presentación cgr procedimientos disciplinarios municipales

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  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS

    INSTRUIDOS POR LASMUNICIPALIDADES

    DIVISIN DE MUNICIPALIDADESSUBDIVISIN JURDICA

    http://www.youtube.com/user/CONTRALORIACHILEhttp://twitter.com/Contraloriaclhttps://www.facebook.com/contraloriachile
  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Todo procedimiento disciplinario tiene por fin

    indagar una irregularidad o infraccin funcionaria,

    con miras a establecer y hacer efectiva laresponsabilidad administrativa de los servidores

    involucrados.

    Objetivo de los ProcedimientosDisciplinarios

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    El personal de la Administracin del Estado estar sujeto a

    responsabilidad administrativa, sin perjuicio de la

    responsabilidad civil y penal que pueda afectarle.En el ejercicio de la potestad disciplinaria se asegurar el

    derecho a un racional y justo procedimiento.

    (Artculo 18 de la ley N18.575)

    Responsabilidad Administrativa

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    La responsabilidad administrativa es aquella en que

    incurren los servidores pblicos cuando sus conductas

    contravienes sus obligaciones o infringen prohibicionespropias de sus empleos o funciones.

    Responsabilidad Administrativa

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    El empleado que infringiere sus obligaciones o deberes

    funcionarios podr ser objeto de anotaciones de demrito

    en su hoja de vida o de medidas disciplinarias.Los funcionarios incurrirn en responsabilidad

    administrativa cuando la infraccin a sus deberes y

    obligaciones fuere susceptible de la aplicacin de una

    medida disciplinaria, la que deber ser acreditada mediante

    investigacin sumaria o sumario administrativo.(Artculo 118 de la ley N 18.883)

    Responsabilidad Administrativa

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Legalidad

    Slo pueden aplicarse las sanciones disciplinarias queexpresamente se encuentran establecidas por el legislador.

    Principios que rigen la ResponsabilidadAdministrativa

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Debido Proceso

    El debido proceso es un principio jurdico segn el cual todapersona tiene derecho a ciertas garantas mnimas,

    tendientes a asegurar un resultado justo, que incluyen la

    oportunidad de ser odo, tener la posibilidad de presentar

    descargos y pruebas.

    Se trata de garantizar a todo inculpado un procedimientodisciplinario que le otorgue la posibilidad efectiva y concreta

    de defenderse con eficacia.

    Principios que rigen la ResponsabilidadAdministrativa

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Proporcionalidad de la sancin

    Toda medida disciplinaria debe aplicarse en relacin almrito del proceso y la gravedad de la infraccin cometida.

    La medida de destitucin procede cuando as lo ordena

    expresamente la ley y cuando se ha vulnerado gravemente

    el principio de probidad administrativa.

    Principios que rigen la ResponsabilidadAdministrativa

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Impugnabilidad

    Que la sancin disciplinaria sea susceptible de ser

    impugnada.

    El artculo 139 de la ley N 18.883, contempla el recurso de

    reposicin en contra del decreto alcaldicio que aplique una

    medida disciplinaria.

    Principios que rigen la ResponsabilidadAdministrativa

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Independencia

    La responsabilidad administrativa es independiente de la

    civil y penal, y as se establece en los artculos 18, de la ley

    N 18.575, y 119, de la ley N 18.883.

    Principios que rigen la ResponsabilidadAdministrativa

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    De conformidad con el artculo 63, letra d), de la ley

    N 18.695, Orgnica Constitucional de Municipalidades, el

    alcalde es el titular de la potestad disciplinaria.

    Dicha potestad es indelegable, de acuerdo con la letra j) de

    la misma disposicin.

    Potestad disciplinaria

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    El alcalde es quien debe ordenar la instruccin de un

    procedimiento sancionatorio, toda vez que es el titular de la

    potestad disciplinaria.

