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Manual de Convivencia Escolar y Reglamento Interno Complementación 2013 Castillo Sonrisas

Author: dangdang

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  • Manual de Convivencia Escolar y Reglamento Interno

    Complementacin 2013

    Castillo Sonrisas

  • ndice

  • Introduccin

    Nuestro reglamento de convivencia se encuentra en armona con nuestro

    proyecto educativo y se elabora con el fin de dar a conocer los mecanismos

    reguladores del comportamiento de la comunidad educativa y la implementacin

    de procedimientos de manejo de conflictos de manera pacfica, potenciando

    estilos democrticos de gestin escolar para fortalecer las prcticas

    pedaggicas de las bases curriculares de la Educacin Parvularia, Ley

    Constitucional de Educacin, los Derechos Humanos y los Derechos del Nio/a.

    Es as como Aprender a vivir juntos, es un anhelo planteado por la Unesco

    para la educacin del siglo XXI y que a la vez es parte del mbito formacin

    personal y social, del ncleo convivencia, hace referencia a convivir y aprender

    una serie de conocimientos que nos ayudan a entender y movernos en el mundo

    que nos rodea, acrecentando habilidades para poder establecer relaciones

    permanentes, confiables y sinceras con otras personas.

    Hacer valer nuestros derechos y cumplir con nuestros deberes; nos hace

    posible la vida en sociedad y por ende en nuestro espacio educativo, siendo

    este el primer espacio de convivencia democrtica en el que se desenvuelven

    nuestros nios y nias, aprendiendo a tomar decisiones para un propsito comn

    como adems el trabajo en equipo y tolerancia.

  • REGLAMENTO INTERNO, DISCIPLINARIO Y DE CONVIVENCIA

    ESCOLAR DE LA ESCUELA DE LENGUAJE Y JARDN INFANTIL

    CASTILLO DE SONRISAS

    El presente Reglamento Disciplinario se aplicar en la Escuela de Lenguaje

    Castillo de Sonrisas. Para su aplicacin, ha sido aprobado por la direccin del

    establecimiento, quien en todas sus partes, ha consultado al Consejo de

    Profesores y al Consejo Escolar Ampliado y al Centro General de Padres, donde

    participan profesores, y apoderados para su discusin, anlisis y aprobacin.

    ESCUELA DE LENGUAJE Y JARDIN INFANTIL CASTILLO DE

    SONRISAS:

    El establecimiento, a travs de su personal docente y paradocente, aspira a

    aplicar y difundir una serie de normas de carcter formativo, para que las

    alumnas y los alumnos tengan una sana convivencia al interior de la escuela, as

    como lograr una definitiva y adecuada integracin a la sociedad. Al mismo

    tiempo, pretende fortalecer la comunidad escolar, ya que permite a todos sus

    integrantes actuar con seguridad, conocer lo que se espera de cada miembro, lo

    que est permitido y lo que no, as como los procedimientos que sern utilizados

    para resolver los conflictos que se puedan generar.

    ESCUELA DE LENGUAJE Y JARDIN INFANTIL CASTILLO DE

    SONRISAS, como un espacio conformado por personas, est expuesto a vivir

    situaciones de conflicto y como el presente reglamento ha sido elaborado con

    la participacin directa de los diferentes estamentos, se pretende que se

    reconozca el valor que tienen, para s mismos y su comunidad, los deberes y

    derechos de los estudiantes, apoderados y docentes.

    Concebimos entonces que DISCIPLINA es un proceso de adaptacin y

    progresiva integracin de normas y exigencias de la Escuela hacia alumnos,

    padres y docentes. Estas normas y exigencias son importantes para la

    adecuada y necesaria organizacin del establecimiento.

    El fin ltimo de esta normativa, es que las alumnas y los alumnos se incorporen

    sistemtica y adecuadamente a la sociedad, logrando grados crecientes de

    madurez y desarrollo personal, con plena conciencia de que sus acciones

    afectarn al resto de su grupo y compaeros de colegio. Los adultos deben

    estar dispuestos a construir y reconstruir pedaggicamente su estilo de

  • convivencia, considerando la importancia que tiene la delegacin de

    atribuciones, otorgar confianza y crear oportunidades de mayor protagonismo

    de los estudiantes en los procesos de resolucin pacfica de conflictos y en los

    canales de participacin; estimulando una reflexin acerca de los valores que

    fundamentan las normas de convivencia y generando instancias de dilogo en

    torno al reglamento disciplinario o de convivencia escolar.

    Como los padres son los primeros educadores, buscaremos tambin, a travs de

    todos los medios, la existencia de una mayor participacin de la familia en el

    desarrollo escolar de sus hijos, estableciendo alianzas con el colegio en un

    esfuerzo concordante y compartido.

    NUESTRA MISION:

    La misin de nuestro estableciendo es atender en forma integral nios y nias

    otorgando una atencin de calidad que contemple su desarrollo fsico, psquico,

    tico, moral, afectivo e intelectual con modelos y estructuras innovadoras, a

    travs de una metodologa basada en el juego; que les permita desarrollar su

    creatividad, conocimiento y resiliencia; esto en un ambiente que otorgue

    experiencias significativas para sus vidas, en el que cada uno sea constructor

    de sus aprendizajes y disfrute a partir de sus intereses y necesidades del

    descubrimiento y apropiacin del mundo, de modo que pueda desarrollar

    capacidades y destrezas que le permitan enfrentar desafos y superar

    obstculos, sintindose pleno y en armona consigo mismo.

    La Escuela de Lenguaje y Jardn Infantil Castillo de Sonrisas, adems se

    enfoca en brindar una habilitacin y rehabilitacin especfica para el normal

    desarrollo y estimulacin del lenguaje, mediante un Plan Especfico y un Plan

    General, realizado por profesionales especializados, tendiente a favorecer el

    desarrollo lingstico verbal y no verbal, acorde a la edad cronolgica de los

    nios, con el propsito fundamental de que el nio o nia se integre al sistema

    escolar de Educacin formal, acceda al Currculo oficial y progrese en l,

    posibilitando una slida formacin valrica que le permita responder de mejor

    forma a las exigencias del nuevo milenio.

    NUESTRA VISIN:

    Nuestra institucin se muestra como una entidad educativa que sustenta su

    quehacer en los principios pedaggicos que se plantean en las bases

    curriculares de la educacin parvularia. A travs del juego los nios y nias

  • logran aprendizajes significativos y desarrollan el sentido de bienestar y de

    singularidad, respetando las diferencias individuales de cada integrante,

    considerando sus propios intereses, necesidades, creencias y ritmo de

    aprendizaje, en un clima acogedor, de modo que se potencien capacidades a

    travs de actividades que tengan significado para l y ella.

    La apertura nos permite tomar conciencia de que la persona es un ser social

    que se relaciona y retroalimenta de los otros, es por esto que nuestra

    institucin favorece las instancias de comunicacin y conocimiento, las que

    contribuyen a la aceptacin y valoracin de s mismo y de quienes le rodean. La

    autonoma y actividad son fundamentales en la vida de todo ser humano pues

    nos permite tomar decisiones, enfrentar desafos y asumir responsabilidades

    por lo cual en nuestro trabajo diario nos preocupamos de que el nio y la nia

    gradual y constantemente tomen decisiones en relacin al trabajo, materiales,

    espacios y tiempo en que van a desarrollar una determinada actividad para que

    puedan sentirse ms seguros de s y asuman responsablemente sus acciones

    siendo coconstructores de su propio aprendizaje.

    Por otro lado, el Jardn Infantil Castillo de Sonrisas ser una institucin cuyos

    profesionales estn en la bsqueda constante de informacin actualizada y

    cientfica, con una preocupacin de perfeccionamiento y de crecimiento tanto a

    nivel personal como profesional, a modo de optimizar los procesos de ingreso y

    egreso de los alumnos.

    I. Fundamentos:

    En sus orientaciones ms generales la Escuela de Lenguaje Castillo de

    Sonrisas pretende como orientacin fundamental formar a los nios y nias

    para una vida ciudadana activa; para ser capaz de elegir y tomar decisiones;

    respetar al otro; y valorar la contribucin personal y de los dems para una

    convivencia pacfica y solidaria.

    En este contexto, cabe considerar que los nios y nias deben crecer,

    desarrollarse y aprender en un ambiente de afectos, seguridad, y

    oportunidades, sustentado en el marco de valores que comparte la sociedad

    chilena, a partir de lo cual se garantiza a los alumnos un ambiente de estudio

    armnico y de sana convivencia que respete la integridad moral y fsica.

    Cabe destacar que todos los alumnos tienen derecho a acceder a la educacin,

    por lo tanto este establecimiento prohbe estrictamente que los alumnos sean

  • vctimas de discriminacin basadas en consideraciones sociales, de raza, el

    color, sexo, idioma, religin, opiniones polticas o de cualquier ndole.

    En este plano, la familia, considerada en su diversidad, constituye el ncleo

    central bsico donde la nia y el nio encuentran sus significados ms

    personales, debiendo el sistema educacional apoyar la labor formativa

    insustituible que sta realiza. En la familia se establecen los primeros y ms

    importantes vnculos afectivos y a travs de ella, la nia y el nio se incorporan

    a las pautas y hbitos de su grupo social y cultural, desarrollando los primeros

    aprendizajes en este campo y realizando las primeras contribuciones como

    integrantes activos.

    En base al planteamiento anterior, se reconoce que el deber preferente de

    educar a los alumnos son los padres, a quienes se les debe brindar la

    oportunidad de participar en el proceso educativo de su hijo/a.

    Queremos basar nuestros objetivos en el desarrollo de la afectividad para

    formar nios y nias sanos y seguros de s mismos, y en el desarrollo del

    pensamiento que le permitirn incrementar su potencial de aprendizaje, que

    emerge con fuerza en condiciones favorables.

    Al establecimiento le corresponde entonces proveer de experiencias

    educativas que permitan a la nia o el nio adquirir los aprendizajes necesarios

    mediante una intervencin profesional, oportuna, intencionada, pertinente y

    significativa.

    II. Fines Generales del Establecimiento: Los objetivos generales de nuestra

    Escuela son los mismos que actualmente estipula la Reforma Educacional

    Chilpara la Educacin Parvularia, el Decreto 1.300/02 y el Decreto 170/10.

    - Promover el bienestar integral del nio y la nia mediante la creacin de

    ambientes saludables, protegidos, acogedores y ricos en trminos de

    aprendizaje, donde ellos experimenten y aprecien el cuidado, la seguridad y la

    confortabilidad y potencien su confianza, curiosidad e inters por las personas

    y el mundo que los rodea.

