derecho parlamentario

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INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS SINDICALES Y DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA F.S.T.S.E. LICENCIATURA EN DERECHO BUROCRÁTICO MODALIDAD MIXTA DERECHO PARLAMENTARIO 9º CUATRIMESTRE GUÍA DE ESTUDIO Y MATERIAL DE APOYO

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INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS SINDICALES Y DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DE LA F.S.T.S.E.

LICENCIATURA EN DERECHO BUROCRÁTICO MODALIDAD MIXTA

DERECHO PARLAMENTARIO

9º CUATRIMESTRE

GUÍA DE ESTUDIO Y MATERIAL DE APOYO

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DERECHO PARLAMENTARIO

ÍNDICE GENERAL

Páginas

Identificación de la materia. 4 Características de los destinatarios. 4 Introducción a la asignatura. 5 Objetivo general de la asignatura. 5 Materiales didácticos. 6 Forma de abordar cada tema. 6 Criterios y procedimientos de evaluación y acreditación. 7 Actividades de aprendizaje. 7 TEMA I CONCEPTO DE DERECHO PARLAMENTARIO 8 Introducción al Tema I. 9 Objetivo específico del Tema I. 9 Autoevaluación. 10 TEMA II UBICACIÒN DEL DERECHO PARLAMENTARIO EN LA CIENCIA JURÌDICA. 11 Introducción al Tema II. 12 Objetivo específico del Tema II. 12 Autoevaluación. 13 TEMA III FUENTES DEL DERECHO PARLAMENTARIO. 14 Introducción al Tema III. 15 Objetivo específico del Tema III. 15 Autoevaluación. 16 TEMA IV EL PARLAMENTO EN LOS REGÌMENES POLÌTICOS 17 Introducción al Tema IV. 18 Objetivo específico del Tema IV. 18 Autoevaluación. 19 TEMA V FUNCIONES PARLAMENTARIAS 20 Introducción al Tema V. 21 Objetivo específico del Tema V. 21 Autoevaluación. 22 TEMA VI ESTRUCTURAS PARLAMENTARIAS 23 Introducción al Tema VI. 24 Objetivo específico del Tema VI. 24 Autoevaluación. 25

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TEMA VII COMISIONES, GRUPOS, ADMINISTRACIÒN Y SANCIONES DISCIPLINARIAS 26 Introducción al Tema VII. 27 Objetivo específico del Tema VII. 27 Autoevaluación. 28 TEMA VIII MEDIOS DE INFORMACIÒN DEL PARLAMENTO 29 Introducción al Tema VIII. 30 Objetivo específico del Tema VIII. 30 Autoevaluación. 31 TEMA IX EL PARLAMENTO EN MÈXICO 32 Introducción al Tema IX. 33 Objetivo específico del Tema IX. 33 Autoevaluación. 34 Bibliografía básica. 35 Bibliografía complementaria. 35 Bibliotecas virtuales. 36

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LICENCIATURA EN DERECHO BUROCRÁTICO

MODALIDAD MIXTA

DERECHO PARLAMENTARIO NOVENO CUATRIMESTRE

NOMBRE DE LA ASIGNATURA DERECHO PARLAMENTARIO

CICLO LICENCIATURA CRÉDITOS 6.87

ASIGNATURA PRECEDENTE NINGUNA ASIGNATURA SUBSECUENTE NINGUNA

INSTITUCIÓN EDUCATIVA RESPONSABLE

INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS SINDICALES Y DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA FSTSE

CARACTERÍSTICAS DE LOS DESTINATARIOS Estudiantes del Instituto Nacional de Estudios Sindicales y de Administración Pública de la FSTSE, que por sus actividades personales no cuenten con tiempo libre suficiente para su formación en horarios rígidos, y que además sean capaces de establecer compromisos y de interactuar asertivamente en un proceso de aprendizaje.

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INTRODUCCIÓN A LA ASIGNATURA

Los antecedentes universales del Derecho Parlamentario los encontramos en Inglaterra, a través de su sistema Aristocrático y Monárquico, transformándose en una monarquía parlamentaria, pero, en México es hasta 1987 cuando se puntualiza y precisa el nombre correcto de la rama del Derecho Constitucional que en lo general estudia y regula la organización, composición, estructura, funciones del Congreso mexicano, así como sus interrelaciones con otras instituciones y órganos estatales, sin embargo, las obras que en apartados trataron del Poder Legislativo de nuestro país constituyen e origen de esta rama del derecho. Pero, llama la atención que un sector de la doctrina mexicana ha considerado errónea la denominación de Derecho Parlamentario, por considerar que la denominación correcta es Derecho Legislativo, dicha afirmación se basa en que México no tiene un sistema parlamentario; pero, desde 1987, diversos autores mexicanos así como latinoamericanos, adoptaron el apelativo de Derecho Parlamentario; por lo tanto, cabe destacar ¿Qué es Derecho Parlamentario?, en respuesta a ello diremos que el Derecho Parlamentario es una la rama del Derecho Constitucional, precisada o definida como el conjunto de normas que regulan la actividad del órgano legislativo, llamado comúnmente Parlamento, o bien el Derecho Positivo mexicano lo reconoce como el conjunto de normas jurídicas que estudian y regulan la organización, composición o estructura, privilegios, estatutos y funciones del Congreso de la Unión, así como sus interrelaciones con otras instituciones y órganos estatales. Esta disciplina jurídica es compleja, trascendente, interesante y quizás poco profesada, aún y cuando su campo de ejercicio, parezca se limita al Congreso, no siempre es así pues esta rama jurídica encierra muchas aristas, que en el presente cuatrimestre se podrán conocer.

OBJETIVO GENERAL DE LA ASIGNATURA

Constituye el objetivo general en el presente curso que el estudiante de la licenciatura en Derecho Burocrático, conozca que es el Derecho Parlamentario, como una rama del Derecho Público y Constitucional, de amplia trascendencia y actualidad, comenzando desde sus orígenes, sus antecedentes en México, su concepto, objeto, campo de estudio y desarrollo, asimismo que tenga conocimiento de sus fuentes, legislaciones, acuerdos, procedimientos, los principios políticos fundamentales, las interpretaciones que los órganos competentes han establecido al respecto, sus relaciones con otras ciencias jurídicas, el derecho comparado, a manera que el educando obtenga la capacidad de entender, analizar, opinar e interpretar las acciones parlamentarias en el ejercicio de la profesión como parte litigante, o como parte directa o cercana al Congreso mexicano. Así también es parte del objeto general estimular el conocimiento de alumno para lograr su interés, gusto y entendimiento a la presente disciplina de constante actualización.

