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Temas abordados en la materia de Derecho AduaneroTRANSCRIPT
PORTAFOLIO DE EVIDENCIA
LIC. EN DERECHO
DERECHO ADUANERO
8° CUATRIMESTRE
17/MARZO/2015
INDICE
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Introducción……………………………………………………………………………………….2
Perfil descriptivo de clase………………………………………………………………………3
Misión y Visión……………………………………………………………………………………5
Procedimiento para recibir donaciones del extranjero……………………………………6
Convenios Aduaneros…………………………………………………………………………..8
Tratado de Libre Comercio……………………………………………………………………..8
Acuerdo Internacional…………………………………………………………………………...8
Deposito Fiscal…………………………………………………………………………………...8
Mercancía que no puede ser objeto de depósito fiscal……………….…………………..9
Exepciones…….………………………………………………………………………………...10
Tránsito de mercancía……………….…………………………………………………………10
Recinto Fiscalizado……………………………………………………………………………..10
Organismos Internacionales…………………………………………………………………..13
Tratados y Acuerdos………………………………………………………………………..…..13
Tratados comerciales en los que México está inscrito…………………………………..16
Cuestionario 1 Parcial……..…………………………………………………………………...18
Cuestionario 2 Parcial…………………………………………………………………………..22
Conclusión………………………………………………………………………………………..24
Bibliografía………………………………………………………………………………………..25
Introducción
Este portafolio es una recopilación de documentos que demuestran los temas que se nos han impartido y que hemos investigado a través de la asignatura.
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Hemos tenido la oportunidad de aprender distintos temas relacionados con la asignatura de Derecho Aduanero, tales como las legislaciones que regulan las donaciones, los convenios, tratados y acuerdos de los que México forma parte, las regulaciones de mercancías y vehículos, como se conforman los depósitos y recintos fiscales, así como hemos estudiado he interpretado la Ley Aduanera, el Código Fiscal de la Federación y la Ley de Comercio Exterior.
Perfil Descriptivo de Clase Materia: DERECHO ADUANERO Ciclo: 2015-2
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Maestro: MIRNA FERNÁNDEZ ZENTENO Horario: 16:00 a 18:00 Objetivo del Curso:
El alumno será capaz de aplicar en el ámbito escolar, social y laboral los conocimientos adquiridos en la materia de derecho aduanero
Bibliografía:TIPO TITULO AUTOR EDITORIAL/REVISTA AÑO
. LibroDerecho Aduanero Mexicano
ROHDE PONCE, Andrés Ediciones fiscales 2002
Código Código aduanero Congreso de la Unión 2015
Libro Derecho Aduanero
CARVAJAL CONTRERAS,
Máximo Editorial Porrúa 2009.
Legislación
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
Editorial Sista, México
.2015
DiccionarioDiccionario para juristas
PALOMAR DE MIGUEL, Juan Mayo ediciones 2000
ReglamentoReglamento interior del SAT Congreso de la Unión 2015
criterios para la Evaluación
CALIFICACIÓN ORDINARIA (PONDERACIÓN) Actividades semanales
30% Examen primer parcial. 15% Portafolio
reaprendizaje10% Examen segundo parcial. 25%
Trabajos independientes
20% T O T A L100%
Reglas
1. El alumno es responsable de enterarse de su número de faltas y retardos.
2. El alumno debe contar con un mínimo del 80% de asistencia para tener derecho a su calificación final.
3. El alumno que se sorprenda incurriendo en actos desleales en la elaboración de exámenes, tareas o trabajos, obtendrá cero (0) de calificación en el trabajo, tarea y/o examen
4. Es responsabilidad del estudiante hablar inmediatamente con el maestro cuando tenga problemas con el material de clase, sus calificaciones, etc. De esta manera evitaremos problemas en el fin del ciclo.
5. Sólo se justifican inasistencias si son autorizadas por la coordinación académica bajo el procedimiento correspondiente
6. Se tomara asistencia al iniciar la clase.
7. Prohibido utilizar teléfonos celulares y/o aparatos electrónicos dentro del aula.
8. La clase es de 100 minutos efectivos.
9. La clase inicia a la hora en punto
10. No se permiten alimentos ni bebidas dentro del aula.
11. Deberá presentar su Carnet de Pago, expedido por su coordinador administrativo, para la autorización de recepción de trabajos finales y la aplicación de exámenes en la última semana del módulo.
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Calendarización
Sesión Fecha Tema
1 16-02-2015 1. Importaciones
2 17-02-2015
1.1 Definición y principal terminología
3 18-02-2015 1.2 Conceptos básicos4 19-02-2015 2. Donaciones5 23-02-2015 2.1 Legislaciones
6 24-02-2015 2.2. Legislación vigente
7 25-02-2015 3. Convenios aduaneros
8 26-02-20153.1 Conceptos
9 02-03-2015 3.2 Tratados y acuerdos 4. Depósitos fiscales10 03-03-2015 EXAMEN 11 4-03-2015 4.1 Recintos fiscalizados
12 05-03-2015 4.2 Regulación de mercancías y vehículos
13 09-03-20155. Organismos internacionales5.1 Tratados y acuerdos
14 10-03-20155.2 Usos y costumbres5.3 Tratados de libre comercio
15 11-03-2015 6. Sustitución de importaciones y política arancelaria6.1 Derechos aduaneros y los términos de cambio
16 12-03-20156.2 Arancel uniforme y redistribución del ingreso6.3 Aranceles y protección efectiva6.4 Política arancelaria y desarrollo económico
17 17-03-2015 Resumen
18 18-03-2015 Entrega de portafolio
19 19-03-2015 EXAMEN SEGUNDO
20 20-03-2015 ENTREGA DE CALIFICACIONES ORDINARIAS
EXAMEN EXTRAORDINARIOS
Misión
La misión de UNIDEP es formar profesionales de éxito que cuenten con las actitudes, habilidades y conocimientos que demanda el sector productivo de la región.
