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www.fernandosantivan.cl Página 1 REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Identificación del Establecimiento Director: Juan Pablo Caro Bustamante Dirección del Establecimiento: Andrés Bello S/N R.B.D.: 6780-6 Comuna: Valdivia Fono: 63-2211747 E-mail: [email protected] Página Web: www.fernandosantivan.cl

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REGLAMENTO INTERNO Y

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Identificación del Establecimiento

Director:

Juan Pablo Caro Bustamante

Dirección del Establecimiento:

Andrés Bello S/N

R.B.D.:

6780-6

Comuna:

Valdivia

Fono:

63-2211747

E-mail:

[email protected]

Página Web:

www.fernandosantivan.cl

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INDICE

CONTENIDO PÁG. Portada. 1 Índice 2 Principios y Fines de la Educación. 3 Presentación del reglamento 4 Objetivos 5 Título I: De las Disposiciones Generales. 6

a) Nuestra Visión b) Nuestra Misión

Título II: De los Fines Educativo 11 Título III: Normas Técnico administrativas sobre estructura y funcionamiento General del establecimiento 12 Título IV: Normas de prevención de riesgo de higiene y de seguridad 14 Título V: Relación del establecimiento con la comunidad 15 Título VI: Deberes y derechos de los alumnos y apoderados de las Sanciones Y sus procedimientos 15 Título VII: De los Consejos Escolares. 28 Título VIII: De los Estímulos para los Alumnos (as) Destacados 30 Título IX: De las Estrategias que emplea el Establecimiento para la

Sana Convivencia. 31 Título X: Situaciones de Riesgo o de Vulnerabilidad. 31 Título XI: De los Roles y Funciones que le corresponde cumplir a los diversos Estamentos de la Comunidad Escolar. 32 Título XII: Del Derecho de apelación 47 Título XIII: Disposiciones para las actividades extra programáticas, consideraciones Generales. 48 Título XIV: De su Aplicación 51 Titulo XIIV: Anexos: 53

a) Acta participación en la elaboración reglamento interno de convivencia escolar.

b) Protocolos de actuación. c) Reglamento interno del centro de Padres y Apoderados. d) Reglamento del centro de alumnos. e) Reglamento Biblioteca CRA. f) Acta de creación del centro de Padres y Apoderados. g) Reglamento de evaluación y promoción h) Plan de Emergencia escolar

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PRINCIPIOS Y FINES DE LA EDUCACIÓN (Ley General de Educación 20.370)

La Comunidad Educativa es una agrupación de personas que inspiradas en un propósito común integran una institución educativa. Ese objetivo común es contribuir a la formación y el logro de aprendizajes de todos los estudiantes que son miembros de ésta, proponiendo asegurar su pleno desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico. El propósito compartido de la comunidad se expresa en la adhesión al Proyecto Educativo del Establecimiento y a sus reglas de Convivencia establecidas en el Reglamento Interno. Este Reglamento debe permitir el ejercicio efectivo de los derechos y deberes señalados en la LGE.

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PRESENTACION DEL REGLAMENTO.

La Escuela F Nº 9 “Fernando Santivàn “, se ubica en la calle Andrés

Bello s/n, sector Corvi de Valdivia; es un Establecimiento que imparte enseñanza Pre- básica, básica, con Jornada Escolar Completa de Pre Kínder a 8º año básico. Cursos Especiales: Grupo Diferencial y Proyecto de Integración en Lenguaje y de Trastornos Intelectuales.

Durante el presente año y con apoyo de los distintos estamentos de la

escuela, se elaboró y se hicieron las modificaciones correspondientes al Reglamento Interno, donde se incorpora el manual de roles y funciones, y manual de convivencia escolar.

El Reglamento de Convivencia Escolar es un componente del Reglamento Interno de todo Establecimiento Educacional que debe tener. Los Establecimientos municipales están legalmente obligados a contar con un Reglamento Interno que contenga el de Convivencia, cuyo objetivo es lograr un marco regulatorio a los problemas de Convivencia en la Comunidad Educativa.

Sirve para orientar el comportamiento de los diversos actores que conforman la Comunidad, a través de normas y acuerdos que definen los comportamientos aceptados, esperados o prohibidos, estableciendo criterios y procedimientos formativos para abordar los conflictos y las situaciones de violencia. Para esto, define sanciones y medidas reparatorias proporcionales y ajustada a derecho.

Los documentos legales que apoyan la conformación del Reglamento de Convivencia Escolar son: El DFL Nº 2 del 20-08-98, de Subvenciones, que exige el Reglamento

Interno como requisito para que los Establecimientos Educacionales puedan obtener la Subvención y sanciona como infracción grave, el incumplimiento de algunas disposiciones señaladas. El Reglamento de Convivencia forma parte del Reglamento Interno.

LGE Nº 20.370, regula los derechos y deberes de los Integrantes de la Comunidad Educativa, fija los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles de Educación Parvularia, y Básica, regula el deber del Estado de velar por su cumplimiento, y establece los requisitos y el proceso para el reconocimiento oficial de los Establecimientos e Instituciones Educacionales de todo nivel, con el objetivo de tener un sistema educativo caracterizado por la Equidad y Calidad de su servicio.

Ley Nº 20.536, sobre Violencia Escolar que promueve la buena Convivencia Escolar y previene toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos y establece que todos los Establecimientos municipalizados deben contar con un Reglamento Interno que regule las relaciones entre el actores de la Comunidad Educativa, y garantice el justo procedimiento en el caso en que se contemplen sanciones, las que en ningún caso podrán contravenir la normativa vigente, que cada Establecimiento Educacional tiene el derecho a definir sus propias normas de Convivencias, etc.

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OBJETIVOS

1. Ordenar la estructura, las funciones, roles e interrelaciones de los estamentos de la institución escolar, con el propósito de lograr la consecución de los objetivos propuestos por el Establecimiento en su Proyecto Educativo.

2. Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad escolar, promoviendo su desarrollo personal, social y sana convivencia.

3. Contribuir a crear las condiciones técnico – pedagógicas y administrativas que propicien un clima organizacional adecuado a las necesidades del establecimiento, con el fin de favorecer el desarrollo del proceso educativo.

4. Propiciar y regular las relaciones entre el Establecimiento Educacional y la comunidad organizada, en función del logro de los propósitos educativos.

5. El presente reglamento tiene por principal objetivo, resguardar la integridad física moral e intelectual, de los estudiantes y de cada persona que trabaja en el establecimiento educacional, por lo tanto debe ser cumplido fielmente.

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TITULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

La Convivencia Escolar, forma parte de la formación general de las personas y el Establecimiento como servicio educativo que tiene como principal misión colaborar y reforzar los valores entregados por la familia de los alumnos y alumnas.

El enfoque formativo de la Convivencia Escolar, contiene una dimensión preventiva, expresada en el desarrollo del conocimiento, habilidades y actitudes que permiten formar sujetos autónomos, capaces de tomar decisiones personales y de anticiparse a situaciones que amenazan o alteran el aprendizaje de la Convivencia, cautelando en todo momento el proceso formativo y las estrategias pedagógicas. En este sentido, la dimensión preventiva implica superar la noción de riesgo, no se limita a informar o prohibir, sino que apunta a formar para actuar anticipadamente.

Este Reglamento cumple una función orientadora y articuladora del conjunto de acciones que los actores educativos (alumnos, docentes, personal del establecimiento, padres y apoderados) emprenden y emprenderán a favor de la formación y ejercicio de los valores de convivencia en la cultura escolar.

La Convivencia Escolar es por lo tanto una construcción colectiva y dinámica, en donde todos los niños y niñas son sujetos de derecho, en donde el desarrollo pleno de las personas sólo es posible en la relación con otros de acuerdo a los roles y funciones que desarrollan en la Comunidad Educativa, privilegiándose el respeto y protección de la vida privada y pública de las Comunidad Educativa.

El Proyecto Educativo Institucional (en adelante el PEI) que sustenta al

Colegio, es el principal instrumento orientador de la gestión del establecimiento y tiene como finalidad el mejoramiento progresivo de los procesos de aprendizaje de los alumnos, su formación valórica e integral.

El presente Reglamento Escolar Interno y Manual de Convivencia (en adelante el Reglamento), ha sido concebido como un conjunto de normas y disposiciones que regulan la convivencia armónica de un grupo humano que se encuentra relacionado al Colegio, pues todos ellos aceptan y comparten los mismos valores y objetivos definidos en el PEI del establecimiento. Art. N°01

Para que todos los niños y niñas que ingresan al establecimiento educacional "FERNANDO SANTIVÁN" de la Comuna de Valdivia, permanezcan en él, recibiendo un trato digno, de respeto a su persona y logren un sentido de pertenencia e identidad con el establecimiento se requiere del compromiso, colaboración, responsabilidad y participación de todas las personas que integran la familia educacional.

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NUESTRA VISION

PRETENDEMOS SER UNA ESCUELA CON METAS CLARAS, DONDE SE GENERE UNA CULTURA DE ESTUDIO, TRABAJO Y SANA CONVIVENCIA, EN UN MARCO DE COMPROMISO AUTENTICO, DISCIPLINADO, CON HERRAMIENTAS EN TODAS LAS ÁREAS, PERO DE FORMA ESPECIAL EN LA LITERATURA Y ESCRITURA, A SU VEZ FORTALECIENDO VALORES COMO LA TOLERANCIA, EL RESPETO Y LA SOLIDARIDAD, CON EL FUN DE FAVORECER EL DESARROLLO INTEGRAL DE NUESTROS ESTUDIANTES.

NUESTRA MISIÓN

LA ESCUELA SE CONSIDERA COMO UN ESPACIO INCLUSICO DONDE NO SOLO SE ENSEÑAN CONOCIMIENTOS Y SE TRASMITEN SABERES, SINO QUE TAMBIEN, UN LUGAR DONDE SE APRENDE A CONVIVIR, A RESPETAR A LOS OTROS, A SER TOLERANTES Y BUENOS CIUDADANOS.

SOMOS UNA ESCUELA DE EDUCACION PUBLICA CON PROFESIONALES COMPETENTES Y COMPOMETIDOS, QUE SUSTENTAN SU QUEHACER ESCOLAR EN LA SANA CONVIVENCIA, TOLERANCIA, RESPETO Y FORMACION CIUDADANA, A TRAVES DE LA PARTICIPACION ACTIVA DE LA FAMILIA Y TUTORES, EN LA PROMOCION Y PRACTICA DE DISCIPLINAS CIENTIFICAS-HUMANITAS, CULTURALES Y DEPORTIVAS PARA DAR CUMPLIMIENTO DE TAREAS Y METAS. CON UN SELLO INSPIRADO EN LA LITERATURA Y EL LEGADO DE DON FERNANDO SANTIVÁN. Art. N° 02

En coherencia con el Proyecto Educativo Institucional y los Objetivos Fundamentales Transversales, los Otros Indicadores de Calidad, que promueve la Reforma Educacional, los principios y valores que el Establecimiento fortalece y fortalecerá para el desarrollo personal e integral de las alumnas y alumnos son:

A. Respeto: Cada alumno y alumna debe llegar a ser capaz de relacionarse con todos los miembros de la Comunidad Educativa en forma afectiva y grata, basándose en el principio que establece que la fuente del respeto a los demás, es el respeto consigo mismo.

B. Responsabilidad: Cada alumno y alumna debe llegar a ser capaz de comprometerse y cumplir eficientemente con los objetivos que plantea la Comunidad Educativa a través de sus actitudes y relaciones interpersonales reflejadas consigo mismo, con sus semejantes y con su entorno.

C. Autoestima: Cada alumno y alumna debe llegar a ser capaz de construir una valoración positiva y realista sobre sí mismo, su grupo y Escuela, evidenciando conocimientos, habilidades y actitudes consecuentes.

D. Compromiso: Cada alumnos y alumna debe llegar a ser capaz de identificarse con el quehacer y propósito de la escuela Fernando

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Santiván, esforzándose para alcanzar los ideales de la Escuela y cumplir con sus obligaciones en los horarios, plazos y fechas convenidas.

E. Honestidad: Cada alumnos y alumna debe llegar a ser capaz de actuar con trasparencia y probidad de acuerdo a los propios principios y valores, que promueve la familia y la Comunidad Educativa.

F. Participación: Cada alumnos y alumna debe llegar a ser capaz de colaborar entusiastamente en las tareas que promueve la Comunidad Educativa sean de índole escolar, recreativa, social o cultural.

Art. N°03

Junto a los alumnos (as), los padres, auxiliares, personal administrativo, paradocentes, profesores y directivos, pretenden con estas normas lograr una sana Convivencia en el Establecimiento, que surgen de los acuerdos alcanzados por la misma comunidad educativa. En este sentido la disciplina cumple un importante rol para los alumnos (as) y las personas que educativa y pedagógicamente (directivos, profesores y personal) tienen el deber de velar por la confianza que han depositado las familias en el establecimiento. Art. N°04

Ley General Nº 20.370 Art. N°05 Marco Regulatorio Educación Parvularia:

La Educación Parvularia fomentará el desarrollo integral de los niños y niñas y promoverá los aprendizajes, conocimientos, habilidades y actitudes que les permitan:

a) Valerse por sí mismos en el ámbito escolar y familiar, asumiendo conductas de autocuidado y de cuidados de los otros y del entorno.

b) Apreciar sus capacidades y características personales c) Desarrollar su capacidad motora y valorar el cuidado del propio cuerpo. d) Relacionarse con niños y adultos cercanos en forma armoniosa,

estableciendo vínculos de confianza, afecto, colaboración y pertenencia. e) Desarrollo de actitudes de respeto y aceptación de la diversidad social,

étnica, cultural, religiosa y física. f) Comunicar vivencias, emociones, sentimientos, necesidades e ideas por

medio del lenguaje verbal y corporal. g) Contar y usar los números para resolver problemas cotidianos simples. h) Reconocer que el lenguaje escrito ofrece oportunidades para

comunicarse, informarse y recrearse. i) Explorar y conocer el medio natural y social, apreciando su riqueza y

manteniendo una actitud de respeto y cuidado del entorno. j) Desarrollar su curiosidad, creatividad e interés por conocer. k) Desarrollar actitudes y hábitos que les faciliten seguir aprendiendo en los

siguientes niveles educativos. l) Expresarse libre y creativamente a través de diferentes lenguajes

artísticos.

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Art. N°06: Marco Regulatorio Educación Básica: La Educación Básica en el ámbito personal y social.

a) Desarrollarse en los ámbitos moral, espiritual, intelectual, afectivo y físico de acuerdo a su edad.

b) Desarrollar una autoestima positiva y confianza en sí mismos c) Actuar de acuerdo con valores y normas de convivencia cívica, pacífica,

conocer sus derechos y responsabilidades y asumir compromisos consigo mismo y con los otros.

d) Reconocer y respetar la diversidad cultural, religiosa y étnica y las diferencias entre las personas, así como la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, y desarrollar capacidades de empatía con los otros.

e) Trabajar individualmente y en equipo, con esfuerzo, perseverancia, responsabilidad y tolerancia a la frustración.

f) Practicar actividad física adecuada a sus intereses y aptitudes g) Adquirir hábitos de higiene y cuidado del propio cuerpo y la salud.

Art. N°07 Normativa legal.

La Política de presente Reglamento, se fundamenta en un conjunto de normas y principios legales vigentes en la República de Chile, entre las que destacan como más importantes las siguientes:

a) Constitución Política de la República de Chile b) Ley General de Educación Nº 20.370-2009 (en adelante LGE) c) Estatuto Docente Nº 19.070 de 1991 y sus modificaciones d) Código del Trabajo D.F.L. Nº 1 de 1994 y sus modificaciones e) LEY J.E.C.D. Nº 19.979 f) Ley 19.532 sobre Modificación a la Ley de Jornada Escolar Completa y

otros textos legales. g) Ley 20.084 sobre Responsabilidad Penal Adolescente. h) Reglamento tipo de Convivencia Escolar, Ministerio de Educación 2010. i) Declaración Universal de los Derechos Humanos. j) Convención sobre los Derechos de los Niños

La Escuela “Fernando Santiván” trabaja los Programas de estudio y

proyectos del ministerio y sus respectivos decretos.

Art. N° 08.- PLAN CURRICULAR: Por subsector, por asignatura se planificarán: Bases curriculares: 1º Nivel de Transición 2º Nivel de Transición NB1-NB2-NB3-NB4-NB5-NB6 Departamento Extraescolar Programas Ministeriales (SEP-PIE) SENDA- Vida saludable Programa Habilidades para la Vida. Programa FOSIS, etc. Talleres extra programáticos.

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Trabajo articulado con Consultorio Jorge Sabat Trabajo Equipo multidisciplinario Trabajo Equipo de Convivencia Escolar. Trabajo Equipo Técnico Pedagógico Trabajo Equipo ATP Trabajo Comité Paritario Planes de Seguridad Escolar. Trabajo Consejo Escolar. Art. N°09. ORIENTACION

Se elaboran Unidades de Orientación, tomando como base los otros indicadores de calidad, Proyectos de Salud, Programa Alcohol y Drogas la Familia en Prevención, Programas Habilidades para la Vida, Programa de Prevención del Consumo de Drogas, “Quiero Ser”, Programa Prevención del Embarazo Precoz. (Otros prevención y asistencia en maltratos psicológicos en el aula y el bullying o acoso escolar), Programa FOSIS y otros con Equipo Multidisciplinario: psicólogo, asistente social, orientadora familiar, la aplicación del Plan de Formación.

Art. N° 10. EVALUACION

Se rige por Decreto 511/97, Mod. 158/99 para NB1-NB2-NB3-NB4-NB5 y NB6.

La evaluación es semestral, con informes parciales. Además se realizan evaluaciones diferenciadas para niños con N.E.E y adaptaciones curriculares con las correspondientes evaluaciones compartidas con los proyectos de integración. Además se contemplan desde el año 2015 la aplicación de pruebas en línea de forma mensual en las asignaturas de Lengua y Comunicación, Matemáticas, Ciencias Naturales, Ciencias Sociales e Inglés

Art. N° 11. COORDINACION DEL PROCESO TECNICO PEDAGOGICO

La Unidad Técnica Pedagógica es el organismo encargado de coordinar, asesorar y evaluar las funciones docentes técnicos pedagógicos que se dan en el establecimiento, tales como: Orientación Educacional y Vocacional, Planificación Curricular, Supervisión Pedagógica, evaluación del aprendizaje y otros análogas como es revisión de pruebas, evaluación del proceso, planificaciones de aula, y Programas ejecutados en el establecimiento educacional ( SENDA, ETC.) Art. N° 12. SUPERVISION.

Supervisor del Departamento Provincial de Educación y Directora del establecimiento , quienes supervisan y asesoran las acciones que se realizan al interior de éste, según los programas Equipo ATP, además de las Supervisiones de Subvención escolar, Superintendencia de Educación.

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Art. N° 13. PERFECCIONAMIENTO Se apoya, se difunden y se estimula las políticas de perfeccionamiento

reconocidas por el C.P.E.I.P. y otras de actualización. Dando las facilidades que sean necesarias a los docentes, que van en directo beneficio de sus

educandos, previo acuerdo entre docentes y dirección. Quedando por escrito.

Art. N°14. CONSEJO DE PROFESORES

Es un Organismo Técnico de carácter consultivo, en los que se expresará la opinión de sus integrantes en lo referente a Técnico Pedagógico. Funcionarán los siguientes consejos:

a) De coordinación ( primer ciclo- Segundo ciclo con adecuaciones curriculares)

b) De equipo de Gestión c) Centro General de Profesores d) De profesores por ciclo (comunidades de practica) e) De evaluación f) De evaluación de proyecto y Programas. g) Consejos Técnicos y Administrativos. h) Consejos de Equipos de Gestión. i) Comité Paritario j) Comité de Seguridad.

TITULO II DE LOS FINES EDUCATIVOS

Art Nº15:

La presente normativa regula el sistema de Convivencia y el Comportamiento Disciplinario de las alumnas y alumnos de la Escuela “FERNANDO SANTIVÁN”. Con este propósito esta normativa tiene como fines educativos:

a) Respetar y valorar las ideas y creencias distintas de las propias y reconocer el dialogo como fuente permanente de humanización, de superación de diferencias y de aproximación a la verdad.

b) Fortalecer una identidad positiva en relación con el trabajo y rendimiento escolar.

c) Desarrollar la capacidad de esfuerzo y la perseverancia como factores personales claves de metas propuestas.

d) Promover una adecuada autoestima, la confianza en sí mismo y un sentido positivo de la vida.

e) Desarrollar la capacidad de resolver problemas, la creatividad y la capacidad de autoaprendizaje.

f) Reconocer conductas y actitudes que favorezcan la Convivencia Escolar tales como: Respeto, responsabilidad, tolerancia y solidaridad.

g) Valorar la atención, la escucha activa y dialogo como medio y como clima fundamental en la resolución de problemas.

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h) Profundizar la reflexión respeto de las inquietudes y sentimientos relacionados con los cambios físicos favoreciendo la captación y valoración de sí mismo y de los demás.

i) Desarrollar competencias para participar de manera activa y con iniciativa en la vida del curso y de la escuela

TITULO III

NORMAS TECNICO – ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL

ESTABLECIMIENTO.

Art. N° 16. HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DEL COLEGIO: DE: 07:30 Hrs. – 20:00 Hrs. Auxiliares Lunes a Jueves. DE: 07:30 Hrs – 18:00 Hrs . Auxiliares Viernes Art. N° 17. JORNADAS DE TRABAJO: DOCENTES. Jornada Completa: 08:15 - 13:30 Hrs. Lunes a jueves 14:30 - 19:00 Hrs. Jornada Completa Viernes: 08:15 - 13:30 Hrs. Jornada Tarde 14:30 – 19:00 Hrs. Art. N° 18. MATRICULA

La Unidad Educativa estará conformada desde el Pre-Kínder a 8º año Básico y Programa de Integración Escolar (PIE)

02 Pre Kínder 50 cupos 02 Kinder 50 cupos 16 Cursos Básicos 500 cupos 03 Profesores Educación Diferencial 02 Psicólogo 04 Psicopedagogas 02 Orientadora Familiar 01 Terapeuta ocupacional

El proceso de matricula se llevará a cabo durante el mes de noviembre

con un pre-matricula la cual se debe realizar por los apoderados en oficina central del establecimiento, en el mes de diciembre se realizará el proceso de confirmación de matrícula, donde se informara oportunamente por parte de la dirección hora, fecha y lugar. Art. N°19. TRASLADOS

Se concede traslado de un alumno cada vez que el Apoderado lo solicite, por cambio de domicilio, traslado de establecimiento, cambio de ciudad, etc.

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Art. N° 20. ASISTENCIA Los alumnos deberán asistir a lo menos al 85% de las clases y talleres

establecidos en el calendario escolar y/o programación de la escuela, no obstante, por razones debidamente justificadas, el Director del establecimiento, consultado con Equipo Técnico Directivo , podrá permitir una asistencia inferior a la estipulada. (razones médicas, embarazo adolescente u otras debidamente justificadas, con certificado médico. , etc ). Los apoderados o tutores deberán acudir a a justificar el atraso personalmente o vía telefónica en portería del establecimiento. Art. 21. PERMISOS

Se concederán permisos para atrasados en la hora de llagada, solo a los alumnos (as) en situación especial; domicilio lejano, enfermedades, etc. Esta autorización la entregara Inspectorìa. Los Inspectores de patio en conjunto con los Profesores Jefes, detectarán los atrasos reiterados de los alumnos y darán cuenta a la Inspectoria para que esta adopte las siguientes medidas:

a) Conversar con el alumno b) Si reitera el atraso, llamar al apoderado c) Si la situación persiste, por que el alumno vive lejos de la escuela, se

pedirá el traslado a un colegio cercano a su hogar. d) Con tres atrasos reiterados y comunicado al apoderado se registrara en

la hoja de vida del alumno. Art. N° 22.SITUACIONES ESPECIALES

A los alumnos de nuestro establecimiento, no se le cancelara la matricula, ni estarán afectos a suspensión, por situaciones derivadas del rendimiento escolar o de índole económico; sin embargo, si el apoderado es llamado por cualquier situación delicada, el alumno no asistirá a la Escuela, hasta que el apoderado se presente. Cabe señalar que serán situaciones graves: golpes a puño reiterados, insulto a docente o cualquier trabajador que labore en el establecimiento educacional, dejando en claro, que ya ha sido llamado previamente. Puede ser cancelada la matrícula, por razones de bulling, siendo informado, por sustracción o hurto reiterado, o dificultades conductuales, una vez que ya se han tomado todas las medidas preventivas como : asistencia de asistente social, psicólogo, neurólogo o psiquiatra, si fuera necesaria. Lo que dará origen a condicionalidad en primera instancia, con el fin de dar la oportunidad, y luego de un plazo de 15 días, se caducará la matrícula. En el caso de niños con problemas conductuales graves, que no deseen ingresar a sus salas, y que sean atendidos por el equipo psicosocial y otros, y requiera que el personal abandone sus funciones, la situación será información al sostenedor y se derivará a habilidades para la vida, más las gestiones realizadas en el establecimiento, darán el derecho a solicitar el traslados del establecimiento, con sus debidas evidencia.

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Art. N° 23. CANCELACION DE LA MATRICULA

En situación de disciplina escolar analizada por el Consejo de Profesores y que tengan el carácter de riesgo para la integridad física de otros alumnos y/o personal del establecimiento y si este Consejo así lo decide, con hechos y situaciones comprobadas, podrá proceder a cancelar la matricula alumno que incurrió en las siguientes acciones.(bulling, maltrato físico y psicológico, hurto reiterado, agresión física y verbal, insultos a cualquier integrante de la comunidad escolar, y casos de gravedad en general. )

TITULO IV NORMAS DE PREVENCION DE RIESGO, DE HIGIENE Y DE SEGURIDAD.

Art. N° 24.

Los alumnos que sufran algún accidente, estarán protegidos por el Decreto Nº 313 del 12.05.75.

El personal de la Unidad Educativa, posee constituido un Comité Paritario, el que rige por la Ley Nº 16.744. Se encuentra en funcionamiento EL PLAN DE SEGURIDAD ESCOLAR. Art. N° 25. PLAN DE EMERGENCIA.

Prevención de riesgo, se aplicara de acuerdo a las normativas vigentes. El Director del Establecimiento nominará a las personas responsables. (se encuentra en pleno funcionamiento y realizando 6 actividades de simulación como mínimo.) Art. N° 26.

Para evitar accidentes durante las horas de recreo y habiendo personal disponible, realizarán rodas de control Inspectorìa General e Inspectores de Patio los que serán reforzados por profesores que quieran ayudar en esta labor. Los auxiliares de servicios menores, también ayudaran al control de los recreos.

Durante la colación (desayuno, almuerzo, y/u tercer servicio); los alumnos serán supervisados por Inspectoria general; Las Inspectoras de Patio y realizarán tareas de formación de hábitos y disciplina en terreno.

El Director, y el Inspector General harán una revisión general de implementos de iluminación, vigilando por su buen estado. Recomendaciones de los Profesores de Turno, previniendo posibles accidentes. Art N° 27.

El aseo y la desinfección de los baños se harán después de cada recreo evitando la suciedad, malos olores y contaminación. El aseo de toda la escuela estará a cargo de 4 auxiliares de servicios menores, que si bien no son suficientes, se intentará dar cumplimiento a la sanidad del establecimiento, debiendo el DAEM, dar los recursos necesarios para mantención y de forma oportuna, la que se regirá según contrato. Y se entregarán informes de evaluación sobre sus funciones de manera mensual, las que serán registradas por encargada jefe de servicios menores y el Inspector General del establecimiento.

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TITULO V RELACION DEL ESTABLECIMIENTO CON LA COMUNIDAD.

Art. N ° 28

El Centro General de Padres se rige por sus propios estatutos bajo Personalidad Jurídica Nº 2434 del 21/0609/2011. Art. N° 29

La Dirección y Profesor Asesor designado asesorarán la elaboración del Plan Anual de Trabajo del Centro de Padres y Apoderados, en conjunto con la Director del establecimiento educacional. Art. N° 30

Prestar la colaboración necesaria para realizar beneficios, para aporte económico en el desarrollo de obras durante el año y dentro de la Unidad Educativa. Con la respectiva autorización de la Dirección. Art. N° 31

Cooperar en el desarrollo y éxito del Plan de Trabajo de los subsectores y Centro General de Padres, con previo acuerdo de docente asesor y Dirección del establecimiento educacional. Art. N° 32

Fomentar el acercamiento de la Escuela con los representantes de las Instituciones de la Comunidad.( Universidades, Consultorio Jorge Sabat, otros )

TITULO VI DEBERES Y DERECHOS DEL ALUMNO Y DEL APODERADO.

DERECHOS DEL ALUMNO Art. N° 33

Ser protegidos por un Plan de Seguridad Escolar, mientras permanece por horario u otra actividad Extraescolar, en la Unidad Educativa. Art. N° 34

A recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo integral; a recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso de tener necesidades educativas especiales, parte de toda la unidad educativa. Art. N° 35 DE LOS ACCIDENTES DENTRO DEL COLEGIO.

En caso de que un Alumno sufra un accidente dentro del Colegio se procederá como se indica en los Artículos siguientes.

