reglamento buena convivencia escolar...

51
COLEGIO"LOUIS PASTEUR” RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944 Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected] Comuna de Traiguén Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO LOUIS PASTEUR 2012 Elaborado por Revisado por Aprobado por Oficializado por Comunidad Educativa Encargada de proyectos Sostenedor Director Inspectoría General UTP Representante de los Docentes y Asistentes de la Educación Representante Centro General de Padres y Apoderados Representante Centro de Estudiantes Equipo de trabajo para revisión de Reglamento Interno del Colegio : Encargada de Proyectos Sostenedor Director Inspectoría General UTP Sostenedor y Director Deprov/Malleco (Mineduc) Aprobado por el Departamento Provincial de Educación en fecha 13 de julio 2012.

Upload: truongnga

Post on 02-Oct-2018

235 views

Category:

Documents


2 download

TRANSCRIPT

Page 1: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR

DEL COLEGIO LOUIS PASTEUR

2012

Elaborado por

Revisado por

Aprobado por

Oficializado por

Comunidad Educativa

Encargada de proyectos

Sostenedor

Director

Inspectoría General

UTP

Representante de los

Docentes y Asistentes de

la Educación

Representante Centro

General de Padres y

Apoderados

Representante Centro de

Estudiantes

Equipo de trabajo para

revisión de Reglamento

Interno del Colegio :

Encargada de Proyectos

Sostenedor

Director

Inspectoría General

UTP

Sostenedor y Director

Deprov/Malleco

(Mineduc)

Aprobado por el

Departamento

Provincial de

Educación en

fecha 13 de julio

2012.

Page 2: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

2

ÍNDICE

Contenidos Número de página

Introducción………………………………………………………………………….03

Objetivos……………………………………………………………………………..04

Conceptos……………………………………………..……………………………...05

Título I: Sobre Convivencia Escolar ………………………………………………...11

Título II: Sobre Derechos y deberes de los Padres y/o apoderados y

Estudiantes………………………………………………………………………... 20

Título III: Sobre Normas de Asistencia, Puntualidad y Permiso de salida de

estudiantes…………………………………………………………………………...29

Título IV: Sobre Normas de presentación personal de los

estudiantes…………………………………………………………………………...32

Título V: Sobre Normas del cuidado de los recursos físicos y materiales del

Colegio………………………………………………………………………………35

Título VI: Sobre Normas de Paseos, Giras y Actividades Grupales extraaulas que

realizan los estudiantes……………………………………………………………...36

De la representación pública de los estudiantes del establecimiento.

Título VII: Sobre faltas, procedimientos y criterios de sanción ……………………. 40

Título VIII: Sobre protocolo en caso de enfermedades y/o accidente escolar............ 48

Titulo IX: Sobre normas que regulan la relación entre el establecimiento con

instituciones y organismos de la comunidad…………………………………………50

Título X: Disposiciones finales…………………………………………………....... 51

Page 3: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

3

Reglamento Interno y de Buena Convivencia Escolar

Colegio Louis Pasteur

INTRODUCCIÓN

La buena convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los

miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las

personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un

proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a

que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus

derechos y cumplir sus deberes correlativos.

La buena convivencia en el ámbito escolar, elemento que aporta a la formación

integral, sólo se logra en un marco de responsabilidad donde el cumplimiento de las normas,

tanto por parte de los alumnos como de los profesionales que orientan el aprendizaje, sea

una constante tendiente a garantizarla. El óptimo resultado de la labor educativa, dependerá

del grado de compromiso con que cada integrante de la comunidad educativa asuma la

responsabilidad que le corresponda en función del rol que desempeña.

El presente Reglamento Interno de Buena Convivencia Escolar del Colegio Louis Pasteur, es

un instrumento de gestión de carácter formativo que tiene por finalidad promover el

desarrollo personal y social de los estudiantes, contemplando al mismo tiempo a los demás

actores de la comunidad educativa. Con especial énfasis en una formación que favorezca la

prevención de toda clase de violencia o agresión, se dicta en cumplimiento de la normativa

legal vigente y su cumplimiento es obligatorio para la Comunidad Educativa; su texto se

inspira en los principios y valores que definen nuestro Proyecto Educativo:

“Nuestro compromiso es formar niños/as y jóvenes dotados de valores humanistas y con

sólidas competencias académicas que le permitan enfrentar con éxito la continuación de

estudios superiores. Trataremos de promover la articulación entre todos los ciclos y niveles

dando unidad didáctico-pedagógica al colegio, desarrollando sus capacidades de acuerdo a

los conocimientos, habilidades y actitudes según lo determinan la LGE y las Bases

Curriculares de cada nivel (parvularia, básica y media).

Page 4: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

4

OBJETIVOS

1.1.- Ser una guía orientadora para padres, alumnos, profesores y funcionarios en general, en

el ámbito de la convivencia escolar.

1.2.- Normar las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa del colegio Louis

Pasteur adecuando los estilos de convivencia escolar a los requerimientos de la sociedad

actual, favoreciendo la prevención de toda clase de discriminación, violencia o agresión.

1.3.- Establecer protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que deberán

estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones

reparatorias para los afectados.

1.4.- Disponer las pautas de comportamiento apropiado a la convivencia y formular las

sanciones que correspondan a las transgresiones de dichas pautas mediante procedimientos

de debido proceso, justos, rápidos y efectivos, que garanticen mantener un clima de buena

convivencia.

1.5.- Resaltar los derechos, deberes y responsabilidad de los padres y/o apoderados y de los

estudiantes del Colegio Louis Pasteur, en el ámbito de la convivencia escolar.

1.6.- Establecer normas sobre asistencia, puntualidad y permiso de salida de alumnos.

1.7.- Fijar normas sobre la presentación personal de los estudiantes.

1.8.- Disponer normas del cuidado de los recursos físicos del colegio.

1.9.- Establecer normas sobre paseos, giras y actividades grupales fuera del establecimiento.

1.0.-Establecer normas sobre la representación pública de los estudiantes

1.11.-Establecer protocolos en caso de accidente escolar.

Page 5: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

5

CONCEPTOS:

AGRESIONES: Se entiende por agresión verbal o escrita en cualquier formato,

expresiones derivadas de garabatos, insultos, improperios, sobrenombre; y por agresión

física, golpes, maltratos, riñas, peleas, ocasionando daño o perjuicio (lesiones).

AGRESIONES SEXUALES

Las agresiones sexuales son actos o hechos de connotación sexual realizados por una

persona mediante amenazas o fuerza o bien utilizando la seducción, el engaño o el chantaje

y que atentan contra la libertad o la seguridad sexual de otra persona, en este caso niño (a) o

adolescente. El responsable de la agresión sexual puede ser un adulto e incluso otro

adolescente o niño.

APELACIÓN: Es un acto de carácter escrito y formal, con su respectiva argumentación,

dirigida al Consejo Escolar debidamente firmada.

APODERADO TITULAR: Es el adulto mayor de edad que asume legalmente la

representación de un alumno, y tiene deberes y derechos expresados en este Reglamento.

Este Apoderado Titular deberá nombrar a un apoderado suplente, que quedará registrado en

la hoja de matrícula.

APODERADO SUPLENTE. Es la persona mayor de edad, autorizada expresamente y por

escrito por el Apoderado Titular para representarlo en caso necesario.

ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN: Se denominan Asistentes Educacionales

profesionales y no profesionales, a aquellos funcionarios que no pertenecen al estamento

Docente y cumplen labores de apoyo al proceso educativo.

AUSENTISMO PUNTUAL/ ESPORÁDICO: Se refiere a una ausencia a clases que

presenta el estudiante que no supera el 10% de inasistencias y están justificadas por el

apoderado.

Page 6: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

6

AUSENTISMO INTERMITENTE/ INTENSO: Se refiere a una ausencia a clases que

presenta el estudiante a partir del 10% y hasta el 19% de inasistencias y están justificadas

por el apoderado.

AUSENTISMO CRÓNICO: Se refiere a una ausencia a clases que presenta el estudiante

que supera el 20% o cuando se produce un abandono total del curso sin intención de

retomarlo a corto o medio plazo.

BUENA FE: Disposición de ánimo que lleva a proceder leal y sinceramente en las

relaciones con el prójimo. Es un principio básico y característico de todos los contratos que

obliga a las partes a actuar entre sí con la máxima honestidad, no interpretando

arbitrariamente el sentido recto de los términos convenidos.

BULLYNG: Acoso escolar (también conocido como hostigamiento escolar, matonaje

escolar) es cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico producido entre escolares

de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado. Violencia que se caracteriza por una

reiteración encaminada a conseguir la intimidación de la víctima, implicando un abuso de

poder en tanto que es ejercida por un agresor más fuerte (ya sea aquella fortaleza real o

percibida subjetivamente por la víctima). Cuando se trata de una manifestación del acoso

escolar que se produce mediante plataformas virtuales y herramientas tecnológicas, tales

como chats, blogs, fotologs, mensajes de texto para aparatos celulares, como correo

electrónico, servidores que almacenan videos o fotografías, páginas webs, teléfonos y otros

medios tecnológicos se denomina Ciberbullying.

COMPROMISO ESCOLAR ESCRITO: Contrato escrito entre el estudiante y su

apoderado con el Colegio, representado en uno de sus docentes y/o directivos, para superar

deficiencias de rendimiento y/o conductuales que no han logrado remediarse mediante

indicaciones directas del profesor de la asignatura o profesor jefe.

Page 7: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

7

COMUNIDAD EDUCATIVA: se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas

en un propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas,

padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación,

equipo docente directivo y sostenedor educacional.

CONDICIONALIDAD DE MATRÍCULA: Condición transitoria, impuesta con base en

aspectos conductuales y que advierten al apoderado y/o al estudiante de un comportamiento

no deseado de su parte.

CONFLICTO ESCOLAR: desencuentro eventual entre dos alumnos o integrantes de la

comunidad (discuten o pelean), antagonismo que se produce de manera abierta, no

existiendo un desequilibrio de poder entre las partes enfrentadas.

CONSEJO ESCOLAR: Organismo integrado por el sostenedor, un representante de los

Profesores, un representante del Centro General de Padres, un representante del Centro de

Alumnos , un representante de los Asistentes Educacionales, y el Director(a) del Colegio,

como presidente de dicho Consejo.

FALTA O TRANSGRESIÓN: Conducta que es incompatible con los valores y normas

deseados por la comunidad, que además de afectar el desarrollo del alumno, incide

negativamente en el cumplimiento de deberes y en la convivencia de éste con la sociedad.

