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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR - 2 0 1 9 -

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REGLAMENTO DE

CONVIVENCIA ESCOLAR

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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Disciplina Escolar:

Es el conjunto de procedimientos y acciones

formativas que fomentan la interiorización

de valores, el respeto a las personas y el

cumplimiento de normas que garantizan la

regulación del comportamiento de los

estudiantes y una convivencia armónica

entre todos los miembros de la comunidad

educativa.

“Documento de Transparencia” - MINEDU

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Identidad

Satisfacción contigo mismo, aceptación de los roles que te toca vivir como: estudiante, hijo, miembro de un grupo, etc. Disposición y

compromiso para amar, valorar y respetar: tu colegio, tu familia, tu país y sus costumbres.

Respeto

Valoración de tus cualidades, las de las personas, sus derechos y deberes ante la sociedad. Aceptación de la autoridad y sus leyes que te permitan

vivir en paz, y en armonía en tu escuela, familia y sociedad.

Responsabilidad

Habilidad para medir y reconocer las consecuencias de tus pensamientos, sentimientos y acciones, reflexionando cuando se cometa un error y

tomando acciones que te permitan aprender y aceptar las consecuencias.

Creatividad e Innovación

Habilidad que te permite afrontar los desafíos que trae la sociedad, visualizando y proponiendo soluciones a los problemas de hoy, creando

todo aquello que consideres un aporte para un mundo mejor.

Perseverancia

Habilidad que te permite no rendirte y continuar hacia adelante a pesar de las dificultades, los obstáculos, la frustración, el desánimo, el

aburrimiento, aumentar la probabilidad de alcanzar metas difíciles.

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INDICE

Página

PRESENTACIÓN 06

I. DERECHOS DE LOS DOCENTES 08

A. DERECHOS DE LOS DOCENTES 08

B. DEBERES DE LOS DOCENTES 08

1. Académicos 08

2. De Participación 08

3. De comunicación y Apoyo Institucional 08

II. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 09

A. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 09

4. Académicos 10

5. De Participación 11

6. De comunicación y Apoyo Institucional 10

7. De Credo y Culto Religioso 11

8. De la Infraestructura, Mobiliario Escolar y Bienes Personales 11

B. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 11

1. Académicos 11

2. De Participación 11

3. De Comunicación y Apoyo Institucional 13

4. De Credo y Culto Religioso 14

5. De la Presentación Personal 14

6. Del Uniforme Escolar 15

7. De la Infraestructura, Mobiliario Escolar y Bienes Personales 16

8. Del Respeto Urbanidad y Buenas costumbres 17

III. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS 17

A. DE LA TUTORÍA 17

B. DE LAS ENTREVISTAS 18

C. DE LOS ESTÍMULOS 18

D. SE LOS RECURSOS IMPUGNATIVOS 19

E. DE LAS FORMACIONES Y ACTUACIONES 20

F. DE LA ASISTENCIA PUNTUALIDAD Y PERMISOS 21

G. DE LA AGENDA ESCOLAR 22

IV. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN DEL

EDUCANDO 22

A. DE LA EVALUACIÓN ACADÉMICA 22

B. DE LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO 23

1. Medidas y estrategias para la mejora del comportamiento 24

1.1 Tarjeta de Felicitación 25

1.2 Tarjeta de Orientación 25

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1.3 Tarjeta de Llamada de Atención 25

1.4 Tarjeta de Amonestación 27

1.5 Tarjeta de Severa amonestación 29

1.6 Suspensión por Falta muy Grave 30

1.7 Falta Extremadamente Grave 31

V. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 34

A. DE LA RATIFICACIÓN DE MATRÍCULA 34

B. DE LAS VISITAS INSTRUCTIVAS, VIAJES DE ESTUDIO Y

PROMOCIONALES 34

C. DE LOS PADRES DE FAMILIA 35

D. REPRESENTACIONES Y ORGANISMOS ESTUDIANTILES 38

1. DESIGNACIÓN O POSTULACIÓN 38

2. REPRESENTACIONES ESTUDIANTILES 38

a) Brigadier General 38

b) Escolta 38

3. ORGANISMOS ESTUDIANTILES 39

a) Municipio Escolar o Consejo Estudiantil 39

b) Comité de Aula 39

VI. DISPOSICIONES FINALES 40

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PRESENTACIÓN

La disciplina constituye uno de los principales componentes del proceso enseñanza-

aprendizaje a través de la cual los estudiantes aprenden a vivir como miembros de

una comunidad, por lo que se presenta como una cuestión relevante tanto en los

contextos educativos como en los familiares y sociales.

La Institución Educativa es un escenario de formación integral, aprendizaje, disciplina

y orden, en donde estudiantes -en un ambiente de convivencia escolar democrático-

desarrollan sus capacidades intelectuales, artísticas, culturales y deportivas, así como

también sus habilidades sociales y estrategias que les permitan la interiorización

disciplinaria que lleve a la “libertad de ser y elegir”. A medida que el individuo crece,

necesita aumentar su libertad y autonomía, pero éstas están limitadas por la actitud

que tenga para razonar y asumir responsabilidades.

Los niños y jóvenes de hoy deben ser conscientes de sus actos, ejercer una libertad

responsable y lograr ser artífices de su propio destino. En consecuencia, desde

muy temprano deben aprender a reconocer sus errores con la finalidad de

orientarlos y así superarlos plenamente. Es por ello que nuestro sistema de

orientación actitudinal da preferencia al desenvolvimiento del estudiante sobre la

base de la autodisciplina y autoestima, el respeto a los demás y a las normas

establecidas para gozar de una convivencia más digna y elevada.

Es política de las Instituciones Educativas FAP enseñar con el ejemplo, orientar y

corregir con equidad y justicia, promoviendo tenazmente campañas contra el acoso y

ciber acoso escolar, a través de un sistema de acciones de orientación actitudinal

acorde con la exaltación de nuestros Valores Institucionales: Identidad, Respeto,

Responsabilidad, Creatividad e Innovación y Perseverancia; dando preferencia al

diálogo, la consejería y orientación, así como a la aplicación de medidas reparadoras

y estrategias psicológicas positivas de cambio actitudinal y, desde luego, contando

con la participación de los padres de familia, trabajadores, docentes, psicólogos,

administrativos, ex alumnos y el propio estudiante en el desarrollo de esta tarea

formativa.

Las normas de convivencia en las Instituciones Educativas FAP se materializan en

este Reglamento de Convivencia Escolar, documento orientador y descriptivo que

regula el Reglamento Interno del Colegio.

El presente Reglamento de Convivencia Escolar define los deberes, derechos,

normas y procedimientos formativos y de evaluación actitudinal que los estudiantes

del Sistema Educativo Escolar FAP deben cumplir en concordancia con los siguientes

fundamentos rectores que lo inspiran:

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A. Fundamentos Sociales

a. Toda sociedad, por más sencilla y pequeña que sea, no puede vivir sin normas. b. En toda institución social existen normas y el control de su cumplimiento. c. La escuela como institución social y el aula de clase como grupo, necesitan de

normas y práctica de valores para una adecuada convivencia. d. La familia (en primera instancia) y la Institución Educativa son los responsables

de sentar las bases de las reglas y normas que facilitan la convivencia armónica

y el bien común.

e. La Institución educativa enseña a conocer lo bueno y orienta a su comunidad

estudiantil para que se actúe como exige la sociedad.

B. Fundamentos Pedagógicos

a. El aula de clase y la Institución Educativa requieren de gestión, control, orden,

respeto y disciplina para cumplir su misión.

b. El orden y respeto enseñan al estudiante que el mundo responde con aprecio y

cariño, pero también de forma ordenada, a cada uno de sus actos.

c. Las aulas de clase y las Instituciones Educativas mejor organizadas y gestionadas

obtienen mejores resultados.

d. En la organización escolar, el orden, control y gestión se basan en el liderazgo y

el manejo de estrategias adecuadas del docente.

e. Un estudiante autodisciplinado es capaz de aprender, esforzarse y lograr

alcanzar sus metas.

C. Fundamentos Psicológicos

a. La Psicología postula que el niño necesita orden, reglas de conducta, normas y

respeto para desarrollarse como persona y alcanzar su felicidad.

b. El orden da al niño un sentimiento de seguridad al ver hasta dónde puede ir y lo

que debe y no debe hacer.

c. El estudiante necesita una influencia básica y sólida de orden para fortalecer su

autoestima y ser más asertivo en su actuar diario.

d. Vivir con normas claras de conducta permite al estudiante ser capaz de evitar

actitudes que la transgredan.

e. El reflexionar sobre las reglas de conducta contribuye al desarrollo del

pensamiento.

Todos los miembros de la comunidad educativa tienen el deber de conocer, respetar

y cumplir el presente Reglamento en el marco de sus atribuciones. Este Reglamento

se aplica tanto dentro de la Institución Educativa como durante todas las actividades

pedagógicas y extracurriculares organizadas por la misma (viajes escolares,

actividades deportivas, culturales, etc.). Del mismo modo, el Director tiene por misión

difundir y velar por el cumplimiento del presente Reglamento.

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I. DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES

A. DERECHOS DE LOS DOCENTES

Articulo 1. A ser respetado por los alumnos/as y sus familias y/o apoderados. Articulo 2.Exigir que se respete y aplique el Reglamento de Convivencia Escolar. Articulo 3. Contar con las condiciones necesarias para trabajar en un ambiente que facilite el aprendizaje. Articulo 4. Generar citaciones de los alumnos los días sábados y/o días hábiles de la

semana fuera del horario regular de clases, para tratar temas eminentemente académicos.

B. DEBERES DE LOS DOCENTES

1. Académicos:

Artículo 5. Mantener una permanente actualización en sus conocimientos

pedagógicos a fin de a fin de trasladar como efecto difuminador ante la población

discente.

2. De Participación:

Artículo 6. Siendo docentes, brindando imagen de vida, con la práctica cotidiana de

valores y comportamientos dignos de imitar, dando al discente confianza, cálido trato,

protector, solidario y emocional.

Artículo 7. En clases, propiciar el debate, la crítica, investigación, sentido de juicio,

tolerancia e imparcialidad entre los discentes.

3. De Comunicación y Apoyo Institucional:

Artículo 8. Mantener una fluida y abierta comunicación con los estudiantes, teniendo

tino, tono, y trato en la solución de conflictos, resolución de dudas, siempre respetando

las formas y diferencias culturales, sin invadir el espacio y universo personal del

alumno.

Artículo 9. En la comunicación docente/discente, siempre deben prevalecer los

valores que enaltecen a la Fuerza Aérea del Perú y por ende sus sistema de

educación.

Artículo 10. Ningún docente puede realizar comentarios que pudiesen dañar la honra y/o la dignidad de alumnos, apoderados, de la institución y de su personal, a través de cualquier medio de comunicación, incluyendo las redes sociales.

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II. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

C. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

1. Académicos:

Artículo 1. Recibir una educación de calidad que le permita descubrir sus

capacidades, fortalecer y desarrollar sus competencias para alcanzar un alto nivel de

competitividad y liderazgo.

Artículo 2. Recibir una formación integral, favoreciendo el desarrollo de su

personalidad y cualidades, que lo proyecten como una persona competente.

