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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales “Revisión al proyecto de ley de modificación al régimen de Riesgos Profesionales: Visión de los gremios, el congreso y la academia " Foro UNIVERSIDAD DEL ROSARIO Abril 29 de 2009

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

“Revisión al proyecto de ley de modificación al régimen de Riesgos Profesionales:

Visión de los gremios, el congreso y la academia "

Foro UNIVERSIDAD DEL ROSARIO

Abril 29 de 2009

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

1. Proyecto de ley de Riesgos Profesionales y Principales modificaciones

2. Contexto del Sistema de Riesgos

3. Accidente in itínere

4. Ampliación de cobertura

5. Cobertura sindical

6. Modificación distribución de las cotizaciones

7. Conclusiones

Agenda propuesta

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

1. Proyecto de Ley de Riesgos Profesionales

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

• Propósito: subsanar vacío legal, Corte declara inexequible– Definición de accidente de trabajo– Determinación del Ingreso Base de Liquidación– Definición de Enfermedad Profesional

• Ponencias al Proyecto de Ley 103 de 2008 senado – Senadora Gloria Inés Ramírez– Senador Ponente Núñez Lapeira– Actualmente en conciliación

Proyecto de ley de riesgos profesionales

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

Principales modificaciones

1. Ampliación de la definición de accidente de trabajo– Accidente in itínere– Cobertura del permiso sindical

2. Ampliación de cobertura – Contratistas en forma obligatoria– Otros independientes e informales en forma voluntaria

3. Modificación de la distribución de las cotizaciones y de las obligaciones de empleadores y ARP

Proyecto de ley de riesgos profesionales

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

Proyecto de ley de riesgos profesionales

Texto radicado Gloria Inés Ramirez Texto ponencia Núñez Lapeira

Afiliados

Obligatorio: • Trabajadores dependientes• Jubilados o pensionados reincorporados a

fuerza laboral, • Estudiantes cuya labor implique fuente de

ingresos para la empresa, • Personas naturales con contrato prestación

servicios o cualquier otra modalidad de servicios,

• Docentes de todas las instituciones de enseñanza pública vinculados con el Estado

Obligatorio: • Trabajadores dependientes, • Jubilados o pensionados reincorporados a

fuerza laboral, • Estudiantes cuya labor implique fuente de

ingresos para la empresa, • Personas naturales con contrato prestación

servicio (civil, comercial o administrativo) duración superior a un mes y precisión de tiempo, modo y lugar.

Voluntario: Independientes e informales sin contrato o, por oficio, labor o actividad económica, vinculación por agremiaciones o asociaciones

Voluntario: Independientes e informales por agremiaciones o asociaciones

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

Proyecto de ley de riesgos profesionales

Texto radicado Gloria Inés Ramirez

Texto ponencia Núñez Lapeira

Accidente de trabajo

In Itinere 2 horas antes y 2 después.In itinere cuando el transporte lo suministra el empleador

Ejercicio de actividad sindical Excluido

Se eliminan excepciones Se eliminan excepciones

Enfermedad Profesional

Como resultado de exposición a factores inherentes al trabajo, según tabla enfermedad profesional, o se demuestre relación de causalidad

Consecuencia obligada y directa del trabajo, según tabla de enfermedades profesionales o se demuestre relación de causalidad

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

Proyecto de ley de riesgos profesionales

Texto radicado Gloria Inés Ramirez

Texto ponencia Núñez Lapeira

IBL

Para accidente trabajo: 6 meses (igual)

Para Enfermedad Profesional: 12 meses donde se diagnosticó

Para Enfermedad Profesional: 12 meses donde se calificó

Indexación con IPC Indexación con IPC

Monto cotizaciones

Incluye la tabla de mínimos y máximos

Variación con base en cumplimiento del PSO e ILI

Efecto no pago cotizaciones

Crea mecanismo de cobro coactivo por parte de las administradoras

Empleador responsable de pago de prestaciones durante la mora, Crea mecanismo de cobro coactivo por parte de las Administradoras

