linea jurisprudencial t025

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ESTUDIO DE LA LÍNEA JURISPRUDENCIAL DE PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA SALUD PARA LAS POBLACIÓN INDÍGENA EN SAN JOSÉ DE CÚCUTA A PARTIR DEL AUTO DE SEGUIMIENTO 004 DE 2009 DE LA SENTENCIA T-025 DE 2004 UNIVERSIDAD SANTANDER SEDE CUCUTA

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estdudio de la linea jurisprudencia sobre el derecho a la salud de las comunidades ecticas

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ESTUDIO DE LA LNEA JURISPRUDENCIAL DE PROTECCIN DEL DERECHO A LA SALUD PARA LAS POBLACIN INDGENA EN SAN JOS DE CCUTA A PARTIR DEL AUTO DE SEGUIMIENTO 004 DE 2009 DE LA SENTENCIA T-025 DE 2004

UNIVERSIDAD SANTANDER SEDE CUCUTA

PROGRAMA ACADEMICO DE DERECHO

SAN JOSE DE CUCUTA

2015

I

1. PROBLEMA

1.1. Planteamiento Del Problema

El derecho a la Salud, consagrado en la Constitucin Poltica de 1991, trasciende a la asistencia mdica y hospitalaria para abordar las principales determinantes de la salud como el acceso a un agua potable y a condiciones sanitarias adecuadas, al suministro de alimentos sanos, a una vivienda digna, a la informacin y educacin en materia de salud.Tener derecho a la salud no significa que solamente se tiene derecho a una atencin oportuna y apropiada para la prevencin y curacin de la enfermedad, va mas all, el derecho a la salud se materializa con las acciones desarrolladas, en su conjunto por el Estado con el fin de que la poblacin cuente con lo necesario para habitar y disfrutar de un medio ambiente sano en los diversos niveles (Personal, familiar, comunitario y pblico).

Uno de los sectores poblacionales ms afectados frente a encontrar barreras de acceso al derecho a la salud, es la comunidad indgena. Esta poblacin constituye una de las bases fundamentales del reconocimiento de Colombia como pas pluri-tnico y pluri-cultural como se reconoce en el Artculo 7 del Ttulo I de la Constitucin Poltica de Colombia. En este sentido, deben gozar de los mismos derechos garantizados por el Estado a todos los habitantes, para su preservacin en condiciones ptimas.

Entre estos derechos se incluye la atencin en salud, su promocin y la prevencin de la enfermedad para todos los habitantes, como se establece en los artculos 49 y 50 del captulo 2 de los Derechos Econmicos, Sociales y culturales en la misma Constitucin; es compromiso del Estado asegurar a los miembros de las comunidades indgenas el acceso a la prestacin de los servicios bsicos, entre ellos la salud de acuerdo con las particularidades sociales y culturales, mas aun si estas comunidades tnicas se encuentran fuera de sus reguardes, dada su condicin de necesidad especial de proteccin.

Segn informacin de la Organizacin Indgena de Antioquia OIA- el desplazamiento forzado ha sido una de las causas principales a Nivel Nacional del traslado de los indgenas fuera de los resguardos, este proceso, aparte de las causas originadas en el accionar de los grupos armados ilegales o no y del enfrentamiento entre estos y los organismos del Estado. Este desplazamiento trae como consecuencia la desvinculacin de la poblacin (sea indgena o no) de los sistemas y seguimientos en salud que se venan realizando en la zona previa al desplazamiento. A partir del surgimiento de la sentencia T-025 de 2004 como precedente jurisprudencial para la proteccin de los derechos de las victimas del delito de desplazamiento forzado, se noto la necesidad de expedir una seria de autos enfocados a realizar seguimientos al goce efectivo de derechos de la poblacin indgena victima de este flagelo, dentro de estos se denota el contenido del auto 004 de 2009 donde se dan directrices referentes a las garantas que las poblaciones indgenas de la nacin deben tener para hablar de una superacin de la situacin consecuencia del desplazamiento, tocando el acceso la salud como uno de sus temas principales. La necesidad de conocer las posibilidades de acceso al sistema de salud de la poblacin indgena desplazada ubicada en San Jos de Ccuta, con la finalidad de identificar las actuales barreras del acceso al goce efectivo de este derecho constitucional, teniendo en cuenta que los pueblos tnicos cuentan con especial proteccin en el Estado Colombiano, se vera satisfecha en un principio por verificar si lo estipulado por los jurisconsultos en el auto de seguimiento 004 de 2009 se esta teniendo en cuenta al momento de asistir en salud a la poblacin indgena en San Jos de Ccuta, como medida de cumplimiento de la sentencia T-025 de 2004 para aportar a la superacin de las consecuencias del desplazamiento forzado en esta poblacin. 1.2. Formulacin del Problema de investigacin. Cueles han sido los pronunciamientos jurisprudenciales en relacin a la proteccin del derecho a la Salud de la poblacin indgena en Norte de Santander tomando como referente el auto de seguimiento 004 de 2009 de la Sentencia T-025 de 2004?1.3. DELIMITACIN DE LA INVESTIGACIN.1.3.1. Delimitacin espacial. Jueces de tutela de la jurisdiccin de San Jos de Ccuta.

1.3.2. Delimitacin temporal. Se tendrn en cuenta las sentencias como respuesta a las acciones de tutela para la proteccin del derecho a la salud de la poblacin indgena, a partir de 1 de enero de 2013 y hasta el mes de Junio de 2014. BIBLIOGRAFA

ACNUR y Red de Solidaridad Social, Balance de la Poltica de Atencin al Desplazamiento Interno forzado en Colombia 1999-2002, 2002

ARANGO, RODOLFO, La Jurisdiccin Social de la Tutela, en Corte Constitucional, 10 aos, Balance y Perspectivas, 2003

CODHES, Desplazamiento Rural, en Un pas que Huye: Desplazamiento y violencia en una Nacin Fragmentada, Boletn N 3, 1999

COMPILADORES, LONDOO BEATRIZ, PIZARRO RAFAEL, en Derechos Humanos de la Poblacin desplazada en Colombia, UNIVERSIDAD DEL ROSARIO, 2005

BELLO, MARTHA NUBIA, ACBUR-UNIVERSIDAD NACIONAL DE Colombia, en Desplazamiento Forzado: Dinmicas de Guerra, exclusin y desarraigo, 2004

MALDONADO PINTO, JORGE ENRIQUE, en orientaciones metodolgicas de Investigacin: Diseos del proceso investigativo en las Ciencias Sociales, UNIVERSIDAD LIBRE DE Colombia, 2008

FUNDACIN DE ATENCIN AL MIGRANTE (FAMIG), en Gota a Gota: Desplazamiento Forzado en Bogot y Soacha, 2007

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