responsabilidad legal del empleador

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Abril de 2013 Conferencista: Dr. JESUS PALOMINO CERVANTES

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Presentación del Dr. Palomino en laborandojimdo, en el cual habla de la responsabilidad legal del empleador en los riesgos laborales

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Resp legal empleador en RRPP

Abril de 2013Conferencista: Dr. JESUS PALOMINO CERVANTESResponsabilidad Legal del EmpleadorenRiesgos Profesionales

4/04/131Jess Palomino CervantesABOGADOESPECIALISTA EN DERECHO LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL, Universidad Libre, BarranquillaDOCENTE DIPLOMADOS SALUD OCUPACIONAL Universidad del Atlntico, Barranquilla Universidad de Crdoba, Montera Escuela Superior de Administracin Pblica, ESAP Universidad Popular del Cesar, Valledupar Fundaacin Universitaria del Area Andina, Valledupar

Corporacin Universitaria de la Costa, CUC, BarranquillaCATEDRATICO POSTGRADO EN SALUD OCUPACIONAL Universidad de CartagenaAUDITOR INTERNO OHSAS 18001 www. laborando.jimdo.com [email protected] Cel: 310 6403928CONSULTOR Administradoras de Riesgos Laborales Consejo Colombiano de SeguridadOBJETIVOS :Sensibilizar a los asistentes en el cumplimiento de sus obligaciones para con el Sistema General de Riesgos Laborales.

Contribuir a la disminucin de demandas judiciales.

Brindar herramientas prcticas para el desarrollo del Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST

Motivar la implementacin del Sistema de Gestin en Seguridad y Salud Ocupacional.

Jess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad Social4/04/133

PERJUICIOS(C.S.T, art 216)EMPLEADOR

PRESTACIONES ECONOMICAS(por accidente de trabajo o enfermedad laboral)PRESTACIONES ECONOMICAS(Ley 776/02)ARLJess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialTallerResponsabilidad empleador en Riesgos Laborales4/04/134ARTICULO 216. CULPA DEL EMPLEADOR

Cuando exista culpasuficientemente comprobadadel empleadoren la ocurrencia del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional, est obligado a la indemnizacin total y ordinaria por perjuicios.....

CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJOJess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Laborales4/04/135

Nexo causalELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDADNegligenciaImprudenciaImpericia Violacin de ReglamentosJess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad Social

CulpaDao

Responsabilidad empleador en Riesgos Laborales4/04/136NegligenciaViolar un deber de atencin que le atae, estando en grado de prever el resultadoGENERADORES DE CULPA

Jess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Laborales4/04/137

2. ImprudenciaObrar sin cautela en la realizacin de ciertos actos, favoreciendo la ocurrencia de accidentes de trabajo o enfermedades laboralesGENERADORES DE CULPA

Jess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialARROYO PELIGROSOResponsabilidad empleador en Riesgos Laborales4/04/1383. ImpericiaCarencia de tcnica suficiente para evitar un resultado daoso en una actividad determinada, generalmente por:IgnoranciaErrorFalta de habilidad o destreza

GENERADORES DE CULPAJess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Laborales4/04/1394. Violacin de reglamentosIncumplimiento de las obligaciones contenidas enLeyes,Decretos, Resoluciones.

GENERADORES DE CULPAJess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Laborales4/04/1310PRUEBAS EN LOS PROCESOS POR RR. PP.DOCUMENTOSINSPECCION JUDICIAL

PERITAZGO

TESTIMONIOS

DECLARACION DE PARTE

INDICIOSOFICIOS

PRUEBA TRASLADADA

OTRAS

Jess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad Social

Responsabilidad empleador en Riesgos Laborales4/04/1311Cdigo Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

Art. 31. Modificado. L.712/2001, art. 18. Forma y requisitos de la contestacin de la demanda.

