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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL 7a. Avenida 3-33 zona 9, Edificio Torre Empresarial, Ciudad Teléfonos: PBX: 2422-2500, 2422-2503 Sitio Web: ww w .mintrabajo.gob.gt 1. MISION Somos la institución del Estado encargada de velar y promover el cumplimiento eficiente y eficaz de la legislación, políticas y programas relativos al trabajo y la previsión social, en beneficio de la sociedad. 2. VISION Ser un ministerio fortalecido, competente, moderno y confiable que promueva la cultura de respeto a la legislación laboral y el bienestar de la sociedad. 3. OBJETIVOS INSTITUCIONALES 3.1 OBJETIVOS GENERALES: Dirigir y orientar la política laboral y social del país. Promover y garantizar la libertad sindical. Promover y armonizar las relaciones laborales entre los empleadores y los trabajadores. Promover el desarrollo y mejoramiento del sistema de salud y seguridad en el trabajo y la previsión social. Hacer cumplir el régimen jurídico relativo al trabajo y la previsión social. Promover la formación técnica y profesional. 4. BASE LEGAL Artículos 101 al 103, 193, 194 y 200 de la Constitución Política de la República de Guatemal a.

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Manual de Organizacin del Sector Pblico: Ministerio de Trabajo

PRESIDENCIA DE LA REPBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVILMANUAL DE ORGANIZACIN DEL SECTOR PBLICOMINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIN SOCIAL7a. Avenida 3-33 zona 9, Edificio Torre Empresarial, CiudadTelfonos: PBX: 2422-2500, 2422-2503Sitio Web: www.mintrabajo.gob.gt1. MISIONSomos la institucin del Estado encargada de velar y promover el cumplimiento eficiente y eficaz de la legislacin, polticas y programas relativos al trabajo y la previsin social, en beneficio de la sociedad.

2. VISIONSer un ministerio fortalecido, competente, moderno y confiable que promueva la cultura de respeto a la legislacin laboral y el bienestar de la sociedad.

3. OBJETIVOS INSTITUCIONALES3.1 OBJETIVOS GENERALES:Dirigir y orientar la poltica laboral y social del pas.Promover y garantizar la libertad sindical.

Promover y armonizar las relaciones laborales entre los empleadores y los trabajadores.

Promover el desarrollo y mejoramiento del sistema de salud y seguridad en el trabajo y la previsin social.

Hacer cumplir el rgimen jurdico relativo al trabajo y la previsin social.

Promover la formacin tcnica y profesional.4.BASE LEGALArtculos 101 al 103, 193, 194 y 200 de la Constitucin Poltica de la Repblica de

Guatemala.

Acuerdo Gubernativo sin nmero del 20 de diciembre de 1957: Reglamento de la Inspeccin General de Trabajo, publicado el 30 de diciembre de 1957; reformado por Acuerdo Gubernativo sin nmero del 25 de mayo de 1960, publicado el 26 de mayo de 1960.Acuerdo Gubernativo del 23 de diciembre de 1957: Creacin del Departamento del Servicio Nacional del Empleo, publicado el 3 de enero de 1958.Acuerdo Ministerial del 14 de marzo de 1960: Creacin del Departamento de Estadsticas de Trabajo, publicado el 11 de mayo de 1960. El Acuerdo Gubernativo 242-2003 publicado el 30 de abril de 2003, establece en su artculo

27 las nuevas funciones de la direccin de estadstica del Ministerio de Trabajo y Previsin Social y Modificado por el Acuerdo Gubernativo No. 83-2007 de fecha 9 de marzo de 2007.

Ministerio de Trabajo y Previsin Social

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PRESIDENCIA DE LA REPBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVILMANUAL DE ORGANIZACIN DEL SECTOR PBLICOAcuerdo Gubernativo No. 260: Reglamento del Consejo Tcnico del Ministerio de Trabajo y Previsin Social, publicado el 28 de mayo de 1960; reformado por Acuerdos Gubernativos No. 430, publicado el 7 de septiembre de 1961, No. 616, publicado el 16 de abril de 1963 y No. 1405, publicado el 23 de septiembre de

1968

Artculos 274 al 282 del Decreto No. 1441 del Congreso de la Repblica: Cdigo de Trabajo, publicado el 16 de junio de 1961. Artculo 278 reformado por el artculo 2 del Decreto Ley 1486; Artculo 280 modificado por el artculo 18 del Decreto Ley 18-2001; artculo 281 literal L reformado por el artculo 19 del Decreto Ley 18-2001 adicionado literal M por el artculo 19 del Decreto Ley 18-2001; el artculo 323 a que hace referencia el artculo 278 fue reformado por el artculo 20 del Decreto Ley 18-2001, publicado el 25 de mayo de 2001; y, artculos 274 a 277 y artculo 282 vigentes.Acuerdo Gubernativo No.881:Creacin de la Oficina Administrativa delSalario. Publicado el 24 de septiembre de 1965.

Acuerdo Gubernativo No.989: Reglamento de la Direccin de Asuntos

Internacionales de Trabajo, publicado el 1 de diciembre de 1966.

