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o CONTRALORiA ~OGOTÁ, [).c.~ "Una Contra/oría afiada con Bogotá" INFORME FINAL VISITA DE CONTROL FISCAL CURADURIAS URBANAS DE BOGOTÁ D.C. CODIGO VISITA No. 524 DIRECCiÓN SECTOR HÁBITAT Y AMBIENTE VIGENCIA: Desde el dia 12 de diciembre de 2014 al22 de febrero de 2016 Elaboró: GABRIEL ENRIQUE BARRETO GONZALEZ Gerente 039-01 (E) OLGA YOLANDA PINZON ZAPATA Profesional Universitario 219-03 L1ZZETE ANDREA SANCHEZ BERNAL Profesional Universitario 219-03 NATALlA CRISTINA HUERTAS CORONADO Pasante de Arquitectura Revisó: GUSTAVO FRANCISCO MONZÓN GARZÓN Subdirector de Fiscalización Control Urbano. Aprobó: MERCEDES YUNDA MONROY Directora Hábitat y Ambiente 31 DE ENERO DE 2018 www,contraloriabogola.gov.co Carrera32A26A10 Código Postal: 111321 PBX. 3358888

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"Una Contra/oría afiada con Bogotá"

INFORME FINAL VISITA DE CONTROL FISCAL

CURADURIAS URBANAS DE BOGOTÁ D.C.

CODIGO VISITA No. 524

DIRECCiÓN SECTOR HÁBITAT Y AMBIENTE

VIGENCIA: Desde el dia 12 de diciembre de 2014 al22 de febrero de 2016

Elaboró:GABRIEL ENRIQUE BARRETO GONZALEZGerente 039-01 (E)OLGA YOLANDA PINZON ZAPATAProfesional Universitario 219-03L1ZZETE ANDREA SANCHEZ BERNALProfesional Universitario 219-03NATALlA CRISTINA HUERTAS CORONADOPasante de Arquitectura

Revisó:GUSTAVO FRANCISCO MONZÓN GARZÓNSubdirector de Fiscalización Control Urbano.

Aprobó:MERCEDES YUNDA MONROYDirectora Hábitat y Ambiente

31 DE ENERO DE 2018

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oCONTRA lO RíA~OGOTÁ.~

"Una Conlra/oría aliada con Bogotá"

Tabla de contenido

1. CARTA DE CONCLUSiONES 32. ALCANCE Y MUESTRA DE AUDITORIA 73. RESULTADOS OBTENIDOS 103.1 Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria por la noexigencia del pago del efecto plusvalía a predios que se encontraban gravadosen el momento de la expedición de la Licencia de Construcción 17

ANEXO No. 1. CUADRO DE TIPIFICACiÓN DE HALLAZGOS 23

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oCONTRALORfA-1)[-r.OGOTÁ,iic

"Una Contra/oria aliada con Bogotá"

1. CARTA DE CONCLUSIONES

ArquitectaGLADYS SANCHEZ SANCHEZCuradora Urbana No. 1Bogotá D.C.

ArquitectaMARIA ESTHER PEÑALOZA LEALCuradora Urbana No. 2Bogotá D.C.

ArquitectaNATALlA BONILLA CORRALESCuradora Urbana No. 3Bogotá D.C.

ArquitectaADRIANA LOPEZ MONCA YOCuradora Urbana No. 4Bogotá D.C.

IngenieroMARIANO PINILLA POVEDACuradora Urbana No. 5Bogotá D.C.

Asunto: Carta de Conclusiones

La Contraloría de Bogotá, con fundamento en los artículos 267 y 272 de laConstitución Política y el Decreto 1421 de 1993, practicó visita de control fiscal alas Curadurías Urbanas de Bogotá, vigencia desde el día 12 de diciembre de 2014al 22 de febrero de 2016, a través de la evaluación de los principios de economía,eficiencia y eficacia, con el fin de verificar el cumplimiento del pago del efectoplusvalía en la expedición de las licencias de urbanismo o construcción a losbienes que están gravados por este concepto durante las vigencias 2014 a 2016.

Es responsabilidad de la administración el contenido de la informaciónsuministrada por las diferentes Entídades Distritales y las Curadurías Urbanas y

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oCONTRALORfA""""'i)['i¡OGOTÁ. D,e. .

"Una Contraloría aliada con Bogotá"analizada por la Contraloria de Bogotá D.C. La responsabilidad de este ente decontrol consiste en producir un Informe de visita de control fiscal que contenga elconcepto sobre el examen practicado. La evaluación se llevó a cabo de acuerdocon normas de auditoría generalmente aceptadas, con politicas y procedimientosestablecidos por la Contraloria; de manera que el examen proporcione una baserazonable para fundamentar nuestro concepto.

La auditoria incluyó el examen, sobre la base de pruebas selectivas, de lasevidencias y documentos que soportan el área, actividad o proceso auditado y elcumplimiento de las disposiciones legales; los estudios y análisis se encuentrandebidamente documentados en papeles de trabajo, los cuales reposan en losarchivos de la Contraloria de Bogotá D.C.

CONCEPTO DE GESTiÓN SOBRE EL ANÁLISIS EFECTUADO

La Contraloria de Bogotá D.C. como resultado de la visita de control fiscaladelantada, conceptúa que la gestión de las Curadurias Urbanas frente alcumplimiento del pago del efecto plusvalía en la expedición de las licencias deurbanismo o construcción a los bienes que están gravados por este conceptodurante las vigencias 2014 a 2016, en el marco del Decreto 562 de 2014, nocumple con los principios de economia, eficiencia y eficacia.

Lo señalado se encuentra sustentado en que se evidencia una omisión por partede los Curadores 1 y 5, dado que en el momento de la expedición de la Licenciade Construcción debieron realizar la respectiva verificación y exigir el pago de laparticipación de plusvalía que se encontraba liquidada por Catastro e inscrita en elfolio de matricula inmobiliaria, situación que no fue realizada por parte de losCuradores en la verificación de los requisitos previos a la expedición de laLicencia.

Esta omisión, en la verificación del pago del efecto plusvalia, genera comoconsecuencia que dichos recursos no entren al patrimonio público y no puedandestinarse a los fines dispuestos en el artículo 85 de la Ley 388 de 1997.

Ahora bien, este Ente de Control no puede determinar que con la omlslonpresentada por las Curadurias Urbanas No. 1 y 5, se presente detrimentopatrimonial, debido a que el parágrafo 3 del articulo 181 de la Ley 019 de 2011,dispone: "Parágrafo 3. Si por cualquier causa no se efectúa el pago de la participación enlas situaciones previstas en este artículo, el cobro de la misma se hará exígible cuandoocurra cualquiera de las restantes situaciones aquí previstas."

Sin embargo, dicha estipulación normativa no exonera a los Curadores Urbanosde la responsabilidad de verificación de los requisitos previos para la expedición

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PBX. 335BBBB

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oCONTRALORfAl)[i¡OGUlA 1),(:.

