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Conceptos Básicos del Impuesto sobre las Ventas

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Page 1: Conceptos Básicos del Impuesto sobre las Ventas. DEFINICIÓNDEFINICIÓN Es un IMPUESTO INDIRECTO que se cobra sobre: ä Las ventas que realizan los comerciantes

Conceptos Básicos del Impuesto sobre las Ventas

Conceptos Básicos del Impuesto sobre las Ventas

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DEFINICIÓNDEFINICIÓNDEFINICIÓNDEFINICIÓN

Es un IMPUESTO Es un IMPUESTO INDIRECTO que se cobra INDIRECTO que se cobra sobre:sobre:

Las ventas que realizan los Las ventas que realizan los comerciantescomerciantes

Los servicios que prestan los Los servicios que prestan los comerciantes o profesionales comerciantes o profesionales independientesindependientes

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DEFINICIÓNDEFINICIÓNDEFINICIÓNDEFINICIÓN

Es un IMPUESTO Es un IMPUESTO INDIRECTO que se cobra sobre:INDIRECTO que se cobra sobre:

Las importaciones de bienes Las importaciones de bienes (maquinaria y equipo)(maquinaria y equipo)

Venta de automotores de Venta de automotores de SEGUNDA, por parte deSEGUNDA, por parte deintermediariosintermediarios(concesionarios)(concesionarios)

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DEFINICIÓNDEFINICIÓNDEFINICIÓNDEFINICIÓN

Es un IMPUESTO que se Es un IMPUESTO que se cobra sobre:cobra sobre:

Venta de aviones, Venta de aviones, helicópteros y demás helicópteros y demás equipos de vuelo.equipos de vuelo.

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DEFINICIÓNDEFINICIÓNDEFINICIÓNDEFINICIÓNEs un IMPUESTO de PERÍODO Es un IMPUESTO de PERÍODO (Bimestral) (Bimestral)

Enero - FebreroEnero - Febrero

Marzo - AbrilMarzo - Abril

Mayo - JunioMayo - Junio

Julio - AgostoJulio - Agosto

Septiembre - OctubreSeptiembre - Octubre

Noviembre - DiciembreNoviembre - Diciembre

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RÉGIMEN SIMPLIFICADO

CONCEPTO AÑO 2006Art. 499 E.T.

LEY 1111 de 2006Art. 39

REQUISITO

Ing. Brutos inferiores del año anterior 4000 UVT

Ing. Brutos< $80.000.000

Se elimina norma especial para agricultores y ganaderos

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RÉGIMEN SIMPLIFICADO

Art. 499 E.T. Tengan máximo un (1) establecimiento de comercioTengan máximo un (1) establecimiento de comercio No desarrollar actividades de explotación de No desarrollar actividades de explotación de

intangibles intangibles (franquicia, concesión, regalía, (franquicia, concesión, regalía, autorización)autorización)

No ser Usuarios Aduaneros No ser Usuarios Aduaneros (importadores o (importadores o exportadores)exportadores)

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RÉGIMEN SIMPLIFICADO

OBLIGACIONES Inscribirse en el Registro Único Inscribirse en el Registro Único

TributarioTributario Entregar constancia de la Entregar constancia de la

inscripción en el Rég. Simplificado inscripción en el Rég. Simplificado (D 2788/04)(D 2788/04)

Exhibir al público registro ante la Exhibir al público registro ante la

DIANDIAN (D. 2788/04) (D. 2788/04)

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RÉGIMEN SIMPLIFICADO

OBLIGACIONES Llevar el libro fiscal de operaciones Llevar el libro fiscal de operaciones

diariasdiarias Exigir facturas a sus proveedores Exigir facturas a sus proveedores

(Numeral 3, artículo 13 D.R. 380/96)(Numeral 3, artículo 13 D.R. 380/96)

Cumplir con otros sistemas Cumplir con otros sistemas de control que disponga el de control que disponga el Gobierno Nacional ( literal b, Gobierno Nacional ( literal b, artículo 506 E.T. )artículo 506 E.T. )

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RÉGIMEN COMÚNRÉGIMEN COMÚN

Personas JurídicasPersonas Jurídicas Personas Naturales que Personas Naturales que

no cumplan con los no cumplan con los requisitos para requisitos para pertenecer al régimen pertenecer al régimen simplificadosimplificado