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Visión
La Universidad del Desarrollo Profesional es una institución de educación superior de calidad, que ofrece programas presenciales y semipresenciales de bachillerato, profesional asociado, licenciatura, posgrado, diplomados y cursos en México y en el extranjero.
Se distingue por facilitar a sus egresados la incorporación al mercado de trabajo, apoyada en una estrecha vinculación con el sector productivo y en planes de estudios pertinentes y dinámicos.
Es reconocida por su modelo educativo profesionalizante, por la flexibilidad de su oferta académica impartida en ciclos continuos y por horarios y cuotas accesibles, acordes a la disponibilidad de tiempo y recursos económicos del alumno.
Cuenta con profesores de amplia experiencia profesional y educativa. Sus instalaciones dentro de la ciudad permiten el fácil acceso.
Cuenta con un modelo de administración sistematizado, participativo, operado por personal que es recompensado por su desempeño efectivo que le permite maximizar las aportaciones de sus socios y mantener finanzas sanas.
Procedimiento para recibir donaciones del extranjero
El beneficio de las donaciones se establece en el artículo 61, fracción IX de la Ley Aduanera.
1.-Las donaciones sólo las pueden recibir:
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a) Los Organismos públicos, tales como secretarías de Estado, gobiernos de los estados, municipios y organismos desconcentrados de cada uno de los niveles de gobierno, entre otros.
b) Las Personas morales no contribuyentes con autorización para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta (donatarias autorizadas).
2. Para recibir donativos del extranjero exentos de impuestos al comercio exterior, es necesario comprobar lo siguiente:
a) Que los bienes donados serán destinados a fines culturales, de enseñanza, de investigación, de salud pública o de servicio social.
b) Que el donante sea extranjero.
c) Que formarán parte del patrimonio de quien recibe la donación, a excepción de los donativos destinados a fines de salud pública o cuando se trate de juguetes donados para fines de enseñanza.
3. El fin al cual se destinará la mercancía donada se debe acreditar con: Una solicitud bajo protesta de decir verdad en la que se mencione el fin y el uso específico que se dará a la mercancía.
4. CUMPLIMIENTO DE REGULACIONES Y RETRICCIONES NO ARANCELARIAS Una vez otorgada la autorización para recibir las mercancías donadas, para poder llevar a cabo la importación, es necesario que se cumplan con las regulaciones y restricciones no arancelarias, que correspondan al tipo de mercancías que se vayan a importar, como lo es permiso de la Secretaría de Salud, Economía, etc.
5. LA AUTORIZACIÓN PARA EXENTAR DE LOS IMPUESTOS AL COMERCIO EXTERIOR LAS MERCANCÍAS DONADAS SE SOLICITA ANTE:
La Administración Central de Regulación Aduanera, ubicada en Avenida Hidalgo 77, Módulo IV, P.B., Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, Distrito Federal.
6. SE DEBEN CUMPLIR LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
La solicitud se hará mediante el formato denominado “Autorización de exención de impuestos al comercio exterior en la importación de mercancía donada, conforme a la regla 2.9.3., apartado A de carácter general en materia de comercio exterior, misma que forma parte del Anexo 1 de las Reglas de Comercio Exterior.” A la solicitud deberá anexarse:
Copia certificada del poder notarial, con el que se acredite que la persona que firma la solicitud se encuentra facultada para realizar actos de administración, en las que sean visibles los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, mismo que se presentará por única vez, por lo que para posteriores operaciones la
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solicitud deberá estar firmada por la misma persona facultada para realizar actos de administración, quien deberá asentar bajo protesta de decir verdad que los términos de la representación no han sido modificados o revocados, en caso contrario, la persona moral interesada deberá proporcionar copia certificada del poder notarial respectivo.
La Federación, el Distrito Federal, Estados y Municipios, así como sus órganos desconcentrados y organismos descentralizados, para acreditar la representación del funcionario que firma la solicitud, deberán anexar copia simple y legible del nombramiento del funcionario público que firme la solicitud, así como del DOF o del medio de difusión oficial del Estado o Municipio de que se trate, en donde se establezcan sus facultades.
•Carta de donación en original emitida por el donante a favor del interesado, en la que conste la descripción detallada de la mercancía objeto de la donación; la cantidad, tipo y, en su caso, marca, año-modelo y número de serie. En el caso de que la carta se encuentre en idioma distinto al español, se deberá adjuntar la traducción correspondiente. Cuando el donante sea una persona física, copia del documento que acredite que es residente en el extranjero. Es importante hacer saber que si la carta está redactada en otro idioma, es necesario acompañar su traducción al español.
7. TÉRMINO EN QUE SE CONTESTA LA SOLICITUD DE DONACIÓN
La resolución del trámite se emite en un plazo máximo de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha en que se haya presentado la solicitud debidamente requisitada y se remitirá al domicilio para oír y recibir notificaciones señalado en la solicitud y se notifica personalmente, por correo certificado o por estrados en términos del Código Fiscal de la Federación. 8. DOCUMENTO NECESARIO PARRA LLEVAR A CABO LA IMPORTACIÓN La importación puede realizarla con una copia simple de la autorización, la cual ya ha sido registrada en el sistema electrónico con que cuenta la autoridad aduanera.
Convenios Aduaneros
Conceptos
Tratado de Libre Comercio
Consiste en un acuerdo comercial regional o bilateral para ampliar el mercado de bienes y servicios entre los países participantes como continentes o básicamente en todo el
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mundo. Básicamente, consiste en la eliminación o rebaja sustancial de los aranceles para los bienes entre las partes, y acuerdos en materia de servicios. Este acuerdo se rige por las reglas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) o por mutuo acuerdo entre los países.