"UnaContraloríaaliadacon Bogotá"de las Licencias de Construcción, así como lo dispone el artículo 2.2.5.1.7 delDecreto 1077 de 2015 "para la expedición de licencias de urbanización o construcción ysus modalidades, tratándose de inmuebles beneficiados por el efecto de plusvalía, lasautoridades competentes solo podrán expedir los respectivos actos administrativoscuando el interesado demuestre el pago de la participación en la plusvalíacorrespondiente al área autorizada". (Subrayado fuera del texto)

De igual forma, en el artículo 2.2.6.6.8.2 del Decreto 1077 de 2015, establece que"el pago de los impuestos, gravámenes, tasas y contribuciones asociados a la expediciónde licencias, será independiente del pago de las expensas por los trámites ante el curadorurbano. Cuando los trámites ante los curadores urbanos causen ímpuestos, gravámenes,tasas, participacíones o contribuciones, los curadores sólo podrán expedir la licenciacuando el interesado demuestre la cancelación de las correspondientes obligaciones,para lo cual contará con un término de treinta (30) días hábiles, contados a partir delrequerimiento de aportar los comprobantes de pago por tales conceptos (. . .JPARAGRAFO 1, Sin peljuicio de la responsabilidad disciplinaria a que haya lugar por elincumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo, el curador urbano solamente debeverificar que el contribuyente acredite el pago de las obligaciones tributarias que secausen con ocasión de la expedición de la licencia", Subrayado fuera de texto.

Asi mismo, en el artículo 15 del Decreto Distrital 020 del 19 de enero de 2011,establece: "acreditación del pago. De conformidad con lo establecido en el artículo 117del Decreto Nacional 1469 de 2010, los curadores urbanos sólo podrán expedir licenciascuando el interesado demuestre el pago de la participación en plusvalía. De acuerdo conlo establecido en el artículo 81 de la Ley 388 de 1997, para que puedan registrarse actosde transferencia del dominio sobre inmuebles deberá acreditarse el pago de laparticipación en plusvalía"

Una vez analizada la respuesta que respecto del informe preliminar presentaronlas Curadurías, se configuró un (1) hallazgo administrativo con presunta incidenciadisciplinaria, tal como se detalla en los Resultados de la Auditoría y en el Cuadrode Tipificación de Hallazgos contenido en el anexo del presente informe.

PRESENTACiÓN PLAN DE MEJORAMIENTO

Frente a los hallazgos evidenciados en el presente informe, las Curadurías No. 1 y5, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la comunícación del ínformefinal, debe ajustar el plan de mejoramíento que se encuentra ejecutando, conacciones y metas que permitan solucionar las deficiencias comunicadas durante elproceso auditor y que se describen en el informe, El Plan de Mejoramientoajustado debe ser entregado dentro de los términos establecidos por la Contraloríade Bogotá D,C.

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"Una Conlraforia aliada con Bogotá"Dicho plan de mejoramiento debe contener las acciones y metas que seimplementarán por parte de las Curadurías, las cuales deberán responder a cadauna de las debilidades detectadas y comunícadas por el equipo auditor, elcronograma para su implementación y los responsables de su desarrollo.

Producto de la evaluación, se anexa Capitulo resultados visita de control fiscal,que contiene los resultados y hallazgos detectados por este Órgano de Control.

Atentamente,

Directora Téc íca Sector Hábítat y Ambiente

Revisó: Gustavo Francisco Monzón Garzón - Subdirector de Fiscalización antrol Urbano ~Gabriel Enrique Barreta González - Gerente 039-01 (E) ~ ~Jaime Acevedo (Asesor 105 Grado1) ./

Elaboró: Equipo Auditor

VNffl,contraloriabogota .gov.caCarrera 32 A 26 A 10Código Postal: 111321

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"Una Contra/oría afiada con Bogotá"

2. ALCANCE Y MUESTRA DE AUDITORIA

La visita de control fiscal tiene como alcance verificar que las Curadurías Urbanasde la ciudad, hayan verificado el pago de la plusvalía a quien corresponda en elmomento de la expedición de las respectivas Licencias de Urbanismo oConstrucción, por ello analizaremos las siguientes normas desde el nivel nacionalhasta el nível local, así:

El artículo 82 de la Constitución Política establece que "las entidades públicasparticiparan en la plusvalía que genere su acción urbanistica y regularán la utilización delsuelo y del espacio aéreo urbano en defensa del interés común"

Con base en dicha norma, el articulo 73 de la Ley 388 de 1997 determinó que "lasacciones urbanisticas que regulan la utilización del suelo y del espacio aéreo urbanoincrementando su aprovechamiento, generan beneficios que dan derecho a las entidadespúblicas a participar en las plusvalías resultantes de dichas acciones".

La misma norma determina que los Concejos municipales y distritalesestablecerán mediante acuerdos de carácter general, las normas para laaplicación de la participación en la plusvalía en sus respectivos territorios.

El Concejo de Bogotá expidió el Acuerdo Distrital 118 de 2003, modificado por elAcuerdo 352 de 2008, donde se establecieron las normas para la aplicación de laparticipación de la plusvalía en la ciudad y señaló, en el artículo 9, que lecorresponde a la Administración Distrital definir los lineamientos para regular laoperatividad de la liquidación de la participación de la plusvalía.

Teniendo en cuenta la vigencia de la visita fiscal a auditar, el alcance de lapresente se encuentra enmarcada entre diciembre de 2014 a febrero de 2016, deconformidad con la vigencia del Decreto 562 de 2014 "por el cual se reglamentan lascondiciones urbanísticas para el tratamiento de renovación urbana, se incorporan áreas adicho tratamiento, se adoptan las fichas normativas de los sectores con este tratamíento yse dictan otras disposiciones".

Respecto de las competencias, el Decreto 020 de 2011 estableció que a laSecretaría Distrital de Planeación le corresponde realizar el estudio de los hechosgeneradores. A la Unidad Administrativa Especial de Catastro le correspondeelaborar el cálculo y proferir el acto de Iíquidación del efecto plusvalías por metrocuadrado, y finalmente, a la Secretaría Distrital de Hacienda le correspondeindexar y multiplicar por el área de terreno el valor del efecto para establecer laparticipación, emitir el recibo de pago, recaudar y solicitar a las Oficinas deInstrumentos Públicos el levantamiento de la anotación .

............w- .contra laria bog ola .gov .caCarrera 32 A 26 A 10Código Postal: 111321

PBX. 3358888

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oCONTRALORfA~OGOTÁ, n.e.

