restitución y drawback

Upload: arafat-jesus

Post on 04-Mar-2016

18 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

Restitución de mercancías en franquicia arancelaria y Drawback.

TRANSCRIPT

Presentacin de PowerPoint

RESTITUCIN ARANCELARIAS DE DERECHOS ARANCELARIOS - DRAWBACK PROCEDIMIENTO DE RESTITUCIN SIMPLIFICADA DE DERECHOS ARANCELARIOSBASE LEGAL

D.S. 10495-EF publicado EL 23.06.95 Reglamento de Procedimiento de Restitucin Simplificada de Derechos Arancelarios.R.M. 138-95-EF/15 publicado el 03.09.95 Requisitos y Caractersticas de las Nota de Crdito.R.M. 195-95-EF publicada el 31.12.95D.S. N 127-2002-EF (25.08.02) modificada por D.S. 056-2003-EF (06.05.03) y D.S. 098-2006-EF. Lista de subpartidas excluidas de la restitucin.R.S.N.A.A. N 139-2009/SUNAT/A (18.03.09) Procedimiento de Restitucin Simplificada de Derechos Arancelarios INTA-PG.07QU ES EL DRAWBACK?EL DRAWBACK permite obtener como consecuencia de la exportacin, la devolucin de un porcentaje del valor FOB del producto exportado, en razn que el costo de produccin se ha visto incrementado por los derechos que gravan la importacin de los insumos incorporados o consumidos en la produccin del bien exportado.QUINES SON LOS BENEFICIARIOS?EMPRESAS PROD/EXPORTA-DORASELABORE O PRODUZCA LA MERCANCA A EXPORTARCuyo costo de produccin se hubiera incrementado por los derechos de aduana que graven la importacin de los insumos incorporados o consumidos en la produccin del bien exportado.CULES SON LAS TRESCOLUMNAS DEL DRAWBACK?

PRODUCCINIMPORTADOREXPORTADOREL BENEFICIARIO REQUIERE TENER LA CALIDAD DE EMPRESA PRODUCTORA EXPORTADORAPRODUCCIN: *Beneficiarios*Va encargo a 3ro (Acuerdo o Contrato Escrito)*Factura por el servicio por encargo.IMPORTACIN*Beneficiarios o 3ros.EXPORTACIN*Solo el beneficiario.

CULES SON LOS INSUMOS QUE DAN LUGAR AL BENEFICIO?El concepto de INSUMO, para efecto de la inclusin o exclusin del beneficio, incluye:

MATERIAS PRIMASPRODUCTOS INTERMEDIOSPARTES Y PIEZAS

LOS MISMOS QUE SE SUJETARAN A AS DEFINICIONES SEALADAS EN EL ARTCULO 13 DEL D.S. N 104-95-EFMATERIAS PRIMASLa norma nos dice que Materia Prima es toda sustancia, elemento o materia necesaria para obtener un producto, incluidos aquellos que se consumen o intervienen directamente en el proceso de produccin o manufactura, o sirven para conservar el producto de exportacin. Se considerarn como materia prima las etiquetas, envases y otros artculos necesarios para la conservacin y transporte del producto exportado.PRODUCTOS INTERMEDIOSAquellos elementos que requieren de procesos posteriores para adquirir la forma final en que sern incorporados al producto exportadoPIEZAAquella unidad previamente manufacturada, cuya ulterior divisin fsica produzca su inutilizacin para la finalidad a que estaba destinada.PARTEEl conjunto o combinacin de piezas, unidas por cualquier procedimiento de sujecin, destinado a constituir una unidad superiorLOS INSUMOS IMPORTADOS UTILIZADOS EN EL BIEN EXPORTADO PUEDEN SER:IMPORTADOS DIRECTAENTE POR EL BENEFICIARIO

ADQUIRIDOS A IMPORTADORES UBICADOS EN EL PAS (Proveedores locales)