Artículo 3. Promover en los estudiantes la excelencia académica sustentada en los

valores institucionales de identidad, respeto, responsabilidad, creatividad e innovación

y perseverancia.

Artículo 4. Contar con el acompañamiento, orientación y apoyo académico de

directivos, tutores, docentes y psicólogos de la Institución Educativa reconociendo,

aceptando y respetando la diversidad de los estudiantes en su forma de aprendizaje.

Artículo 5. Intervenir en el aula de clase para preguntar, pedir aclaración y dar su

opinión, de acuerdo a las normas establecidas por el profesor.

Artículo 6. Iniciar y culminar las clases en la hora prevista sin ser interrumpidas, salvo

casos especiales que cuenten con la autorización de la autoridad competente.

Artículo 7. Que se respeten las fechas de entrega de trabajos y pruebas

programadas, y si hubiere lugar a modificaciones, que éstas sean comunicadas con la

anticipación debida y aprobadas por la autoridad respectiva.

Artículo 8. Recibir sus evaluaciones y trabajos corregidos con las indicaciones

pertinentes teniendo el estudiante la capacidad y oportunidad de ver su desempeño,

revisando y repasando los temas donde pudieran existir problemas, y sobre todo la

necesidad de recibir una retroalimentación pertinente y oportuna.

Artículo 9. Que se dosifiquen adecuadamente las tareas y trabajos asignados, de

manera que estos sean cortos, necesarios, útiles y significativos; y que permitan

además el compartir en familia y cumplir con otras actividades necesarias para su

formación integral.

Artículo 10. Solicitar al momento de la matrícula la exoneración en el Área de

Educación Religiosa por tener una confesión diferente a la católica o no tener ninguna.

Artículo 11. Solicitar la exoneración de la parte práctica de Educación Física

(ejercicios físicos), por motivos de salud debidamente sustentados.

Artículo 12. Solicitar traslado de matrícula, siempre que se cumplan los requisitos,

formas y términos legales.

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Artículo 13. Acceder al Servicio de Extensión Educativa como hijos de militares FAP

nombrados en misión diplomática, comisión de servicio o misión de estudios en el

extranjero. Así mismo, se extiende el derecho a casos de estudiantes que por motivos

especiales y justificados no puedan asistir a la IE (Según Directiva 155-4 vigente).

2. De Participación:

Artículo 14. Expresar libremente sus opiniones dentro de un clima de tolerancia,

respeto y diálogo sincero.

Artículo 15. Ser escuchado y atendido adecuada y oportunamente, siguiendo y

respetando las instancias correspondientes.

Artículo 16. Ser tratado con igualdad y gozar de los mismos derechos y

oportunidades sin ningún tipo de discriminación por razones de sexo, raza, condición

económica, social, religiosa o necesidades educativas individuales.

Artículo 17. Recibir reconocimiento y estímulos en mérito al cumplimiento de sus

compromisos académicos, deportivos, culturales y sociales.

Artículo 18. Ser integrante de los organismos estudiantiles y talleres que funcionen o

se organicen en la Institución Educativa.

3. De Comunicación y Apoyo Institucional:

Artículo 19. Los estudiantes de cualquier grado/año de estudios que destaquen

individual o colectivamente en el área académica, deportiva, cultural y otros, se harán

merecedores a la publicación y difusión de sus logros en los periódicos murales o

boletines de la Institución Educativa, en la página web y en los informes enviados al

CASED.

Artículo 20. Recibir por única vez la Agenda Escolar que sirve como valioso

instrumento de comunicación entre padres de familia e Institución Educativa.

Artículo 21. Contar con información oportuna y actualizada sobre las actividades

curriculares y extracurriculares programadas y organizadas por la Institución Educativa.

Artículo 22. Contar obligatoriamente con un seguro médico. Es potestad del Padre de

Familia adquirir el seguro que estime conveniente.

Artículo 23. Recibir consejería y orientación de sus Tutores, profesores y psicólogos

en caso de problemas personales, socioemocionales, o académicos; que les permita

superar las dificultades que enfrenten.

Artículo 24. Solicitar entrevistas con los Tutores/ docentes/ psicólogos o ser citados

por ellos para lograr un mayor acercamiento, tratar asuntos personales y recibir

orientaciones para la superación de cualquier inconveniente para su desarrollo

personal. Ser escuchado y atendido en prioridad, ante cualquier acto de acoso u ofensa

que pueda afectar su estabilidad emocional y académica, para su pronta detección y

corrección.

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Artículo 25. Ser atendidos por el personal del tópico (si la IE lo tuviera), Psicología o

Pastoral, con el permiso firmado por el docente responsable de la clase y portando su

Agenda Escolar, salvo casos de emergencia.

Artículo 26. Acceder a los servicios de biblioteca, comedor, transporte escolar y otros,

de acuerdo a la implementación de la Institución Educativa.

4. Credo y Culto Religioso

Artículo 27. Recibir formación católica a través de la orientación espiritual, charlas

religiosas, celebraciones litúrgicas, grupos de vivencia cristiana y la preparación para

recibir los sacramentos de la Reconciliación, Eucaristía y Confirmación.

Respetar la libertad de culto, los estudiantes que profesen otras confesiones,

participarán de sus prácticas religiosas en sus respectivos credos o congregaciones,

comunicando de estas oportunamente.

Artículo 28. Participar en actividades que promuevan la responsabilidad y sensibilidad

social, profundizando su espíritu solidario y su deseo de equidad.

Artículo 29. Contar con el apoyo y orientación espiritual de consejeros, sacerdotes y

laicos, que contribuyan a su formación espiritual y/o similares en otras confesiones.

5. De la Infraestructura, Mobiliario Escolar y Bienes Personales:

Artículo 30. Usar los ambientes, instalaciones y equipos adecuados para su edad,

sexo y actividad, de acuerdo a las disposiciones establecidas sobre el particular.

Artículo 31. Disponer de mobiliario suficiente, en buen estado y adecuado a su

finalidad.

Artículo 32. Que sean respetados sus bienes personales y aquellos asignados para

su uso.

Artículo 33. Que se respeten las normas de higiene, salud y seguridad de los

servicios que la Institución Educativa ofrece.

B. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

1. Académicos:

Artículo 34. Permanecer en la Institución Educativa durante la jornada escolar, salvo

permiso expreso de una autoridad del Plantel (Jefe de TOE o Subdirector de Nivel).

Artículo 35. Asistir obligatoriamente a clases, así como a los actos o ceremonias de

carácter oficial.

Artículo 36. Permanecer en el aula durante las horas de clase y los cambios de hora,

manteniendo el orden y la disciplina, salvo necesidad de fuerza mayor; en cuyo caso

deberá portar un pase firmado por el profesor de turno, Jefe de la Oficina de Tutoría y

Orientación Educativa o Subdirector del Nivel respectivo.

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Artículo 37. Participar activamente en la lucha contra el acoso y ciber acoso escolar,

cuando las agresiones son repetidas y duraderas en el tiempo, cuando se denigre a

un estudiante (es) de palabra, acto o medios digitales (blog, correos electrónicos, redes

sociales, etc.)

Artículo 38. Trabajar y participar con responsabilidad durante las clases, evitando

distraerse en actividades ajenas que no correspondan al área curricular.

Artículo 39. Mostrar respeto cuando un profesor u otro visitante ingresan al salón de

clase, poniéndose de pie y manteniéndose así y en silencio hasta que se le indique

que se sienten.

Artículo 40. Ponerse al día en las lecciones y tareas realizadas en su ausencia;

asimismo, informarse de las evaluaciones y actividades programadas por los docentes

y autoridades de la Institución Educativa.

Artículo 41. Cumplir con responsabilidad las tareas escolares asignadas y estar

siempre preparados para sus evaluaciones.

Artículo 42. Los estudiantes becados se deben esforzar por mantener un alto

rendimiento académico, presentar un comportamiento acorde al reglamento y

representar a la IE cuando se le designe.

2. De Participación:

Artículo 43. Conocer las diversas formas de participación estudiantil que ofrece la

Institución Educativa, pudiendo hacer uso de ellas para expresarse y colaborar en el

desarrollo de la vida institucional.

Artículo 44. Participar con esmero y responsabilidad en las actividades,

celebraciones, representaciones y encargos que se le asigne.

Articulo 45. Participar con solidaridad en apoyo a la reinserción de compañeros que

vienen siguiendo diferentes terapias de rehabilitación o asistenciales, como soporte

emocional de superación de adicciones, fobias, o conductuales.

Artículo 46. Participar en los organismos estudiantiles, pudiendo ser removidos de los

cargos por razones disciplinarias o bajo rendimiento académico.

Artículo 47. Ejercer responsablemente las funciones del cargo para el que fue elegido

y dar cuenta de su gestión al finalizar su mandato.

Artículo 48. Respetar las decisiones tomadas por las Representaciones y/u

Organismos Estudiantiles que estén de acuerdo a los Estatutos y a las Normas de la

Institución Educativa.

Artículo 49. Durante las horas de receso no permanecer en el aula o zonas

restringidas; evitar actos peligrosos que puedan ocasionar daño a sus compañeros o

deterioro de las instalaciones.

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Artículo 50. Mantener un trato cortés, de respeto tanto con el personal docente,

administrativo, de servicio como con sus compañeros, evitando actos de violencia.

Artículo 51. Al término de la última clase, los estudiantes que hacen uso del servicio

de movilidad escolar, deberán dirigirse rápidamente y en forma ordenada a sus

respectivas rutas, manteniendo un comportamiento seguro en el trayecto a su hogar

de acuerdo a las normas establecidas.

Artículo 52. Reconocer, aceptar y respetar la autoridad que tiene cualquier personal

de la Institución Educativa para llamar la atención a los estudiantes que cometan actos

de indisciplina tanto al interior como en el exterior de la misma.

Artículo 53. Informar al Tutor, Directivo, Docente o Jefe de la Oficina de TOE, toda

falta que atente contra el bien común, a fin de no ser cómplice y responsable de la

misma. La información se mantendrá como reservada mientras duren las indagaciones

correspondientes.

Artículo 54. Demostrar en todo momento los valores y normas de conducta recibidos

en su hogar y en la IE.

Artículo 55. Representar con responsabilidad e identidad a la Institución Educativa

Artículo 56. Demostrar una actitud respetuosa y de compromiso con la Institución

Educativa en los actos comunitarios, tales como: ceremonias religiosas, cívico

patrióticas, actos culturales, etc.

Artículo 57. Mantener un comportamiento adecuado en las actividades que se realicen

dentro y fuera de la IE.

Artículo 58. Respetar la autoridad del jefe de la delegación cuando se representa a la

Institución Educativa.

3. De Comunicación y Apoyo Institucional:

Artículo 59. Portar y usar la Agenda Escolar en forma obligatoria durante el año

académico. En ella deberá anotar diariamente las tareas asignadas, así como las

observaciones y recomendaciones formuladas por el personal directivo, profesores,

de Sanidad y Psicología.

Artículo 60. Conservar en buen estado la Agenda Escolar, sin arrancar hojas ni hacer

enmendaduras a las anotaciones oficiales.

