manual de normas y procedimientos poligono central adn santo domingo

Upload: madelline-castillo-ceballo

Post on 15-Oct-2015

487 views

Category:

Documents


20 download

DESCRIPTION

Manual de Normas y Procedimientos Poligono Central del Ayuntamiento del Distrito Nacional en Santo Domingo.

TRANSCRIPT

  • Ayuntamiento del Distrito Nacional(ADN)

    MANUAL DE NORMAS YPROCEDIMIENTOS

    Direccin General de Planeamiento Urbano(DGPU)

  • - 2 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    Lic. Esmrito Salcedo GavilnSndico del Distrito Nacional

    Arq. Alma FernndezVicesndica del Distrito Nacional

    Arq. Andrs Navarro GarcaDirector General de Planeamiento Urbano

    Consultores en Inventario y Sistematizacinde Procedimientos y Normas:Lic. Csar PrezArq. Magali Caba

    Sntesis para la publicacin:Arq. Esther Morillo

    Colaboracin:Arq. Edmundo Garca, Arq. Rubn Minaya,Ing. Vctor Martnez, Ing. Rosa Gmez,Ing. Pedro Pichardo, Lic. Franklin De Len.

    Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN)Santo Domingo de Guzmn, D.N., Repblica DominicanaMayo 2004

    Esta publicacin ha sido auspiciada por el Programade Apoyo a la Reforma y Modernizacin del Estado-PARME-

  • - 3 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    INDICE

    INTRODUCCIN ....................................................... 5

    GLOSARIO ................................................................... 7

    DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIN

    GENERAL DE PLANEAMIENTO URBANO. ....... 9

    PROCEDIMIENTOS EN LA DGPU ...................... 17

    NOTAS GENERALES ............................................... 33

    ANEXOS ..................................................................... 35

    Resolucin 28/66 sobre Gasolineras

    Resolucin 104/67 sobre Plantas de GLP

    Resolucin 008/70 sobre Gasolineras

    Resolucin 008/90 sobre altura y retiros en edificaciones

    Resolucin 94/98 sobre el Polgono Central

    Listado de leyes relacionadas con la DGPU

    Plano del Distrito Nacional

  • - 4 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

  • - 5 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    El Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN), bajola conduccin del seor Sndico Roberto Salcedo, hadado gran importancia a la difusin y socializacin desus planes y actuaciones frente a los muncipes. En estesentido, la Direccin General de Planeamiento Urbano(DGPU) inici un proceso de recuperacin y sistemati-zacin del marco normativo y organizacional de su ac-cionar.

    Esta lnea de trabajo apunta a superar las grandeslimitaciones que en materia de informacin posea laDGPU, facilitando que los usuarios de sus servicios pue-dan conocer y entender los procedimientos de tramita-cin, los criterios y normas para el otorgamiento de per-misos, y las leyes que amparan el ejercicio de sus com-petencias.

    Gracias a las gestiones de la Direccin de Moderni-zacin del Ayuntamiento y al auspicio del Programa deApoyo a la Reforma y Modernizacin del Estado(PARME), fue posible contar con el trabajo de los Con-sultores Lic. Csar Prez y la Arq. Magali Caba para elinventario y sistematizacin de toda la informacin per-tinente. Paralelamente a este proceso, fue posible desa-rrollar tambin dos talleres de socializacin con el per-sonal tcnico sobre los nuevos procedimientos de opera-cin en los diversos departamentos que componen laDGPU. Estas actividades fueron organizadas y condu-cidas por los Consultores Lic. Francisco Cceres y Lic.Julio Santana.

    INTRODUCCIN

  • - 6 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    Como resultado de ambos proceso, hoy contamoscon dos documentos que encierran todo el accionar dela DGPU, los cuales servirn de insumo bsico para laformulacin del nuevo Sistema Municipal dePlaneamiento Urbano (SIMPLUR). Dicho sistema revo-lucionar el quehacer de la DGPU y permitir a losmuncipes contar con un Ayuntamiento capaz de res-ponder a plenitud a sus necesidades de reglas y proce-dimientos urbansticos claros y eficientes.

    El presente documento es una sntesis de la informa-cin bsica sistematizada, con el cual la ciudadana, yen especial los usuarios frecuentes de los servicios de laDGPU, contar con una gua operativa para conocerlas funciones, los procedimientos, y las principales re-gulaciones del planeamiento urbano en el Distrito Na-cional. Es un primer resultado de la poltica de difusiny socializacin de la labor de la DGPU.

    El contenido de esta publicacin se ir transforman-do en la medida que avancen los procesos de reforma ymodernizacin de la DGPU, sin embargo la importan-cia y validez de difundirlo hoy en da radica en la apre-miante necesidad de orientacin e informacin que po-seen los usuarios de nuestros servicios. Esperamos, pues,que este instrumento represente un paso de avance ennuestro esfuerzo de abrir el Ayuntamiento a la ciuda-dana.

    Arq. Andrs Navarro GarcaDirector General de Planeamiento Urbano, Febrero 2004.

  • - 7 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    Distrito NacionalEs una entidad territorial poltico administrativa

    nica en la Repblica Dominicana, establecida por laConstitucin y regulada por diversas leyes relativas alorden municipal. En el Distrito Nacional se asienta lacapital dominicana, Santo Domingo de Guzmn; cuen-ta con un gobierno municipal o Ayuntamiento y conun Senador y varios Diputados al Congreso Nacional.Con la ley 163 del 2001 la superficie del Distrito Nacio-nal fue reducida a unos 104 kilmetros cuadrados,quedando rodeado por la provincia de Santo Domin-go.

    Planeamiento UrbanoEs la disciplina dedicada a la proyeccin del desa-

    rrollo territorial de los asentamientos humanos median-te el estudio de sus problemas y dinmicas, la formula-cin de polticas, estrategias, planes, programas, proyec-tos y normas, y el establecimiento de mecanismos decontrol y fiscalizacin de la actuacin de los diferentesagentes.

    Uso de SueloEs la funcin o conjunto de actividades que se reali-

    zan en el territorio, ya sea en un sitio o en una edifica-cin. Los usos de suelo pueden ser clasificado por cate-goras tales como: residencial, comercial, industrial, ins-titucional, mixto, servicios, etc.

    GLOSARIO

  • - 8 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    Retiro a LinderoEs la distancia que debe guardar toda edificacin

    hacia los diferentes lmites (o linderos) que definen elsolar o lote en el cual se ubica. En tal sentido los retirospueden ser: Frontal (cuando est referido al lindero quecolinda con la va pblica), Lateral (respecto a los linde-ros que colindan con las propiedades a ambos lados delsolar), y Posterior (respecto al lindero que colinda con lapropiedad posterior.

    Densidad de PoblacinEs la relacin existente entre el nmero de habitan-

    tes y la extensin superficial del terreno ocupado por losmismos. Se puede hablar de densidad bruta cuando nosreferimos a una zona determinada, incluyendo tanto lossolares particulares como a las vas, reas verdes, y otroslugares de dominio pblico. Por otro lado se puede ha-blar de densidad neta al referirnos a la existente al inte-rior de un solar o lote determinado.

    Normas UrbansticasSon criterios y parmetros fsicos espaciales y fun-

    cionales que permiten regular el comportamiento y lascaractersticas de los diversos elementos de la estructu-ra urbana. En materia de planeamiento urbano las nor-mas urbansticas ms comunes estn referidas a especi-ficaciones de usos de suelo, edificaciones y lugares dedominio pblico como vas, plazas, y reas verdes.

  • - 9 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    Direccin

    Conforme a la ley 6232 de 1963 que crea las oficinaso divisiones de planeamiento urbano en los ayuntamien-tos, el director de planeamiento urbano debe ser un Ar-quitecto especializado en Urbanismo o rama relaciona-da. La funcin del director consiste en coordinar el buendesempeo de todos los departamentos que conformala Direccin de Planeamiento Urbano para cumplir conlas atribuciones que establece la ley, siendo el funciona-rio encargado de firmar los diferentes certificados deaprobacin de usos de suelo y edificaciones.

    Le corresponde al director emitir las certificacionesrelacionadas con las funciones de la Direccin dePlaneamiento Urbano respondiendo a solicitudes departiculares, instituciones estatales, y de otras de ins-tancias del propio ayuntamiento. El director debe man-tener informada a la Sindicatura sobre el desempeo dela oficina y sobre los procesos que gestiona. Coordinacon los dems directores del ayuntamiento las accionesque deban realizarse conjuntamente, en especial con elConsultor Jurdico, el Director de Ingresos Municipalesy el Director de Infraestructura Municipal.

    La direccin cuenta con el apoyo de un rea admi-nistrativa que se encarga de los asuntos de personal yde logstica interna, y un rea de secretara que maneja

    DEPENDENCIAS DE LADIRECCIN GENERAL DEPLANEAMIENTO URBANO.Sus Funciones.

  • - 10 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    los asuntos de agenda, comunicacin, archivo y recep-cin.

    Departamento de Tramitacin de Proyectos

    En este Departamento se inicia el proceso de trami-tacin de todo proyecto que ingrese a la DGPU. Aqu seorienta al solicitante sobre la documentacin requeriday se le proporciona los formularios necesarios para larealizacin de los pagos que debe anexar.

    En el departamento de Tramitacin se registra elproyecto, dando un cdigo al expediente que el solici-tante debe retener para darle seguimiento. Los primerosnmeros corresponden al orden en que se han recibidolos proyectos, un guin y luego el nmero terminal delao en que se tramita.

    Departamento de Control Urbano

    El Departamento de Control Urbano tiene la respon-sabilidad de velar por la adecuada aplicacin del uso desuelo y el respeto a las especificaciones aprobadas a edi-ficaciones. Para el ejercicio de esta funcin debe realizarinspecciones de campo para levantar la situacin de unazona, un solar o una edificacin.

    Las inspecciones pueden responder al proceso detramitacin de un uso de suelo o de un proyecto, alrequerimiento de un tribunal municipal, a una denun-cia de violacin o a las jornadas ordinarias de supervi-sin. Una de las funciones ms importantes del depar-tamento es la administracin de conflictos, pues a tra-vs de las notificaciones se citan a las partes para ven-tilar el problema y a la luz de las leyes y normativasagotar una primera fase de acuerdos. La mayor partede los conflictos pueden ser resueltos entre las partesen esta instancia.

