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PROCESO ADMINISTRATIV O

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Proceso Administrativo aplicable municipalidades guatemala

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Page 1: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

PROCESO ADMINISTRATI

VO

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PLANIFICACIÓN

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MISIÓN Y VISIÓN

La misión y visión de las municipalidades en Guatemala son muy diferentes en cada una, siempre encaminadas a lo que estipula el tercer considerando del decreto 12-2002 Código Municipal

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OBJETIVOS

Los objetivos que cubre las municipalidades, están reguladas por

CÓDIGO MUNICIPAL decreto 12-2002 en el TITULO I GENERALIDADES,

“Artículo 2. Naturaleza del municipio. El municipio es la unidad básica de la organización territorial del Estado y espacio inmediato de participación ciudadana en los asuntos públicos. Se caracteriza primordialmente por sus relaciones."

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ESTRATEGIA Y POLÍTICA

Estrategia: es la determinación del propósito o misión y de los objetivos básicos a largo plazo de una empresa, y en la adopción de los recursos de acción y de la asignación de recursos necesarios para el cumplimiento de esas metas.

Las políticas: son enunciados o interpretaciones generales que orientan las ideas de los administradores en la toma de decisiones.

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Plan Operativo Anual

EJERCICIO FISCAL 2014 Y MULTIANUAL 2014-2016

› Pacto por el Hambre Cero › Pacto por la Seguridad, la Justicia y la Paz › Pacto para el Desarrollo Económico

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Marco Legal

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Contenido del Plan Operativo Anual

Portada. Presentación Certificación del punto de acta de aprobación. Introducción Base Legal Resultados definidos para el periodo Alcances y limitaciones del POA anterior Matriz POA año en curso Recursos Necesarios Contraportada

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¿Por que planificar y presupuestar en el marco de la Gestión por Resultados?

Su importancia radica en que la Gestión por resultados es un cambio en la forma de administración, que se basa en un modelo de gestión pública, que prioriza sus intervenciones y alinea los recursos de las distintas instituciones y dependencias de Gobierno hacia el logro de resultados concretos enfocados en el ciudadano, a traves de la creación del valor público6. En el ámbito local quienes crean valor público, a traves de brindar un bien o servicio con eficacia, eficiencia y efectividad deben ser las municipalidades

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PRESUPUESTO MUNICIPAL

Es un sistema dinámico, porque a traves del control de ingresos y gastos permite efectuar modificaciones adecuadas a las necesidades e implementación de proyectos.

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Coordinación de servicios financieros económicos

En marzo del año de 2004 se creó la Coordinación de Servicios Financieros y Económicos, según lo establece el Código Municipal en los Artículos 97 y 98.

Objetivo Es la Unidad responsable del proceso de la administración financiera integrada municipal.

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Atribuciones Elaborar la programación de la ejecución

presupuestaria, y con los responsables de cada programa, la evaluación de la gestión presupuestaria;

Administrar la gestión financiera del presupuesto, la contabilidad integrada, la deuda municipal, la tesorería y las recaudaciones.

Registrar las diversas etapas de la ejecución presupuestaria del ingreso y gasto.

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Ingresos Municipales

Arbitrios municipales Recolección de basura Servicios Municipales Ingresos provenientes del aporte que por

Ley debe dar el Organismo Ejecutivo. El producto de los impuestos que el

Congreso de la República decrete a favor del Municipio.

Donaciones

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Programas del Presupuesto Programa 01: Dirección Superior, Gerencia, Administración

Financiera Integrada Municipal, Secretaría, recursos Humanos y Servicios Administrativos, Otros Servicios Administrativos y Auditoria Interna Municipal.

Programa 11: Actividades específicas-Servicios Públicos Municipales, Energía Electrica, Agua Potable, Servicios de Salud, Mercados, Rastros, Otros Servicios

Programa 12: Desarrollo Urbano y Rural, Coordinación Oficina Municipal de Planificación, Urbanización y Catastro, Coordinación de Servicios Públicos.

