informe n° 482-2021-minedu/vmgi-drelm-ugel.05-agebre

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Av. Perú s/n, Urb. Caja de Agua http://www.ugel05.gob.pe San Juan de Lurigancho, Lima, Perú Teléfonos: 459-8490- 459-1135 “Decenio de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres 2016-2027 “Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”. INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBRE A : Mag. Irma Milagro Giraldo Caballero Jefa del Área de Gestión de la Educación Básica Regular y Especial. De : Jose Ramiro Tapia Alvarez Especialista en Educación Secundaria Asunto : Opinión pedagógica para rectificar Acta Final de Evaluación de estudiante Brenda Larico Nicho Referencia : a) Expediente MPT2021-EXT-0023697 b) Ley General de Educación N° 28044 c) Ley N° 27337 Código del Niño y del Adolescente d) Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU Fecha : San Juan de Lurigancho, 26 de abril del 2021. ________________________________________________________ Es grato dirigirme a usted, en atención al asunto del rubro y el documento de la referencia, para informarle lo siguiente: I. ANTECEDENTES: 1.1 Visto el expediente MPT2021-EXT-0023697, generado por el Formulario único de Trámite (FUT), generado el 26 de abril del 2021 y derivado a quien suscribe el presente informe el 27 de abril del 2021. 1.2 Ley General de Educación N° 28044 1.3 Ley N° 27337 Código del Niño y del Adolescente 1.4 Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU II. ANÁLISIS: 2.1 Sobre el OFICIO N° 038- 2021-DIE-SAJ-RED07-UGEL05SJL., se desprende que la directora de la IE San Antonio de Jicamarca, Sra. Celene Orrego Dávila, solicita opinión pedagógica para rectificación de acta final de 5° año “ F” del año 2020 – secundaria, por motivo de regularizar la matrícula de la estudiante Larico Nicho, Brenda Gissell con DNI N° 76128645, asimismo, en dicho documento señala lo siguiente: “La estudiante LARICO NICHO, Brenda Gissell con DNI 76128645, fue trasladada a la I.E “San Antonio de Jicamarca” en el mes de agosto del 2020, a través de la estrategia de matrícula “Lima Aprende”. No pudo ser matriculada durante el año 2020 por un proceso de denuncia hecha por el padre de la menor para anulación de notas en la I.E. de origen que, debía ser resuelto en las instancias superiores del sistema educativo peruano. b) Tomo conocimiento del caso mediante llamada telefónica que me hace la especialista Pilar Garro De la Peña el día 23 de marzo del presente año, quien me comunica brevemente que por fin habían logrado que se pudiera resolver la situación de la estudiante Larico y faltaba el último tramo que era regularizar la matrícula en la IE San Antonio de Jicamarca que es en donde había concluido su quinto año de secundaria. Reuniendo los documentos respectivos, efectivamente la estudiante LARICO NICHO, Brenda Gissell siguió estudios en el 5º “F” 2020 en nuestra IE y se inicia el proceso de armado del expediente correspondienteinformo lo siguiente: - La estudiante registra asistencia en las clases virtuales de la I.E “San Antonio de Jicamarca desde el mes de agosto, según figura en los registros presentados por el auxiliar a cargo FERNANDO CONTRERAS MACHACA, siendo su asistencia de manera permanente y regular a partir de la semana 24: Informe N°001 - 2021 - IE. “SAJ” RED 07- UGEL -05 SJL. A la subdirectora del nivel. - Conforme los registros enviados por cada docente de área firmados virtualmente, se concluye que la estudiante ha aprobado satisfactoriamente su quinto año de educación secundaria 2020, con logros esperados y destacados. - La situación final de la estudiante

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Page 1: INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBRE

Av. Perú s/n, Urb. Caja de Agua http://www.ugel05.gob.pe San Juan de Lurigancho, Lima, Perú

Teléfonos: 459-8490- 459-1135

“Decenio de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres

2016-2027

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”.

INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBRE

A : Mag. Irma Milagro Giraldo Caballero Jefa del Área de Gestión de la Educación Básica Regular y Especial. De : Jose Ramiro Tapia Alvarez Especialista en Educación Secundaria Asunto : Opinión pedagógica para rectificar Acta Final de Evaluación de estudiante

Brenda Larico Nicho Referencia : a) Expediente MPT2021-EXT-0023697

b) Ley General de Educación N° 28044 c) Ley N° 27337 Código del Niño y del Adolescente d) Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU

Fecha : San Juan de Lurigancho, 26 de abril del 2021. ________________________________________________________

Es grato dirigirme a usted, en atención al asunto del rubro y el documento de la referencia, para informarle lo siguiente: I. ANTECEDENTES: 1.1 Visto el expediente MPT2021-EXT-0023697, generado por el Formulario único de Trámite

(FUT), generado el 26 de abril del 2021 y derivado a quien suscribe el presente informe el 27 de abril del 2021.

1.2 Ley General de Educación N° 28044 1.3 Ley N° 27337 Código del Niño y del Adolescente 1.4 Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU II. ANÁLISIS:

2.1 Sobre el OFICIO N° 038- 2021-DIE-SAJ-RED07-UGEL05SJL., se desprende que la directora de la IE San Antonio de Jicamarca, Sra. Celene Orrego Dávila, solicita opinión pedagógica para rectificación de acta final de 5° año “F” del año 2020 – secundaria, por motivo de regularizar la matrícula de la estudiante Larico Nicho, Brenda Gissell con DNI N° 76128645, asimismo, en dicho documento señala lo siguiente: “La estudiante LARICO NICHO, Brenda Gissell con DNI 76128645, fue trasladada a la I.E “San Antonio de Jicamarca” en el mes de agosto del 2020, a través de la estrategia de matrícula “Lima Aprende”. No pudo ser matriculada durante el año 2020 por un proceso de denuncia hecha por el padre de la menor para anulación de notas en la I.E. de origen que, debía ser resuelto en las instancias superiores del sistema educativo peruano. b) Tomo conocimiento del caso mediante llamada telefónica que me hace la especialista Pilar Garro De la Peña el día 23 de marzo del presente año, quien me comunica brevemente que por fin habían logrado que se pudiera resolver la situación de la estudiante Larico y faltaba el último tramo que era regularizar la matrícula en la IE San Antonio de Jicamarca que es en donde había concluido su quinto año de secundaria. Reuniendo los documentos respectivos, efectivamente la estudiante LARICO NICHO, Brenda Gissell siguió estudios en el 5º “F” 2020 en nuestra IE y se inicia el proceso de armado del expediente correspondiente… informo lo siguiente: - La estudiante registra asistencia en las clases virtuales de la I.E “San Antonio de Jicamarca desde el mes de agosto, según figura en los registros presentados por el auxiliar a cargo FERNANDO CONTRERAS MACHACA, siendo su asistencia de manera permanente y regular a partir de la semana 24: Informe N°001 - 2021 - IE. – “SAJ” RED 07- UGEL -05 SJL. A la subdirectora del nivel. - Conforme los registros enviados por cada docente de área firmados virtualmente, se concluye que la estudiante ha aprobado satisfactoriamente su quinto año de educación secundaria 2020, con logros esperados y destacados. - La situación final de la estudiante

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Av. Perú s/n, Urb. Caja de Agua http://www.ugel05.gob.pe San Juan de Lurigancho, Lima, Perú

Teléfonos: 459-8490- 459-1135

“Decenio de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres

2016-2027

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”.

INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBRE

A : Mag. Irma Milagro Giraldo Caballero Jefa del Área de Gestión de la Educación Básica Regular y Especial. De : Jose Ramiro Tapia Alvarez Especialista en Educación Secundaria Asunto : Opinión pedagógica para rectificar Acta Final de Evaluación de estudiante

Brenda Larico Nicho Referencia : a) Expediente MPT2021-EXT-0023697

b) Ley General de Educación N° 28044 c) Ley N° 27337 Código del Niño y del Adolescente d) Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU

Fecha : San Juan de Lurigancho, 26 de abril del 2021. ________________________________________________________

Es grato dirigirme a usted, en atención al asunto del rubro y el documento de la referencia, para informarle lo siguiente: I. ANTECEDENTES: 1.1 Visto el expediente MPT2021-EXT-0023697, generado por el Formulario único de Trámite

(FUT), generado el 26 de abril del 2021 y derivado a quien suscribe el presente informe el 27 de abril del 2021.

1.2 Ley General de Educación N° 28044 1.3 Ley N° 27337 Código del Niño y del Adolescente 1.4 Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU II. ANÁLISIS:

2.1 Sobre el OFICIO N° 038- 2021-DIE-SAJ-RED07-UGEL05SJL., se desprende que la directora de la IE San Antonio de Jicamarca, Sra. Celene Orrego Dávila, solicita opinión pedagógica para rectificación de acta final de 5° año “F” del año 2020 – secundaria, por motivo de regularizar la matrícula de la estudiante Larico Nicho, Brenda Gissell con DNI N° 76128645, asimismo, en dicho documento señala lo siguiente: “La estudiante LARICO NICHO, Brenda Gissell con DNI 76128645, fue trasladada a la I.E “San Antonio de Jicamarca” en el mes de agosto del 2020, a través de la estrategia de matrícula “Lima Aprende”. No pudo ser matriculada durante el año 2020 por un proceso de denuncia hecha por el padre de la menor para anulación de notas en la I.E. de origen que, debía ser resuelto en las instancias superiores del sistema educativo peruano. b) Tomo conocimiento del caso mediante llamada telefónica que me hace la especialista Pilar Garro De la Peña el día 23 de marzo del presente año, quien me comunica brevemente que por fin habían logrado que se pudiera resolver la situación de la estudiante Larico y faltaba el último tramo que era regularizar la matrícula en la IE San Antonio de Jicamarca que es en donde había concluido su quinto año de secundaria. Reuniendo los documentos respectivos, efectivamente la estudiante LARICO NICHO, Brenda Gissell siguió estudios en el 5º “F” 2020 en nuestra IE y se inicia el proceso de armado del expediente correspondiente… informo lo siguiente: - La estudiante registra asistencia en las clases virtuales de la I.E “San Antonio de Jicamarca desde el mes de agosto, según figura en los registros presentados por el auxiliar a cargo FERNANDO CONTRERAS MACHACA, siendo su asistencia de manera permanente y regular a partir de la semana 24: Informe N°001 - 2021 - IE. – “SAJ” RED 07- UGEL -05 SJL. A la subdirectora del nivel. - Conforme los registros enviados por cada docente de área firmados virtualmente, se concluye que la estudiante ha aprobado satisfactoriamente su quinto año de educación secundaria 2020, con logros esperados y destacados. - La situación final de la estudiante

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Av. Perú s/n, Urb. Caja de Agua http://www.ugel05.gob.pe San Juan de Lurigancho, Lima, Perú

Teléfonos: 459-8490- 459-1135

“Decenio de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres

2016-2027

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”.

es la de PROMOVIDO, tal como se aprecia en la libreta de notas elaborada para el presente informe pedagógico. - Se adjuntan todos los registros enviados por la subdirectora del nivel secundario para la verificación de la información”. Resolución Directoral N° 016-2021-I.E.SAJ/REI-07/UGEL05,la misma que resuelve: “Aprobar, la rectificación del Acta Final del nivel Secundaria del año académico 2020, del 5° grado”F” de educación secundaria para matricular a la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho”.

2.2 Copia digital del Acta Oficial de Evaluacióndel nivel Secundaria(2020)del 5° grado de secundaria donde no se incluye a la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho”.

2.3 Copia digital del Informe N° 001 - 2021 - IE. –“ SAJ” RED 07- UGEL -05 SJL, en el que el Auxiliar de educación, : Fernando Contreras Machaca remite el informe de trabajo remoto realizado durante el año 2020, con respecto a la asistencia de los estudiantes del 5° grado”F”,enn dicho documento se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho registra asistencia durante los meses de agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre.

2.4 Copia digital del Registro Auxiliar de Evaluación del área de DPCC, en el que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, no registra calificativos.

2.5 Copia del consolidado anual de valoración de aprendizajes 2020 del área de Religión, en el que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de dieciocho (18)

2.6 Copia digital del Registro de Evaluación por competencias 2020, del área de Educación para el Trabajo, en el que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de dieciocho (18)

2.7 Copia del consolidado anual de valoración de aprendizajes 2020 del área de Matemática, en el que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de catorce (14)

2.8 Copia del Registro Auxiliar de 5° grado “F” de Secundaria-2020 del área de CCSS, en la que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de dieciseis(16)

2.9 Copia del Consolidado Anual de Valoración de Aprendizajes 2020 del área de Comunicación, en la que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de dieciocho (18)

2.10 Copia digital del registro auxiliar de evaluación del año 2020, del área de Arte y Cultura, , en la que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de quince(15)

2.11 Copia digital del registro auxiliar de valoración de aprendizajes 2020, del área de Inglés, , en la que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de dieciséis(16)

2.12 Copia digital del informe N° 002-2021-I.E.SAJ, dirigido por el docente tutor de 5° Pedro Hurtado, acerca del estudiante Larico Nicho, Brenda. En dicho documento se evidencia que en las competencias Se desenvuelve en los entornos virtuales generados por las TIC, Gestiona su aprendizaje de manera autónoma obtuvo A.