Acuerdo Comercial
Es un convenio o tratado referente a la actividad de comercio. Este tipo de acuerdo puede ser establecido por compañías privadas, organizaciones de empresas o gobiernos.
Depósito Fiscal
Es el almacenamiento de mercancías de procedencia extranjera o nacional en Almacenes Generales de Depósito, los cuales deben de estar autorizados para ello, por las autoridades aduaneras y prestar este servicio en términos de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. Este régimen se efectúa una vez determinados los impuestos al comercio exterior, así como las cuotas compensatorias.
Este régimen admite posponer la elección del régimen de importación específico y permite a los particulares mantener almacenadas sus mercancías todo el tiempo que así lo consideren, en tanto subsista el contrato de almacenaje y se pague por el servicio. Las mercancías se pueden extraer total o parcialmente para su importación pagando previamente los impuestos, contribuciones y cuotas compensatorias, actualizados al periodo que va desde su entrada al país hasta su retiro del almacén. Incluso se puede optar por retornarlas al extranjero mediante tránsito interno. Asimismo, hace posible la comercialización de las mercancías en depósito.
Las mercancías depositadas en dichos almacenes puedan retirarse para:
Importarse definitivamente, si son de procedencia extranjera.
Exportarse definitivamente, si son de procedencia nacional.
Retornarse al extranjero las de esa procedencia o reincorporarse al mercado las de origen nacional, cuando los beneficiarios se desistan de este régimen.
Importarse temporalmente por empresas con programas IMMEX.
Asimismo permite a los particulares mantener almacenadas sus mercancías todo el tiempo que así lo consideren, en tanto subsista el contrato de almacenaje y se pague por el servicio.
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Adicionalmente se podrá autorizar el establecimiento de depósitos fiscales para:
La exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos de altura, comúnmente conocidos como Duty free. En este caso las mercancías no se sujetarán al pago de impuestos al comercio exterior y de cuotas compensatorias, siempre que las ventas se hagan a pasajeros que salgan del país directamente al extranjero y la entrega de dichas mercancías se realice en los puntos de salida del territorio nacional, debiendo llevarlas consigo al extranjero y cuando la venta se haga a los pasajeros que arriben al país directamente del extranjero en puertos aéreos internacionales y dicha venta así como la entrega de las mercancías se realice en los establecimientos autorizados conocidos como Duty Free, siempre que se trate de las que comprenden el equipaje de pasajeros en viajes internacionales, en este último caso, cuando las ventas realizadas al pasajero excedan de 300 dólares o su equivalente en moneda nacional, o bien de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, 3 litros de bebidas alcohólicas o 6 litros de vino, se deberá informar al pasajero que deberá efectuar el pago de las contribuciones correspondientes ante la autoridad aduanera y estampar en la bolsa un sello rojo que indique la frase “EXCEDENTE”. Las autoridades aduaneras controlarán estos establecimientos, sus instalaciones, vías de acceso y oficinas.
Locales destinados a exposiciones internacionales temporales de mercancías.
Someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos, a empresas de la industria automotriz terminal.
Cabe mencionar que existen mercancías que no se pueden destinar a este régimen.
Mercancías que no pueden ser objeto de depósito fiscal
Armas, municiones, mercancías explosivas, radiactivas, nucleares y contaminantes; precursores químicos y químicos esenciales, los diamantes, brillantes, rubíes, zafiros, esmeraldas y perlas naturales o cultivadas o las manufacturas de joyería hechas con metales preciosos o con las piedras o perlas mencionadas; relojes; los artículos de jade, coral, marfil y ámbar; ni vehículos, excepto los vehículos clasificados en las fracciones arancelarias 8703.21.01 y 8704.31.02, y en la partida 87.11 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE); ni mercancías clasificadas en los capítulos 50 a 64 de la TIGIE.
Las personas físicas o morales residentes en el extranjero, no podrán introducir mercancías al régimen de depósito fiscal clasificadas en las partidas 9503 y 9504 de la TIGIE.
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Exepciones
No obstante a lo establecido en el párrafo anterior, las personas morales que cuenten con autorización a que se refiere el artículo 121, fracción I de la Ley Aduanera, podrán realizar la introducción a depósito fiscal de muestras y muestrarios, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la regla 3.1.27. y el procedimiento establecido en la regla 4.5.19. También podrán introducir relojes y artículos de joyería hechos con metales preciosos o con diamantes, brillantes, rubíes, zafiros, esmeraldas y perlas naturales o cultivadas, así como mercancías clasificadas en los capítulos 50 al 64 de la TIGIE.
Fundamento Legal: Artículo 119, 120 y 123 de la Ley Aduanera, Reglas 4.5.8, 4.5.18. y 4.5.26 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2012.
Tránsito de mercancías
El régimen de tránsito consiste en el traslado de mercancías, bajo control fiscal, de una aduana nacional a otra.
Se debe de entender por este régimen cuando las mercancías proceden de un país y se dirigen a otro pero lo hacen cruzando el nuestro. Para ello la aduana de entrada envía a la aduana de salida las mercancías de procedencia extranjera que lleguen al territorio nacional con destino al extranjero.
Existe otro supuesto que es, cuando por cuestiones de economía o de operatividad se trasladan mercancías nacionales o nacionalizadas por territorio extranjero para que posteriormente reingresen a nuestro país.
Se deberán cumplir los plazos establecidos en el Anexo 15 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2012.
