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Taller sobre el Derecho de Acceso a la Información 20 de Agosto de 2015 Distrito Federal

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Page 1: Taller sobre el Derecho de Acceso a la Información€¦ · El Derecho de Acceso a la Información (DAI) en México 2. Utilidad pública del DAI 3. Reforma al artículo 6° Constitucional

Taller sobre el Derecho de Acceso a la Información

20 de Agosto de 2015 Distrito Federal

Page 2: Taller sobre el Derecho de Acceso a la Información€¦ · El Derecho de Acceso a la Información (DAI) en México 2. Utilidad pública del DAI 3. Reforma al artículo 6° Constitucional

Contenido

1. El Derecho de Acceso a la Información (DAI) en México

2. Utilidad pública del DAI

3. Reforma al artículo 6° Constitucional 2014

4. Configuración del DAI en México

5. Nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública de 2015.

Características generales y aplicación para las OSC

6. Herramientas electrónicas para la consulta de información pública federal

7. Procedimiento de acceso a la información pública

8. Recurso de revisión

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1. El Derecho de Acceso a la Información (DAI) en México

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¿Qué es el Derecho de Acceso a la Información

(DAI)?

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El derecho de acceso a la información es el

derecho de toda persona a conocer la

información pública sin justificar su utilización y a

ser informado de los asuntos públicos.

Es una herramienta para:

- Exigir otros derechos

- Promover el escrutinio público y la rendición de cuentas

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2. Utilidad pública del DAI

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Caso: BANOBRAS y el nuevo aeropuerto de la Ciudad

de México

El objetivo:

Determinar cuál será el impacto ambiental que tendrá la construcción del nuevo aeropuerto y darle seguimiento a los

recursos empleados en esta tarea.

Las acciones:

Diversos sectores de la sociedad civil están manifestado su preocupación por las consecuencias negativas que tendrá dicha

construcción sobre el medio ambiente.

A través de una solicitud de acceso a la información realizada a BANOBRAS se requirió el listado de contratos suscritos

para los estudios sobre la construcción del aeropuerto.

BANOBRAS reservó este listado mediante el secreto fiduciario, argumentando que “Aeropuertos y Servicios Auxiliares”

(ASA) solicitó al Fondo Nacional de Infraestructura (FONADIN) un “apoyo no recuperable” para realizar dichos estudios.

El solicitante interpuso un recurso de revisión y el Pleno del INAI determinó que la reserva era improcedente por el

carácter público de ASA y, por lo tanto, se debe hacer valer el principio constitucional de transparencia. Por lo tanto,

se instruyó a BANOBRAS entregar el listado de dichos contratos.

7

Page 8: Taller sobre el Derecho de Acceso a la Información€¦ · El Derecho de Acceso a la Información (DAI) en México 2. Utilidad pública del DAI 3. Reforma al artículo 6° Constitucional

Caso: BANOBRAS y el nuevo aeropuerto de la Ciudad

de México

¿Qué tan determinante ha sido el Derecho de Acceso a la Información en este caso?

El DAI en este caso resulta relevante porque se demuestra que la construcción del nuevo aeropuerto y

cualquier otra obra pública están sujetas a la rendición de cuentas.

Lo cual resulta benéfico para el medio ambiente en tanto que la sociedad civil puede conocer los

estudios realizados y así evitar que la corrupción de por medio, refleje datos erróneos sobre el impacto

que realmente tendrá.

8

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¿Para qué nos sirve el DAI?

Para obtener información (accediendo a documentos y archivos públicos).

Para recibir información veraz, completa y oportuna.

El acceso a la información crea condiciones para que la sociedad obtenga, evalúe y analice la información del gobierno que lo representa.

Es una herramienta fundamental para la investigación pues nos permite conocer estudios, estadísticas, etc.

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Obligación

Servidores

Públicos

Ciudadanos

Informar, Explicar,

Justificar

Deliberar, Evaluar,

Sancionar

¿Cuáles son los efectos y las funciones que la transparencia y el acceso a la información

pueden aportar a la sociedad?

Page 11: Taller sobre el Derecho de Acceso a la Información€¦ · El Derecho de Acceso a la Información (DAI) en México 2. Utilidad pública del DAI 3. Reforma al artículo 6° Constitucional

3. Reforma al artículo 6° Constitucional

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Fundamento Constitucional

El artículo 6° constitucional establece que el derecho de

acceso a información pública es un derecho fundamental de

las personas.

