incidencia de la conciliacion en equidad

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  • 7/23/2019 Incidencia de La Conciliacion en Equidad

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    INCIDENCIA DE LA CONCILIACIN EN EQUIDAD EN EL PROYECTOEMANCIPATORIO DE LA JUSTICIA1

    Luisa Fernanda Garca Lozano

    Diana Carolina Abondano Lozano2

    A partir de la dcada de los noventa, en Colombia al igual que en otros pases

    latinoamericanos, se inici un perodo caracterizado por la trasformacin en la

    administracin de justicia a nivel constitucional y legal: El estado adquiere el

    carcter de social y democrtico de derecho obligndose a aportar soluciones y

    propuestas que permitan superar los desequilibrios y facilite convocatorias para

    que los ciudadanos puedan intervenir en la solucin de sus conflictos y por endeen la materializacin del derecho3. En pro del desarrollo de la implementacin de

    estos lineamientos, en 1991 a travs de la ley 23 se contempl por primera vez las

    figuras de los mecanismos alternativos de resolucin de conflictos, entre ellos, de

    forma confusa y precaria la conciliacin en equidad.

    La importancia que adquiere la figura al finalizar el siglo pasado se hace evidente

    con la intencin del constituyente de impulsarla al consagrarla expresamente en laConstitucin Nacional, y del legislador al hacerla manifiesta de forma imprecisa en

    la Ley 270 de 1996 - Artculo 8, al establecer el principio de alternatividad judicial,

    abriendo posibilidades ms claras y amplias para el desarrollo de la

    desprofesionalizacin de la justicia y la participacin ciudadana, lo cual degenerara

    en instrumentos alternativos que permiten que el Derecho se acerque cada vez

    ms al hombre comn y cumpla con su primigenia funcin, esto es, la de ser

    elemento ordenador de la conducta social y mecanismo de regulacin de los

    1 Las ideas centrales del texto han sido tomadas de Luisa Fernanda Garca L. y Carolina Abondano L.,Conciliacin en Equidad: Justicia Real? Monografa de grado para optar el ttulo de Abogadas UniversidadSanto Toms.2Abogadas. Investigadoras Auxiliares en la Investigacin Acceso a la Justicia de sectores especialmentevulnerables en el Programa Nacional Casas de Justicia y Paz Centro de Investigaciones Francisco de Vitoria.3 TORRES CORREDOR, Hernando. Acceso a la justicia: Caminos para hacer efectivo el derecho. En:Pensamiento Jurdico -Justicia y jueces. No. 4 (1999); p.96.

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    conflictos connaturales con la vida social, tal como sucede con la Conciliacin en

    Equidad, la cual fue desarrollada en el aspecto procedimental de manera ms

    precisa en el decreto 1818 de 1998, la ley 446 de 1998 y la 640 del 2001.

    Con miras a intentar conceptuar otras formas de percibir el derecho y los procesos

    regulatorios de las comunidades y generar un aporte en el proyecto emancipatorio

    de la justicia, el siguiente artculo presenta un anlisis de la conciliacin en equidad

    y la justicia comunitaria a partir de la experiencia de campo en la Unidad de

    Mediacin y Conciliacin y en los Puntos de Atencin Comunitaria de la Localidad

    de Suba desarrollada de Marzo a Octubre de 2003.

    Conciliacin en Equidad: Herramienta de transformacin

    En la Carta Poltica se consagra la facultad transitoria para los particulares de

    administrar justicia, abriendo la posibilidad de obtener un grado mayor de

    legitimacin en lo que a solucin de controversias se refiere. La conciliacin en

    equidad es uno de los mecanismos creados para dicho fin y definida en el

    instrumento jurdico (ley 446 de 1998) como Un mecanismo de resolucin de

    conflictos a travs del cual, dos o ms personas gestionan por si mismas la

    solucin de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado,

    denominado conciliador4.

    Esta figura sujeta nicamente a regulacin procedimental permite que en su

    contenido material se le impriman alcances sociales para que no solo sea vista

    como el trmite necesario para obtener un acta con valor jurdico sino tambin

    como un proceso transformador en la vida social y cotidiana de la comunidad conmiras a la construccin de una sociedad autnoma e identificada con sus propios

    valores y costumbres.

    4EDITORIAL LEYER. Cdigo Contencioso Administrativo: Ley 446 de 1998. Bogot: MORA CAICEDO,Esteban, 2002. 20 Ed., p. 386.

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    Por lo tanto y de acuerdo con la observacin de campo se define la conciliacin en

    equidad como una herramienta implementada al interior de una comunidad en la

    cual los principales actores son miembros de la misma y cuyo fin es la

    recomposicin del tejido social a travs de la recuperacin del valor de la palabra,

    dado que en la prctica sta herramienta es desarrollada por un lder comunitario

    reconocido que identifica el conflicto en particular y conoce la dinmica social,

    necesidades, valores, usos y costumbres, lo cual le permite ayudar a construir una

    solucin fundamentada en criterios de equidad, consultando los intereses de las

    partes, canalizando formas de coaccin que provienen de la cotidianidad y del

    impacto en la comunidad de dicho proceso transformador, lo cual genera

    consonancia con la figura y su funcionalidad, convirtindose as en una posibilidad

    para pensarse una forma de justicia comunitaria en donde prime ms que las

    figuras legales una conciencia autorreguladora, capaz de legitimar un orden social

    diferente que permita la interaccin en un espacio democrtico de construccin y

    convivencia.

    La conciliacin impulsa y tiene como prioridad la construccin de alternativas que

    ofrezcan el fortalecimiento de la vida en comunidad sin que medie la intervencin

    de operadores de justicia estatal y la influencia de la ley como mera

    instrumentalizacin del derecho5 que pretende imponerse y generar un control

    nacional que legitime el orden social, sin tener en cuenta las condiciones locales

    que posibilitan la consecucin del fin propuesto.

