reglamento interno 2015

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"Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" MINISTERIO DE EDUCACIÓN UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUANCAYO

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Page 1: REGLAMENTO INTERNO 2015

"Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

MINISTERIO DE EDUCACIÓN UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUANCAYO

Page 2: REGLAMENTO INTERNO 2015

INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 30153 “MARIA NATIVIDAD SALZAR AGUILAR”

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 036 -2015-DIE N° 30153”MNSA”-CH

Chilca, 27 Julio del 2015

Visto el proyecto del Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 30153 “María

Natividad Salazar Aguilar” de Chilca de la Unidad de Gestión Educativa de Huancayo,

correspondiente al Año Académico del 2015 presentado por el Director, revisado y

debatido por el Personal Docente, Administrativo y el Consejo Directivo de la Asociación de

Padres de Familia y de conformidad a los dispositivos vigentes.

CONSIDERANDO:

Que, la Institución Educativa N° 30153 “María Natividad Salazar” de Chilca; debe

normar su labor administrativa y pedagógica, mediante el Reglamento Interno, de esa

manera garantizar un eficiente servicio a la comunidad.

SE RESUELVE:

1º APROBAR: El presente Reglamento Interno de la Institución Educativa Nº 30153

“María Natividad Salazar Aguilar” de Chilca.

2º ENCARGAR: Al personal directivo docente, administrativo, niños y niñas padres de

familia su estricto cumplimiento del presente reglamento.

3º COMUNICAR: Al personal directivo, docente, administrativo, niños y niñas, padres de

familia la aplicación del presente Reglamento Interno.

4º DEJAR SIN EFECTO: Las demás normas sobre organización interna que tenga la

Institución.

REGÍSTRESE Y COMUNIQUESE

ICD/Dir.

c.c./Arch.

Page 3: REGLAMENTO INTERNO 2015

REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 30153 “MARÍA

NATIVIDAD SALAZAR AGUILAR” CHILCA – HUANCAYO

CAPITULO I

GENERALIDADES:

ART. 1° INTRODUCCIÓN. - El Reglamento Interno, es un documento de gestión y

control que establece y norma la organización y funcionamiento interno de la

Institución Educativa Nº 30153 “María Natividad Salazar Aguilar” del Distrito de

Chilca, con la finalidad de lograr sus fines y objetivos propuestos.

El fin que persigue el presente Reglamento Interno, es adecuar la organización y

funcionamiento de la Institución Educativa Nº 30153 “María Natividad Salazar

Aguilar”, a las disposiciones educativas vigentes.

ART. 2° BASE LEGAL: El presente Reglamento tiene base legal y se sustenta en:

Constitución Política del Perú.

Ley Nº 28044, Ley General de Educación.

Decreto Supremo N°011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N°28044,

Ley General de Educación.

Ley N° 29944, Ley de la Reforma Magisterial y su reglamento.

D.S. N° 004 -2013-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de

Reforma Magisterial.

Ley N°28628, Ley que regula la participación de las Asociaciones de Padres de

Familia en las Instituciones Educativas Públicas.

Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación y su modificatoria

la Ley Nº 26510.

Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento aprobado por D.S. N° 005-90-PCM.

Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación

de la Calidad Educativa SINEACE.

Proyecto Educativo Nacional al 2021.

Ley N° 29694, Ley que protege a los consumidores de la prácticas abusivas en la

selección o adquisición de textos escolares, modificada por la ley N° 29839.

Ley 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones

educativas.

Decreto Supremo N° 010-2012-ED que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719.

Resolución Directoral N° 0343-2010-ED – Normas para el desarrollo de las

acciones de tutoría y orientación educativa en las DRE, UGEL e instituciones

educativas.

Resolución Ministerial N° 519 – 2012- ED que aprueba la Directiva N° 019-2012-

MINEDU/VMGI-OET, Lineamientos para la prevención y protección de las y los

Page 4: REGLAMENTO INTERNO 2015

estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las instituciones

educativas.

Decreto Supremo N° 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y

Funciones (ROF) y el cuadro para asignación de personal (CAP) del Ministerio de

Educación.

Decreto Supremo Nº 017-2007-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº

28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como Servicio Público

Esencial.

Decreto Supremo N° 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719,

Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas.

Decreto Supremo N° 015-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29694,

Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o

adquisición de textos escolares.

Resolución Ministerial N° 199-2015-MINEDU, que modifica parcialmente el Diseño

Curricular Nacional 2015 de la Educación Básica Regular.

R.M. Nº 556-2014-MINEDU - Aprueban la Norma Técnica «Normas y

Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2015 en la Educación Básica

Regular.

El PEI y Plan Anual de Trabajo de I.E.

ART. 3° PRINCIPIOS:

a) La educación se basa en la democracia social, la justicia, la libertad y la equidad.

b) La educación debe estar orientada a que el estudiante desarrolle la utilización

de su cuerpo mediante la maduración y fortalecimiento de su capacidad de

manipulación de las cosas, tomando conciencia del efecto de la actividad sobre el

medio ambiente y sobre él mismo.

c) Capacidad para adaptarse a los cambios para adquirir una mayor autonomía en

las necesidades educativas, incorporando información valiosa y variada al

repertorio de estímulos de los niños y niñas.

d) Participar en la sociedad escuchando y expresándose de manera democrática las

ideas propias y valorando los estados emocionales propios y ajenos, a fin de

sostener la paz.

e) Reconocer en sí mismo y los demás, la dignidad de la persona humana, en su

dimensión física y espiritual; y Propiciar en los alumnos la práctica de valores

cívicos, morales y religiosos.