Toda la información en posesión de cualquier autoridad… federal,

estatal y municipal, es pública... En la interpretación de este

derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad.

Se protegerá la información referente a la vida privada y los datos

personales.

Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar

su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a

sus datos personales o a la rectificación de éstos.

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm Acceso a la CPEUM:

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EL INAI

Derecho de

Acceso la Información Pública

Derecho de

Protección de Datos

Personales

Trabaja para garantizar dos derechos fundamentales de todas las personas

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En el INAI se impulsa la transparencia en tres vertientes R

ea

ctiv

a

Son los procedimientos de acceso a la información.

Act

iva

Es la publicación de información por parte de los sujetos obligados.

Pro

act

iva

Es el conjunto de actividades e iniciativas que promueven la reutilización de la información por parte de la sociedad.

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Implicaciones de la reforma Constitucional del 7 de febrero de 2014

Creación de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, misma

que fue publicada en el DOF el 5 de mayo de 2015.

Se ampliaron las facultades del INAI: revisar las resoluciones de los órganos

garantes de los estados y el Distrito Federal y promover acciones de

inconstitucionalidad ante la SCJN.

Se amplían los sujetos obligados: partidos políticos; sindicatos que reciben recursos

públicos; fideicomisos y fondos públicos; personas físicas y morales que reciban

recursos públicos.

Las resoluciones del INAI serán inatacables con excepción de los casos en que se

ponga en riesgo la seguridad nacional que sean determinados por la Consejería

Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF), quien interpondrá el recurso de revisión

contra las resoluciones del INAI ante la SCJN.

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4. Configuración del DAI en México

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El diseño del DAI en México

Federal

Ley Federal

(LFTAIPG)

Órgano Garante

Estatal y municipal

Leyes estatales

Órganos garantes locales

En el Distrito Federal:

http://inicio.ifai.org.mx/SitePages/otrasInstituciones/Directorio-de-Comisiones-e-Institutos-del-IFAI.aspx

Acceso al Directorio de Comisiones e Institutos Garantes:

Ley General de Transparencia

Sistema Nacional de Transparencia

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Artículo 1. La presente Ley es de orden público y de observancia general en

toda la República, es reglamentaria del artículo 6o. de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia y acceso a la

información.

Tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos

para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier

autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y

Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos,

así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza

recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las Entidades

Federativas y los municipios.

LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA

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Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Gubernamental

Artículo 1.

“La presente Ley es de orden público. Tiene como finalidad proveer lo necesario para

garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la

Unión, los órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquier otra

entidad federal”.

http://inicio.ifai.org.mx/LFTAIPG/LFTAIPG.pdf Acceso al documento de la Ley:

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Sujetos obligados de la Ley General (Más de 750.)

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Sujetos obligados de la Ley Federal (246 dependencias y entidades de la Administración

Pública Federal)

http://inicio.ifai.org.mx/DirectoriodeUnidadesdeenlace/Directorio_UE.xls

Acceso al Directorio de Unidades de Enlace de los sujetos obligados de la Ley Federal

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Otros sujetos obligados de la Ley Federal (22 instituciones)

Poder Legislativo

Poder Judicial

Órganos Autónomos

(INE, CNDH,

BANXICO, ASF,

UNAM, INEGI, entre

otros).

http://inicio.ifai.org.mx/SitePages/otrasInstituciones/Directorio.aspx Directorio de otros sujetos obligados:

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Entonces…

23

Poder u órgano Autoridad que resuelve

controversias

Ejecutivo Federal (Secretarías, entidades, órganos desconcentrados, etc.)

INAI

Poder Legislativo Organismo/instancia del Poder

Legislativo

Poder Judicial Organismo/instancia del Poder

Judicial

Órganos autónomos (IFE, CNDH, BANXICO, ASF, UNAM, INEGI, etc.)

Organismo/instancia de dichos

órganos

Autoridad estatal y municipal El Órgano Garante de la entidad

federativa de la autoridad.