Acuerdo Gubernativo 1319: Creacin de la Comisin Nacional del Salario, publicado el 9 de abril de 1968; reformado por Acuerdos Gubernativos del 30 de enero de 1976, publicado el 23 de febrero de 1976 y No. 333-85, publicado el 10 de mayo de 1985.Decreto 15-70 del Congreso de la Repblica: Designacin de Dependencias delMinisterio de Trabajo y Previsin Social, publicado el 18 de marzo de 1970.

Decreto No. 81-70del Congreso de la Repblica:Ley de Creacin y Funcionamiento de los Centros de Recreacin de los Trabajadores del Estado, publicado el 19 de noviembre de 1970; reformado por Decreto No. 6-71, publicado el 14 de marzo de 1971. tambin fue reformado por el decreto 43-71, publicado el 27 de mayo de 1971. Reformado por el Decreto 43-71.Acuerdo Gubernativo del 8 de febrero de 1974: Creacin de la Unidad Sectorial de Planificacin, publicada el 12 de febrero de 1974. Derogada por Acuerdo Gubernativo 242-2003.Acuerdo Gubernativo del 10 de junio de 1981: Creacin de la Oficina Nacional de la Mujer, publicado el 24 de junio de 1981.

Acuerdo Ministerial No. 4-93: Creacin de la Unidad del Menor Trabajador, publicado el 2 de marzo de 1993. Decreto 35-92 Crea la Comisin del Menor Trabajador, Modificada por el Acuerdo Ministerial 141-2005, al haber entrado en vigencia el Decreto 27-2003, que crea la Ley de Proteccin Integral de la Niez y de la Adolescencia.

Acuerdo Gubernativo 10-94, publicado el 5 de octubre de 1994,Crea el Reglamento de la Comisin del Menor Trabajador, modificado por el Acuerdo Ministerial 11-2005, publicado el 19 de enero de 2001 al haber entrado en

Ministerio de Trabajo y Previsin Social

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PRESIDENCIA DE LA REPBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVILMANUAL DE ORGANIZACIN DEL SECTOR PBLICOvigencia el Decreto 27-2003, publicado el 18 de julio de 2003 que crea la Ley de

Proteccin Integral de la Niez y de la Adolescencia.Acuerdo Ministerial 11-94: Reglamento de la Comisin del Menor Trabajador, publicado el 7 de marzo de 1994.

Acuerdo Ministerial 12-94: Creacin de la Seccin de Atencin al Trabajador con

Discapacidad, publicado el 7 de marzo de 1994.

Acuerdo Gubernativo 221-94: Reglamento para el Tramite de Negociacin, Homologacin y Denuncia de los Pactos Colectivos de Condiciones de Trabajo de Empresa o Centro de Produccin Determinado, de fecha 13 de mayo de1994.Acuerdo Decreto No. 114-97 del Congreso de la Repblica:"Ley del Organismo Ejecutivo", publicado el 12 de diciembre de 1997; modificado por Decreto No. 63-98, publicado el 4 de noviembre de 1998; reformado por Decretos Nos. 22-99, publicado el 28 de mayo de 1999; 90-2000, publicado el

11 de diciembre de 2000; y 50-2003, publicado el 28 de octubre de 2003.

AcuerdoMinisterialNo.182-2000:ReglamentodeDescentralizacin Administrativa del Ministerio de Trabajo y Previsin Social, publicado el 27 de junio de 2000. Modificado por Acuerdo Ministerial No.263-2006, publicado con fecha 11 de enero de 2007.Acuerdo Ministerial No. 167-2000: Crase la Seccin Procuradura de Defensa del Trabajador, como una Dependencia de la Inspeccin General de Trabajo, publicado el 12 de julio de 2000.

Acuerdo Ministerial No. 213-2000:Crase el Programa de Capacitacin y

Formacin Profesional del Ministerio de Trabajo y Previsin Social, publicado el7 de agosto de 2000.

Acuerdo Ministerial No. 314: Normativo de Creacin del Consejo Nacional de Salud, Higiene y Seguridad Ocupacional-CONASSO-, publicado el 20 de noviembre de 2000.

Decreto No. 42-2001 del Congreso de la Repblica: Ley de Desarrollo Social, publicado el 19 de octubre de 2001.

Acuerdo Gubernativo No. 347-2002:Crase la Comisin Nacional para la Erradicacin del Trabajo Infantil, publicado el 1 de octubre de 2002. vigente, el Acuerdo Ministerial 24-2005, publicado el 16 de febrero de 2005. Crea el Comit Tcnico de Seguimiento del Trabajo Infantil Domestico.

Acuerdo Gubernativo No. 242-2003: Reglamento Orgnico Interno del Ministerio de Trabajo y Previsin Social, publicado el 30 de abril de 2003; Reformado por los siguientes acuerdos: Acuerdo Gubernativo No. 255-2003, publicado el 8 de mayo de 2003 y Acuerdo Gubernativo 83-2007 de fecha 9 de marzo 2007.

