universidad las,ru',,lle - la salle

of 9 /9
UNIVERSIDAD DE LAS,ru',,LLE CONSEJO SUPERIOR Acuerdo No . 021 de 2021 (3 de septiembre) POT EI cualse ESTABLECE EL VALOR DE LOS DERECHOS PECUNIARIOS DE LA UNTvERSTDAD DE LA sALLE pARA el lño zozz EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE En uso de sus atribuciones estatutarias y, GONSIDERANDO Que el Rector presentó en sesión del Consejo Superior, realizada el día 3 de septiembre de 2021, el estudio correspondiente a la fijación de las tarifas de los derechos pecuniarios de la Universidad de La Salle, para la vigencia 2022. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 23, literal I del Estatuto Orgánico, corresponde al Consejo Superior, fijar los derechos pecuniarios que puede cobrar la Universidad. ACUERDA AnTíCUUO 1o.- Fijar el valor de los derechos pecuniarios para la vigencia 2022 en la Universidad de La Salle, según los términos dispuestos en el presente acto. ARTíCULO 20.-Ft¡ar los siguientes valores* para las matrículas de los estudiantes nuevos y antiguos de cada uno de los programas académicos de Pregrado, según modalidad, por cada semestre o período académico, de la Universidad de La Salle, para el año 2022, asi: CIEI{CIAS BASICA§ ESCUEI.A DE HUMANIDADES Y ESTUDIOS SOCIALE§ FACU LTAD DE CIENCIAS AGROPECUARIAS s5051 5,050 5,060 5,945 5,730 5,475 Biologíia 5,055 5,055 *t Xuímica Farmacéutica 5,U5 2013 y 2021-2018 Nombre SN IES tO+51 Filosofía y Letras 3,305 3,305 3,3m 3,300 3,245 3,125 2,985 l0TTglLicenciatura en Filosofía y Letras 2,055 t0S886l Siste mas d e I nformación, Bi bl i oteco I ogira y Archv ísti 4,720 4,720 4,710 72+5lSistemas de lnformación y Documentación 4,7t0 4,525 4,455 4,zffi 1n+llTrabajo Social 4,990 4,990 4,990 4,990 4,895 4,720 4,510 **lBibliotecologia y Estudios de la lnformación (Virtual) 2,295 **lArchivistica e lnteligencia de negocios (Virtual) 2,295 2013 y Anteriores 2021-2018 Nombre SNIES 5,645 5,545 t0SA:Zlnd m i n istraci ón de Agronegocios 5,650 5,550 2453lAdmin istración de Emp. Asropecuarias 5,645 5,545 5,345 5,1m 8,980 8,980 8,735 8,420 8,040 ta3ll Uedici na Veteri naria 8,990 8,990 7,305 7,L70 7,770 6,850 1434lZootecnia 7,315 7,315 7,305 togggslrécn ico P rofes i onal e n P rod ucci ón Asrooecuaria ( A distancia) 1,990 1,990 l09997lTecnologia en Gestión Sostenible de la Producción Asropecuaria (A distancia) 3,315 3,315 1099961 I nge n ie ria Ag ro pe cua a 6,630 5,530 2013 y Anteriores 202t-2018 Nombre SNIES 2022 2017 2016 2015 2014 2022 20t7 2016 2015 2014 2022 2017 2016 201s 2014

Author: others

Post on 23-Jul-2022

19 views

Category:

Documents


0 download

Embed Size (px)

TRANSCRIPT

Acuerdo No . 021 de 2021 (3 de septiembre)
POT EI cualse ESTABLECE EL VALOR DE LOS DERECHOS PECUNIARIOS DE LA UNTvERSTDAD DE LA sALLE pARA el lño zozz
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE
En uso de sus atribuciones estatutarias y,
GONSIDERANDO
Que el Rector presentó en sesión del Consejo Superior, realizada el día 3 de septiembre de 2021, el estudio correspondiente a la fijación de las tarifas de los derechos pecuniarios de la Universidad de La Salle, para la vigencia 2022.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 23, literal I del Estatuto Orgánico, corresponde al Consejo Superior, fijar los derechos pecuniarios que puede cobrar la Universidad.