Hasta el momento, la Ley Federal de Transparencia obliga a todos los poderes

y órganos autónomos federales, pero el INAI sólo es autoridad frente al Poder

Ejecutivo, la APF y la PGR.

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5. Nueva Ley General de Transparencia

y Acceso a la Información Pública de

2015

Características generales y aplicación

para las OSC

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Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de datos personales

Nuevos sujetos obligados

Recurso de Inconformidad

Nuevas obligaciones de transparencia

Medidas de apremio y sanciones

Plazos de las solicitudes

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5391143&fecha=04/05/2015

Acceso a la Ley General de Transparencia:

ALGUNAS NOVEDADES

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Bases, principios y procedimientos para garantizar el DAI

Es obligación de los Organismos garantes otorgar medidas para asegurar el DAI

Toda la información será pública, completa, oportuna

y accesible

No condicionar el acceso ni justificar su utilización

No cobrar por el ajuste razonable

para personas con discapacidad

Traducción a lenguas indígenas

Los sujetos obligados deben documentar todo acto que derive de sus facultades

Demostración de inexistencia o negativa

De los Principios en Materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Artículos 9 al 22 de la LGT).

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Se crea una Plataforma Nacional de

Transparencia

Plataforma Nacional de Transparencia

Sistema de comunicación

entre OG y sujetos

obligados

Sistema de gestión de medios de

impugnación

Sistema de solicitudes de

acceso y portales de

transparencia

Artículos 49, 50 y 52 de la LGT.

Page 28: Taller sobre el Derecho de Acceso a la Información€¦ · El Derecho de Acceso a la Información (DAI) en México 2. Utilidad pública del DAI 3. Reforma al artículo 6° Constitucional

Se incrementan las obligaciones de transparencia

Artículos 60, 70, 71, 72, 73, 75, 76, 77, 78, 81 y 82 de la LGT

La información publicada por los sujetos obligados en las ODT no constituye propaganda gubernamental

Page 29: Taller sobre el Derecho de Acceso a la Información€¦ · El Derecho de Acceso a la Información (DAI) en México 2. Utilidad pública del DAI 3. Reforma al artículo 6° Constitucional

Se incrementan las obligaciones de

transparencia

Artículos 60, 70, 71, 72, 73, 75, 76, 77, 78, 81 y 82 de la LGT

Page 30: Taller sobre el Derecho de Acceso a la Información€¦ · El Derecho de Acceso a la Información (DAI) en México 2. Utilidad pública del DAI 3. Reforma al artículo 6° Constitucional

Regula medios de impugnación

Artículos 142, 146, 154, 158, 159, 181 y 189 de la LGT F

acu

lta

d d

e a

tra

cció

n

CJE

F

Rec

urs

o d

e in

con

form

idad

Rec

urs

o d

e R

evis

ión

- 15 días para interponerlo y se puede presentar ante la Unidad de Transparencia o ante el Organismo garante que corresponda.

- El plazo para que el OG resuelva es de 40 días.

- La resolución se podrá impugnar ante el Poder Judicial de la Federación o ante el INAI.

- 15 días para su interposición.

- El INAI tendrá 30 días para resolverlo.

El Pleno del INAI podrá ejercer esta facultad para conocer los recursos de revisión pendientes de resolución que por su interés y trascendencia así lo ameriten.

Cuando considere que las resoluciones emitidas por el INAI ponen en peligro la seguridad nacional podrá interponer recurso ante la SCJN.

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Medidas de apremio y sanciones

MEDIDAS DE APREMIO

- Por incumplimiento de resolución -

• Los OG podrán imponer al servidor público, sindicatos, paridos políticos, personas físicas o morales una amonestación pública o multa que va de 150 hasta 1500 veces el SMGV.

• La multa se hace efectiva ante el SAT o ante la Secretaría de Finanza de la Entidad Federativa correspondiente.

• El incumplimiento será publicado en los portales de transparencia de los OG.

• Las sanciones serán impuestas por los OG y en su caso, darán vista a la autoridad competente para que ejecute la sanción.

• Las responsabilidades que resulten, son independientes de las del orden civil, penal o de cualquier otro tipo.

• Ante incumplimiento en materia de transparencia y acceso a la información por parte de los partidos políticos, se dará vista al INE o a los organismos públicos locales electorales para que resuelvan lo conducente.