    - Favorecer aprendizajes oportunos, pertinentes y con sentido para los nios

    que potencien su disposicin por aprender en forma activa, creativa y

  • permanente, intencionado as un mejor desarrollo en los mbitos del desarrollo

    personal, la vinculacin con los otros y la relacin con el medio natural y

    cultural.

    - Promover en el nio y la nia la identificacin y valoracin progresiva de sus

    caractersticas personales, necesidades, preferencias y fortalezas para

    favorecer una imagen positiva de s mismos y el desarrollo de su identidad y

    autonoma.

    - Propiciar aprendizajes de calidad que consideren y acojan la singularidad y

    necesidades especiales de los nios y nias as como sus diversidades tnicas,

    lingsticas y de gnero, junto a otros aspectos culturales de stos, sus

    familias y comunidades.

    - Generar los espacios para potenciar la participacin permanente de la

    familia, en funcin a la realizacin de una labor educativa conjunta,

    complementaria y congruente, que optimice el desarrollo de los nios y las

    nias.

    - Propiciar un trabajo conjunto con la comunidad con respecto a las

    caractersticas y necesidades educativas del nio y nia, para generar

    condiciones ms pertinentes a su formacin integral.

    - Facilitar la transicin de la nia y del nio a la Educacin General Bsica,

    desarrollando las habilidades y actitudes necesarias e implementando los

    procesos de enseanza y aprendizaje que se requieran para facilitar la

    articulacin entre ambos niveles educativos.

    - Generar experiencias de aprendizajes que inicien la formacin en valores

    tales como la verdad, la justicia, la solidaridad, la belleza, la tolerancia y el

    sentido de nacionalidad en funcin a la trascendencia personal y considerando

    la Convencin Internacional de los Derechos del Nio. Adems de los antes

    mencionados nuestro establecimiento cuenta con sus objetivos propios que se

    resumen a continuacin:

    - Estimular el desarrollo de cada nio y nia, respetando su individualidad, a

    fin de lograr personas intelectualmente activas, que busquen sus propias

  • respuestas, equilibrados, seguros de s mismos con una autoimagen positiva, que

    socialmente le permitan adaptarse e integrarse con xito a la sociedad.

    - Promover la participacin de los padres en la tarea educativa, tanto en las

    actividades programticas como extraprogramticas organizadas por el

    Establecimiento.

    NORMAS GENERALES DE INDOLE TCNICO PEDAGGICAS

    1: La Escuela de lenguaje Castillo de Sonrisas es un establecimiento

    educacional reconocido como Cooperador de la funcin Educacional del Estado

    por Resolucin N 40267-2 y regido por Decreto 1300/02 y 170/10.

    2: La planificacin y la cobertura curricular son elementos centrales del

    quehacer pedaggico. Los planes y programas utilizados corresponden a las

    bases curriculares de la educacin parvularia.

    3: Los profesionales que deseen trabajar en el Establecimiento, debern

    presentar la siguiente documentacin para formalizar el contrato:

    Fotocopia legalizada de sus ttulos.

    Certificado de antecedentes.

    Certificado de cotizaciones AFP e Isapre o Fonasa.

    Acreditar experiencia en otras escuelas con caractersticas similares.

    Acreditar domicilio.

    Evaluacin de perfil psicolgico.

    4: Requisitos: Tener salud compatible con la funcin por la cual ser

    contratado. No podrn trabajar en la Escuela profesionales con:

    Enfermedades a la voz o cuerdas bucales, enfermedades al sistema nervioso

    como depresiones u otras que impliquen licencias mdicas de larga duracin.

    - ORIENTACIONES TERICO-PEDAGGICAS

    La modalidad curricular que orientar el trabajo pedaggico del centro

    educativo, es el currculum personalizado. El cual se basa en fundamentos

    pedaggicos, psicolgicos y filosficos, siendo este ltimo fundamento el que

    prima, estableciendo una imagen antropolgica y filosfica bsica de esta

    modalidad, basado en el ser persona, por lo tanto es relevante conocer las

    caractersticas personales de cada prvulo.

  • Por otra parte es importante mencionar que los fundamentos pedaggicos en el

    currculum personalizado se basan en los principios bsicos con los que se

    trabaja, siendo estos: la apertura, la singularidad y la autonoma; de esta

    manera se propiciar un desarrollo ptimo en los nios(as), en donde los

    alumnos sean conscientes de s mismos, creativos, comprensivos y generosos.

    Conociendo de esta manera sus caractersticas personales, as tambin como

    las de los otros.

    Este desarrollo del nio como persona se propiciar en un clima armnico, en el

    que a travs de lo ldico se encuentren nuevos desafos, en donde el prvulo

    sea capaz de solucionar problemas, participar en la creacin de nuevas

    estrategias, descubra el mundo que le rodea y fortalezca la seguridad en s

    mismo, desarrollando todas sus potencialidades.

    Este proyecto nos permite trabajar con diversas metodologas que respondan

    los intereses y necesidades actuales de los prvulos, pues como buen

    complemento a la tcnica utilizada se requiere de una actitud del adulto que

    evidencie respeto hacia el nio, acogiendo y considerando su capacidad de

    pensar, opinar proponer, actuar, sentir, que adems sea clido, afectuoso,

    flexible, creativo y dinmico de manera que los nios y nias disfruten, se

    emocionen y gocen de cada experiencia educativa. Por lo que el Educador juega

    un rol mediador en el trabajo pedaggico que se realiza con los nios, en donde

    las acciones que realiza la educadora tienen el deber de privilegiar siempre

    los intereses de los alumnos al momento de planificar situaciones de

    aprendizaje.

    Por tanto, para obtener aprendizajes significativos en los prvulos se debe

    cautelar que las propuestas educativas tengan sentido para los nios y nias ya

    sea por lo atractivo de lo concreto o por el placer de descubrir, experimentar,

    crear, resolver o vivenciar. Deben existir instancias de discusin en las que se

    compartan ideas y opiniones, lo que favorecer el acrecentamiento del lenguaje

    y la capacidad de escuchar y empatizar con otros.

    Es por esto que el rol del educador desde la modalidad curricular personalizada

    se centra en brindar una atencin individual y personal a cada unos de los nios

    y nias. Siendo un observador activo de las caractersticas de sus alumnos,

    como adems un participante a lo largo del proceso de enseanza y

    aprendizaje, en donde sea a la vez, un facilitador de los aprendizajes,

  • orientando el proceso educativo de stos, teniendo siempre presente quienes

    son los protagonistas del proceso de enseanza y aprendizaje.

    Por ltimo, desde esta modalidad curricular, se visualiza al nio como una

    persona en crecimiento, lo que implica que es un sujeto activo de su propio

    desarrollo, quien a travs de su accin y con la ayuda de otras personas, se

    involucra en un proceso de perfeccionamiento permanente. Ante lo mencionado,

    el rol del alumno, consiste en ser, como se seala en prrafos pasados; el

    protagonista de la construccin de sus aprendizajes, participando activamente

    de las actividades pedaggicas planificadas por el Educador.

    Planificacin

    Desde la modalidad curricular seleccionada, se sugieren dos niveles de

    planificacin, una general que corresponde a una mensual y otra especfica que

    es la semanal.

    Tcnicas y/o estrategias metodolgicas que se utilizan en el trabajo

    pedaggico:

    Pensamiento creativo: Se refiere a las actividades que estn orientadas a

    generar respuestas variadas, fluidas, originales y flexible favoreciendo el

    pensamiento divergente.

    Resolucin de problemas: Son actividades que presentan dificultades o

    situaciones de conflicto que requieren de soluciones, estos problemas pueden

    ser tericos, prcticos y/o grficos.

    Manejo educativo de las emociones: Esta tcnica apunta a realizar actividades

    que favorecen el conocimiento y comprensin de las emociones y al manejo de

    sus expresiones en las diversas situaciones.

    Experimentacin didctica: Consiste en manipular intencionadamente objetos,

    elementos o implementos para verificar sus propiedades, comprobar

    caractersticas, transformaciones y comprender relaciones causa efecto entre

    ellos, permitiendo al nio plantear hiptesis y observar fenmenos directos.

    Mtodo de proyecto: A partir de un inters comn que surge de los prvulos

    se generan una serie de actividades y se asumen responsabilidades y tareas

  • para cumplir con plazos y metas propuestas que darn cumplimiento a un fin.

    Planificacin de los prvulos: Consiste en dar el espacio a los nios(as) para

    dar a conocer sus gustos y preferencias por algunas actividades, para lo cual se

    les pregunta a los prvulos con que les gustara trabajar registrando sus

    respuestas y proporcionndoles los materiales y espacio para trabajar en base

    a su planificacin personal.

    Talleres: La ejecucin de estos, tiene el fin de que los prvulos puedan

    expresarse a travs de las diferentes disciplinas como arte, msica y

    educacin fsica. actividades ldicas dedicadas y enfocadas 100% al desarrollo

    de su bienestar; por otro lado, el taller de educacin fsica se enfoca en

    promover el ejercicio y la vida saludable con el fin de enriquecer sus hbitos

    deportivos y alimenticios.

    Auto-evaluacin de los prvulos: Consiste en que los nios(as) reflexionen

    acerca de su trabajo realizado, para lo cual es importante mediar a travs de

    preguntas que apunten a la reflexin personal de cada nio (a), cuyo objetivo

    es que se logre una reflexin acerca las experiencias vividas por los prvulos,

    siendo capaces de de reconocer sus actitudes y acciones.

    Co-evaluacin: Consiste en que los prvulos opinen acerca del trabajo

    realizado por sus pares durante la jornada, cuyo objetivo es compartir

    diversas experiencias y comentar acerca de las relaciones que mantienen

    entre ellos, reflexionando acerca del trabajo y relaciones sociales de sus

    pares.

    PERFIL DEL EDUCADOR DE LA ESCUELA DE LENGUAJE Y

    JADN INFANTIL CASTILLO DE SONRISAS.

    Nuestra escuela requiere contar con educadores con vocacin de servicio,

    comprometidos con su rol formador y concientes de la responsabilidad de

    educar a los nios/as en la etapa ms vulnerable de su vida, en la que es posible

    incidir en su desarrollo y aprendizaje; y por lo tanto contribuir a disminuir las

    grandes desigualdades que existen en nuestro pas. Educadores comprometidos

    con su tarea educativa, expresada tanto en la conviccin de que son capaces de

    contribuir a los aprendizajes de los nios, como en que ellos/as tienen las

    mismas capacidades que cualquier nio o nia para aprender sin importar el

  • problema que ellos tienen. Es decir, que es capaz de ensear y que ellos tienen

    toda la capacidad para desarrollarse y aprender.