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PRESIDENCIA DE LA REPBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVILMANUAL DE ORGANIZACIN DEL SECTOR PBLICODecreto No. 27-2003 del Congreso de la Repblica: Ley de Proteccin Integral de la Niez y Adolescencia, publicado el 18 de julio de 2003; reformado por Decreto No. 02-04, publicado el 14 de enero de 2004.

Acuerdo Ministerial No. 364-2003: Crase el Departamento de Pueblos Indgenas, como una Dependencia de la Direccin General de Previsin Social del Ministerio de Trabajo y Previsin Social, publicado el 20 de agosto de

2003.

Acuerdo Ministerial No. 379-2003: Crase el Consejo Consultivo de Recreacin de los Trabajadores del Estado de Guatemala, publicado el 9 de septiembre de 2003. reformado por el Acuerdo Ministerial 303-2004, en el artculo 6.

Acuerdo Gubernativo No. 528-2003: Reglamento de Autorizacin del Trabajo de Personas Extranjeras a Empleadores del Sector Privado, publicado el 29 de septiembre de 2003. reformado por el Acuerdo Gubernativo 111-2006.

Acuerdo Ministerial No.435 B 2003 Crase la Unidad Especial de Inspectores de Trabajo para la Atencin y Supervisin de la Observancia de las Leyes de Trabajo y Previsin Social, publicado el 12 de noviembre de 2003.

Acuerdo Ministerial No. 435 C-2003:Crase la Unidad Especial de Inspectores de Trabajo para la Atencin y Supervisin del Cumplimiento de las Leyes de Trabajo y Previsin Social en las Empresas que se dedican a la Maquila en la Industria de la Confeccin del Vestuario y Textiles, publicado el

12 de noviembre de 2003.

Acuerdo Gubernativo No. 26-2004: Crase la Comisin Sectorial de Estadsticas del Trabajo para el Sistema Integrado de Informacin Estadstica de las Relaciones Laborales en Guatemala, publicado el 13 de enero de 2004.

Acuerdo Gubernativo No. 076-2004: Aprueba el Acuerdo No. 1135 emitido por la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social publicado el

12 de febrero de 2004.

Acuerdo Gubernativo No. 112-2006: Reglamento de Proteccin Laboral de la

Niez y la Adolescencia Trabajadora, de fecha 7 de marzo del 2006.

Acuerdo Gubernativo No. 250-2006: Reglamento para la Aplicacin del Convenio No. 182 de la Organizacin Internacional del Trabajo, sobre las peores formas de Trabajo Infantil y la Accin inmediata para su eliminacin, de fecha 18 de mayo de 2006.

Acuerdo Ministerial No. 50-2006:Denominar al Centro Recreativo y Vacacional ubicado en la ciudad de Quetzaltenango con el nombre de Atanasio Tzul, publicado el 28 de marzo de 2006.

Acuerdo Gubernativo No. 86-2007: Reglamento de la Ley del Programa de

Aporte Econmico del Adulto Mayor de fecha 13 de marzo de 2007.

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PRESIDENCIA DE LA REPBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVILMANUAL DE ORGANIZACIN DEL SECTOR PBLICOAcuerdo Gubernativo No. 87-2007: Acuerda nombrar a la Comisin Consultiva del Programa de Aporte Econmico del Adulto Mayor, de fecha 13 de marzo de 2007. Reformado por Acuerdo Gubernativo No. 130-2007 de fecha 24 de abril de 2007.

Acuerdo Gubernativo 331-2007: Dietas que por sesin devenga la Junta Directiva del Instituto Tcnico de Capacitacin y Productividad -INTECAP-, de fecha 24 de julio de 2007.Otras disposiciones legales de observancia general.5. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL5.1 FUNCIONES GENERALESFormular la poltica laboral, salarial y de salud e higiene ocupacional del pas.Promover y armonizar las relaciones laborales entre los empleados y los trabajadores; prevenir los conflictos laborales e intervenir, de conformidad con la ley, en la solucin extrajudicial de stos, y propiciar el arbitraje como mecanismo de solucin de conflictos laborales; todo ello, de conformidad con la ley.Estudiar, discutir y, si fuere de beneficio para el pas, recomendar la ratificacin y velar por el conocimiento y la aplicacin de los convenios internacionales de trabajo.

En coordinacin con el Ministerio de Relaciones Exteriores, representar al Estado en los organismos internacionales relacionados con asuntos de su competencia y en los procesos de negociacin de convenios internacionales sobre el trabajo, as como velar por la aplicacin de los que estuvieren vigentes.Administrar, descentralizadamente, sistemas de informacin actualizada sobre migracin, oferta y demanda en el mercado laboral, para disear mecanismos que faciliten la movilidad e insercin de la fuerza laboral en el mercado de trabajo.Velar por el cumplimiento de la legislacin laboral en relacin con la mujer, el nio y otros grupos vulnerables de trabajadores.Disear la poltica correspondiente a la capacitacin tcnica y profesional de los trabajadores. La ejecucin de los programas de capacitacin ser competencia de los rganos privados y oficiales correspondientes.

Formular y velar por la ejecucin de la poltica de previsin social, propiciando el mejoramiento de los sistemas de previsin social y prevencin de accidentes de trabajo.