Recinto Fiscalizado
Es la introducción por tiempo limitado de mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas, a los recintos fiscalizados estratégicos, para ser objeto de manejo, almacenaje, custodia, exhibición, venta, distribución, elaboración, transformación o reparación y está sujeta a lo siguiente:
No pagarán los impuestos al comercio exterior ni las cuotas compensatorias, salvo tratándose de mercancías extranjeras, en los casos previstos en el artículo 63-A de la Ley Aduanera.
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No estarán sujetas al cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias u normas oficiales mexicanas, excepto las expedidas en materia de sanidad animal y vegetal, salud pública, medio ambiente y seguridad nacional.
Las mermas resultantes de los procesos de elaboración, transformación o reparación no causarán contribución alguna ni cuotas compensatorias.
Los desperdicios no retornados no causarán contribuciones, siempre que se demuestre que han sido destruidos cumpliendo con las disposiciones de control que para tales efectos establezca el SAT mediante reglas, determinando las contribuciones y cuotas compensatorias que correspondan.
Para destinar las mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico, se deberá tramitar el pedimento respectivo o efectuar el registro a través de medios electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas, determinando las contribuciones y cuotas compensatorias que correspondan.
A partir de la fecha en que las mercancías nacionales o nacionalizadas queden bajo este régimen, se entenderán exportadas definitivamente.
Las mercancías extranjeras que se introduzcan a este régimen pueden permanecer en los recintos fiscalizados estratégicos por un tiempo limitado de hasta dos años, salvo en los siguientes casos, en los que el plazo será no mayor al previsto en la Ley del Impuesto sobre la Renta para su depreciación:
I. Maquinaria, equipo, herramientas, instrumentos, moldes y refacciones destinados al proceso productivo;
II. Equipos y aparatos para el control de la contaminación; para la investigación o capacitación, de seguridad industrial, de telecomunicación y cómputo, de laboratorio, de medición, de prueba de productos y control de calidad; así como aquellos que intervengan en el manejo de materiales relacionados directamente con los bienes objeto de elaboración, transformación o reparación y otros vinculados con el proceso productivo.
III. Equipo para el desarrollo administrativo.
Las mercancías que se introduzcan bajo este régimen pueden retirarse de dicho recinto para:
I. Importarse definitivamente, si son de procedencia extranjera.
II. Exportarse definitivamente, si son de procedencia nacional.
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III. Retornarse al extranjero las de esa procedencia o reincorporarse al mercado las de origen nacional, cuando los beneficiarios se desistan de este régimen.
IV. Importarse temporalmente por empresas con programa IMMEX.
V. Destinarse al régimen de depósito fiscal.
Durante el plazo de vigencia del régimen, las mercancías podrán retirarse para su importación cumpliendo con las disposiciones que determine el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas.
Las mercancías sujetas a este régimen se podrán transferir de un inmueble ubicados dentro del recinto fiscalizado a otro ubicado dentro del mismo recinto, o a otro recinto fiscalizado habilitado en los términos del artículo 14-D de la Ley Aduanera, siempre que se cumplan con las formalidades que para tales efectos establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas.
Los productos resultantes de los procesos de elaboración, transformación o reparación que retornen al extranjero darán lugar al pago del impuesto general de exportación.
Las personas que hayan obtenido la autorización a que se refiere el artículo 135-A de la Ley Aduanera, responderán directamente ante el Fisco Federal por el importe de los créditos fiscales que corresponda pagar por las mercancías que sean retiradas del recinto fiscalizado sin cumplir con las obligaciones y formalidades que para tales se requieran o cuando incurran en infracciones o delitos relacionados con la introducción, extracción, manejo, almacenaje o custodia de las mercancías. Dicha responsabilidad comprenderá el pago de los impuestos al comercio exterior y de las demás contribuciones, así como de las cuotas compensatorias que en su caso se causen, y sus accesorios, así como las multas aplicables. Las personas que hayan obtenido la autorización a que se refiere el artículo 14-D de esta Ley Aduanera, serán responsables solidarios en los mismos términos y condiciones.
El SAT puede otorgar a las personas que tengan el uso o goce de un inmueble dentro o colindante con un recinto fiscal, fiscalizado o recinto portuario, tratándose de aduanas marítimas, fronterizas, interiores de tráfico ferroviario o aéreo, la habilitación de dicho inmueble en forma exclusiva para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico y la autorización para su administración. El inmueble habilitado se denominará recinto fiscalizado estratégico.
Fundamento Legal: Artículo 14-D, 135-A, 135-B, 135-C, 135-D y 144-A de la Ley Aduanera
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Organismos Internacionales
Tratados y Acuerdos
En el marco del proceso de globalización económica, la participación de los organismos internacionales con competencia en materia aduanera ha sido fundamental para coadyuvar a los esfuerzos realizados por los servicios de aduanas en la simplificación y armonización de los procedimientos de despacho.
El principal aporte de dichos organismos se resume en las directivas, lineamientos y recomendaciones que de ellos emanan, con miras a alcanzar la armonización, simplificación y transparencia de los procedimientos de despacho de mercancías en beneficio de la comunidad comercial.
A continuación se enumeran los organismos internacionales con competencia en materia aduanera en los que México participa:
Consejo de Cooperación Aduanera -Organización Mundial de Aduanas (CCA/OMA) www.wcoomd.org
El CCA nace el 15 de diciembre de 1950 en Bruselas, Bélgica. Aún cuando este Consejo se creó originalmente para resolver problemas europeos, pronto se vio que las cuestiones que abordaba y resolvía eran realmente mundiales. Por ello, a partir de 1956, el organismo extendió su acción a todo el mundo, contando actualmente con 150 países miembros. Los idiomas oficiales son el inglés y el francés.
