sistema de recursos humanos municipalidades argentinas

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Lic. Luis Oscar Martinez SECRETARIO DE RELACIONES INTERNACIONALES Programa 2016 Nueva Ley de Plantas, para un nuevo Municipio SISTEMA CONTRATOS PERMANENTES MUNICIPIO DE NEUQUEN

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Lic. Luis Oscar Martinez SECRETARIO DE RELACIONES INTERNACIONALES

Programa 2016 Nueva Ley de Plantas, para un nuevo Municipio

SISTEMA CONTRATOS PERMANENTES

MUNICIPIO DE NEUQUEN

JERARQUIZACION DE LOS MUNICIPIOS

ARGENTINA

La REFORMA de la Constitución Nacional de 1994, impuso a las provincias

la obligatoriedad de garantizar constitucionalmente el régimen municipal

sustentado en los principios de la autonomía.

Según la Secretaria de Asuntos Municipales del Gobierno Nacional.

En la Argentina existen 2.200 Municipios de diversa

categoría y tipo de organización institucional.

SINDICALIZACIÓN

En el sector de los trabajadores Municipales, la sindicalización es

muy diversa, desde sindicatos locales cercanos al 90% o más y de

municipios donde la sindicalización del colectivo laboral, está

dividida entre varias organizaciones sindicales de base, que

generalmente no superan el 10% de afiliaciones cada una.

Podríamos establecer la tasa de sindicalización promedio de la

rama de actividad municipal en el 50%, o sea en 300 mil

trabajadores/ras sindicalizados, sobre unos 600 mil

trabajadores/ras formales con aportes al sistema de seguridad social

provincial o nacional, según sea la provincia y que forman parte del

colectivo laboral total.

PRECARIZACION LABORAL

La ley 14.656 establece un límite máximo de cinco (5) años para reducir la planta transitoria del

personal (CONTRATADOS) a solo el 20% de la fuerza laboral total, período y porcentual que puede ser

mejorado por la negociación colectiva de partes.

CONTRATOS precarizados VS PLANTA PERMANENTE.

Caso testigo SAN ISIDRO – BUENOS AIRES

EJEMPLO: SAN ISIDRO Gran Buenos Aires

Ubicación: Zona Norte del Gran Buenos Aires (GBA). Habitantes: 320.000. Superficie: 48 Km cuadrados. Colectivo laboral total: 6000. Contratados: 1600.

Características generales: totalmente urbanizado, sistema de salud propio municipalizado, gran

cantidad y variedad de servicios municipales vía administración y algunos privatizados; el 80% de

los servicios se brindan vía administración con personal propio.

Partido político gobernante: Alianza Cambiemos (centro derecha).

Sindicato negociador: Sindicato de Trabajadores Municipales de San Isidro, adherido a la

Federación de Sindicatos Municipales Bonaerenses (Fe.Si.Mu.Bo), afiliado a la Confederación de

Trabajadores Municipales (CTM).

Marco legal que regula la negociación: Ley Provincial 14.656 de

Relaciones Laborales y Negociación Colectiva para los Municipios de la

Provincia de Buenos Aires.

Instituto de negociación colectiva: Unidad Negociadora Paritaria

Municipal, instituida por la ley.

Norma obtenida como producto de la negociación paritaria: Convenio

Colectivo de Trabajo para la Actividad Laboral del Municipio de San Isidro

(CCT).

Registros y convalidación del CCT: ante el Ministerio de Trabajo y Empleo

de la Provincia de Buenos Aires (lleva el N° 2) y convalidado por la sanción

de la Ordenanza N° 8850 por el Concejo Deliberante del Municipio de San

Isidro (sancionada por unanimidad de todos los bloques) y promulgada por

decreto del Dpto. ejecutivo Municipal N° 3257/2015.

CARACTERISTICAS GENERALES:

Año 1994 En el proceso de Reforma Constitucional Argentina y

Reforma Constitucional de la Provincia del Neuquén jerarquizando a

los Municipios Política y Económicamente.

MUNICIPALIDAD DE NEUQUEN CAPITAL - NEUQUEN

CASO TESTIGO

Año 1995 mediante la Ley 2129 se sanciona la Carta Orgánica de la

Ciudad de Neuquén la cual jerarquiza como Municipio de Primera

Categoría a la mencionada ciudad.

PERSONAL MUNICIPAL. CARRERA ADMINISTRATIVA

Artículo 133° La Municipalidad, por ordenanza, regulará el acceso a la función pública y la

carrera administrativa, de acuerdo con los principios de mérito, capacidad e idoneidad,

instrumentando el ingreso por concurso público y examen de salud; la capacitación permanente e

integral, y examen de promoción. Se garantizará la libre agremiación y el régimen de estabilidad.

Los concursos por los cuales se acceda a los cargos de planta permanente de la función pública

priorizarán la residencia de los postulantes dentro del ejido municipal. Serán deberes de los

agentes municipales desempeñarse con cortesía, buena conducta, reserva en los asuntos, respeto

a las normas de ética y cumplimiento de las funciones asignadas.

Artículo 134° El personal municipal, cualquiera sea su régimen de vinculación laboral con la

Municipalidad, no podrá exceder del uno por ciento (1%) de la población de la ciudad. Sólo en

caso de presentarse circunstancias excepcionales podrá superarse ese porcentaje. Para ello se

requerirá una ordenanza especial, dictada con el voto de la mayoría absoluta de los miembros del

Concejo Deliberante, que autorice el incremento, la que además de los fundamentos justificativos

indicará el límite temporal de la autorización y el sector o sectores al que será asignado el

personal.

