voluntad anticipada
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Quinto Congreso Internacional de Ciencias Sociales, Humanidades y Salud “Identidad, Bienestar y Sustentabilidad”
Noviembre 2014
CUERPO ACADÉMICO BIOÉTICA Y SALUD MENTALDr. en C. Octavio Márquez Mendoza. Líder del Cuerpo Académico.
Dra. en C.S Rosalinda Guadarrama GuadarramaDra. en C.S. Marcela Veytia López
Dr. en D. Sergio Ruiz PeñaDr. en H. Miguel Héctor Fernández Carrión
VOLUNTAD ANTICIPADA
Contenido• Objetivos• Voluntad Anticipada• Concepto• Origen• Características• Importancia• Historia
• Contexto actual en México• Resultados del estudio sobre Voluntad Anticipada en el Estado de México• Conclusiones
Objetivos
Los objetivos de esta plática son los siguientes:
• Establecer los principales paradigmas que se consideran pertinentes en
torno al tema de Voluntad Anticipada.
• Presentar el contexto actual de dicho fenómeno en México.
• Presentar los resultados de la investigación sobre Voluntad Anticipada
realizado en el Estado de México.
• Explicar los dilemas éticos en torno al conocimiento y la actitud de los
pacientes y médicos del Estado de México de la voluntad anticipada.
Concepto “Voluntad Anticipada”
• Al consentimiento informado, otorgado anticipadamente, previendo una
posible pérdida de la conciencia o capacidad para manifestar la voluntad
sobre la atención médica o sobre el tipo de tratamientos que se desea o no
recibir, principalmente al final de la vida, se le denominó originalmente
testamento vital (living wills), aunque posteriormente ha recibido otras
denominaciones como voluntad anticipada o instrucciones previas.
• La Voluntad Anticipada debe ser entendida como el documento donde el
ciudadano manifiesta todas las decisiones que espera se cumplan en el
momento en el que no pueda expresar su voluntad sobre los cuidados y
tratamientos relacionados con la atención médica. Sus alcances, van más allá,
en razón de la posibilidad de establecer dentro de él las indicaciones para el
destino de sus órganos.
Concepto “Voluntad Anticipada”
• Esta situación se presenta cuando el individuo no se encuentra consciente o
no cuenta con las facultades necesarias para poder comunicarse.
• Cuando hacemos referencia al término destino de órganos, este incluye el
deseo del individuo de donarlos o no, si es en su totalidad, solamente
algunos o específicamente uno, siempre y cuando sean viables de acuerdo a
las normas sanitarias vigentes.
Concepto “Voluntad Anticipada”
Características
• Debe elaborarse de manera personal, ya que afecta la esfera de derechos
del individuo en cuestión.
• Si otro individuo toma las decisiones con respecto a este tema, entonces
sería incorrecto seguir llamando a este documento Voluntad Anticipada.
• Debe haber ciudadanía, pues su existencia debe ser el elemento
primigenio para que un sujeto pueda declarar tal documento, ya que el
individuo no puede poseer ningún elemento de incapacidad y debe ser
considerado como pleno poseedor y garante de capacidad de goce y de
ejercicio de su voluntad, dentro del plano jurídico.
Origen
• Desarrollo del consentimiento informado. (El consentimiento informado
garantiza la autonomía del paciente, mientras que la Voluntad Anticipada
garantiza esta autonomía en el futuro.)
• Temor a la obstinación terapéutica o distanasia.
• Búsqueda de la ortotanasia.
Importancia
• Posee relevancia per se, ya que se relaciona con un aspecto fundamental
de cada individuo: el final de la vida. Se trata de una forma de continuar
ejerciendo el derecho a ser respetado en su individualidad, autonomía y
dignidad, asegurando que ese respeto se mantendrá aun cuando se
presente una situación de mayor vulnerabilidad.
• Situación actual de salud y avances científicos y tecnológicos en el
tratamiento de enfermedades crónico degenerativas y oncológicas que
conllevan a un aumento en la esperanza de vida.
• Al consistir en un proceso formal ejercido por la responsabilidad de los
ciudadanos en las decisiones relativas a su salud, hace posible una relación
con mayor trasparencia y confianza entre pacientes y profesionales
sanitarios. (Gisper, 2005:1), por lo que constituye un recurso fundamental
en la relación médico-paciente, ofreciendo ventajas para los pacientes,
médicos y familiares.
• Gran vigencia actual en razón a la gran importancia y atención que ha
recibido la necesidad de legislar en relación al tema.
Importancia
Historia
• El primer documento de voluntad anticipada surgió en Estados Unidos de
Norteamérica en 1969, propuesto por el abogado Luis Kutner.
• La primera legislación respecto al tema nace en ese país, en 1976 en el
Estado de California.
• Esta figura se consolidó en el 1991 con la Ley Federal de
Autodeterminación del Paciente y a partir de ese momento se ha divulgado
en el resto del mundo.
Contexto Actual en México
• La primera entidad federativa en legislar sobre este tema fue el Distrito
Federal. En 2008 se publicó la Ley sobre Voluntad Anticipada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal.