    Asimismo, es un mecanismo resolutivo que parte de una estrategia de

    autocomposicin voluntaria, flexible e informal, la cual implica imparcialidad de un

    tercero que posibilita llegar a un acuerdo cuyos efectos jurdicos de cosa juzgada y

    mrito ejecutivo buscan que las partes asuman la responsabilidad con el

    5 BOTERO URIBE, Daro. Teora social del derecho. Bogot: Universidad Nacional de Colombia, 3 Ed.,1999. p.45.

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    compromiso adquirido. Sin embargo, en la localidad se considera que la dimensin

    terica otorgada a la figura no se proyecta en la prctica, puesto que en la

    mayora de los casos se ve limitada al cumplimiento de la caracterstica anotada,

    toda vez que los usuarios se acercan con el imaginario de encontrar respaldo de

    una entidad del Estado a travs de una demanda6, y por lo tanto hallar all el

    elemento de coaccin necesario para solucionar el conflicto y los conciliadores

    limitarse a la entrega de resultados cuantitativos. Por lo cual se hace necesario que

    la figura se consolide a travs de la participacin de los actores que la integran en

    la construccin de consensos y soluciones, colaboracin en los procesos sociales,

    fomento de la cultura de la no violencia, del valor de la palabra y la revocatoria del

    imaginario de autoridad, generando un enfoque horizontal que permita la

    participacin en igualdad de condiciones.

    Ejes de anlisis para comprender la Conciliacin en Equidad en

    Suba

    Para analizar lo que es la figura en Suba es necesario tomar en cuenta mltiples

    aspectos que generan una visin amplia de la conciliacin en equidad en esta

    Localidad:

    *Territorio: La Localidad est compuesta por gran cantidad de barrios, sin

    embargo, entre los aos 1999 a 2003 la figura fue impulsada esencialmente en

    Aures I, Prado Veraniego, Suba Centro y Gloria Lara, por lo cual el anlisis se

    centra en ellos. Se hace necesario tener presente que la ltima graduacin de

    conciliadores de 2003 en la Universidad Externado de Colombia, impulsada por la

    Secretara de Gobierno, gest el nacimiento de varios Puntos de Atencin

    Comunitaria y la incorporacin de conciliadores en aquellos donde solo existan

    6ENTREVISTA con Gloria Pineda, Usuaria de la conciliacin en equidad, Bogot, 14 de mayo de 2003,quien a la pregunta Cmo se enter que existe el punto de atencin?, respondi: Porque el seor que nospuso una demanda, sea nos citaron aqu en esta estacin, este saln....Como sta se registraron variasentrevistas en donde los usuarios referenciaban la conciliacin como una demanda.

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    mediadores comunitarios, que no se tendrn en cuenta por su corto tiempo de

    trabajo con la comunidad.

    *La Burocracia (Unidad de Mediacin y Conciliacin de Suba): La Unidad

    de Mediacin y Conciliacin de Suba asumi desde su creacin en 1999 hasta

    Septiembre de 2003 el apoyo a la figura de la conciliacin en equidad y a los

    conciliadores, proporcionando el espacio fsico para realizar las conciliaciones,

    prestando ayuda en las asesoras de trabajo social y derecho que se pudieran

    presentar o en cualquier otra circunstancia, por ejemplo en los Puntos de Atencin,

    haciendo el seguimiento por va telefnica y acompaando las distintas

    actividades que los conciliadores desarrollan para fortalecer la figura.

    Uno de los programas con mayor acogida por los usuarios, eran las llamadas

    Jornadas de descongestin de arrendamiento,a las que los beneficiarios deban

    asistir previamente y como requisito para solicitar una audiencia. Este espacio era

    dirigido y presentado por un funcionario de la Unidad, el cual indicaba un

    panorama del tema y la manera cmo las partes podan lograr el acuerdo.

    *Conciliador en Equidad: Gran cantidad de estos actores que desarrollan su

    trabajo en la Localidad, han sido capacitados por la Secretara de Gobierno

    distrital. stos se concentran en concebir la figura como una herramienta

    institucional, as mismo la divulgan y asumen en forma muy limitada, puesto que

    no proponen iniciativas que desarrollen conceptos y alcances que permitan el

    arraigo por parte de la comunidad, abrogando formalidad, revistiendo las frmulas

    de arreglo como fenmeno esttico de las normas estatales, impidiendo que

    dialoguen las formas culturales y legales en la concertacin que se realiza para

    hallar un arreglo, no slo en el mbito individual sino colectivo y en las dinmicas

    sociales propias de la localidad.

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    Sin embargo, cabe aclarar que si bien la mayora de conciliadores tiene la anterior

    concepcin, existe un pequeo grupo capacitado por la Cmara de Comercio que

    presenta una perspectiva diferente en el desarrollo de su trabajo buscando

    autonoma en relacin con la burocracia y legitimacin a raz de su desempeo en

    las diferentes actividades en la comunidad.

    *Difusin: La difusin de la figura ha estado a cargo de la Alcalda Local de Suba

    (como conducto de la Alcalda Mayor), el CAI, la inspeccin de polica, quienes

    remiten los usuarios a la Unidad de Mediacin y Conciliacin, lugar donde cuatro

    (4) conciliadores en promedio prestaban sus servicios y acompaaban

    transitoriamente las jornadas de descongestin de arrendamiento practicadas los

    das lunes, mircoles y viernes en la Unidad, como programa bandera de la misma,

    antes de la aplicacin del estudio de Seguimiento a actores voluntarios de

    convivencia del Distrito Capital. Con posterioridad a la implementacin de ste,

    todos los casos que llegan a la UMC se remiten a los Puntos Barriales o de

    Atencin Comunitaria, lo que genera la aplicacin plena de la expresin

    conciliadores para la comunidad y en la comunidad7al momento de posicionarlos

    y crear una cultura de autogestin en ellos.

    Siendo los conciliadores lderes natos, realizan la difusin de la figura en sus

    comunidades a travs de las reuniones de Juntas de Accin Comunal, Parroquias,

    vecinos, colegios, carteles, etc., proyectando la promulgacin en forma

    fraccionada, al generar nicamente impacto en la persona que tenga un conflicto,

    es decir, se presenta la figura solamente circunscribiendo su funcin a la ayuda en

    la resolucin de un problema interpartes sin repercusiones a nivel colectivo,

    tornando la conciliacin en un mero mecanismo de resolucin de conflictos

    (descongestin judicial) y no en una herramienta o instrumento de construccin

    social autnoma.

    7ENTREVISTA con Martha Sarmiento Len. Coordinadora Unidad de Mediacin y Conciliacin de Suba.Bogot, 02 de marzo de 2004.