De la atención inicial:

El docente o asistente de la educación más cercano al alumno(a) accidentado deberá tomar inicialmente el control de la situación,

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responsabilidad que no terminará hasta que lo entregue a la persona Encargada de salud e informe de la situación al Director, Jefa Técnica o Inspector General.

El docente a cargo deberá evaluar preliminarmente la situación, considerando que si la lesión es superficial, no existió pérdida del conocimiento y/o no existen dolores internos, ayudará al alumno(a) a trasladarse a la Sala de profesores.

Si existe cualquier sospecha de que pudiera existir una lesión mayor, el docente a cargo gestionará la documentación necesaria para la derivación del estudiante al centro de salud más cercano.

De la misma manera el encargado de salud escolar llamará al adulto responsable del alumnos para informar la situación y solicitar que este concurra al establecimiento para que pueda llevar al alumno al centro asistencial, en el caso que el adulto responsable no pueda acudir la responsabilidad será del establecimiento educacional el llevar al alumno al centro de salud y acompañarlo. En el caso de ser grave se le comunicará al apoderado durante el traslado del alumno al recinto asistencias de salud Art. N°36 Tiene derecho a conocer los procedimientos de salud, evaluación, protocolos y anexos del reglamento interno. Art. N°37

Tiene derecho a conocer oportunamente la fecha y materias de evaluación, cuando estas son dadas de un día para otro, de igual manera se evaluará en el momento que decida el profesor, considerando la importancia de la evaluación y características individuales del alumno (a). Art. N°38

Tiene derecho a atención Médico – Dental, según la disponibilidad del Sistema de salud público.

Saber que un Certificado Médico justifica la inasistencia y decide el Consejo de Profesores, para efectos de % de Asistencia. Art. N°39

Tiene derecho a que se les faciliten textos y libros de la disponibilidad de la Escuela, para el desarrollo de sus estudios. Facilitándoles todos los recursos necesarios del CRA y sala de enlaces. Art. N° 40

A recibir Educación guiados por los Decretos 545/96 552/97 220/99 81/03.2000 481/2000 y 92/2002. 170/2012 Art. N° 41

A ser instruido en métodos y técnicas de estudio y aprendizaje, que necesita para mejorar su calidad de alumno.

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Art. N°42 A sugerir y participar con ideas en proyectos que se consideran de bien

común. Art. N° 43

A que el embarazo y la maternidad, no constituyen impedimento para ingresar y permanecer en el Establecimiento, además se deberán otorgar las facilidades académicas del caso. Hasta una vez finalizado el proceso de embarazo, posteriormente deberá integrarse al establecimiento y cumplir como cualquier alumno, teniendo derecho a las horas de amamantamiento como lo estipula la ley de manera regular, una vez finalizado el período , la alumna debe cumplir estrictamente con el reglamento del establecimiento .

RESPONSABILIDADES DEL ALUMNO

Art. N°44 Los(as) alumnos(as) no deberán:

a) Traer al Colegio artículos electrónicos, juegos costosos u otros objetos de valor.

b) Hacer uso de teléfonos móviles y equipos de música personal dentro de clases. Es responsabilidad de cada alumno(a) su respectivo cuidado.

c) Realizar manifestaciones de incultura o de obscenidad en cualquier parte de las instalaciones y mobiliario.

d) Invadir y/o dañar la propiedad, tanto física como referente a los sistemas administrativos y computacionales del Colegio.

e) Realizar actos que perjudiquen la imagen y el buen nombre del Colegio. f) Alterar, falsificar o sustraer documentos escolares. g) Introducir al establecimiento o portar armas de juguete ni verdaderas,

elementos cortantes o corto punzantes (con excepción de los materiales escolares autorizados por la Dirección del establecimiento), como tampoco, sustancias ni elementos que pongan en riesgo la seguridad propia o de terceros.

Art. N°45

El uso del uniforme escolar para el establecimiento es obligatorio, fue aprobado en el mes Diciembre de 2002, con acuerdo de los distintos estamentos de la comunidad educativa y del Consejo Escolar: a) El Consejo de Profesores b) El Centro de Padres y Apoderados c) Consulta al Centro de Alumnos

De este modo se establece como obligatorio el uniforme, de acuerdo a las siguientes características: Para la Damas: Blazer azul marino, chaleco o polar, jumper azul marino con un largo adecuado (cuatro dedos sobre la rodilla), bluza blanca, medias azul marino, chaleco azul marino con cuello en V, zapatos negros, pelo tomado.

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Para los Varones: Vestón azul marino, chaleco o polar camisa blanca,

pantalón plomo, chaleco azul marino con cuello en V, zapatos negros. En el caso de los párvulos delantal institucional. Pelo corto y corte tradicional. El uso de aros, pearcing, maquillaje no corresponde al uniforme del establecimiento. En invierno uso de parca del establecimiento azul marina con insignia institucional

De este modo se establece el equipo de actividades deportivas, de acuerdo a las siguientes características: Buzo del establecimiento, polera deportiva azul con guardas amarrillas.

En caso que un estudiante tenga cualquier problema, en cuanto al uniforme escolar, su apoderado debe dirigirse a la Directora del Establecimiento para analizar su situación Art. N° 46

Cuidar su colegio, no causar deterioros, ayudar a mantener el aseo y no botar basura u otros actos que empañen la imagen del colegio. (Si causa algún deterioro, debe ser repuesto). Art. N° 47 Respetar la autoridad establecida, Dirección, Inspectoría, Profesores, Auxiliares, Alumnos que presten ayuda: Brigada de Tránsito y Seguridad Escolar, para alcanzar a la vez el respeto de ellos. Art. N° 48

Manifestar una actitud positiva, exigirse modales respetuosos, prohibirse hablar mal de las personas y hacer críticas negativas y destructivas de ellas. Una causal grave, que puede producir la expulsión, si la situación no cambia es el bullying Art. N°49

Excluir de su vocabulario, palabras vulgares, inadecuadas, gestos groseros y grotescos. Repudiar el vicio, el robo, la mentira, la falsedad, el engaño y todas las actividades, que pueden deshonrar a las personas. Y serán consideradas faltas graves, el bullying, que una vez, habiendo realizado todas las intervenciones necesarias por parte del establecimiento, el apodado debe asumir el retiro del establecimiento de su pupilo, donde la escuela ayudara a gestionar la incorporación del estudiante a un centro de educación que pueda asumir sus necesidades y dar respuesta a ellas. Art. N° 50

Entregarse con entusiasmo al aprendizaje de todo cuanto el profesor enseñe: explicaciones de materias, indicaciones, informaciones, consejos adecuados que le permitan ser un buen alumno y/o alumna. Cumplir con sus deberes dentro de la sala, como tanto fuera de ella y cumplir con sus evaluaciones, de no cumplir, queda explícito que al tener una fecha determinada, será evaluado (a) con nota 2.0.(Revisar reglamento de evaluación)

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Art. N° 51

Alumno que se ha recibido condicional asumirá compromisos concretos de superación, en rendimiento y actitudes, hechos que serán evaluados periódicamente. De su práctica depende su permanencia en el Colegio.

El establecimiento educacional y Consejo de Profesores, se reserva el derecho de recibir alumnos que vengan (bajo nueva Ley de reforma procesal penal), que signifiquen, un perjuicio evidente, para la convivencia y clima del establecimiento educacional, que tanto ha costado mejorar, debido al alto índice de vulnerabilidad, y en donde el establecimiento se encuentra inserto. Sin embargo, para estos efectos existirá una comisión de matrícula de casos especiales, quienes emitirán un informe y darán su veredicto, para posteriormente ser comunicado. Y en el caso de condicionalidad, dar a conocer cuales serán por escritos y debidamente firmadas reservándose la institución, el derecho, a no conceder matrícula si el caso así lo ameritara. Esta comisión estará integrada por

a) Inspector general b) Utp c) EMD d) Representante de los profesores.

Art. N° 52

Aparticipar activamente en las actividades de su curso, extraescolar, de la escuela, campaña de aseo, seguridad, salud y prestaciones sociales de la Escuela, campañas de prevención de drogas y alcohol, como de programa SENDA , Previene, FOSIS, entre otros. Art. N° 53

No ausentarse de clases sin estar autorizado. Causa grave es escaparse del establecimiento educacional y se considera de doble gravedad , si esta situación es apoyada o aprobada por el padre o apoderado, lo que dará derecho a condicionalidad en el establecimiento educacional. Y si la situación se repite debe buscar otro establecimiento educacional. Art. N° 54

Conocer, respetar y cumplir el Reglamento Interno del Colegio. Y Reglamento de Evaluación y Convivencia Escolar, y el Proyecto Educativo Institucional, como todo Programa de Intervención y apoyo al proceso de enseñanza aprendizaje. Art. N° 55

Conocer el Reglamento de Evaluación de la Escuela.Y condiciones especiales que se puedan dar, en beneficio del alumno (a), como pruebas especiales, con el fin de favorecer el proceso y que no se vea en desmedro por razones justificadas.

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DERECHOS DE LOS APODERADOS Art. N° 56

De ser informado oportunamente y por escrito de todo destrozo que ocasione su pupilo en la escuela, para la reposición correspondiente, debe ser realizado por inspectoría general. Art. N° 57

Conocer los reglamentos: Internos de la Escuela, Reglamento de Evaluación, Reglamento de Convivencia Escolar, Proyecto Educativo Institucional, del Centro General de Padres. Y cualquier programa que se esté llevando a cabo dentro de la institución educacional. Art. N°58

A firmar la Ficha de Matrícula, es el único autorizado para hacer trámites por su pupilo, retiro de documentos, permisos para salidas de la escuela, etc. Art. N° 59

El apoderado titular tiene derecho autorizar a otra persona (mayor de 21 años), bajo un poder simple, para realizar trámites. Art. N°60

El apoderado titular derecho a ser atendido por el Profesor de acuerdo a horario preestablecido y en un lugar adecuado, que este disponible y no en horas de clases. Art. N° 61

El apoderado titular tiene derecho a ser atendido por la Autoridad del colegio, (Dirección, Inspectoria, UTP., Profesor de Turno) en horario previamente establecido, identificándose en portería o secretaria, en donde solicitara conversar con la persona que le interesa.

RESPONSABILIDADES DEL APODERADO Art. N° 62

Hacer que su pupilo cumpla con cada uno de las responsabilidades señalados y otros de buena educación. Motivar a su hijo(a) a una sana y buena convivencia escolar. Y responder con sus obligaciones escolares. Art. N°63

Reponer en plazo acordado, el deterioro causado por su pupilo, en el deterioro físico, a la infraestructura, mobiliario, e implementación tecnológica. Art. N° 64

Asistir cada vez que se cite a Reunión del Centro General de Padres, del curso o por otras circunstancias. Como sean problemas conductuales, problemas de adaptación, dificultades específicas, en donde el establecimiento ha realizado todas las diligencias, para que el niño (a) modifique su conducta. De no cumplir con las citaciones, y no asistir a las reuniones de apoderados,

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traerá como consecuencia la suspensión de su educando, por no apoyar el proceso de formación y enseñanza de su hijo (a). Art. N°65

A partir de la 3ra inasistencia el apoderado deberá justificar de forma personal y no por otro medio dicho evento, dando las razones medicas o familiares que influyeron en la no concurrencia del alumno al establecimiento. Art. N°66

Apoyar la acción pedagógica del Profesor, velar por que su pupilo cumpla con sus tareas, estudio, disponga de material, (lo solicitado) que asista a todas las pruebas e interrogaciones programadas. (solamente quedará exento y se programará nueva fecha con el docente en el caso de licencia médica de lo contrario , se procederá según Reglamento de Evaluación del Establecimiento Educacional. Art. N° 67

Informarse oportunamente del calendario de pruebas, interrogaciones, de anotaciones negativas, reglamento Interno, Evaluaciones, Centro de Padres. Art. N° 68

Cautelar que su pupilo cumpla con su uniforme, presentación personal, aseo, higiene, además no pueden venir al establecimiento, portando joyas, uñas pintadas, objetos de valor (celulares, MP3, MP4, CD, relojes, etc.), ropa de calle, uñas largas, pelo largo (hombres) pelo suelto (mujeres), como así tampoco utilizar aros, o percing. Art. N°69

Las conversaciones o entrevistas con los profesores se realizarán fuera de la hora de clases. En horarios pre establecidos en inspectoría, en donde se encuentran todos los horarios. Art. N°70

El apoderado debe concurrir al establecimiento cada vez que sea citado por las instancias del colegio. De no hacerlo, se registrará en la hoja de vida del alumno (a), y éste no podrá presentarse al establecimiento, sin ser acompañado por su apoderado.

En el caso de tratarse de problemas conductuales graves , sin duda si su apoderado no se hace responsable, o determina un adulto que se haga responsable por su hijo (a) y no viene a retirar al alumnos en casos extremos por el nivel de descontrol que tiene y habiéndosele avisado, el establecimiento estará en todo su derecho de llamar a Carabineros de Chile , para que pueda acompañar al niño a su hogar. Art. N° 71

Deberá respetar a todo el personal de la escuela, alumnos y apoderados como a si mismo las normas establecidas por el colegio, en su manual de convivencia y reglamento interno.

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Art. N°72

El apoderado debe dejar a su pupilo en la entrada del colegio y no podrá circular por el interior sin la autorización correspondiente de la autoridad de la escuela. El establecimiento no se hace responsable de aquellos alumnos que son entregados por los furgones escolares, en el establecimiento, ya que son de exclusiva responsabilidad de sus padres y apoderados.

Los padres y apoderados sólo podrán ingresar a las reuniones de apoderados, a la invitación que se les realice en actividades exclusivas para ellos y que vean a sus hijos en algunos actos. No se harán excepciones, debido a la seguridad que existe en el establecimiento educacional, cautelando que el ingreso de personas al establecimiento, por el diseño, no permite tener controlado al 100%, todo el territorio perimetral del mismo y puede ocasionarse alguna situación engorrosa o peligrosa para la integridad física y mental de los niños ( as ) , y docentes del establecimiento educacional, por lo tanto al ingresar un apoderado deberá solicitar autorización en portería donde deberá dejar sus datos personales y recibir una credencial de identificación.

Art. N°73

Acatar normas que contribuyan al aseo y ornato de la escuela. Y al cuidado de éstos. Art. N°74

Mantener un trato respetuoso en sus relaciones con la comunidad escolar. Dandose a entender que incluye a toda la comunidad educativa. Art. N°75

Establecer y fomentar vínculos entre el hogar y el establecimiento, que faciliten la comprensión y el apoyo familiar, hacia las actividades escolares y el ejercicio del rol que corresponde desempeñar a los padres y apoderados en el fortalecimiento de los hábitos, ideales, valores y actitudes que la educación fomentan en los alumnos. Art. N° 76

Apoyar la labor educativa del establecimiento, aportando esfuerzos y recursos para fortalecer el desarrollo integral del alumno.

CAUSALES DE SANCIONES A ALUMNOS GRADO 1 (LEVE)

Art. N°77

No cumplir por 1ª vez lo establecido en deberes de los alumnos y que no sean incluidos como graves.

Art. N°78

Perturbar reiteradamente el desarrollo de la clase (gritar, saltar, hablar fuerte, usar gestos groseros, otros.) Falta leve

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Art. N° 79 Uso de vocabulario vulgar e inadecuado. Falta leve, con

recomendaciones y observaciones, puede dar derecho a una suspensión.

GRADO 2 (GRAVES) Art. N°80 Apropiaciones indebidas. Art. N° 81

Faltar el respeto a las personas de la Unidad Educativa, dentro y fuera de esta. Como estar implicados en peleas en la calle, que desacreditan la institución educacional. También es considerada falta grave. Art. N° 82 Salidas del colegio sin autorización. Considerada falta grave Art. N° 83

Responder con actitudes negativas ante correcciones de comportamiento. Dependiendo del lenguaje o de las acciones que éste ejecute puede ser considerada leve o grave. Art. N°84

Destrucciones de pertenencias ajenas que valla en desmedro de cualquier miembro del colegio.

GRADO 3 (MUY GRAVES)

Art. N° 85

Inasistencias reiteradas y /o justificadas estas con engaño, (justificaciones adulteradas), escaparse del establecimiento, estar involucrados en hurtos, bulling, abuso varios, etc. No respetar las normas de sana convivencia o el Reglamento de Evaluación, Interno, PEI, etc. Daño físico y psicológico a sus pares, puede significa la solicitud de retiro o expulsión del establecimiento educacional. Art. N° 86

Daños físicos y/o psicológicos al personal de la escuela y/o pares. Casos de boulling. Art. N° 87

Destrozos intencionados en el inmueble, instalaciones y material escolar.

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SANCIONES SEGÚN IMPORTANCIA DE LA CAUSA GRADO 1

Art. N°88 Llamado de atención profesor jefe – inspectoría.

Art. N° 89 Anotación que se comunica a apoderado, se registra fecha. Art. N° 90 Citación al apoderado, toma de conciencia con anotación, mediante firma apoderado.

GRADO 2 Art. N°91

Con tres anotaciones graves citación al apoderado, este deberá hacerse cargo de la situación de su pupilo y el alumno quedara condicional. (Todo alumno matriculado por primera vez adquiere la condicionalidad por todo el año electivo. El alumno condicional acredita a la escuela para no ser matriculado al año siguiente, según antecedentes que posea el Equipo Directivo) Art. N° 92

Falsificación de documentos, libro de clases, comunicaciones, informes de notas y otros de carácter legal.

GRADO 3 Art. N° 93

Deberá comunicarse al apoderado de la condicionalidad absoluta de su pupilo y en el caso que la falta atenta con la integridad física y/o moral de cualquier miembro de la comunidad educativa, se le solicitara el cambio de escuela, de inmediato, ya que hace peligrar la integridad de los demás y destruye el sentido de la sana convivencia escolar. Art. N° 94 Situaciones Especiales.

El o los apoderados que no mantengan una actitud correcta con Directivos, Profesores, Auxiliares y otros empleados de la escuela, es decir se comporten groseros o agredan física y/o psicológicamente; se le pedirá a la familia que el alumno cambie de apoderado, comunicando por escrito esta decisión al Centro General de Padres y DAEM Art. N°95 De la no concurrencia a reuniones de apoderados.

Si el apoderado no concurre a las reuniones de curso, quedará de manifiesto el poco compromiso con su hijo (as), el deberá acercarse al establecimiento informarse y dar las excusas necesarias, debiendo quedar registradas en el libro de clases por el profesor jefe. Debe velarse, porque la hora de atención el apoderado, sea en hora que está estipulada para dichos

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efectos. Estas horas de atención a apoderados está estipulada los días Miércoles de 16:15 hrs a 17:15 hrs Art. N° 96 De la no asistencia del alumno a clases.

Deberá ser justificado al primer día que el alumno se incorpore al establecimiento educacional, para informar al profesor jefe, esto debe realizarlo y conversarlo con Inspector General, al no encontrarse inpectori general la justificación deberá hacerse en portería donde deberá quedar anotado en un cuaderno las causas de las inasistencia con firma del apoderado. Art. N° 97

De la no asistencia de los apoderados cuando son llamados por Inspectoría General o docente jefe, al establecimiento, para tratar problemas de su alumno, si esto no ocurre el establecimiento concurrirá a Carabineros de Chile para que ayude a la gestión de traer el a apoderado al establecimiento. Art. N° 98 De las alumnas embarazadas “El embarazo y la maternidad, no constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel. Estos últimos deberán, además, otorgar las facilidades académicas del caso”. (Ley Constitucional Nº 19.688 del 30/08/2000). Art. N°99.

Los procedimientos, en cuanto a sus aspectos disciplinarios y de Convivencia, sobre las alumnas en estado de embarazo que se establecen para ellas son: Los mismos derechos y deberes que los demás alumnos, por lo tanto para ellas también cumplir con las reglas que determine el Reglamento de Convivencia. Art. N°100

Los procedimientos, en cuanto a sus aspectos disciplinarios y de Convivencia, sobre las alumnas lactantes que se establecen para ellas son: No podrán ser objetos de discriminación, ni ser expulsada, cambiada de Escuela, cancelarle la matrícula, suspendida u otra situación similar. Podrán asistir a la graduación y a todas las actividades extraprogramáticas. Tendrán derecho a amamantar a su hijo (a) en los horarios que correspondan, dándole las facilidades.

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Comité de Sana Convivencia Escolar. Existirá un Comité de Sana Convivencia Escolar, que estará integrado al menos por un representante de cada uno de los siguientes estamentos: a) La Dirección: b) Los profesores: c) Los alumnos: d) Los padres y apoderados: e) Los asistentes de la educación: El Comité tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:

a) Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano.

b) Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento;

c) Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar.

d) Designar a uno o más encargados de convivencia escolar. e) Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de

convivencia escolar; f) Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda,

informes, reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar. g) Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones serán de

su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso; y Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.

Instancias Reparatorias:

Medidas que resguardan el incumplimiento de estos principios:

El encargado de velar por el cumplimiento de estos principios, dentro del

Establecimiento será un Docente. Para los Alumnos (as) de Séptimo y Octavo Año Básico para reparar o restituir el daño causado serán:

Servicios en Beneficio de la Comunidad: El alumno (a) realizará actividades que impliquen el beneficio de la Unidad Educativa, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos, a través de su esfuerzo personal, realizando tareas tales como: mantener el aseo y ornato de áreas generales, ya sea patios, su propia sala, apoyar en el cuidado de alumnos menores de edad en periodos de recreo, ordenar material de la Biblioteca CRA, apoyo en la distribución de desayuno y almuerzo escolar y apoyar a los Docentes de Turno en los recreos.

Para los Alumnos (as) de Quinto a Octavo Año Básico para reparar o restituir el daño causado serán: Servicio de Apoyo Pedagógico: El alumno (a) recolecta o elabora material para estudiantes de

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cursos inferiores, realizará ayudantías a Docentes en una o más clases, clasificará textos en la Biblioteca CRA, apoyará a estudiantes menores en sus tareas y confección de material didáctico.

TITULO VII

CONSEJOS ESCOLARES 1.- Los Consejos Escolares.

a) Los proyectos sociales tienen mejores efectos y más sustentabilidad si incluyen a los destinatarios en su diseño, ejecución y evaluación.

b) El desafío de mejorar la calidad de la educación puede lograrse mejor con la participación y el compromiso de todos.

2.- Objetivo de los Consejos Escolares. Acercar a los distintos actores que componen una comunidad educativa

de manera que todos puedan informarse, participar y opinar sobre materias relevantes para los establecimientos. 3.- Quiénes Integran el Consejo Escolar. Estará compuesto a lo menos por: El director del establecimiento. v El sostenedor o su representante. v Un docente elegido por sus pares. v El presidente del Centro de Alumnos v Presidente del Centro de Padres. 4.- Qué atribuciones tienen los Consejos Escolares.

a) Informativo: La ley establece varias materias en las cuales cada consejo debe ser informado.

b) Consultivo: La Ley también establece aspectos en los cuales cada consejo debe ser consultado.

c) Propositivo: La ley faculta a los consejos para que estos puedan hacer propuestas sobre materias relevantes de la escuela.

d) Resolutivo: La ley faculta la posibilidad de constituir consejos escolares de carácter resolutivo, si el sostenedor así lo determina.

“Las atribuciones del Consejo Escolar no contemplan decisiones en materias Técnico- Pedagógicas, las cuales son propias del Equipo de Gestión Escolar”. 5.- El aporte de los Consejos Escolares.

a) Mejoramiento continuo de la Gestión Escolar, al incorporar proactivamente las visones y experiencias de los diferentes agentes educativos (círculo de calidad).

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b) Transparencia y rendición de cuentas de las escuelas: El principio apunta a lograr que las unidades educativas se hagan responsables de sus resultados frente a su comunidad escolar

c) Propiciará el desarrollo de la ciudadanía y la construcción de capital social, al promover la confianza social, institucional, la reciprocidad y la cooperación.

d) Valorar e incorporar el aporte de las familias a los procesos formativos de sus hijos (as).

6.- La acción de los Consejos escolares se podrá identificar en tres ámbitos:

A. - Contribuir en el logro de aprendizajes efectivos. - Se Informará y trabajará por el logro de las metas que el establecimiento

se ponga para cada año. - Analizará los resultados obtenidos en mediciones nacionales (SIMCE) - Seguirá de cerca la situación de alumnos en riesgo de repitencia y

abandono. - Conocerá de los resultados de programas de mejoramiento.

B.- Mejorar la convivencia y apoyar en la formación integral de los

estudiantes. - Trabajará por mejorar el reglamento de convivencia.

Explicitando el sentido de las normas. Definiendo procedimientos justos y transparentes para determinar la aplicación de sanciones y la resolución de conflictos. Estableciendo reconocimientos por su cumplimiento.

- Apoyará el logro de los objetivos de protección, promoción y prevención presentes en los fundamentales transversales.

C.- Contribuir y aportar al mejoramiento de la gestión del establecimiento.

- Revisará el Proyecto Educativo Institucional (PEI), para evaluar su aporte al logro de los objetivos de cada escuela o liceo.

- Plan SEP. - Compartirá el sentido de responsabilidad con las metas del

establecimiento. - Trabajará por el bien común, la confianza institucional. -

7.- Se constituyen los Consejos Escolares: El reglamento establece que:

- El director/a deberá convocar a la primera reunión, la cual será de carácter constitutiva para todos los efectos legales.

- A la primera reunión deberán asistir la mayoría de sus miembros. - El director/a deberá citar mediante carta certificada a sus miembros, y

por circular informará a toda la comunidad la fecha de constitución.

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- La constitución se debe validar, en un plazo no superior a 10 días a contar de la primera reunión del Consejo, con entrega de una copia del acta de constitución a los Departamentos Provinciales de Educación correspondientes

- 8.- Funcionamiento de los Consejos Escolares.:

- Los Consejos sesionarán, a lo menos, con dos reuniones ordinarias semestrales.

- Las sesiones serán citadas y presididas por el director /a del establecimiento en su calidad de presidente del consejo.

- El director/a, más dos de los miembros del consejo podrán citar a reuniones extraordinarias.

- El sostenedor deberá manifestar, en la primera sesión, si otorga facultades resolutivas al consejo.

- La revocación de la facultad resolutiva, si la hubiere, solo podrá realizarse al comienzo de cada año escolar.

- El consejo deberá dictar un reglamento interno de funcionamiento.

TITULO VIII

ESTÍMULOS PARA LOS ALUMNOS Y ALUMNAS DESTACADOS (AS).

Art. N°101:

El establecimiento considera los siguientes estímulos a los alumnos (as) que tienen una destacada participación en su formación personal y relación de sana convivencia con sus pares: Rendimiento, Compañerismo, Responsabilidad, Tolerancia, Solidaridad, Participación en eventos Artísticos Culturales, y Deportivos.

Desde el año 2014 se establece el reconocimiento del alumnos integral “espíritu Fernando Santiván”, Elegido por votación secreta por el consejo de profesores, este alumno debe tener algunos requisitos.

a) Permanencia desde prekinder en nuestra escuela b) Comportamiento según las normas establecidas en el presente

reglamento. c) Buena asistencia a clases que este por sobre el 95%. d) Representación del establecimiento en actividades extra

programáticas. e) Tener un buen rendimiento escolar. f) Demostrar espíritu de superación de forma constante.

Art. N°102:

Ocasiones para el Estímulo: Rendimiento: Al término de cada Semestre. Compañerismo: Semana del niño (a). Esfuerzo: Al término de cada Semestre. . Participación en eventos: Artísticos Culturales, y Deportivos: Al finalizar el año escolar.

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Art. N°103: Estímulos: Lugar destacado en el Cuadro de Honor (Avisador e informativo a los

Apoderados.

· Diplomas · Obsequios · Medallas

TITULO IX ESTRATEGIAS PARA EL DESARROLLO DE LA AUTODISCIPLINA

Y LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR. Art. N° 104

El Establecimiento para lograr los fines educacionales, el cumplimiento de los deberes de los alumnos (as) y de asegurar sus derechos, cuenta para ello con las siguientes estrategias y actividades de refuerzo.

Aplicación de la Estrategia: “Plan de formación”, Refuerzo Educativo, Adecuaciones Curriculares para atender la Diversidad, tres (3) horas de Reflexión Pedagógica semanales, atención de Especialistas, Psicóloga, Psicopedagoga, Asistente Social, Plan de Proretención a los alumnos (as) para evitar la deserción escolar.

La Estrategia pretende buscar espacios para que los alumnos y alumnas, docentes y apoderados trabajen en talleres para potenciar su corresponsabilidad, compartir los problemas buscar soluciones, estimular y promover la colaboración entre todos, como una manera de resolver los conflictos de un modo pacífico reconceptualizando términos como respeto, dialogo, compañerismo y tolerancia para mejorar nuestra Convivencia Escolar.

TITULO X

SITUACIONES DE RIESGO O DE VULNERABILIDAD Art. N°105:

El Establecimiento frente a las posibles situaciones de riesgo, como consumo de drogas, alcoholismo, acoso, bullying, actos de violencia, maltrato y discriminación entre los actores educativos, de la integración física y psíquica existe un anexo de Comité de Sana Convivencia Escolar donde se resolverá cada situación.

Cualquier cambio del presente reglamento será visto y aprobado por el consejo de profesores a fines de cada año.

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TITULO XI MANUAL DE ROLES Y FUNCIONES

Funciones de la Dirección de la Escuela.