5.2 FUNCIONES ESPECFICAS POR CADA UNIDAD ADMINISTRATIVAEl Ministerio de Trabajo y Previsin Social desarrollar sus funciones encaminadas al cumplimiento de los propsitos, principios, misin y polticas a travs de susPgina 5Ministerio de Trabajo y Previsin SocialPRESIDENCIA DE LA REPBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVILMANUAL DE ORGANIZACIN DEL SECTOR PBLICOdirecciones y dependencias que lo integran, procurando la desconcentracin y descentralizacin progresiva de sus funciones y servicios, en coordinacin con otras entidades pblicas y privadas de los diferentes sectores culturales, deportivos y de recreacin del pas. Para el cumplimiento y realizacin de sus funciones el Ministerio contar con la siguiente estructura organizativa:

5.2.1 DIRECCIN SUPERIOR - DESPACHO MINISTERIALEs la autoridad superior del Ministerio de Trabajo y Previsin Social, a quien le corresponde cumplir y desarrollar las funciones que establece la Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala, la Ley del Organismo Ejecutivo y dems leyes vigentes. Para el debido cumplimiento de sus funciones, est a cargo de un Ministro que es el rector de las polticas pblicas correspondientes a las funciones sustantivas del Ministerio, y un Primero, Segundo y Tercer Viceministro. El Ministro,

cuando sea el caso, har la respectiva delegacin de autoridad.

AUTORIDADES SUPERIORESMinistro

Primero, Segundo y Tercer Viceministros5.2.1.1 MinistroEs el responsable de cumplir y velar porque se cumplan las funciones que la Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala y las leyes que le

asignan al Ministerio.Es el funcionario de superior jerarqua en el Ministerio, tiene

autoridad y competencia en toda la Repblica para los asuntos propios de su ramo. Para el debido cumplimiento de sus fines cuenta con el apoyo de las unidades siguientes: Secretaria General, Secretaria de Comunicacin Social, Procuradura de la Defensa del Trabajador, Direccin de Sistemas de Informacin, Unidad de Auditora Interna, Consejo Tcnico y Asesora Jurdica, Direccin de Planificacin, Cooperacin y Estadstica, Unidad de Asuntos Internacionales de Trabajo y Coordinacin de Regionales.

5.2.1.2 ViceministrosLos Viceministros tienen jerarqua inmediata inferior a la del

Ministro para el despacho y direccin de los negocios del ramo y no tienen subordinacinentres;sustituiralMinistroencasodefaltatemporal, correspondindole en su orden al de mayor antigedad. Para el debido cumplimiento de sus funciones los Viceministros se integran de la forma siguiente:

Viceministro de Trabajo:

Inspeccin General de Trabajo, Direccin General de Trabajo y Procuradura de la

Defensa del Trabajador.

Viceministro Administrativo-Financiero:Direccin Administrativa, Direccin de la Unidad Administrativa Financiera y Direccin de Recursos Humanos.Viceministro de Previsin Social:Direccin General de Previsin Social, Direccin General del Empleo y Direccin

General de Recreacin del Trabajador del Estado.

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PRESIDENCIA DE LA REPBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVILMANUAL DE ORGANIZACIN DEL SECTOR PBLICOEl Ministro de acuerdo a las necesidades administrativas, podr asignar a cada Viceministerio, adems de las enunciadas anteriormente, otras unidades afines a sus reas de trabajo.

a) rganos ConsultivosTienen el carcter de rganos consultivos de la Direccin Superior, los sealados por Acuerdos y Convenios Internacionales, el Cdigo de Trabajo, reglamentos y dems disposiciones legales y vigentes.b) Secretara GeneralSon atribuciones de la Secretara General las siguientes: Mantener y proporcionar informacin sobre la gestin tcnica y administrativa del Despacho

Ministerial y dems dependencias del ramo. Recibir, registrar, clasificar y atender los asuntos del despacho, formulando resoluciones, oficios, y otros documentos pertinentes que agilicen el trmite de los asuntos ministeriales.Elaboracin de proyectos de Acuerdos Gubernativos y Acuerdos y resoluciones Ministeriales, conforme a lineamientos

emitidos por el Despacho Ministerial, cumpliendo con todo el procedimiento legal que a

cada caso corresponda.Ser el enlace entre el Despacho y las dependencias del Ministerio, manteniendo un flujo oportuno de los expedientes.Notificar Acuerdos y resoluciones emanadas del Despacho. Representar al Ministerio de Trabajo y Previsin Social, en las actividades que el seor Ministro le encomiende. Organizar, sistematizar, actualizar y conservar el archivo general del Ministerio. Las dems que le sean propias de su cargo.c) Secretara de Comunicacin SocialSon atribuciones de la Secretara de Comunicacin Social las siguientes: Disear las polticas y estrategias de comunicacin social del Ministerio, con el objeto de