ART. 4° ALCANCES:

El presente Reglamento Interno, tiene vigencia a partir de su aprobación hasta

que se sustituya por otra, siendo responsabilidad de la Comunidad Educativa, su

estricto cumplimiento y su interpretación.

Siendo su alcance a los siguientes:

- Director;

- Sub Director

- Personal Docente de Educación Primaria y Educación Inicial

- Oficinista

- Auxiliar de Educación

Page 5: REGLAMENTO INTERNO 2015

- Trabajador de Servicio II;

- Trabajador de Servicio III;

- Estudiantes; y

- Los padres de familia

CAPITULO II

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

ART. 5° OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO.

a) Garantizar el buen funcionamiento de la Institución Educativa de acuerdo a las

normas vigentes,

b) Velar por el cumplimiento de los derechos, obligaciones y responsabilidades del

personal y definir los ámbitos de competencia de los miembros de la Comunidad

Educativa.

c) Otorgar estímulos por acciones destacadas en el cumplimiento de sus funciones.

d) Sancionar las acciones que dañen la imagen de la I.E.

ART. 6° ESTRUCTURA ORGANICA DE LA INSTITUCIÓN:

La estructura orgánica de la Institución Educativa Nº 30153“María Natividad

Salazar Aguilar” se establece de la manera siguiente:

Órgano Directivo.

Dirección.

Per. Administrativo

Órgano Ejecutivo

Sub Dirección.

Personal Docente.

Equipos de Trabajo.

Los equipos de trabajo se establecen por compromisos de gestión escolar

COMPROMISO EQUIPOS DE

TRABAJO

ESTRATEGIAS

1. Progreso anual de los aprendizajes de todas y todos los estudiantes de la Institución Educativa

Equipo Directivo Comité de Alimentación Escolar.

Evaluaciones periódicas (entrada, proceso y salida).

2. Retención anual e interanual de estudiantes en la Institución Educativa.

Área de Proyección Social Área de Cultura y deportes.

3. Cumplimiento de la calendarización planificada por la Institución Educativa.

Consejo Educativo Institucional. Área del Calendario Cívico Escolar

4. Uso pedagógico del tiempo en las sesiones de aprendizaje.

Área Técnico Pedagógica

5. Uso de herramientas pedagógicas por los profesores durante las sesiones de aprendizaje

Comité Especial de Evaluación.

6. Uso de materiales y recursos Área de

Page 6: REGLAMENTO INTERNO 2015

educativos durante la sesión de aprendizaje.

Infraestructura. Comité de Gestión de Riesgo.

7. Gestión del clima escolar en la Institución Educativa.

Área de Tutoría y Orientación Educativa. Municipio Escolar.

8. Implementación del Plan Anual de Trabajo (PAT)

Comité de Gestión de Recursos

CAPITULO III

FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS MIEMBROS QUE LO INTEGRAN.

ART. 7° FUNCIONES GENERALES DE DIRECCIÓN.

a) Optimizar la calidad de los aprendizajes de los estudiantes y el desempeño

docente, desarrollando competencias y capacidades; aplicando estrategias

didácticas del nuevo enfoque curricular, con una permanente innovación

pedagógica.

b) Difundir y aplicar en la Institución Educativa los documentos normativos que

orienten la institucionalidad y que estén en concordancia con lo dispuesto por las

normas oficiales.

c) Monitorear, supervisar, acompañar y evaluar los resultados de la gestión escolar

en cada una de sus etapas y fases.

d) Suscribir convenios y/o contratos con fines educativos y organizar eventos de

capacitación y actualización docente.

e) Estimular y organizar la participación de los estudiantes de la Institución

Educativa en eventos de carácter académico, cultural, deportivo convocado por

el Ministerio de Educación y sus órganos descentralizados y otras instituciones,

de acuerdo a las normas vigentes.

f) Impulsar jornadas pedagógicas que promueven espacios de ínter aprendizaje y

reflexión, así como actividades dirigidas a mejorar la calidad de los

aprendizajes.

ART. 8° EN LOS RECURSOS Y SERVICIOS DE LA INSTITUCIÖN.

a) Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por la

Institución Educativa, siguiendo las orientaciones del PEI y las normas oficiales,

atendiendo las necesidades de los mismos.

b) Supervisar la administración del cafetín de la Institución Educativa de acuerdo

a las normas y disposiciones vigentes.

c) Autorizar el uso eventual y alquiler de equipos, de la Institución de acuerdo con

las normas oficiales, asegurando la conservación del medio ambiente, de las

instalaciones y equipos, y el tipo de utilización que no distorsionen los fines

educativos de la institución.

d) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de los fondos que ella

recaude, teniendo en cuenta los requerimientos del Plan de Trabajo Anual.

ART. 9° EN LO ADMINISTRATIVO.

Page 7: REGLAMENTO INTERNO 2015

a) Supervisar y evaluar las actividades administrativas en coordinación con los

docentes y personal administrativo.

b) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula y expedir

certificados de estudios. Dentro de lo normado, aprobar las nóminas y actas,

rectificar nombres y apellidos de los alumnos en documentos oficiales, exonerar

Áreas y autorizar convalidaciones, pruebas de revalidación y de ubicación en

cualquier momento del año.

c) Proponer a la autoridad educativa, la contratación o el nombramiento del

personal docente y administrativo que reúna los requisitos legales, en función a

las plazas que correspondan a la Institución Educativa, teniendo en cuenta las

propuestas de la Comisión Especial de Evaluación, especificando la justificación

del requerimiento y la duración del contrato.

d) Evaluar, incentivar y reconocer el esfuerzo y mérito individual y colectivo del

personal. En caso de una Evaluación negativa, adoptar medidas correctivas según

lo dispuesto en el Régimen Disciplinario y otras normas vigentes.

e) Proponer al órgano intermedio las licencias, de acuerdo a las normas vigentes.