En junio de 1994, el Consejo decidió adoptar un nombre informal para el desarrollo de sus trabajos, con el cual podría ser más fácil identificar su papel, posición y propósito; por consiguiente, a partir del 3 de octubre de 1994, el organismo es conocido como la Organización Mundial de Aduanas (OMA), sin que por ello se modifique la convención que crea al Consejo de Cooperación Aduanera, que permanece como su nombre oficial.
El papel de la OMA es indispensable para el desarrollo armónico e integral de las aduanas en sus procesos de simplificación, armonización y automatización a nivel mundial.
Teniendo en consideración que uno de los principales objetivos de la OMA es alcanzar la armonización de los procedimientos aduaneros, se ha dado a la tarea de crear y promover convenios aduaneros en diferentes materias técnicas.
En septiembre de 1987, México manifestó a la OMA su deseo de adherirse al Convenio que la crea y el 8 de febrero de 1988 depositó en la Secretaría General del CCA el instrumento de adhesión firmado por el Presidente de la República el 10 de diciembre de 1987; el Decreto correspondiente fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 1988.
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Mecanismo de Cooperación Económica Asia- Pacífico (APEC)www.apecsec.org.sg
El foro de Cooperación Económica Asia -Pacífico (APEC), por sus siglas en inglés, se creó en 1989, a petición del gobierno de Australia, con el objetivo de promover el libre comercio y la cooperación económica en la región Asia-Pacífico.
La APEC comprende 21 economías miembro: Australia; Brunei Darussalam, Canadá, Corea, Chile, Estados Unidos de América, Filipinas, Hong Kong, China; Indonesia, Japón, Malasia, México, Nueva Zelanda, Papua Nueva Guinea, Perú, República Popular de China, Rusia, Singapur, Taipei, China; Tailandia y Vietnam.
México ingresó en 1993 y las diferentes dependencias del Ejecutivo, de acuerdo con su competencia, participan en los grupos de trabajo, comités y subcomités de su especialidad.
El Comité de Comercio e Inversión está conformado por dos subcomités y siete grupos que atienden, entre otros, asuntos de acceso a mercados, propiedad intelectual, migratorios, facilitación comercial y aduaneros.
La Administración General de Aduanas, a través de la Administración Central de Planeación Aduanera, participa en las reuniones del Subcomité de Procedimientos Aduaneros (SCCP), el cual fue establecido en 1994 y reporta al Comité de Comercio e Inversión. (página web: www.sccp.org)
Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA) www.alca-ftaa.org
El esfuerzo por unificar las economías del Hemisferio Occidental en un solo acuerdo de libre comercio fue iniciado en la Cumbre de las Américas, llevada a cabo en diciembre de 1994 en la ciudad de Miami.
Los mandatarios de las 34 democracias en la región acordaron establecer un Área de libre comercio de las Américas (ALCA) y concluir las negociaciones para el acuerdo antes del año 2005. Asimismo, los líderes se comprometieron a lograr un avance sustancial hacia el ALCA para el año 2000. Sus decisiones se encuentran en la Declaración de Principios y el Plan de Acción de la Cumbre.
El esfuerzo por establecer el ALCA es un proceso dinámico que involucra tres elementos básicos:
Los Ministros de Comercio del Hemisferio Occidental, que han desarrollado el plan de trabajo completo para el ALCA
Los 12 grupos de trabajo del ALCA establecidos por los Ministros de Comercio, que recolectan y recopilan información del estado actual de las relaciones comerciales en el Hemisferio; y los Viceministros de Comercio del Hemisferio Occidental, quienes coordinan los esfuerzos de los grupos de trabajo y asesoran a los Ministros de Comercio
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En la reunión Ministerial de Belo Horizonte, se acordó que las negociaciones sobre el ALCA deberían iniciarse en marzo de 1998, durante la Segunda Cumbre de las Américas, en Santiago de Chile.
Los grupos de trabajo se han reunido en varias ocasiones en diversos lugares de América. Cada uno de los grupos, bajo la dirección de los Ministros de Comercio, se ha dedicado a obtener información pertinente referente a las relaciones comerciales en sus respectivas áreas, a fin de determinar posibles vías que conduzcan a las negociaciones.
Asimismo, los Ministros instruyeron a sus Viceministros a recibir las recomendaciones de los Grupos de Trabajo, para poder así dirigir, evaluar y coordinar el trabajo del total de los grupos. Estos otrora Grupos de Trabajo fueron transformados durante la Reunión de San José en nueve Grupos de Negociación.
Entre los principales objetivos del ALCA destacan los siguientes:
Lograr el libre comercio y la inversión en bienes y servicios basados en reforzadas y disciplinarias reglas comerciales
Las negociaciones del ALCA incluirán, a la vez, temas tales como: un régimen común de inversiones, compras al sector público y políticas de competencia, que no se encuentran actualmente consideradas bajo el marco de la OMC y que aún no forman parte de los acuerdos existentes entre gran número de países
Examinar la relación que existe entre ciertos temas clave, como agricultura y acceso a mercados, servicios e inversión, políticas de competencia y subsidios, antidumping y derechos compensatorios, entre otros, para tener la certeza de que el resultado de las negociaciones sea lo más eficiente posible y permita una mayor liberalización comercial
Consejo del Caribe para la Aplicación y Ejecución de las Leyes de Aduanas (CCALA)
El Consejo del Caribe para la Aplicación de las Leyes Aduaneras (CCALA) se creó en 1986 con objeto de mejorar la cooperación y el intercambio de información entre sus miembros.
El CCALA surge con la firma del Memorando de Entendimiento (MdE) sobre la prevención del contrabando y otros delitos aduaneros en la Zona del Caribe, que ha servido para facilitar el intercambio de información y la asistencia mutua entre las administraciones aduaneras.