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    *Motivacin: La motivacin general del conciliador en equidad en Suba es servir

    a la comunidad y ser conducto atenuante de la gran conflictividad que presencian

    en su entorno, a travs de su labor como representantes de las Juntas de Accin

    Comunal, promotores de derechos humanos, madres comunitarias, miembros de

    organizaciones como Casa de la mujer, entre otros, lo cual crea en los diferentes

    barrios un reconocimiento que genera en el conciliador un deber e impulso moral

    para con su comunidad.

    *Legitimidad: Es comn encontrar en los habitantes de Suba una marcada

    tendencia a justificar inconscientemente el reconocimiento de alguna institucin,

    figura, entidad, etc., por el hecho de provenir por mandato del Estado,

    otorgndole la eficacia y el aval debido para abordar el control de los ordenes

    sociales, por lo que se encuentra que acuden a la figura, no por la posibilidad de

    visualizar un lder determinado que la realice o hallar un acuerdo que beneficie a

    ambos, sino por ser la frmula alternativa ofrecida, que tiene connotaciones

    jurdicas respaldadas por el Estado en cabeza del aparato estatal.

    *Usuarios: La mayora de las personas que acuden a la conciliacin en equidad, a

    travs de la UMC de Suba o autnomamente a los Puntos de Atencin

    Comunitaria, lo hacen cuando necesitan asesora o colaboracin para la solucin

    de un conflicto: habitualmente se presentan casos de arriendo (pago de canon,

    servicios pblicos y restitucin del bien), deudas, contratos civiles en general,

    convivencia, sucesiones y familia.

    An cuando el sentimiento general de la gente respecto al Estado es de rechazo e

    incredulidad, al ser los usuarios remitidos a la UMC siendo sta una entidad del

    Estado, se refuerza el imaginario popular de autoridad representado en coaccin

    institucional estatal como la crcel, el juez, la polica; por lo que es comn

    encontrar a la gente afirmando que quiere colocar una demanda o que se

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    encuentra all porque le colocaron una demanda, obedeciendo a una cultura del

    pleito. Las personas consideran que es funcin de la Unidad o de los conciliadores

    imponer la solucin al conflicto y obligar al cumplimiento del mismo, para el

    beneficio unilateral de quien convoca la conciliacin y no como un acuerdo que

    satisface los intereses de las partes.

    Este fenmeno atiende al hecho de que la comunidad desconoce el alcance de la

    figura en su entorno, por lo cual el empoderamiento hacia la misma es todava

    incipiente, sin que se vislumbre la posibilidad de entenderse y constituirse en una

    forma de justicia comunitaria.

    *Coaccin Estatal: Los habitantes de la Localidad de Suba no tienen clara una

    forma de control, la colectividad no se ha atrevido a crear mecanismos propios

    para hacer cumplir el acuerdo, por lo cual el imaginario se vierte casi en su

    totalidad en la aplicacin de la coercin jurdica institucional, sin embargo, las

    condiciones sociales no permiten que se inicien los procesos respectivos generando

    que stos queden en el olvido y se condone la obligacin adquirida.

    La conciliacin en equidad en la Localidad de Suba es el resultado del esfuerzo de

    la Secretara de Gobierno Distrital por medio de la Direccin de Derechos Humanos

    y Apoyo a la Justicia, al implementar las Unidades de Mediacin y Conciliacin, las

    cuales acompaan e impulsan permanentemente este proceso y de aquellos lderes

    naturales denominados conciliadores en equidad que buscan la construccin de

    una convivencia pacfica entre sus vecinos a travs de la ayuda en la solucin de

    un conflicto, lo que ha limitado la figura en la mayora de los casos a una

    suscripcin de actas. El conciliador en equidad basndose en fundamentos

    normativos y anteponindolos como instrumento de exigibilidad y coaccin como la

    nica entre las posibles formas de cumplimiento, genera en los habitantes

    desconfianza en la eficacia de la figura, ya que por la actual situacin de

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    congestin en los juzgados e inspecciones de polica se dificulta el cumplimiento

    coactivo y real de las actas.

    Conciliacin en equidad un camino para la composicin y

    transformacin del tejido social.

    La Unidad de Mediacin y Conciliacin proyectaba la conciliacin en equidad como

    manejo alternativo de solucin de conflictos que genera una pedagoga social en la

    que se valida y fortalece el concepto de comunidad, para recuperar el tejido social

    a travs de la palabra (retrica), reconociendo la diversidad de los sujetos en el

    conglomerado a fin de lograr acuerdos perdurables y consistentes.

    Es indispensable que la conciliacin llegue a la comunidad, a partir de la filosofa

    de la recomposicin del tejido social y la identidad de los habitantes de la

    Localidad, puesto que es posible pensar que la comunidad accede a los servicios

    del conciliador por cuanto stos no sirven a los grupos socialmente fuertes que

    influencian a la marginalidad de sectores como la Localidad de Suba, es comn

    encontrar que las personas al no tener otro mecanismo para solucionar su conflicto

    por su costo o simplemente porque un fallo judicial en ese caso sera injusto. Por

    lo tanto cuando encuentran una salida al problema que les aqueja reconocen que

    el servicio es para y por la comunidad, la mayora de conciliadores pretenden

    servir a su entorno, generando la legitimacin de la figura y sus actores al

    momento que con posterioridad al acuerdo alguna de las dos partes regresa

    nuevamente a solucionar cualquier conflicto por esta va, reconociendo la labor de

    los don y doas (Conciliadores)8, al escucharlos, entenderlos y facilitar un

    acuerdo.

    8Expresin utilizada por los usuarios al referirse a los Conciliadores en equidad.