Seleccionar y designar en la Institución Educativa, previa propuesta de la

respectiva Comisión Especial de Evaluación, al docente reemplazante por el

tiempo que dure la licencia del titular, comunicando oportunamente al órgano

intermedio del Ministerio de Educación, para las acciones correspondientes. La

Resolución se emite dentro del plazo de diez días útiles. Asimismo proponer al

órgano intermedio licencias de personal administrativo; y

f) Informar de manera pública y transparente a la Comunidad Educativa del manejo

de recursos y bienes de la Escuela.

ART. 10° EN LAS RELACIONES CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

a) Convocar y presidir el Consejo Educativo Institucional CONEI, de la Institución

Educativa.

b) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia y el órgano intermedio del

Ministerio de Educación, asuntos de interés común.

c) Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando condiciones que

favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad magisterial

con la participación del Comité Tutoría y Orientación Educativa; y

d) Disponer de oficio la matrícula del menor abandonado o en riesgo de abandono y

coordinar acciones de ayuda con diversas instituciones.

ART. 11° FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL DIRECTOR.

a) Representar legalmente a la Institución.

b) Formula, elabora, coordina, ejecuta y evalúa el PEI, Plan Anual de Trabajo,

RIN con participación de los miembros del Equipo de Trabajo, el Personal

Docente, Administrativo, profesionales especializados y la colaboración de la

Asociación de Padres de Familia.

c) Vela por el cumplimiento de la visión, misión, valores, objetivos y metas de la

Institución Educativa en el marco del buen clima institucional entre los

miembros de la comunidad educativa.

d) Organiza y dirige el servicio de supervisión, monitoreo y acompañamiento

pedagógico como prioridad de la política educativa institucional.

Page 8: REGLAMENTO INTERNO 2015

e) Preside las reuniones técnico-pedagógicas, administrativas y otras relacionadas

con los objetivos de la Institución.

f) Preside Los Equipos de Trabajo.

g) Autoriza la realización de actividades de carácter educativo y actividades de

Promoción Educativa Comunal.

h) Organiza el proceso de matrícula y autoriza traslados de matrícula y

exoneraciones de Áreas, así como la aplicación de las pruebas de ubicación.

i) Autoriza la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los

documentos pedagógicos oficiales, de acuerdo a normas específicas.

j) Matricula de oficio al menor abandonado o en peligro moral, y pone el caso en

conocimiento de las autoridades e instituciones pertinentes.

k) Expide certificados de estudios.

l) Estimula o sanciona según sea el caso, a los estudiantes y el personal de la

Institución Educativa, de conformidad con lo normado en el Reglamento Interno.

m) Dirige, coordina, asesora, supervisa, evalúa y acredita el desempeño del personal

a su cargo.

n) Solicita coordina con la autoridad inmediata superior, la cobertura inmediata de

las plazas docentes o administrativos vacantes y el reemplazo del personal en

licencia de conformidad con los dispositivos legales vigentes.

o) Otorga permiso al personal a su cargo, de acuerdo a la LRM, en casos

debidamente justificados, informando a la autoridad superior lo actuado.

p) Estimula y amerita al personal a su cargo por acciones extraordinarias, tanto en

el cumplimiento de sus funciones de conformidad al Marco del Buen Desempeño

Docente, como en otras que redunden en beneficio del estudiantado, la Escuela o

la Comunidad. En los casos sobresalientes propone a la autoridad superior

inmediata su reconocimiento mediante Resolución.

q) Aplica las disposiciones del Régimen Disciplinario Docente de la LRM y del

Régimen Disciplinario Administrativo, en casos de faltas e incumplimiento de

funciones.

r) Organiza, supervisa el cumplimiento de los planes de trabajo de las diferentes

Áreas de Trabajo.

s) Promueve la cooperación de instituciones locales, regionales para mejorar los

servicios educativos que brinda la Institución Educativa.

t) Administra los bienes, enseres y la documentación de la Institución Educativa.

u) Administra el SIAGIE de la Institución Educativa.

v) Administra los fondos provenientes de actividades productivas de acuerdo a las

normas especificadas.

w) Formula el cuadro de necesidades de Bienes y Servicios.

x) Autoriza el uso eventual de instalaciones de la Institución Educativa.

ART.12° FUNCIONES Y OBLIGACIONES DE LA SUB DIRECTOR.

Depende del Director de la Institución Educativa, y cumple con las

siguientes funciones:

a) Participa en la formulación del Plan de Trabajo Anual, Proyecto Curricular

Institucional, Proyectos de Innovación y Memoria de Gestión.

b) Interviene en la actualización del Reglamento Interno.

c) Coordina con el Director el horario, jornada y turnos de la Institución

Educativa;

d) Organiza con la Dirección de la Institución la rotación del Personal docente en

los grados y secciones.