Comunicaciones a empresa 1 y 2 meses mora para abstenerse a afiliar nuevos trabajadores

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Proyecto de ley de riesgos profesionales

Texto radicado Gloria Inés Ramirez Texto ponencia Núñez Lapeira

Reporte información PyP

Reporte de actividades del semestre cada 6 meses

Reporte de actividades del año cada 6 meses

En caso de incumplimiento la empresa puede cambiar de ARP

PyP para micro y pequeñas empresas

Priorizar alta siniestralidad o de alto riesgo Priorizar alta siniestralidad o de alto riesgo

Minprotección define criterios técnicos según cobertura, frecuencia y severidad del ATEP

Minprotección define criterios técnicos según cobertura, frecuencia y severidad del ATEP

Involucrar a trabajadores del sector informar dentro de campañas de PyP

Involucrar a trabajadores del sector informar dentro de campañas de PyP

Asignación de recursos a PyP

5% obligatorio igual que 1295 5% obligatorio igual que 1295

20% del 94% adicional para prevención y control y rehabilitación integral, intervención control del riesgo

10% del 94% adicional para prevención y control y rehabilitación integral e intervención en control del riesgo

No pueden desplazar personal ni financiar actividades que le corresponden al empleador

No pueden desplazar personal ni financiar actividades que le corresponden al empleador

Otras actividades de PyP

Programas de financiación a las empresas para control de los riegos

Programas de financiación a las empresas para control de los riegos

Desarrollo de actividades de PyP en todas las ciudades y municipios donde haya afiliados a través de grupo interdisciplinario

Desarrollo de actividades de PyP en todas las ciudades y municipios donde haya afiliados a través de grupo interdisciplinario

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

Proyecto de ley de riesgos profesionales

Texto radicado Gloria Inés Ramirez Texto ponencia Núñez Lapeira

Fondo solidaridad trabajadores informales

Constituido con dineros de las multas recaudadas en el SGRP

Sistema de Garantía de Calidad

• Minprotección vigilará reconocimiento prestaciones económicas

• Sistema de Obligatorio de garantía de Calidad

• Visitas de Verificación por terceros idóneos• Expedición de certificado de calidad por

Direcciones Territoriales

• Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad

• Visitas de Verificación por terceros idóneos• Expedición de certificado de calidad por

Direcciones Territoriales

Juntas de Calificación de Invalidez

Organismos públicos conformados por particulares

Organismos con personería jurídica, sin animo de lucro

Salud Ocupacional Magisterio

Asimila normas del Sistema General de Riesgos Profesionales

Asimila normas del sistema general de riesgos profesionales

No se afectara el régimen especial de excepción

No se afectara el régimen especial de excepción

PrescripciónTodas las prestaciones prescriben en 3 años

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2. Contexto del Sistema de Riesgos Profesionales

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

FUENTE. Cifras ajustadas Cámara Riesgos Profesionales, FASECOLDA, *Cifras Ministerio de Protección Social y FASECOLDA Cámara de Riesgos Profesionales

Síntesis de cifras básicas a diciembre de 2008*

Cobertura: Trabajadores a diciembre 2008 6.188.322Empresas a diciembre 2008 449.034

Primas emitidas 2007 $ 1.007.218 millonesPrimas emitidas 2008 $ 1.169.231 millones

Crecimiento de las primas: 16,1 % Total Pensionados (diciembre 2008) 28.799

Invalidez 13.672 Sobrevivencia 15.127

Valor de las Reservas (marzo 2009) $ 4.977.747 millones Siniestralidad (2008) 78,3 % Siniestros pagados (2008) $ 462.564 millones Cotización promedio 1.5 % de la nómina

