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CARRERA MAGISTERIAL | LINEAMIENTOS GENERALES 1 1. DEFINICIÓN Y OBJETIVOS

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1. DEFINICIÓN Y OBJETIVOS

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1.3.2. Propiciar que el docente obtenga unamejora significativa en el aprendizaje de losalumnos.

1.3.3. Reconocer las actividades extraclase querealizan los docentes para favorecer eldesarrollo integral del alumno en un ambienteescolar sano y seguro que estimule suaprendizaje.

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1.3.4. Privilegiar la capacitación, actualización ysuperación profesionales del docente, mediantesu participación en procesos de formacióncontinua que contribuyan a mejorar sudesempeño.

1.3.5. Estimular a los profesores que laboran enescuelas ubicadas en zonas de bajo desarrollo,así como a los que atienden alumnos queenfrentan barreras para el aprendizaje y laparticipación.

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2. INSTANCIAS

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2. INSTANCIAS

• La Comisión Nacional SEP-SNTE, lascomisiones paritarias estatales y los consejostécnicos o equivalentes son las responsablesdel Programa y tienen facultades para tomardecisiones en sus ámbitos de competencia.Están constituidos bilateralmente; es decir,con representantes de la autoridad educativay del SNTE.

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2.2.2.16. Resolver las irregularidades einconformidades que no puedan sersolucionadas por el Consejo Técnico oequivalente.

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2.2.2.21. Elaborar los dictámenes individualesde incorporación o promoción al Programa, asícomo la revocación de dictámenes para losparticipantes que incumplan los requisitos ycondiciones del refrendo o en los casosprevistos para la cancelación del estímulo.

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2.3. Consejo Técnico o equivalente

• Es la instancia responsable del Programa en elcentro de trabajo. Sus principales funcionesson las siguientes:

– Difundir el Programa y sus documentoscomplementarios en los centros de trabajo.

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– Proporcionar información a los docentes quedesean incorporarse o promoverse en elPrograma, acerca de los lineamientos,normas, disposiciones y acuerdos emitidospara tal fin.

– Llevar a cabo la evaluación de los factoresActividades Cocurriculares y Gestión Escolar,según corresponda. Recibirá y validará ladocumentación y los datos correspondientesal factor Antigüedad y el requisito de estudiosnecesarios para el nivel o modalidad.

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2.3.1. Estructura

2.3.1.1. Primera Vertiente: se constituye en cadaplantel con todos los profesores del ConsejoTécnico Escolar o su equivalente y unrepresentante sindical acreditado por la seccióndel SNTE correspondiente. Será presidido por eldirector.

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2.3.1.2. Segunda Vertiente: se integra con elpersonal de la misma categoría directiva o delárea de supervisión y un representante sindicalacreditado por la sección del SNTEcorrespondiente. Será presidido por laautoridad educativa inmediata superior delparticipante.

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2.3.1.3. Tercera Vertiente: se integra con losdocentes de cada grupo (Acompañamiento enAula, Asesoramiento Educativo, SuperaciónProfesional y Elaboración de Material Educativo)y un representante sindical acreditado por laSección del SNTE correspondiente. Serápresidido por la autoridad responsable o por lapersona que ésta designe.

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2.3.1.4. Para las escuelas unitarias, bidocentes oincompletas (hasta con 4 profesores), el ConsejoTécnico de Zona Sectorizada deberá asumir lafunción de Consejo Técnico. El supervisor oinspector de zona presidirá este Órgano y estaráun representante sindical acreditado por lasección del SNTE correspondiente.

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2.3.2. Atribuciones y responsabilidades

2.3.2.1. Integrar el Consejo Técnico oequivalente al inicio de cada ciclo escolarmediante el acta correspondiente, la cualdeberá estar requisitada en los términosestablecidos.

2.3.2.2. Conocer, respetar y aplicar losLineamientos, así como los documentoscomplementarios que emita la ComisiónNacional sobre el Programa.

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2.3.2.3. Difundir el Cronograma de Actividadesautorizado por la Comisión Nacional para cadaetapa; dar a conocer entre los profesoresparticipantes en los centros de trabajo, laconvocatoria respectiva y los documentoscomplementarios.

2.3.2.4. Llevar a cabo el proceso deinscripción/reinscripción a la etapacorrespondiente, en las fechas establecidas porla Comisión Nacional SEP-SNTE.

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2.3.2.5. Inscribir solamente a los solicitantesque cumplan con todos los requisitosestablecidos.

2.3.2.6. Verificar que las cédulas de inscripción oreinscripción estén debidamente requisitadas ycomprobar con el participante que los datosconsignados sean correctos.

2.3.2.7. Recibir y validar la documentaciónactualizada correspondiente a los estudiosrealizados y la antigüedad en el serviciodocente.

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2.3.2.8. Comprobar que la documentación queentrega el docente para acreditar los diferentesrequisitos sea copia fiel de los originales.

2.3.2.9. Fomentar en los profesores elconocimiento y la consulta de los LineamientosGenerales, así como de los documentoscomplementarios que emita la ComisiónNacional SEP-SNTE.

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2.3.2.10. Promover, en el docente, laresponsabilidad de integrar y actualizarpermanentemente su expediente de CarreraMagisterial.

2.3.2.11. Integrar el expediente de losparticipantes, el cual deberá contener lossiguientes documentos:

2.3.2.11.1. Constancia oficial que indique losaños en el servicio docente de educación básicapública.

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2.3.2.11.2. Copia del (los) comprobante (s) deestudios realizados.

