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María José Chamorro Especialista de género OIT [email protected] Combatiendo el trabajo forzoso y la trata desde la OIT

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Combatiendo el trabajo forzoso y la trata desde la OIT. María José Chamorro Especialista de género OIT [email protected]. Convenios de la OIT 29 y 105 Estimaciones globales y regionales Proceso para el establecimiento de una norma internacional Informes de la CEACR - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

María José ChamorroEspecialista de género

[email protected]

Combatiendo el trabajo forzoso y la trata

desde la OIT

Page 2: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

I. Convenios de la OIT 29 y 105

II. Estimaciones globales y regionales

III. Proceso para el establecimiento de una norma internacional

IV. Informes de la CEACR

V. Acciones tomadas por las organizaciones de empleadores y trabajadores

Page 3: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

¿Qué es trabajo forzoso?

Convenio sobre el trabajo forzoso de la OIT, 1930

(No. 29)

« Todo trabajo o servicio que es exigido a cualquier persona bajo la amenaza de una pena cualquiera y

para el cual dicho individuo no se ofrece

voluntariamente.  »

Debe ser punible como un delito penal

Page 4: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

a) Todo trabajo se refiere a todo tipo de trabajos, servicios y empleos, en cualquier actividad, industria o sector, incluida la economía informal.

b) La amenaza de una pena abarca una amplia gama de sanciones, incluidas las sanciones penales como distintas formas de coacción directa o indirecta, como la violencia física, las amenazas psicológicas o el impago de salarios, una pérdida de derechos o privilegios

c) Ofrecimiento voluntario: se refiere al consentimiento libre e informado de los trabajadores para entrar en una relación de trabajo y a su libertad para dejar su empleo en cualquier momento.

¿Qué es trabajo forzoso?

Page 5: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Convenio relativo a la abolición del trabajo forzoso, 1957 (No. 105)

Añade prohibición a los Estados:a) la imposición de trabajo forzoso u obligatorio

como un medio de coerción o educación política, b) como castigo por expresar determinadas

opiniones políticas o por participar en huelgas, c) la movilización de la mano de obra con fines de

desarrollo económicod) como medida de disciplina en el trabajoe) discriminación racial, social , nacional o religiosa

¿Qué es trabajo forzoso?

Page 6: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Declaración de la OIT de 20084 principios fundamentales

• la libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva (C.87 y C. 98);

• la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio (C. 29 y 105);

• la abolición efectiva del trabajo infantil (C. 138 y 182); y

• la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación (C. 100 y 111).

Page 7: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Otras normas de la OIT que prohíben el trabajo forzoso entre categorías específicas de

trabajadores vulnerablesConvenio núm. 143 sobre los trabajadores migrantes

Convenio núm. 169 sobre pueblos indígenas y tribales

Convenio núm. 182 sobre las peores formas de trabajo infantil

Convenio núm. 189 sobre trabajo decente para las trabajadoras domésticas

¿Qué es trabajo forzoso?

Page 8: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Protocolo de Palermo: trata de personas

“la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otras, con fines de explotación. Esta explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”

El trabajo forzoso y la trata de personas

Page 9: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

La trata y el trabajo forzoso

• para extracción de órganos• para las adopciones o matrimonios forzados,

a menos que estos casos resulten en trabajo forzoso

• trabajo penitenciario forzoso•Algunos casos de trabajo en condiciones de servidumbre

En la mayoría de los casos la trata de personas acaba en trabajo forzoso o explotación con fines sexuales

Page 10: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

20,9 million people in forced labour20,9 millones de personas en trabajo forzoso

Explotación sexual forzada

Trabajo forzoso impuesto por el Estado

Explotación laboral forzada

Page 11: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

All regions are affected

11

11,700,000

1,600,000

3,700,000

600,000

1,500,000

1,800,000

Todas las regiones están afectadas

Page 12: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Prevalence (per 1000 inhabitants)

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Prevalencia (por 1000 habitantes)