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MATERIALES DIDÁCTICOS.

1 .Guía de estudio. 2. Bibliografía básica y complementaria. 3. Internet (sitios de interés y bibliotecas virtuales) 4. Materiales de apoyo (copias, impresos, revistas de consulta etc.).

FORMA DE ABORDAR CADA TEMA. Descubrir el conocimiento en forma sistemática, exige emplear los procedimientos y las técnicas específicas de estudio que personalmente el alumno universitario ha adquirido durante el proceso de instrucción, conforme a las habilidades que le son propias; adicionalmente, se recomienda, para obtener mejores resultados mediante un esfuerzo concentrado: Efectuar las lecturas propuestas en la guía, con el objeto de descubrir los elementos generales de cada tema. Realizar las actividades de aprendizaje sugeridas en cada tema, como forma de cimentar la adquisición del conocimiento. Cada vez que considere oportuno elaborar cuadros o diagramas en torno a lo leído o aprendido, hágalo. La estructuración de las ideas es posible a través de cuadros sinópticos, tablas comparativas, matrices, llaves, dibujos o esquemas que usted prefiera, siempre que en ellos represente los conceptos más importantes. Conteste la guía de autoevaluación que se le proporciona al finalizar cada tema. Revise los resultados de su autoevaluación, mediante la consulta de las actividades de aprendizaje que previamente llevó a cabo. Si el resultado no le es satisfactorio, inicie nuevamente el proceso. No inicie las actividades de aprendizaje de un nuevo tema, sin antes haber aprendido el conocimiento de los temas precedentes, dado que se encuentran vinculados en una secuencia Lógica Jurídica, la cual exige seguir, necesariamente, el orden establecido.

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CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN

Examen parcial: 40% Examen final: 60%

ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE Legislación vigente. Materiales de apoyo sugeridos (páginas web, textos electrónicos,

páginas vinculadas con libros electrónicos). Materiales de apoyo impresos (libros revistas principalmente Jurídicas de

consulta que pueden relacionarse con la materia de forma teórica o práctica).

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TEMA I

CONCEPTO DE DERECHO PARLAMENTARIO 1.1 CONCEPTO RESTRINGIDO. 1.2 CONCEPTO AMPLIO. 1.3 OBJETO DEL DERECHO PARLAMENTARIO.

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA AUTOR: Quintana Valt ierra Jesús. LIBRO: Derecho Parlamentario y Técnica Legislat iva en México. EDITORIAL: Porrúa AÑO: 2006 1.1 AL 1.3 Pàg. 185 A LA 187 B IBLIOGRAFIA COMPLEMENTARIA AUTOR: Pedroza de la Llave Susana Thalía LIBRO: Derecho Parlamentario Mexicano EDITORIAL: INAP AÑO: 1997 1 . 1 AL 1 . 3 . P á g. 3 2 A L A 34 AUTOR: Serna de la Garza, José María LIBRO: Panorama del Derecho Mexicano. Derecho Parlamentario EDITORIAL: MCGraw Hill AÑO: 1997 1 . 1 AL 1 . 3 . P á g. 1 A L A 2

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INTRODUCCIÓN AL TEMA I

Citábamos en la introducción general de la presente asignatura el concepto general de Derecho Parlamentario, pero es importante abundar acerca del concepto “parlamento”, dicho término se define como un órgano colegiado que cumple la función legislativa de un Estado soberano, que en nuestro país dicha función se desempeña por medio de la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores que juntos componen el Congreso General, según lo dispone el artículo 50 de la Constitución Federal; pero dado el campo de desarrollo de la presente disciplina, la ciencia jurídica conoce también al concepto de Derecho Parlamentario, en dos acepciones, restringida y amplia, definiendo a la primera como aquella que se refiere a las disposiciones que determinan el orden y método de trabajo de cada Cámara (Diputados y Senadores), y en el segundo, es decir, en sentido amplio es conoce al Derecho Parlamentario como el Conjunto de normas jurídicas que regulan la estructura y funcionamiento de las Cámaras (Diputados y Senadores); ahora bien, en la actualidad dichos conceptos pueden ser variantes solo en cuanto al objeto que regulan, por lo tanto, entendamos que el Derecho Parlamentario tiene su objeto en responder a una principal exigencia social, y esta es la necesidad de hablar para llegar a acuerdos, teniendo en cuenta que es parte connatural al hombre de discutir, debatir ideas y comunicarse con lo demás, para alcanzar un fin común, que es el orden público, el interés o la paz social, la armonía y convivencia, alcanzada a través de sus determinaciones, materializadas en un espacio, físico social por virtud del cuál los legisladores acuerden e implanten criterios, ese ámbito lo conforma el Parlamento, cumpliendo así con su función social de hablar en representación de los demás, de escuchar las necesidades de que las minorías numéricas y en general la representación de todos los demás miembros de la sociedad.

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA I

Es objeto de éste tema, que el educando conozca, analice y discierna a conciencia al Derecho Parlamentario en su concepto desde el punto de vista amplio y restringido, pero además conozca la amplitud e importancia del objeto de esta área del derecho que se realiza por medio del Poder Legislativo representado por un Congreso General o Congreso de Unión, y dividido en Cámara de Senadores y Cámara de Diputados, pudiendo llegar a la conclusión de que el objeto social de esta rama jurídica, es tan trascendente que implica buscar el bien común, por virtud de las determinaciones que entre ambas Cámaras se unifiquen, razonando y observando que el derecho como tal, nace de la decisión de los personajes que se desempeñan dicha labor legislativa en representación de las voces de la sociedad en general.

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AUTOEVALUACIÓN TEMA I

INSTRUCCIONES: conteste correctamente las siguientes preguntas.

1. ¿Qué es Derecho Parlamentario? 2. ¿Qué es Parlamento? 3. Cite los antecedentes del Derecho Parlamentario. 4. ¿Qué es Derecho Legislativo? 5. ¿Cuál es la diferencia entre Derecho Legislativo y Parlamentario? 6. Expliqué ¿Por qué se dice el Derecho Parlamentario es una rama del

Derecho Constitucional? 7. ¿Cómo se define al Derecho Parlamentario desde el punto de vista

amplio? 8. ¿Cómo se define al Derecho Parlamentario desde el punto de vista

restringido? 9. Señale ¿Cuál es el objeto del Derecho Parlamentario? 10. ¿A través de quien se desarrolla el Derecho Parlamentario? 11. ¿Qué es el Congreso General? 12. ¿Cómo está compuesto el Congreso General? 13. Cite el fundamento constitucional del Poder Legislativo.