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

3,6 3,7

3,94,1

3,84,0

3,8

4,1 4,2

4,6

4,9

5,1

5,6

5,96,1

3,5

4,0

4,5

5,0

5,5

6,0

6,5

19

94

19

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96

19

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19

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00

20

01

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02

20

03

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04

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08

*

Afiliados SGRP6,2

2008

Fuente: Ministerio de la Protección Social, Estadísticas Presidenciales

Cobertura: Trabajadores1994 – 2008

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3. Accidente In itinere

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

Propuesta legislativa:“ … el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su

residencia a los lugares de trabajo o viceversa, en cualquier tipo de transporte, dos horas antes y dos horas después de la jornada laboral ó cuando el transporte lo suministre el empleador” (HS Gloria Inés Ramírez)

Accidente in itinere

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

Definición• (Loc. lat.; literalmente, 'en el camino').• loc. adj. Dicho de un accidente: Sufrido por el

trabajador durante el desplazamiento hacia o desde el lugar de trabajo, y que se considera accidente laboral (Real Academia de la Lengua Española )

Accidente in itinere

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

Características del riesgo1. Alta frecuencia de presentación2. Gran severidad por muerte, invalidez e incapacidades permanentes altas (IPP)3. Altos costos asistenciales y prestacionales4. Traumatismos en accidentes de tránsito, caídas, violencia social, etc.5. Alto riesgo moral debido a diferencias prestacionales con régimen común y

dificultad de comprobación del hecho6. Carga adicional para el empleador, sin que puede ejercer actividades de

control directo sobre un riesgo no provocado por él.7. La accidentalidad vial y su severidad han ido incrementándose en el país

especialmente por el mayor uso de motocicletas como vehículo transporte8. Difícil prevención por parte del empleador pues es un riesgo general cuyo

impacto depende de políticas nacionales

Accidente in itinere

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

Situaciones de riesgo cubiertas en algunos países1. Trayecto (relación con el trabajo)

• Habitual (trayecto considerado normal)• Directo (el más corto)• Desviaciones (cobro de salario)

2. Tiempo de desplazamiento• Horario definido• Tiempo razonable

3. Trasporte utilizado• Suministrado por el empleador• Cualquier transporte razonable (adecuado para el trayecto)• Solo transporte público

4. Tipo de accidente• Cualquier accidente durante el trayecto• Solo por vehículo automotor

Accidente in itinere

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

Financiación1. ¿Quién los paga?

• El empleador• El trabajador• El Estado• Está excluido cuando está cubierto por otros seguros (SOAT, vehículos, salud y

pensiones General, accidentes personales)

2. Tarifa• Está separada y es adicional a la tarifa de Riesgos Profesionales pues no

depende de la actividad de la empresa• Algunos sistemas utilizan un porcentaje de la nómina estándar• Las tarifas varían entre el 0.5% y el 1.2% de la nómina (adicional a la tarifa de

Riesgos Profesionales)• En los países en que la tarifa de riesgos profesionales además depende de la

siniestralidad, implica un mayor costo para las empresas

Accidente in itinere

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

Accidente In Itinere ObservacionesHolanda ExcluidoReino Unido

ExcluidoSe excluyen tambien los que ocurran fueran del lugar de trabajo aun en horas laborales y con encargo (seguro responsabilidad automoviles)

España Incluido**** Que ocurra en el camino de ida o vuelta. - Que no se produzcan interrupciones por tareas no habituales en el desplazamiento entre el lugar de trabajo y el lugar del accidente. - Que se emplee el itinerario habitual.

Noruega ExcluidoDinamarca Excluido Las prestaciones son las mismas o similares a las de riesgo comúnFinlandia Incluido Solo se incluyen cuando se va al trabajo, no en el regreso.Portugal Incluidos IT: máximo 70% salarioBélgica Incluido IT: máximo 90% salario (En Colombia es del 100% y a partir del día siguiente)

SuizaExcluido a cargo del empleador, e incluido a cargo del trabajador

El empleado debe pagar las contribuciones él mismo, no el empresario

ItaliaExcluido (sólo incluido bajo condiciones especiales)