MERCANCIAS ELABORADAS con insumos importados por terceros (Art 104 D.S. N010-2009-EF)

INSUMOS QUE NO SE PUEDEN ACOGER AL BENEFICIO:Aquellos ingresados bajo rgimen de Admisin Temporal para reexportacin en el mismo estado y/o perfeccionamiento activo, salvo que hubieren sido previamente nacionalizados pagado el ntegro de sus derechos.Nacionalizados al amparo de Reposicin De Mercancas En Franquicia.Nacionalizados con exoneracin arancelaria, con preferencias arancelarias o franquicias aduaneras especiales otorgadas por acuerdos comerciales internacionalesNacionalizados con tasa arancelaria cero, siendo nico insumo exportado.Asimismo, no se conceder el beneficio por el uso exclusivo de combustibles importados o cualquier otra fuente energtica cuando su funcin sea la de generar calor o energa para la obtencin del producto exportado.

As como los repuestos y tiles de recambio que se consuman o empleen en la obtencin de dicho bien.INSUMOS QUE NO SE PUEDEN ACOGER AL BENEFICIO:MONTO A RESTITUIR4% DEL VALOR FOB

QU INCLUYE EL VALOR FOB?QU EXCLUYE EL VALOR FOB?COSTOS DE PRODUCCIN, UTILIDAD, COSTOS DE EMBALAJE, GASTO DE TRANSPORTE INTERNO, GASTO DE AGENTE, GASTO DE CARGA Y MANIPULEO.COMISIONES Y CUALQUIER OTRO GASTO DEDUCIBLE EN EL RESULTADO FINAL DE LA OPERACIN DE EXPORTACIN (INTERES POR EL PAGO DIFERIDO, INSPECCIN, GASTOS DE CORRETAJE, CNONES, REGALIAS, GASTOS POSTERIORES A LA EXPORTACIN Y OTROS GASTOS ASUMIDOS POR EL VENDEDOR)PROCEDIMIENTO GENERALSOLICITUD DE RESTITUCINREVISIN DOCUMENTARIAVERIFICACION DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y RECARGOEMISIN DE NOTA DE CRDITO O CHEQUE12341 SOLICITUD DE RESTITUCINMANIFESTACION DE VOLUNTADMODALIDADESRESULTADOPLAZO MXIMO: 180 das tiles a partir de la fecha de termino del embarque Carcter de declaracin juradaCdigo N 13 en la DAM Va electrnicaVa documentariaSolicitud aceptadaSolicitud no aceptadaPasa a verificacin de deudaPasa a revisin documentariaCules son los documentos sustentatorios para que mi solicitud sea aprobada? DOCUMENTOS SUSTENTATORIOSLa restitucin de los derechos arancelarios proceder siempre y cuando los bienes hayan sido importados dentro de los treintisis (36) meses anteriores a la fecha de exportacin.

Copia simple de la DAM o DS de exportacinCopia simple de la DAM o DS de importacin de insumos utilizadosCopia SUNAT de la factura del proveedor local correspondiente a compras internas de insumos importados por terceros y declaracin jurada de su proveedor local que indique no haber hecho uso de regmenes temporales y/o de perfeccionamiento activo, as como de franquicias aduaneras especiales y/o exoneraciones o rebajas arancelarias de cualquier tipo por la adquisicin de dichos insumos.Copia de la factura que acredite el servicio prestado, en caso de produccin o elaboracin por encargo.Garanta por un monto no inferior al solicitado

2 REVISION DOCUMENTARIADentro del plazo de dos (02) das hbiles computado a partir del da siguiente de la numeracin de la solicitudSolicitud impresa del sistema.Fotocopia de la factura emitida por el proveedor local correspondiente a compras internas de insumos importados, conforme a lo establecido en el Reglamento de Comprobantes de Pago.Declaracin jurada del proveedor local. En caso que el original de una declaracin jurada haya sido presentada con anterioridad copia simple de sta, indicando el nmero de la Solicitud con que fue presentada la declaracin jurada original.Fotocopia de la factura que acredite el servicio prestado en caso de la produccin o elaboracin por encargo de los bienes que exporta, emitida conforme lo establece el Reglamento de Comprobantes de Pago. Documentacin que acredite la exclusin de las empresas vinculadas.Vencido el plazo sin que los documentos requeridos hayan sido presentados, la Solicitud queda sin efecto, anulndose automticamente.RECHAZOS