2.13 Copia digital del Informe de Progreso del Aprendizaje del Estudiante – 2020, en este documento se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, ha sido promovida de grado, con las siguientes notas: Matemática(15),CYT(14),Educación Religiosa(18),Educación para el Trabajo(18),DPCC(16),CCSS(16),Educación Física(16),Comunicación(18),Arte y Cultura(15)e Inglés(16) y en las competencias transversales: Se desenvuelve en entornos virtuales generados por las TIC(A), Gestiona su Aprendizaje de manera autónoma(A)

2.14 Sobre la Ley General de Educación N° 28044, en el artículo N° 55 establece que: “El director es la máxima autoridad y el representante legal de la Institución Educativa. Es responsable de la gestión en los ámbitos pedagógico, institucional y administrativo”.

2.15 Sobre la Ley N° 27337 Código del Niño y del Adolescente, señala en su artículo 04 que: “El niño y el adolescente tienen derecho a que se respete su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar (…)”. Asimismo, Artículo 42° correspondiente a

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Av. Perú s/n, Urb. Caja de Agua http://www.ugel05.gob.pe San Juan de Lurigancho, Lima, Perú

Teléfonos: 459-8490- 459-1135

“Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres 2018-2027”

“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”

MEMORANDUM N° 215-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBRE

A : Lic. EDGARDO CHUQUIMANGO VERGARAY Jefe del Área de Supervisión y Gestión del Servicio Educativo

Asunto : REMITE INFORME DE OPINIÒN PEDAGÒGICA

Referencia : OFICIO N° 038- 2021-DIE-SAJ-RED07-UGEL05SJ Expediente MPT2021-EXT-0023697

Fecha : San Juan de Lurigancho, 05 de mayo de 2021 Me dirijo a usted, y en atención al documento de la referencia, remitirle el INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL 05-AGEBRE, del especialista Lic. José Tapia Álvarez, en atención a solicitud de rectificación de acta final de 5° año “F” del año 2020 – secundaria, de la Institución Educativa San Antonio de Jicamarca Sin otro en particular.

Atentamente,

Mag. Irma Milagro Giraldo Caballero de Carrizales Jefa del Área de Gestión de la EBR y Especial

UGEL N° 05 – SJL/EA SNNB/J Agebre. mvl/asist. Adm.

Atentaaaaamente,

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Av. Perú s/n, Urb. Caja de Agua http://www.ugel05.gob.pe San Juan de Lurigancho, Lima, Perú

Teléfonos: 459-8490- 459-1135

“Decenio de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres

2016-2027

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”.

INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBRE

A : Mag. Irma Milagro Giraldo Caballero Jefa del Área de Gestión de la Educación Básica Regular y Especial. De : Jose Ramiro Tapia Alvarez Especialista en Educación Secundaria Asunto : Opinión pedagógica para rectificar Acta Final de Evaluación de estudiante

Brenda Larico Nicho Referencia : a) Expediente MPT2021-EXT-0023697

b) Ley General de Educación N° 28044 c) Ley N° 27337 Código del Niño y del Adolescente d) Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU

Fecha : San Juan de Lurigancho, 26 de abril del 2021. ________________________________________________________

Es grato dirigirme a usted, en atención al asunto del rubro y el documento de la referencia, para informarle lo siguiente: I. ANTECEDENTES: 1.1 Visto el expediente MPT2021-EXT-0023697, generado por el Formulario único de Trámite

(FUT), generado el 26 de abril del 2021 y derivado a quien suscribe el presente informe el 27 de abril del 2021.

1.2 Ley General de Educación N° 28044 1.3 Ley N° 27337 Código del Niño y del Adolescente 1.4 Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU II. ANÁLISIS:

2.1 Sobre el OFICIO N° 038- 2021-DIE-SAJ-RED07-UGEL05SJL., se desprende que la directora de la IE San Antonio de Jicamarca, Sra. Celene Orrego Dávila, solicita opinión pedagógica para rectificación de acta final de 5° año “F” del año 2020 – secundaria, por motivo de regularizar la matrícula de la estudiante Larico Nicho, Brenda Gissell con DNI N° 76128645, asimismo, en dicho documento señala lo siguiente: “La estudiante LARICO NICHO, Brenda Gissell con DNI 76128645, fue trasladada a la I.E “San Antonio de Jicamarca” en el mes de agosto del 2020, a través de la estrategia de matrícula “Lima Aprende”. No pudo ser matriculada durante el año 2020 por un proceso de denuncia hecha por el padre de la menor para anulación de notas en la I.E. de origen que, debía ser resuelto en las instancias superiores del sistema educativo peruano. b) Tomo conocimiento del caso mediante llamada telefónica que me hace la especialista Pilar Garro De la Peña el día 23 de marzo del presente año, quien me comunica brevemente que por fin habían logrado que se pudiera resolver la situación de la estudiante Larico y faltaba el último tramo que era regularizar la matrícula en la IE San Antonio de Jicamarca que es en donde había concluido su quinto año de secundaria. Reuniendo los documentos respectivos, efectivamente la estudiante LARICO NICHO, Brenda Gissell siguió estudios en el 5º “F” 2020 en nuestra IE y se inicia el proceso de armado del expediente correspondiente… informo lo siguiente: - La estudiante registra asistencia en las clases virtuales de la I.E “San Antonio de Jicamarca desde el mes de agosto, según figura en los registros presentados por el auxiliar a cargo FERNANDO CONTRERAS MACHACA, siendo su asistencia de manera permanente y regular a partir de la semana 24: Informe N°001 - 2021 - IE. – “SAJ” RED 07- UGEL -05 SJL. A la subdirectora del nivel. - Conforme los registros enviados por cada docente de área firmados virtualmente, se concluye que la estudiante ha aprobado satisfactoriamente su quinto año de educación secundaria 2020, con logros esperados y destacados. - La situación final de la estudiante

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Av. Perú s/n, Urb. Caja de Agua http://www.ugel05.gob.pe San Juan de Lurigancho, Lima, Perú

Teléfonos: 459-8490- 459-1135

“Decenio de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres

2016-2027

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”.

es la de PROMOVIDO, tal como se aprecia en la libreta de notas elaborada para el presente informe pedagógico. - Se adjuntan todos los registros enviados por la subdirectora del nivel secundario para la verificación de la información”. Resolución Directoral N° 016-2021-I.E.SAJ/REI-07/UGEL05,la misma que resuelve: “Aprobar, la rectificación del Acta Final del nivel Secundaria del año académico 2020, del 5° grado”F” de educación secundaria para matricular a la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho”.

2.2 Copia digital del Acta Oficial de Evaluacióndel nivel Secundaria(2020)del 5° grado de secundaria donde no se incluye a la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho”.