CRA: Centro de Recurso para el Aprendizaje, corresponde a la biblioteca escolar cuya

misión es apoyar la implementación del currículum y generar instancias de aprendizaje, en

un espacio adecuado y que contenga todos los recursos de aprendizaje del establecimiento

GIRAS DE ESTUDIO: Se entenderá como actividades educativas que se realicen dentro

del territorio Nacional o Internacional y con el objeto de adquirir experiencias en los

aspectos económicos, sociales, culturales y cívicos de la vida de la región y del País, y que

contribuyan a su formación y orientación integrales (Artículo 1° Decreto N° 2822 de 18

Agosto de 1970 Ministerio de Educación).

Page 8: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

8

MARCO LEGAL:

Se refiere a los principios rectores y orientadores que le otorgan legitimidad y obligatoriedad

al reglamento interno y de buena convivencia escolar del Colegio Louis Pasteur, entre los

que se contemplan:

Constitución Política de la República de Chile.

Declaración de los Derechos Humanos.

Decreto 40 de enero de 1996

Decreto N° 2822 de fecha 18 de Agosto de 1970, sobre Viajes de Estudios,

Ministerio de Educación.

Decreto Supremo de Educación, Nº 240 del 1999 y Nº 220 de 1998, en lo que

respecta a los Objetivos Fundamentales Transversales.

Derecho a la Educación y Convivencia Escolar, Moneda: Instructivo Presidencial

sobre participación Ciudadana, y Política de Participación de Padres, Madres y

Apoderados en el Sistema Educativo, MINEDUC 2000.

Decreto 524 de Centros de Alumnos

Decreto Ley Nº 19418/ 95 del Centro General de Padres y Apoderados

Decretos 565/90 Reglamento Centro General de Padres y Apoderados

Decreto Supremo 313/72 que regula accidentes escolares, Ministerio del Trabajo y

Previsión Social.

Decreto N° 2822 de fecha 18 de Agosto de 1970, sobre Viajes de Estudios,

Ministerio de Educación.

Estatuto Docente

Instructivo presidencial sobre participación ciudadana

Ley General de Educación N° 20.370, publicada el 12/09/2009.

Ley 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza

Ley sobre subvención del Estado a Establecimientos Educacionales

El Código Civil

Ley 19.284, que establece normas para la plena Integración Social de personas con

Page 9: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

9

discapacidad

Ley de Subvención Escolar Preferencial

Ley N°16.744 de Seguro de Accidentes Escolares.

Ley Nº 20.244 de los Asistentes Educacionales

Ley del Trabajo

Ley de Delitos Sexuales

Ley de Maltrato Infantil

Ley19.223 sobre delitos informáticos, al nuevo Código Procesal Penal en su relación

con la Gestión de los Establecimientos Escolares.

Ley Nº 20.536 Sobre Violencia Escolar 17/09/2011

Ley 19.968, Tribunales de Familia.

Ley 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza.

Ley 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por

infracciones a la ley Penal.

Ley 19.733 Sobre libertades de Opinión e Información y ejercicio de Periodismo

Marco para la Buena Enseñanza

Marco para la Buena Dirección

Tratados Internacionales Ratificados por Chile. (Convención sobre los Derechos del

Niño, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Convención Americanas

sobre Derechos Humanos)

Proyecto Educativo Institucional.

Reglamento de Evaluación.

Reglamento Tipo Convivencia Escolar, MINEDUC, Septiembre 2010.

Reglamento de Higiene y Seguridad del Colegio.

Resolución Exenta 12608 del 30 de diciembre 1998 Mineduc, que modifica el

Decreto 2822/ 70

Page 10: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

10

PUNTUALIDAD: Es la característica de cumplir, eficientemente, una obligación en un

plazo anteriormente señalado.

UNIDAD DE MEDIACION ESCOLAR: Instancia que apoya en la resolución de conflicto

en caso requerido, conformada por un alumno(a) mediador (a), el profesor de aula y/o jefe y

el Inspector General.

SANCIÓN: Medida correctiva que implica una llamada de atención y de responsabilidad

para quien ha vulnerado una norma preestablecida por el Colegio Louis Pasteur.

Page 11: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

11

TÍTULO I

SOBRE CONVIVENCIA ESCOLAR

Artículo 1°: Derechos y deberes de la comunidad educativa.

1.1 Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una

buena convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto

mutuo y la tolerancia.

1.2 Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente

sano y a recibir la formación integral necesaria. En caso de que dicho ambiente no se

cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser

oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez,

están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de discriminación,

conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en

el esclarecimiento de los hechos denunciados.

Artículo 2°: Consejo Escolar.

2.1: En el Colegio Louis Pasteur, el Consejo Escolar está conformado por los siguientes

miembros:

a) Director

b) Sostenedor

c) Representante de los Docentes (Básica y Media)

d) Presidente del Centro General de Padres y Apoderados

e) Presidente del Centro de Estudiantes

f) Representante de los Asistentes de la Educación

g) UTP Básica

Para temas de Convivencia Escolar participará la Orientadora (Asistente Social),en

su rol de Encargada de Convivencia Escolar.

Page 12: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

12

2.2: El Consejo Escolar en lo referido a Convivencia Escolar tendrá las siguientes

atribuciones:

Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento

de un clima escolar sano.

Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del

establecimiento.

Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa

acerca de las consecuencias del maltrato, discriminación, acoso u

hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la buena

convivencia escolar.

Designar a uno o más encargados de convivencia escolar.

Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de

convivencia escolar.

Requerir a la Dirección del Colegio, a los Profesores o a quién corresponda,

informes, reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar.

Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones serán de su

propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los

profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los

procedimientos a seguir en cada caso.

Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes de acuerdo a su

carácter resolutivo.

Artículo 3°: Encargado de Convivencia Escolar.

En el Colegio Louis Pasteur, el encargado de Convivencia Escolar (Trabajadora

Social) será quien presida las reuniones del Consejo Escolar referidos a Convivencia

Escolar y deberá ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes de buena

convivencia escolar, investigar en los casos correspondientes e informar a la Dirección del

establecimiento sobre cualquier asunto relativo a la convivencia, además contará con una

Unidad de Apoyo a la mediación escolar en caso requerido.

En caso de ausencia del encargado de Convivencia Escolar, el Inspector General

queda facultado para asumir las funciones del Encargado de Convivencia Escolar.

Page 13: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

13

Artículo 4°: Prohibición de conductas contrarias a la buena convivencia escolar.

Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la buena

convivencia escolar. La encargada de convivencia escolar investigará, de conformidad a la

normativa interna del establecimiento, las conductas consideradas como maltrato escolar,

las que deberán ser debidamente explicitadas y, de ser pertinente, se aplicará un sistema

gradual de sanciones.

Artículo 5°: Definición de maltrato escolar.

5.1: Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física

o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o

cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con

independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda:

Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad

física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales.

Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.

Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico,

afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

5.2: Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:

Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender

reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de

cualquier otro miembro de la comunidad educativa.

Agredir verbal o psicológicamente a cualquier integrante de la comunidad educativa.

Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un

alumno u otro miembro de la comunidad educativa, por ejemplo utilizar

sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas etc.

Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición

social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia

étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o

cualquier otra circunstancia.

Page 14: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

14

Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante

de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de textos,

correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios

webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico ,virtual o electrónico.

Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato

escolar.

Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos

de delito.

Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o

contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se

haya hecho uso de ellos.

Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o

sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea el interior del colegio o en

actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.

Artículo 6°: PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MEDIACIÓN ESCOLAR

Definición de mediación escolar: Es una técnica de resolución pacífica de conflicto en la

cual una persona o grupo que no es parte del conflicto ayuda a las partes en conflicto a

llegar a un acuerdo y/o resolución de problema, el propósito es ayudar a las partes a

dialogar, escuchar y llegar a un acuerdo. El mediador(a) no interviene en la solución del

problema, solo facilita o ayuda a encontrar la salida. La pueden realizar directivos,

docentes o profesionales autorizados y capacitados para hacerlo.

Los programas de mediación forman al alumnado en actitudes y habilidades que les

lleva a una mejor comprensión de los conflictos que afrontan, a un autoconocimiento y

valoración de ellos mismos, al respeto a las demás personas, a la experimentación de

emociones y sentimientos positivos, a una correcta canalización de la agresividad, a

comunicarse efectivamente, a participar y a cooperar en el bienestar de todos.

6.1. Se podrá aplicar a quien incurra en conductas contrarias a la buena convivencia

escolar, y especialmente en los casos de violencia escolar, alguna o algunas de las

siguientes medidas o sanciones disciplinarias:

Page 15: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

15

- Descripción de aspectos de la mediación escolar:

Diálogo personal pedagógico y correctivo; o arbitraje pedagógico: será realizado

entre el profesor jefe y el estudiante afectado, en el cual se entregarán las

orientaciones suficientes para corregir la conducta no deseada. El objetivo será

restablecer la sana convivencia y evitar nuevas tensiones, por lo que el afectado

deberá recibir las debidas disculpas de parte de quien le hubiese ofendido.

Diálogo grupal reflexivo; será realizado entre la Encargada de la Buena

Convivencia Escolar, incorporando a Profesionales de la Red de Apoyo, profesores

y a los padres con los estudiantes involucrados, velando que también se escuche

debidamente al supuesto agresor, para que existan vías de solución mediante

acuerdo entre las partes.

Negociación: se utilizará para que ambas partes ganen el, “yo cedo y tú cedes”, “yo

doy y tú das”, “yo escucho y tú escuchas”. En esta técnica de resolución de

conflictos no hay terceros involucrados. Se realiza entre las partes afectadas.

Amonestación verbal;

Amonestación por escrito;

Comunicación al apoderado;

Citación al apoderado;

Derivación psicosocial (A través de redes de apoyo local y funcional)

Medidas reparatorias para la víctima de un maltrato y para el victimario. (según

manual de convivencia escolar), (ambas situaciones requerirán de atención de

profesionales para tal efecto, psicólogo, siquiatra, otros según la situación dada)

Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas

alcohólicas, las drogas o sustancias ilícitas;

Servicios comunitarios a favor del Colegio Louis Pasteur, tales como apoyo escolar

a otros alumnos, ayudantía a profesores, asistencia a cursos menores, reparación de

mobiliario, limpieza de patio, limpieza de salas, entre otras iniciativas;

Suspensión temporal; Se refiere a la separación del alumno de toda actividad

Page 16: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

16

académica o extracurricular, por un período que va de 3 a 20 días. La gradualidad

de la sanción está sujeta al exhaustivo análisis del caso por la instancia competente

que corresponda. Siempre será registrada en la hoja de observaciones del alumno y

de Inspectoría con citación y notificación al apoderado y/o tutor del alumno.