2.3.2.11.3. Copia de la (s) Cédula (s) deInscripción/Reinscripción.

2.3.2.11.4. Copia del Programa Anual de Trabajode Carrera Magisterial del factor ActividadesCocurriculares y de los formatoscorrespondientes.

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2.3.2.11.5. Copia de las cédulas de evaluaciónde: factor Actividades Cocurriculares, así comoGestión Escolar y Apoyo Educativo, segúncorresponda.

2.3.2.11.6. Copia de las constancias deacreditación de las opciones de FormaciónContinua correspondientes.

2.3.2.11.7. Copia del documento de comisiónoficial, en su caso.

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2.3.2.11.8. Copia del Formato Único de Personalo equivalente.

2.3.2.11.9. Copia del dictamen de incorporacióny/o promoción, según sea el caso.

2.3.2.11.10. Copia del talón de cheque.

2.3.2.12. Disponer de un espacio seguro pararesguardar y mantener el archivo actualizadocon los expedientes de los profesores queparticipan en el Programa.

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2.3.2.13. Enviar a la comisión paritaria estatal,a través del personal de la estructura educativa,copia del expediente completo de los docentesque se inscriben por primera vez y actualizar elde los profesores que ya se han evaluado.

2.3.2.14. Garantizar que las cédulas deinscripción y reinscripción sean turnadas en lostiempos establecidos en el Cronograma deActividades a las autoridades responsables delPrograma en la entidad federativa, a través de laestructura educativa.

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2.3.2.15. Resolver las irregularidades oinconformidades que se generen durante eldesarrollo de la evaluación de los factores deActividades Cocurriculares o de Gestión Escolar

y turnar las inconformidades no resueltas a lainstancia inmediata superior.

2.3.2.16. Remitir a la Comisión Paritaria lasincidencias que rebasen su ámbito decompetencia.

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2.3.2.17. Asumir que los integrantes delConsejo Técnico o equivalente que incumplanlas disposiciones del Programa en su ámbito decompetencia,

no podrán participar en Carrera Magisterial enla etapa correspondiente.

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3. PARTICIPANTES

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3. PARTICIPANTES

3.1. Podrán participar en Carrera Magisterial,en igualdad de condiciones, únicamente losprofesores afiliados al Sindicato Nacional deTrabajadores de la Educación que laboran encentros de trabajo de educación básica pública,cuya categoría esté registrada en el Catálogoaprobado para el Programa (Anexo 1) y queostenten nombramiento en Código 10 (altadefinitiva) o Código 95 sin titular (interinatoilimitado), ubicados en los niveles ymodalidades siguientes:

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3.1.1. Educación Inicial1

3.1.2. Educación Preescolar3.1.3. Educación Primaria3.1.4. Internados3.1.5. Educación Indígena3.1.6. Secundaria General3.1.7. Secundaria Técnica3.1.8. Telesecundaria3.1.9. Educación Física3.1.10. Educación Artística3.1.11. Educación Especial2

3.1.12. Educación Extraescolar3

3.1.13. Centros de Formación para el Trabajo4

1. Considera únicamenteEducación Preescolar.

2. Considera los niveles y modalidades de Preescolar, Primaria, Secundaria y grupos afines.

3. Únicamente los nivelesde Educación Primaria ySecundaria.

4. Para esta modalidad,dada sus característicasparticulares, existe uninstructivo específicodonde se señala la formade participación.

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3.3. Los docentes que deseen incorporarse opromoverse deberán cubrir los siguientesrequisitos:

3.3.1. Haber concluido, al momento de lainscripción en la etapa correspondiente, con losestudios necesarios para el nivel o modalidad enque participa, según se especifica en el Anexo 2.

En este caso, para participar no se requiereacreditar antigüedad en el servicio docente.

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3.3.2. Para efectos de Carrera Magisterial seconsideran como probatorios del nivel deestudios, los documentos expedidos por lasescuelas normales, normales superiores,universidades e instituciones de educaciónsuperior, con reconocimiento oficial de estudiose incluidas en el Registro Nacional deInstituciones pertenecientes al SistemaEducativo Nacional. Los estudios realizadosen el extranjero se reconocerán, siempre ycuando hayan sido revalidados previamenteante las instancias correspondientes.

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3.3.4. Los profesores que acrediten estudiosdiferentes a los requeridos para elnivel/modalidad educativa en que laboran opara la asignatura que impartan,

podrán participar cuando cumplan con laantigüedad en el servicio docente en educaciónbásica pública establecida en el Anexo 3.

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3.3.8. El personal docente cuyo nombramientosea por hora/semana/mes, podrá participar conun mínimo de 10 h/s/m,

siempre y cuando las imparta en la mismaasignatura o afines.

Cuando el participante imparta dos o másasignaturas y éstas no sean afines, deberáinscribirse o reinscribirse en cada una de ellas ysustentar las evaluaciones correspondientes.

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3.3.10. Los docentes comisionados en funcionesadministrativas, sindicales o ubicados fuera delos niveles/modalidades de educación básica nopodrán participar, incorporarse o promoverseen el Programa, hasta que se desempeñen enalguna de las funciones previstas en lasvertientes.