Programa 13: Servicios Civiles Municipales. Programa 14: Seguridad Gobierno Municipal. Programa 15: Medio Ambiente. Programa 16: Servicios de Educación y Cultura Programa 99: Partidas no asignables a Programas

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NORMAS MUNICIPALES

Ordenanza Municipal

Una Ordenanza es un acto normativo a traves del cual se expresa el Concejo Municipal para el gobierno de su respectiva sección de provincia en temas que revisten interes general y permanente para la población y cuya aplicación y cumplimiento es de carácter obligatorio desde su publicación

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Resolución Municipal

Las Resoluciones son notas de gestión administrativa emitida por el Concejo Municipal. Las resoluciones a diferencia de las ordenanzas, son normas de gestión administrativa del Concejo municipal y de cumplimiento obligatorio. Su vigencia se produce a partir de su publicación, pero no necesita la promulgación del alcalde.

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Manual de organización municipal

General

Contar con un instrumento administrativo para el ejercicio de las competencias municipales con la finalidad de procurar el desarrollo integral de la persona, las comunidades y la realización del bienestar o bien común de todas las personas que habitan el municipio.

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Específicos

Establecer una estructura organizativa funcional, que contribuya al desarrollo de planes, programas y proyectos

Contar con un instrumento que sirva a las autoridades, para que conozcan y/o refuercen sus conocimientos sobre las funciones que le corresponden desempeñar a cada unidad

Evitar los conflictos por razones de jurisdicción administrativa y la dualidad de funciones.

Page 21: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Fortalecer la capacidad de prestación de servicios a la población.

Propiciar un mejor ordenamiento de la estructura organizacional de la municipalidad

Desconcentrar funciones, tradicionalmente asignadas a la alcaldía municipal, en las unidades administrativas establecidas en la legislación.

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PROCEDIMIENTOS MUNICIPALES

En todas las municipalidades debe de existir manuales de procedimientos para poder saber cómo llevar a cabo diferentes tareas.Pueden existir distintos tipos de manuales con procedimientos a seguir :• Manual de Organización• Manual Administrativo• Manual de Políticas• Manual de Tecnicas• Manual de Recursos Humanos• Manual de Finanzas• Manual de Sistemas • Manuales Contables

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OBJETIVO DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE RECURSOS HUMANOS

Este manual presentar a los empleados del departamento de Recursos Humanos una compilación ordenada, secuencial y detallada de los procedimientos y las operaciones del departamento de Recursos Humanos, los puestos o unidades administrativas que intervienen en cada actividad, integrando su participación en dichas operaciones y los pasos que se deben seguir para la correcta realización de las actividades en procedimientos administrativos.

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Un ejemplo de los procedimientos a seguir en el departamento de recursos humanos en una municipalidad se podrían mencionar:

Procedimiento para la elaboración de Nóminas

Procedimiento para la emisión de permisos.

Procedimientos para permisos

Procedimiento para las renuncias

Procedimiento para notificar abandono de puesto

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Programas Municipales

contribuir con las comunidades y así poder brindar beneficios y fomentar así tambien la unión entre la misma.

Entre estos distintos programas se podrían mencionar:

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Blibliotecas Municipales:

Con su servicio personalizado y gratuito, contribuyen a la educación integral de las nuevas generaciones.

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Deportes y salud mental

 Además de promover la actividad física, se han convertido en espacios que fomentan valores y propician la salud mental de los jóvenes, en especial de los que viven en “zonas rojas”, al apartarlos de drogas y pandillas.

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Jardines Infantiles Municipales

La Secretaría de Asuntos Sociales (SAS) de la Municipalidad de Guatemala ha puesto, al servicio de padres trabajadores, guarderías y jardines infantiles creados con el propósito de brindar un espacio adecuado y seguro para chicos en edad preescolar.

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Oficina Municipal del Adulto Mayor

El objetivo de esta oficina es atender al Adulto Mayor integralmente en lo que respecta a participación social y salud en general. 

Por ello las Municipalidades promueve la participación de los adultos mayores y su participación, que cuenten con atención especializada la cual se les garantice, atención integral que permita mejorar sus condiciones físicas y mentales.

Page 30: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

ORGANIZACIÓN

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La estructura de una organización aclara las funciones que posee cada puesto de trabajo, las actividades y niveles jerárquicos con el fin de maximizar la eficiencia de cada uno de ellos.

Los elementos que conforman la segunda fase del proceso administrativo están:•Funciones•Jerarquías•Puestos.

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Puestos municipalesPuesto Información

Concejo Municipal

ARTICULO 9. Del concejo y gobierno municipal. El Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales cuyos miembros son solidaria y

mancomunadamente responsables por la toma de decisiones y tiene su sede en la cabecera de la circunscripción municipal. El gobierno municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual es responsable

de ejercer la autonomía del municipio. Se integra por el alcalde, los síndicos y los concejales, todos electos directa y popularmente en cada municipio de conformidad con la ley de la materia.