La Dirección de la escuela dirige y coordina la Unidad Educativa, de acuerdo a los principios de la Ley Constitucional de Educación, reflejada en los objetivos de nuestro Proyecto Educativo .Su meta es construir un ambiente sano, enriquecedor y propicio para el desarrollo integral de todos los alumnos (as) con la participación de la comunidad y el apoyo de los niveles ministeriales. Art. N°106: Rol del Director

1. Ejercer efectivamente la autoridad, con asesorías de los equipos de gestión ya sea unidad técnica pedagógica y convivencia escolar como además el Consejo de Profesores.

2. Respaldar y exigir el cumplimiento de los objetivos estratégicos del P.E.I 3. Propiciar un ambiente educativo estimulante para que alumnos y

Profesores estén permanentemente mejorando sus prácticas de estudio y prácticas pedagógicas respectivamente.

4. Delegar funciones para desarrollar trabajos específicos que conlleven a obtener mayor eficacia.

5. Supervisar y evaluar el desempeño de los profesores que se encuentren bajo su dirección según la normativa.

6. Presidir Consejos Técnicos y o Administrativos, delegando funciones para optimizar su desempeño.

7. Remitir informes y documentos Técnicos y o Administrativos a las autoridades que corresponda.

8. Asistir a reuniones o asambleas de carácter educativo como el máximo representante de la escuela.

9. Impartir instrucciones para que la escuela se integre en proyectos de funcionamiento con el Centro General de Padres y otras instancias colaboradoras en el quehacer educativo de la comunidad.

10. Velar por el cumplimiento de las normas del Reglamento Interno y de convivencia escolar, en conocimiento previo de todos los integrantes de la comunidad escolar.

11. Estimular la participación de todos los miembros de la Unidad Educativa para lograr acuerdos y facilitar la toma de decisiones.

12. Gestionar los diagnósticos institucionales, para la confección del Proyecto Educativo Institucional (PEI).

13. Gestionar los recursos educativos para todos los niveles. 14. Solicitar al equipo técnico la evaluación docente respectiva y sus

evidencia para tomar decisiones. 15. Crear instancias de reflexión para mejorar el Proyecto Educativo

Institucional” (PEI). 16. Promover y participar en actividades sociales que vinculen al

establecimiento con la comunidad local. 17. Procurar el bienestar, autocuidado, promoción de buenas prácticas y

fortalecimiento de la buena convivencia entre el personal al servicio de la Escuela.

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18. Promover. Estimular y proporcionar el perfeccionamiento y capacitación del personal en concordancia con las necesidades de esta comunidad educativa.

Art. N°107: Funciones de la Unidad Técnica Pedagógica

La U.T.P. funcionará como la instancia pedagógica de coordinación que integrará y canalizará acciones educativas que armonicen el trabajo pedagógico en función de los objetivos y metas propuestas en el colegio y el currículum nacional La Unidad Técnico Pedagógica

1. Fortalecer el trabajo técnico pedagógico del docente en el aula, asesorándolo con apoyo oportuno y efectivo.

2. Conformar un Equipo Técnico Pedagógico integrado por coordinadores de ciclo y coordinador (a) de proyecto de inclusión con el objetivo de sistematizar los procesos de enseñanza- aprendizaje del establecimiento.

3. Promover el trabajo en equipo colaborativo, participativo y organizado. 4. Facilitar el perfeccionamiento y capacitación de los docentes. 5. Orientar estrategias innovadoras y creativas a los problemas

educativos. 6. Confrontar planes y programas con evaluaciones y o exposiciones de

temas específicos. 7. Revisar resultados evaluativos semestrales y anuales analizando y

destacando los logros obtenidos con los alumnos. 8. Supervisar el trabajo docente en los aspectos técnicos administrativos

con el objetivo de optimizar las prácticas pedagógicas para un mejor resultado en la obtención de aprendizajes.

9. Organizar talleres con profesores al interior de la escuela con el objetivo de mejorar continuamente nuestras prácticas pedagógicas.

10. Propiciar períodos de capacitación para los docentes durante el año escolar.

11. Coordinar las prácticas de profesionales y de observacion, solicitadas a la escuela asignando horarios y funciones según necesidades del colegio y solicitudes de la institución educativa que la solicita.

12. Elaborar y programar la aplicación de evaluaciones exploratorias del aprendizaje con los alumnos.

13. Calendarizar las actividades del año escolar con la participación del equipo docente-directivo.

14. Supervisar clases de aula o en terreno evaluando aspectos necesarios para el logro de los objetivos propuestos.

15. Supervisar las labores y funciones del informático. 16. Elaborar diagnósticos, acciones y gestionar el cumplimiento del PME. 17. Mantener al día la plataforma del PME. 18. Elaborar la rendición del PME, revisada por superintendencia. 19. Fortalecer y promover la generación de un ambiente emocionalmente

positivo, acogedor y motivador en el aula.

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Art. N°108: Informático del establecimiento 1. Elaborar informes periódicos del trabajo realizado en el establecimiento. 2. Elaborar horarios de uso de los recursos educativos. 3. Mantener un registro de préstamo firmado de cualquier material

tecnológico. 4. Habilitación del uso del material tecnológico en actos, desfiles y eventos

que designe unidad técnica. 5. Elaborar inventarios de recursos educativos ya sean adquiridos por SEP

u otro programa. 6. Elaborar el registro de mantención de todos los recursos tecnológicos del

establecimiento. 7. Mantener en condiciones de uso, todo el material tecnológico de

establecimiento en implementar soluciones informáticas de soporte. 8. Presentación de bitácora de trabajo a la unidad técnica de forma

semanal. 9. Colaborar en el taller de robótica del establecimiento. 10. Informar de manera oportuna mediante oficio a utp, dirección u

inspectoría general de extravío o deterioro de cualquier material tecnológico del establecimiento.

11. Queda estrictamente prohibido mantener o reparar en horario de trabajo computadores y/o cualquier material tecnológico que no pertenezca al establecimiento.

12. Regirse por el horario establecido por Inspectoría General. 13. Adecuarse a las necesidades de la unidad técnica pedagógica cuando

esta la requiera. 14. Asesorar en el área tecnológica a UTP del establecimiento. 15. Capacitar o asesorar al personal en el uso adecuado de los equipos

tecnológicos. 16. Gestionar de buena forma y a tiempo la pagina web del establecimiento. 17. Velar por la funcionalidad y mantenimiento y administración de las

configuraciones de internet Art. N°109: Coordinadores de ciclo:

1. Promover y coordinar el desarrollo de las actividades académicas de la acción educativa del profesorado y alumnado de su ciclo.

2. Promover un clima relacional positivo, de cooperación y trabajo entre los docentes, estimulando las directrices de los órganos superiores y desarrollando el trabajo conforme a ellas.

3. Mantener informado de la marcha de su ciclo a la encargado (a )de Unidad Técnica.

4. Coordinar a los profesores jefes de su ciclo y profesorado a proporcionar información de todos los asuntos relacionados con el ciclo y/o nivel, incluyendo la normativa legal.

5. Supervisar, la marcha de los refuerzos y adaptaciones curriculares de su ciclo.

6. Supervisar la marcha y los resultados del ciclo realizando su análisis y su revisión.

7. Promover y coordinar la convivencia del alumnado informando a Unidad Técnica, de las incidencias más importantes, en el aprendizaje.

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8. Colaborar con U.T.P. en preparar las reuniones que se sean necesarias para planificar, coordinar y evaluar la labor educativa y docente del Ciclo.

9. Promover la elaboración de la Programación Anual de ciclo para mejoramiento académico, como parte de la Programación General Anual así como el seguimiento y la evaluación del mismo.

10. Asistir a las sesiones de evaluación para coordinar los criterios y objetivos comunes del nivel, velando por el cumplimiento de los acuerdos adoptados y por el seguimiento de los mismos.

11. Coordinar el buen uso de las dependencias comunes del Ciclo y del material.

12. Animar y coordinar la aplicación y puesta al día del Proyecto Curricular, las pruebas en línea y supervisar el cumplimiento de los protocolos de aplicación.

13. Colaborar en otras funciones o labores indicadas por U.T.P. 14. Coordinar y facilitar los medios para las evaluaciones externas junto con

inspectoría general. 15. Estimular y promover paredes y murales activos, promotores del

aprendizaje. Art. N°110: Funciones de la Inspectora General

Es la responsable inmediata de la organización, coordinación y supervisión del trabajo armónico y eficiente de los distintos estamentos de la escuela. Rol de la Inspectoría General

1. Cautelar el cumplimiento de los horarios de entrada y salida de la comunidad escolar en las actividades de la escuela.

2. Controlar la disciplina del alumnado exigiendo puntualidad y respeto con las normas señaladas en nuestro Reglamento Interno, funciones también competentes a inspectores de pasillo y todo personal en general del establecimiento.

3. Velar por la correcta presentación de los alumnos y demás integrantes, de la comunidad escolar de acuerdo a nuestros Reglamentos.

4. Controlar retiros anticipados de los alumnos en su jornada de clases, asegurándose de la autorización del apoderado, acción también competente a los inspectores de pasillo.

5. Exigir el correcto uso del mobiliario, materiales y dependencias de la escuela, sancionando faltas a esta norma de acuerdo a lo señalado en el Reglamento Interno.

6. Informar temprana y oportunamente a los profesores y apoderados de los alumnos que reiteradamente presentan situaciones irregulares y de mal comportamiento.

7. Elaborar horarios de funcionamiento de clases y de colaboración del Personal docente en conjunto con el director y Unidad Técnica. Y de todo el personal del establecimiento.

8. Prestar primeros auxilios y comunicar al apoderado de los alumnos que se accidentan o presentan problemas de salud, acción también competente a los inspectores de pasillos.

9. Poner en marcha Plan de Seguridad Escolar del establecimiento.

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10. Programar y coordinar la labor de los co-docentes y personal auxiliar. 11. Supervisar registro de asistencia cautelando el cumplimiento de lo

establecido en el Reglamento Interno referido a esta materia. 12. Cautelar el cumplimiento del Reglamento Interno y de convivencia

escolar. 13. Subrogar al director en su ausencia. 14. Es función de los inspectores de pasillos generan justificativos para los

atrasos de los alumnos, retirar los alumnos que sean requeridos por los padres en inspectoría general, escribiendo el registro de salida del alumno, así como también mantener el orden en pasillos, patios comedores, etc.

15. Mantener actualizada y ordenada la base de datos de los alumnos, personal del establecimiento en el sistema SIGE

16. Gestionar y velar por el buen clima organizacional y la buena convivencia.

17. Asegurar la difusión de información útil, para toma oportuna de decisiones.

18. Abordar los conflictos prontamente como parte del desarrollo y formación de los alumnos.

19. Propiciar un clima laboral favorable a las relaciones humanas, retroalimentando oportunamente el desempeño.

20. Hacer seguimiento a la evolución de la conducta de los estudiantes. 21. Velar por la buena presentación, aseo e higiene de cada una de las

dependencias del establecimiento. 22. Coordinar el Plan COOPER.

Art. N°111: Equipo de convivencia escolar:

La Convivencia Escolar es inherente al Proyecto Educativo. Éste se centra en el mensaje de la educación pública de calidad y la ley de convivencia escolar,y sobre todo en la persona; está al servicio de la Comunidad y se rige por principios pedagógicos orientados hacia la realización más plena del hombre y la mujer. El Equipo de Convivencia Escolar lo componen profesionales de la educación, entre los cuales se encuentran: Orientadora, Profesores de Educación Básica y asistentes de la educación.

1. Cada integrante del Equipo de Convivencia Escolar recibe el nombre de “Agente de Convivencia Escolar”. El rol de este agente pretende: Promover una convivencia tolerante, respetuosa y solidaria en los ámbitos educativos que le corresponden.

2. Crear y recrear en conjunto con la comunidad educativa, una normativa escolar y de procedimientos consecuentes con la metodología de Convivencia Escolar, acorde a los valores del Proyecto Educativo.

3. Orientar, animar y fortalecer la adhesión y el cumplimiento del Manual de Convivencia, en cuanto instrumento que regula, construye, custodia y asegura la sana relación entre los miembros de la Comunidad Educativa.

4. Orientar el dialogo, de modo tal que un acuerdo satisfactorio sea posible 5. Coordinar un proceso de negociación entre las partes. De esta manera

se pretende fomentar la autonomía en nuestros alumnos en la resolución de conflictos futuros entre los miembros de la Comunidad Educativa.

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6. Ayudar y liderar el plan de formación escolar. 7. Organizar y coordinar la semana de aniversario y las actividades

necesarias para su elaboración. 8. Crear la semana de la convivencia escolar, coordinar y supervisar dicha

actividad. 9. Observar reuniones de apoderados, elaborar la pauta de observación. 10. Retroalimenta a los profesores jefes de dichas observaciones,

registrando firmas y actas de cada observación. 11. Presentar al equipo directivo el calendario de finalización de año,

tomando en cuenta fechas, responsables. Horas de trabajo. 12. Presentar al equipo directivo el listado de revisadores de libretas,

realización de actas. 13. Presentar al equipo directivo los turnos de los asistentes de la educación

y periodos de vacaciones. 14. Elaborar y coordinar los actos de finalización de año, por ejemplo

licenciaturas, acto de finalización del periodo académico. 15. Elaboración de carpetas para reuniones de apoderados, donde se

estipule los puntos a tratar en la reunión correspondiente al mes, entregando un listado de asistencia a cada reunión.

16. Mantenerse informado y actualizado en políticas de convivencia escolar (MINEDUC, otros)

Art. N°112: Funciones del Docente propiamente tal

Diseñar e implementar actividades educativas formuladas según las bases curriculares vigentes, motivando estrategias innovadoras para el buen resultado de los aprendizajes en los alumnos. Rol del Docente

1. Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente el proceso de aprendizaje en las asignaturas que le corresponden.

2. Fomentar hábitos y valores en los alumnos, mediante el ejemplo. 3. Cumplir los horarios de clases y de colaboración correspondiente. 4. Mantener al día y completos libros de clases y otros documentos

registrando oportunamente y en forma precisa la información solicitada. 5. Mantener comunicación oportuna con los apoderados de los alumnos

dando a conocer el desarrollo del niño en su proceso escolar, atendiendo al apoderado cuando se requiera, a contar del 2015 se registrará esta entrevista en un “cuadernos de entrevista del apoderado” donde se estipulará lo hablado en dicha entrevista, siendo un número mínimo 2 entrevistas por alumno al semestre

6. Respetar y seguir el procedimiento en caso de accidentes de los alumnos de acuerdo a lo señalado en el Reglamento Interno.

7. Responsabilizarse de las actividades de los alumnos en su horario de clase, asegurándose que cumplan lo señalado en el Reglamento Interno con respecto a esta materia además el docente NO puede abandonar el aula por ningún motivo sin dejar un inspector de pasillo en su reemplazo.

8. Velar por los bienes de la escuela y responsabilizarse por los que se le asignan.

9. Asistir y participar en los consejos técnicos y administrativos.

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10. Resguardar la presentación del libro de clases, manteniéndolo limpio, ordenado y sin borrones.

11. Avisar oportunamente de cualquier actividad extraprogramática y responsabilizarse de los requerimientos de estos eventos.

12. Solicitar materiales y multicopiados a lo menos con 48 horas hábiles de antelación a la jefatura técnico-pedagógica, la cual visará el material estampando su timbre y firma. Anotándose en el cuaderno de material de entrada en la central de apuntes.

13. Corregir y aconsejar actitudes en sus alumnos incentivando el respeto, la participación y la colaboración en las asignaturas.

14. Promover permanentemente la buena imagen de nuestra unidad educativa.

15. Promover el acercamiento de los alumnos a la educación de continuidad.

16. Integrar y responsabilizar a la familia en el proceso formativo de sus pupilos.

17. Velar por el cumplimiento del protocolo de pruebas mensuales. 18. Orientar y supervisar a sus cursos en los primeros 15 minutos cada

día, durante la lectura silenciosa diaria. 19. Supervisar constantemente el cumplimiento del reglamento interno por

parte de los alumnos. Art. N°113: Los Profesores de Educación Física

Además de cumplir con las funciones generales de los docentes los profesores de Educación Física tendrán como deberes:

1. Supervisar el uso del vestuario adecuado para la actividad (uniforme de gimnasia) y los hábitos de higiene posteriores al desarrollo de su clase.

2. Deben permanecer en todo momento con los estudiantes. 3. Garantizar las condiciones de seguridad en que los alumnos desarrollen

la actividad (dentro o fuera del colegio) 4. Trasladar a los alumnos desde la sala de clases hasta la multicancha (o

gimnasio) donde se efectúan las actividades para que una vez finalizadas estas concluir la clase en la sala respectiva.

5. Desarrollar actividades educativas no físicas para aquellos alumnos que por razones medicas estén excusados de la actividad física

6. Supervisar y controlar el vestuario de los alumnos, para la actividad física.

7. Responsabilizarse por los materiales e implementos utilizados en su clase

8. Asignar supervisar y evaluar los trabajos teóricos de los alumnos que estén impedidos de realizar actividad física

9. Informar a la dirección de toda situación extraordinaria ocurrida en el transcurso de su clase.

10. Registrar en el cuaderno de salida la cantidad de alumnos antes de salir al gimnasio.

11. Aplicar diversas estrategias para conocer la realidad de los alumnos(entrevistas, autobiografías, etc)

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Art. N°114: Roles y funciones de profesores jefes El profesor jefe de curso, es el docente de aula que tiene la

responsabilidad del proceso educativo y orientador de un grupo de estudiantes destinados a un curso. Corresponde al profesor jefe de curso las siguientes funciones:

1. Coordinar su labor con el equipo directivo, profesores de asignatura y/o de especialidad, paradocente y con los padres y apoderados del curso.

2. Responsabilizarse de la labor administrativa de su curso. 3. Confeccionar y mantener actualizado los antecedentes de los alumnos. 4. Ingresar los antecedentes y calificaciones de los estudiantes que

ingresen a su curso durante el año escolar. 5. Confeccionar los documentos que sean pertinente en relación a su labor

de orientación, de jefe de curso y técnico administrativa del curso cuando sea necesario.

6. Revisar periódicamente las hojas de vida y las calificaciones de su curso, con el propósito que adopte medidas administrativas que correspondan a una labor preventiva informando de esto a inspectoría general.

7. Atender a los estudiantes y apoderados de su curso para ello se destinará una hora semanal de las horas de colaboración.

8. Entregar a Inspectoría calendario de entrevista a padres y apoderados al inicio del año escolar. Este calendario deberá estar pegado en el cuaderno de entrevista.

9. Confeccionar un cuaderno de entrevista al apoderado, donde se registre lo conversado y los acuerdos tomados en conjunto con el apoderado, estipulando fecha y firma de los participantes.

10. Organizar y asesorar al centro de padres y apoderados y mantenerlos informados de los logros académicos, comportamiento, atrasos y asistencia de sus pupilos.

11. Generar una red de comunicación con la Directiva de apoderados y/o alumnos del curso para citar a reunión de apoderados, además de la citación de Inspectoría General.

12. Preparar la reunión de apoderados con la Directiva del curso y generar un proyecto de curso.

13. Planificar y realizar la reunión de apoderados según indicaciones de orientación e inspectoría, destinando tiempo para los temas propios del curso, registrando dicha planificación de la reunión en su cuaderno de planificaciones de clases, presentando esto con 2 días de anterioridad a inspectoría general para su revisión.

14. En todas las reuniones de apoderados deberá entregar un panorama global del curso y citar a los casos particulares para la labor preventiva.

15. Citar y atender en el día y horas que le designe Inspectoría general, a los apoderados ausentes a reunión de apoderados.

16. Responsabilizarse por desarrollar una efectiva jefatura de curso a través de la preocupación, seguimiento, atención individual y oportuna de los estudiantes a su cargo, velando por:

El bienestar, salud, y asistencia social de los estudiantes. El rendimiento académico, asistencia a clases, atrasos y Presentación personal.

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17. Cumplir los horarios de clases y permanencia en el colegio, conocer el manual de convivencia, reglamento de evaluación y plan de formación.

18. Velar por el cuidado y mantenimiento del mobiliario, ornato, aseo y presentación de la sala de clases de su curso.

19. Llevar un trabajo en conjunto con Inspector General, jefe de U. T. P. y equipo multidisciplinario, para lograr los objetivos educativos del colegio.

20. Elaborar y conducir un programa de orientación acorde a las necesidades del curso siguiendo las orientaciones del plan de formación.

21. Para realizar lo anterior, tendrá la asesoría y apoyo del Equipo Directivo. En el entendido, que el primer responsable y ejecutor de cualquier medida administrativa o disciplinaria preventiva es el profesor jefe.

22. Encarnar y modelar los valores del colegio en sus actos y en todas las instancias de su quehacer profesional.

23. Generar a través de su actividades personal, un ambiente de trabajo, propositivo, grato y de buena comunicación, que motive y dé seguridad a los alumnos.

24. Mantener constante comunicación con sus alumnos. 25. Motivar a los estudiantes para asumir un rol protagónico y de

participación en su entorno escolar (Organizando actividades culturales, deportivas, científicas, solidarias y artísticas)

Art. N°115: Función Asistentes de la Educación

Todos los funcionarios asistentes de la educación deberán cumplir con lo acordado en el contrato de trabajo, reglamento interno y convivencia escolar y con el reglamento de orden higiene y seguridad y sus actualizaciones ya que cada funcionario posee una copia de estos. Los Paradocentes

1. Apoyar la labor docente y de inspectoría (ver funciones de inspectoría) 2. Ayudar en la vigilancia de los alumnos en cuanto a comportamiento y

presentación personal. 3. Preparar material didáctico si fue requerido por un directivo. 4. Cumplir con las tareas indicadas por su superior directo. 5. Usar el uniforme indicado a su función. 6. Encarnar y modelar los valores del colegio en sus actitudes y en todas

las instancias de su quehacer laboral. 7. Abstenerse de entregar información a los apoderados que esté

relacionada con el proceso educativo o de desarrollo personal de los alumnos.

Personal de secretaria

1. Atender el teléfono, derivar los llamados y llamar a apoderados en caso de algún conflicto o llamado de urgencia.

2. La secretaria tiene dependencia directa de dirección, siendo en cualquier caso la secretaria del establecimiento.

3. Entregar información sobre el establecimiento previa autorización de la Director a apoderados alumnos y personal.

4. Tomar recados telefónicos y transferirlos al destinatario. 5. Mantener en buen estado el libro de Reclamos y Sugerencias.

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6. Mantener el aseo del sector donde desarrollan su labor diaria. 7. Al término de la jornada revisar que se encuentren todos los libros de

clase guardados. 8. Trabajar con el registro de alumnos por curso y mantenerlo actualizado

donde este su ficha de matrícula y certificado de nacimiento. 9. Realizar la pre matrícula de todos los alumnos del establecimiento. 10. Generar los oficios correspondientes. 11. Generar los certificados de alumno regular u otro certificado requerido

por la comunidad. 12. Acompañar al director en los consejos administrativos, tomando apuntes

de los acuerdos y requerimientos. 13. Estar al servicio de UTP e Inspectoría general. 14. Mantener en forma reservada información importante derivada desde

Dirección Unidad técnica pedagógica e Inspectoría General. 15. Mantener confidencialidad de toda información a la cual se tiene acceso

(dirección, UTP, Inspectoría general) 16. Mantener una presentación personal acorde con su labor.

Auxiliares de aseo

1. Mantener el aseo de los sectores del establecimiento designados por la dirección e inspectoría General.

2. Vigilar baños y escaleras en los recreos (puestos fijos). 3. Informar inmediatamente a la Dirección o inspectoría general de

cualquier daño, irregularidad o desperfecto detectado en las instalaciones.

4. Recoger todos los objetos encontrados luego de terminada la jornada escolar y entregarlos en secretaria.

5. Limpiar pasillos, patios escaleras después de cada recreo. 6. Encerar cada 15 días las salas y pasillos de todo el establecimiento. 7. Pedir a cada curso que cuando corresponda encerado puedan sacar

mesas, sillas y muebles fuera de la sala y acomodarlas en forma ordenada en los pasillos.

8. Clorar y limpiar baños luego de cada recreo. 9. Abrir puertas al inicio y al final de la jornada escolar.(encargados) 10. Mantener vidrios de todo el establecimiento limpios.

Bibliotecario (a) o encargado (a) CRA Profesional que se responsabiliza de prestar apoyo a las prácticas

pedagógicas a través de la administración del Centro de Recursos de Información y Comunicación para el Aprendizaje.

Competencias Funcionales.

1. Coordinar la norma tecnológica de la biblioteca con la norma tecnológica de la escuela.

2. Administrar el uso de recursos bibliográficos y audiovisuales. 3. Estimular la búsqueda y uso de la información para potenciar los

aprendizajes. 4. Atender público y préstamos en la sala de lectura.

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5. Preparar físicamente libros y revistas para disposición de los usuarios. 6. Organizar los libros en sus respectivas estanterías y con su respectivo

orden estructurado y lógico. 7. Reparar libros en mal estado. 8. Ejecutar la estadística diaria, mensual y anual. 9. Confeccionar el archivo vertical según las normas establecidas. 10. Confeccionar fichas y carne de socios. 11. Ejecutar búsquedas bibliográficas. 12. Mantener actualizada la base de datos. 13. En general, todas las tareas que son propias al funcionamiento de una

Biblioteca Escolar. 14. Orientar a los alumnos en la búsqueda de información requerida.

Art. N°116: Rol y funciones del Coordinador PIE:

1. Coordinar la elaboración, ejecución y evaluación de las distintas etapas y actividades comprometidas en el PIE.

2. Conocer la normativa vigente y preparar las condiciones en los establecimientos educacionales para el desarrollo del PIE.

3. Conformar los equipos técnicos y establecer las funciones y responsabilidades de cada uno de los integrantes del PIE.

4. Informarse de los diversos programas que el establecimiento se encuentra implementando y colaborar con el equipo de gestión para articular el PIE con dichos planes y programas (PME).

5. Gestionar el buen uso del tiempo, de los espacios y los materiales comprometidos en la planificación, liderando la instalación de una cultura de colaboración en los establecimientos.

6. Asegurar la inscripción de los profesionales en el “Registro Nacional de Profesionales de la Educación Especial para la Evaluación y Diagnóstico”, de acuerdo con las orientaciones del MINEDUC y la normativa vigente.

7. Definir y establecer procesos de detección y evaluación integral de estudiantes con NEE permanentes y/o transitorias.

8. Conocer y difundir el Formulario Único y otros protocolos disponibles a través de la página web: www.educacionespecial.mineduc.cl

9. Asegurar que el Plan de Apoyo Individual (PAI) del estudiante considere los resultados de la evaluación diagnóstica registrada en el Formulario Único.

10. Establecer una relación de colaboración con el Departamento Provincial de Educación y mantenerse informado.

11. Coordinar en el marco del PIE, el trabajo entre los equipos de salud y educación en el territorio.

12. Velar por la confidencialidad y buen uso de la información de los alumnos y sus familias.

13. Monitorear permanentemente los aprendizajes de los estudiantes. 14. Asesorar y hacer seguimiento al uso del Registro de Planificación y

Evaluación PIE. 15. Participar en los equipos de observación de clases, retroalimentar,

etc.

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Establecer y coordinar mecanismos de evaluación del PIE, implementando, entre otras medidas, estrategias para conocer la satisfacción de los usuarios.

16. Coordinar acciones de capacitación, a partir de las necesidades detectadas en las comunidades educativas, en función de las NEE de los estudiantes.

17. Cautelar el cumplimiento del número de horas profesionales que exige la normativa, asegurando las 3 horas cronológicas destinadas al trabajo colaborativo para los profesores de educación regular que se desempeñan en cursos con estudiantes en PIE.

18. Conocer la realidad comunal; contar con catastros de Instituciones y empresas eventuales colaboradoras del proceso educativo; así como con información actualizada de la realidad socio cultural de las familias.

19. Disponer sistemas de comunicación con la familia, para que éstas cuenten con información oportuna sobre los establecimientos que implementan respuestas educativas de calidad a las NEE que presenten sus hijos e hijas. Además, estén informadas y participen en el Plan de Apoyo individual de su hijo/a.

20. Liderar y coordinar procesos de demostración de la práctica pedagógica asociada al PIE (estrategias de trabajo colaborativo; evaluación diagnóstica integral de calidad) a fin de difundir buenas prácticas, y como medio de capacitación de otros docentes del establecimiento y de otros establecimientos.

Art. N°117: Equipo Multidisciplinario

Este es un equipo de apoyo psicosocial, formado por psicólogo, asistente social, psicopedagoga y orientadora familiar, que en el marco de la ley SEP, prestan servicios profesionales de apoyo en el establecimiento, propiciando climas sanos y de buena convivencia, a fin de contribuir a brindar adecuadas condiciones para la educación de los niños y niñas en pos de una mejora en el desarrollo de los aprendizajes. Sicopedagoga:

1. Capacitado para realizar diagnóstico, evaluación, intervención y tratamiento psicopedagógico en niños, jóvenes y adultos con trastornos específicos de aprendizaje en las áreas de lectura, escritura y cálculo.

2. Identificación de las posibilidades de aprendizaje del niño, desde las habilidades del alumno.

3. Confeccionar informes psicopedagógicos de tal forma de entregar información y orientación a nivel de establecimiento educacional, a padres, apoderados, familias y a otros profesionales del área.