Artículo 61. Mantener la Agenda Escolar firmada por sus padres o apoderado en las

fechas señaladas, así como también las notas, pruebas, circulares u otros documentos

que se le indique.

Artículo 62. Asistir puntualmente a las citaciones con su tutor, profesores de área,

psicólogos o directivos, demostrando una actitud de respeto, reflexión y diálogo frente

a las orientaciones brindadas y asumiendo compromisos que ayudarán a la superación

de las dificultades presentadas.

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Artículo 63. Mantener una conducta adecuada en los diferentes ambientes en los que

se brinda el servicio educativo.

Artículo 64. Respetar la prohibición del uso del teléfono de la Institución Educativa,

salvo casos excepcionales y de emergencia.

4. Credo y Culto Religioso:

Artículo 65. Respetar las diferencias religiosas que brinda la IE y, los valores

espirituales como compromiso de servicio a los demás.

Artículo 66. Participar respetuosamente en las jornadas pastorales, así como en las

celebraciones litúrgicas y actividades de servicio social que organiza la Institución

Educativa.

5. De la Presentación Personal

Artículo 67. Mantener una correcta presentación personal dentro y fuera de las aulas

y en toda actividad programada por la Institución Educativa. No están permitidos los

aditamentos o sustituciones al uniforme escolar.

Artículo 68. Usar la blusa o camisa dentro de la falda o el pantalón debiendo las

estudiantes respetar la altura de la falda conforme lo dispone el presente reglamento.

Artículo 69. Utilizar el uniforme escolar sin accesorios, maquillaje, esmalte de uñas,

piercing, tatuajes y otros que contravengan las disposiciones del presente reglamento.

Artículo 70. El cabello largo de las damas deberá permanecer en todo momento

ordenado y de estar sujeto utilizar sólo accesorios de color azul. No está permitido el

cabello con tintes o cortes inadecuados para una Institución Educativa.

Artículo 71. Los varones usarán el corte de cabello clásico escolar y deberán

presentarse aseados, sin patillas, barba ni bigotes. No está permitido el cabello largo

ni arreglos o tintes inadecuados para una Institución Educativa.

Artículo 70. Asistir con el uniforme de educación física de acuerdo al horario, o cuando

lo disponga la Dirección u otra autoridad de la IE.

Artículo 72. Solo los estudiantes de V° año de Secundaria como alumnos

promocionales pueden utilizar una prenda distintiva oficial, autorizada por la Dirección

(casaca de Promoción, polera, chaleco o polo según sea el caso o aspecto

climatológico).

Artículo 73. Marcar el nombre y sección del estudiante en todas las prendas del

uniforme para facilitar su identificación. No es responsabilidad de la Institución

Educativa la pérdida de ellos.

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6. Del Uniforme Escolar

Artículo 74. El uniforme escolar consta de las siguientes prendas:

a) Prendas obligatorias de las Damas:

(1) Las estudiantes del nivel inicial asistirán con el uniforme deportivo y zapatillas

negras.

(2) Falda azul de drill con una altura máxima de 5 cm por encima de la rodilla con

logo institucional (de1er grado de primaria a V° de Secundaria uso durante el

primer bimestre y cuarto bimestre).

(3) Jumper, con una altura máxima de 5 cm por encima de la rodilla (de1er a 4to

Grado de Primaria) (*)

(4) Falda a la cintura, con una altura máxima de 5 cm por encima de la rodilla

(desde 5to Grado de Primaria a Vº de Secundaria) (*)

(5) Blusa blanca con cuello para corbata con logo institucional SEE (para cuando

lo disponga la dirección de la IE)

(6) Polo blanco Piqué manga corta (uso durante todo el año) con logo institucional

SEE

(7) Chompa cerrada cuello V de color azul con logo institucional SEE

(8) Corbata azul (uso de acuerdo a las condiciones climáticas y disposiciones

especiales de la IE).

(9) Medias azules a la altura de la rodilla.

(10) Zapatos negros.

(11) Accesorios sencillos para el cabello de color azul (colets, vinchas o gancho).

(*) De tela escocesa autorizada por la Institución Educativa.

b) Prendas obligatorias para los varones:

(1) Los estudiantes del nivel inicial asistirán con el uniforme deportivo y zapatillas

negras

(2) Bermuda de drill con logo institucional (de 1er grado de primaria a V° de

Secundaria, uso durante el primer bimestre y cuarto bimestre)

(3) Pantalón plomo a la cintura.

(4) Correa negra.

(5) Camisa blanca con cuello para corbata, con logo institucional SEE (para los

días lunes y cuando disponga la dirección de la IE)

(6) Polo blanco piqué de manga corta con logo institucional SEE

Corbata azul (uso de acuerdo a las condiciones climáticas y disposiciones

especiales de la IE).

(7) Medias azules.

(8) Zapatos negros (no zapatillas).

(9) Chompa cerrada cuello V de color azul, con logo institucional SEE.

c) Uniforme de Educación Física de las Damas:

(1) Buzo del colegio: pantalón a la cintura y casaca con logo institucional del

SEE

(2) Polo celeste con el logo institucional del SEE

(3) Falda tipo tenis de color azul, con una altura máxima de 5 cm por encima

de la rodilla con logo institucional del SEE

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(4) Medias blancas

(5) Zapatillas de color blanco.

d) Uniforme de Educación Física de los Varones:

(1) Buzo del colegio: pantalón a la cintura y casaca con logo institucional del

SEE

(2) Polo celeste con logo institucional del SEE

(3) Bermuda azul

(4) Medias blancas

(5) Zapatillas de color blanco.

e) Otras prendas permitidas (no reemplazan a las prendas oficiales).

(1) En verano, y en las localidades que lo requieran, podrán utilizar gorro o

sombrero de (para cubrir orejas y cuello), de acuerdo a lo normado por la IE.

(2) En invierno, los estudiantes podrán utilizar otras prendas adicionales siempre

y cuando sean de color azul marino, sin diseño, capucha u otro aditamento.

Asimismo, podrá usarse calentadores, camisetas y cafarenas de color piel o

blanco debajo de la blusa o camisa.

(3) Uso de reloj de color y tamaño discreto.

7. De la Infraestructura, Mobiliario Escolar y Bienes Personales:

Artículo 75. Usar las instalaciones, equipamiento y movilidades de manera adecuada

y responsable, velando por su conservación y limpieza.

Artículo 76. Cuidar las carpetas y lockers asignados y devolverlos en perfectas

condiciones; en caso contrario, el padre de familia se hará responsable de sustituir el

material deteriorado de la forma y condiciones en que las recibió.

Artículo 77. Conservar y devolver en buen estado los artículos deportivos, de

laboratorio, material didáctico, libros de la biblioteca, computadoras y otros que ha

recibido para uso personal y colectivo.

Artículo 78. Velar por el aseo y limpieza del plantel, así como del cuidado de las

instalaciones, mobiliario, equipos, material didáctico y movilidad de la Institución

Educativa.

Artículo 79. Llevar a la Institución Educativa solo los útiles escolares necesarios para

el desarrollo de las actividades académicas. La IE no se responsabiliza por la

pérdida de dinero, joyas, juguetes, aparatos electrónicos y digitales, revistas,

lámina u otros objetos de valor.

Artículo 80. Respetar los bienes ajenos, las pertenencias y/o útiles de todos los

miembros de la comunidad educativa y de encontrarse estos, hacerlos llegar a la

autoridad competente para su posterior devolución, como parte de la campaña de

valores que viene impulsando el Estado Peruano.

Artículo 81. Facilitar las revisiones de sus efectos personales en salvaguarda de los

mismos estudiantes. La institución educativa se reserva el derecho de hacer

revisiones inopinadas a sus efectos personales.

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8. Del Respeto, Urbanidad y Buenas Costumbres

Artículo 82. Demostrar respeto permanente a los profesores, padres de familia,

personal de la IE y a toda persona con la que interactúa, de forma recíproca.

Artículo 83. Practicar hábitos de cortesía, saludando en todo momento y lugar.

Artículo 84. Utilizar adecuadamente los medios digitales. No observar, crear, colgar

información o imágenes que atenten contra la integridad, honorabilidad y bienestar de

sí mismo, de sus compañeros o cualquier miembro de la comunidad educativa:

cyberbullying, happyslapping (filmar agresiones y subirlas a internet para

compartirlos), memes, etc. Esta obligación se extiende a todo medio de comunicación

y no solo a los de tipo cibernético.

Artículo 85. Usar celulares o cualquier dispositivo electrónico (Tablets, MP3, MP4,

audífonos inalámbricos, etc.) durante la permanencia del estudiante en horario escolar

sin la autorización de un docente para su uso, está prohibido. De detectarse a un

estudiante haciendo uso de éstos, serán decomisados y entregados al padre de

familia.

Artículo 86. El uso de celulares o cualquier dispositivo electrónico (Tablets, MP3,

MP4, audífonos inalámbricos, etc.) durante la permanencia del estudiante en horario

escolar, sólo estará permitido si el docente responsable de la clase o de la actividad

lo autoriza para uso estrictamente académico, luego de esto deberá ser apagado y

guardado.

Artículo 87. Cuidar sus expresiones verbales y evitar actos que alteren las buenas

costumbres en el aula, formaciones, períodos de descanso, movilidad escolar o

cualquier ambiente de la IE.

Artículo 88. Usar un lenguaje apropiado en todo momento y ambiente tanto dentro

como fuera de la IE.

Artículo 89. No demostrar actitudes agresivas o participar en actos bruscos con

empujones, golpes, etc.

Artículo 90. No demostrar expresiones amorosas (tomarse de la mano, caricias,

abrazos, besos) dentro y fuera de las instalaciones de la Institución Educativa.

Artículo 91. No hacer gestos obscenos ni realizar actos que atenten contra el pudor y

las buenas costumbres.

Articulo 92. No consumir, comercializar o distribuir sustancias alucinógenas o etílicas

que pudieran ocasionar dependencia y adicción, de detectarse serán decomisados

informado a los padres y/o tutores para las acciones que hubiera lugar.

III. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS

A. DE LA TUTORÍA

Artículo 93. El estudiante tendrá en toda la comunidad educativa el soporte que

orientará, guiará y modelará su desenvolvimiento personal, conductual y social.

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Artículo 94. El docente Tutor y docentes en general contribuyen a la formación integral

de cada uno de sus estudiantes, brindándoles (grupal o individualmente) estrategias

que los ayuden a comprender mejor una situación y les permita encontrar posibles

alternativas de solución a los problemas.

Artículo 95. El docente Tutor tendrá una actitud que permita promover el desarrollo

de los estudiantes, favoreciendo la toma de decisiones importantes para su vida.

Artículo 96. El docente Tutor debe reflejar muestras de respeto y aceptación en el

trato con sus estudiantes.

Artículo 97. El estudiante debe mostrar una actitud de respeto hacia todos los

docentes de la IE.

Artículo 98. Todo miembro de la Institución Educativa tiene la obligación de orientar

las actitudes y el comportamiento de los estudiantes en forma asertiva, siendo ejemplo

de conducta, moralidad, preparación y actualización constante, académica y

afectivamente.

Artículo 99. Cada estudiante tendrá, en la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa,

un Legajo Personal donde se archivarán toda la documentación referente a su récord

conductual.