Los esfuerzos del CCALA están dirigidos a:
El mejoramiento de los sistemas de comunicación Información e inteligencia Capacitación y perfeccionamiento de oficiales de aduanas Reforma y modernización de aduanas
Promoción de una cooperación permanente entre las administraciones aduaneras y otros organismos
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El CCALA es dirigido por un Comité Ejecutivo (EXCO), responsable de dirigir el escenario, desarrollar los objetivos y apoyar los programas de trabajo, compuesto por 12 miembros elegidos anualmente. México ha sido miembro del Comité Ejecutivo desde 1990.
El CCALA cuenta con 34 países miembros: Anguila, Antigua y Barbuda, Aruba, Islas Vírgenes Británicas, Bahamas, Barbados, Belice, Bermuda, Canadá, Islas Caimán, Dominica, República Dominicana, Francia, Granada, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, México, Montserrat, Países Bajos, Antillas Holandesas, Panamá, Santa Lucía, San Kitts & Nevis, San Nevis y Granadinas, Surinam, Trinidad y Tobago, Turcos y Caicos, Reino Unido, Estados Unidos de América y Venezuela. México ingresó en 1988.
Tratados y Convenios Comerciales en los que México esta inscrito
El proceso de globalización económica actual, desde sus inicios, ha demandado la facilitación de las operaciones comerciales, por lo que se ha hecho necesario que las administraciones aduaneras se modernicen y presten un servicio acorde con las necesidades de la comunidad comercial. Un elemento clave para alcanzar estos objetivos ha sido la cooperación y asistencia entre las aduanas de diferentes países.
Por otra parte, además del objetivo de buscar la facilitación de procedimientos de despacho de mercancías, las aduanas deben cumplir con la misión fiscalizadora que les fue impuesta por sus respectivos gobiernos. En este caso también resulta imprescindible contar con la colaboración y apoyo de los servicios de aduanas de otros países, con objeto de intercambiar información que coadyuve a la prevención, investigación y represión de los ilícitos aduaneros.
En este marco, desde la década de los setenta, México, a través de la Administración General de Aduanas, ha suscrito diversos convenios aduaneros, bilaterales y multilaterales, de intercambio de información, de facilitación aduanera y de cooperación y asistencia mutuas.
Asimismo, nuestro país se ha adherido a varios convenios multilaterales administrados por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), así como al convenio conocido como el Convenio de México sobre cooperación y asistencia mutua entre los países de habla hispana del continente americano, España y Portugal.
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Convenios bilaterales
Convenios de intercambio de información (para prevenir, investigar y reprimir infracciones aduaneras)
Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y España de Asistencia Mutua Administrativa con el fin de Prevenir, Investigar y Reprimir las Infracciones Aduaneras (8 de febrero de 1982)
Convenio de Asistencia Mutua entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Francesa encaminado a la Prevención, la Investigación y la Represión de los Fraudes Aduanales por las Administraciones de Aduanas de ambos Países (11 de marzo de 1983)
Convenios de facilitación aduanera
Acuerdo de Facilitación Aduanera entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Guatemala (16 de julio de 1990)
Acuerdo de Facilitación Aduanera entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Costa Rica (27 de agosto de 1991)
Convenio de Facilitación Aduanera entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Nicaragua (27 de mayo de 1997)
Acuerdo de Facilitación Aduanera entre la Administración General de Aduanas de los Estados Unidos Mexicanos y la Aduana General de la República de Cuba (15 de diciembre de 1986)
Convenios de cooperación y asistencia mutua
Acuerdo sobre la Asistencia Mutua entre los Servicios de Aduanas de México y los Estados Unidos de América (30 de septiembre de 1976)
Acuerdo sobre la Asistencia Mutua entre los Servicios de Aduanas de México y los Estados Unidos de América (modificado el 20 de junio de 2000)
Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Canadá sobre Asistencia Mutua y Cooperación entre sus Administraciones de Aduanas (16 de marzo de 1990)
Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Belice sobre Asistencia Recíproca entre sus Administraciones de Aduanas (20 de septiembre de 1991)
Acuerdo entre el Gobiernos de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Estado de Israel sobre Asistencia Mutua en Asuntos Aduaneros (21 de noviembre
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de 1996)
Convenios multilaterales
Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal.
Convenio por el que se crea el Consejo de Cooperación Aduanera
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías Acuerdo de Valoración Aduanera de la OMC Convenio Aduanero para la Admisión Temporal de Mercancías con Cuadernos ATA Convenio Aduanero para la Importación Temporal de Equipo Científico Convenio Aduanero para la Importación Temporal de Equipo Profesional
Convenio Internacional para Facilitar la Importación de Muestras Comerciales y Material de Publicidad
Convenio Aduanero relativo a las Facilidades para la Importación Temporal de Materiales para Ferias, Exhibiciones, Exposiciones y eventos similares
Cuestionario 1 Parcial
1.- En que situación puede quedar exenta la mercancía al entrar al territorio nacional?R= cuando la donación sea destinada a fines culturales, enseñanza, investigación y salud publica
2.- A que se denomina importación?R= ala entrada en un país de materias o productos obtenidos, elaborados o fabricados en el extranjero
3.- Con qué propósito se importan los productos o servicios?R= propósitos comerciales
4.- Que efectos produce la importación?R= efectos favorables y desfavorables
5.- Cuales son los efectos favorables que produce la importación? R= adquirir productos en su país no se producen, o más baratos o de mayor calidad
6.- Quién beneficia los efectos favorables que produce la importación? R= al consumidor
7.- Cuales es uno de los defectos favorables que produce la importación?R= aumenta la competencia sobre la industria local del país importador
8.- Que se entiende por régimen de importación definitiva?
