borrador de organico funcional

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EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SANTA LUCÍA CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República del Ecuador, reconoce y garantiza en el Título V a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales el goce de autonomía política, administrativa y financiera, regidos por el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en el que se establece un sistema nacional de competencias de carácter obligatorio y progresivo; Que los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, según lo dispuesto en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en su Artículo 53 son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera. Están integrados por las funciones de participación ciudadana; legislación y fiscalización; y, ejecutiva previstas en el mismo, para el ejercicio de las funciones y competencias correspondientes; Nicolás Martínez y Antonio Saa Pbx. 04-2709175 E-Mail. [email protected] www.santalucia.gob.ec

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EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTN SANTA LUCA

CONSIDERANDO:

Que la Constitucin de la Repblica del Ecuador, reconoce y garantiza en el Ttulo V a los Gobiernos Autnomos Descentralizados Municipales el goce de autonoma poltica, administrativa y financiera, regidos por el Cdigo Orgnico de Organizacin Territorial, Autonoma y Descentralizacin en el que se establece un sistema nacional de competencias de carcter obligatorio y progresivo;

Que los Gobiernos Autnomos Descentralizados Municipales, segn lo dispuesto en el Cdigo Orgnico de Organizacin Territorial, Autonoma y Descentralizacin en su Artculo 53 son personas jurdicas de derecho pblico, con autonoma poltica, administrativa y financiera. Estn integrados por las funciones de participacin ciudadana; legislacin y fiscalizacin; y, ejecutiva previstas en el mismo, para el ejercicio de las funciones y competencias correspondientes; Que, de conformidad con el Artculo 5 del Cdigo Orgnico de Organizacin Territorial, Autonoma y Descentralizacin, la autonoma administrativa consiste en el pleno ejercicio de la facultad de organizacin y de gestin de sus talentos humanos y recursos materiales para el ejercicio de sus competencias y cumplimiento de sus atribuciones, en forma directa o delegada, conforme a lo previsto en la Constitucin y la Ley;

Que, segn el Artculo 57 del Cdigo Orgnico de Organizacin Territorial, Autonoma y Descentralizacin, entre las atribuciones del concejo municipal est el ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del gobierno autnomo descentralizado municipal, mediante la expedicin de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones para regular temas institucionales especficos;

Que, de conformidad con el Artculo 338 del Cdigo Orgnico de Organizacin Territorial, Autonoma y Descentralizacin, cada gobierno autnomo descentralizado municipal tendr la estructura administrativa que requiera para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus competencias y funcionar de manera desconcentrada. La estructura administrativa ser la mnima indispensable para la gestin eficiente, eficaz y econmica de sus competencias y elaborar la normativa pertinente segn las condiciones especficas de su circunscripcin territorial, en el marco de la Constitucin y la ley;

Que, para actualizar la organizacin administrativa del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca debe implementarse una estructura orgnica, gil, flexible y moderna, que permita el ejercicio de las funciones y competencias con eficiencia, eficacia, participacin, articulacin y transparencia, la prestacin oportuna de los servicios pblicos y la ejecucin de la obra pblica en beneficio de la colectividad que integre y permita cumplir efectivamente con las directrices de la normativa legal vigente;

Que, las normas de la Contralora General del Estado sealan que las Unidades de Administracin del Talento humano, de acuerdo con el ordenamiento jurdico vigente y las necesidades de la institucin formularn y revisarn peridicamente la estructura orgnica y funcional; as como la clasificacin de puestos, definiendo los requisitos para su desempeo y los niveles de remuneracin;

En ejercicio de sus competencias y en cumplimiento de las atribuciones que le confiere el Cdigo Orgnico de Organizacin Territorial, Autonoma y Descentralizacin en los Arts. 5, 53, 56 y 57.

RESUELVE:

EXPEDIR EL SIGUIENTE REGLAMENTO ORGNICO FUNCIONAL DE GESTIN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL GOBIERNO AUTNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTN SANTA LUCA

NATURALEZA JURDICA

La circunscripcin territorial del cantn Santa Luca tiene un Gobierno Autnomo Descentralizado para la promocin del desarrollo y la garanta del buen vivir a travs del ejercicio de sus competencias.

El Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca es una persona jurdica de derecho pblico, con autonoma poltica, administrativa y financiera. Est integrado por las funciones de participacin ciudadana; legislacin y fiscalizacin; y, ejecutiva para el ejercicio de las funciones y competencias que le corresponden. La sede del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal es el cantn Santa Luca.

OBJETIVOS

El Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca tiene entre sus objetivos institucionales los siguientes:

1. Promover el desarrollo sustentable del cantn como garanta del buen vivir a travs de polticas pblicas cantonales;2. Implementar polticas de promocin y construccin de equidad e inclusin para el ejercicio de sus competencias constitucionales y legales;3. De conformidad con la planificacin cantonal y dentro del rgimen de uso del suelo, asegurar porcentajes de este para zonas de reas verdes y reas comunales;4. Implementar un sistema de participacin ciudadana para el ejercicio de los derechos y la gestin municipal; 5. Desarrollar la gestin municipal de conformidad con las prioridades establecidas en los planes cantonales de Desarrollo, Ordenamiento Territorial y Polticas Pblicas; y ,6. Realizar en forma permanente el seguimiento y rendicin de cuentas sobre el cumplimiento de las metas establecidas.

El presente instrumento legal consta de dos partes: en la primera se contempla lo relacionado a la Estructura Orgnica y la segunda parte, la Estructura Funcional del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca.

CAPTULO I

FILOSOFA ORGANIZACIONAL

MISIN

El Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca planifica, regula, ejecuta y promueve el desarrollo integral sostenible del cantn, a travs de servicios de calidad eficientes y transparentes con la participacin activa de la ciudadana socialmente responsable a fin de lograr el buen vivir.

VISIN

Seremos un Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal lder en gestin, con responsabilidad social, que garantice equidad, honestidad, trabajo y eficiencia para que Santa Luca se constituya en un cantn prspero, atractivo e incluyente, capital de los servicios y el conocimiento, referente del buen vivir para el cantn y sus recintos.

VALORES INSTITUCIONALES

a) Compromisob) Lealtadc) Responsabilidadd) Puntualidade) Trabajo en Equipof) Serviciog) Respetoh) Proactividadi) Excelenciaj) Integridadk) Liderazgol) tica

a) Compromiso.- Hacer bien las cosas, fundamentndose en la normativa institucional, aprovechando las oportunidades, eliminando las debilidades, potencializando las fortalezas, enfrentando las amenazas, institucionalizando los procesos, capacitando, fundamentando y buscando la participacin de todos para lograr el desarrollo de las competencias genricas y especficas;

b) Lealtad.- Se garantiza la consolidacin y mejoramiento de la institucin manteniendo los valores y el fortalecimiento del recurso humano;

c) Responsabilidad.- Cumplir con eficiencia y eficacia nuestro rol personal e institucional;

d) Puntualidad.- Se considera la puntualidad como un valor fundamental para lograr los objetivos y metas propuestas;

e) Trabajo en Equipo.- Las acciones a realizarse deben ser el producto del consenso y la labor mancomunada;

f) Servicio.- Dirigir las acciones orientadas a la satisfaccin de las necesidades de los dems, a fin de obtener el bien comn;

g) Respeto.- Las relaciones interpersonales al interior de la institucin se sustentarn en el respeto y la consideracin, generando un ambiente de trabajo apropiado.

h) Proactividad.- Asumimos el pleno control de nuestro comportamiento de modo dinmico e innovador, adelantndonos a la toma de iniciativas en el desarrollo de acciones creativas y audaces para generar mejoras, incluso sobre las circunstancias adversas;

i) Excelencia.- Buscamos satisfacer con los ms altos estndares de efectividad y calidad a todos los usuarios internos y externos, el xito se medir en funcin de los resultados que se alcance;

j) Integridad.- Somos honestos y transparentes en nuestra actuacin pblica y privada con sujecin a las normas morales y legales. Vivimos la integridad en la forma como tratamos a nuestros usuarios y compaeros, y en las decisiones que tomamos da tras da;

k) Liderazgo.- Capacidad de respuesta oportuna a necesidades y requerimiento de los usuarios, con compromiso social, idoneidad, sensibilidad, honestidad, innovacin y tecnologa, propendiendo el cumplimiento de la misin y objetivos organizacionales; y,

l) tica.- El Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca, se orienta al desarrollo de actividades en beneficio de la comunidad ejerciendo una conducta adecuada, objetiva y razonable.

PRINCIPIOS INSTITUCIONALES

a) Mejoramiento Continuob) Oportunidadc) Colaboracind) Eficaciae) Austeridadf) Eficiencia

a) Mejoramiento continuo.- El Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal aplicar todos los procedimientos tcnicos e instrumentos gerenciales que le permitan responder oportunamente a los cambios del entorno, contando con un personal comprometido en la bsqueda de resultados excelentes en su gestin, mediante el cumplimiento de sus deberes con competencia, diligencia y calidad;

b) Oportunidad.- Cumplir a tiempo y con calidad las funciones en la prestacin de los servicios a los usuarios;

c) Colaboracin.- Los empleados realizan aquellas tareas que por su naturaleza o modalidad sean las estrictamente inherentes a su cargo, siempre que ellas resulten necesarias para mitigar, neutralizar o superar las dificultades que enfrente la organizacin o nuestros usuarios;

d) Eficacia.- Ser eficaz implica hacer las cosas bien hechas desde el principio. De forma planificada y organizada;

e) Austeridad.- Los colaboradores del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca, deben obrar con sobriedad y racionalizacin en el uso de los recursos, de tal manera que proyecten una imagen de transparencia en su gestin y de calidad en sus funciones; y,

f) Eficiencia.- Es la mejor utilizacin social y econmica de los recursos administrativos, tcnicos y financieros disponibles para que los usuarios de los servicios pblicos, sean prestados en forma adecuada, oportuna y suficiente. Para ser eficiente se requiere un objetivo, tener clara una tarea, que exista un mnimo de motivacin, un uso racional del tiempo y la obtencin de un resultado.

OBJETIVOS GENERALES

El Plan Estratgico del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca, por un Santa Luca hacia el futuro, seguro, productivo y social, determina cuatro temas estratgicos en base al anlisis FODA, para identificar los cuatro objetivos generales.

Objetivo 1.- Identidad, Participacin y Ciudadana:Construccin de la nueva ciudadana, multitnica y pluricultural, con participacin ciudadana, incrementando la seguridad, la proteccin del medio ambiente, la esperanza y la calidad de vida de los ciudadanos.

Objetivo 2.- Recuperacin Econmica, Desarrollo y Competitividad:Impulsar el crecimiento de la economa, a partir del mejoramiento de la competitividad y productividad, facilitando la instalacin de actividades productivas.

Objetivo 3.- Desarrollo Territorial:Orientar el desarrollo fsico y ambiental del municipio de forma que permita elevar la calidad de vida de sus habitantes, consolidar y desarrollar el espacio pblico de manera equitativa y mejorar la imagen urbana; y,

Objetivo 4.- Desarrollo Institucional:Garantizar una administracin municipal con responsabilidad social, bajo los principios de eficiencia, eficacia y transparencia, con procesos y procedimientos estandarizados.