"Una Contraloría aliada con Bogotá"

En el desarrollo de la visita fiscal, fue necesario definir una muestra de 47 prediosque habian solicitado Licencia de Urbanismo y/o Construcción en el periodo de lavigencia del Decreto 562 de 2014. Así las cosas, la muestra es la siguiente:

Cuadro No. 1.Muestra de predios que solicitaron Licencia de Urbanismo y/o Construcci6n

FECHA MATRICULA ACTO FECHACURA RADICACIO INMOBILlAR ADMINISTRAT EJECUTORIDURIA N FORMAL LOCALIDAD DIRECCION lA CHIP IVO A

KR18A12553 050N0061281 15/12/2014 USAOUEN AP 101 72 AAA0106FNEP LC 15-1-0280 31/07/2015

1 26/03/2015 CHAPINERO TV 23 94 50 54 050C673246 AAA0098XNBS LC 15-1-0385 21/10/2015KR18A12553 050N006128

1 15/12/2014 USAOUEN AP 102 73 AAA0106FNFZ LC 15-1-0280 31/07/2015KR18A12553 050N006128

1 15/12/2014 USAOUEN AP 202 76 AAA0106FNKC LC 15-1-0280 31/07/2015

1 15/04/2015 USAOUEN AK 9104 A07 050N686081 AAAO102JWHY lC 16-1-0030 03/03/2016CL 106A 19A 050NOO0565

1 17/02/2016 USAOUEN 17 27 AAA0107BLMS LC 16-1-0208 27/07/2016050N202750

1 19/01/2016 SUBA CL 102 50 25 95 AAA0126DXZE LC 16-1-0355 21/02/2017AAA0058EMY

1 23/09/2015 SUBA CL116A7163 050N370943 N LC 16-1-0046 24/02/2016AAA0102WKE

1 24/12/2015 USAOUEN AK 19102 54 050N766841 P LC 16-1-0189 10/10/2016050C143271

1 30/11/2015 ENGATlvA AC 26 70 46 1 AAA0060LXNN LC 16-1-0217 26108/2016050N201008

1 13/04/2015 USAOUEN CL 101 1633 95 AAA0102XXDE LC 15-1-0410 13/11/20150505000379 AAA0040WBM

1 19/12/2014 KENNEDY KR71D219 89 R lC 15-1-0220 11/06/2015

2 19/12/2014 ENGATIVA KR 70 C 5549 50C260104 AAA0060JUKC LC 15-2-1007 17/07/2015

PUENTE2 28/07/2015 ARANDA KR 31 D 3 55 50C1256282 AAA0036BAAF LC 16-2-0905 03/08/2016

TV35507AP2 02/09/2015 CHAPINERO 201 50C91 0708 AAA0090KEZE lC 16-2-0017 31/03/2016

AAA0126MSU2 01/10/2015 SUBA KR 63 103 53 50N92403 H LC 16-2-0654 07/06/2016

2 06/01/2015 CHAPINERO Cl77 13 23 50C165933 AAA0097RYSY LC 15-2-1088 11/08/2015KR592A85

2 23/11/2015 CHAPINERO GJ 2 50C406760 AAA0093BJYX LC 16-2-0872 16/12/201650N2077641

2 10/12/2015 SUBA KR45A12072 o AAA0121 l YlF lC 16-2-1344 26/10/2016

2 06/01/2015 CHAPINERO KR137633 50C485967 AAA0097RYUH LC 15-2-1088 11/08/2015

2 06/01/2015 CHAPINERO KR137647 50C644167 AAA0097RYTD lC 15-2-1088 11/08/2015BARRIOS KR28A63G AAA0086AMl

2 16/03/2015 UNIDOS 29 50C344345 W LC 15-2-0984 14/07/201550N2019232

2 22/12/2014 USAOUEN KR 8 108 A 53 3 AAA0103EZKC LC 15-2-1070 07/01/2016

2 22/12/2014 USAQUEN KR8108A59 50N216694 AAA0103EZJZ LC 15-2-1070 07/01/2016BARRIOS

3 18/03/2015 UNIDOS KR 49 91 46 50C176425 AAA0057JZWF LC 16-3-0048 14/03/2016'NV'ffl.contra loria bog ota .gov. co

Carrera 32 A 26 A 10Códi90 Poslol: 111321

PBX. 3358888

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oCONTRAlORíA-'O[ BOGOTÁ,lJ.c.

"Una Contraloría aliada con Bogotá"FECHA MATRICULA ACTO FECHA

CURA RADICACIO INMOBILlAR ADMINISTRAT EJECUTORIDURIA N FORMAL LOCALIDAD DIRECCION lA CHIP IVO A

3 03/03/2015 USAOUEN ACl161580 50Nl0656961 AAA01060EPA LC 15-3-0479 13108/2015

3 06104/2015 CHAPINERO KR 9 92 23 50C214702 AAA0095UJAW LC 15-3-0667 30/11/2015

3 27/03/2015 CHAPINERO TV 23 95 79 50Cl04117 AAA0098TDXS LC 15-3-0569 22/10/2015BARRIOS

3 18/03/2015 UNIDOS KR 49 91 50 50C751736 AAA0057 JZXR LC 16-3-0048 14/03/2016KR49B102A

3 05/02/2016 SUBA 13 50N123440 AAA0126FSCX LC 16-3-0658 14/0212017BARRIOS AAA0086AXO

3 09/03/2015 UNIDOS KR28A6426 50C1492287 M LC 15-3-0525 04/09/2015KR 49 B 102 A

3 05/02/2016 SUBA 41 50N675731 AAA0126FRYN LC 16-3-0658 14/02/2017KR 49 B 102 A

3 05/02/2016 SUBA 13 50N123440 AAA0126FSCX LC 16-3-0658 14102/2017KR 49 B 102 A

3 05/02/2016 SUBA 23 50N343504 AAA0126FSBR LC 16-3-0658 14102/2017

4 23102/2015 SUBA AK 72 99 72 050C154491 AAA0058JNZE LC 15-4-0418 27/07/2015KR149191 AAA0096CWT

4 27/03/2015 CHAPINERO AP 302 50C641317 O LC 15-5-0780 10/11/2015KR149191 AAA0096CWW

4 27/03/2015 CHAPINERO AP 402 50C25851 W LC 15-5-0780 10/11/2015

5 11/12/2014 USAQUEN AK 45122 88 50N80477 AAA0105WHLF LC 15-5-0489 13/07/2015AAA0105WHM

5 11/12/2014 USAQUEN AK 45122 96 50Nl12996 R LC 15-5-0489 13/07/2015

5 05/02/2015 SUBA KR46104 B 14 50N908637 AAA0126JATO LC 15-5-0387 25/05/2015

5 05/02/2015 SUBA KR46104B24 50N99613 AAA0126JAUZ LC 15-5-0387 25/05/2015BARRIOS CL79 B 29 B

5 08101/2015 UNIDOS 21 50C144421 AAA0086UYCX LC 15-5-0540 09/0712015CL 104 A 45 A 50N2002687

5 11/03/2015 SUBA 55 O AAA0126JCSK LC 15-5-0870 18/01/2016CL104A45A

5 11/03/2015 SUBA 65 50N287871 AAA0126JCRU LC 15-5-0870 18/01/2016CL 104A45A

5 11/03/2015 SUBA 77 50N369899 AAA0126JCPP LC 15-5-0870 18/01/2016KR90B70A

5 23/12/2015 ENGATIVA 49 50C216821 AAA0066BFAF LC 16-5-0196 06104/2016KR 16A86A

5 22/12/2015 CHAPINERO 79 50C581719 AAA0098NPZE LC 16-5-0399 16/09/2016Fuente. Registro Local de Obras de Carácter Público y Privado en Bogotá D.C. publicado en la página web www.sdp.gov.co

En el respectivo plan de trabajo para esta visita se tomaron como insumo los siguientesderechos de petición:

1. DPC 682-17 con radicado 1-2017-074002. DPC 923-17 con radicado 1-2017-09913

Con el desarrollo de la visita fiscal no se puede dar respuesta a las peticiones antesmencionadas, dado que el volumen de información a analizar corresponde a más de17.000 registros o Licencias expedidas en el periodo de vigencia del Decreto 562 de2014, por lo que es necesario adelantar una auditoría de desempeño para abordar eltema de manera integral.