Solicitud a la intendencia de aduanaSe presenta documentacin en la intendencia consignada en la solicitudFuncionario registra en el sistema la informacin Se levanta el rechazo que exista segn correspondaProceso de subsanacinFISCALIZACIN ESPECIALCuando se evidencia a travs de los denominados indicadores de riesgos que ha existido un presunto acogimiento indebido a la restitucin. No haya numerado declaraciones de exportacin en un perodo mayor a 12 meses anteriores a la fecha de presentacin de la solicitud.Cuente con un capital social suscrito y pagado a la fecha de presentacin de la Solicitud de Restitucin menor al 5% del volumen de exportaciones acumuladas en el ao en que se presenta la solicitud.Los bienes exportados correspondan a las subpartidas arancelarias de alto riesgo sealadas por SUNAT.No haya proporcionado la documentacin y/o informacin requerida por la administracin para su fiscalizacin; o de haberla presentado, sta sea inconsistente.No haya cumplido con sus obligaciones formales y/o sustanciales respecto a los pagos a cuenta o de regularizacin del Impuesto a la Renta y/o contribuciones a ESSALUD y ONP, correspondientes a los ltimos doce meses, incluido el mes en que se realiz la exportacin que sustenta la Solicitud de Restitucin.Cuando el porcentaje de Utilidad Bruta entre el Costo de Produccin del bien exportado sea mayor al 350%.193 VERIFICACIN DE DEUDASRicardo Rosas Buenda:Se verifica a nivel nacional si el beneficiario tiene pendiente de cancelacin con la SUNAT deudas tributarias aduaneras o tributos internos y recargos vencidos y no garantizados D. ABONO Plazo de cinco (5) das hbiles computados a partir del da siguiente de:La fecha de numeracin de la solicitud, si no fue seleccionada a revisin documentaria, o,La fecha de presentacin de la documentacin sustentatoria, si fue seleccionada a revisin documentaria.El abono en cuenta bancaria o la emisin del cheque no negociable se realizar en moneda nacional, al tipo de cambio promedio ponderado compra publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP en la fecha de aprobacin de la solicitud de restitucin.

INFRACCIONES SANCIONES Y DELITOS

En base al art. 192 de la LGA y su respectiva Tabla de Sanciones aprobada por Decreto Supremo N031-2009-EFEn caso de que la Administracin Aduanera determine que un solicitante se acogi de manera indebida:Aspectos adicionalesCASO PRACTICO

Caso practico

Caso practicoCaso practico

Caso practicoCaso practicoCaso practicoCaso practicoREPOSICIN DE MERCANCAS CON FRANQUICIA ARANCELARIA

BASE LEGALCONCEPTOS PREVIOSMercanca EquivalenteCertificado de Reposicin Cuadro insumo productoDocumento mediante el cual es posible efectuar la importacin de mercancas equivalentes a las inicialmente importadas sin el pago de los derechos arancelarios.El Certificado de Reposicin puede utilizarse en forma total o parcial o acumularse para ser utilizado en un slo despacho dentro del plazo de vigencia.Constituye la solicitud de reposicin Tiene carcter de declaracin jurada.