    No obstante, el hecho que el procedimiento lo disponga una

    autoridad incompetente no afecta su validez, porque no es

    un vicio esencial, ya que no constituye un elemento decisivo

    en los resultados del procedimiento disciplinario, siempreque la sancin sea impuesta por la autoridad competente

    para ello (Dictmenes N s. 2.680/99 y 4.173/12).

    Potestad disciplinaria

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    - Investigacin Sumaria: proceso verbal en que se levanta

    acta de lo actuado; breve; su objeto es indagar infracciones

    menores; no permite la aplicacin de la destitucin, salvo

    excepcin expresa.

    - Sumario Administrativo: proceso escrito; su extensin esmayor que la investigacin sumaria; su fin es indagar

    hechos de mayor gravedad; permite aplicar la destitucin.

    Procedimientos disciplinarios

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    - Fiscal incompetente

    Ello no es causa suficiente, per se, para afectar la legalidaddel procedimiento, si los inculpados han dispuesto de todas

    las posibilidades de defensa y el fiscal ha actuado con la

    debida imparcialidad, de manera que de los antecedentes

    fluya que la designacin de otro fiscal no hubiera significado

    un resultado distinto al que arroj la investigacin de que se

    trate (Dictamen N30.977/97).

    Aspectos relevantes a considerar

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Plazos

    - Los plazos son de das hbiles (art. 143, ley N18.883)

    - Los plazos que contempla el Ttulo V de la ley N18.883,

    no poseen el carcter de esenciales y, por ende, lasactuaciones no sern privadas de validez cuando la se

    excedan. No obstante, es responsabilidad del fiscal

    instructor y de la unidad jurdica del municipio, velar por la

    correcta y oportuna tramitacin de los procesos sumarialeshasta la vista fiscal, obligacin dentro de la cual se entiende

    incorporada la de dar cumplimiento a los plazos (dictamen

    N27.262/06).

    Aspectos relevantes a considerar

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Notificaciones

    - Personal: en su domicilio o en su lugar de trabajo.

    - Carta Certificada: si el funcionario no es habido por 2 das

    consecutivos, lo que deber dejarse constancia en el expediente.El funcionario se entender notificado cumplidos 3 das del

    despacho de la carta (diferente del art. 46 de la ley N19.880).

    -Tcita: por aplicacin supletoria del art. 47 de la ley N19.880. Se

    entender el acto debidamente notificado si el interesado a quien

    afectare, hiciere cualquier gestin en el procedimiento, con

    posterioridad al acto, que suponga necesariamente su

    conocimiento, sin haber reclamado previamente de su falta o

    nulidad.

    Aspectos relevantes a considerar

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Representacin del afectado y declaracin asistido por

    letrado

    - El mandato debe estar constituido por medio de escriturapblica o documento privado suscrito ante notario, conforme

    lo prescrito en el artculo 22 de la ley N 19.880 (Dictamen

    N 79.238/10).

    - El funcionario llamado a declarar durante la etapa

    indagatoria de un procedimiento disciplinario, tiene derecho

    a comparecer asistido por su abogado (Dictamen

    N 24.733/11).

    Aspectos relevantes a considerar

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Formulacin de cargos

    Elprincipal objetivo que se persigue con la formulacin de

    cargos es dar a conocer en forma clara al inculpado el

    hecho anmalo que se le imputa, de tal manera que tenga

    la posibilidad de defenderse en cada una de las instancias

    legales establecidas al efecto. (Dictamen N 77.336/12)

    Aspectos relevantes a considerar

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Medios probatorios

    Los procedimientos disciplinarios son procesos reglados en

    la ley N 18.883, por lo que respecto de stos, ante lainexistencia o falta de claridad de una regulacin especial

    que rija una materia, como sucede con la prueba,

    corresponde aplicar el artculo 35 de la ley N 19.880, en

    carcter de supletoria, segn el cual, los hechos relevantes

    para la decisin de un procedimiento, podrn acreditarse

    por cualquier medio de prueba admisible en derecho

    (Dictamen N 69.157/09).