Lo cual se encuentra REGLAMENTADO por el ESTATUTO DEL EMPLEADO MUNICIPAL

ORDENAZA N° 7694/96

ORGANIZACION ADMINISTRATIVA

CAPITULO I - ESTRUCTURA Y PROCEDIMIENTOS

Fuente: Carta Orgánica Municipal Neuquén Capital

PERSONAL DE PLANTA

ARTICULO 6º) Comprende a todo el personal que reúna las condiciones para el ingreso

previstas en el Capítulo II del Estatuto para el Personal Municipal, y cuyo nombramiento mediante acto

administrativo expreso origina la incorporación a la carrera administrativa.

ARTICULO 7º) El nombramiento del Personal de Planta tendrá carácter provisional durante los

dieciocho (18) meses de servicio efectivo, al término de los cuales se transformará automáticamente en

definitivo siempre y cuando el agente haya demostrado idoneidad y condiciones para las funciones del cargo

conferido, según informe del Director del área, los que deberán expedirse en caso de no reunir los requisitos

y no obstante haber aprobado el examen de competencia o requisito de admisión, quedará revocado el acto

que dispuso su ingreso.

PERSONAL DE GABINETE Y DE PLANTA POLITICA

ARTICULO 8º) Comprende al personal que desempeña funciones de colaboradores o asesores

directos de: 1) Órgano Ejecutivo. 2) Concejo Deliberante. Este personal solo podrá ser designado en cargos

previstos presupuestariamente, cesando automáticamente al término de la gestión para el cual fue

designado.

PERSONAL CONTRATADO

ARTICULO 9º) Es aquel cuya relación laboral está regida por un contrato de plazo determinado

en el que se especifica el término de finalización del mismo, el que no podrá ser mayor a un año,

improrrogable; y que preste servicios en forma personal y directa, con una retribución sujeta al cumplimiento

de los objetivos que se determinen, o aquel que se emplee para la ejecución de servicios, explotación, obras,

o tareas de carácter temporario, eventual y/o estacional.

Fuente: Ordenanza N°

7694/96

CLASIFICACION DEL PERSONAL

El Sindicato ha denunciado todo tipo de ilegalidad, incluso acudiendo a

la justicia, sin tener respuestas positivas.

No obstante, producto de la LUCHA SINDICAL ha disminuido

considerablemente el nivel de PRECARIZACION LABORAL.

ORGANISMOS DE CONTROL

-establecidos por Carta Orgánica-

LOS QUE DEBEN VELAR POR SU FIEL

CUMPLIMIENTO SON EL

INTENDENTE Y LOS CONCEJALES.

DEFENSORIA DEL PUEBLO

SINDICATURA MUNICIPAL

EJEMPLO:

MUNICIPALIDAD DE NEUQUEN CAPITAL – PCIA. DE NEUQUEN

Ubicación: Patagonia Argentina

Habitantes: 231.198 censo Año 2010

Colectivo laboral total: 3.268

Planta Permanente: 1.927

Contratados:

1. C.A.C: 980

2. C.M.F: 5

3. FUNC: 48

4. P. POL: 247

5. CUIT: 61

REFERENCIAS: CAC: Contrato Asimilado a Categoría CMF: Contrato Monto Fijo FUNC: Funcionarios P. POL: Planta Política

59%30%

1% 8% 2%

MUNICIPALIDAD DE NEUQUEN CAPITALCOLECTIVO LABORAL TOTAL 3268 EMPLEADOS

P. PERMANENTE

CAC

M. FIJO

FUNCIONARIOS

P. POLITICA

CUIT

CANTIDAD DE AGENTES SEGÚN SEXO: FEMENINO: 1.406 MASCULINO: 1.862

SINDICALIZACION NEUQUEN CAPITAL

Sindicato Negociador: Sindicato de Trabajadores Municipales de

Neuquén (SI.TRA.MU.NE), adherido a la Federación de la Agrupación de

Sindicatos de Empleados Municipales Patagónicos (FASEMP), afiliado a la

Confederación de Trabajadores Municipales (CTM).

CANTIDAD DE AFILIADOS: 1.697

DIVIDIDOS POR SEXO:

FEMENINOS: 733

MASCULINOS: 964

COMPARACION PLANTA MUNICIPAL:

EMPLEADOS: 3.268

AFILIADOS: 1.697

AFILIADOS SITRAMUNE SOBRE PLANTA MUNICIPAL DE 3.268

48%

52%

AFILIADOS

NO AFILIADOS

El grado de Sindicalización esta íntimamente ligado a la condición de

PRECARIZACION LABORAL

IMPORTANCIA DE LA ORGANIZACIÓN SINDICAL NACIONAL

E INTERNACIONAL

En un país como la Argentina, cuya extensión territorial es la octava del

mundo, y que posee un régimen municipal federal que presupone una extrema

diversidad político-institucional que debe ser abordada (desde el punto de vista

laboral) como un todo por los trabajadores/ras municipales, se redobla la

necesidad de contar con una organización nacional extendida y fortalecida,

esta necesidad ha sido el motor de construcción de la CTM (Confederación de

Trabajadores Municipales).

La CTM ha emprendido dos ejes de construcción centrales (no los únicos):

extender la negociación colectiva formalizada en ley a todo el país y

profundizar la coordinación y acción internacional a través de la CONTRAM y

la ISP como herramientas en la lucha global por las reivindicaciones del

trabajo decente y digno.

No hay luchas locales con resultados permanentes en el

tiempo, sin organización provincial y nacional que la

respalde y sustente, pero en el mundo de los patrones

capitalistas (públicos y privados) globalizado, no hay futuro

sin Sindicato Mundial, ni siquiera lo impone hoy la

ideología internacionalista de antaño, sino que la propia

realidad y dinámica global capitalista así lo requiera y lo

impone.

MUCHAS GRACIAS!!!!