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Entrada de mercancías de procedencia extranjera para permanecer en territorio nacional por tiempo ilimitado
9.-Cuales pueden ser los aspectos por los que se determina importar?R= escasez de producción del producto en el mercado interno y el bajo costo económico de importar ante costos altos de producción o comercialización en el país
10.- Que regula la ley aduanera?R= la entrada y salida al territorio nacional de mercancías y de los medios en que se transportan o conducen
11.- Quien están obligados al cumplimiento de las disposiciones de la ley aduanera?R= quienes introducen o extraen mercancías al territorio nacional, ya sean propietarios, poseedores, destinatarios, apoderados, agentes aduanales o cualquier otra persona que tengan intervención en la introducción, extracción, custodia, almacenaje, manejo y tenencia de las mercancías o en los hechos o actos denunciados
12.-Quien regula el derecho aduanero?R= la ley aduanera y su reglamento, código fiscal de la federación, ley de comercio exterior
13.- En donde se encuentra el fundamento legal del derecho aduanero?R= artículo 31 fracción cuarta de la constitución.
14.-Cuales son las normas y regulaciones de que disponen el derecho aduanero?R=tratados y acuerdos comerciales, internacionales de los que México forme parte, así como las reglas relacionadas con el comercio exterior
15.- Quien emite las reglas relacionadas con el comercio exterior?R= la secretaria de hacienda y crédito público, secretaria de economía
16.-Define derecho aduanero según Octavio Gutiérrez Carrasco R= conjunto de normas legales que determinan el régimen fiscal al que deben someterse los intervinientes en el tráfico internacional de mercancías a través de fronteras nacionales o aduanales, por la vía terrestre, aérea, marítima y postal
17.- A que se le denomina aduana?R= organismo gubernamental encargada de controlar y gestionar la entrada y salida de mercancías a los respectivos territorios aduaneros
18.- Que garantiza las administraciones de aduana?R= la fluidez del comercio global de modo que no impida, si no que por el contrario facilite la circulación de las mercancías
19.- De que depende tanto organizacionalmente como jurídicamente la actividad aduanera?R= de lo que disponga hacienda
20.- En cuando a ingresos que se encarga de proponer la secretaria de hacienda y crédito publico?
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R= política fiscal, aduanera, proyectos de aranceles y medidas de regulación, autoriza el otorgamiento de estímulos federales, franquicias, excepciones y subsidio para el desarrollo de la economía nacional.
21.- Cuales son otras de las funciones que lleva acabo la secretaria de hacienda y crédito publico?R= el proceso de recaudación de distribuciones, realiza inspecciones vigilando que se cumplan las obligaciones fiscales e imponen las sanciones si se comete alguna infracción
22.- En cuanto al funcionamiento de la aduana que determina la secretaria de hacienda y crédito publico?R= regula la entrada y salida de mercancías del país, las valúan para determinar el impuesto que pagan, coordina los servicios aduanales en aeropuerto, para que los pasajeros en vuelos internacionales hagan el pago de impuestos, respecto a mercancías que entren o salgan del país
23.- Cual es el monto de la franquicia al que tiene derecho el pasajero de nacionalidad mexicana proveniente del extranjero que ingrese al país por vía terrestre durante todo el año? R= 300 dólares
24.-Cual son los artículos que no se pueden transportar con la franquicia?R= bebidas alcohólicas, tabaco labrado y combustible
25.- Cual es el concepto de agente aduanal?R= es la persona física autorizada por la secretaria de hacienda y crédito público mediante una patente, para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías en los diferentes regímenes aduaneros
26.- Que entienden por arancel?R= al impuesto por los bienes importados
27.- Define el término de apoderado aduanalR= es la persona física designada, por otra para que en su nombre o en representación se encargue del despacho de las mercancías
28.- A que se define autoridad aduanera?R= autoridad competente que conforme a la legislación interna de una parte, es responsable de la administración de sus leyes y reglamentaciones aduaneras
29.- Que se entiende por contribuciones?R= impuestos que pagan los contribuyentes, por la importación y exportación de los bienes y servicios
30.- Define las cuotas compensatoriasR= derechos aplicables a ciertos productos ordinarios de determinados países para compensar el monto de la subvención concebida a la exportación de esos productos
31.- Cuando se exentan el pago de impuestos para donaciones?R= cuando son fines culturales, educativos, sociales y de salud
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32.- Cuales son los requisitos que deben cumplir las donaciones para que queden exentas del pago de impuestos?R= Que formen parte de su patrimonio, que el donante sea extranjero, que cuenten con la autorización de la Secretaria y que cumpla con las demás obligaciones en materia de regulación arancelaria. 33.- Que se entiende por pedimento?R= solicitud oficial que expide la secretaria de hacienda y crédito público para permitir la importación y exportación de mercancías a las personas físicas y morales que cumplan con la ley aduanera
34.- Cual es la la institución que rigen los convenios aduaneros?R= OMA
35.- Cuales son los tipos de convenios aduaneros?R= bilaterales, facilitación aduanera, de cooperación y asistencia mutua y multilaterales
36.- Menciona algunos países en los que México tenga convenio aduaneroR= España, Francia, Estados Unidos, Guatemala, Nicaragua, Cuba y Belice
37.- Cual es el objetivo primordial de los convenios aduaneros?R= la facilitación de procedimientos de despacho de mercancías
38.- En que consiste el depósito fiscal?R= en el almacenamiento de mercancías de procedencia extranjera o nacional, en almacenes generales de depósitos que pueden prestar este servicio en los términos de la ley general de organizaciones de actividades de crédito.
39.- Quien autoriza un depósito fiscal?R= autoridades aduaneras
40.- Cuales son los requisitos que deberá contar las instalaciones destinadas al régimen del depósito fiscal?R= Deberá contar con equipo de cómputo y de transmisión de datos que permita su enlace, de la secretaria llevar un registro permanente y simultáneo de las operaciones de mercancías en depósito fiscal
Cuestionario 2 Parcial
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1.- Quienes podrán tramitar la importación definitiva de mercancía mientras cumplan con el procedimiento?