POLTICAS INSTITUCIONALES

Las polticas institucionales constituyen los lineamientos que guiarn la gestin del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca.

Las funciones de Gerencia Pblica: Planificacin, Coordinacin, Direccin, Ejecucin, Control y Evaluacin, se enmarca en las siguientes polticas:

a) En todo momento se centrar la atencin hacia la identificacin y satisfaccin de las necesidades del cliente, contribuyente y usuario, de manera que se agregue valor pblico y se excedan las expectativas de nuestros ciudadanos;

b) Es compromiso del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca, cumplir con los requisitos del Sistema de Gestin de Calidad por Procesos y proveer los recursos necesarios, para mantener y mejorar los servicios de calidad;

c) Todas las Unidades Administrativas del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca, independientemente de su jerarqua, realizarn el control de gestin a su nivel, a travs de los indicadores de eficiencia, eficacia y calidad diseados para el efecto;

d) Se implementar un Sistema de Gestin de Talento Humano por Competencias que garantice que nuestro recurso humano es formado y asignado de acuerdo a su perfil profesional, las cuales le permitirn cumplir de manera eficaz con sus tareas;

e) Para garantizar las condiciones y ambiente de trabajo adecuado, se cumplir con el sistema de seguridad laboral;

f) Se normar el uso del correo electrnico institucional para la comunicacin interna y se dotar de todas las seguridades tecnolgicas que garanticen su confiabilidad y oportunidad; y,

g) La comunicacin interna permitir fortalecer la cultura organizacional del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca y su orientacin a maximizar los servicios a sus clientes internos y externos.

CAPTULO II

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- CONCEPTO:

El Reglamento Orgnico Funcional es el principal instrumento que establece la estructura funcional del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca, as mismo, define funciones y responsabilidades de cada una de las dependencias.

SEGUNDA.- FINALIDADES:

a) Permitir que los directivos, ejecutivos, funcionarios, empleados y trabajadores del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca, cuenten con un documento en el que se pueda tener una visin clara, precisa y detallada de la estructura, de las funciones y competencias de las dependencias municipales;b) Difundir las funciones y responsabilidades de cada una de las dependencias, para su cumplimiento; y,c) Informar a los funcionarios y/o empleados del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca los canales de comunicacin en funcin de la Estructura Orgnica de la Institucin;

TERCERA.- RESPONSABILIDAD:

El Reglamento Orgnico Funcional establece los aspectos funcionales y estructurales que deben ser observados por todos y cada uno de los funcionarios, empleados y/o trabajadores de la institucin; por lo tanto, todos estamos llamados al cumplimiento irrestricto de los mismos.

Todos los directivos y responsables de unidad de las dependencias municipales, adems de las funciones generales de las unidades, debern realizar las que corresponden a la direccin a la que pertenecen, como tambin la coordinacin, organizacin, liderazgo, control, y las que dispongan el seor Alcalde y/o el Administrador General.

CUARTA.- MODIFICACIONES:

Cualquier modificacin a realizarse en la Estructura Orgnica del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca, deber ser analizada por el Administrador General, con el apoyo de la Direccin Administrativa y la unidad de Desarrollo Institucional, y aprobada esta propuesta mediante resolucin suscrita por el seor Alcalde del cantn.

CAPTULO III

NIVELES Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS

PROCESOS DEL GOBIERNO MUNICIPAL

El Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca mantiene procesos internos que con la participacin ciudadana tienen como objetivo crear escenarios que impulsen el crecimiento de una comunidad con hombres y mujeres democrticos, libres, crticos, creativos, solidarios que promuevan el desarrollo econmico, tecnolgico, social y cientfico, estableciendo alianzas que permitan cumplir con los objetivos propuestos.

ESTRUCTURA ORGNICA POR PROCESOS

Art. 1.- La Estructura Organizacional del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del Cantn Santa Luca se sustenta en el enfoque gerencial de Gestin Orgnica por Procesos.

El sistema propende a una gestin tcnica y flexible sustentada en Procesos orientados a generar productos y servicios, para aplicar principios de equidad interna y competitividad externa que garantice un trato equitativo a sus participantes, que estimule la profesionalizacin y capacitacin de la o el servidor, promueva su desarrollo en la carrera institucional en funcin de los resultados, que impulse en el servicio pblico una cultura gerencial basada en la medicin de objetivos y metas de la institucin, de los procesos internos y del personal;

Art. 2.- Se entender por Proceso al conjunto de actividades dinmicamente interrelacionadas, que toman insumos del medio, agregando valor para transformar en servicios y productos finales a ser entregados a los clientes o usuarios como respuesta a sus demandas;

Art. 3.- Procesos del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal.- Los Procesos que generan los productos y servicios del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del Cantn Santa Luca, se ordenan y clasifican en consideracin a la naturaleza de sus competencias en el efectivo cumplimiento de la Misin Institucional.

Para el ejercicio de sus funciones, competencias, atribuciones y responsabilidades el Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca, en ejercicio de su autonoma administrativa est integrado por los siguientes niveles o Procesos:

1. Procesos Gobernantes; 2. Procesos Habilitantes de Asesora;3. Procesos Habilitantes de Apoyo;4. Procesos Agregadores de Valor; y; 5. Procesos Desconcentrados.

1.- Procesos Gobernantes.- Orienta la Gestin Institucional a travs de la formulacin de polticas pblicas, directrices generales y la expedicin de normas e instrumentos legales para mejorar el funcionamiento de la organizacin. Est constituido por el Concejo Municipal y la Alcalda;

2.- Procesos Habilitantes de Asesora.- Dinamiza la Gestin Institucional por medio de la consulta, ayuda o consejo especializado y oportuno, encaminado a generar productos y servicios para los dems procesos y para s mismos. Sus acciones se canalizan a travs de los actos administrativos de los responsables del Proceso Gobernante;

3.- Procesos Habilitante de Apoyo.- Asiste en forma complementaria en lo tcnico y administrativo a los dems procesos y a los usuarios internos y externos;

4.- Procesos Agregadores de Valor.- Genera, administra y controla los productos y servicios destinados a usuarios externos y permite cumplir con la misin Institucional; y,

5.- Procesos Desconcentrados.- Genera productos y servicios de manera desconcentrada directamente al usuario externo.

DE LA ESTRUCTURA ORGNICA BSICA ALINEADA A LA MISIN

El Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca, para el cumplimiento de su misin y visin, se encuentra estructurado mediante procesos que integran los diferentes niveles de la Administracin Municipal:

1. PROCESOS GOBERNANTES:

1.1 CONCEJO MUNICIPAL:1.1.1 Secretaria/o de Comisiones Permanentes

1.2 ALCALDA:1.2.1 Alcalde o Alcaldesa1.2.2.1 Asesor de Alcalda1.2.2.2 Asistente de Alcalda 1.2.2.3 Chofer de Alcalda 1.2.2.4 Dos (2) Policas de Seguridad de Alcalda 1.3 VICEALCALDA:1.3.1 Vicealcalde o Vicealcaldesa

1.4 INSTANCIAS Y MECANISMOS DE PARTICIPACIN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL

2. PROCESOS HABILITANTES DE ASESORA:

2.1 ASESORA JURDICA: 2.1.1. Procurador Sndico Municipal2.1.1.1 Abogado Interno2.1.1.2 Abogado Externo 2.1.1.3 Asistente Legal2.2 AUDITORA INTERNA:2.2.1 Auditor General Interno2.2.1.1 Asistente de Auditora Interna

2.3 GESTIN DE PLANIFICACIN Y DESARROLLO INSTITUCIONAL:2.3.1 Director de Gestin de Planificacin y Desarrollo Institucional2.3.1.1 Asistente de Gestin de Planificacin y Desarrollo Institucional2.3.1.1 Auxiliar Administrativo2.4 UNIDAD TCNICA DE GESTIN DE RIESGOS:2.4.1 Jefe de Operaciones2.4.1.1Tcnico de Gestin de Riesgos2.4.1.2 Promotor de Desarrollo2.4.1.3 Secretario

2.4.2 Jefe de la Sala Situacional

2.5 RELACIONES PBLICAS Y COMUNICACIN SOCIAL:2.5.1 Director de Relaciones Pblicas y Comunicacin Social2.5.1.1 Asistente de Relaciones Pblicas y Comunicacin Social2.5.1.2 Fotgrafo2.5.1.3 Diseador Grfico

3. PROCESOS HABILITANTES DE APOYO:

3.1 SECRETARA GENERAL: 3.1.1 Secretario General del Concejo Municipal 3.1.1.1 Prosecretaria3.1.1.2 Asistente de Documentacin y Archivo 3.1.1.3 Auxiliar de Recepcin e Informacin

3.2 DIRECCIN ADMINISTRATIVA Y GESTIN DEL TALENTO HUMANO:3.2.1 Director Administrativo3.2.1.1 Asistente de la Direccin Administrativa

3.2.2 Subproceso de Gestin del Talento Humano:3.2.2.1 Jefe de Gestin del Talento Humano3.2.2.1.1 Analista del Talento Humano3.2.2.1.2 Asistente de Gestin del Talento Humano

3.2.3 Subproceso de Sistemas Informticos:3.2.3.1 Jefe de Sistemas Informticos3.2.3.1.1 Analista de Sistemas Informticos y Redes3.2.3.1.2 Auxiliar Administrativo

3.2.4 Subproceso de Adquisiciones, Proveedura, Control de Bienes e Inventario:3.2.4.1 Jefe de Adquisiciones, Proveedura, Control de Bienes e Inventario 3.2.4.1.1 Asistente de Adquisiciones y Proveedura3.2.4.1.2 Asistente de Control de Bienes e Inventario3.2.4.1.3 Auxiliar Administrativo

3.2.5 Subproceso de Compras Pblicas:3.2.5.1 Unidad de Compras Pblicas

3.2.6 Subproceso de Servicios Generales:3.2.6.1 Jefe de Servicios Generales3.2.6.1.1 Cinco (5) Auxiliares de Servicios Generales 3.3 DIRECCIN DE GESTIN FINANCIERA:3.3.1 Director Financiero3.3.1.1 Asistente Financiero3.3.2 Subproceso de Presupuesto:3.3.2.1 Jefe de Presupuesto3.3.2.1.1 Auxiliar Administrativo

3.3.3 Subproceso de Tesorera:3.3.3.1 Tesorera Municipal3.3.3.1.1 Asistente de Tesorera3.3.3.1.2 Auxiliar Administrativo

3.3.3.2 Subproceso de Recaudacin:3.3.3.2.1 Jefa de Recaudaciones 3.3.3.2.1.1 Dos (2) Cajeras 3.3.3.2.1.2 Dos (2) Recaudadores

3.3.3.3 Subproceso de Cartera Vencida y Coactiva3.3.3.3.1 Unidad de Cartera Vencida y Coactiva

3.3.4 Subproceso de Contabilidad:3.3.4.1 Jefe de Contabilidad3.3.4.1.1 Contador Municipal3.3.4.1.2 Asistente de Contabilidad