Pargrafo 1. La contestacin de la demanda deber ir acompaada de los siguientes anexos:2. Las pruebas documentales pedidas en la contestacin de la demanda y los documentos relacionados en la demanda, que se encuentren en su poder,

Art. 74. Modificado. L.712/2001, art. 38. Traslado de la demanda. Admitida la demanda, el juez ordenar que se d traslado de ella al demandado o demandados para que la contesten por un trmino comn de diez (10) das Responsabilidad LaboralResponsabilidad CivilResponsabilidad PenalResponsabilidad AdministrativaRESPONSABILIDADESJess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Laborales4/04/1312

Surge del contrato de trabajo y del Sistema General de Riesgos LaboralesPRESTACIONES ASISTENCIALES Y DE SALUD Tratamiento mdico, quirrgico, rehabilitacin

PRESTACIONES ECONOMICAS: Subsidio por incapacidad laboral Incapacidad permanente parcial Pensin de Invalidez Pensin de sobreviviente Auxilio funerarioRESPONSABILIDAD LABORALJess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialArt 56 CSTResponsabilidad empleador en Riesgos Laborales4/04/1313CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO.

ARTICULO 56. OBLIGACIONES DE LAS PARTES EN GENERAL. De modo general, incumben al empleador obligaciones de proteccin y de seguridad para con los trabajadores, y a stos obligaciones de obediencia y fidelidad para con el empleador.

RESPONSABILIDAD CIVILSurge de la relacin contractual y de la obligacin de indemnizar al trabajador por los perjuicios causados por la ocurrencia del accidente de trabajo o la enfermedad laboral.

Jess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Laborales4/04/1314Surge de la relacin del causante del hecho punible con el trabajador afectado o con sus beneficiarios.Para que una conducta sea PUNIBLE, debe ser:TIPICAANTIJURIDICA yCULPABLE

RESPONSABILIDAD PENALJess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Laborales4/04/1315MOTIVOS FRECUENTES DE MULTAS A EMPLEADORES()() AYALA CACERES Carlos Luis, Legislacin en Salud Ocupacional y Riesgos Profesionales Ediciones Salud Laboral, Bogot, 3a Edicin, 2004, pg. 266

CARENCIA (o no desarrollo) PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL

NO SUMINISTRO ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL

(CST. art. 57, num. 2, Ley 9 de 1979. art.122)NO SUMINISTRO 4 HORAS SEMANALES COPASO

(Decreto 1295 de 1994, art.63, lit..b.)NO SUMINISTRO INDUCCION - CAPACITACION

(Res. 2400/79 art. 2 lit g; Dec. 614/84 art. 24 lit. e; Dec. 1530/96 art 11 num. 1, Decreto 1295 de 1994, art. 62)REPORTE EXTEMPORANEO ACCIDENTE DE TRABAJO

(Decreto 1295 de 1994, art.62.)Jess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Laborales4/04/1317ANEXOS4/04/1318ARTICULO 56. OBLIGACIONES DE LAS PARTES EN GENERAL.

De modo general, incumben al empleador obligaciones de proteccin y de seguridad para con los trabajadores, y a stos obligaciones de obediencia y fidelidad para con el empleador.

CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJOJess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Laborales4/04/1319ARTICULO 57. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL EMPLEADOR.

Son obligaciones especiales del empleador: . . . 2. Procurar a los trabajadores locales apropiados y elementos adecuados de proteccin contra los accidentes y enfermedades profesionales en forma que se garanticen razonablemente la seguridad y la salud.

. . .

CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJOJess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Laborales4/04/1320QUORUM REUNIONES COPASOEl qurum para sesionar el Comit estar constituido por la mitad ms uno de sus miembros. Pasados los primeros treinta (30) minutos de la hora sealada para empezar la reunin del Comit, sesionar con los miembros presentes y sus decisiones tendrn plena validez.

(Resolucin 2013 de 1986, artculo 8)

Jess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Profesionales4/04/1323A partir de la vigencia del presente Decreto, el comit paritario de medicina higiene y seguridad industrial de las empresas se denominar comit paritario de salud ocupacional, y seguir rigindose por la Resolucin 2013 de 1983 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y dems normas que la modifiquen o adicionen, con las siguientes reformas: a) Se aumenta a dos aos el perodo de los miembros del comit.