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3.3.11. Para fortalecer la legalidad y latransparencia en los procesos de CarreraMagisterial, los docentes que incurran en algunade las siguientes situaciones no podránparticipar para incorporación o promoción, endos etapas consecutivas del Programa a partirdel momento en que se presente la incidencia:

3.3.11.1. Sustraer o destruir parcial ototalmente los instrumentos de evaluación.

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3.3.11.2. Realizar acciones que interfieran con eldesarrollo de los diversos procesos de CarreraMagisterial.3.3.12 Si las acciones anteriores se realizan en elúltimo año de permanencia, el participantepodrá presentar su evaluación al año siguiente yse suspenderá su participación en la etapaposterior.3.3.13. Si las acciones anteriores coinciden conla evaluación extraordinaria o el refrendo, elparticipante podrá realizar su evaluación en esaetapa y no podrá participar en las dossusbsecuentes.

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4. NIVELES

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4.2. Refrendo de los niveles de CarreraMagisterial

4.2.1. Los niveles de estímulos obtenidos por losparticipantes hasta el ciclo escolar 2010-2011 noserán objeto de refrendo.

4.2.2. Todos los niveles de estímulos obtenidosa partir del ciclo escolar 2011-2012 serán objetode refrendo y, en su caso, de cancelación si nose cumplen los requisitos establecidos.

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4.2.3. Todos los participantes que se incorporeno promuevan a niveles de estímulos a partir dela entrada en vigor de estos LineamientosGenerales, para conservarlos, una vezconcluidos sus años de permanencia, tendránque cumplir con las condiciones y requisitosestablecidos para el refrendo.

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4.2.4. Para refrendar el estímulo, los docentesdeberán obtener un puntaje igual o superior a70, en el último año de permanencia requeridapara el nivel que ostenten, ya sea con elpromedio de las evaluaciones de la misma actividadde los últimos 2, 3, ó 4 años, según sea el caso, ocon el resultado de una sola evaluación.

Para refrendarlo en las etapas subsecuentesdeberán conseguir los 70 puntos en laevaluación global hasta lograr el puntajerequerido para la promoción.

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4.2.5. Si al término de los años de permanenciarequerida:

4.2.5.1. Los docentes no participan en laevaluación.

4.2.5.2. Participan y obtienen un puntajeinferior a 70.

4.2.5.3. Deberán realizar simultáneamente en elciclo escolar inmediato posterior, lo siguiente:

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4.2.5.3.1. Inscribirse, a un programa decapacitación, actualización y superaciónprofesionales en las áreas de oportunidaddetectadas por la instancia responsable, conbase en los resultados obtenidos en los factoresAprovechamiento Escolar y PreparaciónProfesional. Dicho programa seráresponsabilidad de la instancia correspondiente,y

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4.2.5.3.2. Realizar obligatoriamente laevaluación global, de manera extraordinaria,para obtener el puntaje de 70

y así conservar el nivel de estímulo,

o bien contar con el puntaje que le permitapromoverse.

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4.2.6. Quienes no obtengan los 70 puntos en laevaluación extraordinaria, descenderán al nivelinmediato anterior. Si éste también essusceptible de refrendo, los participantes,deberán evaluarse nuevamente en el siguienteciclo escolar y tendrán las siguientes opciones:4.2.6.1. Obtener el puntaje requerido para lapromoción, o4.2.6.2. Los 70 puntos para refrendar el nivelque ostentan.

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4.2.7. Si no se promueven o refrendan el nivel que ostentan, en la siguiente etapa podrán realizar una evaluación global adicional, si obtienen:

4.2.7.1. El puntaje requerido, se promoverán.

4.2.7.2. 70 o más puntos refrendarán el nivel en esa etapa, o

4.2.7.3. De no conseguir lo anterior o no presentar la evaluación global, descenderán al nivel inmediato anterior.

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4.2.8. Los docentes que desciendan de nivel, siobtienen el puntaje requerido, podránpromoverse al inmediato superior sin necesidadde acumular permanencia en los niveles quepreviamente habían logrado.

4.2.9. A quienes estén ubicados en el nivel “A" yno lo refrenden, se les retirará el estímulocorrespondiente y pasarán a la plaza inicial.

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4.2.10. Los participantes que se promuevan alnivel “E” estarán sujetos a las siguientescondiciones:4.2.10.1. Para conservar el nivel “E”, elegirán

una de las siguientes opciones:4.2.10.1.1. Evaluarse en tres etapasconsecutivas y con el promedio de losresultados obtener al menos 70 puntos, o4.2.10.1.2. Evaluarse únicamente al tercer añode haberlo obtenido y conseguir al menos 70puntos en esa etapa.

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4.2.10.2. De no conseguir lo anterior, descenderán al nivel inmediato anterior.

En su caso, se sujetarán a lo establecido en los numerales 4.2.6, 4.2.7. y 4.2.8

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4.2.11. Los docentes que obtengan menos de 70puntos o no sustenten la evaluación global enlas etapas obligatorias para el refrendo,asumirán que el estímulo les será retirado apartir del septiembre siguiente a la evaluaciónextraordinaria, adicional o las subsecuentes.

4.2.12. Para los docentes que no se promuevanni obtengan el puntaje mínimo establecidocomo requisito para la conservación del nivel deestímulo, la SEP, a través de la unidadresponsable de la formación continua,

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diseñará, a partir de la información que leproporcione la instancia encargada de laevaluación, programas focalizados para atenderlas áreas de oportunidad identificadas.

Será responsabilidad de la CoordinaciónNacional de Carrera Magisterial, a través de lascoordinaciones estatales, informar a losdocentes cuáles serán sus programas deformación continua.