3.3.5 Subproceso de Rentas:3.3.5.1 Jefa de Rentas3.3.5.1.1 Auxiliar de Rentas

3.4 COMISARA Y POLICA MUNICIPAL:3.4.1 Comisario Municipal3.4.1.1 Secretaria de la Comisaria

3.4.2 Subproceso de Va Pblica y Polica Municipal3.4.2.1 Jefe de Va Pblica y Polica Municipal3.4.2.1.1 Diez (10) Policas Municipales

4. PROCESOS AGREGADORES DE VALOR:

4.1 DIRECCIN DE PLANIFICACIN Y GESTIN DEL TERRITORIO:4.1.1 Director de Planificacin y Gestin del Territorio4.1.1.1 Asistente de Planificacin y Gestin del Territorio4.1.1.2 Ingeniero en Planificacin4.1.1.3 Tcnico en Planificacin

4.1.2 Subproceso de Avalos y Catastros4.1.2.1 Jefe de Avalos y Catastros4.1.2.1.1 Dos (2) Secretarias de Avalos y Catastros4.1.2.1.2 Asistente Tcnico de Avalos y Catastros4.1.2.1.3 Inspector y Avaluador 4.1.2.1.4 Topgrafo 4.1.2.1.5 Dibujante4.1.2.1.6 Dos (2) Digitadoras4.1.2.1.7 Cinco (5) Auxiliares de Avalos y Catastros4.2 GESTIN DE OBRAS PBLICAS, TRNSITO Y SEGURIDAD VIAL:4.2.1 Director de Obras Pblicas, Trnsito y Seguridad Vial4.2.1.1 Secretaria de Obras Pblicas, Trnsito y Seguridad Vial4.2.1.2 Inspector de Obras Pblicas Municipales

4.2.2 Subproceso Operativo de Control y Fiscalizacin de Obras Pblicas 4.2.2.1 Jefe Operativo de Control y Fiscalizacin de OO.PP.MM.4.2.2.1.1 Topgrafo

4.2.3 Subproceso Tcnico de Anlisis de Costos y Programacin de Obras4.2.3.1 Tcnico de Anlisis de Costos y Programacin de Obras

4.2.4 Subproceso de Coordinacin de Trnsito, Transporte y Seguridad Vial4.2.4.1 Tcnico de Coordinacin de Trnsito, Transporte y Seguridad Vial

4.2.5 Subproceso de Parque Automotor y Taller4.2.5.1 Jefe de Parque Automotor y Taller4.2.5.1.1 Dos (2) Mecnicos4.2.5.1.2 Soldador4.2.5.1.3 Operador de la Motoniveladora4.2.5.1.4 Operador del Tractor de Oruga4.2.5.1.5 Operador de la Retroexcavadora4.2.5.1.6 Operador de Rodillo4.2.5.1.7 Seis (6) Choferes de Volqueta4.2.5.1.8 Dos (2) Choferes de Tanquero4.2.5.1.9 Dos (2) Choferes de Recolector4.2.5.1.10 Tres (3) Choferes de Camionetas4.2.5.1.11 Auxiliar Administrativo

4.3 GESTIN AMBIENTAL: 4.3.1 Director de Gestin Ambiental4.3.1.1 Asistente de Gestin Ambiental

4.3.2 Subproceso de Higiene Ambiental y Sanidad4.3.2.1 Jefe de Higiene Ambiental y Sanidad4.3.2.1.1 Inspector de Aseo de Calles, Parques y reas Verdes 4.3.2.1.1.1 Treinta (30) Barrenderos 4.3.2.1.1.2 Diez (10) Guardianes 4.3.2.1.1.3 Cuatro (4) Jardineros

4.3.3 Subproceso de Cementerios y Mercado Municipal4.3.3.1 Inspector de Cementerios y Mercado Municipal4.3.3.1.1 Cuatro (4) Guardianes de Cementerios4.3.3.1.2 Dos (2) Guardianes del Mercado Municipal

4.3.4 Subproceso de Camal Municipal.4.3.4.1 Jefe del Camal Municipal4.3.4.1.1 Mdico Veterinario4.3.4.1.2 Tres (3) Operadores4.3.4.1.3 Auxiliar Administrativo4.3.4.1.4 Dos (2) Guardianes del Camal

4.4 AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO:4.4.1 Director de Agua Potable y Alcantarillado4.4.1.1 Secretaria de Agua Potable y Alcantarillado

4.4.2 Subproceso de Agua Potable4.4.2.1 Jefe de Redes de Agua Potable4.4.2.1.1 Dos (2) Laboratoristas4.4.2.1.2 Dos (2) Operarios de las Piscinas de Oxidacin4.4.2.1.3 Diez (10) Operadores de la Planta de Agua4.4.2.1.4 Tres (3) Planillaje de Consumo de Agua Potable4.4.2.1.5 Tcnico en Sistemas de Planillaje4.4.2.1.6 Dos (2) Digitadores de Planillas 4.4.3 Subproceso de Alcantarillado4.4.3.1 Jefe de Alcantarillado4.4.3.1.1 Diez (10) Cadeneros 4.5 PROMOCIN SOCIAL Y PARTICIPACIN CIUDADANA: 4.5.1 Director de Promocin Social y Participacin Ciudadana4.5.1.1 Secretaria de Servicios Comunitarios

4.5.2 Subproceso de Promocin Social y Comunitaria4.5.2.1 Jefe de Promocin Social y Comunitaria4.5.2.1.1 Tres (3) Promotores Sociales

4.5.3 Subproceso de Educacin, Cultura y Deportes4.5.3.1 Jefe de Educacin, Cultura y Deportes4.5.3.1.1 Instructor de la Escuela de Ftbol4.5.3.1.2 Dos (2) Ayudantes de la Escuela de Ftbol4.5.3.1.3 Instructora de Bsquet

4.5.3.2 Biblioteca y servicios anexos4.5.3.2.1 Bibliotecaria

4.5.4 Subproceso de Promocin Turstica4.5.4.1 Promotor Turstico4.5.4.1.1 Auxiliar Administrativo 5. PROCESOS DESCONCENTRADOS:

5.1 CONSEJO CANTONAL DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA5.1.1. Secretario Ejecutivo5.1.1.1 Asistente Contable

5.2 JUNTA CANTONAL DE PROTECCIN DE DERECHOS DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA5.2.1 Tres (3) Miembros de la Junta Cantonal5.2.1.1 Auxiliar Administrativo5.2.1.2 Citador Notificador5.2.1.3 Psiclogo/a5.3 REGISTRO DE LA PROPIEDAD5.3.1 Registrador de la Propiedad del cantn Santa Luca5.3.1.1 Revisora Amanuense

5.3.1.2 Asistente del Registro de la Propiedad5.3.1.3 Tcnico en Sistemas 5.3.1.4 Auxiliar Administrativo

5.4 PATRONATO MUNICIPAL:5.4.1 Presidenta de Patronato Municipal5.4.1.1 Grupos de Atencin Prioritaria 5.4.1.2 Auxiliar de Patronato Municipal

5.4.2 Subproceso de Salud5.4.2.1 Jefe de Salud Municipal5.4.2.1.1 Mdico Fisioterapista5.4.2.1.2 Auxiliar de Fisioterapia5.4.2.1.3 Enfermera5.4.2.1.4 Auxiliar Administrativo

5.5 EMPRESA DE AGUA POTABLE

CAPTULO IV

DE LA ESTRUCTURA ORGNICA FUNCIONAL

1. PROCESOS GOBERNANTES:

1.1 DEL CONCEJO MUNICIPAL

MISIN

Es el rgano de legislacin y fiscalizacin del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal.

CONFORMACIN

El Concejo Municipal est integrado por el Alcalde, que lo presidir con voto dirimente y por los concejales elegidos por votacin popular, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgnica Electoral y de Organizaciones Polticas de la Repblica del Ecuador, Cdigo de la Democracia u otras leyes de la materia vigentes.

ATRIBUCIONES

Son atribuciones del Concejo Municipal segn el Cdigo Orgnico de Organizacin Territorial, Autonoma y Descentralizacin, las siguientes:

1. El ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del gobierno autnomo descentralizado municipal, mediante la expedicin de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones;2. Regular, mediante ordenanza, la aplicacin de tributos previstos en la ley a su favor;3. Crear, modificar, exonerar o extinguir tasas y contribuciones especiales por los servicios que presta y obras que ejecute;4. Expedir acuerdos o resoluciones, en el mbito de competencia del gobierno autnomo descentralizado municipal, para regular temas institucionales especficos o reconocer derechos particulares;5. Aprobar el plan cantonal de desarrollo y el de ordenamiento territorial formulado participativamente con la accin del concejo cantonal de planificacin y las instancias de participacin ciudadana, as como evaluar la ejecucin de los mismos;6. Conocer la estructura orgnica funcional del gobierno autnomo descentralizado municipal;7. Aprobar u observar el presupuesto del gobierno autnomo descentralizado municipal, que deber guardar concordancia con el plan cantonal de desarrollo y con el ordenamiento territorial; as como garantizar una participacin ciudadana en el marco de la Constitucin y la ley. De igual forma, aprobar u observar la liquidacin presupuestaria del ao inmediato anterior, con las respectivas reforma;8. Aprobar a pedido del alcalde o alcaldesa traspasos de partidas presupuestarias y reducciones de crdito, cuando las circunstancias lo ameriten;9. Autorizar la contratacin de emprstitos destinados a financiar la ejecucin de programas y proyectos previstos en el plan cantonal de desarrollo y el de ordenamiento territorial, en el monto y de acuerdo con los requisitos y disposiciones previstos en la Constitucin, la ley y las ordenanzas que se emitan para el efecto,10. Aprobar la creacin de empresas pblicas o la participacin en empresas de economa mixta, para la gestin de servicios de su competencia u obras pblicas cantonales, segn las disposiciones de la Constitucin y la ley. La gestin de los recursos hdricos ser exclusivamente pblica y comunitaria de acuerdo a las disposiciones constitucionales y legales;11. Conocer el plan operativo y presupuesto de las empresas pblicas y mixtas del gobierno autnomo descentralizado municipal, aprobado por el respectivo directorio de la empresa, y consolidarlo en el presupuesto general del gobierno municipal, si las hubiere;12. Conocer las declaraciones de utilidad pblica o de inters social de los bienes materia de expropiacin, resueltos por el alcalde, conforme la ley.13. Fiscalizar la gestin del alcalde o alcaldesa del gobierno autnomo descentralizado municipal;14. Destituir con el voto conforme de las dos terceras partes de sus integrantes, al alcalde o alcaldesa, al vicealcalde o vicealcaldesa o concejales o concejalas que hubieren incurrido en una de las causales previstas en el Cdigo, garantizando el debido proceso; 15. Elegir de entre sus miembros al vicealcalde o vicealcaldesa;16. Designar de fuera de su seno, al secretario o secretaria del concejo, de la terna presentada por el alcalde o alcaldesa;17. Decidir la participacin en mancomunidades o consorcios;18. Conformar las comisiones permanentes, especiales y tcnicas que sean necesarias, respetando la proporcionalidad de la representacin poltica y poblacional urbana y rural existente en su seno, y aprobar la conformacin de comisiones ocasionales sugeridas por el alcalde o alcaldesa;19. Conceder licencias a sus miembros, que acumulados no sobrepasen sesenta (60) das. En el caso de enfermedades catastrficas o calamidad domstica debidamente justificada, podr prorrogar este plazo; 20. Conocer y resolver los asuntos que le sean sometidos a su conocimiento por parte del alcalde o alcaldesa;21. Designar, cuando corresponda, sus delegados en entidades, empresas u organismos colegiados;22. Crear, suprimir y fusionar parroquias urbanas y rurales, cambiar sus nombres y determinar sus linderos en el territorio cantonal;23. Expedir la ordenanza de construcciones que comprenda las especificaciones y normas tcnicas y legales por las cuales deban regirse en el cantn la construccin, reparacin, transformacin y demolicin de edificios y de sus instalaciones;24. Regular y controlar, mediante la normativa cantonal correspondiente, el uso del suelo en el territorio del cantn, de conformidad con las leyes sobre la materia, y establecer el rgimen urbanstico de la tierra; 25. Reglamentar los sistemas mediante los cuales ha de efectuarse la recaudacin e inversin de las rentas municipales;26. Regular mediante ordenanza la delimitacin de los barrios y parroquias urbanas tomando en cuenta la configuracin territorial, identidad, historia, necesidades urbansticas y administrativas y la aplicacin del principio de equidad interbarrial;27. Emitir polticas que contribuyan al desarrollo de las culturas de su jurisdiccin, de acuerdo con las leyes sobre la materia;28. Instituir el sistema cantonal de proteccin integral para los grupos de atencin prioritaria; y, 29. Las dems previstas en la Ley.