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    Realidad y marco conceptual: De la regulacin a la teora de la Justicia

    Comunitaria

    Las definiciones halladas en diversos textos9de Justicia Comunitaria, provocan la

    sensacin de una justicia comunitaria que slo es entendida como aquellos

    mecanismos utilizados por la comunidad para restablecer el orden social (a travs

    de la solucin de los conflictos), las cuales nacen de sus costumbres y usos, sin

    desconocer la justicia estatal, pero impregnndose siempre del elemento de lo

    propio. Las realidades sociales que hasta el momento se han visualizado suscitan

    una disertacin que cuestiona sta dimensin: La justicia comunitaria implica que

    en un mismo territorio, miembros que se relacionan segn los parmetros de

    convivencia establecidos, aceptados y concertados por ellos mismos produzcan de

    acuerdo a sus realidades, elementos propios para el abordaje y anlisis del

    desarrollo de una determinada comunidad. Estas caractersticas hacen posible

    estudiar en este contexto no solo una forma de regulacin sino el razonamiento de

    la sociedad considerada en su conjunto, sus mecanismos de transformacin y

    pertinencia, as como las instituciones y relaciones sociales como expresiones

    anlogas y convergentes de una lgica, normas y estructura propia, que pretende

    encontrar cierta cohesin de las estructuras en la aparente incoherencia de las

    realidades sociales. Adems las creencias y valores culturales y personales

    permiten el estudio del fundamento de los cimientos a partir de sus orgenes,

    dando la posibilidad de determinar aquellas acciones que la gente admite como

    obligatorias y que ejecutan de hecho, toda vez que se ajustan a sus realidades y

    mantienen las estructuras a travs del tiempo.

    Entonces, se vuelve inevitable definir la justicia comunitaria como una forma de

    concebir las dinmicas, construcciones y estructuras socioculturales e ideolgicas

    9 Ver ARDILA AMAYA, Edgar (2000), SEQUEDA GAMBOA, Alba Luca (2000), ARIZASANTAMARA, Rosembert (2000), entre otros.

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    que se encuentran en un espacio geogrfico determinado, las cuales permitan

    abstraer elementos categorizadores propios del desarrollo de una colectividad,

    proyectado en los mbitos social, jurdico e histrico.

    Sus alcances y proyecciones

    La trascendencia que se le proporcion anteriormente al concepto de Justicia

    Comunitaria, permite reconocer alcances y proyecciones en todos los campos del

    saber. Sin embargo, se considera importante descubrir las connotaciones que en s

    mismas permitan realizar otra lectura que enriquezca y redireccione los

    paradigmas que en la modernidad afronta el derecho. Reconocer el avance

    respecto a incluir la justicia comunitaria como uno de los referentes en el

    tratamiento de los conflictos en las comunidades (en su mayora rurales) implica

    dar pasos certeros en la consecucin, construccin y mantenimiento de

    apropiacin social desde la base, es decir, encontrar la posibilidad y la manera de

    ganar autonoma en relacin con el Estado, sin desconocer los aportes que l

    pueda hacer, pero teniendo como plataforma bases slidas que se encuentran en

    el acervo social, cultural, de tradiciones que conserve y defienda la colectividad.

    En la actual coyuntura el debate acerca de la justicia comunitaria se ha introducido

    en alguna medida con un alto grado de importancia circunscrito al mbito de

    resolucin de conflictos. En este contexto, la proyeccin debe drsele partiendo del

    supuesto mnimo de una sociedad en donde los problemas no son tratados de

    manera cercana, eficaz y concertada, el entorno de este tipo de justicia se hace

    manejable, aceptado y representativo, emerge desde lo comunitario y no del

    Estado hacia l, donde el que seduce y promueve es el sujeto colectivo y no el

    burcrata funcionario, generando que las posibilidades ofrecidas por el

    establecimiento sean paralelas a las brindadas por la sociedad, en otras palabras,

    que stas sean igualmente legtimas y eficaces.

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    As mismo, se abre la posibilidad a travs de este ideal de pensar los campos

    jurdicos como espacios autnomos en donde se neutralicen los intereses,

    voluntades y criterios polticos inherentes a los dueos del poder (burcratas)10,

    los cuales contaminan el ejercicio, la aplicacin y deslegitiman constantemente los

    procesos que se abordan en esta rea. En este orden de ideas, alcanzando una

    concientizacin acerca de los beneficios que la autonoma proporciona se puede

    plantear la [reorganizacin democrtica de la sociedad civil con la redefinicin de

    un nuevo orden normativo social donde directamente las prioridades de la

    sociedad envuelvan una articulacin de proyecto pedaggico desmitificador,

    emancipatorio y popular]11

    De la teora a la experiencia de campo: Es la conciliacin en equidad

    una forma de justicia comunitaria en Suba?

    A lo largo de este artculo se han presentado los conceptos de Conciliacin en

    Equidad y Justicia Comunitaria. En este acpite se asociarn las anteriores

    nociones para soportar la afirmacin que en un comienzo dio origen a la

    monografa y permiti determinar los elementos de los anteriores conceptos para

    plantear como posible la emancipacin de la justicia desde la Conciliacin en

    Equidad. Para lograr este objetivo se iniciar explicando de manera genrica si la

    conciliacin en equidad es o no una forma de justicia comunitaria para

    posteriormente confrontar si la dinmica presente en la Localidad de Suba

    responde o no a sta categora de justicia autnoma.

    10NEVES, Marcelo. Del pluralismo jurdico a la miscelnea social: El problema de la falta de identidad de la(s) esfera (s) de juridicidad en la modernidad perifrica y sus implicaciones en Amrica Latina. En: Derecho ysociedad en Amrica Latina - Un debate sobre los estudios jurdicos crticos. Bogot: ILSA y Universidad

    Nacional de Colombia. 2003. p. 271.11WOLKMER, Antonio Carlos. Pluralismo jurdico nuevo paradigma de legitimacin, 1991.

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    La justicia comunitaria y la conciliacin en equidad dos teoras

    pensadas entre abismos y anhelos.

    Cuando se consider la conciliacin en equidad como una herramienta de lacomunidad con la cual se recompone el tejido social, se involucra directamente con

    la justicia comunitaria puesto que en stos trminos convergen directamente los

    dos conceptos, apoyando uno al otro o ms bien uno siendo el objeto para

    desarrollo del otro: Si el lder comunitario conoce la dinmica social, necesidades,

    valores, usos y costumbres e identifica los conflictos en particular aportando no

    solo a la recomposicin del tejido social sino permitiendo la abstraccin de las

    dinmicas, construcciones y estructuras socioculturales propias de su lugar dearraigo, est aplicando al mismo tiempo la conciliacin en equidad y la justicia

    comunitaria, dado que la primera es elemento dinamizador de la segunda.