Asia y el Pacífico Economias

desarolladas y Unión Europea

América latina y el Caribe

Medio OrienteAfrica

Europa central y del Sureste no UE y CIS

Page 13: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

More adults than children

13

Más adultos que niños

Adultos

Niños

Explotación sexual forzada

Trabajo forzoso impuesto por el EstadoExplotación laboral

forzada

Page 14: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

More women than men

14

Más mujeres que hombres

Mujeres

Hombres

Explotación sexual forzada

Trabajo forzoso impuesto por el Estado

Explotación laboral forzada

Page 15: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

With or without migration

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Con o sin migración

Migración internacional

Sin migración

Migración interna

Explotación sexual forzada

Trabajo forzoso impuesto por el Estado

Explotación laboral forzada

Page 16: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Complementar el Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29)

•Junio, 2013: La CIT recomendó a la Oficina que realizara un análisis detallado de las deficiencias en la cobertura actual de las normas de la OIT sobre trabajo forzoso.

•Febrero, 2013: Reunión de expertos concluyó que las lagunas en la aplicación del C. 29 debían abordarse a través de la actividad normativa. •Dos opciones:

•Protocolo•Recomendación

• Marzo, 2013: Consejo de Administración de OIT decide que en la Conferencia Internacional del Trabajo del 2014 deberá decidir la forma de los nuevos instrumentos.

Page 17: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Complementar el Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29)

•Agosto 2013: La Oficina envía el cuestionario a los Estados miembros con ambas opciones. D

•Diciembre, 2013: Finaliza el plazo para responder a los cuestionarios.

•Junio, 2014: con base en los resultados de los cuestionarios, la OIT formula un borrador de norma que se vota en la CIT.

Page 18: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Complementar el Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29)

Rol de la sociedad civil

•Responder directamente el cuestionario

•Colaborar con las organizaciones de trabajadores en el llenado del cuestionario

• Abogacía con los gobiernos para que respondan el cuestionario y voten a favor de un Protocolo en la próxima CIT

Page 19: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

El sistema de control de la OIT: Los informes de la CEACR

• La Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones(CEACR) revisa las memorias enviadas por los Estados sobre los Convenios ratificados.

•Emite comentarios específicos a los Estados miembros, sea a través de solicitudes directas o de observaciones.

•Las observaciones se publican cada año en un Informe.

Page 20: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Rol de la sociedad civil

•Colaborar con las organizaciones de trabajadores en la revisión de las memorias de los Estados y en la elaboración de sus propios informes para enviar a Ginebra.

•Utilizar la información contenida en los informes en su trabajo en el nivel nacional.

El sistema de control de la OIT: Los informes de la CEACR

Page 21: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Informe CEACR , 2013

Guatemala, Jamaica, México, Paraguay, Perú, EEUU, República Bolivariana de Venezuela

•C. 105 : Guatemala y EEUU (sanciones por participar en huelgas), libertad de expresar opinión opuesta al orden económico y social establecido (Venezuela)

•C. 29, trata: Jamaica, México

• C. 29, trabajo forzoso, incluyendo trata: Paraguay, Perú

Page 22: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Informe CEACR , 2013

•Examina las memorias de los gobiernos y la información enviada por las organizaciones de empleadores y de trabajadores

• Cruza información sobre las normas internacionales relacionadas

•Se refiere a investigaciones de otras organizaciones internacionales (CIDH-OEA, UNESCO…)

•Da seguimiento a las observaciones realizadas la vez anterior: monitoreo de avances

•Constituye una fuente de información muy importante

Page 23: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Informe CEACR , 2013

Guatemala: Convenio núm. 105

• Revisa memoria del gobierno y observaciones formuladas por el MSIGG (Movimiento Sindical, Indígena y Campesino Guatemalteco)

“La Comisión insta al Gobierno a que reforme el Código Penal con el fin de garantizar que ninguna persona que participe pacíficamente en una huelga pueda ser sancionada penalmente con una pena de reclusión y se vea obligada a realizar trabajo penitenciario. … La Comisión ruega al Gobierno que facilite información sobre las observaciones del MSIGG en relación a la criminalización de la protesta social y de la acción sindical”