4. Orientaciones a docentes y padres. 5. Proporcionarle al docente recursos y habilidades que le permitan

responder a los requerimientos del alumno con dificultades del aprendizaje.

6. Colaborar en el seguimiento de los alumnos con necesidades educativas especiales y orientar su escolaridad.

7. Promover el vínculo entre la institución y la familia. 8. Realizar propuestas de organización de la orientación educativa.

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9. Programación y aplicación de adaptaciones curriculares dirigidas a los alumnos con necesidades educativas especiales. (Adaptaciones No Significativas)

10. Promover procesos de aprendizaje que tengan sentido para los participantes.

11. Estar en busca permanente de prácticas innovadoras y eficientes en el quehacer de la prevención, diagnóstico e intervención psicopedagógica educacional.

Asistente social:

1. Monitorear la asistencia de los y las estudiantes, especialmente de aquellos en situación de mayor vulnerabilidad de modo de detectar y abordar precozmente problemas de ausentismo y riesgo de abandono escolar.

2. Coordinar e implementar planes de intervención tendientes a aumentar la asistencia de los alumnos(as).

3. Integrar equipos multidisciplinarios que permitan un abordaje integral de situaciones de vulnerabilidad en el desarrollo escolar de los alumnos(as).

4. Coordinar con la red de apoyo local recursos que permitan abordar de mejor manera estas situaciones.

5. Brindar apoyo asistencial y acompañamiento a la familia de estudiantes que presentan necesidades, dificultades conductuales, emocionales y sociales, que afectan su proceso de aprendizaje y su adaptación al sistema escolar.

6. Trabajar en forma individual, fortaleciendo Habilidades Sociales en los alumnos con plan de intervención en base a su diagnóstico.

7. Realizar talleres destinados a ambos ciclos, los cuales aporten en el proceso escolar de los alumnos pertenecientes al E.E.

8. Registrar visitas domiciliaria a cada alumno del establecimiento en su contexto.

9. Informar permanentemente a la comunidad educativa sobre los beneficios sociales, postulaciones a becas, programas, seminarios, proyectos sociales, etc.

10. Informar y coordinar acciones de intervención temprana a los padres y apoderados.

11. Derivaciones y seguimiento a tribunales con actualización de informes. 12. Detectar nómina de alumnos con escaso acompañamento familiar y

factores de riesgo asociados, lo que se debe socializar a UCE, EMD, para preparar un plan de intervención temprana.

Psicólogo educacional:

1. Desarrollar intervenciones grupales con niños, niñas y adolescentes, en los que se aborden temáticos atingentes a su proceso escolar.

2. Realizar intervenciones individuales. 3. Realizar intervenciones individuales con niños, niñas y adolescentes,

que por sus dificultades requieran de un abordaje específico. 4. Asesoría a docentes en estrategias en autocuidado y manejo de

situaciones que dificulten el proceso de enseñanza con sus estudiantes.

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5. Orientar a los padres, madres y apoderados, para el manejo de dificultades que afecten a los hijos y que afecten el proceso de aprendizaje.

6. Evaluar a niños, niñas y adolescentes con el fin de determinar si presentan o no NEE, que requieran de apoyo PIE.

7. Evaluar estilos de aprendizajes a todos los alumnos para retroalimentar a los profesores de asignatura, como medio para que ellos busquen estrategias de aprendizaje.

Psicólogo organizacional:

1. Confección de diagnósticos relativos al PEM, sistematización de los diagnósticos y su aplicación.

2. Realizar Taller y/o actividades experienciales relacionadas con la aplicación del PME, y las acciones creadas para la mejora de los aprendizajes.

3. Elaboración de informes de progreso en relación al PME. 4. Apoyo a la elaboración del PME y su programación para su aplicación 5. Preparación y recolección de evidencias para la justificación del PME. 6. Mantener redes de comunicación fluida con miembros de la Comunidad

Educativa, padres y apoderados y redes de apoyo externas. 7. Colaborar en necesidades psicoeducativas emergentes y/o que pueda

requerir el Establecimiento Educacional a través de su Plan de Mejoramiento Educativo.

Descripción de Cargo:

Profesional responsable de apoyar el proceso de enseñanza y aprendizaje a nivel individual y grupal, a través de la evaluación de la comunidad educativa teniendo como énfasis, la mejora de los aprendizajes enfocados en el PME. Aportando ideas e iniciativas desde el área del Curriculum y La Evaluación de los Aprendizajes. Realizar trabajo con la comunidad educativa en general, orientado a los a profesores en los diversos talleres necesarios en las reuniones de padres y apoderados. Generar instancias de reflexión con la comunidad educativa en general. Instaurar en reuniones de apoderados junto con los integrantes de convivencia escolar talleres en cada reunión de apoderados. Orientadora familiar:

1. Orienta, sugiere, coordina y supervisa, las acciones colaborativas del EMD, tendientes a facilitar el proceso integral de los alumnos.

2. Disponibilidad, contención, apoyo, apertura, escucha activa y empática para niños, familias, asistentes de la educación y docentes, tendientes a servir de ayuda y orientar a la solución o al cambio.

3. Recepcionar y coordinar satisfactoriamente las inquietudes de los apoderados, según necesidad, orientando a la búsqueda de solución.

4. Participa activamente en talleres y jornadas de desarrollo personal con los diferentes cursos o niveles de acuerdo a la Planificación Institucional.

5. Está presente en las actividades escolares, interesada en todos los procesos de la comunidad educativa y dando valor a los diversos tipos

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de aprendizajes, velando para que todas las actividades del EMD en la escuela, sean coherentes con los valores y principios declarados.

6. Motiva, ejecuta y/o coordina estrategias innovadoras que desde el EMD, complementen los aprendizajes, alineando los otros componentes del currículum con el PEI.

7. Motiva y promueve la integración y participación de los padres en las actividades de formación del establecimiento.

8. Monitorea y retroalimenta las actividades planificadas por el EMD. 9. Atiende y colabora con las necesidades particulares de cada docente, en

aula, desde un enfoque integral. (Observación en aula, Integra el resultado de las observaciones de clases a la retroalimentación del profesor. Diseña, sugiere e involucra al docente en un plan de intervención grupal o individual.)

10. Promover y fortalecer en las familias, habilidades parentales y sociales, estrategias de disciplina positiva, estrategias de límites y normas, autoestima integral, entre otros, que contribuyan a la formación de los padres con apoyo concreto en el desarrollo del niño o niña.

11. Promover el mejoramiento de las relaciones entre las familias y la escuela, impulsando la participación familiar en los objetivos de la comunidad educativa.

12. Entregar un espacio de acogida y participación a los apoderados, con aprendizajes en técnicas artísticas y variado cronograma de temas, que promuevan la buena convivencia entre las familias, la salud mental y el desarrollo personal, con el consiguiente efecto positivo en la familia.

13. Capacidad para detectar necesidades de su área, seleccionar objetivos, actividades, obtener recursos y generar metas e indicadores de logro.

14. Presentar a inspectoría un listado de alumnos intervenidos para coordinar acciones.

Art. N°118: Centro de Alumnos

El Centro de Alumnos es la organización formada por los estudiantes de segundo ciclo de enseñanza básica, del Establecimiento Educacional. Su finalidad es servir a sus miembros, en función de los propósitos del establecimiento y dentro de las normas de organización escolar, como medio de desarrollar en ellos el pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de acción; de formarlos para la vida democrática, y de prepararlos para participar en los cambios culturales y sociales.

Art. N°119: El Centro de Padres Tiene como función: a) Integrar a sus miembros en una comunidad inspirada por principios,

valores e ideales educativos comunes, canalizando para ello las aptitudes, intereses y capacidades personales de cada uno.

b) Establecer y fomentar vínculos entre el hogar y el establecimiento y que faciliten la comprensión y el apoyo familiar hacia las actividades escolares y el ejercicio del rol que corresponde desempeñar a los padres y apoderados en el fortalecimiento de los hábitos. ideales, valores y actitudes que la educación fomenta en los alumnos.

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c) Apoyar al establecimiento, aportando esfuerzos y recursos para favorecer el desarrollo integral del alumno (a).

d) Proyectar acciones hacia la comunidad en general; difundir los propósitos e ideales del Centro de Padres.

TITULO XII DEL DERECHO A APELACIÓN

Art. N°120

Todo alumno (a) que haya sido sancionado por alguna medida, que no la considere justa, tiene derecho a presentar reclamo por escrito al director del Establecimiento, el cual debe pronunciarse de la apelación del alumno(a), previa consulta al consejo de profesores, equipo multidisciplinario e inspectoría General

Art. N°121: Para ejercer el derecho de apelación el alumno (a) o su apoderado,

deberá presentar sus peticiones en un plazo no mayor de tres días, del momento de haber sido notificado por Dirección sobre las causales de la sanción, y el director en un plazo no superior a tres días para su pronunciamiento.

Art. N°122:

El establecimiento cuenta con un libro de Felicitaciones o Reclamos a disposición de los Padres y Apoderados o amigos del Establecimiento.

TITULO XIII DISPOSICIONES PARA LAS ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMÁTICAS

CONSIDERACIONES GENERALES. Art. N°123:

Como una manera de fortalecer, mejorar y enriquecer las actividades estudiantiles, la escuela pone a disposición de los(as) alumnos(as), una serie de espacios de encuentro y experiencias complementarias tanto deportivas, artísticas, culturales y de desarrollo personal.

Se estimulará el aprendizaje con actividades que representen una real entretención para el alumno(a), es uno de los principales objetivos que deben perseguirse con las actividades extraprogramáticas. Esto, teniendo siempre en cuenta que la opción que se elija debe corresponder a una iniciativa del alumno(a), y que en ningún caso puede ser impuesta como una obligación.

Las actividades extraprogramáticas son un programa de la escuela financiado con fondos SEP y es una acción fundamental en nuestro Plan de Mejoramiento Educativo (PME) y brinda a sus estudiantes como complemento para la formación académica de sus alumnos(as).

Todas las actividades extraprogramáticas serán reguladas y supervisadas por la escuela a través de un plan semestral respectivo, designando un coordinador responsable de estas actividades.

Dentro de los beneficios que los estudiantes obtienen al asistir a los Talleres, se encuentra la mejora del rendimiento académico, la autoestima, la

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salud corporal y mental, el desarrollo del pensamiento creativo, fomento de la socialización y utilización adecuada del tiempo libre. Art. N°124: Los monitores o profesores que realizan talleres son responsable de la mantención de la sala de clases o gimnasio donde se realice la actividad. Art. N°125: Los alumnos participantes deberán acudir en los horarios señalados por los profesores de los talleres y los apoderados serán los responsables del retiro de los alumnos participantes. Art. N°126: las salidas de los estudiantes a presentaciones en nombre del colegio, deben ser autorizadas por los padres o apoderados del alumnos mediante un permiso donde se especifique, quien será el responsable y la hora de término del evento donde el padre debrá hacerse responsable del retiro del alumnos donde especifique el documento del permiso, no podrá salir ningún alumnos que no esté autorizado por el apoderado mediante un medio escrito. Art. N°127: Los monitores o profesores encargados de los talleres extraprogramáticos deberán mantener una lista de los alumnos que participen en dichos talleres, debiendo pasar asistencia cada uno de los días que funcione el talles, a la 2da inasistencia del alumnos al taller, es deber del profesor o monitor llamar a los padres o apoderados del alumno faltante al taller, se debe dejar registro en un cuaderno de asistencia que debe tener cada profesor o monitor.

TITULO XIV

DE SU APLICACIÓN Art. N°128:

El presente Reglamento de Convivencia Escolar fue estudiado y analizado por los Docentes y el Consejo Escolar y será conocido por todas las partes de la Unidad Educativa. El Establecimiento, al momento de la matrícula se le hará entrega de una síntesis del Reglamento a los Padres y Apoderados y su difusión completa a todos los alumnos y alumnas del Establecimiento.

Su lectura detallada a los Padres y Apoderados se realizará en la segunda reunión del año 2015.

Se renovará este manual durante el año 2015 con el trabajo técnico del equipo de convivencia escolar.

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TITULO XIIV

ANEXOS

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A. ACTA PARTICIPACIÓN EN LA REVISIÓN Y ADECUACION DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

En lo referido a reglamentos internos, instancias de participación y trabajo

colectivo, ejercicios de deberes y derechos, respeto a la diversidad; mecanismos de resolución de conflictos y ejercicio del liderazgo democrático por los miembros de la Comunidad Educativa. Ref.: La Ley 20.529, se determina:

Que, durante el mes de Octubre de cada año se iniciará un periodo de revisión y adecuación de este Reglamento, con la participación de la totalidad de los estamentos de la organización educativa, de tal forma que a fines del mes de noviembre pueda ser despachado al MINEDUC, quien dispondrá de un periodo de 90 días para sancionarlo.

ESTAMENTO NOMBRE FIRMA

DIRECTOR

JUAN PABLO CARO BUSTAMANTE

JEFE UTP YANIRE TURRA MARÍN

REPRESENTANTE DOCENTES

JUAN PABLO SOLIS CUTIÑO

REPRESENTANTE SOSTENEDOR GRABRIEL FUENTES

PRESIDENTE CCAA

Ruth VERA

PRESIDENTE CCPP

MATIAS HENRRIQUEZ

REPRESENTANTE ASISTENTES DE LA EDUCACION

PAOLA GRECO

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PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN

Mientras se están llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.

De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente.

En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de toda/os los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas.

DEBER DE PROTECCION

Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo el proceso.

Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomaran todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad.

ANTE SITUACIONES NO PREVISTAS

Las situaciones no previstas en el presente reglamento, serán resueltas por la Dirección del Establecimiento, realizando los procedimientos de consulta correspondientes.

Se presentan seis (6) protocolos de actuación:

Protocolo de Derivación e Intervención Equipo Multidisciplinario 2015 El presente protocolo tiene por objetivo regular el proceso de derivación

e intervención de los alumnos de la Escuela Fernando Santiván para ser atendidos por el equipo multidisciplinario del establecimiento. La idea es poder establecer criterios claros de derivación cuando corresponda derivar al alumno y procesos definidos de intervención y acción frente a las necesidades psicosociales de los alumnos.

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1. Sobre la derivación.

1.1. Vías de derivación.

La derivación se realiza mediante la ficha de derivación la cual debe ser llenada por la persona que deriva y entregada a la coordinadora del equipo psicosocial. Se consideran que existen al menos tres:

1.1.1. Profesor Jefe:

Una vez detectado el alumno que presenta una dificultad psicosocial y que cumpla con los criterios, el profesor jefe es el encargado derivar al alumno al Equipo Multidisciplinario o Psicosocial.

1.1.2. Apoderado/a:

La segunda alternativa de derivación es mediante la demanda espontanea del apoderado/a del alumno, cuando se acerca espontáneamente a algún miembro del equipo psicosocial.

1.1.3. Inspector General y/o Encargado de Convivencia:

Quien podrá derivar una vez agotadas las estrategias formativas correspondientes al encargado de convivencia y las medidas disciplinarias correspondiente al rol de inspectoría, tras identificar criterios de inclusión de derivación al equipo multidisciplinario.

1.2. Criterios de derivación al equipo psicosocial.

Existen criterios de inclusión y exclusión de derivación al equipo multidisciplinario los cuales son reflejo de los ámbitos de acción de este actor de la comunidad educativa y de la delimitación y respeto a los ámbitos de acción de los otros actores de la comunidad. 1.2.1. Criterios de inclusión:

Podrán ser derivados al equipo psicosocial los alumnos/as que cumplan los siguientes criterios:

Presentar dificultades de tipo emocional.

Presentar dificultades de tipo familiar.

Presentar dificultades sociales y económicas.

Presentar conductas de riesgo. (Como por ejemplo, consumo de drogas,

conductas disociales, vulnerabilidad social, negligencia parental,

asociación a pares negativos o delictuales, vulneración de derechos,

etc.)

Inasistencia reiterada.

Que se haya ejecutado algún tipo de acción o estrategia por parte del

profesor jefe o inspectoría y/o encargado de convivencia.

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1.2.2. Criterios de exclusión:

Quedan excluidos de derivación al equipo psicosocial los alumnos que cumplan los siguiente criterios:

Presentar problemas de tipo disciplinario o conductual en aula.

Presentar un conflicto de convivencia escolar.

Pertenecer al P.I.E. (Con la excepción que sea derivado por la

coordinadora del P.I.E.).

2. Sobre la intervención.

El proceso de intervención se ha definido en las siguientes etapas o procedimientos: 2.1. Las fichas de derivación serán recepecionadas por la coordinadora del equipo multidisciplinario o psicosocial la cual se la debe entregar al psicólogo del equipo. 2.2. Un miembro del equipo debe recolectar la información necesaria para tomar una decisión inicial de acción. 2.3. Derivación y/o coordinación con la red: dónde posiblemente ya está recibiendo una prestación el alumno o alumna. Se privilegiará la intervención del centro especializado, buscando complementarla con la intervención del equipo multidisciplinario. También se promoverá que los centros especializados de la red entregan orientaciones claras para ejecutar con los alumnos en el establecimiento y apoyar a los profesores. 2.4. El equipo multidisciplinario realizará informes de evaluación y del plan de intervención conjunto el cual será ejecutado por uno o todos sus profesionales; orientadoras, trabajadora social, psicólogo. (Observación en establecimiento educacional, retroalimentación a las familia, acompañamiento profesores, acompañamiento a niños, coordinación transversal y permanente, seguimiento, reforzar competencias, visitas domiciliaras para acercar a la familia, seguimiento de asistencia, elaboración informes socioeconómicos, atención individual, atención grupal, talleres en aula, intervención por medio de los profesores, a través de la entrega de estrategias específicas, etc.) Nº 1.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE FALTAS A LA CONVIVENCIA ESCOLAR Se entenderá por buena convivencia escolar: “la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes.” ( Art, A ley 20.370 / 20.536)

Definición: Se entenderá por faltas a la convivencia escolar a cualquier arrebato o atentado producido contra la integridad de las personas y/o sus bienes. Su naturaleza puede ser tanto física, verbal, como psicológica y están contemplados:

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Incidentes menores y / o aislados de la convivencia escolar

1. Llegar tarde a la jornada de inicio de clases. 2. Pedir permiso para ir al baño constantemente. 3. Murmurar constantemente con un compañero. 4. No traer el material: libros, cuadernos, lápices. 5. No traer los trabajos hechos. 6. Comer en clases. 7. Falta de cooperación. 8. Ingresar al establecimiento con una presentación personal inadecuada:

Uniforme que no forme parte del correspondiente a la escuela (gorros, piercing, aros largos).

Uso de vestimenta colorida exagerada 9. Traer dinero y objetos de valor sin la autorización del apoderado.

.

1.1. Conductas disruptivas de NNA dentro del aula y fuera de ella, tales como:

1.1.1 Faltas Leves

Indisciplinas Agresión Insolencia/faltas de respeto

1. Levantarse de su puesto en la sala de clases sin permiso.

2. Quitar cosas a los compañeros en horario de clases y recreos.

3. Llevar indumentaria estrafalaria.

4. Tirar cosas en horario de clases y recreo.

5. Rayar los cuadernos y libros propios y de sus compañeros de curso.

6. Guardar sus útiles antes del término del periodo de clases, sin permiso del profesor/a.

7. Faltar a la verdad para eludir responsabilidades.

8. Abandonar la sala de clases sin permiso del profesor/a.

9. Conversar o gritar dentro del horario de clases.

10. Entrar en clase

1. Comentarios despectivos sobre las actividades de clases.

2. No acatar las órdenes del profesor, cuerpo directivo, asistentes de la educación, paradocentes y autoridades en general.

3. Hablar cuando habla el/la profesor/a.

4. Hacer gestos o gesticulaciones inapropiadas.

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armando desorden. 11. Preguntar

insistentemente con ánimo de retrasar.

12. No realizar las tareas encomendadas por el profesor.

13. Llegar atrasado a la sala de clases en inter períodos.

14. No usar el uniforme, según compromiso firmado por el apoderado.

1.1.2 Protocolo de actuación Frente a las Faltas Leves

CRITERIOS

RESPONSABLE PLAZOS

ESTRATEGIAS Y ACCIONES

1. Contención Profesor o personal adulto que advierta la situación

En el momento del incidente.

Dejar registro en el libro de clases o informar a inspector general.

2. Control Profesor de aula, paradocente e inspector general.

Inmediato al incidente

La escuela debe tener un lugar previsto para estas incidencias, sala de reuniones de padres poderados.

3. Primera recogida de información

Profesional involucrado en el caso.

Inmediato al incidente

Registro de convivencia escolar con el alumno.

4. Primera derivación interna.

Profesionales del establecimiento (Inspector de pasillo, encargado de convivencia escolar)

Inmediato Se deberá recabar cuanta información previa se tenga del alumno.

5. 2º Recogida de información sobre el alumno

Equipo de resolución de conflictos. Profesionales (psicólogos, asistente social,

48 hrs. De plazo Registro de la resolución o investigación. Derivación a redes internas o

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orientadorq) externas.

6. Devolución de Información al director

Encargada del seguimiento.

48 hrs. De plazo Revisión de la información y primeras medidas.

7. Comunicación y citación a la familia

Encargada del seguimiento o caso.

24 hrs de plazo máx.

Comunicación oral y/o por escrito, con acuse de recibo.

8. Entrevista con el apoderado.

Encargada del seguimiento o caso

Plazo de 24 horas Exposición de los hechos y presentación de primeras medidas, acuerdos con el apoderado. Dejar registro.

9. Conciliación Encargada del seguimiento o caso

Plazo de 48 horas Acuerdo entre apoderados, alumnos y escuela.

10. Convocatoria de reunión urgente al equipo de resolución de conflictos.

Encargado de convivencia Escolar (ECE)/ Director.

Plaza de 24 horas para citación.

informar sobre lo sucedido y sobre las medidas adoptadas y determinación de la actuación definitiva.

11. Comunicación de las medidas formativas u otras medidas al alumno y al apoderado y/o entrevista.

Encargado de seguimiento.

Inmediato después de la decisión del equipo de resolución de conflictos. Plazo de alegaciones a la corrección en 24 horas

Se realizará oralmente y por escrito, con acuse de recibo. Se deja registro en el libro de clases Tales como: Talleres formativos. Charlas informativas

12. Comunicación al consejo de profesores

Encargado de convivencia escolar, Inspector General y/o Dirección.

Plazo de 48 horas desde la decisión final del equipo de resolución de conflictos.

En su caso, se recopilaran las tareas encomendadas para el alumno en el periodo de desvinculación si amerita el caso

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13. Entrevista con el alumno una vez realizada la corrección

Encargado del seguimiento del caso.

Al finalizar el periodo de corrección, o en caso de desvinculación.

Entrevista educativa. Importante: lograr compromisos y una reflexión por parte del alumno

1.1.3 Faltas Graves

Indisciplinas Conductas agresivas Insolencia/faltas de respeto

1. Manifestar de manera reiterada faltas de carácter leve, habiendo asumido con anterioridad un compromiso de cambio de conductas.

2. Utilizar celulares y escuchar música durante la clase.

3. Pintar o rayar en las mesas, paredes, baños y dependencias del establecimiento.

4. Ingreso y consumo de cigarrillos.

5. Comportamiento inadecuado en actividades extra programáticas y actos oficiales en el que se comprometa el prestigio del establecimiento.

6. Registrar 3 observaciones negativas significativas en el libro de clases.

1. Lanzar objetos dirigidos a compañeros, cuerpo directivo, asistentes de la educación, paradocentes y comunidad educativa en general.

2. Burlarse de un compañero, del profesor/a y comunidad educativa en general.

3. Insultar a un compañero, comunidad educativa en clases y en áreas recreativas.

4. Dañar las pertenencias de compañeros, profesores y comunidad educativa.

5. Destruir la propiedad y bienes del establecimiento.

6. Sustraer especies de propiedad del establecimiento o terceros.

1. Desafiar la autoridad, no hacer lo indicado en relación a los deberes del alumno.

2. Expresiones insolentes para dirigirse a un alumno, profesor o personas de la comunidad educativa. (garabatos, vulgaridades)

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1.1.4 Protocolo de Actuación Frente a las Falta Graves

a) CRITERIOS RESPONSABLE

PLAZO

ACCIÓN

b) Contención Profesor o personal adulto que perciba la situación

En el momento del incidente.

Dejar registro en el libro de clases e informar a inspector general.

c) Control Profesor de aula, paradocente e inspector general.

Inmediato al incidente

Llevar al alumno a inspectoría.

d) Primera recogida de información

Profesional involucrado en el caso.

Inmediato al incidente

Registro de convivencia escolar con el alumno.

e) Comunicación de la situación a Carabineros o PDI.

Inspector Gral. Encargado de Convivencia

De forma inmediata, una vez recabado antecedentes de carácter delictual.

Denuncia policial del suceso.

f) Comunicación y citación a la familia

Encargada del seguimiento o caso.

24 hrs de plazo máx. Comunicación oral y/o por escrito, con acuse de recibo.

g) Entrevista con el apoderado.

Encargada del seguimiento o caso

Plazo de 24 horas

Exposición de los hechos y presentación de primeras medidas, acuerdos con el apoderado. Dejar registro.

h) Primera derivación interna.

Profesionales del establecimiento (Inspector general, encargada de convivencia escolar)

Inmediato

Se deberá recabar cuanta información previa se tenga del alumno.

i) 2º Recogida de información sobre el alumno

Equipo de resolución de conflictos. Profesionales (psicólogos, asistente social, orientador y director)

48 hrs. De plazo

Registro de la resolución o investigación. Derivación a redes sociales de intervención internas o externas.

j) Devolución de Información al director

Encargada del seguimiento.

48 hrs. De plazo Revisión de la información y primeras medidas.

k) Conciliación Encargada del seguimiento del

Plazo de 48 horas Acuerdo entre apoderados,

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caso alumnos y escuela.

l) Convocatoria de reunión urgente al equipo psicosocial

Director. Plazo de 24 horas para citación.

Informar sobre lo sucedido y sobre las medidas adoptadas y determinación de la actuación definitiva.

m) Comunicación de las medidas correctivas u otras medidas al alumno y al apoderado.

Encargada se seguimiento.

Inmediato después de la decisión del equipo psicosocial. Plazo de alegaciones a la corrección en 24 horas

Se realizará oralmente y por escrito, con acuse de recibo. Se deja registro en el libro de clases. Tales como: Charlas Informativas Talleres formativos Charlas motivacionales.

n) Comunicación al consejo de profesores

Encargado de convivencia escolar, Inspector General y/o Dirección.

Plazo de 48 horas desde la decisión final del equipo de convivencia y psicosocial

En su caso, se recopilaran las tareas encomendadas para el alumno en el periodo de desvinculación si amerita el caso.

o) Derivaciones a redes sociales de intervención

Director, Inspector General o encargado de Convivencia.

Gestión inmediata después de lo resuelto

Establecer los vínculos con las redes sociales de intervención: OPD, SENDA, SENAME, CESFAM, Carabineros o PDI.

p) Entrevista con el alumno una vez realizada la corrección

Encargado del seguimiento del caso.

Al finalizar el periodo de corrección, o en caso de desvinculación.

Entrevista educativa, con el NNA para lograr un compromiso y reflexión de cambio conductual.

q) Proceso de seguimiento de caso

Encargado de convivencia y equipo psicosocial

Durante el proceso formativo

Seguimiento en el proceso de cambios de conducta de alumno vinculado con las redes sociales de intervención.

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1.1.5 Faltas Gravísimas

Delitos Agresión Faltas

1. Delitos judiciales (robo con intimidación, receptación de especies).

2. Participar como autor o cómplice en robos, a la propiedad del Establecimiento y/o terceros que permanezcan en el colegio.

3. Facilitar el ingreso y/o portar cualquier tipo de armas: cortantes, corto punzantes, contundentes, explosivas, de fuego y otras no identificadas en este reglamento.

4. Provocar desmanes y/o destrozos que pudieran realizarse en cualquier momento del año escolar.

5. Exhibir, trasmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar.

6. Suplantar a personas, apoderados, alumnos, etc.

1. Agredir verbal y/o físicamente a sus compañeros, profesores, funcionarios, o cualquier persona que se encuentre en el establecimiento.

2. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

3. Amenazar, atacar, injuriar, o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través del chat, blog, foto log, mensajes de textos, correo electrónico, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios web, teléfono o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

1. Incurrir en problemas disciplinarios reiterados que interfieran el normal desarrollo de la clase y por ende sus propios aprendizajes y de sus compañeros.

2. Abandonar el establecimiento sin autorización de Inspector General.

3. Deteriorar e inutilizar los bienes del establecimiento, quienes lo hagan deberán, de inmediato responder y/o adquirir el bien dañado, sin perjuicio de la sanción que corresponda.

4. Modificar o falsificar firmas y calificaciones en documentos del establecimiento.

5. Desacato a las autoridades del establecimiento de hecho o palabra.

6. Facilitar o intervenir en el ingreso al recinto educativo a personas extrañas que pudieran comprometer la seguridad de los estudiantes.

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1.1.6 Protocolo de Actuación Frente a la Falta Gravísima

CRITERIOS RESPONSABLE

PLAZOS

ACCIÓN

1. Identificación de la falta gravísima de convivencia escolar

Profesor o personal adulto del establecimiento que perciba o se le informe de la situación

En el momento del incidente.