Comercialicen bienes o presten servicios gravados con el IVA

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RÉGIMEN COMÚN (Obligaciones)

RÉGIMEN COMÚN (Obligaciones)

Inscripción en el RUT (Art. 555-2 E.T.)Inscripción en el RUT (Art. 555-2 E.T.) Expedir Facturas (Art. 615 y ss E.T.)Expedir Facturas (Art. 615 y ss E.T.) Llevar ContabilidadLlevar Contabilidad Presentar declaraciones bimestrales de IVAPresentar declaraciones bimestrales de IVA Presentar declaración de Renta y Presentar declaración de Renta y

ComplementariosComplementarios Efectuar Retención en la Fuente a título de renta Efectuar Retención en la Fuente a título de renta

(Personas Jurídicas)(Personas Jurídicas)

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RÉGIMEN COMÚN (Obligaciones)

RÉGIMEN COMÚN (Obligaciones)

Conservación de documentos por cinco (5) años Conservación de documentos por cinco (5) años (art. 632 E.T.)(art. 632 E.T.)

Informar dirección y actividad económica (Art. Informar dirección y actividad económica (Art. 612 E.T.)612 E.T.)

Informar el cese de actividades (Art. 614 E.T.)Informar el cese de actividades (Art. 614 E.T.)

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RÉGIMEN COMÚN(Requisitos Factura - Art. 617 E.T.)

RÉGIMEN COMÚN(Requisitos Factura - Art. 617 E.T.)

a. a. Estar denominada expresamente como factura de Estar denominada expresamente como factura de ventaventa

b. Apellidos y nombre o razón social y NIT del vendedor b. Apellidos y nombre o razón social y NIT del vendedor o de quien presta el servicioo de quien presta el servicio

c. Apellidos y nombre o razón social y NIT del adquirente c. Apellidos y nombre o razón social y NIT del adquirente de los bienes o servicios, junto con la discriminación de los bienes o servicios, junto con la discriminación del IVA pagado.del IVA pagado.

d. Llevar un número que corresponda a un sistema de d. Llevar un número que corresponda a un sistema de

numeración consecutiva de facturas de ventanumeración consecutiva de facturas de venta

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RÉGIMEN COMÚN(Requisitos Factura - Art. 617 E.T.)

RÉGIMEN COMÚN(Requisitos Factura - Art. 617 E.T.)

e. Fecha de expedición.e. Fecha de expedición.

f. Descripción específica o genérica de los f. Descripción específica o genérica de los artículos vendidos o servicios prestados.artículos vendidos o servicios prestados.

g. Valor total de la operacióng. Valor total de la operación

h. h. El nombre o razón social y el NIT del impresor de la El nombre o razón social y el NIT del impresor de la factura.factura.

i. Indicar la calidad de retenedor del IVAi. Indicar la calidad de retenedor del IVA

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RÉGIMEN COMÚN(Requisitos Factura - Art. 617 E.T.)

RÉGIMEN COMÚN(Requisitos Factura - Art. 617 E.T.)

Los requisitos de los literales a, b, d y h), Los requisitos de los literales a, b, d y h), deberán estar previamente impresos a través deberán estar previamente impresos a través de medios litográficos, tipográficos o de de medios litográficos, tipográficos o de técnicas industriales de carácter similar.técnicas industriales de carácter similar.

En su defecto, facturación por computador o En su defecto, facturación por computador o máquinas registradora.máquinas registradora.

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BIENES EXCLUIDOSBIENES EXCLUIDOS

Aquellos bienes corporales Aquellos bienes corporales muebles que no generan IVA muebles que no generan IVA por disposición legal.por disposición legal.

IVA PAGADO en la IVA PAGADO en la adquisición de las materias adquisición de las materias primas e insumosprimas e insumos

IVA PAGADO en los servicios IVA PAGADO en los servicios contratadoscontratados

MAYOR COSTO

O GASTO

DEL BIEN

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BIENES EXCLUIDOS(Art. 424 E.T.)

BIENES EXCLUIDOS(Art. 424 E.T.)