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4.3. Conservación del nivel de CarreraMagisterial

4.3.1. El nivel de Carrera Magisterial seconservará cuando el docente cambie defunción, categoría, nivel o modalidad dentro delsubsistema de educación básica, siempre ycuando cumpla con los requisitos establecidos.

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4.4.7. Cambiar de entidad federativa sin el avalde la Comisión Nacional Mixta de CambiosInterestatales.

4.4.8. La renuncia voluntaria.

4.5. En caso de que el docente pierda el nivelobtenido y desee volver a incorporarse aCarrera Magisterial, deberá cumplirnuevamente con lo establecido en estosLineamientos Generales.

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5. VERTIENTES

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5.3.4. Para incorporarse o promoverse en estavertiente, es indispensable que la categoría queostente el participante corresponda alnivel/modalidad en que realiza las funcionestécnico-pedagógicas.

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5.4. No participan en alguna de las tresvertientes del Programa los docentes quedesempeñen funciones administrativas, deevaluación o planeación, ocupen puestos deconfianza, comisiones sindicales, personal deapoyo y de enlace, así como quienes realicenactividades relacionadas con el ProgramaNacional de Carrera Magisterial.

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6. SISTEMA DE EVALUACIÓN

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6. SISTEMA DE EVALUACIÓN

• Establece los factores en los cuales debenevaluarse los participantes para obtener elpuntaje que les permita:

• incorporarse,• promoverse o• refrendar el nivel de estímulo obtenido en el

Programa.

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PUNTAJES MÁXIMOS

FACTORES1ª

Vertiente

Vertiente

Vertiente

1APROVECHAMIENTO

ESCOLAR

50 40 30

2 FORMACIÓN

CONTINUA

20 20 20

3ACTIVIDADES

COCURRICULARES

20 20 20

4 PREPARACIÓN

PROFESIONAL

5 5 5

5 ANTIGÜEDAD 5 5 5

6GESTIÓN ESCOLAR ---- 10 ----

APOYO EDUCATIVO ---- ---- 20

Total 100 100 100

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6.2.2. Se evaluará con instrumentos objetivosque serán aplicados a los alumnos por lainstancia responsable.

6.2.3. La puntuación que se otorgue estará enfunción del promedio de aciertos que obtenganlos alumnos en el instrumento de evaluación,convertido a la escala de Carrera Magisterial.

6.2.4. El procesamiento de los resultadosobtenidos en la evaluación, seráresponsabilidad de la instancia competente.

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6.2.5. A los docentes que laboran en la PrimeraVertiente de la educación básica regular y queobtengan logros educativos con alumnos queenfrentan barreras para el aprendizaje y laparticipación,

se les otorgará un Puntaje Adicional de hasta 10puntos,el cual, sumado a lo obtenido enAprovechamiento Escolar, no deberá rebasar los50 puntos asignados al Factor.

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6.2.6. La asignación de los puntajes del factorAprovechamiento Escolar considerará lascondiciones en que laboran los docentes; porello,los alumnos serán ubicados en diferentesgrupos de calificación, de acuerdo con loscriterios que se establezcan.

6.2.7. Los requisitos y criterios para laevaluación del factor Aprovechamiento Escolary de la asignación de Puntaje Adicional, seespecifican en los instructivos correspondientes.

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6.2.8. Los docentes que laboran en EducaciónEspecial se evaluarán en este Factor de acuerdocon las funciones que desempeñan. En lasUnidades de Servicio de Apoyo a la EducaciónRegular se tomará como referente elacompañamiento en la escuela y en los Centrosde Atención Múltiple, mediante la atención dealumnos y orientación a padres de familia. Loscriterios y el procedimiento para la evaluaciónse especifican en el instructivo respectivo.

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6.5. Formación Continua (Primera, Segunda yTercera Vertientes).

• Son las acciones secuenciales y permanentespara profesionalizar la práctica educativa, conla finalidad de actualizarla e innovarla deacuerdo con los avances didácticos,metodológicos, pedagógicos, culturales,tecnológicos y científicos.

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• Se realizan a través de proyectos académicosindividuales a corto, mediano y largo plazos,que permiten fortalecer las competenciasacadémicas y dar continuidad a la superaciónprofesional de los participantes.

• Los criterios que regulan la organización,aplicación, inclusión de las diferentesactividades relacionadas con laprofesionalización docente serándeterminadas por la SEP, a través de lainstancia respectiva.

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6.5.1. A este Factor le corresponden hasta 20puntos de los 100 posibles en la evaluaciónglobal.

6.5.2. Este factor se acreditará en cada etapa através de opciones modulares, articuladascurricularmente, para que por su secuencia yacumulación de puntajes y créditos en cadaetapa o de una a otra,el participante pueda obtenerdiplomados y postgrados.

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6.5.3. Considera diferentes opciones, que leofrecen al participante la oportunidad decapacitación, actualización y superaciónprofesionales para mejorar su desempeñodocente:

6.5.3.1. Cursos del Catálogo Nacional emitidopor la SEP, a través de la instanciarespectiva, aprobados para el Programa por laComisión Nacional SEP-SNTE de CarreraMagisterial.