Incluido cuando el accidente ocurre en un camino privado que conduce a la compañía del empresario (largo y peligroso) o en un medio de transporte puesto a disposición por el empresario IT: 60% (por 28 días) 80% (después)

Alemania Incluido Las prestaciones son las mismas o similares a las de riesgo común

Union Europea

Recomienda Excluirlo de Todas las legislaciones Nacionales

Nueva Zelanda

Excluido (sólo incluido bajo condiciones especiales)

Regulación especial para los perjuicios sufridos en vehículos a motor, no para los accidentes in itinere en general: incluidos cuando el accidente ocurre en un medio de transporte puesto a disposición por el empresario, o cuando se está en camino hacia un médico después de haber sufrido alguna herida o daño físico relacionado con el trabajo

Hong Kong Incluido Seguro privado y las tarifas se pactan entre el asegurdaor y la empresaIndia Excluido

EE.UU.Incluido en la mayoría de los estados

Prestaciones diferentes según el estado

Argentina IncluidoSe excluye el dolo y fuerza mayor, Incapacidad Temporal se paga desde el día 11 (en Colombia desde el dia siguiente)

Mexico IncluidoSe excluye culpa de la victima, violencia, la pensión de invalidez requiere periodo mínimo de cotización (250 semanas), no hay indemnización sustitiva (en Colombia sí y no hay periodo de carencia)

Chile IncluidoExigencias: trayecto racional, sin interrupción, salvo aquéllas que se deben aactos rutinarios y no de mero capricho (ej. Ira dejar o buscar a hijos al colegio) y de actos necesarios ( ej. Comprar pan o remedios)

Perú Excluido

Brasil ExcluidoSe ha discutido su inclusión, hay problemas frente a la delimitación en la responsabilidad patronal

Fuente: EUROSTAT (Estadisticas del trabajo Unión Europea)

Asia

América

Comparativo de varios paises frente a la inclusión del accidente "in itinere"

Pais

Europa

Australia

Accidente In Itinere Observaciones

Holanda ExcluidoReino Unido

ExcluidoSe excluyen tambien los que ocurran fueran del lugar de trabajo aun en horas laborales y con encargo (seguro responsabilidad automoviles)

España Incluido**** Que ocurra en el camino de ida o vuelta. - Que no se produzcan interrupciones por tareas no habituales en el desplazamiento entre el lugar de trabajo y el lugar del accidente. - Que se emplee el itinerario habitual.

Noruega ExcluidoDinamarca Excluido Las prestaciones son las mismas o similares a las de riesgo comúnFinlandia Incluido Solo se incluyen cuando se va al trabajo, no en el regreso.Portugal Incluidos IT: máximo 70% salarioBélgica Incluido IT: máximo 90% salario (En Colombia es del 100% y a partir del día siguiente)

SuizaExcluido a cargo del empleador, e incluido a cargo del trabajador

El empleado debe pagar las contribuciones él mismo, no el empresario

ItaliaExcluido (sólo incluido bajo condiciones especiales)

Incluido cuando el accidente ocurre en un camino privado que conduce a la compañía del empresario (largo y peligroso) o en un medio de transporte puesto a disposición por el empresario IT: 60% (por 28 días) 80% (después)

Alemania Incluido Las prestaciones son las mismas o similares a las de riesgo común

Union Europea

Recomienda Excluirlo de Todas las legislaciones Nacionales

Nueva Zelanda

Excluido (sólo incluido bajo condiciones especiales)

Regulación especial para los perjuicios sufridos en vehículos a motor, no para los accidentes in itinere en general: incluidos cuando el accidente ocurre en un medio de transporte puesto a disposición por el empresario, o cuando se está en camino hacia un médico después de haber sufrido alguna herida o daño físico relacionado con el trabajo

Hong Kong Incluido Seguro privado y las tarifas se pactan entre el asegurdaor y la empresaIndia Excluido