1.1.1 SECRETARIO/A DE COMISIONES PERMANENTES

RELACIN DE DEPENDENCIA: Depende de la Alcalda y del Concejo Municipal.

RELACIONES FUNCIONALES: Con el Secretario del Concejo Municipal y Prosecretaria del Gobierno Municipal.

FUNCIONES:Son funciones del o la Secretario/a de Comisiones permanentes las siguientes:

1. Preparar el orden del da determinado por el Presidente de la Comisin, las convocatorias para las sesiones y supervigilar que se haya realizado la entrega de la convocatoria a sus miembros;2. Estar presente en las sesiones de las comisiones a las cuales haya sido designada;3. Elaborar las actas de las sesiones y mantener un archivo del audio de las mismas;4. Mantener un archivo con todos los documentos que se traten en las comisiones, debidamente foliado, el cual ser de su exclusiva responsabilidad;5. Recibir y dar trmite a la documentacin y correspondencia que ingrese o se remita de la Comisin, cumpliendo con los parmetros tcnicos y organizacionales; y ,6. Elaborar el informe de la Comisin para el Concejo.

1.2 ALCALDA

MISIN

El Alcalde o Alcaldesa es la primera autoridad del ejecutivo del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal.

1.2.1 EL ALCALDE O ALCALDESA

ATRIBUCIONES DEL ALCALDE O ALCALDESA:Son atribuciones del Alcalde o Alcaldesa las siguientes:

1. Ejercer la representacin legal del gobierno autnomo descentralizado municipal y la representacin judicial conjuntamente con el Procurador Sndico;2. Ejercer de manera exclusiva la facultad ejecutiva del gobierno autnomo descentralizado municipal;3. Convocar y presidir con voz y voto dirimente las sesiones del concejo municipal, para lo cual deber proponer el orden del da de manera previa;4. Presentar proyectos de ordenanzas al concejo municipal en el mbito de competencias del gobierno autnomo descentralizado municipal;5. Presentar con facultad privativa, proyectos de ordenanzas tributarias que creen, modifiquen, exoneren o supriman tributos, en el mbito de las competencias correspondientes a su nivel de gobierno; 6. Dirigir la elaboracin del plan cantonal de desarrollo y el de ordenamiento territorial, en concordancia con el plan nacional de desarrollo y los planes de los gobiernos autnomos descentralizados, en el marco de la plurinacionalidad, interculturalidad y respeto a la diversidad, con la participacin ciudadana y de otros actores del sector pblico y la sociedad; para lo cual presidir las sesiones del consejo cantonal de planificacin y promover la constitucin de las instancias de participacin ciudadana establecidas en la Constitucin y la ley;7. Elaborar el plan operativo anual y la correspondiente proforma presupuestaria institucional conforme al plan cantonal de desarrollo y de ordenamiento territorial, observando los procedimientos participativos sealados en este Cdigo. La proforma del presupuesto institucional deber someterla a consideracin del concejo municipal para su aprobacin;8. Decidir el modelo de gestin administrativa mediante el cual deben ejecutarse el plan cantonal de desarrollo y el de ordenamiento territorial, los planes de urbanismo y las correspondientes obras pblicas;9. Resolver administrativamente todos los asuntos correspondientes a su cargo, expedir previo conocimiento del concejo, la estructura orgnico-funcional del gobierno autnomo descentralizado municipal; as como nombrar y remover a los funcionarios de direccin, procurador sndico y dems servidores pblicos de libre nombramiento y remocin;10. Distribuir los asuntos que deban pasar a las comisiones del gobierno autnomo descentralizado municipal y sealar el plazo en que deben ser presentados los informes correspondientes;11. Sugerir la conformacin de comisiones ocasionales que se requieran para el funcionamiento del gobierno municipal;12. Designar a sus representantes institucionales en entidades, empresas u organismos colegiados donde tenga participacin el gobierno municipal; as como delegar atribuciones y deberes al vicealcalde o vicealcaldesa, concejalas, concejales y funcionarios, dentro del mbito de sus competencias;13. Presidir de manera directa o a travs de su delegado o delegada el consejo cantonal para la igualdad y equidad en su respectiva jurisdiccin;14. Suscribir contratos, convenios e instrumentos que comprometan al gobierno autnomo descentralizado municipal de acuerdo a la ley. Los convenios de crdito o aquellos que comprometan el patrimonio institucional requerirn autorizacin del Concejo, en los montos y casos previstos en las ordenanzas que se dicten en la materia; 15. La aprobacin, bajo su responsabilidad civil, penal y administrativa, de los traspasos de partidas presupuestarias, suplementos y reducciones de crdito, en casos especiales originados en asignaciones extraordinarias o para financiar casos de emergencia legalmente declarada, manteniendo la necesaria relacin entre los programas y subprogramas, para que dichos traspasos no afecten la ejecucin de obras pblicas ni la prestacin de servicios pblicos. Deber informar al concejo municipal sobre dichos traspasos y las razones de los mismos; 16. Dictar, en caso de emergencia grave, bajo su responsabilidad, medidas de carcter urgente y transitorio y dar cuenta de ellas al consejo cuando se rena, si a ste hubiere correspondido adoptarlas, para su ratificacin; 17. Coordinar con la Polica Nacional, la comunidad y otros organismos relacionados con la materia de seguridad, la formulacin y ejecucin de polticas locales, planes y evaluacin de resultados sobre prevencin, proteccin, seguridad y convivencia ciudadana; 18. Organizacin y empleo de la polica municipal en los mbitos de su competencia dentro del marco de la Constitucin y la ley;19. Integrar y presidir la comisin de mesa;20. Suscribir las actas de las sesiones del concejo y de la comisin de mesa; 21. Coordinar la accin municipal con las dems entidades pblicas y privadas;22. Dirigir y supervisar las actividades de la municipalidad, coordinando y controlando el funcionamiento de los distintos departamentos;23. Resolver los reclamos administrativos que le corresponden;24. Presentar al concejo y a la ciudadana en general, un informe anual escrito, para su evaluacin a travs del sistema de rendicin de cuentas y control social, acerca de la gestin administrativa realizada, destacando el estado de los servicios y de las dems obras pblicas realizadas en el ao anterior, los procedimientos empleados en su ejecucin, los costos unitarios y totales y la forma cmo se hubieren cumplido los planes y programas aprobados por el concejo;25. Solicitar la colaboracin de la polica nacional para el cumplimiento de sus funciones; y, 26. Las dems que prevea la ley.

1.2.2.1 ASESOR DE ALCALDA

MISIN: Coordinar el cumplimiento del Sistema de Control Interno del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal y asesorar a los funcionarios en el fomento de la cultura del autocontrol en todas las actividades que requiere el proceso administrativo, para el cumplimiento de los planes y programas adoptados por la Administracin municipal.

RELACIN DE DEPENDENCIA: Depende de la Alcalda.

RELACIONES FUNCIONALES: Con los directores y jefes de todas las Direcciones, Departamentos y Unidades administrativas que conforman el Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal.

FUNCIONES: Son funciones del Asesor de la Alcalda las siguientes:

1. Planear, dirigir y organizar la verificacin y evaluacin del Sistema de Control Interno;2. Formular polticas, normas, sistemas, mtodos y procedimientos necesarios para el desarrollo permanente del Control Interno en la entidad, que garanticen la evaluacin y control de la gestin de la administracin municipal;3. Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la organizacin, se cumplan por los responsables de su ejecucin y en especial, que las reas o empleados encargados de la aplicacin del Control Disciplinario Interno ejerzan adecuada y eficazmente esta funcin conforme a la Ley;4. Asesora a los directivos y jefes de las unidades ejecutoras en el proceso de toma de decisiones, a fin de que se obtengan los resultados esperados y prevenir que se cometan errores en la ejecucin de los procesos; 5. Verificar que los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de informacin de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios;6. Cumplir la funcin de Oficina de Peticiones, Quejas y Reclamos (P.Q.R.), para lo cual deber atender y tramitar las quejas y reclamos que presenten los ciudadanos, organizaciones comunitarias y los comits de veeduras, sobre el desempeo y ejecucin de los planes, programas y proyectos por parte de las dependencias, funcionarios o personas que hacen parte de la Administracin Municipal e iniciar las investigaciones preliminares del caso y si hay mrito, dar traslado a las autoridades competentes;7. Fomentar en toda la organizacin la formacin de una cultura del control, el autocontrol y el trabajo en equipo, que contribuya al mejoramiento continuo de la entidad y al cumplimiento de la misin institucional;8. Apoyar los planes y programas de desarrollo administrativo y modernizacin institucional que adelante la Alcalda Municipal, en procura del mejoramiento continuo en la prestacin de los servicios;9. Mantener permanentemente informado al Alcalde y a los directivos de la organizacin acerca del estado de desarrollo del control interno dentro de la entidad, dando cuenta de las debilidades detectadas, de las fallas en su cumplimiento y proponer correctivos y acciones para mejorarlo;10. Verificar el cumplimiento de las leyes, normas, procesos, procedimientos, polticas, objetivos, planes, proyectos, programas y metas de la organizacin y recomendar los ajustes que sean necesarios dentro del esquema de proceso administrativo siguiente: planear, hacer, verificar y actuar;11. Hacer cumplir lo ordenado en el manual de control interno aplicable a todas las dependencias de la Administracin Municipal;12. Evaluar con eficacia y responsabilidad los procesos de Evaluacin del Control Interno y Auditoria Integral a la Entidad;13. Solicitar los pedidos de tiles, papelera y equipos tcnicos que sean necesarios para cumplir con las funciones de asesora y coordinacin del Sistema de Control Interno de la Alcalda;14. Dar el uso adecuado a los recursos, bienes y equipos asignados por la alcalda para el cumplimiento de las funciones y actividades que se realicen en la Coordinacin del Sistema de Control Interno de la Alcalda; y ,15. Fomentar en los funcionarios de la Alcalda la cultura de autocontrol entorno, como instrumentos para mejorar la calidad y eficiencia de los servicios que presta el municipio en su misin institucional.