    Se requiere contar con un educador que tenga competencias para establecer un

    vnculo con la familia, y para reconocer sus fortalezas, independientemente de

    sus condiciones socioculturales y trabajar junto a ella. Esto implica por lo

    tanto, contar con habilidades para trabajar en contextos de vulnerabilidad

    social, e integrarse a la comunidad, conocer las instituciones y/o personas que

    pueden constituir una red de proteccin para nios y nias, estableciendo

    redes y trabajando coordinadamente con ellos. Que sea capaz de conducir con

    autonoma el proceso educativo dentro de la Escuela, para lo que debe contar

    con una slida formacin terica y prctica, que le permita constituirse en un

    referente para el equipo con el que trabaja.

    Debe tener capacidad de revisar su trabajo educativo y promover en su equipo

    la reflexin permanente sobre la prctica pedaggica, dado que es uno de los

    principales factores asociados al mejoramiento de la calidad. Para ello, es

    necesario que sea capaz de promover un trabajo de equipo, en que incentive la

    participacin y compromiso de todos en un clima de respeto y valoracin del

    aporte de cada uno.

    Es fundamental, que junto con sus competencias tcnicas, el educador tenga

    habilidades para establecer y promover interacciones positivas dentro de la

    escuela y en el aula. Al respecto, es claro que as como no es posible trabajar en equipo en un clima de tensin y falta de respeto, no es factible promover

    aprendizajes en nios y nias si no contamos a la base con un ambiente de

    interacciones positivas.

    Por otro lado, la Ley sobre Violencia Escolar entiende la buena convivencia

    escolar como la coexistencia pacfica de los miembros de la comunidad

    educativa, que supone una interrelacin positiva entre ellos y permite el

    adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el

    desarrollo integral de los estudiantes

  • Considerando la Poltica de Convivencia Escolar,y sus tres ejes esenciales:

    -enfoque formativo; en donde se ensea y aprende a convivir con otros.

    -requiere de la participacin y compromiso de toda la comunidad educativa

    -todos los actores de la comunidad educativa son sujetos de derecho y de

    responsabilidades, es que se plantean los siguientes objetivos:

    1) Objetivo del Manual de Convivencia

    Complementar el reglamento interno elaborado el ao 2010.

    Sealar los derechos, deberes y responsabilidades de los alumnos/as y

    los apoderados como miembros de la escuela de lenguaje y jardn castillo

    de sonrisas.

    Establecer mecanismo que permitan la participacin democrtica de la

    comunidad educativa.

    Delinear normas de coexistencia que ayuden a crear y mantener un

    ambiente sano y seguro.

    Disponer pautas de comportamiento apropiado para la convivencia y el

    buen trato, formulando pautas y sanciones justas para sus faltas.

    Aprendizajes a lograr en la comunidad educativa con el manual de

    convivencia.

    Interrelacionarse y establecer vnculos que impliquen

    reciprocidad.

    Dialogar sin descalificaciones.

    Comprometerse y asumir responsabilidades con otros.

    Intercambiar ideas y opiniones con otros de manera respetuosa.

    Disentir, es decir, que mis ideas pueden ser diferentes a los de

    otros.

    Consensuar, es decir, aspectos que implican la prdida o ganancia.

    Reflexionar.

  • 2) Bases de la Poltica de convivencia Escolar

    Ley General de educacin (LGE)

    Se plantea que los estudiantes deben alcanzar su pleno desarrollo personal,

    social, fsico, intelectual, en el contexto de valoracin de los derechos

    humanos, la libertad, la diversidad y la paz.

    Ley sobre violencia escolar (LVE)

    Define lo que se entender por convivencia escolar y por acoso escolar

    permanente o bullying. Plantea que en todos los establecimientos debe haber un

    encargado de convivencia y un comit de convivencia sana, quienes deben velar

    por la buena convivencia en el establecimiento.

    Bases curriculares de la educacin parvularia

    Regula los principios pedaggicos de la educacin parvularia, como adems los

    aprendizajes a trabajar con los alumnos/as.

    3) Definiciones a considerar.

    Agresiones: Maltrato fsico, psicolgico o expresiones verbales que no

    corresponden; como garabatos, improperios, sobrenombres.

    Convivencia Escolar: Conjunto de aprendizajes que tienen como base un

    enfoque formativo. Es decir, que todas las personas deben aprender a

    desenvolverse respetando al otro, siendo tolerantes y solidarios.

    Consejo Escolar: Interrelacin entre los diferentes miembros de un

    establecimiento educacional, incluye la relacin entre los diferentes

    estamentos que conforman la comunidad educativa, por lo que constituye

    una construccin colectiva y es de responsabilidad de todos los

    miembros de la comunidad educativa.

    Centro de Padres: Organismo integrado por apoderados

    representantes del establecimiento y la educadora gua.

  • Citacin: Convocatoria al apoderado como medida preventiva y

    formativa de futuros comportamientos y/o actitudes de los

    involucrados.

    Conducto regular: Lineamientos determinados por la institucin que se

    deben seguir en una situacin puntual.

    Deber: Responsabilidad y compromiso que asume un grupo.

    Falta o trasgresin: Conducta que es incompatible con los valores y

    normas deseadas.

    Puntualidad: Caracterstica de poder terminar una tarea o satisfacer un

    deber antes del plazo sealado.

    Sancin: Medida correctiva que implica una llamada de atencin y de

    responsabilidad para quien ha vulnerado una norma preestablecida por el

    establecimiento.

    4. Reglamento:

    Articulo 1.- Funcionamiento:

    La Escuela de Lenguaje y Jardn Infantil Castillo de Sonrisas funcionar

    interrumpidamente todo el ao. Salvo perodos de vacaciones de invierno y

    verano.

    Articulo 2.- Requisitos de ingreso a Escuela de Lenguaje :

    - Tener trastorno especfico del lenguaje, acreditado por profesional

    fonoaudiloga ya sea de la Escuela o de otra escuela similar.

    - Las edades de ingreso son entre 3 y 5 aos 11 meses.

    -La escuela no recibe alumnos en edad de excepcin.

    Nivel Medio Mayor de 3 a 3 aos 11 meses

    Primer nivel de transicin de 4 a 4 aos 11 meses

    Segundo Nivel de transicin de 5 a 5 aos 11 meses.

  • -Al momento de matricularse, el apoderado debe traer certificado de

    nacimiento y luego atenderse por derivacin de la escuela en DARSALUD, en

    donde se otorgara una hora con la pediatra quien llenar un formulario nico de

    salud, con el fin constatar que el alumno no presenta otro tipo de trastorno que

    influya en su trastorno del lenguaje e impida su ingreso al Establecimiento.

    Artculo 2.1- Requisitos de ingreso a Jardn Infantil:

    -Las edades de ingreso son entre 4 y 5 aos 11 meses.

    -En forma excepcional se ingresan alumnos con 4 aos cumplidos hasta el 30 de

    Junio, de acuerdo al Decreto Supremo de Educacin N 64/92, en donde se

    intencione una evaluacin diagnstica y otra realizada por la Educadora a cargo

    del nivel.

    Primer Nivel de transicin de 4 a 4 aos 11 meses

    Segundo Nivel de transicin de 5 a 5 aos 11 meses.

    Artculo 3.- Documentacin para Jardn infantil: Certificado de nacimiento,

    colilla de reglamento firmada y Anamnesis.

    Artculo 3.1- Documentacin para Escuela de lenguaje: Se repiten los

    requerimientos del jardn infantil, y se agregan: autorizacin apoderado para

    ser evaluado por un profesional, recepcin de resultados e informe

    fonoaudiolgico y formulario de salud.

    Artculo 4.-Uniforme: Nios y nias debern utilizar el delantal y buzo del

    establecimiento, sin ser una condicin para la incorporacin de los prvulos.

    Artculo 5.-tiles Escolares: a) Se pedir lista de tiles escolares una vez al

    ao, al ingresar a la Escuela, b) Los materiales sern recibidos por la

    Educadora del nivel y el apoderado firmar en cuaderno de recepcin de

    materiales, c) En caso de que el alumno se retire en el curso del ao, los

    materiales sern devueltos en relacin al periodo no utilizado. d) Para la

    formacin de hbitos higinicos se solicitar en forma mensual pasta dental y

    mensualmente papel higinico y toalla de papel desechable.

    Artculo 6.- Evaluaciones: Se realizarn 6 evaluaciones anuales:

    Evaluacin Fonoaudiolgica de Ingreso.

    - Primera: Evaluacin Diagnstica

  • - Segunda: 1 Evaluacin trimestral fonoaudiolgica

    - Tercera: 1 Evaluacin semestral Plan general

    - Cuarta: 2 Evaluacin trimestral fonoaudiolgica

    - Quinta: 3 Evaluacin trimestral fonoaudiolgica

    - Sexta: 2 Evaluacin semestral Plan general

    Evaluacin Escuela Lenguaje

    . Evaluacin fonoaudiolgica (Escuela de lenguaje):

    Una vez realizada la ltima evaluacin fonoaudiolgica se extendern:

    - Certificados de egresos a colegios o Informes de personalidad. La Escuela

    extender estos certificado a los alumnos que hayan finalizado el ao escolar,

    ascomo tambin a aquellos que el apoderado lo solicite.

    - As tambin la escuela entrega en Diciembre todos los informes que se

    requieren para proyecto de Integracin cuando el alumno no ha alcanzado a

    superar su trastorno, estos documentos tienen la duracin de 1 ao, posterior a

    ese plazo el apoderado debe volver a evaluar al nio en forma independiente o

    exigir a la Escuela de continuidad que haga la evaluacin correspondiente.

    . Plan General (Escuela de Lenguaje y Jardn infantil):

    -Se realizan 3 evaluaciones, una Evaluacin Diagnstica, y dos semestrales

    correspondientes al plan general, una vez realizadas estas se extendern los

    certificados correspondientes: Certificados de egresos a colegios o Informes

    de personalidad. Cabe destacar que la Escuela extender estos certificados a

    los alumnos que hayan finalizado el ao escolar y a aquellos que el apoderado lo

    solicite.

    Artculo 7.- Promocin:

    Sern promovidos de nivel todos los alumnos/as que cumplan un 85% de

    asistencia durante el ao escolar vigente.

    En relacin a los alumnos/as de la escuela de lenguaje; sern dados de alta solo

    aquellos prvulos que hayan superado su trastorno especfico de lenguaje. En

    caso de los alumnos de segundo nivel de transicin que no hayan sido dados de

    alta por la fonoaudiloga se orientar a los proyectos de integracin de

    lenguaje existentes en la comuna, entregando informacin al apoderado de

    estos establecimientos.