Page 9: REGLAMENTO INTERNO 2015

e) Controla la asistencia y puntualidad del personal docente, administrativo para

su respectivo informe a las instancias superiores por medio de la Dirección; si

el caso amerita, coloca la raya roja para el personal que llega tarde.

f) Constituye, coordina y evalúa los Comités de Trabajo docente.

g) Administra, en coordinación con la Dirección el uso de los ambientes, equipos e

instrumentos y documentos inherentes a su trabajo.

h) Visa en forma rutinaria las sesiones de aprendizaje, las unidades didácticas y

otros documentos inherentes al trabajo pedagógico de los docentes.

i) Informa al director, profesores y padres de familia sobre los resultados del

desarrollo del proceso de aprendizaje-enseñanza de los grados y secciones.

j) Administra la documentación a su cargo.

k) Asume la Dirección de la Institución, en segunda delegación en ausencia del

titular.

l) Organiza, coordina, supervisa, monitorea, acompaña y evalúa las actividades

técnico pedagógico en coordinación con la Dirección de la Institución

Educativa.

m) Orienta al personal docente en estrategias didácticas de aprendizaje.

n) Organiza, coordina, supervisa y evalúa el avance curricular de la Institución.

o) Desarrolla la actualización docente.

p) Coordina las actividades educativas complementarias.

q) Coordina, ejecuta y evalúa las organizaciones estudiantiles.

r) Coordina la facilitación de medios y recursos educativos.

s) Coordina permanentemente con los coordinadores de grado sobre el trabajo en

equipo y de desarrollo curricular.

t) Organiza y orienta la escala de valores humanos en las actividades

estudiantiles.

u) Promueve, organiza, orienta y evalúa con los Profesores de Educación Física las

actividades deportivas del plantel.

v) Organiza, programa, ejecuta y evalúa las actividades de recreación escolar;

w) Asesora y evalúa los programas de producción con cooperación comunal/o

empresarial;

x) Supervisa, gestiona la buena conservación del material artístico, deportivo y

medios

y) Fomenta y ejecuta la participación comunitaria en las actividades educativas.

z) Reemplaza al docente en caso de permiso, licencias menores de 5 días.

ART. 13° FUNCIONES Y OBLIGACIONES DE LOS PROFESORES.

a) Participa en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI, PCI, Plan Anual de

Trabajo.

b) Programa, desarrolla y evalúa las actividades curriculares así como las

actividades del equipo de trabajo de su grado.

c) Organiza y ambienta el aula, preparar material educativo con la colaboración de

los alumnos y padres de familia.

d) Evaluar el proceso enseñanza-aprendizaje y la elaboración de todos los

documentos correspondientes.

e) Mantiene actualizada la documentación pedagógica y administrativa de su

responsabilidad.

f) Participa en acciones programadas de investigación y experimentación de

paradigmas educativos y técnicas de trabajo educativo. Integra las comisiones

Page 10: REGLAMENTO INTERNO 2015

de trabajo. Colabora con la Dirección de la Institución Educativa en las acciones

que permiten el logro de los objetivos de la Institución Educativa y del Nivel

Educativo.

g) Atiende a los educandos y vela por su seguridad durante el tiempo que

permanece en la Institución Educativa.

h) Detectar problemas que afectan el desarrollo del educando dando a conocer a la

Dirección y padre de familia.

i) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre

asuntos relacionados con el rendimiento académico de los alumnos.

j) Velar por el buen estado de conservación de los ambientes y mobiliario de la

escuela.

k) Participar en las actividades del día lunes al frente de sus respectivos alumnos.

l) Firmar el parte diario de asistencia, anotando la hora de ingreso y salida.

m) Intervenir en el desarrollo del Calendario Cívico Escolar, mediante los periódicos

murales.

n) Entregar de forma oportuna los documentos solicitados por la Dirección y sub

dirección.

o) Participar en las actividades programadas por la Institución Educativa desde su

inicio hasta su término.

p) Controla en su aula los desayunos escolares en función al horario establecido por

el programa Qaliwarma.

q) Estimula la participación de sus educandos en actividades significativas.

ART. 14° FUNCIONES DEL PROFESOR DE TURNO.

a) Ingresar 5 minutos antes de la hora de ingreso, en la semana de turno que le

corresponda.

b) Los días lunes y si el caso amerita sobre las fechas del Calendario Cívico Escolar

desarrollar un programa breve y pertinente.

c) Controla la disciplina del estudiante durante la formación.

d) Controla el aspecto de higiene personal y formativa de los estudiantes.

e) Reemplazar al Director en caso de ausencia del Sub director si no existiese un

docente delegado para tal función.

f) Permanecer en el plantel las horas de trabajo académico.

ART. 15° TRABAJADOR DE SERVICIOS III.

a) Custodiar el local, los bienes y enseres de la institución educativa, mediante

rondas permanentes de vigilancia.

b) Controla y orienta el ingreso y salida de personas al local escolar, así como de

los equipos, materiales y otros en su horario de trabajo, exigiendo la

presentación de la autorización expresa del Director.

c) Cumplir con los turnos programados, registrando las incidencias y casos en el

cuaderno de registros, informando de las ocurrencias al Director en forma

permanente.

d) Apoyar en la limpieza de aulas y otros ambientes de la Institución Educativa;

e) Demuestra buen trato al potencial humano; y

f) Realiza trabajos afines a su cargo según indicación del Director y Sub

Director de la Institución Educativa.