Dejar registro en el libro de clases, derivar al encargado de convivencia escolar.

2.Recogida de información:

Encargado de convivencia escolar

En el momento del incidente.

Tipificar la falta gravísima, de acuerdo a la acción cometido por el alumnno(a)

3.Denunciar PDI o carabineros según corresponda

Encargado de convivencia escolar

Falta gravísima o un delito iso facto

Dejar registro en el libro de clases del, Delito flagrante.

4.Citar e informar al apoderado del alumno

Encargado de convivencia escolar.

Al instante después de llamar a la policía.

Contener e informar al apoderado o familia de la situación del alumno (a)

5. Citar al alumno afectado a una entrevista individual

Encargado de convivencia escolar.

24 hrs después de la denuncia y la recogida de información.

Completar registro de entrevista con el alumno. Acogida, informar de los acuerdos tomados. Sanciones

6. Convocar al equipo de convivencia escolar.

24 hrs después de las entrevistas a los apoderados.

Comunicación oral y electrónica a integrantes del equipo de convivencia escolar.

7. Análisis y adopción de medidas.

Encargado de convivencia escolar.

Durante la reunión del equipo de convivencia escolar.

Derivación a profesionales del establecimiento. Elaboración de las sanciones formativas y orientadoras al alumno

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7.1. Informar de las medidas tomadas al apoderado del alumno involucrado.

Director del establecimiento.

24 hrs después de la reunión con el equipo de convivencia escolar.

Dejar registro del acuerdo con la conformidad de las medidas a realizar con los alumnos o personas involucradas.

7.2. Medidas de protección

Equipo de convivencia escolar.

Plazo de 48 horas después de la reunión del equipo de convivencia escolar.

Atención de los profesionales. Derivación hacia OPD. Derivación Consultorio. Derivación PDI.

7.3 Medidas formativas y orientadoras hacia los alumnos

Equipo de convivencia escolar.

Plazo de 48 horas después de la reunión del equipo de convivencia escolar.

Atención de los profesionales. Trabajo con el equipo psicosocial en talleres formativos, charlas de difusión de la ley de convivencia escolar

8. Monitoreo y seguimiento.

Profesor jefe - Encargado de convivencia escolar.

Mensualmente.

Registrar en el libro de clases todo el procedimiento (resumido) Realizar mensualmente o cuando se requiera una entrevista individual al alumno Informar a director del establecimiento.

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Nº2.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE EL ACOSO Y MALTRATO ESCOLAR.

Acoso Escolar o Bullying: Es definido recientemente por la Ley 20.536, señalándolo como: “Toda acción y omisión constitutiva de agresión y hostigamiento reiterado, realizado fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que en forma individual o colectiva atenten en contra de otro estudiante, valiéndose de una situación de superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesta a un mal de carácter grave, ya sea por medio tecnológico o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad o condición”. (Art. 16 B, LGE).

2.1 Faltas

Producir el temor razonable en los alumnos (as) de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o síquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales.

Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo. Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño

académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico

2.1.1 Protocolo de actuación ante el Acoso y Maltrato Escolar

CRITERIOS

RESPONSABLE PLAZOS ACCION

1. Identificación del Acoso escolar o bullying

Profesor o personal adulto que perciba la situación, deberá informar al ECE del establecimiento

En el momento del incidente.

Dejar registro en el libro de clases, completar el “formato de denuncia por probable acoso escolar” e informar a Dirección quien deriva el caso a encargado de convivencia escolar.

2.Recogida de información:

Encargado de convivencia escolar.

24 hrs después de la denuncia.

Recabar toda la información necesario, para abordar y realizar la respectiva derivación

3. Citar al alumno afectado a una entrevista individual

Encargado de convivencia escolar.

24 hrs después de la denuncia.

Acoger y escuchar los relatos del alumno afectado. Llevar registros de

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las entrevistas

4. Citar a los alumnos involucrados.

Encargado de convivencia escolar.

24 hrs después de la entrevista realizada

al afectado.

Acoger y escuchar los relatos del alumno involucrado. Llevar registros de las entrevistas .

5. Citar e informar al apoderado del alumno afectado.

Encargado de convivencia escolar.

24 hrs después de la entrevista realizada al alumno afectado.

Acoger ,contener e informar a la familia del alumno afectado. Llevar registros de las entrevistas con el apoderado .

6. Citar e informar a los apoderados de los alumnos involucrados.

Encargado de convivencia escolar.

24 hrs después de la entrevista al

apoderado de los alumnos afectado.

Acoger ,contener e informar a la familia la situación que está afectando al alumno agresor. Llevar registros de las entrevistas con el apoderado

7. Convocar al equipo de convivencia escolar.

Encargado de convivencia escolar.

24 hrs después de las entrevistas a los

apoderados.

Comunicación oral y electrónica a integrantes del equipo de convivencia escolar.

8. Análisis y adopción de medidas.

Equipo de convivencia escolar.

Durante la reunión del equipo de

convivencia escolar.

Derivación a profesionales del establecimiento. Elaboración de las sanciones formativas y orientadoras al alumno acosado, a los alumnos involucrados e informar a los organismos pertinentes.

8.0.- Informar de las medidas a los

Director del establecimiento.

24 hrs después de la reunión con el

Dejar registro del acuerdo con la

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apoderados de los alumnos afectados e involucrados sobre las medidas.

equipo de convivencia escolar.

conformidad de las medidas a realizar: Victima: Proteger al alumno afectado e aislar el riego de violencia. Apoyar al alumno a que se incorpore de manera segura a sus actividades escolares Elaborar estrategias a trabajar con la familia, escuela y alumno Realizar cambio de grupo curso (en casos extremos y viables) Victimario: Aplicar las medidas establecidas en el Reglamento Interno. Informar a la familia. Derivar a Red de Apoyo de intervención social. Denunciar a Carabineros, PDI, Fiscalía, Tribunales de Familia. (En caso que corresponda). Para el grupo curso: Realizar una intervención grupal, para modificar las dinámicas de la relación que dan origen al acoso escolar o Bullying y prevenir posibles situaciones en el futuro.

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8.1.- Medidas de protección a la victima

Equipo de convivencia escolar.

Plazo de 48 horas después de la

reunión del equipo de convivencia

escolar.

Atención de los profesionales. Derivación hacia OPD. Derivación Consultorio. Derivación PDI.

8.2 Medidas formativas y orientadoras hacia los alumnos agresores

Equipo de convivencia escolar.

Plazo de 48 horas después de la

reunión del equipo de convivencia

escolar.

Atención de los profesionales. Derivación a red interinstitucional. Talleres formativos sobre bullying. Ley de violencia escolar 20.536

9. Informar del caso al profesor jefe.

Encargado de convivencia escolar.

24 hrs después de la reunión con el

equipo de convivencia escolar.

Registrar en el libro de clases todo el procedimiento (resumido)

10. Monitoreo y seguimiento.

Encargado de convivencia deberá informar a Dirección

Mensualmente.

Realizar mensualmente o cuando se requiera una entrevista individual al alumno afectado y a los alumnos involucrados. Informar al Departamento de Educación Municipal y Ministerio de Educación.

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Nº3.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE PROBABLES SITUACIONES DE ABUSO SEXUAL ESCOLAR.

CRITERIOS

RESPONSABLES

PLAZOS ACCIONES Y

ESTRATEGIAS

1. Identificación del posible caso de abuso sexual

Profesor o personal adulto del

establecimiento que perciba o se le informe de la

situación

En el momento del incidente.

Por sospecha: derivar a OPD. Relato del NNA: denunciar a las instituciones pertinentes, BRISEXME PDI, Carabineros o Fiscalía Delito flagrante de abuso sexual en la Escuela Municipal Fernando Santiván: denunciar PDI, carabineros, fiscalía

2.- Denuncia de la situación a PDI y/o a la fiscalía regional.

Director, inspector general, profesor o personal adulto del establecimiento que

perciba o se le informe de la

situación

En el momento de recibir el relato

del NNA, observación de

cambios de conductas

notorias, o delito flagrante de

abuso sexual,

- Entregar ficha de derivación sobre posible situación de abuso sexual a OPD o denunciar a PDI por relatos de abusos sexuales del NNA o delito flagrante de abuso sexual .

2.Recogida de información:

Profesor o personal adulto que perciba la

situación

En el momento del incidente.

Solo lo necesario para denunciar a PDI, Carabineros o fiscalía

3. Citar al alumno afectado a una entrevista individual

Encargado de convivencia escolar.

24 hrs después de la denuncia y la recogida de información.

Acoger y contener, entregar apoyo , trabajar en conjunto , con las redes de apoyo

4. Citar a los alumnos o personas involucradas.

Encargado de convivencia escolar.

24 hrs después de la entrevista

realizada al afectado.

Acoger, contener y escuchar, a la familia y brindar apoyo , derivar a las instituciones respectivas

5. Citar e informar al apoderado del alumno afectado.

Encargado de convivencia escolar.

24 hrs después de la entrevista

realizada al alumno afectado.

Brindar apoyo.

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6. Citar e informar a los apoderados de los alumnos involucrados.

Encargado de convivencia escolar.

24 hrs después de la entrevista al apoderado de los

alumnos afectado.

Acoger, contener e informar a las familia.

7. Convocar al equipo de convivencia escolar.

Encargado de convivencia escolar.

24 hrs después de las entrevistas a los apoderados.

Comunicación oral y electrónica a integrantes del equipo de convivencia escolar.

8. Análisis y adopción de medidas.

Equipo de convivencia escolar.

Durante la reunión del equipo de

convivencia escolar.

Derivación a profesionales del establecimiento. Elaboración de las sanciones formativas y orientadoras al alumno afectado, a los alumnos involucrados e informar a los organismos pertinentes.

8.0.- Informar de las medidas a los apoderados de los alumnos afectados e involucrados sobre las medidas.

Director del establecimiento.

24 hrs después de la reunión con

el equipo de convivencia

escolar.

Dejar registro del acuerdo con la conformidad de las medidas a realizar con los alumnos o personas involucradas.

8.1.- Medidas de protección a la victima

Equipo de convivencia escolar.

Plazo de 48 horas después de

la reunión del equipo de

convivencia escolar.

Atención de los profesionales. Derivación hacia OPD. Derivación Cesfam. Derivación PDI. Derivación a Unidad de Víctimas y testigos.

8.2 Medidas formativas y orientadoras hacia los alumnos agresores

Equipo de convivencia escolar.

Plazo de 48 horas después de

la reunión del equipo de

convivencia escolar.

Atención de los profesionales. Buscar redes de apoyo de intervención social

Medidas preventivas para la comunidad

Encargado de convivencia escolar, equipo psicosocial redes de apoyo:

OPD,

Calendarización de actividades por semestre

Difusión de la ley de violencia escolar, derechos, deberes y sanciones Talleres formativos Charlas preventivas

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educativa

Charlas motivacionales

9. Monitoreo y seguimiento

Encargada de convivencia escolar.

Informar director, inspector general, profesor (a) jefe

Mensualmente.

Registrar en el libro de clases todo el procedimiento (resumido) Realizar mensualmente o cuando se requiera una entrevista individual al alumno afectado y medir su evolución psicológica y emotiva de la situación a la que se vio afectado.

Evaluación

El Director/a del establecimiento y encargado del proceso, deberán cautelar por:

Realizar el seguimiento de las acciones implementadas y evaluar conforme al proceso Evacuar los respectivos informes del caso de ab uso sexual Informar al Departamento de Educación Municipal y Ministerio de Educación.

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4. PROTOCOLO DE DETECCIÓN EN CASO DE SOSPECHA Y/O CONSUMO DE DROGAS Y ALCOHOL.

CRITERIOS

RESPONSABLES

PLAZOS ACCIONES Y

ESTRATEGIAS

1. Identificación del posible caso de sospecha y/o consumo de drogas y alcohol

Profesor , personal adulto, apoderados o NNA del establecimiento que perciba o se le informe de la sospecha o consumo de alcohol o droga

En el momento del incidente.

Informa al Director/a, inspector general,

Actuación frente a sospecha consumo del alcohol droga

Encargado designado por director

En el momento del incidente

Derivar a Senda

Actuación frente al consumo de alcohol o droga

Encargado de convivencia

48 hrs

Derivar al NNA al CESFAM, SENDA , más próximo a su domicilio

Actuación frente al consumo flagrante

Director e inspector general

En el momento de recibir el relato del NNA, observación de cambios de conductas notorias de consumo de substancias ilícitas, o delito flagrante de de porte o consumo,

Denunciar a PDI, o carabineros. SENDA

2.- Denuncia de la situación a PDI y/o a la fiscalía regional.

Director, inspector general, profesor o personal adulto del establecimiento que encuentre al alumno consumiendo alcohol o droga, en las dependencias de la escuela o fuera de ella.

En el momento de observar la falta gravísima, del consumo.

Delito flagrante de Consumo de alcohol o droga: denunciar a carabineros o PDI, debido proceso.

2.Recogida de información:

A quien designe director como responsable

En el momento del incidente.

Poner a disposición todos los antecedentes

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del caso a las policías

3. Citar al alumno afectado a una entrevista individual

Encargado de convivencia escolar.

24 hrs después de la denuncia y la recogida de información.

Acoger y contener, entregar apoyo , trabajar en conjunto , con las redes de intervención social

5. Citar e informar al apoderado del alumno afectado.

Encargada de convivencia escolar.

24 hrs después de la entrevista realizada al alumno afectado.

Plantear estrategia de apoyo a la familia.

7. Convocar al equipo de convivencia escolar.

Encargada de convivencia escolar.

24 hrs después de las entrevistas a los apoderados.

Comunicación oral y electrónica a integrantes del equipo de convivencia escolar.

8. Análisis y adopción de medidas.

Equipo de convivencia escolar.

Durante la reunión del equipo de convivencia escolar.

Derivación a profesionales del establecimiento. Elaboración de las sanciones formativas y orientadoras al alumno afectado, a los alumnos involucrados e informar a los organismos pertinentes.

8.0.- Informar al apoderado del alumno afectado de las medidas tomadas

Director del establecimiento.

24 hrs después de la reunión con el equipo de convivencia escolar.

Dejar registro del acuerdo con la conformidad de las medidas a realizar con los alumnos o personas involucradas. Hacer partícipe a las familias en el proceso.

8.1.- Medidas de protección

Equipo de convivencia escolar.

Plazo de 48 horas después de la reunión del equipo de convivencia escolar.

Derivar a los profesionales del equipo psicosocial. Derivación OPD. Derivación Cesfam.

8.2 Medidas formativas y orientadoras hacia los alumnos Consumidores

Equipo de convivencia escolar.

Plazo de 48 horas después de la reunión del equipo de convivencia escolar.

Talleres formativos Buscar redes de apoyo de intervención social externas

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1. Medidas

preventivas para la comunidad educativa

Encargado de convivencia escolar, equipo psicosocial, redes de apoyo: SENDA

Calendarización de actividades por semestre

Difusión de la ley de 20.000, Charlas preventivas Por el SENDA.

10. Monitoreo y seguimiento

Encargado de convivencia escolar. Informar a director, inspector general, profesor (a) jefe y Familia

Mensualmente.

Registrar en el libro de clases todo el procedimiento (resumido) Realizar mensualmente o cuando se requiera una entrevista individual al alumno consumidor de substancias ilícita

11.Evaluación

Director del establecimiento y encargado del proceso, deberán cautelar por:

Realizar el seguimiento de las acciones implementadas y evaluar conforme al proceso Evacuar los respectivos informes del presunto consumo de alcohol o droga. Informar al Departamento de Educación Municipal y Ministerio de Educación.

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Nº 5. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE ACCIDENTES ESCOLARES

PROCEDIMIENTOS

RESPONSABLES

PLAZOS

ACCIONES

1. Identificación del accidente.

Docente o personal adulto del establecimiento que observe, presencie o vea o se le informe un accidente

En el momento del accidente.

Otorgar los primeros auxilios, contener, acompañar y calmar al alumno.

2.-Adopción de medidas

Profesor o persona adulta del establecimiento que perciba o se le informe de la situación

En el momento del accidente.

Realizar llamado al SAPU y realizar las consultas pertinentes a la gravedad del accidente. Realizar los primeros auxilios pertinentes a la gravedad del accidente.

3.- Envío del alumno al centro asistencial u hospital

Asistente de la educación

Luego de realizar las medidas precautorias y primeros auxilios.

Se debe enviar de inmediato al alumnos accidentado a la posta de urgencia u hospital más cercano al establecimiento educacional y que pertenezca al sistema de salud público de salud, debiéndose adoptar todas las medidas precautorias cuando el accidentado presente fracturas graves, expuestas o traumatismo encéfalo craneano. En su traslado debe ser acompañado por un asistente de la educación disponible en el instante del

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accidente. Dejar registro interno sobre la situación, especificando la hora de salida del alumno desde la escuela y la respectiva información al apoderado del accidente de su pupilo.

4. Realización de la denuncia a partir de la Declaración de Accidente Escolar (Un original y cuatro copias)

Asistente de la educación

Se realiza en el momento en el que alumnos es ingresado al servicio en que será atendido.

El asistente de la educación debe adjuntar el documento de denuncia de Declaración de Accidentes Escolares (Un original y cuatro copias) en el que precisan datos personales del accidentado y circunstancias del accidente.

5.- Informar al apoderado.

Secretaria.

Se realiza mientras el alumno es trasladado al servicio de salud más cercano.

Avisar telefónicamente a un familiar para que se haga presente en la unidad de emergencia.

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FICHAS DE INTERVENCIÓN Y DENUNCIA ACOSO ESCOLAR / VULNERACIÓN DE DERECHO

ESCUELA MUNICIPAL FERNANDO SANTIVAN VALDIVIA

DENUNCIA SOBRE MALTRATO ESCOLAR FECHA : ________________ HORA: ______

1.1 IDENTIFICACIÓN DE LOS PARTICIPANTES:

Alumno presunta victima

Nombre :

Edad:

Dirección/ Fono

Curso: Profesor Jefe:

Nombre apoderado:

Otro antecedente:

Presunto agresor/a

Nombre :

Edad:

Dirección/ Fono:

Curso: Profesor Jefe:

Nombre apoderado:

Otro antecedente:

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1.2 . Origen o procedencia de la denuncia: _ Alumno/a _ Apoderado del Colegio _ Funcionario del Colegio _ Otro____________________________________________________________ 1.3 Secuencia de los hechos a) Situación de Acoso escolar Lugares dónde se producirían: Observaciones: ………………………………………………………………………….…………………… ………………………………………………………………………………………………. ………………………………………………………………………………………………. ………………………………………………………………………………………………. Datos sobre el tipo de gravedad

Criterio No Si Pocas Veces

Repetidas veces

1. Exclusión Social Activa: No dejar participar

Exclusión por omisión: ignorar al otro

2. Agresiones verbales Insultos , hablar mal de la víctima

3. Agresiones Físicas Directas Golpear

4. Intimidación/ chantaje/amenaza

Amenazar para atemorizar Chantaje, obligar a hacer algo

5. Intimidación por medios tecnológicos:

Computador/mensajes por celular

Observación

En la Clase

En el Patio

En los pasillos

En el comedor

En el gimnasio

En el Bus de acercamiento

En las entradas/ salidas del colegio

Otros especificar

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1. Nombre de quien realiza la

denuncia_______________________________

2. Nombre de quien recepciona la

denuncia____________________________

Fecha de ocurrencia de los hechos relatados_____________________

Firma Entrevistado Firma Coordinación Convivencia Escolar

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CALIFICACIÓN DE DENUNCIA DE MALTRATO ESCOLAR

FECHA : ________________ HORA: ______ 1.1 ANTECEDENTES:

Alumno presunta victima

Nombre :

Edad:

Curso: Profesor Jefe:

Nombre apoderado:

Otro antecedente:

Presunto agresor/a

Nombre :

Edad:

Curso: Profesor Jefe:

Nombre apoderado:

Otro antecedente:

2. Breve reseña de la denuncia ……………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………

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3. Calificación De acuerdo a la ley 20536, promulgada el 17 de septiembre de 2013 Se entenderá por acoso escolar: Toda acción u omisión, constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante. Valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición. La condición de reiterado cuando hayan existido episodios que

CLARAMENTE están conectados hacia el mismo niño que impliquen daño intencionado.

La superioridad está dada por diferencias de nivel relacionadas con habilidades y edad: en cuanto a las habilidades están las habilidades intelectuales (lentitud cognitiva, dificultades de comprensión) y Físicas (motricidad, musculatura) y respecto a edad, diferencias respecto a curso más grandes.

Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante. 4. Conclusión: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… 1. Nombre de quién asiste a la entrevista: …………………………………………………………………… 2. Nombre de quien realiza la entrevista:……………………………………………………………………… Fecha: ……………………………………………………………………………

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Firma Entrevistado Firma Coordinador Convivencia Escolar

PLAN DE ACCIÓN ANTE MALTRATO ESCOLAR I. Identificación de los involucrados:

Nombre Curso /Prof Jefe Participación: Agresor- victima-

testigo

II. Plan de intervención:

Involucrados/ responsables del plan

Objetivo : para qué

Acción: qué

Plazo:

Desde- hasta

-

Observaciones: _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________-_________ III. Retrolimentaciones del plan: Fecha de la próxima entrevista de reporte a involucrados

………………………………

Fecha de la próxima entrevista de reporte a apoderados ……..

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Nombre y firma del encargado de la ejecución y seguimiento global de la intervención:

…………………………………..………………………… 1. Nombre de quién asiste a la entrevista:

……………………………………………………………

2. Nombre de quien realiza la

entrevista:……………………………………………………………..

Fecha: …………………………………………………………………………………

Firma Entrevistado Firma Coordinador de Convivencia Escolar CIERRE SOBRE CASO DE MALTRATO ESCOLAR I. Identificación de los involucrados:

Nombre Curso /Prof Jefe Participación: Agresor- victima-

testigo

1.

2.

3.

II. Con ellos se realizaron las siguientes acciones y se obtuvieron los siguientes logros:

Involucrados/ responsables

del plan

Acción Logro

III. Para evitar situaciones como estas las partes involucradas y los padres y apoderados se comprometen a:

Involucrados Padres y apoderados

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IV. Evaluación cualitativa del plan: apreciación sobre participación de los involucrados, estimación de la efectividad de las medidas y otras observaciones relevantes.

1. Nombre de quién asiste a la entrevista:

……………………………………………………………

2. Nombre de quien realiza la

entrevista:……………………………………………………………..

Fecha: ……………………………………………………………………………………

Firma Entrevistado Firma Coordinador de Convivencia Escolar

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SOLICITUD DE DERIVACIÓN EXTERNA 1.Identificación de la Institución derivante: Escuela Municipal Fernando Santiván, ubicado en Andrés Bello S/N – Valdivia/ Fono de contacto 63 2 214717

2. Identificación del Estudiante:

Nombre del Alumno: ___________________________________________________________. Fecha de Nacimiento: __________________________________________________________. Edad: ___________________. 3. Identificación del Grupo Familiar Nombre de la madre:

_______________________________________________________________

__.

Nombre del Padre:

______________________________________________________________.

Dirección:

_______________________________________________________________

____________. Teléfono:________________________________________________________

__

E-

mail:___________________________________________________________

___

Nombre del apoderado

responsable:___________________________________________________.

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4. Identificación de Institución a derivar:

Nombre de la Institución:

_______________________________________________________.

Teléfono de

Contacto:________________________________________________________

_.

Profesional al que se

deriva:____________________________________________________.

__________________

Nombre, Firma y RUT Apoderado

que autoriza derivación

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RECOPILACIÓN DE ANTECEDENTES ANTE SITUACIONES

DE VULNERACIÓN DE DERECHO LEVE Y GRAVE ABUSO SEXUAL INFANTIL

FECHA : ________________ HORA: ______ 1.1 ANTECEDENTES:

Alumno presunta victima

Nombre :

Edad:

Curso: Profesor Jefe:

Nombre apoderado:

Otro antecedente:

Presunto agresor/a

Nombre :

Edad:

Curso: Profesor Jefe:

Nombre apoderado:

Otro

1.2 . Origen o procedencia de la denuncia: _ Alumno/a _ Apoderado del Colegio _ Funcionario del Colegio _ Otro____________________________________________________________ b) Situación de Vulnerabilidad de Derecho ( Maltrato infantil, Abuso sexual Infantil ) Breve descripción del relato:

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…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………

1. Nombre de quién asiste a la entrevista:

…………………………………………………………

2. Nombre de quien realiza la

entrevista:……………………………………………………………..

Fecha: ……………………………………………………………………………………

Firma Entrevistado Firma Coordinador de Convivencia Escolar

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REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE PADRES Y APODERADOS

ESCUELA FERNANDO SANTIVÁN Título I

Definición, fines y funciones Artículo 1°.- El Centro de Padres y Apoderados es un organismo que comparte y colabora en los propósitos educativos y sociales de la Escuela Fernando Santiván, ubicada en calle Andrés Bello S/N sector Corvi, en la ciudad de Valdivia. Artículo 2°.- El Centro de Padres y Apoderados es una organización apolítica, que representa las inquietudes e intereses de los padres y apoderados en bien de sus pupilos ante los niveles superiores del establecimiento. Artículo 3°.- El Centro de Padres y Apoderados debe:

a) Promover la solidaridad, la cohesión grupal entre sus miembros.

b) Apoyar las labores educativas del colegio, estimular el progreso y el

desarrollo del conjunto de la comunidad escolar.

c) Fomentar la preocupación de sus miembros por la formación y desarrollo

personal de sus hijos y pupilos y, en consonancia con ellos, promover

las acciones del estudio y capacitación que sean convenientes para el

mejor cometido de las responsabilidades educativas de la familia.

d) Integrar activamente a sus miembros en una comunidad inspirada por

principios, valores e ideales educativos comunes, canalizando para ellos

las aptitudes, intereses y capacidades personales de cada uno.

e) Establecer y fomentar vínculos entre el hogar y establecimiento que

faciliten la comprensión y el apoyo familiar hacia las actividades

escolares. Y además estimular la participación de los padres en el

proceso educativo.

f) Proponer y patrocinar iniciativas que favorezcan la formación de hábitos

del estudio y corrección en los alumnos/as.

g) Mantener comunicación permanente con los niveles directivos del

establecimiento, tanto para obtener y difundir entre sus miembros la

información relativa a los programas y proyectos educativos del

establecimiento, como para plantear las inquietudes, motivación y

sugerencias de los padres relacionados con el proceso educativo y vida

escolar.

h) Apoyar la labor educativa del establecimiento, aportando esfuerzo y los

recursos para favorecer el desarrollo integral de los alumnos/as.

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Título II De los socios de sus derechos y obligaciones

Artículo 4°.- Serán socios del Centro de Padres y Apoderados el padre o madre, o en su defecto el tutor o curador que tenga hijos o pupilos en calidad de alumno/a regular del establecimiento, que así lo soliciten, sin perjuicio de su derecho de designar a un tercero para que actué en su representación, siendo respaldado por un poder simple notarial el cual debe ser presentado ante la dirección del establecimiento y después ante el directorio del centro de padres y apoderados. La persona designada debe ser mayor de edad.

Artículo 5°.- La calidad de socio se pierde:

a. Por dejar de pertenecer al alumno al establecimiento educacional. b. Por renuncia voluntaria, la cual debe ser por escrito. c. Por expulsión. d. Por inasistencias reiteradas a las asambleas durante el año.

Artículo 6°.- Le corresponde a la Asamblea General aprobar o no la participación de un socio(a) cooperador(a), el cual podrá ser cualquier persona natural o jurídica que se comprometa a contribuir con el cumplimiento de los fines del Centro de Padres y Apoderados, no tendrá derecho a pertenecer al directorio, ni a participar de las asambleas generales.

Artículo 7°.- El Centro de Padres está formado por las siguientes secciones que formarán parte de la organización.

a) Asamblea general. b) Directorio. c) Comisión revisora de cuentas. d) Sub-Centros de cada curso.

Artículo 8°.- La Asamblea General está constituida por la totalidad de los socios del centro de padres y apoderados de la Escuela Fernando Santiván.

Corresponde a la Asamblea General:

a) Elegir en votación universal, secreta e informada a los miembros del

directorio, los cuales deben reunir los requisitos del artículo 9, el cual

estará a cargo por un período de tres años.

b) Aprobar el Reglamento interno y sus modificaciones de acuerdo al

siguiente procedimiento: Una vez constituido el nuevo directorio, si

éstos proponen modificar el Reglamento Interno deberán citar a una

Asamblea General extraordinaria.

c) Elegir a la comisión revisora de cuentas integrada por tres miembros del

centro de padres, el cual tendrá por función auditar las rendiciones de

cuentas del directorio, auditoría que se llevará a cabo antes de la

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asamblea general de padres y apoderados y al finalizar el año escolar.

La cual debe ser informada a la asamblea general.

d) Tomar conocimiento de los informes, Memorias y Balances que

corresponde entregar al directorio y de la aprobación y/o modificación

del Reglamento Interno. Tratándose de la toma de Memoria y Balance

Anual se debe efectuar a lo menos 30 días antes de la elección del

nuevo Directorio.

e) La Asamblea General se reunirá, a lo menos, tres veces al año. La

primera se realizará 30 días después de iniciado el nuevo período

escolar para tomar conocimiento de las Memorias y Balance Anual. Las

reuniones serán citadas con una semana de anticipación como mínimo;

la citación incluirá la Tabla a tratar.

f) La Asamblea General se llevará a efecto con un quórum del 50% de la

asistencia; se hará una segunda citación para 15 minutos más tarde. Si

no hubiese quórum. Después de la segunda citación a la Asamblea se

constituirá válidamente con el número de padres y apoderados que

asistan. Esta modalidad será recordada en la citación.