ACUERDA
AnTíCUUO 1o.- Fijar el valor de los derechos pecuniarios para la vigencia 2022 en la Universidad de La Salle, según los términos dispuestos en el presente acto.
ARTíCULO 20.-Ft¡ar los siguientes valores* para las matrículas de los estudiantes nuevos y antiguos de cada uno de los programas académicos de Pregrado, según modalidad, por cada semestre o período académico, de la Universidad de La Salle, para el año 2022, asi: CIEI{CIAS BASICA§
ESCUEI.A DE HUMANIDADES Y ESTUDIOS SOCIALE§
FACU LTAD DE CIENCIAS AGROPECUARIAS
s5051 5,050 5,060 5,945 5,730 5,475Biologíia 5,055 5,055
*t Xuímica Farmacéutica 5,U5
2013 y 2021-2018NombreSN IES
tO+51 Filosofía y Letras 3,305 3,305 3,3m 3,300 3,245 3,125 2,985
l0TTglLicenciatura en Filosofía y Letras 2,055
t0S886l Siste mas d e I nformación, Bi bl i oteco I ogira y Archv ísti c¡ 4,720 4,720 4,710
72+5lSistemas de lnformación y Documentación 4,7t0 4,525 4,455 4,zffi
1n+llTrabajo Social 4,990 4,990 4,990 4,990 4,895 4,720 4,510
**lBibliotecologia y Estudios de la lnformación (Virtual) 2,295
**lArchivistica e lnteligencia de negocios (Virtual) 2,295
2013 y
Anteriores 2021-2018NombreSNIES
5,645 5,545t0SA:Zlnd m i n istraci ón de Agronegocios 5,650 5,550
2453lAdmin istración de Emp. Asropecuarias 5,645 5,545 5,345 5,1m
8,980 8,980 8,735 8,420 8,040ta3ll Uedici na Veteri naria 8,990 8,990
7,305 7,L70 7,770 6,8501434lZootecnia 7,315 7,315 7,305
togggslrécn ico P rofes i onal e n P rod ucci ón Asrooecuaria ( A distancia) 1,990 1,990
l09997lTecnologia en Gestión Sostenible de la Producción Asropecuaria (A distancia) 3,3153,315
1099961 I nge n ie ria Ag ro pe cua rí a 6,630 5,530
2013 y
Anteriores 202t-2018NombreSNIES
UNIVERSIDAD DE
L A S,..'''',',,,, L L E Consejo Superior, Acuerdo No. 021 de 2021, Hoja No. 2
FACULTAD DE CIENCIAS DE I.A EDUCACION
FACUI.TAD DE CIENCIAS DE tA SALUD
FACULTAD DE CIENCIAS DEL HABITAT
FACULTAD DE INGENIERIA
* Valores en Miles de Pesos
** Programas en trámite de obtención del registro calificado y sólo si se obtiene
Oa+Oltic. en Lengua Castellana, lnglés y Francés 4,920 4,920 4,830 4,655 4,440
l07slLicenciatura en Matemáticas y Ciencias de la Computación 3,705
14351 Licenciatura e n Ed uc¡ción Re I igiosa 4,925 4,925 4,920 4e20 4,830 46ss 4,440
tOOtq[U ce nciatura e n Espa ño I y Le nguas Extra nj e ras 4,9?5 4,925 4,920
tmg64lUcenciatura en Literatura y Lengua Qstellana (Virtual) 3,150 3,150
108728lLicenciatura en Ciencias Naturales y Educación Ambiental (Virtual) 3,160 3,lm
108607lLicenciatura en Educación Básica Primaria (Virtual) 3,160 3,160
SNIES Nombre 2021-2018 2013 y
143! 0ptometría 8,195 8,195 8,190 8,190 7,965 ¿96s 7,m5
*|l Sal ud Pública (Vi rtual) 3,1m
*t Enfermería 5,4S
1m994 Diseño lndustrial 6 830 6,830
109992 Diseño Visual 6,830 6,8S
s462 Urbanismo 096s 096s 6 960 0960 083s 6,585 6,290
SN IES Nombre 2021-2018 2013 y
14501 I ngeniería Ambiental y Sanitaria 6,650 6,650 6 545 6,645 6,530 5,zfi 0ffis
lq46llngeniería Civil 06s0 6,650 6,645 6,645 6,530 02e0 6,m5