  • Artculo 8.- Asistencia

    Todo alumno debe tener un 85% de asistencia como mnimo requisito para ser

    promovido de nivel, toda inasistencia debe ser justificada con certificado

    mdico o aviso del apoderado. Es responsabilidad del apoderado dar aviso al

    establecimiento Luego de tres inasistencias seguidas.

    En caso de licencias prolongadas que sean causal de incumplimiento en relacin

    al porcentaje mnimo de asistencia requerido, ser el director quien

    determinar si corresponde la promocin de nivel.

    -Asistencia Furgn:

    Todos los nios/as que asistan en el furgn del Establecimiento, debern dar

    aviso con anticipacin al celular de la asistente del transporte en caso de NO

    asistir, para no perder tiempo en realizar un recorrido innecesario. El alumno

    de furgn que no avise con anticipacin 3 inasistencias, perder el beneficio,

    para poder dar prioridad a nios y nias que realmente necesiten del

    transporte y demuestren compromiso y responsabilidad hacia el

    Establecimiento.

    Artculo 9.- Escuela para Padres: La Jefe de UTP de la escuela tomar en

    cuenta sus inquietudes en relacin con el desarrollo acadmico y organizar

    charlas informativas y de reflexin junto con el resto del personal docente

    durante las reuniones tcnicas.

    Adems se coordinarn Charlas educativas, a cargo del Psiclogo del

    Establecimiento.

    Artculo 10.- Horarios:

    - Jornada de la maana: Lunes y Martes 08:30 12:45 horas

    Mircoles, Jueves y Viernes 08:30 11:45 horas

    Jornada de la tarde: Lunes y Martes 13:45 18:00 horas

    Mircoles, Jueves y Viernes 13:45 17:00 horas

    La puntualidad en estos horarios es muy importante para el desarrollo de las

    actividades, por lo tanto se permitir el ingreso de los alumnos atrasados hasta

    30 minutos despus del horario de ingreso estipulado, considerando un mximo

    de tres atrasos, cuando el alumno (a) haya superado el nmero de atrasos el

    apoderado deber cooperar en la elaboracin de material pedaggico requerido

    por la educadora del nivel.

  • Adems la escuela se abrir en los horarios estipulados y no antes debido

    a la atencin y cuidado que requieren los nios/as en esta etapa.

    -Atrasos:

    Se permitir el ingreso a los alumnos atrasados hasta 20 minutos despus del

    horario de ingreso estipulado. Luego de tres atrasos, se considerarn como

    falta leve, grave y gravsima.

    TIPO DE FALTA CONSIDERA MEDIDAS A TOMAR

    LEVE 1 Atraso en la semana

    dentro de lo

    consensuado por el

    Establecimiento, es

    decir, 20 minutos tarde.

    Recordar de palabra al

    apoderado el horario de

    entrada y darle a

    conocer los tipos de

    falta.

    GRAVE 3 atrasos en la semana

    dentro de lo

    consensuado por el

    Establecimiento, es

    decir, 20 minutos tarde.

    Recordar el horario de

    entrada y hacerlo firmar

    el libro de atrasos, que

    est en la direccin de la

    escuela a travs del cual

    se estipula el

    compromiso del

    apoderado con su hijo y

    escuela de cumplir el

    horario establecido.

    MUY GRAVE Ms de 3 atrasos en la

    semana, dentro de lo

    consensuado por el

    Establecimiento, es

    decir, 20 minutos o ms

    de atraso.

    Recordar el compromiso

    adquirido anteriormente

    y coordinar con el

    apoderado, para que

    este realice una

    actividad dentro del

    curso correspondiente a

    su hijo, basada en la

    importancia de ser

    responsables y

    puntuales, o bien una

    actividad o tarea a

    eleccin de la Educadora

    del nivel.

  • Artculo 11.- Matrcula: Los nios que continen en la Escuela de un ao para

    otro, deben ser matriculados en el mes de Noviembre, con el fin de asegurar su

    vacante para el ao siguiente.

    Artculo 12.-Retiro del Nio(a) al trmino jornada: El nio(a) podr ser

    retirado del establecimiento, por la o las personas que el apoderado haya

    estipulado en la ficha de ingreso. En caso de alguna emergencia los padres

    debern avisar por escrito o telefnicamente cualquier cambio.

    En caso de que el nio deba ser retirado antes de la hora habitual, los padres

    debern avisar por telfono o por escrito y firmar el registro de retiro de

    alumnos que est en la Direccin del establecimiento.

    Artculo 13.- Del estado de la salud:

    a) Cuando los nios presentan sntomas evidentes de alguna enfermedad,

    fiebre, dolor de estmago, etc. sern devueltos a su hogar y slo podrn

    retornar al establecimiento una vez que se hayan recuperado.

    b) En el establecimiento slo se administran medicamentos que tengan

    secuencia de horarios y estn indicados en receta mdica que deben

    adjuntar.

    c) En caso de accidente los nios sern trasladados a la Posta de urgencia

    del hospital Claudio Vicua de San Antonio y se informar

    oportunamente a los padres.

    TIPO DE ACCIDENTE MEDIDAS A TOMAR

    LEVE : Cada de baja altura, golpe

    suave con algn objeto, pelea con

    compaero.

    Aplicar hielo, crema y conversar con

    el nio explicndole la importancia de

    jugar con cuidado y sin pelear. Al

    finalizar la jornada se informa al

    apoderado de lo sucedido.

    GRAVE: Cadas, golpes en la cabeza

    que sean de consideracin

    Auxiliar al nio/a. contactar al

    apoderado por telfono, informndole

    sobre lo ocurrido. El apoderado

    deber retirar al nio y se le

  • entregar el protocolo de accidente

    llenado por la Educadora a cargo y

    ser ste quien observar la evolucin

    de su hijo/a y determinar si llevarlo

    o no al hospital.

    MUY GRAVE: Cadas desde altura,

    golpes en la cabeza de gravedad,

    cortes con heridas expuestas que

    presenten abundante sangrado.

    Trasladar de inmediato al nio/a a la

    Posta de Urgencia del Hospital

    Claudio Vicua De San Antonio y se

    informar oportunamente a los

    padres.

    Quien traslade al menor se deber

    quedar a su lado, hasta obtener

    resultados acerca de su atencin.

    5) Proceso de formacin disciplinar de convivencia

    Artculo 14: El establecimiento Castillo de Sonrisas propicia una

    educacin fundada en el desarrollo de manejo educativo de las

    emociones, pensamiento divergente, resolucin de problemas, resiliencia

    y amor.

    Artculo 15: La convivencia escolar es una construccin colectiva y

    dinmica, constituida por el conjunto de interrelaciones humanas que

    establecen los actores educativos al interior del establecimiento y en la

    que todos son sujetos de derechos y tambin de deberes.

    A partir de esto, cada nivel premiar a modo de incentivo a aquellos

    alumnos y apoderados que sean aporte al establecimiento a travs de su

    responsabilidad y compromiso, cumpliendo destacadamente con los

    deberes correspondientes.

  • Las categoras a premiar son las siguientes:

    NIVEL:

    CATEGORA APODERADO

    DESTACADO

    ALUMNO

    DESTACADO

    RESPONSABILIDAD

    PUNTUALIDAD

    COMPROMISO

    COOPERACIN

    Artculo 16: La comunidad educativa trabajar para resolver conflictos

    de manera pacfica, abordando cualquier falta que amerite sancin en un

    ambiente de dialogo y respeto mutuo por todas partes.

    Artculo 17: La relacin entre todos los actores de la comunidad

    educativa se basar en el respeto; por tal razn se acepta y se entiende

    la respetabilidad e imagen del docente y los paradocentes, como guas

    fundamentales para la formacin de los nios y nias, por lo que no puede

    ser puesta a crticas pblicas de apoderados o alumnos/as. Para ello, el

    colegio provee instancias para mediar y facilitar las crticas y reclamos,

    por medio de atencin de apoderados una vez a la semana, previa

    peticin del apoderado.

    Como se seal anteriormente, el respeto es uno de os valores esenciales

    para poder establecer un dilogo y lograr as una buena comunicacin, no

    slo entre el personal de la Escuela sino tambin entre apoderaos y

    docentes. Por lo mismo, cada vez que un apoderado requiera una cita con

    la Educadora, sta estar acompaada por la jefa de UTP, con el fin de

    apoyarse en caso que el apoderado se encuentre disgustado o alterado

    por un tema determinado. En caso que el apoderado insulte o agreda, se

    dejar constancia en el libro de los Apoderados en direccin, y se

    coordinar reunin con psiclogo para trabajar la conducta errada del

    adulto y recordarle que ambos son agentes educativos primordiales en el

  • proceso de enseanza y aprendizaje de sus hijos/as, por lo tanto el

    respeto debe ser mutuo.

    Se establecen a continuacin los tipos de faltas y las medidas a tomar,

    en relacin a las actitudes y comportamientos de los actores de la

    comunidad educativa:

    TIPO DE FALTA APODERADOS MEDIDAS A TOMAR

    LEVE No asistir a 2

    reuniones consecutivas,

    dejar pendiente tareas

    y responsabilidades

    requeridas por la

    Educadora, por un

    tiempo prolongado.

    -Citar a entrevista

    personal con educadora

    correspondiente.

    -Dejar instancia de

    apelacin.

    GRAVE -Utilizar un vocabulario

    inadecuado al dirigirse

    a algn funcionario del

    establecimiento.

    -Alzar la voz, pasando a

    gritos y conductas

    desafiantes.

    -Coordinar reunin con

    psiclogo, funcionario

    agredido y directora,

    estableciendo normas

    de convivencia que

    lleven a un acuerdo y

    disculpas hacia los

    involucrados.

    Enfatizando que no se

    vuelva a repetir.

    -Dar instancia para

    apelacin

    MUY GRAVE -Agredir fsicamente a

    algn funcionario del

    establecimiento.

    -Agredir el inmueble o

    salas de

    establecimiento.

    -Denunciar el hecho a

    Carabineros por

    agresin fsica, dejar

    constancia en cuaderno

    de Apoderados, sobre

    lo sucedido.

    -Dejar instancia de

    apelacin, en donde el

    Apoderado pueda

    volver a ingresar al

    Establecimiento,

    siempre y cuando

  • demuestre

    arrepentimiento por

    medio de una disculpa

    escrita dirigida a

    Direccin y funcionario

    afectado.

    TIPO DE FALTA DOCENTES MEDIDAS A TOMAR

    LEVE Atraso sobre 15

    minutos.

    Descuento

    GRAVE -Ausencia al trabajo

    sin justificativo

    mdico.

    -No cumplir con

    planificaciones y

    evaluaciones en fechas

    estipuladas.

    -Descuento en caso de

    ausencia.