Condicionalidad de la matrícula del alumno; será motivo de condicionalidad la

suspensión de un alumno por más de cinco días. Siempre será registrada en la hoja

de observaciones del alumno con citación y notificación al apoderado o tutor del

alumno. La suspensión se aplica también a las actividades extracurriculares. El

Consejo Escolar puede levantar la condicionalidad si los méritos de comportamiento

y rendimiento del alumno lo ameritan en un plazo mínimo de 60 días.

No renovación de la matrícula para el próximo año escolar; o

Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos de especial

gravedad, debidamente fundamentados, y luego de haber agotado todas las medidas

correctivas anteriores, con pleno respeto al principio del debido proceso establecido

en las normas respectivas.

6.2.Si el responsable de la conducta contraria a la buena convivencia escolar, fuere un

funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas

internas, así como en la legislación pertinente.

6.3.Si el responsable de la conducta contraria a la buena convivencia escolar, fuere el padre,

madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrán disponer medidas como la

obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al

establecimiento.

Artículo 7°. Criterios de aplicación.

7.1.Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los

involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la

gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la

mayor protección y reparación del afectado y cambio de la conducta negativa del

responsable de la falta.

7.2. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los

siguientes criterios:

Page 17: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

17

La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas;

La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado;

La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como: La

pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores, el carácter vejatorio o

humillante del maltrato, haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u

ocultando el rostro, haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa, y

haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento.

La conducta anterior del responsable;

El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra;

La discapacidad o indefensión del afectado.

Artículo 8°. Obligación de denuncias de delitos:

Inspectores, Profesores y Asistentes de la Educación, deberán informar en primer

lugar al Director del establecimiento cualquier acción u omisión que revista caracteres de

delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones,

amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de

sustancias ilícitas u otros, para que éste realice la denuncia ante Carabineros de Chile, la

Policía de Investigaciones, la Fiscalía del Ministerio Público o los Tribunales competentes,

dentro de un plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de

lo dispuesto en los artículos 175 letra c) y 176 del Código Procesal Penal.

En ausencia del Director le corresponderá al Inspector General, Inspector, Profesor

y/o Asistente de la Educación según orden jerárquico.

Estas denuncias serán enviadas a correo de la fiscalía local quedando impresa y guardada

en la carpeta “Denuncia de delitos” en Inspectoría General y oficina de Encargada de

Convivencia Escolar.

Artículo 9°: Reclamos.

9.1: Todo reclamo por conductas contrarias a la buena convivencia escolar podrá ser

presentado en forma verbal o escrita ante la encargada de la convivencia escolar a fin de

que se dé inicio al debido proceso.

Page 18: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

18

Los reclamos escritos pueden hacerse vía correo electrónico o depositando hoja de

denuncia en buzón ubicado en oficina de la encargada de convivencia.

9.2: Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una

sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.

Artículo 10°: Protocolo de actuación respecto de las Denuncias y reclamos de Delitos.

10.1: Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de

las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confiabilidad,

privacidad y respeto por su dignidad y honra.

10.2: De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos

propios del colegio, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se

podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción

de la autoridad pública competente.

10.3: En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los

involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones

y la posibilidad de impugnarlas.

Artículo 11°: Deber de protección:

Los alumnos, alumnas, padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la

educación, así como los equipos docentes , directivos y sostenedor del establecimiento

educacional deberán propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia de

manera de prevenir todo tipo de acoso escolar y deberán informar las situaciones de

violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un estudiante o

miembro de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento, todo ello conforme

al reglamento interno del establecimiento.

Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica,

cometida por cualquier medio en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa,

realizada por quien detente una posición de autoridad, sea sostenedor, director, profesor,

asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la

comunidad educativa en contra de un estudiante.

Page 19: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

19

11.1: Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información

durante todo el proceso.

11.2: Si el afectado fuere un docente o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar

protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus

funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad.

Artículo 12°: Investigación.

12.1. La Asistente Social, como responsable de la Convivencia Escolar, deberá llevar

adelante la investigación, la cual no excederá del plazo máximo de 3 días hábiles, contados

desde el inicio de la denuncia, ampliables por otros 3 días, ampliación que será otorgada

fundadamente por el Consejo Escolar a petición escrita del encargado de la investigación,

entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier otra

medida que estime necesaria para su esclarecimiento.

12.2. Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotados la investigación, el

Encargado de la Convivencia Escolar, deberá presentar en un plazo de 24 horas un

INFORME al Consejo Escolar, proponiendo la aplicación de una medida o sanción si

procediere. En este caso la sanción deberá ser notificada a las partes personalmente y por

escrito en un plazo que no exceda las 48 horas para que ellas presenten dentro de dos días

hábiles sus descargos ante el Consejo Escolar.

Artículo 13°: Notificación a los Apoderados.

Al inicio de todo proceso en el que sea parte un alumno(a), se deberá notificar a sus

padres y/o apoderados. Dicha notificación se debe efectuar por cualquier medio idóneo en

forma personal y si en dos oportunidades consecutivas el apoderado no asiste a la citación,

se deberá enviar citación mediante correo certificado a su domicilio, quedando constancia

escrita de la citación correspondiente.

Artículo 14°: Citación a Entrevista.

14.1. Una vez recibidos los antecedentes, el Encargado de Convivencia Escolar deberá citar

a las partes y, en caso, al apoderado (a los padres o apoderados) del alumno(a) o los

Page 20: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

20

estudiantes involucrados, a una reunión dentro del tercer día que tendrá como principal

finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Esta entrevista será en presencia de alumnos

y/o solo entre padres.

14.2. En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la

indagación, por una sola vez en el año académico, acordando a cambio el cumplimiento de

determinadas condiciones por un período convenido , el que no podrá ser menor a un mes

ni superior a tres. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas, según resolución

fundada resuelta por la Encargado de Convivencia Escolar, se dará por cerrado el reclamo,

sin que el alumno reciba sanción, dejándose constancia de esta circunstancia.

TÍTULO II

SOBRE DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y/O APODERADOS Y DE

LOS ESTUDIANTES

Artículo 15º: Son Deberes de los Padres y Apoderados:

Respetar el Conducto regular propio de este Reglamento para cada situación.

Adherir a lo consignado por el Proyecto Educativo Institucional.

Responsabilizarse y responder ante el Colegio por el comportamiento de su

pupilo(a), según el Reglamento de Convivencia Escolar.

Efectuar visitas periódicas al Colegio para informarse del comportamiento,

rendimiento y otras actividades de su pupilo(a), de acuerdo a la disponibilidad

horaria de los Profesores Jefes, de subsectores, Inspectoría u otro estamento del

Colegio, el que será dado a conocer en la primera reunión de curso.

Asistir a todas las reuniones de apoderados fijadas y organizadas por el Colegio,

comunicando por escrito, al profesor jefe, cuando en casos de fuerza mayor no

pueda cumplir con esta norma, debiendo concurrir a la citación que se hará, en la

hora de atención de Apoderados. De no hacerlo y no existiendo justificación, el

Profesor Jefe, informará al Inspector General, quién citará por escrito al apoderado.

Si el apoderado persiste en su ausencia a reunión perderá la calidad como tal.

Page 21: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

21

El medio de comunicación entre el Colegio y el hogar será una agenda o libreta de

comunicaciones que el estudiante debe traer todos los días. El apoderado debe velar

porque su pupilo la porte todos los días y debe ser revisada a diario.

Participar e integrarse a las actividades educativas que el Colegio invita, como

forma de apoyo integral hacia su pupilo.

Asistir a entrevistas y/o citaciones del Colegio, motivados por un interés en apoyar

el proceso de formación académica y valórica de su pupilo(a).

Por razones de orden y seguridad, los apoderados no tienen acceso permitido a las

salas de clases, sin autorización.

Controlar que su pupilo(a) tenga un comportamiento acorde con los objetivos del

Colegio, ya sea dentro o fuera de éste, en especial cuando vista el uniforme en la vía

pública. Los apoderados son responsables por la seguridad de su pupilo en el

trayecto hacia el colegio y de su regreso a casa.

Velar porque la asistencia a clases de su pupilo(a) sea diaria y puntual,

comprometiéndose a justificar personalmente, de acuerdo a los procedimientos

establecidos, en Inspectoría las inasistencias y los atrasos de su pupilo(a). No se

aceptan justificaciones vía telefónica. El porcentaje mínimo legal de asistencia es de

85% ya que existe una Ley de Instrucción Primaria Obligatoria que obliga a los

padres y / o apoderados a enviar todos los días a clases a sus pupilos.

Supervisar diariamente la presentación y aseo personal de su pupilo.

Responsabilizarse respecto del uso del buzo deportivo por parte de su pupilo(a): se

vestirá exclusivamente la jornada que tenga Educación Física. También se vestirá

en aquellas ocasiones, cuando las actividades programadas lo dispongan, dándole

aviso al alumno en forma oportuna.

No interrumpir el normal funcionamiento en las horas de clases. Evitar trámites o

consultas médicas que involucren a su pupilo durante el horario de clases, para no

interferir y perjudicar el proceso de enseñanza-aprendizaje.

Responsabilizarse porque su pupilo(a) haga un uso adecuado de los equipos

electrónicos, de audio o teléfono celular que eventualmente el (la) alumno(a) trajere

al colegio y cuyo uso está totalmente prohibido en la sala de clases, y de cuya

pérdida o daño el Colegio no se hace responsable. En caso que alguno de estos

Page 22: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

22

objetos sea retenido, será el apoderado quien deberá concurrir para retirarlo a

Inspectoría, firmando el documento respectivo.

Velar porque su pupilo(a) mantenga un buen rendimiento en todas las asignaturas

del Plan de Estudio y supervisar a diario sus obligaciones con el Colegio, tales

como: pruebas, trabajos de investigación.

Velar porque las condiciones de alimentación y salud de su pupilo(a) sean

adecuadas a las necesidades de un alumno(a) en etapa escolar.

Reponer, pagar o reparar, según corresponda, algún material o elemento del Colegio

o de algún integrante de la comunidad educativa que su pupilo rompa, destruya o

extravíe, como consecuencia de actos de indisciplina o por accidente.

Mantener un trato deferente y respetuoso con todos los miembros de la comunidad

escolar, sin excepción.

Hacer devolución inmediata de todo el material que no corresponda a su pupilo(a),

y que llegue a su hogar, aunque éste sea insignificante.

Facultar a Encargada de la convivencia para investigar actos no deseados, como

resguardo preventivo de acciones o conductas no aceptadas y tipificadas en el

Reglamento de Convivencia Escolar.

Aceptar medidas que determine el Consejo Escolar en caso de haber sido

sancionado por violencia escolar.