  • - 11 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    Al momento de solicitar la aprobacin de Uso deSuelo o de No Objecin a un proyecto, este Departa-mento realiza un Reporte de Inspeccin donde se des-cribe la zona y el lugar en el que se ejecutar la nuevaedificacin. Se especifican adems en esa inspeccin losdatos generales de la obra y si est iniciada o no; gradode ejecucin; usos colindantes, altura de edificacionescolindantes, entre otros datos.

    Departamento de Urbanismo

    El departamento de Urbanismo tiene la responsabili-dad de verifica en los proyectos sometidos, lo siguiente:

    a. Densidad de poblacin en el proyecto, que se clasi-fican en densidades baja, media y alta. Est deter-minada segn una zonificacin del territorio del Dis-trito Nacional.

    b. Uso de Suelo, segn las normativas y criterios de laDGPU

    c. Retiros a linderos, segn las zonas reguladas o sinregulacin. Para las zonas sin regulacin especficase aplica la resolucin municipal 8-90. Existen zonascomo la Ciudad Colonial, Ciudad Nueva y barriostradicionales en las cuales predominan retiros de 0.00mts. o menores a los establecidos en la citada resolu-cin 8-90; en estos caso se observa la inspeccin reali-zada y se toma como parmetro el predominio de loexistente en el lugar, justificando su aprobacin enlos criterios de ventilacin, iluminacin y seguridad

    d. Estacionamientos, segn los criterios establecidos enla ley 687 y su reglamento 1661, modificado o susti-tuido por 346-98. Se considera adems el reglamentoM-002 del Departamento de Normas, Reglamentos ySistemas de la SEOPC, que est ratificado por la reso-lucin 15-87 emitida por la Sala Capitular del ADN.

  • - 12 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    Este Departamento estudia los casos y da sus reco-mendaciones de acuerdo a los siguientes criterios:

    b) Si el proyecto presentado est ubicado en zona conregulacin especfica o no.

    c) Si el proyecto presentado est ubicado en una varegulada, por las resoluciones 8-90, 35-79, 71-95, etc.

    d) Si el proyecto presentado se encuentra en una zonao va en proceso de regulacin.

    e) Si el proyecto presentado se encuentra en zonas ovas sin regulacin.

    En los tres primeros casos se aplican las normativasvigentes o en proceso de reglamentarse. En el ltimo casose considera la informacin presentada en el informe deinspeccin realizado.

    El departamento de Urbanismo considerar tambinen su estudio para el otorgamiento de la No Objecin alanteproyecto presentado, la gua metodolgica y el es-tudio de impacto ambiental al que deben ser sometidosla mayor parte de los anteproyectos en el ADN, segnla categora y tipologa de edificacin a la que estos per-tenezcan.

    En este punto deben considerarse las propuestas desoluciones para el manejo de los sistemas de agua pota-ble, aguas negras, disposicin de basuras, grasas y acei-tes, ruidos, calidad del aire, degradacin del suelo,biodiversidad.

    Departamento de Tasacin

    Este departamento realiza las tasaciones de los dife-rentes proyectos para determinar los valores que debenser facturados para el correspondiente pago en la teso-rera del ADN. Este procedimiento est orientado por laresolucin municipal que establece las tasas municipa-

  • - 13 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    les a edificaciones conforme a la magnitud de la obra ya la tipologa que corresponda.

    El departamento cuenta con la Unidad de Catastroencargada de verifica la situacin legal de la urbaniza-cin en la cual estar ubicado el proyecto, la regularidaddel ttulo y la validez de los documentos catastrales. Enlos casos necesarios la unidad realiza las inspecciones delugar para el buen cumplimiento de sus funciones.

    Departamento de Proyectos Extraordinarios

    El Departamento de Proyectos Extraordinarios es-tudia los casos relativos a Envasadoras de Gas, Estacio-nes de combustible y Urbanizaciones. En el proceso detramitacin presenta sus recomendaciones de acuerdoa los siguientes criterios:

    f) Si el proyecto corresponde a un Estacin de com-bustible se verifican la Ley 317-72 y las resoluciones28-66, 1-88 y 2-92.

    g) Si se trata de una Envasadora de Gas se verifica laResolucin 104-67.

    h) Si se trata de una Urbanizacin se verifica la Ley675 Sobre Urbanizacin y Ornato Publico y sus mo-dificaciones.

    i) Si el proyecto presentado est ubicado en zona conregulacin especfica o no.

    j) Si el proyecto presentado est ubicado en una varegulada, por las resoluciones 8-90, 35-79, 71-95,

    k) Si el proyecto presentado se encuentra en una zonao va en proceso de regulacin.

    l) Si el proyecto presentado se encuentra en zonas ovas sin regulacin

    Este departamento tambin verifica en los proyectosextraordinarios sometidos lo siguiente:

  • - 14 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    Densidad de poblacin en el sector. Uso de Suelo, segn las normativas y criterios

    de la DGPU Retiros a linderos, segn las normativas esta-

    blecidas en la Ley y las resoluciones segn el tipode proyecto.

    Estacionamientos, segn los criterios estableci-dos en la ley 687 y su reglamento 1661, modifi-cado o sustituido por 346-98. Se considera ade-ms el reglamento M-002 del Departamento deNormas, Reglamentos y Sistemas de la SEOPC,que est ratificado por la resolucin 15-87 emiti-da por la Sala Capitular del ADN. Adems delas condiciones propuestas por las resolucionesy la ley especfica considerada para el tipo deproyecto.

    El Departamento de Proyectos Extraordinarios con-siderar tambin para el otorgamiento de la No Obje-cin al proyecto presentado, el estudio, anlisis y pon-deracin de impacto ambiental al que deben ser someti-dos este tipo de proyectos en el ADN.

    Oficina del Plan Director Urbano (OPDU)

    Es el rea de planificacin y diseo de la DGPU. Aquse elaboran los planes y normativas urbanas que regu-lan el Distrito Nacional y se preparan los diseos de pro-yectos urbanos requeridos por la sindicatura. En estedepartamento se realizan los estudios urbanos necesa-rios para mantener actualizada la informacin sobre lasdiversas zonas del territorio.

    Cuenta con tres unidades, Unidad de Diseo, Uni-dad de Gestin y Unidad de Estudios. Cada una deestas reas realiza funciones especializadas de una for-ma articulada en el marco de la planificacin urbana.

  • - 15 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    Por otra parte, la oficina juega un papel de depuracinde los proyectos que son sometido en el proceso de tra-mitacin para zonas consideradas especiales por laDGPU. En esta situacin se encuentra el polgono deGazcue, para el cual el proceso de tramitacin de unproyecto inicia por la OPDU.

  • - 16 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    Estructura Direccin General del Planeamiento Urbano

    Direccin General

    Oficina Plan Director

    Tramitacin

    Tasacin (Ud. Catastro)

    Urbanismo

    Control Urbano

    Proy. Extraordinarios

  • - 17 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    I. Certificado de Uso de Suelo:

    1. Objetivo del Procedimiento

    El objetivo es autorizar al solicitante a realizar acti-vidades en una edificacin dada en un lugar especficode la ciudad conforme a las regulaciones y criterios es-tablecidos.

    2. Requerimientos: Documentos y Formularios

    Se deben entregar al departamento de Tramitacinlo siguiente:

    Ttulo de Propiedad, copia de ambos lados. Si tie-ne gravamen traer adems carta de No Objecinde la entidad financiera

    Plano de Mensura Catastral (copia), aprobadopor la Direccin General de Mensura Catastral

    Carta de Solicitud dirigida al Director de la DGPU Plano de Localizacin del Proyecto Recibo de Uso de Suelo Sellos de Rentas Internas Se debe solicitar una Inspeccin al momento de

    depositar esta documentacin. Todos estos do-cumentos deben ser presentados en un flder.

    PROCEDIMIENTOS EN LA DGPU

  • - 18 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    II. Certificado de No Objecin

    Objetivo del ProcedimientoEl Objetivo de este procedimiento es establecer las

    especificaciones definitivas que son aprobadas al pro-yecto presentado respecto a la altura, densidad, uso desuelo, retiros a linderos y requerimientos especiales con-forme a su naturaleza, ubicacin y dimensin. Para ob-tener este certificado es necesario acompaar la solici-tud con:

    El Anteproyecto El Proyecto definitivo.

    El departamento de Tramitacin registra el proyec-to con un nmero de expediente compuesto por dos gru-pos de cifras separadas por un guin. El primer grupoindica el orden de sometimiento del expediente, y el se-gundo grupo indica los terminales del ao correspon-diente. Ejemplo: 532 03.

    Requerimientos: Documentos y Formularios para NoObjecin en Anteproyectos

    Se debe entregar al departamento de Tramitacinlo siguiente:

    Ttulo de Propiedad Original y copia de ambos la-dos. Si tiene gravamen traer adems carta de No Ob-jecin de la entidad financiera. El original slo espara presentarlo.

    Plano de Mensura Catastral (copia), Aprobado porla Direccin General de Mensura Catastral

    Carta de Solicitud dirigida al Director de la DGPU Recibo de Uso de Suelo, (lo haya tramitado o no) Recibo de No Objecin,

  • - 19 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    Juegos de Planos Arquitectnicos en formato17"x22", encuadernado 8.5" x 11"en carpeta verdeclaro con lo siguiente:

    a. Plano de Localizacin y Ubicacin indicando retirosa linderos

    b. Plantas arquitectnicas dimensionadasc. 2 Elevacionesd. 2 Secciones

    Requerimientos: Documentos y Formularios para NoObjecin en Proyectos Definitivos

    Se deben entregar al departamento de Tramitacinlo siguiente:

    Ttulo de Propiedad Original y copia de ambos la-dos. Si tiene gravamen traer adems carta de No Ob-jecin de la entidad financiera. El original slo espara presentarlo.

    Plano de Mensura Catastral (copia), Aprobado porla Direccin General de Mensura Catastral

    Carta de Solicitud dirigida al Director de la DGPU Recibo de Uso de Suelo, (lo haya tramitado o no) Recibo de No Objecin, Formulario F-3, Cuatro (4) Juegos de Planos Completos con la infor-

    macin siguiente:

    a. Plano de Localizacin y Ubicacin indicando retirosa linderos

    b. Plantas arquitectnicas dimensionadasc. Planos Tcnicos: Estructurales, Elctricos y Sanita-

    rios, segn reglamentacionesd. 4 Elevacionese. 2 Secciones

  • - 20 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    f. 1 Juego de los planos arquitectnicos, reducidos a unformato 11"x17" y encuadernado en 8.5" x11", car-peta azul claro

    Se debe solicitar una Inspeccin al momento de de-positar esta documentacin.

