setimo

1
SETIMO: La renta pactada d común acuerdo por el ALQUILER o ARRIENDO del vehículo a la EMPRESA es por la Suma de Mil nuevos soles (S/. 600.00) mensuales, LA EMPRESA, pagará en forma mensual, por los días laborados al termino del último día hábil sin necesidad de aviso previo. OCTAVO: LA EMPRESA está prohibida de traspasar o subarrendar el vehículo materia del presente contrato total o parcial a favor de terceros. NOVENO: Es obligación de LA EMPRESA verificar el mantenimiento diario del vehículo como: limpieza interior y exterior, revisión de los niveles de agua del radiador, frenos, batería, embrague, aceite y otros para el funcionamiento adecuado. DECIMO: El presente contrato puede suspenderse o extinguirse por mutuo acuerdo o por voluntad unilateral tanto DEL PROPIETARIO, comunicando a LA EMPRESA con una anticipación de treinta (30) días, o por decisión de la EMPRESA producto de incumplimiento injustificado de sus obligaciones, o por vencimiento del contrato. Ambas partes conocedoras de la relación que los vincula y enterados de los deberes y derechos que les corresponde y en señal de conformidad y aprobación de las condiciones establecidas en el presente contrato, las partes lo suscriben en la ciudad de Sóndor, a los 02 días del mes de mayo del 2015.

Upload: zuritaronal

Post on 24-Sep-2015

213 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

setimo articulo

TRANSCRIPT

SETIMO: La renta pactada d comn acuerdo por el ALQUILER o ARRIENDO del vehculo a la EMPRESA es por la Suma de Mil nuevos soles (S/. 600.00) mensuales, LA EMPRESA, pagar en forma mensual, por los das laborados al termino del ltimo da hbil sin necesidad de aviso previo.OCTAVO: LA EMPRESA est prohibida de traspasar o subarrendar el vehculo materia del presente contrato total o parcial a favor de terceros.NOVENO: Es obligacin de LA EMPRESA verificar el mantenimiento diario del vehculo como: limpieza interior y exterior, revisin de los niveles de agua del radiador, frenos, batera, embrague, aceite y otros para el funcionamiento adecuado.DECIMO: El presente contrato puede suspenderse o extinguirse por mutuo acuerdo o por voluntad unilateral tanto DEL PROPIETARIO, comunicando a LA EMPRESA con una anticipacin de treinta (30) das, o por decisin de la EMPRESA producto de incumplimiento injustificado de sus obligaciones, o por vencimiento del contrato.Ambas partes conocedoras de la relacin que los vincula y enterados de los deberes y derechos que les corresponde y en seal de conformidad y aprobacin de las condiciones establecidas en el presente contrato, las partes lo suscriben en la ciudad de Sndor, a los 02 das del mes de mayo del 2015.