promover el dialogo y el entendimiento con los diferentes sectores de la sociedad,especialmente el sector laboral. Divulgar las principales actividades de inters nacional que realiza el Ministerio. Fortalecer las relaciones con los medios de comunicacin social del pas. Coordinar con las diferentes dependencias del Ministerio, a efecto de clasificar los logros alcanzados y que ameriten su divulgacin. Convocar a conferencias de prensa cuando as lo disponga el Despacho Ministerial.d) rganos TemporalesLa Direccin Superior podr integrar comisiones u otros rganos temporales colegiados, para estudiar asuntos, efectuar propuestas y atender casos concretos. Tales rganos podrn integrarse con funcionarios y empleados del Ministeriode Trabajo y Previsin Social, o con personas ajenas al mismo.5.2.1 Funciones Sustantivasa) Procuradura de la Defensa del TrabajadorSon atribuciones de la Procuradura de la Defensa del Trabajador las siguientes: Prestar asesora laboral a los trabajadores de escasos recursos, que no han recibido conforme a la ley el pago en concepto de indemnizacin y prestaciones laborales al finalizar su relacin de trabajo. Evacuar las audiencias de conformidad con

la ley, as como contestar las oposiciones, excepciones, recursos y previos, de las

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PRESIDENCIA DE LA REPBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVILMANUAL DE ORGANIZACIN DEL SECTOR PBLICOdemandas planteadas hasta su fenecimiento. Controlar y registrar adecuadamente las asesoras y audiencias que se realicen como consecuencia de las demandas ordinarias laborales.Asesorar nicamente a los trabajadores que acrediten haber agotado la va administrativa en la Inspeccin General de Trabajo, y que no hayan presentado la demanda laboral. Podr celebrar convenios con las distintas facultades de ciencias jurdicas y sociales de las universidades del pas, a efecto de que sus estudiantes realicen su prctica laboral en esta Procuradura.

b) Inspeccin General de TrabajoSon atribuciones de la Inspeccin General de Trabajo las siguientes: Promover el cumplimiento de las leyes y reglamentos en materia de trabajo, higiene y seguridad, especialmente para los sectores de trabajo vulnerable.Armonizar las relaciones entre trabajadores y empleadores.Mantener programas preventivos de visitas en materia de higiene y seguridad, especialmente en la apertura o traslado de

los centros de trabajo, verificando si se est cumpliendo con el reglamento interior de

trabajo. Evacuar todas las consultas que le formulen las dependencias del Ministerio, los empleadores o trabajadores, sobre la forma en que deben ser aplicadas las disposiciones legales de su competencia. Velar por el cumplimiento de los convenios internacionales de trabajo ratificados por Guatemala. Participar en todo conflicto individual o colectivo de carcter jurdico en que figuren trabajadores menores de edad. Examinar libros de salarios, constancias de pago, para verificar si est cumpliendo con las disposiciones legales.

c) Direccin General de TrabajoSon atribuciones de la Direccin General de Trabajo las siguientes: Conocer y resolver lo relacionado con la personalidad jurdica, estatutos, inscripcin y cambio de directivos de organizaciones sindicales y su funcionamiento, conforme a la ley. Llevar el registro pblico de sindicatos, contratos colectivos e individuales de trabajo,pactos de condiciones y convenios colectivos de trabajo, reglamentos interiores de trabajo, y otros registros pertinentes.Autorizar los libros de actas de

asambleas generales, de comits ejecutivos, registro de socios, contabilidad y formas

contables de las organizaciones sindicales y practicar revisiones cuando sea requerido. Autorizar libros de salarios y planillas, suministrando modelos y normas para su correcta impresin.Prestar asesora y la debida orientacin en materia sindical, asimismo en relacin a contratos de trabajo, suministrando modelos segn las distintas clases de trabajo. Formular la poltica de salarios y coordinar las actividades de la Comisin Nacional del Salario y apoyar las Comisiones Paritarias de Salarios Mnimos.

.d) Direccin General de Previsin SocialTiene como atribuciones: Proteger al trabajador, velando por su salud, seguridad y asistencia social, a travs del estudio, mejoramiento, vigilancia y asesora

de sus condiciones de vida y trabajo. Estudiar y recomendar las medidas que ayuden

a prevenir y evitar accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales. Implementar programas de proteccin a los sectores de trabajo vulnerables. Formular polticas de previsin social en general, seguridad social, seguridad e higiene en los centros de trabajo. Promover acciones que permitan el desarrollo y divulgacin de los derechos de la mujer, especialmente lo relativo a los derechos laborales. Ejecutar programas que permitan la difusin, aplicacin e implementacin del Convenio 169 y otros que fomenten la participacin y respeto de los pueblos indgenas.Participar en la formulacin de leyes, reglamentos y normas administrativas que emitan las instituciones del Estado, para asegurar la participacin plena de Pueblos Indgenas.