Artículo 100. La orientación de parte de los docentes y Tutores será constante y

motivadora, incentivando permanentemente el cambio de actitud, evitando en todo

momento llegar a la aplicación de las medidas reguladoras del comportamiento. Las

medidas de orientación constituyen la estrategia formativa, preventiva y restaurativa.

B. DE LA ENTREVISTAS:

Artículo 101. El docente permitirá la salida de un estudiante (previamente citado por

otro docente o personal de la Institución Educativa) durante las horas de clase, siempre

que no se encuentre en una prueba escrita o en una circunstancia especial. En este

caso, el alumno solicitará la reprogramación de la cita.

Artículo 102. Antes de tener una entrevista con docentes, tutor o personal de la IE, el

estudiante debe contar con el pase interno respectivo otorgado por la Oficina de

Tutoría y Orientación Educativa y/o profesor de turno.

Artículo 103. En casos excepcionales, el Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación

Educativa o el Subdirector de Nivel autorizará a los estudiantes hablar con los

docentes, Tutores de Aula u otra autoridad durante las horas de clases, siempre con

el visto bueno del profesor que dicta la clase y la aceptación previa de la persona

responsable de la citación.

C. DE LOS ESTÍMULOS

Artículo 104. Para estimular el buen comportamiento y el esfuerzo de superación

académica, conductual, artística y deportiva de los estudiantes, la Institución Educativa

otorgará los siguientes estímulos:

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a) Reconocimiento en el acto de clausura del año escolar, al estudiante que hubiera

obtenido la Excelencia Académica al término de sus estudios secundarios, así como

al Primer Puesto de cada grado (Secundaria).

b) Reconocimiento en el acto de clausura del año escolar a aquellos estudiantes del

Nivel Primaria quienes destacaron por su esfuerzo, dedicación y logros en los

aspectos académico, cultural, deportivo y/o actitudinal.

c) Beca de Estudio por Rendimiento Académico a favor de los estudiantes que desde

6to grado de Primaria a IV° de Secundaria hayan obtenido el 1er Puesto en el grado,

de conformidad con la Directiva CASED 155-3 vigente.

d) Felicitación y premios de estímulo a los estudiantes que realicen actos distinguidos

durante el año escolar o que tengan destacada participación en actividades de

carácter académico, cultural, social, deportivo, etc.

e) Anualmente se acordará premios de estímulo por cualidades personales a favor de

los estudiantes que se distingan por un auténtico y notorio esfuerzo de superación,

colaboración, compañerismo, voluntad, constancia, puntualidad, comportamiento,

etc.

f) Publicación del Cuadro de Honor con la fotografía de los estudiantes del Nivel

Secundaria que alcanzaron el 1er, 2do y 3er Puesto en mérito a su esfuerzo

intelectual y actitudinal en cada bimestre y al término del año escolar.

g) Felicitación y/o premio grupal al grado y/o sección que hubiera destacado en lo

académico, cultural, deportivo y conductual.

Artículo 105. Los premios de estímulo consistirán en medallas y diplomas de honor.

Adicionalmente podrá incluirse otros.

Artículo 106. En reconocimiento al rol protagónico de los estudiantes que ocupan

cargos estudiantiles, la Institución Educativa podrá otorgarles diferentes estímulos y

distinciones.

Artículo 107. La Institución Educativa reconoce y estimula las acciones

extraordinarias dentro y fuera del plantel, en lo académico, deportivo, cultural y

actitudinal, que sean realizadas en beneficio de su comunidad o de la Nación.

Artículo 108. La Institución Educativa reforzará el buen comportamiento de los

estudiantes haciendo uso de diferentes estrategias de recompensa, destacándose

entre ellas la Tarjeta de Felicitación.

D. DE LOS RECURSOS IMPUGNATIVOS

Artículo 109. Como mecanismo destinado a promover los valores cívicos en los

estudiantes y hacerles conocer sus derechos, la Institución Educativa reconoce la

opción del estudiante a la legítima defensa. En ese sentido, podrá presentar recursos

impugnativos a una medida disciplinaria o a una calificación que no considere

equitativa o justa.

Artículo 110. La reconsideración se interpondrá ante la misma autoridad que calificó

la evaluación o a quien emitió la medida disciplinaria, que es materia de impugnación,

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debiendo sustentar ésta con una nueva prueba. Este recurso es opcional y su no

interposición no impide el ejercicio del recurso de apelación.

Artículo 111. Todas las reconsideraciones deben hacerse por escrito en solicitud

simple dirigida a quien calificó la evaluación o emitió la medida disciplinaria, debiendo

presentarse debidamente sustentada y necesariamente acompañada de los

documentos o elementos sustentatorios.

Artículo 112. El recurso de apelación se interpondrá cuando la impugnación se

sustente en diferente interpretación de los elementos, argumentos, criterios,

documentos y pruebas debiendo dirigirse a la misma autoridad que calificó la

evaluación o emitió la medida disciplinaria, a fin de que éste eleve lo actuado al

superior jerárquico.

Artículo 113. Las apelaciones de carácter académico serán resueltas por el

Subdirector de Nivel, en segunda y última instancia.

Artículo 114. Las apelaciones de carácter conductual o disciplinario serán resueltas

por el Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa, en segunda y última

instancia.

Artículo 115. Los casos de las faltas Muy Grave y Extremadamente Grave, quien

resuelve en última instancia es el Director de la Institución Educativa.

Artículo 116. Todo reclamo debe ser realizado por el padre de familia a través de una

solicitud simple dirigida a la Dirección, debidamente acompañada de los documentos

o elementos sustentatorios.

Artículo 117. Todo reclamo debe presentarse hasta el tercer día de conocido el

resultado de la evaluación o aplicada la medida disciplinaria. Pasado este plazo, se

entenderá que la calificación o medida disciplinaria ha sido consentida. Los términos

se computan a partir del día siguiente de la notificación.

E. DE LAS FORMACIONES Y ACTUACIONES

Artículo 118. Formar inmediatamente en los patios o frente a sus salones al toque del

timbre que anuncia el inicio y/o continuación de las labores escolares, manteniendo el

orden y respeto así no se encuentre el profesor.

Artículo 119. La asistencia de los estudiantes a las ceremonias de saludo a la bandera

(formaciones semanales) y a las actuaciones de la Institución Educativa tiene objetivos

formativos y, por tanto es obligatoria.

Artículo 120. En las formaciones y en las diferentes actuaciones, los estudiantes

deben adoptar un comportamiento acorde a la naturaleza de la actividad que se está

desarrollando:

a) Estar en posición de atención demostrando respeto al izar el Pabellón

Nacional y entonar el Himno Nacional.

b) Guardar silencio y mantenerse ordenado en su emplazamiento.

c) Escuchar y seguir las indicaciones de los responsables de la formación.

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F. DE LA ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y PERMISOS

Artículo 121. La asistencia regular y puntual de los estudiantes a la Institución

Educativa durante el año lectivo es obligatoria para asegurar el logro de los objetivos

educacionales.

Artículo 122. Se considera tardanza a la Institución Educativa cuando el estudiante

llegue después del toque de timbre que indique el inicio de la jornada escolar, sólo

podrá ingresar al aula mostrando el pase correspondiente firmado por el personal

encargado de la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa; en caso de no presentar

justificación, se hará acreedor a la medida reguladora respectiva.

Artículo 123. Los estudiantes que tuvieran un 30% de inasistencias injustificadas, no

podrán ser promovidos al año inmediato superior. Serán considerados en las actas

promocionales como retirados por límite de inasistencias. Para tal efecto, el Director

expedirá un decreto, previo informe y opinión del Tutor y el Jefe de la Oficina de Tutoría

y Orientación Educativa.

Artículo 124. Los padres de familia justificarán las inasistencias a clases, enviando

con su menor hijo en un plazo no mayor a tres días, el justificativo acompañado de la

respectiva documentación sustentatoria correspondiente a los días de ausencia. El

estudiante es el responsable de entregar a su tutor (a) la documentación, de lo

contrario se considerará como falta injustificada.

Artículo 125. Los padres de familia de estudiantes que se ausentan de la Institución

Educativa por más de 5 días consecutivos deben presentar un documento dirigido al

Director e ingresarlo por mesa de partes, en el cual redactarán de manera clara,

precisa y veraz el motivo de la inasistencia del menor (adjuntando documentación

probatoria). De acuerdo a lo presentado se procederá a programar el apoyo respectivo

al estudiante en lo académico y conductual.

Artículo 126. La inasistencia injustificada a una clase hace perder el derecho a ser

evaluado, si en ese período se llevara a cabo algún examen.

Artículo 127. Para ausentarse de la Institución Educativa durante el horario de clase,

el padre del estudiante solicitará el permiso correspondiente a la Oficina de Tutoría y

Orientación Educativa en forma personal o por medio de la Agenda Escolar (NO POR

TELÉFONO). Sólo se permitirá la salida del estudiante de la Institución Educativa en

compañía de sus padres o la persona autorizada.

Artículo 128. Los estudiantes que por motivos excepcionales tuvieran citas de

carácter médico, deberán comunicar por escrito en la Agenda Escolar el día anterior

a la cita programada.

Artículo 129. Si las citas fueran programadas en las primeras horas de la mañana, los

estudiantes podrán ingresar a la Institución Educativa, debiendo presentar la

constancia de atención o copia del recibo de pago de la consulta para justificar la

tardanza; si las citas fueran programadas en las últimas horas de la mañana, los

documentos sustentatorios serán presentados al día siguiente.

Artículo 130. Los padres de familia NO deben enviar a la Institución Educativa a los

estudiantes que se encuentran delicados de salud, en proceso de recuperación o que

tengan descanso médico, siendo el padre de familia el responsable ante cualquier

evento que se genere por el incumplimiento del presente artículo.

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G. DE LA AGENDA ESCOLAR

Artículo 131. La Agenda Escolar es un documento oficial de la Institución Educativa

de distribución gratuita, una ayuda para el trabajo escolar del estudiante y un

instrumento de comunicación entre los padres de familia y el plantel. No portar la

agenda y descuidarla en su presentación traerá como consecuencia que el estudiante

se haga acreedor a la medida reguladora tipificada para el caso.

Artículo 132. La Agenda Escolar deberá ser revisada y firmada diariamente por los

padres de familia. Bajo ningún motivo deberá firmar en la fecha que no corresponda.

Artículo 133. En caso de pérdida, deberá informar al tutor y adquirir otra Agenda

Escolar, pagando el importe establecido en la Oficina de Tesorería.

Artículo 134. En la Agenda Escolar se debe tener en cuenta lo siguiente:

a. Consignar los datos personales del alumno, padres de familia y/o apoderado

autorizado.

b. Evitar hacer inscripciones o anotaciones ajenas a su finalidad.

c. Estar forrada con material transparente.

d. Los datos en la agenda deben ser actualizados inmediatamente sucediera algún

cambio en ellos (dirección, teléfonos, etc)

III. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN DEL EDUCANDO

A. DE LA EVALUACIÓN ACADÉMICA

Artículo 135. Los estudiantes que se retiren de la IIEE (traslado de matrícula) con

bajo rendimiento académico y posible repitencia del grado, no podrán reingresar a la

Institución Educativa.