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TEMA II

UBICACIÓN DEL DERECHO PARLAMENTARIO EN LA CIENCIA JURÍDICA

2.1 RAMA DEL DERECHO PÚBLICO. 2.2 RAMA DEL DERECHO CONSTITUCIONAL. 2.3 AUTONOMÍA DEL DERECHO PARLAMENTARIO. 2.4 POLÍTICA. 2.5 DEMOCRACIA. 2.6 REPRESENTACIÓN POLÍTICA. 2.7 PARTIDOS POLÍTICOS. 2.8 DERECHO ELECTORAL PARLAMENTARIO.

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA AUTOR: Quintana Valt ierra Jesús. LIBRO: Derecho Parlamentario y Técnica Legislativa en México. EDITORIAL: Porrúa AÑO: 2006 2.1 AL 2.3 Pág. 185 A LA 199 2.5 Pág. 28 A LA 30 2.6 AL 2.7 Pág. 105 A LA 125 2.8 Pág. 185 A LA 187 BIBLIOGRAFIA COMPLEMENTARIA AUTOR: Pedroza de la Llave Susana Thalía LIBRO: Derecho Parlamentario Mexicano EDITORIAL: INAP AÑO: 1997 2. 1 AL 2 . 3 . P ág . 33 A L A 3 4

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INTRODUCCIÓN AL TEMA II

Para entrar a estipular la ubicación del Derecho Parlamentario en la ciencia jurídica, comenzaremos explicando que es una rama del Derecho Público, ya que el conjunto de preceptos jurídicos que lo componen están destinados a la tutela o defensa del ser humano y al cumplimiento de los intereses generales de la comunidad, siendo también derivado del Derecho Constitucional porque emana de preceptos constitucionales, pero, adicional a ello, algunos autores coinciden en que es un Derecho cuasiconstitucional ya que el Poder Legislativo o el constituyente es quien lo emite y es, al mismo tiempo su destinatario, por ende adquiere también la característica de ser autónomo ya que para su legislación solo basta la decisión de las propias Cámaras. Por su parte se cree parte del derecho del parlamento lo “político”, ya que ésta es una actividad orientada en forma ideológica a la toma de decisiones de un grupo para alcanzar ciertos objetivos tales como la resolución de conflictos o bien la actividad humana que tiende a gobernar o dirigir la acción del Estado en beneficio de la sociedad, mediante un proceso orientado ideológicamente hacia la toma de decisiones para la consecución de los objetivos de un grupo, en la búsqueda de una forma de gobierno democrática, representada políticamente por partidos políticos con criterios, propuestas e ideologías distintas en ejercicio de sus derechos electorales y del Derecho Parlamentario, la suma de todo lo anterior presupone y resume la ubicación del Derecho Parlamentario en la ciencia jurídica que de estudiará en el presente contenido. .

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA II

El objetivo del presente tema consiste en que el alumno de la licenciatura en Derecho Burocrático conozca la ubicación del Derecho Parlamentario en la ciencia jurídica como una rama del Derecho Público, del Derecho Constitucional, su autonomía y los criterios que al respecto existen, entendiendo, dilucidando y deduciendo su relación y parte con la política al entender su definición, y con la democracia y su objeto, con la representación política, a través de los partidos políticos y del Derecho Electoral Parlamentario, a efecto de lograr adentrarse e introducirse al estudios de la ciencia del Derecho Parlamentario, obteniendo con ello sus bases cognoscitivas necesarias para entender el ámbito de desarrollo de esta rama jurídica, su importancia, trascendencia y actualidad, pero más como la ciencia de la que emerge el Derecho.

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AUTOEVALUACIÓN

TEMA II INSTRUCCIONES: conteste correctamente las siguientes preguntas.

1. Expliqué ¿Por qué el Derecho Parlamentario es una rama del Derecho

Público? 2. Exponga ¿Por qué el Derecho Parlamentario es una rama del Derecho

Constitucional? 3. Diga ¿Por qué se dice que el Derecho Parlamentario es cuasiconstitucional? 4. ¿A quién van dirigidas las normas parlamentarias y quién las dicta? 5. ¿Por qué el Derecho Parlamentario es autónomo? 6. ¿Qué es política? 7. ¿Cuáles la relación de la política y el Derecho Parlamentario? 8. ¿Qué es democracia? 9. ¿Cuáles la relación de la democracia y el Derecho Parlamentario? 10. ¿Cómo se observa la representación política en Derecho Parlamentario? 11. ¿Qué es un partido político? 12. ¿Cómo se observan los partidos políticos en Derecho Parlamentario? 13. ¿Qué es el Derecho Electoral Parlamentario?

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TEMA III

FUENTES DEL DERECHO PARLAMENTARIO

3.1 CLASIFICACIÓN DE LAS FUENTES DEL DERECHO. 3.2 FUENTES NORMATIVAS. 3.2.1 CONSTITUCIÓN. 3.2.2 LEGISLACIONES ORDINARIAS. 3.2.3 REGLAMENTOS PARLAMENTARIOS. 3.2.4 ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS RECTORES DE LAS CÁMARAS. 3.2.5 ESTATUTOS DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS. 3.3 FUENTES SOCIOLÓGICAS. 3.3.1 USOS, PRÁCTICAS Y PRECEDENTES. 3.3.2 JURISPRUDENCIA PARLAMENTARIA. 3.3.3 COSTUMBRE Y CONVENCIONES PARLAMENTARIAS. 3.3.4 ACUERDOS PARLAMENTARIOS. 3.4 FUENTES AXIOLÓGICAS. 3.4.1 RÉGIMEN POLÍTICO. 3.4.2 PRINCIPIOS POLÍTICOS FUNDAMENTALES. 3.4.3 JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL ORDINARIA. 3.4.4 DERECHO PARLAMENTARIO COMPARADO.

BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA AUTOR: Pedroza de la Llave Susana Thalía. LIBRO: Derecho Par lamentario Mexicano. EDITORIAL: INAP AÑO: 1997 3 . 1 AL 3 . 4 . 4 . P ág . 35 A L A 4 3 AUTOR: Serna de la Garza, José María. LIBRO: Panorama del Derecho Mexicano. Derecho Parlamentario. EDITORIAL: MCGraw Hill AÑO: 1997 3 . 1 A L 3 . 2 . 5 . P ág . 3 A L A 8 www.senado.gob.mx www.diputados.gob.mx

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INTRODUCCIÓN AL TEMA III

“Generalmente son fuentes del Derecho las formales, las materiales o reales y las fuentes históricas. Las primeras se refieren a los procesos de creación y manifestación de las normas jurídicas, como la legislación, la jurisprudencia y en ocasiones la costumbre; así también se entiende por fuentes materiales o reales del derecho a las condiciones o circunstancias históricas, factores y elementos que se dan en cierta época, las cuáles influyen en el contenido de las normas jurídicas. Por último las fuentes históricas que se refieren a los documentos que contiene el texto de una norma o conjunto de normas jurídicas. De tal forma que las fuentes formales del Derecho Parlamentario mexicano sean el proceso legislativo, la costumbre, práctica o hábito parlamentario, la jurisprudencia relativa a la institución representativa mexicana, así como la doctrina, siempre y cuando la disposición legislativa la hubiese tomado en consideración, mientras que las fuentes materiales o reales son las condiciones que se dan en cierta época y momentos determinados, por citar un ejemplo la Revolución Mexicana influyo directamente para que se adoptaran criterios a la Constitución, sin que deje de ser fuente de esta materia el Derecho Comparado así el Derecho Parlamentario tiene diversas fuentes que influyen a su forma y determinación, en este tema las conoceremos.

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA III

Es el objeto de este tema que el alumno conozca, entienda y en la ocasión cuáles son las Fuentes del Derecho Parlamentario, su Clasificación las fuentes normativas, como lo son primeramente la Constitución Federal, las legislaciones ordinarias, los Reglamentos Parlamentarios, los Acuerdos de los órganos rectores de las Cámaras, los Estatutos de los Grupos Parlamentarios, conozca sus fuentes sociológicas, los usos, prácticas y precedentes la jurisprudencia en materia parlamentaria la costumbre, las convenciones parlamentarias, los Acuerdos Parlamentarios, las fuentes axiológicas, el régimen político, sus principios políticos fundamentales, la aplicación y contenido de la jurisprudencia constitucional ordinaria y finalmente el Derecho Parlamentario Comparado.

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AUTOEVALUACIÓN TEMA III

INSTRUCCIONES: conteste correctamente las siguientes preguntas.

1. ¿Cuáles son las Fuentes del Derecho Parlamentario? 2. ¿Cómo se clasifican las fuentes normativas del Derecho Parlamentario? 3. ¿Qué es un Reglamento Parlamentario? 4. Cite un ejemplo de Reglamentos Parlamentarios. 5. ¿Qué son los Acuerdos de los órganos rectores de las Cámaras? 6. Cite un ejemplo de un Acuerdo de los órganos rectores de las Cámaras. 7. ¿Qué son los Estatutos de los Grupos Parlamentarios? 8. Exponga un Estatuto de un Grupo Parlamentario. 9. ¿Cuáles son las fuentes sociológicas del Derecho Parlamentario? 10. Exponga un ejemplo de una fuente sociológica del Derecho

Parlamentario. 11. Expliqué ¿Cuales son los usos, prácticas y precedentes la jurisprudencia

en materia parlamentaria? 12. Exponga tesis de jurisprudencia relevantes y actuales en materia

parlamentaria. 13. ¿Qué son las fuentes axiológicas, materia parlamentaria? 14. ¿Por qué en materia parlamentaria también se aplica el contenido de la

jurisprudencia constitucional ordinaria? 15. ¿Qué es el Derecho Comparado? 16. ¿Qué es el Derecho Parlamentario Comparado, y cómo se aplica en

México?

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TEMA IV

EL PARLAMENTO EN LOS REGÍMENES POLÍTICOS

4.1 ANTECEDENTES DEL RÉGIMEN DE GOBIERNO. 4.2 CONCEPTO DE RÉGIMEN POLÍTICO. 4.3 REGÍMENES POLÍTICOS MONOCRÁTICOS. 4.4 REGÍMENES POLÍTICOS PARLAMENTARIOS.

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA AUTOR: Quintana Valt ierra Jesús. LIBRO: Derecho Parlamentario y Técnica Legislativa en México. EDITORIAL: Porrúa AÑO: 2006 4.1 AL 4.4 Pág. 1 A LA 71 www.senado.gob.mx www.diputados.gob.mx

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INTRODUCCIÓN AL TEMA IV

Los regimenes políticos, son los ámbitos espacio-temporales de carácter político que, en función de los condicionamientos que sufre por su inserción en el sistema global, que determina distintas formas estatales, dotadas de elementos y factores propios que, al mismo tiempo, expresan formas generales de organización de la vida política, configurando una concepción específica de la existencia humana y ciertos modos de ejercicio de la dominación política. En ese orden de ideas los regimenes políticos son responsables en parte de las acciones parlamentarias; ya decíamos anteriormente que el régimen político es una fuente de Derecho Parlamentario, pero además la política y el Derecho del Parlamento no son conceptos iguales, y que quizás se unan al compartir su objeto o fin consistente en buscar la solución de conflictos, pero sin que pase desapercibido que el Derecho Parlamentario, tal y como su nombre lo indica, consiste en una serie de reglas y normas jurídicas que regulan la actividad parlamentaria, normas que en la política no son muy evidentes, de ahí que derive su principal distinción. Ahora bien el régimen de gobierno como hoy lo conocemos tiene sus inicios desde que nuestra Nación adquiere el carácter de independiente, autónomo, libre y soberano, es decir al alcanzar históricamente la independencia mexicana, de entonces, se asientan las bases para obtener y ejercer un sistema político parlamentario, resulta interesante destacar que el sistema parlamentario mexicano, se conoce de esa forma en mucho por la democracia que en él se ejerce, distinto a los países en los que la monarquía constituye su forma de gobierno ya que entonces observaremos un régimen político monárquico. Detenidamente es parte de este temario observar dichos contenidos.

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA IV

El alumno evaluará por medio de las conclusiones a las que llegué que el Derecho Parlamentario mexicano es parte de un régimen político parlamentario, y que esa aseveración la consigue a través de la democracia de la que nuestro país es parte, logrando entender porque los regimenes políticos son una fuente mucho muy importante e influyente del derecho en lo general y en particular del Derecho Parlamentario, asimismo en el presente tema el estudiante conocerá e investigará los antecedentes que constituyen el régimen de gobierno, distinguiendo entre su historia las decisiones relevantes que influyeron al derecho; podrá también tener conocimiento de los regimenes políticos monárquicos que en muchos países de lleva a cabo, efectuando una comparación entre los regímenes monárquico y la democrático, efectuando sus propias conclusiones al término de este tema.