Medicamentos de primera necesidad Medicamentos de primera necesidad

Bienes o Productos de la Canasta FamiliarBienes o Productos de la Canasta Familiar

* Hortalizas* Hortalizas

* Frutas* Frutas

* Panela* Panela

* Cereales* Cereales ArrozArroz

MaízMaíz No Industrial

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BIENES EXCLUIDOSLEY 1111, Art. 31

BIENES EXCLUIDOSLEY 1111, Art. 31

Animales VIVOS de la especies

Bovina (Excepto los toros de lidia)

Porcina

Ovina o caprina

Gallos, gallinas, patos, gansos, pavos

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PanPan

Agua EnvasadaAgua Envasada

SalSal

Sangre Humana, sangre animal preparada para usos terapéuticos

BIENES EXCLUIDOS(Art. 424 E.T.)

BIENES EXCLUIDOS(Art. 424 E.T.)

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Energía EléctricaEnergía Eléctrica

Gasas, VendasGasas, Vendas Lentes de contactoLentes de contacto Lentes de vidrio para gafasLentes de vidrio para gafas

BIENES EXCLUIDOS

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Lápices de escribir y Lápices de escribir y colorearcolorear

Sillas de ruedas y equipos Sillas de ruedas y equipos similaressimilares

Artículos de ortopediaArtículos de ortopedia

BIENES EXCLUIDOS(Art. 424 E.T.)

BIENES EXCLUIDOS(Art. 424 E.T.)

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AbonosAbonos

Tractores y Neumáticos Tractores y Neumáticos para tractorespara tractores

Plaguicidas e insecticidas

BIENES EXCLUIDOS(Art. 424 E.T.)

BIENES EXCLUIDOS(Art. 424 E.T.)

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PreservativosPreservativos Diarios y

publicaciones periódicas

Madera en bruto

BIENES EXCLUIDOS(Art. 424 E.T.)

BIENES EXCLUIDOS(Art. 424 E.T.)

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BIENES EXCLUIDOS(Art. 424 E.T.)

BIENES EXCLUIDOS(Art. 424 E.T.)

Computadores personales de Computadores personales de

escritorio o portátiles escritorio o portátiles <<

$ 1.719.868$ 1.719.868

Equipos y elementos componentes del plan de GAS VEHICULAR

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Gas propano para uso Gas propano para uso domésticodoméstico

Gas NaturalGas Natural Gasolina NaturalGasolina Natural Petróleo crudo destinado a la Petróleo crudo destinado a la

refinaciónrefinación Materias primas para la Materias primas para la

producción de vacunasproducción de vacunas

BIENES EXCLUIDOS(Art. 424 E.T.)

BIENES EXCLUIDOS(Art. 424 E.T.)

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BIENES EXCLUIDOS EN LAS IMPORTACIONESBIENES EXCLUIDOS EN LAS IMPORTACIONES

Bienes para misiones diplomáticas Bienes para misiones diplomáticas extranjerasextranjeras

Maquinaria pesada no producida en el país, Maquinaria pesada no producida en el país, para industrias básicas (minería, siderurgia, para industrias básicas (minería, siderurgia, hidrocarburos) hidrocarburos)

Bienes y equipos destinados al deporte, salud, Bienes y equipos destinados al deporte, salud, educación, donados a favor de entidades educación, donados a favor de entidades oficiales o sin ánimo de lucrooficiales o sin ánimo de lucro

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BIENES EXCLUIDOS EN LAS IMPORTACIONESBIENES EXCLUIDOS EN LAS IMPORTACIONES

Maquinaria y equipos para reciclar y Maquinaria y equipos para reciclar y procesar basuras y desperdicios, siempre que procesar basuras y desperdicios, siempre que no se produzcan en el país. no se produzcan en el país.

Introducción de mercancías a los dptos de Introducción de mercancías a los dptos de Amazonas y San Andrés y Santa CatalinaAmazonas y San Andrés y Santa Catalina

Equipos y elementos para universidades Equipos y elementos para universidades públicas y privadaspúblicas y privadas

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BIENES EXCLUIDOS EN LAS IMPORTACIONESBIENES EXCLUIDOS EN LAS IMPORTACIONES

Importación ordinaria de maquinaria industrial que Importación ordinaria de maquinaria industrial que no se produzca e el país, destinada a la no se produzca e el país, destinada a la transformación de materias primas, por parte de los transformación de materias primas, por parte de los usuarios altamente exportadores usuarios altamente exportadores (Art. 33 Ley (Art. 33 Ley 788/02)788/02). .