2.3 Copia digital del Informe N° 001 - 2021 - IE. –“ SAJ” RED 07- UGEL -05 SJL, en el que el Auxiliar de educación, : Fernando Contreras Machaca remite el informe de trabajo remoto realizado durante el año 2020, con respecto a la asistencia de los estudiantes del 5° grado”F”,enn dicho documento se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho registra asistencia durante los meses de agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre.

2.4 Copia digital del Registro Auxiliar de Evaluación del área de DPCC, en el que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, no registra calificativos.

2.5 Copia del consolidado anual de valoración de aprendizajes 2020 del área de Religión, en el que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de dieciocho (18)

2.6 Copia digital del Registro de Evaluación por competencias 2020, del área de Educación para el Trabajo, en el que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de dieciocho (18)

2.7 Copia del consolidado anual de valoración de aprendizajes 2020 del área de Matemática, en el que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de catorce (14)

2.8 Copia del Registro Auxiliar de 5° grado “F” de Secundaria-2020 del área de CCSS, en la que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de dieciseis(16)

2.9 Copia del Consolidado Anual de Valoración de Aprendizajes 2020 del área de Comunicación, en la que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de dieciocho (18)

2.10 Copia digital del registro auxiliar de evaluación del año 2020, del área de Arte y Cultura, , en la que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de quince(15)

2.11 Copia digital del registro auxiliar de valoración de aprendizajes 2020, del área de Inglés, , en la que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de dieciséis(16)

2.12 Copia digital del informe N° 002-2021-I.E.SAJ, dirigido por el docente tutor de 5° Pedro Hurtado, acerca del estudiante Larico Nicho, Brenda. En dicho documento se evidencia que en las competencias Se desenvuelve en los entornos virtuales generados por las TIC, Gestiona su aprendizaje de manera autónoma obtuvo A.

2.13 Copia digital del Informe de Progreso del Aprendizaje del Estudiante – 2020, en este documento se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, ha sido promovida de grado, con las siguientes notas: Matemática(15),CYT(14),Educación Religiosa(18),Educación para el Trabajo(18),DPCC(16),CCSS(16),Educación Física(16),Comunicación(18),Arte y Cultura(15)e Inglés(16) y en las competencias transversales: Se desenvuelve en entornos virtuales generados por las TIC(A), Gestiona su Aprendizaje de manera autónoma(A)

2.14 Sobre la Ley General de Educación N° 28044, en el artículo N° 55 establece que: “El director es la máxima autoridad y el representante legal de la Institución Educativa. Es responsable de la gestión en los ámbitos pedagógico, institucional y administrativo”.

2.15 Sobre la Ley N° 27337 Código del Niño y del Adolescente, señala en su artículo 04 que: “El niño y el adolescente tienen derecho a que se respete su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar (…)”. Asimismo, Artículo 42° correspondiente a

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Av. Perú s/n, Urb. Caja de Agua http://www.ugel05.gob.pe San Juan de Lurigancho, Lima, Perú

Teléfonos: 459-8490- 459-1135

“Decenio de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres

2016-2027

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”.

Presunción de veracidad indica que: “Todas las declaraciones juradas, los documentos sucedáneos presentados y la información incluida en los escritos y formularios que presenten los administrados para la realización de procedimientos administrativos, se presumen verificados por quien hace uso de ellos, así como de contenido veraz para fines administrativos, salvo prueba en contrario”.

2.16 Sobre la Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU, En el literal d, del numeral 6.1.1 establece que el Directivo (director o directora) de la IE o responsable del programa educativo: “Realizar, excepcionalmente, el registro y/o modificación de datos de las y los estudiantes, de las nóminas de matrículas o actas de evaluación en el SIAGIE, según corresponda; previa presentación de una solicitud escrita y sustentada a la UGEL, para obtener la opinión favorable del especialista pedagógico del área correspondiente.

III. CONCLUSIÓN: 3.1 Que, la directora de la IE San Antonio de Jicamarca, Sra. Celene Orrego Dávila,

solicita opinión pedagógica para rectificación de acta final de 5° año “F” del año 2020 – secundaria, por motivo de regularizar la matrícula de la estudiante Larico Nicho, Brenda Gissell.

3.2 Al respecto, el expediente N° MPT2021 – EXT – 0023697 presentado por la directora Celene Orrego Dávila adjunta la documentación correspondiente en relación a la solicitud señalada.

IV RECOMENDACIONES: 4.1 Derivar al área de ASGESE para las acciones correspondientes.

Es todo cuanto debo de informar. Atentamente,

Mag. José Tapia Álvarez Especialista de Educación

IMGC/J(e) AGEBRE JTA/EE

San Juan de Lurigancho, 05 de mayo del 2021 Con la conformidad del funcionario que suscribe, remítase copia del presente Informe y sus antecedentes área de ASGESE para las acciones correspondientes.

Mag. Irma Milagro Giraldo Caballero de Carrizales Jefa del Área de Gestión de la Educación

Básica Regular y Especial

IMGC J. AGEBRE JRTA/EE

ESE para las acciones correspondi

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“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres yhombres”

"Año del Bicentenario del Perú: 200 años de independencia”

Señora:CLAUDIA PAOLA LISBOA VASQUEZJefa de la Unidad de Estadística del Ministerio de EducaciónOficina de Seguimiento y Evaluación EstratégicaCalle Del Comercio 193San Borja

ASUNTO : Facilidades técnicas en el SIAGIE para regularizar la matrículadel estudiante y registrar las calificaciones en 5to año “F” del nivelsecundaria 2020.

REFERENCIA : Expediente SINAD MPT2021-EXT- 00023697INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBREMesa de Ayuda Ticket N° 2642343

Es grato dirigirme a usted en atención al documento de la referencia, a fin de que se sirva brindar lasfacilidades técnicas en el SIAGIE a laInstitución Educativa “SAN ANTONIO DE JICAMARCA” con COD. MOD: 0901017 para regularizar la matrícula y registrar calificaciones del estudiante: LARICO NICHO,BRENDA GISSELL con DNI N° 76128645 en el 5to año sección “F” del nivel secundaria en el año escolar 2020,considerando las siguientes calificaciones: (Ticket: 2640259)

AÑO GRADO/ SECCIÓ

DESAR. PERS. CIUD. Y CÍV.

CIENCI. SOCIAL

EDU. RELIG

EDUC.

PARA EL

TRAB.

ED. FISICA

COMUN. ARTE Y

CULT.

INGLÉS MATEMÁTICA

CIENCIA Y

TECN.

SE DESENV ENTORNOS VRT. GEN. TIC.

GEST SU APREN. DE M.A.

SITUACIÓN FINAL

2020 5to “F” 16 16 18 18 16 18 15 16 15 14 17 16 PROMOVIDO

Aprovecho la oportunidad para expresarle las muestras de mi especial consideración y estimapersonal.