ARTICULO 33. Gobierno del municipio. Corresponde con exclusividad alConcejo Municipal el ejercicio del gobierno del municipio, velar por la integridad de su

patrimonio, garantizar sus intereses con base en los valores, cultura y necesidadesplanteadas por los vecinos, conforme a la disponibilidad de recursos.

ARTICULO 54. Atribuciones y deberes de síndicos y concejales. Los síndicos y los concejales, como miembros del órgano de deliberación y de decisión.

El Alcalde

ARTICULO 52. Representación municipal. El alcalde representa a la municipalidad y al municipio; es el personero legal de la misma, sin perjuicio de la representación judicial que se le atribuye al síndico; es el

jefe del órgano ejecutivo del gobierno municipal; miembro del Consejo Departamental de Desarrollo respectivo y

presidente del Concejo Municipal de Desarrollo.

ARTICULO 53. Atribuciones y obligaciones del alcalde. En lo que le corresponde, es atribución y obligación del Alcalde hacer cumplir las ordenanzas, reglamentos, acuerdos, resoluciones y demás disposiciones del Concejo municipal y al efecto expedirá las órdenes e instrucciones necesarias, dictará las medidas

de política y buen gobierno ejercerá la potestad de acción directa y, e general, resolverá los asuntos del municipio que no esten atribuidos a otra autoridad.

Auditor interno

ARTICULO 88. Auditor interno. Las municipalidades deberán contratar unauditor interno, quien deberá ser guatemalteco de origen, ciudadano en el ejercicio desus derechos políticos, contador público y auditor colegiado activo, quien, además develar por la correcta ejecución presupuestaria, deberá implantar un sistema eficiente

y ágil de seguimiento y ejecución presupuestaria, siendo responsable de susactuaciones ante el Concejo Municipal. El auditor interno podrá ser contratado a

tiempo completo o parcial. Las municipalidades podrán contratar, en formaasociativa, un auditor interno. Sus funciones serán normadas por el reglamento

interno correspondiente.

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Puesto Información

Secretario

ARTICULO 83. Secretario municipal. El Concejo Municipal contará con unsecretario, quien, a la vez, lo será del alcalde. Para ser nombrado secretario se

requiere ser guatemalteco de origen, ciudadano en ejercicio de sus derechos políticosy tener aptitud para optar al cargo, de conformidad con el reglamento municipal

respectivo.

Tesorero Municipal

ARTICULO 86. Tesorero Municipal. La municipalidad tendrá un tesorero, a cuyo cargo estará la recaudación, depósito y custodia de los fondos y valores municipales, así

como la ejecución de los pagos que, de conformidad con la ley, proceda hacer.Para ser nombrado tesorero se requiere ser guatemalteco de origen, ciudadano en el

ejercicio de sus derechos políticos, perito contador o contador público y auditor, otener certificado de aptitud, de conformidad con el reglamento de la materia.

Registrado civil

ARTICULO 89. Registrador civil. El Concejo Municipal nombrará al registrador civil de su municipio. En su ausencia el secretario municipal ejercerá sus funciones.

Para el nombramiento del cargo, es necesario ser guatemalteco de origen y ciudadano en ejercicio de sus derechos políticos. En el desempeño del cargo, las funciones del

registrador civil estarán normadas por lo que establece el Código Civil y el reglamento respectivo de cada municipio.

Coordinador Oficina

municipal de planificación

ARTICULO 95. Oficina municipal de planificación. El Concejo Municipal tendrá una oficina municipal de planificación, que coordinará y consolidará los diagnósticos,

planes, programas y proyectos de desarrollo del municipio. La oficina municipal de planificación podrá contar con el apoyo sectorial de los ministerios y secretarías de

Estado que integran el Organismo Ejecutivo. La oficina municipal de planificación es responsable de producir la información precisa y de calidad requerida para la

formulación y gestión de las políticas públicas municipales.

Otros funcionarios

ARTICULO 90. Otros funcionarios. Cuando las necesidades de modernización y volúmenes de trabajo lo exijan, a propuesta del alcalde, el Concejo Municipal podrá autorizar la contratación del Gerente Municipal, Director Financiero, Juez de Asuntos

Municipales y otros funcionarios que coadyuven al eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de las municipalidades, cuyas atribuciones serán

reguladas por los reglamentos respectivos.