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PRESIDENCIA DE LA REPBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVILMANUAL DE ORGANIZACIN DEL SECTOR PBLICOe) Direccin General del EmpleoSon atribuciones de la Direccin General del Empleo las siguientes: Disear la poltica Nacional de Empleo, de Capacitacin Tcnica y Formacin

Profesional. Disear e implantar estrategias de comunicacin, para la difusin del modelo y mximo aprovechamiento de los servicios Pblico Nacional del Empleo. Servir de enlace entre empresas que tienen plazas vacantes y trabajadores desempleados;actividad que implica mantener una base de datos a travs de

encuestas a empleadores y entrevistas a trabajadores potenciales. Registrar y

controlar las autorizaciones que se concedan a extranjeros para trabajar en el pas, y las que se extiendan a empleadores para la contratacin de aquellos.Estudiar los problemas de los trabajadores emigrantes. Disear y coordinar la ejecucin de las Polticas Activas de Empleo. Registro y control de las instituciones de capacitacin tcnica y formacin profesional. Colaborar con los empleadores y trabajadores, en el estudio y determinacin de las necesidades de capacitacin profesional y mano de obra que requiere el pas, especialmente los sectores vulnerables. Efectuar los estudios para la utilizacin de la asistencia tcnica y econmica ofrecida por los organismos internacionales, gobiernos y entidades nacionales y extranjeras, de acuerdo con los fines del Ministerio. Mantener relacin permanente con los organismos, gobierno y entidades que ofrezcan becas para estudiantes y trabajadores guatemaltecos y proponer mediante una seleccin objetiva de los candidatos, asimismo, evaluar peridicamente los estudios y comportamiento de los becarios favorecidos. Recibir, administrar e invertir para el cumplimiento de sus fines, los recursos econmicos que el Estado, empresas, organismos o entidades otorguen a la Direccin del Empleo. Promover e Incentivar la Capacitacin Tcnica y Formacin Profesional del recurso humano guatemalteco, a travs del otorgamiento de becas, ayudas econmicas y crditos para la educacin en el trabajo, a efecto de asesorar, aprobar y supervisar la ejecucin de los programas de capacitacin dirigidos a trabajadores guatemaltecos, que ste Ministerio requiere de las empresas que contratan personal extranjero. Asesorar y administrar en forma eficiente y eficaz los recursos econmicos provenientes de la autorizacin de permisos laborales a extranjeros y de la recuperacin de crditos educativos. Modificar el monto del aporte que, en concepto de capacitacin indirecta, realizan los empleadores al obtener permisos de trabajos de personal extranjero, de acuerdo a la reglamentacin interna. Registro y control de empresas privadas e instituciones pblicas, que estn legalmente obligadas a preparar guatemaltecos en su capacitacin tcnica y formacin profesional.

f)Direccin General de Recreacin del Trabajador del EstadoTiene como atribuciones las siguientes: Formular polticas en materia de recreacin. Mantener y administrar los centros recreativos y vacacionales a cargo del Ministerio. Planificar y coordinar la ejecucin de actividades culturales y artsticas en

los diferentes centros recreativos y vacacionales. Promover y difundir informacin

relativa a los servicios recreativos que ofrece el Ministerio para los empleados del sector pblico. Coordinar y establecer alianzas estratgicas con instituciones pblicas y privadas que ofrecen servicios recreativos a los trabajadores. Fomentar el mejoramiento constante de los servicios recreativos de los trabajadores.

5.2.3Funciones Administrativas

Ministerio de Trabajo y Previsin Social

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PRESIDENCIA DE LA REPBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVILMANUAL DE ORGANIZACIN DEL SECTOR PBLICOa) Direccin AdministrativaTiene como atribuciones las siguientes: Desarrollar, coordinar y dirigir todas las actividades administrativas del Ministerio.Asegurar el suministro y uso

racional de los recursos materiales que se requieran, programando oportunamente la

adquisicin de los bienes o servicios.Recomendar implementar procedimientos tendientes a modernizar y agilizar los procesos administrativos, de conformidad con la ley. Coordinar con la Unidad de Administracin Financiera UDAF- la programacin de la adquisicin de bienes y servicios. Velar porque los registros de suministros y activos fijos, sean adecuados y eficientes.

b) Direccin de la Unidad de Administracin Financiera -UDAF-Tiene como atribuciones las siguientes: Administrar de conformidad con la ley, los recursos financieros del Ministerio. Mantener actualizados los registros presupuestarios y contables del Ministerio. Coordinar la elaboracin del anteproyecto

de presupuesto anual y con la autorizacin del Despacho Superior, realizar las

gestiones ante el Ministerio de Finanzas Pblicas, para su aprobacin. Llevar a cabo el control de la ejecucin del presupuesto anual y realizar peridicamente las evaluaciones correspondientes. Coordinar la adquisicin de bienes y servicios.

c) Direccin de Recursos HumanosTienecomoatribucioneslassiguientes:Establecerprocesos modernos de administracin de personal, especialmente reclutamiento y seleccin de personal permanente y por contrato, aplicables en las distintas dependencias del

Ministerio de Trabajo y Previsin Social. Ejercer el control de la asistencia del personal

para el cumplimiento de las atribuciones y de la jornada de trabajo, as como la aplicacin del rgimen disciplinario. Disear polticas de evaluacin del personal, que contemple un rgimen de promociones e incentivos, as como el proceso del periodo de prueba. Proponer y desarrollar mtodos y estrategias orientadas a lograr ptimas relaciones interpersonales entre los trabajadores y entre stos y las autoridades. Coordinar los procesos de capacitacin y desarrollo de personal del Ministerio, implementando acciones tendientes a elevar la eficiencia del empleado en cada puesto de trabajo. Administrar la nmina de sueldos, salarios y otras remuneraciones. Prestar los servicios mdicos bsicos y otros servicios que garanticen la salud y bienestar de los trabajadores. Mantener un registro permanente con informacin personalizada de los empleados. Realizar todas las gestiones administrativas correspondientes ante el Ministerio de Finanzas Pblicas, Oficina Nacional de Servicio Civil y otras instituciones del Estado. Promover programas de recreacin para los trabajadores y sus familias.