    Los 4 juegos de planos, luego de otorgada la no obje-cin y despus del pago de la tasacin, son sellados yfirmados por el Director para ser presentado en la Di-reccin de Edificaciones de la Secretara de Estado deObras Pblicas y Comunicaciones (SEOPC), donde seobtiene la Licencia de Construccin. La DGPU retienepara archivo el juego de planos encarpetados descritoen el ltimo apartado (f).

    III. Uso de suelo y No Objecin en el Polgono deGazcue

    Para proyectos localizados en Gazcue, el solicitantedebe presentar la documentacin requerida en la Ofici-na del Plan Director Urbano de la DGPU, donde se ini-cia el proceso. Se debe presentar 2 copias del expedien-te encuadernadas en formato 81/2 x 11.

    En esta dependencia se realiza la inspeccin corres-pondiente. El inspector de la Oficina del Plan Director re-mite el reporte de inspeccin al encargado para su evalua-cin, quien expide al interesado una comunicacin infor-mndole los resultados de la misma. Si la misma es positi-va se enva al departamento de Tramitacin de la DGPU,para continuar con el proceso ordinario de tramitacin.

    IV. Uso de suelo y No Objecin en la CiudadColonial.

    Los permisos solicitados para proyectos en la ciu-dad colonial tienen como requerimiento indispensable

  • - 21 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    una certificacin de no objecin otorgada por la Direc-cin Nacional de Patrimonio Monumental, con lo cualpodr iniciar el proceso de tramitacin ordinario.

    V. No Objecin a Remodelaciones y Anexos

    El Certificado de No Objecin se refiere bsicamentea los retiros o linderos solicitados para el Anexo que seconstruye o que se interviene. El objetivo es autorizar alsolicitante a retirar la distancia adecuada de la calle ofrente de la edificacin y de las colindancias, es decir,retiros laterales y posteriores. Esto, realizado en acuer-do a las normativas vigentes en un lugar especfico dela ciudad. Los conceptos de remodelacin y anexo sloson vlido para aquellas edificaciones que necesariamen-te posean Licencia de Construccin, por tanto para ob-tener este certificado es necesario acompaar la solici-tud con la Licencia de Construccin que posea la edifi-cacin a la que se realiza el anexo.

    Requerimientos: Documentos y Formularios

    Se deben entregar al departamento de Tramitacinlo siguiente:

    Ttulo de Propiedad Original y copia de ambos la-dos. Si tiene gravamen traer adems carta de No Ob-jecin de la entidad financiera

    Plano de Mensura Catastral (copia), Aprobado porla Direccin General de Mensura Catastral

    Juego de Planos sellados con la Licencia de Cons-truccin originalmente otorgada

    Carta de Solicitud dirigida al Director de la DGPU Recibo de Uso de Suelo (lo haya tramitado o no) Recibo de No Objecin Formulario F-3

  • - 22 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    Por lo menos 4 Juegos de Planos Completos con lainformacin siguiente:

    a. Plano de Localizacin y Ubicacin indicando retiros alinderos, sealizando el rea modificada

    b. Plantas arquitectnicas dimensionadas, referidas ydiferenciadas del proyecto existente

    c. Planos Tcnicos: Estructurales, Elctricos y Sanita-rios, propuestos referidos a los existentes

    d. 4 Elevaciones sealizando modificacine. 2 Secciones sealizando modificacinf. 1 Juego de los planos arquitectnicos, reducidos a un

    formato 11"x17" y encuadernado en 8.5" x11", car-peta azul claro

    El departamento de Tramitacin registra el proyec-to dando una letra al cdigo del expediente con que fuetramitado la obra original. Esta letra se otorga en ordenalfabtico segn la cantidad de solicitudes para anexosy nmero de remodelaciones que se realice a una edifi-cacin en particular.

    VI. Certificado de No Objecin a Verja

    El Certificado de No Objecin se refiere bsicamentea la altura y al cierre de la verja solicitada para la edifi-cacin construida o para un lote especfico. El objetivoes autorizar al solicitante a colocar un tipo de cierre enla colindancia de un terreno especfico. Esto, realizadoen acuerdo a las normativas vigentes existentes en laciudad.

    En el caso de edificaciones el concepto de verja esslo vlido para aquellas que posean Licencia de Cons-truccin, por tanto para obtener la certificacin es nece-sario acompaar la solicitud con la Licencia de Cons-truccin correspondiente.

  • - 23 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    Requerimientos: Documentos y Formularios

    Se deben entregar al departamento de Tramitacinlo siguiente:

    Ttulo de Propiedad Original y copia de ambos la-dos. Si tiene gravamen traer adems carta de No Ob-jecin de la entidad financiera

    Plano de Mensura Catastral (copia), Aprobado porla Direccin General de Mensura Catastral

    Juego de Planos sellados con la Licencia de Cons-truccin originalmente otorgada

    Carta de Solicitud dirigida al Director de la DGPU Recibo de Uso de Suelo, (lo haya tramitado o no) Sellos de Rentas Internas, Plano del diseo de verja que quiere edificarse y fo-

    tografas de la construccin existente. Solicitar inspeccin al momento de depositar la do-

    cumentacin requerida

    No Objecin en Proyecto Extraordinarios:

    VII. Envasadoras de Gas Licuado de Petrleo yEstaciones de Combustible

    Para Envasadoras de Gas

    El Permiso en este caso, se refiere al Uso de Suelo, ala seguridad y garantas que ofrece el organismo res-pecto al entorno al que sirve. El objetivo es autorizar alsolicitante a instalar el proyecto en el lugar adecuadode la ciudad, segn las normas para este tipo de esta-blecimientos y sin riesgos para la poblacin cercana ala que sirve.

  • - 24 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    Para Estaciones de Combustible

    El Certificado de No Objecin en este caso, se refiereno slo a los retiros o linderos solicitados para la edifica-cin que se construye o que se interviene, sino tambin ala seguridad y garantas que ofrece el organismo respec-to al entorno al que sirve, conforme a las normas y leyessobre el particular.

    Requerimientos: Documentos y Formularios

    Se deben entregar al departamento de Tramitacinlo siguiente:

    Ttulo de Propiedad Original y copia de ambos la-dos. Si tiene gravamen traer adems carta de NoObjecin de la entidad financiera

    Plano de Mensura Catastral (copia), Aprobado porla Direccin General de Mensura Catastral

    Carta de Solicitud de No Objecin al desarrollo delproyecto dirigida al Director de la DGPU

    Recibo de Uso de Suelo, (lo haya tramitado o no) Recibo de No Objecin, Formulario F-3, Certificacin de DIGENOR Por lo menos 5 Juegos de Planos Completos con la

    informacin siguiente:

    a. Plano de Localizacin y Ubicacin indicando retirosa linderos

    b. Plantas arquitectnicas dimensionadasc. Planos Tcnicos: Estructurales, Elctricos y Sanita-

    rios, segn reglamentacionesd. 4 Elevacionese. 2 Seccionesf. 1 Juego de los planos arquitectnicos, reducidos a un

  • - 25 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    formato 11"x17" y encuadernado en 8.5" x11", car-peta azul claro

    VIII. Urbanizaciones

    Objetivo del Procedimiento

    El Certificado de No Objecin en este caso, se refierea la configuracin y distribucin de un terreno o parce-la para seccionar en solares y reas de servicios, institu-cional y recreacin. El objetivo es autorizar al solicitantea organizar lotes y terrenos, segn las normas estableci-das para las mismas.

    Requerimientos: Documentos y Formularios

    Se deben entregar al departamento de Tramitacinlo siguiente:

    Memoria descriptiva del Proyecto Plano de zonificacin con el porcentaje (%) de cada

    una de las reas Plano de curvas de nivel de la parcela Plano de la lotificacin sobre las curvas de nivel del

    terreno Plano de lotificacin indicando reas verdes, reas

    institucionales, retiros de edificaciones a los linderos Planos de ejes y secciones de vas con detalles de

    cul-de-sac, radios de giros, longitudes de las vas enkilmetros

    Plano de las edificaciones a desarrollar Plano del entorno inmediato y posibilidades de co-

    nexin con las parcelas o proyectos colindantes Plano de instalaciones sanitarias (servicio de agua

    potable, drenaje pluvial, ubicacin de hidrantes,imbornales, etc.)

  • - 26 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    Plano de instalaciones elctricas (subestacin, pos-tes, transformadores, etc.)

    Plano de diseo de reas verdes respondiendo a lasiguiente normativa: rea bruta de entre 8,000 mts2y 20,000 mts2: 8% rea verde. rea bruta de 20,000metros cuadrados y ms: 8% rea verde y 2% de reainstitucional

    Acto notarial de donacin de reas verdes, con lassiguientes especificaciones:

    a. Cantidad de rea donada en metros cuadradosb. Ubicacin exacta del rea donada, especificando ca-

    lles, solares o parcelas colindantesc. Delimitacin de las reas verdes por callesd. Esta rea debe ser de utilidad pblica por tanto debe

    estar libre de caadas. Si se disea y se entrega elrea acondiciona es posible reducir el porcentaje derea verde de un 8% a un 6%.

    Ttulo de Propiedad Original y copia de ambos la-dos. Si tiene gravamen traer adems carta de No Ob-jecin de la entidad financiera

    Plano de Mensura Catastral (copia), Aprobado porla Direccin General de Mensura Catastral

    Carta de Solicitud de No Objecin al desarrollo delproyecto dirigida al Director de la DGPU

    Recibo de Uso de Suelo (lo haya tramitado o no) Recibo de No Objecin, Formulario F-3, Cinco ( 5) Juegos de Planos encuadernados

    4 de los 5 juegos de planos que se tramitan son des-tinado a la presentacin en las entidades del estado com-petentes, la DGPU retiene un juego de los planos encua-dernados. Se debe solicitar una Inspeccin al momentode depositar esta documentacin.

  • - 27 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    IX. Ruta de Tramitacin de los proyectos.

    1.- El solicitante presenta al Departamento de Tramita-cin de la DGPU sus documentos y requerimientosque definen cul es la tipologa del proyecto que quie-re ejecutar, sus caractersticas, densidad, capacida-des, etc. y en qu zona de la ciudad se construira. Eldepartamento lo remite a caja para hacer el pagocorrespondiente que debe anexar a la documenta-cin requerida.

    2.- Una vez completada la documentacin, el departa-mento de Tramitacin lo registra dando un nmeroal expediente y enva al Departamento de ControlUrbano para que se verifiquen los datos ofrecidosdel emplazamiento solicitado. Este Departamentorealiza un Reporte de Inspeccin donde se descri-be la zona y el lugar en el que se ejecutar la nuevaedificacin. Se especifican adems en esa inspeccinlos datos generales de la obra y si est iniciada o no.