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AUTOEVALUACIÓN TEMA IV

INSTRUCCIONES: conteste correctamente las siguientes preguntas.

1. ¿Qué es el régimen de gobierno? 2. Cite los antecedentes del régimen de gobierno mexicano. 3. ¿Qué es régimen político? 4. ¿Qué es régimen político monárquico? 5. ¿Qué es monarquía? 6. ¿Qué es régimen político parlamentario? 7. ¿Qué es democracia? 8. Expliqué ¿Cómo influye el régimen político internacional a nuestro país? 9. Expliqué ¿Cómo influye el régimen político internacional, en la creación de

leyes mexicanas? 10. Exprese ¿Cómo influye el régimen político nacional, en la creación de leyes

mexicanas? 11. Exponga ¿Cuál es la relación entre la política y el Derecho Parlamentario?

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TEMA V

FUNCIONES PARLAMENTARIAS

5.1 SEPARACIÓN DE PODERES. 5.2 DIFERENCIAS ENTRE ASAMBLEA Y PARLAMENTO. 5.3 FUNCIONES ORIGINALES DEL PARLAMENTO. 5.4 FUNCIONES DEL PARLAMENTO EN EL ESTADO CONTEMPORÁNEO. 5.4.1 FUNCIÓN REPRESENTATIVA. 5.4.2 FUNCIÓN DELIBERATIVA. 5.4.3 FUNCIÓN FINANCIERA. 5.4.4 FUNCIÓN LEGISLATIVA. 5.4.5 FUNCIÓN DE CONTROL. 5.4.6 FUNCIÓN DE ORIENTACIÓN POLÍTICA. 5.4.7 FUNCIÓN JURISDICCIONAL. 5.4.8 FUNCIÓN ELECTORAL. 5.4.9 FUNCIÓN ADMINISTRATIVA. 5.4.10 FUNCIÓN DE INDAGACIÓN. 5.4.11 FUNCIÓN DE COMUNICACIÓN. 5.4.12 FUNCIÓN EDUCATIVA.

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA AUTOR: Quintana Valt ierra Jesús. LIBRO: Derecho Parlamentario y Técnica Legislativa en México. EDITORIAL: Porrúa AÑO: 2006 5.1 AL 5.4.12 Pág. 47 A LA 71

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INTRODUCCIÓN AL TEMA V

En su oportunidad el constituyente también se ocupo de determinar las funciones legislativas, en la Constitución el capítulo II, regula lo concerniente al Poder Legislativo, es ahí de inicio de donde se comienzan a desprender las funciones legislativas o parlamentarias, es legalmente evidente que el Poder Legislativo goza de independencia ya que tanto el Poder Judicial, como el Ejecutivo tienen sus propias funciones y atribuciones. Así pues el Derecho, en materia del presente curso ya aclaramos de desempeña por virtud de un Parlamento conocido como el órgano constitucional de un Estado con sistema parlamentario, compuesto por los representantes elegidos por el pueblo que tiene atribuida la misión principal de expresar la voluntad de éste, elaborando y aprobando normas jurídicas de carácter general e interviniendo en la integración y funcionamiento de otras instituciones del Estado, por virtud de asamblea constituida en ocasiones, con el objeto de tratar y discutir determinado asunto de su competencia. Ahora bien, los antecedentes del Derecho Parlamentario nos enseñan que en mucho han cambiado las funciones legislativas, pero en el momento es importante destacar las siguientes: función representativa, deliberativa, financiera, legislativa, de control, de orientación política, jurisdiccional, electoral, administrativa, de indagación, función de comunicación, educativa, casi todas ellas tienen sustento constitucional y las demás sustento legal, en consecuencia analizaremos cada una.

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA V

En este tema el estudiante conocerá las funciones parlamentarias o legislativas, desde el punto de vista constitucional, legal, reglamentario y jurisprudencial, tendrá conocimiento de sus antecedentes, sus cambios, modificaciones, criterios y de las funciones actuales, asimismo podrá entender que dichas funciones se llevan a cabo por medio de un parlamento y se deciden a través de una asamblea, logrando distinguir un concepto de otro, investigará, aprenderá y conocerá que son las funciones representativa, deliberativa, financiera, legislativa, de control, de orientación política, jurisdiccional, electoral, administrativa, de indagación, función de comunicación, educativa.

Page 22: Derecho Parlamentario

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AUTOEVALUACIÓN

TEMA V

INSTRUCCIONES: conteste correctamente las siguientes preguntas.

1. ¿Qué son las funciones parlamentarias? 2. ¿En qué consiste la separación de poderes? 3. ¿Qué es asamblea? 4. ¿Qué es parlamento? 5. Diferencie entre asamblea y parlamento. 6. Investigue ¿Cuáles fueron las funciones originales del parlamento? 7. Investigue ¿Cuáles son las funciones del parlamento en el Estado

contemporáneo? 8. ¿Qué es la función representativa? 9. ¿Qué es la función deliberativa? 10. ¿Qué es la función financiera? 11. ¿Qué es la función legislativa? 12. ¿Qué es la función de control? 13. ¿Qué es la función de orientación política? 14. ¿Qué es la función jurisdiccional? 15. ¿Qué es la función electoral? 16. ¿Qué es la función administrativa? 17. ¿Qué es la función de indagación? 18. ¿Qué es la función de comunicación? 19. ¿Qué es la función de educativa? 20. Mencione ¿Cuáles con las funciones parlamentarias constitucionales? 21. Cite ¿Cuáles con las funciones parlamentarias legales? 22. Diga ¿Cuáles con las funciones parlamentarias reglamentarias?

Page 23: Derecho Parlamentario

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TEMA VI

ESTRUCTURAS PARLAMENTARIAS 6.1.- BICAMERALISMO. 6.2.- UNICAMERALISMO.