1.2.2.2 ASISTENTE DE ALCALDA

MISIN.- Ejecutar los procesos administrativos del rea, aplicando las normas y procedimientos definidos, elaborando la documentacin necesaria a fin de dar cumplimiento a cada una de las labores encomendadas, lograr resultados oportunos y garantizar la prestacin efectiva del servicio.

RELACIN DE DEPENDENCIA: Depende de la Alcalda.

RELACIONES FUNCIONALES: Con los directores, jefes y servidores pblicos que conforman el Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal.

FUNCIONES: Son funciones del Asistente de Alcalda las siguientes:

1. Planear las actividades a ser desarrolladas, de conformidad con los lineamientos y normas determinadas por el Alcalde o Alcaldesa y encargarse de dar asistencia administrativa a las actividades de Alcalda;2. Administrar el sistema de archivo y correspondencia de la Alcalda estableciendo procedimientos y metodologas adecuadas de trabajo;3. Elaborar cuadros de datos e informacin pormenorizada de las diferentes actividades de la dependencia y digitacin de las mismas para el archivo automatizado;4. Redactar informes, comunicaciones, certificaciones de ndole variada y someter a consideracin y aprobacin del Alcalde o Alcaldesa;5. Llevar el registro de reuniones con resmenes de temas tratados y colaborar con la agenda del Alcalde o Alcaldesa;6. Atender al pblico en forma personalizada y dotar al cliente interno y externo de la atencin oportuna y de calidad, identificando sus necesidades para la satisfaccin de los requerimientos, proporcionando apoyo administrativo a los procesos para la consecucin de los objetivos;7. Sugerir y mejorar procedimientos, productos y servicios, procurando el ahorro de recursos y eliminacin de procesos de trabajo;8. Evaluar permanentemente las actividades efectuadas en su rea y tomar acciones oportunas para determinar los correctivos que aseguren un cumplimiento eficiente de los objetivos.9. Registrar el ingreso de visitantes, previa identificacin. Anunciar previamente al Alcalde o Alcaldesa con respecto a dichas visitas.10. Las dems actividades que por requerimiento del servicio pueda establecer el Alcalde o Alcaldesa o Director Administrativo.

1.2.2.3 CHOFER DE ALCALDA

FUNCIONES: Son funciones del Chofer de Alcalda las siguientes:

1. Conducir el vehculo asignado y guardarlo diariamente despus del horario de trabajo en el lugar designado;2. Revisar diariamente el nivel de agua, lquido de frenos, aceite del motor y dems aditamentos necesarios para el buen funcionamiento del vehculo;3. Limpiar diariamente el vehculo, de tal manera que en todo momento se encuentren condiciones de higiene aceptables;4. Informar al mecnico sobre los desperfectos o fallas que se detecte en el vehculo solicitando su mantenimiento y/o reparacin;5. Solicitar y realizar el seguimiento al mantenimiento del vehculo al cumplirse el kilometraje establecido de acuerdo a especificaciones tcnicas;6. Mantener al vehculo con todas sus herramientas y llanta de repuesto, a fin de poder atender alguna emergencia; y.7. Llevar un registro de fecha, repuestos cambiados, cambio de aceites y lubricantes realizados en el vehculo.

1.2.2.4 POLICAS DE SEGURIDAD DE ALCALDA

MISIN.- Asegurar la proteccin propia de las autoridades del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal a travs de medidas de planificacin, prevencin y proteccin de sus actividades diarias.

FUNCIONES: Son funciones de los Policas de Seguridad de Alcalda, las siguientes:

1. Planear las actividades a desarrollarse de conformidad con las normas municipales establecidas;2. Dentro de los diferentes procesos de gestin, realizar las acciones para precautelar la integridad de las autoridades del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal;3. Prestar servicios de seguridad al Alcalde o Alcaldesa y ms personeros municipales de conformidad con las rdenes recibidas; y, 4. Las dems actividades que por necesidades del servicio pueda determinar el Alcalde o Alcaldesa.

1.3 VICEALCALDA

MISIN

El Vicealcalde o Vicealcaldesa es la segunda autoridad del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal elegido por el Concejo Municipal de entre sus Miembros. Su designacin no implica la prdida de la calidad de concejal o concejala.Reemplazar al Alcalde o Alcaldesa en caso de ausencia y en los casos expresamente previstos en la Ley.

1.3.1. VICEALCALDE O VICEALCALDESA

ATRIBUCIONES: Son atribuciones del Vicealcalde o Vicealcaldesa, las siguientes:

1. Subrogar al Alcalde o Alcaldesa, en caso de ausencia temporal mayor a tres das y durante el tiempo que dure la misma. En caso de ausencia definitiva, el vicealcalde o la vicealcaldesa asumir hasta terminar el periodo. La autoridad reemplazante recibir la remuneracin correspondiente a la primera autoridad del ejecutivo;2. Cumplir las funciones y responsabilidades delegadas por el Alcalde o Alcaldesa;3. Todas las correspondientes a su condicin de concejal o concejala.4. No podrn pronunciarse en su calidad de concejales o concejalas sobre la legalidad de los actos o contratos que hayan ejecutado durante sus funciones como ejecutivos. Las resoluciones que el concejo adopte contraviniendo esta disposicin, sern nulas; y,5. Las dems que prevean la ley y las ordenanzas cantonales.

1.4. INSTANCIAS Y MECANISMOS DE PARTICIPACIN CIUDADANAY CONTROL SOCIAL

Las funciones y atribuciones de las Instancias y Mecanismos de Participacin Ciudadana y Control Social estn establecidas en la Ordenanza que norma el Sistema de Participacin Ciudadana en el Cantn Santa Luca.

2. PROCESOS HABILITANTES DE ASESORA

2.1 ASESORA JURDICA

MISIN

La Direccin de Asesora Jurdica tendr como Director al Procurador Sndico, quien ejercer la representacin judicial del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal en forma conjunta con el Alcalde o Alcaldesa, Ejecutivo del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal, realiza el estudio legal de los asuntos de la municipalidad, hace la revisin o preparacin de contratos, proyectos de ordenanzas y de otras normas jurdicas municipales, la emisin de dictmenes legales sobre actos administrativos, el patrocinio judicial de la municipalidad y la asistencia jurdica a sus dignatarios, funcionarios y servidores pblicos en los asuntos de carcter institucional.

2.1.1 PROCURADOR SNDICO MUNICIPAL

RELACIN DE DEPENDENCIA: Depende de la Alcalda.

RELACIONES FUNCIONALES: Con el Concejo Municipal, los directores y jefes de todas las Direcciones, Departamentos y Unidades administrativas que conforman el Gobiernos Autnomos Descentralizados Municipales Gobiernos Autnomos Descentralizados Municipales Gobiernos Autnomos Descentralizados MunicipalesGobierno Autnomo Descentralizado Municipal.

FUNCIONES:A la Direccin de Asesora jurdica le corresponden las siguientes funciones:

1. El Procurador Sndico representar judicialmente al Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal en forma conjunta con el Alcalde o Alcaldesa.2. Patrocinar ante los Jueces y Tribunales competentes la defensa judicial en las causas en las que el Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal sea parte procesal;3. Asesorar al nivel legislativo, ejecutivo y servidores pblicos del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal en asuntos de orden jurdico y legal institucional;4. Estudiar y emitir dictmenes de carcter jurdico y legal en temas que sean materia de su competencia;5. Intervenir de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica y su Reglamento en los procesos precontractuales y de contratacin que realiza el Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal; 6. Elaborar minutas de ventas de terrenos municipales;7. Elaborar demandas de expropiacin;8. Elaborar proyectos de ordenanzas, acuerdos, resoluciones, contratos, reglamentos; entre otros instrumentos legales necesarios para el ejercicio de las funciones y competencias que le corresponden al Gobierno Municipal.9. Recopilar, mantener actualizada la legislacin relacionada con los Gobiernos Autnomos Descentralizados Municipales y comunicar las novedades jurdicas a los Directores y Jefes Departamentales;10. Emitir informes y absolver consultas relacionadas con la aplicacin del sistema jurdico vigente en los casos en que participe la institucin;11. Emitir informes jurdicos sobre temas institucionales sujetos a su conocimiento y resolucin por parte del Concejo Municipal;12. Asesorar en los vistos buenos, destituciones, terminaciones de contratos, sumarios administrativos que se aplican a los trabajadores y servidores del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal; segn corresponda.13. Revisar el contenido de los contratos o convenios y sus respectivos documentos habilitantes, si cumplen con la normativa legal vigente, previa a la celebracin de los mismos;14. Presentar al Alcalde o Alcaldesa informes peridicos de labores;15. Revisar los aspectos legales de todo documento que deba conocer el Concejo Municipal;16. Actualizar las ordenanzas municipales, sugerir la eliminacin de las que no son aplicables o reformarlas, segn sea lo pertinente;17. Intervenir en diligencias y trmites legales, judiciales y extrajudiciales que le competan a la Municipalidad;18. Participar y controlar el trmite de los procesos civiles, penales, laborales, administrativos y otros propuestos contra la Municipalidad o que sta inicie contra terceros; y,19. Las dems que le asignare el Alcalde o Alcaldesa.

2.1.1.1 ABOGADO INTERNO

MISIN: Analizar expedientes de denuncias e invasiones de terrenos y emitir criterios de ndole netamente legal basados en los cuerpos legales vigentes especialmente en el Cdigo Orgnico de Organizacin Territorial, Autonoma y Descentralizacin y ordenanzas y reglamentos.

RELACIN DE DEPENDENCIA: Depende del Procurador Sndico Municipal.

FUNCIONES: Son funciones del Abogado Interno las siguientes:

1. Elaborar informes sobre solicitudes de arriendo y compra de solares que son de dominio de la municipalidad adems;2. Elaboracin de informes de divisin de terrenos tanto municipales como particulares; y, 3. Elaborar pronunciamientos legales.

2.1.1.2 ABOGADO EXTERNO

MISIN: Tramitar el patrocinio del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal, como actor o demandado, en los juicios que se presentaren.

RELACIN DE DEPENDENCIA: Depende del Procurador Sndico Municipal.

FUNCIONES: Son funciones del Abogado Externo las siguientes:

1. Patrocinar y sustanciar los juicios civiles, laborales, penales y de trnsito, en los que interviene el Municipio como actor, demandado o en los que est inmerso el inters municipal;2. Coordinar la recepcin, distribucin, revisin y archivo de boletas;3. Elaborar escritos de acuerdo a la prosecucin del proceso o expediente; 4. Impulsar los procesos en los juzgados, tribunales y otras instituciones; y, 5. Cumplir dems funciones que le fuesen asignadas en el evento que se le requiera, impartidas tanto por el Alcalde o Alcaldesa como por el Procurador Sndico.