    A fin de explicar la anterior disertacin se ubicar la conciliacin en equidad en la

    justicia comunitaria a partir de sus rasgos caractersticos, entonces, es preciso

    identificar un espacio socio geogrfico especfico toda vez que la prctica de sta

    no es igual en los diferentes sectores. Los conciliadores a pesar de coexistir en una

    misma zona, por ejemplo en Bogot, emplean dependiendo de las condiciones en

    las que se encuentran y de su reconocimiento, diversas formas tanto de abordar el

    conflicto como tal, la conciliacin en general y la frmula de arreglo que convenga

    a los conciliantes, el reconocimiento por las labores que en dicho espacio ha

    realizado el conciliador proporcionan a las personas mayor seguridad y autoridad al

    punto de ser referencia en el desarrollo de las personas como comunidad. Una de

    las mayores virtudes que proveen las leyes que dieron origen y desarrollaron el

    tema de la conciliacin en equidad, es que a stas solo les atae el desarrollo

    procedimental de la figura. A travs de los vacos sustantivos de la misma se halla

    la posibilidad de encontrar la capacidad de autonoma de la figura, es decir, la

    conciliacin y el papel del actor comunitario en su conjunto no depende de normas

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    estatales preestablecidas sino de la legitimidad que las partes concedan al acuerdo

    y a la manera de llegar a l, conjugando su intima concepcin de lo justo en aras

    de conservar un escenario armnico donde se reafirman los patrones de la vida en

    general que han surgido de la comunidad. Dado que no siempre las circunstancias

    sociales permitirn el cumplimiento de los compromisos adquiridos, ser entonces

    cuando se encuentren en s misma y en su aspecto social, formas propias de

    coercin para la observancia de los acuerdos construidos, donde lo primordial es

    que se realicen sin importar que el imaginario sea legal o comunitario y se imprima

    la fuerza desde all, asumiendo la apuesta individual y colectiva en la consecucin y

    concertacin de estos espacios.

    Expuesto lo anterior, queda trazada la viabilidad de que la conciliacin en equidad

    forme parte de la justicia comunitaria como un instrumento emancipador de la

    misma puesto que al desmitificar sus elementos del derecho, constituyen stos una

    puesta en prctica de las proyecciones y alcances que plantea esta mirada de

    justicia, en la cual los diversos campos sociales son incluyentes y las comunidades

    participan en forma activa y democrtica.

    Encuentro de la teora y la prctica - Una posibilidad desde el

    dialogo (Conciliacin en equidad, justicia comunitaria y Suba)

    An entendiendo que la conciliacin en equidad puede ser una forma de justicia

    comunitaria, el reto implica articular esta percepcin, ubicando la figura en el

    escenario particular de la Localidad de Suba, para lo que es preciso retomar los

    aspectos ms importantes presentados en ste trabajo, en un primer momento

    coordinndolos con las expectativas fijadas en el comienzo de la investigacin y los

    resultados encontrados.

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    La conciliacin en esta zona tiene entre sus caractersticas, el alto ndice de

    burocratizacin en s misma y por parte de sus actores, ausencia de retrica en el

    discurso, deslegitimidad y la constante de que an los habitantes no se conciben

    como parte de una comunidad, ni son concientes de asumir el rol que tienen frente

    a la misma. Esto produce guiar las percepciones de los usuarios, los conciliadores y

    el comn a aprehenderla como una herramienta judicial proveniente del Estado, y

    por tanto, un mero mecanismo de solucin de conflictos en el cual los elementos e

    imaginarios que componen la figura se comparan con los del derecho estatal,

    generando que los alcances propuestos en los captulos segundo y cuarto no se

    concreten ni permitan contestar la pregunta que titula este acpite y la monografa

    en general.

    La principal causa que advierte la respuesta negativa a la pregunta que titula ste

    subcaptulo se perfila en dos aspectos: 1. La institucin (UMC): dado que los

    instituyentes e instituidos no se apartan de los marcos tericos y del discurso

    preformado, se impide la legitimacin de la conciliacin en equidad con respecto a

    las realidades locales, puesto que en la mayora de las acciones pertinentes de

    acompaamiento e impulso de la figura se imponen mandatos de orden nacional

    desconociendo verdades de Suba que produciran un arraigo de los conciliadores,

    la comunidad y los diferentes actores hacia las posibilidades que tiene la figura.

    2. Los conciliadores: al concebir la figura en forma limitada, concentrarse en ver la

    conciliacin en equidad como herramienta institucional, divulgarla y asumirla con

    conceptos y alcances que no permiten el arraigo por parte de la comunidad,

    abrogndole formalidad y revistiendo sus prcticas del fenmeno esttico de las

    normas estatales, los conciliadores impiden que dialoguen las formas culturales o

    comunales y legales en la concertacin que se realiza para hallar un arreglo no

    solo en el mbito individual sino colectivo y en las dinmicas sociales propias de la

    Localidad.

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    Atendiendo a los aspectos antes mencionados, se ha podido concluir que en Suba

    las potencialidades de ver la figura como justicia comunitaria tienen una fuerte

    orientacin a demostrar que las falencias no solo las presenta la falta de roles

    comunitarios sino la esencia del proyecto pedaggico (la conciliacin) encaminado

    por parte de los actores e instituidos al restringirla, tanto en la prctica como en

    los espacios tericos de construccin. Dado su arraigo mitificador del estado y la

    norma, la justicia comunitaria parte de un concepto para hallar el orden social en

    la comunidad, y tambin se puede gestar desde la misma institucin recogiendo y

    fortaleciendo las virtudes propuestas con las reales y verdicas de la comunidad, es

    decir, creando un dialogo de posibilidades emancipatorias.

    Algunos aspectos para concluir

    Incidencia de la conciliacin en equidad en el proyecto emancipatorio de

    la justicia

    De esta manera queda planteada la apuesta que tiene lajusticia comunitaria en el

    mbito potencializador de los elementos de anlisis tales como la comunidad, la

    legitimidad y la eficacia, en perspectiva de la participacin activa e incluyente de

    las colectividades, la cual propicia estructurar con bases reales una nueva

    hegemona que equilibre las demandas grupales sin desconocer los intereses

    particulares propios de la realizacin personal inmerso en el ente social,

    cimentando la semilla de democratizacin, pluralidad y participacin que permita

    lograr la verdadera dimensin de la justicia comunitaria.