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Consisten en programas académicos con unacarga horaria mínima de 30 y máxima de 40horas de estudio. A un curso de 30 horas lecorresponderán hasta 5 puntos. Los puntajes delos cursos con otra carga horaria se asignaránproporcionalmente de acuerdo con los criteriosestablecidos en el Anexo 7. Se imparten en lassiguientes modalidades: presencial,semipresencial o a distancia (en línea). Losparticipantes podrán llevar a cabo hasta cuatrocursos en una misma etapa.

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6.5.3.1.1. Para esta opción, los participantescon doble plaza que laboren en un mismo nively/o en sus modalidades afines y acrediten algúncurso, se le considerará el puntaje para ambas.

Si se desempeñan en diferentes niveleseducativos, deberán acreditar cursos y obtenerel puntaje correspondiente para cada plaza.

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6.5.3.2. Diplomados del Catálogo Nacionalemitido por la SEP a través de la instanciarespectiva, aprobados para el Programa por laComisión Nacional SEP-SNTE de CarreraMagisterial. Son programas académicos cuyacarga horaria mínima es de 120 horas deestudio. Las modalidades de impartición son:presencial, semipresencial o a distancia (enlínea).

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6.5.3.2.1. Por un diplomado de 120 horas,articulado curricularmente con el proyecto deformación continua del participante, sealcanzarán 20 puntos y se asignarán por únicavez en la etapa correspondiente.

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6.5.3.3. Especialidades, Maestrías y Doctoradosdel Catálogo Nacional emitido por la SEP,mediante la instancia respectiva, aprobadospara Carrera Magisterial por la ComisiónNacional SEP-SNTE.

Estarán articulados curricularmente con elproyecto de formación continua delparticipante. Las modalidades de imparticiónpueden ser presencial, semipresencial o adistancia (en línea).

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6.5.4. El participante recibirá puntaje por cadauna de las opciones señaladas, de acuerdo conlo siguiente:

6.5.4.1. Por el número de horas cursadas encada etapa (ver Anexo 7). Para laacreditación, el participante deberápresentar, en su oportunidad, la documentacióncorrespondiente, y

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6.5.4.2. Cuando presente la documentación queacredite la terminación de cada trayectoriaformativa (diplomado o postgrado),

podrá obtener por única vez 20 puntos, en laetapa correspondiente.

6.5.5. El puntaje que se alcance por lasactividades de formación continua que secursen durante el periodo de receso de clases(verano) contarán para la siguiente etapa.

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6.6. Actividades Cocurriculares (Primera,Segunda y Tercera Vertientes)• Se refiere al conjunto de accionesextraordinarias que realizan los participantesfuera del horario de trabajo dirigidas alfortalecimiento del aprendizaje de los alumnos,a favorecer la integración social, generar lascondiciones propicias para el desarrollo delproceso enseñanza-aprendizaje y promover enla comunidad un ambiente seguro y sano.

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Entre esas acciones se encuentra la prevenciónde las adicciones, el fomento de la lectura, lapreparación para el cambio de nivel educativo,la promoción de la convivencia respetuosa yequitativa, entre otras.

6.6.1. A este Factor le corresponden hasta 20puntos de los 100 posibles en la evaluaciónglobal.

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6.6.2. Primera Vertiente. Para los docentesfrente a grupo, el puntaje de este Factor seintegrará con base en la evaluación realizadapor el Consejo Técnico Escolar o equivalente;los resultados de la evaluación serán conocidospor el Consejo Escolar de Participación Social.

6.6.3. El puntaje de este Factor se integra pordos componentes:

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6.6.3.1. Cumplimiento del Plan Anual deTrabajo de Carrera Magisterial y

6.6.3.2. El número de horas laboradas fueradel horario asignado .

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6.6.4. Segunda Vertiente. Para el personaldirectivo y de supervisión, el puntaje seintegrará con el promedio del obtenido en elfactor Actividades Cocurriculares por losdocentes, directivos o personal de supervisión asu cargo.

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En el caso de los directores,

la puntuación será el promedio de los puntajesobtenidos por los docentes de su escuela;

para los inspectores, el promedio de lospuntajes obtenidos por los directores de su zonaen este Factor.

Para el jefe de sector, el promedio alcanzadopor los supervisores a su cargo.

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6.6.4.1. El puntaje que le corresponda alpersonal directivo y de supervisión se integraráa partir de la información registrada en las basesde datos correspondientes y por medioselectrónicos.

6.6.4.2. Para que el personal directivo y desupervisión obtenga el puntaje correspondiente,es indispensable que, como requisito, lleve acabo la realización de Actividades Cocurricularespara acompañar, apoyar, orientar y supervisar alos docentes que están bajo su responsabilidad.

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6.6.4.3. Para que se considere cubierto elrequisito, es necesario que el participante deSegunda Vertiente realice lo siguiente:

6.6.4.3.1. Lleve a cabo la planeación de esasactividades considerando todos los apartadosdel Programa Anual de Trabajo de CarreraMagisterial, en función de las temáticasplanteadas en los planes individuales de losdocentes, directores, inspectores y jefes desector, según sea el caso.

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6.6.4.3.2. Cumpla satisfactoriamente con lasactividades programadas.

6.6.4.3.3. Acumule el número de horaslaboradas fuera del horario asignado.

6.6.5. Tercera Vertiente. Para los docentes enActividades Técnico Pedagógicas, el puntaje deeste Factor, se integrará con base en losiguiente:

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6.6.5.1. La evaluación del cumplimiento del PlanAnual de Trabajo de Carrera Magisterial,mediante el cual acompañarán a los docentesde Primera y/o Segunda Vertientes en larealización de las Actividades Cocurriculares,

6.6.5.2. La acumulación de horas laboradasfuera del horario asignado.

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6.6.6. Los participantes de las tres vertientespodrán cumplir las actividades cocurriculares encontraturno, en fines de semana o en el periodode receso de clases.