    3.- Una vez completada la informacin el encargado delDepartamento de Control Urbano firma el Repor-te y lo devuelve a Tramitacin para su remisin ala unidad de catastro. En esta unidad se revisan losdocumentos de propiedad como los catastrales so-metidos en el expediente, y la situacin de legalidadde la urbanizacin donde se ubica el proyecto. Si noexiste ningn requerimiento sobre el particular, elexpediente es remitido al Departamento de Urba-nismo.

    4.- El Departamento de Urbanismo estudiar el caso ydar sus recomendaciones sobre las especificacionesdel proyecto acorde con la normativas y criterios vi-gentes. Si la recomendacin es positiva, se remite ala Direccin de la DGPU para su firma. De lo con-trario, puede suceder uno de los siguientes casos:

  • - 28 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    1) Se llama al interesado para aclarar dudas y llegar aun acuerdo sobre el Uso de Suelo o la No Objecinsolicitada otorgndole el permiso

    2) Negar definitivamente el permiso requerido, en cuyocaso pasa a la firma del Director de la DGPU parasu certificacin de No Aprobacin para ese tipo deproyectos en la zona planteada

    3) Si la edificacin est iniciada, y est dentro de lasnormativas generales de la DGPU y/ o de la zonasolicitada, se proceder adems a pagar sancionessegn los reglamentos establecidos

    4) Si la edificacin est iniciada, y no cumple con losrequerimientos mnimos establecidos, el interesadoproceder a modificarla segn las recomendacionesdel departamento de Urbanismo e Inspeccin. Tam-bin es susceptible de sanciones.

    5) Si la edificacin est iniciada, y no cumple con losrequerimientos mnimos establecidos para otorgar elCertificado solicitado, se proceder a paralizar la obray a someter el infractor segn las leyes y de acuerdoa las recomendaciones ofrecidas por los departamen-tos de Urbanismo y de Control Urbano.

    5.- Cuando el Proyecto recibe la aprobacin del cer-tificado de No Objecin por parte del Director,es enviado a travs del Departamento de Urba-nismo al Departamento de Tasacin para la ela-boracin de la factura con los montos a pagar entesorera. Una vez realizado el pago correspon-diente por parte del solicitante, el expediente esenviado junto con los cuatro juego de planos porel Departamento de Tramitacin al Departamentode Urbanismo, donde ser revisada la correspon-dencia entre las especificaciones aprobadas en elcertificado de No Objecin y los planos definiti-vos.

  • - 29 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    6.- Posteriormente el expediente con los juegos de pla-nos correspondientes son enviado a la Direccin paracolocar el sello de aprobacin y la firma del Direc-tor. Tanto el expediente como los planos aprobadosson remitidos al Departamento de Tramitacin, don-de se archiva el expediente y se le da salida a loscuatro juegos de planos aprobados que debern pre-sentarse en la Direccin de Edificaciones de la Se-cretara de Estado de Obras Pblicas y Comunica-ciones, con lo cual queda concluida la ruta de trami-tacin del proyecto. X. Descripcin del Procedimientopara Proyectos Extraordinarios.

    X. Descripcin del Procedimiento para ProyectosExtraordinarios

    1.- El solicitante presenta al Departamento de Tramita-cin de la DGPU el proyecto que quiere ejecutar, suscaractersticas, capacidades, etc. el lugar y todos losretiros que permite el terreno en que se instalara.Este departamento le proporciona el formulario quedebe llenar y lo remite a caja para pagar los recibosque debe anexar a la documentacin requerida parael Permiso solicitado. Una vez completada la docu-mentacin, el interesado vuelve al departamento deTramitacin donde se registra el proyecto dando uncdigo al expediente que debe retener para darle se-guimiento.

    2.- Se enva al Departamento de Proyectos Extraordi-narios, quien a su vez lo remite al Departamento deControl Urbano para que se verifiquen los datos ofre-cidos para el otorgamiento del permiso correspon-diente al proyecto solicitado. Este Departamento rea-liza un Reporte de Inspeccin donde se describela zona y el lugar en el que se ejecutar la nuevaedificacin. Se especifican adems en esa inspeccin

  • - 30 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    los datos generales de la obra, tamao del solar oparcela a edificar, usos colindantes, emplazamien-to, niveles existentes, etc.

    3.- Una vez completada la informacin el encargado delDepartamento de Control Urbano firma el Repor-te y lo devuelve a Tramitacin para su remisin ala unidad de catastro. En esta unidad se revisan losdocumentos de propiedad como los catastrales so-metidos en el expediente, y la situacin de legalidadde la urbanizacin donde se ubica el proyecto. Si noexiste ningn requerimiento sobre el particular, elexpediente es remitido al Departamento de Proyec-tos Extraordinarios.

    4.- El Departamento de Proyectos Extraordinarios es-tudia el caso y da sus recomendaciones de acuerdoa los criterios establecidos por las leyes y Resolucio-nes que regulan este tipo de proyectos. Se considera-r tambin para el otorgamiento del Uso de Suelo alproyecto presentado, el estudio, anlisis y pondera-cin de impacto ambiental al que deben ser someti-dos este tipo de proyectos, segn el tamao de lostanques de depsito, la categora y el tipo de cons-truccin que se usar en dicha estacin.

    5.- Una vez el proyecto ha cumplido con las especifica-ciones y requerimientos de lugar, el Departamentode Proyectos Extraordinarios remite a la Direccinde la DGPU el expediente para su revisin final, lue-go de la cual el Director lo remite al Sr. Sndico vala Secretara General. La Sindicatura a su vez en-va el expediente a la Sala Capitular del ADN parasu aprobacin final, mediante una resolucin muni-cipal.

    6.- La Resolucin de aprobacin es remitida por la se-cretara de la Sala Capitular al Sr. Sndico, quien asu vez la remite va la Secretara General a la Di-reccin de la DGPU junto al expediente. Luego el

  • - 31 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    expediente es remitido al Departamento de Tasacinpara definir las tasas municipales que debe pagar elinteresado para aprobar el proyecto. Una vez reali-zados los pagos, el expediente es enviado junto a losjuegos de planos a la Direccin para la preparacinde los certificados de aprobacin y el sellado de losplanos.

    7.- Finalmente el expediente junto a los planos aproba-dos retornan al Departamento de Tramitacin paraque se haga entrega al interesado de la certificacio-nes correspondientes y sean entregados los planosaprobados a la Direccin de Edificaciones de laSEOPC.

    En el caso de proyectos de Envasadoras de gas y Es-taciones de Combustibles, se debe incluir la certificacinde DIGENOR con certificacin de todas las inspeccio-nes realizadas con sus sellos y firmas correspondientes.

    Si se trata de Urbanizaciones retornan a Tramita-cin la copia de la resolucin emitida y el acta notarialde donacin de rea verde. Adems se deben presentarplanos aprobados y certificaciones en la correspondien-te Distribuidora de Electricidad, en la Corporacin deAcueductos y Alcantarillado de Santo DomingoCAASD, y en la Direccin de Mensura Catastral.

  • - 32 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    Ruta de Tramitacin de Proyectos DGPU

    Control UrbanoTramitacin

    Tasacin

    Catastro

    Direccin Urbanismo

    Proy. Extraordinarios

    Ofic. Plan Director

    Sala Capitular

    Usuario

    SEOPC

    (Proyectos Extraordinarios)(Proyectos Extraordinarios)

    (Proyectos en Polgono Gazcue)

  • - 33 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    1.- Todos los departamentos de la DGPU estn dis-puestos a dar consultas gratuitas al proyectistaantes de la presentacin oficial del proyecto. Porigual todo ciudadano que requiera informacinsobre temas relativos al planeamiento urbano,encontrar las orientaciones necesarias.

    2.- El Uso de Suelo otorgado slo puede ser modifi-cado por la DGPU, para lo cual se realizar elmismo procedimiento. Se justificar en la cartaal Director de la DGPU las razones para el cam-bio y se presentar la certificacin dada anterior-mente.

    3.- La potestad de otorgar el Uso de Suelo lo estable-ce el artculo 8 de la ley 6232. Las normativas deintervencin incluyen Leyes, Resoluciones y Re-glamentos que rigen de manera general para laCiudad de Santo Domingo y de manera particu-lar para algunos sectores y vas de la misma ciu-dad.

    4.- El Resellado de planos consiste en un procedi-miento mediante el cual el interesado puede soli-citar el sellado de juegos adicionales de planos aun proyecto aprobado. Este servicio administra-tivo deber ser solicitado en el Departamento deUrbanismo. Conforme al nmero de hojas aresellar el Departamento de Tasacin prepararuna factura que deber pagarse en el Departa-mento de Tesorera del Ayuntamiento.

    NOTAS GENERALES

  • Plano del Dist

  • istrito Nacional

  • - 36 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

  • - 37 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    ANEXOS

  • - 38 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

  • - 39 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    AYUNTAMIENTO DEL DISTRITO NACIONALResoluciones Normativas 1

    DGPU

    1- RESOLUCION 28/6615/06/1966

    A partir de la publicacin del presente Reglamento laconstruccin, instalacin y operacin de establecimien-tos destinados al expendio degasolina y otros combusti-bles de naturaleza similar y a la venta de lubricantes, ac-cesorios u otros productos para vehculos automotores, ya la prestacin de servicios ordinarios a los mismos, seregir por las prescripciones que en l se establecen.

    Los establecimientos a que se refiere el artculo ante-rior se clasifican en dos categoras:

    a) Puestos de Gasolinab) Estaciones de Servicio

    Para los efectos de este Reglamento se considerancomo Puestos de Gasolina los establecimientos donde sepuede realizar conjuntamente con el expendio de gaso-lina, combustibles de naturaleza similar y lubricantes,las siguientes actividades:

    a) Cambios de aceiteb) Expendio de accesorios, productos y repuestos para

    vehculos de fcil y rpida instalacinc) Reparacin y cambio de neumticos para vehculos

    de motor

  • - 40 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    d) Venta limitada de hielo, cigarrillos, dulces, refrescosy otras bebidas no alcohlicas

    Para los efectos del presente Reglamento se entiendepor Estaciones de Servicio, los establecimientos dondese pueden realizar adems de las actividades permiti-das para los puestos de gasolina, los siguientes:

    a) Lavadob) Engrasec) Afinamiento de Motoresd) Reparaciones de emergencia

    Requisitos Exigidos para la Construccin,Instalacin y Operacin

    Se permitir el Establecimiento de estaciones de Ser-vicio y Puestos cuando se cumplan los requisitos siguien-tes:1. Todo solar en que se proyecte construir una Estacin

    de Servicios o un Puesto de Gasolina deber obser-var las siguientes distancias mnimas, medidas des-de los puntos ms cercanos de los respectivos linde-ros y en el rea de un crculo que tenga un radioigual a esa distancia

    a) A (50) metros de estaciones o sub-estaciones elctricasb) A (75) metros y una calle de por medio de cualquier

    construccin destinada o proyectada para escuela,mercado, hospital, iglesia, teatro, cine, asilo, biblio-teca, plaza, parque, jardn pblico y de aquellos otrosestablecimientos y lugares de carcter pblico o ins-titucional para los que la Oficina de PlaneamientoUrbano correspondiente juzgare conveniente la apli-cacin de tal medida.