1aa7l I nge nie ría de Al ime ntos 6,650 6,650 5,545 6,545 6,530 5,m 6,m5
1449llngeniería de Diseño y Automatización Electrónica 6,290
14481 I nge nie ría Eléctrica 6,650 6,650 6,545 5 645 6,530 5,290 6,m5
552001 I ngenie ria e n Automatización 6,650 6,650 6,645 6,545 6,530 6,290 6,m5
S789[t ngenie ria I nd u$rial 06so 06s0 06qs 06¿s 6,530 6,290 000s
il6ffi1 I ngen ie]ía Química 6,650 6,650 6,645
**l I ngenieria de Software 6,650
**l I ngeniería de Software (Virtual) 3,m
2013 y
Anteriores 2021-2018Nombre
1699! Administración de Empresas 4,940 4,940 4,935 4,935 4,845 4,670 44ss
tw Contaduria Pública 4,940 4,940 4,935 4,935 4,845 4,570 4,455
lmi Economía 5,155 5,155 5,150 5,150 5,060 4,875 4,650
5347( Finanzas y Comercio lnternacional 5,155 5,155 5,150 5,150 5,Ofl 487s 4,650
s79! Negocios y Relaciones I nte macionales 5,155 5,155 5,150 5,150 5,060 487s 46s0
2013 y
Anteriores 2021-2018Nombre
SN IES 2022 2017 2016 2015 2014
2022 2017 2015 2015 2014
SNIES 2422 2017 2016 2015 2oL4
SNIES 2022 2017 2016 2015 2014
UNIVERSIDAD DE
LAS,,,, 'r',,,,,.LLE
Consejo Superior, Acuerdo No. 02'l de2021, Hoja No. 3
ARTíCUIO 3o.- Fijar los siguientes valores* para las matrículas de los estudiantes nuevos y antiguos de cada uno de los programas académicos de Posgrado, según modalidad, por cada semestre o período académico, de la Universidad de La Salle, para el año 2022, así: CIENCIAS BASICAS
ESCUEIA DE HUMANIDADES Y ESTUDIOS SOCIALES
FACU LTAD DE CIENCIAS AG ROPECUARIAS
FACULTAD DE CIENCIAS DE IA EDUCACION
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
11,0341 Maestría en Actuaria 7,920 106206 Maestría en Recurso Hídrico Continental 8,815
*t 5.725Maestría en Ciencias - Biología (A distancia)
Nombre 2022SN IES
1,115106089l Especialización en Vol untariado 6,3209076{ IVlaestría en Fi I osofía
9O459lMaestría en Gestión Documentat v Administración de Archivos 7,925 1}g477l Uaestría en tnvestisación e lntervención Social 7,LOS
L06230l fUaestría en PolÍtica v Relaciones lnternacionales 7,430
4,1009O459lMaestría en Gestión de la lnformación Documental (virtual)
Nombre 2022SN !ES
1455 Especialización en Gerencia de Empresas Agrooecuarias 8,370 52275 Espec¡alización en Medicina lnterna de Pequeños Animales 9,865
103898 Maestría en Agrocienci as 9,965 90709 Maestría en Agronegoci os 9,865
s2s53 Maestría en Ciencias Veterinarias 9,865 1013s8 13,230Doctorado e n Agrocie nci as
** 8,720Especialización en Medicina !nterna de Grandes Animales ** Especialización en Nutrición de Animales de Compañía (Virtual) 5,345 ** 4,066Especialización en Gerencia de Empresas Agropecuarias (Virtual)
2022NombreSN IES
106300I fUaestría en Didáctica de las Lensuas 6,345 L28521 Uaestría en Docencia 5,785
LOL264|Vlaestría en Docencia Extensión Yopal 6,135 1013591 Ooctorado en Educación v Sociedad 11,680 106300ltvtaestría en Didáctica De Las Lenguas-Yopal (A distancia) 6,345 106300l vtaestría en Didáct¡ca de las Lenguas-Mosquera (A distancia) 6,345 1O8342lMaestría en Diseño y Gestión de Escenarios Virtuales de Aprendizaje (Virtual) 5,740