Atentamente,

Lic. FERNANDO MOREANO VALENZUELADirector del Programa Sectorial II

Unidad de Gestión Educativa Local N° 05SAN JUAN DE LURIGANCHO / EL AGUSTINO

FMV/D. UGEL05 ECHV/J.ASGESE DBC/C.ESSE JOC/Esp. SIAGIE CCC/T.SIAGIE

Av. Perú s/n – Urb. Caja de AguaSan Juan de Lurigancho, Lima 36, PerúT:459-8490 / 4590882 -19028T: 4591135 – 19111-19112-19020

www.ugel05.gob.pe

Área de supervisión y Gestiónde Servicio Educativo

San Juan de Lurigancho, 19 de mayo de 2021

OFICIO Nº 650-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-DIR-ASGESE-ESSE

UEUEUUEUUUUEEUUEEEU LALALALALALA

005555555555555555555555555555OOOO

Page 9: INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBRE

Av. Perú s/n, Urb. Caja de Agua http://www.ugel05.gob.pe San Juan de Lurigancho, Lima, Perú

Teléfonos: 459-8490- 459-1135

“Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres 2018-2027”

“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”

MEMORANDUM N° 215-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBRE

A : Lic. EDGARDO CHUQUIMANGO VERGARAY Jefe del Área de Supervisión y Gestión del Servicio Educativo

Asunto : REMITE INFORME DE OPINIÒN PEDAGÒGICA

Referencia : OFICIO N° 038- 2021-DIE-SAJ-RED07-UGEL05SJ Expediente MPT2021-EXT-0023697

Fecha : San Juan de Lurigancho, 05 de mayo de 2021 Me dirijo a usted, y en atención al documento de la referencia, remitirle el INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL 05-AGEBRE, del especialista Lic. José Tapia Álvarez, en atención a solicitud de rectificación de acta final de 5° año “F” del año 2020 – secundaria, de la Institución Educativa San Antonio de Jicamarca Sin otro en particular.

Atentamente,

Mag. Irma Milagro Giraldo Caballero de Carrizales Jefa del Área de Gestión de la EBR y Especial

UGEL N° 05 – SJL/EA SNNB/J Agebre. mvl/asist. Adm.

Atentaaaaamente,

Page 10: INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBRE

Av. Perú s/n, Urb. Caja de Agua http://www.ugel05.gob.pe San Juan de Lurigancho, Lima, Perú

Teléfonos: 459-8490- 459-1135

“Decenio de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres

2016-2027

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”.

INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBRE

A : Mag. Irma Milagro Giraldo Caballero Jefa del Área de Gestión de la Educación Básica Regular y Especial. De : Jose Ramiro Tapia Alvarez Especialista en Educación Secundaria Asunto : Opinión pedagógica para rectificar Acta Final de Evaluación de estudiante

Brenda Larico Nicho Referencia : a) Expediente MPT2021-EXT-0023697

b) Ley General de Educación N° 28044 c) Ley N° 27337 Código del Niño y del Adolescente d) Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU

Fecha : San Juan de Lurigancho, 26 de abril del 2021. ________________________________________________________

Es grato dirigirme a usted, en atención al asunto del rubro y el documento de la referencia, para informarle lo siguiente: I. ANTECEDENTES: 1.1 Visto el expediente MPT2021-EXT-0023697, generado por el Formulario único de Trámite

(FUT), generado el 26 de abril del 2021 y derivado a quien suscribe el presente informe el 27 de abril del 2021.

1.2 Ley General de Educación N° 28044 1.3 Ley N° 27337 Código del Niño y del Adolescente 1.4 Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU II. ANÁLISIS:

2.1 Sobre el OFICIO N° 038- 2021-DIE-SAJ-RED07-UGEL05SJL., se desprende que la directora de la IE San Antonio de Jicamarca, Sra. Celene Orrego Dávila, solicita opinión pedagógica para rectificación de acta final de 5° año “F” del año 2020 – secundaria, por motivo de regularizar la matrícula de la estudiante Larico Nicho, Brenda Gissell con DNI N° 76128645, asimismo, en dicho documento señala lo siguiente: “La estudiante LARICO NICHO, Brenda Gissell con DNI 76128645, fue trasladada a la I.E “San Antonio de Jicamarca” en el mes de agosto del 2020, a través de la estrategia de matrícula “Lima Aprende”. No pudo ser matriculada durante el año 2020 por un proceso de denuncia hecha por el padre de la menor para anulación de notas en la I.E. de origen que, debía ser resuelto en las instancias superiores del sistema educativo peruano. b) Tomo conocimiento del caso mediante llamada telefónica que me hace la especialista Pilar Garro De la Peña el día 23 de marzo del presente año, quien me comunica brevemente que por fin habían logrado que se pudiera resolver la situación de la estudiante Larico y faltaba el último tramo que era regularizar la matrícula en la IE San Antonio de Jicamarca que es en donde había concluido su quinto año de secundaria. Reuniendo los documentos respectivos, efectivamente la estudiante LARICO NICHO, Brenda Gissell siguió estudios en el 5º “F” 2020 en nuestra IE y se inicia el proceso de armado del expediente correspondiente… informo lo siguiente: - La estudiante registra asistencia en las clases virtuales de la I.E “San Antonio de Jicamarca desde el mes de agosto, según figura en los registros presentados por el auxiliar a cargo FERNANDO CONTRERAS MACHACA, siendo su asistencia de manera permanente y regular a partir de la semana 24: Informe N°001 - 2021 - IE. – “SAJ” RED 07- UGEL -05 SJL. A la subdirectora del nivel. - Conforme los registros enviados por cada docente de área firmados virtualmente, se concluye que la estudiante ha aprobado satisfactoriamente su quinto año de educación secundaria 2020, con logros esperados y destacados. - La situación final de la estudiante

Page 11: INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBRE

Av. Perú s/n, Urb. Caja de Agua http://www.ugel05.gob.pe San Juan de Lurigancho, Lima, Perú

Teléfonos: 459-8490- 459-1135

“Decenio de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres

2016-2027

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”.

Presunción de veracidad indica que: “Todas las declaraciones juradas, los documentos sucedáneos presentados y la información incluida en los escritos y formularios que presenten los administrados para la realización de procedimientos administrativos, se presumen verificados por quien hace uso de ellos, así como de contenido veraz para fines administrativos, salvo prueba en contrario”.

2.16 Sobre la Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU, En el literal d, del numeral 6.1.1 establece que el Directivo (director o directora) de la IE o responsable del programa educativo: “Realizar, excepcionalmente, el registro y/o modificación de datos de las y los estudiantes, de las nóminas de matrículas o actas de evaluación en el SIAGIE, según corresponda; previa presentación de una solicitud escrita y sustentada a la UGEL, para obtener la opinión favorable del especialista pedagógico del área correspondiente.

