teletrabajo y acoso laboral

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Teletrabajo Hincapie Baena Viviana Jimenez Escobar Jeimer Ortiz de Moya Juliet

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Talento Humano

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TeletrabajoHincapie Baena Viviana

Jimenez Escobar Jeimer

Ortiz de Moya Juliet

¿Qué es el teletrabajo?

El teletrabajo se entiende como una modalidad laboral a distancia.

Algunas definiciones

La Organización Internacional de Trabajo -OIT- define teletrabajo como:

"Una forma de trabajo en la cual: a) el mismo se realiza en una ubicación alejada de una oficina central o instalaciones de producción, separando así al trabajador del contacto personal con colegas de trabajo que estén en esa oficina y, b) la nueva tecnología hace posible esta separación facilitando la comunicación". (Citado en Vittorio Di Martino, 2004).

En Colombia, el teletrabajo se encuentra definido en la Ley 1221 de 2008 como:

"Una forma de organización laboral, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las tecnologías de la información y comunicación -TIC- para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio especifico de trabajo". (Artículo 2, Ley 1221 de 2008).

Tipos de Teletrabajo

Según la ley 1221 de 2008 existen tres tipos que son:

Autónomos: Son aquellos que utilizan su propio domicilio o un lugar escogido para desarrollar sus actividades, puede ser una pequeña oficina o un local comercial. Aquí se encuentran las personas que permanecen fuera de la empresa y solo acuden a esta en ocasiones.

Móviles: Son aquellos que no tienen un lugar establecido y cuyas herramienta primordiales para desarrollar sus actividades son las TIC, en dispositivos móviles.

Suplementarios: Son aquellos donde el trabajador labora dos o tres días en su casa y el resto del tiempo en una oficina de la empresa.

Características del Teletrabajo

Beneficios Para el área de recursos humanos: Mejoramiento de las condiciones del reclutamiento al poder

contratar al personal más calificado sin importar su ubicación o disponibilidad de desplazamiento hacia la sede de la organización.

Mayor índice de retención del personal capacitado.

Equilibrio entre los espacios laborales y personales de los empleados que generan mayor calidad de vida que se traduce en mayor productividad.

Bibliografía

Teletrabajo

http://www.teletrabajo.gov.co/portal/Que-es/8228:Definicion

Tipos de teletrabajo

http://es.slideshare.net/AZUCARAC/el-teletrabajo-presentation

Beneficios del teletrabajo en área de talento humano

http://www.teletrabajo.gov.co/portal/Que-es/8365:Beneficios

Acoso LaboralHincapie Baena Viviana

Jimenez Escobar Jeimer

Ortiz de Moya Juliet

¿Qué es el acoso laboral?

Es toda  conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador,  un jefe  o  superior jerárquico inmediato  o  mediato,  un compañero  de  trabajo  o  un subalterno,  encaminada  a  infundir miedo, intimidación,  terror y  angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo. (Articulo 2° - Ley 1010 de 2006).

Modalidades de acoso laboral

Maltrato laboral – violencia física o verbal. Persecución laboral - actos reiterados-arbitrario. Discriminación laboral - trato diferente. Inequidad laboral - funciones- remuneración. Entorpecimiento laboral - obstaculizar. Desprotección laboral - Ordenes no adecuadas.

Conductas que constituyen acoso laboral Agresión física

Expresiones hostiles

Injustificadas amenazas de despido

Descalificación humillante en público

Burlas sobre la apariencia física y vestimenta.

Alusión pública a hechos íntimos

Asignación de deberes fuera de la obligación laboral.

Exigencias desproporcionadas

Trato discriminatorio.

Negativa a otorgar permisos, licencias.

Horarios excesivos, trabajar días feriados.

Conductas que NO constituyen acoso laboral

Actos para ejercer potestad disciplinaria. Exigencias razonables de fidelidad o lealtad laboral. Memorandos solicitando exigencias de eficiencia laboral. Solicitud de deberes extras para la continuidad del servicio. Terminar el contrato de trabajo por justa causa. Exigir cumplimiento de Deberes y obligaciones. Exigir cumplimiento de estipulaciones contenidas en contratos y

cláusulas de trabajo.

Bibliografía

Acoso laboral

http://www.unal.edu.co/dnp/Archivos_base/1_LEY_1010_DE_2006.pdf