reglamento fds guatemala

14
REGLAMENTO FABRICA DE SONRISAS CONSTELACION BALAM

Upload: byron-santos

Post on 05-Mar-2016

261 views

Category:

Documents


7 download

DESCRIPTION

Reglamento FAbrica de Sonrisas

TRANSCRIPT

Page 1: Reglamento FDS Guatemala

REGLAMENTO FABRICA DE SONRISAS

CONSTELACION BALAM

Page 2: Reglamento FDS Guatemala

PAYAESCUELAS

Page 3: Reglamento FDS Guatemala

Capitulo I: PROCESO DE PREPARACION

INGRESO:

• Asistir de forma voluntaria

• Mayor de edad (presentar cédula o DPI)

CUOTA:

• Establecida por Juntar Directiva que incluya: campamento, payaescuela, carné y graduación.

HORARIO:

• El proceso de capacitación se realiza una vez por semana (según la sede)

• Duración de tres horas como mínimo

• Excepciones en la sedes con sistema quincenal de Payaescuela

ASISTENCIA:

• Únicamente se puede tener un máximo de tres inasistencias para payaescuelas ordinarias y una para payaescuelas extraordinarias. Se tomará como falta y media las inasistencias a los días de formativos y primera visita.

• Al faltar una cuarta vez el voluntario deberá iniciar nuevamente el proceso en la siguiente generación.

• No es reembolsable ninguna cuota ni transferible y puede ser deducible el costo de la filipina solamente si el aspirante así lo solicita en la siguiente generación.

Page 4: Reglamento FDS Guatemala

Capitulo II: CAPACITACION

• No se permiten acciones, comportamientos, ni vocabulario que tienda a disminuir la armonía entre los participantes.

• Queda terminantemente prohibido el consumo de cigarrillos, licor, o cualquier otro estupefaciente así como presentarse bajo los efectos de los mismos dentro de la capacitación o portando cualquier distintivo de la Asociación.

DISCIPLINA.

Page 5: Reglamento FDS Guatemala

Capitulo III: REQUISITOS PARA SER VOLUNTARIO

Terminar el proceso de capacitación.

Inscribirse a un grupo de visita semestral.

Poseer carnet actualizado

Respetar las normas establecidas en este reglamento, las establecidas por los centros de visita y demás disposiciones que por las circunstancias se implementen.

Page 6: Reglamento FDS Guatemala

VISITAS

Page 7: Reglamento FDS Guatemala

Capitulo IV: VISITAS

Las visitas las organiza cada semana el equipo encargado de la coordinación de visitas.

Son ellos quienes pueden convocar de forma OFICIAL a una visita. Nadie más tiene la calidad para organizar ni confirmar una visita.

Cualquier actividad extra debe ser informada a este equipo, que será el que decidirá sobre la participación de Fábrica de Sonrisas en dicha actividad.

Cuando una persona o institución desee una visita debe comunicarse con el equipo encargado, quienes determinaran si se cumple con los requisitos para la asistencia o no.

ORGANIZACIÓN

Page 8: Reglamento FDS Guatemala

Capitulo IV: VISITAS

VISITAS EXTRAORDINARIAS Y TALLERES:

• Serán convocadas por el mismo grupo que organiza las visitas ordinarias.

•Es obligatorio el uso de la bata, nariz y el carnet.

CENTROS DE VISITA:

•Un centro de visita es cualquiera de las instituciones que por su naturaleza alberga niños en riesgo, huérfanos, y en condiciones de vulnerabilidad; enfermos de distinta naturaleza, edad y sexo; y ancianos.

NORMAS DE LOS CENTROS DE VISITA.

•Cada centro de visita, dependiendo de su naturaleza tiene ciertas reglas, las cuales deben ser acatadas por cada uno de los sonriseros participantes en la visita.

NORMAS DE HIGIENE.

• Independientemente del lugar de visita se debe portar productos de higiene y lavar las herramientas que lo requieran para evitar contagios hacia el sonrisero o evitar que este sea un medio transmisor de enfermedades.

Page 9: Reglamento FDS Guatemala

Capitulo IV: VISITAS VESTIMENTA:

• Para poder realizar una visita debe el doctor deberá portar su bata, nariz y carnet y el enfermero su filipina y nariz pintada de amarillo, por ningún motivo se permite la realización de una vista sin estas herramientas, debido a que son elementos que nos identifican.

ENCARGADO DE VISITA:

• El encargado de visita es la persona responsable del ingreso, egreso y comportamiento de los sonriseros visitantes. Quien a su vez, tendrá la responsabilidad de comunicar la información requerida del lugar a visitar, asi como dar la información pertinente de la visita. Por lo tanto, es obligación de los participantes en la visita, acatar las indicaciones de la persona encargada.