EE.UU.Incluido en la mayoría de los estados

Prestaciones diferentes según el estado

Argentina IncluidoSe excluye el dolo y fuerza mayor, Incapacidad Temporal se paga desde el día 11 (en Colombia desde el dia siguiente)

Mexico IncluidoSe excluye culpa de la victima, violencia, la pensión de invalidez requiere periodo mínimo de cotización (250 semanas), no hay indemnización sustitiva (en Colombia sí y no hay periodo de carencia)

Chile IncluidoExigencias: trayecto racional, sin interrupción, salvo aquéllas que se deben aactos rutinarios y no de mero capricho (ej. Ira dejar o buscar a hijos al colegio) y de actos necesarios ( ej. Comprar pan o remedios)

Perú Excluido

Brasil ExcluidoSe ha discutido su inclusión, hay problemas frente a la delimitación en la responsabilidad patronal

Fuente: EUROSTAT (Estadisticas del trabajo Unión Europea)

Asia

América

Comparativo de varios paises frente a la inclusión del accidente "in itinere"

Pais

Europa

Australia

Accidente in itinere

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

Accidente In Itinere ObservacionesHolanda ExcluidoReino Unido

ExcluidoSe excluyen tambien los que ocurran fueran del lugar de trabajo aun en horas laborales y con encargo (seguro responsabilidad automoviles)

España Incluido**** Que ocurra en el camino de ida o vuelta. - Que no se produzcan interrupciones por tareas no habituales en el desplazamiento entre el lugar de trabajo y el lugar del accidente. - Que se emplee el itinerario habitual.

Noruega ExcluidoDinamarca Excluido Las prestaciones son las mismas o similares a las de riesgo comúnFinlandia Incluido Solo se incluyen cuando se va al trabajo, no en el regreso.Portugal Incluidos IT: máximo 70% salarioBélgica Incluido IT: máximo 90% salario (En Colombia es del 100% y a partir del día siguiente)

SuizaExcluido a cargo del empleador, e incluido a cargo del trabajador

El empleado debe pagar las contribuciones él mismo, no el empresario

ItaliaExcluido (sólo incluido bajo condiciones especiales)

Incluido cuando el accidente ocurre en un camino privado que conduce a la compañía del empresario (largo y peligroso) o en un medio de transporte puesto a disposición por el empresario IT: 60% (por 28 días) 80% (después)

Alemania Incluido Las prestaciones son las mismas o similares a las de riesgo común

Union Europea

Recomienda Excluirlo de Todas las legislaciones Nacionales

Nueva Zelanda

Excluido (sólo incluido bajo condiciones especiales)

Regulación especial para los perjuicios sufridos en vehículos a motor, no para los accidentes in itinere en general: incluidos cuando el accidente ocurre en un medio de transporte puesto a disposición por el empresario, o cuando se está en camino hacia un médico después de haber sufrido alguna herida o daño físico relacionado con el trabajo

Hong Kong Incluido Seguro privado y las tarifas se pactan entre el asegurdaor y la empresaIndia Excluido

EE.UU.Incluido en la mayoría de los estados

Prestaciones diferentes según el estado

Argentina IncluidoSe excluye el dolo y fuerza mayor, Incapacidad Temporal se paga desde el día 11 (en Colombia desde el dia siguiente)

Mexico IncluidoSe excluye culpa de la victima, violencia, la pensión de invalidez requiere periodo mínimo de cotización (250 semanas), no hay indemnización sustitiva (en Colombia sí y no hay periodo de carencia)

Chile IncluidoExigencias: trayecto racional, sin interrupción, salvo aquéllas que se deben aactos rutinarios y no de mero capricho (ej. Ira dejar o buscar a hijos al colegio) y de actos necesarios ( ej. Comprar pan o remedios)

Perú Excluido

Brasil ExcluidoSe ha discutido su inclusión, hay problemas frente a la delimitación en la responsabilidad patronal

Fuente: EUROSTAT (Estadisticas del trabajo Unión Europea)

Asia

América

Comparativo de varios paises frente a la inclusión del accidente "in itinere"

Pais

Europa

Australia

Accidente In Itinere ObservacionesHolanda ExcluidoReino Unido

ExcluidoSe excluyen tambien los que ocurran fueran del lugar de trabajo aun en horas laborales y con encargo (seguro responsabilidad automoviles)

España Incluido**** Que ocurra en el camino de ida o vuelta. - Que no se produzcan interrupciones por tareas no habituales en el desplazamiento entre el lugar de trabajo y el lugar del accidente. - Que se emplee el itinerario habitual.