5.2.4Funciones de Apoyo Tcnicoa) Consejo Tcnico y Asesora JurdicaTiene como atribuciones las siguientes: Ser el rgano tcnico, consultor y asesor del Ministerio. El estudio e investigacin de casos y expedientes para proponer resoluciones y acuerdos y la adopcin de polticas. Unificar la opinin

jurdica de las dependencias del Ministerio.Elaborar anteproyectos de creacin o

reformas de normas jurdicas, contratos y otros actos administrativos que se le encomienden. Evacuar consultas y dictmenes legales, cuando se le requiera. Las dems que se le asignen.

Ministerio de Trabajo y Previsin Social

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PRESIDENCIA DE LA REPBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVILMANUAL DE ORGANIZACIN DEL SECTOR PBLICOb) Direccin de Planificacin, Cooperacin y EstadsticaSon atribuciones de sta Direccin las siguientes: Asesorar a las unidades del Ministerio de Trabajo y Previsin Social en todo lo relacionado con

sistemas y procesos de planificacin, en el marco de polticas y programas del

Gobierno. Requerir, generar y difundir informacin que oriente el diseo y desarrollo de las polticas, planes, programas y proyectos del Ministerio.Mantener relacin permanente con los organismos, gobiernos y entidades que ofrezcan cooperacin y asistencia a nuevos proyectos y programas para beneficio del Ministerio de Trabajo y Previsin Social.Asesorar y apoyar la elaboracin, seguimiento y evaluacin de planes, programas, proyectos incluyendo el Plan Operativo Anual, para el efecto deber mantener estrecha comunicacin con las instancias administrativas del Ministerio. Realizar estudios y formular solicitudes de asistencia tcnica y econmica a las distintas organizaciones internacionales, en las actividades que se estimen de mayor utilidad en beneficio del Ministerio de Trabajo y Previsin Social. Generary difundir estadsticas oportunas sobre el sector de trabajo, empleo y previsin social, que sirvan de base para la formulacin de poltica en esta materia. Coordinar y atender solicitudes de estadsticas de trabajo requeridas por la Organizacin Internacional de Trabajo, de conformidad con los Convenios ratificados por Guatemala, as como de Instituciones pblicas y privadas del pas. Recopilar en cada dependencia del Ministerio informacin que sea susceptible de procesarse estadsticamente, y consolidar la Memoria Anual de Labores del Ministerio de Trabajo y Previsin Social. El anlisis e interpretacin de la informacin recopilada, formulando indicadores estadsticos en materia laboral, para fines de consulta y estudio del Ministerio. Elaborar y aplicar manuales, instructivos y boletas que sean necesarios para la produccin de estadsticas. Desarrollar e implementar mtodos modernos para la formulacin de estadsticas. Promover los sistemas estadsticos de empleo e ingreso coordinado con el ente rector del mismo y otras entidades relacionadas.

c) Unidad de Asuntos Internacionales de Trabajo, con rango deDireccin General.Son atribuciones de esta Unidad las siguientes: Conocer todos los asuntos relativos a la Organizacin Internacional del Trabajo y otras entidades que se relacionan con el ramo, a efecto de velar por el cumplimiento de tratados, convenios, recomendaciones, protocolos, acuerdos y resoluciones adoptadas en materia de trabajo, aplicablesaGuatemala.Prestar la colaboracina los diferentes organismos,organizaciones y entidades internacionales, que requieran las comisiones tcnicas y

expertos de los mismos, en materia de trabajo. Facilitar las informaciones que entidades pblicas y privadas del extranjero solicitan, con relacin al avance del efectivo cumplimiento de los derechos laborales en Guatemala. Servir de contacto con las diferentes instituciones gubernamentales que conforman la Comisin Multinstitucional de Relaciones de Trabajo. Estudiar y hacer las recomendaciones sobre diversos informes de las distintas organizaciones internacionales, sus instituciones especializadas y comisiones consultivas en materia de trabajo. Resolver todo lo relacionado con la Comisin Tripartita de Asuntos Internacionales de Trabajo, realizando las funciones de la Secretara de dicha comisin.d) Direccin de Sistemas de InformacinTienecomoatribucioneslassiguientes:Analizar,diseare implementar los sistemas de informacin necesarios para el buen funcionamiento del Ministerio de Trabajo y Previsin Social, conforme a los requerimientos planteados por la Autoridad Superior y las distintas unidades del Ministerio. Asesorar y dar soporte

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PRESIDENCIA DE LA REPBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVILMANUAL DE ORGANIZACIN DEL SECTOR PBLICOtcnico a los usuarios en el uso y aprovechamiento de la informtica y otros adelantos tecnolgicos pertinentes, as como de implementar y mantener la seguridad de los sistemas de informacin. Poner en prctica aplicaciones de informtica en las diferentesdependenciasdelMinisterio,congruentesconlasactividadesque desempean. Velar por la evolucin del sistema informtico del Ministerio.