**lMaestría en Liderazgo y Gestión Educativa (A distancia) 4,49O
2022NombreSN IES
105365 8,805Especialización en Ortóptica y Terapia Visual 52497 Maestría en Ciencias de la Visión LO,740
** Especialización en Segmento Anterior v Lentes de Contacto 8,905 ** Especialización en Optometría Pediátrica 8,905
2022NombreSN IES
10992s Maestría en Diseño y Construcción Experimental 7,995 106163 Maestría en Planificación v Gestión del Territorio (A distancia) 8,155
2022NombreSN IES
UNIVERSIDAD DE
LAS.,,É".,LLE Consejo Superior, Acuerdo No. 021 de 2021 , Hoja No. 4
FACUTTAD DE INGENIERIA
FACULTAD DE ECONOMIA, EMPRESA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
* Valores en Miles de Pesos ** Programas en trámite de obtención del registro calificado y sólo si se obtiene
AnfiCUl-O 4o.- Establecer los valores* de matrícula, alojamiento y alimentación que deben cancelar los estudiantes del Programa Académico de lngeniería Agronómica e lngeniería Agropecuaria, en modalidad presencial y en el marco del Proyecto lnstitucional Utopía, por cada cuatrimestre o período académico, de la Universidad de La Salle, para el año 2022 así:
Matrícu la 7,025 7,025
Alojamie nto L,297 L,287
Parágrafo. Los estudiantes del proyecto Utopía - lngeniería Agronómica e lngeniería Agropecuaria que en su último año de formación desarrollen su proyecto productivo, no cancelarán alojamiento ni alimentación.
lnfiCUt-O 50.- Los estudiantes podrán pagar matrícula plena o media matrícula con base en los siguientes criterios:
109091 Especial ización en Automatización lndustria! 8,175
19515 9,565Especialización en Gerencia de Proyectos en lngeniería 8,3706561 Especialización en Gestión Energét¡ca y Ambiental
L04I76 Especialización en Sistemas de Calidad e lnocu¡dad en Alimentos 7,690
3,467** Especializacion en Sistemas de Calidad e lnocuidad en Alimentos (Virtual)
7,950** Maestría en lngeniería - lnvestigación ** 7,950Maestría en lngeniería - Profundización
2022NombreSN IES
109999 5,595Especia! ización en Fi ntech
7,65579494 Especialización en Gerencia de Mercadeo
t09476 7,000Maestría en PolÍticas Públicas
20970 !2,095Maestría en Admi nistración 6,795110014 Maestría en Analítica e lntelieencia de Negoc¡os
s3939 Maestría en Estudios v Gestión del Desarrollo 7,925
109061 Doctorado en Estudios de Desarrollo V Territorio 12,540
109998 7,920Maestría en Finanzas (A distancia)
110294 Doctorado en Administración de Empresas DBA (A distancia) 9,750
NombreSN IES 2022
Agronómica Agropecuar¡a
LL,332 Ir,332
UNIVERSIDAD DE
LAS,,,'¡*,LLE Consejo Superior, Acuerdo No. 021 de 2021, Hoja No. 5
Matrícula plena para estudiantes de pregrado: Cuando un estudiante matricule espacios académicos cuyo número de créditos académicos sea igual o superior a nueve (9). El máximo número de créditos que podrá matricular será el establecido para el respectivo semestre en el plan de estudios del respectivo programa.