SANCIONES

Artículos 201, 203, 206, 207, 208 y 209 de la LGT

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Causas

de sanción

Falta de respuesta a

las solicitudes de

información.

Negligencia, dolo o mala

fe en la atención de

solicitudes o al no cumplir

con las ODT.

Hacer un mal uso de la

información que se

encuentre bajo custodia.

Entregar información

incomprensible, incompleta, en

formato no accesible o

entrega diferente a la solicitada (sin

la debida motivación y

fundamentación).

No acatar resoluciones.

Denegar intencionalmente información

que no se encuentre

clasificada.

Realizar actos para intimidar

a los solicitantes.

No documentar con dolo o

negligencia el ejercicio de facultades,

competencias, funciones o

actos de autoridad.

Declarar con dolo o

negligencia la inexistencia

de información o cuando existe

en sus archivos.

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Concepto LFTAIPG LGT

Requerimiento de información adicional (RIA) -Unidad de Enlace / Unidad de Transparencia-

10 días 5 días

Respuesta al RIA -Solicitante-

30 días 10 días

Información disponible públicamente -Unidad de Enlace / Unidad de Transparencia-

20 días 5 días

Entrega de información -Unidad de Enlace / Unidad de Transparencia-

20 días 20 días

Pago por la reproducción de la información -Solicitante-

3 meses 30 días

Conservar la información para su entrega al solicitante -Unidad de Enlace / Unidad de Transparencia-

3 meses 60 días

No competencia del sujeto obligado -Unidad de Enlace / Unidad de Transparencia-

5 días 3 días

Notificación de prórroga -Unidad de Enlace / Unidad de Transparencia-

20 días 10 días

Plazos para solicitudes

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Bases de interpretación de la LGT a

nivel Federal para solicitudes de

acceso a la información Procedimientos

Conforme a la LFTAIPG, su Reglamento y demás normatividad.

Tiempos de respuesta Los establecidos en la LFTAIPG, aunque los sujetos

obligados promoverán su atención en el menor tiempo posible.

Ajuste razonable Se pueden disponer de las medidas que se estimen pertinentes para garantizar la igualdad de condiciones en el ejercicio del DAI.

Nota: Hasta tanto el Congreso de la Unión no armonice la legislación federal en la materia, tendrá aplicación la legislación actual. Para esta armonización, el plazo máximo establecido es de un año a partir de la promulgación de la LGT.

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Bases de interpretación de la LGT a nivel

Federal para recursos de revisión

Interposición de recurso de revisión ante el INAI

Sustanciados y resueltos

conforme la LFTAIPG

Medios de impugnación

Serán conocidos y resueltos por el

INAI una vez transcurrido el

plazo de un año a partir de la

promulgación de la LGT.

Facultad de inconformidad y de atracción

Solo podrá ejercer esta

facultad una vez armonizada la ley federal o

transcurrido un año a partir de la publicación de

la LGT.

Nota: Hasta tanto no se armonice la legislación federal en la materia, tendrá aplicación la normatividad actual. Para esta armonización, el plazo máximo establecido es de un año a partir de la promulgación de la LGT.

Page 36: Taller sobre el Derecho de Acceso a la Información€¦ · El Derecho de Acceso a la Información (DAI) en México 2. Utilidad pública del DAI 3. Reforma al artículo 6° Constitucional

Bases de interpretación de la LGT a nivel

Federal para las ODT

Nota: Hasta tanto no se armonice la legislación federal en la materia, tendrá aplicación la normatividad actual. Para esta armonización, el plazo máximo establecido es de un año a partir de la promulgación de la LGT.

Obligaciones de transparencia (ODT)

Su publicación y actualización se realizará conforme a la LFTAIPG.

ODT adicionales

-> Pueden ser accesibles mediante solicitudes de información.

-> Se pueden publicar de forma proactiva en sus portales de Internet u otra fuente.

-> Se incorporará a la PNT aquella información generada a partir del 5 de mayo de 2015.

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6. Herramientas electrónicas para la

consulta de información pública federal.

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38

Herramientas

POT ZOOM

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Portal de obligaciones de transparencia (POT)

¿Qué es?