6.6.7. La evaluación de este Factor para las tresvertientes se ajustará a las normas y elprocedimiento establecido en el instructivocorrespondiente.

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6.7.3. La integración del banco de reactivos sehará con la participación de las áreas de la SEPresponsables de la evaluación, el currículo y laformación continua. Y se elaborarán con baseen los conocimientos y habilidades requeridospor el docente para llevar a cabo, con calidad, sulabor profesional.

6.7.4. Se elaborarán diferentes tipos deexámenes con base en los requerimientos delPrograma y en las características de la funciónque desempeña el docente.

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6.7.7. Para la asignación del puntaje del factorPreparación Profesional, los maestros seránubicados en grupos de calificación integradospor profesores de la misma vertiente, nivel omodalidad educativa, que laboren encondiciones similares.

6.7.8. La evaluación de este Factor se ajustará alas normas establecidas en el instructivocorrespondiente.

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6.8. Antigüedad (Primera, Segunda y TerceraVertientes)

• Son los años desempeñados como docentefrente a grupo, en funciones directivas o desupervisión o en actividades técnico-pedagógicas en educación básica pública.

6.8.1. A este Factor le corresponden hasta 5puntos de los 100 posibles en la evaluaciónglobal.

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6.8.2. La acreditación de la antigüedad se harámediante la presentación de una constanciaexpedida por el área administrativacorrespondiente.

6.8.3. Para efectos de puntaje, los años deservicio que se consideran son los que hayaacumulado el docente al concluir la etapa deevaluación.

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6.9. Gestión Escolar (Segunda Vertiente)

• Son las actividades inherentes a las funcionesdel personal directivo y de supervisión,establecidas en los manuales de operacióncorrespondientes, que están directamenterelacionadas con la asesoría, supervisión,seguimiento y apoyo del trabajo de losdocentes que dependen de ellos. Estasactividades propician el desarrollo adecuadodel proceso enseñanza-aprendizaje.

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6.9.1. A este Factor le corresponden hasta 10puntos de los 100 posibles en la evaluaciónglobal.6.9.2. El puntaje del Factor se integra por lossiguientes aspectos:6.9.2.1. Elaboración del programa deactividades.6.9.2.2. Cumplimiento de las actividadesprogramadas.6.9.3. La evaluación de este Factor se ajustará alas normas establecidas en el instructivocorrespondiente.

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6.10. Apoyo Educativo (Tercera Vertiente)

• Son las acciones de acompañamiento en elaula, asesoramiento educativo, superaciónprofesional y elaboración de materialeseducativos realizadas en su ámbito de trabajo(escuela, zona, sector, nivel o modalidadeducativa), que contribuyen al mejoramientode los procesos y procedimientos deenseñanza-aprendizaje.

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6.11. Evaluación Global

6.11.1. La evaluación global es la integración delos resultados que obtiene el docente en losfactores propios de la vertiente en queparticipa, en una etapa de evaluación y tendráun valor hasta de 100 puntos.

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6.11.4. Para incorporarse, promoverse y/orefrendar el estímulo, el participante deberárealizar su evaluación global en la actividad yvertiente en la que se inscribió/reinscribió enesa etapa, así como alcanzar el puntajenecesario en cada caso.

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6.11.5. El puntaje global que se considerará parala promoción será el promedio de los puntajestotales obtenidos durante los últimos dos, tres ocuatros años de permanencia, según sea el caso,o bien el de una sola evaluación global en elúltimo año de la permanencia en el nivel deestímulo que ostente.

6.11.6. La evaluación global se integraráúnicamente con los puntajes obtenidos en unamisma etapa de evaluación.

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7. DICTAMINACIÓN

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• Este proceso también se apegará a loscriterios establecidos por la ComisiónNacional SEP-SNTE en la Guía Técnica paradeterminar el número de plazas a incorporaro promover en cada etapa.

• Los recursos asignados anualmente para cadaentidad federativa están sujetos a las normasque rigen el ejercicio del presupuesto federal;por tal motivo se deberán aplicar en elperiodo fiscal respectivo.

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7.1.3.1. El monto disponible para determinar elnúmero de plazas a incorporar o promover seintegrarácon el presupuesto asignado para cada etapa,la bolsa de recursos de economíasregularizables

y los recursos que aporten las entidadesfederativas,en estos últimos se tendrá que prever elregularizable para los subsecuentes ejerciciospresupuestales.

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7.1.3.2. La comisión paritaria estatal separarádel presupuesto asignado el monto necesariopara atender incidencias tales como:

horas adicionales,cambios de estado,permutas ypromociones escalafonarias.

7.1.3.3. Deberá prever el recurso necesario paracubrir las inconformidades que se presenten.

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7.2.3. La comisión paritaria estatal deberáverificar la adecuada aplicación de los recursosgenerados por las economías del Programa.

7.3. Incorporaciones

7.3.1. Para que los docentes puedanincorporarse a Carrera Magisterial es necesarioque cumplan con los requisitos establecidos enestos Lineamientos y que obtengan al menos 70puntos en la evaluación global de la Etapa.