Noruega ExcluidoDinamarca Excluido Las prestaciones son las mismas o similares a las de riesgo comúnFinlandia Incluido Solo se incluyen cuando se va al trabajo, no en el regreso.Portugal Incluidos IT: máximo 70% salarioBélgica Incluido IT: máximo 90% salario (En Colombia es del 100% y a partir del día siguiente)

SuizaExcluido a cargo del empleador, e incluido a cargo del trabajador

El empleado debe pagar las contribuciones él mismo, no el empresario

ItaliaExcluido (sólo incluido bajo condiciones especiales)

Incluido cuando el accidente ocurre en un camino privado que conduce a la compañía del empresario (largo y peligroso) o en un medio de transporte puesto a disposición por el empresario IT: 60% (por 28 días) 80% (después)

Alemania Incluido Las prestaciones son las mismas o similares a las de riesgo común

Union Europea

Recomienda Excluirlo de Todas las legislaciones Nacionales

Nueva Zelanda

Excluido (sólo incluido bajo condiciones especiales)

Regulación especial para los perjuicios sufridos en vehículos a motor, no para los accidentes in itinere en general: incluidos cuando el accidente ocurre en un medio de transporte puesto a disposición por el empresario, o cuando se está en camino hacia un médico después de haber sufrido alguna herida o daño físico relacionado con el trabajo

Hong Kong Incluido Seguro privado y las tarifas se pactan entre el asegurdaor y la empresaIndia Excluido

EE.UU.Incluido en la mayoría de los estados

Prestaciones diferentes según el estado

Argentina IncluidoSe excluye el dolo y fuerza mayor, Incapacidad Temporal se paga desde el día 11 (en Colombia desde el dia siguiente)

Mexico IncluidoSe excluye culpa de la victima, violencia, la pensión de invalidez requiere periodo mínimo de cotización (250 semanas), no hay indemnización sustitiva (en Colombia sí y no hay periodo de carencia)

Chile IncluidoExigencias: trayecto racional, sin interrupción, salvo aquéllas que se deben aactos rutinarios y no de mero capricho (ej. Ira dejar o buscar a hijos al colegio) y de actos necesarios ( ej. Comprar pan o remedios)

Perú Excluido

Brasil ExcluidoSe ha discutido su inclusión, hay problemas frente a la delimitación en la responsabilidad patronal

Fuente: EUROSTAT (Estadisticas del trabajo Unión Europea)

Asia

América

Comparativo de varios paises frente a la inclusión del accidente "in itinere"

Pais

Europa

Australia

Accidente in itinere

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

  No. AT No. A. In Itinere % In itinere

Bélgica 226.164 22.993 10,2% Finlandia 117.176 16.170 13,8% Francia 849.572 89.592 10,5% Alemania 973.540 168.353 17,3% Italia 991.800 58.309 5,9% Japón 135.000 50.000 37,0% Portugal 234.192 12.325 5,3% España 1.016.670 78.482 7,7% Argentina 281.910 43.039 15,3%Promedio     12,30%

 No. Muertes

ocupacionalesNo. Muertes In Itinere % In itinere

Bélgica 232 105 45,3% Finlandia 60 27 45,0% Francia 1.301 615 47,3% Alemania 581 250 43,0% Italia 1.750 369 21,1% Japón 1.800 540 30,0% Portugal 368 69 18,8% España 1.544 443 28,7% Argentina 680 260 38,2%Promedio     31,7%