    -Amonestacin escrita

    por no cumplimiento de

    deberes.

    MUY GRAVE -Ausencia de 2 o ms

    das consecutivos sin

    dar aviso.

    -Maltrato fsico o

    verbal a un nio,

    apoderado o

    funcionario de la

    comunidad educativa.

    -3 amonestaciones

    escritas se enva carta

    a inspeccin del

    trabajo.

    -Trmino de contrato,

    en caso de agresin

    fsica o por injurias.

    TIPO DE FALTA PARADOCENTES MEDIDAS A TOMAR

    LEVE Atraso sobre 15

    minutos.

    Descuento

    GRAVE -Ausencia al trabajo sin

    justificativo mdico.

    - No cumplir con

    preparar material o

    actividad requerida por

    educadora,

    -Descuento en caso de

    ausencia.

    -Amonestacin escrita

    por no cumplimiento

    de deberes

    MUY GRAVE -Ausencia de 2 o ms -3 amonestaciones

  • das consecutivos sin

    dar aviso.

    -Maltrato fsico o

    verbal a un nio,

    apoderado o

    funcionario de la

    comunidad educativa.

    escritas se enva carta

    a inspeccin del

    trabajo.

    -Trmino de contrato,

    en caso de agresin

    fsica o por injurias.

    Artculo 18: Existir una unidad de mediacin la cual estar integrada

    por un integrante de los siguientes estamentos.

    a) Direccin

    b) Docentes

    c) Asistentes de aula

    Esta unidad tendr las siguientes atribuciones entre otras.

    Proponer o adoptar medidas y programas conducentes al

    mantenimiento de un clima escolar sano.

    Disear e implementar planes de prevencin de la violencia escolar

    del establecimiento.

    Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad

    educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso, bullyng

    entre otros.

    Artculo 19: La direccin de la escuela queda facultada para exigir el

    cambio de apoderado cuando este no cumpla con su rol en forma

    adecuada a los intereses de las partes, se citar e informar tal

    decisin.

    Los Deberes de la Escuela y Jardn Infantil Castillo de Sonrisas.

  • Artculo 20: El establecimiento cuidara de cumplir los siguientes

    deberes:

    1. Ofrecer a los estudiantes una educacin e calidad en un ambiente

    grato de respeto y acogedor.

    2. Respetar intereses y ritmos de aprendizajes.

    3. Velar por la seguridad e integridad fsica y psicolgica de la

    comunidad educativa.

    4. Informar a los apoderados acerca los avances de sus pupilos en las

    diversas reas.

    5. Citar y atender a los apoderados a reuniones generales de la escuela,

    talleres para padres, entrevistas personales en concordancia a la

    atencin horaria de cada profesional.

    6. Informar a los apoderados acerca actividades presentes y futuras

    del establecimiento.

    7. Contar con un manual de convivencia y difundirlo.

    8. Mantener el orden y limpieza del establecimiento.

    9. Mantener un permanente contacto con los organismos que forman

    parte de la comunidad, tales como, bomberos, carabineros, colegios

    circundantes, entre otros.

    10. Disponer de un personal que actu en forma amable, respetuosa y con

    voluntad de dilogo para responder inquietudes.

    11. Garantizar que las sanciones estn establecidas en el manual de

    convivencia escolar y sean adecuadas a la gravedad de la falta.

    12. Garantizar que no se apliquen sanciones que consistan en castigos

    fsicos o psicolgicos que arriesguen la integridad y seguridad de los

    nios/as. Ej golpes, insultos, sobrenombre, ignorar, dejar solo,

    sacudir, amenazar, sobrenombres, etc.

    13. Reconocer y valorar actitudes positivas en los nios/as.

    Deberes y derechos de padres y apoderados.

  • Artculo 21: Son deberes de los padres y/o apoderados:

    1. Adherir a lo declaro en el proyecto educativo institucional.

    2. Responsabilizarse y responder ante la escuela por el comportamiento

    de su pupilo/a segn el manual de convivencia.

    3. Participar e integrase a las actividades educativas que la escuela

    invita, como forma de apoyo integral a su pupilo/a.

    4. Controlar que su pupilo/a tenga un comportamiento acorde a los

    objetivos de la escuela.

    5. Supervisar diariamente la presentacin personal y aseo de su

    pupilo/a.

    6. Velar porque su pupilo/a mantenga buen rendimiento y supervisar a

    diario sus obligaciones en la escuela.

    7. No descuidar condiciones de alimentacin y salud del nio/a, siendo

    estas las adecuadas.

    8. Informar cuando el nio/a requiera un medicamento y se

    administrarn en la escuela bajo estricta receta mdica.

    9. En caso de pediculosis el apoderado deber cumplir con un

    tratamiento adecuado para su pupilo a as prevenir la propagacin.

    10. Reponer, pagar o reparar segn corresponda algn material o

    elemento de la comunidad educativa que su hijo rompa o extravi,

    como inconsecuencia de una conducta no apropiada.

    11. Mantener un trato respetuoso con todos los miembros de la

    comunidad educativa.

    12. Acusar recibo de comunicaciones mediante una firma que avale su

    revisin, siendo revisado el cuaderno de comunicaciones a diario.

    13. Devolver a la escuela cualquier material u objeto que porte el

    alumno/a y no sea de su perteneca.

    14. Informar toda la historia clnica en la anamnesis.

    15. Mantener permanente atencin en el proceso formativo de su hijo(a).

    16. Debern avisar cambios de domicilio o telfono, como tambin

    informar oportunamente sobre acontecimientos que ocurran en el

  • hogar que puedan afectar al nio, (Ej.: cambios de nana, llegada de

    familiares, viajes, separacin de padres,etc.)

    17. Informar sobre los motivos de inasistencia de los nios.

    18. -No enviar a sus hijos con objetos de valor, ya que la escuela no se

    hace responsable por las prdidas.

    19. Participar de los eventos organizados por la escuela, como de las

    citaciones ya sean de direccin, psicloga, fonoaudiloga o educadora

    del nivel.

    20. Tramitar y hacer efectivas las interconsultas remetidas a otros

    profesionales, siendo responsabilidad del apoderado cumplir con las

    derivaciones que realiza la escuela, llevando al alumno con el

    profesional del sistema pblico indicado por la fonoaudiloga,

    psicloga o docente del establecimiento, quienes realizan las

    derivaciones a partir de evaluaciones previas realizadas al prvulo.

    21. Resolver problemas por medio del dilogo.

    22. Se debe respetar los horarios de entrada y salida de los alumno/as y

    en caso de emergentes avisar al telfono de la escuela o a la

    educadora o asistente de aula.

    23. Dar aviso y justificar inasistencia de dos das consecutivos.

    24. Informar acerca el retiro del nio/a por otra persona.

    25. Solicitar documentos o informes con 72 horas de anticipacin.

    Artculo 22: Son derechos de los padres y apoderados:

    1. Ser atendidos por el personal del establecimiento en los horarios

    establecidos para su atencin, acordando una hora previamente.

    2. Recibir un trato de respeto ya acogida.

    3. Recibir informacin acadmica, de convivencia y comportamiento de su

    alumno/a, recibiendo estado de avances.

    4. Discernir o discrepar razonadamente de las opiniones de los docentes y

    directivos con la debida consideracin y respeto. Estas diferencia son no

    lo revelan de cumplir con el reglamento de la escuela.

    5. Utilizar en forma adecuada los siguientes conductos regulares

    jerrquicos de mediacin de conflicto que afecten su pupilo.

  • mbito acadmico

    Profesora a cargo del nivel.

    Fonoaudiloga.

    Directora.

    mbito de convivencia disciplinar

    Profesora a cargo del nivel.

    Psiclogo.

    Directora.

    6. Participar en actividades de padres de familia.

    7. Proponer temas de su inters para ser expuestos por profesionales

    idneos.

    Artculo 23: Deberes y derechos de los prvulos.

    Son deberes de los prvulos:

    1. Respetar las normas de convivencia establecidas en el

    establecimiento.

    2. Proponer normas de convivencia en su sala de actividades.

    3. Mantener actitud de respeto.

    4. Cuidar sus perteneca y presentacin personal.

    5. Traer diariamente su cuaderno de comunicaciones.

    6. Cuidar los bienes del establecimiento, materiales y juguetes.

    7. Cumplir con sus deberes escolares, como tareas, disertaciones u

    otros.

    8. Abstenerse a traer materiales no solicitados por la escuela como

    juguetes u otros objetos.

    9. Asistir regularmente a clases.

    10. Autoregular su comportamiento segn las actividades y la hora de

    patio.

  • 11. Mantener una actitud receptiva y escucha atenta en las experiencias

    de aprendizaje.

    12. Acoger la presencia del docente de aula o de quien excepcionalmente

    lo reemplace no obstaculizando experiencias educativas.

    13. Cuidar y mantener la limpieza del establecimiento y su aula.

    14. Reciclar deshechos.

    15. Usar responsablemente objetos punzantes y cortantes.

    16. Portar tiles de higiene personal.

    17. Solucionar problemas por medio del dialogo

    18. Autoevaluar su trabajo diario.

    19. Planificar actividades diariamente.

    20. Coevaluar a sus pares.

    21. Participar de los talleres impartidos.

    22. Pensar cuando se confunden.

    23. Asumir sanciones impuestas.

    Artculo 24: Son derechos de los prvulos:

    1. Ser recibidos por funcionarios de la escuela.

    2. Ser tratado con respeto en un clima de aceptacin.

    3. Ser escuchado y considerada su opinin.

    4. Tener condiciones recreativas de acuerdo a los recursos existentes.

    5. Desarrollarse ntegramente.

    6. Dependencias en buenas condiciones de infraestructura e higiene.

    7. Participar en talleres.

    8. Que se cumplan los planes de estudio.

    9. Planificar actividades de su inters.

    10. Visitar o ser visitados por carabineros, marinos y bomberos.

    Artculo 25: Son derechos de los Docentes.

    1. Percibir un sueldo mensual el ltimo da hbil del mes o como mximo

    dentro de los 5 primeros das del mes siguiente, siendo est no inferior al

    mnimo nacional establecido.

  • 2. Imposiciones al da.

    3. Cobertura de accidentes laborales y de trayecto.

    4. Seis das como mximo de administrativos al ao, esto es de Abril a

    Noviembre, los que sern concebidos o denegados por el director del

    establecimiento y deben ser solicitados con 72 horas de anticipacin, esto

    para los docentes de aula de 44 horas de contrato.

    5. Ser tratada/o con el respeto que merece su profesin.

    6. A integridad fsica y moral.

    7. A trabajar en equipo.

    8. A perfeccionarse.

    9. Asesora y apoyo para resolver dudas y conflictos.

    10. Respeto por su horario de trabajo.

    Artculo 26: Son deberes del Docente.