Media matrícula para estudiantes de pregrado: Cuando un estudiante matricule espacios académicos cuyo número de créditos académicos es de ocho (8) o menos, pagará el 50% del valor de la matrícula.
Matrícula total para estudiantes de posgrado: El estudiante que matricule asignaturas cuyo número de créditos sea igual o superior a la mitad de los créditos de su respectivo semestre o período académico, pagará la totalidad del valor de la matrícula. El máximo número de créditos académicos que podrá matricular un estudiante será el establecido en el plan de estudios del respectivo programa, para el período académico en el cual se matrícula el estudiante.
Media matrícula para estudiantes de posgrado: El estudiante que matricule asignaturas cuyo número de créditos académicos es de menos de la mitad de los créditos establecidos en el plan de estudios del programa académico para el semestre o período académico a cursar, pagará el 50% del valor de la matrícula.
Parágrafo 1o.- El estudiante de pregrado, previa autorización de la Vicerrectoría Académica, podrá solicitar, conforme a los criterios académicos y reglamentos institucionales, cursar créditos académicos adicionales a los totales definidos para su período académico o semestre, según malla curricular vigente, para lo cual se liquidará porcentualmente según el valor de la matrícula del programa académico y el número de créditos académicos adicionales autorizados así:
Un (1) Crédito 7%
Dos (2) Créditos L5%
Tres (3) Créditos 20%
Seis (6) Créditos 3s%
Siete (71 Créditos 40%
Esta misma tabla es aplicable para liquidar los créditos adicionales tomados por los estudiantes que cursan doble programa según las disposiciones vigentes.
Parágrafo 2o.- Para estudiantes de programas de posgrado que tomen créditos académicos adicionales a su plan de estudios, el valor de cada crédito adicional se liquidará teniendo en cuenta el valor de la matrícula por el número de semestres o periodos académicos, dividido por el número total de créditos del programa. [(Valor matricula ' n semestres/ número total de créditosl.
Este mismo mecanismo de liquidación es aplicable para los créditos adicionales tomados por los estudiantes que cursan doble programa según las disposiciones vigentes.
ARTíCULO 60.- Determinar tos siguientes valores* para los cursos intersemestrales que se dicten en la Universidad de La Salle en el año 2022, los cuales tienen carácter de voluntarios, así:
NO. DE CREDITOS
UNIVERSIDAD DE
LAS.*,',,LLE Consejo Superior, Acuerdo No. 021 de 2021, Hoja No. 6
Economía 678 904 1,131. 1.,359 1,583 1,810 2,035 2,2il 2,499
Finanzas v Comercio lnternacional 678 904 1,131 1,359 1,583 1,810 2,035 2,264 2,499
Nesocios v Relaciones 678 904 1.1-31 1.359 1 1,810 2,035 ?,2U 2.499
S¡stemas de lnformación v 657 872 1.091 1.3L0 L,745 1,963 2,193 2,40L
Sistemas de I nformación. v Archivística 657 872 1.091 1.310 t,745 1,953 2,L93 2,407
Trabaio Social 657 872 1,091 1,310 L,745 1,963 2,193 2,40L
Admi nistración de Emoresas 657 872 1.091 1.310 t,745 1,963 2,183 2,401
ContadurÍa Pública 657 872 1,091 1,310 L,526 L,745 1,963 2,L83 2,40L
Administración de Emoresas 636 849 1.061 1.271 1,596 1,907 2,1L9 2,331
Ad mi nistración de Aeronesocios 636 849 1.061 1.277 1,696 L,907 2,LL9 2,331
Zootecnia 1.03s 1.379 L. 726 2.070 2,7ffi 3,104 3,451 3,795
Medicina Veterinaria 1.035 1,379 1. 726 2.070 2,7ffi 3,104 3,451 3,795
I nge n i e ría Asropecuari a 530 79s 1.060 7. 32s 1,855 2,L20 2,385 2,650