Actuar con máxima probidad y transparencia en caso de asumir funciones que le

signifiquen manejo de recursos económicos de un curso o centro de padres,

entregando balance anual del Curso al Director del Colegio.

En las reuniones de padres y apoderados estarán obligados a mantener normas de

comportamiento como las siguientes:

-Respetar ante todo la autoridad del (la) profesor (a), así como a las personas

elegidas por los propios padres y apoderados (presidente, secretario, tesorero,

delegados)

- Contribuir a la armonía y no generar conflictos.

- Aceptar las resoluciones cuando éstas surjan de la mayoría.

- No inferir ni gritar improperios.

- Comportarse de manera educada.

Page 23: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

23

- Cancelar oportunamente las cuotas acordadas por los apoderados.

- Cumplir con los compromisos adquiridos como integrante de un subcentro y frente

al Centro General de Padres y Apoderados.

El incumplimiento de lo estipulado en el artículo Nº 15 en forma reiterada por más

de 3 veces, significará la pérdida de su condición de Apoderado Titular y Suplente.

Artículo Nº16: Son Derechos de los Padres y Apoderados:

Ser atendidos por el personal directivo, docente y administrativo del colegio, en los

horarios establecidos o cuando la ocasión lo requiera.

Ser escuchados con la debida atención.

Recibir un trato deferente, por parte de todos los miembros de la comunidad

educativa.

Conocer la situación académica y de desarrollo personal de su hijo mediante

informes oficiales y entrevistas con los responsables del proceso.

Conocer toda la normativa que rige en el Establecimiento.

Recibir el Reglamento Interno y de Buena Convivencia Escolar.

Hacer uso del derecho de Libertad Religiosa, eximiendo a sus pupilos de la clase de

Religión, documento que firmará en el momento de la matrícula, no aceptándose

retiros en el inicio o transcurso del año escolar, si ha optado por la religión

impartida en el establecimiento.

Ser notificado de accidentes escolares sufrido por su pupilo, durante la jornada

escolar, con la finalidad de responsabilizarse de su traslado al centro asistencial.

Participar en actividades de apoyo a los objetivos del proceso enseñanza

aprendizaje.

Representar a su hijo en todas las instancias en que se requiera.

Participar en diálogos destinados a la resolución de conflictos y elaboración de los

acuerdos que se requiera.

Formar parte activa del Centro de Padres y Apoderados del Colegio.

Participar en las actividades programadas para padres de familia. (Escuela para

Page 24: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

24

Padres).

Ser informado de los procedimientos a seguir en situaciones específicas de

reclamos.

Artículo Nº 17: Son Deberes de los Estudiantes:

Cumplir responsablemente con la jornada diaria de trabajo, siendo puntual en la

hora de llegada al establecimiento y en cada hora de clases, como en otras

actividades en las que se haya comprometido.

Asistir obligatoriamente a todas las clases y actividades programáticas y extra

programáticas.

Presentarse con los útiles o materiales exigidos en cada sector de aprendizaje y

cuidarlos debidamente.

Cumplir oportunamente con tareas y trabajos.

Dedicar a sus estudios el correspondiente tiempo adicional al trabajo en el aula para

obtener aprendizajes significativos. Para un aprendizaje significativo y sistemático

se recomienda una hora mínima de estudio diario.

Adoptar una actitud de compromiso frente a cada sector de aprendizaje,

manteniendo un comportamiento que favorezca el desarrollo de las clases y de todas

las actividades planificadas por el establecimiento.

Para el logro de aprendizajes significativos, es indispensable que el estudiante

aplique la premisa aprender-haciendo.

Esforzarse por lograr los objetivos planteados en cada sector de aprendizaje. El

estudiante pondrá su mayor esfuerzo para lograr el éxito, buscando las estrategias

que le permitan avanzar en su proceso de aprendizaje, guiado por el docente.

Cumplir con las normas vigentes relativas a evaluaciones de acuerdo al Reglamento

de Evaluación del Colegio Louis Pasteur.

Permanecer en la sala de clases mientras se desarrollan las actividades lectivas y

sólo salir de ella con la autorización escrita del profesor respectivo. Para efectos de

esta norma, entiéndase por sala de clases: aula, laboratorios, sala de informática,

C.R.A., gimnasio u otro recinto.

Page 25: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

25

Respetar y mantener su decisión de electividad de asignaturas, para efectos de

asignaturas lectivas y del Plan Diferenciado en NM3 y NM4. Los alumnos (as),

podrán modificar su elección sólo durante el mes de marzo.

Cumplir en todo momento con las disposiciones relativas a la presentación personal

y al uso correcto del uniforme escolar contenidas en el artículo Nº 28 del presente

Reglamento.

Traer diariamente una Agenda y/o Libreta de Comunicaciones ya que es el medio

habitual que tiene el Colegio para comunicarse con el padre y/o apoderado.

Cuidar el entorno cuidado natural y los bienes materiales del colegio de acuerdo al

Título V del presente Reglamento.

Mostrar un trato amable, deferente y respetuoso hacia todos los miembros de la

comunidad escolar.

Respetar la propiedad intelectual. Se prohíbe la copia en pruebas y el plagio en

trabajos educativos.

Respetar los símbolos patrios y emblemas del colegio. Se espera que el estudiante

mantenga una actitud de respeto en el izamiento del pabellón patrio y en la

interpretación del Himno Nacional y de Francia, en los actos cívicos y académicos.

De la representación pública de los estudiantes del establecimiento.

Representar dignamente al Colegio en cualquier evento para el que sea elegido y en

relación a sus compañeros comunicar oportunamente a quien corresponda toda

conducta que conozca, contraria a las normas de este Reglamento, a las buenas

costumbres, a la moral o al orden público establecido, respetando al adulto que lo

acompaña.

- Todo estudiante debe participar, cuando se le requiera, en actos públicos, culturales

y sociales tales como; desfiles, actividades deportivas, recreativas, musicales,

concursos de declamación, concursos de lenguaje y comunicación, matemática o

ciencias. Visitas a universidades, museos, centros culturales, cubiertos por el

artículo 290/84 de las actividades extraescolares del Mineduc y decreto Nº 313/72

del Seguro Escolar del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Page 26: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

26

- Todo estudiante que represente al Colegio deberá ser autorizado por Inspectoría

General, quien se encargará de comunicar por escrito a los docentes con los cuales

le correspondía clases el día de la actividad.

- Será responsabilidad del estudiante que represente al Colegio estar al día con los

contenidos tratados en clases y/o solicitar la información. El docente deberá dar las

facilidades y tener la disposición para responder las dudas sobre los contenidos

tratados en su ausencia. Si ese día le correspondía una evaluación escrita se le

evaluará la clase siguiente.

- Ningún estudiante podrá arrogarse la representación del Colegio en eventos

públicos u otros sin la debida autorización.

- Todo estudiante que cometa una acción contraria con la ética, la moral y las buenas

costumbres fuera del Colegio vistiendo uniforme de la institución, será sancionado

de acuerdo a la gravedad de la falta según los criterios del manual de convivencia

escolar, quedando un registro en la hoja de vida, en la cual se describirán los hechos

con firma del estudiante, apoderado y el personal del establecimiento.

- Todo estudiante que participe en actividades públicas dentro o fuera del Colegio

deberá tener un comportamiento de acuerdo a los valores y principios que promueve

el Colegio en su PEI, de lo contrario será sancionado con una amonestación en su

hoja de vida y citación al apoderado para mediar entre ambos.

- Todo estudiante que se comprometa a participar en actividades extraescolares y no

cumpliera en forma responsable, será considerado como falta grave aplicando una

sanción. (si es caso justificado no procede la amonestación)

- Todo estudiante que represente al colegio de acuerdo a las normas establecidas en

él, será estimulado con una observación positiva en su hoja de vida, y si su

representación es destacada, deberá ser publicada en el diario mural o boletín del

Colegio.

Artículo Nº 18: Son Derechos de los Estudiantes:

Recibir una educación integral en su dimensión intelectual, espiritual, social y

física, basada en los objetivos presentes en el Proyecto Educativo del

Establecimiento, que los estimule hacia valores positivos, que represente sus

intereses; además de la entrega de los contenidos incluidos en el Programa Oficial

Page 27: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

27

de Estudios del Mineduc. Así también, tiene derecho a recibir clases de buen nivel

académico y en concordancia con las nuevas estrategias metodológicas imperantes.

Recibir un trato deferente por parte de cualquier funcionario del establecimiento, el

que ha de retribuir con una actitud respetuosa para con ellos. El trato a los alumnos

y alumnas debe considerar en todo momento: La etapa de desarrollo de los

alumnos, basada en una actitud de respeto y compromiso, entrega de valores y

actitudes positivas por parte de cualquier profesor, directivo y funcionario del

establecimiento. Serán tratados con respeto, comprensión y justicia, sin

consideración o prejuicios de su etnia, sexo, religión, estrato socio-económico,

situación académica o disciplinaria o cualquier otra consideración de minoría.

Ser escuchado y atendido por los miembros de la comunidad escolar que

corresponda, de acuerdo a las diferentes instancias según sea el caso, a la brevedad.

Los alumnos tienen derecho a entrevistarse con las diferentes instancias o personas

que consideren necesario, siguiendo los conductos regulares establecidos, siendo

éste: profesor de asignatura, profesor jefe, Unidad Técnica y/ o Insectoría General,

Dirección, si desea hacer algún planteamiento personal o representativo, con el

debido respeto hacia la autoridad

Recibir la atención especializada que el Establecimiento pueda ofrecerle, para

superar las dificultades; sean éstas académicas y/o personales.

Conocer los objetivos, contenidos programáticos y criterios de evaluación de cada

sector de aprendizaje explicitados por el profesor. Los alumnos tienen derecho a

recibir la notificación de evaluaciones sumativas con una semana de anticipación,

no debiendo programárseles más de dos pruebas escritas en un día. Este criterio no

es válido para las evaluaciones de proceso. También, tienen derecho a ver sus

pruebas y conocer la escala de evaluación y puntaje asignado antes de su aplicación.

(Remítase a Reglamento de Promoción y Evaluación vigente del Colegio Louis

Pasteur).

Conocer oportunamente el resultado de sus evaluaciones y las observaciones que se

registren en su ficha escolar. Con posterioridad a cada evaluación, los alumnos

deberán conocer su resultado dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles. No

pueden rendir una evaluación sin conocer el resultado de la anterior. Al momento

Page 28: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

28

de recibir calificación de la evaluación, el alumno podrá pedir una revisión si

considera que ésta no corresponde. (Remítase a Reglamento de Promoción y

Evaluación)

Realizar tareas inherentes a las actividades del Centro de Estudiantes. Los alumnos

tienen derecho a elegir a los miembros del Centro de alumnos, en forma

democrática según calendario escolar del año lectivo. A su vez, tienen derecho a

participar en actividades programadas por ellos (Aniversario, Día del Alumno y Día

del Profesor).