    Aspectos relevantes a considerar

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Apreciacin de la prueba

    En materia procedimental administrativa no existe un sistema de

    prueba legal tasada, como ocurre en el procedimiento civil,

    descansando exclusivamente en la autoridad que ejerce la potestaddisciplinaria la ponderacin de los medios de conviccin que

    consten en la correspondiente carpeta administrativa, sin que la ley

    preestablezca el valor probatorio de stos. Por aplicacin supletoria

    del artculo 35 de la ley N 19.880, la prueba se apreciar en

    conciencia, significando aquello que la autoridad puede llegar con

    entera libertad y en forma privativa al convencimiento y decisin

    ms conforme con su ntima y libre opinin (Dictamen

    N 51.674/11).

    Aspectos relevantes a considerar

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Desde cuando se entienden involucrados en un proceso, y

    susceptibles de recibir una sancin

    En el caso de ex funcionarios que al momento de ordenarse la

    instruccin de un proceso disciplinario posean la calidad deservidores municipales, pero con anterioridad a que este se haya

    afinado, se produce su trmino de labores, el fiscal instructor se

    halla en el imperativo legal de proceder a su respecto en la misma

    forma en que debe hacerlo con aquellos que mantienen la calidad

    de funcionarios, si estima que han tenido una participacin

    responsable en los hechos, sin perjuicio de que dicha

    responsabilidad slo puede hacerse efectiva en los trminos

    reseados en el inciso final del artculo 145 de la ley N 18.883.

    Aspectos relevantes a considerar

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Trmites esenciales al tenor del artculo 142 de la ley

    N 18.883

    Son trmites esenciales de un sumario administrativo

    aquellos cuya omisin implica la privacin de la facultad que

    tiene el afectado de defenderse oportunamente, como

    ocurre con la declaracin del inculpado, la formulacin de

    cargos concretos, la notificacin legal ya sea de los cargoso de la sancin que se pretende aplicar (Dictmenes N s.

    2680/99 y 21046/05).

    Aspectos relevantes a considerar

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Efectos de las medidas disciplinarias

    - De conformidad con lo establecido en el artculo 51, inciso

    segundo, de la ley N 19.880, la sancin aplicada rige a contarde la fecha de la notificacin del correspondiente acto

    terminal, poca en la que comienza a generar sus efectos y,

    por ende, hasta la cual corresponde la percepcin de las

    respectivas remuneraciones (Dictamen N 8.225/09).

    - Los efectos del decreto que afina el procedimientodisciplinario no se ven supeditados al trmite de registro en la

    Contralora General.

    Aspectos relevantes a considerar

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Destitucin de dirigentes gremiales

    De conformidad con el artculo 25 de la ley N 19.296, la

    destitucin que se imponga a los dirigentes de lasasociaciones de funcionarios de la Administracin del Estado,

    debe ser ratificada por C.G.R., efectuando un estudio del

    proceso sumarial y de la resolucin que disponga la medida

    expulsiva, confirmndola o indicando en un pronunciamiento

    jurdico las observaciones que impiden tener por justificada

    legalmente la desvinculacin. Por ende, la medida solo

    genera sus efectos luego de la pertinente ratificacin.

    Aspectos relevantes a considerar

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Reclamo de ilegalidad en relacin con los efectos de la

    medida disciplinaria

    El reclamo de ilegalidad ante la Contralora General no

    suspende los efectos de la medida disciplinaria (Dictmenes

    N s. 46.174/07 y 56.116/10).

    Aspectos relevantes a considerar

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Efectos de la aplicacin de medidas expulsivas en el marco de

    procedimientos disciplinarios cuya juridicidad es reparada por la

    Contralora General

    En caso de reabrirse un procedimiento sumarial, debe estarse a

    su trmino, para que una vez acontecido aquello y slo en el

    caso de disponerse finalmente una medida disciplinaria diversa

    de la destitucin, procede la reincorporacin del afectado y el

    pago de las remuneraciones durante el tiempo en que se

    encontr desvinculado de su cargo por aplicacin de la medida

    expulsiva (Dictmenes N s. 42.851/07 y 6.001/11).