Técnico Profesional en Producción 159 239 318 398 557 637 717 796 Tecnologia en Gestión Sostenible la Producción Agropecuaria 265 398 530 663 796 928 1,061 L,L94 7,326
Filosofía y Letras 405 537 672 804 938 L,072 1,209 L,342 L,476
Licenciatura en Filosofía v letras 405 537 672 804 938 L,072 1,208 L,342 L,476
Licenciatura en Matemáticas v de la comoutación 653 869 1.088 1.304 L,739 7,957 2,773 2,392 Licenciatura en Esoañol v Lensuas 6s3 869 1.088 1.3M 1,739 1,957 2,L73 2,392
Lic. en Lensua Castellana. Inslés v Francés 6s3 869 1.088 1.304 L,739 1,957 2,173 2,392 Licenciatura en Educación Relisiosa 653 869 1.088 1,304 L,52L L,739 1,957 2,173 2,392
Licenciatura en Literatura v Lensua Castellana (virtual) 380 570 760 950 L,L40 1,331 L,52L L,7LL 1,901
Licenciatura en Ciencias Naturales y Educación Ambiental (virtual) 380 570 760 950 1,140 1,331 t,52L L,7tL 1,901
Licenciatura en Educación Básica (Virtual) 380 s70 760 9s0 1,331 L,52L L,7tL 1,901
lngeniería Ambiental v Sanitaria 883 1. L74 1.477 1.7il 2,35L 2,646 z,g$ 3,234 lngenier'r.a Civil 883 1.. 174 L.47L 1.7il 2,351 2,646 z,g$ 3,234 lnseniería de Alimentos 883 7,t74 L,471, 1. 7ffi 2.058 2.351 2,646 2,gN 3,234 lnseniería Eléctrica 883 1.,L74 7,477 1,7il 2.058 2.3s1 2,646 z,g$ 3,234 Ineeniería en Automatización 883 L,r74 L,47L L,7il 2,058 2,35! 2,646 2,9N 3,234 lnseniería lndustrial 883 L,t74 L,47L L,764 2.058 2.351 2,646 z,g$ 3,234 lngeniería Química 883 1,\74 t,47t 1,7il 2,058 2,35L 2,646 zp$ 3,234 Arouitectura 925 L,231 1.540 1.85r. 2. L58 2.467 2,774 3,093 3,391
Urbanismo 925 L,23t 1,540 1.851 2.159 2,467 2,774 3,093 3,391
Diseño lndustrial 536 804 t,072 1,340 1,608 1,876 2,7M 2,4L2 2,690
Diseño Visual 536 804 1.072 1.340 L,876 z,LM 2,4L2 2,690
Bioloeía 1.099 1.373 7.645 2,t96 2,47L 2,745 3,021
Ootometría 1.501 7,87 4 2.248 2.624 2.997 3,373 3,747 4,124
+ Valores en Miles de pesos
eRtíCUtO Zo.- Determinar los valores* de los cursos especiales y de educación permanente, así:
Cursos de idiomas con intensidad máxima de 60 Horas en sus diferentes modalidades Soft, Average e lntensive:
Curso de idiomas 496
Prue ba d iagnóstica LL4
* Valores en M¡les de pesos * Cursos de idiomas tntens¡ve, average y soft * Cursos Blended max¡mo 60 Horas en sus diversas modal¡dades
2345678910 HORAS HORAS HORAS HORAS HORAS HORAS HORAS HORAS HORAS
PROGRAMA
CONCEPTO 2022
UNIVERSIDAD DE
LAS&LLE Consejo Superior, Acuerdo No. 021 de 2021, Hoja No. 7
Cursos de Summer y W¡nter Academy y los derechos administrativos por Movilidad Estudiantil, así:
DERECHOS ADMINISTRANVOS DE MOVIT¡DAD ACADÉMICA INTERNACIONAT
Estudiantes Lasallistas mov¡lidad salie nte su oe r¡ or a 30 dias 237
Estudiantes Lasallistas mov¡lidad saliente inferior a 30 dias 1L5
Derechos administrativos de mov¡lidad entrante (uSD) 82
CURSO SUMMER/U'INTERACADEMY ESTUDIANTES IASAIIISTAS, IES NACIONATES E INTERNACIONATES
Valor curso Summe r/W. nter Academv estudiantes Lasallistas e IES nacionales L,43 Valor por curso Summe r/Wtnter Academv estudiantes I ES lnternacionales ( USD) 423
Beca máxima a otorsar a estudiantes Lasallistas en primer curso de Summer/W¡ nter Academy 1,038
* Valores en miles de Pesos ** Valores en dólares USD liquidados a la TRM del cierre del mes previo a la realización de los cursos
Parágrafo. En caso de que el estudiante pierda el primer curso de SummerMinter Academy, perderá el derecho a la beca y deberá pagar la totalidad del valor del mismo.
