derecho internacional privado y su codificacion
TRANSCRIPT
Universidad Fermín ToroVicerrectorado Académico
Facultad De Ciencias Jurídicas Y PolíticasEscuela De Derecho.
Fuentes del Derecho Internacional Privado
YLa Cuestión Metodológica
Autora: Carla Fabiana HernandezC.I:21.245.653
Sección: SAIA BLapso académico: 2015/A
Asignatura: Derecho Internacional Privado
Barquisimeto, Septiembre del 2015
Derecho internacional privado.Es una rama del
derecho, que trata de dirimir las
controversias que se susciten cuando intervienen un
elemento extranjero.
Respecto a las fuentes del derecho
internacional privado, mencionamos que son todas aquellas que le dan origen y forma a
dicha disciplina.
Fuentes del derecho internacional privado.
• La costumbre
Son actos repetitivos que a través del tiempo se convierten en normas jurídicas.
Nació de la escuela Bolonia y se desarrollo de acuerdo a las exigencias del trafico jurídico
internacional.
Fuentes del derecho internacional privado.
• La Doctrina
Es el soporte científico del derecho internacional privado.
La misma da solución a los conflictos de leyes y ha contribuido a la
sistematización y estudio de las normas jurídicas actuales.
Solución
Fuentes del derecho internacional privado.
• Jurisprudencia.
Radica en aquellas decisiones sean de tribunales o de las cortes que hayan resuelto alguna controversia de naturaleza internacional.
Es la fuente principal del
derecho internacional
privado.
Fuentes del derecho internacional privado.
• Principios generales del derecho internacional privado.
Estos principios regulan las relaciones de carácter privado, entre los principios podemos
encontrar:
• La lex rei sitae.• Locus regit actum.
• Autonomia de la voluntad.
Fuentes del derecho internacional privado.
• Principios generales del derecho internacional privado.
• La lex rei sitae.
Rige legalmente a los bienes muebles e inmuebles por la ley donde ellos están ubicados.
• locus regit actum
Permite que un acto jurídico cumplido en el exterior tenga completa validez en otro Estado en lo que se refiere a sus
formalidades y solemnidades.
Fuentes del derecho internacional privado.
• Los tratados internacionales.
Constituyen fuentes del derecho internacional privado, ya que, los tratados - leyes que celebran
los Estados contratantes regulan conductas, obligaciones o derechos de los particulares
Fuente directa.
Primera conferencia celebrada en
Lima en 1877, referente al
estado y capacidad de las
personas.
Fuentes del derecho internacional privado.
• Ley nacional.
Las normas y los principios establecidos en los códigos y leyes de un determinado país son fuente
de esta disciplina como lo es el D.I.P. En Venezuela encontramos normas de Derecho Internacional Privado en el Código Civil en los
artículos 8, 9, 10, 11, 26 por ejemplo.
• Ley nacional.
La importancia de estas normas radica en que allí, se encuentra el factor de conexión, el cual
establece el sistema propio de Derecho Internacional Privado que predomina en una
legislación Ejemplo de esta fuente, en el sistema venezolano,
es el artículo 8, del código civil, relativo a la aplicación de la ley a todos los habitantes, sean
nacionales o extranjeros.
Sistema Venezolano de Derecho Internacional Privado
EstatutarioEstablece como se resuelve conflictos de naturaleza
internacional, tomando en cuanta la capacidad o nacionalidad de los agentes
Fuentes
• Fuentes Internacionales
(Código Bustamante, Acuerdo Boliviano)
• Fuentes Internas(Código Civil artículos 8,9, 10,11, entre otros)
Ley de Derecho Internacional Privado
Objeto
Tratara de resolver los conflictos de leyes, otorgando competencias y aplicando las normas del país que resulte
competente, así como también adoptando normas de D.I.P.