Importación de maquinaria y equipos destinados al Importación de maquinaria y equipos destinados al desarrollo de proyectos que contribuyan a reducir la desarrollo de proyectos que contribuyan a reducir la emisión de los gases efecto invernadero emisión de los gases efecto invernadero (Art. 95 Ley (Art. 95 Ley 788/02)788/02)

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BIENES EXENTOSBIENES EXENTOS

Aquellos bienes corporales muebles que no generan IVA por disposición legal (tarifa cero impuesto).

IVA PAGADO en la adquisición de las materias primas e insumos

IVA PAGADO en los servicios contratados

Dan lugar a

devolución del IVA

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BIENES EXENTOSBIENES EXENTOS

Sólo pueden solicitar la devolución o compensación del IVA LOS PRODUCTORES DE BIENES EXENTOS y los EXPORTADORES.

No APLICA para los COMERCIALIZADORES de bienes exentos.

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BIENES EXENTOS(arts. 477, 478, 479 y 481 E.T.)

BIENES EXENTOS(arts. 477, 478, 479 y 481 E.T.)

CarneCarne de animales de la especies de animales de la especies

BovinaBovina

PorcinaPorcina fresca, refrigerada o congeladafresca, refrigerada o congelada

OvinaOvina Pescado fresco y filetes de pescado (frescos, Pescado fresco y filetes de pescado (frescos,

refrigerados o congelados)refrigerados o congelados) Carne fresca de conejo o liebreCarne fresca de conejo o liebre

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Leche y nata (crema) con o sin Leche y nata (crema) con o sin adición de azúcaradición de azúcar

Queso frescoQueso fresco Huevos para incubar y pollitos Huevos para incubar y pollitos

de un de un día de nacidosdía de nacidos Huevos de ave con cáscara, Huevos de ave con cáscara,

frescosfrescos

BIENES EXENTOS(arts. 477, 478, 479 y 481 E.T.)

BIENES EXENTOS(arts. 477, 478, 479 y 481 E.T.)

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Leche maternizada o Leche maternizada o humanizadahumanizada

Cuadernos de tipo escolarCuadernos de tipo escolar Libros y revistas de carácter Libros y revistas de carácter

científicocientífico Los bienes corporales que se Los bienes corporales que se

exportenexporten

BIENES EXENTOS(arts. 477, 478, 479 y 481 E.T.)

BIENES EXENTOS(arts. 477, 478, 479 y 481 E.T.)

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Los bienes que se vendan en el país a las Los bienes que se vendan en el país a las sociedades de comercialización sociedades de comercialización internacional, siempre que hayan de ser internacional, siempre que hayan de ser exportadosexportados

Alcohol carburante, con destino a la mezcla Alcohol carburante, con destino a la mezcla con gasolina para los vehículos automotorescon gasolina para los vehículos automotores

BIENES EXENTOS(arts. 477, 478, 479 y 481 E.T.)

BIENES EXENTOS(arts. 477, 478, 479 y 481 E.T.)

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BIENES GRAVADOS TARIFA 10% (art. 468-1 E.T.)

BIENES GRAVADOS TARIFA 10% (art. 468-1 E.T.)

Café tostado o descafeinadoCafé tostado o descafeinadoCenteno, AvenaCenteno, AvenaArroz y maíz para uso Arroz y maíz para uso

industrialindustrialHarina de trigoHarina de trigo

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BIENES GRAVADOS TARIFA 10% (art. 468-1 E.T.)

BIENES GRAVADOS TARIFA 10% (art. 468-1 E.T.)

Azúcar de caña o de Azúcar de caña o de remolacharemolacha

Cacao, chocolate y Cacao, chocolate y preparaciones alimenticias preparaciones alimenticias que contengan cacaoque contengan cacao

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BIENES GRAVADOS TARIFA 10% (art. 468-1 E.T.)

BIENES GRAVADOS TARIFA 10% (art. 468-1 E.T.)

Preparaciones alimenticias de harina, Preparaciones alimenticias de harina, almidón y féculaalmidón y fécula

Pastas alimenticias sin cocer o Pastas alimenticias sin cocer o prepararpreparar

Productos de panadería, pastelería o Productos de panadería, pastelería o galletería, excepto el pangalletería, excepto el pan

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BIENES GRAVADOS TARIFA 10% (art. 468-1 E.T.)