Artículo 136. La evaluación del educando será permanente, integral y flexible en

función a los estándares de aprendizaje del área y grado.

Artículo 137. La evaluación de los educandos es formativa, permite obtener

información para toma de decisiones y se realiza durante todo el proceso educativo.

Artículo 138. El Informe del Rendimiento Escolar, en el que se registran los

calificativos del estudiante, será entregado al padre de familia y/o serán publicados en

el SieWeb en las fechas señaladas.

Artículo 139. El cumplimiento y la entrega oportuna de las tareas serán considerados

dentro de los criterios de evaluación.

Artículo 140. .Todos los exámenes corregidos por los docentes serán entregados al

estudiante para ser archivados y sean de conocimiento del Padre de Familia.

Artículo 141. Los estudiantes que tengan dos o más áreas curriculares desaprobadas

en los promedios bimestrales, recibirán una citación para sus padres, los cuales

firmarán un Compromiso de Honor con el objetivo de ayudar a sus hijos a superar

sus dificultades y puedan tener éxito en su escolaridad.

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Artículo 142. La inasistencia a rendir una evaluación escrita deberá ser justificada. En

caso de enfermedad, deberá presentar el Certificado Médico respectivo; en cuyo caso

podrá solicitar, en un plazo máximo de tres días, una nueva fecha de examen al

profesor del área o a la Subdirección de Nivel.

Artículo 143. Podrá solicitar por escrito a la Subdirección de Nivel respectiva,

postergación de evaluación de bimestre, adjuntando los documentos que lo sustenten.

Artículo 144. La promoción de los estudiantes al año inmediato superior se realizará

según las normas establecidas por el Ministerio de Educación.

Artículo 145. Cuando un estudiante repita por segunda vez en el mismo nivel

educativo (Primaria o Secundaria), se recomendará al padre de familia evalúe la

elección de otra propuesta educativa a fin que el estudiante tenga éxito en sus

estudios.

Artículo 146. Al término de cada año lectivo, los estudiantes podrán solicitar la

certificación correspondiente, salvo aquellos que tengan aportes a la mejora educativa

pendientes. La Institución Educativa tiene el derecho de retener los certificados y otros

documentos de evaluación correspondientes, pudiendo brindar información verbal

sobre las mismas a los padres y/o apoderado.

B. DE LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO

Artículo 147. Evaluar es un proceso de análisis estructurado y reflexivo, que permite

comprender la naturaleza del sujeto y emitir juicios de valor sobre el mismo,

proporcionando información para ayudarlo a mejorar y ajustar la acción Formativa -

Educativa.

Artículo 148. Todo Personal de la Institución Educativa tiene la obligación de informar

y/o actuar cuando sorprenda a un estudiante cometiendo una falta.

Artículo 149. Las categorías que los tutores y docentes del grado tomarán en cuenta

para la evaluación de concepto del comportamiento son:

a) Presentación Personal

b) Puntualidad

c) Responsabilidad

d) Orden

e) Respeto

Artículo 150. Las categorías para registrar los deméritos en la evaluación del

comportamiento serán las siguientes:

a) Presentación Personal

b) Puntualidad

c) Responsabilidad

d) Orden

e) Respeto

Artículo 151. Los estudiantes que demuestran permanentemente acciones

destacadas (mérito) se harán acreedores de una Tarjeta de Felicitación.

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Artículo 152. Los estudiantes que incumplan con sus deberes (demérito), además de

recibir el acompañamiento tutorial y psicológico, serán acreedores a las medidas

formativas, reguladoras y restaurativas del comportamiento que a continuación se

señalan, en función a la naturaleza o gravedad de la falta cometida:

Así mismo, el estudiante deberá escribir en la Tarjeta recibida su compromiso

de mejora y su nombre. Cada tarjeta tiene una correspondencia directa en la

calificación del comportamiento.

Artículo 153. Toda tarjeta se llenará por duplicado; una se entregará al estudiante para

ser devuelta con la firma del padre y la otra será archivada en su legajo en la Oficina

de Tutoría y Orientación Educativa y registrada en el sistema en cada bimestre. Quien

aplicó la medida deberá informar al padre de familia mediante una anotación en la

Agenda Escolar.

Artículo 154. Cuando un estudiante acumule el número de tarjetas que conlleven a

una de mayor severidad, será firmada por el Jefe de Tutoría y Orientación Educativa.

1. Medidas y estrategias para la mejora del comportamiento

Artículo 155. Son todas las acciones que cumplen la función formativa, preventiva,

reguladora y reparadora del comportamiento de los estudiantes que cometieron faltas

y que se detallan en el presente reglamento. Estas acciones tienen la finalidad de

prevenir, aceptar y asumir la responsabilidad de la misma, cautelar el orden necesario

para vivir en sociedad y resguardar el bienestar común. Asimismo sustentan las notas

de Comportamiento.

Artículo 156. La Institución Educativa aplica las siguientes medidas formativas:

a. Diálogo personal con el estudiante.

b. Orientación de los profesores, psicólogos y/o tutores de aula.

c. Ejecución de tareas o trabajos especiales relacionados directamente con el

comportamiento a modificar.

d. Orientación y acompañamiento mediante estrategias propias de la oficina de

Psicología (estrategias preventivas, formativas, restaurativas y reguladoras del

comportamiento), a través de toda la comunidad educativa.

e. Comunicación personal y/o escrita, con los padres de familia, compromisos

específicos y seguimiento respectivo.

f. Compromiso de Honor que demandan acciones específicas que los padres y

alumnos deben cumplir.

Inicio en faltas leves = Tarjeta de Orientación

Faltas leves. = Tarjeta de Llamada de

Atención

Faltas moderadas. = Tarjeta Amonestación

Faltas Graves. = Tarjeta de Severa

Amonestación

Falta Muy Grave = Suspensión

Faltas extremadamente

Graves

= Separación de la IE.

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1.1 Tarjeta de Felicitación:

Artículo 157. La Tarjeta de Felicitación podrá ser propuesta por el personal de la

Institución Educativa. Será otorgada por el Jefe de Tutoría y Orientación Educativa, el

Subdirector de Nivel o Director de la IE, en mérito al mejoramiento en el

comportamiento, cambio de actitud del estudiante o por la realización de acciones

destacadas y permanentes relacionadas con la disciplina y las buenas costumbres.

Artículo 158. Cada Tarjeta de Felicitación que reciba un estudiante, en el Nivel

Secundario, significará un incremento en la calificación del comportamiento que el

Tutor le asigne. En el Nivel primaria 02 tarjetas sube un nivel de logro, y en secundaria

cada tarjeta sube 01punto en la nota de concepto del respectivo bimestre.

1.2 Tarjeta de Orientación

Artículo 159. Las orientaciones serán comunicadas en la Agenda Escolar, registradas

en la Tarjeta de Orientación y serán archivadas en el legajo del estudiante.

Artículo 160. En primaria hasta dos Tarjetas de Orientación conservan el nivel de logro

“AD”, una tercera Tarjeta de Orientación baja al nivel de logro “A”, asimismo en

secundaria, la tercera tarjeta de orientación conllevará a una tarjeta de llamada de

atención que significa 01 punto menos en el promedio de su calificación.

1.3 Tarjeta de llamada de Atención

a. Documento que será utilizado por los auxiliares, docentes, Tutores o Jefe de la

Oficina de Tutoría y Orientación Educativa, cuando se observen FALTAS LEVES

en el aula u otro ambiente de la Institución Educativa, incluso en las movilidades

escolares.

b. Se considerará FALTA LEVE a la trasgresión simple de las normas de conducta

que no comprometen la integridad física y/o emocional, ni revela una actitud

sistemática del infractor.

c. El estudiante tomará conocimiento del motivo y en qué categoría se encuentra la

falta. La tarjeta de Llamada de Atención se registrará en cada una de las categorías

según sea el caso (Presentación Personal, Puntualidad, Responsabilidad, Orden,

Respeto). Los deméritos se restarán de la calificación de concepto del

comportamiento dada por el Tutor.

d. La Tarjeta se formulará por duplicado, el original se entregará al estudiante, se

informará al padre de familia de la aplicación de este tarjeta por medio de la Agenda

Escolar la cual será devuelta con la firma del padre y la otra se archivará en el Legajo

Personal del estudiante en la Oficina de TOE.

e) En el Nivel Primaria:

(1) El estudiante que acumule hasta tres (03) Llamadas de Atención, obtendrá en

su Nivel de Logro de Comportamiento en el bimestre el calificativo de “B” (En

Proceso).

(2) De acumular una cuarta (04) Llamada de Atención obtendrá una

Amonestación - Calificativo “C”.

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f) En el Nivel Secundario:

(1) Cada Llamada de Atención recibida significará el descuento de un (01) punto

de la calificación bimestral de la nota de Comportamiento que el Tutor le asigne.

(2) Podrá acumular un máximo de tres (03) Llamadas de Atención Escrita en el

bimestre.

(3) De recibir una cuarta (04) merecerá una Amonestación (-02) dos puntos menos

en su calificación que se sumará a los (-03) tres puntos menos de las llamadas

de atención que la antecedieron.

g) Se consideran FALTAS LEVES:

Presentación personal

(1) No vestir el uniforme del colegio correctamente.

(2) Uso de accesorios y/o prendas no permitidas (aretes largos, llamativos o más

de un par; polos de colores y/o estampados debajo de la camisa o blusa)

(3) Usar maquillaje, y/o esmalte.

(4) Cabellos desordenados (DAMAS).

(5) Cabellos largos y desordenados (VARONES).

(6) Ingresar al aula desaliñado y/o sudoroso (después de recreos, deportes, etc.).

(7) Usar las faldas más de la altura establecida (altura máxima de 5 cm por encima

de la rodilla)

(8) Pantalones con basta deteriorada.

(9) Utilizar medias de colores no permitidos.

(10) Asistir con buzo en fechas que no corresponde.

Puntualidad

(1) Hasta tres (03) tardanzas y/o inasistencias injustificadas a la Institución

Educativa.

(2) Hasta tres (03) tardanzas injustificadas o sin autorización a clases y/o cambio

de hora, formaciones o actividades.

Responsabilidad

(1) No justificar oportunamente las inasistencias con documento probatorio o

justificación del padre de familia.

(2) No devolver firmada la documentación educativa (desglosables, cartas, entre

otros).

(3) No traer la Agenda Escolar o tenerla sin la firma del padre o apoderado.

(4) Maltratar y/o no darle el uso adecuado a la Agenda Escolar.

(5) Ingresar sin autorización a otro ambiente y/o sala de profesores de la IE.

(6) Salir del aula sin autorización durante el cambio de hora.

(7) Permanecer en el aula sin autorización o en lugares no asignados durante el

recreo.

(8) Ingresar a los salones de clase durante actividades que requieran la presencia

de los estudiantes en otros ambientes de la IE, salvo expresa autorización de

docentes y/o directivos.

(9) Ir a la enfermería sin el permiso correspondiente, salvo que exista una

emergencia.

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Orden

(1) Arrojar papeles u otros fuera del contenedor de basura o en el contenedor

inadecuado

(2) Ingerir alimentos y bebidas durante las horas de clase.