Page 24: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Informe CEACR , 2013

México: Convenio núm. 29

• Toma nota de la adopción de la Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los delitos en materia de trata de personas y para la protección y asistencia a las víctimas de estos delitos de 14/Junio/2012

•Fortalecimiento del marco legislativo: la Comisión Intersectorial para prevenir, combatir y sancionar la trata de personas elaboró el Programa Nacional para prevenir y sancionar la trata de personas•Participación de los funcionarios en la trata de personas•Protección de las víctimas•Sanciones eficaces y estrictamente aplicadas

Page 25: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Informe CEACR , 2013

Paraguay: Convenio núm. 29

• Analiza la memoria del gobierno y las observaciones formuladas por la CSI y por la CNT (Central Nac. Trab)

• Servidumbre por deudas de las comunidades indígenas del Chaco

• Problema sigue existiendo• Inspección del trabajo no encontró pruebas: reforzamiento•Solicita información relativa a la protección del salario, incluyendo sobre salario mínimo y economatos•Solicita información sobre las multas a los empleadores y las indemnizaciones a los trabajadores

Page 26: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Informe CEACR , 2013

Perú: Convenio núm. 29

• Analiza la memoria del gobierno y las observaciones formuladas por la CUT• Se reconoce la aprobación del Plan Nacional para la lucha contra el trabajo forzoso y la creación de la Comision Nacional•La CUT escribe detalladamente el proceso que conduce a la imposición de trabajo forzoso en dos situaciones concretas en la región de Madre de Dios:

•campesinos que proceden de las regiones muy pobres de los Andes, víctimas de trata y de servidumbre por deudas en las minas acuíferas• comunidades indígenas que se ocupa de cortar madera

•Gobierno: creación de Comisiones regionales•Grupo especial de inspección de trabajo contra el trabajo forzoso

Page 27: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Informe CEACR , 2013

Perú: Convenio núm. 29

•Trata de personas:

•Grupo de trabajo multisectorial permanente contra la trata de personas

•Línea telefónica 24 horas

•Registro de estadística de trata de personas y afines (RETA)

Page 28: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Grupos en condiciones de vulnerabilidad y sectores clave

• Construcción, incluyendo ladrilleras• Agricultura y horticultura• Silvicultura y explotación forestal• Minería• Prendas y textiles• Limpieza y servicios de seguridad• Industria alimentaria y del embalaje• Trabajo doméstico y otro trabajo de cuidado

de personas dependientes• Trabajo de fábrica, principalmente textitles y

vestuario. • Restaurantes y catering• Industria del sexo y del entretenimiento• Transporte, por ejemplo maritimo• Actividades de la economía informal como la

mendicidad organizada y las ventas callejeras

• Construcción, incluyendo ladrilleras• Agricultura y horticultura• Silvicultura y explotación forestal• Minería• Prendas y textiles• Limpieza y servicios de seguridad• Industria alimentaria y del embalaje• Trabajo doméstico y otro trabajo de cuidado

de personas dependientes• Trabajo de fábrica, principalmente textitles y

vestuario. • Restaurantes y catering• Industria del sexo y del entretenimiento• Transporte, por ejemplo maritimo• Actividades de la economía informal como la

mendicidad organizada y las ventas callejeras

Pueblos indígenas y tribales

Grupos de casta baja y minorías

Trabajadores/as migrantes, especialmente con estatus irregular

Trabajadores/as de empresas informales/sectores no organizadosMujeres, jóvenes y niños son los más vulnerables

A904060 - Identifying and investigating cases of forced

labour and trafficking

Page 29: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

¿Por qué son vulnerables?

• Diffíciles de encontrar

• Lugares de trabajo aislados y remotos

• Domicilios privados

Ocultos/

Invisibles

• Discrim. social trab. indígenas

• Discrim. racial• Sistema de castas• Pobreza, Deudas,

Falta de educación

Estatus socio-econ. bajo

• Discriminación de las mujeres trab.