BIENES GRAVADOS TARIFA 10% (art. 468-1 E.T.)

Fibras de algodónFibras de algodón

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SERVICIO(Art. 1º D. 1372/92)SERVICIO(Art. 1º D. 1372/92)

Toda actividad, labor o trabajoToda actividad, labor o trabajo Prestado por una p. Natural o p. JurídicaPrestado por una p. Natural o p. Jurídica No existe relación laboralNo existe relación laboral Se concreta en una obligación de hacerSe concreta en una obligación de hacer Puede predominar el factor material o intelectual o Puede predominar el factor material o intelectual o

ambosambos Genera una contraprestación en Genera una contraprestación en DINERODINERO o en o en

ESPECIEESPECIE

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SERVICIOS EXCLUIDOSSERVICIOS EXCLUIDOS

Aquellos servicios que no generan IVA por disposición legal.

IVA PAGADO en la adquisición de las materias primas e insumos

IVA PAGADO en los servicios contratados

MAYOR COSTO O GASTO

DEL SERVICIO

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SERVICIOS EXCLUIDOS(art. 476 E.T.)

SERVICIOS EXCLUIDOS(art. 476 E.T.)

Servicios relacionados con la salud Servicios relacionados con la salud humana (médicos, odontológicos, humana (médicos, odontológicos, hospitalarios) hospitalarios)

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SERVICIOS EXCLUIDOS(art. 476 E.T.)

SERVICIOS EXCLUIDOS(art. 476 E.T.)

TransporteTransportepúblico:público: Terrestre Terrestre

FluvialFluvial Personas Personas

MarítimoMarítimo

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SERVICIOS EXCLUIDOS(art. 476 E.T.)

SERVICIOS EXCLUIDOS(art. 476 E.T.)

Transporte Nacional e Internacional de Transporte Nacional e Internacional de cargacarga

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Servicios públicosServicios públicos

SERVICIOS EXCLUIDOS

(art. 476 E.T.)

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Servicio de arrendamiento de inmuebles Servicio de arrendamiento de inmuebles para viviendapara vivienda

Arrendamiento de espacios para Arrendamiento de espacios para exposiciones y muestras artesanales exposiciones y muestras artesanales nacionalesnacionales

Arrendamiento de espacios para Arrendamiento de espacios para eventos turísticos y culturaleseventos turísticos y culturales

SERVICIOS EXCLUIDOS

(art. 476 E.T.)

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Servicios de educaciónServicios de educaciónPreescolarPreescolarPrimariaPrimariaMedia e IntermediaMedia e IntermediaSuperiorSuperiorNo FormalNo Formal

SERVICIOS EXCLUIDOS(art. 476 E.T.)

SERVICIOS EXCLUIDOS(art. 476 E.T.)

Page 47: Conceptos Básicos del Impuesto sobre las Ventas. DEFINICIÓNDEFINICIÓN Es un IMPUESTO INDIRECTO que se cobra sobre: ä Las ventas que realizan los comerciantes

Servicios de educaciónServicios de educación Prestados por personas naturales a Prestados por personas naturales a

los establecimientos educativoslos establecimientos educativos

Servicios de:Servicios de: RestauranteRestaurante CafeteríaCafetería TransporteTransporte

SERVICIOS EXCLUIDOS(art. 476 E.T.)

SERVICIOS EXCLUIDOS(art. 476 E.T.)

Prestados POR LOS establecimientos educativos

Page 48: Conceptos Básicos del Impuesto sobre las Ventas. DEFINICIÓNDEFINICIÓN Es un IMPUESTO INDIRECTO que se cobra sobre: ä Las ventas que realizan los comerciantes

SERVICIOS EXCLUIDOS(art. 476 E.T.)

SERVICIOS EXCLUIDOS(art. 476 E.T.)

7. Los servicios de corretaje de reaseguros. 9. La comercialización de animales vivos y el servicio de faenamiento." 10. Los servicios de promoción y fomento deportivo prestados por los clubes deportivos definidos en el artículo 2° del Decreto Ley 1228 de 1995.". 13. Las emisiones pagadas por los servicios que se presten para el desarrollo de procesos de titularización de activos a través de universalidades y patrimonios autónomos cuyo pago se realice exclusivamente con cargo a los recursos de tales universalidades o patrimonios autónomos."