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7.4.4. La permanencia se entiende como losaños efectivos acumulados por un docente enalguno de los niveles de estímulo de CarreraMagisterial; ésta no se interrumpe por lasincidencias especificadas en el Capítulo 8.

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7.4.5. Para efectos de promoción, los docentes,de acuerdo a su participación en el sistema deevaluación, determinarán sí se sujetan alpromedio de los resultados obtenidos en lasevaluaciones globales presentadas en la mismaactividad, durante los últimos 2, 3 ó 4 años de lapermanencia establecida para el nivel deCarrera Magisterial que ostenten, o bien alresultado de la evaluación global obtenida en elúltimo año de permanencia.

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7.4.6. Los participantes que elijan evaluarsedurante todos los años y que incurran en unaincidencia originada por cambio de actividad,vertiente o incumplimiento de la evaluaciónglobal en dos o más etapas, para concursar porsu promoción solamente podrán presentar laevaluación en el último año de su permanencia.

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7.4.7. Los docentes que opten por evaluarsedurante todos los años de permanencia eincumplan la evaluación global en uno de ellos,en la evaluación extraordinaria deberán elegiruna de las siguientes opciones:

7.4.7.1. Se considere solamente el resultado dela evaluación extraordinaria o

7.4.7.2. El promedio de los resultados obtenidosen los años anteriores.

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7.4.9. Los participantes porán cambiar de actividad o vertiente durante la permanencia, incluso en el último año de la misma, siempre y cuando su movimiento se realice antes de la inscripción. Su promoción será posible, si sustentan la evaluación global, obtienen el puntaje requerido y cumplen con los demás requisitos establecidos en ese último año

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7.7.2. Las comisiones paritarias elaborarán larevocación de dictámenes para los docentes que

incumplan los requisitos y condiciones delrefrendo

o en los casos previstos para la cancelación delestímulo.

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8. INCIDENCIAS

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8.2. Promociones en el Escalafón Vertical

8.2.1. Los docentes frente a grupo o el personaldirectivo y de supervisión incorporados queobtengan ascensos en el sistema escalafonariovertical en plazas con Código 10 (alta definitiva)o Código 95 sin titular (interinato ilimitado)conservarán el nivel de Carrera Magisterial queostentaban en la categoría de antecedente asícomo la permanencia acumulada.

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8.2.4. Cuando los ascensos se otorguen conposterioridad al periodo de inscripción,

los docentes, para promoverse, deberán realizarsu evaluación global en el ciclo inmediatoposterior a la fecha del movimiento y

cumplir con los demás requisitos establecidos.

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8.2.3. Los docentes que obtengan ascensos en elsistema escalafonario vertical antes de lainscripción, en la etapa de incorporación opromoción, deberán realizar su evaluaciónglobal en la nueva actividad.

En su caso, se ajustarán a lo establecido en elnumeral 6.11.4.

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8.2.5. Los docentes que obtengan ascensos en elsistema escalafonario vertical antes de lainscripción, en la etapa de evaluaciónextraordinaria (año posterior al cumplimientode permanencia requerida),

para estar en posibilidad de conservar elestímulo deberán realizar su evaluación globalen la nueva actividad y cumplir con los demásrequisitos establecidos.

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8.2.6. En la etapa de evaluación extraordinaria,los docentes que estén en posibilidad deobtener un ascenso vertical con posterioridad alperiodo de inscripción, podrán elegir entre losiguiente:

8.2.6.1. Optar por el ascenso y, por lo tanto,perderán la posibilidad de refrendar y/opromoverse, o

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8.2.6.2. Realizar la evaluación global en lacategoría con que se inscribieron en la Etapapara refrendar el estímulo o promoverse,siempre y cuando cumplan con los demásrequisitos establecidos.

8.2.6.3 Los docentes que refrenden su nivel deestímulo, tendrán que apegarse a lo establecidoen el numeral 4.2.

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8.2.7. Los docentes que obtengan ascensos en elsistema escalafonario vertical antes de lainscripción, en las etapas posteriores a laevaluación extraordinaria (año posterior alcumplimiento de permanencia requerida), paraestar en posibilidad de conservar el estímulodeberán realizar su evaluación global en lanueva actividad y cumplir con los demásrequisitos establecidos.

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8.2.8. En las etapas posteriores a la evaluaciónextraordinaria, los docentes que estén enposibilidad de obtener un ascenso vertical conposterioridad al periodo de inscripción, podránelegir entre lo siguiente:

8.2.8.1. Optar por el ascenso y, por lo tanto,perderán la posibilidad de refrendar y/opromoverse, o

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8.3. Horas Adicionales

8.3.1. Los docentes incorporados a CarreraMagisterial con nombramientos porhora/semana/mes y los de jornada(Telesecundaria) que obtengan horasadicionales, podrán incorporarlas al Programasiempre y cuando las horas correspondan a lamisma materia o a las consideradas afines, deconformidad con los criterios acordados por laComisión Nacional SEP-SNTE.

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8.3.2.6. Solicitar la incorporación de las horasadicionales a partir de la fecha del nuevonombramiento y turnar la petición al ConsejoTécnico o equivalente para que éste, a su vez, lonotifique a la instancia responsable delPrograma en la entidad federativa.

8.3.2.7. Respetar los criterios de compatibilidadhoraria, los cuales establecen como máximo 42horas para docentes frente a grupo.

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8.5. Cambios al interior de la Vertiente

8.5.1. Los participantes que ostenten un nivel deestímulos y que cambien al interior de suvertiente,de adscripción,de categoría,asignatura,nivel omodalidad educativos,conservarán el nivel obtenido.