Hacer uso del material didáctico disponible en el establecimiento. Los alumnos

tienen derecho a utilizar el material disponible para ellos en: C.R.A, Laboratorios,

Sala de Informática, Gimnasio y otros, respetando las normas y los horarios

establecidos por la Unidad Técnica e Inspectoría General, etc.) acompañados por

sus Profesores Asesores.

Continuar sus estudios encontrándose en estado de gravidez. Las alumnas

embarazadas no deberán ser discriminadas y se asegurará la continuidad de sus

estudios en el Colegio de acuerdo a la ley vigente Nº 20.370 General de Educación

de 2009.

Tener dentro del ámbito escolar, las condiciones para recrearse positiva y

adecuadamente, de acuerdo a los recursos existentes. Tienen derecho a programar y

participar en competencias deportivas, artísticas y socio-culturales, con la guía o

asesoramiento de un docente.

TÍTULO III

SOBRE NORMAS DE ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y PERMISO DE SALIDA

DE ALUMNOS (AS)

Artículo Nº19: Sobre la asistencia

La asistencia del alumno es obligatoria a todas las clases y actividades

programáticas y extra programáticas. Para el colegio es prioritario que los alumnos(as)

asistan regularmente a todas las clases, ya que tiene una directa relación con el rendimiento

escolar y con la continuidad del proceso de aprendizaje. De acuerdo al artículo 8 del

Page 29: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

29

Decreto Exento N ° 146 de agosto de 1989 del MINEDUC: “Para ser promovidos, los

alumnos deberán asistir a lo menos al 85% de las clases y actividades establecidas en el

calendario escolar anual y efectivamente realizadas”.

Artículo Nº20: Sobre el horario de clases de los estudiantes

Para cada nivel es el siguiente:

Sin jornada completa (JEC):

Pre kínder: lunes a viernes: 14:00 a 18:00 horas.

Kínder: lunes a viernes: 08:00 a 12:00 horas.

Con jornada escolar completa (JEC):

Nivel Básico: Lunes a Jueves: 08:05 horas a 13:05 horas y de 14:30 a 16:00,

Viernes: 08:05 horas. a 13:05 horas.

Nivel Medio: lunes a jueves: 08:05 horas a 13:05 horas y de 14:30 a 17:40 horas,

Viernes: 08:05 horas a 13:05 horas.

Artículo Nº21: Sobre la justificación por Inasistencia

Toda inasistencia debe ser justificada exclusivamente por el apoderado titular, o

Suplente o con certificado médico válidamente emitido, antes del reintegro a clases. Si el

alumno(a) no ha justificado su inasistencia, no podrá ingresar a clases. No se aceptarán

justificaciones telefónicas.

Artículo Nº22: Sobre protocolo en caso de Inasistencia

Deberá el Profesor Jefe tomar nota de los casos significativos que indican

ausentismo en cualquiera de sus grados, (Ausentismo puntual/ esporádico, Ausentismo

intermitente/ intenso y Ausentismo crónico) Ver conceptos para cada grado de ausentismo

en el presente Reglamento, para luego remitirlos a Inspectoría.

Inspectoría remitirá el caso de ausentismo escolar en cualquiera de sus grados a la Unidad

Técnica y a Encargada de la Unidad de Apoyo a la Buena Convivencia Escolar.

Page 30: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

30

En caso de Ausentismo crónico el Inspector comunicará esta situación a

Carabineros de acuerdo a la Ley de Instrucción primaria Nº 3654/1920.

Artículo Nº23: Sobre la justificación por Inasistencia a evaluaciones

En relación a la inasistencia a evaluaciones, el apoderado deberá justificar

personalmente con anterioridad a la evaluación, además en caso de enfermedad el alumno

deberá presentar certificado médico para reprogramar la evaluación. La no presentación a

una evaluación, sin justificación, significará que el alumno será evaluado al ingresar a la

jornada a clases o durante ella; quedando a criterio del docente la modalidad elegida.

(Remítase al Reglamento vigente de Promoción y Evaluación del Colegio Louis Pasteur)

Artículo Nº24: Sobre la puntualidad

Los alumnos(as) deberán llegar puntualmente a clases debiendo ingresar al

establecimiento cinco minutos antes del inicio de la Jornada escolar. Los alumnos(as)

atrasados(as) deberán presentarse en Inspectoría, donde se registrará su falta y se autorizará

el ingreso a través de un pase. Desde el segundo atraso en adelante, deberá justificar el

apoderado titular personalmente, sólo así podrá ingresar a clases. Los alumnos(as) que

lleguen atrasados después de 45 minutos deberán ser justificados por el apoderado titular o

suplente para ingresar a clases.

Artículo Nº25: Sobre prohibición de salidas del establecimiento

Para resguardar la seguridad del alumno(a) y facilitar el control eficiente de acceso

de terceros al Establecimiento, una vez que el alumno ha ingresado a las instalaciones del

Colegio, se prohíbe su salida dentro del horario normal de actividades, sean éstas con el

propósito de comprar alimentos, útiles o materiales escolares, sacar fotocopias u otros no

justificables reglamentariamente, salvo previa autorización del apoderado.

Page 31: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

31

Artículo Nº26: Sobre prohibición de salidas de salas de clases

Está prohibido salir de la sala en horario de clases, salvo excepciones debidamente

justificadas.

Artículo Nº 27: Sobre retiro anticipado de clases

En caso de que el alumno(a) deba retirarse antes de su horario normal, deberá

contar con autorización previa de Inspectoría.

Artículo Nº 28: Sobre autorización de salidas para estudiantes que almuerzan en el

Colegio.

Respecto a los alumnos(as) de NB1 a NB6 que almuerzan en el establecimiento no

tienen autorización para salir del establecimiento entre la 13:05 y 14:30 horas. Los

alumnos(as) del NM1 a NM4 podrán salir sólo con autorización previa del apoderado.

TÍTULO IV

SOBRE NORMAS DE PRESENTACION PERSONAL DE LOS ESTUDIANTES

Artículo Nº 29: Sobre la preocupación por la presentación personal

Los estudiantes del Colegio Louis Pasteur deberán caracterizarse por una

presentación personal que refleje una cuidadosa preocupación individual y familiar,

cumpliendo en todo momento con las disposiciones relativas a la presentación personal y al

uso correcto del uniforme escolar. La presentación de los alumnos(as), será evaluada al

azar.

Artículo Nº 30: Sobre el uniforme escolar

El uso del uniforme escolar es obligatorio. Todos los alumnos del Colegio deben

asistir a clases, correctamente uniformados, según las siguientes especificaciones:

Uniforme Formal Damas Varones

Blusa- Camisa Blanca Blanca

Falda Azul marino, en diseño especial para el Colegio

Page 32: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

32

El uniforme deportivo es de uso exclusivo para las clases de Educación Física o en

ocasiones cuando se le indique que debe ser usado, por tanto el estudiante no debe ingresar

a la sala de clases con su uniforme para uso exclusivo de clases de Educación Física, si

incurre en esta falta no podrá ingresar a la clase correspondiente.

Artículo Nº31: Sobre el uso de uniforme escolar formal en ocasiones especiales

El uso del uniforme escolar formal (camisa blanca, falda, corbata, blaizer, chaqueta con

la insignia colocada en forma destacada en el pecho, lado izquierdo) es obligatorio en las

siguientes ocasiones:

Ceremonia Oficial del Día del Colegio

Desfiles (uso de guantes blancos)

Pantalón Azul marino, se podrá usar en lugar de la falda en

época de invierno , excepto en ceremonias, actos y

eventos especiales

Gris, corte tradicional.

Corbata Diseño especial Diseño especial

Calcetas Azules o panties azul marino

Zapatos Negros Negros

Sweater Azul marino Azul marino

Polera Blanca en diseño especial Blanca en diseño especial

Blaizer /Chaqueta Azul marino, desde NB5 a NM4 Azul marino con solapas, desde

NB5 a NM4

Parka Azul o negra Azul o negra

Delantal Nivel Pre-básico: diseño especial

NB1 a NB4: cuadrillé azul

NB5 a NM4: delantal blanco (Uso obligatorio en las

clases de laboratorio, educación tecnológica y

artes visuales).

Nivel Pre-básico: diseño especial

NB1 a NB4: cotona beige

NB5 a NM4: delantal blanco (Uso

obligatorio en las clases de

laboratorio, educación

tecnológica y artes visuales).

Uniforme de

Educación Física

Damas Varones

Calza o Short Azul, propio del colegio Azul, propio del colegio

Buzo

En diseño especial, propio del colegio En diseño especial, propio del

colegio

Polera 2 poleras, 1 para recambio 2 poleras, 1 para recambio

Page 33: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

33

Ceremonia de Licenciatura.

Presentación a exposiciones, debates, formación del día lunes, ensayos. PSU,

SIMCE y /u otras Evaluaciones Estandarizadas.

Otros eventos que la Dirección determine.

Artículo Nº 32 Sobre la representación pública

Los alumnos mantendrán un buen comportamiento en los vehículos de transporte

propios del establecimiento o externos, en la vía pública y en los lugares que visiten,

quedando prohibido ejecutar actos tales como: usar vocabulario soez, pelear, tratar

mal al conductor, a los transeúntes, a los acompañantes, lanzar objetos por la

ventana, etc., respetando las normas establecidas en los lugares que visiten y/o

donde pernocten.

El incumplimiento de lo indicado en el artículo 32 será considerado falta leve; su

reiteración en tres oportunidades se considerará falta grave.

Artículo Nº33: Instrucciones para la presentación personal del estudiante

Los estudiantes del Colegio Louis Pasteur deben cuidar la presentación personal

siguiendo las siguientes indicaciones:

Los varones: Asistirán con su pelo corto, que no sobrepase el cuello de la camisa,

limpios y peinados de manera sobria, afeitados, todos los días, no podrán asistir a

clases con cortes o peinados de fantasía y con el pelo teñido con colores que no sean

naturales (rojo, verde, azul, violeta, otros), no podrán usar aros y piercing, no

podrán usar gorros o yoquis dentro del colegio, su uso es exclusivo para la calle.