    1. Mantener al da el registro de asistencia, anamnesis, planificaciones,

    datos del alumno etc.

    2. Realizar diagnstico del grupo curso con el fin de conocer ms y mejor a

    los alumnos.

    3. Controlar y cuidar el estado de conservacin de los materiales

    didcticos, mobiliario y sala de clases.

    4. Participacin en actos o celebraciones de efemrides, preparando algn

    nmero sencillo con sus alumnos.

    5. Realizar reuniones y entrevistas de apoderados.

    6. Preparacin, seleccin, confeccin de material didctico y ornamentacin

    de su sala de acuerdo a la unidad correspondiente.

    7. Estudiar casos y problemas de curso. Informar a la Direccin cualquier

    derivacin de alumnos a otros especialistas.

    8. Participar en todas las actividades planificadas por la Escuela.

  • 9. Hacer estudios y proponer elementos de mejoramiento o

    enriquecimiento del proceso educativo.

    10. Estar abiertas al cambio de metodologas si se requiere.

    11. Actuar si se lo pide la direccin como secretaria de actas en los

    consejos.

    12. Participar en reuniones tcnicas dentro o fuera del establecimiento

    13. Participar en el equipo de gestin, consejo escolar, encargada de

    operacin de emergencia.

    14. Respetar a los alumnos/as.

    15. Propiciar buenas relaciones de trabajo en equipo.

    16. Propiciar relaciones positivas con toda la comunidad educativa.

    17. Mantener una postura respetuosa cuando se den sugerencias.

    18. Cuidar la integridad fsica de los alumnos ya sea dentro de la sala como

    en los recreos.

    19. Entregar Informes pedaggicos en forma oportuna a los apoderados.

    20. Realizar actividades de finalizacin de ao: Confeccin de certificados

    de estudio, actas, registro de notas.

    21. Preparacin de despedida y graduacin.

    22. Participar activamente en talleres.

    23. Firmar libro de asistencia.

    Artculo 27: Son derechos de los Asistentes de la Educacin.

    1. Percibir un sueldo mensual el ltimo da hbil del mes o como mximo

    dentro de los 5 primeros das del mes siguiente, siendo est no inferior al

    mnimo nacional establecido.

    2. Imposiciones al da.

    3. Cobertura de accidentes laborales y de trayecto.

    4. Seis das como mximo de administrativos al ao, esto es de Abril a

    Noviembre, los que sern concebidos o denegados por el director del

    establecimiento y deben ser solicitados con 72 horas de anticipacin, esto

    para los docentes de aula de 44 horas de contrato.

  • 5. Ser tratada/o con el respeto que merece su profesin.

    6. A integridad fsica y moral.

    7. A trabajar en equipo.

    8. A perfeccionarse.

    9. Asesora y apoyo para resolver dudas y conflictos.

    10. Respeto por su horario de trabajo.

    Artculo 28: Son deberes del Asistentes de la educacin.

    1. Controlar y cuidar el estado de conservacin de los materiales

    didcticos, mobiliario y sala de clases.

    2. Participacin en actos o celebraciones de efemrides, preparando algn

    nmero sencillo con sus alumnos.

    3. Preparacin, seleccin, confeccin de material didctico y ornamentacin

    de su sala de acuerdo a la unidad correspondiente.

    4. Participar en todas las actividades planificadas por la Escuela.

    5. Estar abiertas al cambio de metodologas si se requiere.

    6. Actuar si se lo pide la direccin como secretaria de actas en los

    consejos.

    7. Participar en reuniones tcnicas dentro o fuera del establecimiento

    8. Participar en el equipo de gestin, consejo escolar, encargada de

    operacin de emergencia.

    9. Respetar a los alumnos/as.

    10. Propiciar buenas relaciones de trabajo en equipo.

    11. Propiciar relaciones positivas con toda la comunidad educativa.

    12. Mantener una postura respetuosa cuando se den sugerencias.

    13. Cuidar la integridad fsica de los alumnos ya sea dentro de la sala como

    en los recreos.

    14. Preparacin de despedida y graduacin.

    15. Participar activamente en talleres.

    16. Firmar libro asistencia.

  • Artculo 29: FUNCIONES ESPECFICAS DE LA FONOAUDIOLOGA:

    1. Diagnstica: realizar la evaluacin clnica fonoaudiolgica, considerando

    aspectos anatomofuncionales de los rganos fonoarticulatorios;

    desarrollo del lenguaje a nivel receptivo y expresivo; habla en cuanto a

    ritmo, fluidez, prosodia y voz. Tambin en estos exmenes se evaluarn

    los niveles fonolgicos, lxico semntico, morfosintctico y pragmtico.

    Aplicar test y otros instrumentos de evaluacin fonoaudiolgica

    mencionados en el Decreto 1.300/02 y 170/10 .Apreciacin clnica del

    sujeto.

    2. Elaboracin de informes de la especialidad.

    3. Aportar las sugerencias especficas de apoyo a la labor educativa.

    4. Reevaluacin una vez al ao.

    5. Tratamiento: habilitar y rehabilitar en forma integral al alumno a travs

    de la aplicacin de los planes de tratamiento fonoaudiolgico.

    6. Desarrollar planes de tratamiento individual y grupal cuando

    corresponda.

    7. Favorecer la participacin activa de los padres y apoderados en la

    rehabilitacin fonoaudiolgica.

    8. Evaluar peridicamente la evolucin del tratamiento, llevar registro

    trimestral.

    9. Asesorar y colaborar en materias tcnicas relativas a la especialidad en

    Consejos tcnicos, talleres de padres y apoderados.

    10. Asesora a los docentes en temas especficos del rea del lenguaje. Y

    participacin en las actividades de perfeccionamiento docente.

    11. Apoyo tcnico a travs de cursos y talleres de temas relativos al rea.

    12. Planificar y desarrollar actividades con el fin de orientar y asesorar a

    los padres en relacin a la problemtica general.

    13. Coordinar con otros organismos del rea de salud para obtencin y

    realizacin de exmenes necesarios para la agilizacin de la terapia.

  • Artculo 30: Deberes Auxiliar de servicios menores.

    1. Mantener en orden las dependencias (Salas, baos, bodegas, patios,) sus

    implementos y el aseo en todo lugar.

    2. Colaborar para que el proceso educativo se desarrolle en un ambiente

    sano de armona, orden agrado y seguridad.

    3. Cumplir rdenes de quin se las asigne, educadoras, directora.

    4. Cuidar la integridad fsica de los alumnos.

    5. Velar por el cuidado de los materiales didcticos y las dependencias de

    la escuela.

    6. Retirar y repartir correspondencia cuando se le asigne.

    7. Hacer compras de material cuando corresponda.

    Artculo 31: Deberes del director

    1. Dirigir la Escuela de acuerdo a los principios de la administracin

    educacional y teniendo presente que la principal funcin del

    establecimiento es educar, que prevalece sobre cualquier otra.

    2. Determinar en conjunto con los docentes los objetivos propios de la

    Escuela en concordancia con los requerimientos de la comunidad escolar.

    3. Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su

    cargo.

    4. Proponer la estructura organizativa tcnico pedaggica del

    establecimiento debiendo salvaguardar los niveles bsicos de

    planificacin y ejecucin.

    5. Propiciar un ambiente estimulante en el establecimiento para el trabajo

    de su personal y crear las condiciones favorables para la obtencin de

    los objetivos del plantel.

    6. Presidir los consejos tcnicos y delegar funciones cuando corresponda.

    7. Representar oficialmente al colegio frente a las autoridades

    educacionales y a su vez cumplir las normas e instrucciones que emanan

    de ellas.

    8. Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la

    supervisin y la inspeccin del Mineduc cuando corresponda.

    9. Administrar el programa anual de trabajo.

  • 10. Estimular y facilitar el perfeccionamiento y o capacitacin del personal

    de la escuela.

    11. Velar por el cumplimiento de las normas de prevencin higiene y

    seguridad dentro de la Escuela.

    12. Velar por la integridad fsica y moral de los alumnos.

    13. Atender apoderados cuando estos lo requieran.

    Artculo 32: Deberes de la UTP

    1. Es el organismo encargado de coordinar asesorar y evaluar las

    funciones docentes tcnico pedaggico que se dan en el

    establecimiento, su finalidad es facilitar el logro de los objetivos

    educacionales.

    2. Optimizar el funcionamiento tcnico pedaggico del establecimiento,

    planificando, coordinando, asesorando y evaluando el desarrollo de las

    actividades curriculares.

    3. Apoyar tcnicamente en forma adecuada y oportuna a la direccin y

    docentes del establecimiento cuando stos lo soliciten, especialmente

    en materias asociadas a la calidad educativa, tales como orientacin

    currculo. metodologa y evaluacin.

    4. Promover el trabajo en equipo y participativo entre los docentes de

    aula.

    5. Respetar la autonoma de los docentes

    6. Dirigir los consejos tcnicos.

    7. Revisar planificaciones, libros de clases en la parte relacionada con el

    cumplimiento de los objetivos de la escuela.

    8. Revisar informes, calificaciones.

    9. Revisar actas finales.

    10. Realizar oportunamente prueba de avance a los alumnos, con el fin de

    nivelar a aquellos alumnos ms bajos.

  • Artculo 33 Riesgos De las Labores Docentes y Auxiliares Paradocentes

    1. Lesiones por fuerzas mal hechas como tomar nios en brazos, mover

    mesas de los prvulos.

    2. Problemas a la voz.

    Articulo 34 Riesgos De Auxiliar De Servicios Menores

    1. Lesiones por fuerzas mal hechas al mover muebles.

    2. Riesgos de resbalarse al trapear baos.

    3. Alergias acaros del polvo.

    Artculo 35 DE LOS CONSEJOS DE PROFESORES:

    Los consejos son organismos tcnicos de carcter consultivo en materias

    tcnico pedaggicas, podrn tener carcter resolutivo en tales materias

    cuando la Direccin del establecimiento se los autorice.

    Para los profesionales de la educacin el consejo de profesores constituye una

    actividad curricular no lectiva en conformidad a la ley 19070 y las normativas

    existentes:

    Tipos de consejos:

    -Administrativo

    -Tcnico pedaggico

    -Los consejos se calendarizarn al inicio del ao escolar, salvo algn consejo

    extraordinario, y se llevarn a efecto despus del horario de clases.

    La asistencia a los consejos es obligatoria, si por causa muy justificada algn

    docente no puede asistir, deber pedir en forma anticipada el permiso

    correspondiente. Equivalente a medio da administrativo.