QU ES LA REPOSICIN DE MERCANCIAS CON FRANQUICIA ARANCELARIA? RgimenAduaneropermiteImportacin para el consumo mercancas equivalentesnacionalizadasutilizadas para Obtener las mercancas exportadas previamente con carcter definitivosin el pago de los derechos arancelarios y dems impuestos aplicablesPodr ser objeto de este rgimen toda mercanca que es sometida a un proceso de transformacin o elaboracin, que se hubiere incorporado en un producto de exportacin o consumido al participar directamente durante su proceso productivo.37

Importante:

BENEFICIOS Y BENEFICIARIOSBENEFICIARIOSIMPORTADORES PRODUCTORESEXPORTADORES PRODUCTORESPersona natural o jurdica que importe directamente la mercanca a reponer.Es flexible en la aplicacin y utilizacin de sus beneficios, permite la utilizacin parcial del certificado de reposicin, y permite al beneficiario poder endosar el certificado de reposicin a favor de un tercero.

DOCUMENTACIN NECESARIA PARA LA REPOSICIN DE MERCANCIAS EN FRANQUICIA

ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO

ETAPAS DEL PROCEDIMIENTOETAPAS DEL PROCEDIMIENTOLa Intendencia de Aduana emite el Certificado de Reposicin a nombre del importador/productor por la misma cantidad de la mercanca que fue importada y utilizada en la produccin del bien finalmente exportado.En un tercer momento, el beneficiario realizar una nueva importacin de mercancas similares a las importadas inicialmente ,utilizando para ello el Certificado de Reposicin.El despachador de aduanas indicar en la casilla 7.24 de la Declaracin nica de Aduanas el Cdigo 93.

PLAZOSPara acogerse al Rgimen de Reposicin de Mercancas con Franquicia Arancelaria, la declaracin de exportacin definitiva o declaracin simplificada de exportacin debe haberse numerado en el plazo de un (1) ao, contado a partir de la numeracin de la DUA de importacin.Importante: El beneficiario debe expresar su voluntad en la declaracin de exportacin definitiva o declaracin simplificada de exportacin.

45

FINALIDAD DEL REGIMEN

CERTIFICADO DE REPOSICIN - CR

CUADRO INSUMO PRODUCTO

CUADRO INSUMO PRODUCTO

CUADRO INSUMO - PRODUCTOFLUJORAMA

Despachador de AduanaIntendencia de AduanaFLUJORAMA

Despachador de AduanaBeneficiarioIntendencia de AduanaCASOS ESPECIALESTransferencias del Certificado de ReposicinRectificaciones al Cuadro de Insumo ProductoNulidad del Certificado de ReposicinPerdida, deterioro o destruccin parcial o total del Certificado de ReposicinRelacin con otros regmenes

TRANSFERENCIAS DEL CERTIFICADO DE REPOSICIN

EndosoIntendencia de AduanaEndosanteEndosatario

RECTIFICACIONES AL CUADRO INSUMO - PRODUCTO

Aumentar la Cantidad AutorizadaDisminuir la Cantidad Autorizada

NULIDAD DEL CERTIFICADO DE REPOSICIN

Dueo del CRIntendencia de Aduana Orden de CobroImpuestosInteresesPERDIDA, DETERIORO O DESTRUCCIN TOTAL O PARCIAL DEL CERTIFICADO DE REPOSICIN

Dueo del CRIntendencia de Aduana Destruccin del CRRELACION CON OTROS REGIMENESADMISIN TEMPORAL PARA EL PERFECCIONAMIENTO ACTIVOADMISIN TEMPORAL PARA LA REEXPORTACIN EN EL MISMO ESTADOEl Certificado de Reposicin puede ser solicitado y utilizado en mercancas que estn bajo estos regmenes.INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOSINFRACCINREFERENCIASANCINTransmitan o consignen datos incorrectos en el cuadro de coecientes insumo producto para acogerse al rgimen de reposicin de mercancas en franquicia.Numeral 4

Inciso C

Art. 192El equivalente al doble de los tributos aplicables a las mercancas objeto de reposicin, con un mnimo de un 0.2 UIT cuando tengan incidencia en su determinacin.0.1 UIT cuando no tengan incidencia en la determinacin de la mercanca a reponer.Tabla de Sanciones aprobada por Decreto Supremo N. 031-2009-EFCASO PRACTICO 1COMERCIAL TEXTIL COIL SAC es una empresa importadora-productora-exportadora peruana de Tela Jersey 30/1, para lo cual importa los conos de hilo en crudo de la India que luego pasa por un proceso de tejido y teido en sus establecimientos.