  • - 41 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    En nuevas construcciones con centros de vecindad,la oficina de Planeamiento Urbano del Ayuntamientodel Distrito Nacional podr variar este requisito dondeel diseo de este as lo justifique

    c) A (200) metros de plantas de llenado de gas y otrosdepsitos de materiales inflamables o explosivos

    d) A (200) metros de otro Puesto de Gasolina o Esta-cin de Servicio aprobada o construida, cuando laciudad tenga una poblacin igual o mayor a 15,000habitantes regir una separacin mnima de trescien-tos cincuenta (350) metros cuando estuvieren locali-zados en una misma va, y de doscientos cincuenta(250) metros cuando ambos establecimientos seencontraren localizados en vas diferentes

    Nota: Los datos de poblacin se computarn deacuerdo con el ltimo censo oficial

    2. En caso de que la construccin o instalacin de Esta-ciones de Servicio o Puestos de Gasolina se haga encarreteras, se ajustar a las siguientes distancias m-nimas con respecto a otros establecimientos simila-res ya existentes o autorizados:

    a) A 500 metros cuando estn en lados opuestos ycon trnsito en dos direcciones; y

    b) A 1,500 metros cuando estn situados en la mis-ma direccin o lado de la va

    Estas distancias se medirn entre los puntos ms cer-canos de los solares correspondientes

    3. El solar destinado a la construccin de una Estacinde Servicios tendr un rea mnima de 1,200 metroscuadrados; en caso de que el solar sea destinado a

  • - 42 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    Puesto de Gasolina su rea mnima deber ser de650 metros cuadrados, siempre y cuando se proveande accesos adecuados

    4. La localizacin de dichos establecimientos en la zonaresidencial se permitir slo en los casos en que ocu-pen la totalidad de una manzana cuyo lado menorsea de 40 metros.

    En aquellos casos en que la ubicacin de una Esta-cin de Servicio se haga dentro de una zona residencialy en una manzana cuyo lado sea menor sea mayor de40 metros, se actuar de acuerdo a las siguientes condi-ciones:

    a) Si el solar est ubicado de tal forma que dos o tres desus lados den directamente a calles, se construir unpaso peatonal de 3.00 metros de seccin, con unacalzada central de central de 1.50 metros y dos fran-jas laterales de 0.75 metros cada una, que servir deseparacin entre el establecimiento y el resto de lamanzana en cuestin. Este paso peatonal no contarpara los fines de los cuarenta (40) metros previstos ypor lo tanto el lado menor del solar menor del solardeber tener cuarenta (40) metros o ms

    b) Si el solar est ubicado de tal manera que uno de suslados de directamente a una calle, se proveer de unrea verde de 3.00 metros mnimos para separar elrea til del establecimiento del resto de la manzanaen cuestin. Esta rea de separacin no contar paralos fines de los cuarenta (40) metros previstos y portanto el lado menor del solar deber tener cuarenta(40) metros o ms

    5. Para los casos sealados en los prrafos a y b, debe-r proveerse, en los linderos del solar que no den a

  • - 43 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    calles, una verja de bloques con buena terminacinde 2.50 metros de altura

    6. Su operacin y funcionamiento no representarn in-convenientes para el trnsito de vehculos

    7. En interseccin de arterias, en interseccin de vascolectoras con arterias, en interseccin con trnsitocanalizado, en intersecciones donde existan sem-foros, las distancias a que podrn construirse Esta-ciones de Servicio y Puestos de Gasolina ser deter-minada de acuerdo al criterio de las oficinas tcni-cas correspondientes, tenindose en cuenta que di-cha distancia nunca ser menor de 50 metros, medi-dos desde el P.C., o P. T. de la curva ms prximahasta el inicio del acceso ms cercano

    8. En vas con calzada dividida o separada las Estacio-nes de Servicio y Puestos de Gasolina slo darn ser-vicio a los vehculos que circulen por el lado de la vaen que estos se encuentren ubicados

    9. En el emplazamiento de los establecimientos en ca-rreteras se atender preferiblemente a no reducir lascondiciones de seguridad y capacidad de las vas,para lo cual debern aplicarse los principios genera-les siguientes:

    VisibilidadLa distancia de visibilidad de los accesos, medidos

    sobre la carretera, ser, como mnimo, la distancia deparada correspondiente a la velocidad especfica de lamisma, independientemente de la intensidad de trfico.Se adoptan las distancias siguientes:

    Velocidad Especfica (Km/h) 100, 90, 80, 70, 60, 50,40, 30

    Distancia de Visibilidad (m) 160, 130, 100, 85, 65,45, 35, 20

  • - 44 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    Estas distancias de visibilidad significan que los ve-hculos que circulan en la carretera puedan ver un obs-tculo situado a 3 metros de distancia del borde delpavimento.

    La visibilidad deber asegurarse en todo momento.El concesionario tomar cuantas precauciones estimenecesarias para que se cumpla esta condicin, siendomotivo de revocacin de la autorizacin la reduccin dela distancia de visibilidad a valores inferiores de los pres-critos.

    Se comprobarn especialmente las condiciones devisibilidad en los casos siguientes:

    a) Cuando el establecimiento est situado en las proxi-midades de un cambio de rasante

    b) Cuando est en el interior de una curvac) Cuando existen edificaciones, plantaciones u otros

    obstculos que puedan afectar a aquella capacidad

    Se evitar que la instalacin del establecimiento re-duzca la capacidad de la carretera.

    Esta condicin se tendr especialmente en cuenta enlos casos siguientes:

    a) En las intersecciones, donde las maniobras de entra-da y salida de vehculos entorpecen la circulacingeneral y aumentan la posibilidad de accidentes conpuntos que muchas veces ya son peligrosos

    b) En tramos de carretera cuyo ancho puede ser insufi-ciente para su intensidad de trfico

    10. La ubicacin de toda Estacin de Servicio o Puestode Gasolina deber sujetarse a las previsiones del PlanPiloto y/o Regulador que lleve a cabo la Oficina dePlaneamiento Urbano de este Ayuntamiento, y sudiseo deber ceirse a los siguientes requisitos:

  • - 45 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    a) Se proveer una isleta de separacin con un anchomnimo de un metro medido a partir del lindero fron-tal hacia la propiedad. Dicha isleta estar protegidapor un bordillo de hormign de 0.20 por 0.20 m

    b) La distancia mnima entre la isleta de surtidores y ellindero frontal ser de 6.50 mts.

    c) El ancho mnimo de isletas de surtidores ser de 1.00 mts.d) El ancho mnimo de una va sencilla de servicio ser

    de 3.50 mtse) El ancho mnimo de una va sencilla doble de servi-

    cio ser de 7.00 mtsf) Los servicios de engrase, lavado, reparacin y cam-

    bio de neumticos estarn separados a una distanciamnima de 2.50 metros de cualquiera de los linderosdel solar. En zonas residenciales esta separacin serdel paso peatonal o del rea verde requeridos

    12. Las edificaciones, as como las instalaciones de losdepsitos o tanques de combustibles y sus tuberasdebern acogerse a los requisitos establecidos al efec-to por la Direccin General de Edificaciones del Mi-nisterio de Obras Pblicas

    13. En el rea destinada a los establecimientos ubicadosen la zona urbana no se permitir:

    a) La ejecucin de trabajos de reparacin, pinturas,desabolladura, soldadura y otros de ese tipo que re-quieran de instalaciones especiales

    b) Toda actividad relacionada con la carga y descargade pasajeros.

    Tampoco podrn funcionar estacionamientos pbli-cos para ninguna clase de vehculos en el rea til desti-nada a dichos establecimientos.

    En los establecimientos ubicados en las carreteras,se podr utilizar el funcionamiento simultneo de los

  • - 46 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    mismos con los de los restaurantes y otros establecimien-tos similares, siempre que se vean garantas para la se-guridad colectiva en su poblacin, construccin y ope-racin.

    14. La iluminacin propuesta, no causar inconvenien-tes al vecindario y al trnsito de vehculos

    Tramitacin y EjecucinToda persona natural o jurdica que desee construir

    algunos de los establecimientos a los que se refieren losartculos 1 y 2 del presente Reglamento, deber presen-tar una solicitud a la Oficina de Planeamiento Urbanodel Ayuntamiento del Distrito, acompaada de una co-pia certificada del Ttulo de Propiedad del terreno o unaopcin de compra o certificado de arrendamiento sobreel terreno, legalizados notarialmente y 5 juegos de pla-nos que muestren claramente lo siguiente:

    a) Localizacin del solar en la manzanab) Indicacin a una escala no menor de 1:300 de calles

    aledaas al solar, aceras y postes de alumbrado p-blico, rboles situados en las aceras, hidrantes, se-ales de trnsito, semforos y paradas de guaguas

    c) Ubicacin en planta de edificaciones, islas de surti-dores, llaves de agua, trampas de grasas, zonas deproteccin, tanques de combustibles y bocas de lle-nado, as como otro cualquier equipo o elemento

    d) Medio de disponer de las aguas del lavado de veh-culos y drenajes

    e) Secciones y fachadasf) Iluminacin; yg) Otros usos adicionales a la venta de gasolina, aceites, etc.

    De toda solicitud se otorgar recibo al interesadoindicando la fecha y hora de su presentacin, circuns-

  • - 47 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    tancia que igualmente se har constar en el expediente.El orden de presentacin de las solicitudes fijar el or-den de su consideracin en la Sala del Ayuntamiento.

    Una vez concedida la aprobacin tcnica de la Ofi-cina de Planeamiento Urbano, la Sala del Ayuntamien-to proceder a autorizar la instalacin del establecimien-to y a partir de esa fecha, se le otorgar al interesado unplazo de tres meses para solicitar en la Direccin Gene-ral de Edificaciones del Ministerio de Obras Pblicas atravs de la Oficina Central de Tramitacin de Planos,el permiso de enterramiento de tanques correspondien-tes, un plazo de 6 meses para solicitar la licencia de cons-truccin y 1 ao para iniciar las obras.