Quienes tengan en su poder mercancía susceptible de regularizarse.
2.- Cuando se debe regularizar de manera definitiva una mercancía?
Cuando el SAT o autoridades fiscales determinen que la mercancía es de dudosa procedencia.
3.- Como se determinaran las contribuciones y cuotas compensatorias en caso de no poder establecer la fecha de introducción de mercancías?
Mediante la aplicación de cuotas, bases gravables y tipos de cambio de moneda vigente en la fecha.
4.- Que se entiende por régimen de importación temporal?
La entrada al país de mercancía para permanecer por tiempo limitado y con una finalidad especifica.
5.- En que consiste el régimen de importación definitiva?
Consiste en la salida del territorio nacional para permanecer en el extranjero por tiempo indefinido.
6.- Que se aplica para el pago del Impuesto General de Importación?
La tasa arancelaria preferencial prevista en los acuerdos comerciales o tratados de libre comercio firmados por México.
7.- Por que ha sido fundamental la participación de los organismos internacionales con competencia en materia aduanera?
A sido fundamental para coadyuvar a los esfuerzos realizados por los servicios de aduanas en la simplificación y armonización de los procedimientos de despacho.
8.- Cuales son algunos de los organismos internacionales con competencia en materia aduanera?
Consejo de Cooperación Aduanera, OMA. Que nacen el 15 de diciembre de 1950 en Bruselas, Bélgica; Mecanismos de Cooperación Económica Asia-Pacifico que se creó en 1989 a petición del gobierno de Australia.
9.- Con que se deberá amparar la mercancía de importación cuando se regulariza?
Con el pedimento o con la copia simplificada del pedimento que ostente el pago de las contribuciones y cuotas compensatorias.
10.- Que debe entenderse por tratados celebrados por México?
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Cualquier acuerdo internacional celebrado por escrito entre estados y regido por el Derecho Internacional.
11.- Como se dividen los tratados?
Bilaterales y Multilaterales.
12.- Cuales son los países que integran el tratado de libre comercio del grupo de los 3?
Colombia, Venezuela y México.
13.- Cual es uno de los objetivos del Área de Libre Comercio de las Américas (A.L.C.A.)?
Lograr el libre comercio, la inversión de bienes y servicios basados en reforzadas y disciplinarias reglas comerciales.
14.- Con que objeto se creó el Consejo del Caribe para la Aplicación de las Leyes de Aduanas (C.C.A.L.A.)?
Se creó en 1986 con el fin de mejorar la cooperación y el intercambio de información entre sus miembros.
15.- Para que ha servido la prevención de contrabando y otros delitos aduaneros en la zona del caribe?
Para facilitar el cambio de información y la asistencia mutua entre las administraciones aduaneras.
16.- Cuantos son los miembros que integran el A.L.C.A.?
34 países.
17.- Cuales son algunos de los convenios bilaterales que México ha suscrito?
De intercambio de información para prevenir, investigar y reprimir infracciones aduaneras; Convenio de Asistencia Mutua entre los Estados Unidos Mexicanos y el gobierno de la República Francesa, encaminada a la prevención, investigación y la represión de los fraudes aduanales por las administraciones, suscrito el 11 de Marzo de 1985.
18.- Que entiendes por sustitución de importaciones?
Es el proceso por el cual aquellos bienes que antes importaba el país pasan a ser producidos internamente.
19.- Cuales son las medidas que pueden involucrar la sustitución de importaciones?
Medidas de política económica que favorecen el proceso de sustitución de importaciones.
20.- Describe que es política arancelaria.
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Es el instrumento de la política económica mediante el cual un estado define estructura arancelaria que regirá el comercio exterior de mercancía.
21.- Que trae como consecuencia la sustitución de importaciones?
Disminuciones en los costos de la producción nacional o mejoras de calidad de los productos nacionales.
22.- Cuales han sido los tratados de libre comercio más representativos firmados por México?
TLCAN (MEX-EUA-CAN) 1994, MEX-COSTA RICA 1995, MEX-BOLIVIA 1995, MEX-CHILE 1999, MEX-ISRAEL 2000, MEX-HONDURAS-GUATEMALA-SALVADOR 2001, MEX- UNION EUROPEA 2001.
23.- Cual fue la finalidad de México con la firma de los TLC?
Lograr beneficios que le permitan al país llevar un comercio internacional y mejores condiciones.
Conclusión
En la materia de Derecho Aduanero tuvimos la oportunidad de aprender sobre las regulaciones por las cuales se rigen las aduanas, cuales son las normas y protocolos a seguir cuando se desea realizar una importación, exportación e incluso una donación.
Además, aprendimos los requisitos y especificaciones que deber reunir los depósitos fiscales, los aspectos que determinan la importación de mercancía y los efectos que tiene las importación de productos en el territorio nacional, los fundamentos legales del Derecho Aduanero, las funciones de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, los requisitos que debe tener una donación para que pueda ser exenta de impuestos, los datos que deben tener los pedimentos, los tipos de convenios que existen y los países con los que México ha firmado tratados.
Considero que es una materia bastante interesante y muy importante para nuestra formación como futuros licenciados en derecho, puesto que es conocimiento de vital importancia cuando se pretende tomar un rumbo mercantil en la vida laboral como seria en mi caso.
Bibliografía
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Jorge Witker. (1995). Derecho Tributario Aduanero. México: Universidad Nacional Autónoma de México.
Biblio.juridica.unam.mx
Aduanas.sat.gob.mx
Sat.gob.mx
Aduanas-mexico.com.mx
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