CASO PRACTICO 2Inversiones SAN JUAN S.R.L. ha obtenido en el mes de Junio del 2011, un certificado de Reposicin por 60 TM de fierro galvanizado, cuyos impuestos aduaneros representan US$ 10,000. Sobre el particular, el Gerente de la empresa nos comenta que debido a que ya se acerca el plazo mximo para importar las mercancas equivalentes, y no teniendo en este momento los recursos financieros para adquirir dichas mercancas, ha decidido transferir dicho certificado a una tercera persona por endoso, recibiendo a cambio una suma de US$ 8,500.Al respecto, la diferencia generada por el endoso a un tercero del Certificado de Reposicin es deducible para efectos del Impuesto a la Renta?. TRANSFERENCIA DEL CERTIFICADO DE REPOSICINCASO PRACTICO 2La calidad del Certificado de Reposicin, es casi como la de efectivo pues con dicho documento se puede importar mercancas equivalentes con franquicia, es decir, para este caso, con exoneracin, sin embargo, tiene un plazo para expirar, pues si no se utiliza dentro de tal lapso, se perder el beneficio.En ese sentido, de transferirse el documento valorado por una suma menor al de su valor nominal, se generara una diferencia entre el activo entregado y el activo recibido, diferencia que afectar a resultados contables de la empresa.TRATAMIENTO PARA EL IMPUESTO A LA RENTA

Conclusiones:

Para que exista el Rgimen de Reposicin de Mercanca en Franquicia, es necesaria la existencia primigenia del rgimen de importacin para el consumo y exportacin definitiva.El funcionario aduanero puede conceder la franquicia aun cuando la sub partida nacional determinada en el reconocimiento fsico no coincida en el certificado, siempre y cuando la mercanca sea equivalente a la autorizada. En si las mercancas que se pueden unir a este rgimen sern las que forman parte principal del producto a ser exportado.No debemos olvidar que otro requisito es que el beneficiario exprese su voluntad en la declaracin de exportacin definitiva o declaracin simplificada de exportacin.Estos certificados oficiales de reposicin podrn ser transferibles a un tercero cuando as conste en la autorizacin.El rgimen de reposicin de mercanca en franquicia arancelaria tiene la naturaleza jurdica de una exoneracin tributaria, es decir es una figura desgravatoria que libera del pago de dos impuestos, el Ad Valoren y el IGV e IPM.Recomendaciones:

Se recomienda que el Cuadro de Insumo Producto es decir el CIP, debe ser transmitido y presentado ante el rea que administra el rgimen, dentro del plazo de 180 das calendario contados a partir de la fecha del trmino del embarque de la mercanca exportada.Se recomienda no olvidar que dentro de este rgimen se podr aceptar o se podr a acoger toda mercanca que es sometida a un proceso de transformacin o elaboracin, que se hubiere incorporado en un producto de exportacin o consumido.No debemos olvidar que el Cuadro de insumo producto es aquel que nos ayuda a presentar lo que nosotros hemos utilizado de materia para el producto que va a ser exportado.Debe ser posible determinar que los productos que ingresan al pas bajo este rgimen, son idnticos o similares a aquellos que se importaron para el consumo, y que fueron incorporados en los productos previamente exportados definitivamenteSe recomiendo recordar que las mercanca que no pueden ser objeto de reposicin son las que intervienen en el proceso productivo de manera auxiliar, como por ejemplo lubricantes, combustibles o cualquier otra fuente energtica, cuando su funcin sea la de generar calor o energa.