2.1.1.3 ASISTENTE LEGAL

MISIN: Maximizar la eficiencia y celeridad en la tramitacin de los procesos administrativos pendientes.

RELACIN DE DEPENDENCIA: Depende del Procurador Sndico Municipal.

FUNCIONES: Son funciones del Asistente Legal las siguientes:

1. Planear las actividades y controlar su ejecucin;2. Aplicar los conocimientos prcticos, destrezas, habilidades tcnicas y administrativas, para la recopilacin y anlisis de la informacin y procesarlos en resultados de trabajo;3. Brindar asistencia administrativa sujetndose a los lineamientos establecidos para el rea de trabajo como a las normas y polticas que se hayan asumido dentro de las directrices que recibe;4. Desarrollar las acciones de trabajo, de acuerdo a los nuevos esquemas de la gestin organizacional, y en ajuste a los requerimientos de los clientes internos (departamentos, reas) y externos (ciudadana, otros actores externos);5. Proponer sugerencias, cambios a los procedimientos de trabajo, optimizando los recursos empleados en las diferentes acciones;6. Coordinar el trabajo con los dems integrantes de los equipos de trabajo, intercambiando experiencias logrando uniformizar criterios y metodologas;7. Receptar y trasmitir informacin oportuna y confiable, apoyando la gestin de los procesos conforme las necesidades del cliente;8. Ejercer las atribuciones y responsabilidades del rol, con predisposicin y actitud positiva precautelando la imagen del proceso y la institucin;9. Administrar y mantener actualizado un sistema de archivo y documentacin; Realizar informes mensuales de las actividades que cumple, para facilitar el monitoreo y resultados de los diferentes procesos;10. Preparar informes, redactar correspondencia de conformidad con los lineamientos base que recibe y supervisar la tramitacin interdepartamental;11. Prestar atencin al pblico y brindarle la informacin requerida de acuerdo con su competencia;12. Llevar la agenda de trabajo del jefe inmediato;13. Puede corresponderle asistir a reuniones para recopilar informacin y realizar las actas correspondientes;14. Dotar al cliente interno y externo de la atencin oportuna y de calidad, identificando sus necesidades para la satisfaccin de los requerimientos, proporcionando apoyo administrativo a los procesos para la consecucin de los objetivos operativos;15. Actualizar conocimientos, enriquecidos por la formacin, experiencia y las interrelaciones del rol, para la prestacin de servicios de calidad;16. Facilitar la comunicacin interna y externa, a travs del mantenimiento de sistemas de informacin y correspondencia; y,17. Las dems que le pueda sealar el jefe inmediato.

2.2 UNIDAD DE AUDITORA INTERNA

MISIN

La unidad de Auditora Interna es independiente y objetiva, de aseguramiento, control y consulta, concebida para agregar valor y ayudar al Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal, en la consecucin de los objetivos organizacionales, en base a principios de eficiencia, eficacia y economa.

2.2.1 AUDITOR GENERAL INTERNO

RELACIN DE DEPENDENCIA: Depender tcnicamente de la Contralora General del Estado, que para su creacin o supresin emitir informe previo.

RELACIONES FUNCIONALES: Con todas las Dependencias del Gobierno Municipal.

FUNCIONES: Con el fin de prestar asesora y realizar la evaluacin integral de la institucin, el personal de auditora interna de gestin deber ser de carcter multidisciplinario.

La auditora interna se ejecutar de acuerdo con las normas nacionales e internacionales de auditora aplicables al sector pblico.

Por disposicin expresa del Contralor General del Estado o de la mxima autoridad que ejerza la representacin legal de la Institucin, la respectiva unidad de auditora interna ejecutar auditoras y exmenes especiales, de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Coordinacin de labores.- La Contralora General del Estado prestar su asesora y asistencia tcnica a las Unidades de Auditora Interna de Gestin y orientar y coordinar la preparacin de su Plan Anual de Trabajo, el cual deber ser presentado a la Contralora General del Estado hasta el 30 de septiembre de cada ao.

Dar asesora y realizar una evaluacin integral a la entidad para determinar la confiabilidad de la informacin elaborada por cada una de las direcciones municipales, as como determinar el grado de cumplimiento de los objetivos y metas gerenciales, verificando la correcta utilizacin de los recursos pblicos, la eficiencia, efectividad y economa en la gestin de los funcionarios y empleados municipales, mejoramiento continuo del control interno y lineamientos permanentes de los procesos con los objetivos y metas propuestas.

2.2.1.1 ASISTENTE DE AUDITORA INTERNA

MISIN: Ejecucin de labores de auditora en el campo financiero, contable, operativo o tcnico del Gobierno Municipal.RELACIN DE DEPENDENCIA: Depende del Auditor General Interno.

FUNCIONES: Son funciones del Asistente de Auditora Interna las siguientes:

1. Ejecutar las actividades asignadas, en concordancia con las leyes, polticas, normas y reglamentos, que rigen su rea, por lo que deber mantenerse permanentemente actualizado;2. Colaborar en la ejecucin de los programas de trabajo, que entre otros incluye aspectos tales como: arqueos de fondos de operaciones, conciliaciones bancarias, revisin de formularios contables, anlisis de cuentas de gastos, ventas, revisin de procedimientos utilizados, controles internos y otros aspectos o actividades susceptibles de evaluacin;3. Elaborar los programas de trabajo, conjuntamente con sus superiores y sugerir la metodologa a seguir en las intervenciones;4. Velar por el cumplimiento de los controles internos, procedimientos establecidos, de disposiciones y normas legales reglamentarias y de cualquier otra ndole, establecidos en el Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal para las diferentes reas de actividad;5. Proponer medidas correctivas, introduccin de controles internos, participar en la redaccin de instructivos y manuales de procedimientos y de cualquier otra documentacin necesaria para asegurar el cumplimiento de esas medidas;6. Participar en sesiones de trabajo para recibir instrucciones, presentar informes sobre el avance de las intervenciones y cualquier otro asunto de ndole similar;7. Participar en la preparacin de los borradores de los informes que demanda la investigacin realizada, de acuerdo con el plazo, contenido y forma establecidos;8. Informar oportunamente al superior de las situaciones que se presentan en el transcurso de las intervenciones y que por su trascendencia requieran la participacin de instancias superiores;9. Mantener actualizados archivos y otras fuentes de informacin, de acuerdo con los criterios de seleccin y ordenamiento fijados, a fin de respaldar en forma adecuada las intervenciones efectuadas;10. Colaborar con el seguimiento a las recomendaciones dadas por la auditora;11. Recopilar la normativa vigente sobre el asunto auditado;12. Colaborar en la elaboracin del plan anual operativo, plan anual de trabajo, y presupuesto;13. Velar por el buen funcionamiento y uso de las instalaciones, equipos e instrumentos que utiliza en el desarrollo de sus actividades, reportando cualquier anomala o dao importante que se presente a su superior inmediato;14. Participar activamente, colaborar y cumplir con todas las polticas, procedimientos y regulaciones relativas al aseguramiento de la calidad que desarrolle e implemente la Institucin; y,15. Realizar otras actividades inherentes al cargo que le sean asignadas por su superior inmediato.

2.3 DIRECCIN DE GESTIN DE PLANIFICACIN Y DESARROLLO INSTITUCIONAL.

MISIN

La Direccin de Gestin de Planificacin y Desarrollo Institucional es la encargada de desarrollar los procesos de investigacin, adems tendr a su cargo las tareas de programacin de las actividades de la institucin y garantizar su ejecucin a travs de la evaluacin de la gestin institucional, modernizacin y control interno.

2.3.1 DIRECTOR DE GESTIN DE PLANIFICACIN Y DESARROLLO INSTITUCIONAL

RELACIN DE DEPENDENCIA: Depende del Alcalde o Alcaldesa.

RELACIONES FUNCIONALES: Con el Concejo Municipal, los Directores y Jefes de todas las Direcciones, Departamentos y Unidades administrativas que conforman el Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal.

FUNCIONES: A la Direccin de Gestin de Planificacin y Desarrollo Institucional le corresponden las siguientes funciones:

1. Asesorar al Concejo Cantonal, directores y servidores en la formulacin de planes, programas y proyectos;2. Mantener actualizadas las estadsticas socioeconmicas del Municipio, incluyendo la informacin geogrfica de ordenamiento territorial y de recursos territoriales;3. Mantener actualizado el registro de necesidades identificadas y priorizadas en la elaboracin del PD y OT;4. Elaborar perfiles de proyectos correspondientes a la visin de desarrollo y sus necesidades sentidas y priorizadas por la comunidad y otras entidades concernientes a la pre-inversin;5. Mantener actualizado el banco de programas, proyectos y acciones, el cual consiste en el registro de los Proyectos en sus fases de perfil, factibilidad y negociacin;6. Orientar los proyectos a financiarse con fondos del Gobierno Central de conformidad con los criterios del Sistema Nacional de Inversin Pblica, SNIP y la Secretara Nacional de Planificacin y Desarrollo, SENPLADES;7. Mantener actualizado el inventario de la infraestructura social y productiva, con que cuenta el cantn as como la cobertura de los servicios pblicos que gozan estos;8. Proporcionar asesoramiento y apoyo tcnico a la mxima autoridad y Direcciones departamentales para el mejor desempeo de sus funciones, especialmente las relacionadas con la planificacin, la misma que ser extensiva a los miembros de los rganos del Consejo para una mejor toma de decisiones;9. Apoyar al Alcalde o Alcaldesa en la gestin de los proyectos, as tambin en su participacin en las sesiones de Concejo de la corporacin municipal y en sus relaciones con las entidades pblicas y privadas;10. Apoyar al Alcalde o Alcaldesa y Directores en la elaboracin del POA, el Plan Anual de Inversiones y Programa Presupuestario del siguiente perodo;11. Coordinar su labor tcnica cuando fuera el caso, con el delegado de SENPLADES, Secretara Nacional de Planificacin y Desarrollo;12. Apoyar la elaboracin del Plan Estratgico de Desarrollo Municipal;13. Establecer el Sistema de Monitoreo y de Evolucin de la Planificacin;14. Apoyar tcnicamente la elaboracin del Presupuesto Municipal y dar seguimiento a la ejecucin del mismo;15. Proporcionar informacin a comunidades, instituciones y organizaciones sobre el estado de los proyectos;16. Identificar las oportunidades de operacin para la ejecucin de programas y proyectos, cuando estos no puedan ser resueltos con recursos propios de la municipalidad, manteniendo actualizados para el efecto el banco de datos de agencias de cooperacin nacional e internacional;17. Realizar estudios relacionados con su rea de competencia elaborando los dictmenes tcnicos correspondientes; y,18. Presentar informes peridicos a la entidad municipal sobre las actividades realizadas.

2.3.1.1 ASISTENTE DE GESTIN DE PLANIFICACIN Y DESARROLLO INSTITUCIONAL

MISIN: Definir y proponer las acciones estratgicas para la conduccin del desarrollo y la evaluacin de la gestin institucional.

RELACIN DE DEPENDENCIA: Depende del Director de Gestin de Planificacin y Desarrollo Institucional.