    Al hallar e identificar las distancias de las dicotomas presentes entre los contextos

    sociales, el derecho y la justicia y as mismo acercarse a las diversas teoras criticas

    que tienen como fundamento aproximar estos conceptos a la realidad, se ha

    encontrado la potencialidad de reunir los extremos de los conceptos jurdicos y

    sociales para vertirlos en una teora emancipatoria que acoja los elementos

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    suficientes para legitimar los diferentes ordenes sociales. Es por ello que a

    continuacin se propone evidenciar cmo la figura de la conciliacin en equidad

    ubicada desde la justicia comunitaria posibilita el desarrollo de la interseccin entre

    las formas jurdicas y las comunitarias, al tener la virtud de converger la teora y la

    prctica propuestas en la monografa, como elementos potencializadores de la

    misma.

    La proposicin de la emancipacin de la justicia pasa por el reconocimiento de los

    errores y falencias de los conceptos, prcticas y producciones diarias de la

    administracin de justicia, que se limitan a preceptos legales, estatales y

    marginales que distan de las realidades y verdades de las dinmicas de los

    pueblos, por lo cual, se hace preciso emerger de esa visin excluyente y salir de la

    clandestinidad de aquellos espacios donde autnomamente han producido sus

    formas de organizacin y participacin, desconociendo la oferta del Estado ya sea

    porque se alejaba de las necesidades, o por ignorancia de las propuestas definidas

    por l mismo. Es all donde surge la necesidad de pensarse una forma de colocar a

    dialogar el acumulado estatal y las prcticas autnomas, posibilitando que

    converjan, dando lugar al fenmeno denominado como paradigma de la

    posmodernidad12, el cual apuesta a una redefinicin de los conceptos, al encontrar

    en la dualidad aquellas validaciones a travs de las experiencias de transformacin

    social que traduzcan las fusiones entre las diversas teoras positivistas con los

    saberes y prcticas sociales, culturales e histricas permitiendo concretizar

    opciones democrticas, legales y contrahegemnicas con el fin de que los

    individuos aprehendan y arraiguen como suyos los conceptos y la operatividad de

    12DE SOUSA SANTOS, Boaventura. La cada del ngelus Novus: Ensayo para una nueva teora social y unanueva prctica poltica. Bogot: ILSA y Universidad Nacional de Colombia, 2003. p. 40. El autor plantea este

    paradigma como la construccin de alternativas a partir de la crtica de la contingencia preexistente. Para lasautoras en la segunda modernidad la apuesta por la justicia se ha centrado en trasladar el paradigma de loestatal a los destinatarios directos de la misma, para que stos sean aquellos que planteen las bases deconstruccin de los ordenes sociales arraigndola y transformndola de tal forma que no la conciban como unfactor indiferente pero incidente en sus dinmicas sociales.

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    ellos, pasando la barrera estigmatizante de la marginalidad y exclusin en su

    propio espacio, ideas y contrato social.

    Pensar en caracterizar la conciliacin en equidad como pieza fundante en el

    rompecabezas de la emancipacin de la justicia responde a identificar y relacionar

    aquellos lugares comunes que permiten hallar nociones propulsoras que tengan la

    virtud de ejecutarse, es decir, entender la conciliacin como un instrumento que

    posibilita lograr los propsitos trazados en la segunda modernidad, dado que sta

    aunque reconocida, utilizada y aprehendida dentro de la maquinaria de

    administracin de justicia estatal, tiene entre sus virtudes ms destacables ser un

    instrumento empleado y percibido por la comunidad como una manera propia y

    sencilla de aproximar la justicia a su real saber y entender, puesto que sus

    orgenes provienen de prcticas culturales, ancestrales y rurales que le permiten al

    individuo asumir las modos de organizacin de su entorno. As mismo, cuando la

    conciliacin permite la participacin en los procesos de construccin de orden

    comunitario, al facilitar el espacio para que una persona cuyas cualidades

    representen el sentir de la comunidad en la solucin de conflictos, en el

    abanderamiento de proyectos dialogados entre sus miembros y en la

    personificacin de los intereses generales e igualmente al posibilitar la

    concertacin por parte de la colectividad de principios mnimos para su

    comportamiento, implica trasladar el paradigma estatal a los destinatarios

    primarios (el pueblo), forjando el arquetipo desde abajo de manera participativa y

    plural.

    La conciliacin en equidad planteada como una posibilidad de justicia comunitaria

    permite visualizar en una zona urbana la proyeccin de justicia a partir de patrones

    locales, al entender las prcticas propias permeadas por las definiciones estatales,

    es decir, que en estas zonas legitimen las formas de justicia legales y populares

    incidiendo en las decisiones reales de aquellos que tienen los poderes de control

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    en la burocracia, de forma tal que lo propio logre expandir su horizonte y

    constituirse ms fuertemente.

    Solo es posible comprender y ubicar la conciliacin en equidad como eje

    emancipatorio de la justicia s el cambio en el estereotipo fijado y legitimado

    unilateralmente por el establecimiento, es trastocado por el tinte potencializador y

    transformador que conlleva entregar en manos de los sujetos sociales la direccin

    de procesos colectivos que los afectan esencialmente, dando un vuelco hacia el

    empoderamiento basado en un discurso que deja de ser jurdico estatal y pasa a

    ser participativo e incluyente que propende por la articulacin de las viejas

    prcticas oficiales y los conceptos interdisciplinarios sobre la justicia, la realidad y

    el derecho, definiendo una nueva postura que lleva a concluir que la conciliacin

    en equidad reflejada desde la justicia comunitaria constituye uno de los

    instrumentos con mayor alcance de posicionamiento e incidencia en dicho

    proyecto.

    Bibliografa

    ALCALDA MAYOR DE BOGOTA D.C, DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEACCIN COMUNAL DISTRITAL. Manual de conciliacin en equidad - Gua paracomisiones de convivencia y conciliacin, Bogot D.C, Colombia. 2003.

    ALCALDA MAYOR DE SANTAF DE BOGOTA D.C, SECRETARIA DE GOBIERNO yCAMARA DE COMERCIO DE BOGOT. Centros locales de conciliacin: Unidades deMediacin y Conciliacin, 1997-1998.

    ALCALDA MAYOR DE SANTAFE DE BOGOTA, SECRETARIA DE GOBIERNO.Conciliacin en equidad cultura de convivencia ciudadana, 1996.