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PBX. 3358888

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oCONTRALORiA---or:-ilOGOTÁ. J)~c.-

"Una Contra/oria aliada con Bogotá"

3. RESULTADOS OBTENIDOS

La visita de control fiscal inició con la solicitud de información a la SecretariaDistrital de Planeación y a las cinco (5) Curadurías Urbanas de Bogotá, en relacióncon la totalidad de Iicencías de urbanismo y construcción expedidas en la vigencíadel Decreto 562 de 2014; revisión de las Resoluciones No. 1694, 1695, 1696,1697 Y 1698 de 2015, por medio de las cuales "se liquida el efecto plusvalia porcapacidad predial causado en las zonas o subzonas que haces parte del tratamiento derenovación urbana, conforme al Decreto 562 de 2014 (oo.)" y la verificación delcumplimiento de lo dispuesto en el articulo 181 de la Ley 019 de 2012 el cualdispuso: "Artículo 83. Exigibifidad y cobro de la participación. La participación en laplusvalía sólo le será exigible al propietario o poseedor del inmueble respecto del cual sehaya liquidado e inscrito en el respectivo folio de matrícula inmobiliaria un efecto deplusvalía, en el momento en que se presente cualquiera de las siguientes situaciones:

1. Solícitud de licencia de urbanización o construcción, según sea el caso, aplicable parael cobro de la participación en la plusvalía generada por cualquiera de los hechosgeneradores de que trata el artículo 74 de la Ley 388 de 1997.2. Cambio efectivo de uso del inmueble, aplicable para el cobro de la participación en laplusvalía generada por la modificación del régimen o zonificación del suelo.3. Actos que impliquen transferencia del dominio sobre el inmueble, aplicable al cobro dela participación en la plusvalía de que tratan los numerales 1 y 3 del referido artículo 74.4. Adquisición de títulos valores representativos de los derechos adicionales deconstrucción y desarrollo, en los términos que se establece en el artículo 88 y siguientesde la presente Ley.Parágrafo 1. En el evento previsto en el numeral 1, el monto de la participación enplusvalía para el respectivo inmueble podrá recalcularse, aplícando el efecto plusvalíaliquidado por metro cuadrado al número total de metros cuadrados adicionales objeto dela licencia correspondiente.Parágrafo 2. Para la expedición de las licencias de construcción, así como para elotorgamiento de los actos de transferencia del dominio, en relación con inmueblesrespecto de los cuales se haya liquidado e inscrito en el respectivo folía de matrículainmobiliaria el efecto de plusvalía, será necesario acreditar su pago. (.oo)"

Con anterioridad a la fase de planeación de esta visita fiscal, la Subdirección deControl Urbano adelantó visitas administrativas a las 5 Curadurias en los mesesde noviembre y diciembre de 2017, asi como también realizo solicitud deinformación a la Secretaria Distrital de Hacienda mediante radicado 2-2017-26408del 15 de diciembre de 2017.

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oCONTRALORíA--¡)[ROGOTÁ. D,C.

"Una Contra/oda aliada con Bogotá"En el marco de la Visita de Control Fiscal se adelantaron las siguientesactividades:

• Visitas Administrativas a las 5 Curadurias Urbanas, a las cuales se les solicitoinformación relacionada con el objetivo de la visita, tal como se presenta acontinuación.

Cuadro No. 2Relación de las visitas administrativas realizadas.

Curadu Fecha Visita Solicitudes Respuestasría

1 23-ene-2016 1. Copia de los reportes con las La Curadurla no reportó informaciónlicencias de Construcción ylo Urbanismo relacionada con las solicitudes 1 y 2, dadoexpedidas en el periodo comprendido que el período del Curador actual inicio el 23entre Diciembre de 2014 a Febrero de de noviembre de 2016. así que se hace2016. entrega de la respectiva acta. Para el numeral2. Copia de los reportes de las licencias 4, la Curaduría informa que los expedientesde construcción y urbanismo que hayan fueron remitidos a la Secretaria dedado lugar al pago de la participación en Planeación.plusvalía, en el periodo comprendidoentre Diciembre de 2014 a Febrero de2016.3. Acta de entrega del Curador saliente.4. Se solicita en medio magnético, copiade la licencia de construcción de lossiguientes expedientes: 1510339,1510759. 1411192. 1511015. 1510212.1510130

2 22-ene-2016 1. Copia de los reportes con las La Curaduria adjunto en medio magnético lalicencias de Construcción ylo Urbanismo base de datos de los actos administrativosexpedidas en el periodo comprendido expedidos en el periodo solicitado. Frente aentre Diciembre de 2014 a Febrero de las licencias que hayan dado al pago de2016. plusvalla, la Curaduría no reportó información,2. Copia de los reportes de las licencias dado que el perlado del Curador actual iniciode construcción y urbanismo que hayan el 22 de agosto de 2017. Se adjunta acta dedado lugar al pago de la participación en entrega.plusvalia, en el periodo comprendido De igual forma, se pusieron a disposición delentre Diciembre de 2014 a Febrero de equipo auditor, 12 expedientes que fueron2016. entregados por el anterior Curador como en3. Acta de entrega del Curador saliente. trámite. Una vez revisados los mismos, se

encontró que la radicación del trámite seefectuó con posterioridad a la derogatoria delDecreto 562 de 2014.

3 22-ene-2016 1. Copia de los reportes con las La Curaduría no reportó informaciónlicencias de Construcción ylo Urbanismo relacionada con las solicitudes 1 y 2, dadoexpedidas en el periodo comprendido que el perlado del Curador actual inicio el 12entre Diciembre de 2014 a Febrero de de septiembre de 2017, asl que se hace2016. entrega de la respectiva acta. AsI mismo, se2. Copia de los reportes de las licencias adjuntó la tabla de retención documental parade construcción y urbanismo que hayan las licencias expedidas a partir de la posesióndado lugar al pago de la participación en del curador actual.plusvalía, en el periodo comprendidoentre Diciembre de 2014 a Febrero de2016.3. Acta de entrega del Curador saliente.4.Tabla de Retención aolicable oara las

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Curaduría

Fecha Visita

oCONTRA lO RíADElIOGOTÁ. o:c::--

"Una Contraloría aliada con Bogotá"Solicitudes Respuestas

4

5

23-ene-2018

23-ene-2018

licencias urbanlsticas expedidas en lasvinencias 2014, 2015 v 20161. Copia de los reportes con laslicencias de Construcción y/o Urbanismoexpedidas en el periodo comprendidoentre Diciembre de 2014 a Febrero de2016.2. Copia de los reportes de las licenciasde construcción y urbanismo que hayandado lugar al pago de la participación enplusvalía, en el periodo comprendidoentre Diciembre de 2014 a Febrero de2016.3. Acta de entrega del Curador saliente.4. Copia de las licencias de construcciónque generaron pago del efecto plusvalia.5. Copia del recibo de pago del efectoplusvalia de las Licencias deConstrucción Que fueron obieto de este.1. Copia de los reportes con laslicencias de Construcción y/o Urbanismoexpedidas en el periodo comprendidoentre Diciembre de 2014 a Febrero de2016.2. Copia de los reportes de las licenciasde construcción y urbanismo que hayandado lugar al pago de la participación enplusvalía, en el periodo comprendidoentre Diciembre de 2014 a Febrero de2016.3. Acta de entreaa del Curador saliente.