III. CONCLUSIÓN: 3.1 Que, la directora de la IE San Antonio de Jicamarca, Sra. Celene Orrego Dávila,

solicita opinión pedagógica para rectificación de acta final de 5° año “F” del año 2020 – secundaria, por motivo de regularizar la matrícula de la estudiante Larico Nicho, Brenda Gissell.

3.2 Al respecto, el expediente N° MPT2021 – EXT – 0023697 presentado por la directora Celene Orrego Dávila adjunta la documentación correspondiente en relación a la solicitud señalada.

IV RECOMENDACIONES: 4.1 Derivar al área de ASGESE para las acciones correspondientes.

Es todo cuanto debo de informar. Atentamente,

Mag. José Tapia Álvarez Especialista de Educación

IMGC/J(e) AGEBRE JTA/EE

San Juan de Lurigancho, 05 de mayo del 2021 Con la conformidad del funcionario que suscribe, remítase copia del presente Informe y sus antecedentes área de ASGESE para las acciones correspondientes.

Mag. Irma Milagro Giraldo Caballero de Carrizales Jefa del Área de Gestión de la Educación

Básica Regular y Especial

IMGC J. AGEBRE JRTA/EE

ESE para las acciones correspondi

Page 12: INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBRE

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres yhombres”

"Año del Bicentenario del Perú: 200 años de independencia”

Señora:CLAUDIA PAOLA LISBOA VASQUEZJefa de la Unidad de Estadística del Ministerio de EducaciónOficina de Seguimiento y Evaluación EstratégicaCalle Del Comercio 193San Borja

ASUNTO : Facilidades técnicas en el SIAGIE para regularizar la matrículadel estudiante y registrar las calificaciones en 5to año “F” del nivelsecundaria 2020.

REFERENCIA : Expediente SINAD MPT2021-EXT- 00023697INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBREMesa de Ayuda Ticket N° 2642343

Es grato dirigirme a usted en atención al documento de la referencia, a fin de que se sirva brindar lasfacilidades técnicas en el SIAGIE a laInstitución Educativa “SAN ANTONIO DE JICAMARCA” con COD. MOD: 0901017 para regularizar la matrícula y registrar calificaciones del estudiante: LARICO NICHO,BRENDA GISSELL con DNI N° 76128645 en el 5to año sección “F” del nivel secundaria en el año escolar 2020,considerando las siguientes calificaciones: (Ticket: 2640259)

AÑO GRADO/ SECCIÓ

DESAR. PERS. CIUD. Y CÍV.

CIENCI. SOCIAL

EDU. RELIG

EDUC.

PARA EL

TRAB.

ED. FISICA

COMUN. ARTE Y

CULT.

INGLÉS MATEMÁTICA

CIENCIA Y

TECN.

SE DESENV ENTORNOS VRT. GEN. TIC.

GEST SU APREN. DE M.A.

SITUACIÓN FINAL

2020 5to “F” 16 16 18 18 16 18 15 16 15 14 17 16 PROMOVIDO

Aprovecho la oportunidad para expresarle las muestras de mi especial consideración y estimapersonal.

Atentamente,

Lic. FERNANDO MOREANO VALENZUELADirector del Programa Sectorial II

Unidad de Gestión Educativa Local N° 05SAN JUAN DE LURIGANCHO / EL AGUSTINO

FMV/D. UGEL05 ECHV/J.ASGESE DBC/C.ESSE JOC/Esp. SIAGIE CCC/T.SIAGIE

Av. Perú s/n – Urb. Caja de AguaSan Juan de Lurigancho, Lima 36, PerúT:459-8490 / 4590882 -19028T: 4591135 – 19111-19112-19020

www.ugel05.gob.pe

Área de supervisión y Gestiónde Servicio Educativo

San Juan de Lurigancho, 19 de mayo de 2021

OFICIO Nº 650-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-DIR-ASGESE-ESSE

UEUEUUEUUUUEEUUEEEU LALALALALALA

005555555555555555555555555555OOOO

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Av. Perú s/n, Urb. Caja de Agua http://www.ugel05.gob.pe San Juan de Lurigancho, Lima, Perú

Teléfonos: 459-8490- 459-1135

“Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres 2018-2027”

“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”

MEMORANDUM N° 215-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBRE

A : Lic. EDGARDO CHUQUIMANGO VERGARAY Jefe del Área de Supervisión y Gestión del Servicio Educativo

Asunto : REMITE INFORME DE OPINIÒN PEDAGÒGICA

Referencia : OFICIO N° 038- 2021-DIE-SAJ-RED07-UGEL05SJ Expediente MPT2021-EXT-0023697

Fecha : San Juan de Lurigancho, 05 de mayo de 2021 Me dirijo a usted, y en atención al documento de la referencia, remitirle el INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL 05-AGEBRE, del especialista Lic. José Tapia Álvarez, en atención a solicitud de rectificación de acta final de 5° año “F” del año 2020 – secundaria, de la Institución Educativa San Antonio de Jicamarca Sin otro en particular.

Atentamente,

Mag. Irma Milagro Giraldo Caballero de Carrizales Jefa del Área de Gestión de la EBR y Especial

UGEL N° 05 – SJL/EA SNNB/J Agebre. mvl/asist. Adm.

Atentaaaaamente,

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Av. Perú s/n, Urb. Caja de Agua http://www.ugel05.gob.pe San Juan de Lurigancho, Lima, Perú

Teléfonos: 459-8490- 459-1135

“Decenio de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres

2016-2027

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”.

INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBRE

A : Mag. Irma Milagro Giraldo Caballero Jefa del Área de Gestión de la Educación Básica Regular y Especial. De : Jose Ramiro Tapia Alvarez Especialista en Educación Secundaria Asunto : Opinión pedagógica para rectificar Acta Final de Evaluación de estudiante

Brenda Larico Nicho Referencia : a) Expediente MPT2021-EXT-0023697

b) Ley General de Educación N° 28044 c) Ley N° 27337 Código del Niño y del Adolescente d) Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU

Fecha : San Juan de Lurigancho, 26 de abril del 2021. ________________________________________________________

Es grato dirigirme a usted, en atención al asunto del rubro y el documento de la referencia, para informarle lo siguiente: I. ANTECEDENTES: 1.1 Visto el expediente MPT2021-EXT-0023697, generado por el Formulario único de Trámite

(FUT), generado el 26 de abril del 2021 y derivado a quien suscribe el presente informe el 27 de abril del 2021.

