universidad surcolombiana resolucion nÚmero 185 de 2016 … · acuerdo ca 022 del 13 de octubre de...

3
Universidad Surcolombiana Nit. 891.180.084-2 SC 7384 - 1 GP 205.1 CO - SC 7384 - 1 RESOLUCION NÚMERO 185 DE 2016 (JULIO 22) "Por la cual se amplía la fecha de pago de los derechos de matrícula con segunda extraordinaria de los estudiantes de Pregrado en las Sedes de la Universidad, para el Segundo Período Académico de 2016" EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA en uso de sus facultades legales y estatutarias, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo preceptuado en el numeral 15 del Artículo 31 del Acuerdo Superior número 075 de 1994 —Estatuto General de la Universidad Surcolombiana—, le corresponde al Rector suscribir los actos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Universidad Surcolombiana, ateniéndose a las disposiciones legales vigentes; Que el Consejo Académico mediante Acuerdo CA No.022 de fecha 13 de octubre de 2015, expide el Calendario de Actividades Académico Administrativas para el primero y segundo período académico de 2016 en la Universidad Surcolombiana; Que el Consejo Académico mediante Acuerdo CA No.011 de fecha 26 de mayo de 2016, modifica la fecha de publicación de liquidación y pago de matrícula financiera de estudiantes antiguos para el período 2016-2, contenida en el Acuerdo CA 022 del 13 de octubre de 2015; Que el Acuerdo No.010 de fecha 2 de marzo de 2012 expedido por el Consejo Superior Universitario concede facultades de carácter permanente al Rector, entre otras, facultar al Rector para resolver las solicitudes de pago extemporáneo de derechos pecuniarios; Que la Resolución No.0139 de fecha 9 de septiembre de 2013 "Por la cual reglamenta el Acuerdo 010 del 2 de marzo de 2012" en el Artículo 2o. establece el pago extemporáneo de derechos pecuniarios para Programas de Pregrado, literal a): (...) "Liquidación de matrícula: Cuando el pago de la liquidación de matrícula no se ha efectuado debido a la falta de recursos del estudiante, el Rector autorizará el pago extemporáneo únicamente dentro de la primera semana del período académico, con el fin de evitar la figura de "estudiante asistente", la cual no está permitida en la Institución Que la Resolución No.164 de fecha 15 de junio de 2016 en su Artículo Primero establece la fecha límite de pago con segunda extraordinaria hasta el 21 de julio de 2016; AV. Pastrana Borrero - Cra la. PBX: 8754753 FAX: 8758890 - 8759124 , Edificio Administrativo Cra. 5 No. 23 - 40 PBX: 8753686 Línea Gratuita Nacional: 018000968722 www.usco.edu.co Neiva - Huila

Upload: others

Post on 03-Aug-2020

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Universidad Surcolombiana RESOLUCION NÚMERO 185 DE 2016 … · Acuerdo CA 022 del 13 de octubre de 2015; Que el Acuerdo No.010 de fecha 2 de marzo de 2012 expedido por el Consejo

Universidad Surcolombiana Nit. 891.180.084-2

SC 7384 - 1 GP 205.1 CO - SC 7384 - 1

RESOLUCION NÚMERO 185 DE 2016 (JULIO 22)

"Por la cual se amplía la fecha de pago de los derechos de matrícula con segunda extraordinaria de los estudiantes de Pregrado en las Sedes de la

Universidad, para el Segundo Período Académico de 2016"

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA en uso de sus facultades legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo preceptuado en el numeral 15 del Artículo 31 del Acuerdo Superior número 075 de 1994 —Estatuto General de la Universidad Surcolombiana—, le corresponde al Rector suscribir los actos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Universidad Surcolombiana, ateniéndose a las disposiciones legales vigentes;

Que el Consejo Académico mediante Acuerdo CA No.022 de fecha 13 de octubre de 2015, expide el Calendario de Actividades Académico Administrativas para el primero y segundo período académico de 2016 en la Universidad Surcolombiana;

Que el Consejo Académico mediante Acuerdo CA No.011 de fecha 26 de mayo de 2016, modifica la fecha de publicación de liquidación y pago de matrícula financiera de estudiantes antiguos para el período 2016-2, contenida en el Acuerdo CA 022 del 13 de octubre de 2015;

Que el Acuerdo No.010 de fecha 2 de marzo de 2012 expedido por el Consejo Superior Universitario concede facultades de carácter permanente al Rector, entre otras, facultar al Rector para resolver las solicitudes de pago extemporáneo de derechos pecuniarios;

Que la Resolución No.0139 de fecha 9 de septiembre de 2013 "Por la cual reglamenta el Acuerdo 010 del 2 de marzo de 2012" en el Artículo 2o. establece el pago extemporáneo de derechos pecuniarios para Programas de Pregrado, literal a): (...) "Liquidación de matrícula: Cuando el pago de la liquidación de matrícula no se ha efectuado debido a la falta de recursos del estudiante, el Rector autorizará el pago extemporáneo únicamente dentro de la primera semana del período académico, con el fin de evitar la figura de "estudiante asistente", la cual no está permitida en la Institución