Las damas: no podrán asistir con uñas pintadas de colores, usando maquillaje,

piercing o pelo teñido con colores que no sean naturales (rojo, verde, azul, violeta,

otros), no podrán usar gorros o yoquis dentro del colegio, su uso es exclusivo para

la calle. Podrán usar pantalón a partir de la primera semana de abril hasta el último

día hábil de septiembre del año lectivo. En el caso que alguna alumna por

Page 34: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

34

prescripción médica deba usar pantalón en el período en que se prohíbe, será

responsabilidad de Inspectoría General la autorización.

TÍTULO V

SOBRE NORMAS DEL CUIDADO DE LOS RECURSOS FÍSICOS Y

MATERIALES DEL COLEGIO LOUIS PASTEUR

Artículo Nº34: Sobre la responsabilidad de cuidar los recursos físicos y materiales del

Colegio.

Es responsabilidad de todos los miembros de la comunidad escolar cuidar los

recursos físicos y materiales del colegio. Cada curso dejará la sala limpia y ordenada al

término de cada período de trabajo. Asignando la responsabilidad de semanero a un grupo

de estudiantes, quienes deberán depositar la basura en los contenedores correspondientes

ubicados en el patio del Colegio.

Artículo Nº35: Sobre el uso del estacionamiento de bicicleta.

Los alumnos que usan bicicleta, la dejarán con candado en el estacionamiento

habilitado para ellas (el colegio no responde por pérdidas).

Artículo Nº 36: Sobre los deterioros de bienes muebles e inmuebles.

Los alumnos(as) cuidarán el mobiliario y toda dependencia del Establecimiento

(Sala de clases, pasillos, baños, biblioteca, casino, gimnasio y otras), absteniéndose de rayar

y dañar bancos, mesas, paredes, diarios murales, baños, textos de estudio de las clases, etc.

y deben utilizar racionalmente los bienes, muebles e inmuebles que forman parte del

patrimonio común del colegio, evitando perjuicio o deterioros.

Artículo Nº 37: Sobre los deterioros de material escolar.

Se debe devolver oportunamente y en buenas condiciones de uso, el material escolar

facilitado por el C.R.A. del Colegio Louis Pasteur, cumpliendo estrictamente con las

disposiciones del Reglamento Interno de esta Unidad. (Remítase a Reglamento Interno

CRA).

Page 35: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

35

Artículo Nº 38: Sobre la reposición en caso de daño o perjuicio.

Todo daño material causado por el estudiante deberá ser asumido por el causante,

debiendo cancelar en Inspectoría según el costo de la boleta de compra.

TÍTULO VI

SOBRE NORMAS DE PASEOS, GIRAS Y ACTIVIDADES GRUPALES

EXTRAAULAS QUE REALIZAN LOS ESTUDIANTES

Artículo Nº39: Sobre normas de paseos

El principal objetivo de los paseos es reforzar la convivencia y recreación entre los

estudiantes, aun cuando no constituyen una actividad inserta en el Plan de Estudios, tienen

el propósito de establecer una adecuada interacción social, intercambio de experiencias y

adquisición de destrezas sociales. Los paseos no pueden interferir las clases sistemáticas.

Los alumnos que participen en los paseos escolares estarán protegidos por el Seguro

Escolar, al que tienen derecho los alumnos regulares. No procederá en vacaciones de

invierno y después del término del año escolar.

En caso de realizarse un fin de semana el docente que participa en el paseo lo hace

en calidad de invitado.

Artículo Nº40: Sobre los objetivos de viajes de estudio.

Son objetivos de un viaje los siguientes:

a) Conocer, apreciar y valorar nuevos ambientes en su realidad geográfica, cultural, social,

económica e histórica de nuestro País y en el extranjero.

b) Convivir armónicamente entre los integrantes de la comunidad, a través del desarrollo de

hábitos, actitudes y valores que pondrán en práctica en las diversas actividades.

c) Proponer metas realistas en función de intereses grupales y de acuerdo a los recursos

disponibles.

d) Reforzar su capacidad de organización, evaluación y autoevaluación.

Page 36: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

36

e) Reforzar valores de respeto, tolerancia, solidaridad, amistad, lealtad y honradez.

Artículo Nº 41: Sobre la planificación del viaje

El viaje de estudios debe concebirse, planificarse y desarrollarse dentro de los

marcos de gastos sobrios que permita a todos los alumnos y alumnas, participar del viaje y

no quedar marginado ninguno por falta de medios. Para dar cumplimiento a los objetivos, el

curso deberá confeccionar un Plan de Trabajo y crear comisiones e instancias que fueren

necesarias como por ejemplo: Comité de ejecutivo, cultural, primeros auxilios, difusión,

económico etc., a través del subcentro de Padres y Apoderados y supervisados por el

Profesor(a) Jefe(a).

Artículo Nº42: Sobre la autorización para viajes de estudios.

El curso que desea hacer una gira de estudio deberá presentar el Proyecto de gira

(que incluye programa) a la UTP del establecimiento en original y dos copias,

posteriormente la autorización del proyecto de salidas de giras de estudio pasa por dos

instancias revisoras, en la primera instancia será la Dirección del Establecimiento, previa

revisión e informe de la Unidad Técnica Pedagógica del Colegio Louis Pasteur, quién

autorizará el envío del Proyecto de salida de giras de estudio al Departamento Provincial

de Educación de Malleco, en la segunda instancia, este organismo tendrá a cargo la

autorización final. Se podrá otorgar autorización a viajes de estudios siempre que en su

realización participe a lo menos un docente por cada 45 alumnos. (Artículo 2° Decreto

2822 / 70)

Los viajes de estudios fuera del territorio nacional, sólo serán autorizados en casos

calificados, cuando por su naturaleza estén destinados a representar Chile en actividades de

orden cultural, deportivo o científico que tengan lugar en otros países (Artículo 5° Decreto

2822 / 70).

Artículo Nº 43 Sobre el comportamiento en viajes de estudios

Los alumnos mantendrán un buen comportamiento en los vehículos de transporte

propios o de Agencias de Viajes, en la vía pública y en los lugares que visiten, quedando

prohibido ejecutar actos tales como: usar vocabulario soez, pelear, tratar mal al conductor, a

Page 37: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

37

los transeúntes, a los acompañantes, lanzar objetos por la ventana, etc., respetando las

normas establecidas en los lugares que visiten y/o donde pernocten.

El incumplimiento de lo indicado en el artículo 43 será considerado falta leve; su

reiteración en tres oportunidades se considerará falta grave.

Artículo Nº 44: Sobre salud y seguro escolar

Todos los alumnos que viajan en gira de estudios, deben presentar un Certificado

Médico que acredite que tiene salud compatible con el viaje, no superior a 30 días antes de

la fecha programada para salir. Además, la Autorización escrita de los padres y/o

Apoderados, indicando expresamente acerca de medicamentos contraindicados, situaciones

especiales de salud o riesgos particulares de su pupilo a fin de adoptar medidas de

resguardo necesario.

Artículo Nº 45: Sobre fecha y número de días de la gira de estudios de 3er Año Medio.

La gira de estudios del Colegio Louis Pasteur de Traiguén, se realiza en el Tercer

año de Educación Media y no deberá exceder de 5 días.

La gira debe realizarse durante los meses de noviembre- diciembre, si éste se inicia

y termina en días de clases, será considerado como Cambio de Actividades para el alumno

y para efectos del permiso ante del Departamento Provincial de Educación de Malleco.

Artículo Nº 46: Sobre actividades para reunir fondos para las giras.

Los padres pueden organizar, en el transcurso de años, reuniones sociales o de

carácter cultural y/o fijar cuotas mensuales y/o hacer uso del casino en forma responsable

(Remítase a Reglamento del Casino del Colegio Louis Pasteur) a fin de reunir los medios

necesarios para solventar gastos del viaje, siendo el Profesor Jefe el apoyo en la recolección

de dinero y conducción del proceso de organización.

En caso que un estudiante se incorpore a Tercer Año Medio deberá comprometerse

a realizar un aporte proporcional a los aportes que han hecho sus compañeros de curso,

considerando lo recaudado por el curso en años anteriores.

Page 38: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

38

Artículo Nº 47: Sobre las normas durante el desarrollo de las giras.

El Profesor o los Profesores que participe(n) de la actividad con los estudiantes

tendrá(n) la responsabilidad de aplicar las normas correspondientes antes, durante y al

finalizar la Gira de estudios de acuerdo al Reglamento Interno para Giras de Estudio del

Colegio Louis Pasteur (noviembre, 2011).

Artículo Nº 48: Sobre los requisitos para los estudiantes que viajan en gira de estudio.

Todos los alumnos y cursos que viajan en gira de estudios, deben cumplir con los

requisitos de viajes expuestos en el Reglamento Interno vigente para Giras de Estudio del

Colegio Louis Pasteur.

Artículo Nº 49: Sobre los requisitos para profesores y apoderados.

Los profesores y apoderados que participan del Proyecto de Gira de estudios deben

tomar conocimiento del Reglamento de Giras de Estudios vigente del Colegio Louis

Pasteur. Será responsabilidad del profesor jefe su difusión, previa a la salida.

Artículo Nº 50: Respecto a las actividades de salidas grupales o individuales

Los estudiantes que participen en actividades ya sea individuales o grupales,

organizadas por instituciones externas al Colegio Louis Pasteur, pero que estén

patrocinadas por este último, deberán ser acompañados por un adulto responsable, previa

autorización escrita del apoderado. Estos estudiantes son protegidos por el Seguro Escolar.

TÍTULO VII

SOBRE FALTAS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE SANCIÓN

Artículo Nº 51: Definición y clasificación

Considerando que las faltas son conductas incompatibles con los valores y normas

deseados por el Colegio Louis Pasteur y que además de afectar el desarrollo del estudiante,

inciden negativamente en el cumplimiento de sus deberes y en la sana convivencia escolar,

se han clasificado en tres categorías denominadas: a) leves b) graves c) gravísimas.

Page 39: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

39

Artículo Nº 52: Sobre las faltas leves

Se considera falta leve, actitudes y comportamientos que alteren el normal

desarrollo del proceso de enseñanza- aprendizaje por tanto constituyen faltas leves:

Asistir a diferentes actividades del colegio vistiendo el uniforme en forma incompleta o

incorrecta.

a. Comer o ingerir líquidos durante el período de clases.

b. Llegar con atraso a clases.

c. Presentarse a clases sin material de trabajo.

d. Presentarse a clases sin equipo deportivo en las asignaturas que así lo requieran.

e. Falta de compromiso en actividades asignadas: semanero, delegado o participante

del Centro de Estudiantes.

f. Descuidar la higiene y presentación personal

g. Presentarse a clases sin cotona o delantal

h. Provocar daño físico o psíquico a otros miembros de la comunidad

i. Hacer demostración pública de una relación afectiva en forma expresa al interior del

establecimiento.