    Las autorizaciones otorgadas por la Sala no sernconsideradas como derechos definitivamente adquiridos,por lo tanto, se consideran automticamente cancela-dos si no se ha cumplido con los plazos sealados ante-riormente.

    Control de accesos para las Estaciones deServicio y Puestos de Gasolina

    Se entender como acceso toda entrada o salida devehculos de Estaciones de Servicio y Puestos de Gasoli-na Las solicitudes de permiso para la Construcciones delas Estaciones de Servicio y Puestos de Gasolina debe-rn mostrar claramente en los planos que las acompa-an, lo siguiente:

    Localizacin del edificio en el solar con el diseo delos accesos y de la circulacin de vehculos

    No se har ninguna alteracin al acceso dentro dellmite de derecho de va, sin previa autorizacin escritadel Ayuntamiento del DN

    Cuando sin permiso expreso se construyan accesosa la va pblica o no se observen las condiciones bajolas cuales se hayan concedido el permiso, el Ayunta-

  • - 48 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    miento proceder a su demolicin y a la reposicin deaceras y contenes. En caso de que el interesado estdispuesto a someterse a las disposiciones del presenteReglamento deber solicitar el permiso correspondien-te, el cual slo ser concedido previo pago de los costosocasionados por la demolicin y reposicin de las ace-ras y contenes.

    El concesionario proveer todos los materiales, rea-lizar el trabajo y sufragar todos los gastos en que in-curra la construccin del acceso dentro de los lmites delderecho de va

    Todas las obras as como los materiales que se utili-cen en las mismas dentro de los lmites del derecho deva debern reunir los requisitos exigidos por la Direc-cin General de Obras Pblicas del Ayuntamiento

    El ADN se reservar el derecho de inspeccionar laconstruccin de todo acceso que se construya dentro delderecho de va. En caso de que los mtodos de construc-cin y los materiales no estn conformes con los exigi-dos, el Ayuntamiento podr cancelar el permiso para laconstruccin del acceso hasta las deficiencias sean co-rregidas

    El ADN se reserva el derecho de hacer aquelloscambios, reparaciones o relocalizaciones a los acce-sos dentro de los lmites del derecho de va, que seconsideren necesarios para permitir relocalizar, cons-truir, ensanchar y conservar la va pblica y el de ga-rantizar la proteccin a propiedades adyacentes a lamisma

    Las Direcciones de Planeamiento Urbano y ObrasPblicas Urbanas del ADN sern las encargadas de ha-cer cumplir las disposiciones referentes a acceso de esteReglamento

  • - 49 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    Condiciones Requeridas para la Construccin deAccesos

    Los accesos de Estaciones de Servicio y Puestos deGasolina debern ser construidos de conformidad conlas especificaciones sealadas en los prrafos siguien-tes:

    Prrafo I. En la zona rural

    1. Angulo de inclinacinEl ngulo de entrada y salida de las vas de accesos

    en carreteras con trnsito en dos sentidos ser de 90grados.

    En carreteras de calzadas divididas o separadas losaccesos se construirn con inclinacin de 90 grados y de7.30 mts para accesos con inclinacin de 45 a 60 grados

    2. Ancho de accesoEl ancho de la va de acceso se medir perpendicu-

    larmente al eje de la misma y ser de un mximo de10.50 mts para accesos con inclinacin de 45 a 60 gra-dos

    3. Radio de la curva de enlaceEl radio de la curva de enlace del acceso con el lmite

    exterior del paseo no exceder de 12 mts y toda la parteensanchada del acceso quedar fuera del lmite exteriordel paseo

    4. Separacin entre accesosUna isleta de un largo mnimo de 10.00 mts medi-

    dos paralelamente al lmite del derecho de va se pro-veer entre accesos. Isletas estarn rodeadas por un con-tn o muro de hormign de 0.20 mts de alto pintado deblanco

  • - 50 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    5. Distancia al lmite lateral de propiedadEl borde del acceso ms cercano al lmite lateral de

    propiedad estar por lo menos a 5.00 mts de sta, y ser-vir para proveer una isleta de un largo de 10.00 mts encaso de que el propietario colindante solicite permisopara la construccin de un acceso

    6. Distancia a interseccionesLa distancia mnima entre el borde del acceso ms

    cercano a la lnea lmite del derecho de va de la carrete-ra que cruza o empalma, medida a lo largo de la orilladel pavimento ser de 35 mts. La Direccin de Trans-porte y Trnsito Urbano del ADN, y las oficinas dePlaneamiento Urbano correspondientes podrn reque-rir distancias mayores donde consideren que las carac-tersticas de la interseccin o cruce as lo ameriten

    7. Muros ProtectoresA lo largo del lmite del derecho de va se construi-

    rn muros protectores de hormign de 0.20 mts de altoexcepto donde se permitan los accesos

    Prrafo II. En la zona urbana

    1. Angulo de inclinacinEl ngulo de entrada y salida de las vas de accesos

    en calles con trnsito en dos sentidos ser de 90 grados.En calles con trnsito en un solo sentido el ngulo serde 45 a 60 grados

    2. Ancho de accesoEl ancho de la va de acceso se medir perpendicu-

    larmente al eje de la misma y ser de un mximo de10.50 mts para accesos con inclinacin de 90 grados yde 7.30 mts para accesos con inclinacin de 45 a 60 gra-dos

  • - 51 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    3. Radio de la curva de enlaceEl radio de la curva de enlace del acceso con el con-

    tn no ser menor de 1.50 mts ni mayor de 4.50 mts. Enningn caso una franja mnima de 1.00 mts de la aceraser afectada por la pendiente de la rampa. En aquelloscasos en que el ancho de la acera no permita cumplircon estas dimensiones exigidas se proveern rampas deacero.

    4. Separacin entre accesosUna isleta de un largo mnimo de 6.00 mts medidos

    paralelamente al contn, se proveer entre accesos. Lasisletas debern estar rodeadas de contenes de hormignde 0.15 mts de alto

    5. Distancia al lmite lateral de propiedadEl contn se dejar intacto por un largo de por lo

    menos 1.50 mts al lmite lateral de propiedad. Este ser-vir para proveer una isleta de un largo mnimo de 6.00mts en caso de que el propietario colindante solicite per-miso para la construccin de un acceso

    6. Distancia a la esquinaLa distancia mnima de la lnea lmite del derecho

    de va de la calle que cruza o empalma al borde delacceso ms cercano no ser menor de 20.00mts en vasprincipales ni menor de 10.00 mts en vas secunda-rias

    7. Muros ProtectoresA lo largo del lmite del derecho de va se construi-

    rn muros protectores de 0.20 mts de alto, excepto don-de se permitan los accesos

    Toda Estacin de Servicio o Puesto de Gasolina seajustar adems del presente Reglamento, a aquellasdisposiciones relativas actualmente en vigencia

  • - 52 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    Este Reglamento deroga y sustituye cualquier Regla-mento que le sea contrario.

    2- RESOLUCION 104-67Ao 1967

    La instalacin de plantas o establecimientos desti-nados al envase o almacenamiento de gas propano, ox-geno y otros productos similares, slo podr ser autori-zada en los casos en que se encuentren localizados den-tro del mbito de las zonas industriales establecidas su-burbanas

    Los establecimientos de este tipo debern ser ubica-dos en una manzana o lote delimitados por vas pbli-cas o accidentes topogrficos claramente definidos. Entodo caso el rea mnima del terreno en cuestin serde2,000 mts2 y ninguno de sus lados ser menor de 40metros lineales

    Toda edificacin o instalacin destinada a operar oalmacenar los recipientes de combustibles, deber man-tener una separacin mnima de 20 metros lineales dellinde frontal y de 15 metros lineales de los restantes lin-des del lote. Ningn tanque o artefacto con combustiblepodr mantenerse ni almacenarse en la zona de aisla-miento antes prevista

    Los lotes debern ser debidamente cercados conmallas ciclnicas de 2 metros mnimos de altura y se dis-pondr la siembra de rboles y arbustos cuando as sejuzgue conveniente para preservar la seguridad delostransentes

    Asimismo en los casos en que fuere menester, se re-querir la construccin de muros ciegos de hormignarmado, convenientemente diseados de acuerdo conlas medidas de ornato adoptadas para la zona de que setrate

  • - 53 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    Todas las edificaciones, muros y otras estructurasconsideradas en un proyecto, as como las instalacio-nes, depsitos y tuberas debern ajustarse a las edifica-ciones y normas dispuestas sobre el particular por laSEOPC y por este Organismo

    La va pblica por la cual se de acceso al lote debertener un ancho mnimo de 14 metros lineales y las ope-raciones de carga y descarga en ningn caso podrntener lugar en sta debiendo destinarse un espacio ade-cuado para tal propsito en el interior del lote que setrate

    Todo lote en que se contemple un nuevo estableci-miento deber distar no menos de 500 metros linealesde cualquier otro en que exista o estuviese destinado ajardines u hogares infantiles, centros sociales, recreati-vos y culturales, escuelas u otros edificios institucionalesespecificados por los organismos tcnicos correspondien-tes. Dicha distancia ser determinada como la mnimaexistente entre los lindes de los lotes en cuestin.

    El ADN cuando as lo juzgue necesario para prote-ger la seguridad pblica en general podr requerir lamodificacin y/ o el traslado de cualesquiera de dichosestablecimientos que hubiese sido instalado con antela-cin a la fecha de vigencia de esta resolucin y dispon-dr la revocacin de los permisos correspondientes cuan-do tal modificacin o traslado no fuese realizado

    La violacin a las disposiciones de la presente reso-lucin sern sancionadas con las penas previstas por elArt. 3 de la Ley 675 sobre Urbanizacin, Ornato Pbli-co y sus modificaciones

    3- RESOLUCION 008-7018/05/1970

    Mientras se aprueba un Plan Director de Urbanis-

  • - 54 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    mo de la Ciudad de Santo Domingo (Plan Regulador),para considerar las solicitudes de instalacin de Estacio-nes de Servicios y Expendio de Gasolina en el DistritoNacional, ser necesario que el interesado realice una in-versin en edificaciones, no menor del valor del terreno

    Para la aplicacin de esta disposicin, el valor delterreno ser determinado por una certificacin recientede la Direccin General de Catastro Nacional y por unacopia del contrato de adquisicin del terreno, debiendotomarse como base el valor que resulte mayor

    La Oficina de Planeamiento Urbano queda facultadapara tomar las disposiciones que estime necesarias parael cumplimiento y fiscalizacin de esta medida

    La presente Ordenanza modifica en cuanto sea ne-cesario el Reglamento 28-66, de fecha 15 de Junio de1966 o cualquier disposicin municipal quele sea con-traria

    4- RESOLUCION 008-9009/02/1990

    En Av. Bolvar en tramo parque IndependenciaPasteur, se permitir la construccin en altura hasta 7niveles para uso mixto residencial- habitacional. 50 m alEste y al Oeste de la calle Dr. Bez, slo sepermitirnconstrucciones de densidad baja (menos de 6niveles)

    En la c/Dr. Bez se permitir la construccin condensidad baja En las Avs. Winston Churchill, AbrahamLincoln, Lope de Vega, Sarasota, Enriquillo y Nez deCceres se permitirn construcciones con densidad alta(ms de 6 niveles), de uso mixto comercial-habitacionale institucional.