• Trabajar en sectores con vulnerabilidad a la explotación,

• No denunciar

Género

• NNA y personas jóvenes con la edad mínima expuestos a las PFTI (trata)

NNA y personas jóvenes

• Explotados/engaña-dos por los reclutadores

• Lengua, cultura, no integración en el país de destino o deportación

Trabajadores migrantes

• Ocultos de la inspección del trabajo

• Estatus ilegal (residencia y/o trabajo)

Trab. en actividades ilícitas/ilegales

A904060 - Identifying and investig.forced labour and

trafficking

Page 30: María José Chamorro Especialista de género OIT chamorro@ilo

Fac

tore

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acto

res

de

emp

uje • Desempleo

• Bajos salarios• Pobreza• Falta de acceso a servicios• Falta de protección y

seguridad• Malas cosechas• Sequías/inundaciones• Falta de formación• Guerras/Conflictos• Estatus social bajo

• Esperanza de una vida mejor!

• Desempleo• Bajos salarios• Pobreza• Falta de acceso a servicios• Falta de protección y

seguridad• Malas cosechas• Sequías/inundaciones• Falta de formación• Guerras/Conflictos• Estatus social bajo

• Esperanza de una vida mejor!

Fac

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racc

ión

Fac

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racc

ión • Posibilidades de empleo

• Mejores salarios• Mejor ingreso• Beneficios/servicios sociales• Lugares de trabajo mejores y

más seguros• Seguridad alimentaria y del

ingreso• Menor riesgo de desastres

naturales• Formación/ganar experiencia• Estabilidad política• No discriminación• La atracción de las grandes

ciudades!

• Posibilidades de empleo• Mejores salarios• Mejor ingreso• Beneficios/servicios sociales• Lugares de trabajo mejores y

más seguros• Seguridad alimentaria y del

ingreso• Menor riesgo de desastres

naturales• Formación/ganar experiencia• Estabilidad política• No discriminación• La atracción de las grandes

ciudades!

Factores de empuje y de atracción

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¿Qué pueden hacer las empresas y sus organizaciones?

Gestión de la cadena de suministro

imagen deteriorada de empresas importantes en sectores muy diversos: agricultura, construcción, acero, electrónica, textil, calzado...

Actividades de subcontratistas pueden alcanzar su propia reputación y la de todo el sector, repercusiones en sus relaciones comerciales y en su acceso a mercados mundiales

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• Principios destinados a los jefes de empresa para combatir el trabajo forzoso yla trata (10 principios)

• Herramientas específicas OIT-OIE de orientación para combatir el trabajo forzoso, incluyendo principios rectores, listas de verificación, orientaciones para evaluar el cumplimiento, consejos prácticos para establecer medidas específica, buenas prácticas

¿Qué pueden hacer las empresas y sus organizaciones?

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Alianza Sindical Global para combatir el trabajo forzoso y la trata de personas (2007) y su Plan de Acción

• Acciones por las organizaciones sindicales nacionales

• Acciones por las federaciones sindicales internacionales

– Federación Internacional de Trabajadores del Textil, Vestuario y Cuero informó sobre prácticas de trabajo forzoso que afectan a los trabajadores migrantes. Firmó un acuerdo con Inditex para combatir el trabajo forzoso y promover el cumplimiento de las normas internacionales del trabajo

– Federación Internacional de Trabajadores de la Química, Energía, Minas, Industrias Diversas y la Federación Internacional de Trabajadores de las Industrias Metalúrgicas firmaron un acuerdo general con Umicore incluyendo la prohibición del trabajo forzoso

– OIT Lima y la Internacional de Trabajadores de la Construcción y la Madera acuerdo para tratar la cuestión del trabajo forzoso en toda América Latina y el Caribe.

¿Qué pueden hacer las organizaciones de trabajadores?

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Muchas gracias!

www.ilo.org/forcedlabour