Accidente in itinereComparativo internacional

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

Accidente in itinereComparativo internacional (mortalidad)

71,3%52,7%

78,9%

53,7% 55,0%

84,2%

57,1%

28,7%47,3%

21,1%

46,3% 45,0%

15,9%

42,9%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

Spain France Italy Belgium Finland Portugal Germany

Percentage breakdown of accidents involving fatal injuries (2002)

Occupational accidents Commuting accidents

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

Fuente: Cámara de Riesgos Profesionales Fasecolda, Sistema Información Gremial

Accidente in itínere

Caso Colombiano: distribución de muertes en accidentes de trabajo según origen del evento

42% 42% 46% 48%

29% 28% 26% 24%

29% 30% 28% 28%

0%

20%

40%

60%

80%

100%

2005 2006 2007 2008

Propios Transito Violencia

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

96,6%

66,0%

3,0%

20,6%

0,4% 13,4%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

No. AT Costo

Violencia

Transito

Propios

Accidente in itinereCaso Colombiano: Distribución de accidentes de trabajoNúmero y costo (a junio de 2008)

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Abril de 2009 FASECOLDA, Cámara Técnica de Riesgos Profesionales

0% 5% 10% 15% 20% 25% 30% 35%

Agricultura, pesca

Minero

Industria

Electrico, gas y agua

Construcción

Comercio y restaurantes

Transporte y comunicaciones

Financiero

Temporales y cooperativas

Servicios

2008*

2007

2006

2005

Fuente: Cámara de Riesgos Profesionales Fasecolda, Sistema Información Gremial

Accidente in itinereCaso Colombiano: Distribución de muertes en accidentes de tránsito profesionales por sector económico

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No. Muertes No. HeridosTotal accidentes de tránsito en Colombia año 2007 4.766 36.618 Proyecciónes:Si se exceptuan los domingos 3.741 30.210 Si se contabilizan sólo accidentados mayores de 15 años (PET) 3.464 26.746 Si se aplica a la población ocupada dependiente (24,9% de la PET)* 862 6.660 Si se contabilizan solo accidentes en horas pico de trayectos casa - trabajo - casa: entre 5 y 9 a.m., las 12 y 14 (restando un 20% de municipios grandes) y, las 16 y 20.

369 3.388

Probables In itínere 369 3.388

*Sin independientes, ni informales

( Solo incluye efectos por mortalidad y pensión de sobrevivencia, NO INCLUYE prestaciones asistenciales, ni prestaciones económicas por indemnizaciones por incapacidad permanente parcial, pensiones de invalidez,

ni auxilio funerario)

ESTIMATIVOS DE MORTALIDAD POR ACCIDENTES IN ITINEREPOR ACCIDENTES DE TRANSITO, NO INCLUYE EVENTOS ASOCIADOS A VIOLENCIA (ATRACOS, HOMICIOS, ASALTOS, ROBOS CON LESIONES PERSONALES) NI OTROS

ACCIDENTES QUE PUEDEN OCURRIR DURANTE EL TRAYECTO

Estimativos de mortalidad con datos del Fondo de Prevención Vial

Accidente in itinere

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( Solo incluye efectos por mortalidad y pensión de sobrevivencia, NO INCLUYE prestaciones asistenciales, ni prestaciones económicas por indemnizaciones por incapacidad permanente parcial, pensiones de invalidez,

ni auxilio funerario)

ESTIMATIVOS DE MORTALIDAD POR ACCIDENTES IN ITINEREPOR ACCIDENTES DE TRANSITO, NO INCLUYE EVENTOS ASOCIADOS A VIOLENCIA (ATRACOS, HOMICIOS, ASALTOS, ROBOS CON LESIONES PERSONALES) NI OTROS

