la concesión a quien resulte adjudicatario para la siguiente temporada, esto es 2018/2019 a opción del Departamento Ejecutivo Municipal.- Y CONSIDERANDO: Que es obligación de la actual Administración Municipal prestar los servicios inherentes al funcionamiento integral del Polideportivo Municipal General San Martín y que habilitándose la Pileta Olímpica a partir del 10 de noviembre de 2017, de acuerdo al visto de la presente, corresponde concesionar los Servicios de Bar y Confitería de este predio.- Que en caso de que el Departamento Ejecutivo Municipal evalúe de manera positiva el desempeño de quien resulte adjudicatario de la concesión en la temporada 2017/2018 y a la luz de la experiencia municipal respecto a la conveniencia de generar mayor expectativa, inversión y sustentabilidad del concesionario del bar, se debe autorizar al Ejecutivo a prorrogar por una nueva temporada (2018/2019) la misma a opción del Departamento Ejecutivo Municipal. Todo ello redunda, además, en un ahorro administrativo y económico del municipio.- Que de acuerdo a lo expresado, es necesario realizar un Concurso de Oferentes para dar en concesión los Servicios de Bar y Confitería del Polideportivo General San Martín, según lo previsto por la Ordenanza Nº 812/2013 por las temporadas estivales 2017/2018 y 2018/2019.- Por todo ello

Page 10: ORDENANZA Nº 1034/2017...ORDENANZA Nº 1035/2017 OBJETO: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenio de Cooperación y Colaboración a los fines de preservar y

Página 2 de 3

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE UNQUILLO

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a dar en concesión los Servicios del “Bar y Confitería del Polideportivo General

San Martín”, sector Pileta Olímpica, mediante Concurso de Oferentes,

según lo previsto por la Ordenanza Nº 812/2013.- ARTÍCULO 2º: Se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones para la Concesión del Bar y Confitería del Polideportivo General San Martín, que se agrega como Anexo I, de diez (10) fojas útiles y es parte de esta Ordenanza.- ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal debe realizar la publicidad para el llamado de oferentes en los términos del Artículo 9º de la Ordenanza Nº 812/2013, más la propalación en el Ejido Municipal por el término de tres (3) días y la publicación en la página www.unquillo.gov.ar.- ARTÍCULO 4º: El plazo de concesión se fija a partir del 10 de noviembre de 2017 y hasta el 25 de febrero del año 2018 inclusive, prorrogable a opción del Departamento Ejecutivo Municipal por un nuevo plazo en la próxima temporada 2018/2019.- ARTÍCULO 5º: Los sobres con las propuestas pueden ser presentados hasta una (1) hora antes de la apertura de sobres y el acto de la apertura de sobres. La apertura de sobres y el acto de adjudicación se llevarán a cabo en Asesoría Letrada de la Municipalidad, con la participación del funcionario Municipal designado, oferentes que deseen hacerlo, los Concejales y miembros del Tribunal de Cuentas, conforme lo establecido en los incisos 4) y 5), Artículo 9º de la Ordenanza Nº 812/2013, quienes suscribirán las actas respectivas.- ARTÍCULO 6º: Comuníquese, dese al Registro Municipal, a las de demás oficinas correspondientes, publíquese y archívese.-

Page 11: ORDENANZA Nº 1034/2017...ORDENANZA Nº 1035/2017 OBJETO: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenio de Cooperación y Colaboración a los fines de preservar y

Página 3 de 3

CARMEN VILMA VERGA FRANCISCO CARLOS GABUTTI SECRETARIA CONCEJO DELIBERANT PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE

PROMULGADA POR EL D.E.M. DECRETO Nº 159/2017 - FECHA 1/11/17.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Unquillo, en la Sesión Ordinaria del día 31 de octubre de Dos Mil Diecisiete, constando en Acta Nº 439/2017.-

Page 12: ORDENANZA Nº 1034/2017...ORDENANZA Nº 1035/2017 OBJETO: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenio de Cooperación y Colaboración a los fines de preservar y
Page 13: ORDENANZA Nº 1034/2017...ORDENANZA Nº 1035/2017 OBJETO: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenio de Cooperación y Colaboración a los fines de preservar y
Page 14: ORDENANZA Nº 1034/2017...ORDENANZA Nº 1035/2017 OBJETO: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenio de Cooperación y Colaboración a los fines de preservar y