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA AUTOR: Quintana Valt ierra Jesús. LIBRO: Derecho Parlamentario y Técnica. Legislativa en México. EDITORIAL: Porrúa AÑO: 2006

BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA

AUTOR: Serna de la Garza, José María LIBRO: Panorama del Derecho Mexicano. Derecho. Parlamentario. EDITORIAL: MCGraw Hill AÑO: 1997 6. 1 P ág . 09 A L A 13

www.senado.gob.mx www.diputados.gob.mx

Page 24: Derecho Parlamentario

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INTRODUCCIÓN AL TEMA VI

En innumerables ocasiones hemos dicho que es fundamento constitucional del Derecho Parlamentario y en particular del Congreso General el artículo 50 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dispone: “El Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un Congreso general, que se dividirá en dos Cámaras, una de Diputados y otra de Senadores”. En ese sentido, es claro que en nuestra Nación existen dos Cámaras por medio de las cuales se desempeña el Poder Legislativo; ahora bien, entendemos que la bicameralidad es la práctica de tener dos cámaras legislativas, o sea, que un parlamento bicameral es un parlamento o congreso que posee dos cámaras: una Cámara baja, generalmente denominada Cámara de Diputados, y una Cámara alta, habitualmente llamada Senado; plenamente distinto a la unicameralidad entendida como la práctica de tener un parlamento o congreso compuesto de una sola cámara, usualmente los países con asambleas unicamerales son pequeños y homogéneos y consideran una Cámara alta como innecesaria, muchas son las Naciones que gozan de un sistema unicameral y viceversa, en este tema vamos a analizar y entrar al estudio de ambas.

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA VI En este tema, el alumno conocerá, analizará investigara y comprenderá cuáles son las estructuras parlamentarias, conocerá que es bicameralidad, y que es unicameralidad, y que países adoptan dichas estructuras; así mismo podrá concluir que nuestro país tiene un sistema bicameral y los antecedentes de tal determinación, observará que ese sistema estructural tiene sustento jurídico en la Constitución Federal, enterrándose y construyendo el sustento histórico, comparado y jurídico que le auxilie en el entendimiento de las funciones de cada una de las Cámaras legislativas en nuestro país.

Page 25: Derecho Parlamentario

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AUTOEVALUACIÓN TEMA VI

INSTRUCCIONES: conteste correctamente las siguientes preguntas.

1. Diga ¿Qué es una estructura parlamentaria? 2. Diga ¿Qué es bicameralismo? 3. Cite un ejemplo de un país que tenga un sistema bicameral. 4. Diga ¿Por qué cree que México tiene un sistema bicameral? 5. ¿Cómo está compuesto el sistema bicameral mexicano? 6. ¿Cuál es fundamento constitucional del bicameralismo en México? 7. Diga ¿Qué es unicameralismo? 8. Cite un ejemplo de un país que tenga un sistema unicameral. 9. Diga ¿Por qué cree que existe un sistema unicameral, y que

características tiene? 10. Diga ¿Por qué cree que existe un sistema bicameral, y que

características tiene?

Page 26: Derecho Parlamentario

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TEMA VII

COMISIONES, GRUPOS, ADMINISTRACIÓN Y SANCIONES DISCIPLINARIAS

7.1 COMISIONES PARLAMENTARIAS. 7.2 GRUPOS PARLAMENTARIOS. 7.3 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PARLAMENTO. 7.4 SANCIONES DISCIPLINARIAS.

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA AUTOR: Quintana Valt ierra Jesús. LIBRO: Derecho Parlamentario y Técnica Legislativa en México. EDITORIAL: Porrúa AÑO: 2006 7.1 AL 7.4 Pàg. 167 A LA 181 BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA AUTOR: Serna de la Garza, José María. LIBRO: Panorama del Derecho Mexicano. Derecho Parlamentario. EDITORIAL: MCGraw Hil l AÑO: 1997 7. 1 AL 7 . 4 . P ág. 13 A L A 8 0 www.senado.gob.mx www.diputados.gob.mx

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INTRODUCCIÓN AL TEMA VII

Las comisiones parlamentarias, son parte medular de la estructura orgánica funcional del Poder Legislativo mexicano, constituyen el núcleo fundamental del quehacer político parlamentario o congresional. Sin su trabajo, las asambleas legislativas no contarían con orden alguno en sus deliberaciones, ni sus acuerdos podrán tener la calidad debida, además de que no tendrían tiempo para analizar los asuntos sometidos a su consideración. Su existencia obedece, pues, a los criterios de división de trabajo de las cámaras y de la especialización en sus actividades. Los cuerpos colegiados como las asambleas legislativas, requieren de mecanismos que aseguren el consenso entre sus miembros; así pues, el trabajo en comisiones determina los resultados de trabajo global de las Cámaras y del Congreso. Asimismo, las comisiones funcionan como mecanismos de encuadramiento colectivo de los trabajadores, que aseguran orden y disciplina en el trabajo camaral, de tal manera que se asegura el comportamiento funcional de los congresistas. Así también tenemos a los grupos parlamentarios que son formas de organización interna de las legislaturas, integradas por legisladores de un mismo partido político, que tienen el fin de coadyuvar al mejor desarrollo de las actividades parlamentarias. Desde la creación de Congreso han existido estos grupos, pero su reconocimiento legal, no fue hasta 1977 cuando se estableció la base constitucional que reconoce a los grupos parlamentarios, a través de la adición de un párrafo tercero al artículo 70 de la Constitución Federal, el cuál indica:” La ley determinará, las formas y procedimientos para la agrupación de los diputados, según su afiliación de partido, a efecto de garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas representadas en la Cámara de Diputados”. Y evidentemente el reconocimiento legal de los grupos parlamentarios implicó el establecimiento de una serie de requisitos y condiciones que los legisladores de los diversos partidos políticos tienen que cumplir para constituirse como tales, y al ser reconocidos se les confieren una serie de derechos y obligaciones. Ya que todo ello permite la organización administrativa del parlamento; pudiendo incluso incurrir en obligaciones por el desacato a estas; que se examinarán el este tema.

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA VII En este tema, constituye el objeto específico, que el estudiante conozca y entienda que son las comisiones, grupos, administración y sanciones disciplinarias, conociendo el concepto, significado, función, fundamento y precedentes de las comisiones parlamentarias del Congreso General, de los grupos parlamentarios, la organización administrativa del parlamento, a través de los diversos partidos políticos, las normas que regulan su funcionamiento y orden para logar el objeto para el que constitucionalmente están obligados, así como las sanciones disciplinarias en que pueden incurrir por la omisión de las disposiciones administrativas que los norman, conociendo las características de las acciones que traen consecuencias jurídicas susceptibles de ser sancionadas; logrando la capacidad de ser consciente de todo lo que implica el funcionamiento del Congreso General.

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AUTOEVALUACIÓN TEMA VII

INSTRUCCIONES: conteste correctamente las siguientes preguntas.