Artículo Nº 53: Sobre las faltas graves.

Se considera falta grave, actitudes y comportamiento que atenten contra la

integridad física o psíquica de otro miembro de la comunidad escolar y del bien común; así

como acciones deshonestas que alteren el normal proceso de aprendizaje. Por tanto,

constituyen faltas graves:

a. Hacer mal uso de medios electrónicos o tecnológicos visitando sitios como: chats,

blogs, fotologs, facebook, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores

que almacenan videos o fotografías, sitios webs, twitter, y otros durante el

desarrollo de la clase.

b. Visitar, promover y/o portar material pornográfico.

c. Obstruir cerraduras y/o candados de cualquier dependencia del establecimiento.

d. Ser sorprendido dando y/o recibiendo información en proceso evaluativo.

e. Salir de la sala durante el desarrollo de la clase, sin autorización del profesor.

Page 40: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

40

f. Provocar desorden en patios y pasillos del establecimiento.

g. Negarse a obedecer instrucciones pedagógicas, disciplinarias o administrativas que

emanen del profesor de aula, cualquier profesor, Inspector, Director y Asistente de

la Educación.

h. Interrumpir el normal desarrollo de la clase.

i. Usar celular o reproductores de música en la sala de clases .

j. Uso de sobrenombres o apodos.

k. Utilizar un lenguaje soez.

l. Promover “tomas” del establecimiento o “paralización de actividades escolares”.

Artículo Nº 54: Sobre las faltas gravísimas.

Se considera falta gravísima, actitudes y comportamientos que atenten gravemente la

integridad física y psíquica de terceros. Por tanto constituyen faltas gravísimas las

siguientes:

a. Agredir física o verbalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

b. Abandonar el colegio sin autorización.

c. Adulterar notas en el libro de clases.

d. Portar armas y / u objetos (bombas de humo) de cualquier tipo que pongan en

peligro la integridad física de terceros.

e. Provocar daño intencionado a la estructura física del establecimiento.

f. Hurtar especies dentro del establecimiento.

g. Hurtar documentación oficial, material académico y personal.

h. Destruir deliberadamente útiles y/o vestuario de sus compañeros.

i. Presentarse al colegio en estado de intemperancia o bajo el efecto de drogas.

j. Fumar, beber alcohol, consumir drogas al interior del establecimiento.

k. Traficar o portar drogas en el establecimiento.

l. Cometer abusos y/o acoso sexual.

m. Negarse a contestar una evaluación programada

n. Participar y/o dirigir “paros” de actividades escolares o “tomas” del

establecimiento.

Page 41: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

41

Artículo Nº 55: Sobre el protocolo para cada tipo de falta.

Respecto al protocolo a seguir para cada tipo de falta. Ante una situación susceptible de

sanción, corresponde el siguiente procedimiento:

a. En caso de ser falta leve, será el docente de aula quien tratará la falta, aplicando su

correspondiente sanción, previo diálogo con el alumno, registrando la negociación

en su bitácora. Al persistir el estudiante en esta falta, tomará conocimiento el

apoderado, registrándose en la hoja de observaciones del alumno. A su vez, el

alumno en presencia de su apoderado, firmará un compromiso para evitar la

reiterada conducta anómala. Después de toda la negociación previa, si el estudiante

persiste en cometer la falta, después de 3 veces, será remitido al inspector, con el

objetivo de ayudar al estudiante a cambiar su conducta.

b. En caso de ser falta grave, será el inspector quien tratará la falta, aplicando su

correspondiente sanción, previo diálogo con el alumno, registrando la negociación

en hoja de registro de observaciones de Inspectoría. Al persistir el estudiante en esta

falta, tomará conocimiento el apoderado, registrándose en la hoja de observaciones

del alumno y firmará un compromiso para evitar la reiterada conducta anómala.

Después de toda la negociación previa, si el estudiante persiste en cometer la falta,

después de tres faltas cometidas, será remitido al encargado de convivencia, con el

objetivo de ayudar al estudiante a cambiar su conducta.

c. En caso de ser falta gravísima, será el inspector quien tratará la falta, aplicando su

correspondiente sanción, previo diálogo con el alumno, registrando la observación

en hoja de registro de observaciones de Inspectoría. En esta falta, tomará

conocimiento el apoderado, registrándose en la hoja de observaciones del alumno y

firmará un compromiso para evitar la reiterada conducta anómala. Si la falta

requiere proceso de investigación será remitida a la Encargada de Convivencia

Escolar para su debido proceso.

Page 42: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

42

Cualquier testigo y/o afectado del Colegio Louis Pasteur, debe analizar la falta

cometida, lo que supone pensar en el contexto y en las variables que han intervenido,

detallando la situación conflictiva en Inspectoría.

Artículo Nº 56: Sobre las sanciones para cada tipo de faltas.

Teniendo en cuenta el procedimiento que se debe seguir para cada tipo de falta, una

vez definida y comprobada la falta cometida, se podrán aplicar las siguientes sanciones para

cada tipo de falta:

Para Faltas Leves:

Servicio pedagógico: implica alguna actividad que beneficie a la comunidad

escolar, como es marcar cuadernos fuera del horario de clases a fin de apoyar el

trabajo pedagógico de cursos menores.

De reparación: acción que tenga como fin reparar daños a terceros, en dinero o

especies.

De recuperación de estudios: una acción que permita comprender el impacto de sus

acciones en la comunidad escolar. Ejemplo: realizar un trabajo de investigación

sobre un tema vinculado a la falta cometida, confección de un diario mural, etc.

Cumplimiento en trabajos que asignará y definirá el Inspector del Colegio.

Para faltas graves

1. Enseñanza Básica:

a. Suspensión de clases de una jornada de clases a 3 días con permanencia dentro del

establecimiento.( CRA)

2. Enseñanza Media:

a. Suspensión de clases de una jornada de clases a 3 días con permanencia dentro del

establecimiento.(CRA)

Para faltas gravísimas

a. Suspensión de clase 3 días sin permanencia en el colegio, Se establece un

Page 43: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

43

compromiso por escrito de cambio de conducta.

b. Suspensión de Acto de Licenciatura: El colegio no permitirá la participación en la

ceremonia de licenciatura de Cuarto Medio a aquellos estudiantes que participen en

actos de desorden y que arriesguen o perjudiquen la seguridad del resto del

alumnado y/o funcionarios; que constituyan faltas de respeto hacia cualquier

miembro de la comunidad escolar; que dañen la propiedad privada de los vecinos

del sector, o, que afecte a la infraestructura y/o implementación del colegio.

Al no existir un cambio radical de conducta por parte del estudiante luego de una

falta gravísima se contemplarán:

a. La condicionalidad: Las faltas gravísimas tienen como sanción la

“Condicionalidad de la matrícula”, la que será resuelta por el Consejo Escolar del

establecimiento. Este documento será firmado por la Dirección, presentado por

Inspector General al apoderado para su conocimiento. Como su nombre lo indica,

esta medida disciplinaria condiciona la permanencia del alumno en el

Establecimiento.

Para poder continuar en él, debe mejorar substancialmente su conducta y/o

actitudes. Esta sanción tiene como meta incentivar al alumno a modificar su

conducta. La condicionalidad se supera cuando se demuestra y observa cambios

conductuales importantes.

b. Seguimiento de condicionalidad: Está destinado a constatar la conducta del

alumno a partir del momento en que se le sancionó con una “Condicionalidad de

matrícula”. El profesor jefe procederán a registrar en él las entrevistas al alumno,

junto a su apoderado y los acuerdos tomados en ellas. (registro en libro de clase)

Para eliminar la figura de condicionalidad, el alumno, junto a su apoderado deberá

elevar una solicitud al Consejo Escolar, adjuntando las evidencias del cambio de

conducta.

Page 44: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

44

c. Cancelación de la Matrícula: Si después de buscar variadas estrategias para

corregir la conducta del alumno de carácter condicional, éste persiste en su actitud

de indisciplina; por acuerdo del Consejo Escolar se notificará por escrito al

apoderado, quién efectuará el retiro obligatorio del alumno. Dicho retiro tendrá sólo

relación con su indisciplina, en ningún caso por rendimiento o situación

socioeconómica.

En caso que un estudiante de Cuarto Año Medio participe en: actos de desorden,

que arriesgue o perjudique la seguridad del resto del alumnado y/o funcionarios;

faltas de respeto hacia cualquier miembro de la comunidad escolar; daño a la

propiedad privada de los vecinos del sector, o, que afecte a la infraestructura y/o

implementación del colegio, se sancionará con la prohibición de participar en la

ceremonia de su licenciatura de Cuarto Medio.

Artículo Nº 57: Sobre medidas preventivas

Como medidas preventivas ante conductas no deseables en los estudiantes y con el

fin de reforzar las conductas y valores (respeto, tolerancia, solidaridad, valoración del

entorno natural y social, creatividad, trabajo en equipo, autonomía, justicia, identidad y

libertad) que promueve el P.E.I, se podrá consignar una observación en el libro de clases,

para estimular positivamente al alumno que se destaca por su espíritu de colaboración,

compañerismo, entrega, atención, trabajo, rendimiento académico, solidaridad, etc., además

podrá ser destacado en el Cuadro de Honor, disponible en la vitrina del hall de entrada del

colegio.

Los estudiantes destacados de los niveles de Educación Parvularia y Básica (1º Año

Básico a 6º Año Básico), podrán obtener una Medalla de Honor semanalmente. Será el

profesor jefe quien determine que estudiante la recibirá cada semana.

Se consideran además como medidas preventivas la dictación de charlas formativas

periódicas, dictadas por especialistas de las redes de Apoyo del Colegio Louis Pasteur.

Page 45: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

45

Artículo N° 59 Sobre Estrategias educativas para la prevención del bullyng

La estrategia general es de prevención, buscar y estimular el desarrollo de

conocimientos y habilidades socioafectivas que ayude a los estudiantes a prevenir y

manejar situaciones de violencia escolar y bullyng.

Los estudiantes participarán en diversas actividades específicas integradas a

distintos subsectores de aprendizaje, asambleas, debates, consejos de cursos, y otras

planificadas por el establecimiento, redes de apoyo, docentes de aula, asistentes de la

educación, ATE, entre otras.

Los estudiantes participarán de actividades recreativas planificadas y realizadas por

inspectores y/o monitores en horas de recreo tendientes a mejorar la interacción a través del

juego como parte del Proyecto “Patios Amigables”

Descripción de los resultados esperados

Los alumnos habrán revisado las características principales de las situaciones de

bullyng y ampliado sus conocimientos respecto a distintos tipos de bullyng.