Artículo 9°.- El Directorio del Centro de Padres está constituido por padres y apoderados elegidos en votación secreta e informada. Podrán postular los padres o apoderados que cumplan los siguientes requisitos:

Ser socio activo del Centro de Padres y Apoderados.

Ser mayor de edad.

No encontrarse en situación condicional ni el alumno o el

apoderado.

Tener una antigüedad de 1 año en el establecimiento.

La elección del Directorio deberá efectuarse dentro de 90 días de iniciado el año escolar en el establecimiento.

Son funciones del Directorio del Centro de Padres las siguientes:

a) Dirigir al Centro de Padres y de apoderados de acuerdo a sus fines,

funciones y administrar sus bienes y recursos.

b) Representar al Centro de Padres antes la Dirección del

establecimiento, la comunidad escolar y demás organismos y

agentes externos con los cuales deben vincularse.

c) Elaborar los planes, programas y proyectos de trabajo del Centro y

difundirlos entre sus miembros.

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d) Convocar a reuniones de la Asamblea General.

e) Supervisar las actividades que realizan los organismos internos del

centro y sus comisiones.

f) Estimular la participación de los padres y apoderados en las

actividades del centro y apoyar decididamente aquellas iniciativas y

programas de trabajos resuelto por los sub.-Centros que contribuyen

al cumplimiento de las funciones del Mismo. Según normativa del

Centro de Padres.

g) Informar periódicamente a la dirección del Establecimiento acerca

del desarrollo del programa de trabajo del Centro, de las inquietudes

e intereses de los padres en torno a la marcha de proceso escolar y

obtener de dicha Dirección la información indispensable para

mantener compenetrados a los padres de los propósitos y desarrollo

del proyecto educativo del establecimiento.

h) Elaborar los informes, Cuentas, Memorias, Balances y otros.

i) El directorio estará formado por:

a) Ejecutivo:

- Presidente. - Vice-presidente. - Secretario. - Tesorero.

Estos a su vez podrán formar comisiones de trabajo. Artículo 10°.- Serán elegidos miembros del directorio aquellos que en una misma y única votación obtengan mayor cantidad de votos, correspondiéndole el cargo de presidente, a quien obtenga la primera mayoría individual, la segunda mayoría al vicepresidente, la tercera mayoría al secretario, la cuarta mayoría al tesorero.

Artículo 11°.- El Directorio de Centro de Padres durará 3 años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos sus miembros en votación universal, secreta e informada. La Directiva se reunirá en forma especial ordinaria bimensual o mensual y en extraordinaria cuando sea necesario.

Artículo 12°.- El presidente tendrá la responsabilidad de la Dirección y representación del Centro General frente a la Dirección del colegio, Comité Ejecutivo y organismos de la Comunidad. Corresponde, además al Presidente desempeñar las siguientes funciones:

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a) Velar por el cumplimiento de Reglamento interno y de los

acuerdos de Asambleas.

b) Dirigir las asambleas ordinarias, extraordinaria y las reuniones

del Directorio de la misma, así como la mesa de delegados. En

su ausencia será reemplazado por el Vicepresidente.

c) Confeccionar una tabla a desarrollar, debiéndose hacerse

asesorar para el efecto por el secretario.

d) Velar la puntualidad en el inicio y término de las reuniones.

e) Fomentar la participación de todas las personas asistentes.

f) Favorecer un ambiente de respeto y tolerancia mutua entre los

asistentes.

g) Buscar el consenso en las materias a tratadas en Asambleas y

reuniones.

h) Actuar con sinceridad, firmeza y respeto para hacer digna su

organización ante los demás.

i) No debe asumir compromisos de importancia que no hayan sido

previamente analizados y acordados en las Asambleas

Generales o reuniones.

j) Dejar testimonio de sus realizadas en nombre del Centro.

k) Dar cuenta a sus representantes de los contactos y acciones que

realice en nombre de su organización.

l) Informar a la Dirección de establecimiento de las labores del

Centro General, actividades en ejecución y planes a futuro.

m) Dirigir y responder de todos las actividades que se realicen en el

nombre del Centro.

n) Rendir cuenta anual al término de su gestión.

Artículo 13°.- El vicepresidente colaborará en la ejecución de tareas del Directorio y funcionamiento de las comisiones de trabajo. Si el presidente está imposibilitado de continuar con el desempeño de su cargo, debe ser reemplazado por el Vicepresidente hasta una nueva elección. En el caso de imposibilidad de continuar el vicepresidente, debe ser reemplazado por otro miembro del Ejecutivo.

Artículo 14°.- Son atribuciones al Secretario las siguientes:

a) Propiciar y fomentar las relaciones públicas del Centro de

Padres, con los sub.-centros y con la comunidad.

b) Llevar el libro de actas de todas las reuniones del Centro de

Padres, la cual será sometida aprobación en la próxima reunión.

c) Mantener en archivo la documentación del Centro de Padres.

d) Llevar la correspondencia interna y externa.

e) Citar a quienes corresponda a Asambleas y reuniones siguiendo

el esquema establecido para ello. Contando si fuera necesario

con el apoyo del colegio.

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f) Llevar un libro de control de alumnos, por curso y sus respectivos

apoderados.

g) Llevar un libro de Control de asistencia.

Artículo 15°.- Corresponde al Tesorero del centro de Padres las siguientes atribuciones:

a) Llevar un libro de contabilidad al día, de los recursos

económicos del Centro de Padres.

b) Llevar un inventario de los bienes del Centro de Padres.

c) Presentar una forma extraordinaria un estado de Tesorero y el

balance general de todo el movimiento contable del respectivo

periodo cada vez que lo acuerde el Directorio de la Asamblea

General.

d) Mantener un archivo de vales, boletas, facturas y todo

documento en que conste de gastos y, además, los movimientos

de la cuenta bancaria hechos por la tesorería.

e) Llevar un registro de control de pagos de la cuenta que cada

apoderado cancela al Centro de Padres.

f) Abrir una libreta bancaria bi-personal a nombre del Tesorero y

Pro-tesorero, documento que debe permanecer en poder del

tesorero hasta fin del periodo.

g) Manejar una caja chica para gastos menores, cuyo monto será

fijado anualmente por la Directiva.

h) Debe emitir y exigir recibos por todos los movimientos de dinero.

i) En ausencia, será reemplazado por el vice-presidente con sus

mismas facturas y obligación.

Artículo 16°.- Por cada curso del establecimiento debe existir un Sub-Centro de Padres, el que estará integrado por los padres y apoderados del respectivo curso que deseen participar en él. A los sub.-Centros corresponde, cumplir y promover las funciones del Centro de Padres establecidas es este Reglamento Interno.

Dentro de 30 días de iniciado el año escolar en el establecimiento, cada curso en presencia del Profesor Jefe, elegirá democráticamente una directiva y a lo menos un delegado que lo representen en el Consejo de Delegados. La Directiva y los delegados permanecerán un año en sus funciones.

La directiva de cada Sub-Centro estará integrada por el Presidente, vicepresidente, secretario, un tesorero y un delegado. A.- Funciones de las directivas de cada Sub-Centro:

1.- Estimular la participación de todos los miembros del Sub-Centro en las actividades promovidas y programadas por el Centro de Padres. 2.- Poner en ejecución los programas específicos de trabajo y decisiones que en el marco de los fines y funciones del centro de Padres, sean resueltas por los miembros del Sub-Centro.

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3.- Vincular al Sub-Centro con la directiva del Centro de Padres con los otros Sub- Centros, y cuando corresponda con la Dirección del establecimiento y con los profesores Jefes de Curso.

B.- Funciones del Presidente: 1.- Es función del presidente del sub- centro asistir regularmente a reunión de curso. 2.- Planificar y organizar actividades de curso. 3.- Trabajar en equipo con toda la directiva y el curso, velando por los intereses de este último.

C.- Funciones del Tesorero: 1.- Es función del tesorero del sub-centro asistir regularmente a reunión de curso. 2.- Cobrar cuota fijada por el curso en el principio de año. 3.- Dar recibo por cuota recibida. 4.- Llevar registro de ingresos y egresos de dinero. 5.- Hacer balance semestral e informarlo por escrito al curso. 6.- en caso de existir, depósitos a plazo, cuentas de ahorro, mutuos, etc., estos deberán ser realizados y firmados por el tesorero, mas otro apoderado. 7.- Todos los documentos relacionados con dinero deberán estar a disposición de los apoderados cuando estos lo solicite.

D.- Funciones del Secretario. 1.- Realizar Acta de cada una de las reuniones.

E.- Función del Apoderado: 1.- Es función del apoderado del curso asistir regularmente a reunión de curso. 2.- Cancelar las cuotas anuales oportunamente. 3.- Cooperar y participar en las actividades programadas por el curso.

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Reglamento de evaluación y promoción Escuela Fernando Santiván

Decreto Exento 511/08.05.1997

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Identificación del establecimiento

Director: Juan Pablo Caro Bustamante

Dirección del establecimiento: Andrés Bello s/número

R. B. D. 6780-6

Ciudad: Valdivia

Fono: 2214717

E-mail: [email protected]

Página Web: www.escuelafernandosantivan.cl

Fundación del establecimiento:

1960

Dependencia: Municipal

Modalidad: Básica

Horario de funcionamiento: 08:00 – 19: 00 hrs.

Horario de clases: 08:30 a 13:30 – 14:30 a 16:00 hrs.

N° de docentes directivos: 3

N° de docentes: 35

N° de educadoras diferencial: 3

4 psicopedagogas

N° de asistentes de la educación:

22

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Categoría: Autónomo

N° de alumnos prioritarios: 356

Atención a alumnos con NEE 107

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I.- INTRODUCCIÓN

“La Evaluación es un proceso permanente, cuya finalidad es

proporcionar información al profesor(a) para apoyar a los estudiantes en su

proceso de aprendizaje, involucrando a ambos en el logro de los objetivos

educacionales propios de cada nivel”. (Decreto Evaluación Nº 83)

La Dirección del Establecimiento en virtud de las facultades que le han

sido otorgadas y en conformidad a lo dispuesto en el Decreto Exento Nº

511/08.05.1997 y su modificación en 2003, “Reglamento de Evaluación y

Promoción Escolar de Niñas y Niños de Educación Parvularia, Decreto Nº 115,

y Enseñanza Básica”, Nº 112 de 1999; Decreto Nº 158 de 1999 que modifica

Decreto Supremo Exento de Educación Nº 511/ 1997 y Ex. Nº 107/ 2003, los

cuales aprueban y p r o m u l g a n normas de Evaluación y Promoción Escolar

para la Enseñanza Básica, además la ley Nº 20.201, Decreto 170, que incluye

alumnos con Necesidades Educativas Especiales en concordancia con el

propósito de dar mayor flexibilidad al Sistema Educacional y a su proceso de

conducción, por parte de los establecimientos educacionales poniendo énfasis

en la Calidad de la Educación, sin ningún tipo de distinción y considerando que

se hace necesario aumentar la responsabilidad pedagógica de nuestros

docentes, en el proceso de enseñanza-aprendizaje de nuestros estudiantes, en

donde el fin sea asegurar y ofrecer diversas experiencias de aprendizaje,

desarrollar habilidades, que formen parte de la base del aprendizaje

significativo, expresados en este Reglamento en relación a normas de

Evaluación, Calificación, y Promoción, de las alumnas y alumnos en el

Establecimiento.

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II.- DISPOSICIONES GENERALES Articulo Nº1: El presente Reglamento, establece los procedimientos de evaluación y promoción de los alumnos/as de la Escuela Fernando Santiván de Valdivia. Art Nº2:

La importancia del Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar radica en que: “La evaluación es un proceso permanente, cuya finalidad es proporcionar información al profesor(a) para apoyar a los estudiantes en su proceso de aprendizaje, involucrando ambos en el logro de los objetivos educacionales propios de cada nivel” (Decreto Exento de Evaluación N° 112, Nº 511 y Nº 83). La Evaluación se traduce en una calificación, nota o concepto, la cual determina, junto al requisito de asistencia, la promoción de los alumnos (as)”. - Complementa la normativa vigente y está basado en nuestra realidad educacional y social, como establecimiento, el que incluye orientaciones técnicas para la evaluación de los alumnos con NEE. Art. 3°

Toda situación no prevista en el presente Reglamento, será resuelto por el Director del Establecimiento previa consulta a la Unidad Técnico Pedagógica, Profesoras y/o Profesores Jefes, de asignatura según corresponda. Si alguna de estas situaciones especiales, excediera las atribuciones del Director, los antecedentes serán enviados para su resolución, a la Dirección Provincial de Educación de Valdivia.

Art. 4°

El Establecimiento utiliza los Programas de Estudio Oficiales del Ministerio de Educación, cumpliendo con los Objetivos de los Planes y Programas de estudio de Educación Básica expuestos en el Decreto Exento Nº 2960 del 2012. Art. 5º

El proceso de Evaluación y Promoción escolar de nuestras alumnas y alumnos, se enmarca en lo establecido por los Decretos Supremos de Educación Nº 511 de 1997, Nº112 de 1999 y 158 de 1999 para la Enseñanza Básica y sus respectivas modificaciones exentas.

Art .6º

La vigencia del Reglamento de Evaluación es permanente, no obstante esto, podrá estar sujeto de revisión anualmente.

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Difusión del Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar

Art. 7º El Reglamento de evaluación será sometido a consideración de parte

del Consejo de Profesores y éste será dado a conocer a los padres y apoderados en el mes de marzo y a los alumnos en el horario de Orientación. Estará disponible en Dirección, Unidad Técnica Pedagógica y en formato online.

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III.- DE LA EVALUACIÓN.

Art. 8° El Proceso de Evaluación deberá comprender y permitir a los alumnos y

apoderados, en relación a los alumnos: 1. Conocer procedimientos e instrumentos que utilizan los docentes para

evaluar el logro de los aprendizajes correspondientes al nivel en el que se encuentre el alumno.

2. Conocer su propio rendimiento, comprendiendo la complejidad de las tareas emprendidas y sus propias capacidades.

3. Ser informado de los resultados del proceso evaluativo, que se traduce en las calificaciones y conceptos.

4. Recibir retroalimentación en base a las evaluaciones y aprendizajes. 5. Ser atendidos de acuerdo a las Necesidades Educativas Especiales, de

tipo Transitorio y Permanente, mediante adecuaciones curriculares. En relación a los apoderados:

1. Conocer las formas evaluativas y sus correspondientes resultados. 2. Recibir dos informes de notas al semestre.

En relación a los docentes:

1. Identificar las necesidades educativas de los alumnos, a fin de proporcionar oportunamente medidas pedagógicas r e m e d i a l e s que favorezcan el aprendizaje de todos los alumnos y alumnas.

2. Comunicar los resultados de las evaluaciones aplicadas a los alumnos y alumnas en un plazo que no debe exceder los quince días.

3. Identificar y derivar a los alumnos con NEE a los especialistas del programa.

4. Retroalimentar en base a las evaluaciones y aprendizajes.

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Art. 9º Las calificaciones o notas, son un producto significativo del proceso

evaluativo, ellas expresan aspectos cuantitativos y cualitativos del aprendizaje escolar, sin embargo, no constituyen la única, ni principal fuente de información al respecto para los alumnos, su familia y/o los docentes. No obstante, la nota o calificación puede asumir un rol de estimulación en casos específicos. Art. 10º

Los períodos de evaluación serán semestrales. El Establecimiento considera la aplicación de diferentes tipos de evaluación: Momentos y funciones de la evaluación, qué evaluar, cuándo evaluar, procedimientos de evaluación. Diagnóstica: Se entenderá como evaluación diagnóstica, a aquella evaluación aplicada al inicio de cada año escolar cuya función sea determinar las habilidades y conocimientos con que los niños (as) comienzan un proceso de aprendizaje, la cual permitirá al Docente planificar las actividades pedagógicas en función a las necesidades de los alumnos (as). Formativa: Se entenderá como evaluación formativa a todo proceso de enseñanza – aprendizaje cuya función sea monitorear el progreso del aprendizaje de los estudiantes, cuya finalidad sea detectar debilidades en el mismo, para la elaboración de acciones pedagógicas remediales o de refuerzo, que aseguren un efectivo logro de los objetivos de aprendizaje establecidos. Sumativa e integrada: Se entenderá como evaluación sumativa a aquella diseñada y aplicada al finalizar una unidad de aprendizaje, o ajustada al calendario de evaluaciones anualmente determinadas por el establecimiento. Su función será medir el nivel de logro en conocimientos, habilidades y actitudes de los estudiantes, según objetivos de aprendizaje establecidos. Ésta será consignada como una calificación coeficiente 1, en el leccionario correspondiente a cada curso e incidirá directamente en la promoción o reprobación escolar. Además permitirá establecer una visión global de los aprendizajes alcanzados por las alumnas (os) ya sea, de una parte o de todo el proceso educativo.

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Se establece el proceso de evaluación mensual en las siguientes asignaturas; matemática, lenguaje, historia y geografía, ciencias naturales e inglés, estas son de carácter sumativa por lo que se realizaran tres veces al semestre de la siguiente manera:

a) A principio de año, en la primera reunión de apoderados, se entregará el calendario de evaluación mensual del 1er semestre. De la misma manera, en la primera reunión de apoderados del segundo semestre.

b) La semana de evaluación se llevará a cabo después de cuatro semanas de clases.

c) Para cada asignatura, antes mencionada, se asignará un día de la semana de evaluación estableciéndose un horario fijo desde 1° a 8° básico para el desarrollo de cada prueba.

d) Cada evaluación será revisada por medio de una pauta de evaluación por la unidad técnica pedagógica una semana antes de su aplicación.

e) Los resultados de la evaluación mensual deben ser entregados en un máximo de dos semanas a contar de la realización de la prueba.

f) Los estudiantes que hayan faltado a esta evaluación y habiendo justificado su inasistencia tendrán el derecho de rendir su evaluación en la fecha que el docente de la asignatura estipule.

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Protocolo para la realización de la prueba mensual Encabezado y estructura del instrumento: cualquiera Logo del colegio: lado superior izquierdo de la hoja

Nombre del colegio: lado superior izquierdo de la hoja

Asignatura: lado superior izquierdo de la hoja

Nombre del profesor (a): lado superior izquierdo de la hoja

Fuente: Arial 12

Título: Arial 12 en negrita y mayúscula

Datos generales del alumno:

- Nombre

- Curso

- Fecha

- Ptje Ideal

- Ptje Real

Cuadrado de la nota de los estudiantes: lado superior derecho de la hoja

Fuente: Arial 12

Interlineado: sencillo

Márgenes: superior e inferior 2,5

Izquierdo y derecho 3,0 Tipo de hoja: oficio

Párrafo: justificado

Items. Puntaje de cada pregunta Mínimo de preguntas, item o reactivos:

- 25 Primer Ciclo

- 35 segundo Ciclo

Niveles de dificultad de la evaluación En función a las habilidades desarrolladas en clases:

- Nivel Básico

- Nivel Intermedio

- Nivel avanzado

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Hoja de respuesta Al final de la evaluación, elaborada por la Unidad técnica Pedagógica Indicaciones Antes de cada grupo de ítems se debe señalar los objetivos y aprendizajes pasados en clase. Tipos de items:

- Selección simple

- Selección Múltiple

- Preguntas de desarrollo (un máximo de cuatro preguntas)

Tabla de especificaciones: Se sugiere la realización de una tabla de especificaciones previo a la prueba con el objetivo de establecer los contenidos y habilidades clase a clase y así mismo crear un banco de items para la evaluación.

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Protocolo para la aplicación de la prueba mensual

a) La prueba será aplicada cada cuatro semanas, por medio del sistema de evaluación mensual y en línea para todo el establecimiento. Este proceso estará a cargo de la Unidad Técnico Pedagógica, específicamente de los coordinadores de ciclo.

b) El calendario de pruebas y los responsables de éstas, se entregará al inicio del año escolar 2015.

c) El profesor asignado debe velar por propiciar las mejores condiciones tanto de convivencia como de orden para la efectiva ejecución de la evaluación en el curso asignado.

d) Las evaluaciones serán elaboradas para un mínimo de 70 minutos de duración.

e) Para la revisión del instrumento de evaluación, se establece que ésta debe ser entregada con una semana de antelación a la Unidad Técnica Pedagógica, la cual realizará la respectiva revisión de la prueba para su posterior aplicación.

f) La prueba solo será fotocopiada si ésta es autorizada por la Unidad Técnica Pedagógica.

g) El docente responsable de la evaluación, según calendario, debe: Asegurarse que las evaluaciones estén en los cursos en los cuales hace clases (en horario de recreo, previo a la prueba)

h) Distribuir junto a su coordinador de ciclo las pruebas en el recreo correspondiente, debiendo estar las evaluaciones boca abajo en cada uno de los puestos.

i) Los estudiantes deben cumplir al menos el tiempo mínimo establecido, 70 minutos, para salir de la sala de clases.

j) Cada profesor (a), que se encontrara con el curso en la clase previa a la evaluación, tiene la responsabilidad de dejar la sala de clases en óptimas condiciones de aseo y limpieza, estableciéndose que la prueba NO comenzará si lo anterior no se cumple.

k) Los profesores que sean responsables de aplicar las evaluaciones en cada uno de los cursos, deben:

l) asegurarse con 5 minutos de antelación que la sala de clases esté en condiciones y con las evaluaciones correspondientes.

m) Formar a los estudiantes, afuera de sala de clases, distribuyendo los puestos por orden de lista.

n) Asegurarse que no hayan elementos u objetos distractores para los estudiantes.

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1. Evaluación de término de periodo: Se aplicará una evaluación la

última semana del mes de noviembre, la cual contempla progresión de

objetivos de aprendizaje y habilidades mínimas requeridos para el nivel,

proporcionada por el ministerio de educación, cuyos resultados serán

utilizados para tabulación de información del plan de mejora del año en

curso.

2. La prueba especial: Existirá una prueba especial que se aplicará al

término del año escolar a aquellos alumnos cuyo promedio se vea

comprometido con su promoción escolar, esta estará a cargo de cada

profesor de asignatura, y antes de su aplicación los alumnos deberán

conocer los contenidos para la aplicación de dicha prueba, con al menos

una semana de anticipación.

3. Evaluación Diferenciada: Deberá ser aplicada a todos los alumnos y

alumnas que presenten Necesidades Educativas Especiales, de tipo

permanente o transitorias, que tengan causal física, motriz, neurológica,

sicológica, siquiátrica o pedagógica debidamente acreditada ante el

profesor o profesora jefe, quien deberá informar a la Dirección y Unidad

Técnico Pedagógica, mediante certificados oficiales del o los respectivos

especialistas.

4. En relación a la prueba mensual, a los alumnos con NEE de tipo,

permanentes y con funcionamiento intelectual limítrofes, se les aplicará

una evaluación que contenga adecuaciones curriculares en las

asignaturas evaluadas, siendo el profesor de educación diferencial el

encargado de adecuar el instrumento junto al profesor de la asignatura.

Además se realizará una consideración en relación a los ítems a evaluar,

que será sólo el nivel inicial e intermedio, Considerando el grado de

dificultad de la prueba una vez revisada ésta.

5. Finalmente, queda establecida la presencia de educadoras diferenciales

o psicopedagogas durante el desarrollo de la evaluación mensual con el

fin de apoyar el proceso en los estudiantes con NEE.

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Art. 11 °

Las alumnas y alumnos podrán ser evaluados en cualquier hora de

clases y/o actividad de una asignatura, bajo cualquier modalidad de las antes

mencionadas, acerca de los objetivos tratados o en desarrollo, de la unidad

didáctica que se esté trabajando. Sin embargo, en el caso de las evaluaciones

Sumativas o Terminal de Proceso los objetivos y temarios, deberán ser

informados oportunamente y por escrito al hogar al menos una semana antes

de su aplicación, información que será responsabilidad del profesor de

asignatura. Siendo la Unidad Técnico Pedagógica la encargada de

proporcionar las fechas en que serán realizadas dichas evaluaciones. Es

imprescindible que esta información sea registrada en el apartado

correspondiente a cada asignatura en el Libro de Clases, así como toda fecha

de evaluación.

Art. 12°

Los profesores y profesoras procurarán que no se rinda más de una

Prueba escrita diariamente, sin embargo, si por razones de organización

interna ello no es posible, lo avisarán oportunamente a los alumnos y alumnas.

Art. 13°

La evaluación de los Objetivos Fundamentales Transversales, será

realizada permanente y directamente a todas las alumnas y alumnos del

Establecimiento y se informará a sus padres y/o apoderados, a través del

Informe semestral o cuando así lo requieran. Se expresará en conceptos y no

tendrá incidencia alguna en la Promoción Escolar, aunque sí constituirá un

antecedente para considerar la permanencia de la alumna o alumno en el

Establecimiento, acorde al Reglamento Interno, quedando registro de tales

conceptos en un resumen que se anexará al libro de clases.

Art. 14°

Los alumnos deberán recibir toda prueba, informe, trabajo práctico,

disertación u otro, corregido de parte de sus profesores, pues aquellos

constituyen un instrumento más de aprendizaje. Se podrá calificar la revisión de

cuadernos, tareas, carpetas y otros trabajos de menor complejidad con nota

acumulativa o porcentaje que se traducirá en calificación parcial. Posterior a la

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entrega de las evaluaciones, tanto de proceso, como acumulativas, los

docentes deberán realizar la retroalimentación respectiva, que será

supervisada por la UTP cuando estime conveniente.

Art. 15°

Ante dos evaluaciones deficientes continuas, o proyección de promedio

deficiente, el profesor o profesora de asignatura deberá informar al profesor jefe

y citar al apoderado para comunicar personalmente el rendimiento y establecer

en conjunto medidas que reviertan la situación, proporcionando al apoderado

un plan de trabajo a desarrollar por el alumno(a).

Art. 16º

Toda prueba escrita deberá indicar claramente el/los objetivo(s) así

como el puntaje específico de cada ítem, manteniendo una óptima

presentación, redacción, restricciones y/o recomendaciones para su desarrollo.

Del mismo modo, cualquier otro tipo de evaluación deberá explicitar claramente

al alumno, la pauta de evaluación que se utilizará para su calificación.

Los instrumentos de evaluación: Los docentes deberán confeccionar los

instrumentos de evaluación que consideren pertinentes de acuerdo a los

objetivos de Aprendizaje.

• Pruebas Escritas

• Interrogaciones Orales

• Trabajo Práctico

• Realización de tareas.

• Ensayos

• Laboratorios

• Salidas a terreno

• Registros anecdóticos

• Listas de Cotejo

• Rúbricas.

• Diálogos

• Disertaciones

• Cuestionarios

• Entrevistas

• Portafolios

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• Mapas Conceptuales

• Proyecto

• Informes

• Líneas de Tiempo

• Organizadores gráficos.

• Otros.

IV.- DE LA INASISTENCIA A EVALUACIONES

Art. 17º

La inasistencia a cualquier evaluación fijada con anticipación, deberá ser

justificada personalmente por el Apoderado al docente de la asignatura con

evaluación pendiente en el plazo máximo de una semana. El alumno

inasistente deberá estar preparado para rendir su evaluación una vez que se

reintegre a clases. El responsable de tomar la prueba es el profesor de la

asignatura con evaluación pendiente en el periodo de clases que estime

conveniente.

En caso de no justificarse la inasistencia, en los plazos establecidos, a la

evaluación se procederá a calificar con la nota mínima 2.0.

4. - DE LAS CALIFICACIONES.

Art. 18 °

Los resultados de las evaluaciones, s e r á n expresadas como calificaciones,

para efectos de su registro el documento oficial es el Libro de Clases, se regirá

por una escala numérica de 2.0 a 7.0 de 1° a 6° Año Básico y de 1.0 a 7.0 en

7° a 8º Año Básico, la cual se expresará con un decimal, siendo la calificación o

nota mínima de aprobación 4.0. Los alumnos/as que reporten Necesidades

Educativas Especiales estén o no en el Programa de Integración Escolar, serán

evaluados de forma diferenciada como se explica en el art. 10, letra f)

Art. 19°

Todos los alumnos serán calificados en todas las asignaturas del Plan de

Estudios que incidan en su Promoción, utilizando la escala mencionada en el

art. anterior.

Art. 20°

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Las calificaciones obtenidas por los alumnos en la asignatura de Religión, no

incidirá en la promoción de curso y los conceptos serán MB: Muy Bueno; B:

Bueno; S: Suficiente; I: Insuficiente. Esta asignatura es optativa para el alumno

y su familia.

Art. 21°

El promedio semestral, se expresará con un decimal, sin aproximación;

la aproximación a la décima superior ocurre sólo en el promedio anual.

Art. 22°

Las calificaciones parciales, corresponden a todas las calificaciones

obtenidas por el alumno durante el semestre escolar, en cada uno de las

asignaturas del Plan de Estudios.