(3) Ocasionar desorden y alboroto en el aula durante horas de clase.

(4) No respetar la ubicación que le asigna el Tutor dentro del aula.

(5) Dejar en desorden el aula, laboratorios, camerinos, talleres, etc. luego de una

sesión de clase.

Respeto

(1) No practicar hábitos de cortesía (no saludar o ponerse de pie al ingreso de

docentes o visitantes, etc)

(2) Mostrar una conducta inadecuada en el bus o en cualquier ambiente de la IE

(Pintar las paredes, carpetas, puertas, etc)

(3) Uso de lenguaje inapropiado y palabras soeces.

(4) Uso inadecuado de cualquier ambiente de la Institución Educativa (aulas,

servicios higiénicos, biblioteca, kioscos, áreas verdes, etc).

(5) Exagerado tono de voz y carcajadas inadecuadas en el aula, formaciones y

ómnibus escolar.

Otras a juicio de la Subdirección de Nivel y/o la Oficina de Tutoría y Orientación

Educativa.

1.4 Tarjeta de Amonestación

a) Documento escrito que será utilizado por auxiliares, docentes, tutores o Jefe de la

Oficina de Tutoría y Orientación Educativa cuando se observe una FALTA

MODERADA en el aula u otro ambiente de la Institución Educativa.

b) El estudiante tomará conocimiento del motivo y del criterio de evaluación actitudinal

en que se ubica la falta. La tarjeta de amonestación se registrará en el criterio según

sea el caso (presentación personal, puntualidad, responsabilidad, orden, respeto).

Todos los deméritos se contabilizarán y restarán de la calificación del

comportamiento dada por el Tutor.

c) La Tarjeta se formulará por duplicado: una copia se enviará al padre de familia y se

anotará en la Agenda Escolar indicando la falta cometida y la otra copia se archivará

en el legajo personal del estudiante.

d) El docente, Tutor o Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa que

observó la falta, citará al padre de familia para informarle lo sucedido y coordinar

acciones correctivas, comprometiendo su participación en el cambio y

superación de la actitud negativa.

e) Si el caso lo amerita, se realizará una sesión de orientación para el estudiante y

padre de familia o apoderado, a cargo del psicólogo de Nivel.

f) En el Nivel Primaria:

(1) El estudiante que acumule dos (02) Amonestaciones, obtendrá en el Nivel de Logro

de comportamiento en el bimestre un calificativo de “C” (En Inicio).

(2) De acumular una tercera (03) Amonestación recibirá una Tarjeta de Severa

Amonestación “En Inicio” (C).

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g) En el Nivel Secundaria:

(1) Cada Amonestación recibida significará el descuento de dos (02) puntos de la

calificación bimestral de la nota de Comportamiento que el Tutor le asigne.

(2) Podrá acumular un máximo de dos (02) Amonestaciones en el bimestre.

(3) De recibir una tercera (03), merecerá una Papeleta de Severa Amonestación.

h) Se consideran FALTAS MODERADAS:

Presentación Personal

(1) Utilizar prendas del uniforme ceñidas o en tallas pequeñas.

(2) Tener tatuajes visibles.

(3) Utilizar piercing.

(4) Asistir con barba o bigotes.

(5) Corte inadecuado de cabello (corte con diseños)

(6) Cabellos teñidos

(7) Reincidencia en usar las faldas más de la altura establecida (altura máxima de 5

cm por encima de la rodilla)

Puntualidad

(1) A la cuarta (4ta) tardanza y/o inasistencia injustificada a la Institución Educativa se

considera falta moderada.

(2) A la cuarta (4ta) tardanza injustificada a clase se considera falta moderada.

Responsabilidad

(1) No asistir deliberadamente a los compromisos cívicos/escolares

(2) La incitación y/o complicidad en la comisión de una falta a las Normas de

Conducta del presente Reglamento.

Orden

(1) Dedicarse a una asignatura distinta a la que se está dictando

(2) Acudir a kioscos, cafeterías o circular por los patios encontrándose en horas de

clase.

(3) Ocasionar desorden, alboroto en formaciones o actuaciones haciendo caso

omiso de la llamada de atención del docente.

(4) Arrojar huevos, harina, agua o cualquier otra sustancia a los compañeros

dentro y/o fuera de la Institución Educativa

(5) Sentarse sobre el escritorio del profesor

Respeto

(1) Causar daños a los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad

educativa

(2) Usar celular o cualquier dispositivo electrónico durante su permanencia en la IE

sin la autorización de un docente y sólo para uso estrictamente pedagógico; para

lo cual deberá prever que los equipos cuenten con batería suficiente. No está

permitido recargarlos dentro de las instalaciones de la IE.

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Otras a juicio de la Subdirección de Nivel y/o la Oficina de Tutoría y

Orientación Educativa.

1.5 Tarjeta de Severa Amonestación

a) Documento escrito que será aplicado cuando se observe una FALTA GRAVE.

Constituye una medida drástica que implica que el estudiante que se hace

merecedor a esta tarjeta, desapruebe la nota de comportamiento en el bimestre

correspondiente, independientemente de la apreciación del Tutor y de los logros

alcanzados en los diferentes criterios actitudinales.

b) El documento se formulará por duplicado: el original se entregará al padre de

familia y el otro se archivará en el Legajo Personal del estudiante.

c) El Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa citará al padre de familia

para informarle lo sucedido y coordinará acciones correctivas, comprometiendo su

participación en el cambio y superación de la actitud negativa. Toda tarjeta de

severa amonestación dará origen a la firma de un Compromiso de Honor por

parte de los padres, la cual será firmada y entregada el día de la cita.

d) El estudiante al que se le aplica la tarjeta de severa amonestación recibirá una

sesión de orientación junto al padre de familia o apoderado, a cargo del psicólogo

del nivel.

e) En los casos que el estudiante registrara falta GRAVE en el bimestre,

automáticamente su calificación desaprobatoria será diez (10) en Secundaria o “C”

en Primaria, independientemente de los logros alcanzados en los diferentes

criterios actitudinales.

f) La aplicación de esta sanción constituye para el estudiante que la recibe una seria

advertencia, pues de continuar con su mal comportamiento, se hará merecedor a

una “Medida Correctiva Extrema”, además de la Observación de la Matrícula del

siguiente año escolar.

g) Se consideran FALTAS GRAVES:

Presentación Personal

(1) Reincidir en las faltas moderadas.

Puntualidad

(1) A la quinta (5ta) tardanza y/o inasistencia injustificada a la IE.

(2) A la quinta (5ta) tardanza injustificada a clase.

Responsabilidad

(1) Reincidir en las faltas moderadas.

(2) Plagiar en las evaluaciones y no respetar la probidad académica en sus trabajos

(3) Falsificar firmas, extraer páginas y/o romper deliberadamente la Agenda

Escolar, cuadernos u otros

(4) Esconder o negarse a entregar la Agenda Escolar.

(5) Practicar juegos con apuestas, en todas sus modalidades.

(6) Desprestigiar la imagen de la Institución Educativa en cualquier actividad dentro

o fuera del ámbito institucional

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(7) No acatar las indicaciones del personal directivo, docente, auxiliares, y demás

personal de la Institución Educativa

(8) Encubrir conductas inadecuadas de sus compañeros.

(9) Evasión de clases

Orden

(1) Reincidir en las faltas moderadas.

(2) Interferir y obstruir intencionalmente el normal desarrollo de las clases.

Respeto

(1) Reincidir en las faltas moderadas.

(2) Calumniar, injuriar, faltar a la verdad, distorsionando los hechos y perjudicando

a terceros

(3) Faltar el respeto a los símbolos patrios, religiosos o institucionales.

(4) Escribir, dibujar y/o plasmar expresiones vulgares e irrespetuosas en las

instalaciones y/o mobiliario de la IE

(5) Fomentar violencia o abusar de sus compañeros y personal dentro o fuera de

la Institución Educativa

(6) Demostrar expresiones amorosas portando el uniforme escolar, dentro de la

movilidad, Institución Educativa y en zonas adyacentes.

(7) Utilizar vocabulario soez, realizar actos inapropiados y/o gestos obscenos que

atenten contra el pudor y las buenas costumbres

Otras a juicio de la Subdirección de Nivel y/o la Oficina de Tutoría y Orientación

Educativa.

1.6 Suspensión por Falta Muy Grave.

a) Medida Reguladora que será aplicada cuando se observe una FALTA MUY

GRAVE. Se aplicará esta Medida Reguladora que conlleva a que el estudiante,

automáticamente, desapruebe en Comportamiento con 08 en Secundaria o “C”

en Primaria en el Bimestre, independientemente de los logros alcanzados en los

diferentes criterios actitudinales.

b) La Medida Reguladora de Suspensión podrá ser de 1 a 6 días hábiles de privación

de ingreso a la IE, y no impide al alumno cumplir con sus obligaciones académicas

generales durante su ausencia.

c) Para la aplicación de esta Medida Reguladora, se cumplirá con el siguiente

procedimiento:

(1) Informe escrito del personal que presenció la falta en la IE, dirigido al Jefe de

Tutoría y Orientación Educativa

(2) El Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa informará por escrito al

Director de la IE, quien convocará al Consejo Directivo

(3) El Presidente del Consejo Directivo citará a los Padres de Familia o apoderado

para acompañar a su menor hijo (en una fecha no menor de tres días de emitida

la citación) para realizar su descargo ante los integrantes del Consejo Directivo,

adjuntándose una copia del informe del personal que presenció la falta.

(4) En reunión de Consejo Directivo, se recibirá el descargo del estudiante

acompañado de sus padres o apoderado, el cual quedará registrado en un Acta

que será firmada por todos los participantes de la reunión. El descargo podrá

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ser presentado en forma escrita y, si fuera una exposición verbal, se registrará

y anotará en el Acta.

(5) Posteriormente, en reunión de Consejo Directivo, se determinará si procede o

no la Medida Reguladora, lo que quedará registrado en una segunda Acta que

será firmada por todos los integrantes del Consejo Directivo

(6) Toda Medida Reguladora dará origen a observar la matrícula del año siguiente

(Matrícula en Observación en el Proceso Educativo Formativo).

(7) El Jefe de Tutoría y Orientación Educativa reportará el caso a la Oficina de

Psicología para el seguimiento correspondiente.

d) Son causales de FALTA MUY GRAVE para la aplicación de una Medida

Regulador las siguientes:

(1) Reincidencia en las faltas que ocasionaron la Tarjeta de Severa

Amonestación.

(2) Suplantar a otro estudiante en un examen.

(3) Reiterada desobediencia a la autoridad, falta de respeto a los símbolos

patrios, a los profesores, compañeros y personal de la comunidad educativa.

(4) El uso indebido de elementos punzo cortantes (bisturís, compases, tijeras y

otros) para agredir a sus compañeros o integrantes de la comunidad

educativa.

(5) Subir y/o publicar información a redes sociales o medios escritos que afecten

la dignidad de las personas y dañen la imagen institucional.

(6) Falsificar y/o alterar documentos, pruebas escritas, citaciones, calificaciones

u otros afines.