1.2 Ley General de Educación N° 28044 1.3 Ley N° 27337 Código del Niño y del Adolescente 1.4 Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU II. ANÁLISIS:

2.1 Sobre el OFICIO N° 038- 2021-DIE-SAJ-RED07-UGEL05SJL., se desprende que la directora de la IE San Antonio de Jicamarca, Sra. Celene Orrego Dávila, solicita opinión pedagógica para rectificación de acta final de 5° año “F” del año 2020 – secundaria, por motivo de regularizar la matrícula de la estudiante Larico Nicho, Brenda Gissell con DNI N° 76128645, asimismo, en dicho documento señala lo siguiente: “La estudiante LARICO NICHO, Brenda Gissell con DNI 76128645, fue trasladada a la I.E “San Antonio de Jicamarca” en el mes de agosto del 2020, a través de la estrategia de matrícula “Lima Aprende”. No pudo ser matriculada durante el año 2020 por un proceso de denuncia hecha por el padre de la menor para anulación de notas en la I.E. de origen que, debía ser resuelto en las instancias superiores del sistema educativo peruano. b) Tomo conocimiento del caso mediante llamada telefónica que me hace la especialista Pilar Garro De la Peña el día 23 de marzo del presente año, quien me comunica brevemente que por fin habían logrado que se pudiera resolver la situación de la estudiante Larico y faltaba el último tramo que era regularizar la matrícula en la IE San Antonio de Jicamarca que es en donde había concluido su quinto año de secundaria. Reuniendo los documentos respectivos, efectivamente la estudiante LARICO NICHO, Brenda Gissell siguió estudios en el 5º “F” 2020 en nuestra IE y se inicia el proceso de armado del expediente correspondiente… informo lo siguiente: - La estudiante registra asistencia en las clases virtuales de la I.E “San Antonio de Jicamarca desde el mes de agosto, según figura en los registros presentados por el auxiliar a cargo FERNANDO CONTRERAS MACHACA, siendo su asistencia de manera permanente y regular a partir de la semana 24: Informe N°001 - 2021 - IE. – “SAJ” RED 07- UGEL -05 SJL. A la subdirectora del nivel. - Conforme los registros enviados por cada docente de área firmados virtualmente, se concluye que la estudiante ha aprobado satisfactoriamente su quinto año de educación secundaria 2020, con logros esperados y destacados. - La situación final de la estudiante

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Av. Perú s/n, Urb. Caja de Agua http://www.ugel05.gob.pe San Juan de Lurigancho, Lima, Perú

Teléfonos: 459-8490- 459-1135

“Decenio de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres

2016-2027

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”.

INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBRE

A : Mag. Irma Milagro Giraldo Caballero Jefa del Área de Gestión de la Educación Básica Regular y Especial. De : Jose Ramiro Tapia Alvarez Especialista en Educación Secundaria Asunto : Opinión pedagógica para rectificar Acta Final de Evaluación de estudiante

Brenda Larico Nicho Referencia : a) Expediente MPT2021-EXT-0023697

b) Ley General de Educación N° 28044 c) Ley N° 27337 Código del Niño y del Adolescente d) Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU

Fecha : San Juan de Lurigancho, 26 de abril del 2021. ________________________________________________________

Es grato dirigirme a usted, en atención al asunto del rubro y el documento de la referencia, para informarle lo siguiente: I. ANTECEDENTES: 1.1 Visto el expediente MPT2021-EXT-0023697, generado por el Formulario único de Trámite

(FUT), generado el 26 de abril del 2021 y derivado a quien suscribe el presente informe el 27 de abril del 2021.

1.2 Ley General de Educación N° 28044 1.3 Ley N° 27337 Código del Niño y del Adolescente 1.4 Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU II. ANÁLISIS:

2.1 Sobre el OFICIO N° 038- 2021-DIE-SAJ-RED07-UGEL05SJL., se desprende que la directora de la IE San Antonio de Jicamarca, Sra. Celene Orrego Dávila, solicita opinión pedagógica para rectificación de acta final de 5° año “F” del año 2020 – secundaria, por motivo de regularizar la matrícula de la estudiante Larico Nicho, Brenda Gissell con DNI N° 76128645, asimismo, en dicho documento señala lo siguiente: “La estudiante LARICO NICHO, Brenda Gissell con DNI 76128645, fue trasladada a la I.E “San Antonio de Jicamarca” en el mes de agosto del 2020, a través de la estrategia de matrícula “Lima Aprende”. No pudo ser matriculada durante el año 2020 por un proceso de denuncia hecha por el padre de la menor para anulación de notas en la I.E. de origen que, debía ser resuelto en las instancias superiores del sistema educativo peruano. b) Tomo conocimiento del caso mediante llamada telefónica que me hace la especialista Pilar Garro De la Peña el día 23 de marzo del presente año, quien me comunica brevemente que por fin habían logrado que se pudiera resolver la situación de la estudiante Larico y faltaba el último tramo que era regularizar la matrícula en la IE San Antonio de Jicamarca que es en donde había concluido su quinto año de secundaria. Reuniendo los documentos respectivos, efectivamente la estudiante LARICO NICHO, Brenda Gissell siguió estudios en el 5º “F” 2020 en nuestra IE y se inicia el proceso de armado del expediente correspondiente… informo lo siguiente: - La estudiante registra asistencia en las clases virtuales de la I.E “San Antonio de Jicamarca desde el mes de agosto, según figura en los registros presentados por el auxiliar a cargo FERNANDO CONTRERAS MACHACA, siendo su asistencia de manera permanente y regular a partir de la semana 24: Informe N°001 - 2021 - IE. – “SAJ” RED 07- UGEL -05 SJL. A la subdirectora del nivel. - Conforme los registros enviados por cada docente de área firmados virtualmente, se concluye que la estudiante ha aprobado satisfactoriamente su quinto año de educación secundaria 2020, con logros esperados y destacados. - La situación final de la estudiante

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Av. Perú s/n, Urb. Caja de Agua http://www.ugel05.gob.pe San Juan de Lurigancho, Lima, Perú

Teléfonos: 459-8490- 459-1135

“Decenio de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres

2016-2027

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”.

es la de PROMOVIDO, tal como se aprecia en la libreta de notas elaborada para el presente informe pedagógico. - Se adjuntan todos los registros enviados por la subdirectora del nivel secundario para la verificación de la información”. Resolución Directoral N° 016-2021-I.E.SAJ/REI-07/UGEL05,la misma que resuelve: “Aprobar, la rectificación del Acta Final del nivel Secundaria del año académico 2020, del 5° grado”F” de educación secundaria para matricular a la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho”.

2.2 Copia digital del Acta Oficial de Evaluacióndel nivel Secundaria(2020)del 5° grado de secundaria donde no se incluye a la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho”.

2.3 Copia digital del Informe N° 001 - 2021 - IE. –“ SAJ” RED 07- UGEL -05 SJL, en el que el Auxiliar de educación, : Fernando Contreras Machaca remite el informe de trabajo remoto realizado durante el año 2020, con respecto a la asistencia de los estudiantes del 5° grado”F”,enn dicho documento se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho registra asistencia durante los meses de agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre.