    No se comercial-habitacional e institucional. No sepermitirn construcciones nuevas de menos de 4 nive-les. Quedan prohibidas las construcciones provisionales

  • - 55 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    En la Av. Anacaona en el tramo desde la Av. Lupernhasta la Hatuey se permitir el uso mixto habitacional-comer-cial y de recreacin. Densidad alta, tipo torre (ms de 6 niveles).

    En la Av. Anacaona en el tramo desde la Hatueyhasta la Pedro Bobea se permitir densidad alta de usoexclusivo habitacional

    En la Av. 27 de Febrero, desde el puente Duarte has-ta la Av. Lupern se permitir densidad alta de uso li-bre, a excepcin de industrias, las que requerirn estu-dios especiales.

    En la Av. George Washington hasta el Km.11, se per-mitir densidad alta y uso comercial- habitacional. Seprohbe la construccin de moteles, industrias y estacio-nes de expendio de combustibles y otros materiales infla-mables. Se prohben las construcciones provisionales.

    Se establecen los siguientes parqueos:

    1 parqueo p/apto. De 1 dormitorio1.5 parqueos p/apto. De 2 dormitorios2 parqueos p/apto. De 3 dormitorios1 parqueo p/visitas por c/3 unidades de viviendas

    Que los edificios en altura estn dotados de rea dejardines y esparcimiento al aire libre

    Se fijan los siguientes linderos:

    1-2 pisos, front 5.00, post/lat sin balcn 1.5 a 2.03-4 pisos, front 5.0, 6.0 post/lat sin balcn 2.005-8 pisos, front 7.00 post/lat sin balcn 2.509-12 pisos, front 8.00 post/lat sin balcn 3.5112 + pisos, front 10.00 post/lat sin balcn 4.00

    Los laterales en balcones se considerarn como fron-tales

  • - 56 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    5- RESOLUCION 094-9811/08/1998

    Ordenamiento Urbano Polgono CentralPlan de Regulacin del Trnsito

    Vehicular y PeatonalCategorizacin Vial

    Se categorizan como vas Primarias las:Av. John F. KennedyAv. 27 de Febrero

    Se categorizan como vas Secundarias tipo A:Av. Abraham LincolnAv. Winston ChurchillSe categorizan como vas Secundarias tipo B:Av. Jos Ortega y GassetAv. TiradentesAv. Lope de VegaAv. Gustavo Meja RicartAv. Roberto Pastoriza

    Se categorizan como vas Secundarias tipo C:Av. Rafael Augusto SnchezAv. Dr. G. Gmezc/ Jos Amado Solerc/ Roberto Nezc/ Fantino Falcoc/ A. Larancuentc/ G. lvarezc/ Manuel de Jess Troncosoc/ Agustn Larac/ Jacinto Manc/ Dr. Heriberto Pieterc/ Porfirio Herrerac/ Vctor Garrido Puello

  • - 57 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    c/ Paseo de los Locutoresc/ Hatuey

    Se categorizan como vas Terciarias tipo A:c/ Federico Geraldinoc/ Ramn Corripioc/ Luis Albertic/ Manuel E. Perdomoc/ Max Henrquez Ureac/ Fabio A. Motac/ Juan XXIIIc/ Yumac/ Respaldo Rafael Augusto Snchez

    Se categorizan como vas Terciarias tipo B:c/ 5c/ Juan Barnc/Respaldo F. Geraldinoc/ Filomena Gmez de Covac/ Orlando Martnezc/ Presidente Gonzlezc/ Francisco Escobarc/ Club Scoutc/ F. Mirandac/ Andrs Julio Aybar

    Se categorizan como vas Terciarias tipo C:Todas las restantes del PolgonoModificacin de la Trama VialSe interconectan las vas:

    c/ Hatuey con la Av. Abraham Lincolnc/ Jacinto Ignacio Man con la c/ Dr. Heriberto Pieterc/ Ramn Corripio con la c/ Presidente Gonzlez y c/ OrlandoMartnez

  • - 58 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    c/ Fantino Falco hasta la Av. Mximo Gmez (va CentroOlmpico)c/ Max Henrquez Urea con la c/. Dr. Fabio A. Motac/ Rafael Augusto Snchez con la c/. Dr. Fabio A. Motac/ Vctor Garrido con la c/. Rafael Hernndezc/ Luis Alberti-calle E con la c/. Manuel E. Perdomoc/ Pablo Casals con la c/. Jacinto Man- Dr. Heriberto Pieterc/ Agustn Lara con la Av. John F. Kennedyc/ Filomena Gmez de Cova con la c/. Erick Leonard Eckmanc/ Manuel de Jess Troncoso con la c/. Garca Gautierc/ Jos Ortega y Gasset con la Av. George Washington

    Se mantendr un inventario de las propiedades afec-tadas por las conexiones y prolongaciones de vas que seestablecen en esta resolucin para conocimiento pblico

    Se establecen los siguientes sentidos nicos de circu-lacin vehicular:

    Fantino Falco, Max Henrquez Urea, Lic. PorfirioHerrera y Roberto Pastoriza, de Este a Oeste

    Gustavo Meja Ricart, Dr. Rafael Augusto Snchez,Vctor Garrido Puello y Hatuey, de Oeste a Este

    Federico Geraldino y Manuel de Jess Troncoso en-tre la Hatuey y la 27 de Febrero, de Norte a Sur

    Juan Barn y Manuel de Jess Troncoso a partir dela Hatuey, de Sur a Norte

    Se prohbe el estacionamiento paralelo en todas lascalles del Polgono En las vas de un solo sentido el esta-cionamiento se permitir a la derecha del sentido de lava

    En las vas de dos sentidos el estacionamiento se per-mitir en la acera norte para las de Este a Oeste y en laacera este en las Norte a Sur

    Se prohbe el estacionamiento de 7:00 am. A 7:00pm. En las vas primarias y secundarias tipo A y B

    No se permite estacionamiento vehicular entre laedificacin y el retiro frontal

  • - 59 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    Se amplan las aceras peatonales de las vas:Primarias y Secundarias tipo A, a 10.00 mts mnimoSecundarias tipo A, a 8.00 mts mnimoSecundarias tipo C y Terciarias tipo A y B a 4.00

    mts mnimoTerciarias tipo C a 3.00 mts mnimoLas ampliaciones de las aceras se realizarn a medi-

    da que se construyan nuevas edificaciones o se modifi-quen las existentes

    Plan de Regulacin de Uso de Suelo

    Uso ResidencialSe permiten unidades residenciales tipo: aisladas,

    pareadas, en hileras y en apartamentosSe permiten unidades residenciales en las vas Pri-

    marias y Secundarias tipo A y B en el segundo nivel ysiguientes

    Se permiten unidades residenciales en las vas Se-cundarias tipo C y Terciarias en el primer nivel y siguien-tes, con excepcin de la calle Frank Flix Miranda, en laque se permite en el segundo nivel y siguientes

    Uso ComercialSe permite el uso comercial en todas las vas Prima-rias y Secundarias tipo A y BSe permite el uso de comercios locales en las vasSecundarias tipo C y Terciarias tipo A y BSe permite el uso de comercios de no mayor de 40m2 en las vas Terciarias tipo C, con excepcin de lacalle Seminario que se permite el uso comercialNo se permitir en las vas Secundarias tipo B y Cas como en las Terciarias:Nuevas Estaciones de Servicios (gasolineras)Envasadoras o Procesadoras de GasEnvasadoras o Procesadoras de Agua

  • - 60 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    Lavaderos de AutomvilesFerretera pesada (venta de agregados, varillas, etc.)Comercios Contaminantes (por ruidos, olores y/ ohumos)Ventas de automviles al aire libreTalleres de Desabolladura y/o Pintura de Autom-vilesTalleres de EbanisteraExpendio de bebidas alcohlicas para consumo enel lugar

    Uso IndustrialNo se permite el uso industrialSe permiten talleres artesanales no contaminantes(por ruido, olores y/ o humos)

    Uso para fines educativosSe permite el uso para fines educativos en las vasPrimarias y Secundarias tipo A y BEn las Secundarias tipo C y vas Terciarias tipo A sepermitirn slo parvularios y maternalesTodos los centros educativos debern proveerse delos estacionamientos necesarios segn la reclama-cin vigenteEn todas las dems vas est prohibido el uso educa-tivo de cualquier tipo

    Uso para fines de SaludSe permite todo uso para fines de salud con excep-cin de nuevos hospitales pblicosNo se permiten los hospitales veterinariosSe permite el uso para fines de Salud en todas las vasdel Polgono con excepcin de las Terciarias tipo C

    Uso Recreativo y DeportivoSe permite el uso recreativo y deportivo no comer-cial en todo el polgono

  • - 61 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    Se permite el uso recreativo comercial solamente enlas vas Primarias, Secundarias y Terciarias tipo A

    Uso InstitucionalSe permite el uso institucional en todo el polgonocon excepcin de las vas Terciarias tipo CPlan de Densificacin Habitacional y De ConstrucciSe establece alta densidad habitacional y de cons-truccin en las vasPrimarias y Secundarias tipo A y B, y en las callesFrank Flix Miranda y calle 5Densidad Habitacional: 400 Hb/HectFactor de Construccin Mxima: 1,150 %Factor de Ocupacin de Suelo: 80 %La Altura Mnima ser de 4 pisos 14.00 mtsLa Altura Mxima ser de 14 pisos 48.00 mtsSe establece densidad media en las vas Secundariastipo C, Terciarias tipos A, B y CDensidad Habitacional: 250 Hb/HectFactor de Construccin Mxima: 600 %Factor de Ocupacin de Suelo: 70 %La Altura Mnima ser de 4 pisos 14.00 mtsLa Altura Mxima ser de 8 pisos 26.00 mtsSe establece densidad baja en los segmentos de vasTerciarias que se definen en el plano anexoDensidad Habitacional: 100 Hb/HectFactor de Construccin Mxima: 80 %Factor de Ocupacin de Suelo: 50 %La Altura Mnima ser de 1 pisos 3.00 mtsLa Altura Mxima ser de 3 pisos 10.00 mtsLa densidad baja se mantendr hasta el ao 2005