Art. 23°

Las calificaciones o promedios semestrales, corresponden al promedio

matemático o media aritmética de todas las calificaciones parciales obtenidas

por el alumno/a durante el semestre escolar, en cada uno de las asignaturas

del Plan de Estudios.

Art. 24°

El número de calificaciones mínimas en el semestre, en cada asignatura

del plan de estudios, deberán ser coherentes con la cantidad de horas de clase

semanales que se impartan más dos. Como muestra el siguiente cuadro:

Lenguaje y Comunicación 8 notas

Matemática 8 notas

Ciencias Naturales 6 notas

Historia, Geografía y Ciencias Sociales 6 notas

Tecnología 5 notas

Educación Artística 5 notas

Artes Visuales 5 notas

Música 5 notas

Educación Física y Salud 6 notas

Inglés 5 notas

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Art. 25°

La calificación Final o Promedio Anual de 1º a 8º Año de Enseñanza

Básica corresponderá al promedio matemático o media aritmética aproximado,

considerando hasta el segundo decimal.

Art. 26º

No existe excusa que justifique la omisión de trabajos o deberes

escolares por parte de un alumno (a), salvo que por motivos médicos o

situaciones debidamente justificadas, el alumno se hubiere visto impedido de

realizarlos. La no presentación de trabajos prácticos en la fecha previamente

estipulada por el (la) profesor (a) significará una reprogramación de la fecha y si

en una nueva oportunidad sucede lo mismo, pero no es debidamente

justificada, se procederá a calificar con nota mínima de 2.0 (dos coma cero), la

que deberá ser promediada con la (s) nota (s) del proceso.

Art. 27°

Es necesario que los integrantes de la comunidad educativa mantengan

discreción sobre las Necesidades Educativas Especiales y también respecto de

la evaluación diferenciada. Esto quiere decir que en la única parte que se

consigna la situación es en el ítem Calificaciones del Libro de Clases, en cada

asignatura, donde dice: Resolución Interna (Evaluación diferenciada –

eximición) para no vulnerar la integridad psicológica del alumno/a.

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V.- DE LAS SITUACIONES ESPECIALES

Art. 28°

Si un estudiante es sorprendido faltando a la honradez frente a un

procedimiento evaluativo, el profesor deberá adoptar alguna de las siguientes

medidas: retirar el instrumento de evaluación debiendo ser corregido con

aquello que el alumno contestó hasta al momento de su falta, reportar dicha

situación en UTP, informar al apoderado por escrito o citándolo a una

entrevista, dejar constancia en el Libro de Clases.

Art. 29°

El profesor que reciba una prueba en blanco por un/a alumno/a deberá

conversar dicha situación para buscar un acuerdo que beneficie el aprendizaje

del (de la) alumno(a). En este sentido, es importante que el (la) alumno(a)

pueda rendir nuevamente la evaluación, aunque en esta segunda oportunidad

la escala de notas podría ser graduada de modo diferente, según lo estime el

docente. Si la situación persiste se dejará registro en el libro de clases y se

evaluará con la nota mínima.

Art. 30°

Los estudiantes que participen en eventos relativos a diferentes áreas

del currículo, en representación de su curso o del establecimiento, tendrán

derecho a la reprogramación de sus evaluaciones.

VI.- DE LA EXIMICION DE UNA ASIGNATURA

Art. 31 º

No existirá eximición del trabajo en ninguna asignatura contemplada en

el plan de estudios. No obstante el Director(a) del Establecimiento previa

consulta a la Unidad Técnica Pedagógica, al Profesor Jefe del curso y al

Profesor correspondiente, podrá autorizar la eximición de hasta un sector de

Aprendizaje en casos debidamente fundamentados. (Modificación al Decreto

Supremo 511 / 97 y al Decreto Exento 158/ 99).

Requisitos y motivos que permitirán dicha eximición:

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- Los alumnos (as) que acrediten tener Necesidades Educativas Especiales

Permanente.

- Los alumnos que presenten incapacidad o problemas de salud permanente.

Ambos casos deberán ser debidamente justificados y documentados por el

apoderado a la Dirección del Establecimiento.

Art. 32°

La vigencia de la eximición será como máximo un año lectivo, pudiendo

ser renovada la solicitud las veces que sea necesario y que se emplee el

procedimiento señalado en el artículo anterior.

Art. 33°

La eximición de la asignatura de Educación Física no implica

necesariamente ausencia de evaluaciones, ya que el alumno puede realizar

otras actividades relacionadas con la asignatura, que impliquen actividad física

moderada o de acuerdo a la condición del alumno/a y que estarán a cargo del

profesor que adecuará el currículum a dicha eximición.

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VII.- DE LA PROMOCION ESCOLAR.

Art. 34º

Los alumnos/as que al final del año escolar tengan una o más

asignaturas reprobadas, indistintamente cual sea esta, tendrán la opción de

rendir pruebas especiales, las que independiente de las notas obtenidas, solo

accederán a la aprobación con una nota de 4.0. Siendo el responsable de su

ejecución el docente de asignatura.

Art. 35º

Serán promovidos todos los alumnos de 1º a 8º año de Enseñanza

Básica, que hayan aprobado todas las materias del plan de estudio que incidan

en la promoción y que además, hayan asistido al 85% de las clases realizadas.

Art. 36º

Además serán promovidos, todos los alumnos de 1º a 8º año de

Enseñanza Básica, que hayan reprobado una asignatura del plan de estudios

que incida en su promoción, siempre y cuando su promedio general de

calificaciones, sea igual o superior a 4,5 incluida la asignatura reprobada.

Art. 37º

Serán promovidos además, todos los alumnos de 1º a 8º año de

Enseñanza Básica, que hayan reprobado dos asignaturas del plan de estudios,

que incidan en su promoción, siempre y cuando su promedio general de

calificaciones, sea igual o superior a 5,0 incluidas las asignaturas reprobadas.

Art. 38º

Los alumnos/as que no logren el 85% mínimo asistencia requerido para

su promoción, podrán ser promovidos cuando se respalden con certificación

médica, siendo el consejo de profesores el que resuelva dicha situación,

mediante previa solicitud escrita, por parte del apoderado/a al Consejo. Esta

resolución no podrá ser otorgada por dos años consecutivos.

Art. 39º

Repetirán curso todos los alumnos que no cumplan con las exigencias

mínimas establecidas para la promoción expuestos en los artículos anteriores,

sin apelación de ninguna naturaleza.

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Art. 40º

Todas las situaciones de evaluación y calificación de los alumnos de 1º a

8º año de Enseñanza Básica deberán quedar resueltas dentro del período

escolar correspondiente, sin excepción alguna.

Art. 41 º

Una vez finalizado el proceso, el establecimiento emitirá y entregará al

apoderado oficial del alumno un Certificado Anual de Estudios, que indique las

asignaturas cursadas, con las calificaciones obtenidas y la situación final del

alumno, que corresponda.

Art. 42°

Los alumnos provenientes del extranjero, tendrán el carácter de

“alumnos provisionales” y deberán regularizar su situación de convalidación de

estudios, a través de la solicitud de su apoderado ante el Ministerio de

Educación, el que oficiará a la Dirección del Colegio.

Art. 43º

Los alumnos o alumnas provenientes de otros establecimientos del país,

que durante el año escolar, real icen traslado de establecimiento, deberán

presentar la siguiente documentación: estado de calificaciones en todas las

asignaturas, siendo el profesor jefe el encargado de traspasar esa información

al libro de clases, certificado de traslado, de promoción del año anterior y de

nacimiento.

Art. 44 º

En caso de inasistencia a la prueba especial que se aplica al término de

año y que eventualmente un alumno en situación de reprobado deba rendir no

tendrá justificación a menos que cuente con la certificación médica, por

actividad de representación de la escuela, fallecimiento de un cercano u otro

debidamente justificado, en caso de no contar con ello, el profesor determinará

la situación final del alumno en base a los antecedentes de los cuales

disponga.

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REGLAMENTO INTERNO

CENTRO DE ALUMNOS

ESCUELA FERNANDO SANTIVÁN

VALDIVIA

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REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE ALUMNOS

El Reglamento Interno del Centro de Alumno de la escuela Fernando Santiván de Valdivia, se rige por el Decreto N°524, sobre Reglamento General de Centros de Alumnos, modificado por el Decreto Nº 50 del 15 de febrero del 2006.

TITULO I DEFINICIÓN, FINES Y FUNCIONES:

ARTÍCULO 1°: El Centro de Alumnos es la organización formada por todos los estudiantes de la Escuela Fernando Santiván de la comuna de Valdivia. Su finalidad es servir a sus miembros dentro de las normas de organización, como medio para desarrollar en ellas el pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de acción, de formarse para la vida democrática y de prepararlos para participar en los cambios culturales y sociales.

ARTÍCULO 2°: Los integrantes de este Centro de Alumnos deben

mantener en todo momento el carácter de estudiantes que participan en un

proceso de formación cívica dentro de un Establecimiento Educacional, por

lo cual quedan excluidas la representación y uso de símbolos de ideologías tanto políticas como de credos religiosos y además toda acción que interrumpa el normal funcionamiento de la escuela, a menos que exista un acuerdo con la Dirección del plantel.

ARTÍCULO 3°: Las funciones del Centro de Alumnos son las siguientes:

a) Promover la creación y desarrollo de oportunidades para que los

alumnos manifiesten democrática y organizadamente sus intereses, inquietudes y aspiraciones.

b) Promover en el alumnado la mayor dedicación a su trabajo escolar procurando que se desarrolle y fortalezca un adecuado ambiente educativo y una estrecha relación humana entre sus integrantes, basado en el respeto mutuo.

c) Orientar sus organismos y actividades hacia la consecución de las finalidades establecidas en el presente Reglamento.

d) Hacer presente ante quien corresponda, los problemas, necesidades y, aspiraciones de sus miembros.

e) Procurar el bienestar de sus miembros, tendiendo a establecer

las condiciones deseables para su propio desarrollo.

f) Promover el ejercicio de los Derechos Humanos universales a través de sus organizaciones, programas de trabajo y, relaciones humanas.

g) Designar a sus representantes ante las organizaciones estudiantiles con las cuales el Centro de Alumnos se relacione de acuerdo con el presente Reglamento

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TITULO II

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

ARTÍCULO 4°: El Centro de Alumnos se estructurará con los siguientes organismos:

a) La Asamblea General.

b) La Directiva.

c) El Consejo de Delegados.

d) El Consejo de Curso.

e) La Junta Electoral.

f) El Tribunal Calificador de Elecciones.

También formarán parte constitutiva de él, todos aquellos organismos y comisiones de tipo funcional, permanentes o circunstanciales, que para el mejor cumplimiento de sus funciones pueda crear la Asamblea General, Directiva o el Consejo de Delegados.

DE LA ASAMBLEA GENERAL

ARTÍCULO 5°: Estará constituida por todos los alumnos del

establecimiento. Le corresponde:

a) Convocar a elección del Centro de Alumnos.

b) b) Elegir la Junta Electoral.

c) Aprobar un nuevo Reglamento Interno

d) Aprobar el plan de trabajo y presupuesto presentado por la

Directiva del Centro de Alumnos.

e) Pronunciarse sobre la cuenta anual que le debe presentar la

Directiva del Centro de Alumnos.

ARTÍCULO 6°: La Asamblea General será convocada por la

Directiva saliente, en los cuarenta y cinco primeros días del año lectivo para

elegir la Junta Electoral. En caso de egresar los alumnos pertenecientes

a la Directiva, deberán designar delegados encargados de convocar a la

primera sesión de la Asamblea.

No obstante lo señalado en el Inciso precedente, la Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria a lo menos una vez al año a objeto de pronunciarse sobre la cuenta de gestión anual de la directiva del Centro de Alumnos y convocar a la elección de la misma. Asimismo, la Asamblea General podrá sesionar de manera extraordinaria cuando sea convocada por tres o más miembros de la directiva, por el 50% más uno del Consejo de Delegados de Curso o a solicitud escrita de los estudiantes del establecimiento que representen a lo menos el 30% del alumnado.

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TITULO III

DE LA DIRECTIVA DEL CENTRO DE ALUMNOS.

ARTÍCULO 7°: La Directiva del Centro de Alumnos será elegida anualmente en votación universal, unipersonal, secreta e informada; no más allá de 45 días de iniciado el año lectivo.

Para optar a cargos en la Directiva del Centro de Alumnos, el candidato

deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener a lo menos un año de permanencia en el

Establecimiento al momento de postular.

b) No haber sido destituido de algún cargo del Centro de

Alumnos por infracción a sus reglamentos.

c) Los miembros del Centro de Alumnos no pueden ocupar cargos

al interior de sus cursos.

d) Cumplir con las normas establecidas en el Reglamento

Interno de Disciplina y Reglamento del Centro de Alumnos.

e) Es deseable que no sean alumnos pertenecientes a los

octavos básicos, ya que estos deben concentrar sus esfuerzos

para culminar su proceso de Enseñanza básica en forma óptima,

además de asegurar que se realice oficialmente y con la

solemnidad que amerita, la transmisión del mando de un

Directorio al otro. La Directiva estará constituida por: a) Presidente. b) Vicepresidente. c) Secretario de Actas. d) Secretario de Finanzas:

DEL PRESIDENTE: Máxima autoridad del Centro de Alumnos.

Cita las reuniones del Consejo de Delegados y de la Asamblea General;

previo acuerdo con los Profesores Asesores del Centro de Alumnos.

Dirige las reuniones del Consejo de Delegados y de la Asamblea General. Vela

y responde por el cumplimiento del Estatuto Interno.

Preside la Directiva por lo que debe ser ejemplo de esmero en las

actividades que impulsa.

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DEL VICEPRESIDENTE: Reemplaza al Presidente en las tareas que éste le solicite por imposibilidad de hacerlo.

Debe secundarlo y apoyarlo en su gestión

DEL SECRETARIO DE ACTAS:

Debe escribir las Actas y las Pautas a tratar en cada reunión de cualquier

estructura interna del Centro de Alumnos.

Llevará nota al día de todas las opiniones, decisiones y trabajos planteados

dentro de esas estructuras.

Sus informes tendrán preferencia para iniciar las reuniones regulares del

Centro de Alumnos.

DEL SECRETARIO DE FINANZAS:

Lleva el detalle de las decisiones de carácter económico, sean cuotas,

cobros, presupuestos, cuentas, ingresos y gastos. Además, de todo lo

relativo al presupuesto.

Rendirá una cuenta periódica de la situación financiera del Centro de Alumnos a la Asamblea de Delegados a través de un Balance parcial, visado por los Profesores Asesores.

Después de cada beneficio deberá entregar un Balance parcial de tal actividad, la cual será visada por los Profesores Asesores y después comunicar a la Asamblea General.

CORRESPONDE A LA DIRECTIVA:

a) Dirigir y administrar el Centro de Alumnos en todas aquellas materias de

su competencia.

b) Elaborar y ejecutar el Plan Anual de Trabajo.

c) Representar al Centro de Alumnos ante la Dirección del

Establecimiento, el Consejo de Profesores, el Centro de Padres y

Apoderados y las Instituciones de la Comunidad. En el caso del

Consejo Escolar se representará a través de su Presidente.

d) Decidir a propuesta del Consejo de Delegados de Curso la participación

del Centro de Alumnos ante las organizaciones estudiantiles con las cuales el

Centro se relacionará y designar a los representantes cuando

corresponda.

e) Proponer todas aquellas medidas que estime convenientes al Consejo

de Delegados respecto a faltas a las normas del Estatuto y a lo establecido por

las medidas disciplinarias.

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f) Presentar al Consejo de Delegados de Curso, antes de ser presentado

a la Asamblea General y antes de finalizar su mandato, una cuenta anual de

las actividades realizadas.

g) Convocar al menos una vez al mes al Consejo de Delegados de Curso,

a sesionar en reuniones ordinarias.

h) Convocar a reunión extraordinaria a la Asamblea General, con el

acuerdo de al menos tres de los miembros que conforman la directiva

i) Entregar un balance final de la gestión económica del Centro de Alumnos durante la primera quincena del mes de noviembre. DE LA ELECCIÓN DE LA DIRECTIVA. ARTÍCULO 8°: Se presentarán listas o candidatos. Habrá candidatos a cada uno de los cuatro cargos de la Directiva. El postulante deberá cumplir los requisitos señalados en este Reglamento. Cada estudiante recibirá un voto en que se marcará una preferencia para cada cargo, con una línea vertical.

Los votos deberán tener señalados los nombres de listas y/o candidatos y la

línea horizontal frente a cada uno. Cada candidato a Presidente deberá inscribirse ante la Junta Electoral con un mínimo de 100 firmas de alumnos que apoyen su candidatura, entre el primero y quinto día de campaña Electoral.

Cada alumno podrá apoyar con su nombre y firma la inscripción de sólo un

candidato a Presidente. Los candidatos a los demás cargos de la Directiva, deberán cumplir los requisitos exigidos para la inscripción de candidatos Presidente, menos el relativo al número de firmas. Las inscripciones pueden ser de un candidato a Presidente sin lista que lo acompañe o de una lista completa. No se permite la inscripción de listas que no lleven candidatos para por los menos tres cargos a elegir. Constituirá la nueva Directiva los nombres que obtuvieron la más alta votación en el cargo al que postularon. DEL CONSEJO DE DELEGADOS. ARTÍCULO 9°: El Consejo de Delegados de Curso estará integrado por el Presidente de cada Curso. Los delegados no podrán ser miembros de la Directiva del Centro de Alumnos ni de la Junta Electoral.

El quórum para sesionar será de dos tercios de sus miembros y los acuerdos deberán adoptarse por simple mayoría, salvo el caso de proposición

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de modificación del Reglamento Interno, las cuales deberán aprobarse con el voto conforme de los dos tercios del quórum para sesionar.

CORRESPONDE AL CONSEJO DE DELEGADOS: a) Decidir reformas a los artículos del Reglamento Interno del Centro de Alumnos.

b) Informar y estudiar las iniciativas, proposiciones y acciones de los diversos cursos y grupos de alumnos con el fin de impulsar las que estime convenientes. c) Determinar las formas de financiamiento del Centro de Alumnos.

d) Servir de organismo informativo y coordinador de las actividades de la Directiva y los Consejos de Curso. e) Proponer a la Directiva la afiliación del Centro de aquellas organizaciones que desee formar parte, o a la desafiliación de aquellas en que se está participando, también deberá acoger las proposiciones de la

Directiva en este sentido.

f) Constituir los organismos y comisiones permanentes y circunstanciales que se consideren indispensables para cumplir los objetivos del Centro de Alumnos. Los miembros de estas comisiones serán integrantes del Consejo de Delegados. g) Determinar las medidas disciplinarias que corresponde aplicar a los miembros del Centro, de acuerdo con lo estipulado por el Estatuto Interno. Las sanciones que se apliquen, sólo podrán consistir en medidas que afecten su participación como miembro del Consejo, en caso alguno podrán significar su expulsión del Centro de Alumnos. DEL CONSEJO DE CURSO. ARTÍCULO 10°: El Consejo de Curso, como forma de organización estudiantil, constituye el organismo base del Centro de Alumnos. Lo integran todos los alumnos del curso respectivo. Se organiza democráticamente, elige su Directiva y el Presidente es el representante ante el Consejo de Delegados, y participa activamente en los planes de trabajo preparados por los diversos organismos del Centro de Alumnos.

La modalidad de votación interna deberá ser votación individual y secreta,

marcando cada alumno una preferencia para cada uno de los cargos. La

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Directiva de curso está constituida por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, y un Tesorero.

Sin perjuicio de las actividades que se desarrollen en la hora de Consejo de

Curso contemplada en el Plan de Estudios del Establecimiento, con acuerdo

del Profesor Jefe de Curso, parte de este tiempo puede ser empleado para

trata materias relativas al Centro de Alumnos. El Consejo de Curso deberá iniciar sus funciones durante los primeros 45 días del año lectivo. DE LA JUNTA ELECTORAL. ARTÍCULO 11: La Junta Electoral estará constituida por un Presidente, un Comisario, un Secretario y 2 Vocales Ayudantes, ninguno de los cuales podrá formar parte de la Directiva, del Consejo de Delegados de Curso o de los organismos y comisiones creados por éste.

La Junta Electoral deberá ser nominada por la Asamblea General, antes de

cumplir los primeros 45 días del año lectivo.

Le corresponde organizar, calendarizar y calificar los procesos eleccionarios

que se lleven a cabo en los organismos del Centro de Alumnos, de acuerdo con las disposiciones que sobre Elecciones se establecen en el presente Reglamento. DEL TRIBUNAL CALIFICADOR DE ELECCIONES. ARTÍCULO 12: El Tribunal Calificador de Elecciones es el organismo encargado de velar por que no ocurran anomalías en las funciones desempeñadas por la Junta Electoral, ni en el desarrollo del proceso y accionar de sus protagonistas, tanto candidatos, como votantes, vocales de mesa, apoderados, observadores y profesores. El Tribunal conocerá del escrutinio general y de la calificación de las elecciones, resolverá las irregularidades y reclamaciones que se dieren durante este evento, sin derecho a apelación, y proclamará a los candidatos que resultasen electos. Será designado por el Consejo de Delegados, durante los 45 primeros días del año lectivo y estará compuesto por 5 miembros, ninguno de los cuales podrá formar parte de la Directiva del Consejo de Delegados o de los organismos creados por éste. ASESORES DEL CENTRO DE ALUMNOS. ARTÍCULO 13: El Centro de Alumnos tendrá Asesores pertenecientes al Cuerpo Docente del Establecimiento, para orientar el desarrollo de sus actividades y para relacionarlo con el mismo. Los Asesores de los Consejos de Curso serán sus respectivos Profesores Jefes.

La Asamblea General, la Directiva, el Consejo de Delegados de Curso y la

Junta Electoral tendrán en conjunto, a lo menos, dos asesores designados anualmente por la Directiva del Centro de Alumnos, de una nómina de tres docentes que deberá presentar el Director al Consejo de Delegados de

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curso, no más allá de 45 días después de iniciado el año lectivo del establecimiento escolar correspondiente. Estos asesores deberán ser docentes a lo menos con tres años de ejercicio profesional, en el establecimiento y manifestar su aceptación para desempeñar esta función. ARTÍCULO 14: La Dirección del Establecimiento adoptará las medidas pertinentes para que el Centro de Alumnos cuente con los asesores que se requieran.

ARTÍCULO 15: La Dirección del Establecimiento deberá dar a conocer sus

puntos de vista cada vez se lo requiera, tanto por parte de la Directiva del

Centro como del Consejo de Delegados. DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO 16: El Reglamento Interno deberá ser revisado anualmente por el Consejo de Delegados, con anterioridad a la elección de la Directiva del Centro de Alumnos. Una comisión será la encargada de estudiar y aprobar en definitiva el proyecto del Reglamento Interno elaborado por el Consejo de Delegados de Curso, la que estará constituida por las siguientes personas:

a) El Director del Establecimiento. b) El Presidente del Centro de Alumnos.

c) El Presidente del Centro de Padres y Apoderados.

d) Dos alumnos elegidos por el Consejo de Delegados de Curso.

f) El o los Profesores Asesores del Centro de Alumnos.

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Estamento

Especificar si la persona es parte del estamento directivo, docente,

administrativo, estudiantil, padre, apoderado u otros

Cargo/Status

En el caso de funcionarios, indicar el cargo. De lo contrario, se indicara

nuevamente el estamento

Curso

Precisar solo quienes tienen una

referencia directa con algún curso (Alumnos, profesor jefe, apoderado)

Rol

Responsabilidad especifica otorgada en el Plan de Seguridad Escolar

(cada integrante tendrá un rol en la

gestión preventiva y otro en la

gestión de primera atención en un

accidente o emergencia)

Rol Base de Datos

Código de identificación del

Establecimiento Educacional

otorgado por el MINEDUC

Nombre Estamento Cargo/Status Curso Rol Juan Pablo Caro B Directivo Docente Director ----- Director del Plan

Carlos Sanchéz I. Directivo Docente Inspector G. ------ Comunicaciones

Bruno Godoy Sandoval Auxiliar Asistente Edu ------ Evacuaciones

María L. Escobar R Docente Docente 6° año B Seguridad

UNIDAD TECNICO PEDAGOGICA

COMITÉ PARITARIO

_________________________________________

PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR Acta de Constitución Comité de Seguridad Escolar

COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR: Escuela

Fernando Santiván

Andrés Bello S/N° Sector Corvi

DIRECTOR: JUAN PABLO CARO BUSTAMANTE

COORDINADOR DE SEGURIDAD ESCOLAR:

Ma. Escobar Reyes

Fecha de Constitución del

Comité

23/03/15

Firma Director

Establecimiento

Comuna Valdivia

Rol Base de Datos RBD

6780-6

Integrantes :

Nombre y Firma Director Comunal de Protección Civil

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PLAN DE EMERGENCIA Y EVACUACIÓN ESCUELA FERNANDO SANTIVAN

AÑO 2015-2017 1. INTRODUCCIÓN

Debido a riesgos internos y externos de tipo natural o provocados por acción humana que puedan desencadenar emergencias que afecten bienes y personas o actividades cotidianas de la ciudad, se ha realizado este plan que trata de organizar, ejecutar y reformular protocolos de actuación basándose en un sistema estándar para la ejecución de tareas frente a contingencias de toda índole.

Cuando las medidas preventivas no basten y se produzcan emergencias, es necesario estar preparados para la intervención eficaz de personas y medios. La protección activa, contempla la actuación a desarrollar en los niveles de detección, alarma, evacuación y control. Listado de emergencias a las que se puede ver afectado el personal y las instalaciones de la Escuela Fernando Santiván: Emergencias de carácter interno:

amagos de incendio

incendios estructurales

incidentes con materiales peligrosos (incendios, derrames, etc.)

caídas a distinto nivel

1.

2. Emergencias de carácter externo

Incendios estructurales.

Choques, colisiones en lugares cercanos a la escuela.

3. Emergencias de carácter natural

terremotos

inundaciones

2. OBJETIVOS Se establece este PLAN DE EMERGENCIA con los siguientes Objetivos G.: a) Conocer las características físicas y arquitectónicas de la escuela y sus instalaciones

O.E. Adquirir pautas de comportamientos preventivos frente a los riesgos y peligro

O.E. Conocer las características del entorno donde está ubicada la escuela.

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O.E. Identificar riesgos y peligros del entorno más inmediato calle casa. O.E. Identificar las riesgos y peligros del establecimiento y sus

instalaciones a) Planificar, organizar y coordinar las actuaciones que deben llevarse a cabo

en caso de emergencia y designar a los responsables de realizarlas. b) Informar a todos los trabajadores, tanto habituales como esporádicos, sobre

las actuaciones contenidas en este plan. c) Programar actuaciones de prevención destinadas a evitar situaciones de

emergencia. 0.E. Adquirir hábitos y destrezas de autocontrol, autoprotección y

cooperación d) Programar actividades formativas y simulacros dirigidos a los

responsables del Plan y a los demás funcionarios de la escuela. e) Disponer un procedimiento de actualización permanente del Plan. f) Disponer de procedimientos para enfrentar en primera respuesta cada

emergencia que se pueda presentar. O.E. Conocer los medios y recursos con que cuenta el colegio frente a los riesgos y peligros.

g) Disponer de procedimientos para la recepción de ayuda exterior.

3. RESPONSABLES DEL PLAN Para la correcta ejecución del plan de emergencia se considera la formación y designación de distintas personas y comités para cumplir con los objetivos planteados.

- Comisión de emergencias - Director del plan - Encargado de comunicaciones - Equipos de evacuación - Trabajadores / ocupantes habituales - Encargado de seguridad - Equipo de apoyo técnico - Bomberos - Asistencia médica - Carabineros - Otros

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4. Comisión de Emergencias

La Comisión de Emergencias será el máximo organismo interno

responsable de la autoprotección contra contingencias, tendrá la finalidad de conseguir y garantizar las condiciones de máxima seguridad física de las instalaciones y de sus ocupantes, a través de la redacción, implantación, difusión y actualización permanente de este plan. La comisión de emergencias está compuesta por los siguientes responsables

Director del plan: Sr. Juan Pablo Caro

Comunicaciones: Sr. Carlos Sánchez Irigoyen Uno de los ejes de una cultura de la prevención en el ámbito de la seguridad escolar, es la implementación de acciones comunicacionales que difundan los conceptos que se desean desarrollar en las comunidades educativas. La existencia de soportes comunicacionales adecuados y diversos, como material audiovisual, uso de medios de comunicación, cartillas educativas, concursos, campañas comunicacionales, diarios murales y páginas web, entre otros, facilitan el aprendizaje significativo, profundizando la motivación y adhesión por los temas que se abordan. Las acciones comunicacionales, además, pueden constituir un instrumento importante en la apertura de las escuelas hacia sus comunidades, potenciando las redes de apoyo necesarias en la prevención y respuesta ante una emergencia. Estos medios de comunicación deben ser accesibles para los y las

estudiantes que presenten algún tipo de discapacidad.