2.4 Copia digital del Registro Auxiliar de Evaluación del área de DPCC, en el que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, no registra calificativos.

2.5 Copia del consolidado anual de valoración de aprendizajes 2020 del área de Religión, en el que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de dieciocho (18)

2.6 Copia digital del Registro de Evaluación por competencias 2020, del área de Educación para el Trabajo, en el que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de dieciocho (18)

2.7 Copia del consolidado anual de valoración de aprendizajes 2020 del área de Matemática, en el que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de catorce (14)

2.8 Copia del Registro Auxiliar de 5° grado “F” de Secundaria-2020 del área de CCSS, en la que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de dieciseis(16)

2.9 Copia del Consolidado Anual de Valoración de Aprendizajes 2020 del área de Comunicación, en la que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de dieciocho (18)

2.10 Copia digital del registro auxiliar de evaluación del año 2020, del área de Arte y Cultura, , en la que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de quince(15)

2.11 Copia digital del registro auxiliar de valoración de aprendizajes 2020, del área de Inglés, , en la que se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, registra un promedio anual de dieciséis(16)

2.12 Copia digital del informe N° 002-2021-I.E.SAJ, dirigido por el docente tutor de 5° Pedro Hurtado, acerca del estudiante Larico Nicho, Brenda. En dicho documento se evidencia que en las competencias Se desenvuelve en los entornos virtuales generados por las TIC, Gestiona su aprendizaje de manera autónoma obtuvo A.

2.13 Copia digital del Informe de Progreso del Aprendizaje del Estudiante – 2020, en este documento se aprecia que la estudiante Brenda Gisell Larico Nicho, ha sido promovida de grado, con las siguientes notas: Matemática(15),CYT(14),Educación Religiosa(18),Educación para el Trabajo(18),DPCC(16),CCSS(16),Educación Física(16),Comunicación(18),Arte y Cultura(15)e Inglés(16) y en las competencias transversales: Se desenvuelve en entornos virtuales generados por las TIC(A), Gestiona su Aprendizaje de manera autónoma(A)

2.14 Sobre la Ley General de Educación N° 28044, en el artículo N° 55 establece que: “El director es la máxima autoridad y el representante legal de la Institución Educativa. Es responsable de la gestión en los ámbitos pedagógico, institucional y administrativo”.

2.15 Sobre la Ley N° 27337 Código del Niño y del Adolescente, señala en su artículo 04 que: “El niño y el adolescente tienen derecho a que se respete su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar (…)”. Asimismo, Artículo 42° correspondiente a

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Av. Perú s/n, Urb. Caja de Agua http://www.ugel05.gob.pe San Juan de Lurigancho, Lima, Perú

Teléfonos: 459-8490- 459-1135

“Decenio de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres

2016-2027

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”.

Presunción de veracidad indica que: “Todas las declaraciones juradas, los documentos sucedáneos presentados y la información incluida en los escritos y formularios que presenten los administrados para la realización de procedimientos administrativos, se presumen verificados por quien hace uso de ellos, así como de contenido veraz para fines administrativos, salvo prueba en contrario”.

2.16 Sobre la Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU, En el literal d, del numeral 6.1.1 establece que el Directivo (director o directora) de la IE o responsable del programa educativo: “Realizar, excepcionalmente, el registro y/o modificación de datos de las y los estudiantes, de las nóminas de matrículas o actas de evaluación en el SIAGIE, según corresponda; previa presentación de una solicitud escrita y sustentada a la UGEL, para obtener la opinión favorable del especialista pedagógico del área correspondiente.

III. CONCLUSIÓN: 3.1 Que, la directora de la IE San Antonio de Jicamarca, Sra. Celene Orrego Dávila,

solicita opinión pedagógica para rectificación de acta final de 5° año “F” del año 2020 – secundaria, por motivo de regularizar la matrícula de la estudiante Larico Nicho, Brenda Gissell.

3.2 Al respecto, el expediente N° MPT2021 – EXT – 0023697 presentado por la directora Celene Orrego Dávila adjunta la documentación correspondiente en relación a la solicitud señalada.

IV RECOMENDACIONES: 4.1 Derivar al área de ASGESE para las acciones correspondientes.

Es todo cuanto debo de informar. Atentamente,

Mag. José Tapia Álvarez Especialista de Educación

IMGC/J(e) AGEBRE JTA/EE

San Juan de Lurigancho, 05 de mayo del 2021 Con la conformidad del funcionario que suscribe, remítase copia del presente Informe y sus antecedentes área de ASGESE para las acciones correspondientes.

Mag. Irma Milagro Giraldo Caballero de Carrizales Jefa del Área de Gestión de la Educación

Básica Regular y Especial

IMGC J. AGEBRE JRTA/EE

ESE para las acciones correspondi

Page 18: INFORME N° 482-2021-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AGEBRE

FORMULARIO DE SOLICITUD DE TRÁMITE VIRTUAL

RESUMEN DE SU PEDIDO

Asunto del Pedido: RECTIFICACIÓN DE ACTAS

Detalle del Pedido: SOLICITO OPINIÓN PEDAGÓGICA PARA RECTIFICAR ACTA FINAL DE EVULUACIÓN

DEPENDENCIA A QUIEN SE DIRIGE: DIRECTOR(A) DE LA UGEL N° 05

DATOS DEL SOLICITANTE

Apellidos: ORREGO DAVILA Nombres: CELENE DEL CARMEN

Tipo de Documento: DNI N° de Documento: 28105234

DIRECCIÓN

Tipo de Vía: JIRÓN Nombre de la vía: VILLAC UMO

Tipo de Zona: URBANIZACIÓN Nombre de la zona: ZáRATE

Referencia: 885

Departamento: LIMA Provincia: LIMA

Distrito: SAN JUAN DE LURIGANCHO

Telefono 1: 948866263 Telefono 2:

Correo Electrónico donde autorizo la notificación: [email protected]

FUNDAMENTACIÓN DEL PEDIDO:

SOLICITO OPINIÓN PEDAGÓGICA PARA RECTIFICAR ACTA FINAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTE BRENDA LARICO NICHO I.E SAJ

DOCUMENTOS ADJUNTOS: OFICIO, RD DE APROBACIÓN, ACTA A SER RECTIFICADA, DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS

DECLARO que los datos presentados en el presente formulario los realizo con caracter de DECLARACIÓN JURADA.

Observación: Recuerde que a su dirección de correo registrado, se le enviará las notificaciones en caso de encontrar observaciones a los documentos presentados, así como también la respuesta final a su solicitud.

Código: FTV-2021-0025344Clave: 8973

Fecha y Hora: 26/04/2021 13:46

Expediente: MPT2021-EXT-0023697Clave: 1358

Fecha y Hora: 26/04/2021 14:01