ACCIDENTES QUE PUEDEN OCURRIR DURANTE EL TRAYECTO

Estimativos de mortalidad con datos del Fondo de Prevención Vial

Estimativos*Con datos Fondo

de Prevención Vial

Si aplicamos el promedio

internacional**Accidentes de trabajo 2007 (sin ISS) 315.392 315.392

Accidentes In tinere con heridos (adicionales) 3.388 46.300

Accidentes de trabajo + In tinere con heridos 318.780 361.692

Muertes en accidentes de trabajo 2007 (sin ISS) 370 370

Muertes en accidentes In tinere (adicionales) 369 127

Muertes en accidentes de trabajo más in itinere 739 497 Incremento

No. Accidentes 1,1% 14,7%No. Muertes 99,7% 34,2%

**Para accidentes In itinere 14,7% (entre 5,3% y 37% con definición restrictiva), para muertes In itinere 34,2%

Accidente in itinere

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4. Ampliación de cobertura

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Propuesta legislativa:“ … Los trabajadores independientes e informales, sin ninguna clase de

contrato o vinculación, por oficio, labor o actividad económica, los que podrán afiliarse al Sistema General de Riesgos Profesionales por intermedio de sus agremiaciones o asociaciones” (HS Gloria Inés Ramírez)

Ampliación de cobertura

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• Disparidad de grupos laborales comprendidos en la gran categoría “independientes” e “informales”

• Inaplicabilidad de las normas del sistema de riesgos profesionales diseñado sobre la relación empleador-trabajador y la cobertura del riesgo creado por el empleador

• En materia de trabajadores independientes, se sugiere mantener la naturaleza de su afiliación voluntaria y condicionada a reglamentación del Gobierno Nacional

Ampliación de cobertura

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5. Cobertura Permiso Sindical

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Propuesta legislativa:“ … También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido

durante el ejercicio de la actividad sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical” (HS Gloria Inés Ramírez)

Cobertura del permiso sindical

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• Actividades NO relacionadas con un riesgo creado por el empleador.

• No son funciones propias de la relación contractual laboral• No pueden ser controladas o controlables por el

empleador.• Restringirlas vulnera el derecho de asociación.• Cobertura ya asumida por los sistemas de salud y

pensiones dada la no relación con la actividad laboral.• Asumir esta cobertura implicaría modificar las notas

técnicas de todos los subsectores

Cobertura Permiso Sindical

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6. Modificación distribución de las cotizaciones

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Propuesta legislativa:“ … Del noventa y cuatro por ciento (94%) de la cotización, la entidad

administradora de riesgos profesionales destinará como mínimo el veinte por ciento (20%) para lo siguiente…” (HS Gloria Inés Ramírez)

“…Los gastos de administración de las entidades Administradoras de Riesgos Profesionales en ningún caso podrán exceder el ocho por ciento (8%) del total de sus ingresos operacionales.” (Conciliación)

Modificación distribución de las cotizaciones

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• La distribución del 94% depende de la siniestralidad, la cual no puede limitarse.

• Si la siniestralidad se incrementa, los demás costos del sistema disminuyen entre ellos la inversión en promoción y prevención.

• Es necesario hacer ajustes al Plan Único de Cuentas.• Modificar la distribución del 94% sin un estudio serio

financiero y actuarial pone en riesgo la sostenibilidad del sistema.

Modificación distribución de las cotizaciones

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• El sistema de riesgos profesionales ha tenido sistemáticamente un resultado técnico negativo.

• Hay temas pendientes por definir que impactan el sistema de Riesgos Profesionales– La revisión del régimen de reservas del sector asegurador– La modificación de la tabla de mortalidad– La tasa de interés técnico aplicable a las reservas matemáticas– El ajuste del salario mínimo– La carga de enfermedad profesional

Modificación distribución de las cotizaciones

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7. Conclusiones

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Cualquier modificación en la cobertura, en los beneficios otorgados o en la administración de los riesgos profesionales, debe estar sustentada en los respectivos estudios financieros y actuariales que garanticen la sostenibilidad a futuro del sistema de riesgos profesionales y por tanto una revisión del esquema tarifario a cargo de los empleadores

Conclusiones