ART. 16° TRABAJADOR DE SERVICIO II

Page 11: REGLAMENTO INTERNO 2015

a) Realiza la limpieza permanente de los diferentes ambientes de la Institución

Educativa así como desinfecta los SS.HH. y otros.

b) Controla el ingreso y salida del estudiantado de acuerdo al horario establecido;

dando cumplimiento estricto a los acuerdos pactados sobre el ingreso y salida

del local escolar.

c) Controla y orienta el ingreso y salida de personas al local escolar, así como de

los equipos, materiales y otros en su horario de trabajo, exigiendo la

presentación de la autorización expresa del Director.

d) Brinda atención permanente en la puerta cumpliendo el siguiente cronograma:

TURNO DE MAÑANA: 7.40 am a 8.15 am; 12.40 m 1.15 pm (puerta principal)

TURNO DE TARDE: 12.40 m a 1.15 pm (puerta posterior), 5.40 pm a 6.15 pm

(puerta principal)

e) Brinda atención oportuna en la puerta durante su jornada de trabajo. En el

horario diferente al cronograma anterior, cualquier puerta de acceso al local

escolar, deberá estar cerrada.

f) Vela por la limpieza, el mantenimiento y conservación de los bienes y enseres

de la institución Educativa; arregla y conserva los jardines.

g) Elimina oportunamente los deshechos acumulados en el local escolar cuando

pasa el recolector de basura. La acumulación de residuos orgánicos e

inorgánicos se realiza en la parte posterior de local escolar.

h) Toca en forma puntual el timbre de ingreso a las aulas al inicio de las clases,

salida al refrigerio, entrada después del refrigerio, salida al finalizar las

clases, durante su jornada laboral y el turno que le corresponde.

i) Demuestra buen trato al potencial humano.

j) Realiza otras funciones afines que le asigne el Director de la Institución

Educativa, Subdirector y personal docente.

ART.17° FUNCIONES DEL PERSONAL AUXILIAR.DE EDUCACIÓN INICIAL. (Art.

219° - D.S. Nº 008-2014-MINEDU)

a) Respetar los derechos de los estudiantes, así como de los padres de familia.

b) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el

horario de trabajo.

c) Ejercer su función en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin

realizar ningún tipo de discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma,

religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.

d) Contribuir con la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de

la institución educativa de la comunidad local y regional.

e) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuenta de los bienes de la institución

educativa a su cargo.

f) Asegurar que sus actividades se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica

de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la

tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democracia.

g) Cumplir con los principios, deberes y prohibiciones del Código de Ética de la

Función Pública.

h) Recibir y entregar a los niños y niñas de acuerdo al horario establecido por la

Institución Educativa;

i) Contribuir en la disciplina y velar por la integridad física, moral de los niños y

niñas

j) Colaborar con la elaboración de material didáctico;

k) Mantener al día la relación de los niños y niñas con el directorio respectivo;

Page 12: REGLAMENTO INTERNO 2015

l) Entregar a cada niño y niña a la salida a sus padres.

m) Monitorear el uso adecuado de los SS.HH. por parte de los estudiantes.

n) Otros que se desprendan del presente documento.

CAPITULO IV

GESTIÓN PEDAGÓGICA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

ART. 18° ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES

ACADÉMICAS.

a) Nivel Normativo.

La formulación del Diseño Curricular Nacional, se realiza a partir de las

demandas nacionales, además se presentan las Rutas del Aprendizaje, los

aprendizajes fundamentales y los mapas de progreso.

Para la formulación del Proyecto Curricular de la Institución Educativa es

necesario considerar la formulación de lineamentos de política regional e

institucional.

b) NIVEL OPERATIVO.

La Construcción del Proyecto Curricular de la Institución Educativa (PCIE) es el

producto del proceso de sistematización de las competencias, capacidades,

indicadores y la formulación de estrategias en aplicación obligatoria de las Rutas

de Aprendizaje y el nuevo DCN.

c) PROGRAMACIÓN CURRICULAR EN EL ÁMBITO DEL AULA.

Comprende la Programación Anual y la Programación a Corto Plazo.

La Programación Anual comprende la previsión del Calendario de la Comunidad,

Calendario Cívico Escolar, Competencias, Capacidades, indicadores,

conocimientos debidamente secuenciadas y tiempo.

La Programación a Corto Plazo comprende las Unidades Didácticas y las

actividades de aprendizaje previstos con una adecuada temporalización, con los

medios y recursos que se necesita para su ejecución.

d) EVALUACIÓN:

La evaluación de los aprendizajes está sujeto a la norma pertinente.

e) MONITOREO, ACOMPAÑAMIENTO Y SUPERVISIÓN EDUCATIVA.

La supervisión educativa permite al Director y Sub director, evaluar y orientar

desde el punto de vista normativo, sobre el trabajo pedagógico que se realiza en

la Institución Educativa,

El monitoreo permite al Director y Sub director, evaluar y orientar desde el

punto de vista didáctico y pedagógico cómo se desarrolla la enseñanza-

aprendizaje en el aula con el propósito de mejorar la calidad de la educación que

se brinda en la Institución Educativa,

El acompañamiento permite al Director y Sub director, evaluar y orientar desde

el punto de vista de los objetivos y metas establecidos, en la medida de que se

está avanzando con las dificultades encontradas sobre el trabajo pedagógico que

se realiza en la Institución Educativa,

En consecuencia, el Director y el Sub Director tienen que realizar dos tareas:

Evaluar el desempeño docente en el aula y orientar al docente para el

mejoramiento de su trabajo pedagógico; así como identificar las necesidades de

capacitación docente.

Page 13: REGLAMENTO INTERNO 2015

Art.19° HORARIO DE TRABAJO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

a) La Institución Educativa funciona en el siguiente horario de trabajo: (Aplicable a

los Docentes Inicial Primaria y Auxiliar de Educación Inicial).