En relación con la pregunta 1 y 2 la Curaduríaentrega en medio magnético, informacióndesde el día 17 de noviembre de 2015 hastafebrero de 2016. Igualmente hace entrega delacta del curador saliente.Frente a la pregunta 4 y 5 allega lainformación en medio magnético.

La Curaduría no reportó informaciónrelacionada con las solicitudes 1 y 2, dadoque el período del Curador actual início el 2de septiembre de 2016, igualmente haceentrega de la respectíva acta.

Fuente. Equipo Auditor

• Se solicitó a la Secretaria Distrital de Planeación, mediante comunicaclon 2-2018-00396 del 17 de enero de 2018, aportar la información que se habiarelacionado en el acta de visita administrativa No. 6 realizada por laSubdirección de Control Urbano el dia 12 de diciembre de 2017, en la cual sedispuso por parte de la Secretaria Distrital de Planeación lo siguiente: "Conrespecto a las licencias de construcción y/o urbanismo (.. .J, la SDP si tiene en supoder el listado de aquellas licencias expedidas bajo el Decreto 562; esta informaciónse obtuvo por parte de las curadurias urbanas, quienes reportaron aquellas licenciasde urbanismo y/o construcción bajo el 562 (...)"

• Se solicitó a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital las basesde datos, en medio digital (archivo Excel) de las Resoluciones No. 1694, 1695,1696, 1697, 1698 de 2015 y sus respectivas modificaciones, en donde seadjunte los listado de los predios a los cuales se les realizó la liquidación delefecto plusvalía por su capacidad predial, en virtud del Decreto 562 de 2014.

Teniendo en cuenta la información aportada y el análisis efectuado por el equipoauditor se obtuvieron los siguientes resultados:

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oCONTRALORiA

lir BOGOTÁ. tic. -

"Una Contra/orla aliada con Bogotá"

• La Secretaría Distrital de Planeación mediante comunicación 2-2018-00396 del17 de enero de 2018, remitió a este Ente de Control, "en un (1) CD, copia de larelación de solicitudes de licencias radicadas en legal y debida fonna, las licenciasurbanisticas expedidas y en general, las actuaciones que se encontraban en estudio,que concretaron el aprovechamiento normativo previsto en el citado Decreto 562 de2014, según lo reportado por las Curadurías a solicitud de la Secretaría Distrital dePlaneación en cumplimiento del artículo 4 del Decreto 079 de 201()'. Una vezrevisada la respectiva información remitida por la Secretaría Distrital dePlaneación, se observa que la base de datos enviada no posee información delas Curadurías Urbanas 1 y 2. De igual forma, para las demás Curadurías, lainformación reportada no es homogénea, es decir, para todos los casos no sepresenta información relevante como la fecha de ejecutoria de la Licencia, elnúmero del acto administrativo por el cual se aprueba el trámite, entre otros; laausencia de esta información limita el análisis de la misma.

Aunado a lo anterior, se observa que en la página web www.sdp.gov.co.sepublica el "Registro Local de Obras de Carácter Público y Privado en Bogotá D.C."con el fin de que los ciudadanos consulten los actos administrativos delicencias urbanísticas reportados por las Curadurias Urbanas de Bogotá desde2008. Este Ente de Control realizó el comparativo de la base de datosentregada mediante comunicación 2-2018-00396 del 17 de enero de 2018 y lapublicada en la página web, encontrando diferencias sustanciales en losreportes. Asi las cosas, se evidencia una falta de control en el reporte de lainformación, dificultando la labor de este Ente de Control, ante la incertidumbrede la confiabilidad en la ínformación reportada. Este resultado, será tenido encuenta en la respectiva Auditoría de Regularidad que se realice en laSecretaria Distrital de Planeación, en cumplimiento del PAD - 2018.

• La información reportada por la Secretaria Distrital de Hacienda mediantecomunicación 1-2018-01384 del 24 de enero de 2017, "relaciona los predios quehan sido objeto de licencia según el Decreto 562 de 2014 y que cuentan con pago".En el listado se reportan 50 predios, de los cuales 4 se encuentran en lamuestra seleccionada para esta visita fiscal.

Cuadro No. 3.Relación de predios que reportan pago por concepto de plusvalia según la Secretaría

Distrital de Hacienda

FECHA MATRICULCURA RADICACI A ACTO FECHADURI ON INMOBILlA ADMINISTRAT EJECUTOA FORMA LOCALIDAD DIRECCION RIA CHIP ¡va RIA

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oCONTRALORíA~OGOTA. n.e.

"Una Contraloria afiada con Bogotá"

KR 14 91 91 AP4 27/0312015 CHAPINERO 302 50C641317 AAA0096CWTD LC 15-5-0780 10/11/2015

KR 14 91 91 AP4 27103/2015 CHAPINERO 402 50C25851 AAA0096CWVI/W LC 15-5-0780 10/11/2015

3 05102/2016 SUBA KR49 B 102A41 50N675731 AAA0126FRYN LC 16-3-0658 14/02/2017

3 05/02/2016 SUBA KR49 B 102 A23 50N343504 AAA0126FSBR LC 16-3-0658 14/02/2017Fuente. Análisis equipo auditor con base en la comunicación 1.2018-01384 del 24 de enero de 2017

De otro lado, se observa que la Curaduria 1 reportó mediante comunicación 1-2017-27552 del 6 de diciembre de 2017, el pago por concepto de plusvalía para 2predios que no se encuentran relacionados en la información remitida por laSecretaria de Hacienda en su comunicación 1-2018-01384 del 24 de enero de2017, lo anterior, indica que la información reportada no es confiable. Asi mismo,es pertinente aclarar que a la fecha se desconoce el valor recaudado por conceptodel efecto plusvalía en el marco del Decreto 562 de 2014, debido a estas falenciasen la información.

Cuadro No. 4.Reporte de predios con pago de plusvalia para la Curaduría 1

FECHA ACTO FECHACURAO RADICACI LOCALlDA MATRICULAURIA ON D DIRECCION INMOBILIARIA CHIP ADMINISTRAT EJECUTO

FORMA IVO RIA

1 19/12/2014 KENNEDY KR 71 D 2 19 050S00037989 AAA0040WBMR LC 15-'-0220 '1/06/2015

1 30/11/2015 ENGATIVA AC 26 7046 050C1432711 AAA0060LXNN LC 16-1-0217 26/08/2016Fuente. Comunicación 1-2017.27552 deIS de diciembre de 2017

• En el análisis realizado por este Ente de Control, se observó que para 29 delos 47 predios de la muestra tomada para esta visita fiscal se liquidó laparticipación de plusvalía en las Resoluciones No. 1694, 1695, 1696, 1697 Y1698 del 24 de julio de 2015, por medio de las cuales "se liquida el efectoplusvalía por capacidad predial causado en las zonas o subzonas que haces parte deltratamiento de renovación urbana, conforme al Decreto 562 de 2014 (...)" , sinembargo la inscripción en el registro de matricula inmobiliaria no se realizópara 19 predios y en los 1O restantes, se efectuó la inscripción de manera

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oCONTRA lO RíA~OGOTÁ.~

"Una Con/ra/oría aliada con Bogo/á"extemporánea, teniendo en cuenta que la Licencia de Construcción fueexpedida por las respectivas Curadurías antes de dicho registro.