    Sern funciones del consejo:

    - Proponer estrategias curriculares

    - Proponer adecuacin de planes y programas

    - Entregar informacin directa de las autoridades educacionales.

    - Leer correspondencia del Mineduc.

    -Estudio de casos. (Rendimiento y conducta)

  • CUIDADO DE LOS MATERIALES DEL COLEGIO

    Artculo 36: Los alumnos/as cuidarn el mobiliario y todos los materiales

    proporcionados como apoyo a la docencia, as como toda dependencia del

    establecimiento, abstenindose a rayar, daar bancos, mesas, murallas,

    textos, etc.

    Artculo 37: Todo dao causado por el alumno/a deber ser asumido por el

    causante, cancelando el importe a los daos ocasionados recibiendo

    comprobante de pago en efectivo.

    Artculo 38: La escuela se encarga que las actividades se desarrollen en

    armona y respeto, para ello se debe dar cumplimiento de los deberes antes

    expuestos, para esto se establece como accin formativa el acotar

    cualquier conducta inapropiada o falta para evitar que se constituya en falta

    grave.

  • PROTOCOLO APODERADOS

    1 El apoderado debe cumplir con las responsabilidades y compromisos

    adquiridos con la Escuela al momento de matricular a su hijo/a.

    2 Dentro de dichas responsabilidades est el asistir a reuniones, si no asiste

    a 2 reuniones de manera consecutiva, se considera como falta leve, en este

    caso se debe citar al apoderado a entrevista personal con la Educadora

    correspondiente.

    En esta entrevista se debe dar oportunidad al apoderado para apelar.

    3 Si el apoderado no cumple con responsabilidades requeridas por la

    educadora durante un tiempo prolongado, se considera como falta leve, en este

    caso, se debe citar a entrevista personal y registrar lo ocurrido en cuaderno

    de apoderados.

    En esta entrevista se debe dar oportunidad al apoderado para apelar.

    4 El apoderado debe dirigirse a todos los miembros de la comunidad educativa

    con respeto. Si hace uso de un vocabulario inadecuado al dirigirse a algn

    funcionario del establecimiento, o alza la voz, pasando a gritos y conductas

    desafiantes, se considera como una falta grave.

    Como medida ante una falta grave se debe coordinar reunin con psiclogo del

    establecimiento, funcionario agredido y directora, estableciendo normas de

    convivencia, que lleven a un acuerdo y disculpas hacia los involucrados.

    Enfatizando que no se vuelva a repetir.

    Se debe registrar lo ocurrido en el cuaderno de apoderados.

    Durante esta reunin se debe dejar instancia para que apoderado tenga la

    oportunidad de apelar.

  • 5 Si el apoderado agrede fsicamente a algn funcionario del establecimiento,

    se considera como falta muy grave, ante esto, se debe denunciar el hecho a

    Carabineros por agresin fsica, dejar constancia en cuaderno de apoderados.

    Falta gravisima

    6Si el apoderado agrede el inmueble o salas del establecimiento, se considera

    como falta muy grave. Ante esto, se debe dejar constancia en cuaderno de

    apoderado y en carabineros por agresin a propiedad privada. Falta gravsima.

    7 En las situaciones expuestas en los puntos 5 y 6, se debe adems de las

    medidas mencionadas a seguir, dejar instancia de apelacin al apoderado, en

    donde este pueda volver a ingresar al Establecimiento, siempre y cuando

    demuestre arrepentimiento por medio de una disculpa escrita dirigida a

    direccin y funcionario afectado.

  • PROTOCOLO DOCENTES

    1 Los docentes del establecimiento deben cumplir con lo informado en el

    reglamento interno.

    2 Deben manejar e implementar el curriculum de trabajo que se emplea en la

    Escuela.

    3 Deben ser puntuales en los horarios. Si presenta un atraso sobre 15 minutos

    se considera falta leve, ante esto se realiza descuento en el sueldo.

    4 Si el docente presenta ausencia al trabajo sin justificativo mdico, se

    considera como falta grave.

    5 Si el docente no cumple con planificaciones y entrega de evaluaciones en

    fechas estipuladas, se considera como falta grave.

    6 Si el docente no implementa el curriculum personalizado como base de sus

    quehaceres educativos se considera como falta grave.

    7 El docente debe trabajar en equipo con su asistente, sin abusar de su cargo,

    si esto llega a ocurrir se considera como falta muy grave.

    7En caso de concurrir en una falta grave, se descontar del sueldo en caso

    de ausencia o atraso y quedar una amonestacin escrita por no cumplimiento

    de deberes en direccin.

    8 Si el docente se ausenta dos o ms das consecutivos sin dar aviso, se

    considera como falta muy grave.

    9 Si el docente maltrata fsica o verbalmente a un nio, apoderado o

    funcionario del establecimiento se considera como falta muy grave.

    10 Si el docente plantea injurias o calumnias hacia algn apoderado o

    funcionario de la comunidad educativa, se considera como falta muy grave.

  • 11 En caso de concurrir en una falta muy grave, se dejar una amonestacin

    en direccin. Si el docente junta tres amonestaciones, se enva una carta a

    Inspeccin del Trabajo.

    En caso de agresin fsica a alumno, docentes, apoderados o injurias, se dar

    trmino al contrato de trabajo.

  • PROTOCOLO PARADOCENTES

    1 Los paradocentes del establecimiento deben cumplir con lo informado en el

    reglamento interno.

    2 Deben implementar el curriculum de trabajo que se emplea en la Escuela.

    3 Deben ser puntuales en los horarios. Si presenta un atraso sobre 15 minutos

    se considera falta leve, ante esto se realiza descuento en el sueldo.

    4 Si el paradocente presenta ausencia al trabajo sin justificativo mdico, se

    considera como falta grave.

    5 Si el paradocente no cumple con preparar material o actividad requerida por

    educadora, se considera como falta grave.

    6 Si el paradocente no implementa el curriculum personalizado como base de

    sus quehaceres educativos se considera como falta grave.

    7En caso de concurrir en una falta grave, se descontar del sueldo por

    ausencia y quedar una amonestacin escrita por no cumplimiento de deberes

    en direccin.

    8 Si el paradocente se ausenta dos o ms das consecutivos sin dar aviso, se

    considera como falta muy grave.

    9 Si el paradocente maltrata fsica o verbalmente a un nio, apoderado o

    funcionario del establecimiento se considera como falta muy grave.

    10 Si el paradocente plantea injurias o calumnias hacia algn apoderado o

    funcionario de la comunidad educativa, se considera como falta muy grave.

    11 En caso de concurrir en una falta muy grave, se dejar una amonestacin

    en direccin. Si el paradocente junta tres amonestaciones, se enva una carta a

    Inspeccin del Trabajo.

    En caso de agresin fsica a alumno, docentes, apoderados o injurias, se dar

    trmino al contrato de trabajo.

  • PROTOCOLO DE HIGIENE

    1 El establecimiento cuenta con un plan de higiene que se rige bajo el decreto

    289 y la ley 17.301 de JUNJI.

    2 La educadora y asistente son las nicas personas del establecimiento que

    pueden auxiliar a los menores en sus necesidades de higiene, como lavado de

    manos, orinar, defecar y lavado de dientes. Queda estrictamente prohibido que

    esta labor la realice algn otro funcionario de la escuela.

    3 La educadora y asistente, deben velar en todo momento por el cuidado

    ntegro de los prvulos, procurando que realicen hbitos higinicos de lavado de

    manos antes de consumir alimentos.

    4 La educadora y asistente deben procurar que los prvulos realicen hbitos

    higinicos de lavado de dientes luego de consumir alimentos.

    5 La educadora y asistente debe incentivar la autonoma en los prvulos para

    que se preocupen gradualmente de su presentacin personal.

    6 La educadora y asistente, deben realizar rutinas de presentacin personal

    antes de la salida, es decir, lavar caras y manos, aplicar colonia y peinar,

    cumpliendo con la entrega limpia del menor , siempre y cuando el menor se haya

    ensuciado dentro del establecimiento.

    7 En caso que el prvulo ensucie su vestimenta, ya sea al orinarse o derramar

    su colacin encima del uniforme, la educadora o asistente debe contactar al

    apoderado para que se ste quien asista al establecimiento a cambiar al menor.

    8 En caso de no lograr contactar al apoderado, la educadora o asistente lo ir

    a dejar a su domicilio.

  • 9 Ni la educadora ni su asistente pueden cambiar mudas a los nios y nias del

    establecimiento, slo asistir en labores de higiene como facilitar papel

    higinico o toalla de papel para secar manos. En ningn momento deben limpiar

    o cambiar muda, evitando as cualquier tipo de contacto ntimo con el menor

    que pueda prestarse para malos entendidos, y para mayor seguridad de los

    padres y apoderados.

    10 La educadora y asistente de acuerdo a la autorizacin de sanidad, no se

    encuentran autorizadas para realizar muda de paales a prvulos, debido que

    no se cuenta con mudadores ni implementacin idnea de mascarillas y guantes

    para hacerlo. Adems la escuela slo admite a menores que no controlen

    esfnter.

  • PROTOCOLO EVALUACIN PARA APRENDIZAJES POR CURSO

    1 Se realizarn 6 evaluaciones anuales:

    Evaluacin fonoaudiolgica de ingreso.

    -Primera: Evaluacin Diagnstica.

    -Segunda: 1 Evaluacin trimestral fonoaudiolgica.

    -Tercera: 1 Evaluacin semestral Plan General.

    -Cuarta: 2 Evaluacin trimestral fonoaudiolgica

    -Quinta: 3 Evaluacin trimestral fonoaudiolgica.

    -Sexta: 2 Evaluacin semestral Plan General.

    2 En relacin a la evaluacin de plan especfico. La fonoaudiloga extender

    certificados de egreso una vez realizada la ltima evaluacin. En caso de

    alumnos que no alcanzaron a superar su trastorno se entregar en Diciembre el

    informe requerido para proyecto de integracin.

    3 En relacin a la evaluacin de Plan General, se deben realizar tres

    evaluaciones: una diagnstica y dos semestrales.

    4 Cada evaluacin correspondiente a Plan General se realizar por medio de

    escala de evaluacin. Donde:

    L=logrado M=medianamente logrado PL= por lograr NL= no logrado

    La evaluacin cuantitativa se regir por los siguientes parmetros de

    evaluacin, considerando que cada una corresponde a un trimestre.

    L+L+L=L

    ML+ML+ML=ML

    NL+NL+NL=NL

  • ML+L+L=L

    ML+PL+NL=NL

    PL+PL+L=ML

    ML+ML+L=L

    PL+L+NL=NL

    PL+PL+NL=NL

  • PROTOCOLO ASISTENCIA

    1 Todo alumno debe tener un 85% de asistencia como mnimo para ser

    promovido de nivel.