Evacuación: Bruno Godoy

Seguridad: Sra: María Escobar Reyes

Apoyo técnico: ACHS Convocada y presidida por el Director del plan, la comisión de emergencias se reunirá ordinariamente cada trimestre en el año (abril, julio, septiembre, noviembre). Con carácter extraordinario, se reunirá cuando sea necesario por razones de urgencia y, en todo caso, inmediatamente después de que se realice un simulacro o tenga lugar cualquier incidencia que afecte a la seguridad del edificio. Funciones que le corresponden:

- Redacción del plan y actualización permanente del mismo - Designar a los responsables del plan y asignarles sus misiones

respectivas. - Controlar las actuaciones preventivas y proponer las medidas que

procedan. - Organizar ejercicios y simulacros de puesta en práctica del plan.

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5. Variaciones según horario y nivel de actividad

- La organización reflejada anteriormente se refiere al horario de

máxima cantidad de personal. - En hora de ocupación mínima (festivos, vacaciones,..) las

misiones asignadas a los responsables del plan serán realizadas por el personal de reemplazo o suplente que este presente en las instalaciones.

- En caso de alerta de emergencia cuando algún sector del establecimiento esté desocupado, la responsabilidad de acudir de inmediato ante un aviso de alerta, con las llaves necesarias para facilitar el acceso de los equipos de socorro exterior y hacerse cargo del sector hasta que se retome a la normalidad corresponderá a las personas que tengan a cargo en este caso a los Auxiliares, con comunicación a Carabineros, en caso de existencia de estos.

4. DIRECTORIO DE SOCORROS EXTERIORES

Bomberos - Telefono de emergencia de bomberos 132 - El cuerpo de bomberos más próximo esta situado en Avda. Ramón

Picarte2484 (6ª Compañía). - La duración del recorrido desde el cuerpo de bomberos hasta el lugar

siniestrado es de 5 minutos (calculando un minuto por Km. desde que se reciba la llamada).

Asistencia Medica (SAMU)

a) Teléfono para movilización de ambulancias 131 b) Nombre, dirección y telefono del Centro médico más cercano.

Consultorio Jorge Sabat, Avda Ramón Picarte Nº 2500. 216897

c) ASOCIACIÓN CHILENA DE SEGURIDAD, Beauchet 705 Fono 291125 o 1404

d) Carabineros de Chile 133 e) Policía de Investigaciones de Chile, Avda. Ramón Picarte Nº 2582

Fono 267400

5. SEÑALES DE ALERTA Y ALARMA La señal de alerta de emergencias consistirá en: UN TOQUE DE ALARMA AUDIBLE (timbre o campana), el que indicará que se ha detectado una situación de posible emergencia por lo que todo el personal responsable del plan deberá permanecer preparado a la espera de nuevas instrucciones.

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Todo el personal que tenga asignada alguna responsabilidad en el plan conocerá esta señal.

La señal de alarma general consistirá en: VARIOS TOQUES DE ALARMA AUDIBLE (timbre o campana dependiendo de la emergencia) AL darse la alarma, el Director del plan deberá:

a. Determinar la orden de evacuación inmediata del edificio o sector por todos sus ocupantes.

b. Dar a conocer a todos los ocupantes habituales del recinto el

sentido de estas señales.

6. NORMAS DE ACTUACIÓN EN EMERGENCIAS

a. FASE DE DETECCIÓN DE LA EMERGENCIA De los ocupantes en general:

Quien descubra la situación de emergencia o riesgo grave, avisará de inmediato al Inspector o Director del establecimiento. Se avisará con la máxima rapidez, manteniendo la calma en todo momento, sin gritar ni provocar el pánico. Encargado de comunicaciones : Inspector General Carlos Sánchez

Estará permanente preparado para recibir los avisos de emergencia. Recibido un aviso de emergencia, se activará la señal de alerta de emergencias, se recabará información concreta de la situación (que está sucediendo y dónde, cuáles son los daños, si hay heridos o atrapados, etc.) y se transmitirá al Director del Plan.

SEÑAL DE

ALARMA

EVACUACION

ASISTENCIA A

VICTIMAS

NEUTRALIZACION DE LA

EMERGENCIA

FIN DE LA EMERGENCIA

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b. FASE DE ALERTA

Al darse la señal de alerta, todos los responsables del plan se podrán en contacto inmediato con el director del plan y seguirán sus instrucciones. c. LLAMADA A SOCORROS EXTERIORES

Encargado de comunicaciones Cuando así lo disponga el Director del Plan, efectuará la llamada inmediata a los equipos de respuestas exterior. Al efectuar estas llamadas, se hablará con tranquilidad y brevemente, dando la dirección exacta y todos los datos posibles sobre la situación de emergencia. Director del plan

A la llegada de los equipos de respuesta exterior, les informará de la situación y se mantendrá en contacto permanente con sus responsables para colaborar con ellos. d. FASES DE ALARMA

Encargado de comunicaciones Cuando lo disponga el director del plan, se activará la señal de alarma general.

Equipo de evacuación Cuando se active la señal de alarma general se iniciará la evacuación

del sector y de los colindantes en caso que exista riesgos para ellos. Director del plan. El director del plan se mantendrá localizable en todo momento, coordinando y dirigiendo el desarrollo de las operaciones y recabando información permanente del desarrollo de la emergencia. e. EVACUACIÓN

6. De los ocupantes

En cuanto se dé la señal de alarma general o la indiquen los

responsables del plan, los ocupantes del sector afectado iniciarán la salida de inmediato, sin entretenerse y sin recoger objetos personales. Los ocupantes seguirán en todo momento las indicaciones de los responsables del plan.

7. Equipo de evacuación

En cuanto se dé la señal de alarma general se iniciará la evacuación del

sector hasta los puntos de concentración prefijados en el exterior (Zonas de Seguridad).

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La evacuación se desarrollará con la máxima rapidez, manteniendo la calma en todo momento, sin correr ni gritar ni provocar el pánico. Se cortará de raíz todo inicio de actitudes de precipitación o nerviosismo. (Control del pánico).

En el caso de existir problemas en la evacuación debido a aspectos físicos propios del personal (obesidad, personas minusválidas o con dificultades motoras), se organizará y controlará que les ayuden las personas más capacitadas.

Los trayectos de evacuación desde cada zona hasta el punto de concentración exterior será el establecido en los croquis y/o planos del plan y solo podrá modificarse si queda bloqueado o se supone riesgo grave.

Si en el caso de incendio el humo invade los trayectos de evacuación, se indicará a los ocupantes que avancen agachados (a “cuatro patas”) o reptando.

Si en el trayecto existiese algún obstáculo que impidiese la salida por la puerta se hará por las ventanas, en donde sea posible y de forma segura para evitar accidentes por caída.

Los responsables de evacuación saldrán al último, después de comprobar que no queda ningún rezagado (en accesos, salas, oficinas y otros recintos no ocupados habitualmente).

Al salir, los responsables de la evacuación cerrarán todas las puertas y ventanas, en caso de tratarse de una emergencia de incendio.

Si los trayectos de evacuación hasta los puntos de concentración exteriores pasan por vías abiertas al tráfico, se organizará el control del tráfico de vehículos para que no obstaculicen la rapidez en la evacuación (zona de seguridad Pabellón Antiguo). Se impedirá el regreso de los ocupantes al interior del edificio, una vez abandonado, hasta que sea autorizado por el Director del plan u otra entidad competente.

En el punto de concentración, se procederá al recuento de los evacuados comprobando que no hay ausencias o, si las hubiera, informando rápidamente de ello al Director del plan.

Si por algún motivo extraordinario impide la evacuación, los responsables de evacuación se mantendrán con los ocupantes dentro del recinto donde hayan quedado atrapados hasta que puedan ser rescatados por los socorros exteriores, tomando todas las precauciones al caso.

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8. Director del plan

El director del plan controlará que los responsables del equipo de evacuación procedan al recuento de los evacuados. Si faltara alguno, informará de inmediato a la ayuda exterior para que procedan a su búsqueda y rescate.

Establecimiento de prioridades de evacuación, rescate y salvamento en caso de siniestro.

El criterio básico para establecer las prioridades depende de las personas, material y documentos que por diversas razones y necesidades se considera.

9. Personas

En cuanto a las personas, el criterio básico es la edad, el sexo y la actividad que realiza dentro de la edificación. Habrá que tener en cuenta la siguiente prioridad:

Menores

Incapacitados físicos ;

Mujeres

Hombres

10. Material

El material es aquello que se utiliza o sirve para desarrollar las actividades dentro de la instalación.

Si es una oficina, lo más valioso, solo los objetos personales de los ocupantes.

11. Documentos y bienes

En caso de documentos o valores se deberá clasificar y categorizar asignando su prioridad y procedimiento de evacuación.

f. ASISTENCIA A LOS HERIDOS Equipo de primeros auxilios

Se asistirá a las víctimas, prestando los primeros auxilios con los medios disponibles en la escuela, hasta la llegada de los socorros exteriores.

En caso necesario, requerirá el director del plan para que disponga la llamada solicitando el envío de ambulancias para el traslado de heridos al centro medico más cercano.

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Finalizado el traslado de heridos al centro medico, se organizará la información a los familiares de los afectados. g. NEUTRALIZACIÓN DE LA EMERGENCIA Encargado de seguridad Adoptará las medidas preventivas que requieran las circunstancias y no impliquen riesgos innecesarios:

Cerrar la llave de paso de gases tanto para uso doméstico (Manipuladora) como calentadores de la sala de clases (profesores) y oficinas ( Asistentes y/o Auxiliares de Servicio).

Desconectar el cuadro general de luz / fuerza (Auxiliar de Servicio).

Retirar a lugar seguro los materiales a las que pudieran verse afectadas por el siniestro.

Recoger la documentación o material de gran valor que pudiera dañarse.

Cualquier otra actuación qué se considere necesaria.

Velar constantemente por la seguridad del personal en el desempeño de las respectivas funciones en la emergencia.

Responsabilidades de emergencias:

Las acciones de responsabilidad de las brigadas de emergencias, podemos enunciarlas del siguiente modo: Equipos de primera respuesta: estas serán específicas por cada área, departamento, sala, oficina, gimnasio, laboratorio, taller, etc. Debido a un motivo obvio “conocen el lugar y saben que riesgos existen en los mismos y están familiarizados con el sector, atacaran el siniestro con los que disponen en el momento, sin correr riesgos innecesarios.

Equipos de segunda respuesta: estas serán formadas por personal de planta de la escuela, personal más capacitado que el resto y que tenga una gran movilidad dentro de la institución. Su misión será intervenir de una forma mas especializada en la emergencia por ende contará con medios materiales mas sofisticados y el entrenamiento será mas arduo que el de las brigadas de primera respuesta. Estas pueden ser internas o externas (tal es el caso de bomberos, paramédicos, carabineros). Equipos de respuesta internos primeros auxilios y evacuación. Primeros Auxilios:

Auxiliar médica y psicológicamente al personal afectado en una primera instancia.

Determinar el lugar principal de auxilio y otros alternativos.

Mantener un permanente adiestramiento de su personal, dando instrucción periódica al resto del personal conforme al programa del plan general.

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Controlar asistencia de primeros auxilios. Evacuación

Dirigir las acciones de evacuación del personal; Según sea el tipo de afectación provocado por el siniestro.

Coordinar con las brigadas de respuestas.

Vigilar las vías de flujo e impedir la obstaculización de las mismas, especialmente, de los pasadizos.

Orientar hacia los lugares seguros a las personas nerviosas o descontroladas.

Equipos de respuesta a emergencias y accionar de los mismos. Contra Incendios Acción general:

Será encargada de combatir los incendios que se presenten durante las horas laborales.

Acciones específicas:

Instruir y entrenar permanentemente a sus miembros y a los de protección de planta.

Disponer el equipo mínimo suficiente y necesario para combatir incendios.

Enseñar a todo el personal del edificio las diferentes maneras e combatir el fuego y las formas de usar los extintores.

Revisar periódicamente los elementos de combate teniendo mucho cuidado con las fechas de renovación de las cargas de los extintores.

Pedir y coordinar la ayuda exterior (bomberos) si la necesita. Incidentes con materiales peligrosos Acción general:

Identificar este tipo de incidentes y evacuar a todo el personal a un lugar seguro e informar al organismo público para la respuesta.

Acciones específicas:

Dar la alarma y evacuar en el radio de 200 metros iniciales hasta nueva orden o en la dirección adecuada del viento, la función se limitará solo a esto debido a la complejidad de estas emergencias.

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2. Accidentes en altura

Acción general

Tendrá por obligación de acudir en ayuda del personal accidentado en zonas con diferencia de nivel notorio, asegurarlo y rescatarlo o en su caso asegurarlo y prestarle apoyo hasta la llegada de equipos especializados de respuesta externa.

Acciones especificas

Localizar al accidentado y llegar rápidamente al lugar de este para prestarle ayuda, sea esta de carácter psicológico o “médico”.

Llegar al lugar del paciente y asegurarlo o rescatarlo

Capacitación permanente.

3. Protección contra inundaciones

Acción general

Proteger al personal y materiales de valor y colocarlos en zona segura hasta la llegada de ayuda por la entidad correspondiente.

En caso de incidente de poca magnitud, evitar que el agua ingrese a las dependencias o sectores de valor que puedan ser dañados por el agua dentro del predio.

Acciones específicas

Proteger la vida y enseres que puedan ser afectados por un siniestro de este tipo.

En caso de incidente de poca magnitud evitar que el agua entre en las dependencias y que esta a su vez no dañe instalaciones vecinas.

Protección contra sismos: Acción general:

Proteger y conducir a los alumnos y personal a los puntos y áreas seguras dentro y fuera del local.

Acciones específicas:

Instruir permanentemente, conforme al programa del plan sobre qué hacer y que no hacer durante y después de una evacuación por sismo.

Vigilar las vías de flujo e impedir la obstaculización de las mismas, especialmente de los pasillos.

Trasladar a los lugares seguros a las personas nerviosas o descontroladas dándoles tratamiento adecuado.

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Director del plan Neutralizar la emergencia, se comprobarán los daños y se gestionará la realización de los trabajos de reacondicionamiento de escombros que sean necesarios. Una vez recuperada la normalidad los alumnos y personal de la escuela regresarán al edificio o a donde preceda en cada caso. Además de lo anterior se procederá a realizar una lista y cuenta de todo el personal evacuado y de emergencia, para así saber si falta alguno o cuantos están accidentados. Finalmente, se investigarán las causas de origen y propagación de la emergencia, así como sus consecuencias y se propondrán las medidas correctoras necesarias

7. ACTUACIONES PREVENTIVAS

1. Detección de riesgos

Todos los trabajadores del predio están obligados a poner en conocimiento urgente de los responsables del plan cualquier situación de riesgo o de deterioro o mal funcionamiento que pudiera observar en predio mismo y que fuese causa inmediata de siniestro.

2.

3.

4. Revisión anual de las instalaciones

Se realizará una revisión anual por instaladores autorizados; de las cuales se requerirá la correspondiente certificación y que sus condiciones son las correctas, las instalaciones por inspeccionar serán las siguientes:

Instalaciones eléctricas y alumbrado de emergencia

Instalaciones de gases

Instalaciones de calefacción Ubicación de ocupantes según capacitación física propia: Los integrantes de la organización más gordos y los que sufran algún tipo de discapacidad no se ubicarán en zonas alejadas de alguna salida al exterior ni en zonas cuya evacuación exija salvar obstáculos. Chequeo periódico de las condiciones de seguridad:

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Los responsables de comunicaciones, evacuación, seguridad, respuesta y apoyo técnico elaborarán inspecciones planeadas con las que comprobarán, al menos una vez al mes, las condiciones de seguridad en el predio que les permitirán cumplir con eficacia sus respectivas actuaciones en caso e emergencia. Las deficiencias que pudieran encontrar en esos controles se comunicarán de inmediato al Director del plan para su resolución inmediata o para su traslado a las entidades o autoridades encargadas de la gestión que corresponda.

8. FORMACIÓN Y SIMULACROS La comisión de emergencias programará y organizará en cada una de sus reuniones las siguientes actividades formativas:

Actividades de formación y divulgación en materia de autoprotección y prevención que considere necesarias para los responsables del plan y para los demás trabajadores.

Prácticas de todo tipo de respuesta en caso de emergencia.

Simulacros de evacuación periódicos (uno, al menos, cada año). Cada simulacro debe ser seguido de una reunión de todos los responsables del plan para analizar su desarrollo y decidir las modificaciones que la experiencia aconseje introducir.

Colocación de carteles y distribución de folletos informativos que considere convenientes para promover la difusión del conocimiento de las previsiones contenidas en el plan.

9. ACTUALIZACION DEL PLAN

La comisión de emergencias, en cada una de sus reuniones y, siempre, inmediatamente después de haber surgido una situación de emergencia, analizará el desarrollo y el cumplimiento de las previsiones del plan para actualizar y perfeccionar su contenido, basándose para ello en documentos técnicos, recomendaciones de expertos y en normas ad-hock al tema .

10. PLANOS

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Se dispondrá de planos del edificio actualizados; estos se dispondrán en sectores de fácil acceso a ellos y otros a la vista de todo el personal, se tendrán tantas copias como se justifique; marcar sobre los mismos los datos que se indican a continuación. Plano de cada planta:

Uso o actividad principal en cada recinto (se cuenta con un croquis en cada dependencia)

Recorridos de evacuación (zonas de paso, pasillos y zonas seguras)

Accesos y salidas al edificio.

Ubicación y tipo de los medios de autoprotección. Plano de emplazamiento:

Calles próximas (nombre).

Accesos al sector

Actividades colindantes.

Grifos próximos (puntos de toma de agua para bomberos)

Puntos de concentración exterior para los evacuados (indica las rutas de salida desde cada aula o zona hasta los puntos de concentración

situados fuera del edificio o en patios en donde se garantice seguridad suficiente frente a los riesgos derivados de la emergencia y del tráfico de vehículos).

Sectorización del predio. La implementación de este plan, permitirá a la Escuela Fernando Santiván tener todas las herramientas necesarias para enfrentar con éxito una emergencia y reducir al máximo las consecuencias negativas que estas conllevan, creando conciencia, hábitos y una actitud positiva hacia la seguridad en general, desarrollando la cultura preventiva de todos los integrantes de la empresa.

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NOTA: ……………………………………………………………………… ESTE PLAN ESTA SUJETO A MODIFICACIONES DE MEJORA RESPECTO A PROTOCOLOS Y ROLES DE PERSONAS. ANEXOS: PLAN ARTICULADOR: PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR El Ministerio de Educación aprobó en el año 2001, mediante Resolución N° 51, el Plan Integral de Seguridad Escolar (PISE), desarrollado por la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI) del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, haciendo obligatoria su aplicación en todos los establecimientos educacionales del país y adaptable a las particulares realidades de riesgos y de recursos. Este Plan es el instrumento articulador de las acciones institucionales e intersectoriales, y tiene como propósito reforzar las acciones y condiciones de seguridad en las comunidades educativas de todo el país, de manera coordinada, integral y sostenida. El Plan Integral de Seguridad Escolar consta de dos metodologías de trabajo para desarrollar en el establecimiento educacional, la primera, AIDEP, es una metodología para diagnosticar las distintas variables de riesgo a las que están expuestas las personas, los bienes, el medio ambiente del establecimiento y su entorno. La segunda, ACCEDER, es la metodología para elaborar los planes operativos y/o protocolos de actuación como respuesta ante emergencias. La forma de trabajo del Plan Integral de Seguridad Escolar se lleva a cabo sobre la base de la aplicación de dichas metodologías y sus procedimientos, donde cada unidad educativa genera su propio “Plan Específico de Seguridad Escolar”, según los riesgos (amenaza y vulnerabilidad) detectados, tanto al interior como en el entorno inmediato del establecimiento educacional. La primera acción que corresponde efectuar en el proceso de elaboración de este Plan Específico, es la constitución del Comité de Seguridad Escolar del establecimiento educacional, dada su relevancia para la coordinación de toda la comunidad educativa en el tema de la seguridad, ya que posibilita el desarrollo de programas y protocolos necesarios que permitan eficiencia y eficacia ante emergencias y desastres, en coordinación con las redes intersectoriales que logre establecer. En la elaboración y constante actualización del Plan Específico deberán participar estudiantes, apoderados, directivos, docentes y asistentes de la educación, apoyados por profesionales de las Unidades de Salud, Carabineros y Bomberos más cercanos, entre otros. Se sugiere incluir el Plan Específico de Seguridad Escolar en el Reglamento Interno del establecimiento educacional, como forma de ratificar la acción formadora integral que requieren niños, niñas y adolescentes. Salas cuna y jardines infantiles pueden desarrollar su “Plan Específico” a partir

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del Manual “Plan Integral de Seguridad para Salas Cuna y Jardines Infantiles”, el cual operacionaliza la gestión de seguridad frente al riesgo de accidentes y emergencias. Teniendo presente las metodologías de trabajo del Plan Integral de Seguridad Escolar, es necesario considerar en la elaboración del Plan Específico de Seguridad los siguientes ámbitos:

a) Accidentes Se define accidente escolar como: “toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o de su práctica profesional o educacional, y que le produzca incapacidad o muerte”. Desde la prevención de riesgos es importante reconocer las acciones y condiciones de seguridad a través de la gestión institucional e intersectorial. Los protocolos de actuación, es decir, el camino a seguir para saber cómo actuar, que desarrolle el establecimiento educacional ante diversas situaciones de riesgo, deben impulsar una progresiva reducción de accidentes dentro de la escuela o liceo, como son las caídas en los patios o escaleras, heridas con objetos punzantes, etc. Respecto de las condiciones que se deben considerar, el foco se ha puesto en la seguridad relacionada con el uso y mantención de las condiciones de infraestructura de los establecimientos educacionales al momento de obtener el reconocimiento oficial del Estado. Algunas de las condiciones que se deben considerar, son las siguientes: entorno y terreno; instalaciones eléctricas y gas; instalaciones sanitarias; planta física; orden y aseo; accesos; circulación y cruces peatonales; estacionamientos; señalización de tránsito; cocinas; primeros auxilios y kit de emergencias; seguridad contra incendios; vías de escape, etc. Las listas de verificación de las condiciones señaladas anteriormente, tienen el propósito de fortalecer la seguridad y favorecer el uso y la mantención de la infraestructura. Éstas se encuentran disponibles en el portal www.convivenciaescolar.cl, www.escuelasegura.mineduc.cl.

b) Accidentes de Tránsito En materia de tránsito, accidente es el suceso imprevisto producido por la participación de un vehículo o más en las vías o carreteras, que ocasiona daños materiales y/o lesiones a personas y hasta la muerte de las mismas. La educación vial o educación en seguridad de tránsito, corresponde a un proceso formativo que busca generar comportamientos seguros por parte de las personas que se trasladan en la vía pública en cualquiera de los roles viales que éstos cumplan (peatón, conductor de vehículo motorizado y no motorizado, o pasajero), para evitar la ocurrencia de accidentes de tránsito. Lo que busca es el cuidado básico del bienestar del transeúnte. Corresponde a un nivel más profundo o desarrollado de los procesos de autocuidado, por sobre la enseñanza de normas del tránsito en sí mismas. La inclusión de valores éticos

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y de actitudes adquiere un rol transversal y central en este proceso, complementando los elementos conductuales y normativos que también estructuran la educación vial. Para efectos del Seguro Escolar, se define accidente de trayecto “como los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación o sitio de trabajo del estudiante y el establecimiento educacional respectivo, el lugar donde realice su práctica educacional o profesional como también los ocurridos en el trayecto directo entre estos últimos lugares”. Para el caso de actividades extraescolares, el director o directora del establecimiento educacional debieran establecerlas previa- mente como tales.

c) Emergencias y desastres Chile, debido a su ubicación geográfica y condiciones geológicas, posee alta actividad sísmica y volcánica. También es frecuente la existencia de nevazones, marejadas, inundaciones, maremotos, deslizamientos y vientos de alta intensidad que provocan altos impactos en el país. En los últimos años se han observado estas emergencias, además de las ocasionadas por la acción del ser humano, tales como incendios estructurales (referidos a infraestructura), incendios forestales, derrames químicos y riesgos ambientales (producto de las faenas y actividades económicas que se desarrollan en el entorno), entre otras, deben ser consideradas por la comunidad educativa cuando evalúen los riesgos y definan sus planes de seguridad, considerando las particularidades del entorno de cada establecimiento, que establece diferencias según se encuentre emplazada en un sector costero, o en un sector de nevazones, o cercano a industrias, fábricas o carreteras, etc. Por otro lado, distintas experiencias muestran que los “… niños que tienen conocimientos sobre riesgos de amenazas naturales des- empeñan un papel muy importante cuando se trata de salvar vidas”. Por este motivo, la inclusión transversal de la temática en los procesos de enseñanza y de aprendizaje, es fundamental cuando se quiere disminuir la vulnerabilidad a la que están expuestos niños, niñas y adolescentes en situaciones de emergencia. Estos conocimientos también son transferidos a sus familias, fortaleciendo el rol educativo que pueden tener los y las estudiantes al interior de sus hogares. Es relevante considerar las diferencias de género cuando se enfrentan situaciones de emergencia. La evidencia señala que, “debido a prejuicios históricos arraigados y al colapso de las normas y acciones sociales durante situaciones de emergencia y desastres, las niñas corren en general un riesgo mayor. Su carga de trabajo se incrementa, al mismo tiempo que su seguridad física y emocional queda más comprometida. Las niñas suelen ser las primeras en ser privadas de su derecho a la educación. Los estereotipos de género reducen la importancia de enviar a las niñas a la escuela en situaciones desestabilizadas”, esto es por el apoyo que pueden prestar en labores domésticas, altamente requeridas en una situación de emergencia. Sin

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embargo, se debe privilegiar el retorno de las niñas y las adolescentes a sus estudios, pues en la escuela disminuyen los riesgos relacionados con su seguridad física y psicológica; de esta manera se refuerza la equidad de género. Por otra parte, es importante tener presente que restablecer las actividades escolares es un elemento primordial en la rehabilitación o recuperación de los procesos de sanación individual y social luego de un desastre . Si en el aula están presentes niños, niñas o adolescentes con necesidades educativas especiales, frente a cualquiera de los tres ámbitos mencionados anteriormente, se deben proveer los apoyos necesarios con el propósito de minimizar las barreras en el caso de alguna emergencia; por ejemplo, si hay niños o niñas con problemas sensoriales o motores, es preciso crear condiciones adecuadas de luminosidad, accesibilidad y sonorización. El resguardo de los derechos de las personas con discapacidad ha sido recogido en la “Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”, de la Organización de las Naciones Unidas, donde se señala que los Estados Partes adoptarán “…las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la protección de las personas con discapacidad en situaciones de riesgo, incluidas situaciones de conflicto armado, emergencias humanitarias y desastres naturales” RESPECTO A LOS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN a. Proyecto Educativo Institucional Considerar en su elaboración y/o revisión la formación en el autocuidado y prevención de riesgos a todos los actores de la comunidad educativa. b. Reglamento Interno El Plan Específico de Seguridad Escolar debe ser parte del Reglamento Interno junto con el protocolo de actuación ante emergencias. Es necesario que toda la comunidad educativa lo conozca. c. Prácticas pedagógicas Desarrollar prácticas pedagógicas que integren en las actividades de aprendizaje, el desarrollo de actitudes de autocuidado y la prevención de riesgos, a través de: Materiales educativos, como los disponibles en las páginas web. Compendios legales de seguridad. Capacitación a la comunidad educativa por parte de los organismos detallados. Plan Específico de Seguridad Escolar Constituir el Comité de Seguridad Escolar. Establecer vínculos con instituciones locales/municipales que participen y contribuyan con el Plan Integral de Seguridad Escolar. Sensibilizar a la comunidad educativa respecto de la importancia de elaborar un Plan Específico de Seguridad Escolar. Aplicar y desarrollar estrategias de gestión escolar insertas en el manual del Plan Integral de Seguridad Escolar.

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Realizar el diagnóstico de amenazas, vulnerabilidad y capacidades en cada unidad educativa. Elaborar planes de respuesta de acuerdo con la realidad local expresada en el diagnóstico. Generar, con la comunidad educativa, protocolos de actuación ante casos de emergencia, considerando el contexto geográfico, social y cultural (accidentes dentro del establecimiento educacional o de trayecto; derrame de tóxicos; marejadas; brotes de enfermedades infecciosas como Hantavirus, Hepatitis A, Influenza y otras; terremotos; tsunamis; erupciones volcánicas; incendios; nevazones; vientos de alta intensidad; y todos aquellos eventos de origen natural o antrópicos)

“Un riesgo natural se puede definir como la probabilidad de que un territorio y

la sociedad que habita en él, se vean afectados por episodios naturales de

rango extraordinario (en resumen, riesgo = peligrosidad x vulnerabilidad x

exposición). Por el contrario, los riesgos antrópicos son riesgos provocados por

la acción del ser humano sobre la naturaleza, como la contaminación

ocasionada en el agua, aire, suelo, sobreexplotación de recursos,

deforestación, incendios, entre otros.”

Preparar y organizar adecuadamente los simulacros de evacuación, especialmente en establecimientos educacionales donde hay niños, niñas y adolescentes con alguna discapacidad. El Comité de Seguridad Escolar debe trabajar en conjunto con el Comité Paritario. Gestionar la construcción de redes de apoyo con otros establecimientos educacionales, de modo de compartir distintas experiencias. e. Análisis de normativas Generar, al interior de la comunidad educativa, instancias que permitan reflexionar respecto de las normas vigentes y su consideración práctica en los protocolos que se diseñen. VALDIVIA, 27 DE ABRIL DE 2015