Cuadro No. 5.Predios que no tienen inscripción en el folio de matricula inmobiliaria pero que si se

encuentran liquidadas en las respectivas resoluciones .

FECHA RESOLUCION APLICABLECURA RAOICACI

ACTO FECHA FECHA POR CONCEPTO DEDURI ON

DIRECCIQN CHIP ADMINISTRAT EXPEOICIO EJECUTORI PLUSVALlA EN EL MARCOA FORMA

IVO N A DEL DECRETO 662 DE2014

1 23/09/2015 Cl116A7163 AAAOO58EMYN Le 11).1-0046 19102/2016 24/0212016 1694-2015

• 23/02/2015 AK729972 AAAOOS8JNZE Le 1S.4-0418 22/07/2015 27/07/2015 1694-2015

2 1911212014 KR 70 e 55 49 AAAOO60JUKC Le 15-2-1007 30/06/2015 17107/2015 1694-2015

1 30/1112015 AC 26 70 46 AAAOO60lXNN Le 16-1-0217 04/08/2016 26/0812016 1694-2015

KR90B70A5 23/1212015 ., AAA0066BF AF Le 16-5-0196 23/03/2016 06/04/2016 1694-2015

KR28A63G2 16103/2015 29 AAAOO86AMlW lC 15.2.0984 22106/2015 14/0712015 1698-2015

3 09/03/2015 KR28A6426 AAA0086AXOM lC 15.3.0525 20/0812015 04/09/2015 1698-2015

Cl 79 B 29 B5 08/01/2015 21 AAA0086UYCX lC 15.5.0540 01/0712015 09107/2015 1698-2015

1 13/04/2015 Cl 101 1633 AAA0102XXDE lC 15-1-0410 10/1112015 13111/2015 1698.2015

2 22/12/2014 KR8108A53 AAA0103EZKC lC 15.2.1070 09/07/2015 07/0112016 1694.2015

5 11112/2014 AK 4512288 AAA0105WHlF lC 15.5.0489 09/06/2015 13/07/2015 1698-2015

5 11/1212014 AK 4512296 AAA0105WHMR lC 15-5-0489 09/06/2015 13/07/2015 1698-2015

Cl106A19A1 17/02/2016 17 AAA0107BlMS lC 16.1.0208 25/07/2016 2710712016 1695-2015

1 19/01/2016 Cl 102 50 25 AAA0126DXZE lC 16.1.0355 20/10/2016 21/0212017 1695-2015

KR49B102A3 05102/2016 13 AAA0126FSCX lC 16-3-0658 12/09/2016 1410212017 1694.2015

KR49B102A3 05/02/2016 13 AAA0126FSCX lC 16-3-0658 12109/2016 1410212017 1694.2015

5 05/02/2015 KR46104 B24 AMO 126JAUZ lC 15-5-0387 28/0412015 25/05/2015 1694.2015

Cl104A45A5 11/0312015 77 AAA0126JCPP lC 15-5-0870 2211212015 18/01/2016 1694-2015

Cl104A45A5 11/03/2015 55 AAA0126JCSK lC 15-5-0870 2211212015 18/01/2016 1694-2015

Fuente. Análisis equIpo auditor

15v-NNI.cantra laria bag ola. 9 ov. ca

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oCONTRALORiA~OG01Á. D.C.

"Una Contra/oria aliada con Bogotá"Cuadro No. 6.

Predios que tienen inscripción en el folio de matricula inmobiliaria de forma extemporánea

RESOLUCIONAPLICABLE POR

CUR FECHA ACTO FECHA FECHA CONCEPTO DEADU RAOICACIO DIRECCION CHIP ADMINISTRAT EXPEDICIO EJECUTO PLUSVALlA EN OBSERVACIONESRIA N FORMA IVO N RIA EL MARCO OEL

DECRETO 562DE 2014

Eo el folio dematrícula se observaanotación 14 del 3-

2 28/07/2015 KR 31 0355 AAAOO36BAAF Le 16-2-0905 13/07/2016 03108/2016 1695-2015 mar-2017Eo el folio dematricula se observaanotación 16 del ,-

3 27103/2015 TV 23 95 79 AAAOO98TDXS le 15-3-0569 09/0912015 22/10/2015 1698-2015 mar.2016Eo el folio dematrícula se observaanotación 12 del ,-, 26/03/2015 TV23 94 50 54 AAAOO98XNBS Le 15-1-0385 16/10/2015 2111012015 1697-2015 mar-2016Eo el folio dematricula se observa

AAA0102WKE anotación 23 del 27-1 24/12/2015 AK 19 102 54 P lC 16-1-0189 01/07/2016 10/10/2016 1695-2015 iul-2016

Eo el folio dematrícula se observaanotación 22 del 6-

2 22112/2014 KR8108A59 AAA0103EZJZ LC 15-2-1070 09/0712015 07/01/2016 1694-2015 abr-2016Eo el folio dematricula se observa

KR 18A 125 53 anotaci6n 28 del 10-1 15/12/2014 AP 101 AAA0106FNEP lC 15.1-0280 24/07/2015 31/07/2015 1696-2015 feb-2016.

Eo el folio dematrícula se observa

KR18A12553 anolación 19 del 10-1 15/12/2014 AP 102 AAA0106FNFZ lC 15-1-0280 24/07/2015 31/0712015 1696-2015 feb-2016

Eo el folio dematricula se observa

KR 18 A 125 53 anotacíón 17 del 10-1 15/1212014 AP 202 AAA0106FNKC lC 15-1-0280 24/07/2015 31/07/2015 1696-2015 feb-2016

Eo el folio dematricula se observaanotación 22 del 7-

3 03/03/2015 AC1161580 AAA01060EPA LC 15-3-0479 27/0712015 13/08/2015 1695-2015 ahr-2016Eo el folio dematricula se observaanotación 8 del 21-

5 05/02/2015 KR46104B14 AAA0126JATO LC 15-5-0387 28(04(2015 25/05(2015 1694-2015 abr-2017Fuente. Análisis equipo auditor

En el numeral 2 de la Circular 003 del 1 de mayo de 2015 expedida de maneraconjunta por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital y la SecretariaDistrital de Hacienda señala que "la UAECO enviará a la Dirección Oistr/tal deImpuestos de Bogotá de la Secretaria Oistr/tal de Hacienda el listado de predios de lasresoluciones que liquidan el efecto plusvalia dentro de la semana siguiente a la.publicación de esta circular, de igual forma deberá remitir en medio magnético los listadosque se generen por la expedición de nuevas resoluciones una vez dichos actosadministrativos se encuentren en firme".

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oCONTRALORiA--[)[ I\OGOTÁ. l1.C:'

"Una Contra/oria afiada con Bogotá"Igualmente, el artículo 6 de las Resoluciones 1694, 1695, 1696, 1697 Y 1698 del24 de julio de 2015 señala que "remítase copia del presente acto administrativo, unavez se encuentre en firme, a la Secretaria Oistrital de Planeación - SOP -, a la respectivaOficina de Registro de Instrumentos de Bogotá para su inscripción en el folio de matriculainmobílíaria de los inmuebles identificados en el cuadro anexo (. ..)"