(7) Fumar en la Institución Educativa, inmediaciones, movilidades u ómnibus

escolar, hacer uso de sustancias alucinógenas o etílicas en la Institución

Educativa.

(8) Actos de bullying (acoso escolar), así como en cyberbullying y happyslapping

(filmar agresiones y subirlas al internet).

(9) Cometer o participar en actos reñidos contra la moral y buenas costumbres o

que atenten contra la salud física o mental dentro de la IE o en sus

inmediaciones.

(10) Traer u observar publicaciones pornográficas.

(11) Actos de violencia dentro o fuera del local escolar

(12) Evasión de la Institución Educativa

Otras a juicio de la Subdirección de Nivel y/o la Oficina de Tutoría y

Orientación Educativa.

1.7 Falta Extremadamente Grave.

a) Si después de aplicarse la Medida Reguladora, el estudiante persiste en mantener

actitudes negativas, su separación definitiva de la IE será automática por decreto

del Director y previo informe del Tutor y del Jefe de la Oficina de Tutoría y

Orientación Educativa, así como la opinión del Consejo Directivo. Las FALTAS

EXTREMADAMENTE GRAVES serán causales de pérdida de la vacante sin

necesidad de la reiteración de la falta.

b) La aplicación de esta medida determinará la cancelación del servicio educativo al

menor sancionado, sin posibilidad de ser matriculado en ninguna IE FAP en lo que

reste de su etapa escolar.

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c) Asimismo, pueden suscitarse FALTAS EXTREMADAMENTE GRAVES que

constituyan obligación estricta del Consejo Directivo para sugerir la Separación

inmediata del alumno, sin necesidad de Suspensión previa.

d) Para proceder con la Separación, se cumplirá con el siguiente procedimiento:

(1) Informe escrito del personal de la IE que presenció la falta, dirigido al Jefe de

Tutoría y Orientación Educativa.

(2) El Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa informará por escrito

al Director de la IE, quien convocará al Consejo Directivo.

(3) El Presidente del Consejo Directivo citará a los Padres de Familia o apoderado

para acompañar a su menor hijo (en una fecha no menor de tres (03) días de

emitida la citación) para realizar su descargo ante los integrantes del Consejo

Directivo. A la citación que se envíe a los padres, se adjuntará una copia del

informe del personal que presenció la falta

(4) El Consejo Directivo, de creerlo conveniente, podrá suspender

provisionalmente al estudiante, a fin de salvaguardar los derechos e

integridad de los demás estudiantes

(5) En reunión de Consejo Directivo se recibirá el descargo del estudiante

acompañado de sus padres o apoderado, el que quedará registrado en un

Acta que se firmará por todos los participantes de la reunión

(6) Posteriormente, en reunión de Consejo Directivo se determinará la separación,

lo que quedará registrado en una segunda Acta que será firmada por todos

los integrantes del Consejo Directivo

(7) Emisión y entrega a los Padres de Familia de la Resolución Directoral de

Separación de la IE

e) Son FALTAS EXTREMADAMENTE GRAVES y causales de Separación o

Expulsión, las siguientes:

(1) La reincidencia en las faltas que motivaron la medida disciplinaria de

suspensión.

(2) Traer y/o utilizar objetos punzocortantes, pirotécnicos, armas de fuego o

cualquier objeto que atente contra la integridad física de las personas.

(3) Utilizar artículos detonantes, sustancias químicas u otras que no vayan a ser

utilizadas en actividades académicas y que puedan causar daño.

(4) Coaccionar, amenazar, agredir verbal o físicamente a compañeros y/o al

personal que labora en la Institución Educativa.

(5) Romper, destruir u ocasionar intencionalmente daño al mobiliario, equipos,

instrumental, infraestructura y movilidad escolar de la Institución Educativa.

(6) Falta de respeto a directivos, profesores, administrativos y otras personas que

directa o indirectamente tengan que ver con la institución

(7) En caso de reincidir en actos de bullying (acoso escolar), así como en

cyberbullying y happyslapping (filmar agresiones y subirlas al internet)

(8) Consumir sustancias psicoactivas y/o bebidas alcohólicas dentro de las

instalaciones de la IE o en comisiones de representación, dentro o fuera de la

Institución Educativa.

(9) Presentarse a la IE o a cualquier actividad organizada por ella oliendo a

alcohol, en estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias alucinógenas.

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(10) Portar, distribuir y/o comercializar sustancias psicoactivas dentro o en las

inmediaciones de la IE.

(11) Hurto comprobado dentro de la IE, así como encubrir a quien lo haga.

(12) Tratar de obtener beneficios personales mediante el chantaje y/o amenaza a

compañeros o cualquier miembro de la comunidad educativa

(13) El comercio de notas

(14) Actos de extrema violencia dentro y fuera de la IE

(15) Participación en riñas colectivas dentro y fuera de la Institución Educativa

Otras a juicio de la Subdirección de Nivel y/o la Oficina de Tutoría y

Orientación Educativa.

2. Procedimiento para la Calificación Bimestral del Comportamiento

Artículo 161. La nota de Comportamiento será definida por los Tutores, en trabajo

coordinado con docentes del aula, teniendo en cuenta lo siguiente:

a) Las observaciones realizadas de sus estudiantes durante todo el bimestre,

según los criterios indicados en el artículo 147 dando un peso a cada categoría

de 04 puntos.

b) Las recomendaciones y observaciones brindadas por los docentes del aula.

Artículo 162. El Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa ingresará

en el sistema los estímulos y/o medidas reguladoras aplicadas a los estudiantes

durante el bimestre, los cuales incrementaran o disminuirán la nota de

comportamiento del bimestre.

Artículo 163. La Oficina de Tutoría y Orientación Educativa alcanzará

permanentemente y al final del bimestre, el reporte de conducta del aula a cada

Tutor.

Artículo 164. Para los estudiantes del Nivel Primaria la calificación de “Logro

Sobresaliente” (AD) en Comportamiento en el bimestre, se mantendrá siempre y

cuando registren hasta dos (02) tarjetas de Orientación escrita.

Artículo 165. Los estudiantes del Nivel Primaria que hubieran obtenido la

calificación de “Logrado” (A) en Comportamiento en el bimestre, mantendrán

dicho Nivel de Logro solo si obtuvieron tres (03) Orientaciones Escritas (en la

Agenda Escolar y registradas en el formato correspondiente) y/o hasta tres (03)

llamadas de atención.

Artículo 166. Los Tutores de los estudiantes que registraron faltas LEVES o

MODERADAS en el bimestre, deberán tenerlas en cuenta para realizar un

seguimiento y apoyo al estudiante.

Artículo 167. En los casos que los estudiantes hayan obtenido Tarjetas de

Felicitación, los puntos correspondientes se sumarán a la nota bimestral del

Comportamiento (luego de haberse descontado el puntaje de faltas leves o

moderadas).

Artículo 168. Los estudiantes que al finalizar el año escolar resulten

desaprobados en Comportamiento asistirán acompañados con sus padres a una

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entrevista con el Director de la Institución a fin de darles a conocer la necesidad

de una propuesta educativa acorde a los requerimientos del menor

Artículo 169. La calificación final del comportamiento en primaria será la

obtenida en el IV bimestre, y en secundaria será el promedio de los 4 bimestres.

IV. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

A. DE LA RATIFICACIÓN DE MATRÍCULA

Artículo 170. Los estudiantes que al final del año académico hayan sido desaprobados

en comportamiento con una calificación igual o menor de diez (10) en Secundaria y C en

Primaria, no podrán ratificar su matrícula en ninguna Institución Educativa FAP. En estos

casos los padres de familia serán notificados al finalizar el año escolar. El mismo

tratamiento recibirán los alumnos comprendidos en el artículo 143 del presente

Reglamento.

B. DE LAS VISITAS INSTRUCTIVAS, VIAJES DE ESTUDIO Y VIAJES

PROMOCIONALES

DE LAS VISITAS INSTRUCTIVAS Y VIAJES DE ESTUDIO

Artículo 171. Las visitas instructivas y viajes de estudio tendrán fines

fundamentalmente educativos, y serán programados en el Plan Anual de

Trabajo del nivel, y se llevarán a cabo siempre que ofrezcan las condiciones

que garanticen la máxima seguridad para el alumnado.

Artículo 172. La sección que realice una visita instructiva quedará bajo la

responsabilidad de los Subdirectores de Nivel, docentes y el Jefe de

Actividades. Para su autorización de la actividad los docentes responsables

presentaran a la Subdirección de nivel por lo menos 15 días antes de la fecha

la siguiente documentación:

a) Proyecto de estudio.

b) Presupuesto debidamente financiado, incluyendo el contrato de transporte.

c) Autorización escrita y firmada por los padres o apoderados de cada uno de

los estudiantes.

d) Relación de los estudiantes que figuran en la Nómina Oficial del grado.

e) Relación de los docentes encargados de conducir la visita.

Artículo 173. Las visitas instructivas que generen algún costo, será asumido

por los estudiantes.

Artículo 174. Los accidentes que pudieran suscitarse durante la visita

instructiva, deberán ser informados de inmediato al Director de la IE, quien

comunicará lo sucedido con prontitud al padre de familia.

Artículo 175. En toda visita instructiva se mantendrá la proporcionalidad de un

profesor y/o auxiliar de educación por cada quince alumnos.

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Artículo 176. Los viajes de estudio serán efectuados previa autorización de la

Dirección de la Institución Educativa y con conocimiento de la UGEL.

Artículo 177. Para la concesión de la autorización se requiere una solicitud

presentada al Director de la Institución Educativa por lo menos quince días

antes de la fecha proyectada para el viaje de estudio, acompañada de los

siguientes documentos:

a) Proyecto de estudio.

b) Presupuesto debidamente financiado, incluyendo el contrato de transporte.

c) Autorización escrita y legalizada de los padres o apoderados de cada uno de

los estudiantes.

d) Relación de los estudiantes que figuran en la Nómina Oficial del grado, que

saldrán de viaje de estudio, con indicación de sus respectivas edades, pesos

y estado de salud.

e) Relación de los profesores encargados de conducir el viaje de estudio,

propuestos por la Dirección de la IE.

Artículo 178. Sólo tienen derecho a participar en los viajes de estudio y visitas

instructivas los estudiantes matriculados que figuran en la Nómina Oficial del

grado

Artículo 179. En caso de mal comportamiento de los estudiantes durante

cualquier visita instructiva o viaje de estudio programado por la Institución

Educativa, se aplicará lo normado en el presente Reglamento.

DE LOS VIAJES PROMOCIONALES

Artículo 180. En relación a viajes, fiestas y graduaciones de Promoción

a) Los Directores de las Instituciones Educativas no tienen la responsabilidad

de autorizar, auspiciar, ni organizar viajes (dentro o fuera del país) o fiestas

de Promoción de los estudiantes al finalizar los Niveles Inicial, Primaria o

Secundaria.

b) No se autoriza el uso del nombre de la Institución Educativa en actividades

que realicen de forma particular los padres de familia o estudiantes.

c) El comité de Padres de familia de la Promoción de quinto de secundaria,

será el único responsable, si así lo desea, de organizar actividades de

promoción. De realizarse algún viaje, éste deberá llevarse a cabo DURANTE

LOS PERIODOS VACACIONALES DE LOS ESTUDIANTES y sin

participación del personal de la Institución Educativa.