5.2.5Funcin de Control Interno y de Coordinacin a) Unidad de Auditora Interna UDAI-Son atribuciones de esta Unidad las siguientes: Calificar y comprobar que los gastos se efecten en forma racional, de acuerdo con la legislacin y los programaspresupuestariospreviamenteaprobados.Realizarperidicamente auditoras administrativas y financieras a las dependencias del Ministerio, con el fin de

apoyar a la administracin en el logro de sus objetivos. Verificar la correcta aplicacin

y cumplimiento de las polticas y normas y procedimientos de control interno, leyes y regulaciones aplicables al Ministerio, como medio para asegurar el logro de los objetivos. Disear los procedimientos para evaluar en forma permanente los sistemas de operacin (SIAF), sistemas computarizados, procesos de control interno y de control de calidad a ellos incorporados. Presentar informe trimestral a la Direccin Superior, sobre el desarrollo de sus actividades. Ejecutar todas aquellas actividades de control que garanticen la transparencia del gasto pblico, y el cumplimiento de metas del Ministerio.

b) Coordinacin de Direcciones RegionalesSon atribuciones de esta Coordinacin las siguientes: Servir de enlace entre del Despacho Ministerial y las Direcciones Regionales. Planificar y coordinar las acciones de trabajo y previsin social en el interior de la Repblica.Supervisar y evaluar las actividades que realizan las Direcciones Regionales. Asesorar y apoyar a las Direcciones Regionales en la resolucin de conflictos laborales que se presenten

en sus jurisdicciones.Impulsar y fortalecer el proceso de descentralizacin del

Ministerio.

6. DISEO ORGANIZACIONAL6.1 FUNCIONES SUSTANTIVAS6.1.1 Direccin Superior: Despacho Ministerial6.1.1.1Ministro, Primero, Segundo y Tercer Viceministro, se apoya en los

rganos Consultivos, las Asesoras Tcnicas, la Secretara General, la Secretara de Comunicacin Social y los rganos Temporales que puedan crearse.

6.1.1.2Procuradura de la Defensa del Trabajador, con rango de Direccin

General

6.1.1.3Inspeccin General de Trabajo, con rango de Direccin General

6.1.1.4Direccin General de Trabajo

6.1.1.5Direccin General de Previsin Social

6.1.1.6Direccin General del Empleo

6.1.1.7Direccin General de Recreacin del Trabajador del Estado

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PRESIDENCIA DE LA REPBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVILMANUAL DE ORGANIZACIN DEL SECTOR PBLICO6.1.2 Funciones Administrativas6.1.2.1Direccin Administrativa

6.1.2.2Direccin de la Unidad de Administracin Financiera -UDAF-

6.1.3.3Direccin de Recursos Humanos

6.1.3 Funciones de Apoyo Tcnico6.1.3.1Consejo Tcnico y Asesora Jurdica

6.1.3.2Direccin de Planificacin, Cooperacin y Estadstica

6.1.3.3Unidad de Asuntos Internacionales de Trabajo, con rango de

Direccin General

6.1.3.4Direccin de Sistemas de Informacin

6.1.4 Funciones de Control Interno y de Coordinacin6.1.4.1Unidad de Auditoria Interna UDAI-

6.1.4.2Coordinacin de Direcciones Regionales

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PRESIDENCIA DE LA REPBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVILMANUAL DE ORGANIZACIN DEL SECTOR PBLICOMINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIN SOCIALAcuerdo Gubernativo No. 242-2003, Reformado por Acuerdo Gubernativo No. 255-2003 y AcuerdoGubernativo No. 83-2007MINISTROCoordinacin de Direcciones Regionales

Unidad de AuditoriaInternaUnidad de Asuntos Internacionales de Trabajo

Consejo Tcnico yAsesora Jurdica

Direccin de Planificacin, Cooperacin y Estadstica

Direccin de Sistemas de Informacin

Organos ConsultivosSecretaria General

Secretara deComunicacin SocialOrganos TemporalesPrimerViceministerioViceministro deTrabajo

SegundoViceministerioViceministro Administrativo- Financiero

TercerViceministerioViceministro dePrevisin SocialInspeccin General de Trabajo

Direccin General de Trabajo

Procuradura de la Defensa del Trabajador

DireccinAdministrativa

Direccin de la Unidad de Administracin- Financiera

Direccin de Recursos Humanos

Direccin General de Previsin Social

Direccin General del Empleo

Direccin General de Recreacin del Trabajador del Estado

Relacin de LneaRelacin de Apoyo

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