    En las edificaciones en general, los pisos dedicados aestacionamientos no cuentan al considerar la alturamxima y los pisos permitidos. Por cada piso soterradopara estacionamiento se bonificar un piso y medio so-

  • - 62 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    bre la altura mxima y los pisos permitidos, y a dichospisos soterrados se les permite retiros 0.00 mts

    Se considerarn aquellos casos especiales que por suimpacto positivo en el sector ameriten ser estudiados

    Plan de Reordenamiento de Retiro y Colindancias

    Se establece retiro de 0.00 mts entre las edificacionesy la acera pblica con los anchos mnimos establecidosen esta Resolucin en las vas Primarias, Secundarias yTerciarias para los usos comerciales e institucionales

    Se establece retiro de 3.00 mts mnimo entre la edifi-cacin y la acera pblica en las vas Terciarias tipo Cpara el uso residencial

    Se establecen retiros laterales y traseros mnimos de2.00 mts para las edificaciones de 4 niveles o 14.00 mtsde altura en cualquier va del polgono

    Se establecen retiros laterales y traseros mnimos de3.00 mts para las edificaciones de 5 hasta 8 niveles o26.00 mts de altura en cualquier va del polgono

    Se establecen retiros laterales y traseros mnimos de4.00 mts para las edificaciones de ms de 8 niveles o26.00 mts de altura en cualquier va del polgono

    Mecanismos para la Participacin de la Poblacinrn la Gestin del Desarrollo y Ordenamiento del rea

    Se establece como de alto inters y prioridad la par-ticipacin de los diferentes sectores de la comunidad enla definicin, diseo y ejecucin de proyectos de desa-rrollo urbano, conforme a los lineamientos elaboradosconjuntamente con la poblacin del rea

    Se instruye a la DGPU y a la Oficina del Plan Direc-tor a disear y desarrollar mecanismos para la incorpo-racin activa de las Juntas de Vecinos, Asociaciones deComerciantes, proveedores de servicios, promotores in-mobiliarios, sector financiero y otros sectores en la ges-tin y desarrollo de los proyectos y acciones urbansti-

  • - 63 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    cas enmarcadas en la presente resolucin, adecuandolos procedimientos y mecanismos de gestin urbana alos fines de esta participacin

    Instrumentos Generales para la Organizacin del Es-pacio Urbano, los Estacionamientos y el Trnsito

    Se estimula en las manzanas del polgono, que entrelas edificaciones de uso comercial y de servicios en losprimeros niveles, los espacios laterales y traseros (reti-ros) se integren al eliminar las verjas de los linderos, seconstruyan y compartan los pasos peatonales, se acceseal interior y otro(s)lado(s) de las manzanas, para que lasedificaciones abran locales exclusivos, tengan vitrinas,accesos y actividades para sus negocios, comercios y ser-vicios

    Se estimula la construccin de estacionamientos co-munes por manzanas, lo que reducir entre un 15 y un20 por ciento los requerimientos por edificaciones y usosparticulares de las mismas, y racionalizar los accesosdesde y hacia las calles, ayudando a aumentar la flui-dez y seguridad del trnsito vehicular y peatonal

  • - 64 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

  • - 65 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    AYUNTAMIENTO DEL DISTRITO NACIONALDireccin General de

    Planeamiento Urbano DGPULeyes y Decretos que rigen la vida

    municipal de la DGPU del ADN

    No. Ley Fecha Definicin

    1 DisposicionesConstitucionales

    2 520 26 de Julio 1920 Que exonera de pago de arbitrios a las institucionessin fines de lucro

    3 809 9 de Enero de 1935 De la exencin de impuestos al DistritoNacional y a los Municipios

    4 615 9 de Enero de 1935 Que hacen inembargables los Bienesde los Ayuntamientos

    5 49-38 14 de Diciembre de 1938 Que crea la Liga Municipal Dominicana

    6 675 31 de Agosto de 1944 Ley sobre Urbanizaciones y Ornato Pblico

    7 1542 7 de Noviembre de 1947 Registro de Tierras

    8 1728 3 de Junio de 1948 Sobre Tanques de Combustible

    9 2569 4 de Diciembre de 1950 De Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones

    10 3456 18 de Diciembre de 1952 Establece la Organizacin del Distrito Nacional

    11 195 24 de Enero de 1953 Sobre pagos de mensuras catastrales en caso deventas de solares y terrenos municipales

    12 3896 4 de Agosto de 1954 Que da personalidad jurdica a la Liga MunicipalDominicana

    13 49 4 de Julio de 1958 Sobre atribucin de nombre de personas a calles,edificios, etc.

    14 5038 21 Noviembre de 1958 Sobre Condominios

    15 5096 14 de Marzo de 1959 Ley de Estadstica y Censos Nacionales

    16 5150 13 de Junio 1959 Que crea la Direccin General de Edificaciones de laSecretara de estado de Obras Pblicas yComunicaciones, SEOPC

  • - 66 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    17 5379 21 de Julio de 1960 Que modifica la Ley sobre Atribuciones y Deberes delos Gobernadores Civiles e introduce modificacionesa las leyes sobre Organizacin Municipal y laOrganizacin del Distrito Nacional (cantidad deRegidores por habitante)

    18 5622 14 de Septiembre de 1961 Que instituye la Autonoma Municipal

    19 6160 11 de Enero de 1963 Para la creacin del Colegio Dominicano deIngenieros, y Complementarias Arquitectos yAgrimensores (CODIA)

    20 6232 6 de Abril de 1963 Establece el proceso de Planificacin Urbana eintroduce modificaciones orgnicas a lasinstituciones municipales

    21 180 12 de Abril de 1966 Que dicta disposiciones acerca de la aprobacinde los arbitrios establecidos por el Distrito Nacionaly los Municipios

    22 Reglamento 104-67 Que regula la instalacin de Envasadoras de Gas enel Distrito Nacional

    23 1397 17 de Junio de 1967 Crea dentro de la Direccin de Turismo la Oficina dePatrimonio Cultural, y dicta otras disposiciones

    24 241 28 de Diciembre de 1967 Rgimen Jurdico del Trnsito de Vehculosy Complementarias y Leyes Complementarias

    25 305 21 de Mayo de 1968 Que crea el Parque Nacional Litoral Sur de Santo Domingo

    26 317 14 de Junio de 1968 Sobre el Catastro Nacional

    27 318 14 de Junio de 1968 Sobre el Patrimonio Cultural de la Nacin

    28 492 22 de Octubre de 1969 Que regula todo lo concerniente a la vigilancia,conservacin, consolidacin y reparacin de losMonumentos Nacionales, as como dictadisposiciones relativas a la Declaratoria de Inmueblecomo Monumento Nacional

    29 824 10 de Abril de 1971 Funcionamiento de la Comisin Nacional deEspectculos Pblicos y Radiofona

    30 233 11 de Diciembre de 1971 Que dispone que los terrenos propiedad municipalpueden ser objeto de un contrato de arrendamientoconstruir en su provecho edificios destinados aviviendas, locales comerciales y cualquier otro tipode mejoras y edificaciones que puedan ser financiadaspor las Asociaciones de Ahorro y Prstamos

    31 317-72 26 de Abril de 1972 Regula las Estaciones de Servicios y Puestos deExpendio de Gasolina

    32 Reglamento 2119-72 Que regula las instalaciones de Envasadoras de GasLicuado de Petrleo

    33 115-75 15 de Enero de 1975 Sobre Solares que deriven Plusvalas

    No. Ley Fecha Definicin

  • - 67 -

    Manual de Normas y Procedimientos

    34 232 Dispone que cualquier organismo autnomo osemiautnomo, entidad o empresa que realice trabajosde cualquier ndole y tenga necesidad de romper elpavimento de calles o carreteras,

    debe reconstruirlo, debiendo proveerse previamente,de los permisos correspondientes, Ayuntamiento,SEOPC, Oficina Tcnica de la Presidencia

    35 123 13 de Marzo de 1980 Que autoriza a los Bancos Hipotecarios de laConstruccin a otorgar Prstamos con garantahipotecaria de inmuebles construidos en terrenospropiedad de los Municipios

    36 687 30 de Julio de 1982 De la creacin de un sistema de Reglamentacin deIngeniera, Arquitectura y Ramas Afines

    37 83 Prohbe la colocacin de Desperdicios deConstruccin en la Va Pblica

    38 Decreto 1661 15 de Diciembre de 1983 Reglamento para la Aplicacin de la Ley 687 que creaun sistema de reglamentacin de Ingeniera,Arquitectura y Ramas Afines

    39 18-88 26 de febrero del 1988 Impuesto sobre Vivienda Suntuaria y Solares noEdificados

    40 58-88 5 de Mayo de 1988 Crea el Juzgado de Paz para Asuntos Municipales

    41 21-91 5 de Septiembre de 1991 Sobre la Prevencin, Rehabilitacin, Educacin eIntegracin Social de las Personas FsicamenteImpedidas

    42 Decreto 329-98 Establece el precio mnimo promedio que rige laevaluacin de los terrenos urbanos

    43 Decreto 346-98 Reglamento para el sometimiento y aprobacin deProyectos de Edificios y su inspeccin durante laconstruccin

    44 41-00 6 de Junio de 2000 Que crea la Secretara de Estado de Cultura

    45 64-00 18 de Agosto del 2000 Ley General sobre Medio Ambiente y RecursosNaturales

    46 163-01 2 de Octubre de 2001 Que crea la Provincia de Santo Domingo ysecciona el Distrito Nacional en 5 partes

    47 15 de Octubre de 2002 Reglamento Ambiental para Estaciones de Serviciosy Expendio de Gasolina y Diesel

    No. Ley Fecha Definicin

  • - 68 -

    Direccin General de Planeamiento Urbano (DGPU)

    Plano del Distrito Nacional

    Glosario Dependencias de la Direccin PROCEDIMIENTOS EN LA DGPU Notas Generales