    Aspectos relevantes a considerar

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Interrupcin de la Prescripcin

    Art. 155, de la ley N 18.883: La prescripcin de la accin

    disciplinaria se interrumpe, perdindose el tiempo transcurrido, siel funcionario incurriere nuevamente en falta administrativa.

    Solo una vez afinado el proceso disciplinario instruido con motivo

    de una nueva falta cometida por el mismo servidor y en el que se

    le aplique una medida disciplinaria, el plazo de prescripcin seentender interrumpido a contar del da en que ocurrieron los

    hechos materia de esta nueva infraccin (Dictmenes N s.

    6.926/01 y 29.991/10).

    Aspectos relevantes a considerar

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Suspensin de la Prescripcin

    Art. 155, de la ley N 18.883: La prescripcin de la accin

    disciplinaria se suspende desde que se formulan cargos. Si el

    proceso administrativo se paraliza por ms de dos aos, otranscurren dos calificaciones funcionarias sin que haya sido

    sancionado, continuar corriendo el plazo de prescripcin como si

    no se hubiese suspendido (Ver dictamen N 17.865/95).

    - Calificaciones: se considera el 31 de diciembre del ao

    pertinente.

    - Se suma el tiempo anterior a la suspensin con el tiempo posterior

    al hecho que determina que el plazo siga corriendo.

    (Ver dictmenes N s. 71.484/11 y 34.715/13)

    Aspectos relevantes a considerar

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    SOBRE PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOSINSTRUIDOS POR LAS MUNICIPALIDADES

    Suspensin de la Prescripcin, ejemplo:

    Jean Pierre Lopp Uhart- DMUN

    SUSPENSIN DELPLAZO

    6 MESES 3 AOSTOTAL: 3 AOS Y

    6 MESES

    21/04/06

    INFRACCIN

    21/10/06

    CARGOS

    31/12/06

    1aCALIFICACIN

    31/12/07

    2 CALIFICACIN

    31/12/10

    DECRETOSANCIONATORIO

    SIGUE CORRIENDO ELPLAZO

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Aspectos relevantes a considerar

    Reapertura v/s Prescripcin

    Resulta improcedente que el alcalde disponga la

    reapertura de un sumario cuando han trascurrido ms decuatro aos desde que se cometi la infraccin, toda vez

    que si se evacuara dicho trmite, y conforme a un nuevo

    anlisis de los antecedentes, aquel mantuviera la

    conviccin de que al afectado le asiste responsabilidad,

    estara impedido de imponer una sancin, por cuanto el

    plazo para ejercer la accin disciplinaria se habra

    extinguido (Dictmenes N s. 24.006/05 y 34.054/13).

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Aspectos relevantes a considerar

    Aplicacin de medida expulsiva en perodo electoral

    Los artculos 156 y 157 de la ley N 10.336: desde treinta

    das antes del acto eleccionario -y hasta 60 das despus,tratndose de elecciones presidenciales- las medidas

    disciplinarias expulsivas a que estn sujetos los

    funcionarios pblicos, slo podrn decretarse previo

    sumario instruido por la Contralora General, limitacin que

    tambin afecta al personal regido por el Cdigo del Trabajocuando se le aplican las causales contempladas en los

    artculos 160 y 161 (Instrucciones N s. 15.000/12 y

    48.097/09).

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Particularidades de otros Estatutos

    Ley 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educacin

    - De conformidad con el artculo 72, letra b), la falta de probidad

    y conducta inmoral, deben ser establecidas mediante sumarioadministrativo, de acuerdo al procedimiento establecido en los

    artculo 127 al 143 de la ley N18.883.

    - La designacin del fiscal instructor recaer en un profesional

    de la respectiva Municipalidad (unidades del Prrafo 4 Ttulo ILey N 18.695) o Departamento de Educacin Municipal

    (excluidos quienes se desempean en establecimientos de

    educacin).(Ver dictamen N32.700/12).