RELACIONES FUNCIONALES: Con el Concejo Municipal, los directores y jefes de todas las Direcciones, Departamentos y Unidades administrativas que conforman el Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal.

FUNCIONES: Al Asistente de Gestin de Planificacin y Desarrollo Institucional le corresponden las siguientes funciones:

1. Realizar todas las acciones de investigacin y planeamiento tendientes al desarrollo institucional; 2. Evaluar los resultados de la accin institucional e informar sobre el logro de los objetivos propuestos; 3. Definir mtodos de trabajo para el cumplimiento de las polticas y objetivos institucionales;4. Participar activamente en las diferentes fases de ciclo presupuestario. 5. Coordinar el proceso de elaboracin del Plan Estratgico y de los Planes Anuales Operativos; y,6. Mantener un sistema de comunicacin intra y extra institucional que permita proponer y validar las propuestas de desarrollo.

2.3.1. AUXILIAR ADMINISTRATIVO

RELACIN DE DEPENDENCIA: Depende del Director de Gestin de Planificacin y Desarrollo Institucional.

FUNCIONES: Al Auxiliar Administrativo de Gestin de Planificacin y Desarrollo Institucional le corresponden las siguientes funciones:

1. Preparar los equipos y aplicaciones informticas necesarias para llevar a cabo la grabacin, tratamiento e impresin de datos y textos, asegurando su funcionamiento; 2. Introducir datos y textos en terminales informticas con exactitud y rapidez. 3. Elaborar textos, tablas y grficos utilizando diferentes aplicaciones informticas;4. Transmitir los documentos obtenidos mediante medios informticos, asegurando su confidencialidad; 5. Realizar tareas bsicas de almacenamiento y archivo de informacin y documentacin, tanto en soporte digital como convencional, de acuerdo con los protocolos establecidos;6. Realizar labores de reprografa de documentos en la cantidad y calidad requeridas;7. Realizar el encuadernado bsico de documentos, asegurando una correcta presentacin; 8. Tramitar correspondencia y paquetera, tanto interna como externa, utilizando los medios y criterios establecidos; 9. Utilizar los equipos de telefona, recibiendo, distribuyendo, y emitiendo llamadas y mensajes, con precisin; 10. Mantener la confidencialidad en el manejo de la informacin; 11. Integrarse en el grupo o equipo de trabajo, manteniendo relaciones laborales cordiales con el resto de compaeros;12. Comunicarse eficazmente con las personas indicadas en cada momento, tanto de forma escrita como verbalmente, transmitiendo la informacin con claridad y precisin;13. Atender al usuario, demostrando inters y preocupacin por resolver satisfactoriamente sus necesidades; 14. Utilizar las normas de cortesa en su relacin con los usuarios, teniendo en cuenta la imagen corporativa del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal; 15. Mantener el rea de trabajo en orden y limpieza a lo largo de su actividad; 16. Actuar con confianza en la propia capacidad profesional y mostrar una actitud creativa ante los requerimientos del puesto de trabajo; y, 17. Adquirir hbitos de puntualidad, orden y responsabilidad en el trabajo.

2.4 UNIDAD TCNICA DE GESTIN DE RIESGOS (UTGR)

MISIN

La Unidad Tcnica de Gestin de Riesgos (UTGR), tendr como finalidad planificar y ejecutar acciones de corto, mediano y largo plazo, con el fin de reducir el impacto causado por la presencia de una amenaza de origen natural, socio-natural o antrpico, que contribuya a fortalecer los procesos de desarrollo sostenibles en el Cantn.

Los principios Generales que orienten la Poltica de Gestin de Riesgos son: Prevencin Mitigacin Coordinacin Proteccin Participacin Respuesta inmediata Rendicin de cuentas Solidaridad

La UTGR funcionara como un departamento Tcnico de Gestin de Riesgos dentro del Orgnico Funcional y coordinara funciones con los dems departamentos, sus atribuciones y competencias son las establecidas expresamente en esta ordenanza y otras que sin contraponerse a la naturaleza y fines de esta instancia le otorguen nuevas responsabilidades.

2.4.1 JEFE DE OPERACIONES

FUNCIONES:El Jefe de operaciones es el encargado de realizar la integracin y capacitacin de voluntarios a la Unidad Tcnica de Gestin de Riegos como grupo de respuesta operativa ante emergencias y desastres.

2.4.1.1 TCNICO DE GESTIN DE RIESGOS

FUNCIONES:Son funciones del Tcnico en Gestin de Riesgos las siguientes:

1. Anlisis de Riesgos.- Que comprende investigacin y el conocimiento sobre las amenazas, vulnerabilidades, recursos y capacidades;2. Incorporacin de la Gestin de Riesgos en la Planificacin.- Debe estar presente en los procesos y toma de decisiones;3. Implementacin de Proyectos de Reduccin de Riesgos.- Planificacin, ejecucin de proyectos estructurales y no estructurales para la prevencin y mitigacin de riesgos locales;4. Educacin y Capacitacin para la Gestin del Riesgo.- Para efectos de incorporar una actitud positiva de respaldo frente a las acciones de Gestin de Riesgos de los actores locales;5. Planificacin Estratgica ante Riesgos.- Diseo de planes, programas y proyectos de prevencin y mitigacin de Riesgos; Elaboracin de planes de emergencia y Contingencia por eventos para instituciones y comunidades;6. Planes de Ordenamiento Territorial.- Que se elaboren a partir de la zonificacin y micro-zonificacin participativa del territorio, aportarn los elementos bsicos para elaborar una estrategia necesaria para normar el uso de los espacios fsicos y disminuir en el futuro los riesgos existentes;7. Coordinacin Interinstitucional y Sectorial.- Con organizaciones gubernamentales, organismos no gubernamentales de carcter local, parroquial, cantonal, provincial, regional y nacional, agencias de cooperacin, comunitarias, en el nivel local, nacional e internacional, a fin de racionalizar el uso de recursos y potenciar las diferentes intervenciones. Incorporar metodologas ya validadas en experiencias anteriores;8. Fortalecimiento Interinstitucional.- Se promover en las instituciones Locales, Instituciones Educativas y organismos de coordinacin ya existentes; a travs de la conformacin y fortalecimiento de Comits de Operaciones de Emergencia (COES) Cantonal y Parroquiales, u otras instancias establecidas en la Ley, mejoramiento de infraestructura y equipamiento para organismos de prevencin y respuesta ante eventos adversos, naturales, socio-naturales y antrpicos;9. Fortalecimiento Comunitario.- Con sus diferentes estructuras organizativas, la activa participacin e involucramiento en todas las actividades de los proyectos, debern ser la gua permanente en la ejecucin de las actividades y la elaboracin de los planes operativos, los que debern ser validados con su participacin. Se tratara de potenciar las fortalezas comunitarias, aprovechar las oportunidades, trabajar en las debilidades, neutralizar las amenazas y reducir las vulnerabilidades;10. Elaboracin y seguimiento a normas de seguridad.- Para el manejo de materiales peligrosos y sustancias (Desechos hospitalarios, petroqumicos, pirotecnia, armera, entre otros);11. Creacin de un centro de informacin sobre la gestin de riesgos, administracin y antecedentes de desastres Cantonal.- Para que permitan la compilacin y difusin de los riesgos y desastres y proyectos de reduccin y recuperacin a nivel del Cantn; y,12. Las dems que le asignen las Normas Municipales.- Pertinentes que se encuentren establecidas dentro de sus competencias.

2.4.1.2 PROMOTOR DE DESARROLLO

FUNCIONES: Son funciones del Promotor de Desarrollo las siguientes:

1. Anlisis de Riesgos.- Que comprende investigacin y el conocimiento sobre las amenazas, vulnerabilidades, recursos y capacidades;2. Incorporacin de la Gestin de Riesgos en la Planificacin.- Debe estar presente en los procesos y toma de decisiones;3. Implementacin de Proyectos de Reduccin de Riesgos.- Planificacin, ejecucin de proyectos estructurales y no estructurales para la prevencin y mitigacin de riesgos locales;4. Educacin y Capacitacin para la Gestin del Riesgo.- Para efectos de incorporar una actitud positiva de respaldo frente a las acciones de Gestin de Riesgos de los actores locales;5. Planificacin Estratgica ante Riesgos.- Diseo de planes, programas y proyectos de prevencin y mitigacin de Riesgos; Elaboracin de planes de emergencia y Contingencia por eventos para instituciones y comunidades;6. Planes de Ordenamiento Territorial.- Que se elaboren a partir de la zonificacin y micro-zonificacin participativa del territorio, aportarn los elementos bsicos para elaborar una estrategia necesaria para normar el uso de los espacios fsicos y disminuir en el futuro los riesgos existentes;7. Coordinacin Interinstitucional y Sectorial.- Con organizaciones gubernamentales, organismos no gubernamentales de carcter local, parroquial, cantonal, provincial, regional y nacional, agencias de cooperacin, comunitarias, en el nivel local, nacional e internacional, a fin de racionalizar el uso de recursos y potenciar las diferentes intervenciones. Incorporar metodologas ya validadas en experiencias anteriores;8. Fortalecimiento Interinstitucional.- Se promover en las instituciones Locales, Instituciones Educativas y organismos de coordinacin ya existentes; a travs de la conformacin y fortalecimiento de Comits de Operaciones de Emergencia (COES) Cantonal y Parroquial u otras instancias establecidas en la Ley, mejoramiento de infraestructura y equipamiento para organismos de prevencin y respuesta ante eventos adversos, naturales, socio-naturales y antrpicos;9. Fortalecimiento Comunitario.- Con sus diferentes estructuras organizativas, la activa participacin e involucramiento en todas las actividades de los proyectos, debern ser la gua permanente en la ejecucin de las actividades y la elaboracin de los planes operativos, los que debern ser validados con su participacin. Se tratara de potenciar las fortalezas comunitarias, aprovechar las oportunidades, trabajar en las debilidades, neutralizar las amenazas y reducir las vulnerabilidades;10. Elaboracin y seguimiento a normas de seguridad.- Para el manejo de materiales peligrosos y sustancias (Desechos hospitalarios, petroqumicos, pirotecnia, armera, entre otros);11. Creacin de un centro de informacin sobre la gestin de riesgos, administracin y antecedentes de desastres Cantonal.- Para que permitan la compilacin y difusin de los riesgos y desastres y proyectos de reduccin y recuperacin a nivel del Cantn; y,12. Las dems que le asignen las Normas Municipales.- Pertinentes que se encuentren establecidas dentro de sus competencias.

2.4.1.3 SECRETARIO DE LA UNIDAD TCNICA DE GESTIN DE RIESGOS

FUNCIONES:El Secretario tiene la funcin de apoyar en las actividades de la UTGR sobre la sistematizacin de informacin, manejo de archivos y custodia de materiales.

2.4.2 JEFE DE LA SALA SITUACIONAL

FUNCIONES:El Jefe de la Sala Situacional es el encargado de la recoleccin de datos y procesamiento de la informacin en todos los mbitos de accin cantonal, y la facilitacin de informes para la toma de decisiones, con su respectivo digitador.