b) El empleador se obligara a proporcionar, cuando menos, cuatro horas semanales dentro de la jornada normal de trabajo de cada uno de sus miembros para el funcionamiento del comit.Decreto 1295 de 1994, artculo 63Jess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Profesionales4/04/1324SEMANAACTIVIDADHorasFirmaSemana 1Charla prevencin accidentes a trabajadores Taller Automotrz.Preparacin Campaa de Salud4Semana 2Inspecciones de Seguridad a Oficinas Administrativas.Revisin extintores Planta 14Semana 3Diseo y elaboracin Cartelera de Salud OcupacionalAsistencia Seminario Prevencin Acoso Laboral4Semana 4Divulgacin Poltica SYSOReunin mensual COPASO4Mes: ENEROEVIDENCIA FUNCIONAMIENTO COPASO(Decreto 1295 de 1994, artculo 63, literal b.)Nombre Integrante COPASO: __PEDRITO PEREZ__Mes: FEBREROActividades realizadas ao: 2013SEMANAACTIVIDADHorasFirmaSemana 1Charla Riesgos consumo del tabaco dictada a trabajadores Area AdministrativaPreparacin Campaa No Alcohol No Droga4Semana 2Inspecciones de Seguridad a Talleres.Revisin Plan de Emergencia4Semana 3Administracin Cartelera de Salud OcupacionalAsistencia Seminario Trabajo en altura4Semana 4Divulgacin Poltica SYSOReunin mensual COPASO4Jess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Profesionales4/04/1325ELEMENTOS DEL PROGRAMA DE CAPACITACIONPARTICIPACIONPRESUPUESTOTIEMPO

CAPACITACION

Jess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Profesionales4/04/1326CALIFICACION ORIGEN ACCIDENTE O ENFERMEDAD

IPSEPSARP

Representantes EPS-ARPJunta RegionalCalificacin Invalidez

Junta NacionalCalificacin Invalidez

Justicia Ordinaria LaboralJess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Profesionales4/04/1327CARTELERA DE SALUD OCUPACIONAL

LAS CARTELERASTIPO DE ACCIDENTE0102030405060708090Jess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Profesionales4/04/1328

Los conductores de los equipos destinados al servicio pblico de transporte sern contratados directamente por la empresa operadora de transporte, quien para todos los efectos ser solidariamente responsable junto con el propietario del equipo. (Ley 336 de 1996, artculo 36)

ESTATUTO GENERAL DEL TRANSPORTE

Jess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Profesionales4/04/1329Los empleadores pblicos y privados, incluirn dentro de las actividades del Subprograma de Medicina Preventiva, establecido por la Resolucin 1016 de 1.989 campaas especficas, tendientes a fomentar la prevencin y el control de la frmaco dependencia, el alcoholismo y el tabaquismo, dirigidas a sus trabajadores.(Resolucin 1075 de 1992, artculo 1.)PRVENCION FARMACODEPENDENCIA, ALCOHOLISMO, TABAQUISMO

Jess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Profesionales4/04/1330

Jess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos LaboralesOBLIGACIONES GENERALES DEL EMPLEADORResponsabilizarse de un programa permanente de Medicina, Higiene y Seguridad en el trabajo. . .(Ley 9a de 1979, art. 84, lit. c.)Responder por la ejecucin del programa permanente de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo.(Decreto 614 de 1984, art. 24, lit. a.)Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del programa de Salud Ocupacional de la empresa y procurar su financiacin.(Decreto 1295 de 1994, art. 21, lit. d.)Todos los empleadores pblicos, oficiales, privados, contratistas y subcontratistas, estn obligados a organizar y garantizar el funcionamiento de un programa de Salud Ocupacional de acuerdo con la presente Resolucin.(Resolucin 1016 de 1989,)De modo general, incumben al empleador obligaciones de proteccin y de seguridad para con los trabajadores, y a stos obligaciones de obediencia y fidelidad para con el empleador. (Cdigo Sustantivo del Trabajo, art. 56)4/04/1331(Resolucin 1956 de 2008, artculo 4.)AVISOS RELATIVOS TABACO Por el bien de su salud, este espacio est libre de humo de cigarrillo o de tabacoRespire con tranquilidad, este es un espacio libre de humo de tabacoBienvenido, este es un establecimiento libre de humo de tabacoJess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos Profesionales4/04/1332Jess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad SocialResponsabilidad empleador en Riesgos ProfesionalesPRESTACIONES ECONOMICASAUXILIO FUNERARIO

PENSION DE INVALIDEZ

PENSION DE SOBREVIVIENTESSUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORAL

INDEMNIZACION POR INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL

4/04/1333E-mail: [email protected]! Barranquilla, Col. Cel: 310 - 640 39 28Jess Palomino Cervantes www.laborando.jimdo.com4/04/1334