Teniendo en cuenta lo anterior, se observa que presuntamente no se remitió enoportunidad la información relacionada con los predios que causaron plusvaliapara su correspondiente registro en la Matrícula inmobiliaria, generando unaposible causa disciplinable para la Unidad Administrativa Especial de CatastroDistrital y la Secretaría Distrital de Hacienda, situación que se comunicará a lasDirecciones cuyos sujetos de control tienen a cargo estas entidades en laContraloría de Bogotá, para su respectiva verificación.

De conformidad con la información aportada y el análisis efectuado por el equipoauditor se adelantaron las siguientes observaciones:

3.1 Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria por la noexigencia del pago del efecto plusvalía a predios que se encontraban gravados enel momento de la expedición de la Licencia de Construcción.

Curaduría Urbana No. 1

La Curaduria Urbana No. 1 recibió el 15 de abril de 2015, solicitud de Licencia deConstrucción para el predio identificado con CHIP AAA0102JWHY y Matrículainmobiliaria 050N686081, localizado en la AK 9 104 A 07 de la Localidad deUsaquén. El 4 de febrero de 2016, el Curador expide la Licencia de Construcción através del acto administrativo LC 16-1-0030, la cual queda en firme el 3 de marzode 2016.

Teniendo en cuenta la competencia asignada en el Decreto 020 del 2011, en lacual establece que la Unidad Administrativa Especial de Catastro Dístrital lecompete el cálculo y la expedición del acto administrativo del efecto plusvalía,dicha entidad a través de la resolución 1695 del 24 de julio de 2015 " líquida elefecto plusvalia por capacidad predial causado en las zonas o subzonas que hacen partedel tratamiento de renovación urbana, conforme al Decreto 562 de 2014 ycorrespondientes a las zonas geoeconómicas No. 22, 23, 24, 25, 26, 29 Y 30, sedetermina el momento de la participación en plusvalia y se dictan otras disposiciones".(Subrayado fuera de texto.)

Este Ente de Control dentro del análisis efectuado encontró que el predioidentificado con CHIP AAA0102JWHY fue liquidado con este gravamen. Aunado a

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"Una Contra/oria aliada con Bogotá"lo anterior, se verificó el respectivo Certificado de Libertad y Tradición delinmueble, donde se encontró que en la anotación 19 del 2 de febrero de 2016, sedispusó lo siguiente:

"ANOTACION: Nro 19 Fecha: 02-02-2016 Radicación: 2016-6325Doc: OFICIO EE4229 del 2016-01-29 00:00:00 UNIDAD ADMINISTRATIVA DECATASTRO DISTRITAL de BOGOTA D. C. VALOR ACTO: $ESPECIFICACION: 0214 LlQUIDACION DEL EFECTO PLUS VAllARESOLUCIONES 1695, 1696, 1697, Y 1698 DE 2015 (LlQUIDACION DELEFECTO PLUSVALM)PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL ACTO (X-Titular de derecho real dedominio, 1-Titular de dominio incompleto)DE: UNIDAD ADMINISTRA TIVA DE CATASTRO DISTRITAL"

De conformidad con lo expuesto en el articulo 2.2.5.1.7 del Decreto 1077 de 2015,se establece que "para la expedición de licencias de urbanización o construcción y susmodalidades, tratándose de inmuebles beneficiados por el efecto de plusvalía, lasautoridades competentes solo podrán expedir los respectivos actos administrativoscuando. el interesado demuestre el pago de la participación en la plusvaliacorrespondiente al área autorizada". Teniendo en cuenta lo anterior, el Curador en elmomento de expedir la Licencia debió realizar la respectiva verificación y exigir elpago de la participación de plusvalia que se encontraba liquidada por Catastro einscrita en el folio de matricula inmobiliaria, situación que genera omisión por partedel Curador en la verificación de los requisitos previos a la expedición de laLicencia.

Curaduria Urbana No. 5

La Curaduria Urbana No. 5 recibió el 22 de diciembre de 2015 solicitud deLicencia de Construcción para el predio identificado con CHIP AAA0098NPZE yMatrícula inmobiliaria 50C581719, localizado en la KR 16 A 86 A 79 de laLocalidad de Chapinero. El 1 de Agosto de 2016, el Curador expide la Licencia deConstrucción a través del acto administrativo LC 16-5-0399, la cual queda en firmeel16 de septiembre de 2016.

Teniendo en cuenta la competencia asignada en el Decreto 020 del 2011, en lacual establece que la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital lecompete el cálculo y la expedición del acto administrativo del efecto plusvalia,dicha entidad a través de la resolución 1698 del 24 de julio de 2015 "liquida elefecto plusvalía por capacidad predial causado en las zonas o subzonas que hacen partedel tratamiento de renovación urbana, conforme al Decreto 562 de 2014 Ycorrespondientes a las zonas geoeconómicas No. 43, 46, 47, 49, 50, 6 Y 7, se determina

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"UnaContraloríaaliadacon Bogotá"el momento de la participación en plusvalia y se dictan otras disposiciones". (Subrayadofuera de texto.)

Este Ente de Control dentro del análisis efectuado encontró que el predioidentificado con CHIP AAA0098NPZE fue liquidado con este gravamen. Aunado alo anterior, se verificó el respectivo Certificado de Libertad y Tradición delinmueble, donde se encontró que en la anotación 8 del 19 de abril de 2016dispusó lo siguiente:

ANOTACION: Nro. 8 Fecha: 19-04-2016 Radicación: 2016-28738Doc: OFICIO EE14347 del 2016-03-23 00:00:00 SECRETARIA DISTRITAL DEHACIENDA de BOGOTA D. C. VALOR ACTO: $ESPECIFICACION: 0214 LlQUIDACION DEL EFECTO PLUS VALlARESOLUCIONES 1694, 1696, 1697 Y 1698 DE 24-07-2015. ESTE Y OTROS(LlQUIDACION DEL EFECTO PLUS VALlA)PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL ACTO (X-Titular de derecho real dedominio. 1-Titular de dominio incompleto)DE: UNIDAD ADMINISTRA TIVA ESPECIAL CA TASTRO DISTRITAL

Teniendo en cuenta lo anterior, el Curador en el momento de expedir la Licenciadebió realizar la respectiva verificación y exigir el pago de la participación deplusvalía que se encontraba liquidada por Catastro e inscrita en el folio dematrícula inmobiliaria, situación que genera omisión por parte del Curador en laverificación de los requisitos previos a la expedición de la Licencia.

De las situaciones fácticas presentadas, y de conformidad con lo señalado através del oficio No. 1-2018-00970 del 18 de enero de 2018, en el cual laSecretaria Distrital de Hacienda señala que la participación en plusvalías para serexigible requiere de una serie de actos administrativos, entre los que se encuentra:"c) Que se liquide el efecto de plusvalia en la fonna prevista en la Ley 388 de 1997"situación que se presenta en los casos señalados, donde a través de lasResoluciones 1695 y 1698 de 2015, se encontraba la liquidación del efectoplusvalía para dichos predios y fueron registrados en los Folios de MatrículaInmobiliaria.

Dicha omisión en la verificación del pago del efecto plusvalía genera comoconsecuencia que dichos recursos no entren al patrimonio público y no puedandestinarse a los fines dispuestos en el artículo 85 de la Ley 388 de 1997.