Artículo 181. La IE es responsable sólo de la organización de la graduación de

los estudiantes del último año de Educación Básica. Los padres de familia

participarán en esta actividad de acuerdo a las políticas de la IE, dentro de este

marco, son los responsables de financiar la participación de sus hijos.

C. DE LOS PADRES DE FAMILIA

Artículo 182. Los padres de familia se comprometen a cumplir y hacer

cumplir este Reglamento, a respetar los principios, lineamientos, políticas,

normas y procedimientos que rigen a la Institución Educativa, así como las

medidas disciplinarias a que hubiere lugar de acuerdo al presente Reglamento.

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Artículo 183. El uso del tiempo libre que disponga el estudiante fuera del plantel,

deberá ser supervisado por los Padres de Familia, siendo su responsabilidad

lo que el menor haga en este horario.

Artículo 184. Está prohibido el ingreso de los padres de familia a las

diferentes instalaciones del plantel sin la citación y pase respectivo. Si el padre

no hubiera sido citado deberá permanecer en la recepción hasta la llegada del

personal encargado.

Artículo 185. El importe de los daños materiales que los estudiantes ocasionen

en los muebles, equipos, movilidad o infraestructura de la Institución Educativa,

será cargado a la cuenta de los padres de familia, sin perjuicio de la medida

disciplinaria que pueda imponer la Institución Educativa.

Artículo 186. La firma del padre o apoderado en todo documento que presente

el estudiante deberá corresponder a la firma registrada en la Secretaría General

y Agenda Escolar.

Artículo 187. Es responsabilidad y obligación del padre de familia revisar y

firmar diariamente la Agenda Escolar, de este modo estará al tanto de lo que

sucede con su hijo y podrá mantener una comunicación constante y fluida con

el Tutor y docentes.

Artículo 188. La Agenda Escolar no debe firmarse por adelantado.

Artículo 189. Por ningún motivo los padres de familia podrán dejar en la

prevención de la Institución Educativa útiles, loncheras, trabajos o materiales

para ser entregados a los estudiantes.

Artículo 190. Los Padres de familia solicitarán las citas con las autoridades,

docentes y/o psicólogos de la Institución Educativa a través de la Agenda

Escolar, de acuerdo a los días y horas establecidos para la atención,

según rol entregado por cada Subdirección de Nivel al inicio del año

escolar.

Artículo 191. Los padres de familia o apoderados son responsables de solicitar

información sobre el proceso formativo de los estudiantes, así como ingresar

en forma permanente al SIEWEB, a fin de conocer los logros académicos y

actitudinales de sus menores hijos.

Artículo 192. Los padres de familia tienen la obligación de justificar las

inasistencias de sus menores hijos cumpliendo estrictamente con lo establecido

en el presente reglamento.

Artículo 193. Los padres de familia son los primeros responsables en evitar

que sus menores hijos lleven a la institución educativa equipos celulares, o

cualquier equipo electrónico, revistas, láminas y cualquier otro artículo que vaya

en contra de lo establecido en el presente reglamento. La Institución Educativa

no se responsabiliza por la pérdida o deterioro de alguno de ellos.

Artículo 194. Sólo se permitirá el uso de celulares o cualquier dispositivo

electrónico en el horario escolar si un docente lo solicita y autoriza para fines

estrictamente pedagógicos, luego de darle este uso el estudiante deberá

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apagar y guardar los dispositivos, a fin de evitar distracciones y un uso

inadecuado.

Artículo 195. Los padres de familia o apoderados tienen la obligación de

asistir a las citaciones, reuniones de coordinación, información, escuela de

padres y/o capacitación a las que fueran convocados por el personal docente,

psicólogos y autoridades de la IE para tratar asuntos relacionados con el

desarrollo académico y actitudinal de los estudiantes.

Artículo 196. Los padres de familia que no asistan por tercera vez a citaciones

o convocatorias, firmarán un Compromiso de Honor.

Artículo 197. Los aportes para la mejora educativa son una suma de dinero

que debe cancelar íntegramente el padre de familia y/o apoderado, aun en el

caso que el estudiante se ausente temporalmente durante el transcurso del año

escolar. No existe el retiro temporal del estudiante ni separación de vacante.

Artículo 198. Antes de la matrícula, los padres de familia recibirán bajo cargo

el documento que permite matricular a sus hijos en situación de “MATRÍCULA

CON OBSERVACIÓN EN EL PROCESO EDUCATIVO FORMATIVO”, en los

siguientes casos:

a) Los estudiantes de los Niveles Primaria y Secundaria que hayan repetido por

primera vez.

b) Los estudiantes de Primaria que hayan obtenido “B” en Comportamiento en

el año académico anterior.

d) Los estudiantes de Secundaria que hayan obtenido 11 ó 12 en el promedio

final de Comportamiento del año académico anterior.

d) Los estudiantes que hayan recibido Medidas Reguladoras Extremas durante

el año anterior.

e) Por incumplimiento de un Compromiso de Honor pactado en el año

académico anterior (terapias, asistencia a citaciones, entrega de materiales,

etc).

Artículo 199. La “MATRÍCULA CON OBSERVACIÓN EN EL PROCESO

EDUCATIVO FORMATIVO”, implica que la Institución Educativa acepta la

matrícula del estudiante comprendidas en las causales mencionadas en el

artículo precedente, a condición de que cumpla los requisitos que se menciona

en el documento.

Artículo 200. La Institución Educativa no aceptará la matrícula de los

estudiantes calificados con las causales mencionadas en los artículos

precedentes si sus padres no suscriben el COMPROMISO DE HONOR

correspondiente según sea el caso.

Artículo 201. Se recomienda a los padres de familia solicitar las citas médicas

en horas de la tarde, de tal forma que éstas no interfieran en el normal

desarrollo de las actividades escolares.

Artículo 202. Abstenerse de promover actividades utilizando el nombre de la

Institución Educativa sin la autorización de la Dirección.

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Artículo 203. Los padres de familia cuyos hijos necesiten algún apoyo,

accesorio o prótesis, tales como silla de ruedas, bastón u otros; estos serán

provistos por el padre de familia, la Institución Educativa proporcionará los

ambientes adecuados para su atención.

D. REPRESENTACIONES Y ORGANISMOS ESTUDIANTILES

1. DESIGNACIÓN O POSTULACIÓN

a) El estudiante que sea designado para una representación o postule a un cargo

para cualquier organización estudiantil deberá cumplir los siguientes requisitos:

(1) Demostrar liderazgo positivo

(2) No presentar problemas de índole académico.

(3) No presentar problemas conductuales (nota mínima de 15 en

Comportamiento en el Año Académico anterior)

(4) Contar con la opinión favorable del Jefe de Tutoría y Orientación

(5) Educativa, Tutor y docentes de aula, lo cual deberá ser formalizado en un

documento

2. REPRESENTACIONES ESTUDIANTILES

a) Brigadier General

(1) Esta designación recaerá sobre el estudiante que habiendo cursado

presencialmente el IV° Año de Secundaria en la Institución Educativa haya

obtenido el más alto puntaje académico de de I° a IV° grado en Nivel

Secundaria.

(2) El Brigadier General deberá cumplir con las siguientes funciones:

(a) Dirigir las formaciones de los lunes.

(b) Presidir las representaciones oficiales de la Institución Educativa.

(c) Coordinar y ejecutar acciones con el Consejo Estudiantil.

(d) Colaborar en las campañas de mejoramiento del comportamiento

estudiantil.

(e) Otras que le asigne la IE.

b) Escolta

(1) La Escolta de la Institución Educativa estará conformada por estudiantes

de Vº Año de Secundaria preferentemente, y que destaquen en los

aspectos académico, disciplinario y cívico patriótico.

(2) La Escolta de Nivel Primaria estará conformada por los alumnos de 5to y

6to Grado que destaquen en los aspectos académico, disciplinario y cívico

patriótico.

(3) Los estudiantes integrantes de las Escoltas serán seleccionados por la

Subdirección de Nivel en coordinación con la Oficina de Tutoría y

Orientación Educativa y la Oficina de Actividades y Relaciones Públicas,

según propuesta de los Tutores del grado.

(4) Los estudiantes integrantes de las Escoltas de la IE deberán cumplir con

las siguientes funciones:

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(a) Representar a la Institución Educativa en actuaciones cívicas- patrióticas

y compromisos que adquiera la institución.

(b) Participar en actuaciones internas, sobre todo los días lunes durante la

formación general para rendir honores a la Patria.

3. ORGANISMOS ESTUDIANTILES

Cada uno de los Organismos Estudiantiles posee un Reglamento específico que

norma su organización y funcionamiento.

a) Municipio Escolar o Consejo Estudiantil

(1) El Municipio Escolar o Consejo Estudiantil es un organismo funcional y

representativo de los estudiantes integrantes de la Institución Educativa.

(2) Los estudiantes integrantes del Consejo Estudiantil de la IE deberán cumplir

con las siguientes funciones:

(a) Promover la participación estudiantil para el ejercicio de sus deberes y

derechos.

(b) Promover eventos culturales, deportivos, campañas que favorezcan el

orden, la salud, el ornato, el cuidado del medio ambiente, etc.

(c) Participar en reuniones del Consejo Consultivo de la IE, a fin de

colaborar con el Personal Directivo y Jerárquico en el análisis de los

asuntos para los que se les convoque y contribuir en el alcance de

soluciones.

b) Comité de Aula

(1) Delegado de Aula Ser Delegado de Aula es una distinción que recaerá

en los estudiantes elegidos democráticamente por sus compañeros entre

los más destacados, con condiciones de liderazgo y comprometidos con

su Institución Educativa. Este proceso será dirigido por los Tutores de cada

aula.

El Delegado de Aula deberá cumplir con las siguientes funciones:

(a) Dirigir las formaciones del aula.

(b) Colaborar con el control de la disciplina de su aula.

(c) Ejercer su autoridad sin faltar el respeto a sus compañeros.

(d) Asistir al Tutor y demás docentes del aula.

(e) Representar a sus compañeros ante los Organismos Estudiantiles.

(f) Coordinar y colaborar con el Brigadier General y el Presidente del

Consejo Estudiantil.

(g) Colaborar en las campañas de mejoramiento del comportamiento

estudiantil.

(h) Otras que le asigne el Tutor.

El Comité de aula estará conformado por:

(a) Delegado de Aula

(b) Responsables de:

(i) Ecología

(ii) Defensa Civil

(iii) Pastoral

(iv) Deportes

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V. DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- El presente Reglamento de Convivencia Escolar entrará en vigencia a

partir del día en que se emita el Decreto aprobatorio.

SEGUNDA.- El presente Reglamento de Convivencia Escolar se integra y forma

parte del Reglamento Interno de la Institución Educativa, con lo que quedan sin efecto

todas las normas contenidas en dicho Reglamento Interno en todo aquello que se

oponga al presente Reglamento de Convivencia Escolar.

EL DIRECTOR DEL CENTRO DE ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS

Coronel FAP SALOMÓN ZEGARRA BERRÍOS

O-9487883-O+