Page 34: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Funciones por puesto

Puesto Artículo Funciones

C onsejo Municipal

Artículo 54

a) Proponer las medidas que tiendan a evitar abusos y corruptelas en las oficinas y dependencias municipales.

b) Los concejales sustituirán, en su orden, al alcalde en caso de ausencia temporal, teniendo el derecho a devengar una remuneración equivalente al sueldo del alcalde cuando ello suceda.

c) Emitir dictamen en cualquier asunto que el alcalde o el Concejo Municipal lo soliciten. El dictamen debe ser razonado técnicamente y entregarse a la mayor brevedad.

d) Integrar y desempeñar con prontitud y esmero las comisiones para las cuales sean designados por el alcalde o el Concejo Municipal.

e) Los síndicos representar a la municipalidad, ante los tribunales de justicia y oficinas administrativas y, en tal concepto, tener, el carácter de mandatarios judiciales, debiendo ser autorizados expresamente por el

Concejo Municipal para el ejercicio de facultades especiales de conformidad con la ley. No obstante lo anterior, el Concejo Municipal puede, en casos determinados, nombrar mandatarios específicos.

f) Fiscalizar la acción administrativa del alcalde y exigir el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones del Concejo Municipal.

g) Interrogar al alcalde sobre las medidas que hubiere adoptado en uso o extralimitación de sus funciones, y por mayoría de votos de sus integrantes, aprobar o no las medidas que hubiesen dado lugar a la

interrogación.

Page 35: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Funciones por puestoPuesto Artículo Funciones

El Alcalde Artículo 52

a) Dirigir la administración municipal. b) Representar a la municipalidad y al municipio.

c) Presidir las sesiones del Concejo Municipal y convocar a sus miembros a sesiones ordinarias y extraordinarias de conformidad con este Códigod) Velar por el estricto cumplimiento de las políticas públicas municipales y de los planes, programas y proyectos de desarrollo del municipio.

e) Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios públicos y obras municipales.f) Disponer gastos, dentro de los límites de su competencia; autorizar pagos y rendir cuentas con arreglo al procedimiento legalmente

establecido. g) Desempeñar la jefatura superior de todo el personal administrativo de la municipalidad; nombrar, sancionar y aceptar la renuncia y remover de

conformidad con la ley, a los empleados municipales. h) Ejercer la jefatura de la policía municipal, así como el nombramiento y sanción de sus funcionarios.

i) Ejercitar acciones judiciales y administrativas en caso de urgencia. j) Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad en caso de catástrofe o desastres o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias,

dando cuenta inmediata al pleno del Concejo Municipal. k) Sancionar las faltas por desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté

atribuida a otros órganos. l) Contratar obras y servicios con arreglo al procedimiento legalmente establecido, con excepción de los que corresponda contratar al Concejo

Municipal. m) Promover y apoyar, conforme a este Código y demás leyes aplicables, la participación y trabajo de, las asociaciones civiles y los comités de

vecinos que operen en su municipio, debiendo informar al Concejo Municipal, cuando éste lo requiera. n) Tramitar los asuntos administrativos cuya resolución corresponda al Concejo Municipal y, una vez substanciados, darle cuenta al pleno del

Concejo en la sesión inmediata. o) Autorizar, conjuntamente con el secretario municipal, todos los libros que deben usarse en la municipalidad, las asociaciones civiles y comités

de vecinos que operen en el municipio; se exceptúan los libros y registros auxiliares a utilizarse en operaciones contables, que por ley corresponde autorizar a la Contraloría General de Cuentas.

p) Autorizar, a título gratuito, los matrimonios civiles, dando dentro de la ley las mayores facilidades para que se verifiquen, pudiendo delegar esta función en uno de los concejales.

q) Tomar el juramento de ley a los concejales, síndicos y a los alcaldes comunitarios o auxiliares, al darles posesión de sus cargos.r) Enviar copia autorizada a la Contraloría General de Cuentas del inventario de los bienes del municipio, dentro de los primeros quince (15) días

calendario del mes de enero de cada año. s) Ser el medio de comunicación entre el Concejo Municipal y las autoridades y funcionarios públicos.

t) Presentar el presupuesto anual de la municipalidad, al Concejo Municipal para su conocimiento y aprobación. u) Remitir dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de vencido cada trimestre del año, al Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo

Electoral, informe de los avecindamientos realizados en el trimestre anterior y de los vecinos fallecidos durante el mismo período. v) Las demás atribuciones que expresamente le atribuyan las leyes y aquellas que la legislación del Estado asigne al municipio y no atribuya a

otros órganos municipales.