AnfíCU¡-O 8o.- Determinar los siguientes derechos pecuniarios diferentes a la matrícula así:
Derechos de inscripción para rantes, re¡ntegros y transferencias de oregrado L47 Derechos de in Dara asoirantes. rei ntesros v transfe de esoecialización v maestrías L52 Derechos de oara asoirantes rer ntepros v trancfp as de doctorados 226 Derechos admi por reexoedición de euía de matricula electrónica 5 Derechos de erado ceremonia 553 Derechos de erado remonia colectiva- doble oroprama misma fecha 7L9 Derechos de erado lng. ceremonia colectiva 284 Derechos de erado en acto orivado 769 Derechos de sra¡lo acto orivado- dobl e 1,m0 Derechos de srado de doctorados 1,891 Derechos de ex otras cert¡f¡ cacrones 18 Derechos de PX de certificado comoleto de notas 61 Exámenes 628 Exámenes suol 60 Exámenes de validación 99 Duolicado de carnet 25 Duplicado dioloma 452 Cooia de acta de Recarso de extemooránea de cred itos icetev 68 Recargo por la extemporánea 5% del Valor de matrícula Recargo oor extemporá nea- estudiantes anti suos 5% Valor de matrícula Valor semestre Dara estudiantes de doctorado o ue excedan 6 v reouieran tutorias Medi a matrícula
* Valores en Miles de pesos
Parágrafo. Para quienes se inscriban en el año 2022 con el fin de ingresar a estudiar en el año 2023, se liquidará el valor de inscripción a partir de los valores mencionados en la tabla anterior, incrementados en el índice de precios al consumidor lPC reportado por el DANE a corte de diciembre de 2021.
ARTíCULO 9o.- La Universidad otorgará un descuento especial del 10% sobre el valor de una de las matrículas en los casos de dos (2) hermanos que estudien en ta Universidad. lgualtratamiento se dará al esposo o esposa cuando ambos estudien en la Universidad, y al padre o madre e hijo.
CONCEPTO 2022
CONCEPTO 2022
CONCEPTO 2022
UN¡VERSIDAD DE
LAS,,,,.ti,LLE Consejo Superior, Acuerdo No. A21 de 2021, Hoja No. 8
En los casos de tres (3) o más hermanos que estudien en la Universidad, el valor del descuento será del 200lo sobre el valor de una de las matrículas.
Para bachilleres egresados de los Colegios dirigidos por los Hermanos de las Escuelas Cristianas Lasallistas recibirán un auxilio educativo correspondiente al 10% sobre el valor de la primera matrícula, y por única vez.
Parágrafo 1o.-. Para hacerse acreedores a este beneficio, los estudiantes deberán tramitar en la Dirección Financiera, la solicitud de descuento únicamente durante el período de matriculas, y cumplir con los siguientes requisitos y documentos:
a. Hermanos:
Dos hermanos: Presentar registro civil de nacimiento de cada uno, en los que figure el nombre de los padres, una guía cancelada y la otra guía sin cancelar para autorizar el descuento.