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8.9. Acuerdos presidenciales

8.9.1. Los docentes con acuerdos presidenciales754 ó 529 no podrán participar en CarreraMagisterial, excepto cuando realicenactividades técnico-pedagógicas comprendidasen la Tercera Vertiente.

8.9.2. Si están incorporados al Programa,continuarán percibiendo el estímulocorrespondiente al nivel obtenido, pero nopodrán promoverse ni tendrán que refrendar elnivel de estímulo.

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8.10. Cambio de actividad por dictamen delISSSTE o su equivalente

8.10.1. Los docentes incorporados al Programaque obtengan cambios de actividad pordictamen del ISSSTE o suequivalente, continuarán percibiendo el nivel deestímulos que ostenten. Para promoverse orefrendar, deberán realizar su evaluación globalen actividades consideradas en la TerceraVertiente.

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8.11. Licencias sin goce de sueldo

8.11.1. Los profesores que presenten estaincidencia y, como consecuencia de ello, seausenten de sus funciones en alguna de las tresvertientes por 15 días hábiles conservan lapermanencia de ese ciclo escolar. En su caso, seajustarán a lo establecido en el numeral 6.11.4.

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8.12. Beca Comisión

8.12.1. Los docentes que reciban esta prestaciónno podrán participar en esa etapa en CarreraMagisterial, pero conservan el estímulo que hanobtenido y la permanencia. En su caso, seajustarán a lo establecido en el numeral 6.11.4.

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8.13. Licencias médicas y con goce de sueldo

8.13.1. Los docentes que reciban licenciasmédicas o con goce de sueldo, podrán evaluarseen esa etapa, asumiendo que su ausencia podríaafectar los puntajes de la evaluación global,pero conservarán la permanencia de ese cicloescolar.

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8.16. Cese o defunción

8.16.1. El personal que ostente algún nivel deestímulo que sea cesado e interponga unademanda laboral por ese motivo, podrárecuperar el nivel de Carrera Magisterial queostentaba si el laudo le es favorable.

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9. TRANSITORIOS

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9. TRANSITORIOS

9.1. Los presentes Lineamientos tendránvigencia a partir del inicio del ciclo escolar 2011-2012, Vigésima Primera Etapa del Programa.

9.2. Con la entrada en vigor de los presentesLineamientos Generales, se abrogan todas lasnormas, disposiciones, acuerdos y alcancesrelativos al Programa Nacional de CarreraMagisterial, emitidos con antelación por laComisión Nacional SEP-SNTE.

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9.3. Los docentes con plaza del Esquema deEducación Básica podrán participar en elPrograma, siempre y cuando hayan obtenido sucategoría durante la vigencia de ese sistema deestímulos (de mayo de 1987 al 1º de marzo de1993) y cumplan con los requisitos de CarreraMagisterial. Cuando el personal incorporadocon estas categorías cause baja definitiva, tantoel diferencial del Esquema como el de CarreraMagisterial se integrarán a la bolsa de recursosdel Programa.

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9.4. Toda vez que la Reforma a losLineamientos Generales modifica el sistema deevaluación, los puntajes obtenidos en lasevaluaciones globales hasta la XX Etapa, cicloescolar 2010-2011, dejan de tener vigencia.

9.5. Los años de permanencia acreditados porlos participantes hasta el ciclo escolar 2010-2011 serán considerados parapromoción, siempre y cuando hayan cumplidocon la normativa aplicable.

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9.6. Por única vez en la XXI Etapa, ciclo escolar2011-2012, los participantes con niveles deCarrera Magisterial concursarán para supromoción con el resultado de la evaluaciónglobal obtenida en el nuevo sistema deevaluación, siempre y cuando cumplan con lapermanencia requerida y con los demásrequisitos establecidos.

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9.7. En las Etapas XXII y XXIII, los profesoresque elijan promoverse con el promedio de suspuntajes globales, concursarán con las dos otres evaluaciones obtenidas en el nuevo sistemarespectivamente, siempre y cuando cumplancon la permanencia requerida y con los demásrequisitos establecidos.

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9.8. Para los participantes de la Primera,Segunda y Tercera Vertientes de los niveles ymodalidades de Preescolar, Preescolar Indígena,Inicial, primero y segundo grados de Primaria,Educación Física, Educación Artística yEducación Tecnológica donde los aprendizajesde los alumnos no se valoran con pruebas deaplicación nacional, en tanto se cuente con losinstrumentos correspondientes, el puntaje delfactor Aprovechamiento Escolar se determinaráen función de los resultados que obtengan en elfactor Preparación Profesional.

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9.9. Los docentes que, al entrar en vigor lospresentes Lineamientos Generales esténcursando alguna Maestría o Doctorado, podránobtener, por única vez, 20 puntos en el factor deFormación Continua en la Etapacorrespondiente, siempre y cuando acreditenestos estudios hasta la XXIII Etapa.

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9.10. Los participantes que se incorporaron opromovieron entre las Etapas VIII y XX, quesustituyeron el grado académico con años deexperiencia en el servicio docente o conestudios incompletos, a partir de la Etapa XXI,para continuar participando deberán cumplircon lo establecido en el Anexo 3 de estosLineamientos Generales.

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9.11. Lo no previsto en los presentesLineamientos Generales, será resuelto por laComisión Nacional SEP-SNTE de CarreraMagisterial.