• Actualmente (Hasta Julio de 2014) únicamente 11 estados cuentan con
este tipo de regulación: Coahuila, Aguascalientes, San Luis Potosí,
Michoacán, Hidalgo, Guanajuato, Chihuahua, Nayarit, Guerrero, el Estado
de México y Colima.
Estado de México
• En el Estado de México la Ley de Voluntad Anticipada se aprobó en abril
del 2013 y fue publicada en mayo de ese mismo año.
• Por tal motivo, dentro de la UAEMéx se realizó el proyecto de
investigación: Conocimiento y actitud ante el testamento vital de los
médicos y pacientes del estado de México, obteniendo los siguientes
resultados:
Resultados
• El 21.3% de los profesionales de la salud tienen conocimiento sobre
el Testamento Vital, al igual que el 8% de los pacientes.
• Al 59.3% de los pacientes le gustaría realizarlo.
• Por lo tanto, se establecieron las siguientes conclusiones:
1. Se tiene desconocimiento, por parte de los profesionales de la
salud, sobre lo que es el Documento de Voluntad Anticipada
(DVA); desconocen las normativas que regulan dicho documento,
así como la realización del mismo y la manera de indagar para
saber si los pacientes lo tienen realizado.
• 2. El profesional de la salud considera que a quién se debe informar
sobre el DVA es a los pacientes con alguna enfermedad terminal
principalmente, y creen que es un trámite burocrático que debe
realizar el trabajador social.
• 3. Los profesionales de la salud no informan a los pacientes sobre lo
que es el DVA y cómo deben realizarlo, tampoco preguntan si los
pacientes tienen realizado dicho documento, ya que creen que casi
ningún paciente los realiza.
Resultados
• 4. Los profesionales de salud consideran que sería importante que los
pacientes realicen este documento.
• 5. La mayoría de los pacientes desconocen el DVA y por ende no
cuentan con el documento, aunque algunos a pesar de conocerlo
tienen una actitud indiferente para realizarlo.
Resultados
• 6. Los pacientes tienen actitudes favorables hacia la realización de
DVA, aunque creen que la actitud del médico podría cambiar si
realizan DVA, no obstante consideran importante que el documento
constará en la historia clínica.
• 7. Aunque los pacientes no padecen alguna enfermedad crónica o
terminal se muestran receptivos a recibir información sobre DVA y
adoptan actitudes favorables hacia la realización del mismo.
Resultados
¿Cómo se lleva a cabo este procedimiento?
Tanto en el Distrito Federal como en el Estado de México, existen dos maneras en
las que se puede elaborar el Acta de Declaraciones sobre Voluntad Anticipada,
así como la revocación de la misma.
La ley de voluntad anticipada del Estado de México menciona:
a) Ante Notario. Para todos los que deseen realizar este procedimiento. Costo
aproximado de $2500 (Estado de México, Art. 12)
b) En Instituciones de Salud. Debe suscribir el formato ante el personal de salud
autorizado y ante 2 testigos de manera gratuita, debe acompañarse de un
resumen clínico en el cual el médico establezca el diagnóstico y pronóstico del
paciente, aclarando que se le informó al paciente sobre las opciones terapéuticas
y sobre la posibilidad de revocación de este documento (Art. 13)
¿Cómo se lleva a cabo este procedimiento?
El notario o el personal de salud, según sea el caso, deben notificar a la
Coordinación de la Secretaría de Salud sobre la decisión que haya tomado el
paciente, así como al Centro de Trasplantes suponiendo que el paciente decide
donar sus órganos.
En la legislación del Estado de México no se aclara si el enfermo terminal que
aún no alcance la mayoría de edad puede realizar las Voluntades Anticipadas,
mientras que en el Distrito Federal sí se considera esta posibilidad (con
participación de los padres o tutores).
Ejemplo de Voluntad Anticipada ante Notario (Estado de México)
Conclusiones Generales• Es pertinente establecer una única ley federal en el Estado Mexicano, que
contenga algunos de los parámetros establecidos en este trabajo de
investigación en cuanto al tema.
• No obstante, no basta con su legalización en los instrumentos jurídicos, que es
pasar por el proceso legislativo desde la propuesta hasta el inicio de vigencia
de la norma.
• Para que la comunidad lo digiera, entienda y aplique su contenido es
fundamental que conozca y sea sensible al fenómeno y sólo así podrá
legitimarse la norma jurídica y tendrá una verdadera aplicabilidad y utilidad
dentro de la sociedad.
• Es importante sensibilizar a la población de la importancia de la Voluntad
Anticipada a través de diferentes medios de comunicación.
• Realizar cursos, talleres, materias específicas sobre el tema en los campos
de la atención a la salud en los diferentes ámbitos educativos.
• Es imperativo que en el sector salud se implementen talleres informativo-
formativos sobre el tema; consentimiento informado: este documento
tiene un principio básico en relación a modificarlo en cualquier momento
de un proceso médico o de investigación, así como también el deseo de
interrumpir lo establecido previamente.
Conclusiones Generales
GRACIAS POR SU ATENCIÓN