    ARDILA AMAYA, Edgar. Hacia un modelo de justicia desde la comunidad. En:Justicia y Desarrollo: Debates. No. 10 (Diciembre, 1999), p. 54-63.

    ARIAS CAMPO, Rosa Ludy. Conciliacin en equidad: Cundinamarca, Norte deSantander, Bogota D.C. BID, Ministerio de Justicia y del Derecho y Cmara deComercio. Bogota D.C, 1998.

  • 7/23/2019 Incidencia de La Conciliacion en Equidad

    20/24

    --------. Proceso de seguimiento y evaluacin al programa Pedagoga para la paz Conciliacin en Equidad. Direccin Nacional de prevencin y conciliacin. Informeevaluativo Departamento de Cundinamarca, Norte de Santander y Bogot,Consultora BID Ministerio de Justicia, p. 77 y ss.

    ASOCIACIN DE TRABAJO INTERDISCIPLINARIO - ATI. (2002: Bogot). Memoriasdel Encuentro de Conciliadores en Equidad de Cundinamarca-Informe final.Bogot: 2002.

    BARRETO, Antonio, et. al. La dimensin cotidiana del conflicto: Anlisis sobre elprograma distrital de las Unidades de Mediacin y Conciliacin implementadas enBogot. Santa fe de Bogot: Uniandes, 2000.

    BEJARANO GUZMN, Ramiro. De la conciliacin. En: Revista del InstitutoColombiano de Derecho Procesal. No. 10-11, (1991); p. 125-153.

    BERNAL GUTIERREZ, Rafael. Conciliacin en Equidad Marco Jurdico deReferencia, Cmara de Comercio de Bogot, Santaf de Bogot, 1998.

    BORRERO GARCIA, Camilo. Justicia alternativa: Estudios de caso. Bogot:Antropos Ltda., 2003.

    CAMARA DE COMERCIO DE BOGOT y ALCALDA MAYOR DE SANTAFE DEBOGOTA D.C, La Rueca - Red ciudadana de conciliacin. Santa fe de Bogot, 2000.

    CARDENAS GARCA, Ricardo. La conciliacin en Equidad: El caso del corregimiento

    de La Granja en el Municipio de Sucre / Santander. Bogot, 1998. Trabajo degrado (Abogado) Universidad Nacional de Colombia. Facultad de Derecho, CienciasPolticas y Sociales. rea de Justicia Comunitaria.

    CASALLAS ROJAS, Lina Bethsabeth y TORRES RAMREZ, Marybell. Fortalecimientode la convivencia y sentido de pertenencia en los integrantes del grupo focal delBarrio La Gaitana mediante la capacitacin en mtodos alternativos de solucin deconflictos. Bogot, 2003. Trabajo de grado (Trabajador social).

    CASTILLO, ngela. Investigacin conciliacin comunitaria-estado de arte. Bogot,2001. Trabajo de grado (Sicloga) Universidad Santo Toms. Facultad de

    Psicologa.

    COMISIN NACIONAL DE CONCILIACIN. Hacia una estructuracin de una polticapermanente de paz: Aportes para un debate. Santa fe de Bogot: Comisinnacional de conciliacin, 1998.

  • 7/23/2019 Incidencia de La Conciliacion en Equidad

    21/24

    CONTRERAS HERRERA, Publio. Justicia de paz y Conciliacin: Gran problemanacional. Bogot: Librera Profesional, 2002.

    CORDOBA, Mario Fernando y VARGAS, Hctor Horacio. Naturaleza de laconciliacin en equidad. En: De Acuerdo en el mbito Comunitario. No. 5 (2002);

    p. 88 y ss.

    CORPORACIN COLOMBIA. LEYES, DECRETOS ETC. Decreto 1818 de 1998septiembre 7. Por medio del cual se expide el estatuto de los mecanismos desolucin de conflictos. Asiento de documento fuente. Derecho Colombiano-Santa fede Bogot. 1996. Tomo 38 No. 442. p. 333 y ss.

    CORREA, Marien Yolanda y CASTELLANOS, Jorge. Justicia Comunitaria: Elementosprcticos de la conciliacin en Equidad. Bucaramanga: Funprocep, 1995.

    CRISTANCHO MONCAYO, Juan Pablo. La conciliacin y los mecanismos alternativosen la solucin de conflictos. Bogot: Librera profesional, 2002.

    DIRECCIN DE DERECHOS HUMANOS Y APOYO A LA JUSTICIA. Derecho depeticin: Polticas pblicas de las UMC en Bogot. Bogot, 2003.

    EL COMUN. Conciliacin en Equidad: Para que le hagamos frente a los conflictos.San Gil: Fundacin Edisocial, 2003.

    --------.Informe del taller regional sobre poltica pblica para la Conciliacin enEquidad. San Gil, 2002.

    FLECHAS MONSALVA, Yenssy Milena. La conciliacin en Colombia: Mito orealidad? Bogot, 2002. Trabajo de grado (Abogado) Universidad Nacional deColombia. Facultad de Derecho, Ciencias Polticas y Sociales.

    GALVEZ, Norma. Las prcticas locales de justicia como poltica pblica: reglasformales que generan oportunidades para actuar. En: Justicia y Desarrollo Debates: Paz y democracia: El aporte de la justicia comunitaria y de paz. No. 10.Bogot: Edicin Corporacin Excelencia en la Justicia, 1999.

    GARCIA VILLEGAS, Mauricio y RODRGUEZ, Csar A. Derecho y Sociedad en

    Amrica Latina: Un debate sobre los estudios jurdicos crticos. Bogot: ILSA, 2003.

    GMEZ, Gabriel Ignacio. Justicia comunitaria en zonas urbanas. En: DE SOUSASANTOS, Boaventura y GARCA VILLEGAS, Mauricio. El Caleidoscopio de las

    justicias en Colombia. Bogot: Siglo del Hombre Editores, 2001.

  • 7/23/2019 Incidencia de La Conciliacion en Equidad

    22/24

    INSTITUTO POPULAR DE CAPACITACIN. Contrastes sobre lo justo: Debatessobre lo justo - Debates en justicia comunitaria. Medelln: Instituto Popular deCapacitacin de la Corporacin de Promocin Popular, 2003.