Page 36: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Funciones por puesto

Puesto Artículo Funciones

Auditor interno Artículo 88 Sus funciones serán normadas por el reglamento

interno correspondiente.

Secretario Artículo 84

a) Elaborar, en los libros correspondientes, las actas de las sesiones del Concejo Municipal y autorizarlas, con su firma, al ser aprobadas de conformidad con lo dispuesto en este Código.

b) Certificar las actas y resoluciones del alcalde o del Concejo Municipal. c) Dirigir y ordenar los trabajos de la Secretaría, bajo la dependencia inmediata del alcalde, cuidando que

los empleados cumplan sus obligaciones legales y reglamentarias.d) Redactar la memoria anual de labores y presentarla al Concejo Municipal, durante la primera quincena

del mes de enero de cada año, remitiendo ejemplares de ella al Organismo Ejecutivo, al Congreso de la República y al Concejo Municipal de Desarrollo y a los medios de comunicación a su alcance.

e) Asistir a todas las sesiones del Concejo Municipal, con voz informativa, pero sin voto, dándole cuenta de los expedientes, diligencias y demás asuntos, en el orden y forma que indique el alcalde.

f) Archivar las certificaciones de las actas de cada sesión del Concejo Municipal. g) Recolectar, archivar y conservar todos los números del diario oficial.

h) Organizar, ordenar y mantener el archivo de la municipalidad. i) Desempeñar cualquier otra función que le sea asignada por el Concejo Municipal o por el alcalde.

Page 37: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Funciones por puesto

Tesorero Artículo 87

a) Operar las cuentas de los libros autorizados para el efecto. b) Registrar en los libros o sistemas computarizados la contabilidad de los ingresos y egresos municipales, previa autorización de la Contraloría General de Cuentas, de acuerdo con las reglas contables legalmente aceptadas.

c) Rendir cuenta al Concejo Municipal, en su sesión inmediata, para que resuelva sobre los pagos que haga por orden del alcalde y que, a su juicio, no estén basados en la ley, lo que lo eximirá de toda responsabilidad con relación a esos pagos. d) Efectuar los pagos que estén fundados en las asignaciones del presupuesto, verificando previamente su legalidad. Si los hiciere sin cumplir los requisitos y formalidades de ley, deberá reintegrar su valor al erario municipal, sin perjuicio de las

responsabilidades en que hubiere incurrido. e) Extender a los contribuyentes los comprobantes correspondientes autorizados y señalados por la Contraloría General

de Cuentas, por las sumas que de ellos perciba el tesorero municipal.f) Hacer cortes de caja, examen de libros y registros, así como del inventario general de bienes de la municipalidad, al

tomar posesión de su cargo y al entregarlo. g) Remitir a la Contraloría General de Cuentas, certificación del acta levantada al documentar el corte de caja y arqueo de

valores de la Tesorería, a más tardar tres (3) días después de efectuadas esas operaciones. h) Presentar al Concejo Municipal, en el curso del mes de enero de cada año, la cuenta general de su administración

durante el año anterior, para que sea examinada y aprobada durante los dos (2) meses siguientes a la presentación de la cuenta general de su administración.

i) Hacer corte de caja cada mes y elaborar los estados financieros que exigen los reglamentos de la materia, para ser enviados a las oficinas correspondientes.

Page 38: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Funciones por puesto

Coordinador Oficina

municipal de planificación

Artículo 96

a) Cumplir y ejecutar las decisiones del Concejo Municipal en lo correspondiente a su responsabilidad y atribuciones específicas.

b) Elaborar los perfiles, estudios de pre inversión, y factibilidad de los proyectos para el desarrollo del municipio, a partir de las necesidades sentidas y priorizadas.

c) Mantener actualizadas las estadísticas socioeconómicas del municipio, incluyendo la información geográfica de ordenamiento territorial y de recursos naturales.

d) Mantener actualizado el registro de necesidades identificadas y priorizadas y de los planes, programas y proyectos en sus fases de perfil, factibilidad, negociación y ejecución.