COMPORTAMIENTO DENTRO DEL CENTRO DE VISITA:

• Lo que debe primar en una visita, aparte de las normas establecidas por cada centro, es el sentido común. Deben evitarse actos que pongan en riesgo, la salud de los pacientes, el resguardo de nuestra propia integridad y de nuestros compañeros, además de cada una de las personas que laboran en los centros. Debe además evitar vocabulario inadecuado.

Page 10: Reglamento FDS Guatemala

Capitulo IV: VISITAS

CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, CIGARROS Y DROGAS:

•Está prohibido el consumo de bebidas alcohólicas, cigarros y cualquier tipo de droga previo, durante y después de la visita, o portando cualquier distintivo de Fábrica de Sonrisas.

CONSUMO PREVIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS:

•Queda prohibido presentarse a una visita, con efectos secundarios del consumo de bebidas alcohólicas o cualquier sustancia que altere el estado anímico del sonrisero.

USO DE LA BATA, NARIZ O FILIPINA DESPUÉS DE UNA VISITA:

• Queda prohibida la utilización de la bata y la nariz después de finalizada la visita y actividades relacionadas.

Page 11: Reglamento FDS Guatemala

CAPÍTULO V: USO DE LOGOTIPOS Y MATERIAL DE FÁBRICA DE SONRISAS

MARCA REGISTRADA

Los logotipos, slogans, preparación de payaescuela y manuales de Fábrica de Sonrisas son marca registrada por lo que queda prohibido el uso de estos distintivos si no es para asuntos de carácter oficial y únicamente aprobados por la Asociación. Está prohibida la alteración de estas marcas y el uso particular de estos.

PROPIEDAD INTELECTUAL:

Cualquier donación de propiedad intelectual es de uso exclusivo de Fábrica de Sonrisas.

DONACIONES: Las donaciones podrán ser realizadas únicamente a la Junta Directiva o mediante una Directiva de Constelación que sea previamente autorizada por la primera.

ACTIVIDADES EXTRAORDINARIAS:

Las actividades extraordinarias deberán ser solicitadas, analizadas y aprobadas por la Junta Directiva para poder ser realizada. La Junta Directiva es la única facultada para lanzar convocatorias por medios oficiales a estas actividades.

Page 12: Reglamento FDS Guatemala

CAPÍTULO VI: SANCIONES

• Encargado de familia,

• Encargado de grupo de visita,

• Coordinador de visitas de constelación

• Coordinador financiero de constelación y/o Director de constelación.

• Junta Directiva

Toda violación a cualquier artículo

mencionado en este

reglamento será

evaluado por el

responsable directo del infractor,

siendo facultados para esto:

Toda falta a este reglamento será analizada por las personas facultadas,

dependiendo de la falta, y serán tipificadas en las siguientes categorías:

Ligera

Considerable

Severa

Page 13: Reglamento FDS Guatemala

FALTAS LIGERAS: Toda aquella falta que sea considerada descuido, ignorancia, o accidental tendrá la calidad de ligera y el ente responsable correspondiente a aplicar la sanción deberá asignar una tarea que resalte los valores que se quebrantaron con esta falta.

FALTAS CONSIDERABLES:

Toda aquella falta a este reglamento que se realice deliberadamente quebrantando el orden del grupo.

También se considerará en este régimen toda aquella sanción ligera que por prepotencia, o actitud negativa no realice la tarea asignada por el ente responsable asignado para dicha tarea. Estas sanciones serán evaluadas en Junta Directiva, quienes asignarán la acción para enmendar dicha acción. La primera sanción llevará una llamada de atención verbal, la segunda sanción tendrá una llamada de atención escrita y la tercera será considerada una falta Severa.

FALTAS SEVERAS: Toda aquella falta que dañe irremediablemente y de gran manera a la Asociación y/o su prestigio ante los voluntarios o la sociedad civil. La Junta Directiva expulsará definitivamente a este voluntario o aspirante, haciendo de conocimiento público la falta y la sanción. Al voluntario que incurra en esta falta se le confiscarán todos sus distintivos de la Asociación: Bata, Nariz, Bolsa de Nariz, Mochila, Filipina y Carnet.

Page 14: Reglamento FDS Guatemala

Capitulo VII: OTRAS DISPOSICIONES

• GENERALES. Cualquier situación no contemplada dentro del presente reglamento queda a discreción de la Junta Directiva.