    2 En caso de licencias mdicas prolongadas que sean causales de

    incumplimiento en relacin al porcentaje mnimo de asistencia requerido, la

    directora ser quien determinar si corresponde la promocin del nivel.

    3 El apoderado deber notificar al Establecimiento, luego de tres

    inasistencias seguidas de su hijo/a.

    4 Si el apoderado no se prenuncia al respecto, ser considerada una falta

    leve, ante lo cual la educadora del nivel, deber llamar al hogar del alumno/a.

    En caso de no lograr obtener respuesta por este medio y el apoderado tampoco

    se comunica con la Escuela se considerar como falta grave, ante lo cual la

    educadora debe insistir en llamar a todos los nmeros de contacto posibles. Por

    ltimo, si el alumno es matriculado en otro establecimiento sin que su

    apoderado de aviso a la escuela, se considera como falta muy grave, ante la

    cual se cancelar de inmediato la matrcula del alumno/a, previo contacto con

    su nueva escuela.

    5 Los alumnos que asisten en furgn al establecimiento, deben avisar con

    anticipacin en caso de NO asistir, para eso, debern llamar al celular de la

    asistente del transporte.

    6 Si no logran comunicarse por este medio, el apoderado deber llamar al

    establecimiento, siendo ste el encargado de comunicarle al transporte la

    inasistencia de un nio/a.

    7 Si el apoderado no avisa con anticipacin 3 inasistencias, su alumno perder

    el beneficio.

    8 En caso de presentarse el apoderado con su hijo/a en la situacin

    mencionada en el punto anterior, se le dar la posibilidad de apelar, siendo la

    directora quien asuma la decisin.

  • 9 Si al momento de ir a dejar al nio/a a su hogar, no se encuentra a nadie en

    la casa para recibirlo, se devolver al establecimiento luego de terminado el

    recorrido.

    10 La situacin mencionada en el punto 9 quedar registrada como

    amonestacin hacia el apoderado, por incumplimiento al reglamento e

    irresponsabilidad. Con tres amonestaciones se suspende el beneficio de

    transporte.

    11 Se dar instancia de apelacin a aquellos apoderados que tengan tres o ms

    amonestaciones, siendo la directora quien asuma la decisin.

  • PROTOCOLO ATRASOS

    1 Los alumnos tendrn la oportunidad de ingresar al establecimiento hasta 20

    minutos desde la hora de entrada.

    2 Si un alumno llega tarde una vez en la semana dentro de lo consensuado por

    el Establecimiento, se considerar como falta leve.

    3 En caso de falta leve, se debe recordar de palabra al apoderado el horario

    de entrada y darle a conocer los tipos de falta.

    4 Si un alumno llega tarde tres veces en la semana, se considera como falta

    grave.

    5 En caso de falta grave se debe recordar el horario de entrada y hacer

    firmar al apoderado el cuaderno de atrasos, a travs del cual se estipula el

    compromiso del apoderado con su hijo y con la escuela, de cumplir con el

    horario establecido.

    6 Si un alumno llega tarde ms de tres veces en la semana se considera como

    falta muy grave.

    7 En caso de falta muy grave se debe recordar al apoderado el compromiso

    adquirido anteriormente y coordinar con l, para que realice una actividad

    dentro del curso correspondiente a su hijo, basada en la importancia de ser

    responsables y puntuales, o bien una actividad o tarea a eleccin de la

    Educadora a cargo del nivel.

    8 Los puntos mencionados anteriormente tambin se aplicarn en el caso de

    atrasos al momento de retirar al alumno. Clasificando las faltas como leve,

    grave y muy grave.

    9 Falta leve: retraso de 15 minutos sin aviso.

    10 Falta grave: retraso de 30 minutos sin aviso.

    11 Falta muy grave retraso de 45 minutos o ms sin aviso.

  • 12. Tambin se considerar falta muy grave, si el atraso por ms de 30

    minutos se repite dos veces en la semana, ante esto, se dejar una

    amonestacin por escrito en el libro de apoderados, por incumplimiento al

    horario de retiro e irresponsabilidad por no avisar.

  • PROTOCOLO ACOSO ESCOLAR O BULLYNG

    1 El apoderado debe comunicar la situacin de acoso en el colegio, ante un

    profesor de confianza, profesor jefe o equipo directivo.

    2 Cualquier miembro de la comunidad tiene la obligacin de dar a conocer al

    Encargado de Convivencia de la Escuela, cualquier situacin de acoso escolar.

    3 Si desea hacerlo por escrito dispondr de una pauta gua con los elementos

    mnimos a considerar.

    4Cuando se realice una denuncia de acoso escolar, la Educadora a cargo del

    alumno/a agredido y/ agresor debe citar al apoderado y al alumno agredido a

    entrevista individual.

    5 La educadora a cargo debe citar al alumno agresor presunto, junto a su

    apoderado para entrevista personal.

    6Direccin debe convocar al equipo docente, dar a conocer la situacin

    existente y recopilar informacin acerca del problema.

    7 A partir de la reunin antes mencionada, La Directora decidir las posibles

    medidas a aplicar, de acuerdo con el Manual de Convivencia Escolar y de un

    asesoramiento con el Psiclogo de la Escuela.

    8 La educadora a cargo debe intervenir con el nio/a vctima, garantizndole

    proteccin y hacerle ver que no est solo/a.

    9 Brindar asesora psicolgica al victimario/a, para ayudarle a aceptar la

    situacin evitando la negacin y huida, fomentar la valorizacin de su imagen.

    10 La educadora a cargo debe intervenir con el agresor/a, transmitindole

    claramente que no se tolera violencia en la escuela.

    11 Brindar asesora psicolgica al agresor/a, enfatizando en la responsabilidad

    delas propias acciones, incitarlo a pedir disculpas, trabajar con la familia

    niveles de agresividad.

    12 Trabajar a nivel de curso normas de convivencia y compaerismo.

  • 13 Direccin citar a la Educadora del nivel, a los padres de la vctima y en

    conjunto con Psiclogo del establecimiento se realizar una intervencin de

    colaboracin, para contener a angustia de los padres y ayudarlos a NO

    culpabilizar al nio/a ni a ellos mismos.

    14 Direccin citar a la Educadora del nivel, a los padres del agresor/a y con

    apoyo psicolgico se realizar una intervencin de reconocimiento sobre el

    grave problema a resolver, dando nfasis a NO consentir ms agresiones por

    parte de su hijo/a.

    15 En cada una de las reuniones mencionadas, se tomarn medidas y acuerdos

    condicionados por el Manual de Convivencia Escolar, los cuales quedarn

    registrados en una carpeta en Direccin.

    16 Se realizarn seguimientos y evaluaciones a ambos alumnos/as, tanto al

    agresor como al victimario, ambos trabajarn con asesora psicolgica en

    conjunto con sus familias.

    17 Con el objetivo de que no vuelva a ocurrir el casos y favorecer la

    erradicacin de la conducta agresiva, el psiclogo ,trabajar con la vctima, el

    agresor y por ltimo con la vctima y el agresor.

    18 En caso que la familia no preste la atencin solicitada, la Escuela podr

    tomar otras acciones segn sea el caso.

  • PROTOCOLO USO DEL CRA

    Los servicios de computacin y la Biblioteca CRA (Centro de Recursos para el

    Aprendizaje) son una herramienta de trabajo dentro del Establecimiento, por

    lo tanto, cada docente debe ser responsable y comprometerse a:

    - Al momento de solicitar un notebook, anotarse en el cuaderno de registro del

    CRA con un da de anticipacin.

    -Al momento de hacer uso del Notebook, ocuparlo para fines netamente

    educativos, como videos educativos, o para realizar informes u otro tipo de

    registros de la misma ndole. NO SE PRESTARN NOTEBOOK PARA

    ESCUCHAR MSICA, REVISAR CORREOS O CUALQUIER OTRO TIPO DE

    USO PARA FINES PERSONALES (REVISIN DE MAILS, FACEBOOK

    ETC).

    - Los notebook deben quedar guardados en direccin.

    - Se debe respetar a los dems usuarios, no alterando o destruyendo

    informacin que no le pertenece.

    - No modificar el funcionamiento normal de la red.

    -Respetar la configuracin de los aparatos.

    -Respetar los valores humanos y sociales no abriendo en pantalla, ni guardando

    en los computadores o en unidades de almacenamiento masivo, documentos de

    carcter ofensivo, racista, intolerante, pornogrfico, etc.

    -Devolver en forma oportuna todo material que le sea facilitado por el CRA

    (libros, notebook). La retencin indebida se considerar como una falta grave.

    Luego de dos atrasos perder la prestacin de este servicio.

    -Queda estrictamente prohibido sacar un notebook del establecimiento.

    - Evitar, en cualquier caso, sacar los libros de consulta (diccionarios,

    enciclopedias) del establecimiento.

  • - Conservar ntegramente el material prestado por el CRA, si ste se

    destruyese o perdiese se exigir el reemplazo del material en un plazo de 30

    das.

    - Evitar comer y beber productos mientras se hace uso del notebook.

    -En el caso de la fotocopias cada docente tendr un tope mximo de 60

    fotocopias por semana. Cada vez que se use la fotocopiadora se deber dejar

    un registro de la cantidad de copias sacadas, en cuaderno de registros del

    CRA, ya que la fotocopia quedar programada para un lmite de hojas, por lo

    tanto se solicita consideracin para con los dems funcionarios que tambin

    hagan uso de la fotocopiadora. Las impresiones se consideran como copias, por

    lo tanto van dentro del lmite de las 60 hojas semanales.

  • PROTOCOLO EN CASO DE ABUSO SEXUAL Y/O VIOLACIN EN LA

    ESCUELA DE LENGUAJE Y JARDN INFANTIL CASTILLO DE

    SONRISAS

    1 Los funcionarios de la escuela deben denunciar inmediatamente a la

    sostenedora, en caso de ver o escuchar de parte de algn alumno/a una

    situacin de connotacin sexual.

    2 Si el funcionario en cuestin escucha relatos en que se vea involucrada su

    persona, debe dirigirse a direccin y exponer la situacin.

    3Creer todo relato de un nio/a referido a abuso sexual, en este caso no se

    pone en duda el discurso instituciones judiciales se preocupan de verificar

    aquello-.

    4 Avisar inmediatamente a direccin y/o sostenedor, segn el caso.

    5 Citar inmediatamente a la familia, conversar sobre el hecho y explicar las

    medidas a seguir.

    6 Se debe realizar la desvinculacin transitoria del profesional de la escuela

    (la persona puede hacer uso de sus vacaciones o adelanto de estas, das

    administrativos, cam