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Particularidades de otros Estatutos

    Ley 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educacin

    - En el caso de la causal de la letra c) del artculo 72,

    incumplimiento grave de las obligaciones que impone la

    funcin, basta la realizacin de una breve investigacin.

    - En relacin con la causal referida, el inciso final del

    artculo 72 hace aplicable la disposicin del artculo 134

    de la ley N18.883, referida a la posibilidad de suspender

    o destinar al docente inculpado.

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Particularidades de otros Estatutos

    Ley 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educacin

    Atendida la modificacin del artculo 145 del Reglamentodel Estatuto Docente, slo el alcalde puede instruir un

    procedimiento disciplinario en contra de un profesional de

    la educacin, como asimismo, afinarlo. Adems, producto

    de esta modificacin, hoy no puede sancionarse a un

    docente con amonestacin. (Decreto N215, de 2011, del Ministerio de Educacin,

    artculo nico N28).

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Particularidades de otros Estatutos

    Ley 19.070, Estatuto de los Profesionales de la

    Educacin

    El plazo para reclamar de la medida de trmino de la

    relacin laboral es de 60 das desde la notificacin del

    acto administrativo que la dispone. (Ver dictamen

    N34.922, de 2014)

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Particularidades de otros Estatutos

    Ley 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educacin

    La accin disciplinaria prescribe en el plazo de 5 aos contado

    desde el da en que el docente hubiere incurrido en la falta.

    Al no contemplar la ley N19.070 normas que regulen la

    prescripcin de la responsabilidad, ni tampoco el Cdigo del

    Trabajo -que se aplica supletoriamente-, corresponde aplicar

    las disposiciones generales que contiene nuestro ordenamientojurdico sobre la materia, esto es, las contenidas en el Cdigo

    Civil, especficamente su artculo 2515 (Dictamen N49.575/08).

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Particularidades de otros Estatutos

    Ley 19.378, Estatuto de Atencin Primaria de Salud

    Municipal

    En virtud de lo previsto en el artculo 4 de la ley N

    19.378, resultan plenamente aplicables a los

    funcionarios de la salud municipal, las disposiciones

    sobre responsabilidad administrativa previstas en la leyN18.883.

    P i l id d d E

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Particularidades de otros Estatutos

    Cdigo del Trabajo

    Para disponer el trmino de la relacin laboral de los

    funcionarios afectos a este cdigo, por hechos imputables a

    stos, se debe invocar alguna de las causales del artculo 160

    del citado cuerpo legal y practicar previamente una breveinvestigacin, la que si bien no requiere sujetarse a reglasrgidas de tramitacin, deber observar el derecho fundamental

    al debido proceso, vale decir, efectuar una investigacin

    destinada a establecer la ocurrencia de los hechos imputados

    al servidor y la participacin que en ellos le cabe a ste, quien

    debe ser odo, dndosele la posibilidad de defenderse

    (Dictmenes Ns. 25.804/09 y 43.689/13).

    P ti l id d d t E t t t

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Particularidades de otros Estatutos

    Cdigo del Trabajo

    Para poder aplicar las sanciones de amonestacinverbal o escrita y multa de hasta 25% de la

    remuneracin diaria, estas deben estar contempladas en

    un reglamento interno del municipio, conforme con lo

    dispuesto en el artculo 154, N 10, del Cdigo del

    Trabajo (Dictamen N38.251/06).

    P ti l id d d t E t t t

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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    Particularidades de otros Estatutos

    Cdigo del Trabajo

    El plazo para interponer el recurso de reclamacin antela Contralora General, es de 60 das hbiles, en

    conformidad con lo prescrito en el artculo 168 del

    Cdigo del Trabajo (Dictamen N28.116/13).

  • 7/25/2019 Presentacin CGR Procedimientos Disciplinarios Municipales

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