TURNO MAÑANA

HORA ACTIVIDAD

7:55 – 8:00 (5´) Actividad permanente

8:00 – 8:45 (45´) Aprendizaje significativo (1)

8:45 – 9:30 (45’) Aprendizaje significativo (2)

9:30 – 10:15 (45’) Aprendizaje significativo (3)

10:15 – 10:45 (30’) Receso

10:45 – 11:30 (45´) Aprendizaje significativo (4)

11:30 – 12:15 (45´) Aprendizaje significativo (5)

12:15 – 13:00 (45´) Aprendizaje significativo (6)

TURNO TARDE

12:55 – 1:00 (05´) Actividad permanente

1:00 – 1:45 (45´) Aprendizaje significativo (1)

1:45 – 2:30 (45´) Aprendizaje significativo (2)

2:30 – 3:15 (45´) Aprendizaje significativo (3)

3:15 – 3:45 (30´) Receso

3:45 – 4:30 (45´) Aprendizaje significativo (4)

4:30 - 5:15 (45´) Aprendizaje significativo (5)

5:15 – 5:55 (40´) Aprendizaje significativo (6)

b) Las permanencia de los directivos en la institución:

PERSONAL LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES

Director 7.45am a

3.45pm

10.00am a

6.00 pm

7.45am a

3.45pm

10.00am a

6.00 pm

7.45am a

3.45pm

Subdirector 10.00am a

6.00 pm

7.45am a

3.45pm

10.00am a

6.00 pm

7.45am a

3.45pm

10.00am

a 6.00 pm

c) Las permanencia de los administrativos en la institución:

PERSONAL DE LUNES A VIERNES SABADOS DOMINGOS Oficinista 8.00 am a 4.30 pm con 30´ de

refrigerio.

Trabajador de

servicio II

TURNO DE MAÑANA: 6.00am a

1.10 pm, con 30¨de refrigerio.

TURNO DE TARDE: 11.00 am a 7.30

pm, con 30´de refrigerio.

8.00 am a

12.00 m

Trabajador de

Servicio III

APOYO en limpieza: 5.00 pm a

GUARDIANIA: 10.00 pm a 6.00 am

Page 14: REGLAMENTO INTERNO 2015

CAPITULO V

AMINISTRATIVO: REGIMEN INTERNO DE TRABAJO

ART. 20° DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE.

a) Desarrollarse profesionalmente en el marco de la LRM y sobre la base del

mérito, sin discriminación por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión,

opinión, condición económica o de cualquier otra índole que atente contra los

derechos de la persona.

b) Ser evaluados de manera transparente, conocer los resultados de su

evaluación personal de desempeño laboral, solicitar su revisión y tener

acceso a su historial de evaluación.

c) Autonomía profesional en el cumplimiento de las tareas pedagógicas que les

compete, la misma que está supeditada a que se ejerza dentro del proyecto

educativo ejecutado por la institución educativa y a que se respete la

normatividad vigente.

d) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI, PAT, RIN. Derecho a

permisos y licencias conforme a la normatividad.

ART. 21° SON DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE.

Los profesores deben: (Art. 40 de la Ley de Reforma Magisterial)

a) Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes,

realizando con responsabilidad y efectividad los procesos pedagógicos, las

actividades curriculares y las actividades de gestión de la función docente,

en sus etapas de planificación, trabajo en aula y evaluación, de acuerdo al

diseño curricular nacional.

b) Orientar al educando con respeto a su libertad, autonomía, identidad,

creatividad y participación; y contribuir con sus padres y la dirección de la

institución educativa a su formación integral. Evaluar permanentemente

este proceso y proponer las acciones correspondientes para asegurar los

mejores resultados.

c) Respetar los derechos de los estudiantes, así como los de los padres de

familia.

d) Presentarse a las evaluaciones médicas y psicológicas cuando lo requiera la

autoridad competente, conforme a los procedimientos que establezca el

reglamento.

e) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el

horario de trabajo.

f) Aportar en la formulación del proyecto educativo institucional, asumiendo

con responsabilidad las tareas que les competan.

g) Participar, cuando sean seleccionados, en las actividades de formación en

servicio que se desarrollen en instituciones o redes educativas, Unidades

Page 15: REGLAMENTO INTERNO 2015

de Gestión Educativa Local, Direcciones Regionales de Educación o

Ministerio de Educación.

h) Presentarse a las evaluaciones previstas en la Carrera Pública Magisterial y

a las que determinen las autoridades de la institución educativa o las

entidades competentes.

i) Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos éticos y cívicos,

sin realizar ningún tipo de discriminación por motivos de origen, raza, sexo,

idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.

j) Conocer, valorar y respetar las culturas locales, en el ámbito nacional, y la

lengua originaria.

k) Contribuir a la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros

de la institución educativa de la comunidad local y regional.

l) Informar a los padres de familia sobre el desempeño escolar de sus hijos y

dialogar con ellos sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagógica,

estimulando su compromiso con el proceso de aprendizaje.

m) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuentas de los bienes a su cargo que

pertenezcan a la institución educativa.

n) Asegurar que sus actividades profesionales se fundamenten en el respeto

mutuo, la práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del

Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y

democrática.

o) Coadyuvar al trabajo en equipo de los profesores de la institución educativa

y, si fuera el caso, de las instancias de gestión educativa descentralizada.

p) Participar en los sistemas tutoriales que desarrolle la institución

educativa.

q) Otros que se desprendan de la presente ley o de otras normas específicas

de la materia.