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Arrendamiento de Arrendamiento de bienes inmuebles bienes inmuebles (locales, oficinas, (locales, oficinas, bodegas)bodegas)

SERVICIOS GRAVADOS 10% (art. 468-3 E.T.)

SERVICIOS GRAVADOS 10% (art. 468-3 E.T.)

Page 50: Conceptos Básicos del Impuesto sobre las Ventas. DEFINICIÓNDEFINICIÓN Es un IMPUESTO INDIRECTO que se cobra sobre: ä Las ventas que realizan los comerciantes

Planes de medicina Planes de medicina prepagadaprepagada

Pólizas de seguros de Pólizas de seguros de hospitalización y cirugíahospitalización y cirugía

SERVICIOS GRAVADOS 10% (art. 468-3 E.T.)

SERVICIOS GRAVADOS 10% (art. 468-3 E.T.)

Page 51: Conceptos Básicos del Impuesto sobre las Ventas. DEFINICIÓNDEFINICIÓN Es un IMPUESTO INDIRECTO que se cobra sobre: ä Las ventas que realizan los comerciantes

Servicios de clubes Servicios de clubes sociales o deportivos sociales o deportivos de trabajadores y de de trabajadores y de pensionadospensionados

Almacenamiento de Almacenamiento de productos agrícolas productos agrícolas por almacenes por almacenes generales de depósitogenerales de depósito

SERVICIOS GRAVADOS 10% (art. 468-3 E.T.)

SERVICIOS GRAVADOS 10% (art. 468-3 E.T.)

Page 52: Conceptos Básicos del Impuesto sobre las Ventas. DEFINICIÓNDEFINICIÓN Es un IMPUESTO INDIRECTO que se cobra sobre: ä Las ventas que realizan los comerciantes

SERVICIOS GRAVADOS 10% (art. 468-3 E.T.)

SERVICIOS GRAVADOS 10% (art. 468-3 E.T.)

Servicios de Servicios de alojamiento alojamiento prestado por prestado por hoteleshoteles

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Servicios de AseoServicios de Aseo Vigilancia aprobados por Super Vigilancia aprobados por Super

Vigilancia PrivadaVigilancia Privada

SERVICIOS GRAVADOS 1.6% (art. 468-3 E.T.)SERVICIOS GRAVADOS 1.6% (art. 468-3 E.T.)

Page 54: Conceptos Básicos del Impuesto sobre las Ventas. DEFINICIÓNDEFINICIÓN Es un IMPUESTO INDIRECTO que se cobra sobre: ä Las ventas que realizan los comerciantes

SERVICIOS GRAVADOS 1.6% (art. 468-3 E.T.)SERVICIOS GRAVADOS 1.6% (art. 468-3 E.T.)

Temporales de Empleo y Coop. De Temporales de Empleo y Coop. De Trabajo Asociado autorizados por Min. Trabajo Asociado autorizados por Min. Protección SocialProtección Social

Para tener derecho a este beneficio el contribuyente deberá haber cumplido con todas las obligaciones laborales, o de compensaciones si se trata de cooperativas y precooperativas de trabajo asociado y las atinentes a la seguridad social."

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TRATAMIENTO TRIBUTARIOBIENES Y SERVICIOS

CONCEPTO EXCLUIDOS EXENTOS GRAVADOS

IVA pagado en la adquisición de materias primas e insumos.

Mayor valor del bien o del servicio (Deducible de Renta y compl.)

Dan lugar a DEVOLUCIÓN DEL IVA.

IVA descontable que reduce el SALDO A PAGAR en declaración bimestral.

IVA pagado en servicios contratados.

Mayor valor del bien o del servicio (Deducible de Renta y compl.)

Dan lugar a DEVOLUCIÓN DEL IVA.

IVA descontable que reduce el SALDO A PAGAR en declaración bimestral.

Devolución del IVA

NO APLICA Exportadores = 10 días después de presentada la solicitud.

Por retenciones de IVA efectuadas = 30 días después de presentada la solicitud.

Productores de bienes Exentos =

30 días después de presentada la solicitud.

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MUCHAS GRACIAS