embriones humanos

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Intervención en embriones humanos El uso y el abuso de los embriones

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Health & Medicine


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Page 1: Embriones humanos

Intervención en embriones humanos

El uso y el abuso de los embriones

Page 2: Embriones humanos

El embrión humano se ha convertido en:

- Objeto de investigación y experimentación

- Depósitos de células y tejidos

- Material para el comercio

Page 3: Embriones humanos

1. El comercio de embriones humanosEl comercio de embriones humanos vivos, muertos y con cualquier finalidad (Trasplantes, industria cosmética, etc. es ilícito).

LO QUE ES LÍCITO O ILÍCITO HACER RESPECTO A LOS DEMÁS HOMBRES LO ES TAMBIÉN RESPECTO AL EMBRIÓN.

Page 4: Embriones humanos

2. Investigación con embriones humanos

Para que la investigación, entendida como procedimiento de observación de un fenómeno o verificación de una hipótesis sea lícita, se deben verificar las siguientes condiciones:

Page 5: Embriones humanos

- Certeza de no dañar ni la vida ni la integridad del embrión.

- Consentimiento informado y libre de los padres.

- Finalidad realmente científica no alcanzable de otro modo y no simple curiosidad.

Page 6: Embriones humanos

3. Experimentación con embriones humanos

Intervención en la cual el ser humano es el objeto en el cual se pretende verificar el efecto.

Page 7: Embriones humanos

3. Experimentación con embriones humanos

Experimentación terapéutica: Dirigida a prevenir o curar enfermedades en el embrión. Se debe hacer con el consentimiento de los padres y guardar las siguientes condiciones:

- Respeten la vida y la integridad.

- Se dirijan a restablecer la salud o aliviar el sufrimiento.

- No comporten riesgos desproporcionados.

Page 8: Embriones humanos

3. Experimentación con embriones humanos

Experimentación pura: Es la dirigida solamente al progreso técnico-científico. El embrión con su condición humana no puede ser tratado como una cosa u objeto, por tal motivo no es lícita la experimentación pura.Es una ofensa a la dignidad de la persona usar un embrión humano como medio “terapéutico” para salvar a otra persona. Un fin bueno no puede ser alcanzado por un medio malo.

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4. Destino de los embriones crioconservados

El callejón sin salida

Page 10: Embriones humanos

4. Destino de los embriones crioconservados

Es dramático el caso de los embriones sobrantes crioconservados, es decir, aquellos embriones conseguidos a través de FIVET no implantados en el útero de la madre o creados a propósito para experimentación.

¿Qué hacer con ellos? Se ha cometido una grave injusticia, entonces ¿Cómo repararla?

Page 11: Embriones humanos

4. Destino de los embriones crioconservados

Propuestas inaceptables:- Utilizar tales embriones para la investigación o para usos terapéuticos, Es ilícito, porque implica tratarlos como simple “material biológico” y comportan su destrucción.

- Descongelar estos embriones y, sin reactivarlos, utilizarlos para la investigación como si fueran simples cadáveres.

Page 12: Embriones humanos

4. Destino de los embriones crioconservados

Otras propuestas:- Ponerlos a disposición de esposos estériles como “terapia” de infertilidad”No es éticamente aceptable por las mismas razones que hacen ilícita la procreación artificial heteróloga. Esta práctica implicaría además otros problemas de tipo médico, psicológico y jurídico.

- “Adopción prenatal”Es una loable intención de respetar y defender la vida humana pero presenta problemas éticos no diferentes a los ya mencionados.

Page 13: Embriones humanos

En definitiva, es necesario constatar que los millares de embriones que se encuentran en estado de abandono determinan una situación de injusticia que es de hecho irreparable. Por ello Juan Pablo II dirigió «una llamada a la conciencia de los responsables del mundo científico, y de modo particular a los médicos para que se detenga la producción de embriones humanos, teniendo en cuenta que no se vislumbra una salida moralmente lícita para el destino humano de los miles y miles de embriones “congelados”, que son y siguen siendo siempre titulares de los derechos esenciales y que, por tanto, hay que tutelar jurídicamente como personas humanas. Dignitas Personae

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