Es un sitio electrónico al cual se puede tener acceso

desde la página de Internet de las dependencias y

entidades de la APF en el que se publican en formatos

estandarizados, las obligaciones de transparencia

establecidas en el artículo 7 de la Ley Federal de

Transparencia y Acceso a la Información Pública

Gubernamental.

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Portal de obligaciones de transparencia (POT)

Fracciones

I. Estructura orgánica

II. Facultades

III. Directorio

IV. Remuneraciones

V. Unidad de Enlace

VI. Metas y objetivos de las

unidades administrativas

VII. Servicios

VIII. Trámites, requisitos y

formatos

IX. Presupuesto asignado

Fracciones

X. Resultados de auditorías al

ejercicio presupuestal

XI. Programas de subsidio y

sociales

XII. Concesiones, permisos y

autorizaciones

XIII. Contrataciones

XIV. Marco normativo

XV. Informes

XVI. Participación ciudadana

XVII. Otra información relevante

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http://www.portaltransparencia.gob.mx Acceso al Sistema:

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Ejemplo de consulta en el POT

42

1. En el menú izquierdo, seleccionar la Fracción XI.

Programas de Subsidios.

2. Presionar la opción “Buscar”.

El resultado de la búsqueda nos arrojará la totalidad de los

programas de subsidios registrados por las dependencias y

entidades de la APF, correspondiente a distintos ejercicios.

3. Seleccionar la opción “Exportar a Excel”.

4. Aplicar filtros en el archivo para facilitar la

búsqueda de información del tema del programa

que sea de interés.

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Zoom

¿Qué es?

Es una herramienta de búsqueda de las solicitudes de

información que se han formulado al Gobierno Federal,

de las respuestas que se han proporcionado y en su

caso, de las resoluciones que el INAI emitió ante las

inconformidades recibidas sobre las respuestas, además

de los estudios y opiniones que apoyan dichas

resoluciones.

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Zoom: Buscador de solicitudes de información y recursos de revisión

http://buscador.ifai.org.mx Acceso al Sistema:

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Ejemplo de consulta en el Zoom

45

1. En el campo buscar, escribir “cifras de

feminicidios”.

2. En año de solicitud especificar “2014”.

3. Seleccionar el resultado de búsqueda N° 3.

4. Abrir el vínculo que aparece en “Archivo adjunto

Respuesta”.

5. Consultar la respuesta y vínculos incorporados a

la misma.

Page 46: Taller sobre el Derecho de Acceso a la Información€¦ · El Derecho de Acceso a la Información (DAI) en México 2. Utilidad pública del DAI 3. Reforma al artículo 6° Constitucional

7. Procedimiento de acceso a la

información pública.

Page 47: Taller sobre el Derecho de Acceso a la Información€¦ · El Derecho de Acceso a la Información (DAI) en México 2. Utilidad pública del DAI 3. Reforma al artículo 6° Constitucional

Además de acceder a información pública a través

de las herramientas anteriormente explicadas (POT

y ZOOM), las personas pueden realizar solicitudes de

acceso a la información que las dependencias y

entidades generan, obtienen o resguardan, en el

ejercicio de sus atribuciones.

Page 48: Taller sobre el Derecho de Acceso a la Información€¦ · El Derecho de Acceso a la Información (DAI) en México 2. Utilidad pública del DAI 3. Reforma al artículo 6° Constitucional

Tipos de Información

Pública Reservada Confidencial

•Organigrama •Directorio de servidores públicos

•Remuneración mensual •Presupuesto

•Datos personales

•Expedientes

médicos

•Nombre

•Tipo de sangre

•Estado de salud

•Armamento en

posesión del ejército •Planos de construcción de los

reclusorios •Averiguaciones previas no concluidas.

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Medios para solicitar información pública gubernamental

Correo postal

En persona

Internet

Tel-INAI

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01 800 835 4324

Funciona de lunes a jueves en el horario de 9:00 a 18:00 horas

y los días viernes de 9:00 a 15:00 horas.

Se pueden realizar solicitudes a las dependencias y entidades de la

Administración Pública Federal.

La solicitud presentada por este medio, tendrá el mismo valor jurídico que

las realizadas por el Sistema INFOMEX o de manera personal.

Este nuevo servicio amplía las posibilidades de acceso a la información de

todas aquellas personas que no tienen acceso a Internet.