Tres hermanos: Presentar registro civil de nacimiento de cada uno, en los que figure el nombre de los padres, dos guías canceladas y la tercera sin cancelar para autorizar el descuento.
b. Cónyuges:
Presentar el registro civil de matrimonio, una guía cancelada y la otra guía sin cancelar para autorizar el descuento.
c. Padre o madre e hijo:
Presentar registro civil de nacimiento del hijo en el que figure el nombre del padre o madre, más una guía cancelada y la otra guía sin cancelar para autonzar el descuento.
Parágrafo 2o.- El descuento de hermanos, cónyuges, padre o madre e hijo a que hace referencia el artículo noveno se aplica únicamente a estudiantes que estén matriculados para el mismo periodo académico en programas de pregrado y posgrado. Se aplicará el descuento sobre la guía de matrícula que no se encuentre paga al momento de hacer la solicitud.
Parágrafo 3o.- La Universidad otorgará un descuento del 10o/o paru los egresados e hijos de egresados de la Universidad de La Salle que deseen matricularse en programas de pregrado o posgrado, en cada uno de los ciclos académicos que se matricule.
Parágrafo 4o.- En cada periodo académico, el estudiante solo podrá hacer uso de un (1) beneficio (descuento, beca, auxilio, convenio) que implique disminución en el valor de su matrícula, dando privilegio al de mayor valor. En ningún caso se podrán solicitar devoluciones en dinero respecto a beneficios otorgados.
Para cada ciclo académico existirá un cronograma con fechas definidas paru el otorgamiento de estos beneficios.
ART¡CULO 10.- Quien inscriba la última materia para terminar el plan de estudios, pagará el 35% del valor de la matrícula que le corresponda. Dicha concesión será aplicable para asignaturas de hasta cinco (5) créditos académicos, por una única vez.
Cuando la asignatura tenga más de cinco (5) créditos académicos, la liquidación del valor de la matrícula se sujetará a lo establecido en los artículos 2 y 3 del presente acuerdo.
UNIVERSIDAD DE
LAS*,*il¡.LLE Consejo Superior, Acuerdo No. 021 de 2021 , Hoja No. 9
Parágrafo. Este artículo no aplica cuando la asignatura pendiente sea la única a cursar en un semestre determinado, conforme el respectivo plan de Estudios.
ARTíCULO ll.- La Universidad podrá establecer convenios con Entidades Financieras para facilitar el pago de la matrícula mediante el otorgamiento de crédito educativo.
ARTíCULO 12.- Las matrículas ordinarias de los estudiantes deben realizarse dentro de los plazos establecidos en el Calendario Académico aprobado por el Consejo de Coordinación de la Universidad. En caso contrario, pagarán Matrícula Éxtraordinaria án los plazos establecidos en el Calendario Académico
ARTÍCULO 13.- Autorizar al Rector de la Universidad de La Salle para determinar por vía de Convenios, de Acuerdos de Cooperación, de Asociación y Alianzas, con entidades de naturaleza pública, privada o mixta, nacionales e internacionales, las estrategias y porcentajes de negociación, aporte o descuentos que incentiven ta financiación y acceso a los^programas de pregrado y de posgrado, de acuerdo con tos criterios generaÉs que fije el Consejo de Coordinación.
ARTíCULO f4.- Autorizar al Rector, de acuerdo con los criterios generales que fije el Consejo de Coordinación para aplicar beneficios respecto de los derecfros pecuniarios de inscripción y matrícula, con elfin de incentivar la matrícula y la permanencia en la institución de los estudiantes, teniendo en cuenta los impactos derivádos de la pandemia mundial y la situación económica y social que atraviesa nuestro país.
ARTíCULO 15.- El presente acuerdo rige a partir de su publicación en el portalWEB de la Universidad previa información al Ministerio de Educación Nacional en los términos dispuestos en la normatividad vigente y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Dado en Bogotá, D.c. a los tres (3) días del mes de septiembre de 2021
DIEGO JOSÉ DiAZDiAZ, .s.c Presidente del Consejo
SARAY MORENO ESPINOSA Secretaria General
rior