ART. 22° SON DERECHOS DE LOS EDUCANDOS.

a) Ser aceptado y recibir formación integral dentro de un ambiente que le brinde

seguridad moral y física; y

b) Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación y ser informado de las

disposiciones que le concierne al educando.

ART. 23° SON DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.

a) Respetar a todos los miembros de la Comunidad Educativa dentro y fuera de la

Escuela;

b) Participar con responsabilidad en las actividades educativas de la Escuela;

c) Entregar a su Profesor(a) los objetos que encuentre dentro del plantel;

d) Respetar los símbolos patrios;

e) Cumplir su tarea y obligaciones puntualmente;

f) Asistir puntualmente a sus clases;

g) Asistir correctamente uniformado.

h) Expresarse correctamente empleando un lenguaje educado dentro y fuera de la

Institución Educativa;

i) Permanecer dentro del aula durante las horas de clase guardando la compostura

del caso;

Page 16: REGLAMENTO INTERNO 2015

j) Participar en forma obligatoria en las diferentes actividades organizadas por la

Institución Educativa de acuerdo a las normas pertinentes del MINEDU y

órganos descentralizados.

k) Participar responsablemente en las actividades educativas de la Institución

Educativa y abstenerse de participar en actos reñidos contra la moral y las

buenas costumbres o que atentan contra la integridad física y/o mental;

l) Cuidar los ambientes, equipo mobiliario y demás instalaciones de la Institución

Educativa;

m) Cumplir el Reglamento Interno de la Institución Educativa y otras disposiciones

dadas por la Dirección, Sub Dirección y el/la Docente; y

n) Practicar hábitos de higiene personal.

ART. 24° DERECHOS QUE ASISTEN AL PADRE DE FAMILIA.

a) Que sus hijos reciban una educación integral;

b) Ser tratado con respeto en toda reunión, por los miembros del plantel;

c) Ser informado del avance de aprendizaje de su hijo;

ART. 25° DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA.

a) Velar por la educación integral de sus hijos;

b) Participar en todas las actividades programadas por el aula y plantel;

c) Justificar personalmente las tardanzas e inasistencias de sus hijos, así como el

cumplimiento de las tareas escolares;

d) Asistir puntualmente a todas las reuniones solicitadas por la Dirección,

Profesores y APAFA;

e) Enviar a sus hijos limpios, ordenados y correctamente uniformados.

f) Velar por la salud física y mental de sus hijos; y

g) Colaborar económicamente con la I.E. a través de los comités de aula y/o

APAFA.

h) Hacer de su hogar un espacio adecuado para los hijos donde se brinde valores

morales.

ART. 26° ESTIMULOS A LOS PROFESORES.

a) Estímulos de reconocimiento mediante resolución directoral institucional, se

otorgan al docente, cuando la autoridad educativa conozca acciones

excepcionales en beneficio de la Educación y la Cultura, promovidas y ejecutadas

por éstos, o por el cumplimiento eficiente de las comisiones encargadas.

ART. 27° ESTIMULOS A LOS EDUCANDOS.

a) Reconocimiento en público por acciones de elevado contenido moral, social,

cívico, cultural y deportivo. A los estímulos que se hacen acreedores los

educandos que realizan acciones extraordinarias dentro y fuera del plantel son:

- Felicitaciones escritas;

- Premios o entrega de presentes por participación de diversa índole.

ART. 28° SANCIONES PARA LOS ALUMNOS.

Las sanciones que se aplican a los educandos por el incumplimiento de sus

deberes y faltas son:

a) Llamada de atención verbal o escrita por el profesor.

b) Comunicación escrita a los padres de familia, por las reincidencias de las faltas

cometidas.

Page 17: REGLAMENTO INTERNO 2015

c) Dar a conocer a la Dirección para su tratamiento respectivo de acuerdo a la

gravedad del caso.

ATR. 29° SANCIONES DE LOS DOCENTES Y AUXILIAR.

a) Para los docentes. de acuerdo a la normatividad pertinente (Art. 79 del

reglamento de la Ley de la Reforma Magisterial) y demás normas que estén

relacionadas al desempeño ético y profesional del docente de nuestro sistema

jurídico nacional.

b) Para el Auxiliar de educación Inicial, de acuerdo al DECRETO SUPREMO Nº

008-2014-MINEDU, y demás normas que estén relacionadas al desempeño

ético y profesional del docente de nuestro sistema jurídico nacional.

ATR.30° SANCIONES DE LOS ADMINISTRATIVOS.

a) De acuerdo a la normatividad pertinente (Ley N° 30057, ley del servicio civil,

y su Reglamento general, aprobado por el decreto supremo N° 040-2014-

PCM), y demás normas que estén relacionadas al desempeño ético y

profesional del administrativo de nuestro sistema jurídico nacional). Previa

aprobación del RIS por parte de la UGEL.

ART. 31° REGISTRO Y CONTROL DE PERSONAL DE LA ESCUELA

a) El control de asistencia y permanencia, es el proceso mediante el cual se regula

la asistencia de los servidores en la Institución Educativa de acuerdo a la

jornada laboral y los horarios establecidos;

b) La Dirección del Plantel debe verificar que el registro diario de ingreso y salida

de los trabajadores se realice de acuerdo a la hora oficial del país;

c) El Director comunicará las inasistencias para los descuentos, correspondientes a

la autoridad respectiva.

d) El horario de ingreso y permanencia para los docentes es hasta 8.00 am. a 1.00

pm. en el turno de mañana y en el turno de tarde el ingreso y permanencia es

hasta 1.00 pm. a 6.00 pm.

e) Tolerancia hasta 05 minutos después de la hora de ingreso en caso debidamente

justificado en un promedio de 3 al mes. A partir de ahí, se considerará falta

injustificada.