1. ¿Qué es comisión? 2. ¿Cómo se define grupo? 3. ¿Cómo se define administración? 4. ¿Qué son las comisiones parlamentarias? 5. ¿Cómo se integra una comisión parlamentaria? 6. ¿Cuál es el objetivo principal de una comisión parlamentaria? 7. ¿Qué es un grupo parlamentario? 8. Cite el fundamento constitucional de un grupo parlamentario 9. ¿Cómo se integra un grupo parlamentario? 10. ¿Cuál es el objetivo principal de un grupo parlamentario? 11. ¿Cuáles son los derechos y las obligaciones de un grupo parlamentario? 12. ¿Cómo está organizado el parlamento en nuestro país? 13. ¿Cuál es el fundamento legal que regula a los grupos parlamentarios? 14. ¿Qué son las sanciones disciplinarias parlamentarias? 15. Cite un ejemplo de una sanción disciplinarias parlamentaria.

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TEMA VIII

MEDIOS DE INFORMACIÓN DEL PARLAMENTO 8.1 PREGUNTAS PARLAMENTARIAS. 8.2 INTERPELACIONES PARLAMENTARIAS. 8.3 COMISIONES DE INVESTIGACIÓN COMO MEDIOS DE INFORMACIÓN. 8.4 PETICIONES DE INFORMACIÓN.

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA AUTOR: Quintana Valt ierra Jesús. LIBRO: Derecho Parlamentario y Técnica Legislativa en México. EDITORIAL: Porrúa AÑO: 2006 8.1 AL 8.4 Pág. 301 A LA 423 BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA AUTOR: Pedroza de la Llave, Susana Talía. LIBRO: EL CONTROL DEL GOBIERNO: FUNCIÓN DEL "PODER LEGISLATIVO. EDITORIAL: INAP. AÑO: 1996 8.1. AL 8.2. Pág. 101 A LA 104 www.senado.gob.mx www.diputados.gob.mx

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INTRODUCCIÓN AL TEMA VIII

La autonomía institucional puede tener dos vertientes, la poca inobservancia o fiscalización del ejercicio de sus funciones gubernamentales ó todo lo contrario. La función de los medios de comunicación se supone debe limitarse a “informar”, realizar el mecanismo de investigación que asegure y respalde la información que transmiten, pero más allá tienen como objeto, transmitir la información veraz y necesaria para conocimiento de la sociedad, es claro que la comunicación es un factor trascendente desde siempre en la vida social; en Derecho Parlamentario, no escapan los medios de comunicación al tanto de las acciones que los parlamentarios realizan, o de las decisiones que se toman, claro está que como ciudadanos debemos tener conciencia y conocimiento de las leyes o reformas que impliquen trascendencia y aplicación en nuestra vida. Los temas en la actualidad que llaman a los medios de comunicación, mucho tienen que ver con la toma de decisiones legislativas novedosas, versátiles o cambiantes. Pero mucho del papel que juegan los medios comunicativos está encaminado en convertirse parte de la fiscalización u observación al Congreso General de que cumplan con su objeto y funciones constitucionales. Un ejemplo análogo a ello es la interpelación parlamentaria entendida como el acto de interrogar a un miembro del Consejo de Ministros o Gabinete por parte de los miembros del Poder Legislativo (Asambleas o Congresos) de cada país o región acerca de un tema específico, con el fin de eventualmente hacer valer su responsabilidad política en un tema; de la misma manera las comisiones de investigación como medios de información, y las peticiones que se hacen de información, tienden todas a coadyuvar al cumplimiento íntegro y eficaz de las funciones legislativas y principios legales y constitucionales.

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA VIII En este tema el educando conocerá a través de la investigación que desempeñe, conocer que y cuales son los medios de información del parlamento, encontrará cuales son las preguntas parlamentarias y a que se refieren o de que tratan y a quien se realizan, conocerá el concepto de interpelación y de interpelación parlamentaria, entendiendo su aplicación y finalidad, indagando algún precedente que ejemplifique una interpelación; conocerá que son las comisiones de investigación como medios de información, y cuales son las peticiones de información desde quien las formula, como, cuando, donde, hasta conocer sobre que temas y que objeto tienen, adquiriendo la capacidad para efectuarlas.

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AUTOEVALUACIÓN TEMA VIII

INSTRUCCIONES: conteste correctamente las siguientes preguntas.

1. Diga ¿Qué son los medios de información del parlamento? 2. ¿Qué son las preguntas parlamentarias? 3. ¿Cuál es el proceso a seguir para realizar una pregunta parlamentaria? 4. ¿Cuáles son las preguntas parlamentarias más comunes? 5. ¿Qué tipo de preguntas existen? 6. ¿Cuales son las preguntas orales y cuales las escritas? 7. ¿Qué es la interpelación? 8. ¿Qué es la interpelación parlamentaria? 9. ¿Quién realiza una interpelación parlamentaria? 10. ¿Qué son las comisiones de investigación como medios de información? 11. Cite la denominación de una comisión de investigación como medios de información. 12. ¿Qué son las peticiones de información? 13. ¿Cuál es el proceso a seguir para realizar una petición de información? 14. ¿Cuáles son las peticiones de información, más comunes?

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TEMA IX

EL PARLAMENTO EN MÉXICO

9.1.- BICAMERALISMO EN MÉXICO. 9.2.- CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. 9.3.- FUNCIONAMIENTO DE LAS CÁMARAS DE SENADORES Y DE DIPUTADOS. 9.4.- PRERROGATIVAS DE LAS CÁMARAS DE SENADORES Y DE DIPUTADOS. 9.5.- COMISIONES PARLAMENTARIAS. 9.6.- FINANCIAMIENTO DE LAS CÁMARAS.