Ahora bien, este Ente de Control no puede determinar que con la omlSlonpresentada por las Curadurías Urbanas No. 1 y 5, se presente detrimentopatrimonial, debido a que el parágrafo 3 del artículo 181 de la Ley 019 de 2011,

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oCONTRAlORÍA. DEROGOTÁ. D,C.

"Una Contra/oría aliada con Bogotá"dispone: "Parágrafo 3. Si por cualquier causa no se efectúa el pago de la participación enlas situaciones previstas en este articulo, el cobro de la misma se hará exigible cuandoocurra cualquiera de las restantes situaciones aqui previstas."

Sin embargo, dicha estipulación normativa no exonera a los Curadores Urbanosde la responsabilidad de verificación de los requisitos previos para la expediciónde las Licencias de Construcción, pues como lo dispone el articulo 2.2.5.1.7 delDecreto 1077 de 2015 "para la expedición de licencias de urbanización o construcción ysus modalidades, tratándose de inmuebles beneficiados por el efecto de plusvalia, lasautoridades competentes solo podrán expedir los respectivos actos administrativoscuando el interesado demuestre el pago de la participación en la plusvaliacorrespondiente al área autorizada". (Subrayado fuera del texto)

De igual forma, en el articulo 2.2.6.6.8.2 del Decreto 1077 de 2015, establece que"el pago de los impuestos, gravámenes, tasas y contribuciones asociados a la expediciónde licencias, será independiente del pago de las expensas por los trámites ante el curadorurbano. Cuando los trámites ante los curadores urbanos causen impuestos, gravámenes,tasas. participaciones o contribuciones, los curadores sólo podrán expedir la licenciacuando el interesado demuestre la cancelación de las correspondientes obligaciones.para lo cual contará con un ténnino de treinta (30) dias hábiles. contados a partir delreguerimiento de aportar los comprobantes de pago por tales conceptos (. . .JPARAGRAFO 1. Sin perjuicio de la responsabilidad disciplinaria a que haya lugar por elincumplimiento de lo dispuesto en el presente articulo, el curador urbano solamente debeverificar que el contribuyente acredite el pago de las obligaciones tributarias que secausen con ocasión de la expedición de la licencia". Subrayado fuera de texto.

Asi mismo, en el artículo 15 del Decreto Distrital 020 del 19 de enero de 2011,dispone "acreditación del pago. De conformidad con lo establecido en el articulo 117 delDecreto Nacional 1469 de 2010, los curadores urbanos sólo podrán expedir licenciascuando el interesado demuestre el pago de la participación en plusvalia. De acuerdo conlo establecido en el articulo 81 de la Ley 388 de 1997,para que puedan registrarse actosde transferencia del dominio sobre inmuebles deberá acreditarse el pago de laparticipación en plusvalia"

Lo anteriormente descrito, conlleva al incumplimiento del articulo 82 de laConstitución Política, articulo 15 del Decreto Distrital 020 de 2011, artículos2.2.6.6.8.2 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1077 de 2015. Lo señalado anteriormente,puede estar incurso en las causales disciplinables establecidas en la Ley 734 de2002.

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oCONTRALORiA~ DI: 1I0GOTÁ. iI""C:

"Una Contraloría aliada con Bogotá"

Análisis de la Respuesta de la Administración

Se recibieron las siguientes respuestas en virtud del informe preliminar:

• Curaduría No. 1: Comunicación 1-2018-01880 del 31 de enero de 2018

• Curaduría No. 2. Comunicación 1-2018-01840 del 30 de enero de 2018

• Curaduría No. 3.: No se pronunció

• Curaduría No. 4: Comunicación 1-2018-01870 del 30 de enero de 2018

• Curaduria No. 5: Comunicación 1-2018-01862 del 30 de enero de 2018

• Secretaria Distrital de Planeación: Comunicación 1-2018-01876 del 31 deenero de 2018

En relación con las respuestas radicadas y una vez analizadas por el EquipoAuditor, este ente de control se pronuncia en los siguientes términos:

Curaduria No. 1 y 5.

Teniendo en cuenta las respuestas dadas por estas Curadurías, no desvirtúan loshechos objeto de la observación presentada en el informe preliminar, dado que enambos casos se informa que las Licencias de Construcción fueron expedidas porsus antecesores.

Curaduría No. 4.

Frente a la observación que realizan del cuadro No. 3, relacionada con la LicenciaNo. LC 15-5-0780, ejecutoriada el 10 de noviembre de 2015, otorgada para lospredios ubicado en la KR 14 91 91 AP 302 Y 402, donde se solicita que semodifique la Curaduría Urbana a la No. 5 dado que en el informe se reporta quepertenece a la Curaduria No. 4. No es pertinente realizar el cambio, dado que lainformación de la Curaduría fue reportada por la página web www.sdp.gov.co.donde se publica el "Registro Local de Obras de Carácter Público y Privado en BogotáD.C."

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oCONTRAlORiADE [.OGOTA. D.e

"Una Contra/oria aliada con Bogotá"------ ------- ------- - ---Secretaria Distrital de Planeación

La entidad argumenta que la información suministrada a este Ente de Control, seconsolidó con fundamento en lo señalado en el articulo 4 del Decreto 079 de 2016y que una vez recibida por las diferentes Curadurias, esta entidad procedió acompilarla en un cuadro Excel. Igualmente señalan que en relación con lainformación publicada en la página web, corresponde a reportes digitalesmensuales enviados por los Curadores Urbanos, los cuales no implican el envíode archivo físico e involucran únicamente los trámites ejecutoriados. Por loanterior, la Secretaría Distrital de Planeación señala que son dos tipos deinformación diferentes por cuanto la que enviaron a este Ente de Controlcorrespondió a la recaudada en el marco de lo ordenado en el articuloanteriormente señalado.

Aunado a lo anterior, adjunta en medio magnético base de datos en Excel con lainformación de los predios que fueron objeto de licenciamiento en el marco delDecreto 562 de 2014. Una vez revisado el respectivo archivo, este Ente de Controlobserva que la base de datos difiere de la entregada mediante comunicación 2-2018-00396 del 17 de enero de 2018, dado que ya incluye los reportes de lasCuradurías 1 y 2, a pesar de que se refiere a la misma información.

Por los anteriores argumentos y al considerar que la respuesta presentada, nodesvirtúa lo evidenciado, la observación queda en firme y se configura comohallazgo administrativo con presunta Incidencia Disciplinaria, la cual deberá formarparte del Plan de Mejoramiento a suscribirse y se dará traslado a la ProcuraduríaGeneral de la Nación para lo de su competencia.

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oCONTRALORíA~OGüTÁ, O,e.

"Una Con/ra/oría aliada con Bogotá"

ANEXO No. 1. CUADRO DE TIPIFICACiÓN DE HALLAZGOS

TIPO DE HALLAZGO CANTIDAD VALOR REFERENCIACIÓN(En pesos)

1. ADMINISTRATIVOS 1 N.A 3.1

2. DISCIPLINARIOS 1 N.A 3.1

3. PENALES O N.A-

4. FISCALES O N.A

NA No aplica.

23W'I'NoI. contral aria bog ata. gov. ca

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