e) Mantener un inventario permanente de la infraestructura social y productiva con que cuenta cada centro poblado; así como de la cobertura de los servicios públicos de los que gozan éstos.

f) Asesorar al Concejo Municipal y al alcalde en sus relaciones con las entidades de desarrollo públicas y privadas.

g) Suministrar la información que le sea requerida por las autoridades municipales u otros interesados con base a los registros existentes.

h) Otras actividades relacionadas con el desempeño de su cargo y aquellas que le encomiende el Concejo Municipal o el alcalde.

i) Mantener actualizado el catastro municipal. Las municipalidades podrán contratar en forma asociativa los servicios de un coordinador de sus oficinas municipales de planificación

Page 39: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

INTEGRACIÓN

Page 40: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Decreto 1-87 Ley de Servicio

Municipal Artículo 2. Objetivos: regula las

relaciones entre municipalidades y sus servidores.

Artículo 3. Principios:a) Los puestos deben otorgarse

atendiendo únicamente a meritos de capacidad, preparación, eficiencia y honradez.

Page 41: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Decreto 1-87 Ley de Servicio

Municipalb) No deben hacerse discriminaciones por motivo de raza, sexo, estado civil, religión, posición social o económica u opiniones políticas.c) Los puestos al servicio de las municipalidades deben ordenarse en el Reglamento Interno de cada municipalidad que tome en cuenta los requisitos y deberes de cada puesto y las condiciones de trabajo, asignándoles una escala de salarios equitativa según las circunstancias económicas propias de cada municipalidad

Page 42: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Decreto 1-87 Ley de Servicio

MunicipalArtículo 4. Trabajador Municipal: persona individual que presta un servicio remunerado por el erario municipal en virtud de nombramiento, contrato o cualquier otro vínculo legalmente establecido, mediante el cual queda obligado a prestar sus servicios o a ejecutarle una obra

Page 43: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Decreto 1-87 Ley de Servicio

MunicipalProceso de reclutamiento y selección:Artículo 9. Oficina Asesora De Recursos Humanos De Las Municipalidades:

Page 44: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Decreto 1-87 Ley de Servicio

MunicipalProceso de reclutamiento y selección:Artículo 10. Requisitos > 30 años Universitario, experiencia mínima

de 2 años en administración municipal

Colegiado activo

Page 45: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Decreto 1-87 Ley de Servicio

MunicipalProceso de reclutamiento y selección:Artículo 12. . Nombramientos del director y subdirector.Las Juntas Directivas de la Asociación Nacional de Municipalidades Federación Nacional de Trabajadores

Municipales Instituto de Fomento Municipal

Page 46: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Decreto 1-87 Ley de Servicio

MunicipalProceso de reclutamiento y selecciónArtículo 17. Autoridades nominadorasLos nombramientos de trabajadores municipales serán hechos: a) Secretario y del Tesorero Municipal

Instituto de Fomento Municipal: la Corporación Municipal

Page 47: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Decreto 1-87 Ley de Servicio

MunicipalProceso de reclutamiento y selecciónArtículo 17. Autoridades nominadorasb) Secretario y del Tesorero Municipal Instituto de Fomento Municipal: la Corporación Municipalc) Tratándose del demás personal, por el Alcalde Municipal respectivo y de conformidad con las regulaciones internas que haya aprobado el Consejo Municipal

Page 48: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Decreto 1-87 Ley de Servicio

MunicipalProceso de reclutamiento y selecciónArtículo 18. ClasificaciónArtículo 19. De confianza o de libre nombramiento y remoción. a) Alcaldes auxiliares. b) Personal por contrato. c) Miembros de la Policía Municipal. d) Director y Sub-Director de la Oficina Asesora de

Recursos Humanos de las municipalidades. e) Empleados cuyas funciones sean declaradas de

confianza conforme al reglamento respectivo. f) Personal que sirve "ad-honorem".