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA AUTOR: Quintana Valt ierra Jesús. LIBRO: Derecho Parlamentario y Técnica Legislativa en México. EDITORIAL: Porrúa AÑO: 2006 9.1 AL 9.6 Pág. 77 A LA 149 BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA AUTOR: Serna de la Garza, José María LIBRO: Panorama del Derecho Mexicano. Derecho Parlamentario EDITORIAL: MCGraw Hill AÑO: 1997 9 . 1 AL 9 . 6 . P á g. 9 A L A 4 1 AUTOR: Pedroza de la Llave, Susana Talía. LIBRO: EL CONTROL DEL GOBIERNO: FUNCIÓN DEL "PODER LEGISLATIVO. EDITORIAL: INAP. AÑO: 1996 9.1. AL 9.4. Pág. 195 A LA 217 www.senado.gob.mx www.diputados.gob.mx

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INTRODUCCIÓN AL TEMA IX

El artículo 50 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que:” El Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un Congreso general, que se dividirá en dos Cámaras, una de diputados y otra de senadores”. Esta forma de organizar el poder legislativo, dividiéndolo en dos cámaras, ha sido predominante en nuestra historia constitucional y si bien la versión original de la Constitución de 1857 estableció en lugar de bicameralismo un sistema unicamaral, este último perduro hasta 1874, fecha en la cuál es Senado fue reintroducido de nuestra organización constitucional por el poder revisor. El bicameralismo en México, obedece más a un prurito federalista, al ámbito de introducir un principio de control y moderación dentro del propio Poder Legislativo. Se considera que el sistema bicameral tiene ciertas ventajas, entre ellas, que: se favorece al equilibrio de poderes, al debilitar, dividiéndolo al Poder Legislativo, el cuál tiende a predominar, también porque en caso de conflicto entre el Ejecutivo y una de las Cámaras, la otra puede funcionar de mediadora, sin embargo, si son las dos cámaras entre las que se presenta el conflicto, frente al Ejecutivo, se presume que el Congreso es quien tiene razón, simplemente por ser mayoría, y porque la segunda cámara es un a garantía contra la precipitación legislativa, así como contra el error y desborde y predominio de las pasiones políticas en el proceso legislativo. Esto se debe a que el tiempo que transcurre entre la discusión en la primera cámara y la segunda, permite serenar la controversia y madurar el juicio. Ahora bien la Constitución Federal, sienta las bases para el funcionamiento de las Cámaras de Diputados y Senadores, el artículo 52 de la ley antes citada dice que la Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 200 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el Sistema de Listas Regionales, votadas en circunscripcionales plurinominales. Y en el Artículo 56, se revé que: La Cámara de Senadores se integrará por ciento veintiocho senadores, de los cuales, en cada Estado y en el Distrito Federal, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. En el presente tema evaluaremos la función del parlamento en nuestro país.

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA IX

En el presente tema el alumno estudiará y conocerá que sucede con el parlamento en México, que nuestro sistema legislativo funciona a través del bicameralismo compuesto por un Congreso General representado una Cámara de Diputados y otra de Senadores, analizará a la luz de la Constitución Federal el funcionamiento de las cámaras alta y baja, así como sus prerrogativas, obtendrá el conocimiento de que es una Comisión Parlamentaria, cual es su objeto, fin, cuando y cómo se conforma, y analizara cómo se efectúa y por medio de que el financiamiento de las cámaras. En general por medio del análisis de los preceptos constitucionales y la doctrina obtendrá los conocimientos básicos, suficientes y necesarios de la representación Legislativa en nuestro país; logrando concluir la vital y trascendente importancia del conocimiento de la rama del Derecho Parlamentario. .

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AUTOEVALUACIÓN TEMA IX

INSTRUCCIONES: conteste correctamente las siguientes preguntas.

1. ¿Qué es el parlamento en México? 2. ¿Cómo se conforma el parlamento en México? 3. ¿Qué es el bicameralismo en México? 4. ¿Qué es el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos? 5. ¿Cómo funciona el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos? 6. Cite el fundamento constitucional del Congreso General de los Estados

Unidos Mexicanos. 7. ¿Qué es la Cámara de Diputados y cuál es el fundamento constitucional? 8. ¿Cómo se elige y conforma Cámara de Diputados y cuál es el

fundamento constitucional? 9. ¿Qué es la Cámara de Senadores y cuál es el fundamento constitucional? 10. Diga ¿Cuál es la función de la Cámara de Diputados? 11. ¿Cómo se elige y conforma Cámara de Senadores y cuál es el

fundamento constitucional? 12. Diga ¿Cuál es la función de la Cámara de Senadores? 13. ¿Cuáles son las prerrogativas de las cámaras de senadores y de

diputados? 14. ¿Qué es la comisión permanente? 15. ¿Cómo funciona la comisión permanente? 16. ¿Cuándo se integra la comisión permanente? 17. Expliqué ¿Para qué sirve o cuál es el objeto de la comisión permanente? 18. ¿Qué es el financiamiento de las Cámaras? 19. Realice un análisis del capítulo II, del Poder Legislativo de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

TIPO TITULO AUTOR EDITORIAL AÑO

1 LIBRO TEORIA DEL DERECHO PARLAMENTARIO BATIZ VAZQUEZ, BERNARDO

OXFORD UNIVERSITY PRESS (MEX)

MÉXICO, 1999

2 LIBRO DERECHO PARLAMENTARIO Y TECNICA LEGISLATIVA EN MEXICO PRINCIPIOS

QUINTANA VALTIERRA, JESUS

ED PORRUA (ME)

MÉXICO, 2006

3 LIBRO TEMAS SELECTOS DE DERECHO PARLAMENTARIO MORA DONATTO, CECILIA JUDITH

MIGUEL ANGEL PORRUA

MÉXICO, 2001

BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA

TIPO TITULO AUTOR EDITORIAL AÑO

1

LIBRO

LIBRO

PANORAMA DEL DERECHO MEXICANO. DERECHO PARLAMENTARIO

SERNA DE LA GARZA, JOSÉ MARÍA

MCGRAW HILL

MÈXICO 1997

2

LIBRO

EL CONTROL DEL GOBIERNO: FUNCIÓN DEL PODER LEGISLATIVO.

PEDROZA DE LA LLAVE, SUSANA TALÍA.

INAP MÈXICO 1996

3

LIBRO

DERECHO PARLAMENTARIO MEXICANO

PEDROZA DE LA LLAVE SUSANA THALÍA

INAP MÈXICO 1997

4

LEY

CONSTITUCION POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

VIGENTE

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Email: [email protected] BIBLIOTECAS VIRTUALES

��http://www.senado.gob.mx ��http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm ��http://www.scjn.gob.mx ��http://www.ordenjuridico.gob.mx/ ��http://www.inacipe.gob.mx/ ��http://www.juridicas.unam.mx/ ��http://dof.gob.mx/ ��http://www.bibliotecas.tv/ ��http://www.universidadabierta.edu.mx/Principal/biblioteca.htm ��http://www.lapaz.gob.mx/bibliotecas/linkslibros.htm ��http://www.cna.org.mx/pdf/A_LEGISLATIVA_CNA_MAR2009.pdf

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