Tel INAI

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Plazos de respuesta

10 días hábiles

20 días hábiles

30 días hábiles

prorrogables

Información Pública

Datos Personales

Corrección de Datos

Personales

1) Sólo se puede aplicar en una única ocasión.

2) No se aplica la prórroga en las solicitudes de acceso a datos

personales.

Page 52: Taller sobre el Derecho de Acceso a la Información€¦ · El Derecho de Acceso a la Información (DAI) en México 2. Utilidad pública del DAI 3. Reforma al artículo 6° Constitucional

Tipos de respuesta

5 días hábiles

Ya está disponible

Tiene costo

Inexistente

Reservada o Confidencial

Fuera del Marco de la Ley

No se dará trámite a la

solicitud

No es

competencia de la Unidad

de Enlace

Requiere más información

Prórroga

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Modalidades de entrega de información

Forma de entrega Costo

Vía electrónica (Infomex) gratis

Consulta directa gratis

CD-R $ 10.00 (c/u)

Copia simple $ 0.50 (c/u)

Hoja impresa $ 0.50 (c/u)

Copia certificada $ 17.00 (c/u)

Envío a domicilio Vía SEPOMEX a

cargo del

solicitante

Nota:

La entrega de los datos personales en copia simple será gratuita, debiendo cubrir el

individuo únicamente los gastos de envío de conformidad con las tarifas aplicables.

No obstante, si la misma persona realiza una nueva solicitud respecto de los mismos

datos personales en un periodo menor a doce meses a partir de la última solicitud, se

aplicarán los costos de reproducción.

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¿Quiénes intervienen en el proceso de atención de

solicitudes?

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Unidad de

Transparencia

Comité de

Transparencia

Órgano

Garante

Unidad Administrativa

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Sistema INFOMEX Gobierno Federal

¿Qué es?

Es una aplicación informática a través de la cual se

gestionan de manera electrónica las solicitudes de

acceso a la información pública.

https://www.infomex.org.mx/gobiernofederal/home.action Acceso al Sistema:

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Sistema INFOMEX Gobierno Federal

Ejercicio:

• En equipo, redactar una solicitud de acceso a la

información.

Explicación para:

• Dar de alta a un usuario en el sistema INFOMEX

Gobierno Federal.

• Realizar una solicitud de acceso a la información

a una dependencia o entidad de la APF.

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8. Recurso de Revisión

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Generales del Recurso de Revisión

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¿Qué es?

Es el medio legal que tienen los solicitantes para impugnar una

respuesta.

¿Dónde se puede interponer?

Se puede presentar ante el INAI o ante la Unidad de Enlace.

Plazos

Una vez recibida la respuesta, se cuentan con 15 días hábiles

para interponer el recurso.

El INAI tiene 50 días hábiles para resolver y puede pedir una

prórroga de otros 50 días hábiles.

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Cuando el solicitante:

No reciba respuesta.

Le entreguen información incompleta.

No corrijan ni le entreguen sus datos personales.

Esté inconforme con medio, costo, tiempo de la respuesta.

La declaratoria de reserva de inexistencia y/o reserva de información.

Cuando interponer el Recurso de Revisión

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Requisitos para interponer un recurso de revisión:

Nombre del recurrente

Domicilio o medio para recibir notificaciones

Fecha de notificación

Acto que se recurre o inconformidad

Copia de la resolución que se impugna (otros

elementos procedentes)

Dependencia o entidad

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Recibe

recurso

Expediente

#

50 días hábiles prorrogables

15 días hábiles

Resolución

•Confirma

•Modifica

•Revoca

•Sobresee

Proceso del Recurso de Revisión

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www.inai.org.mx

www.infomex.org.mx

http://www.portaltransparencia.gob.mx/

http://buscador.ifai.org.mx/

Capacitación en línea:

http://cevifaiprivada.ifai.org.mx/swf/intro/cevifai_intro.swf

01800 TEL INAI

01800 835 4324

(asesoría gratuita)

Dirección de Vinculación con la Sociedad

[email protected]

Fernanda Rodríguez González Tel. (55) 5004-2400 ext. 2301

[email protected]

María Soledad Rodrigo Tel. (55) 5004-2400 ext. 2117

[email protected]

Gracias por su

atención