Que la Resolución No.164 de fecha 15 de junio de 2016 en su Artículo Primero establece la fecha límite de pago con segunda extraordinaria hasta el 21 de julio de 2016;

AV. Pastrana Borrero - Cra la. PBX: 8754753 FAX: 8758890 - 8759124 , Edificio Administrativo Cra. 5 No. 23 - 40 PBX: 8753686

Línea Gratuita Nacional: 018000968722 www.usco.edu.co Neiva - Huila

Page 2: Universidad Surcolombiana RESOLUCION NÚMERO 185 DE 2016 … · Acuerdo CA 022 del 13 de octubre de 2015; Que el Acuerdo No.010 de fecha 2 de marzo de 2012 expedido por el Consejo

SC 7384 - 1 GP 205 - 1 CO - SC 7384 - 1

Universidad Surcolombiana Ni t. 891.180.084-2

Continuación Resolución No.185 de julio 22 de 2016. 2.

Que atendiendo algunas solicitudes de estudiantes que no pudieron realizar el pago hasta el 21 de julio de 2016, fecha límite con segunda extraordinaria, la Rectoría de la Universidad decide autorizar la ampliación de esta fecha de pago;

Que el Artículo 80. del Acuerdo No.050 del 16 de octubre de 2015 expedido por el Consejo Superior Universitario, estableció el mecanismo para el pago diferido de matrículas en la Universidad Surcolombiana, hasta en cuatro (4) cuotas por período académico;

Que en virtud de lo anterior,

RESUELVE:

ARTICULO lo. Ampliar la fecha límite para el pago de los derechos de matrícula con SEGUNDA EXTRAORDINARIA hasta el 28 de julio de 2016 para los Programas de las Facultades de Ciencias Exactas y Naturales, Ciencias Jurídicas y Políticas, Ciencias Sociales y Humanas, Economía y Administración, Educación, Ingeniería y Salud, exceptuando el Programa de Medicina (décimo semestre) y el Programa de Enfermería (noveno semestre).

PARAGRAFO: Para utilizar el mecanismo de pago diferido se aplicará lo establecido en el Artículo 80. del Acuerdo No.050 del 16 de octubre de 2015 expedido por el Consejo Superior Universitario, tomando como referencia el 28 de julio de 2016.

ARTICULO 2o. Los estudiantes que se acojan a esta fecha límite de pago deberán tener en cuenta lo siguiente:

• Solicitar la actualización de la fecha de pago en la Oficina de Liquidación de Derechos Pecuniarios, o a través del teléfono 8754780, o por correo electrónico a [email protected]

• El día 28 de julio de 2016 realizar el pago en el horario normal del banco. • Los estudiantes que se acojan a esta ampliación de fecha de pago, deberán

acercarse al Centro de Admisiones, Registro y Control Académico con el comprobante de pago el 29 de julio de 2016 para que les sea habilitado el período 2016-2, a fin de que continúen el proceso de matrícula de cursos en el módulo habilitado de adiciones y cancelaciones, de conformidad a las fechas establecidas en la Circular No.008 del 7 de julio de 2016 suscrita por la Vicerrectora Académica, la cual se encuentra disponible en la página web Institucional.

• Sólo podrán matricular los cursos donde haya disponibilidad de cupos.

AV. Pastrana Borrero - Cra la. PBX: 8754753 FAX: 8758890 - 8759124 Edificio Administrativo Cra. 5 No. 23 - 40 PBX: 8753686

Línea Gratuita Nacional: 018000968722 www.usco.edu.co Neiva Huila

Page 3: Universidad Surcolombiana RESOLUCION NÚMERO 185 DE 2016 … · Acuerdo CA 022 del 13 de octubre de 2015; Que el Acuerdo No.010 de fecha 2 de marzo de 2012 expedido por el Consejo

Universidad Surcolombiana Ni t. 891.180.084-2

GP 205-1 SC 7384 - CO - SC 7384 - 1

111

(ID S GASPAR EDWIN ALIRIO TRUJILLO CERQUERA

Secretario General PEDRO LE Rector

rontInt,Lpión Resolución No.185 de julio 22 de 2016. 3.

ARTÍCULO 3o. Enviar copia de la presente Resolución al Centro de Admisiones Registro y Control, al Grupo de Liquidación de Derechos Pecuniarios, a la Tesoreria de la Universidad y a cada Facultad.

ARTÍCULO 4o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Neiva, a los veintidós (22) días del mes de julio del año dos mil dieciséis (2016).

Proyectaron: LSDCH- Directora Centro de Admisiones Registro y Control GAGR — Coordinadora Grupo de Liquidación de Derechos Pecuniarios

AV. Pastrana Borrero - Cra la. PBX: 8754753 FAX: 8758890 - 8759124 Edificio Administrativo Cra. 5 No. 23 - 40 PBX: 8753686

Línea Gratuita Nacional: 018000968722 www.usco.edu.co Neiva - Huila