CAPITULO VI

RÉGIMEN ECONÓMICO DE LA INSTITUCIÒN EDUCATIVA

ART. 32° PRESUPUESTO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA.

a) El Presupuesto Anual de la Institución Educativa es la previsión de los

recursos, que le permita financiar las metas de los proyectos previstos en el Plan

Anual de Trabajo del Plantel.

ART. 33° DE LOS INGRESOS.

La Institución Educativa tiene las siguientes fuentes de ingreso.

a) INGRESOS PROPIOS.- Se obtendrá de la expedición de certificado de

estudios, duplicado de libreta de notas, examen de aplazados, etc. Cuyas tasas

están contenidas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos.

Page 18: REGLAMENTO INTERNO 2015

b) RECURSOS PROPIOS.- Alquiler de las canchas deportivas, aulas y equipos.

c) CUOTAS APAFA.- Es el dinero o bienes provenientes de los padres de familia.

d) PRESUPUESTO DE MANTENIMIENTO.- Es la fuente de ingreso más

importante que tiene el plantel, con ello se invierte en la solución de las

prioridades más apremiantes: reparación, refacción, material educativo,

mobiliario entre otros.

ART. 34° DE LOS EGRESOS.

a) Son los desembolsos o gastos que se realizan para la adquisición de bienes y

servicios de la Institución Educativa;

b) Los ingresos y egresos de la APAFA deberá registrarse en el Libro de Caja;

c) Sobre el uso y rendición de los fondos será de única responsabilidad del Consejo

Directivo de la APAFA; y

d) Los egresos se sustentan con la boleta de venta o facturas y/o recibos para

aquellos gastos por los cuales no es posible la obtención de boletas, esto debe

ser abalado por una Declaración Jurada.

CAPITULO VII

DE LOS RECURSOS Y MATERIALES DE LA ESCUELA.

ART. 35° ADQUISICIÓN DE MATERIALES:

a) Es toda forma de obtener un bien o servicio, incluyendo las donaciones.

b) Para la adquisición de bienes, existen las siguientes modalidades:

- Licitación Pública.

- Concurso Público de Gastos.

- Adquisición Directa.

ART. 36° SEGURIDAD, CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS

RECURSOS Y DISTRIBUCIÓN.

a) Son bienes en uso de la Institución Educativa, la infraestructura física,

mobiliario, Material Didáctico, Archivos, Implementos deportivos, otros;

b) El Director, el Sub Director, el Personal Docente, Auxiliar de educación Inicial,

Oficinista, Trabajadores de Servicio II y III, Estudiantes y Padres de familia,

deben velar por el buen uso y conservación de todos los bienes y enseres de la

Institución Educativa;

c) El Director elevará a las autoridades pertinentes el inventario de los

bienes, de altas y bajas, acompañando de un Decreto Directoral de acuerdo a

disposiciones vigentes;

d) Los Trabajadores de Servicio II, III deberán velar por el cuidado, control,

conservación e higiene de todos los bienes y enseres de la Institución

Educativa;

e) La distribución de los materiales de escritorio y/o educativo será en forma

racionalizada de tal modo que se pueda apoyar a todos los grados y secciones;

f) Para solicitar autorización de baja de bienes, sujetarse a las cláusulas

siguientes:

- Por el desuso o inutilización y desgaste por el servicio.

- Por pérdida, robo o hurto con conocimiento de las autoridades competentes.

- Por siniestro.

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CAPITULO VIII

RELACIONES Y COORDINACIONES EN LA COMUNIDAD Y LA INSTITUCION

EDUCATIVA.

ART. 37° COLABORACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA, MUNICIPIO,

INSTITUCIONES DE LA COMUNIDAD Y OTROS.

a) Los padres de familia colaboran con la Institución Educativa, previa citación en

los casos siguientes:

- Faenas.

- Participación en las actividades programadas por la Institución Educativa.

- Preparación y distribución de los alimentos de Qaliwarma y otros.

ART. 38° DEL ÒRGANO DE PARTICIPACIÒN, CONCERTACIÒN Y VIGILANCIA

CIUDADANA.

a) Está conformado por el Consejo Educativo Institucional y es el encargado de

contribuir a la promoción y ejercicio de una gestión de calidad de carácter

transparente, moral y democrático. Es presidido por el Director e integrado por

el Sub Director, representante de docentes, administrativos, padres de familia,

estudiantes y ex alumnos.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.

ART. 39° Las sesiones ordinarias y extraordinarias del Personal Docente serán

convocadas por el Director previa coordinación con el Sub director y si la

situación lo requiera con los demás equipos directivos, comisiones, comités, etc.

ART. 40° El Director, el Personal Docente, Auxiliar de educación Inicial, Oficinista,

Trabajador de Servicio II y III, Alumnos y Padres de Familia, están obligados

a cumplir el presente reglamento bajo responsabilidad.

ART. 41° Las disposiciones no contenidas en el presente Reglamento, serán

discutidos en asamblea para su aprobación.

ART. 42° El presente Reglamento entra en vigencia a partir del día de su aprobación.

ART. 43° El Director aprobará el presente Reglamento mediante Decreto Directoral

FECHA DE APROBACIÓN: Chilca, 27 de julio del 2015

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