Page 49: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Decreto 1-87 Ley de Servicio

MunicipalProceso de reclutamiento y selecciónArtículo 18. ClasificaciónArtículo 20 De carrera. Artículo 26. Condiciones Para El Ingreso. Ser guatemalteco satisfacer requisitos mínimos del reglamento de

personal de la municipalidad respectiva. Someterse a pruebas, exámenes. Ser seleccionado y nombrado por la Autoridad

Nominadora No haber sido condenado en sentencia firme, por delitos

contra el patrimonio del Estado

Page 50: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Decreto 1-87 Ley de Servicio

MunicipalProceso de reclutamiento y selecciónArtículo 18. ClasificaciónArtículo 20 De carrera. Artículo 27. Autoridad y sistema de exámenes. Organización, convocatoria, dirección y ejecución de las pruebas de ingreso y ascenso.Artículo 28. De las pruebas. determinar la capacidad, aptitud y habilidad de los candidatos.Artículo 29. Examen de credenciales. que consiste en la calificación de los documentos fehacientes que deben presentarse para acreditar la preparación y experiencia requerida para ocupar un puesto.Artículo 30. Solicitud de admisión y convocatoria. Libre para todas las personas.Artículo 31. Candidatos elegibles. Nota mínima de 65 puntos.Artículo 32. Notificaciones de resultados de exámenes. 10 díasArtículo 33. Vigencia de los resultados de las pruebas.. Válidos por 6 meses

Page 51: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Decreto 12-2002 Código Municipal

Proceso de inducción y capacitación de personalArtículo 94. Capacitación a empleados municipales.

Las municipalidades en coordinación con otras entidades municipalistas y de capacitación, tanto públicas como privadas, deberán promover el desarrollo de esfuerzos de capacitación a su personal por lo menos una vez por semestre, con el propósito de fortalecer la carrera administrativa del empleado municipal

Page 52: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

DIRECCIÓN

MUNICIPALIDAD

LIDERAZGO

Page 53: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

COMUNICACIÓN

CLARIDAD

INTEGRIDAD

EQUILIBRIO

MODERACIÓN

EVALUACIÓN

EFICIENTE

EFECTIVO

Page 54: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

MOTIVACIÓN

TOMA DE DECISIONES

Está integrado por el Alcalde, 10 concejales, 3 síndicos, electos popularmente mediante el número de votos obtenidos por los comites y partidos políticos legalizados.

Page 55: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

CONTROL EN UNA MUNICIPALIDAD

Fortalecimiento Institucional: el sector Fortalecimiento Institucional es aquel que asegura que los servicios que ofrece la Municipalidad sean prestados eficaz y eficientemente; a la vez de ser un reflejo de la vocación de servicio de los empleados municipales.

-Atención y servicios -Eficiencia institucional -Eficiencia en procesos

Page 56: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Control de la eficiencia y calidad en los servicios

Políticas Sectoriales-Desarrollo integral y reclutamiento de calidad.

-Institucionalización de procesos para pronta atención.-Prioridad a la ejecución presupuestaria transparente y optimización de

los recursos. Estrategias Sectoriales

Establecimiento de un sistema de monitoreo, supervisión y control de la estructura funcional institucional, implementado paralelamente con una auditoria social de la gestión municipal.

Page 57: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Servicios de atención al cliente

La opinión y demanda de los vecinos cuenta, 1551

La Muni te escucha: desde aquí puedes resolver sus dudas sobre horarios, ubicaciones de atención al cliente, realizar consultas o enviar propuestas, pero tambien hacer llegar a la comuna su opinión respecto de los programas y proyectos.

Page 58: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

Unidad de información de la municipalidad de Guatemala: esta unidad orientará a los interesados en la formulación de solicitudes y notificará el estatus de las mismas. Además coordinará, organizará, administrará, custodiará y sistematizará los archivos que contengan la información pública a su cargo, respetando en todo momento el ordenamiento legal correspondiente.

Call Center de Ventanilla única Municipal: Asesorías sobre el Plan de Ordenamiento Territorial para inmueble.

Page 59: Proceso Administrativo municipalidades guatemala

LEY DE SERVICIO MUNICIPAL ARTICULO 55. Evaluación del desempeño. Las autoridades nominadoras, están obligadas a evaluar el

desempeño de los trabajadores municipales que dependan de ellos. Deberán velar porque dicha evaluación se realice en forma justa y objetiva, de conformidad con el sistema de evaluación del desempeño que establezca la Corporación Municipal con la asesoría de la Oficina Asesora de Recursos Humanos de las Municipalidades.

ARTICULO 56. Objeto de la evaluación. Los resultados de la evaluación del desempeño servirán de base para promociones, ascensos, traslados y demás acciones de personal; así como para fortalecimiento de la carrera administrativa municipal y formulación de programas de adiestramiento y capacitación, conforme las posibilidades financieras de las respectivas municipalidades.