    JARAMILLO CONTRERAS, Mario. Justicia por consenso: Introduccin a los Sistemas

    alternativos de solucin de Conflictos. Santa fe de Bogot: Fondo de PublicacionesInstitucin Universitaria Sergio Arboleda, 1996.

    JUNCO VARGAS, Jos Roberto. La conciliacin: Aspectos sustanciales y procesales.Bogot: Editorial Jurdica Radar, 2002.

    JUSTAPAZ. Mecanismos comunitarios de resolucin de conflictos. En: Justicia ydesarrollo- debates: Justicia Comunitaria y Resolucin Alternativa de Conflictos.No. 3 (Marzo, 1998); p. 55 y ss.

    LANDAZABAL BERNAL, Claudia Soraya y VACA TORRES, Marcela. La conciliacin:Nueva cultura de solucin de conflictos. Santa fe de Bogot, 1993.Trabajo degrado (Abogado) Pontificia Universidad Javeriana. Facultad de Ciencias Jurdicas.

    LOPEZ B., Manuel, et. al. Justicia comunitaria y Jueces de Paz: Las Tcnicas de laPaciencia. Medelln: Corporacin Regin, Red de Justicia Comunitaria y tratamientodel Conflicto, Instituto Popular de Capacitacin de la Corporacin de PromocinPopular, 2000.

    MAAL PACINI, Marianella. Las Unidades de Mediacin y Conciliacin comogeneradoras de identidad democrtica en los individuos. Bogot, 2003. Trabajo de

    Grado (Abogado) Universidad de los Andes. Facultad de Derecho.MAC IVER, Robert Morrison. Comunidad: Estudio sociolgico; intento de establecerla naturaleza y leyes fundamentales de la vida social. Buenos Aires: EditorialPopular, 1944.

    MARCHIONI, Marco. Comunidad y cambio social: Teora y praxis de la accincomunitaria. Madrid: Editorial Popular, 2001.

    MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA y DIRECCIN GENERALPARA ELDESARROLLO DE LA ACCIN GENERAL Y LA PARTICIPACIN. Conciliacin

    comunal: Camino de paz. Bogot: Ministerio del Interior, 2001.

    MONROY CABRA, Marco Gerardo. Mtodos alternativos de solucin de conflictos.Santa fe de Bogot: Harla, 1997.

  • 7/23/2019 Incidencia de La Conciliacion en Equidad

    23/24

    ORJUELA, Jhann Karla y SANTAMARA, Martha Cecilia. Conozcamos la Conciliacinen Equidad... Bogot: Ministerio de Justicia y del Derecho y Oficina del AltoComisionado para la Paz, 2000.

    OROZCO RAMREZ, Miguel. Solucin de conflictos Mediacin, Amigable

    Composicin: Conciliacin y Arbitraje Derechos Fundamentales. Manizales:Manigraf, 2001.

    PEA JUMPA ANTONIO, La otra justicia: A propsito del artculo 149 de laConstitucin Peruana. En: Desfaciendo Entuertos. No. 3-4 (1994).

    PEARANDA RODRGUEZ, Claudia Helena. Las Unidades de Mediacin yConciliacin: Una poltica puesta en marcha desde la conciliacin. Bogot, 2001.

    Trabajo de grado (Especialista en Poltica social) Pontificia Universidad Javeriana.PERAFAN LIEVANO, Betsy Yadir. Conciliacin en Equidad y Justicia de Paz enColombia. Bogot, 1997. Trabajo de Grado (Abogado) Universidad de los Andes.Facultad de Derecho.

    PEREZ PINZON, lvaro Orlando. Desjudicializacin: Ley 23 de 1991. Bogot:Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla, 1991.

    REMONT, Entelman. Teora de conflictos: Hacia un nuevo paradigma. Barcelona:Gedisa, 2002.

    RODRGUEZ, Mara Cristina. Evaluacin de la conciliacin en Equidad, con el

    propsito de fortalecer el proceso de implementacin de la figura Jueces de Paz,2000.

    SEQUEDA GAMBOA, Alba Luca. Justicia Comunitaria y Conciliacin en Equidad:Sistematizacin de la experiencia en Santander. Bucaramanga: Corporacin para elDesarrollo del Oriente, Red de Justicia Comunitaria y Tratamiento del Conflicto,2000.

    TONNIES, Ferdinand. Comunidad y sociedad. New York: Harper Torchbooks, 1963.

    TREJOS TAPASCO, Mara del Carmen. La conciliacin. Bogot, 1998. Trabajo de

    grado ( ) Universidad Nacional de Colombia.

    UPRIMNY YEPES, Rodrigo. Comentarios informales sobre la justicia informal en elPlan de Desarrollo de la Justicia. En: Justicia y Desarrollo Debates: Paz ydemocracia: El aporte de la justicia comunitaria y de paz. No. 10. Bogot: EdicinCorporacin Excelencia en la Justicia, 1999.

  • 7/23/2019 Incidencia de La Conciliacion en Equidad

    24/24

    --------. Justicia comunitaria en contextos violentos y antidemocrticos?. En: DESOUSA SANTOS, Boaventura y GARCA VILLEGAS, Mauricio. El Caleidoscopio de las

    justicias en Colombia. Bogot: Siglo del Hombre Editores, 2001.

    VARGAS SIERRA, Gonzalo. Comunidades urbanas. Santa fe de Bogot: USTA

    VUAD, 1998.

    VILLAMIL ARDILA, Carol. La justicia Comunitaria: Una oferta para la paz? Unamirada urbana. Santaf de Bogot, 1997. Trabajo de grado (Abogado).

    Universidad Nacional de Colombia. Facultad de Derecho, Ciencias Polticas ySociales. Programa interdisciplinario de Apoyo a la Comunidad - PRIAC.

    VINYAMATA CAMP, Eduard. Manual de prevencin y resolucin de conflictos:Conciliacin, Mediacin, Negociacin. Barcelona: Ariel, 1999.

    YRIGOYEN FAJARDO, Raquel. Hacia un reconocimiento pleno de las rondascampesinas y el pluralismo legal. En: Alpanchis: Justicia Comunitaria en los Andes.

    Vol. 1, No. 59-60 (2002), p.31-81

    --------. Apuntes sobre el Artculo 149 de la Constitucin Peruana: alcances, lmites,consecuencias y retos. En: Desfaciendo Entuertos. No. 3-4 (1994).