2.5 RELACIONES PBLICAS Y COMUNICACIN SOCIAL

MISIN

La Direccin de Relaciones Pblicas y Comunicacin Social, tiene como misin la elevacin de la Imagen Institucional, la bsqueda de espacios y la produccin de estrategias de comunicacin que permitan a la comunidad conocer y valorar el quehacer del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal en todos sus campos de accin.

2.5.1 DIRECTOR DE RELACIONES PBLICAS Y COMUNICACIN SOCIAL

RELACIN DE DEPENDENCIA: Depende de la Alcalda.

RELACIONES FUNCIONALES: Con todas las Direcciones y Unidades Administrativas de la Municipalidad. FUNCIONES:Son funciones del Director Relaciones Pblicas y Comunicacin Social las siguientes:

1. Planificar, programar, organizar y difundir a travs de los diversos medios de comunicacin pblica, y de campaas directas de informacin social, todo lo relativo a las acciones y labores efectuadas por el Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal y el Concejo Municipal;2. Utilizar la gaceta oficial del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca como medio de comunicacin mediante la recopilacin, el procesamiento y el anlisis de diversas fuentes que resulten de utilidad para informar objetivamente y oportunamente a la ciudadana, sobre los programas, planes, acuerdos, acciones y actividades del Municipio, as como para fomentar la participacin ciudadana;3. Elaborar una programacin enmarcada en los planes y programas culturales a travs de noticieros informativos de las actividades ejecutadas por el Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal;4. Coordinar y colaborar con las distintas unidades en la elaboracin de estrategias, y dems formas de comunicacin colectiva, de tal manera que se mantenga una imagen armoniosa y coherente de todas las actividades realizadas por el Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal;5. Ejecutar las polticas en materia de comunicacin y difusin a la comunidad, de las acciones del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal que hayan sido aprobadas en cualquier tiempo;6. Colaborar en la elaboracin de programaciones sociales, culturales e informativas de las actividades que realiza el Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal; y,7. Las dems que le asigne el Alcalde o Alcaldesa.

2.5.1.1 ASISTENTE DE RELACIONES PBLICAS Y COMUNICACIN SOCIAL

FUNCIONES:Son funciones del Asistente de Relaciones Pblicas y Comunicacin Social las siguientes:

1. Planear las actividades y controlar su ejecucin;2. Aplicar los conocimientos prcticos, destrezas, habilidades tcnicas y administrativas, para la recopilacin y anlisis de la informacin y procesarlos en resultados de trabajo;3. Brindar asistencia administrativa sujetndose a los lineamientos establecidos para el rea de trabajo como a las normas y polticas que se hayan asumido dentro de las directrices que recibe;4. Desarrollar las acciones de trabajo, de acuerdo a los nuevos esquemas de la gestin organizacional, y en ajuste a los requerimientos de los clientes internos (departamentos, reas) y externos (ciudadana, otros actores externos);5. Proponer sugerencias, cambios a los procedimientos de trabajo, optimizando los recursos empleados en las diferentes acciones;6. Coordinar el trabajo con los dems integrantes de los equipos de trabajo, intercambiando experiencias logrando uniformizar criterios y metodologas;7. Receptar y trasmitir informacin oportuna y confiable, apoyando la gestin de los procesos conforme las necesidades del cliente;8. Ejercer las atribuciones y responsabilidades del rol, con predisposicin y actitud positiva precautelando la imagen del proceso y la institucin;9. Administrar y mantener actualizado un sistema de archivo y documentacin;10. Realizar informes mensuales de las actividades que cumple, para facilitar el monitoreo y resultados de los diferentes procesos;11. Preparar informes, redactar correspondencia de conformidad con los lineamientos base que recibe y supervisar la tramitacin interdepartamental.12. Prestar atencin al pblico y brindarle la informacin requerida de acuerdo con su competencia;13. Llevar la agenda de trabajo del jefe inmediato;14. Puede corresponderle asistir a reuniones para recopilar informacin y realizar las actas correspondientes;15. Dotar al cliente interno y externo de la atencin oportuna y de calidad, identificando sus necesidades para la satisfaccin de los requerimientos, proporcionando apoyo administrativo a los procesos para la consecucin de los objetivos operativos;16. Actualizar conocimientos, enriquecidos por la formacin, experiencia y las interrelaciones del rol, para la prestacin de servicios de calidad;17. Facilitar la comunicacin interna y externa, a travs del mantenimiento de sistemas de informacin y correspondencia; y,18. Las dems que le pueda sealar el jefe inmediato y superior.

2.5.1.2 FOTGRAFO Es el encargado de tomar la crnica fotogrfica y video de cada uno de los eventos pblicos, en los cuales el Alcalde o Alcaldesa del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal, funcionarios o integrantes del Concejo Municipal, hagan acto de presencia as como el seguimiento de obras y acciones desde el inicio hasta su conclusin, con la finalidad de tener actualizado el acervo grfico y video.

2.5.1.3 DISEADOR GRFICOTiene a su cargo la responsabilidad de realizar las actividades relacionadas con el diseo grfico y publicitario de cada uno de los eventos, programas y actividades que realiza el Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal, adems de apoyar en las actividades administrativas que requiera la Direccin.

3 PROCESOS HABILITANTES DE APOYO

3.1 SECRETARA GENERAL

MISIN

La Secretara General tiene como misin la planificacin, la organizacin, la direccin y el control de la documentacin relacionada al Concejo Municipal; es responsable de la recepcin, clasificacin y salida de la documentacin oficial; y, proporcionar apoyo administrativo al Concejo Municipal, Alcalda y Departamentos.

3.1.1 SECRETARIO GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL

RELACIN DE DEPENDENCIA: Depende de la Alcalda.

RELACIONES FUNCIONALES: Con todas las Direcciones y Unidades Administrativas del Gobierno Municipal.

El Secretario del Concejo, designado de conformidad con lo dispuesto en el artculo 357 del Cdigo Orgnico de Organizacin Territorial, Autonoma y Descentralizacin, adems del ejercicio de las funciones de fedatario de las decisiones y resoluciones que adopte el Concejo, le corresponder la supervisin y control del personal administrativo y de apoyo del rgano legislativo. Ser as mismo de su responsabilidad la organizacin y publicacin de la Gaceta Municipal, rgano oficial del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal del cantn Santa Luca, esto, a ms de las expresamente sealadas en el Ley y en el respectivo Orgnico Funcional. En ausencia temporal del Secretario, el ejecutivo municipal encargar esa funcin al empleado que cumpla con el perfil necesario, o har actuar un secretario ad hoc cuando la falta sea inesperada.

ESTRUCTURA: Est conformada por Secretara, Prosecretaria, Asistente de Documentacin y Archivo y Auxiliar de Recepcin e Informacin.

FUNCIONES: Las funciones y atribuciones de la Secretara General del Concejo, son las siguientes:

1. Receptar y distribuir documentacin a las diferentes dependencias que ingresan a la Institucin;2. Elaborar Informes, actas y resmenes de Sesiones del Concejo y oficios relacionados con la Institucin;3. Certificaciones de documentos de Secretara General y otro previo informe del dpto. respectivo;4. Archivo de documentacin interna y externa;5. Realizar seguimiento de trmites;6. Llevar libro de contratos y convenios que celebre la Municipalidad conjuntamente con las dependencias respectivas;7. Llevar un libro de procesos de licitacin, concursos de ofertas y precios que se realicen en el Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal;8. Llevar actas y resmenes de las diferentes Comisiones del Concejo;9. Dar fe de los actos del I. Concejo, de la Comisin de Mesa y del Alcalde o Alcaldesa;10. Planificar, coordinar, organizar, dirigir y evaluar las actividades y el archivo, existente en Secretaria General;11. Verificar la transcripcin de las actas de las sesiones de Concejo;12. Velar por el despacho oportuno de la documentacin;13. Convocar previa disposicin del Alcalde o Alcaldesa a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias, Conmemorativas y Solemnes del Concejo Cantonal y del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal; 14. Las que determina la Ley.

3.1.1.1. PROSECRETARIA

FUNCIONES: Son funciones de la Prosecretaria las siguientes:

1. Desarrollar de manera complementaria las actividades de la Secretara General, segn funciones asignadas por el Secretario General;2. Recibir la documentacin y correspondencia de los usuarios y disponer el trmite legal y administrativo correspondiente;3. Distribuir entre el personal que labora en esta unidad, el trmite de la correspondencia y documentacin presentada por los usuarios;4. Recibir y poner al despacho del Secretario General la documentacin y correspondencia que deba ser tramitada en las Comisiones o en el Concejo en pleno; y, 5. Las dems que le asignare el Secretario General.

3.1.1.2. ASISTENTE DE DOCUMENTACIN Y ARCHIVO

FUNCIONES:Son funciones del Asistente de Documentacin y Archivo, las siguientes:

1. Administrar tcnicamente la documentacin y archivo: recibir, ingresar, clasificar, distribuir y archivar la correspondencia y documentos para las diversas dependencias municipales;2. Velar por la seguridad, conservacin y reserva del archivo;3. Promover reformas o aplicaciones tendientes a modernizar los sistemas y procedimientos de documentacin y archivo del Gobierno Autnomo Descentralizado Municipal; y, 4. Las dems que le asignare el Secretario Municipal.

3.1.1.3 AUXILIAR DE RECEPCIN E INFORMACIN

MISIN: Satisfacer las necesidades de comunicacin del personal de la unidad, operando una central telefnica pequea, atendiendo al pblico en sus requerimientos de informacin y entrevistas con el personal, ejecutando y controlando la recepcin y despacho de la correspondencia, para servir de apoyo a las actividades administrativas de la unidad.

FUNCIONESSon funciones del Auxiliar de Recepcin e informacin, las siguientes:

1. Operar una central telefnica pequea, haciendo y recibiendo llamadas telefnicas, conectando las mismas con las diferentes extensiones;2. Atiende al pblico que solicita informacin dndole la orientacin requerida;3. Anota en libros de control diario las llamadas efectuadas y recibidas por el personal y el tiempo empleado;4. Mantiene el control de llamadas locales y a larga distancia mediante registro de nmero de llamadas y tiempo empleado;5. Recibe la correspondencia y mensajes dirigidos a la unidad;6. Anota los mensajes dirigidos a las diferentes personas y secciones de la unidad;7. Entrega la correspondencia recibida a las diferentes personas y secciones, as como tambin los mensajes recibidos;8. Cumple con las normas y procedimientos en materia de seguridad integral, establecidos por la organizacin;9. Mantiene en orden equipo y sitio de trabajo, reportando cualquier anomala;10. Elabora informes peridicos de las actividades realizadas; y, 11. Realiza cualquier otra tarea afn que le sea asignada.

3.2 DIRECCIN ADMINISTRATIVA Y GESTIN DEL TALENTO HUMANO

MISIN

Prestar los servicios auxiliares y de apoyo a las Unidades de Nivel Directivo, Asesor y Operativo, que requieran para el cumplimiento de sus funciones.

RELACIONES DE DEPENDENCIA: Depende del Alcalde o Alcaldesa

3.2.1 DIRECTOR ADMINISTRATIVO

RELACIONES FUNCIONALES: Con todas las dependencias de la Municipalidad.

ESTRUCTURA: La Direccin Administrativa est conform