ajustándolo a la realidad Social Venezolana
Articulo 3 de la ley de derecho
internacional privado
Ley de Derecho Internacional Privado
Características
Es una ley Especial Es doctrinaria Es autónoma
Hace que los Estados que intervienen aporten nuevas normas y las adopten a través de convenios
o tratados bilaterales o multilaterales, por la necesidad de buscar nuevas fuentes internacionales
para la regulación positiva de conflicto de leyes
El Código Bustamante Acuerdo Boliviano sobre ejecución de actos
extranjeros
Codificación Internacional
Principios Rectores de la Codificación
Principio de igualdad: todas las personas son iguales ante la ley y ante lo pactado entre los Estados, es decir, que las personas no pueden ser discriminadas en cuanto a su nacionalidad
Principio de Reciprocidad: Los Estados intervinientes deben respetar los derechos de aquellos extranjeros
Principio de Territorialidad de leyes: La ley debe ser cumplida y respetada por todos, tanto para los nacionales como Extranjeros
Teoría de la Norma del Derecho Internacional Privado
La Norma jurídica de un
Estado
Situación de Hecho
(Elemento extranjero)
Se traspasa la norma jurídica territorial a
otro Estado competente
Ejemplo art. 993 del Código Civil de
Venezuela
EstructuraForma
l Material
Sus normas son distributivas,
respecto a que señala la ley competente
Es Dispositiva, porque,
dispone en si, lo que debe
hacerse
¿ Que ley debe
aplicarse?Código Bustamante
Ejemplo articulo 11 del Código Civil
Venezolano Vigente.
Análisis Especial de los Factores de Conexión
Radica, en que estos tienen por objeto, vincular la norma de conflicto con el derecho aplicable, es decir, vincular:1. Persona2. Cosa 3. Relación Jurídica 4. Etc.
Con un Ordenamiento Jurídico nacional específico que los regule
Clasificación de los Factores de Conexión
1) Por su Contenido:
• Personales: Nacionalidad de Una persona o Domicilio
• Reales: Situación Jurídica de la Cosa o Lugar de un bien mueble o inmueble (lex rei sitae)
• Lugar de ejecución de un acto Jurídico: Lugar donde se celebro el contrato (Locus regis actum)
• Voluntario: las partes pueden determinar a que ordenamiento jurídico van a someterse
Clasificación de los Factores de Conexión
2) Por su Naturaleza:
• Hechos Reales: la situación de un bien inmueble
• Conceptos Jurídicos: Nacionalidad o el Domicilio de las personas Naturales y Jurídicas
Clasificación de los Factores de Conexión
3) De acuerdo por el Carácter de Conexión: • Conexión Única: Supone el empleo de un solo
factor de conexión
• Conexión Múltiple: Implica el uso de varios factores, ejemplo Los requisitos de fondo de un contrato y la celebración del mismo en orto lugar (extranjero)
Clasificación de los Factores de Conexión
4) Conexión Alternativa y Acumulativa:
• Conexión Alternativa: Se encuentran varios factores de conexión, con la particularidad de que se va a emplear uno de ellos , debido a que este, es suficiente para que se produzca los efectos jurídicos necesarios.
• Conexión Acumulativa: Se toman en cuenta dos o mas factores, los cuales se hacen depender la aplicación de varios derechos.
Conflictos que plantean los Factores de Conexión
• La ley aplicable de un país competente: (Conexión múltiple)
• Nacionalidad: ejemplo aquellos venezolanos por naturalización, donde estos adquieran dicha nacionalidad, teniendo otra.
• Domicilio: esta sujeto a cambios de domicilio o residencia de una persona, este cambio determina la aplicación de un ordenamiento jurídico distinto al que primitivamente debería conocer del asunto.
Bibliografía• Daniel Guerra Iñiguez. Derecho internacional
Privado. (Caracas 1993). Editorial Buchivacoa.
• Código Civil Venezolano. Gaceta Oficial N° 39.264 (15 de septiembre de 2009)
• Clasificación de los Factores de conexión (Pagina web en línea) encontrada en: https://matrislegal.wordpress.com/nociones-basicas-de-derecho-internacional-privado/
Gracias PorSu Atención