Aprenderán cómo pueden colaborar para mejorar la convivencia escolar a través de

sus testimonios y denuncias a la Encargada para la Buena Convivencia escolar.

Desarrollarán la empatía por sus pares víctimas del bullyng y colaborarán para

apoyarse mutuamente utilizando sus habilidades comunicativas para establecer vínculos de

amistad.

Desarrollarán la capacidad de usar habilidades de Resolución de Problemas para

generar soluciones.

Revisarán las habilidades sociales y responsabilidades individuales en la creación de

una norma de colegio preventiva de comportamientos intimidatorios.

Artículo Nº 60 Sobre Medidas Reparatorias de Violencia Escolar.

Las medidas reparatorias consideran gestos y acciones que un “agresor” puede tener

con la persona agredida y que acompañan el reconocimiento de haber infringido un daño.

Estas acciones restituyen el daño causado y deben surgir del diálogo, del acuerdo y de la

Page 46: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

46

toma de conciencia del daño ocasionado, no de una imposición externa, porque pierde el

carácter formativo.

La medida reparatoria no es un acto mecánico, tiene que ver con un sentido de

reconocimiento y una voluntad de enmendar el daño por parte del agresor, junto con la

posibilidad de sentir empatía y comprensión por la víctima.

Para ser formativas, reparadoras y eficientes, las sanciones deben ser coherentes con

la falta.

El Colegio Louis Pasteur aplicará las siguientes medidas Reparatorias:

Servicio comunitario: implica alguna actividad que beneficie a la comunidad

educativa a la que pertenece, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través

del esfuerzo personal: limpiar algún espacio del establecimiento, patio, pasillos, gimnasio,

su sala, mantener el jardín, ayudar en el recreo a cuidar a los estudiantes de menor edad,

ordenar materiales en la biblioteca o en el Centro de Recursos de Aprendizaje, CRA, etc.

Servicio pedagógico: contempla una acción en tiempo libre del o la estudiante que,

asesorado por un docente, realiza actividades como: recolectar o elaborar material para

estudiantes de cursos inferiores al suyo, ser ayudante de un profesor en la realización de

una o más clases, según sus aptitudes, clasificar textos en biblioteca según su contenido,

apoyar a estudiantes menores en sus tareas, etc.

Acciones para reparar o restituir el daño causado: su punto de partida es el

reconocimiento de haber provocado daño a un tercero, lo que implica una instancia de

diálogo, mediada por un adulto/a de la comunidad educativa establecido previamente. La

acción reparatoria debe ser absolutamente voluntaria: la obligatoriedad en este tipo de

medida la hace perder su sentido, dado que lo que se pretende es que una de las partes se

responsabilice de su acción. El acto de restitución debe estar relacionado y ser proporcional

con el daño causado: restituir un bien o pedir disculpas públicas, si el daño fue causado por

un rumor o comentario mal intencionado.

• Servicios en beneficio de la comunidad: implica la prestación de un servicio en

favor de la comunidad que ha sido dañada, e igualmente debe estar relacionado con el daño

causado: hermosear o arreglar dependencias del establecimiento.

Page 47: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

47

TÍTULO VIII

SOBRE PROTOCOLO EN CASO DE ENFERMEDADES Y/O ACCIDENTE

ESCOLAR

Artículo Nº 61: En caso de enfermedad

Todo estudiante que durante la jornada escolar muestre síntomas de enfermedad

(dolores o malestar), será evaluado por la Encargada (o) de salud del Colegio Louis Pasteur.

Si el malestar o dolor requiere de medicamento, reposo o atención de un especialista, la

inspectora llamará a su apoderado para que retire al alumno.

Artículo Nº 62: Identificación del accidente.

Los accidentes que ocurran en el Colegio Louis Pasteur pueden ser tipificados en:

Accidente leve y accidente grave.

Artículo Nº 63: Definición de los tipos de accidente.

En cualquier tipo de accidente leve se llamará al apoderado. El apoderado en

conjunto con el Encargado de Salud del colegio determinarán las medidas a tomar

resguardando la integridad del estudiante. Será el Encargado de Salud quien

acompañará al estudiante y proporcionará los primeros auxilios mientras llega el

apoderado.

Accidente grave con llamado al apoderado y/o ambulancia: Es el accidente que

requiere atención inmediata de un centro asistencial. Las personas (profesores o

alumnos) que se encuentran cerca del accidentado al momento del accidente deben

llamar de inmediato al Encargado (a) de Salud, quien tomará las medidas para su

primera atención. En caso de golpes o heridas en la cabeza, espalda u otras

consideradas graves, el accidentado no debe ser movido del lugar. Deberá ser

trasladado directamente por un servicio de ambulancias, para evitar movimientos

inadecuados. Durante la espera debe ser cubierto con una frazada y no debe

Page 48: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

48

utilizarse almohada. Será acompañado por el Encargado (a) de Salud quien

proporcionará los primeros auxilios mientras llegue la ambulancia y acompañará al

estudiante hasta el Centro Hospitalario. En ningún caso el profesor u otro

funcionario debe trasladar al hospital a un alumno accidentado.

El Inspector se informará de los datos esenciales del accidente (hora, lugar, causa,

síntomas), y llamará a su apoderado para informarle la situación y consultar si él

retirara personalmente al estudiante o se debe llamar al servicio de ambulancia.

Cuando el accidente es de extrema gravedad, se solicita una ambulancia, no

obstante el apoderado debe tener presente que los tiempos de demora son de

exclusiva responsabilidad del Servicio de Salud Local.

Artículo Nº 64: Protocolo a seguir en caso de accidente.

El o los profesores que se encuentran con el alumno en el momento del accidente

deben llamar al Encargado (a) de Salud para que realice las primeras atenciones y decida

las acciones a realizar. El Inspector se contactará con el apoderado o la ambulancia.

En caso de accidente, la Secretaria completará el Formulario de Accidente Escolar y

será firmado por el Inspector General, el cual será entregado al apoderado o al servicio de

atención que corresponda.

Se entregará en quintuplicado al servicio estatal y en original a los otros servicios o

personas. El colegio siempre guardará una copia.

Artículo Nº 65: Cuidado y atención del enfermo o accidentado

Los alumnos enfermos o accidentados deben ser derivados al Encargado/a de

Salud, quien los evaluará y derivará a su hogar o centro asistencial, medida que se tomará

en conjunto con el apoderado. Durante la evaluación permanecerán en la enfermería del

Colegio.

El Encargado/a de Salud tendrá 1 Archivo que contenga las Fichas de los

Estudiantes con antecedentes de salud, cuidados especiales, medicamentación y

enfermedades específicas o pre-existentes.

Page 49: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

49

TITULO IX

SOBRE NORMAS QUE REGULAN LA RELACIÓN ENTRE EL

ESTABLECIMIENTO CON INSTITUCIONES Y ORGANISMOS DE LA

COMUNIDAD

Artículo Nº 66: Sobre Normas que regulan la relación con redes permanentes.

Se entiende por redes permanentes aquellas instituciones y organismos

colaboradores con el proceso de enseñanza- aprendizaje y que tienen vínculos periódicos

con el establecimiento como: universidades, empresas, organismos municipales y otros.

Estas instituciones se relacionarán en primera instancia con el Director del establecimiento

quien derivará a quién corresponda.

Artículo Nº 67: Sobre Normas que regulan la relación con redes emergentes.

Se entiende por redes emergentes aquellas instituciones y organismos colaboradores

del proceso formativo de los estudiantes, padres y/o apoderados y que tienen vínculos

esporádicos con el establecimiento resultante de situaciones de riesgo o emergencia como:

Bomberos, Carabineros, Hospital, etc.

Estas instituciones se relacionarán en primera instancia con el Encargado de

Convivencia y en caso de su ausencia con el Inspector General.

Artículo N° 68 Sobre Normas que regulan la relación con Redes de Apoyo

El sostenedor y /o representante legal organizarán la creación formal de redes de

apoyo mutuo con instituciones de la comunidad y mantendrán un archivo con los

Convenios, Cartas Compromisos, Contratos y Protocolos firmados con las Redes

Permanentes y /o Emergentes, tales como Carabineros, PDI, Hospital, Senda Previene,

Bomberos, Universidades y otras.

Page 50: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

50

TÍTULO X

DISPOSICIONES FINALES

Artículo Nº 69: Sobre ausencia de reglamentación

En los casos en que no exista una reglamentación institucional específica para algún

asunto que afecte a estudiantes y/o apoderados, el Director del Colegio queda facultado

para resolver cualquier aspecto no contemplado en este Reglamento, en tanto se apegue a

derecho, rigiéndolas disposiciones de Ley aplicables al caso o remitir el caso al Comité de

Buena Convivencia Escolar.

Artículo Nº 70: Sobre su vigencia

El presente Reglamento Interno y de Buena Convivencia del Colegio Louis

Pasteur, en conocimiento de Ministerio de Educación, a través de la Dirección Provincial

de Educación, tendrá una vigencia anual, pero se entenderá prorrogado automáticamente

con las observaciones, correcciones y modificaciones que efectúe la Comunidad Educativa

representada por cada estamento en el Consejo Escolar.

Artículo Nº 71: Sobre su difusión

El presente reglamento será difundido a la comunidad educativa y tomarán

conocimiento de este todos los actores de dicha unidad: Los padres recibirán en forma

física el reglamento y firmarán en hoja de matrícula su recepción; los estudiantes recibirán

información permanente del contenido del reglamento a través de talleres de formación

transversal; los profesores y asistentes de la educación lo recibirán mediante correo

personal. La comunidad en general puede consultarlo en página web: www.colegiolp.com

La difusión y conocimiento del presente reglamento será monitoreado en consejos

de curso, reuniones de apoderados, encuestas y /u otros que surjan como resultados de su

seguimiento. El equipo de gestión será el primer responsable de la difusión y del monitoreo

de este reglamento, tomando conciencia sobre la importancia de este documento como

Page 51: REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR …colegiolp.com/documents/2.-ReglamentoConvivenciaEscolar2012.pdf · Región de la Araucanía REGLAMENTO BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO

COLEGIO"LOUIS PASTEUR”

RBD 5465-8 Decreto Cooperador Nº 5308 11/09/1944

Basilio Urrutia Nº 643 – F/F 861932 E-Mail: [email protected]

Comuna de Traiguén Región de la Araucanía

51

regulador de los procedimientos a realizar en temas de convivencia escolar. Deberán

realizarse informes técnicos bi-mensuales acerca del comportamiento de la comunidad

escolar en función del articulado presente en este documento. Para ello cada profesor jefe

en reuniones de apoderados recogerá sugerencias y / aportes que contribuyan al

mejoramiento continuo del presente Reglamento.